CONTRATO entre La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Calle 94 de Montbrillant, 1202 Ginebra Suiza (en adelante denominado “ACNUR”) [NOMBRE Y DIRECCIÓN] (en adelante denominado “Contratista”)
Sección de Asuntos Legales, Modelo de Contrato para la Prestación de Servicios
CONTRATO
entre
La Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
Xxxxx
00 xx Xxxxxxxxxxxx, 0000 Xxxxxxx Xxxxx
(xx adelante denominado “ACNUR”)
y
[NOMBRE Y DIRECCIÓN]
(en adelante denominado “Contratista”)
Preámbulos y Objeto del Contrato
POR CUANTO, el ACNUR desea mantener el contratista [incluir una breve descripción de la naturaleza de los servicios] de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este contrato;
CONSIDERANDO, que el contratista declara que está calificado, preparado, que es capaz y está dispuesto y además posee la experiencia necesaria, el personal calificado, las instalaciones, los equipos, las herramientas, los seguros y otros medios, para proporcionar estos servicios de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en este contrato;
[CONSIDERANDO, – incluir cualquier otra información relevante de fondo para el establecimiento de este contrato, por ejemplo, contrato previo que este remplaza/ proviene de]
POR LO TANTO, en consideración con las promesas mutuas y con sujeción a los términos y condiciones contenidas en este documento, el ACNUR y el contratista (referidos colectivamente como “las partes”) acuerdan lo siguiente:
Artículo 1 – Documentos del contrato
Este documento, junto con los otros documentos mencionados que se adjuntan en anexos y referidos a continuación, constituyen la totalidad del contrato (el “contrato”) entre el ACNUR y el contratista:
Anexo A: Condiciones Generales del Contrato para la Prestación de Servicios del ACNUR (revisión 2010)
Anexo B: [Documento de oferta del ACNUR]
Anexo C: [Documento de licitación del contratista]
[Añada cualquier otro documento pertinente en el cual el ACNUR se basa para negociar con el contratista, por ejemplo, fianza de cumplimiento, fórmula de liberación, Descripción de servicios y entregas, Declaración de tareas, Planificación del proyecto…]
Los documentos que constituyen el contrato son complementarios uno de otro, pero en caso de ambigüedades, discrepancias o inconsistencias entre ellos, el siguiente orden de prioridades deberá aplicarse:
El presente documento.
Anexo A (ACNUR Condiciones Generales del Contrato).
[incluir cualquier otro documento pertinente, tal como el Anexo XX de Descripción de servicios y entregas, Declaración de tareas, Planificación del proyecto].
Anexo B (Documento de oferta del ACNUR); y
Anexo C (Documento de licitación del contratista).
[Modificar el orden de prioridades anteriormente mencionado cuando corresponda: por lo general la oferta del contratista es de menor prioridad]
El presente contrato representa el acuerdo completo entre las partes con respecto a la materia objeto del mismo y remplaza a todas las declaraciones, acuerdos, contratos y propuestas anteriores, ya sea en forma escrita u oral, por/y entre las partes, sobre este tema. No existen promesas, entendimientos, obligaciones u acuerdos, verbales o escritos, relacionados con este tema entre las partes, excepto lo expresamente establecido en este documento.
Cualquier documento o recibo emitido en relación con este contrato deberá ser consistente con/y sujeto a los términos y a las condiciones de este contrato y, en caso de alguna inconsistencia, los términos y las condiciones de este contrato serán los que prevalezcan.
Artículo 2 – Término del contrato
2.1 Este Contrato entrará en vigor en [fecha] [la fecha en que ambas partes han firmado este Contrato o, si las partes lo han firmado en fechas diferentes, la fecha de la última firma] (la “fecha de entrada en vigor”).
2.2 El presente Contrato permanecerá en vigor hasta [la finalización satisfactoria de los servicios (como se define más adelante)]1 / [incluir la fecha] / [la fecha de término [incluir el periodo de tiempo] después de la fecha en entrada en vigor], a menos que se rescinda con anterioridad, de conformidad con los términos de este contrato.
2.3 [El ACNUR puede, a su entera discreción, ampliar los términos de este contrato, bajo los mismos términos y condiciones establecidos en el mismo, por un máximo de [incluir dato (s) del tiempo adicional] período (s) de hasta [incluir el periodo de tiempo] cada uno, siempre que el ACNUR proporcione una notificación por escrito de la intención de hacerlo, por lo menos [número de días] días antes de la expiración del período de vigencia del contrato].
Artículo 3 – Alcance de las obligaciones del contratista
3.1 A solicitud del ACNUR a través de la emisión de una orden de compra expedida por separado y en virtud del presente contrato, el contratista ejecutará y cumplirá con [las obligaciones y las responsabilidades para el ACNUR como se establece en la Descripción de servicios y entregas que se adjuntan como el Anexo [XX], que se incorporan aquí por referencia]/[los siguientes deberes:
Describir los servicios] (los “servicios”).
3.2 [Salvo disposición en contrario en este contrato,]2 el contratista se compromete a proporcionar, a su propio costo, todo el personal, el equipo, los suministros, los materiales, las herramientas, el transporte y otras instalaciones necesarias para el desempeño y la finalización de los servicios.
3.3 El contratista se asegurará de que él y su personal realicen los servicios con el cuidado y la diligencia necesaria y de acuerdo con los estándares profesionales más altos.
Artículo 4 – Responsabilidades del ACNUR
4.1 Si el acceso a las instalaciones del ACNUR se requiere para realizar y completar los servicios, el ACNUR proporcionará al personal del contratista los permisos de seguridad necesarios y el acceso a las áreas precisas para la prestación de los servicios.
4.2 El contratista reconoce que el ACNUR no tiene obligación de proporcionar ninguna asistencia al contratista en la ejecución de los servicios, más que las que expresamente se establecen [en este documento]/[en el Anexo xx]3.
Artículo 5 – Valor del contrato y condiciones de pago
El ACNUR deberá expedir al contratista una orden de compra inmediatamente después de la fecha entrada en vigor, por la cantidad del monto del contrato (como se define más adelante).4
En plena consideración para la realización completa, satisfactoria y oportuna por parte del contratista, de todas sus obligaciones estipuladas en este contrato, el ACNUR deberá pagar al contratista una cuota que no exceda [incluir el monto] (el “Valor del contrato”).
5.3 Los pagos por parte del ACNUR para el contratista deberán ser cancelados a [dicha cuenta del contratista así como el contratista deberá notificar al ACNUR en forma escrita]/[la siguiente cuenta:
Banco:
Nombre de la Cuenta:
Número de la Cuenta:]
5.4 [Sujeto a la ejecución satisfactoria de los servicios, el contratista deberá emitir facturas para el ACNUR de la siguiente forma:
[especificar el hito o calendario contra el cual el pago se abona]5
O:
[El contratista deberá emitir la factura al ACNUR tras la finalización de los servicios.]6
5.5 Cada una de las facturas del contratista deberán tener claramente referencia del número de orden de compra a la que la factura se refiere.
5.6 El valor del contrato es una cantidad global y el contratista, reconoce que al incurrir en costas superiores a los presupuestadas por el ACNUR está sujeto al Reglamento Financiero del ACNUR, no hará ningún trabajo o permitirá ningún trabajo por hacer, lo que podría dar a lugar a ningún pago o pagos por el ACNUR de cualquier cantidad en exceso del valor del contrato, sin una enmienda previa válida del contrato.
5.7 El contratista reconoce y acuerda que el ACNUR puede retener el pago de la totalidad o parte de una factura en el caso en que, en opinión del ACNUR el contratista no haya cumplido con sus obligaciones, de conformidad con los términos del contrato [o si el contratista no ha proporcionado [especificar cualquier documentación, por ejemplo, factura xx xxxxx, la cual el contratista deberá proporcionar al ACNUR junto con las demás facturas].
5.8 Además de cualquier otro derecho y recurso a su disposición, el ACNUR tendrá el derecho, sin previo aviso al contratista (de cualquier notificación de renuncia del contratista), sobre cualquier cantidad vencida y exigible al contratista, para establecer cualquier pago, deuda u otro reclamo (incluyendo, sin limitación, cualquier pago en exceso hecho por el ACNUR al contratista o cualquier reclamo por pérdida o daños a la propiedad del ACNUR) que adeude el contratista al ACNUR, de aquí en adelante o de cualquier otro acuerdo entre las partes. El ACNUR notificará sin demora al contratista de tal compensación y las razones, sin embargo, la falta de notificación no afectará la validez de dicha compensación.
5.9 Si el ACNUR se opone a una factura o a parte de la misma. El ACNUR deberá en consecuencia, notificar al contratista, incluyendo una breve explicación del por qué el ACNUR se opone a la factura o de una parte de la misma. Con respecto a la controversia relativa a solo una parte de la factura, el ACNUR deberá pagar al contratista el monto de la parte no disputada dentro de los 30 días siguientes de la recepción de la factura del contratista7. El ACNUR y el contratista deberán consultar de buena fe para resolver rápidamente las cuestiones pendientes con respecto a esa factura. Una vez que la controversia relativa a una factura o a parte de la misma haya sido resuelta, el ACNUR deberá pagar al contratista el importe de la misma (si existe) en 30 días8 a partir de la fecha de resolución de ese conflicto.
5.10 El contratista no tendrá derecho a los intereses de cualquier pago atrasado o cualquier suma pagadera en virtud de este contrato, ni los intereses devengados de los pagos que el ACNUR retenga sujetos de una disputa.
5.11 Los pagos efectuados de conformidad con el presente artículo constituirán un cumplimiento completo de las obligaciones del ACNUR con respecto a la factura correspondiente o a la porción de la misma.
5.12 Los pagos realizados por el ACNUR no relevará al contratista de sus obligaciones bajo este contrato y no será considerada una aceptación por parte del ACNUR del rendimiento del contratista.
Artículo 6 – Revisión; ejecución indebida
6.1 El ACNUR se reserva el derecho de revisar todos los servicios realizados por el contratista bajo este contrato, en la medida de lo posible, en todos los lugares razonables y los tiempos durante la vigencia de este contrato. El ACNUR llevará a cabo dicha revisión, de una manera que no obstaculice la prestación de los servicios del contratista. El contratista deberá cooperar con todas esas revisiones por parte del ACNUR, sin ningún costo para el ACNUR.
6.2 Si alguno de los servicios prestados por el contratista no se ajustan a los requerimientos de este contrato, sin prejuicio y además de cualquiera de los derechos y recursos del ACNUR bajo este contrato o en cualquier otro caso, el ACNUR tendrá opciones, que se ejercerán a su entera discreción:
(a) Si el ACNUR determina que la ejecución indebida puede ser solucionada por medio de que se ejecute de nuevo o de otras medidas correctivas, por parte del contratista, el ACNUR puede solicitar por escrito al contratista que lo asuma y el contratista lo asumirá sin costo alguno para el ACNUR, las medidas necesarias para realizar de nuevo la ejecución o la toma de otras acciones adecuadas para solucionar los servicios mal realizados, dentro de [incluir número] días de la recepción de la solicitud escrita del ACNUR o dentro de un período más corto en que el ACNUR lo haya especificado en la solicitud por escrito, si las condiciones de emergencia así lo requieran, según lo determinado por el ACNUR a su entera discreción.
(b) Si el contratista no realiza rápidamente las medidas correctivas o si el ACNUR determina razonablemente que el contratista no puede solucionar la ejecución indebida de manera oportuna, el ACNUR podrá obtener la ayuda de otras entidades o personas y tomar las medidas correctivas a costo del contratista. Además, en el caso de que el ACNUR obtenga ayuda de otras entidades o personas, el contratista cooperará con el ACNUR y a esa entidad o persona se le transfiere cualquier servicio ya terminado por el contratista.
(c) Si el ACNUR determina, a su entera discreción, que la ejecución indebida no se puede solucionar por medio de que se ejecute de nuevo o por otras medidas correctivas por parte del contratista, el ACNUR podrá dar por terminado el contrato de acuerdo con el artículo 15.1 de las Condiciones Generales de Contratos para la Prestación de Servicios (Anexo A de este documento), sin prejuicio y además de cualquiera de sus otros derechos y recursos bajo este contrato o en cualquier otro caso.
Artículo 7. Autorizaciones
7.1. Además de las obligaciones del contratista en virtud del artículo 2 (‘Cumplimiento de la Ley’) de las Condiciones Generales del Contrato del ACNUR (Anexo A), el contratista será responsable de obtener, a su propio costo, todas las licencias, los permisos y las autorizaciones de los sectores gubernamentales y de otras entidades necesarias para la ejecución del presente contrato [incluyendo, sin limitación, todos los visados de entrada y salida y permisos de trabajo de su personal y despacho de aduanas para el equipo y el material proporcionado por el contratista]. El ACNUR cooperará con el contratista en lo que sea necesario y apropiado incluyendo el servir de enlace entre las autoridades pertinentes.
7.2 [No obstante cualquier disposición contraria a este documento, la única obligación del ACNUR con respecto a cuestiones aduaneras será proporcionar al contratista un certificado documental, identificando los artículos concernientes y exponiendo que ellos son de único uso del ACNUR. Si alguna documentación es requerida por cualquier autoridad, el contratista deberá asesorar al ACNUR y el ACNUR está de acuerdo en proporcionar una asistencia razonable al contratista en la obtención de dichos documentos.]
Artículo 8. Notificaciones
8.1. Salvo que se especifique lo contrario en este contrato, todas las notificaciones y otras comunicaciones entre las partes requeridas o previstas en este contrato deberán ser por escrito y se entregarán ya sea por: (i) entrega personal; (ii) reconocido servicio de entrega al día siguiente; (iii) franqueo prepagado con acuse de recibo o por correo certificado, transmitido a las partes para lo que se destina la dirección o número de fax mostrado abajo o cualquier otra dirección o número que el destinatario haya designado previamente, mediante notificación escrita entregada de conformidad con el presente contrato.
Si el contratista:
[Incluir dirección]
A la atención de:
Fax:
Si el ACNUR:
[Incluir dirección de terreno si procede]
A la atención de:
Fax:
Con copia a:
[incluir dirección de la SISS xx Xxxxxxx o Budapest]
A la atención de:
Fax:
8.2. Notificación por correo o reconocido servicio de entrega al día siguiente se hará efectiva en la fecha que se registra oficialmente como entregado a (o rechazado por) el destinatario mediante acuse de recibo o equivalente. Todas las notificaciones y otras comunicaciones requeridas o previstas en este contrato, entregadas en persona o por fax se considerarán como entregadas y recibidas por el destinatario y serán efectivas a la fecha de acuse de recibo personal o por transmisión válida de fax basada en la hoja de informe.
Artículo 9. Misceláneos
9.1. Si alguna disposición de este contrato se considerara inválida, ilegal o inaplicable (en su totalidad o en parte), la validez, la legalidad y la aplicabilidad de las disposiciones restantes no serán de ninguna forma afectadas o deterioradas.
9.2. Los encabezados y los títulos utilizados en este contrato son únicamente para fines de referencia y no se considerarán como parte de este contrato para cualquier otro propósito. A menos que el contexto lo indique claramente, de lo contrario, todas las referencias en singular incluirán la forma plural y vice versa.
9.3. El presente contrato y todo lo contenido en él redundará en el beneficio de y será vinculante para las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios autorizados.
EN FE DE LO CUAL, las partes han firmado el presente contrato en dos ejemplares originales idénticos, cada uno de los cuales se considerará un original y en conjunto se considerará que constituyen uno y el mismo documento.
Por y en nombre del ACNUR |
Por y en nombre del contratista |
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Firma |
Firma |
Nombre: |
Nombre: |
Título: |
Título: |
Fecha: |
Fecha: |
1 Nota: Si el contrato va a durar hasta que los bienes y/o servicios estén totalmente entregados, entonces incluya las palabras “finalización satisfactoria de los servicios (como se define más adelante)” únicamente. Si el contrato va a durar hasta una fecha determinada o durante un período determinado, después del cual, el contratista no va a ser más contratado por el ACNUR, entonces eliminar las palabras “finalización satisfactoria de los servicios (como se define más adelante)” y especificar la fecha o el plazo.
2 Nota: Si el ACNUR va a brindar asistencia al contratista (por ejemplo el conocimiento del personal o del equipo o de las instalaciones), esto se debe especificar con todo detalle y se debe agregar como una cláusula aparte en el contrato o de otra manera identificarlo por una referencia específica a la disposición oportuna de un Anexo –por ejemplo, en documento de oferta del ACNUR o en documento de licitación del contratista).
3 Ver nota al pie de página número 2 arriba.
4 Nota: Si las órdenes de compra sucesivas se emiten, por ejemplo, para detener o seguir el contrato, especifique la frecuencia y las condiciones de cuándo el ACNUR emitirá órdenes de compra. Sin embargo, en este caso decidir si un Acuerdo Xxxxx no es la forma más apropiada de contrato.
5 Nota: Incluir solamente si el pago se deben hacer en tractos.
6 Nota: Incluir si los servicios deben ser facturados y pagados al final del contrato, cuando los servicios hayan sido entregados. Las Condiciones Generales del Contrato aplicarán (pago en 30 días de la recepción de la factura de los servicios del Contratista –es decir, el ACNUR pagará el precio total tras la finalización de los servicios).
7 Nota: Véase las notas al pie de página número 4 y 5 arriba. Las Condiciones Generales del Contrato del ACNUR establecen que las facturas se pagarán por el ACNUR dentro de 30 días, desde la recepción de la factura del contratista –si se aplican diferentes condiciones de pago, los términos en esta cláusula deberán ser ajustados.
8 Nota: La misma observación que en la nota al pie de página número 6 arriba.
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