DENOMINADA
BASES PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA LP No. 20/2017
DENOMINADA
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS PROPIOS (FAE)
SEÑOR OFERTANTE:
FAVOR LEER DETENIDAMENTE LAS CONDICIONES QUE DEBERÁ CUMPLIR SU OFERTA
INDICE
II.Instrucciones a los ofertantes 8
D.Obtención del documento base de Licitación Pública 8
E.Consultas y/o aclaraciones 9
G.Notificaciones por parte xxx XXXXXX. 10
X.Xxxxx, fecha y hora de presentación y apertura de ofertas 10
I.Prohibiciones y confidencialidad 11
I.1.Impedimentos para ofertar 12
I.2.Capacidad para contratar 12
I.3.Inhabilitados para participar (art. 158 y 159 LACAP) 12
X.Xxxxxxxxxx y documentos obligatorios para evaluar la capacidad legal del ofertante.
K.1.Solvencias y documentos originales y vigentes (aplica para personas naturales y jurídicas nacionales) 13
K.2.Solvencias y documentos originales y vigentes (aplica para personas naturales y jurídicas extranjeras) 15
K.3.Documentos en fotocopia certificados por notario 15
L.Documentos para evaluar la capacidad financiera del ofertante 17
L.1.Para personas naturales y jurídicas nacionales 17
L.2.Para personas naturales y jurídicas extranjeras 18
M.Documentos que deberá presentar el ofertante adjudicado para Contratación 18
M.1. Para personas naturales y jurídicas nacionales 18
N. Garantías para ofertar y para contratar 18
N.1.Garantía de Mantenimiento de Oferta 18
N.2. Garantía de Cumplimiento de Contrato 19
N.3. Garantía de Buena Calidad 19
N. 4 Tipos de garantías que podrán presentar 19
O. Aceptación del contenido de la Licitación 20
P.Errores u omisiones subsanables 20
Q.Aspectos generales para la contratación 20
Q.2.Prorroga de los contratos de servicios. (Art. 83 LACAP) 20
Q.3.Retrasos no imputables al contratista (Art. 86 LACAP). 21
Q.4.Modificaciones Contractuales. (Art. 83-A y 86 LACAP) 21
Q.5.Prohibición de modificación. (Art. 83-B LACAP) 21
Q.6.Cesación, extinción, caducidad y revocación del contrato 22
R.1.Plazo de Prestación del Servicio 22
R.2. Lugar de Prestación del Servicio 22
S.Forma, Tramite y plazo para el pago de las facturas 23
S.1.Contratistas nacionales 23
S.2.Contratistas extranjeros 24
T.2 Efectividad de garantía de Mantenimiento de Oferta 24
T.3 Efectividad de garantía de Cumplimiento de Contrato 25
T. 4 Efectividad de garantía de Buen Servicio 25
U.Administración del contrato 25
X. Contenido de las ofertas 26
X.2.Contenido de la oferta técnica y documentación Legal Financiera (Sobre “A”). 28
X.3.Contenido de la oferta económica (Sobre “B”). 28
ASPECTOS LOGÍSTICOS Y TÉCNICOS DE LAS OFERTAS 30
III.Aspectos logísticos y técnicos de las ofertas 31
A.Indicaciones para la prestación del servicio 31
X.Xxxxxxxx y descripción del Servicio 31
C.Requisitos técnicos requeridos para ser evaluados 32
IV.Metodología de evaluación de ofertas 35
I. Glosario.
BASES DE LICITACIÓN: Documento preparado por el MINSAL, que regulara el presente proceso de compra, en el que se establece su objeto, requisitos y condiciones a cumplir.
CASO FORTUITO: Son aquellos sucesos provocados por la naturaleza tales como Naufragio, terremoto, maremoto, inundaciones, huracanes, tormentas tropicales, otros.
CEO: Comisión de Evaluación de Ofertas.
CONTRATISTA: Ofertante(s) con quién se ha suscrito el(los) contrato(s) respectivo(s)
CONTRATO: Documento suscrito entre el MINSAL y la(s) persona(s) adjudicataria(s), en el que se establecerán las obligaciones y derechos recíprocos.
DÍA HÁBIL: Es el día laborable en el MINSAL, de conformidad con la legislación salvadoreña.
FUERZA MAYOR: Son aquellos sucesos provocados por la mano del hombre, tales como: Xxxxxxx, paros, actos de autoridades ejercidos por un funcionario público, apresamiento de enemigos, privación de libertad, otros.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Es el documento emitido a favor xxx XXXXXX, por medio del cual se garantiza el mantenimiento de las condiciones y de los precios de las ofertas, desde la fecha de apertura de estas hasta su vencimiento, de conformidad a lo establecido en las bases de licitación o concurso.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Es el documento emitido a favor xxx XXXXXX, por medio de la cual, se garantiza que el contratista cumplirá con todas las cláusulas establecidas en el contrato y que el Equipo contratado, será proporcionado a entera satisfacción xxx XXXXXX.
GARANTÍA DE BUEN SERVICIO, FUNCIONAMIENTO O CALIDAD DE BIENES: Es el
documento que se otorga cuando sea procedente a favor xxx XXXXXX, para asegurar que el Contratista responderá por la buena calidad y buen funcionamiento o calidad que le sean imputables durante el periodo que se establezca en el contrato.
INTERÉS PÚBLICO: Todo aquello que sea de provecho o de beneficio para el MINSAL y la población salvadoreña.
LACAP: Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
MINSAL: Ministerio de Salud de la República de El Xxxxxxxx.
OFERTA ECONÓMICA: Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.
OFERTANTE: Aquellas personas naturales o jurídicas, que presenten oferta técnica y económica de conformidad a lo estipulado en las presentes Bases de Licitación.
RELACAP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
UACI: Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, xxx XXXXXX.
PARTE I
INSTRUCCIONES A LOS OFERTANTES
II. Instrucciones a los ofertantes
A. Objeto de la Licitación.
El presente proceso de compra tiene como objeto la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE
REFERENCIA” que en este documento se detallan, para lo cual el Gobierno de El Xxxxxxxx a través del Ministerio de Salud, que en lo sucesivo se denominará EL MINSAL y éste por medio de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, que en lo sucesivo se denominará UACI, promueve la presente Licitación Pública LP No. 20/2017 denominada “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”, con
fuente de financiamiento RECURSOS PROPIOS (FAE).
B. Prácticas corruptivas.
Si se comprueba, que en procedimientos administrativos de Contratación Pública, un funcionario o empleado público o un particular ha incurrido en cualquiera de las infracciones establecidas en los Arts. 151, 152, 153 y 158 de la LACAP, se aplicarán las sanciones que correspondan, agotados los procedimientos establecidos en los Arts. 156 y 160 de la LACAP.
C. Marco legal.
El oferente acepta sin reserva alguna las condiciones, especificaciones técnicas y demás contenido de las Bases de Licitación, la aplicación de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y su Reglamento (LACAP y RELACAP), las disposiciones del Derecho Común aplicables al caso y las condiciones establecidas en el presente documento.
Los interesados podrán obtener las leyes anteriormente citadas en las direcciones electrónicas xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/XXXX/xxxxx.xxx?xxxxx0 y xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxx/xxxxxx-xxxxxxx-xx- docum
D. Obtención del documento base de Licitación Pública.
El documento para la presente Licitación Publica serán obtenidas en la siguiente forma:
De forma gratuita, descargándola directamente del sitio electrónico de compras públicas habilitado para ello (xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx) desde las 00:01 horas del
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primer día señalado para la obtención de las mismas en los medios de prensa escrita, hasta las 23:59 horas del último día hábil para obtenerlas.
Para quedar inscrito en este proceso de licitación será obligación completar la información general de la empresa que se solicita en el sitio web antes señalado en el plazo establecido en el párrafo anterior.
Retirarlas en la UACI xxx XXXXXX ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxxx, X.X., para lo cual deberán cancelar en efectivo el valor por el derecho de obtener dichas bases y retirar el documento físico en la fecha y hora señalada en la publicación de convocatoria en medios de prensa escrita por medio de un mandamiento de ingreso extendido por la UACI xxx XXXXXX, dicho pago se hará en la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda ubicada en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, asimismo deberá presentar nota manifestando su intención en participar, detallando los datos siguientes: Nombre o Razón Social, Número de Identificación Tributaria, la dirección del domicilio y dirección de correo electrónico exacta donde recibirá las notificaciones, así mismo el número de teléfono.
Los costos y gastos en que incurra el ofertante para la presentación de ofertas correrán por su cuenta.
Para efectos de participar en el presente proceso, las Bases de la Licitación, podrán obtenerlas en el periodo comprendido entre el 13 y 18 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive.
E. Consultas y/o aclaraciones.
Toda consulta y/o aclaración que los interesados consideren necesario realizar, deberán formularse por escrito a la UACI xxx XXXXXX o a la dirección de correo electrónico xxxx@xxxxx.xxx.xx, HASTA EL DÍA 20 de septiembre de 2017, las que serán comunicadas a todos los interesados que hayan retirado las Bases de Licitación. Las consultas serán contestadas por la Jefa UACI y tendrá legal validez y serán notificadas a todos los que hayan obtenido las Bases de la Licitación y se hayan inscrito; y formaran parte de las presentes Bases de Licitación. Adicionalmente serán publicadas en las páginas web siguientes: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/XXXX/xxxxx.xxx?xxxxx0 y xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxx? preset=xxxxx (página principal del Ministerio de Salud, botón de empresas).
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F. Adendas o enmiendas.
EL MINSAL por medio de la UACI podrá hacer por escrito, adendas o enmiendas a las Bases de la Licitación, a mas tardar tres días previos a la presentación de ofertas las cuales notificará a todos los interesados que hayan obtenido las Bases de Licitación. Dichas adendas las suscribirá la Titular xxx XXXXXX, y formarán parte de los documentos contractuales; adicionalmente serán publicadas en las páginas web siguientes:
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/XXXX/xxxxx.xxx?xxxxx0 y xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx- empresas?preset=xxxxx (página principal del Ministerio de Salud, botón de empresas)
No tendrán ninguna validez las explicaciones o instrucciones verbales.
G. Notificaciones por parte xxx XXXXXX.
El ofertante establecerá la dirección del domicilio y dirección de correo electrónico exacto donde recibirá las notificaciones y la designación de una persona facultada para recibirlas, asimismo el número de teléfono. En caso de cambio de dirección deberá notificarla de inmediato vía escrita a la UACI xxx XXXXXX. La notificación se hará personalmente al interesado o por correo electrónico; el ofertante acusará recibo de dichas notificaciones, en caso de no acusar recibo de las notificaciones por dichos medios, se entenderá que las ha recibido satisfactoriamente y quedarán oficialmente notificado. Los documentos notificados vía electrónica serán remitidos únicamente por la UACI.
X. Xxxxx, fecha y hora de presentación y apertura de ofertas.
H.1. Xxxxx, fecha y hora de Presentación
La presentación de las ofertas se efectuará en la UACI de este Ministerio, ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxxxx, en fecha 05 de octubre de 2017 de las 8:00 A.M hasta las 10:00 A.M. (hora local).
Las ofertas recibidas extemporáneamente quedarán excluidas de pleno derecho de conformidad al Artículo 53 de la LACAP, de lo cual se dejará constancia en el Acta de Apertura de Ofertas como un hecho relevante, devolviéndose en dicho acto las referidas ofertas.
H.2. Apertura Pública de Ofertas
La apertura de las ofertas se efectuará en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional de este Ministerio (UACI), ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxxxx, en fecha 05 de octubre de 2017 a las 10:30 A.M. (hora local).
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Cada ofertante podrá enviar un representante debidamente acreditado, el cual deberá estar presente en el acto de apertura en la fecha y hora señalada, debiendo permanecer desde su inicio hasta la finalización. En ese mismo acto tomará de las mismas los datos que consideren necesarios, posteriormente no se dará información alguna.
Se recomienda a los ofertantes enviar los documentos sellados para seguridad y transparencia para la verificación y comprobación que no han sido abiertos hasta el momento de la apertura de ofertas.
Facultades de la UACI.
El Delegado de la UACI, procederá a admitir las ofertas siempre y cuando sean presentadas en tiempo y contengan la Garantía de Mantenimiento de Oferta. Las ofertas recibidas extemporáneamente y las que no presenten la Garantía de Mantenimiento de Oferta quedarán excluidas de pleno derecho.
Cierre.
Finalizada la apertura de ofertas, se levantará el acta respectiva, haciendo constar todo lo acontecido, la cual será firmada por los oferentes en el acto, a quienes se les entregará una copia de la misma si la desean.
I. Prohibiciones y confidencialidad.
Después de la apertura de ofertas y antes de la notificación del resultado del proceso, no se brindará información alguna con respecto al examen, tabulación, aclaración y evaluación de las ofertas y las recomendaciones relativas a las adjudicaciones de la misma, a ninguna persona o personas que no estén vinculadas en el proceso de análisis y evaluación de ofertas, esto se aplica tanto a funcionarios y empleados de la institución contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La infracción a la anterior prohibición dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes.
No obstante a lo establecido en el párrafo anterior y sobre la base a lo estipulado en el Art. 54 de la LACAP, si durante el periodo de prohibición, la Comisión Evaluadora de Ofertas tuviere la necesidad de realizar consultas sobre la aplicación de la LACAP y su Reglamento, podrán realizarse a la UNAC a través de la Jefatura de la UACI, sin que en dicha consulta se revelen datos identificativos correspondientes a los ofertantes.
La UACI verificará el cumplimiento de esta prohibición y los miembros de la CEO están en la obligación de cumplir y notificar a la UACI cualquier incumplimiento en el artículo anterior.
No se podrá contratar ni directa o indirectamente con aquellas personas naturales o jurídicas, que tengan cualquiera de los impedimentos a que se refieren los Art. 25 y 26, las exclusiones a que se refiere el Art. 158 y los efectos del Art. 159 de la LACAP,
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para lo cual se emitirá por cada ofertante que no está incluido en estas prohibiciones una declaración jurada. (ANEXOS No. 4 , 5 y 6).
I.1. Impedimentos para ofertar.
Estarán impedidos para ofertar aquellas personas naturales o jurídicas conforme lo establece el artículo 26 de la LACAP.
I.2. Capacidad para contratar.
Están incapacitados para contratar las personas naturales o jurídicas incluidas en el artículo 25 de la LACAP.
I.3. Inhabilitados para participar (art. 158 y 159 LACAP).
La institución inhabilitará para participar en procedimientos de contratación administrativa, al ofertante o contratista que incurra en alguna de las conductas detalladas en el artículo 158 o lo establecido en el artículo 159 de la LACAP.
X. Xxxxxxxxxxxx
La adjudicación se efectuará en un plazo no mayor de 60 días calendario después de la apertura de ofertas pudiendo la Titular de la institución, en caso excepcionales, prorrogarlos por 30 días más.
La Titular xxx XXXXXX podrá adjudicar de forma total o parcial la oferta presentada y se reserva el derecho de declararla desierta cuando solo hubiere una oferta y no cumpla con lo requerido en las bases o no estuviere acorde con los precios xx xxxxxxx, o las ofertas presentadas no cumplen con lo solicitado en las Bases de Licitación. Cuando la Titular xxx XXXXXX no aceptare la recomendación de la oferta mejor evaluada de acuerdo al análisis realizado por la Comisión Evaluadora de Xxxxxxx, deberá consignar y razonar por escrito su decisión y podrá optar por alguna de las otras ofertas consignadas en la misma recomendación, o declarar desierto el ítem.
Con base al Artículo 56 de la LACAP la Titular xxx XXXXXX, a propuesta de la Comisión Evaluadora de Ofertas, emitirá la respectiva resolución para la presente Licitación.
Al momento de la Adjudicación, el MINSAL sin ninguna responsabilidad se reserva el derecho de disminuir las cantidades a adquirir de acuerdo a la situación emergente que se presente y estas no tendrán variación del precio unitario o de otros términos y condiciones.
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Se establece el plazo de 5 DÍAS HÁBILES, después de haber recibido la notificación de la Resolución de Adjudicación, para que el Adjudicatario presente en la UACI del Nivel Superior xxx XXXXXX, ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxxxx, la nota de aceptación, indicando en la misma a la persona que autoriza legalmente para suscribir el contrato, agregando los documentos que legitimen la calidad con que actúa; así como todas las solvencias vigentes requeridas e indicadas en estas bases de licitación, las cuales deberán estar vigentes a la fecha de la contratación, de no hacerlo constituirá un impedimento para contratar de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 25 literal “d” de la LACAP, trayendo como consecuencia dejar sin efecto la adjudicación y concederla a la siguiente mejor opción evaluada, así mismo se procederá hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
La UACI xxx XXXXXX, consultará en línea de acuerdo a los sitios habilitados, el estado de las solvencias o constancias presentadas por el Ofertante o La Contratista en el momento de la Evaluación de Ofertas y de la contratación, dejando impresas las consultas para anexarlas al expediente respectivo.
K. Solvencias y documentos obligatorios para evaluar la capacidad legal del ofertante.
El ofertante deberá presentar dentro de su oferta las siguientes Solvencias o Constancias en original, en el formato tradicional, emitidas por el Ministerio de Hacienda, ISSS, IPSFA y AFP´S, o por medio del Sistema Electrónico para la obtención de Solvencias en las paginas Web, de dichas Instituciones.
a) Solvencia de Impuestos Internos (IVA y Renta) vigente a la fecha de la Apertura de Ofertas.
b) Solvencia del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) Régimen Salud, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. En caso de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia.
c) Solvencia del Pago de Cotizaciones Previsionales de la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (UPISSS), vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. En caso de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia.
d) Solvencia de obligaciones previsionales de todas las AFP e IPSFA vigentes a la fecha de Apertura de Ofertas. En caso de no tener cotizantes de alguna de las AFP e IPSFA, deberán presentar las constancias respectivas.
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e) Solvencia de Impuestos Municipales del domicilio de la Sociedad, en caso de ser persona natural, deberá ser del domicilio del local según conste en la Matrícula de Empresa, en caso de no tener Matrícula de Empresa deberá de presentarla del domicilio del ofertante, vigente a la fecha de Apertura de Ofertas.
f) Nómina de Accionista suscrita por el Representante Legal y/o del Apoderado en su caso (este documento aplica solo para personas jurídicas).
g) Declaración jurada otorgada ante Notario firmada por parte del representante legal de la sociedad y/o apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de las Bases de Licitación, plazo de entrega y de las especificaciones técnicas, así como que no está en cualquiera de las incapacidades o impedimentos establecidos en los artículos 25 y 26 de la LACAP, los inhabilitados según el artículo 158, lo que determina el artículo 159 de la LACAP, asimismo que no ha incurrido en prácticas anticompetitivas sancionadas por la Ley de Competencia en especial la tipificada en el artículo 25 literal c) que la Nómina de Accionistas es la vigente y demás condiciones establecidas en las Bases para la Licitación Pública según (ANEXO No. 4).
h) Declaración jurada otorgada ante Notario firmada por parte del Representante Legal de la sociedad y/o apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; “que no emplea niñas, niños y adolescentes por debajo de la edad mínima de admisión al empleo y se cumple con la normativa que prohíbe el trabajo infantil y protección de la persona adolescente trabajadora; en caso se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social el incumplimiento de la normativa anterior; reconoce y acepta que la institución contratante iniciará el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no dentro del procedimiento adquisitivo en el cual esta participando, de la conducta tipificada como causal de inhabilitación prevista en el art. 158 romano V literal b) de la LACAP. (ANEXO No. 6).
a) Presentar las solvencias relacionadas con los tributos y de previsión social, de conformidad a su país de origen, vigente a la fecha de la Apertura de Ofertas.
b) Nómina de Accionista suscrita por el Representante Legal y/o del
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Apoderado en su caso (este documento aplica solo para personas jurídicas).
c) Declaración jurada otorgada ante Notario firmada por parte del Representante Legal de la Sociedad y/o Apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de las Bases de Licitación, plazo de entrega y de las Especificaciones Técnicas, así como que no está en cualquiera de las incapacidades o impedimentos establecidos en los artículos 25 y 26 de la LACAP, los inhabilitados según el artículo 158, lo que determina el artículo 159 de la LACAP, asimismo que no ha incurrido en prácticas anti competitivas sancionadas por la Ley de Competencia en especial la tipificada en el artículo 25 literal c), que la Nómina de Accionistas es la vigente, y demás condiciones establecidas en las Bases para la Licitación y según ANEXO No. 5.
d) Declaración jurada otorgada ante Notario firmada por parte del Representante Legal de la sociedad y/o apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; “que no emplea niñas, niños y adolescentes por debajo de la edad mínima de admisión al empleo y se cumple con la normativa que prohíbe el trabajo infantil y protección de la persona adolescente trabajadora; en caso se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social el incumplimiento de la normativa anterior; reconoce y acepta que la institución contratante iniciará el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no dentro del procedimiento adquisitivo en el cual esta participando, de la conducta tipificada como causal de inhabilitación prevista en el art. 158 romano V literal b) de la LACAP. ANEXO No. 6.
K.3.Documentos en fotocopia certificados por notario.
Personas Jurídicas Nacionales.
a) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro de Comercio, aun en caso de existir modificación que reúna en un solo texto el pacto social
b) Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad inscrita en el Registro de Comercio (si las hubiere).
c) Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación, o primera vez según sea el caso, o boleta de presentación en caso de presentar esta última deberá adjuntar copia certificada de la matrícula del año anterior.
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d) Credencial de Representante Legal u otro documento que lo acredite como tal, debidamente inscrita en el Registro de Comercio.
e) Testimonio de la Escritura Pública del Poder otorgado por el Representante Legal, inscrita en el Registro de Comercio, en caso de comparecer por medio de apoderado.
f) Documento Único de Identidad (DUI), Pasaporte o carnet de residente del representante Legal de la Sociedad, y/o Apoderado en su caso, documentos que deben estar vigentes. (Fotocopia ampliada a 150%).
g) Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) del Representante Legal y/o del Apoderado en su caso. (Fotocopia ampliada a 150%).
h) Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad. (Fotocopia ampliada a 150%).
i) Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). (Fotocopia ampliada a 150%).
Personas Naturales Nacionales.
a) Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación o primera vez según sea el caso, o boleta de presentación en caso de presentar esta última deberá adjuntar copia certificada de la matrícula del año anterior.
b) Documento Único de Identidad (DUI), documento que debe estar vigente. (Fotocopia ampliada a 150%).
c) Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT). (Fotocopia ampliada a 150%).
d) Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). (Fotocopia ampliada a 150%).
Personas Jurídicas Extranjeras.
a) Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante.
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b) Testimonio de Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante. (en caso que las hubiere).
c) Credencial de Representante Legal u otro documento que acredite como tal, y Testimonio de la Escritura Pública del Poder otorgado por el Representante Legal, en caso de comparecer por medio de Apoderado.
d) Documento de Identidad: pasaporte o carnet de residente del Representante Legal de la sociedad, o del Apoderado en su caso, estos deberán estar vigentes. (Fotocopia ampliada a 150%).
Personas Naturales Extranjeras.
a) Documento de Identidad vigente: pasaporte o carnet de residente del ofertante y del Apoderado en su caso. (Fotocopia ampliada a 150%).
L. Documentos para evaluar la capacidad financiera del ofertante.
El ofertante deberá presentar dentro de su oferta la siguiente documentación.
L.1. Para personas naturales y jurídicas nacionales.
a) Estados Financieros Básicos (Debidamente inscritos en el Registro de Comercio con su respectiva Certificación de Depósito) al 31 de Diciembre del año 2015, o del periodo que tenga de operar el ofertante, según su fecha de creación de la empresa, debidamente firmados por los responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de auditoria firmado y sellado por el Auditor externo.
b) Constancia de Líneas de Crédito emitidas por una Institución Autorizada por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente “A1 ò A2” y que di xxxx constancias reflejen un monto igual o mayor a (US $6,914.10), dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas.
L.2. Para personas naturales y jurídicas extranjeras.
a) Estados Financieros Básicos (Debidamente inscritos de acuerdo a la legislación del país de origen) al 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000 x xxx xxxxxxx que tenga de operar el ofertante según su fecha de creación de la empresa, firmados por los responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado de
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acuerdo a la legislación del país de origen, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de auditoria firmado y sellado por el auditor externo.
b)Constancia de Líneas de Crédito emitidas por una Institución Autorizada por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente Excelente o Muy bueno y que dichas constancias reflejen un monto igual o mayor a (US $6,914.10), dicho documento deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previo a la fecha de apertura de ofertas.
Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada.
M. Documentos que deberá presentar el ofertante adjudicado para Contratación.
M.1. Para personas naturales y jurídicas nacionales.
Solvencias vigentes para celebrar contrato, las detalladas en el literal “K” de la Parte I de las presentes Bases.
Copia certificada por Notario de la Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) de la Sociedad y Representante Legal o apoderado en su caso, extendida en El Xxxxxxxx.
N. Garantías para ofertar y para contratar.
Toda persona natural o jurídica participante en la presente Licitación Pública deberá presentar las siguientes Garantías, de conformidad a la etapa en la que se encuentre:
N.1. Garantía de Mantenimiento de Oferta.
El Ofertante deberá presentar en la UACI una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el valor equivalente al 2.5% del monto total ofertado. La fianza deberá presentarse de acuerdo al formulario descrito en el ANEXO No. 7 de la presente Base de Licitación, la cual estará vigente durante el plazo de 150 días calendario contados a partir de la fecha de apertura de ofertas y sera devuelta cuando el ofertante adjudicado presente la garantía de cumplimiento de contrato y para los ofertantes que no resulten adjudicados se devolverá una vez suscrito el o los contratos respectivos.
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N.2. Garantía de Cumplimiento de Contrato.
El contratista deberá presentar en la UACI xxx XXXXXX la Garantía de Cumplimiento de contrato, por el monto equivalente al DOCE POR CIENTO (12%) del valor total del contrato, la cual deberá presentar dentro de los QUINCE (15) días calendario siguientes a la fecha de distribución del contrato respectivo y estará vigente durante el plazo de SIETE MESES contados a partir de la fecha de distribución del contrato (ANEXO No. 8). La UACI entregará el quedan de la garantía correspondiente.
N.3. Garantía de Buena Calidad.
El Contratista garantizará la buena calidad del suministro entregado para lo cual presentará una garantía equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato y deberá presentarse en la UACI xxx XXXXXX, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha en que el servicio sea prestado en su totalidad y a entera satisfacción, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el lugar establecido y estará vigente por el plazo de UN (1) AÑO, contado a partir de dicha fecha del acta de recepción de definitiva. (ANEXO No. 9) según lo solicitado en las especificaciones técnicas de esta Base de Licitación. La UACI proporcionará el quedan de la garantía correspondiente.
La garantía mencionada deberá presentarse en original y copia, adjuntando fotocopia de la Tarjeta de Identificación Tributaria de la Contratista.
N. 4 Tipos de garantías que podrán presentar.
Fianzas emitidas por Sociedades Afianzadoras, Aseguradoras o Instituciones Bancarias Nacionales o extranjeras, siempre y cuando lo hicieren por medio de alguna de las instituciones del Sistema Financiero Salvadoreño, actuando como entidad confirmadora de la emisión, Art. 32 inciso último de la LACAP. Las empresas que emitan las referidas fianzas deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx.
Para el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, también podrá presentar cheque certificado.
O. Aceptación del contenido de la Licitación
Es entendido y convenido que el ofertante al presentar su oferta, da por aceptadas todas las condiciones y especificaciones establecidas en la presente Licitación.
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P. Errores u omisiones subsanables.
Para la presente Licitación Pública se considerará subsanable lo establecido la parte I, literal “K” Solvencias y documentos obligatorios para evaluar la capacidad legal; literal “L” Documentos obligatorios para evaluar la capacidad financiera, también serán subsanables los documentos técnicos que demuestren el cumplimiento de especificaciones de conformidad a lo establecido en la PARTE II de las presentes Bases. La Garantía de Mantenimiento de Ofertas será subsanable siempre y cuando el error no esté en el monto asegurado ni en la vigencia de la misma, aclarándose que cuando el monto total asegurado tenga errores obvios en la escritura por letras mal colocadas u omisión de alguna de ellas, si podrán ser subsanadas, pero no por cambios en el monto que se ha establecido. Las solicitudes de subsanación serán requeridas una sola vez sobre un mismo aspecto, en un plazo máximo de tres días hábiles a partir del día siguiente de haber sido notificado el ofertante.
Las solicitudes de aclaraciones y respuestas se harán por escrito. No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta.
Si en la oferta económica se detectaren errores aritméticos, éstos serán corregidos por la CEO, prevaleciendo en todo caso el precio unitario a efecto de reajustar el precio de la oferta, a fin de reflejar el precio resultante.
Q. Aspectos generales para la contratación
La UACI notificará al adjudicatario cuando el contrato esté listo para la suscripción del mismo entre las partes, el plazo no podrá exceder de cinco días hábiles posteriores a la fecha en qu la adjudicación se firmó. Sí el ofertante adjudicado no se presentare a firmarlo en el plazo mencionado en la notificación sin causa justificada, perderá el derecho como tal, por lo que se procederá a iniciar el proceso sancionatorio de conformidad al Art. 158 de la LACAP, procediendo a adjudicarle a la persona natural o jurídica que haya clasificado en segundo lugar y así sucesivamente se procederá con las demás ofertas según el caso. (MODELO DE CONTRATO ANEXO No. 10).
Q.2. Prorroga de los contratos de servicios. (Art. 83 LACAP)
El contrato podrá prorrogarse una sola vez, por un período igual o menor al pactado inicialmente, siempre que las condiciones del mismo permanezcan favorables a la institución y que no hubiere una mejor opción. El Titular de la institución emitirá una resolución debidamente razonada y motivada para proceder a dicha prorroga.
La Unidad Solicitante deberá remitir a la UACI la solicitud de prórroga del contrato anexando los siguientes documentos: Nota de La Contratista en la cual acepta la
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prórroga, monto estimado de la misma con su respectiva disponibilidad presupuestaria e informe favorable del Administrador de Contrato.
Q.3. Retrasos no imputables al contratista (Art. 86 LACAP).
Si el retraso del Contratista se debiere a causas no imputables al mismo, debidamente comprobadas, tendrá derecho a solicitar y a que se le conceda una prórroga equivalente al tiempo perdido, el mero retraso no dará derecho al contratista a reclamar una compensación económica adicional. La solicitud de prórroga deberá hacerse dentro del plazo contractual para la prestación del servicio.
Q.4. Modificaciones Contractuales. (Art. 83-A y 86 LACAP)
El MINSAL podrá modificar los contratos en ejecución regidos por la LACAP, independientemente de su naturaleza y antes del vencimiento de su plazo, siempre que concurran circunstancias imprevistas y comprobadas. Para lo cual La Contratista
presenta al Administrador de Contrato, solicitud de modificación al contrato, siempre que se trate de causas no imputables a la misma, adjuntando las justificaciones y comprobaciones correspondientes.
Cuando el MINSAL por necesidades imprevistas requiera modificaciones durante la ejecución del contrato, la Unidad Solicitante o Usuaria o el Administrador de Contrato en su caso, elaborará solicitud y adjuntará la justificación correspondiente, para ser presentada a la UACI. Cuando la petición de modificación sea requerida por la Unidad Solicitante o Usuaria, deberá contener el dictamen indicando si procede o no la modificación del contrato por parte del Administrador de Contrato, trasladandola a la UACI para el trámite respectivo.
Para efectos de la LACAP, se entenderá por circunstancias imprevistas, aquel hecho o acto que no puede ser evitado, previsto o que corresponda a caso fortuito o fuerza mayor.
La comprobación de dichas circunstancias, será responsabilidad del Titular xxx XXXXXX.
Q.5. Prohibición de modificación. (Art. 83-B LACAP)
Los Contratos no podrán modificarse cuando se encuentren encaminadas a cualquiera de los siguientes objetivos:
a) Alterar el objeto contractual
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b) Favorecer situaciones que correspondan a falta o inadecuada planificación de las adquisiciones, o convalidar la falta de diligencia del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
La modificación que se realice en contra de lo establecido en el inciso anterior será nula, y la responsabilidad será del titular de la institución.
Q.6. Cesación, extinción, caducidad y revocación del contrato.
Cuando se presentaren las situaciones establecidas en los artículos del 92 al 100 de la LACAP, se procederá en lo pertinente a dar por terminado el Contrato. En caso de incumplimiento por parte del Contratista a cualquiera de las estipulaciones y condiciones establecidas en el contrato y lo dispuesto en las Bases de Licitación; el MINSAL notificará al Contratista su decisión de caducar el contrato sin responsabilidad para él, mediante aviso escrito con expresión de motivo, aplicando en lo pertinente el procedimiento establecido en el Art. 81 del Reglamento de la LACAP. Asimismo el MINSAL, hará efectivas las garantías que tuviere en su poder.
R. Plazo y lugar de entrega.
R.1. Plazo de Prestación del Servicio.
El plazo de prestación del servicio será durante el período comprendido a partir de la Distribución del Contrato hasta el 31 de Diciembre del 2017.
R.2. Lugar de Prestación del Servicio
El servicio contratado será brindado en los diferentes establecimientos de salud que se encuentran detallados en el Anexo No. 1 Condiciones y Especificaciones Técnicas del Servicio.
Para lo cual el suministrante o su representante autorizado en coordinación con el(los) Administrador(es) respectivo, verificaran que el servicio a recepcionarse cumple estrictamente con las cláusulas establecidas en el contrato, identificando las posibles inconsistencias en la prestación del servicio.
Se firmará Acta de Recepción del servicio prestado, dicha acta deberá ser firmada por el Administrador de Contrato, el Representante de la Empresa y Visto Bueno de Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, para efectos de pago del servicio prestado; debiendo contener adicionalmente el nombre de las personas que suscriben el Acta y los sellos respectivos.
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S. Forma, Tramite y plazo para el pago de las facturas.
El pago se efectuará en la Tesorería de la Unidad Financiera Institucional xxx XXXXXX, ubicada en Xxxxx Xxxx Xx. 000, Xxx Xxxxxxxx, xx Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx de América.
La cancelación se hará a través de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda mediante la modalidad de Abono a Cuenta , en Dólares de los Estados Unidos de América, (Deberá proporcionar: Nombre del Banco, Numero de Cuenta, Nombre de la cuenta Bancaria, Tipo de Cuenta, mediante Declaración Jurada) en un plazo de 60 días calendario, posterior a que el Contratista presente en la Tesorería xxx XXXXXX para tramite de QUEDAN respectivo, la documentación de pago siguiente: Comprobante de Crédito Fiscal con 2 copias a nombre del Fondo de Actividades Especiales del Ministerio de Salud, No. de Registro 154543-7, Giro: Actividades de la Administración Pública en General, Numero de NIT 0614-291190- 105-7, incluyendo en el comprobante número de Contrato, número de Libre Gestión, número de item precio unitario, precio total, y la retención del uno por ciento (1.00
%) del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), descripción del servicio de mantenimiento prestado la cual deberá llevar firma, nombre y sello del administrador del contrato y visto bueno del Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, adjuntando original y copia del cuadro Resumen del mantenimiento al cual le brindaron el servicio, correspondiente al periodo facturado; con el Visto Bueno del Administrador del contrato, firma y sello Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, original y una copia de la nota de aprobación de las garantías que estipula el presente contrato, extendidas por la UACI, debiendo presentar la Contratista un juego de copias de la documentación de pago en la UACI xxx XXXXXX, para efectos de control del Contrato.
El Contratista se compromete a presentar copia del comprobante de Crédito fiscal y cuadro Resumen del mantenimiento de equipos al cual le brindaron el servicio en la UACI xxx XXXXXX dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se emita dicho reporte, caso contrario incurrirá en un incumplimiento al Contrato y lo que se tomara en cuenta en futuro procedimiento de contratación.
El Contratista deberá tomar en cuenta que el MINSAL ha sido designado como agente de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) por lo que se aplicara la retención del uno por ciento (1%) de dicho impuesto a partir de montos de $100.00 más IVA. y presentarlos dentro del mismo mes a tesorería caso contrario tendrán que repetir el comprobante de crédito fiscal.
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S.2. Contratistas extranjeros.
La cancelación se hará a través de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda mediante la modalidad de Abono a Cuenta, en Dólares de los Estados Unidos de América, (Deberá proporcionar: Nombre del Banco, Numero de Cuenta, Nombre de la cuenta Bancaria, Tipo de Cuenta, mediante Declaración Jurada) en un plazo de 60 días calendario posteriores a que el contratista presente en la Tesorería xxx XXXXXX, para tramite de quedan respectivo la documentación de pago siguiente: Factura a nombre de Fondo de Actividades Especiales xxx XXXXXX; incluyendo en la facturación número de Contrato, número de Licitación, número de item, precio unitario, precio total, descripción del servicio de mantenimiento prestado la cual deberá llevar firma, nombre y sello del administrador del contrato y visto bueno del Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, adjuntando original y copia del cuadro Resumen del mantenimiento al cual le brindaron el servicio, correspondiente al periodo facturado; con el Visto Bueno del Administrador del contrato, firma y sello Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, original y una copia de la nota de aprobación de las garantías que estipula el presente contrato, extendidas por la UACI, debiendo presentar la Contratista un juego de copias de la documentación de pago en la UACI xxx XXXXXX, para efectos de control del Contrato.
El Acta de recepción deberá llevar nombre, firma, sello del Jefe de la Unidad de Gestión de Equipo Biomédico, Jefe de la Unidad Solicitante, del Administrador del Contrato y de la empresa.
La factura deberá presentarse a cobro a mas tardar el Cuarto día hábil antes de que finalice el mes en que se emitió, caso contrario deberá emitirse una nueva factura.
Si el contratista solicita el pago a través de Transferencia cablegrafía o carta de crédito, será el garante de cubrir el costo que implique dicho trámite, tanto en el país de origen como en El Xxxxxxxx. Es importante que el ofertante determine en su oferta la modalidad de pago requerida.
T. Sanciones y multas.
Si el contratista incumpliere cualquiera de las obligaciones contractuales, estará sujeto a las sanciones reguladas en la LACAP.
T.2 Efectividad de garantía de Mantenimiento de Oferta:
Esta garantía se hará efectiva a favor del MINISTERIO DE SALUD en los siguientes casos:
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a) Si el Adjudicatario no concurre a formalizar el contrato en el plazo establecido en el Art. 81 de la LACAP.
b) Si después de firmar el contrato La Contratista no presentare en un periodo de QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO posteriores a la distribución del Contrato, la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
c) Si el oferente retirare su oferta injustificadamente, durante el periodo de validez estipulado en las presentes Bases.
En cualquiera de estos casos el MINISTERIO DE SALUD procederá a suscribir contrato con el segundo mejor evaluado, y así sucesivamente se procederá con las demás ofertas.
T.3 Efectividad de garantía de Cumplimiento de Contrato:
En caso de incumplimiento de lo establecido en los documentos contractuales, el MINSAL hará efectiva esta garantía.
T. 4 Efectividad de garantía de Buen Servicio:
En caso de presentarse alteraciones en la calidad de los servicios amparados en el contrato, el MINSAL hará efectiva la garantía, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Cuando se detecten fallas, desperfectos o inferior calidad en el servicio prestado en relación con lo adjudicado y contratado.
b) Cualquier otro problema o situación que ocurra relacionada a la calidad de el servicio prestado.
Cuando el contratista incurriere en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables al mismo, podrá declararse la caducidad del contrato o imponer el pago de una multa por cada día de retraso, de conformidad al Art. 85 de la LACAP.
U. Administración del contrato.
A propuesta del solicitante, la Titular xxx XXXXXX nombrará mediante Acuerdo Ministerial al Técnico o los Técnicos idóneos como Administradores del Contrato para el cumplimiento de las responsabilidades establecidas en el Art. 82 Bis de la LACAP y Art. 74 del RECALAP y lo establecido en el Manual de Procedimientos para
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el Ciclo de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de las Instituciones de la Administración Pública.
V. Solución de conflictos.
Toda discrepancia que surgiere en la ejecución del contrato, se resolverá primero por el arreglo directo entre las partes y si por esta forma no se llegare a una solución, se recurrirá a los tribunales comunes.
W. Documentos contractuales.
Forman parte integrante de los contratos con plena fuerza obligatoria para las partes, los documentos siguientes:
a) Bases de Licitación.
b) Adendas, enmiendas y aclaraciones a las Bases de Licitación (si las hubiere).
c) La oferta del Contratista y sus documentos.
d) Resolución de Adjudicación.
e) Las Garantías.
f) Las Resoluciones Modificativas (si las hubiere).
En caso de discrepancia entre el contrato y los documentos antes relacionados prevalece el contrato.
X. Contenido de las ofertas
Todo ofertante que participe en la presente Licitación deberá considerar para la presentación de su oferta lo siguiente:
Los ofertantes deberán presentar por separado la OFERTA TÉCNICA Y DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA en un sobre “A” y la OFERTA ECONÓMICA
en el sobre “B”. Toda la documentación deberá presentarse en original y una copia en sobre separado respectivamente, cerrados, sellados y firmados por el representante legal o apoderado, según el caso, se requiere sean numeradas todas las paginas y los sobres deberán ser rotulados de la siguiente manera: Licitación Pública LP No. 20/2017, nombre o razón social, dirección y teléfono del ofertante y dirección electrónica. Las copias de las ofertas deberán contener toda la documentación que contiene la oferta original. No se aceptarán ofertas o documentación que tenga testados, borrones, raspaduras, enmendaduras, omisiones, entrelineas o adiciones, sino están debidamente salvadas (corregidas) al final de cada documento de oferta.
La oferta presentada así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambie el ofertante y EL MINSAL deberá redactarse en idioma castellano, en
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caso de estar en otro idioma deberá presentarse acompañados de su traducción al idioma castellano debidamente autenticada por las autoridades correspondientes e indicarán la posibilidad de proporcionar información complementaria, si esta es requerida por EL MINSAL. La traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta.
Todos los documentos anteriores, pertenecientes a sociedades extranjeras, deberán ser apostillados o autenticados consularmente, si se presentan en original o copia certificada.
Los instrumentos públicos o auténticos emanados de un país extranjero, para que hagan fe, deberán presentarse apostillados en caso que el país de origen sea parte del CONVENIO DE LA HAYA SOBRE LA ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN
DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, caso contrario deberán cumplir con todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de auténticas por el consulado de El Xxxxxxxx más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx. Deberán cumplir con esta apostilla los Documentos Privados que contengan Certificaciones oficiales o por Notarios Extranjeros. CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.
“Art. 1 El presente convenio se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro estado contratante.
Se consideran como documentos públicos en el sentido del presente convenio:
a. Los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un Secretario oficial o Agente oficial.
b. Los documentos administrativos,
c. Los documentos Notariales,
d. La certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo el presente convenio no se aplicará:
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a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares,
b) A los documentos administrativos relacionados directamente con la operación comercial aduanera”.
APOSTILLADO O AUTENTICA DE FIRMA: Para que los documentos cumplan con este requisito, la firma que los autoriza debe de estar debidamente autenticada, para lo cual los ofertantes tienen dos opciones, LA PRIMERA a través de APOSTILLA, convenio del cual El Xxxxxxxx es suscriptor y debe de serlo el país de origen de los documentos y LA SEGUNDA de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 334 reformado del CÓDIGO DE PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL que establece: “Los instrumentos públicos se considerarán auténticos mientras no se pruebe su falsedad. Sin perjuicio de lo previsto en Tratados Internacionales, suscritos y ratificados por El Xxxxxxxx, para que haga fe el instrumento público, emanado de país extranjero, la firma que lo autoriza debe estar autenticada por el Jefe de la Misión Diplomática, Cónsul, Vice-Cónsul o Encargado de los Asuntos Consulares de la República, o en su defecto, por los funcionarios correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores de donde proceden tales documentos, y la firma que autoriza tal legalización habrá de ser autenticada también por el Ministro o Viceministro de Relaciones Exteriores de El Xxxxxxxx, o por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que, por medio de Acuerdo Ejecutivo en el mismo ramo, haya sido autorizado de modo general para ello.
También harán fe los instrumentos públicos emanados de país extranjero extendidos por medio de fotocopias, siempre que por razón puesta al reverso de las mismas se haga constar la fidelidad de tales fotocopias y que se han llenado las formalidades exigidas por la xxx xxx xxxx en donde se han extendido. Esta razón deberá ser firmada por el funcionario competente del país de donde proceden, y la firma de éste, autenticada de la manera prevenida en el inciso anterior.
Siempre que el Juez o Tribunal, o el jefe de la oficina gubernativa donde el instrumento o instrumentos vertidos al castellano en el extranjero, fueren presentados, creyeren conveniente una nueva versión, podrán de oficio acordarla, como también en el caso de solicitarlo persona interesada en ello; y esa nueva versión practicada en forma legal por juez competente, será la única que se tomará en cuenta”.
X.2. Contenido de la oferta técnica y documentación Legal Financiera (Sobre “A”).
Con el propósito de poder evaluar las ofertas técnicas, los interesados deberán presentar la información y documentación que se detalla en la Parte II de las presentes Bases de Licitación.
X.3. Contenido de la oferta económica (Sobre “B”).
Deberá contener la información requerida de acuerdo al formulario de presentación de ofertas según ANEXO No. 1 de forma impresa y digital en CD o DVD también deberá contener lo siguiente:
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a) Xxxxx firmada por el representante legal o apoderado, según el caso; o persona natural o su apoderado, indicando en números y letras, el monto total ofertado.
b) Los montos totales ofertados en dólares de los Estados Unidos de América, y se considerarán únicamente dos decimales.
c) Los precios ofertados deberán incluir el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), y se mantendrán en firme durante la vigencia de la oferta y el contrato respectivo.
d) NO SE ACEPTARÁN OFERTAS ALTERNATIVAS.
Y. Vigencia de la oferta.
El periodo de vigencia de la oferta, será de 120 días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
Z. Recurso de Revisión.
Los Ofertantes podrán presentar Recurso de Revisión el cual deberá interponerse por escrito ante el funcionario que dictó el acto de adjudicación, a más tardar dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la notificación. La presentación de un recurso, suspenderá el proceso hasta su solución. Para su resolución el MINSAL dispondrá de un término perentorio xx xxxx (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de su admisión. Para la admisión del recurso se dispondrá de tres (3) días hábiles, según lo estipulado en el Art. 72 del Reglamento de la LACAP.
EL MINSAL se reserva la facultad contenida en el Art. 77 inciso tercero de la LACAP: que literalmente dice: “…si de la resolución al recurso de revisión resulta que el acto quedare en firme, la institución contratante podrá reclamar daños y perjuicios en que se incurra por el retraso en el proceso de adquisiciones y contrataciones”. En virtud del contenido de esta disposición legal el MINSAL, podrá reclamar al recurrente en concepto de daños y perjuicios generados por la suspensión de la contratación en el lapso comprendido entre la interposición del recurso y su resolución y cuando la adjudicación o acto impugnado quedare firme, comprobándose mediante el análisis del fondo del mismo que sus argumentos son improcedentes”.
PARTE II
ASPECTOS LOGÍSTICOS Y TÉCNICOS DE LAS OFERTAS
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III. Aspectos logísticos y técnicos de las ofertas.
A. Indicaciones para la prestación del servicio.
Para los servicios que resulten contratados, el contratista deberá de cumplir de forma obligatoria con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, de lo contrario no será recibido el servicio.
X. Xxxxxxxx y descripción del Servicio.
Los servicios objeto de la presente Licitación Pública deberán ser ofertados y posteriormente prestados de conformidad a la descripción y unidad de medida correspondiente al código detallado en la siguiente tabla:
ITEM | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | U/M | CANTIDA D |
1 | 81220010 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA BLOQUE DIGESTOR | C/U | 1 |
2 | 81220015 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA DISPENSADOR AUTOMATICO | C/U | 3 |
3 | 81220020 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) | C/U | 12 |
4 | 81220025 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA AUTOCLAVES | C/U | 12 |
5 | 81220035 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DESTILADORES | C/U | 3 |
6 | 81220045 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA HORNOS | C/U | 7 |
7 | 81220048 | SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA BAÑO DE XXXXX, TEMPERATURA DE TRABAJO DE ( 40-50 ) °C | C/U | 9 |
8 | 81220055 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA INCUBADORAS | C/U | 31 |
9 | 81220075 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA MICROSCOPIOS | C/U | 11 |
10 | 81220095 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA CAMARA DE FLUJO LAMINAR | C/U | 7 |
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ITEM | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | U/M | CANTIDA D |
11 | 81220100 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO PARA CAMARA DE FLUJO LAMINAR, CON MOTOR EXTERNO | C/U | 9 |
12 | 81220105 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA CAMARA DE EXTRACCION CON MOTOR EXTERNO | C/U | 2 |
13 | 81220120 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA CENTRIFUGA | C/U | 4 |
14 | 81220125 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA CONGELADORES | C/U | 15 |
15 | 81220135 | SERVICIOS DE CALIBRACION XX XXXXXXX ANALITICA | C/U | 17 |
16 | 81220138 | SERVICIOS DE CALIBRACION XX XXXXXXX DE HUMEDAD | C/U | 1 |
17 | 81220140 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE MASAS ESTANDAR PARA USAR EN BALANZAS | C/U | 53 |
18 | 81220145 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE INCUBADORAS | C/U | 33 |
19 | 81220150 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE BAÑO DE XXXXX, TEMPERATURA DE TRABAJO DE ( 40-50 ) °C | C/U | 12 |
20 | 81220155 | SERVICIOS DE CALIBRACION XX XXXXXX RANGO DE TEMPERATURA DE ( 105- 180 ) °C | C/U | 4 |
21 | 81220165 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE AUTOCLAVE | C/U | 12 |
22 | 81220170 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE TERMOMETROS RANGO DE MEDICION ( -20 A 260 ) °C | C/U | 38 |
23 | 81220175 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE TERMOHIGROMETRO | C/U | 10 |
24 | 81220180 | SERVICIOS DE CALIBRACION DE MICROPIPETA | C/U | 50 |
25 | 81220408 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA ESPECTROFOTOMETROS | C/U | 1 |
26 | 81220470 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA MEDIDOR DE TURBIEDAD | C/U | 2 |
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C. Requisitos técnicos requeridos para ser evaluados.
El servicio que se pretende adquirir según el detalle de la tabla anterior debe reunir los siguientes requisitos y estos serán la base para la evaluación por parte de la CEO, en cada uno de ellos, por lo que deberán cumplir con el 100% según el siguiente detalle de lo contrario serán descalificados.
a) En caso de ser servicio no adquirido por la UACI del Nivel Superior xxx XXXXXX, presentar al menos una (1) constancia de experiencia satisfactoria de establecimientos, Públicas o Privadas legalmente constituidas nacionales o extranjeras, donde hayan prestados los servicios ofertados con características iguales o semejantes a las solicitadas, Dicha constancia deberá ser presentada en original, firmada y sellada por el Representante Legal o Propietario de la empresa.
b) En el caso de ser servicios ya adquiridos por la UACI del Nivel Superior, deberá especificar el número de contrato a través del cual fue recibido el servicio, y se evaluará conforme al informe emitido por el Área de Seguimiento y Control de la UACI del Nivel Superior, considerando los últimos tres (3) años previos, a la fecha de apertura de ofertas.
c) Para el caso especifico de los servios de calibración la contratista deberá presentar constancia de Reconocimiento del Organismo Salvadoreño de Acreditación (OSA), el Centro de Investigación Metrológica (CIM) o de otra institución con reconocimiento internacional, en la que se indique su competencia técnica para brindar los servicios.
d) Presentar en su oferta el Currículo Vitae actualizado del Personal Técnico que esté asignado para la ejecución del contrato. EL CUADRO TÉCNICO INICIAL ESTARÁ FORMADO POR LAS PERSONAS CUYO CURRÍCULO VITAE SERÁ PRESENTADO JUNTO CON LA OFERTA.
e) Es indispensable que el cuadro técnico esté compuesto como mínimo por un Profesional o persona idónea reconocido por la marca del o de los equipo o que la empresa sea representante de la marca del equipo a ofertar, o su delegado, para el que ofrece el servicio y por lo menos una (1) persona con grado universitario o técnico.
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PARTE III
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
IV. Metodología de evaluación de ofertas
El presente apartado es una guía de apoyo para la aplicación de los diferentes criterios a utilizar en la evaluación de ofertas de la siguiente LICITACIÓN PÚBLICA LP No. 20/2017 denominada “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
fuente de financiamiento: RECURSOS PROPIOS FAE., a realizar por el Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Evaluación de la Capacidad Legal
Para el caso de la capacidad legal de la Sociedad y de la persona natural, se evaluará con base a lo establecido en la parte I literal “K”, con el criterio cumple o no cumple, por lo que no se le asignará puntaje. La revisión se realizará con base a la documentación presentada, se examinará que los documentos contengan y cumplan con las condiciones y requisitos legales establecidos en cada caso en las Bases de Licitación, en caso de encontrarse que alguna documentación de la sociedad o persona natural establecida en dicho literal de las Bases de Licitación no ha sido incluida, se procederá conforme a lo establecido en el literal “P” de la Parte I. En caso de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido por el MINSAL o que ésta no esté de acuerdo a lo solicitado, la oferta será, denominada NO ELEGIBLE para recomendar la adjudicación; quedando únicamente evaluada Financiera y Técnicamente.
b) Evaluación de la Capacidad Financiera
La capacidad financiera de la Sociedad y de la persona natural se evaluará con base a lo establecido en la parte I literal L. Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO | FACTOR DE EVALUACIÓN | |
Índice de Solvencia | Índice de Solvencia: mayor o igual a uno (1) Formula: (Activo Circulante / Pasivo Circulante) Si el índice resultante es menor que uno (1), se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%). | 7.5 % |
Capital Neto de Trabajo | Capital Neto de Trabajo: Monto igual o mayor a (US $6,914.10 Formula: (Activo Circulante – Pasivo Circulante) Si el monto resultante es menor que (US $6,914.10) se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%). | 7.5 % |
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CONCEPTO | FACTOR DE EVALUACIÓN | |
Índice de Endeudamiento | Índice de endeudamiento: menor o igual a cero punto setenta y cinco (0.75) Formula: (Pasivo Total / Activo Total) Si el índice resultante es mayor que cero punto setenta y cinco (0.75), se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%). | 7.5 % |
Referencias Bancarias | Constancias de Líneas de Créditos emitidas por una Institución Autorizadas por el Sistema Financiero en donde certifique la categoría de cliente “A1 ò A2” en las cuales reflejen en la sumatoria de un monto igual o mayor a (US $6,914.10). Si la Empresa o Persona Natural que no cuente con líneas de crédito con Instituciones Financieras, tiene que tener un capital neto de trabajo de (US $13,828.20) Si las Empresas o Personas Naturales no cumple con alguno de los parámetros anteriores se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%). | 7.5 % |
Sub-total | 30% |
c) Evaluación de los Aspectos Técnicos
Para la evaluación de los aspectos técnicos se considerara lo establecido en la parte II de las presentes bases de licitación.
La Comisión Evaluadora de Ofertas, procederá a efectuar el análisis del Servicio de forma individual para determinar si cumple o no con los requisitos técnicos solicitados, bajo el siguiente puntaje.
ASPECTOS A EVALUAR | |
1. CUMPLIMIENTO TÉCNICO | PUNTAJE |
1.1. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PLAZO DE ENTREGA | 50% |
1.2. NO CUMPLE CON LAS CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PLAZO DE ENTREGA | 0% |
2.EXPERIENCIA | 20% |
SERVICIOS NO ADQUIRIDO PREVIAMENTE POR EL MINSAL. | |
2.1 PRESENTA UNA CONSTANCIA DE EXPERIENCIA | 20% |
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ASPECTOS A EVALUAR | |
2.2 NO PRESENTA NINGUNA CONSTANCIA DE EXPERIENCIA O LAS PRESENTADAS NO CUMPLEN. | 0% |
SERVICIO ADQUIRIDO PREVIAMENTE POR EL MINSAL. | |
2.3 REPORTE DE BUENA EXPERIENCIA CON EL MINSAL. | 20% |
2.4 REPORTE DE MALA EXPERIENCIA CON EL MINSAL. | 0% |
TOTAL CUMPLIMIENTO TÉCNICO Y EXPERIENCIA | 70% |
Las Ofertas deberán alcanzar un puntaje como mínimo 85% para ser considerada su propuesta Económica, es decir que solo con las Ofertas que alcancen dicho puntaje y cumplan con la Evaluación de la Capacidad Legal, se procederá a Recomendar la Adjudicación a la Oferta de mejor precio entre las que Cumplen.
Se revisará la oferta económica y si hay errores de cálculo éstos serán rectificados de la siguiente manera: Si existiere una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por la cantidad correspondiente, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido. La única excepción será un error obvio en la ubicación del punto decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total y el precio unitario será corregido. Asimismo deberá considerarse que para efectos de comparación de precios se tomará en cuenta la cantidad total solicitada por el MINSAL.
En caso de empate en la oferta económica se aplican los artículos No. 55 y 56 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
El MINSAL, se reserva el derecho de verificar en cualquier momento la veracidad de la información proporcionada por el ofertante.
Durante la Evaluación de Ofertas, si se considera necesario realizar aclaraciones sobre aspectos que no modifiquen la oferta presentada, la UACI a requerimiento de la Comisión Evaluadora de Ofertas solicitará las aclaraciones necesarias a los ofertantes, las cuales serán en el plazo perentorio que el Ministerio de Salud señale. En el caso de no presentar lo solicitado en el plazo establecido no será evaluada con respecto al criterio de evaluación correspondiente.
Al final de la evaluación la Comisión Evaluadora de Ofertas levantará un acta consolidada de recomendación la cual será firmada por los mismos, la misma deberá contener en forma descriptiva el cumplimiento o no de cada uno de los literales técnicos solicitados.
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PARTE IV ANEXOS
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ANEXO No. 1
Oferta Técnica Económica por Renglón por el Sistema de Adquisiciones
Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional Presentación de Oferta Técnica Económica MINISTERIO DE SALUD
Licitación Pública No. : Proveedor No. : Fecha: / / (Día/Mes/Año)
Hoja
de
Nombre o Razón Social de: _Nombre de la empresa La empresa o Consorcio
Especificaciones Renglón No.:
Código del Articulo: 000000000000
Descripción del servicio: Unidad Cantidad Precio Precio (incluir descripción de características técnicas ofertadas) XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de medida ofrecida Unitario Total XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX c/u 000 0.0000 000.00 XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Marca: Origen:
Vigencia del servicio
Monto total de la oferta en letras:
XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX 00/000 XXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX DE AMERICA
Plazo de entrega:
Numero de Registro ante el Consejo Superior de Salud Pública: Vigencia de la oferta:
Observaciones:
Nombre, firma y Sello del ofertante Sello: Nombre:
Firma:
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ANEXO No. 2
CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los servicios y mantenimiento de equipo a contratar son para garantizar su operación y funcionamiento continuo; los cuales se encuentran instalados en diferentes áreas del Laboratorio Nacional de Referencia; ubicado en edificio “Xx. Xxx Xxxxx”, Almacén central zona Oriental (Laboratorio de Control de Calidad de Alimentos de la zona Oriental de Salud) y Complejo Ministerio de Agricultura y Ganadería El Matazano (Laboratorio de Productos biológicos).
I DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS
El servicio de Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo y Calibración de Equipos se realizara en los equipos descritos en el cuadro de ubicación adjunto a las presentes bases
Antes de presentar la oferta, para los equipos que requieren mantenimiento correctivo, deben realizar visita al lugar donde se encuentra ubicado el equipo para verificar el estado del equipo y ofertar de acuerdo a lo necesario para que funcione adecuadamente, después del servicio proporcionado, tomando en cuenta cambio de partes necesarias.
II PLAN DE MANTENIMIENTO, PROGRAMA DE TRABAJO Y CALENDARIO DE VISITA.
A) PLAN DE MANTENIMIENTO Y CALIBRACIÓN
El trabajo consistirá en mantener en perfecto estado de funcionamiento los equipos referidos, descritos en la solicitud de cotización, mediante la provisión de mano de obra calificada, repuestos, materiales consumibles y cambio de otros insumos que se tengan en los laboratorios, así como contar con todos los equipos de medición, calibración, etc. y las herramientas indispensables para prestar el servicio.
B) MANTENIMIENTO
El contratista deberá realizar una sola visita, por cada equipo descrito en cuadro anexo, realizar la rutina de Mantenimiento Preventivo y/o Correctivo de conformidad a las especificaciones de los fabricantes en los manuales de servicio de los equipos objeto de mantenimiento, destinada a la prevención xx xxxxxx que incluye pero no se limita a lo siguiente:
a) Limpieza general interna y externa que proceda de acuerdo a la naturaleza y funcionamiento de dichos equipos. Pintura de partes oxidadas y cromado de partes que lo requieren.
b) Revisión general de todo el equipo y sus partes, que permitan establecer criterios en cuanto al ajuste, reparación o cambio oportuno de piezas que sufren desgaste natural por el uso.
c) Sustitución oportuna de los elementos o partes de los equipos cuyo tiempo de duración es limitado.
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d) Revisión, reparación y/o ajuste de los controles de seguridad y funcionamiento del equipo y de la seguridad en su operación.
e) Verificación de las lecturas de los parámetros del patrón utilizado.
f) Revisión de los equipos conforme al programa establecido de visita y de acuerdo a procedimientos específicos del fabricante, que el contratista deberá efectuar para controlar el estado de los equipos, corregir sus deficiencias y desajustes eventuales que pudieran causar la paralización total o parcial del o de los equipos en forma imprevista.
El ofertante debe presentar en su oferta, el conjunto de rutinas de mantenimiento preventivo, según especificaciones de los fabricantes en los manuales de servicio de tales equipos. La duración efectiva de la rutina de Mantenimiento Preventivo no deberá ser menor de hora y media.
Cuando se trate de mantenimiento correctivo deberá presentar, posterior al diagnóstico, la descripción de la reparación a realizar y posterior a dicha reparación, la rutina de buen funcionamiento con los atestados y garantía respectivos
C) CALIBRACIÓN
El contratista deberá realizar una sola visita, por cada equipo descrito en cuadro anexo, realizar la rutina de calibración de conformidad a las especificaciones de los fabricantes en los manuales de servicio de los equipos objeto de calibración
Presentar copias de certificados de trazabilidad de los patrones a utilizar, al momento de la presentación de ofertas para que pueda ser evaluados y tendrán valor para recomendar la adjudicación del servicio.
D) PERSONAL REQUERIDO, PARA LITERALES B Y C
El ofertante garantizará que el servicio será brindado por personal especializado y en constante actualización de conocimientos técnicos.
E) CENTRO DEL SERVICIO
El ofertante deberá contar con la infraestructura, herramientas, instrumentos, equipos, etc. Así como los materiales de consumo, repuestos que no excedan el presupuesto ofertado y otros implementos necesarios para prestar el servicio de la mejor manera.
El ofertante se compromete a entregar la lista de equipos de medición y prueba con que cuenta, con el detalle de sus datos de placa, tales como: marca, modelo, número de serie (indispensable), al momento de presentar su oferta.
F) REGISTRO EN BITÁCORA
El administrador del contrato y el contratista utilizarán una bitácora (podrá contener la recopilación de hojas de servicio del proveedor), en el local de las áreas los Laboratorios donde se encuentren los equipos objeto de las presentes Bases de Licitación. En ésta se registrará el historial del mantenimiento preventivo dado por
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el contratista, así como las llamadas que deba hacer el administrador del contrato; también se anotarán los comentarios y observaciones que el Supervisor xxx XXXXXX en el cumplimiento de su trabajo deba hacer sobre el estado de los mismos.
A efecto de ordenar el procedimiento de los registros, cada vez que cualquiera de los involucrados use la bitácora deberá anotar la falla reportada, su nombre, firma, fecha y hora del reporte.
En el caso del contratista éste deberá anotar el detalle de la actividad realizada, el nombre y firma del Técnico que atendió el problema, la fecha y hora respectiva.
Las bitácoras, que estarán en el establecimiento, serán aportadas por el contratista pero serán propiedad del Ministerio y es obligación del administrador del contrato dejarla a disponibilidad del contratista y del Supervisor xxx XXXXXX, aún en horas y días no laborales.
G) REPORTES DE SERVICIO
El contratista se compromete a levantar después de la visita un reporte de servicio, perfectamente legible que contenga la descripción de los trabajos realizados, nombre de los técnicos que participaron, tiempos y repuestos empleados, etc. Este documento deberá ser entregado en original y firmado por el administrador del contrato junto al contratista.
De todo reporte de servicio, el contratista entregará inmediatamente al encargado de equipo una copia para su archivo y entregar el original al administrador del contrato, debiendo tener éste todos los reportes, dentro de los siguientes cinco días hábiles después de prestado el servicio.
H) INFORMES
El contratista estará obligado a enviar informes del trabajo realizado, así como informes extraordinarios por situaciones anormales que presente el equipo. Estos se presentaran en original y dos copias; así:
- Un original, firmado y sellado por el administrador del contrato, para que el contratista realice los trámites de pago.
- Una copia para el administrador del contrato.
- Una copia para archivo del Contratista.
I) CAMBIO DE REPUESTOS.
El contratista estará en la obligación de sustituir repuestos (existentes en el laboratorio), durante la visita de Mantenimiento Preventivo o en una visita posterior durante los doce meses de vigencia del mantenimiento preventivo o final de garantía del mantenimiento correctivo. Cuando el repuesto no esté en el laboratorio y sea
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necesario adquirirlo por el mismo, se obliga a entregar compromiso escrito de suministro de piezas de repuestos en cantidad y diversidad suficiente para la prestación de un servicio oportuno y eficiente. La instalación del mismo será por cuenta del contratista.
J) PROGRAMA DE TRABAJO
La empresa que prestará el servicio, al efectuar sus visitas a los Laboratorios, deberá reportarse al administrador del contrato ó encargado de Equipo en las áreas mencionadas en el cuadro de Mantenimiento y Calibración anexas a estos términos de referencia, a efecto de que éste supervise el trabajo a realizar, si lo considera necesario. El ofertante debe presentar el programa de trabajo en el que se especifica las rutinas de mantenimiento preventivo a ejecutar en la visita única de mantenimiento preventivo
El ofertante debe presentar el calendario de trabajo, estableciendo fecha para la visita a cada equipo que se hará en los Laboratorios, especificando cuales equipos y cuantos serán atendidos cada día según la calendarización, si es que ganara más de un equipo y debe presentarse varios días para cumplir una visita por equipo al que efectuara el servicio.
Estos dos últimos documentos servirán como instrumentos de control para el administrador del contrato.
III CAPACITACIÓN.
El ofertante se compromete a capacitar al personal técnico y/o operador que El Ministerio designe, sin cargo adicional alguno de los aspectos básicos de operación y mantenimiento de equipo sujetos de ésta Base de Licitación, cuando fuere necesario.
IV SUPERVISION DEL SERVICIO
El Ministerio delegará en el encargado de equipos de cada una de las áreas donde se encuentren los equipos, la función de Supervisar los trabajos de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y Calibración, según sea el caso, previa autorización del administrador del contrato.
La Unidad de Gestión de Equipo Biomedico, dará apoyo técnico cuando con antelación, sea solicitado por el administrador del contrato para que la ejecución del contrato se realice en el plazo y las condiciones pactadas.
V VALOR DEL SERVICIO OFERTADO
El valor del servicio de mantenimiento y calibración según se describe en estos términos (en el Romano II) incluye la mano de obra. Deberá presentar precio unitario y total de cada item, cuando sea más de un equipo por item.
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Laboratorio Nacional de Referencia (Control de Calidad de Alimentos y Toxicología, Salud y Medio Ambiente, Vigilancia en Salud), Laboratorio de Alimentos Región Oriental de Salud y Laboratorio de Productos Biologicos. | ||||
EQUIPO PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO | ||||
ITEMS DEL 1 AL 14, 25 y 26 | ||||
EQUIPO | Nº INVENTARIO | UBICACION | ||
ITEM 1 | CODIGO | SISTEMA DE DIGESTION / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO | ||
1,1 | 81220010 | SISTEMA DE DIGESTION HOTBLOCK PRO ENVIROMENTAL EXPRES MODELO: SC180 SERIE: 5049CEP1026 CODIGO: D-7 | 0049-155-102-01-00001 | AREA DE FISICOQUIMICO DE AGUAS TERCER NIVEL |
ITEM 2 | CODIGO | DISPENSADOR AUTOMATICO / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO | ||
2,1 | 81220015 | DISPENSADOR AUTOMATICO XXXXXXX MODELO: UNESPENSE/374301 SERIE: B08 30074 CODIGO: J-26 | 0049-155-144-01-00002 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
2,2 | 81220015 | DISPENSADOR CON BOMBA XXXXXXX MODELO: UNESPENSE SERIE: L10-3449 CODIGO: SM-30 | 0049-155-165-02-00001 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
2,3 | 81220015 | DISPENSADOR AUTOMATICO XXXXXXX MODELO: UNESPENSE SERIE: L103461 CODIGO: A-4 | 0049-155-165-02-00002 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 3 | CODIGO | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO | ||
3,1 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) MINUTE MAN E 3200 QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE MANTENIMIENTO DE IMPRESOR HP LASER JET 1022 Nº INVENTARIO: 0049-153-059-01-00042 MANTENIMIENTO CORRECTIVO. | 0049-161-009-01-00054 | AREA DE CROMATOGRAFIA GC TERCER NIVEL |
3,2 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) XXXXX-LITE SU5000RT4U QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. | 0049-161-009-01-00084 | AREA DE CROMATOGRAFIA GC-MS TERCER NIVEL |
3,3 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) CDP UPR-RCO700CLR QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO Y MANTENIMIENTO DE UNIDAD CENTRAL DE PROCESO THINKCENTRE LENOVO Nº 0049-153-060-01-000111 DE EQUIPO N-8 FIMS (Absorción atómica) | 0049-161-009-01-00049 | AREA DE INFRARROJO TERCER NIVEL |
3,4 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) XXXXX-LITE OMNIVS 1500 QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE MANTENIMENTO DE IMPRESOR HP DESKJET 6940 Nº DE INVENTARIO: 0073-153-059-01-00001 MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y MANTENIMIENTO DE: XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX XXXXXXXX 000 , Xx : 0073- 153-060-01-00001C DE EQUIPO P-1 IR | 0049-161-009-01-00118 | AREA DE INFRARROJO TERCER NIVEL |
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3,5 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) MINUTE MAN POWER SERES QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE EL MANTENIMIENTO DE IMPRESOR HP LASER JET Jet 1100, Nº DE INVENTARIO: 0049-153-059-01-00004 Y MANTENIMIENTO DE: XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX XXXXXXXX 000 , Xx : 0049- 155-041-01-00013 DE EQUIPO M-3 AA | 0049-161-009-01-00012 | AREA DE METALES AA TERCER NIVEL |
3,6 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) TRIPPLITE 3 KVA QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE EL MANTENIMIENTO DEL IMPRESOR: HP LASER JET P1102W No. DE INVENTARIO: 0049-153-059-01-00067, | 0049-161-009-01-00137 | AREA DE CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
3,7 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) MINUTE MAN MCP10001/1132T QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO / MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y MANTENIMIENTO DE UNIDAD CENTRAL DE PROCESO HURRICANE Nº: 0049-153-060-01- 00051C DE EQUIPO: A-2 TITULADOR (Físico químico de alimentos) Y UNIDAD CENTRAL DE PROCESO HP Nº: 0049-153-060-01-00089 DE EQUIPO E-5 UV (Laboratorio de Control de Calidad de Alimentos de la Región Oriental de Salud) | 0049-161-0009-01- 00138 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
3,8 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) XXXXXXX GXT2-700RT120 QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE EL MANTENIMIENTO DE IMPRESOR Hp Laser Jet Nº INVENTARIO: 0049-155-041-01-00016, Y MANTENIMIENTO DE: UNIDAD CENTRAL DE PROCESO CPU DELL VOSTRO 260s, Nº : 0049-155-041-01-00016 DE EQUIPO H-8 UV | 0049-161-009-01-00005 | AREA INSTRUMENTAL TERCER NIVEL UV |
3,9 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) CDP UPR-PRO700CLR QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. Y MANTENIMIENTO DE: UNIDAD CENTRAL DE PROCESO CPU THINKCENTRE LENOVO Nº : 0049-153-060-01-00011C DE EQUIPO: N-8 FIMS (Area de Absorción atómica) | 0049-161-009-01-00047 | AREA DE CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
3,10 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) CDP UPR-PRO700CLR QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO Y MANTENIMIENTO DE: XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXX XXXXXXXX 000 , Xx XX XXXXXXXXXX: 0049-153-060-01- 00091C (Area de Absorción atómica) | 0049-161-009-01-00050 | AREA DE METALES TERCER NIVEL |
3,11 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) MINUTE MAN ED1500RM2U QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE EL MANTENIMIENTO DE IMPRESOR CANON IP2700 PIXMA Nº DE INVENTARIO: 0049-153-059-01-00068 Y MANTENIMIENTO DE LAPTOP DELL Nº: 0049- 153-053-01-00012 DE EQUIPO J-47 GDS | 0049-161-009-01-00139 | AREA MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS GDS TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
3,12 | 81220020 | FUENTE DE SUMINISTRO ELECTRICO (UPS) XXXXX-LITE 500VA QUE INCLUYA EL CAMBIO DE BATERIAS SEGÚN LO REQUIERA EL EQUIPO. INCLUYE EL MANTENIMIENTO DE IMPRESOR Nº DE INVENTARIO: 0049-155-041-01-00017 Y MANTENIMIENTO DE: XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX , Xx: 0049-155-041- 01-00017 DE EQUIPO H-9 UV | 0049-155-041-01-00017 | AREA DE INSTRUMENTAL TERCER NIVEL |
ITEM 4 | CODIGO | AUTOCLAVE / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
4,1 | 81220025 | AUTOCLAVE MARKET FORGE MODELO STM- EL , SERIE: 149624 RANGO DE TRABAJO (10psi - 110°C°) Y (15psi - 121°C) Código E-1 | 0049-156-004-01-00007 | AREA XX XXXXXX TERCER NIVEL |
4,2 | 81220025 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MAGNA CLAVE, MODELO MC. SERIE: 15604-0936 CODIGO: C-3, RANGO DE TRABAJO (10psi - 110°C°) Y (15psi - 121°C) | 0049-156-004-01-00001 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
4,3 | 81220425 | AUTOCLAVE MARKET FORGE MODELO STM SERIE: H2114Código C-13 | 0049-156-004-01-00012 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
4,4 | 81220025 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE | 0049-156-004-01-00002 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE CRISTALERIA Y PREPARACION DE MATERIAL / SEGUNDO NIVEL |
4,5 | 81220025 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE | 0049-156-004-01-00003 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE CRISTALERIA Y PREPARACION DE MATERIAL / SEGUNDO NIVEL |
4,6 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA TUTTNAUER MODELO: 3870M, SERIE: 14081563 , CODIGO: SM-78 | 0049-156-004-01-00008 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
4,7 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA: FEDEGARI MODELO: SPA , SERIE: 7446 | 0051-156-004-01-00001 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
4,8 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA: XXXXXX AND CRAN | 0051-156-004-01-00002 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
4,9 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA: YAMATO MODELO: SM 510 , SERIE: B6X00129 | 0051-156-004-01-00004 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
4,10 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA: YAMATO MODELO: SE 510 , SERIE: BB7100158 | 0051-156-004-01-00005 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
4,11 | 81220025 | AUTOCLAVE MARCA VERTICAL PRESSURE MODELO YXQ-LS-75G SERIE: 3859 | 0049-156-004-01-00014 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
4,12 | 81220025 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE, SERIE: (020001)A67456 CODIGO: C-1 | 0717-1561-004-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 5 | CODIGO | DESTILADOR / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO | ||
5,1 | 81220035 | DESTILADOR DE AGUA, MARCA: BARNSTEAD, MODELO: A1015-B60, SERIE: 49590759990 | 0051-155-026-01-00001 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
5,2 | 81220035 | DESTILADOR DE AGUA, MARCA: CONSOLIDATE, MODELO: E-5H/W, SERIE: 11257 | 0051-155-026-01-00002 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
5,3 | 81220035 | DESTILADOR DE AGUA, MARCA: BARNSTEAD, MODELO: A1015-B60, SERIE: 495990759989 | 0051-155-026-01-00003 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
ITEM 6 | CODIGO | HORNO DE CONVECCION MECANICA, RANGO DE TEMPERATURA DE TRABAJO DE (50 A 200)º C / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
6,1 | 81220045 | HORNO BLUE M OV-185A, TEMPERATURA DE TRABAJO 105°C, 150°C, 180°C, Código: C-10 | 0049-155-042-01-00005 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
6,2 | 81220045 | HORNO MARCA: XXXXXX SCIENTIFIC 6905, SERIE 611729-435, TEMPERATURA DE TRABAJO 105°C, 150°C, 180°C, Código: C-9 | 0049-155-042-01-00017 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
6,3 | 81220045 | HORNO MARCA: VISION SCIENTIFIC GCA MODELO: VS-1202D3 SERIE: E25326GI0003 TEMPERATURA DE TRABAJO 170°C, CODIGO: SM34 | 0049-155-042-01-00016 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
6,4 | 81220045 | HORNO MARCA: HARAEUS MODELO: INSTRUM ORION SERIE: 97109783TEMPERATURA DE TRABAJO 80° Y 100°C | 0051-155-042-01-00002 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
6,5 | 81220045 | HORNO MARCA: VWR MODELO: 1685 SERIE: 12077808 XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX 00xX X 000xX | 0051-155-042-01-00003 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
6,6 | 81220045 | HORNO MARCA: PRECISION SCIENTIFIC GCA MODELO: CAT 31478 SERIE: 21AE11 TEMPERATURA DE TRABAJO 105°C, 120°C, 140°C 180°C, CODIGO: F-4 | 0049-155-042-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
6,7 | 81220045 | HORNO MARCA: THERMO PRECIISION MODELO: 130D SERIE: 601111669 TEMPERATURA DE TRABAJO 180°C, CODIGO: F- 3 | 0717-155-042-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 7 | CODIGO | BAÑO DE XXXXX / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
7,1 | 81220048 | XXXX XXXXX, PRESICION. MODELO 182 CODIGO. TERMOMETRO Y BAÑO I-1 | 0049-155-012-01-00008 | AREA DE MICRONUTRIENTES |
7,2 | 81220048 | XXXX XXXXX MARCA PRESICION, MODELO S100, SERIE 699111200 | 0049-155-012-01-00013 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN TUBERCULOSIS, SEGUNDO NIVEL |
7,3 | 81220048 | XXXX XXXXX MARCA PRESICION, MODELO 180, SERIE 9412-218 | 0049-155-012-01-00017 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN INMUNOLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
7,4 | 81220048 | XXXX XXXXX, XXXXX XXXXXXXXX LABLINE, MODELO AQUABATH | 0049-155-012-01-00028 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE COLORACIÓN, SECCIÓN VIROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
7,5 | 81220048 | BAÑO XXXXX XXXXX XXXXXXXXX LABLINE, MODELO AQUA BATH SERIE 506N0016 | 0049-155-012-01-00029 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE EXTRACCIÓN, SECCIÓN BIOLOGÍA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
7,6 | 81220048 | XXXX XXXXX SECO MARCA VWR SERIE, 080116010 | 0049-155-012-01-00036 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE EXTRACCIÓN, SECCIÓN BIOLOGÍA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL | ||||
7,7 | 81220048 | XXXX XXXXX THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO PRECISION 2853 CODIGO TERMOMETRO Y BAÑO J-28 | 0049-155-012-01-00039 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
7,8 | 81220048 | XXXX XXXXX THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO PRECISION 2853 CODIGO TERMOMETRO Y BAÑO J-42 | 0049-155-012-01-00046 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
7,9 | 81220048 | XXXX XXXXX PARA COLIFORMES 2847 SERIE 206317-196 TEMPERATURA DE TRABAJO 44.5°C CODIGO TERMOMETRO Y BAÑO K-3 | 0049-155-012-01-00037 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
ITEM 8 | CODIGO | INCUBADORA DE CONVECCION MECANICA / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
8,1 | 81220055 | INCUBADORA PRECISION SCIENTIFIC PS, Serie 14-2-9. TEMPERATURA DE TRABAJO 25° C Código M-9 | 0049-155-040-01-00001 | AREA DE METALES TERCER NIVEL |
8,2 | 81220055 | INCUBADORA MARCA PRECISION CODIGO: J-39 | 0049-155-116-01-00004 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
8,3 | 81220055 | INCUBADORA VWR SYMPHONY MODELO 044004-624. Serie 041108411AK014,TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C Código J-35 | 0049-156-040-01-00003 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
8,4 | 81220055 | INCUBADORA THELCO PRECISION SCIENTIFIC, TEMPERATURA DE TRABAJO 30°C y 35° C Código J-11 | 0049-155-116-01-00005 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
8,5 | 81220055 | INCUBADORA THERMO SCIENTIFIC MODELO 6857,TEMPERATURA DE TRABAJO 35°C Código K-4 | 0049-155-116-01-00035 | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
8,6 | 81220055 | INCUBADORA THERMO SCIENTIFIC MODELO 6857, TEMPERATURA DE TRABAJO 35°C Código K-1 | 0049-155-116-01-00036 | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
8,7 | 81220055 | INCUBADORA XXXXXX SCIENTIFIC, MODELO 6846 TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C Código J-31 | 0049-155-116-01-00039 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
8,8 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX SCIENTIFIC, MODELO: 650D | 0049-155-116-01-00008 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
8,9 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: IMPERIAL III, SERIE: 1099-0471 | 0049-155-116-01-00009 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
8,10 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 403 | 0049-155-116-01-00013 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
8,11 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX, SERIE: 012NO425, MODELO ISOTEMP | 0049-155-116-01-00014 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION PRIMER NIVEL |
8,12 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 320 MANTENIMIENTO CORRECTIVO | 0049-155-116-01-00016 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA/ HISOPADOS SEGUNDO NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
8,13 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, SERIE: 0791 | 0049-155-116-01-00019 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
8,14 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX, MODELO: 537D | 0049-155-116-01-00020 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
8,15 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: PRECISION. SERIE: 22AJ- 5 | 0049-155-116-01-00021 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD DIAGNOSTICO DE RABIA PRIMER NIVEL |
8,16 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 305E SERIE: 07000103 | 0049-155-116-01-00022 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
8,17 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: LIBLINE, MODELO: 150 | 0049-155-199-03-00023 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
8,18 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: PRECISION, MODELO: XX 00XX-0 | 0000-000-000-00-00000 | XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX EN SALUD SECCION VIROLOGIA/ INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
8,19 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: VISION SCIENTIFIC, MODELO: VS1203PSV | 0049-155-116-01-00030 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA SEGUNDO NIVEL |
8,20 | 81220055 | INCUBADORA VISION CIENTIFIC, SERIE: E2434G10031 | 0049-155-116-01-00031 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION SEGUNDO NIVEL |
8,21 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: THERMO SCIENTIFIC, MODELO: 3971 | 0049-155-116-01-00037 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
8,22 | 81220055 | INCUBADORA MARCA POLEKO, IW75F-130572 | 0049-155-116-01-00040 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
8,23 | 81220055 | INCUBADORA MARCA POLEKO, IW75F-130571 | 0049-155-116-01-00041 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
8,24 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX MODELO 007N0184 MANTENIMIENTO CORRECTIVO | 0049-155-116-01-00010 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN INMUNOLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
8,25 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: THERMO PRECISION MODELO: 30M SERIE 306359, TEMPERATURA DE TRABAJO (36+/-1)° C CODIGO SM-39 | 0049-155-116-01-00027 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
8,26 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: VISION MODELO: VS- 1203P3V TEMPERATURA DE TRABAJO (44.5+/-0.2)° C CODIGO SM-40 | 0049-155-116-01-00032 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
8,27 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: PRECISION THELC. MODELO: 3510 SERIE: 156427-95, TEMPERATURA DE TRABAJO (35+/-1)° C CODIGO SM-38 | 0049-156-116-01-00033 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
8,28 | 81220055 | INCUBADORA MARCA: YAMATO MODELO: IC103C SERIE: J0907866 TEMPERATURA DE TRABAJO (29+/-2)° C CODIGO: SM-66 | 0049-155-116-01-00038 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
8,29 | 81220055 | INCUBADORA MARCA PRECISION SCIENTIFIC MODELO CAT01483 SERIE 4C11 CODIGO: F-5 | 0717-155-036-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
8,30 | 81220055 | INCUBADORA MARCA VISION MODELO VS1203PE3V SERIE B24343810030 CODIGO: F-1 | 0049-155-116-01-00034 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
8,31 | 81220055 | INCUBADORA MARCA HERAEUS MODELO B12 SERIE 40190978 CODIGO: F-2 | 0717-155-116-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 9 | CODIGO | MICROSCOPIOS / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO | ||
9,1 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICAMODELO: DM LS CODIGO: J-34 | 0049-155-06001-00003 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
9,2 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICA MODELO: DMLS 717200 | 0049-155-060-01-00005 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
9,3 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICA MODELO: DMLS 717317 | 0049-155-060-01-00007 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
9,4 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICAMODELO: DM 750 | 0049-155-060-01-00084 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
9,5 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICA, MODELO: DME | 0049-155-060-01-00020 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
9,6 | 81220075 | MICROSCOPIO, MARCA: LEICAMODELO: DMLS | 0049-155-060-01-00023 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
9,7 | 81220075 | MICROSCOPIO MARCA LEICA, SERIE 321155511FP0048 | 0049-155-060-01-00063 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN COPROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
9,8 | 81220075 | MICROSCOPIO MARCA NIKON, MODELO E200 ECLIPSE, SERIE 849237 | 0049-155-060-01-00078 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN CHAGAS/MALARIA/LEISH MANIA, SEGUNDO NIVEL |
9,9 | 81220075 | MICROSCOPIO DE INVERSION, MARCA:XXXXXXXX, MODELO: 1820: | 0049-155-060-01-00019 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE VIROLOGIA / INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
9,10 | 81220075 | MICROSCOPIO DE INMUNOFLUORESCENCIA, MARCA: LEICA, MODELO: DM1000 | 0049-155-060-01-00052 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE VIROLOGIA / INFLUENZA SEGUNDO |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
NIVEL | ||||
9,11 | 81220075 | MICROSCOPIO DE INMUNOFLUORESCENCIA, MARCA: LEICA, MODELO: DM1000 | 0049-155-060-01-00080 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION DE VIROLOGIA / INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
ITEM 10 | CODIGO | CAMARA DE FLUJO LAMINAR / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
10,1 | 81220095 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR MARCA:LABCONCO MODELO 36208, SERIE: 051247097 CODIGO: J-19 | 0049-155-107-01-00008 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
10,2 | 81220095 | CAMARA DE BIOSEGURIDAD CAMARA: VISION SCIENTIFIC CO MODELO VS-1400LSN, SERIE: E26236J0004 CODIGO: K – 6 | 0049-155-107-01-00013 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
10,3 | 81220095 | CABINA DE FLUJO LAMINAR MARCA: LABCONCO MODELO 34300, SERIE: 101133353-B CODIGO: J-41 | 0049-155-107-01-00016 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
10,4 | 81220095 | CAMARA DE BIOSEGURIDAD MARCA:LABCONCO MODELO 36208-00-W | 0049-155-107-01-00004 | LABORATORIO DE VIIGILANCIA EN SALUD AREA DE TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
10,5 | 81220095 | CAMARA DE SEGURIDAD MICROBIOLOGICA, MARCA LABCONCO: MODELO: PURIFIER SERIE: 140795318 | 0049-155-107-01-00017 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION RECEPCION DE MUESTRAS SEGUNDO NIVEL |
10,6 | 81220095 | CABINA DE SEGURIDAD, MARCA: LABCONCO CLASE II B2 | 0049-155-188-01-00001 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN RECEPCION DE MUESTRAS, SEGUNDO NIVEL |
10,7 | 81220095 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR, MARCA LABCONCO: MODELO: 3430001 SERIE: 101133371B | 0804-155-107-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 11 | CODIGO | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CON MOTOR EXTERNO / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
11,1 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II, TIPO A/B3 LABCONCO MODELO DELTA | 0049-155-107-01-00001 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD AREA DE SIDA SEGUNDO NIVEL |
11,2 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II, TIPO A/B3 THERMOFORMA MODELO 1284 | 0049-155-107-01-00003 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD AREA DE SARAMPION SEGUNDO NIVEL |
11,3 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II, TIPO A/B3 NUAIRE MODELO NU425-300 | 0049-155-107-01-00005 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE EXTRACCION, SECCION BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
11,4 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II, 4 PIES LABCONCO MODELO DELTA 3620804 | 0049-155-107-01-00007 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD AREA DE |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
BACTERIOLOGÌA SEGUNDO NIVEL | ||||
11,5 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR LABCONCO MODELO DELTA SERIE 051247414 | 0049-155-107-01-00009 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION RABIA PRIMER NIVEL |
11,6 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II A2, MARCA LABCONCO, MODELO LOGIC, SERIE 081236634-13 | 0049-155-107-01-00015 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO OSCURO, SECCIÓN VIROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
11,7 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR, MARCA: LABCONCO, MODELO: PURIFIER, SERIE 140795318 | 0049-155-107-01-00017 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, AREA DE RECEPCION DE MUESTRAS, SEGUNDO NIVEL. |
11,8 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR, MARCA THERMO: MODELO: 1284 SERIE: 104490 | 0049-155-107-01-00011 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
11,9 | 81220100 | CAMARA DE FLUJO LAMINAR CLASE II, XXXXXX LABCONCO MODELO 34301 SERIE: 101133371B CODIGO: B-5 | 0804-155-107-01-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 12 | CODIGO | CAMARA EXTRACTORA DE GASES CON MOTOR EXTERNO / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
12,1 | 81220105 | CAMARA DE EXTRACCION DE GASES LAB CONCO MODELO 7280300 SERIE: 090915333J CÓDIGO: F-8 | 0049-155-098-01-00005 | AREA DE PESTICIDAS TERCER NIVEL |
12,2 | 81220105 | CAMARA DE EXTRACCION DE GASES, MARCA HEMCO, SERIE 402610 | 0049-155-098-01-00006 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN PREPARADURÍA, SEGUNDO NIVEL |
ITEM 13 | CODIGO | CENTRIFUGA / MANTENIMIENTO PREVENTIVO | ||
13,1 | 81220120 | CENTRIFUGA MARCA: THERMO MODELO: KR4i | 0051-155-014-01-00006 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
13,2 | 81220120 | CENTRIFUGA REFRIGERADA, MARCA THERMO, MODELO IECCL30R | 0049-155-014-01-00029 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE COLORACIÓN, SECCIÓN VIROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
13,3 | 81220120 | CENTRIFUGA DE ULTRACENTRIFUGACIÓN PARA MICROVIALES, MARCA EPPENDORF, MODELO CENTRIFUGE S424 | 0049-155-014-01-00035 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE EXTRACCIÓN, SECCIÓN BIOLOGÍA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
13,4 | 81220120 | CENTRIFUGA DE PLACAS PARA PCR MARCA VWR K4060728 | 0049-155-014-02-00009 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE EXTRACCIÓN, SECCIÓN BIOLOGÍA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
ITEM 14 | CODIGO | CONGELADOR / MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
14,1 | 81220125 | CONGELADOR, (-20° C) MARCA: LIEBHERR MODELO: PREMIUM SN-T SERIE: 00000-000-0 CODIGO: O-1 | 0049-156-060-09-00001 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS |
14,2 | 81220125 | REFRIGERADOR DE LABORATORIO, MARCA GENERAL ELECTRIC SERIE F11781720 | 0049-156-060-01-00006 | LABORTORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION TUBERCULOSIS, SEGUNDO NIVEL |
14,3 | 81220125 | REFRIGERADOR DE LABORATORIO, MARCA LABLINE, SERIE 899-005 | 0049-156-060-01-00017 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN INMUNOLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
14,4 | 81220125 | REFRIGERADOR DE LABORATORIO MARCA REVCO, SERIE UV2P116406VP | 0049-156-160-01-00040 | LABORTORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION TUBERCULOSIS, SEGUNDO NIVEL |
14,5 | 81220125 | REFRIGERADOR PARA LABORATORIO, MARCA THERMO SCIENTIFIC, MODELO RE12304A21 | 0049-156-060-01-00060 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN COPROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
14,6 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO MARCA: ELECTROLUX, MODELO: 000039001621606 | 0049-156-060-01-00001 | LABORATORIO XX XXXXXXXXXX XX XXXXX XXXXX XX XXXXXX, XXXXXXX XXXXX |
00,0 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO MARCA: ELECTROLUX, MODELO: MCF 250 1445038 | 0049-156-060-02-00004 | LABORATORIO XX XXXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX XXX, XXXXXXX XXXXX |
00,0 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO, MARCA ELECTROLUZX, MODELO TFW800 | 0049-156-060-02-00018 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE COTEJO, SECCIÓN VIROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
14,9 | 81220125 | FREZZER MARCA THERMO SCIENTIFIC, MODELO ULT1786-4-A46 | 0049-156-060-02-00028 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN COPROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
14,10 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO, MARCA VWR, SERIE 818211-291 | 0049-156-060-02-00029 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE COTEJO, SECCIÓN VIROLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
14,11 | 81220125 | ULTRACONGELADOR/ FREEZER MARCA: ELECTROLUX MODELO: TFW 800 SERIE: 0922619004423 | 0049-156-060-02-00031 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION / CUARTO XX XXXXXX DE FRIO SEGUNDO NIVEL |
14,12 | 81220125 | ULTRACONGELADOR/ FREEZER MARCA: VWWR MODELO 5708, SERIE: 824598362 | 0049-156-060-02-00032 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION / CUARTO XX XXXXXX DE FRIO SEGUNDO NIVEL |
14,13 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO, MARCA THERMO SCIENTIFIC, MODELO FORMA, SERIE T24T-627856-TT | 0049-156-060-02-00033 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO DE PCR, SECCIÓN BIOLOGÍA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
14,14 | 81220125 | CONGELADOR, MARCA: FORMA THERMO SCIENTIFIC. MODELO: FREFF1617A14, SERIE: X14T180234-XT | 0049-156-060-02-00034 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, CUARTO FRIO, SECCIÓN INMUNOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
14,15 | 81220125 | FREEZER PARA LABORATORIO MARCA: THERMO SCIENTIFIC MODELO: VALUE 8923 SERIE: 366287-17, MENOS (70-80) °C CODIGO: SM20 | 0049-156-060-02-00035 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
ITEM 25 | CODIGO | ESPECTROFOTOMETRO / MANTENIMIENTO CORRECTIVO | ||
25,1 | 81220408 | ESPECTROFOTOMETRO ULTRAVIOLETA VISIBLE MARCA XXXXXX XXXXX, MODELO LAMDA 35, SERIE 101N1092406. INCLUYE CAMBIO DE FUENTE | 0049-155-099-02-00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 26 | CODIGO | MEDIDOR DE TURBIEDAD / MANTENIMIENTO CORRECTIVO | ||
26,1 | 81220470 | TURBIDIMETRO, MARCA SCIENTIFIC, INC., MODELO MICRO 100, SERIE 201006194 CODIGO: H-2 | 0049-155-035-01-00001 | INSTRUMENTAL TERCER XXXXX |
00,0 | 81220470 | TURBIDIMETRO, MARCA f SCIENTIFIC, MODELO HF MICRO 100, SERIE 201006195 CODIGO: E-3 | 0049-155-035-01-00002 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
Laboratorio Nacional de Referencia (Control de Calidad de Alimentos y Toxicología, Salud y Medio Ambiente, Vigilancia en Salud), Laboratorio de Alimentos Región Oriental de Salud y Laboratorio de Productos Biologicos. | ||||
EQUIPO PARA CALIBRACIÓN / CARACTERIZACIÓN | ||||
ITEMS DEL 15 AL 24 | ||||
EQUIPO A CALIBRAR | Nº INVENTARIO | UBICACION | ||
ITEM 15 | CODIGO | BALANZA ANALITICA/ CALIBRACIÓN | ||
15,1 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA AND GF-400 20mg -- 410g d = 0.001g SERIE: T0333571 REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD CODIGO: J-45 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-04- 00003 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
15,2 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA: OHAUS EXPLORER 10mg -- 600g REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD CODIGO: J-15 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00004 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
15,3 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA XXXXX XXXXXXX MODELO: PM2000 SERIE F55141 CODIGO: J-2 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00015 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
15,4 | 81220135 | BALANZA ANALITICA, MARCA:XXXXXXXXXX, MODELO: CP224S, SERIE: 22107921, MINIMA 0.g, MAXIMA 210g. CODIGO: H-6 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-06- 00002 | INSTRUMENTAL TERCER NIVEL |
15,5 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA AND, MODELO GF-400, SERIE T0301548 MINIMA 0.g, MAXIMA 410g. CODIGO: H-13 INCLUYE | 0049-155-010-02- 00005 | INSTRUMENTAL TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
MANTENIMIENTO | ||||
15,6 | 81220135 | BALANZA ANALITICA, MARCA:METLER, MODELO: AE 100, MINIMA 0.g, MAXIMA 210g. CODIGO: H-12 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00011 | INSTRUMENTAL TERCER NIVEL |
15,7 | 81220135 | BALANZA ANALITICA, MARCA:OHAUS EXPLORER, MODELO: E 12140, SERIE: F2991120402186, MINIMA a 0.g, MAXIMA 210g. CODIGO: H-7 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0040-155-010-01- 00038 | INSTRUMENTAL TERCER NIVEL |
15,8 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA: MODELO: NAVIGATOR, MARCA: OHAUS. REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00017 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION PREPARADURIA SEGUNDO NIVEL |
15,9 | 81220135 | BALANZA ANALITICA MARCA: SARTORIUS, SERIE: 186915. REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00020 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
15,10 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA: OHAUS, MODELO: EXPLORER. REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00025 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION INMUNOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
15,11 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA: AND, MODELO: 5801824. REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00027 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA / INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
15,12 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA, MARCA AND, MODELO ER-60A, SERIE 3403607 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-02- 00001 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
15,13 | 81220135 | BALANZA ANALITICA XXXXX XXXXXX, MODELO TOLEDO, SERIE 112904343733 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-05- 00001 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA / INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
15,14 | 81220135 | BALANZA OHAUS, MODELO EXPLORER CAPACIDAD MAXIMA 410 g INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-01- 00028 | LABORATORIO VIGILANCIA EN SALUD SECCION MALARIA/CHAGAS SEGUNDO NIVEL |
15,15 | 81220135 | BALANZA DIGITAL OHAUS, ADVENTURE PRO AV 313, SERIE 8026321066, MINIMA 0.001g, MAXIMA 310g. REALIZAR CALIBRACION POR MASA, REALIZANDOLINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD, Código SM10 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-04- 00002 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
15,16 | 81220135 | BALANZA SEMIANALITICA MARCA: RADWAG MODELO PF750C2 SERIE: 28931410 REALIZANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD CODIGO: A-2 INCLUYE | 0049-155-010-01- 00044 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
MANTENIMIENTO | REGION ORIENTAL DE SALUD | |||
15,17 | 81220135 | BALANZA ANALITICA MARCA: AND SERIE: 12632969 MODELO HL120 CODIGO: E-4 INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-04- 00004 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 16 | CODIGO | TERMO BALANZA DETERMINADOR DE HUMEDAD / CALIBRACIÓN | ||
16,1 | 81220138 | BALANZA Y MEDIDOR DE HUMEDAD DENVER INSTRUMENT IR60, REALIZAR CALIBRACION PARA MASA, TEMPERATURA Y HUMEDAD, DETERMINANDO LINEALIDAD, EXCENTRICIDAD Y REPETIBILIDAD, CODIGO A-1, RANGO (40 - 210) °C INCLUYE MANTENIMIENTO | 0049-155-010-02- 00002 | AREA DE FISICOQUÍMICO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS TERCER NIVEL |
ITEM 17 | CODIGO | JUEGOS DE MASAS / CALIBRACIÓN | ||
17,1 | 81220140 | JUEGO DE16 MASAS DENVER INSTRUMENTE COMPANY 50g -10mg, CATALOGO 855400.1 SERIE 99-126114 MASAS de 10mg, 20mg, 20mg, 50mg, 100mg, 200mg, 200mg, 500mg, 1g, 2g, 2g, 5g, 10g, 20g, 20g, 50g. | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS Y TOXICOLOGIA TERCER NIVEL | |
17,2 | 81220140 | JUEGO DE 14 MASAS 2000g -1g MASAS de 1g, 2g, 5g, 10g, 10g, 20g, 50g, 100g, 100g, 200g, 300g, 500g, 1000g, 2000g DE BRONCE. | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS Y TOXICOLOGIA TERCER NIVEL | |
17,3 | 81220140 | 1 MASA de 500g | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS Y TOXICOLOGIA TERCER NIVEL | |
17,4 | 81220140 | JUEGO DE 6 MASAS OHAUS, MODELO 241-03 50g x 1g DE BRONCE MASAS 1g, 2g, 5g, 10g, 20g, 50g. CODIGO: XX-00 | XXXXXXXXXXX XX XXXXX X XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | |
00,0 | 81220140 | 1 MASA de 100g | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION MICOLOGIA | |
17,6 | 81220140 | JUEGO DE15 MASAS MARCA TROEMNER 50g -10mg, SERIE 27117 ASTM 1 MASAS de 10mg, 20mg, 100mg, 200mg, 200mg, 500mg, 1g, 2g, 2g, 5g, 10g, 20g, 20g, 50g, 100g | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD | |
ITEM 18 | CODIGO | INCUBADORA DE CONVECCION MECANICA / CARACTERIZACION |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
18,1 | 81220145 | INCUBADORA PRECISION SCIENTIFIC PS, Serie 14-2-9. TEMPERATURA DE TRABAJO 15° C Y 25° C , Código M-9 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-156-040-01- 00001 | AREA DE METALES AA TERCER NIVEL |
18,2 | 81220145 | INCUBADORA VWR SYMPHONY MODELO 044004-624. Serie 041108411AK014,TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C Código J-35 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-156-040-01- 00003 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
18,3 | 81220145 | INCUBADORA MARCA PRECISION CODIGO: J-39 TEMPERATURA DE TRABAJO (35 ± 1)°C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00004 | AREA DE MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
18,4 | 81220145 | INCUBADORA THELCO PRECISION SCIENTIFIC, TEMPERATURA DE TRABAJO 30°C y 35° C Código J-11 SE REQUEIRE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00005 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
18,5 | 81220145 | INCUBADORA THERMO SCIENTIFIC MODELO 6857,TEMPERATURA DE TRABAJO 35°C Código K-4 SERIE: 108023-38 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00035 | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
18,6 | 81220145 | INCUBADORA THERMO SCIENTIFIC MODELO 6857, TEMPERATURA DE TRABAJO 35°C Código K-1 SERIE: 108393-40 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00036 | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
18,7 | 81220145 | INCUBADORA XXXXXX SCIENTIFIC, MODELO 6846TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C Código J-31 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00039 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
18,8 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX, MODELO: 650D, TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00008 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
18,9 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: IMPERIAL III, SERIE: 1099-0471, TEMPERATURA DE TRABAJO 36° C SE REQUEIRE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00009 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
18,10 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX MODELO 007N0184 , TEMPERATURA DE TRABAJO 37° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00010 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN INMUNOLOGÍA, SEGUNDO NIVEL |
18,11 | 81220145 | INCUBADORA, MARCA: XXXXXX SCIENTIFIC, MODELO ISOTEMP, SERIE: 012M0424, RANGO DE TEMPERATURA: (35 ± 2)°C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00011 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
18,12 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 403 , TEMPERATURA DE TRABAJO 60° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00013 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
18,13 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX, MODELO ISOTEMP SERIE: 012NO425 , TEMPERATURA DE TRABAJO 30° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00014 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION PRIMER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
18,14 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 320 , TEMPERATURA DE TRABAJO 37° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00016 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA/ HISOPADOS SEGUNDO NIVEL |
18,15 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, SERIE: 0791 , TEMPERATURA DE TRABAJO 42° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00019 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION BACTERIOLOGIA SEGUNDO NIVEL |
18,16 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: XXXXXX, MODELO: 537D , TEMPERATURA DE TRABAJO 28° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00020 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
18,17 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: PRECISION. SERIE: 22AJ-5 , TEMPERATURA DE TRABAJO 37° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00021 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD DIAGNOSTICO DE RABIA PRIMER NIVEL |
18,18 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: LABLINE, MODELO: 305E , TEMPERATURA DE TRABAJO 35° C. SERIE: 07000103 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00022 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
18,19 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: LIBLINE, MODELO: 150 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-199-03- 00023 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION MICOLOGIA PRIMER NIVEL |
18,20 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: PRESICION, MODELO: UL 420103 SERIE: 10BA1 , TEMPERATURA DE TRABAJO 30° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00026 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA/ INFLUENZA SEGUNDO NIVEL |
18,21 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: VISION SCIENTIFIC, MODELO: VS120393V , TEMPERATURA DE TRABAJO 37° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00030 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION VIROLOGIA SEGUNDO NIVEL |
18,22 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: VISION CIENTIFIC, SERIE: E2434G10031 , TEMPERATURA DE TRABAJO 37° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00031 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION SARAMPION SEGUNDO NIVEL |
18,23 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: THERMO SCIENTIFIC, MODELO: 3971 , TEMPERATURA DE TRABAJO 36° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00037 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
18,24 | 81220145 | INCUBADORA MARCA POLEKO, IW75F-130572 , TEMPERATURA DE TRABAJO 36° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00040 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
18,25 | 81220145 | INCUBADORA MARCA POLEKO, IW75F-130571 , TEMPERATURA DE TRABAJO 36° C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00041 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD SECCION TUBERCULOSIS SEGUNDO NIVEL |
18,26 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: THERMO PRECISION MODELO: 30M SERIE 306359, TEMPERATURA DE TRABAJO (36+/-1)° C CODIGO SM-39 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00027 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
18,27 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: VISION MODELO: VS- 1203P3V TEMPERATURA DE TRABAJO (44.5+/- 0.2)° C CODIGO SM-40. SERIE: E24343G10015 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-156-116-01- 00032 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
18,28 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: PRECISION THELC. MODELO: 3510 SERIE: 156427-95, XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX (00x/-0)x X XXXXXX XX-00 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00033 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
18,29 | 81220145 | INCUBADORA MARCA: YAMATO MODELO: IC103C SERIE: J0907866 TEMPERATURA DE TRABAJO (29+/2)° C CODIGO: SM-66 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00038 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
18,30 | 81220145 | INCUBADORA MARCA HERAEUS MODELO B12 SERIE 40190968 CODIGO: F-2 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0717-155-116-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
18,31 | 81220145 | INCUBADORA MARCA VISION MODELO VS1203PE3V SERIE E24343810030 CODIGO: F- 1 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-116-01- 00034 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
18,32 | 81220145 | INCUBADORA MARCA PRECISION SCIENTIFIC MODELO CAT01483 SERIE 4-C-11 CODIGO: F-5 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0717-155-036-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
18,33 | 81220145 | ESTUFA BACTERIOLÓGICA, MARCA: PRECITERN, MODELO: TV140, SERIE: 93061242, TEMPERATURA DE TRABAJO: 37.5 °C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0051-155-036-01- 00001 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
ITEM 19 | CODIGO | XXXX XXXXX, TEMPERATURAS DE TRABAJO DE (40 A 60)º C / CARACTERIZACION | ||
19,1 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX, MARCA: PRECISION, MODELO 182. TEMPERATURA DE TRABAJO 56°C CODIGO: I-1 SERIE: 9501-121 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00008 | MICRONUTRIENTES TERCER NIVEL |
19,2 | 81220150 | XXXX XXXXX MARCA: THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO PRECISION 2853 CODIGO: J-28. TEMPERATURA DE TRABAJO: CAVIDAD 1: 43°C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00039 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
19,3 | 81220150 | XXXX XXXXX MARCA: THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO PRECISION 2853 CODIGO: J-28. TEMPERATURA DE TRABAJO: CAVIDAD 2: 60°C SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00039 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
19,4 | 81220150 | XXXX XXXXX MARCA:THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO: PRECISION 2853, SERIE: 219854-684. TEMPERATURA DE TRABAJO 45.5°C CODIGO: X-00 XXXXXXX XXXXXXXXX SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00046 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
19,5 | 81220150 | XXXX XXXXX MARCA:THERMO ELECTRON CORPORATION, MODELO: PRECISION 2853, SERIE: 219854-684. TEMPERATURA DE TRABAJO 45.5°C CODIGO: X-00 XXXXXXX XXXXXXX SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00046 | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
19,6 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX MARCA: THERMO SCIENTIFIC , PARA COLIFORMES 251. Serie 113742-736 TEMPERATURA DE TRABAJO 44.5ºC. CODIGO: K- 3 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00052 | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
19,7 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX MARCA: PRECISION MODELO: 66643 SERIE: 698080943 TEMPERATURA DE TRABAJO (60+/-2)ºC. CODIGO: SM16 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00002 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
19,8 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX MARCA: THERMO SCIENTIFIC SERIE 228824-637 TEMPERATURA DE TRABAJO (44.5+/-0.2)ºC. CODIGO: SM14 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00043 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
19,9 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX MARCA: THERMO SCIENTIFIC SERIE 228824-638TEMPERATURA DE TRABAJO (41.5+/-0.2)ºC. CóODIGO: SM15 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00047 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
19,10 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX MARCA: THERMO SCIENTIFIC MODELO: 2860 SERIE: 120536-790 TEMPERATURA DE TRABAJO (45.5+/-0.2)ºC. CODIGO: SM17 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0049-155-012-01- 00048 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
19,11 | 81220150 | XXXX XXXXX MARCA THERMO SCIENTIFIC MODELO 2860 SERIE 125895-829 CODIGO: B-3 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0804-155-012-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
19,12 | 81220150 | BAÑO DE XXXXX PRECISION MODELO: 51221060 SERIE 602011854180 TEMPERATURA DE TRABAJO 56ºC. CODIGO: G-1 SE REQUIERE CARACTERIZACION | 0717-155-012-01- 00003 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 20 | CODIGO | HORNO DE CONVECCION MECANICA, RANGO DE TEMPERATURA DE TRABAJO DE (105 A 180)º C / CALIBRACIÓN | ||
20,1 | 81220155 | HORNO BLUE M OV-185A, SERIE: 185A085 TEMPERATURA DE TRABAJO 105°C, 150°C, 180°C, CODIGO: C-10 | 0049-155-042-01- 00005 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
20,2 | 81220155 | HORNO XXXXXX SCIENTIFIC 6905, SERIE 611729-435, TEMPERATURA DE TRABAJO | 0049-155-042-01- 00017 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
110°C, 150°C, 180°C, CODIGO: C-9 | ||||
20,3 | 81220155 | HORNO VISION SCIENTIFIC VS-1202D3, SERIE: E25326GI0003 TEMPERATURA DE TRABAJO 170°C, CODIGO: SM-34 | 0049-155-042-01- 00016 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
20,4 | 81220155 | HORNO PRECIISION SCIENTIFIC GCA MODELO: 130D SERIE: 601111369 TEMPERATURA DE TRABAJO 105°C, 120°C, 140°C 180°C, CODIGO: F- 4 | 0707-155-042-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 21 | CODIGO | AUTOCLAVE / CALIBRACIÓN | ||
21,1 | 81220165 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MAGNA CLAVE, MODELO MC. SERIE: 15604-0936 CODIGO: C-3, RANGO DE TRABAJO (10psi - 110°C°) Y (15psi - 121°C) | 0049-156-004-01- 00001 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
21,2 | 81220165 | AUTOCLAVE MARKET FORGE MODELO STM-EL , SERIE: 149624 RANGO DE TRABAJO (10psi - 110°C°) Y (15psi - 121°C) Código E-1 | 0049-156-004-01- 00007 | AREA XX XXXXXX TERCER NIVEL |
21,3 | 81220165 | AUTOCLAVE MARKET FORGE MODELO STM SERIE: H2114Código C-13 RANGO DE TRABAJO (10psi - 110°C°) Y (15psi - 121°C) | 0049-156-004-01- 00012 | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
21,4 | 81220165 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE | 0049-156-004-01- 00002 | LAVORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD XXXXXXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX / XXXXXXX XXXXX |
00,0 | 81220165 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE, SERIE: | 0049-156-004-01- 00003 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD XXXXXXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX / XXXXXXX XXXXX |
00,0 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA TUTTNAUER MODELO: 3870M, SERIE: 14081563 , CODIGO: SM-78 | 0049-156-004-01- 00008 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
21,7 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA: FEDEGARI MODELO: SPA , SERIE: 7446 | 0051-156-004-01- 00001 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
21,8 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA: XXXXXX AND CRAN | 0051-156-004-01- 00002 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
21,9 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA: YAMATO MODELO: SM 510 , SERIE: B6X00129 | 0051-156-004-01- 00004 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
21,10 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA: YAMATO MODELO: SE 510 , SERIE: BB7100158 | 0051-156-004-01- 00005 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
21,11 | 81220165 | AUTOCLAVE MARCA VERTICAL PRESSURE MODELO YXQ-LS-75G SERIE: 3859 | 0049-156-004-01- 00014 | LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLOGICOS |
21,12 | 81220165 | AUTOCLAVE XXXXXX XXXXX MODELO MAGNA CLAVE, SERIE: (020001)A67456 CODIGO: C-1 | 0717-156-004-01- 00001 | LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS DE LA REGION ORIENTAL DE SALUD |
ITEM 22 | CODIGO | TERMOMETROS, RANGO DE MEDICION (-20 A 260) º C / CALIBRACIÓN | ||
22,1 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-100)ºC. SERIE: 305079 PUNTOS DE CALIBRACION: (50, 56, 60) ºC I-1 | N/A | AREA DE MICRONUTRIENTES TERCER NIVEL |
22,2 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-260)ºC PUNTOS DE CALIBRACION : 106 ºC, 150 ºC, 180 ºC. MARCA Vee Gree Brand. C-10 | N/A | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
22,3 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-260)ºC PUNTOS DE CALIBRACION : 110ºC, 150 ºC, 180 ºC. MARCA Vee Gree Brand. C-9 | N/A | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
22,4 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-260)ºC. ESCALA 2ºC. PUNTOS DE CALIBRACION : ( 150, 170, 180) ºC. MARCA Vee Gree Brand. C-5 | N/A | AREA DE CALOR TERCER NIVEL |
22,5 | 81220170 | TERMOMETRO, MARCA: STB, SERIE: 307059, RANGO (0 -100) °C : PUNTOS DE CALIBRACION : (90, 95, 100) ºC. C-20 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
22,6 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, RANGO (20 a 100)°C : PUNTOS DE CALIBRACION : (20, 25, 30) ºC. M-9 | N/A | AREA DE METALES AA TERCER NIVEL |
22,7 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, RANGO (4-100)ºC. PUNTOS DE CALIBRACION : (41.8, 42.0, 42.2) ºC. MARCA CONTROL COMPANY, SERIE: 160246378 J-42 CAVIDAD IZQUIERDA | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,8 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (-4 a100)ºC. PUNTOS DE CALIBRACION : (45.0, 45.5, 46.0) ºC. MARCA ERTCO J-42 CAVIDAD DERECHA | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,9 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (20-100)ºC. PUNTOS DE CALIBRACION : (42, 43, 44) ºC. MARCA ERTCO, J- 28 Cavidad izquierda | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,10 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-100)ºC. SERIE. 307059 PUNTOS DE CALIBRACION : (41, 60) ºC. J-28 Cavidad derecha | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,11 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (20-100)ºC. SERIE: 0703102336 PUNTOS DE CALIBRACION : (30, 35, 40) ºC. MARCA ERTCO J-35 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,12 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (-10 a 110)ºC. SERIE: E81604 PUNTOS DE CALIBRACION : (30, 35, 40) ºC. MARCA PROPER TROPHY J-11 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,13 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (-10 a 110)ºC. PUNTOS DE CALIBRACION : (30, 35, 40) ºC, J-31 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
22,14 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (20-100)ºC. SERIE: 11428 PUNTOS DE CALIBRACION : (35, 42, 43) ºC. J-10 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,15 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (20 - 100)ºc, SERIE: 0701002083 PUNTOS DE CALIBRACION : (35, 42, 43) ºC. J-20 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,16 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (0-80)ºC SERIE: 1397 PUNTOS DE CALIBRACION : (30, 35, 40) ºC. J-39 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,17 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, RANGO (-50 a 200)°C , MARCA: VWR, PUNTOS DE CALIBRACION : (2, 5, 8) ºC. J-21 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,18 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, RANGO (- 50 a 70)°C : PUNTOS DE CALIBRACION : (2, 5, 8) ºC. J-18 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,19 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, RANGO (-50 a 70)°C: PUNTOS DE CALIBRACION : (2, 5, 8) ºC. J-22 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
22,20 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (1-50)ºC PUNTOS DE CALIBRACION : ( 35, 35.5, 36) ºC. K-1 | N/A | MICROBIOLOGIA DE AGUAS TERCER NIVEL |
22,21 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (20-50)ºC SERIE: 8469 PUNTOS DE CALIBRACION : (44.3, 44.5, 44.7) º X. XXXXX XXXXX. X-0 | X/X | XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX TERCER NIVEL |
22,22 | 81220170 | TERMOMETRO: RANGO (-50 a 150)ºC MARCA: VWR PUNTOS DE CALIBRACION : (2, 4, 8)ºC | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD / VIH SEGUNDO NIVEL | |
22,23 | 81220170 | TERMOMETRO DE MERCURIO, -10 A + 260 GRADOS C., PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 35-36-37 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION MICOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
22,24 | 81220170 | TERMOMETRO DE MERCURIO, -10 A + 260 GRADOS C., PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 35-36-37 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION MICOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
22,25 | 81220170 | TERMOMETRO DE MERCURIO, -10 A + 260 GRADOS C., PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 35-36-37 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION INMUNOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
22,26 | 81220170 | TERMOMETRO DE MERCURIO, -10 A + 260 GRADOS C., PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 35-36-37 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
22,27 | 81220170 | TERMOMETRO DE MERCURIO, -10 A + 260 GRADOS C., PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 35-36-37 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION BACTERIOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
22,28 | 81220170 | TERMOMETRO, RANGO: (0 - 50)°C PUNTOS DE CALIBRACION (36,44.5,50) °C. MARCA HB. LSMA- 01 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,29 | 81220170 | TERMOMETRO, RANGO: (-10 a 250)°C PUNTOS DE CALIBRACION (30,36,40) °C. LSMA-02 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,30 | 81220170 | TERMOMETRO, RANGO: (-25 a 230)°C PUNTOS DE CALIBRACION (24,29,35) °C. MARCA BCR LSMA-03 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,31 | 81220170 | TERMOMETRO, SERIE: 3544, RANGO: (0 a 80)°C PUNTOS DE CALIBRACION (36,44.5,50) °C. LSMA-04 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,32 | 81220170 | TERMOMETRO, RANGO: (-20 a 260)°C PUNTOS DE CALIBRACION (30,36,40) °C. LSMA-05 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,33 | 81220170 | TERMOMETRO MARCA FISHERBRAND, RANGO: (-10 a 110)°C . PUNTOS DE CALIBRACION (35,41.5,50) °C. LSMA-08 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,34 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, PUNTOS DE CALIBRACION (37,48,55) °C. LSMA-10 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,35 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, PUNTOS DE CALIBRACION (2, 4, 8) °C. LSMA-11 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,36 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, PUNTOS DE CALIBRACION (30, 36, 40) °C. LSMA-12 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,37 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, PUNTOS DE CALIBRACION (2, 4, 8) °C. LSMA-13 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
22,38 | 81220170 | TERMOMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, PUNTOS DE CALIBRACION (2, 4, 8) °C. LSMA-14 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
ITEM 23 | CODIGO | TERMOHIGROMETRO / CALIBRACIÓN | ||
23,1 | 81220175 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA: VWR, SERIE: 20164223 RANGO (0 a 50)°C Y (0 -90) %HR, PUNTOS DE CALIBRACION: 21 ºC, 00 xX X 00xX. | XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX TERCER NIVEL | |
23,2 | 81220175 | TERMOHIGROMETRO ANALOGO, MARCA:OAKTON, RANGO (-20 a 40)°C Y (20 -90) %HR PUNTOS DE CALIBRACION: 20 ºC , 25ºC Y 30ºC. | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
23,3 | 81220175 | TERMOHIGROMETRO ANALOGO, MARCA: OAKTON, RANGO (-20 a 40)°C Y (20 -90) %HR, PUNTOS DE CALIBRACION: 20 ºC, 25ºC Y 30ºC. | AREA DE INSTRUMENTAL TERCER NIVEL | |
23,4 | 81220175 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR, SERIE: C140338, PUNTOS DE CALIBRACION: 20 ºC, 25 ºC y 30ºC. SM-75 | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL | |
23,5 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 30 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION VIH, SEGUNDO NIVEL |
23,6 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 30 ºc | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION BANCO DE SANGRE, SEGUNDO NIVEL |
23,7 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 30 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION MICOLOGIA, PRIMER NIVEL |
23,8 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 30 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD , SECCION BACTERIOLOGIA, SEGUNDO NIVEL |
23,9 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 00 xX | X/X | XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXX , XXXXXXX TUBERCULOSIS, SEGUNDO NIVEL |
23,10 | 81220170 | TERMOHIGROMETRO DIGITAL, MARCA VWR PUNTOS DE CALIBRACIÓN: 20°C, 25°C, 30 ºC | N/A | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCIÓN BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
ITEM 24 | CODIGO | MICROPIPETAS / CALIBRACION | ||
24,1 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: EPPENDORF RESEARCH Serie: 4096737, RANGO: (20 - 200) µL CODIGO: P0 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
24,2 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: FINNIPIPETTE II Serie: DJ26499, RANGO:(100 - 1000) µL CODIGO: P2 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
24,3 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: LABMATE Serie: 846063734, RANGO:(100 - 1000) µL CODIGO: P3 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
24,4 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: FINNIPIPETTE II FISHERBRAND Serie: DJ23499, RANGO:(20 - 200) µL CODIGO: P4 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
24,5 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: TRANSFERPETTE BRAND, 200µL, SERIE: 12G5207 CODIGO: P5 | N/A | MICROBIOLOGIA DE ALIMENTOS |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
TERCER NIVEL | ||||
24,6 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: FIXED THERMO SCIENTIFIC Serie: FJ21143,(1000) µL CODIGO: P1 | N/A | FISICOQUIMICO DE ALIMENTOS TERCER NIVEL |
24,7 | 81220180 | PIPETA MARCA: ACCUMAX Serie: 167336, RANGO: (50 - 200) µL CODIGO: P9 | N/A | FISICOQUIMICO DE AGUAS TERCER NIVEL |
24,8 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: THERMO SCIENTIFIC FINNIPIPETTE I Serie: FJ21145, 1000 µL CODIGO: P8 | N/A | FISICOQUIMICO DE AGUAS TERCER NIVEL |
24,9 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: FISHERBRAND Serie: G41883, RANGO: (40 - 200) µL CODIGO: P10 | N/A | FISICOQUIMICO DE AGUAS TERCER NIVEL |
24,10 | 81220180 | MICROPIPERTA MARCA: FISHERBRAND Serie: DJ28826 CODIGO: P11 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,11 | 81220180 | MICROPIPIETA MARCA: TRANSFERPETTE BRAND, 100µL CODIGO: P12 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,12 | 81220180 | MICROPIPETA DIGITAL MARCA: THERMO SCIENTIFIC FINNIPIPETTE Serie: KJ08716, RANGO: (100 - 1000) µL CODIGO: P13 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,13 | 81220180 | MICROPIPETA DIGITAL, MARCA: THERMO SCIENTIFIC FINNIPIPETTE Serie: KJ04329, RANGO: (100 - 1000) µL CODIGO: P14 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,14 | 81220180 | MICROPIPIETA MARCA: TRANSFERPETTE BRAND, SERIE: 12G52081, 200µL CODIGO: P15 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,15 | 81220180 | MICROPIPIETA MARCA: FISHERBRAND FINNIPIPETTE Serie: DJ26954, RANGO: (5 - 50)µL CODIGO: P16 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,16 | 81220180 | MICROPIPIETA MARCA: FISHERBRAND FINNIPIPETTE Serie: DJ26316, RANGO: (0.5 - 10)µL CODIGO: P17 | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,17 | 81220180 | MICROPIPETA DIGITAL MARCA: THERMO SCIENTIFIC FINNIPIPETTE Serie: KH39394, RANGO: (0.5 - 5) mL | N/A | CROMATOGRAFIA TERCER NIVEL |
24,18 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: THERMO SCIENTIFIC, MODELO: FINNPIPETTE F3, SERIE: FJ25492, RANGO: 1000µL, LSMA-01 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
24,19 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: EPPENDORF, MODELO: RESEARCH, SERIE: 4099367, RANGO: (20- 200)µL, LSMA-04 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
24,20 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: EPPENDORF, SERIE: G37713F, LSMA-06 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
24,21 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: EPPENDORF, SERIE: P33827E, LSMA-07 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
24,22 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: EPPENDORF, SERIE: X0000X, XXXX-00 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
AMBIENTE PRIMER NIVEL | ||||
24,23 | 81220180 | MICROPIPETA MARCA: ACCUMAX, SERIE: GJ383793, LSMA-09 | N/A | LABORATORIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE PRIMER NIVEL |
24,24 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: LABMATE, SERIE: 846042422, RANGO (10-100) µL | SARUB PCR1 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,25 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXX, MODELO: PIPETMAN, SERIE: AK63699, RANGO (1-10) µL | SARUB PCR2 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,26 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXX, MODELO: PIPETMAN, SERIE: AN52027, RANGO (200- 1000) µL | SARUB PCR3 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,27 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXX, MODELO: PIPETMAN, SERIE: DE56469, RANGO (0.2-2) µL | SARUB PCR4 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,28 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXX, MODELO: PIPETMAN, SERIE: BA58607, RANGO (50-200) µL | SARUB PCR5 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,29 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: LABMATE, RANGO (0.5- 10) µL | SARUB PCR6 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,30 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: FISHERBRAND, MODELO: FINNPIPETTE, SERIE: G30280, RANGO (40-200) µL | VITEK- P-01 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION, RUBEOLA, SEGUNDA PLANTA |
24,31 | 81220180 | MICROPIPETA MULTICANAL, MARCA: BRAND, MODELO: TRANSFERPETTE-12, SERIE: 07C1270, RANGO (30-300) µL | ROTAV-1 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION SARAMPION RUBEOLA SEGUNDA PLANTA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
24,32 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: JENCONS, SERIE: 7515139, RANGO (0.5-10) µL | XX-0 | XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXX, XXXXXXX VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDA PLANTA |
24,33 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: JENCONS, SERIE: 7527415, RANGO: (2-20)µL, | BM-6 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION BIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDO NIVEL |
24,34 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXX, SERIE: DB65326, RANGO: (20-200)µL, | BM-10 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA Y BIOLOGIA MOLECULAR, SEGUNDA PLANTA (CUARTO BLANCO) |
24,35 | 81220180 | MICROPIPETA MULTICANAL, MARCA: JENCONS, MODELO: SEALPETTE PRO, SERIE: 7528006, RANGO: (30 - 300) µL | DEN -02 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,36 | 81220180 | MICROPIPETA MULTICANAL, MARCA: EPPENDORF, MODELO: 100, SERIE: 76042, RANGO: (10 - 100) µL | DEN -03 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,37 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: EPPENDORF, MODELO: 200, SERIE: 2126631, RANGO: (20 - 200) µl | DEN -05 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,38 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: ACCUMAX, SERIE: 146726, RANGO: (0.5 - 10) µL | DEN -08 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,39 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: JENCONS, MODELO: SEALPETTE PRO, SERIE: 146726, RANGO: (0.5 - 10) µL | DEN -09 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
24,40 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: JENCONS, SERIE: 7515136, RANGO: (0.5 - 10) µL | DEN -10 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,41 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXXX, MODELO: SOCOREX, SERIE: 060222664, RANGO: (0.5 - 50) µL | FLU - 01 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,42 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: XXXXXXX, MODELO: SOCOREX, SERIE: 06022587, RANGO: (0.5 - 50) µL | FLU - 02 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,43 | 81220180 | MICROPIPETA MULTICANAL, MARCA: EPPENDORF, MODELO: 100, SERIE: 443655, RANGO: (10 - 100) µL | FLU - 06 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,44 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: THERMO, MODELO: FINNPIPETTE, SERIE: S/N, RANGO: (10 - 100) µL | FLU - 11 | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIROLOGIA- BIOLOGIA MOLECULAR, .SEGUNDA PLANTA |
24,45 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: ACCUMAX PRO, SERIE: FK757135, RANGO: (20 - 200) µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION INMUNOLOGIA, SEGUNDA PLANTA | |
24,46 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: ORGENICS, SERIE: 716185, RANGO: (200 - 1000) µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION INMUNOLOGIA, SEGUNDA PLANTA | |
24,47 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: ACCUMAX, SERIE: 146738, RANGO: (0.5 - 140) µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION INMUNOLOGIA, SEGUNDA PLANTA | |
24,48 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: HUMAPETTE, SERIE: 06C9380, RANGO: 1000 µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIH, SEGUNDA PLANTA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
24,49 | 81220180 | MICROPIPETA MULTICANAL, MARCA: THERMO SCIENTIFIC, MODELO: FINNPIPETTE, SERIE: EH09681, RANGO: (30-300) µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIH, SEGUNDA PLANTA | |
24,50 | 81220180 | MICROPIPETA, MARCA: EPPENDORF, SERIE: 033715C, RANGO: (10-100) µL | LABORATORIO DE VIGILANCIA EN SALUD, SECCION VIH, SEGUNDA PLANTA |
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 3
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA EFECTOS DE PAGO
1.0 DECLARANTE
1.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA
Nombres y Apellidos o Razón Social | NIT | DUI O PASAPORTE | TELÉFONO |
DIRECCION | CIUDAD | CORREO ELECTRÓNICO | |
1.2 Representante Legal o Apoderado (Solo personas Jurídicas)
NOMBRES Y APELLIDOS | NIT | CORREO ELECTRÓNICO | TELÉFONO |
Por este medio declaro bajo juramento que la cuenta que detallo a continuación, será utilizada por el Estado por medio de la Dirección General de Tesorería para cancelar cualquier tipo obligación que realice la institución y que sean legalmente exigibles, según lo establecido en el Art. 77, de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
La cuenta a declarar es la siguiente:
NOMBRE DE LA CUENTA | NUMERO DE CUENTA | CORRIENTE | DE AHORRO | NOMBRE DEL BANCO |
DECLARO BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE:
1- Que los datos que proporciono en este documento son verdaderos y que conozco las Normas Legales y Administrativas que regulan esta declaración jurada.
2- Que en caso de actuar como representante legal, declaro que el poder con el que actuó es suficiente para asumir todas las responsabilidades.
San Xxxxxxxx, FIRMA: NOMBRE: DUI:
TODO TIPO DE OBLIGACIÓN
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 4
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONALES
En la ciudad de , a las horas del día de del año .- Ante mí,
, (Autoridad Pública Competente), de este domicilio, comparece el(la) señor(a) , de
años de edad, (profesión), del domicilio de , a quien conozco e identifico por medio de su Documento de Identidad , actuando en nombre y representación en su calidad de
y Representante Legal de la sociedad que gira con la denominación , que se abrevia , personería que relacionaré al final del presente documento, Y ME DICE: Que para efectos de cumplir con las Bases para la Licitación Pública LP No. XX/201X, referente al “ ”, FONDO XXXX, del MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE EL XXXXXXXX, BAJO JURAMENTO DECLARA: QUE CONFIRMA LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA, LA ACEPTACIÓN PLENA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, PLAZOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, que ninguno de los
Funcionario, Jefe de Departamento o Empleados del Ministerio de Salud, es accionista o socio de
, que se puede abreviar , lo mismo que no existe ningún vínculo de parentesco o filiación entre las personas antes mencionadas con los accionistas de su representada, ya que nadie es cónyuge o conviviente, o existe parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consaguinidad entre ellos, es decir que no se encuentra dentro de las incapacidades establecidas en los artículos veinticinco y veintiséis, ni en las inhabilidades del art. 158 y efectos del art. 159 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública; que esta solvente de todos los regímenes Fiscales, Municipales, de Seguridad y Previsión Social; asimismo que no ha incurrido en prácticas anticompetitivas sancionadas por la Ley de Competencia en especial la tipificada en el Artículo 25 literal c), que la nómina de accionistas presentada es la vigente y demás condiciones establecidas en las Bases de la Licitación; de igual manera manifiesto que actuaré en todo el proceso bajo los principios éticos, principios de igualdad, con transparencia y que no dañaré a terceros en el proceso de contratación y suministro licitado. Doy fe de ser legítima y suficiente la personería con que actúa el señor(a) , por haber tenido a la vista: 1) La Escritura Pública de de la Sociedad , que puede abreviarse , otorgada en esta ciudad, a las horas del día de de , ante los oficios de , inscrita en
al número del Libro , del Registro de , en la cual aparecen todas las cláusulas que actualmente rigen a la sociedad; que la administración y dirección de la sociedad está confiada a un
, nombrado por , quien durará en sus funciones años, pudiendo ser reelecto; que habrá un suplente, electo en la misma y por igual término; que el tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la firma social, con amplias atribuciones para administrar y dirigir los negocios de la sociedad. Si es apoderado deberá relacionar los datos del poder y la inscripción del mismo. Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales de esta acta notarial que contiene la presente DECLARACIÓN JURADA, y que consta de folios útiles, leída que se la hube íntegramente, en un solo acto, me manifestó que está redactada a su entera voluntad, que la ratifica y firmamos. DOY FE.-
Firma
AUTORIDAD COMPETENTE
DEBERÁ SER AUTENTICADA POR UN NOTARIO
NOTA: EL MISMO FORMATO APLICA PARA LAS PERSONAS NATURALES NACIONALES ELIMINANDO LO RELACIONADO CON LA PERSONERÍA JURÍDICA, LO CUAL SE ENCUENTRA CON SOMBRA.
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 5
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PERSONA JURÍDICA/NATURALES EXTRANJERAS
En la ciudad de , a las horas del día de del año .- Ante mí,
, (Autoridad Pública Competente), de este domicilio, comparece el(la) señor(a) , de
años de edad, (profesión), del domicilio de , a quien conozco e identifico por medio de su Documento de Identidad , actuando en nombre y representación en su calidad de
y Representante Legal de la sociedad que gira con la denominación , que se abrevia , personería que relacionaré al final del presente documento, Y ME DICE: Que para efectos de cumplir con las Bases de la Licitación Pública LP No. XX/201X, referente al “ ”, FONDO XXXX, del MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE EL XXXXXXXX, BAJO JURAMENTO DECLARA: QUE CONFIRMA LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA, LA ACEPTACIÓN PLENA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, PLAZOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS; que ninguno de los
Funcionario, Jefe de Departamento o Empleados del Ministerio de Salud, es accionista o socio de
, que se puede abreviar , lo mismo que no existe ningún vínculo de parentesco o filiación entre las personas antes mencionadas con los accionistas de su representada, ya que nadie es cónyuge o conviviente, o existe parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consa nguinidad entre ellos, es decir que no se encuentra dentro de las incapacidades o impedimentos establecidos en los artículos veinticinco y veintiséis, ni en las inhabilidades del art. 158 y efectos del art. 159 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. asimismo que no ha incurrido en prácticas anticompetitivas sancionadas por la Ley de Competencia en especial la tipificada en el artículo 25 literal c),, que esta solvente de todos los regímenes Fiscales, Municipales, de Seguridad y Previsión Social de su país de origen;. que la nómina de accionistas presentada es la vigente y demás condiciones establecidas en las Bases para la Licitación Pública; de igual manera manifiesto que actuaré en todo el proceso bajo los principios éticos, principios de igualdad, con transparencia y que no dañaré a terceros en el proceso de contratación y suministro licitado. Doy fe de ser legítima y suficiente la personería con que actúa el señor(a) , por haber tenido a la vista: 1) La Escritura Pública de de la Sociedad
, que puede abreviarse , otorgada en esta ciudad, a las horas del día de de
, ante los oficios de , inscrita en al número del Libro , del Registro de
, en la cual aparecen todas las cláusulas que actualmente rigen a la sociedad; que la administración y dirección de la sociedad está confiada a un , nombrado por , quien durará en sus funciones años, pudiendo ser reelecto; que habrá un suplente, electo en la misma
y por igual término; que el tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la firma social, con amplias atribuciones para administrar y dirigir los negocios de la sociedad. Si es apoderado deberá relacionar los datos del poder y la inscripción del mismo. Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales de esta acta notarial que contiene la presente DECLARACIÓN JURADA, y que consta de folios útiles, leída que se la hube íntegramente, en un solo acto, me manifestó que está redactada a su entera voluntad, que la ratifica y firmamos. DOY FE.-
Firma
AUTORIDAD COMPETENTE
DEBERÁ SER AUTENTICADA POR UN NOTARIO
NOTA: EL MISMO FORMATO APLICA PARA LAS PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS, ELIMINANDO LO RELACIONADO CON LA PERSONERÍA JURÍDICA, LO CUAL SE ENCUENTRA CON SOMBRA.
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 6
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA
PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN LAS COMPRAS PÚBLICAS APLICA PARA PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL Y EXTRANJERA
En la ciudad de , a las horas del día de del año .- Ante mí,
, (Autoridad Pública Competente), de este domicilio, comparece el (la) señor (a) , de
años de edad, (profesión), del domicilio de , a quien conozco e identifico por medio de su Documento de Identidad , actuando (para persona jurídica) en nombre y representación en calidad de y Representante Legal de la sociedad que gira con la denominación
, que se abrevia , personería que relacionaré al final del presente documento. ( para persona natural) en su calidad personal, y como propietario de la empresa que gira con la denominación de , Y ME DICE: “Que no emplea” a niñas , niños y adolescentes por debajo de la edad mínima de admisión al empleo y se cumple con la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora; en caso se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social el incumplimiento a la normativa anterior; reconozco y acepto que la institución contratante iniciará el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no dentro del procedimiento adquisitivo en el cual estoy participando, de la conducta tipificada como causal de inhabilitación prevista en el art. 158 romano V literal b) de la LACAP que dispone “ invocar hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación”. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final; Que para efectos de cumplir con las
Especificaciones Técnicas para el Proceso de (especificar, licitación, concurso, contratación directa o
Proceso de Libre Gestión) , referente a “ (establecer el nombre del proceso) ”, del XXXXXXXXXX XX XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX, XXXX JURAMENTO DECLARA: QUE
CONFIRMA LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA, (para persona jurídica) Doy fe de ser legítima y suficiente la personería con que actúa _el señor (a) , por haber tenido a la vista: (relacionar la documentación legal que respalde la personería legal de quién firma). Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales de esta acta notarial que contiene la presente DECLARACIÓN JURADA, y que consta de folios útiles, leída que se la hube íntegramente, en un solo acto, me manifestó que está redactada a su entera voluntad, que la ratifica y firmamos. DOY FE.-
Firma
NOTA: EL MISMO FORMATO APLICA PARA TODO OFERTANTE, DEBIENDO ELIMINAR O INCORPORAR LA INFORMACIÓN RESPECTIVA,EN LOS ESPACIOS SOMBREADOS, SEGÚN APLIQUE.
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 7
MODELO DE FIANZA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
(NOMBRE Y GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA INSTITUCIÓN FIADORA)
Actuando en nombre y representación de (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN FIADORA), del domicilio de que en adelante se llamará OTORGA:
Que se constituye fiador de
(NOMBRE DEL OFERTANTE)
hasta por la cantidad de
(EN LETRAS)
a fin de garantizar al Estado de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, la oferta presentada por
(NOMBRE DEL OFERTANTE)
en adelante llamado “el ofertante” del domicilio de
Bajo la Licitación Pública LP No. /201 referente a la contratación
de y que en caso de que el ofertante le fuera adjudicado el suministro que se a propuesto cumplir arriba descrito a grande rasgos, dentro del tiempo establecido después de la notificación de tal adjudicación, suscribirá el contrato respectivo y dentro del plazo que le establezca la UNIDAD DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES INSTITUCIONAL del Ministerio de Salud, presentará una fianza que garantice el cumplimiento de dicho contrato, si el ofertante así lo hiciere, esta fianza se extinguirá, de lo contrario permanecerá con plena fuerza y efecto durante el plazo de ( ) días contados a partir de la fecha de recepción de ofertas. La ejecución de esta fianza no precisará más trámite que la comunicación oficial de la Ministra de Salud dada por escrito a
(INSTITUCIÓN FIADORA)
Para los efectos de esta fianza,
(INSTITUCIÓN FIADORA)
señala la ciudad de San Xxxxxxxx como domicilio especial y se somete a la competencia de sus tribunales, renuncia al beneficio de excusión de bienes, y autoriza que sea depositaria de los bienes que se embargaren, la persona que designe el Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir fianza.
En testimonio del lo cual firma la presente en la ciudad de , a los días del mes de de
.
FIRMA
DEBERÁ SER AUTENTICADA POR UN NOTARIO
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 8
MODELO FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
(NOMBRE Y GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA INSTITUCIÓN FIADORA)
Actuando en nombre y representación de (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN FIADORA), del domicilio de que en adelante se llamará OTORGA:
Que se constituye fiador de
(NOMBRE DEL CONTRATISTA)
hasta por la cantidad de
(EN LETRAS)
a fin de garantizar al Estado de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, por el exacto cumplimiento de parte de,
(NOMBRE DEL CONTRATISTA)
del domicilio de
(NOMBRE CONTRATISTA)
de las obligaciones que
ha contraído bajo el contrato número
celebrado el día de de .
Entre
(NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL DEL CONTRATISTA, APODERADO Y/O LA PERSONA NATURAL)
Actuando en su calidad de de,
(NOMBRE DE LA SOCIEDAD)
Por una parte y por la otra
(NOMBRE DEL FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA)
Actuando en nombre del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en su calidad de Fiscal General de la República. Dicho contrato se refiere a la Licitación Pública LP No. /201 .
Esta Fianza estará vigente por el plazo de dias contados a partir de la fecha de distribución del contrato al contratista.
especialmente estipula que ningún cambio, prórroga de plazo, (NOMBRE INSTITUCIÓN FIADORA)
alteración o adición a los términos del Contrato o a los documentos contractuales incorporados al mismo, afectarán en forma alguna las obligaciones del fiador de acuerdo con este instrumento, renuncia al aviso de cualquier cambio, prórroga de plazo, alteración o adición a los términos del contrato, del trabajo o de los documentos contractuales.
La ejecución de esta fianza no precisará más trámite que la comunicación oficial de la Ministra de Salud, dada por escrito a .
(NOMBRE INSTITUCIÓN FIADORA)
Para los efectos de esta fianza se señala la ciudad de San Xxxxxxxx, como domicilio y se somete a la competencia de sus tribunales, y autoriza que sea depositaria de los bienes que se embargaren, la persona que designe el Estado de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, relevando a quien se nombre de la obligación de rendir fianza.
En testimonio de lo cual firma la presente en , a los días del mes de de .
FIRMA
DEBERÁ SER AUTENTICADA POR UN NOTARIO
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CALIBRACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA EL LABORATORIO NACIONAL DE REFERENCIA”
ANEXO No. 9 FIANZA DE BUENA CALIDAD
(NOMBRE Y GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA INSTITUCIÓN FIADORA)
Actuando en nombre y representación de (NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN FIADORA), del domicilio de que en adelante se llamará OTORGA:
Que se constituye fiador de
(NOMBRE DEL CONTRATISTA)
hasta por la cantidad de
(EN LETRAS)
a fin de garantizar al Estado de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, por la buena calidad del suministro entregado, que.
(NOMBRE DEL CONTRATISTA)
Ha entregado bajo el contrato número Celebrado el día de de .
Entre
(NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL DEL CONTRATISTA, APODERADO Y/O LA PERSONA NATURAL)
Actuando en su calidad de, de,
(NOMBRE DE LA SOCIEDAD) por una parte y por la otra
(NOMBRE DEL FISCAL GENERAL
DE LA REPÚBLICA).
Actuando en nombre del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud, en su calidad de Fiscal General de la República.
Dicho contrato se refiere a la contratación de , Licitación Pública LP No. /201 ,
Esta Fianza estará vigente para el plazo de , contado a partir de la fecha en que el suministro objeto del contrato en mención sean recibido en su totalidad y a entera satisfacción por el Ministerio de Salud, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto levante el Ministerio de Salud. La presente Fianza podrá hacerse efectiva, con el simple requerimiento escrito que haga la Ministra de Salud a
(NOMBRE INSTITUCIÓN FIADORA).
especialmente estipula que ningún cambio, prórroga de plazo, alteración o adición a los términos del Contrato o a los documentos Contractuales incorporados al mismo, afectarán en forma alguna las obligaciones del fiador de acuerdo con este instrumento, renuncia al aviso de cualquier cambio, prórroga de plazo, alteración o adición a los términos del contrato o de los documentos contractuales.
La ejecución de esta Fianza no precisará más trámite que la comunicación oficial de la Ministra de Salud, dada por escrito a .
(NOMBRE INSTITUCIÓN FIADORA)
Para los efectos de esta Fianza se señala la ciudad de San Xxxxxxxx, como domicilio y se somete a la competencia de sus tribunales, y autoriza que sea depositaria de los bienes que se embargaren, la persona que designe el Estado de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud relevando a quien se nombre de la obligación de rendir fianza.
En testimonio de lo cual firma la presente en la ciudad de , a los días del mes de de .
FIRMA
DEBERÁ SER AUTENTICADA POR AUTORIDAD COMPETENTE
ANEXO No. 10 MODELO DE CONTRATO
MINISTERIO DE SALUD CONTRATO No. /
República de El Xxxxxxxx, C.A LICITACIÓN PÚBLICA LP No. /
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN No. /
FONDOS
Nosotros, , mayor de edad, , del domicilio de , portador del Documento Único de Identidad número , actuando en nombre y representación del y de El Xxxxxxxx, específicamente del Ministerio de Salud, con número de Identificación Tributaria
, en carácter de , y que en el transcurso de este instrumento me denominaré “El MINSAL”; y (SI EL CONTRATISTA ES PERSONA NATURAL) , de
años de edad, de este domicilio, portador de mi Documento Único de Identidad
; con número de Identificación Tributaria , actuando a título personal, que en el transcurso de este instrumento me denominaré “el (la) Contratista), (SI ES PERSONA JURÍDICA- SOCIEDAD) , mayor de edad, del domicilio de (profesión) , del domicilio de , portador de mi Documento Único de Identidad número , con número de Identificación Tributaria ; actuando en calidad de , de la sociedad , que se abrevia del domicilio , con número de Identificación Tributaria como lo compruebo con la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, otorgada ante los oficios notariales de
, el día de del año , inscrita en el Registro de Comercio al Número del Libro del Registro de Sociedades, el día de
del año y con (Credencial o Poder), (SI ACTÚA CON CREDENCIAL): tal como lo compruebo con la Certificación de la Credencial, extendida por el señor(a) el día
de del año , en su carácter de , inscrita en el Registro de Comercio al Número del Libro del Registro de Sociedades, el día de del año en la cual consta la elección del (la) compareciente para el período de años a partir de , y en el carácter con que comparecemos otorgamos el presente Contrato de
, (SI NECESITA AUTORIZACIÓN DE JUNTA DIRECTIVA) así como con la Certificación del Acuerdo de Junta Directiva, extendida por en su calidad de de la que consta que estoy facultado para otorgar el presente instrumento), (SI ACTÚA CON PODER): tal como compruebo con el Testimonio de la Escritura Pública de Poder (relacionar la clase de poder con que actúa), otorgada ante los oficios notariales de , el día de del año , inscrita en el Registro de Comercio al Número del Libro del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el día de del año ; en dicho Poder el (la) notario autorizante dio fe de la existencia legal de la Sociedad y de la personería con que actuó el (la) otorgante; que en lo sucesivo del presente instrumento se denominará “LA CONTRATISTA”; y en las calidades antes expresadas manifestamos: Que otorgamos el
presente Contrato proveniente del proceso de la LICITACIÓN PÚBLICA LP N° / denominado “ ”, de conformidad a las cláusulas que se detallan a continuación: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se obliga a suministrar al MINSAL, a precios firmes los bienes adjudicados, según detalle y especificaciones siguientes:
Renglón | Código | Descripción | U/M | Cantidad contratada | Precio unitario (USD$) | Valor total (USD$) |
CLÁUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integrante de este Contrato, con plena fuerza obligatoria para las partes, los documentos siguientes: a) Las Bases para la Licitación Pública LP No. / ; b) Las adendas, enmiendas y aclaraciones a las Bases de Licitación, si las hubiere; c) La
oferta de LA CONTRATISTA y sus documentos; d) La Resolución de Adjudicación N° / ; e) Las Garantías;
y f) Las Resoluciones Modificativas, si las hubiere. En caso de discrepancia entre el Contrato y los documentos antes relacionados prevalecerá el Contrato. CLÁUSULA TERCERA: FUENTE DE LOS RECURSOS PRECIO Y FORMA DE PAGO. EL MINSAL hace constar que el importe del presente Contrato será financiado con la Fuente de financiamiento: , con cargo a los Cifrados Presupuestarios: , por un monto de , según certificación de fondos , de fecha . En el entendido que si finalizado el Ejercicio Fiscal no se logra liquidar el Contrato con dichos Cifrados Presupuestarios, EL MINSAL a través de su Unidad Financiera Institucional, podrán incorporarle el que le corresponda de acuerdo al nuevo ejercicio fiscal vigente. El MINSAL se compromete a pagar a LA CONTRATISTA la cantidad de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ ) (según lo adjudicado), por el objeto de este Contrato, dicho monto incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). La cancelación se hará (Según las Bases para la Licitación Pública). CLÁUSULA CUARTA: PLAZO, LUGAR DE ENTREGA Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo de entrega del suministro
será:
entrega de los bienes será en
(de conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación). El lugar de
(Según las Bases de Licitación ). Para lo cual LA
CONTRATISTA o su representante autorizado en coordinación con el Administrador de Contrato y Guardalmacén respectivo verificarán que los suministros a recepcionarse cumplen estrictamente con las Condiciones y Especificaciones Técnicas establecidas en el Contrato,. LA CONTRATISTA recibirá acta de la recepción satisfactoria de los suministros, firmada por el Guardalmacén respectivo, Administrador del Contrato, y el delegado de LA CONTRATISTA y lo relacionado en la factura duplicado cliente, según lo establecido en el Contrato. El acta deberá contener: Nombre, Firma y sello del Guardalmacén, el delegado de LA CONTRATISTA que hace la entrega, firma del Administrador de Contrato. LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO SERÁ A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA Y FINALIZARA NOVENTA DÍAS CALENDARIO DESPUÉS DE FINALIZADO EL PLAZO DE ENTREGA. CLÁUSULA QUINTA: GARANTÍAS. Para garantizar el
cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato LA CONTRATISTA otorgará a favor del
Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx en el Ramo de Salud las garantías siguientes: a) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, para garantizar el cumplimiento estricto de este Contrato, equivalente al
POR CIENTO ( %) del valor total del Contrato, la cual deberá presentar dentro de los ( ) días
siguientes a la fecha de distribución del presente Contrato y estará vigente durante el plazo de ( ) días , contados a partir de . La UACI entregará el comprobante de recepción correspondiente. La garantía mencionada deberá presentarse en original y una copia; y b) GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. LA CONTRATISTA garantizará el buena calidad de los bienes entregados, para lo cual presentará en la UACI xxx XXXXXX, una Garantía de Buena calidad equivalente al POR CIENTO (10.00%) del monto total del Contrato, dentro de los ( ) días posteriores a la fecha en que el suministro sea recibido en su totalidad y a entera satisfacción, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará y estará vigente durante el plazo de ( ) días, contados a partir de dicha fecha. La garantía mencionada deberá presentarse en original y una copia. Dichas garantías consistirán en fianzas emitidas por Sociedades Afianzadoras, Aseguradoras o Instituciones Bancarias Nacionales o Extranjeras, siempre y cuando estas últimas, lo hicieren por medio de alguna de las Instituciones del Sistema Financiero Salvadoreño, actuando como entidad confirmadora de la emisión, Art. 32 inciso último de la LACAP. Las empresas que emitan las referidas fianzas deberán estar autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx. Las fianzas deberán presentarse en la UACI, ubicada en Calle Xxxx Número ochocientos veintisiete, Ministerio de Salud, para lo cual se proporcionará el comprobante de recepción correspondiente. Por cada garantía que presente debe agregar copia del NIT de LA CONTRATISTA. CLÁUSULA SEXTA: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO. El seguimiento del
cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del ó los Administradores del Contrato del
Contrato, quien (es) sera (n) nombrado (s) por la Titular xxx XXXXXX, mediante Acuerdo Institucional N°
de fecha de de dos mil , cuyo (s) nombre se encuentra establecido en el Anexo Número del presente Contrato. Quien (es) tendrá (n) las facultades que le señala el Artículo 82 Bis de la LACAP y 74 del Reglamento de la LACAP, siendo estas las siguientes: a) Verificar el cumplimiento de las cláusulas contractuales, b) Elaborar oportunamente los informes de avances de la gestión de los Contratos e informar de ello tanto a la UACI como a la Unidad responsable de efectuar los pagos o en su defecto reportar los incumplimientos, c) Informar a la UACI a efecto de que se gestione el informe a la Titular para iniciar el procedimiento de aplicación de las sanciones a LA CONTRATISTA, por los incumplimientos de sus obligaciones, d) Conformar y mantener actualizado el expediente del seguimiento de la ejecución del Contrato de tal manera que este conformado por el conjunto de documentos necesarios que sustenten las acciones realizadas desde que se emita la orden de inicio hasta la recepción final, e) Elaborar y suscribir conjuntamente con LA CONTRATISTA, las actas de recepción total o parcial de la contratación de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la LACAP, f) Remitir a la UACI en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores a la recepción del suministro, en cuyos Contratos no existan incumplimientos, el acta respectiva a fin de que esta proceda a devolver a LA CONTRATISTA las garantías correspondientes, g) Gestionar ante la UACI las órdenes de cambios o modificaciones al Contrato, una vez identificada tal necesidad, h) Gestionar los reclamos a LA CONTRATISTA relacionados con fallas durante el periodo de
vigencia de las garantías, e informar a la UACI de los incumplimientos en caso de no ser atendidos en los términos pactados, así como informar a la UACI sobre el vencimiento de las mismas para que esta proceda a su devolución en un periodo no mayor a ocho días hábiles; i) Emisión de la Orden de Inicio correspondiente, (cuando aplique), j) La aprobación del plan de utilización del anticipo, al igual que la fiscalización de utilización del mismo, para tales efectos, deberá informar a la UACI, la que a su vez informará al Titular, en caso de comprobarse un destino distinto al autorizado, (cuando aplique), k) Cualquier otra responsabilidad que establezca la LACAP, Reglamento de la misma y el presente Contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA: ACTA DE RECEPCIÓN. Corresponderá (al ó los Administradores del Contrato), en Coordinación con LA CONTRATISTA, la elaboración de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el Artículo setenta y siete del RELACAP. CLÁUSULA OCTAVA: MODIFICACIONES Y PROHIBICIONES. El presente Contrato podrá ser modificado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a los establecido en los Artículos 83-A y 86 de la LACAP, LA CONTRATISTA dará aviso por escrito al MINSAL dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurra la causa que origina el atraso, dicho aviso deberá hacerse dentro del plazo contractual de entrega del suministro. En caso de no hacerse tal notificación en el plazo establecido, esta omisión será razón suficiente para que EL MINSAL deniegue la prórroga del plazo contractual, ésta será establecida y formalizada a través de una Resolución Ministerial de Modificativa de Contrato autorizada por la Titular xxx XXXXXX, y no dará derecho a LA CONTRATISTA a compensación económica. Las prórrogas de plazo no se darán por atrasos causados por negligencia de LA CONTRATISTA al solicitar pedidos sin la suficiente anticipación para asegurar su entrega a tiempo, por no contar con el personal suficiente o por atrasos imputables a sus subcontratistas o suministrantes. La solicitud de prórroga deberá presentarse en la UACI xxx XXXXXX, debiendo LA CONTRATISTA en caso de ser necesario ampliar los plazos y monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato según lo indique EL MINSAL y formará parte integral de este Contrato. EL MINSAL podrá modificar los Contratos en ejecución regidos por la LACAP, independientemente de su naturaleza y antes del vencimiento de su plazo, siempre que concurran circunstancias imprevistas y comprobadas. Para efectos de la LACAP, se entenderá por circunstancias imprevistas, aquel hecho o acto que no puede ser evitado, previsto o que corresponda a caso fortuito o fuerza mayor. La comprobación de dichas circunstancias, será responsabilidad de la Titular xxx XXXXXX. Prohibición de modificación: Este Contrato de conformidad al Artículo 83-B de la LACAP no podrá modificarse cuando dichas modificaciones se encuentren encaminadas a cualquiera de los siguientes objetivos: a) Alterar el objeto contractual; b) Favorecer situaciones que correspondan a falta o inadecuada planificación de las adquisiciones, o convalidar la falta de diligencia de LA CONTRATISTA en el cumplimiento de sus obligaciones. La modificación que se realice en contra de lo establecido anteriormente será nula, y la responsabilidad será del titular de la institución. CLÁUSULA NOVENA: PRÓRROGAS. El Contrato podrá prorrogarse una sola vez, por un periodo igual o menor al pactado inicialmente, siempre que las condiciones del mismo permanezcan favorables a la institución y que no hubiere una mejor opción. El Titular de la institución emitirá una resolución debidamente razonada y motivada para proceder a dicha prorroga. La Unidad Solicitante deberá remitir a la UACI la solicitud de prórroga del contrato anexando los
siguientes documentos: Nota de La Contratista en la cual acepta la prórroga, monto estimado de la misma con su respectiva disponibilidad presupuestaria e informe favorable del Administrador de Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA: CESIÓN. Salvo autorización expresa xxx XXXXXX, LA CONTRATISTA no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos u obligaciones que emanen del presente Contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del Contrato, procediéndose además a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: SANCIONES. Si LA CONTRATISTA incumpliere cualquiera de las obligaciones contractuales, estará sujeta a las sanciones reguladas en la LACAP. Cuando LA CONTRATISTA incurriere en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causas imputables a la misma, podrá declararse la caducidad del Contrato e Inhabilitación o imponer el pago de una multa por cada día de retraso, de conformidad al artículo 85 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Las notificaciones que se generen en el proceso de multa se efectuarán en la dirección establecida en el presente Contrato, en caso de no encontrarse en esa dirección, sin haber hecho el aviso de traslado, se efectuará de conformidad a las reglas del derecho común. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. EL MINSAL podrá dar por terminado el Contrato sin responsabilidad alguna de su parte cuando ocurra cualquiera de las situaciones siguientes: a) LA CONTRATISTA no rinda la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro del plazo acordado en este Contrato; b) La xxxx de LA CONTRATISTA en el cumplimiento del plazo de entrega o de cualquier otra obligación contractual; c) LA CONTRATISTA entregue bienes de inferior calidad a lo adjudicado o no cumpla con las condiciones pactadas en el presente Contrato; y
d) Por mutuo acuerdo entre ambas partes. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las
partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: CESACIÓN, EXTINCIÓN, CADUCIDAD Y REVOCACIÓN DEL CONTRATO. Cuando se presentaren las situaciones establecidas en los Artículos del 92 al 100 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, se procederá en lo pertinente a dar por terminado el Contrato. En caso de incumplimiento por parte de LA CONTRATISTA a cualquiera de las estipulaciones y condiciones establecidas en el presente Contrato y lo dispuesto en las Bases de Licitación; EL MINSAL notificará a LA CONTRATISTA su decisión de caducar el Contrato sin responsabilidad para él, mediante aviso escrito con expresión de motivo, aplicando en lo pertinente el procedimiento establecido en el Art. 81 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Asimismo EL MINSAL, hará efectiva las garantías que tuviere en su poder. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Toda discrepancia que en la ejecución del Contrato surgiere, se resolverá intentando primero el Arreglo Directo entre las partes y si por esta forma no se llegare a una solución, se recurrirá a los tribunales comunes. En caso de embargo a LA CONTRATISTA, EL MINSAL nombrará al depositario de los bienes quien releva al MINSAL de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose LA CONTRATISTA a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. CLÁUSULA DÉCIMA SÉXTA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. EL
MINSAL, se reserva la facultad de interpretar el presente Contrato, de conformidad a la Constitución, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, o Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses xxx XXXXXX, con respecto a la prestación objeto del presente Contrato, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. LA CONTRATISTA expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte EL MINSAL. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: XXXXX XXXXX. El presente Contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: JURISDICCIÓN. Para los efectos jurisdiccionales de este Contrato, las partes señalan como domicilio especial el de esta ciudad, a la jurisdicción de cuyos tribunales competentes se someten. CLÁUSULA DECIMA NOVENA: NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. El MINSAL señala como lugar para recibir notificaciones la dirección: Calle Xxxx Número Ochocientos Veintisiete. San Xxxxxxxx y LA CONTRATISTA señala para el mismo efecto la siguiente dirección: , Teléfono , Fax . Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este Contrato serán validas solamente cuando sean hechas por escrito a las direcciones que las partes han señalado. En fe de lo cual suscribimos el presente Contrato, en la ciudad de San Xxxxxxxx a los días del mes de de dos mil .
FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRATISTA
ESTE MODELO DE CONTRATO SE AJUSTARA AL MOMENTO DE DEFINIRSE LA ADJUDICACIÓN. Se elaborará Acta
Notarial
Este documento esta firmado por
Firmante | XXXXXXXXXXXXxxxxx@xxxxx.xxx.xx, CN=Firma digital de la DTIC, OU=DTIC, O=Ministerio de Salud, L=San Xxxxxxxx, ST=San Xxxxxxxx, C=SV | |
Fecha/Hora | Tue Sep 12 10:31:07 CST 2017 | |
Emisor del Certificado | CN=*.xxxxx.xxx.xx, OU=Comodo PremiumSSL Wildcard, OU=Direccion de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones (DTIC), O=Ministerio de Salud, STREET=Calle Xxxx No.827, L=San Xxxxxxxx, ST=San Xxxxxxxx, OID.2.5.4.17=503, C=SV | |
Numero de Serie | 15851056948735932808 | |
Metodo | urn:xxxxx.xxx:Adobe.PPKLite:adbe.pkcs7.sha1 (Adobe Signature) | |
Nota | Este archivo está firmado digitalmente Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones Ministerio de Salud El Xxxxxxxx, C.A. |