INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
(IMSS)
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y EVALUACIÓN DE DELEGACIONES UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
COORDINACIÓN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS COORDINACIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
DIVISIÓN DE BIENES TERAPÉUTICOS
DOMICILIO: Xx. Xxxxxxx 000, XX, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO OA-019GYR047-N46-2013
MEDIANTE LA MODALIDAD DE OFERTAS SUBSECUENTES DE DESCUENTOS (OSD) CONSOLIDADA IMSS/ISSSTE/PEMEX/SEDENA/SEMAR/SSA/CCINSHAE
PARA LA ADQUISICIÓN DE: MEDICAMENTOS GRUPO 010, PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES GRUPO 040, EN SUS PRESENTACIONES DE GENÉRICOS Y DE
REFERENCIA (Reglamento de Insumos para la Salud, publicado en el DOF el 02 01 2008) Y CUBRIR NECESIDADES DEL IMSS (Delegaciones Y UMAE’S), ISSSTE, PEMEX,
SEDENA, SEMAR, SSA (Baja California, Campeche, Colima, Tlaxcala, Veracruz,) y CCINSHAE (Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica) DEL EJERCICIO FISCAL 2014
(ELECTRÓNICA)
POR TRATARSE DE OFERTAS SUBSECUENTES DE DESCUENTOS (OSD), EL ENVÍO DE PROPOSICIONES, SE REALIZARÁ EXCLUSIVAMENTE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, A TRAVÉS DEL PORTAL DE COMPRANET VERSIÓN 5.0, LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO, DEBERÁN CONTAR CON REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA ANTE COMPRANET.
SEPTIEMBRE 2013
P R E S E N T A C I Ó N:
En observancia al artículo 134 tercer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a los interesados en participar en el procedimiento de contratación para la adquisición de MEDICAMENTOS GRUPO 010, PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES EN SUS
PRESENTACIONES DE GENÉRICOS Y DE REFERENCIA (Reglamento de Insumos para la Salud, publicado en el DOF el 02 01 2008) para cubrir necesidades del Instituto Mexicano del Seguro Social (Delegaciones y UMAE’S), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Petróleos Mexicanos, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Salud (Baja California, Campeche, Colima, Tlaxcala y Veracruz) y Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica) del ejercicio fiscal 2014.
PARA EL CASO ESPECIFICO DEL ARTICULO 29 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, QUE SE INVOCA EN EL RESUMEN DE CONVOCATORIA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, SE PRECISA QUE PARA LA PRESENTE LICITACIÓN LE SON APLICABLES TODAS Y CADA UNAS DE SUS FRACCIONES Y PRECEPTOS LEGALES ENUNCIADOS EN DICHO ARTICULO.
De conformidad con la siguiente:
CONVOCATORIA
ÍNDICE
GLOSARIO | |
1. | INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA LICITACIÓN |
1.1. | Idioma en que podrán presentarse las proposiciones, los anexos técnicos y, en su caso los folletos que se acompañen. |
1.2. | Disponibilidad presupuestaria |
1.3. | Participación del testigo social |
1.5. | Normas |
2. | DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD |
2.1. | Calidad |
2.2. | Licencias, autorizaciones y permisos |
3. | MODALIDAD DE CONTRATACIÓN |
3.1. | Tipo de Abastecimiento |
3.2. | Xxxxx, hora y domicilio de los eventos; medios y en su caso, reducción de plazo para la presentación de las proposiciones |
3.3. | Registro de licitantes en los diversos actos del procedimiento de contratación. |
4. | JUNTA DE ACLARACIONES |
5. | PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
5.1. | Proposiciones conjuntas |
5.2 | Procedimiento para presentar ofertas subsecuentes de descuento (osd) |
5.3 | Capacitación de licitantes para la presentación de osd |
6. | DOCUMENTOS QUE DEBERÁN PRESENTAR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Y, ENTREGAR JUNTO CON EL SOBRE CERRADO RELATIVO A LA PROPOSICIÓN TÉCNICA. |
6.1. | Proposición técnica |
6.2. | Proposición económica |
6.3. | Documentación complementaria |
7. | ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL, PERSONALIDAD JURÍDICA Y NACIONALIDAD DEL LICITANTE. |
7.1. | En la suscripción de proposiciones |
7.2. | En el acto de presentación y apertura de proposiciones. |
7.3. | Previo a la firma del contrato. |
7.4. | En la firma del contrato. |
8 | ACREDITACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE EN SUS OBLIGACIONES FISCALES. |
9 | CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. |
9.1. | Evaluación de las proposiciones técnicas |
9.2. | Evaluación de las proposiciones económicas |
9.3. | Criterios de adjudicación de los contratos |
10 | CAUSAS DE DESECHAMIENTO. |
11 | PLAZO, LUGAR, CONDICIONES DE ENTREGA Y CANJE |
11.1. | Plazo y lugar de entrega |
11.2. | Condiciones de entrega |
11.3. | Condiciones de entrega para los descuentos ofertados en especie |
11.4. | Canje |
11.5. | Devolución |
11.6 | Datos generales y notificaciones oficiales |
12 | PAGOS. |
13 | SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN |
13.1. | Penas convencionales |
13.2. | Deductivas |
13.3. | Penas contractuales |
13.4. | Rescisión administrativa |
13.5. | Terminación anticipada |
14 | NOTIFICACIÓN DEL FALLO |
15 | MODELO DE CONTRATO |
15.1. | Período de contratación |
15.2. | Firma del contrato |
15.3. | Administradores de contrato |
16 | GARANTÍAS |
16.1 | Garantía de cumplimiento de contrato |
16.2 | Garantía de los bienes. |
17 | SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN |
18 | CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN, CLAVE(S) O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTA(S). |
19 | DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN. |
20 | INCONFORMIDADES. |
21 | INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. |
22 | NOTA DE LA OCDE |
23 | RELACIÓN DE ANEXOS. |
GLOSARIO DE TÉRMINOS.
Para efectos de ésta Convocatoria, se entenderá por:
1. Administrador del Contrato: Xxxxxxxx(es) público(s) en quien recae la responsabilidad de dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.
2. ALSC: Administración Local de Servicios al Contribuyente.
3. AMECE: Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico.
4. Área contratante: La facultada en la dependencia o entidad para realizar procedimientos de contratación a efecto de adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que requiera la dependencia o entidad de que se trate;
5. Área requirente: La que en la dependencia o entidad, solicite o requiera formalmente la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquella que los utilizará;
6. Área técnica: La responsable de elaborar las especificaciones técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, de responder en la Junta de Aclaraciones las preguntas que sobre estos aspectos técnicos realicen los licitantes; así como de coadyuvar en la evaluación de las proposiciones.
7. Bienes de Consumo: Los que se desgastan o extinguen en su uso primario y por lo tanto no son susceptibles de ser utilizados nuevamente, los cuales para éste procedimiento de contratación se clasifican como Bienes de Uso Terapéutico.
8. Canje: Es la obligación que contraen los proveedores con las Dependencias y Entidades, para cambiar bienes por nuevos del mismo tipo, cuando se presenten en mal estado, con defectos, especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o calidad inferior a la propuesta, vicios ocultos o bien, cuando el área usuaria manifieste alguna queja en el sentido de que el uso del bien puede afectar la calidad del servicio, que no pueden ser utilizados.
9. CCA: Coordinación de Control xx Xxxxxx.
10. CCAYAC: Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura.
11. CCINSHAE: Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad; para la presente licitación el término referirá a los Hospital Juárez del Centro; Hospital Nacional Homeopático; Hospital de la Mujer y Servicios de Atención Psiquiátrica (Hospital Psiquiátrico “Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx”; Hospital Psiquiátrico “Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx”; Hospital Psiquiátrico “Xxxx X. Xxxxxxx” y Centros Comunitarios de Salud Mental “Cuauthémoc”, “Iztapalapa” y “Xxxxxxxxx”.
12. CECOBAN: Centro de Compensación Bancaria.
13. CENADI: Centro Nacional de Distribución del ISSSTE.
14. CLABE: Clave Bancaria Estandarizada. Es un número único e irrepetible asignado a cada cuenta bancaria (normalmente de cheques) que garantiza que los recursos enviados a las órdenes de cargo (domiciliación), pago de nómina o a las transferencias electrónicas de fondos INTERBANCARIOS (entre bancos) se apliquen exclusivamente a la cuenta señalada por el cliente, como destino u origen.
15. Clave: Identificación numérica asignada a cada insumo para la salud, integrada por el número del grupo, genérico, especifico, diferenciador y variante contenidos en el Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
16. Clase: La presentación autorizada en el Registro Sanitario y que corresponde a: Referencia antes Innovador, Genérico antes G.I.
17. COCTI: Coordinación de Control Técnico de Insumos. Área del Instituto responsable de verificar la calidad de los productos de esta Convocatoria a la Licitación, de acuerdo a la normatividad establecida.
18. COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
19. COMPRANET: El Sistema Electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas con dirección electrónica en Internet: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
20. Contrato: Documento a través del cual se formalizan los derechos y obligaciones derivados del Fallo del procedimiento de contratación de la adquisición o la prestación de los servicios.
21. Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud: Documento normativo que regula los insumos que se utilizan en las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
22. Cuadro Básico Institucional (CBI): Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS; Documento que relaciona los bienes por grupo de Insumos de suministro determinado como fundamentales e indispensables para la operación del IMSS.
23. EMA (ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN): Entidad de gestión privada en nuestro país, que tiene como objetivo acreditar a los Organismos de la Evaluación de la Conformidad que son los laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, laboratorios clínicos, unidades de verificación (organismos de inspección) y organismos de certificación.
24. Escrito libre: Documento que deberá cumplir como mínimo con los datos requeridos en la Convocatoria, no importando el orden y/o ubicación del contenido.
25. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
26. INDESALUD: Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche.
27. Investigación xx xxxxxxx: La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.
28. ISESALUD: Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California.
29. ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
30. IVA: Impuesto al Valor Agregado.
31. LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
32. Licitante: La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o bien de invitación a cuando menos tres personas.
33. Marbete: Documento mediante el cual se identifican las características bajo las cuales la COFEPRIS emitió el Registro Sanitario correspondiente para cada insumo para la salud.
34. Mediana.- Valor de la variable de posición central en un conjunto de datos ordenados de menor a mayor.
35. Medios Remotos de Comunicación Electrónica: Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
36. MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;
37. NOM-072-SSA1-2012: Norma Oficial Mexicana para etiquetado de medicamentos y remedios herbolarios, publicada en el DOF el 21 de noviembre de 2012.
38. NORMAS: Las Normas Oficiales Mexicanas, las Normas Mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, con las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso, las normas de referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley citada.
39. OIC: Órgano Interno de Control.
40. Orden de Reposición: Es la acción mediante la cual se solicita a los proveedores la reposición de los bienes de consumo que se requieren en los almacenes del IMSS, para la administración de los contratos, realizada a través del SAI por transmisión electrónica vía Internet o en forma manual.
41. Partida o Concepto de Gasto: La división o desglose de los bienes a adquirir o arrendar o de los servicios a contratar, contenidos en un procedimiento de contratación o en un contrato, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos (Clasificador por Objeto del Gasto).
42. PEMEX: Petróleos Mexicanos
43. Precio conveniente: es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamientos.
44. Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación.
45. PREI: Sistema de Planeación de Recursos Institucionales.
46. Proveedor: La persona que celebre contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
47. Reglamento o RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
48. SAI: Sistema xx Xxxxxx Institucional. Conjunto de acciones programadas en medios electrónicos que permiten realizar actividades comprendidas en el proceso de abastecimiento y suministro, de manera automatizada en red.
49. SAT: Servicio de Administración Tributaria.
50. SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional.
51. SEMAR: Secretaría de la Marina.
52. SFP: Secretaría de la Función Pública.
53. Sobre cerrado: Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido solo puede ser conocido en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en términos de la Ley.
54. SSA: Secretaría de Salud.
55. SSEC: Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx.
56. SSV: Servicios de Salud de Veracruz.
57. Testigo Social: Los testigos sociales son las personas físicas x xxxxxxx que cuentan con el registro correspondiente en el padrón público de testigos sociales, el cual está a cargo de la Secretaría de la Función Pública. Participarán en todas las etapas de los procedimientos de licitación pública, emitirán un testimonio final que incluirá sus observaciones y en su caso recomendaciones para fortalecer la transparencia, imparcialidad y las disposiciones legales en materia de
adquisiciones, arrendamientos y servicios, mismo que tendrá difusión en la página electrónica de cada dependencia o entidad y en CompraNet.
58. UMAE: Unidad Médica de Alta Especialidad.
59. Unidad Almacenaría o Almacén: Es el área donde se reciben guardan, almacenan, controlan y despachan bienes de consumo, dentro de la circunscripción que le corresponde y donde se encuentra el responsable de firmar la Remisión del Proveedor y en su caso, la Remisión del Pedido, de los bienes recibidos.
1. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA LICITACIÓN
Adquisición de: medicamentos grupo 010, psicotrópicos y estupefacientes grupo 040, en sus presentaciones de genéricos y de referencia (Reglamento de Insumos para la Salud, publicado en el DOF el 02 01 2008) para cubrir necesidades del Instituto Mexicano del Seguro Social (Delegaciones y UMAE’S), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Petróleos Mexicanos, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Salud (Baja California, Campeche, Colima, Tlaxcala, Veracruz) y Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica) del ejercicio fiscal 2014.
La documentación que integre como parte de su propuesta será dirigida a:
DIVISIÓN DE BIENES TERAPÉUTICOS COORDINACIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
COORDINACIÓN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y EVALUACIÓN DE DELEGACIONES INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Los Bienes Terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el Anexo Número 20, el cual forma parte de la siguiente Convocatoria, y que corresponde a la descripción del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud y/o Cuadro Básico Institucional.
1.1. IDIOMA EN QUE PODRÁN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES, LOS ANEXOS TÉCNICOS Y EN SU CASO LOS FOLLETOS QUE SE ACOMPAÑEN.
Las proposiciones deberán enviarse por medios remotos de comunicación electrónica (Compranet), preferentemente en papel membretado de la empresa, solo en idioma español y dirigidas al área convocante.
En caso de que los bienes requieran de anexos técnicos, folletos, catálogos y/o fotografías, instructivos o manuales de uso para corroborar las especificaciones y características de los mismos, éstos deberán presentarse en idioma español, identificando o referenciando la clave del bien ofertado, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS. (EL NO ANEXARLOS NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN)
Tratándose de bienes terapéuticos que requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán enviar en idioma español, conforme a los marbetes autorizados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (EL NO ANEXARLOS NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN)
1.2. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA:
Para llevar a cabo el presente procedimiento de contratación, la disponibilidad presupuestaria se estará a lo siguiente:
El presupuesto definitivo a ejercer está sujeto a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, por parte de la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, por lo que el cumplimiento de las obligaciones de ésta licitación pública, prevista a realizarse durante el año del 2013, queda sujeta para fines de ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria con que cuente el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; Petróleos Mexicanos; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretarías de Salud de los Estado de Baja California, Campeche, Colima, Tlaxcala, Veracruz; Hospital de la Mujer, Hospital Juárez del Centro, Hospital Nacional Homeopático y Servicios de Atención Psiquiátrica, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el Ejercicio Fiscal 2014, apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para cada dependencia o entidad.
El Instituto Mexicano del Seguro Social para el presente procedimiento de contratación cuenta con disponibilidad presupuestaria indicada en el dictamen de disponibilidad presupuesta con número de folio 0000000686-2014.
1.3. PARTICIPACIÓN DEL TESTIGO SOCIAL.
Se hace del conocimiento a los interesados en participar en éste proceso licitatorio, que de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los Testigos Sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, a solicitud del IMSS, la Secretaría de la Función Pública le informó, que el Comité de designación de Testigos Sociales, nombró a Transparencia Mexicana A.C..
La participación del Testigo Social en éste procedimiento de contratación, está circunscrita en lo aplicable a los lineamientos antes referidos y en el artículo 26 Ter., fracción IV de la LAASSP vigente y representa un mecanismo adicional para fortalecer la transparencia en las contrataciones que realiza el IMSS y tiene como objetivo atestiguar la salvaguarda de los principios consagrados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El IMSS reconoce al Testigo Social Transparencia Mexicana A.C., como representante legítimo e imparcial de la sociedad civil o persona física.
1.4. NORMAS
Los bienes requeridos deberán ser nuevos, cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y con las Normas Mexicanas, según proceda, y a falta de éstas, con las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso, las normas de referencia (contenidas en la dirección electrónica xxxx://xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/?Xxxxxxxxxx, las cuales se podrán consultar en la sección “Normas y especificaciones técnicas del IMSS”) o especificaciones técnicas que se señalan el artículo 67 de la Ley citada o bien, deberán cumplir con las características y especificaciones requeridas por el IMSS/ISSSTE/PEMEX/SEDENA/SEMAR/SSA/CCINSHAE en la presente Convocatoria.
2. DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD.
La descripción amplia y detallada de los bienes solicitados, se contempla en el Anexo Número 20 (VEINTE), indicando el número de la clave a 12 (doce) dígitos, el cual forma parte integral de ésta Convocatoria.
Los licitantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en ésta Convocatoria, describiendo en forma amplia y detallada los bienes que estén ofertando del Anexo Número 20 (VEINTE).
Las condiciones contenidas en la presente Convocatoria a la licitación pública y en las proposiciones presentadas por los licitantes no podrán ser negociadas, en términos del artículo 26 de la LAASSP.
2.1. CALIDAD.
Los licitantes deberán acompañar a su proposición técnica los documentos siguientes, mismos que deberán estar referenciados con la clave del bien ofertado:
PARA FABRICANTES Y DISTRIBUIDORES DE MEDICAMENTOS:
Copia simple legible del Registro Sanitario vigente, expedido por la COFEPRIS, conforme a lo establecido en el artículo 376 de la Ley General de Salud (vigencia de 5 años), debidamente identificado por el número de clave propuesta; así mismo podrá Incorporar los anexos correspondientes al marbete autorizado, a efecto de que pueda acreditar fehacientemente que el producto ofertado cumple con la descripción del Cuadro Básico (el no presentar los proyectos de marbetes no será motivo de desechamiento).
En caso de que el Registro Sanitario no se encuentre dentro del periodo de vigencia de 5 años, conforme al artículo 376 de la Ley General de Salud, deberá enviar:
a) Copia simple legible del Registro Sanitario sometido a prórroga.
b) Copia simple legible del acuse de recibo del trámite de prórroga del Registro Sanitario, presentado ante la COFEPRIS.
c) Carta en hoja membretada y firmada por el representante legal del Titular del Registro Sanitario en donde bajo protesta de decir verdad manifieste que el trámite de prórroga del Registro Sanitario, del cual presenta copia, fue sometido en tiempo y forma, y que el acuse de recibo presentado corresponde al producto sometido al trámite de prórroga.
En caso de que los bienes ofertados no requieran de Registro Sanitario, deberá anexar copia simple de la constancia oficial expedida por la SSA, con firma y cargo del servidor público que la emite, que lo exima del mismo.
El IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR, SSA Y CCINSHAE podrán solicitar por escrito al proveedor en cualquier tiempo durante la vigencia del contrato lo siguiente:
• Muestras de los insumos adjudicados. Numero de muestras y quien las solicitará
• Las especificaciones técnicas de calidad y métodos de prueba utilizados para los productos que no cuenten con Norma Oficial Mexicana, así como las sustancias de referencia y las tablas de estabilidad acelerada y a largo plazo de sus productos.
• El certificado vigente de Buenas Prácticas de Fabricación, expedido por la COFEPRIS
De acuerdo al párrafo anterior, el tiempo establecido para la entrega por parte del proveedor, será en un lapso no mayor a 5 (cinco) días hábiles.
PARA EL IMSS
En el caso de que se adjudique un bien que cuente con antecedentes de incumplimiento conforme a las especificaciones técnicas de calidad, el proveedor a partir del fallo y hasta por lo menos 15 días hábiles previos a la primera entrega, deberán presentar muestras en la COCTI de un lote corregido y que pretenda entregar al IMSS, acompañadas de su informe de resultados de análisis emitido por el fabricante para que en los laboratorios de la COCTI se practiquen los estudios fisicoquímicos, microbiológicos y/o estudios que correspondan, a fin de constatar el cumplimiento a las especificaciones de la norma correspondiente.
La entrega de las muestras y la documentación indicados en el párrafo anterior, se efectuará en la calle Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx N°6, Colonia Xxxxxxxxx de las Xxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx,
C.P. 07760, México D.F., Teléfono 00000000 ext. 26121, directo: 57546894, de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas (días hábiles)
De no demostrar la corrección, la Coordinación de Control xx Xxxxxx conforme a las necesidades del IMSS y en caso de que el proveedor asignado haya participado con más de una marca, podrá autorizar la repetición de estudios en otra marca del bien ofertado.
Si los lotes presentados no muestran corrección de los defectos, la Coordinación de Control xx Xxxxxx solicitará el inicio del proceso de rescisión administrativa del contrato.
La evaluación de la calidad realizada por la COCTI de los insumos para salud, se efectuará conforme a lo establecido en la Ley General de Salud, en los artículos aplicables, conforme a lo establecido en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos y sus Suplementos, misma que podrá ser consultada en la página electrónica de la Secretaría de Salud: xxxx://xxxxxx.xxxxx.xxx.xx, en las normas oficiales mexicanas, normas internacionales, así como las especificaciones técnicas del IMSS (misma que podrá ser consultada en la página electrónica: xxxx://xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/?Xxxxxxxxxx), o a falta de éstas, de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante.
El IMSS podrá verificar el cumplimiento de los requisitos de calidad de los bienes, a través de los programas de muestreo y quejas de la Coordinación de Control Técnico de Insumos, cuyas muestras deberán ser repuestas por el proveedor sin costo, al área del IMSS que así lo solicite.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, TLAXCALA, VERACRUZ)
Se hará verificaciones aleatorias de los medicamentos a fin de corroborar que no existan vicios ocultos o defectos de fabricación que ocasionen problemas de calidad durante su almacenaje, distribución o caducidad, o bien en los empaques de los productos suministrados, por causas imputables al proveedor y dentro del periodo de vida útil del bien. En caso se identificar alguno de los defectos descritos, se solicitará el canje de los productos respectivos al proveedor.
En estos casos el proveedor se obliga a reponer sin condición alguna dentro de cinco días hábiles siguientes contados a partir de su notificación por escrito que realice a través del Encargo xx Xxxxxx o la Dirección de Atencón Médica, lo cual no exime al proveedor de la aplicación xx xxxxx convencionales correspondientes, de conformidad con lo establecido en las bases.
Se rechazarán los medicamentos que habiéndose recibido en cualquiera de los puntos definidos, derivado del proceso de inspección física por atributos de los bienes, éstos presenten algún motivo de rechazo, como serían: falta de identificación del producto, empaque colectivo golpeado por el transporte, envases rotos, empaques primarios rotos, sin identificación, sin caducidad y sin lotes, entre otros requisitos que resulten aplicables conforme a disposiciones vigentes, caso en el cual el proveedor deberá realizar la recolección respectiva para su cuenta y riesgo y restituir las unidades respectivas.
Si los defectos identificados afectan la duración y calidad de los insumos, se procederá al rechazo del bien, para estos casos, el proveedor deberá retirar los insumos respectivos en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación por escrito que se haga al encargado del punto de entrega autorizado, sujetándose a la inspección y autorización por parte del personal.
Se podrá verificar el cumplimiento de los requisitos de calidad de los bienes. En caso de encontrarse alguna inconsistencia de acuerdo con la legislación sanitaria o las autorizaciones otorgadas por la COFEPRIS, se hará del conocimiento de la autoridad respectiva.
2.2. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS.
El licitante deberá acompañar a su proposición técnica, en copia simple, la documentación que a continuación se señala:
PARA FABRICANTES DE MEDICAMENTOS:
Copia simple legible de la Licencia Sanitaria del licitante.
Copia simple legible de la Autorización del Responsable Sanitario del licitante.
PARA DISTRIBUIDORES DE MEDICAMENTOS:
Copia simple legible de la Licencia Sanitaria del licitante. (sólo cuando oferten estupefacientes, psicotrópicos, vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas de origen animal y hemoderivados)
Copia simple legible del Aviso de Funcionamiento del licitante. (en caso de no tratarse de productos contenidos en el párrafo anterior)
Copia simple legible de la Autorización del Responsable Sanitario del licitante.
3. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
La presente Licitación Pública Nacional conforme a los medios que se utilicen, será ELECTRÓNICA.
El procedimiento será sobre cantidades máximas y mínimas de bienes previamente determinadas en el Anexo Número 20.
Para el IMSS, ISSSTE, PEMEX, SSA (BAJA CALIFORNIA, COLIMA, TLAXCALA), CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPÁTICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL
CENTRO) el contrato respectivo será único y abierto en los términos de los artículos 47 de la LAASSP y 85 de su Reglamento.
Para la SEDENA, SEMAR, SSA (CAMPECHE) Y CCINSHAE (Servicios de Atención Psiquiátrica), los contratos serán mediante programa de entregas en los términos de los artículos 45 de la LAASSP.
3.1. TIPO DE ABASTECIMIENTO.
Para efectos de adquirir los bienes objeto de ésta licitación, como lo determinan el artículo 39 de la LAASSP y el artículo 59 de su Reglamento, mediante el procedimiento de abastecimiento simultáneo, las fuentes de abastecimiento requeridas, los porcentajes que se asignarán a cada una y el porcentaje diferencial en precio como a continuación se indica:
Una vez determinada la propuesta solvente más baja, y existan uno o más licitantes, cuyas proposiciones tengan un diferencial de precio, dentro del rango de 5%, respecto de la proposición solvente más baja, se establecerá dos fuentes de abastecimiento.
Xxxxxxx xx xxxxxx:
IMSS, PEMEX DOS FUENTES DE ABASTECIMIENTO | |
PRIMER LUGAR | SEGUNDO LUGAR |
80% | 20% |
ISSSTE DOS FUENTES DE ABASTECIMIENTO | |
PRIMER LUGAR | SEGUNDO LUGAR |
60% | 40% |
SEDENA, SEMAR, SSA, CCINSHAE UNA FUENTE DE ABASTECIMIENTO |
PRIMER LUGAR |
100% |
De ser el caso, que para la segunda fuente de abastecimiento no haya sido ofertada o no resulto adjudicada; el licitante que haya obtenido el primer lugar para la primer fuente de abastecimiento, podrá emitir un escrito en formato libre, con el cual haga saber que puede cubrir el 100% de la totalidad de las fuentes de abastecimiento, mismo que deberá adjuntar a su propuesta. la no presentación de este documento, no es causal de desechamiento.
Así como también, sí alguna cantidad queda pendiente de asignación, se podrá adjudicar al proveedor seleccionado en primer lugar, siempre y cuando éste manifieste por escrito que tiene la capacidad de satisfacer y garantizar el 100% de la demanda máxima, una vez realizado el Fallo y previo al cierre del acta del mencionado evento. En caso contrario, ésta(s) proporción(es) se declarará(n) desierta(s).
3.2. FECHA, HORA Y DOMICILIO DE LOS EVENTOS; MEDIOS Y EN SU CASO, REDUCCIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
E V E N T O S | F E C H A | H O R A | L U G A R |
Primera Junta de Aclaración de la convocatoria a la licitación. | 27 de septiembre de 2013 | 10:00 hrs. | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales. CompraNet, al tratarse una licitación 100% electrónica. Los funcionarios públicos y Testigo Social podrán acudir al Área de Medicamentos ubicada en Durango 291, 4to., Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F.Xxxxxxxxxx, C. P. 06700, México, D. F. |
Capacitación en OSD | 25 de septiembre de 2013 | 10:00 - 12:00 Hrs 12:00 - 14:00 Hrs 17:00 - 19:00 Hrs | La capacitación se realizará en el Auditorio de la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios ubicado en Durango 291, 8vo. piso, Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F.Xxxxxxxxxx. Podrá asistir cualquier interesado; sin embargo el IMSS dará preferencia a aquellas empresas que no se hayan capacitado anteriormente, considerando los registros con que cuenta la convocante. |
Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. | 4 de octubre de 2013 | 10:00 Hrs | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales. |
E V E N T O S | F E C H A | H O R A | L U G A R |
CompraNet, al tratarse una licitación 100% electrónica. Los funcionarios públicos y Testigo Social podrán acudir al Área de Medicamentos ubicada en Durango 291, 4to., Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F. | |||
Evaluación Legal y Técnica | Esta fecha se determinara al termino del acto de apertura de propuestas | Este horario se determinar a al termino del acto de apertura de propuestas | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales. CompraNet, al tratarse una licitación 100% electrónica. Los funcionarios públicos y Testigo Social podrán acudir al Área de Medicamentos ubicada en Durango 291, 4to., Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F. |
Pujas | Esta fecha se determinara al termino del acto de apertura de propuestas | Este horario se determinar a al termino del acto de apertura de propuestas | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales. CompraNet, al tratarse una licitación 100% electrónica. No obstante para aquellos licitantes que desean presenciar el procedimiento de Ofertas Subsecuentes de Descuento, la convocante realizara la proyección de las mismas en el Auditorio de la Coordinacion de Adquisicion de Bienes y Contratacion de Servicios, ubicado en la calle Durango 291 8° piso, Colonia Roma Norte, Codigo Postal 06700, Delegacion Xxxxxxxxxx, México, D.F. |
Fallo | 9 de octubre de 2013 | 09:00 Hrs | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 bis, fracción segunda, a través del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales. CompraNet, al tratarse una licitación 100% electrónica. Los funcionarios públicos y Testigo Social podrán acudir al Área de Medicamentos ubicada en Durango 291, 4to., Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. |
Firma del contrato | 22 de diciembre de 2013 | 10:00 hrs. | IMSS División de Contratos, ubicada en la Xxxxxxx Xxxxxxx 000, 00x Xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Código Postal 06700, |
E V E N T O S | F E C H A | H O R A | L U G A R |
Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F. | |||
21 de diciembre de 2013 | ISSSTE Departamento de Seguimiento y Formalización de Contratos, ubicado en | ||
Callejón Vía San Xxxxxxxx #12, tercer | |||
piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, X.X. | |||
00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, X.X. | |||
20 de diciembre de | PEMEX | ||
2013 | Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 000, 0xx xxxx, | ||
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Xxx. Xxxxxxx | |||
XXXXXX | |||
19 de diciembre de 2013 | Xxxxx Xxxxxxx Xx. 0-x, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx. Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, México, D. F. | ||
SEMAR | |||
18 de diciembre de 2013 | Campo Militar No. 1-j, Predio Reforma, Deleg. Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 11640, | ||
México, D. F. | |||
SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, | |||
15 de diciembre | COLIMA, TLAXCALA | ||
de 2013 | Dirección General de Planeación y | ||
Desarrollo en Salud de la Secretaría de | |||
Salud federal, ubicada en Viaducto Xxxxxx | |||
Xxxxxx Xx. 000 Xxxx 0, Xxx. Xxxxxxx, | |||
Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, | |||
Xxxxxx, X.X., teléfono 00 00 0000 0000, | |||
en un horario de 9:00 a 18:00 horas | |||
00 xx xxxxxxxxx | XXXXXXXX(Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx) | ||
de 2013 | Dirección General de Recursos Materiales | ||
y Servicios Generales de la Secretaria de | |||
Salud, con domicilio en Xxxxxxx 000, xxxx | |||
00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx | |||
Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 | |||
4 de diciembre de 2013 | CCINSHAE(Servicios de Atención Psiquiátrica) Departamento de Adquisiciones de la | ||
Dirección de Administración de los | |||
Servicios de Atención Psiquiátrica. | |||
Domicilio: Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx | |||
Xx. 000 xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, | |||
Xxxxxxxx Xxxxxxx, en horario de 09: a 15:00 | |||
y de 17:00 a 19:00 de Lunes a Viernes | |||
E V E N T O S | F E C H A | H O R A | L U G A R |
Reducción de Plazo | NO | ||
Tipo de Licitación | Electrónica (artículo 26 Bis, fracción II, de la LAASSP) | ||
Forma de Presentación de las Proposiciones. | Electrónica (artículo 26 Bis, fracción II, de la LAASSP) no se reciben proposiciones a través de servicio postal o mensajería o presencial |
4. JUNTA DE ACLARACIONES:
Con fundamento en los artículos 33 Bis de la LAASSP, 45 y 46 de su Reglamento, se desarrollara el evento de Junta de Aclaraciones.
I.- Aquellos interesados que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria, deberán elaborar un escrito conforme al Anexo 2 (dos), acompañado a las solicitudes de aclaración correspondientes utilizando el Anexo Número 3 (tres) y enviarlos a través de COMPRANET VERSIÓN 5.0, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se realice la junta de aclaraciones, en el citado escrito manifestarán su interés en participar en la presente licitación, por si o en representación de un tercero, señalando, en cada caso, los datos siguientes:
a) Del licitante: registro federal de contribuyentes; nombre y domicilio así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas o pólizas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas, y
b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir proposiciones.
II.- Con el objeto de agilizar la junta de aclaraciones, se solicita a los licitantes enviar sus aclaraciones, en formato Word.
III.- En el caso de empresas que deseen participar mediante convenio de participación conjunta, cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá enviar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. Cuando el escrito se presente fuera del plazo previsto en el artículo 33 Bis de la LAASSP y el licitante sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la convocante.
IV.- Las solicitudes de aclaración de acuerdo al Anexo Número 3 (tres), deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación pública, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante.
De conformidad con el artículo 46 fracción VI, las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo antes previsto, no serán contestadas por resultar extemporáneas.
V.- A partir de la hora y fecha señaladas en la Convocatoria para la celebración de la Junta de Aclaraciones, conforme a lo previsto en el Reglamento de la LAASSP, la Convocante enviará a través de CompraNet versión 5.0 las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas a los licitantes asistentes.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la convocante informará a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que estos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación a las respuestas remitidas. Dicho plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas. Una vez recibidas las preguntas, la convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.
VI.- Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
5. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Con fundamento en los artículos 34 de la LAASSP y 47 de su Reglamento, se desarrollará el evento de presentación y apertura de proposiciones.
a) Los licitantes enviarán sus proposiciones técnica y económica a través de medios remotos de comunicación electrónica (COMPRANET versión 5.0), en los términos que se establecen en la LAASSP y mediante la modalidad de Ofertas Subsecuentes de Descuentos (OSD). Además deberán requisitar el Anexo Número 13 y escanearlo para su envío por el mismo medio.
b) El servidor público designado por la convocante para presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, procederá a bajar de la bóveda de CompraNet las proposiciones recibidas, determinará el tiempo que se otorgará para su evaluación y será responsable de que la evaluación legal y técnica se realice en ese tiempo.
c) Una vez recibidas las proposiciones por medios electrónicos, la convocante procederá a la apertura de cada una, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido; por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o faltare algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar dicha circunstancia en el acta correspondiente.
d) En el supuesto de que las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, y que durante el acto, por causas ajenas a la voluntad de la SFP o de la convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
En el caso del supuesto anterior, se tendrán por no enviadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la convocante, cuando los archivos en los que se contenga dicha información, tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
No obstante, la convocante intentará abrir los archivos hasta tres veces en presencia del representante del Órgano Interno de Control y, en su caso, del Testigo Social, con los programas Word, Excel y PDF, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a COMPRANET VERSIÓN 5.0, la proposición se tendrá por no recibida.
e) Inmediatamente después de concluir el acto de presentación y apertura de proposiciones, el IMSS realizará la evaluación legal y técnica de proposiciones, para lo que dispondrá de un plazo máximo de veinticuatro horas, el resultado de dicha revisión o análisis, se dará a conocer antes del inicio de las Ofertas Subsecuentes de Descuento (Puja).
f) El servidor público que presida el acto junto con los servidores públicos asistentes, rubricarán las proposiciones técnico-económicas, Anexo 13 (trece), así como aquellos documentos que contengan la leyenda “Bajo Protesta de Decir Verdad”.
g) El servidor público designado por la convocante para presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, al concluir éste difundirá a través de Compranet el acta correspondiente, en la cual señalará la fecha, hora y lugar en la que los licitantes que hayan cumplido con los requisitos legales y técnicos establecidos en la convocatoria a la licitación podrán presentar sus OSD, dando a conocer igualmente la o las partidas en las cuales cada licitante podrá presentar sus pujas.
h) Los licitantes que deseen participar, sólo podrán presentar una proposición en el presente procedimiento de contratación; una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del presente procedimiento y hasta su conclusión
i) Para las claves agrupadas se deberá ofertar el total de las claves que integran la partida; la realización de las pujas se realizará por clave y la asignación será por cada clave agrupada.
5.1. PROPOSICIONES CONJUNTAS:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la LAASSP, serán aceptadas las proposiciones conjuntas, siempre y cuando éstas cumplan con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de la LAASSP.
Las personas interesadas podrán agruparse para presentar una proposición, para tal efecto deberán cubrir los siguientes requisitos:
I) Uno de los integrantes podrá presentar el escrito mediante el cual se manifieste el interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación.
II) Los integrantes deberán celebrar en términos de la legislación aplicable un convenio, en el cual se establezcan con precisión los siguientes aspectos, de conformidad con el Anexo Número 10 (DIEZ), de la presente convocatoria.
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes legales de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
5.2. PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR OFERTAS SUBSECUENTES DE DESCUENTO (OSD).
No obstante para aquellos licitantes que deseen presenciar el procedimiento de Ofertas Subsecuentes de Descuentos, la convocante realizará la proyección de las mismas en el Auditorio de la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios ubicada en Durango 291 8º. Piso, Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F.
a) En el acta de presentación de proposiciones, por cada una de las partidas, se registrará el importe de cada una de las proposiciones calificadas como solventes, así como el nombre o razón social de los licitantes que las ofertaron, clasificándolas en orden ascendente, iniciando con la que haya ofertado el precio más bajo, que será el máximo al que podrá ser adjudicado el contrato. Para las partidas agrupadas se clasificará en orden ascendente de acuerdo al importe que resulte del total de claves agrupadas en una sola partida, para las claves que no se encuentran agrupadas será con respecto al precio unitario ofertado en cada partida.
b) El servidor público que presida el acto de presentación y apertura de proposiciones, al concluir éste difundirá a través de Compranet versión 5.0 el acta correspondiente, en la cual señalará la fecha, hora y lugar en la que los licitantes que hayan cumplido con los requisitos legales y técnicos establecidos en la convocatoria a la licitación podrán presentar sus OSD, dando a conocer igualmente la o las partidas en las cuales cada licitante podrá presentar sus pujas.
c) Por lo menos un minuto antes de la hora señalada para el inicio de presentación de las OSD, el servidor público que presida el acto enviará un aviso a los licitantes calificados para participar,
comunicándoles el precio más bajo ofertado en el acto de presentación y apertura de proposiciones y los parámetros de la OSD, así como el tipo de subasta que se utilizará.
d) El horario a que se sujetarán el acto de presentación y apertura de proposiciones y el desarrollo de la OSD, será el que corresponda a la hora que aparezca en CompraNet, el cual se encontrará a la vista de los usuarios del mismo.
e) Las OSD se presentarán individualmente por partida, en el orden que establezca el IMSS. Cada partida será dividida en las zonas necesarias para maximizar la competencia entre licitantes. Los licitantes calificados podrán presentar OSD por cada una de las zonas al mismo tiempo.
f) Por lo menos un minuto antes de iniciar cada OSD, el IMSS dará a conocer las consideraciones relativas a la forma en que los licitantes calificados podrán presentar OSD, incluyendo el múltiplo mínimo y máximo que será permitido entre una y otra OSD, el precio base y la duración. El precio a ofertar será por el importe que resulte del total de claves agrupadas en una sola partida y para el caso de las claves que no se encuentran agrupadas será con respecto al precio unitario ofertado en cada partida.
g) Cuando el servidor público que presida el acto determine la interrupción de la OSD, el procedimiento podrá continuar si las causas de la interrupción fueren superadas dentro de las dos horas posteriores a la misma; en caso contrario, la licitación podrá ser cancelada en forma total o parcial por el propio servidor público en términos de lo dispuesto por el párrafo cuarto del artículo 38 de la Ley de Adquisiciones y se podrá emitir una nueva convocatoria por la o las partidas pendientes de someterse a OSD.
h) Una vez concluida la presentación de pujas de todas las partidas o grupos de éstas que integraron la OSD, el servidor público que presida el acto emitirá el fallo correspondiente.
5.3. CAPACITACIÓN DE LICITANTES PARA LA PRESENTACIÓN DE OSD.
a) En las fechas establecidas en la convocatoria y hasta el día de entrega de proposiciones, el IMSS pondrá a disposición de los licitantes sendos cursos de capacitación para presentar OSD.
b) La capacitación no tendrá costo alguno para los licitantes.
c) La capacitación incluirá, entre otros, los siguientes temas: (I) acceso a los mercados electrónicos a través del portal de COMPRANET; (II) presentación y confirmación de OSD; (III) Parámetros relevantes de cada modalidad; y (IV) Llenado de formatos electrónicos de propuesta.
d) Se recomienda a los licitantes acudir a la capacitación, ya que de esta forma podrán conocer el mecanismo para la presentación de las OSD, así como el funcionamiento del sistema, evitando cualquier error o confusión durante el evento de presentación de OSD.
e) Durante las capacitaciones se tomará lista de asistencia, y se resolverán todas las dudas resultantes con respecto al mecanismo y procedimiento para presentar OSD. Es importante considerar que en caso de tener dudas o errores durante la presentación de las OSD en caso de ser calificado, sus posturas se consideraran en firme, y por lo tanto si no asistieron a las capacitaciones, la convocante no se hará responsable.
f) Se solicitará a los licitantes que asistan a la capacitación que entreguen junto con su proposición la carta firmada de capacitación en la cual aceptan haber sido capacitados y confirman estar preparados para presentar OSD, sin que esto sea una causal de descalificación. (EL ESCRITO PODRÁ SER EN FORMATO LIBRE)
6. DOCUMENTOS QUE DEBERÁN PRESENTAR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Y ENTREGAR JUNTO CON EL SOBRE CERRADO, O EL QUE SE GENERE EN COMPRANET, RELATIVO A LA PROPOSICIÓN TÉCNICA.
Al efecto, sólo podrán participar las personas físicas x xxxxxxx que no estén inhabilitadas por resolución de la S.F.P., en términos de la LAASSP. En caso de que algún licitante aparezca en el listado de proveedores sancionados o inhabilitados y esto se hubiere subsanado o exista dictamen favorable al licitante, deberá incluirlo dentro del sobre de su Proposición técnica y económica, de no hacerlo, será desechada su proposición.
6.1. PROPOSICIÓN TÉCNICA:
A. Descripción amplia y detallada de los bienes ofertados Anexo Número 13 (trece), cumpliendo estrictamente con lo señalado en el Anexo Número 20 (veinte), el cual forma parte de estas bases.
B. Una declaración firmada en forma autógrafa por el propio licitante o su representante legal, por el que manifieste bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60, de la LAASSP. Anexo Número 5 (cinco), de la presente convocatoria.
C. Escrito de declaración de integridad, a través del cual el licitante o su representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, que por si mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos involucrados en la presente licitación, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, conforme al Anexo Número 6 (seis), de la presente convocatoria.
X. Xxxxxxx por el que manifiesta no encontrarse sancionado como empresa o producto, por la Secretaría de Salud, conforme al Anexo Número 6 (seis), de la presente convocatoria.
E. Escrito por el que se obliga, en caso de resultar adjudicado, a liberar al Instituto de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione con motivo de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual a nivel Nacional o Internacional, conforme al Anexo Número 6 (seis), de la presente convocatoria.
F. Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los bienes que oferta y que entregará, serán producidos en México, y que contarán con el porcentaje de contenido nacional correspondiente. En este mismo escrito manifestará que proporcionará la información que permita verificar que los
bienes ofertados son de producción nacional y cumplen con el porcentaje de contenido nacional requerido, en los casos que así lo requiera la Secretaría de Economía, conforme al Anexo Número 7 (siete), de la presente convocatoria.
G. Los licitantes con carácter de MIPYMES, deberán indicar en el Anexo Número 13 (trece) su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, así como presentar un escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que cuentan con ese carácter conforme al Anexo Número 12 (doce) de la presente convocatoria. AQUELLOS LICITANTES QUE NO SE ENCUENTREN DENTRO DE ESTA ESTRATIFICACIÓN NO PRESENTARÁN EL ANEXO NÚMERO 12 (DOCE) Y DEJARÁN EN BLANCO LOS ESPACIOS DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA EN EL ANEXO NÚMERO 13 (TRECE).
H. En caso de que se presenten proposiciones en forma conjunta, cada una de las personas agrupadas, deberá anexar en forma individual el Anexo Número 4 (cuatro), Anexo Número 5 (cinco), Anexo Número 6 (seis), Anexo Número 7 (siete) y/o Anexo Número 8 (ocho), Anexo Número 12 (doce), además del convenio firmado por cada una de las personas que integren la proposición. Conforme al Anexo Número 10 (diez), de la presente convocatoria.
I. En caso de distribuidores, deberán entregar carta del fabricante o del titular del registro sanitario en original, en papel membretado y con firma autógrafa del mismo, en la que éste manifieste respaldar la proposición técnica que se presente, por la(s) clave(s) en la(s) que participe, conforme al Anexo Número 11 (once), el cual forma parte de la presente convocatoria. (Será suficiente con una sola carta indicando las claves que desee participar).
El licitante podrá ofertar máximo 4 (cuatro) marcas para la misma clave o partida, las cuales deberán cumplir con las especificaciones técnicas requeridas, excepto PEMEX al cual solo se ofertará una marca.
J. Copia simple de los documentos descritos en el numeral 2.1 de la presente convocatoria, según corresponda. Debiendo relacionar los documentos solicitados de la siguiente forma en el Anexo Número 1 (uno).
Ejemplo:
No. Clave | No. Registro | Propietario del Registro Sanitario | Vigencia del Registro | Solicitud de prórroga | Carta de trámite de prórroga |
010 000 0230 00 | 75735 SSA | XXXXX, S.A. de C.V. | DD/MM/AAAA | SI | SI |
010 000 1051 00 | 89578 SSA | XXXXX, S.A. de C.V. | DD/MM/AAAA | NO | NO |
A. Copia simple de los documentos indicados en el numeral 2.2, de la presente convocatoria, según corresponda. Debiendo relacionar los documentos solicitados de la siguiente forma en el Anexo Número 1 (uno).
Ejemplo:
Cantidad de Licencias Sanitaria | Cantidad de Avisos de Funcionamiento | Cantidad de Avisos del Responsable Sanitario |
DOS | UNO | DOS |
6.2. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La propuesta económica deberá realizarse por el total de la cantidad requerida por clave en la cual desea participar; es decir, deberá TOTALIZAR LA CANTIDAD MÁXIMA SOLICITADA DE CADA UNA DE LAS DEPENDENCIAS IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR, SSA Y CCINSHAE. La
cotización deberá contener el número de la clave de los bienes ofertados a catorce (14) dígitos, descripción, presentación, Registro Sanitario, Marca, país de origen, nombre y R.F.C. del fabricante, cantidad máxima, cantidad mínima, precio ofertado de los bienes, conforme al Anexo Número 13 “Proposición Económica”, el cual forma parte de ésta Convocatoria.
Así mismo se precisa que la cantidad mínima a ofertar para ser objeto de evaluación corresponderá al total de sumar el: 80% de la cantidad máxima del IMSS, 80% de la cantidad máxima de PEMEX, 60% de la cantidad máxima del ISSSTE, 100% de la cantidad máxima de la SEDENA, 100% de la cantidad máxima de la SEMAR, 100% de la cantidad máxima de la SSA y 100% de la cantidad máxima de la CCINSHAE.
Los bienes objeto de ésta Licitación deberán cotizarse en pesos mexicanos sin incluir el IVA a 2 (dos) decimales (truncado, es decir sin redondear).
En caso de que se detecte un error de cálculo en alguna proposición, se podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse
6.3. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA:
La documentación complementaria que deberá presentar el licitante, es la siguiente:
I. Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar con fotografía o cédula profesional), tratándose de personas físicas; y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
II. Copia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la sociedad y del poder notarial del representante legal que suscribe la proposición presentada; debiendo corresponder a los manifestados en el Anexo Número 4 (cuatro).
III. Anexo Número 1 (uno), el cual forma parte de la presente convocatoria, en el que se enumeran los documentos requeridos para participar, mismo que servirá de constancia de recepción de las proposiciones, asentándose dicha recepción en el acta respectiva, la no presentación de este documento, no será motivo de desechamiento.
IV. Anexo Número 23 (veintitrés), el cual forma parte de la presente convocatoria, en el que se indica las declaraciones de integridad solicitadas por la Comisión Federal de Competencia.
Además de considerar los aspectos siguientes:
A. Los licitantes que deseen participar, sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación; iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes.
B. Las proposiciones presentadas utilizando el Anexo 13 (trece) y cartas protestadas que presenten los licitantes deberán ser firmadas autógrafamente por el licitante o su representante legal, en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, no siendo motivo de desechamiento el hecho de que las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
C. En las proposiciones enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la SFP.
D. Cada uno de los documentos que integren la proposición de los licitantes y aquéllos distintos a ésta, deben estar foliados de manera continua en todas y cada una de las hojas que conforman ésta. Preferentemente deberá iniciar con el Anexo Número 13 (trece) y continuar con la demás documentación, la falta de foliado en el total de la documentación que conforma su propuesta será motivo para desechar la proposición, de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la LAASSP.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, no se desechara la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, tampoco se desechara la proposición.
7. ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL, PERSONALIDAD JURÍDICA Y NACIONALIDAD DEL LICITANTE.
7.1. EN LA SUSCRIPCIÓN DE PROPOSICIONES.
Para efectos de la suscripción de las proposiciones el licitante deberá acreditar su existencia legal y personalidad jurídica entregando un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios y en su caso, los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio correspondiente;
Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las proposiciones.
En defecto de lo anterior, el licitante podrá presentar debidamente requisitado el formato que aparece como Anexo Número 4 (cuatro), el cual forma parte de la presente convocatoria.
El domicilio que se señale en el Anexo Número 4 (cuatro) de la presente convocatoria, será aquel en el que el licitante pueda recibir todo tipo de notificaciones y documentos que resulten, además de las notificaciones que se realicen a través de COMPRANET.
7.2. EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
Los licitantes para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones, deberán enviar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, Anexo Número 4 (cuatro). Se precisa que con la presentación del Anexo Número 4 (cuatro) se da cumplimiento al numeral 7.1 y 7.2.
Asimismo, adjuntar los siguientes documentos: en tratándose de persona moral, exhibir copia simple y original o copia certificada, para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y copia de su cédula del Registro Federal de Causantes y las facultades de su representante para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado. En el caso de persona física, presentar copia legible de su cédula del Registro Federal de Causantes, así como identificación oficial vigente y copia simple de la misma (pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar con fotografía).
7.3. PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO:
PARA EL IMSS
Conforme a lo previsto en el artículo 35, fracciones I y II del Reglamento de la LAASSP, el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos:
Tratándose de personas xxxxxxx, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.
Tratándose de personas físicas, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
Asimismo el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar en la División de Contratos, escritos en papel membreteado del licitante de conformidad con lo siguiente:
Escrito en el cual manifieste que cuenta con los registros siguientes:
1. Registro Federal de Contribuyentes.
2. Registro Patronal IMSS.
3. Registro INFONAVIT.
El licitante deberá presentar declaración en la que manifieste que sus trabajadores se encuentran inscritos en el régimen obligatorio del Seguro Social, conforme a lo siguiente:
“El licitante manifiesta que sus trabajadores se encuentran inscritos en el régimen obligatorio del Seguro Social, y que se encuentra al corriente en el pago de sus cuotas obrero patronales a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social. Para tal efecto, exhibe en este acto las constancias correspondientes, debidamente emitidas por “EL INSTITUTO”, las cuales se agregan al contrato que será suscrito por mi representada”.
PARA EL ISSSTE
Deberá presentarse en la Jefatura de Servicio de Apoyo a las Adquisiciones en horas de oficina, sita en Callejón vía San Xxxxxxxx 12 4° piso, col Baxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxx Xxxxxx X.X., con la finalidad de darse de alta en el Directorio de Proveedores de la Subdirección xx Xxxxxx de Insumos Médicos para efectos de trámite de formalización de contratos y pagos, presentando los siguientes documentos:
Tratándose de personas xxxxxxx:
1. Copia simple y copia certificada del testimonio de la escritura pública y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional.
2. Copia de su cédula de identificación fiscal (RFC).
3. Copia del poder del representante legal, otorgado ante fedatario público (pudiendo ser un poder especial para estos efectos, un poder para actos de administración).
4. Copia simple de la identificación oficial vigente del representante legal con fotografía y firma.
Tratándose de personas físicas:
1. Copia simple y copia certificada del Acta de nacimiento.
2. Copia simple de identificación oficial vigente con fotografía y firma.
3. Copia de su cédula de identificación fiscal (RFC) y CURP en el caso de que no esté incluido en la cédula de identificación fiscal.
Para ambos casos (personas xxxxxxx y físicas):
1. Copia de la constancia de su domicilio fiscal.
En todos los casos, el proveedor, previo a la firma del contrato deberá entregar Carta Compromiso de Canje por si el producto no llegara a consumirse durante el periodo de su vida útil. Descrita en el Anexo Número 26.
PARA SEDENA
Se deberá entregar dentro de los 5 días naturales posteriores a la emisión del Fallo, en la Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración, para elaborar el contrato, la documentación siguiente:
1. Hoja de Acreditación de existencia legal de la empresa.
2. Consulta y respuesta del S.A.T., opinión positiva de que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
3. Cédula Fiscal de la empresa.
4. Acta Constitutiva de la empresa.
5. Poder Notarial donde se asignan facultades para el Representante Legal.
6. Fotocopia de la credencial de elector ( I.F.E) del Representante Legal.
7. Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
8. Escrito de Declaración de Integridad.
9. Escrito de caducidad de los bienes.
10. Propuestas Técnicas y Económicas.
PARA CCINSHAE
Dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del Fallo el (os) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) habrá(n) de presentar para elaboración, formalización y trámite del PEDIDO en el domicilio indicado en el numeral 3.2, los siguientes documentos:
No. | Documento | Original para cotejo | Original para expediente | Copia para expediente |
1 | Acta Constitutiva y, en su caso, sus respectivas modificaciones | X | X | |
2 | Poder Notarial del Representante Legal que firmará el acuerdo de voluntades | X | X | |
3 | Carta de no revocación de poderes | X | ||
4 | Registro Federal de Contribuyentes | X | ||
5 | Identificación oficial con fotografía del representante legal | X | ||
6 | Comprobante de domicilio fiscal | X | ||
7 | Manifiesto de integridad | X | ||
8 | Escrito de Estratificación de empresa | X | ||
9 | Propuesta Técnica y Económica en formato Word y Excel | X | ||
10 | Opinión Positiva emitida por el SAT (Art. 32-D) Vigente a la firma del Pedido. | X | ||
11 | Constancia de institución financiera que acredite la existencia de la cuenta de cheques a favor del PROVEEDOR o PRESTADOR DE SERVICIOS, misma en la que se realizarán los pagos. | X | ||
12 | Copia del último estado de cuenta bancario | X | ||
13 | En su caso, Convenio de Participación Conjunta | X | X |
7.4. EN LA FIRMA DEL CONTRATO. PARA EL IMSS
El licitante adjudicado, en tratándose de personas xxxxxxx, deberá presentar copia simple y original o copia certificada, para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, y copia legible de su cédula del Registro Federal de Contribuyentes. En el caso de personas físicas, deberá presentar copia legible de su cédula del Registro Federal de Contribuyentes, así como identificación vigente y copia simple de la misma (pasaporte, cartilla del servicio militar nacional, credencial para votar con fotografía o cedula profesional).
El licitante que resulte con adjudicación, se obliga a revisar que la información consignada en éste, relativa a los datos de nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, registro federal de contribuyentes, renglón, clave, descripción, cantidad, unidad, precio unitario, fecha de entrega, número de procedimiento y fecha de fallo, se apeguen a la convocatoria de licitación, actos del desarrollo de ésta, así como a sus Proposiciones.
PARA EL ISSSTE
Para firmar el contrato el proveedor o el representante legal de la empresa deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para archivo de la contratante, de los documentos con los que acredite su existencia legal y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, debidamente constituidos en escritura pública, misma documentación que se alude en el Anexo Número 4 y presentar identificación oficial vigente. Asimismo, el representante legal deberá entregar carta en la que manifieste que el poder que ostenta y entrega a la fecha, no le ha sido revocado ni limitado.
En el caso de licitantes extranjeros, éstos deberán presentar el escrito del Anexo Número 4 corresponda con los datos equivalentes en su país de origen, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que los documentos entregados cumplen con los requisitos necesarios para acreditar la existencia de la persona moral y del tipo o alcances jurídicos de las facultades otorgadas a sus representantes legales.
El licitante que resulte con adjudicación, se obliga a revisar que la información consignada en éste, relativa a los datos de nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, registro federal de contribuyentes, renglón, clave, descripción, cantidad, unidad, precio unitario, fecha de entrega, número de procedimiento y fecha de fallo, se apeguen a la convocatoria de licitación, actos del desarrollo de ésta, así como a sus Proposiciones.
Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado el contrato, por causas imputables a él, no lo firmara en el plazo señalado, quedará sujeto a las sanciones correspondientes en los términos de los artículos 59 y 60, de la LAASSP y 109 de su Reglamento, por lo que el ISSSTE podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente Proposición solvente más baja, siempre y cuando la diferencia en precios con respecto a la postura ganadora no sea superior al 10% (diez por ciento), tal como lo señala el artículo 46, segundo párrafo de la LAASSP. En caso de que éste último no acepte la adjudicación, el ISSSTE procederá conforme a lo que corresponda.
Adicionalmente, se entenderá que es imputable al licitante que resulte con adjudicación, si Éste no cumple con lo relativo a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales.
El ISSSTE se abstendrá de formalizar contratos con los licitantes que hayan sido inhabilitados por la SFP, y que hayan resultado con adjudicación en el procedimiento de contratación respectivo, cuando el oficio circular, emitido por dicha Dependencia, se publique y surta sus efectos jurídicos en el período comprendido entre la fecha de emisión del fallo y la que se haya previsto como límite para la formalización.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, TLAXCALA, VERACRUZ)
El licitante adjudicado deberá acudir en el lugar que indicado en el numeral 3.2 de la presente convocatoria, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, y deberá presentar de manera indispensable, original y copia fotostática la siguiente documentación:
Identificación oficial con fotografía del licitante o de su representante legal.
Original y copia de su alta ante el Registro Federal de Contibuyentes del SAT actualizado del licitante.
Acta constitutiva y sus reformas (personas xxxxxxx)
Poder notarial del representante legal (personas xxxxxxx)
Acta de nacimiento y CURP en el caso de que el licitante sea persona física.
Garantía de cumplimiento de contrato, expediente conforme a lo establecido en estos términos y condiciones.
8. ACREDITACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES.
PARA EL IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR, SSA Y CCINSHAE
(Previo a la formalización del contrato)
El Instituto no adquirirá bienes o contratará servicios con los particulares que señala en las fracciones I, II, III y IV, del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
De conformidad con dicha disposición, por cada contrato, el licitante que resulte con adjudicación y cuyo monto sea superior a $300,000.00, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), deberá presentar dentro del plazo legal para la formalización del contrato, el documento vigente expedido por el S.A.T., en el que emita opinión positiva a nombre del licitante sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo dispuesto por las Reglas I.2.1.15 y II.2.1.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, y sus actualizaciones, emitida por el S.A.T., publicada en el
D.O.F. el 28 de diciembre de 2012, o las que se encuentren vigentes al momento de la firma correspondiente.
La “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” citada en este numeral, deberá presentarse en:
Para el caso del IMSS, en la División de Contratos, ubicada en la Avenida Durango 291, 10º Piso,
Colonia Roma Norte, Código Postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F., en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
Tratándose de las propuestas conjuntas previstas en el artículo 34 de la Ley, los licitantes que resulten con adjudicación, deberán presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” por cada uno de los obligados en dicha propuesta.
En caso de que el licitante que resulte con adjudicación no presente la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” dentro del plazo establecido para la formalización del o los contratos correspondientes, o esta no sea positiva y no presente el convenio celebrado con la autoridad fiscal, el Instituto no procederá a formalizar el contrato correspondiente, conforme a lo previsto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y, en caso de proceder, se estará a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 46 de la LAASSP. Asimismo, el Instituto remitirá a la SFP la documentación de los hechos presumibles constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato, por causas imputables al licitante con adjudicación.
9. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
Los criterios que aplicarán el área solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental enviada por los licitantes conforme al Anexo Número 1 (uno), el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de la LAASSP.
Se comprobará que las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas contengan a plenitud la información, documentación y requisitos de la presente Convocatoria, la(s) Junta(s) de Aclaraciones y sus anexos, ello de conformidad al artículo 36 de la LAASSP.
La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las proposiciones.
Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados.
No se considerarán las proposiciones, cuando la cantidad de los bienes ofertados sea menor al porcentaje solicitado por la Convocante para el primer lugar, correspondiente a dos fuentes de abastecimiento y del 100% para una sola xxxxxx xx xxxxxx, señalado en el numeral 3.1 de la presente Convocatoria.
Los bienes ofertados se deberán apegar a la descripción y presentación establecida en el Anexo Número 20 (veinte) de la presente convocatoria, asimismo a la vía de administración que establece el Cuadro Básico Institucional.
9.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS.
La evaluación de las propuestas técnicas será realizada por el Jefe de Área de Cuadro Básico Institucional de Medicamentos y la evaluación legal será realizada por la División de Bienes Terapéuticos, verificando que la documentación presentada por el licitante, cumpla con los requisitos señalados en los numerales, 2.1, 2.2, 6, 6.1, 6.2 y 6.3, y sus anexos, así como los que se deriven del acto de la junta de aclaraciones y que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta.
Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes:
Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en la convocatoria.
Se verificará documentalmente que los bienes ofertados, cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en esta convocatoria, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones.
Se verificará la congruencia de los catálogos e instructivos que presenten los licitantes con lo ofertado en la proposición técnica. (solamente si el licitante los integra a su proposición)
Se verificará el cumplimiento de la proposición técnica, conforme a los requisitos establecidos en el numeral 6.1, de esta Convocatoria.
Se realizará la evaluación de las Proposiciones comparando entre sí lo solicitado y lo ofertado (cumple, no cumple), en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes.
La evaluación se hará sobre la descripción de la clave que corresponda al Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, contenido en el Cuadro Básico Institucional vigente.
Se verificará la clase ofertada conforme a la establecida en el Anexo Número 20 (veinte), considerando lo asentado en el registro sanitario que acompañe como parte de su oferta.
Se verificara que los bienes ofertados se apegan a la descripción y presentación establecida en el Anexo Número 20 (veinte) de la presente convocatoria, asimismo a la vía de administración que establece el Cuadro Básico Institucional.
9.2. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS.
Se analizarán los precios ofertados por los licitantes, las operaciones aritméticas, clave, descripción, cantidad máxima, procedencia, precio ofertado, producto denominado, nombre y R.F.C. del fabricante, de los bienes ofertados, conforme a los datos contenidos en su propuesta económica Anexo Número 13 (trece), con lo requerido en la presente convocatoria y los resultados de las OSD.
Los precios que resulten después de realizadas las pujas y sean sujetos de asignación, serán fijos durante la vigencia del contrato.
En caso de ofertar un precio con más de dos decimales, únicamente se tomará en consideración para el cálculo de su oferta hasta los dos decimales, eliminando los restantes sin redondeo.
La evaluación de las proposiciones se realizará por la clave (partida) que se haya ofertado en la misma, comparando entre sí, todos los precios ofertados por los Licitantes participantes.
9.3. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
Una vez que el IMSS haya hecho la evaluación de las proposiciones, incluyendo la evaluación de OSD, el contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de las presentes bases y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
El contrato se adjudicará a quien presente la proposición y/o OSD cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante.
De la inscripción del licitante que resulte con adjudicación, en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC).
Para los efectos de que la Convocante esté en condiciones de incorporar a COMPRANET los datos relativos a los contratos que se deriven de este procedimiento de contratación, el licitante que resulte con adjudicación de contrato, será responsable de estar inscrito y mantener actualizada su información en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) de COMPRANET, de conformidad y para los efectos de lo establecido en las disposiciones 18 y 19 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar par la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado COMPRANET, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011.
10. CAUSAS DE DESECHAMIENTO.
Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos:
A. Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria contenidos en los numerales 2.1, 2.2, 6, 6.1, 6.2 y 6.3, y sus anexos, así como los que se deriven del Acto de la Junta de Aclaraciones y que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición.
B. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
C. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP, a su Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento.
D. Cuando no cotice la totalidad de los bienes requeridos conforme al porcentaje establecido en la presente convocatoria, para el primer lugar, numeral 3.1 de la presente convocatoria.
E. Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presente convocatoria u omita la leyenda requerida.
F. Cuando la información contenida en los Registros Sanitarios y, en su caso, en los anexos resulte incompleta o incongruente respecto a las especificaciones ofertadas en la propuesta técnica.
G. Cuando no exista correspondencia en los datos asentados en su propuesta técnica- económica Anexo Número 13 (trece) entre los documentos presentados por el licitante y los documentos solicitados en el numeral 2.1 CALIDAD.
X. Cuando los documentos que exhiban los licitantes no sean legibles imposibilitando el análisis integral de la propuesta, y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte su solvencia, ésta se considerará insolvente.
I. Cuando la Convocante intentara abrir los archivos hasta tres veces, en su caso en presencia del representante del Órgano Interno de Control, con los programas Word, Excel y PDF, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a COMPRANET, la proposición se tendrá por no presentada.
X. Cuando los documentos que integren las proposiciones presentados por los participantes no estén foliados en su totalidad, será causa de desechamiento de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la LAASSP.
11. PLAZO, LUGAR, CONDICIONES DE ENTREGA Y CANJE.
11.1. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA:
PARA EL IMSS
Los bienes deberán ser entregados en los destinos incluidos en el Anexo Número 17, salvo el caso de aquellos artículos que se señalan en el Anexo Número 20 D cuyos puntos de entrega se indican en el Anexo Número 17 A. El IMSS emitirá documento de alta al proveedor directamente en el lugar donde se realiza la entrega, reiterando que el lugar de pago será en Delegaciones y UMAES.
Los bienes serán solicitados por el IMSS por medio de órdenes de reposición, en las cuales se indicará la descripción del artículo, la cantidad de piezas, la fecha y lugar de entrega. Las órdenes de reposición podrán ser de acuerdo a su naturaleza ordinarias y pertenecientes a la primera entrega de bienes.
Para todos los casos, la contabilización de los días será a partir del siguiente día natural en que la orden de reposición fue emitida por el IMSS.
Las órdenes de reposición ordinarias, tendrán un período de vigencia de 15 (quince) días naturales como entrega oportuna más un máximo de 4 (cuatro) días naturales de atraso con la aplicación de la pena convencional correspondiente.
Las órdenes correspondientes a la primera entrega del contrato serán aquellas que el IMSS emita exclusivamente entre el 2 y el 20 de diciembre del 2013 y la fecha máxima de entrega oportuna será el 10 de enero del 2014 más 4 (cuatro) días de atraso con la aplicación xx xxxxx convencionales.
En el caso de las órdenes de reposición ordinarias, el IMSS solicitará durante un mismo mes calendario una cantidad que no será superior al 20% de la cantidad máxima contratada, para lo cual se contabilizarán como órdenes emitidas durante el mismo periodo aquellas que cuentan con el mismo mes en su fecha de emisión. Para las órdenes correspondientes a la primera entrega la cantidad máxima de emisión no será superior al 20% del contrato y las cantidades por las que éstas se emitan no serán acumulables a las órdenes de reposición ordinarias.
En caso de siniestro, caso fortuito o fuerza mayor, el IMSS a través de escrito libre firmado por alguno de los titulares vigentes de las áreas citadas en el Anexo Número 21, podrán solicitar las entregas de hasta el total del saldo del contrato.
Las órdenes de reposición serán notificadas a los licitantes asignados vía Internet, a través de la Página Internet de Proveedores ubicada en la dirección electrónica (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx). La recepción de las notificaciones deberá ser confirmada a través de la misma dirección electrónica como máximo al segundo día natural de la fecha de emisión en el entendido que toda orden de reposición se dará por confirmada al tercer día natural de ser emitida la orden por el IMSS.
En caso que la Página de Internet de Proveedores no se encuentre en funcionamiento, se hará la notificación a través de las áreas de abastecimiento de nivel central y/o de cada Delegación o UMAE a través de correo electrónico o llamada telefónica, utilizando los datos de contacto que el licitante asignado plasme de acuerdo al apartado XIX, en el entendido que de no recibir respuesta al tercer día natural a partir de la notificación se dará por confirmada su recepción. Para el caso de las llamadas telefónicas se darán por confirmadas si se logra la comunicación, para este caso, el IMSS solicitará el nombre y cargo de la persona que atendió la llamada.
Es obligación de los proveedores el tramitar y contar con sus claves de acceso vigentes para acceder al Portal de Internet de Proveedores para consultar el estado de sus órdenes de reposición ya que los problemas de acceso al Portal no eximen a los proveedores de sus obligaciones.
Las órdenes de reposición podrán ser canceladas a solicitud del Instituto Mexicano del Seguro Social bajo los siguientes supuestos:
Duplicidad en la emisión.
Por notificación de la rescisión administrativa del contrato.
Terminación anticipada del contrato.
Por incumplimiento a las especificaciones técnicas de calidad.
Omisión a la solicitud de canje o recolección de bienes realizada por el IMSS, por diversos motivos (calidad, caducidad, etc.).
Problemas técnicos del sistema que emite la orden.
Por cualquier otra causa que implique algún daño o perjuicio al IMSS.
Las órdenes de reposición podrán ser canceladas a solicitud del proveedor y previo análisis por parte del IMSS, bajo los siguientes supuestos:
Cuando se solicite la entrega de narcóticos, estupefacientes y biológicos en almacenes o unidades que no cuenten con Licencia Sanitaria.
Cuando las órdenes de reposición no coincidan con la cantidad o fecha estipulada en el contrato (específicamente para el caso de los contratos cerrados).
Cuando se supere la cantidad máxima adjudicada, y no se haya hecho del conocimiento del proveedor o este no haya aceptado el incremento a la contratación.
Cuando se exceda el porcentaje máximo de emisión mensual
En el caso de que la Coordinación de Control xx Xxxxxx en el tiempo establecido no reciba la solicitud de cancelación de órdenes de reposición por exceder el porcentaje máximo de emisión mensual, se dará por asentado que el proveedor acepta realizar la entrega excedente.
La cancelación de órdenes de reposición en todos los casos solo procederá cuando esta se realice dentro de los 3 días naturales posteriores a su emisión, salvo los casos en que se conozca posterior a este periodo algún problema de calidad en los bienes que serán recibidos o en los casos en los que el IMSS haya iniciado el procedimiento de rescisión administrativa de los contratos.
La notificación de la cancelación de órdenes de reposición se informará al proveedor a través de la dirección electrónica (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx) y/o correo electrónico y/o llamada telefónica.
PARA EL ISSSTE
La entrega de los bienes se realizará con base a las solicitudes de necesidades, mismas que deberán ser entregadas a través de órdenes de suministro con 15 días hábiles mínimo de anticipación a los proveedores), para el ISSSTE (orden de suministro).
Nota: Para el caso, de que el ISSSTE, por cualquier circunstancia ajena a él, se vea impedido para recibir en el CENADI podrá cambiar el destino de entrega de los insumos adquiridos, sin costo adicional para el ISSSTE, lo anterior con la finalidad de garantizar el abasto oportuno a las unidades médicas.
PARA PEMEX
PEMEX ejercerá este contrato a través de órdenes de suministro, la orden que emita PEMEX será entregada al proveedor o transmitida vía fax o cualquier otro medio.
Las partes se obligan a llevar el saldo correspondiente de las órdenes, mismas que no podrán rebasar el presupuesto o la cantidad máxima adjudicada, ya que, si en algún momento las órdenes rebasan el presupuesto máximo adjudicado, el proveedor no deberá realizar entrega alguna de bienes, a menos que se celebre convenio modificatorio.
El proveedor sólo recibirá órdenes cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia originalmente pactada o modificada mediante el convenio respectivo.
El plazo de entrega de los bienes es de 10 (DIEZ) días naturales, contados a partir de la fecha de recepción de la orden por parte del proveedor.
Los bienes amparados en cada orden deberán entregarse por partida para lo cual el proveedor podrá suministrar durante el plazo de entrega pactado (10 días naturales), la totalidad o como mínimo el setenta (70) por ciento de la partida en una sola exhibición. En caso de entregar el faltante fuera del plazo de entrega establecido, se aplicará la pena convencional respectiva, de conformidad con el procedimiento establecido en la cláusula denominada Penas Convencionales y Deducciones.
El proveedor se obliga a entregar los bienes en el plazo pactado y de acuerdo a los términos que se precisan en el modelo de contrato indicado en el Anexo Número 18.
PARA SEDENA Y SEMAR
La entrega de los bienes será de acuerdo a las fechas contenidas en el Anexo Número 17 (diecisiete).
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA)
El ISESALUD al amparo del contrato abierto respectivo elaborará las órdenes de reposición o pedidos por fuente de financiamiento, en donde se indicará la descripción del artículo, la cantidad de piezas, la fecha y lugar de entrega. Las órdenes de reposición o pedidos podrán ser de acuerdo a su naturaleza ordinarias, extraordinarias y pertenecientes a la primera entrega de bienes.
Para todos los casos, la contabilización de los días será a partir del siguiente día natural en que la orden de reposición fue emitida por el ISESALUD.
Las órdenes de reposición o pedidos, tendrán un período de vigencia de 10 (diez) días naturales como entrega oportuna contabilizado a partir de la fecha de colocación por parte de ISESALUD, más un máximo de 4 (cuatro) días de atraso con la aplicación de la pena convencional correspondiente.
Al emitir órdenes de reposición o pedidos en su conjunto, el ISESALUD podrá solicitar durante un mismo mes calendario una cantidad que no será superior al 20% de la cantidad máxima contratada, para lo cual se contabilizarán como órdenes o pedidos emitidos durante el mismo mes aquellos que cuentan con el mismo mes en su fecha de emisión. Para las órdenes o pedidos correspondientes a la primera entrega del contrato no existirá una cantidad máxima mensual como límite de la emisión y las cantidades por las que éstas se emitan no serán acumulables a las órdenes de reposición o pedidos. En caso de siniestro, caso fortuito o fuerza mayor, el ISESALUD a través de escrito libre firmado por personal autorizado, podrá solicitar las entregas de hasta el total del saldo del contrato.
Las órdenes de reposición o pedidos serán notificadas a los licitantes asignados por correo electrónico o llamada telefónica, utilizando los datos de contacto que el licitante asignado plasme en el apartado DATOS GENERALES Y NOTIFICACIONES OFICIALES de los contratos formalizados y la confirmación de la recepción se hará mediante contestación al correo electrónico enviado por el ISESALUD en el entendido que de no recibir respuesta al tercer día natural a partir del envío del correo electrónico se dará por confirmada su recepción. Para el caso de las llamadas telefónicas se darán por confirmadas si se logra la comunicación, para este caso, el ISESALUD solicitará el nombre y cargo de la persona que atendió la llamada.
Las órdenes de reposición o pedidos podrán ser cancelados a solicitud de ISESALUD bajo los siguientes supuestos:
Duplicidad en la emisión.
Por notificación de la rescisión administrativa del contrato.
Terminación anticipada del contrato.
Por incumplimiento a las especificaciones técnicas de calidad.
Omisión a la solicitud de canje o recolección de bienes realizada por el ISESALUD, por diversos motivos (calidad, caducidad, etc.).
Problemas técnicos del sistema que emite la orden.
Por cualquier otra causa que implique algún daño o perjuicio a ISESALUD.
Las órdenes de reposición o pedidos podrán ser canceladas a solicitud del proveedor y previo análisis por parte del ISESALUD, bajo los siguientes supuestos:
Cuando se solicite la entrega de narcóticos, estupefacientes y biológicos en almacenes o unidades que no cuenten con Licencia Sanitaria
Cuando las órdenes de reposición o pedidos no coincidan con la cantidad o fecha estipulada en el contrato.
Cuando se supere la cantidad máxima adjudicada, y no se haya hecho del conocimiento del proveedor o este no haya aceptado el incremento a la contratación
Cuando se exceda el porcentaje máximo de emisión mensual
La cancelación de órdenes de reposición o pedidos en todos los casos solo procederá cuando esta se realice dentro de los 3 días naturales posteriores a su emisión, salvo los casos en que se conozca posterior a este periodo algún problema de calidad en los bienes que serán recibidos o en los casos en los que el ISESALUD haya iniciado el procedimiento de rescisión administrativa de los contratos.
La notificación de la cancelación de órdenes de reposición o pedidos se notificará al proveedor a través de correo electrónico y/o llamada telefónica.
PARA SSA (CAMPECHE)
El plazo de entrega será de 60 días naturales contabilizados a partir del 1 de enero de 2014, será una sola entrega y se realizará en el lugar indicado en el Anexo Número 17.
PARA SSA (COLIMA)
Los bienes serán solicitados por los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx por medio de pedidos que se expedirán por Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx al amparo del contrato abierto adjudicado, en los cuales se indicará la descripción del artículo, la cantidad de piezas, la fecha y lugar de entrega. Los pedidos se enviarán al menos 10 días naturales antes del inicio del plazo establecido en el Anexo Número 17, el cual se considerará como entrega oportuna, al licitante asignado al correo electrónico que plasme en el apartado datos generales y notificaciones oficiales de los contratos formalizados y la confirmación de la recepción se hará mediante contestación al correo electrónico enviado por los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx en el entendido que de no recibir respuesta al tercer día natural a partir del envío del correo electrónico se dará por confirmada su recepción.
Los pedidos correspondientes a la primera entrega del contrato serán aquellos que Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx emita exclusivamente entre el 2 y el 20 de diciembre del 2013.
El proveedor asignado se obliga a la entrega de los insumos, conforme al Anexo Número 17, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del mes que corresponda la entrega, según se indica a continuación:
Primera entrega: Enero.
Segunda entrega: Abril.
Tercera entrega: Xxxxx.
Cuarta entrega: Octubre.
No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por conceptos de fletes, maniobra de carga y descarga, seguros u otros. Debiéndose notificar previo a la entrega correspondiente al periodo señalado, deberá notificar y confirmar la fecha de entrega en el Almacén Central, debiendo hacerlo vía telefónica al número 01 312 31 414 43 con horario de lunes a viernes de las 09:00 a las 14:00 horas o en su caso al correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx estableciéndose al C.P. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx como el responsable de recepción a efecto de programar espacios de almacenaje y evitar saturación en la recepción.
PARA SSA (TLAXCALA)
El lugar de entrega será el indicado en el Anexo Número 17.
PARA SSA (VERACRUZ)
Los bienes deberán ser entregados en los plazos y destinos incluidos en el Anexo Número 17.
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Los bienes serán solicitados por los Servicios de Salud de Veracruz por medio de pedidos que se expedirán por Servicios de Salud de Veracruz al amparo del contrato abierto adjudicado, en los cuales se indicará la descripción del artículo, la cantidad de piezas, la fecha y lugar de entrega. Los pedidos se enviarán al menos 10 días naturales antes del inicio del plazo establecido en el Anexo Número 17, el cual se considerará como entrega oportuna, al licitante asignado al correo electrónico que plasme en el apartado datos generales y notificaciones oficiales de los contratos formalizados y la confirmación de la recepción se hará mediante contestación al correo electrónico enviado por los Servicios de Salud de Veracruz en el entendido que de no recibir respuesta al tercer día natural a partir del envío del correo electrónico se dará por confirmada su recepción.
Los pedidos correspondientes a la primera entrega del contrato serán aquellos que Servicios de Salud de Veracruz emita exclusivamente entre el 2 y el 20 de diciembre del 2013.
En caso de siniestro, caso fortuito o fuerza mayor, Servicios de Salud de Veracruz a través de escrito libre firmado por el Administrador del Contrato autorizado, podrán solicitar las entregas de hasta el total del saldo del contrato.
Los pedidos podrán ser cancelados a solicitud de los Servicios de Salud de Veracruz bajo los siguientes supuestos:
Duplicidad en la emisión.
Por notificación de la rescisión administrativa del contrato.
Terminación anticipada del contrato.
Por incumplimiento a las especificaciones técnicas de calidad.
Omisión a la solicitud de canje o recolección de bienes realizada por los Servicios de Salud de Veracruz, por diversos motivos (calidad, caducidad, etc.).
Por cualquier otra causa que implique algún daño o perjuicio a los Servicios de Salud de Veracruz.
Los pedidos podrán ser cancelados a solicitud del proveedor y previo análisis por parte de los Servicios de Salud de Veracruz, bajo los siguientes supuestos:
Cuando se solicite la entrega de narcóticos, estupefacientes y biológicos en almacenes o unidades que no cuenten con Licencia Sanitaria
Cuando se supere la cantidad máxima adjudicada, y no se haya hecho del conocimiento del proveedor o este no haya aceptado el incremento a la contratación
Cuando se exceda el porcentaje máximo de emisión bimestral
La cancelación de pedidos en todos los casos solo procederá cuando esta se realice dentro de los 3 días naturales posteriores a su emisión, salvo los casos en que se conozca posterior a este periodo algún problema de calidad en los bienes que serán recibidos o en los casos en los que los Servicios de Salud de Veracruz haya iniciado el procedimiento de rescisión administrativa de los contratos.
La notificación de la cancelación de pedidos se notificará al proveedor a través de correo electrónico y/o llamada telefónica, a personal autorizado.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPAATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
La entrega de los bienes será de acuerdo a lo indicado en el Anexo Número 17, como se indica a continuación:
Para el Hospital Juárez del Centro serán en los meses de febrero y agosto dentro de los primeros quince días naturales del mes.
Para el Hospital Nacional Homeopático las entregas serán en los meses xx xxxxx y agosto dentro de los primeros quince días naturales de cada mes
Para el Hospital de la Mujer las entregas serán en los meses de enero y julio dentro de los primeros quince días naturales del mes
Para el caso de los Servicios de Atención Psiquiátrica se requiere:
ÁREA(S) REQUIRENTE(S) | FECHA DE ENTREGA |
Hospital Psiquiátrico “Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 00 xx xxxxxxx xxx 0000 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Infantil “Xx. Xxxx X. Xxxxxxx”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 00 xx xxxxxxx xxx 0000 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx “Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 10 de octubre del 2014 |
Centro Comunitario de Salud Mental “Xxxxxxxxxx”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 10 de octubre del 2014 |
Centro Comunitario de Salud Mental “Iztapalapa”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 10 de octubre del 2014 |
Centro Comunitario de Salud Mental “Xxxxxxxxx”. | 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 2 de enero del 2014 máximo 10 de enero del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 xx xxxxx del 2014 máximo 11 xx xxxxx del 2014, siguiente 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de julio del 2014 máximo 11 de julio del 2014 y restante 25% del total de los bienes adjudicados de cada partida a partir del 1 de octubre del 2014 máximo 10 de octubre del 2014 |
11.2. CONDICIONES DE ENTREGA. PARA EL IMSS
El proveedor deberá entregar los bienes amparados en cada orden de reposición a más tardar cuando se concluya el plazo pactado como entrega oportuna, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se recorrerá al siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el proveedor no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación xx xxxxx convencionales.
El licitante podrá ofertar máximo 4 (cuatro) marcas para la misma clave o partida, las cuales deberán cumplir con las especificaciones técnicas requeridas. El proveedor adjudicado durante la vigencia del contrato podrá solicitar entregar bienes con otra marca distinta a las ofertadas con escrito donde justifique el caso fortuito o fuerza mayor, acompañado de los requisitos para su evaluación a la Coordinación de Control xx Xxxxxx, quien tramitará el convenio modificatorio correspondiente.
La inclusión de las marcas, contarán con las mismas condiciones establecidas en el contrato para la primera, es decir, no existirán modificaciones al precio, descuento u otra condición técnica o administrativa solicitada inicialmente.
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega serán a cargo del proveedor, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por el IMSS.
Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones descritas en el presente requerimiento, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones.
Para el caso que corresponda, será causal de la no recepción de los bienes, si estos no son entregados con los insumos relacionados con el mismo para su uso y/o consumo. De tal forma que de presentarse esta situación será considerada como un incumplimiento y se aplicará la sanción correspondiente.
Los bienes terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el presente requerimiento, los cuales deben de corresponder a la descripción del Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
El proveedor deberá entregar junto con los bienes: copia impresa de la orden de reposición en la que se indique el número de lote o de serie en su caso, fecha de caducidad (en caso de aplicar), número de piezas, descripción de los bienes, precio unitario, costo total; orden de reposición; en su caso, copia del programa de entregas; así como un informe analítico del lote a entregar emitido por el laboratorio de control de calidad del fabricante, tratándose de distribuidores, además deberá presentarlo con una etiqueta en el empaque secundario o colectivo en la que se observen su razón social, RFC y domicilio.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana para medicamento NOM-072-SSA1-2012.
Todos los productos deberán ser entregados perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarde del polvo y humedad, garantizando que los bienes se encuentren en condiciones óptimas, así como la calidad se mantenga durante el periodo de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso el bien debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperatura.
Con fundamento en el numeral 61.1 en el inciso e) de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del IMSS, los bienes que requiere el IMSS se deberán entregar con una caducidad mínima de 12 meses, no obstante los proveedores podrán entregar bienes con una caducidad mínima hasta de 9 (nueve) meses, siempre y cuando entreguen una carta compromiso, en la cual se obliguen a canjear, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para el IMSS, aquellos bienes que no
xxxx consumidos dentro de su vida útil, identificando en dicha carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.
Bajo ninguna circunstancia el IMSS aceptará bienes con caducidad inferior a 9 meses, salvo en los insumos que por su composición biológica no sea posible de acuerdo a la opinión de atención médica, el cual deberá ser avalado mediante oficio por la Coordinación de Control Técnico de Insumos (COCTI) del IMSS.
Así mismo, se verificará que el Código xx Xxxxxx que ostenten los bienes a entregar corresponda a los empaques primarios y/o secundarios, así como los relativos a los empaques colectivos, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, y a la Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en el presente, el IMSS no dará por recibidos y aceptados los bienes y se aplicará la deductiva correspondiente.
Todos los bienes que entregue el proveedor deberán contener el Código xx Xxxxxx para empaques primarios y/o secundarios, así como los correspondientes a sus empaques colectivos, debidamente registrados ante la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México), en caso de que el código xx xxxxxx no haya sufrido cambios recientes, se podrá presentar la última carta expedida por XXXXX.
La autenticidad de los códigos xx xxxxxx, deberán ser comprobados a través de una Carta de Validación la cual respalde los números base asignados por razón social. Así mismo; presentar el Reporte de Verificación de la Impresión del Código xx Xxxxxx de cada uno de los tipos de productos a entregar con calificación aprobatoria en A o B para Empaques Primarios y B o C para Empaques Secundarios o Colectivos. Ambos documentos deberán ser emitidos por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México).
De acuerdo a los estándares internacionales de codificación y a las características del empaque, los códigos a utilizar podrán ser:
Empaques Primarios:
GTIN 8 (UPC E/ EAN 8)
GTIN 12 (UPC A)
GTIN 13 (EAN 13)
Empaques Secundarios y/o Colectivos:
GTIN 14 (DUN-TIF 14)
El que no deberá modificarse durante la vigencia del contrato, para tal efecto, deberá requisitar la “Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes” Anexo Número 16, la cédula deberá ser procesada por cada una de las claves en la que los proveedores resulten adjudicados.
En caso de que en la revisión que se realice al momento de la entrega se desprenda que los códigos xx xxxxxx se encuentran fuera de las calificaciones establecidas por XXXXX deberán presentar de forma anticipada a la entrega una carta compromiso ante la Coordinación de Control xx Xxxxxx para
presentar los reportes con los parámetros solicitados para su regularización, en un término que no podrá exceder de los 60 días.
ENTREGA DIRECTA EN UNIDADES
Para las claves consideradas en el Anexo Número 20 D, el tipo de contrato será único abierto, con entrega en los hospitales de las Delegaciones y las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría especificados en el Anexo Número 17 B y el pago se efectuará en Delegaciones y UMAE´s.
Para el caso específico de las claves citadas en el Anexo Número 20 D, que pertenecen al programa de prescripción razonada (Catalogo II), se deberán considerar además las siguientes condiciones:
Confidencialidad
La participación del proveedor que resulte adjudicado, así como del o los laboratorios relacionados con la elaboración de los insumos no deberá realizar ningún tipo de contacto personal con el paciente, familiar, tutor o representante legal, sino siempre a través de los canales institucionales implementados para tal efecto.
Todo incumplimiento a lo previsto por esta cláusula, será causal de rescisión de los contratos celebrados con los proveedores asignados.
Pruebas Diagnósticas
En caso de haber sido pactado por la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios e Insumos para la Salud, el otorgamiento sin costo para el IMSS del servicio de realización de pruebas diagnósticas, la prestación del servicio deberá observar lo siguiente:
Las pruebas diagnósticas que por medio de las empresas farmacéuticas se realicen, serán sin cargo alguno para el IMSS y sin que esto medie compromiso alguno para el inicio o modificación de sus decisiones clínicas o terapéuticas.
Las pruebas diagnósticas serán solicitadas de manera indistinta por el IMSS a alguno de los proveedores adjudicados, sin ser esta una condicionante para que el tratamiento de los pacientes le sea otorgado a quien realizó dicho diagnóstico.
Los estudios de laboratorio se realizarán a solicitud específica del Instituto Mexicano del Seguro Social y el procedimiento de toma de las muestras sanguíneas, se realizará dentro de las instalaciones y el personal del mismo.
Los datos personales a los cuales pertenece la muestra será de carácter confidencial y la industria farmacéutica no tendrá acceso a ella.
La empresa farmacéutica se comprometerá a acreditar la certificación de calidad del laboratorio en el cual se procesará la muestra y entregará a este IMSS los resultados del estudio en el período de tiempo especificado para ello.
Una vez entregada la muestra al representante del proveedor adjudicado, será responsabilidad de este la logística hasta ser devuelto el resultado al IMSS.
El proveedor adjudicado asumirá el total de los costos relacionados con el proceso de pruebas diagnósticas.
Administrador del Contrato
De igual forma se señala que el titular de la Coordinación de Control xx Xxxxxx, en su calidad de Área Concentradora será quien firme los contratos en representación de los administradores de los mismos, que serán señalados por las Áreas Requirentes, además se deberá designar como representantes del área técnica a la Dra. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Jefe del Área de Cuadro Básicos de Medicamentos.
Para el caso de estos grupos de medicamentos, la distribución se realiza por paciente específico, es por ello que no es factible proporcionar con anticipación las Unidades o Delegaciones que serán receptoras de estos bienes, así como del listado nominal que se encontrará vigente para el inicio del ejercicio 2014.
Traspasos
En caso de que sea necesario realizar traspasos entre las unidades del IMSS de estos medicamentos, derivado de fallecimiento, suspensión de tratamientos o cambios de adscripción, se solicitará mediante oficio al proveedor adjudicado para que realice el traslado de los mismos.
Cabe señalar que dichos movimientos se realizarán sin cargo adicional para el IMSS en un periodo máximo de cuarenta y cinco días naturales a partir de la notificación al proveedor, cabe señalar que previamente se habrá consultado a las unidades involucradas a fin de agilizar el procedimiento.
INSPECCIÓN FÍSICA POR ATRIBUTOS Y DOCUMENTAL
El Departamento de Control de Xxxxxxx realizará la inspección física por atributos y documental para asegurar que los productos recibidos cumplen con las condiciones de calidad solicitadas por la Dirección Médica a través de procesos selectivos de verificación de la remesa de los distintos bienes, durante la recepción utilizando planes de muestreo e inspección estadística.
Es necesario que el día de la entrega, esté presente un representante del proveedor con facultad y conocimiento para que responda por cualquier anomalía que pudiera presentarse con su producto.
DOCUMENTACIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES
El proveedor previo a la recepción de los bienes que serán entregados en el CENADI deberá presentar para la inspección la siguiente documentación:
Copia del contrato.
Original para cotejo, y copia del Certificado Analítico del producto terminado (el original será devuelto); o bien, copia fotostática legible acompañada del escrito que manifieste que es copia fiel del original firmado por su responsable sanitario o responsable de su Área de control de calidad. En caso de producto de importación, el Certificado Analítico deberá contar con sello de la empresa importadora firmado por su responsable sanitario o su responsable de control de calidad.
Carta original del fabricante especificando claves, descripción, lotes y cantidades de los bienes a recepcionar.
Para productos de origen biológico (fármacos), así como hemoderivados, copia del oficios de liberación de existencias emitido por la Secretaria de Salud, o el acta de toma de muestras donde se liberan las existencias del producto, así como protocolo de fabricación.
En caso de ser distribuidor, carta original de apoyo del fabricante especificando Número de contrato, Número de licitación, clave, descripción, lotes y cantidad de los bienes a recepcionar.
Copia del oficio de la autorización del Área requirente en caso de que los bienes entregados no cumplan con la presentación con referencia al empaque, con la caducidad o la fecha de fabricación estipulada en los presentes Términos.
Copia legible del Registro Sanitario o prórroga vigente por ambos lados o constancia de no requerirlo.
Para los insumos que requieren refrigeración, el fabricante o distribuidor, invariablemente deberá presentar el reporte de red fría durante todo el proceso de transportación; así, como se señala que no se aceptarán dispositivos que no mantengan un registro puntual de la temperatura durante el periodo completo de transportación, así como tampoco aquellos que activen alarmas el cual deberá corresponder a la temperatura del producto, y no a la temperatura externa, a temperaturas superiores e inferiores al intervalo de temperatura autorizado en los proyectos de marbete o marbetes autorizados; asimismo, se solicita aclarar que el reporte de red fría solicitado deberá ser impreso y presentarlo el día de la entrega ya que el ISSSTE sólo cuenta con el sistema “Template manager sensitech”; y para los productos que contengan la leyenda de consérvese a “No más de 25ºC”, deberán ser transportados a la temperatura estipulada pudiendo el ISSSTE verificar la misma durante la entrega. (Las particularidades específicas para cada tipo de requerimiento, deberán ser enunciadas por el Área requirente).
El ISSSTE no aceptará bienes con un plazo de caducidad inferior a 12 meses, o a la autorizada en el Registro Sanitario, contados a partir de la fecha de recepción en el Almacén.
En el caso de los insumos que la SSA les otorgue 12 meses de caducidad, el ISSSTE los podrá aceptar hasta con un mes de haber sido fabricados, a partir de la fecha de recepción de los bienes en el CENADI.
Para efecto de que el proveedor requiera autorización para realizar la entrega de los bienes, con fecha de fabricación o caducidad, diferentes a las establecidas en estos Términos, invariablemente deberá presentar adjunta a su solicitud al Área requirente, una Carta Compromiso de Canje, en la que se compromete que en el supuesto de que el producto no llegara a consumirse durante el período de su vida útil, serán sustituidas las cantidades que el Área requirente le informe en un plazo no mayor a 10 días naturales a partir de la fecha de notificación, la cual será realizada por el administrador del contrato con 30 días naturales de anticipación al vencimiento de la caducidad de los bienes.
En el caso de vacunas el administrador del contrato procederá a la solicitud de canje correspondiente, con 30 días naturales de anticipación al vencimiento de la caducidad de aquellos insumos para la salud que se estima no van a ser consumidos durante el periodo de su vida útil y se cuente con carta compromiso de canje por parte de los proveedores.
Para el caso de los licitantes con adjudicación, se realizarán las pruebas de laboratorio de tercería en forma selectiva; el ingreso de los insumos en el almacén, no está condicionado a la presentación de documentación de la prueba de tercería, por lo que el licitante adjudicado a la firma del contrato presentará carta compromiso de aceptación de la prueba de tercería por lote que el ISSSTE llegara a requerir y de cubrir el importe de las mismas.
TRANSPORTACIÓN:
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, será por cuenta y riesgo del proveedor, por lo que no será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros u otros costos adicionales para el ISSSTE.
I. El proveedor será responsable del aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos de conformidad por el ISSSTE.
II. Si en la entrega de los bienes se identifican defectos que afecten su duración y funcionalidad, el ISSSTE procederá a no aceptar los mismos.
IDENTIFICACIÓN DE LOS EMPAQUES EN QUE DEBERÁN SER ENTREGADOS LOS BIENES.
El proveedor entregará los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo Número 20 de la presente Convocatoria.
El Área requirente podrá autorizar, en casos justificados mediante oficio dirigido a la Subdirección de Almacenes y Subdirección xx Xxxxxx de Insumos Médicos, únicamente la entrega de los bienes con presentación con respecto al empaque, fecha de fabricación o vida útil diferente a la establecida en estos Términos.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-2012.
El proveedor deberá entregar los bienes en cuyos marbetes se deberá indicar:
Clave, descripción, presentación como lo indican el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos del Sector Salud; con fundamento en el Acuerdo Presidencial Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre del 2002, como se especifica en el Anexo Número 20 de la presente Convocatoria.
Los envases secundarios, y si no existen estos, los primarios, deberán contener contra etiquetas sin cubrir leyendas originales, indicando la clave del bien a 12 dígitos, razón social del distribuidor.
Los proveedores que no tengan incluidas sus claves en el Departamento de Control de Calidad de la Subdirección de Almacenes, deberán solicitar a dicha Subdirección la autorización de inclusión de sus productos en el Directorio de Productos y Proveedores del citado Departamento. El proveedor deberá considerar que el ISSSTE cuenta con cinco días hábiles para dar respuesta y el oficio de inclusión es indispensable para la entrega de los bienes. Lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad aplicable en materia de calidad emitida por la Secretaria de Salud; las Normas Oficiales Mexicanas; en las Normas Técnicas de Calidad; Normas de Inspección por Atributos y Guías de Inspección emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
INCLUSIÓN DE PRODUCTOS (CLAVES) EN EL DIRECTORIO DE PRODUCTOS Y PROVEEDORES DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD DE LA SUBDIRECCIÓN DE ALMACENES
La documentación que se necesita para la inclusión es la siguiente:
Solicitud de inclusión en hoja preferentemente membretada firmada por el Representante Legal de la Empresa, dirigida al titular de la Subdirección de Almacenes, mencionando la clave, descripción apegada a la de los Cuadros Básicos y Catálogos del Sector Salud vigentes, Venta al Público o Sector Salud y el fabricante.
Copia legible por ambos lados del registro sanitario vigente y sus anexos. Para el caso de los productos que no requieren Registro Sanitario, documento emitido por la Secretaría de Salud que indique que el producto no requiere de dicho Registro.
Copia legible de la Licencia Sanitaria para fabricantes y distribuidores o en su caso, Aviso de Funcionamiento, ambos vigentes.
Copia legible del Aviso del Responsable Sanitario vigente, tanto del fabricante como del distribuidor.
Copia legible de los proyectos de marbete autorizados por la COFEPRIS.
Dos muestras física del material de acondicionamiento (caja, frasco, etiqueta, estuche, bolsa, etc.).
Para el caso de productos de importación la COFEPRIS autoriza contra etiquetas, mismas que deberán contener las leyendas autorizadas en los proyectos de xxxxxxx.
En el caso de los distribuidores, carta del fabricante en original en la que se especifique la clave, descripción, presentación y origen del producto en el cual se comprometen a apoyar al distribuidor.
Sistema de Lotificación.
Así mismo las inclusiones quedarán sin efecto en caso de que hubiera alguna modificación a las condiciones del registro sanitario y sus anexos.
Siempre que el proveedor cumpla con lo anterior, se procederá a informarle mediante oficio la inclusión de la (s) clave(s) en el Directorio de Referencia, cuya vigencia quedará sujeta a las modificaciones o adecuaciones del Registro Sanitario y sus anexos; así como en lo que, ordena la normatividad aplicable.
El ISSSTE no aceptará lotes fraccionados, las cajas deberán contener la misma cantidad de piezas solicitadas y deberá venir en fajillas de 10 a 12 piezas (dependiendo de la naturaleza de los bienes a adquirir se precisará si deben venir o no enfajillado el producto).
VERIFICACIÓN DE CARACTERÍSTICAS.
El ISSSTE, a través de la Jefatura de Servicios de Coordinación de Almacenes Regionales, con el apoyo del Departamento de Control de Calidad, ambos dependientes de la Subdirección de Almacenes, realizará la verificación física de las características de los bienes y plazos de entrega establecidos por la Dirección Médica que los proveedores presenten para dar cumplimiento a lo estipulado en la Convocatoria y en el contrato, y se tendrán por recibidos, hasta que el Departamento de Almacenaje y Distribución Sureste les entregue el original de la remisión debidamente autorizada, por lo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos.
La elaboración, formalización y seguimiento de las entregas de manera documental, estará a cargo del Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos, adscrito a la Jefatura de Servicios de Adquisición de Medicamentos, de la Subdirección xx Xxxxxx de Insumos Médicos.
De acuerdo con lo anterior, el proveedor, desde el momento de la manifestación de su interés en participar en este procedimiento de contratación y con la entrega de sus proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, acepta que los bienes que entregará al ISSSTE deberán cumplir con las especificaciones de la convocatoria y del contrato, así como que la Subdirección de Almacenes por parte del ISSSTE realizará la verificación de dichas especificaciones, por lo que hasta en tanto ello no se cumpla, no se tendrán por recibidos.
PARA PEMEX
Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PEMEX, lugar de destino, el número del contrato y de la orden, el número de la solicitud de pedido y el número xx xxxxxxx, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos.
Los medicamentos deberán ser entregados en el Almacén de Concentración designado por Petróleos Mexicanos, estos deberán de entregarse con el empaque principal y secundario, que el fabricante haya diseñado para conservar su presentación original.
Se deberá presentar copia fotostática del certificado analítico del lote del medicamento que se entregue en el Almacén de Concentración designado por Petróleos Mexicanos, lo anterior se requiere para verificar que se mantienen los estándares autorizados por la Secretaría de Salud, cada vez que se cambie el lote deberá presentarse dicho certificado.
Los empaques primarios y secundarios, así como los propios medicamentos deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus reglamentos, los marbetes autorizados por la dirección general de control de insumos para la salud, dependientes de la Secretaría de Salud, que acompañen al medicamento deberán ser en español.
Los marbetes autorizados por la dirección general de control de insumos para la salud, dependientes de la Secretaría de Salud, que acompañen al medicamento deberán ser en español, los marbetes indicarán además de lo establecido en la ley general de salud, el principio activo del medicamento, número de lote, fecha de caducidad, cantidad, dirección y razón social del fabricante y el número de registro otorgado por la Secretaría de Salud (sin cubrir leyendas originales), salvo los medicamentos considerados como no medicinales. (NOM-072-SSA1-1993).
Los empaques para el traslado los determinará el proveedor, en la inteligencia de que deberán garantizar que el medicamento se conserve en condiciones óptimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del medicamento se mantenga durante el período de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso, el medicamento debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperatura. Los empaques primarios y secundarios, así como los propios medicamentos deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la ley general de salud y sus reglamentos.
Los medicamentos que no requieran refrigeración, deberán ser entregados en cajas de cartón y flejadas, dentro de las cuales se podrán poner en bolsas de plástico, no se aceptará la entrega en bolsas de plástico solamente; los medicamentos que requieran refrigeración deberán ser entregados en cajas de unicel con conservador y con hielo.
El período de caducidad de los medicamentos, a partir de la fecha de entrega, será mínimo de un año.
Los bienes que requiere Pemex se deberán entregar con una caducidad mínima de 12(doce) meses, no obstante el proveedor podrá entregar bienes con una caducidad mínima hasta de 9(nueve) meses, siempre y cuando entregue una carta compromiso en la cual se obligue a canjear, dentro de un plazo de 15(quince) días, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para Pemex, aquellos bienes que no sean consumidos dentro de su vida útil. Identificando dentro de su carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote .Bajo ninguna circunstancia Pemex, aceptara bienes con caducidad menor a 9(nueve meses), salvo en los insumos que por su composición biológica no sea posible de acuerdo a la opinión de atención médica, el cual deberá ser avalado mediante oficio de la Coordinación Nacional de Servicios Médicos de PEMEX.
El Encargado Responsable de la Recepción, representante de la Subdirección de Servicios de Salud de Petróleos Mexicanos, al momento de realizar la recepción de los medicamentos, verificaran visualmente del empaque primario o secundario que estos cumplan las especificaciones de los bienes establecidas en el contrato y en las Órdenes de Suministro.
En caso de incumplimiento con lo anterior, no se recibirán los medicamentos y se considerarán como faltantes en la orden de suministro.
Requisitos que deberá de reunir la remisión.
Incluir número de la Orden de Suministro.
Incluir número del contrato “SSS-GAF- -20 .
Totalización de partidas, piezas e importe.
PARA LA SEMAR
El proveedor deberá entregar los bienes con base a las claves de catálogo, gramaje, presentación y cantidad solicitados, nuevos en su empaque original, etiquetados y rotulados para su transportación terrestre; en condiciones físicas idóneas, con fecha de caducidad mínima de doce meses al momento de la entrega.
La transportación de los bienes y las maniobras de carga y descarga en el lugar de entrega, serán a cargo del proveedor. Así como el aseguramiento de los bienes hasta que estos sean recibidos completos a satisfacción del área usuaria.
Los códigos xx xxxxxx de los bienes deberán estar sujetos a las normas internacionales de codificación, y a la cédula de actualización de los números de códigos xx xxxxxx, pesos y volúmenes.
La dependencia realizará en los almacenes y establecimientos médicos navales al momento de la entrega y durante la vida útil de los bienes, evaluaciones analíticas del etiquetado, calidad y contenido del producto, para verificar que cumplan con las especificaciones idóneas conforme a la normatividad sanitaria vigente, informando a la contratante de los incumplimientos en que incurra el proveedor a tavés del área requirente, remitiendo la información necesaria a la Dirección General Adjunta de Sanidad Naval.
Garantía técnica de los bienes ofertados: el proveedor deberá garantizar los bienes de acuerdo a su propia naturaleza y quedará obligado ante la dependencia a responder de la calidad de los mismos a partir de su entrega al usuario final contra defectos de fabricación.
El proveedor acepta que será responsable de entregar los bienes, por lo que deberá de tomar las medidas necesarias para entregarlo en tiempo y forma, los cuales solo se tendrán por recibidos o aceptados mediante la exhibición del acta de entrega recepción y vale que acredite su entrega debidamente sellados y firmados por los funcionarios facultados de la dependencia.
PARA LA SSA (BAJA CALIFORNIA)
El proveedor deberá entregar los bienes amparados en cada orden de reposición o pedido a más tardar cuando se concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se recorrerá al siguiente día hábil siguiente sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el proveedor no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contaran como naturales para efectos de la aplicación xx xxxxx convencionales.
El ISESALUD exclusivamente recibirá productos con las especificaciones técnicas requeridas y con las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado.
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega serán a cargo del proveedor, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por ISESALUD.
Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme a las especificaciones técnicas requeridas y a las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado, así como con las condiciones descritas en el presente requerimiento, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones.
Para el caso que corresponda, será causal de la no Recepción de los bienes, si estos no son entregados con los insumos relacionados con el mismo para su uso y/o consumo. De tal forma que de presentarse esta situación será considerada como un incumplimiento y se aplicará la sanción correspondiente.
Los bienes terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el presente requerimiento, los cuales deben de corresponder a la descripción del Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
El proveedor deberá entregar junto con los bienes: copia impresa de la orden de reposición o pedido en la que se indique el número de lote o de serie en su caso, fecha de caducidad (en caso de aplicar), número de piezas, descripción de los bienes, precio unitario, costo total; orden de reposición o número de pedido; en su caso, copia del programa de entregas; así como un informe analítico del lote a entregar emitido por el laboratorio de control de calidad del fabricante, tratándose de distribuidores, además deberá presentarlo con una etiqueta en el empaque secundario o colectivo en la que se observen su razón social, RFC y domicilio.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana para medicamento NOM-072-SSA1-2012.
Todos los productos deberán ser entregados perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarde del polvo y humedad, garantizando que los bienes se encuentren en condiciones óptimas, así como la calidad se mantenga durante el periodo de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso el bien debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperartura.
Los bienes que requiere el ISESALUD se deberán entregar con una caducidad mínima de 12 meses, no obstante los proveedores podrán entregar bienes con una caducidad mínima hasta de 9 (nueve) meses, siempre y cuando entreguen una carta compromiso, en la cual se obliguen a canjear, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para el ISESALUD, aquellos bienes que no sean consumidos dentro de su vida útil, identificando en dicha carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.
Bajo ninguna circunstancia el ISESALUD aceptará bienes con caducidad inferior a 9 meses, salvo en los insumos que por su composición biológica no sea posible de acuerdo a la opinión del Área Técnica del ISESALUD.
Así mismo, se verificará que el Código xx Xxxxxx que ostenten los bienes a entregar corresponda a los empaques primarios y/o secundarios, así como los relativos a los empaques colectivos, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, y a la Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en el presente, el ISESALUD no dará por recibidos y aceptados los bienes y se aplicará la deductiva correspondiente.
Todos los bienes que entregue el proveedor deberán contener el Código xx Xxxxxx para empaques primarios y/o secundarios, así como los correspondientes a sus empaques colectivos, debidamente registrados ante la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México), en caso de que el código xx xxxxxx no haya sufrido cambios recientes, se podrá presentar la última carta expedida por XXXXX.
La autenticidad de los códigos xx xxxxxx, deberán ser comprobados a través de una Carta de Validación la cual respalde los números base asignados por razón social. Así mismo; presentar el Reporte de Verificación de la Impresión del Código xx Xxxxxx de cada uno de los tipos de productos a entregar con calificación aprobatoria en A o B para Empaques Primarios y B o C para Empaques Secundarios o Colectivos. Ambos documentos deberán ser emitidos por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México).
De acuerdo a los estándares internacionales de codificación y a las características del empaque, los códigos a utilizar podrán ser:
Empaques Primarios:
GTIN 8 (UPC E/ EAN 8)
GTIN 12 (UPC A)
GTIN 13 (EAN 13)
Empaques Secundarios y/o Colectivos:
GTIN 14 (DUN-TIF 14)
El que no deberá modificarse durante la vigencia del contrato, para tal efecto, deberá requisitar la “Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes”, la cédula deberá ser procesada por cada una de las claves en la que los proveedores resulten adjudicados.
En caso de que en la revisión que se realice al momento de la entrega se desprenda que los códigos xx xxxxxx se encuentran fuera de las calificaciones establecidas por XXXXX deberán presentar de forma anticipada a la entrega una carta compromiso ante el Encargado xx Xxxxxx en ISESALUD para presentar los reportes con los parámetros solicitados para su regularización, en un término que no podrá exceder de los 60 días.
PARA LA SSA (CAMPECHE)
El proveedor deberá entregar los bienes amparados en el contrato a más tardar cuando se concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se recorrerá al siguiente día hábil siguiente sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el proveedor no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación xx xxxxx convencionales.
El INDESALUD exclusivamente recibirá productos con las especificaciones técnicas requeridas y con las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado.
La cantidad total de la clave que se reciba será de preferencia de un solo lote o bien el 50% de un lote y el otro 50% puede cubrirse hasta con 2 lotes máximo, siendo esta de un solo fabricante.
Los renglones adjudicados deben ser entregados en su totalidad. No se aceptarán por parcialidades.
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega serán a cargo del proveedor, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por INDESALUD.
Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme a las especificaciones técnicas requeridas y a las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado, así como con las condiciones descritas en el presente requerimiento, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones.
Para el caso que corresponda, será causal de la no Recepción de los bienes, si estos no son entregados con los insumos relacionados con el mismo para su uso y/o consumo. De tal forma que de presentarse esta situación será considerada como un incumplimiento y se aplicará la sanción correspondiente.
Los bienes terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el presente requerimiento,
los cuales deben de corresponder a la descripción del Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
El proveedor deberá entregar junto con los bienes: copia impresa del contrato en la que se indique el número de lote o de serie en su caso, fecha de caducidad (en caso de aplicar), número de piezas, descripción de los bienes, precio unitario, costo total; en su caso, copia del programa de entregas; así como un informe analítico del lote a entregar emitido por el laboratorio de control de calidad del fabricante, tratándose de distribuidores, además deberá presentarlo con una etiqueta en el empaque secundario o colectivo en la que se observen su razón social, RFC y domicilio.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana para medicamento NOM-072-SSA1-2012 y para material de curación, radiológico y laboratorio NOM-137-SSA1-2008.
Todos los productos deberán ser entregados perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarde del polvo y humedad, garantizando que los bienes se encuentren en condiciones óptimas, así como la calidad se mantenga durante el periodo de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso el bien debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperartura.
El INDESALUD requiere una caducidad mínima de 12 meses para medicamentos, contabilizada a partir de la fecha de recepción de los mismos.
Bajo ninguna circunstancia el INDESALUD aceptarán bienes con caducidad inferior a 12 meses, salvo en los insumos que por su composición no sea posible técnica o científicamente, caso en el cual la caducidad mínima aceptable será de 9 meses, en tal caso el proveedor deberá entregar una carta compromiso explicando los motivos por los cuales no es posible entregar con el periodo de caducidad requerido y en la cual se obliga a canjear, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para el INDESALUD, aquellos bienes que no sean consumidos dentro de su vida útil, identificando en dicha carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.
Así mismo, se verificará que el Código xx Xxxxxx que ostenten los bienes a entregar corresponda a los empaques primarios y/o secundarios, así como los relativos a los empaques colectivos, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, y a la Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en el presente, el INDESALUD no dará por recibidos y aceptados los bienes y se aplicará la deductiva correspondiente.
Todos los bienes que entregue el proveedor deberán contener el Código xx Xxxxxx para empaques primarios y/o secundarios, así como los correspondientes a sus empaques colectivos, debidamente registrados ante la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México), en caso de que el código xx xxxxxx no haya sufrido cambios recientes, se podrá presentar la última carta expedida por XXXXX.
La autenticidad de los códigos xx xxxxxx, deberán ser comprobados a través de una Carta de Validación la cual respalde los números base asignados por razón social. Así mismo; presentar el Reporte de Verificación de la Impresión del Código xx Xxxxxx de cada uno de los tipos de productos a entregar con calificación aprobatoria en A o B para Empaques Primarios y B o C para Empaques Secundarios o Colectivos. Ambos documentos deberán ser emitidos por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México).
De acuerdo a los estándares internacionales de codificación y a las características del empaque, los códigos a utilizar podrán ser:
Empaques Primarios:
GTIN 8 (UPC E/ EAN 8)
GTIN 12 (UPC A)
GTIN 13 (EAN 13)
Empaques Secundarios y/o Colectivos:
GTIN 14 (DUN-TIF 14)
El que no deberá modificarse durante la vigencia del contrato, para tal efecto, deberá requisitar la “Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes”, la cédula deberá ser procesada por cada una de las claves en la que los proveedores resulten adjudicados.
En caso de que en la revisión que se realice al momento de la entrega se desprenda que los códigos xx xxxxxx se encuentran fuera de las calificaciones establecidas por XXXXX deberán presentar de forma anticipada a la entrega una carta compromiso ante el Encargado xx Xxxxxx en INDESALUD para presentar los reportes con los parámetros solicitados para su regularización, en un término que no podrá exceder de los 60 días.
PARA LA SSA (COLIMA)
El proveedor deberá entregar los bienes amparados en el contrato a más tardar en las fechas establecidas en el apartado de Plazo, Lugar y Condición de Entrega y el Anexo Número 17. En caso de no entregar en estas fechas, se aplicarán las penas convencionales respectivas.
Los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx exclusivamente recibirán productos con las especificaciones técnicas requeridas y con las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado.
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega serán a cargo del proveedor, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx.
Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con a las especificaciones técnicas requeridas y a las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado, así como con las condiciones descritas en el presente requerimiento, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones.
Para el caso que corresponda, será causal de la no Recepción de los bienes, si estos no son entregados con los insumos relacionados con el mismo para su uso y/o consumo. De tal forma que de presentarse esta situación será considerada como un incumplimiento y se aplicará la sanción correspondiente.
Los bienes terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el presente requerimiento, los cuales deben de corresponder a la descripción del Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
El proveedor deberá entregar junto con los bienes: copia impresa del pedido en la que se indique el número de lote o de serie en su caso, fecha de caducidad (en caso de aplicar), número de piezas, descripción de los bienes, precio unitario, costo total; número de pedido; en su caso, copia del programa de entregas; así como un informe analítico del lote a entregar emitido por el laboratorio de control de calidad del fabricante, tratándose de distribuidores, además deberá presentarlo con una etiqueta en el empaque secundario o colectivo en la que se observen su razón social, RFC y domicilio.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana para medicamento NOM-072-SSA1-2012 y para material de curación, radiológico y laboratorio NOM-137-SSA1-2008.
Todos los productos deberán ser entregados perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarde del polvo y humedad, garantizando que los bienes se encuentren en condiciones óptimas, así como la calidad se mantenga durante el periodo de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso el bien debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperatura.
Los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx requieren una caducidad mínima de 12 meses para medicamentos, contabilizada a partir de la fecha de recepción de los mismos.
Bajo ninguna circunstancia los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx aceptarán bienes con caducidad inferior a 12 meses, salvo en los insumos que por su composición no sea posible técnica o científicamente, caso en el cual el proveedor deberá entregar una carta compromiso explicando los motivos por los cuales no es posible entregar con el periodo de caducidad requerido y en la cual se obliga a canjear, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx, aquellos bienes que no sean consumidos dentro de su vida útil, identificando en dicha carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.
Así mismo, se verificará que el Código xx Xxxxxx que ostenten los bienes a entregar corresponda a los empaques primarios y/o secundarios, así como los relativos a los empaques colectivos, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, y a la Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en el presente, los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx no dará por recibidos y aceptados los bienes y se aplicará la deductiva correspondiente.
Todos los bienes que entregue el proveedor deberán contener el Código xx Xxxxxx para empaques primarios y/o secundarios, así como los correspondientes a sus empaques colectivos, debidamente
registrados ante la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México), en caso de que el código xx xxxxxx no haya sufrido cambios recientes, se podrá presentar la última carta expedida por XXXXX.
La autenticidad de los códigos xx xxxxxx, deberán ser comprobados a través de una Carta de Validación la cual respalde los números base asignados por razón social. Así mismo; presentar el Reporte de Verificación de la Impresión del Código xx Xxxxxx de cada uno de los tipos de productos a entregar con calificación aprobatoria en A o B para Empaques Primarios y B o C para Empaques Secundarios o Colectivos. Ambos documentos deberán ser emitidos por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México).
De acuerdo a los estándares internacionales de codificación y a las características del empaque, los códigos a utilizar podrán ser:
Empaques Primarios:
GTIN 8 (UPC E/ EAN 8)
GTIN 12 (UPC A)
GTIN 13 (EAN 13)
Empaques Secundarios y/o Colectivos:
GTIN 14 (DUN-TIF 14)
El que no deberá modificarse durante la vigencia del contrato, para tal efecto, deberá requisitar la “Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes”, la cédula deberá ser procesada por cada una de las claves en la que los proveedores resulten adjudicados.
En caso de que en la revisión que se realice al momento de la entrega se desprenda que los códigos xx xxxxxx se encuentran fuera de las calificaciones establecidas por XXXXX deberán presentar de forma anticipada a la entrega una carta compromiso ante Dirección de Administración de Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx para presentar los reportes con los parámetros solicitados para su regularización, en un término que no podrá exceder de los 60 días.
PARA LA SSA (TLAXCALA)
El proveedor deberá realizar la entrega de los bienes adjudicados, presentando en orden la siguiente documentación:
7 copias de la factura (cuando la entrega sea el total de claves del pedido) o 7 copias de la(s) nota(s) de remisión (cuando la entrega sea de forma parcial). en la factura o en la remisión con la que se entreguen los medicamentos deberán indicar: lote, fecha de caducidad por renglón, así como el número de licitación.
4 copias del pedido autorizado por “Salud de Tlaxcala”
Certificado analítico por clave y/o carta de vicios ocultos según lo mencionado anteriormente.
Carta de garantía de canje, en su caso, por caducidad del medicamento (con lote y cantidad)
Carta del Fabricante y/o laboratorio de procedencia. (no se aceptarán los productos de procedencia mencionada con anterioridad.)
En caso de que el proveedor solicite por escrito el cambio de marca, gramaje, medida o cualquier característica en la descripción de las claves adjudicadas, y sólo en caso de que se
autorice por escrito por el Jefe de Recursos Materiales y Servicios Generales, de “Salud de Tlaxcala” dicho cambio, deberá presentar la autorización correspondiente.
La forma de transporte que utilice el proveedor, será bajo su absoluta responsabilidad y deberá garantizar la entrega de los bienes, en condiciones optimas, tales que preserven la calidad durante el transporte.
La transportación de los bienes, seguro y maniobras de descarga en los almacenes de la contratante no implicará costos adicionales a cargo de la misma, quedando estos a cargo del proveedor.
Cualquier parte que resulte dañada, por defectos de transporte será devuelto al proveedor y deberá ser sustituido a satisfacción de la contratante.
PARA SSA (VERACRUZ)
El proveedor deberá entregar los bienes amparados en cada pedido a más tardar cuando se concluya el plazo pactado establecido en el Anexo Número 17, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se recorrerá al siguiente día hábil siguiente sin dar lugar a la aplicación xx xxxxx convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el proveedor no entrega los bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contaran como naturales para efectos de la aplicación xx xxxxx convencionales.
Los Servicios de Salud de Veracruz exclusivamente recibirán productos con las especificaciones técnicas requeridas y con las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado.
La transportación de los bienes, las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega serán a cargo del proveedor, así como el aseguramiento de los bienes, hasta que estos sean recibidos de conformidad por Servicios de Salud de Veracruz.
Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación visual aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme a las especificaciones técnicas requeridas y a las marcas ofertadas por el proveedor adjudicado, así como con las condiciones descritas en el presente requerimiento, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones.
Para el caso que corresponda, será causal de la no Recepción de los bienes, si estos no son entregados con los insumos relacionados con el mismo para su uso y/o consumo. De tal forma que de presentarse esta situación será considerada como un incumplimiento y se aplicará la sanción correspondiente.
Los bienes terapéuticos que se entreguen deberán apegarse estrictamente a las especificaciones, descripciones, presentaciones y demás características que se indican en el presente requerimiento, los cuales deben de corresponder a la descripción del Cuadro Básico Institucional de Insumos para la Salud y/o Catálogo General de Artículos del IMSS.
El proveedor deberá entregar junto con los bienes: copia del pedido en la que se indique el número de lote o de serie en su caso, fecha de caducidad (en caso de aplicar), número de piezas, descripción de los bienes, precio unitario, costo total; número de pedido; en su caso, copia del programa de entregas; así como un informe analítico del lote a entregar emitido por el laboratorio de control de
calidad del fabricante, tratándose de distribuidores, además deberá presentarlo con una etiqueta en el empaque secundario o colectivo en la que se observen su razón social, RFC y domicilio.
Los envases primarios y secundarios, deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y su Reglamento, conforme a los marbetes autorizados por la COFEPRIS y la Norma Oficial Mexicana para medicamento NOM-072-SSA1-2012.
Todos los productos deberán ser entregados perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarde del polvo y humedad, garantizando que los bienes se encuentren en condiciones óptimas, así como la calidad se mantenga durante el periodo de caducidad, a las condiciones del medio ambiente, o bien en refrigeración, si así lo requiere el manejo del material, en este último caso el bien debe incluirse en sistema de red fría para su transporte y almacenaje, demostrando el cumplimiento mediante el registro de temperatura.
Los Servicios de Salud de Veracruz requieren una caducidad mínima de 12 meses para medicamentos y material de curación, contabilizada a partir de la fecha de recepción de los mismos. Bajo ninguna circunstancia los Servicios de Salud de Veracruz aceptarán bienes con caducidad inferior a 12 meses, salvo en los insumos que por su composición no sea posible técnica o científicamente, caso en el cual el proveedor deberá entregar una carta compromiso explicando los motivos por los cuales no es posible entregar con el periodo de caducidad requerido y en la cual se obliga a canjear, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a que sea notificado el canje, sin costo alguno para los Servicios de Salud de Veracruz, aquellos bienes que no sean consumidos dentro de su vida útil, identificando en dicha carta, la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.
Así mismo, se verificará que el Código xx Xxxxxx que ostenten los bienes a entregar corresponda a los empaques primarios y/o secundarios, así como los relativos a los empaques colectivos, de acuerdo a las normas internacionales de codificación, y a la Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega establecidas en el presente, los Servicios de Salud de Veracruz no dará por recibidos y aceptados los bienes y se aplicará la deductiva correspondiente.
Todos los bienes que entregue el proveedor deberán contener el Código xx Xxxxxx para empaques primarios y/o secundarios, así como los correspondientes a sus empaques colectivos, debidamente registrados ante la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México), en caso de que el código xx xxxxxx no haya sufrido cambios recientes, se podrá presentar la última carta expedida por XXXXX.
La autenticidad de los códigos xx xxxxxx, deberán ser comprobados a través de una Carta de Validación la cual respalde los números base asignados por razón social. Así mismo; presentar el Reporte de Verificación de la Impresión del Código xx Xxxxxx de cada uno de los tipos de productos a entregar con calificación aprobatoria en A o B para Empaques Primarios y B o C para Empaques Secundarios o Colectivos. Ambos documentos deberán ser emitidos por la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico (AMECE GS1 México).
De acuerdo a los estándares internacionales de codificación y a las características del empaque, los códigos a utilizar podrán ser:
Empaques Primarios:
GTIN 8 (UPC E/ EAN 8)
GTIN 12 (UPC A)
GTIN 13 (EAN 13)
Empaques Secundarios y/o Colectivos:
GTIN 14 (DUN-TIF 14)
El que no deberá modificarse durante la vigencia del contrato, para tal efecto, deberá requisitar la “Cédula de actualización de números de Códigos xx Xxxxxx, Pesos y Volúmenes”, la cédula deberá ser procesada por cada una de las claves en la que los proveedores resulten adjudicados.
En caso de que en la revisión que se realice al momento de la entrega se desprenda que los códigos xx xxxxxx se encuentran fuera de las calificaciones establecidas por XXXXX deberán presentar de forma anticipada a la entrega una carta compromiso ante la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud de Veracruz para presentar los reportes con los parámetros solicitados para su regularización, en un término que no podrá exceder de los 60 días.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
Los Licitantes adjudicados deberán entregar muestras para análisis sin cargos adicionales, conforme al cuadro de muestras incluido en el “Instructivo para el Programa de Muestreo Periódico Permanente”, conforme a lo indicado en el Anexo Número 28, en la Dirección de Suministros en el Departamento de Control de Calidad de la Secretaría de Salud, sita en Poniente 44 No. 3915, Col. San Xxxxxxxx Xochimanca, Delegación Azcapotzalco, C. P. 06030, México, D. F., en un horario de 9:00 a 14:00 horas, la cantidad de muestras necesarias para su análisis no afectarán la cantidad total de la entrega estipulada en el CONTRATO(S)/PEDIDO(S) correspondiente(s).
El muestreo se realizará al momento de su recepción.
Será Responsabilidad del(los) Licitante(s) Adjudicado(s), el proporcionar al momento de la entrega, en cada uno de los Almacenes de Farmacia del(las) Área(s) Requirente(s); una Carta Compromiso en formato libre, firmada autógrafamente por el LICITANTE(S), o su representante legal, a través de la cual se comprometa a dar cumplimiento al “Programa de Muestreo Periódico Permanente” para aquellos BIENES que así lo requieran, en términos del instructivo que para tal efecto se incluye en Anexo Número 28.
El horario para la recepción de BIENES e Inspección Física por atributos, conforme al “Instructivo para la entrega de los BIENES en los Almacenes de la SECRETARÍA DE SALUD”, según Anexo número 29 incluido en la presente Convocatoria, será de las 9:00 a las 14:00 horas, de lunes a viernes, en días hábiles.
El costo de los análisis será cubierto por el PROVEEDOR(ES), para lo cual deberá acudir a partir de la firma del CONTRATO(S)/PEDIDO(S) al lugar antes citado para que le sea indicado por escrito: clave y número de muestras susceptibles de ser analizadas que deberán ser de uno de los lotes que entregará a los SAP. Las muestras de cada clave seleccionada deben ser proporcionadas en el tiempo y forma que indique el escrito antes referido.
El muestreo se realizará al momento de su recepción.
Sera Responsabilidad del(los) Licitante(s) Adjudicado(s), el proporcionar al momento de la entrega, en cada uno de los Almacenes de Farmacia del(las) Área(s) Requirente(s); una Carta Compromiso en formato libre, firmada autógrafamente por el LICITANTE(S), o su representante legal, a través de la cual se comprometa a dar cumplimiento al “Programa de Muestreo Periódico Permanente” para aquellos BIENES que así lo requieran en términos del instructivo que para tal efecto se incluye en el presente apartado de esa convocatoria.
Los insumos a presentar serán de acuerdo a especificaciones y presentaciones que marca el CUADRO BÁSICO de Insumos del Sector Salud que corresponda.
Todos los insumos médicos que requieren refrigeración, por la distancia recorrida (almacenes del PROVEEDOR(ES) a los almacenes de las unidades requirentes indicados en el Anexo 17, el transporte deberá tener cabina con refrigeración (thermoking) funcionando, además el insumo (medicamento o vacuna) debe estar empacado con las cajas de poliuretano correctas, con gel refrigerante congelado, teniendo en todo momento la temperatura adecuada en el interior de las cajas de poliuretano, así como de la cabina de refrigeración para el tipo de insumo, conforme lo indique las etiquetas autorizadas del fabricante y de acuerdo a lo estipulado por la Ley General de Salud.
PARA EL CASO DE MEDICAMENTOS GENERICOS (G.) SE DEBERÁ CONSIDERAR LO SIGUIENTE:
Para el caso de Medicamentos Genéricos (G.) deberá cumplir con lo siguiente: Catálogo de Medicamentos Genéricos (G.), vigente para el Sector Salud y/o sus actualizaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación, así como las normas establecidas en el presente anexo técnico.
Los envases primarios y secundarios y/o colectivos deberán identificarse de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y sus Reglamentos y conforme a los marbetes autorizados y marbetes autorizados para Medicamentos Genéricos (G.) por la COFEPRIS. Y podrán ser entregados indistintamente en la presentación del Sector Salud o en la presentación comercial, que para medicamentos genéricos deberá ostentar el símbolo G, en ambos casos los marbetes indicarán además de lo establecido en la Ley General de Salud, el nombre genérico, descripción del bien, clave del CUADRO BÁSICO institucional, número de lote, fecha de caducidad y/o fecha de fabricación, cantidad, razón social y domicilio del fabricante, el número de registro otorgado por la SECRETARÍA, y otras características del bien que el PROVEEDOR(ES) considere importantes para la identificación respectiva.
Los Medicamentos Genéricos que en su momento sean adjudicados deberán estar acompañados al momento de la entrega correspondiente, del certificado analítico del producto terminado del fabricante para cada lote en el momento de la entrega de los BIENES, en el Almacén de Farmacia del ÁREA(S) REQUIRENTE(S) de los BIENES que corresponda, esta condición deberá observarse para cada lote a entregar, la no presentación de los documentos antes señalados, será motivo para no recibir y rechazar los BIENES.
Las ÁREA(S) REQUIRENTE(S) de los BIENES podrán en caso de tener alguna duda sobre la Capacidad Resolutiva de algún Medicamento el Apoyo de la COFEPRIS, a efecto de verificar la Capacidad Resolutiva antes citada. Lo anterior independientemente de la obligación por parte del Licitante que sea adjudicado de dar cumplimiento al Programa de muestreo periódico permanente conforme al instructivo que para tal efecto se incluye en el Anexo Número 28 de la presente Convocatoria.
Identificación y empaque de los BIENES a entregar:
1.- Los instructivos y las etiquetas de los envases primarios, secundarios y colectivos son en idioma español.
2.- El(los) PROVEEDOR(ES) identifica(n) los BIENES, con el nombre o razón social del PROVEEDOR(ES), número de CONTRATO(S)/PEDIDO(S), número de licitación, descripción del artículo, clave del CUADRO BÁSICO o Catálogo de Insumos del Sector Salud correspondiente, lote, cantidad, caducidad del contenido en cada envase colectivo.
3.- El (los) PROVEEDOR(ES) deberá(n) empacar y embalar los BIENES de tal forma que preserven sus características originales durante el flete, las maniobras de estiba y almacenaje.
4.- El PROVEEDOR(ES), bajo su responsabilidad deberá transportar los BIENES hasta el lugar señalado en este anexo técnico y en el CONTRATO(S)/PEDIDO(S), como lugar de la entrega, asimismo los BIENES deberán estar asegurados hasta su entrega total en el almacén de farmacia respectivo.
5.- En los casos de que los BIENES requieran de instructivos y manuales de uso, se deberán presentar en idioma español conforme a los marbetes autorizados por la SECRETARÍA (COFEPRIS). 6.-Los contenedores de embalaje serán los que determine el PROVEEDOR(ES) mismos que deberán garantizar que los BIENES se conserven en condiciones óptimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del bien se mantenga durante el periodo de garantía y/o vida útil, así como dar cumplimiento a las normas establecidas en la Sección II.
7.- Los envases primarios y secundarios serán los que determine el PROVEEDOR(ES) en la inteligencia de que deberán garantizar de que los BIENES se conserven en condiciones óptimas de empaque y embalaje durante el transporte y almacenaje, así como que la calidad del bien se mantenga durante el período de garantía y/o vida útil, así como dar cumplimiento a las normas establecidas.
En los casos en que los BIENES contengan en su fórmula algún hemoderivado como estabilizador de origen humano o animal para o durante el proceso de producción, o como estabilizador en su formulación, deberá entregar copia del acta u oficio con el que la SECRETARÍA le autoriza la distribución y venta de cada lote entregado.
Para productos hemoderivados no se aceptará la entrega de ningún lote que no cuente con todos los documentos antes señalados.
11.3. CONDICIONES DE ENTREGA PARA LOS DESCUENTOS OFERTADOS EN ESPECIE
Para el caso de los bienes adjudicados con descuentos ofertados en especie (bonificaciones) resultado de la negociación llevada a cabo por la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y Otros Insumos para la Salud; serán entregados a petición de la Coordinación de Control xx Xxxxxx, calculados con base en el monto solicitado del contrato, durante la vigencia del mismo. Aun cuando el insumo se entregue posterior a la fecha de vencimiento del contrato, el proveedor estará obligado a realizar la entrega correspondiente a la bonificación.
El Instituto solicitará al proveedor por escrito, la cantidad de productos y los lugares de entrega, considerando a cargo del proveedor los gastos de traslado hasta el lugar de destino. Todo lo anterior conforme al siguiente procedimiento:
El Instituto solicitará, mediante oficio y de forma trimestral el descuento ofertado en especie, por lo que el proveedor deberá entregar a la Coordinación de Control xx Xxxxxx por escrito, el nombre,
teléfono y correo electrónico de 3 (tres) contactos, quienes serán los responsables de recibir oficios, notificaciones y aclarar cualquier duda referente a bonificaciones.
El Instituto a través de la Coordinación de Control xx Xxxxxx, informará por cualquier medio a los contactos establecidos en el punto anterior, que se encuentra disponible para su recolección el oficio de solicitud de bonificaciones, lo cual podrá recoger en las instalaciones de la Coordinación de Control xx Xxxxxx, por lo que el proveedor tendrá un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles para recoger el escrito.
En caso de no recoger o exceder en tiempo la recolección del mismo, se dará por aceptada la solicitud y empezará a correr el tiempo definido para la entrega de dichos descuentos como se estipula en el siguiente párrafo. No obstante el proveedor deberá recoger la solicitud (oficio), sin posibilidad de ampliar el tiempo de entrega.
El proveedor se obliga a entregar los descuentos ofertados en especie en el lugar que indique la Coordinación se Control xx Xxxxxx, en un plazo no mayor a 10 (diez) días naturales, después de haber tenido conocimiento de la solicitud (oficio), por parte del Instituto o se cumpla el vencimiento del plazo.
Los bienes entregados por descuento ofertado en especie, deberán cumplir con las mismas especificaciones y condiciones indicadas en las cláusulas VII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV Y XVI del presente documento.
El proveedor entregará los insumos correspondientes a descuentos ofertados en especie con comprobantes de importe de $0.00 pesos. A su vez, el Instituto a través xxx Xxxxxxx de Programas Especiales y Red Fría, Almacenes Delegacionales, Almacenes de las Unidades Médicas de Alta Especialidad o en los lugares que designe el Instituto, sellará la constancia de recepción (con importe de $0.00 pesos invariablemente) para que los distribuidores comprueben el cumplimiento.
El proveedor entregará las remisiones a la Coordinación de Control xx Xxxxxx para comprobar la entrega de las bonificaciones en especie, en caso de que no se entreguen en tiempo y forma los descuentos en especie, el Instituto impondrá penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en las fechas programadas de entrega, proporcionará a la Coordinación de Control xx Xxxxxx las notas de crédito correspondientes a los incumplimientos, hecho que no exime al proveedor de la entrega de los mismos.
Tanto el laboratorio como el proveedor, serán notificados a la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud y a la Secretaria de la Función Pública por no entregar los descuentos en especie o bien, al entregarlos fuera del plazo establecido.
11.4. CANJE:
PARA EL IMSS
El Instituto a través de sus Delegaciones, Unidades Médicas de Alta Especialidad o la Coordinación de Control xx Xxxxxx, podrá solicitar al proveedor el canje de los bienes que presenten defectos o vicios ocultos, para lo cual notificará al proveedor por escrito o por correo electrónico a las personas
y/o direcciones que quedaron registradas como contactos oficiales en el apartado XIX del presente documento. A partir del día hábil siguiente a la notificación, el proveedor contará con un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles para realizar el canje de los bienes por otros lotes que no presenten los defectos o vicios ocultos identificados y será sancionado conforme a lo establecido en los numerales
11.4 y 11.5 de la presente convocatoria.
PARA EL ISSSTE
El proveedor se obliga a canjear al ISSSTE sin condición alguna, el 100% de las cantidades solicitadas en un plazo que no excederá de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación.
Para efecto de que el proveedor requiera autorización para realizar la entrega de los bienes, con fecha de fabricación o caducidad, diferentes a las establecidas en estos Términos, invariablemente deberá presentar adjunta a su solicitud al Área requirente, una Carta Compromiso de Canje Anexo Núnero 26, en la que se compromete que en el supuesto de que el producto no llegara a consumirse durante el período de su vida útil, serán sustituidas las cantidades en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de la fecha de notificación que el Área requirente le informe, la cual será realizada por el administrador del contrato con 30 días naturales de anticipación al vencimiento de la caducidad de los bienes.
En todos los casos, el proveedor, previo a la firma del contrato deberá entregar Carta Compromiso de Canje Anexo Núnero 26, por si el producto no llegara a consumirse durante el periodo de su vida útil.
PARA LA SEMAR
Cuando durante el periodo de vigencia de caducidad de los medicamentos, se correoboren deficiencias imputables al proveedor, estas le serán notificadas al mismo, con lo que dará inicio el proceso de devolución y canje, el proveedor se obliga a sustituir los bienes que presenten deficiencias en un plazo no mayor a 8 días naturales a partir de la notificación.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, VERACRUZ)
El(Los) ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV a través del administrador de contrato, podrá solicitar al proveedor el canje de los bienes que presenten especificaciones distintas a las establecidas en el contrato o calidad inferior a la propuesta, vicios ocultos o bien, cuando el área usuaria manifieste alguna queja en el uso del bien que pueda afectar la calidad del servicio, notificando al proveedor por escrito o correo electrónico, aplicando una deductiva correspondiente al 10% del valor del incumplimiento, de igual manera podrá cancelar la(s) partida(s) o bien rescindir el contrato en los términos legales aplicables. El proveedor deberá reponer los bienes sujetos a canje notificados, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación.
En caso de que las Autoridades Sanitarias (COFEPRIS O Secretaría de Salud) suspendan o inhabiliten el registro sanitario del proveedor o fabricante, los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV podrán rescindir el contrato y aplicarán una deductiva correspondiente al 10% del costo de los insumos a devolver al proveedor, y éste último, deberá proceder a la recolección de los insumos entregados en un plazo no mayor a 5 (días) hábiles contados a partir de la notificación por parte de
los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, presentando cheque certificado a nombre de ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV por el total del monto pagado de los bienes devueltos.
En caso de que el proveedor no de cumplimiento a la solicitud de canje o recolección de los bienes en el plazo señalado, los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV podrán proceder en su caso a la rescisión administrativa del contrato y al proceso de destrucción de los insumos sin costo para los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, de acuerdo a lo establecido por la Ley General de Salud en el artículo 414 párrafo tercero, y el proveedor deberá reintegrar las cantidades pagadas de los bienes destruidos, así como el costo que genere la destrucción de los mismos, en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de canje.
El proveedor, deberá proporcionar la nota de crédito correspondiente por los tres conceptos (deductiva, reintegración de las cantidades pagadas y costo de destrucción) a los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV. De no dar cumplimiento a lo estipulado, los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV podrán realizar el cargo a las facturas pendientes de pago de cualquier contrato que esté formalizado con el proveedor.
Los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, elaborarán el Acta Circunstanciada correspondiente para los fines a que haya lugar.
El proveedor deberá verificar si otros lotes de estos bienes previamente entregados, presentan el defecto de calidad inicialmente detectado, de ser así deberá canjearlos por lotes ya corregidos, debiendo entregar evidencia de los canjes realizados a los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, mediante documentos de aceptación de cada punto de entrega autorizado; en caso de negativa al canje por parte del proveedor, se podrá rescindir administrativamente el contrato.
El proveedor se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV y/o terceros.
Todos los gastos que se generen con motivo del canje o destrucción de los bienes, correrán por cuenta del proveedor, previa notificación de los ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV.
PARA CCINSHAE
Los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica a través de sus áreas requirentes, podrá(n) solicitar al(los) proveedor (es)el canje de los bienes: que no se haya consumido antes del vencimiento de su vida útil, presenten defectos o vicios ocultos, y/o por rechazo analítico en el programa de muestreo periódico permanente, para lo cual el administrador de contrato del área requirente que corresponda notificará con 30 días naturales de anticipación al proveedor por escrito o por correo electrónico para que realice el canje del total de las existencias de los bienes adjudicados en el contrato/pedido correspondiente, para que a partir del día hábil siguiente a la notificación, el Proveedor contará con un periodo no mayor de 8 días hábiles contados a partir de la notificación por escrito por parte del área requirente correspondiente, para realizar el canje de los bienes por otros lotes que no presenten los supuestos antes identificados, en el lugar donde se encuentre el insumo, sin ningún costo adicional y a entera satisfacción de la misma.
El proveedor deberá presentar al momento de la entrega de los bienes en el almacén de farmacia del área requirente que corresponda una Carta Compromiso de Canje en los términos del párrafo anterior
y conforme al Anexo Número 30 de esta Convocatoria, en la que se compromete que en el supuesto de que el producto no llegara a consumirse durante el período de su vida útil, serán sustituidas las cantidades en un plazo no mayor a 8 días naturales a partir de la fecha de notificación que el Área requirente le informe, la cual será realizada por el administrador del contrato con 30 días naturales de anticipación al vencimiento de la caducidad de los bienes.
En caso de que las Autoridades Sanitarias (COFEPRIS o Secretaría de Salud) suspendan o inhabiliten el registro sanitario del proveedor o fabricante, los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica podrán rescindir el contrato/pedido y aplicarán las sanciones y/o penas convencionales que correspondan de aquellos insumos que sean devueltos al proveedor, y éste último, deberá proceder a la recolección de los insumos entregados en un plazo no mayor a 5 (días) hábiles contados a partir de la notificación por parte del área requirente según corresponda.
En caso de que el proveedor no de cumplimiento a la solicitud de canje o recolección de los bienes en el plazo señalado, el área requirente a través de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica podrán proceder en su caso a la rescisión administrativa del contrato/pedido y al proceso de destrucción de los insumos sin costo para los mismos, de acuerdo a lo establecido por la Ley General de Salud en el artículo 414 párrafo tercero, y el proveedor deberá reintegrar las cantidades pagadas de los bienes destruidos, así como el costo que genere la destrucción de los mismos, en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de canje.
El proveedor deberá verificar si otros lotes de estos bienes previamente entregados, presentan el defecto de calidad inicialmente detectado, de ser así deberá canjearlos por lotes ya corregidos, debiendo entregar evidencia de los canjes realizados al área requirente que corresponda, mediante documentos de aceptación de cada punto de entrega autorizado; en caso de negativa al canje por parte del proveedor, se podrá rescindir administrativamente el contrato/pedido.
11.5. DEVOLUCIÓN:
PARA EL IMSS
En caso de que las Autoridades Sanitarias (COFEPRIS o Secretaría de Salud) suspendan o inhabiliten el registro sanitario del proveedor o fabricante, el Instituto, además de que podrá rescindir el contrato y aplicar la sanción contractual correspondiente, solicitará al proveedor la recolección de los insumos, la cual deberá concluirse en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación por parte del Instituto.
También procederá la devolución del total de las existencias de los bienes al proveedor, cuando con posterioridad a la entrega de lotes corregidos, se detecte el mismo defecto de lotes anteriores o éstos no hayan sido canjeados.
El proveedor se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar al Instituto y/o terceros.
El Instituto podrá dar disposición final de los bienes que no sean canjeados y/o recolectados y aplicará al proveedor las sanciones correspondientes.
PARA EL ISSSTE
Si durante el uso de los bienes se comprueban deficiencias, fallas, vicios ocultos o calidad inferior en los bienes entregados en comparación con los ofertados por causas imputables al proveedor y dentro del periodo de garantía, que se computará a partir de la entrega de los bienes, el ISSSTE hará la notificación para la devolución de los mismos; en estos casos el proveedor se obliga a reponer al ISSSTE sin condición alguna, el 100% (cien por ciento) del volumen devuelto originalmente por el ISSSTE, en un plazo que no excederá de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación para la devolución dependiendo de la naturaleza de los bienes a adquirir se precisará el plazo de devolución. Por lo que el canje deberá realizarlo en el lugar donde se encuentren los bienes reportados”.
En caso de que por causas imputables al proveedor, éste no pueda hacer la reposición en el plazo arriba señalado, se rescindirá el contrato por la Dirección de Administración, y el proveedor se obliga a devolver la cantidad pagada más los intereses generados a la tasa que señale la Ley de Ingresos de la Federación; en el caso de prórroga de créditos fiscales que se calcularán sobre el monto de los bienes no reintegrados, computándose por días calendario, desde la fecha de notificación para la devolución de los bienes, hasta aquélla en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del ISSSTE misma que no podrá exceder de 30 días naturales a partir de la notificación del reintegro y en su caso, podrá hacerse efectiva la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
PARA PEMEX
En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX podrá exigir al proveedor que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el proveedor deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.
En el caso de que el proveedor no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX otorgue al proveedor para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al proveedor, excepto que se trate de derechos exclusivos.
PARA LA SSA (TLAXCALA)
Salud de Tlaxcala podrá hacer devoluciones de los bienes cuando no cumplan con los requisitos solicitados en las bases de licitación, asimismo, cuando se comprueben deficiencias en la calidad de los bienes suministrados por el proveedor. Las devoluciones se harán dentro del periodo de garantía, en estos casos el proveedor se obliga a reponer el 100% del volumen devuelto o bien si durante el periodo de garantía los bienes sufrieran cambios físicos ocasionados por causas Imputables al proveedor, deberán ser devueltos y canjeados en su totalidad, en un término no mayor a 3 días naturales a partir de la fecha en que el proveedor reciba la notificación de los productos que se encuentran con deficiencias, en caso de no cumplir con lo establecido se hará acreedor a sanciones.
Una vez que las facturas del proveedor son selladas por la contratante, acusando el recibo de los bienes, deberán enviarse a la convocante, para que avale dichas facturas para la tramitación del pago que corresponda.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
Una vez requeridos los Bienes y Cuando se compruebe la existencia de defectos de fabricación o vicios ocultos, las unidades, procederán a la devolución total o parcial de los BIENES durante el periodo de garantía de 12 meses contados a partir de la recepción de los BIENES en los almacenes de cada una de las ÁREAS REQUIRENTES, según corresponda.
Se requiere incluir en este apartado como último párrafo lo siguiente: “EL(LOS) PROVEEDOR(ES)” de los Bienes deberá(n) presentar previo a la Entrega de los mismos en cada uno de los Almacenes de cada una de las ÁREAS REQUIRENTES donde entregaran los BIENES según corresponda, una Carta Garantía contra, defectos de Fabricación y Vicios Ocultos, conforme al Anexo número 31 de esta Convocatoria.
Se requiere incluir el siguiente párrafo para los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica:
El PROVEEDOR se obliga a reponer a las áreas requirentes de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica, el 100% de los BIENES devueltos a partir de la fecha de notificación por escrito en el plazo de 8 días naturales contados a partir de su notificación por escrito.
De no reintegrarse las cantidades pagadas más los intereses correspondientes en forma voluntaria y después del plazo establecido, la Secretaría de Salud a través de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica se reserva el derecho de ejercer ante los tribunales competentes, las acciones legales correspondientes, incluidas las que les restituyan los daños y perjuicios causados.
11.6. DATOS GENERALES Y NOTIFICACIONES OFICIALES
Con la finalidad de establecer canales de comunicación oficiales con los proveedores, en los contratos se deberá incluir los siguientes datos:
• Nombre completo del contacto oficial
• Cargo
• Domicilio
• Teléfono (oficina y celular) y fax
• Correo electrónico
Cabe señalar, que dicho contacto no tendrá que ser necesariamente el representante legal de la empresa, sin embargo toda notificación que se le haga llegar por parte de las dependencias o entidades, se considerará de carácter oficial.
El proveedor se obliga a comunicar cualquier cambio en los datos de este contacto oficial, mediante escrito firmado a los administradores de los contratos.
En caso de incumplir con la obligación de informar los cambios en el contacto oficial, las dependencias o entidades no se hacen responsables por las situaciones que la omisión de esto afecte al proveedor.
Las notificaciones por parte de las dependencias o entidades podrán realizarse en los siguientes términos:
• Mediante oficio entregado en el domicilio señalado en este apartado.
• Vía correo electrónico
• Llamada telefónica
12. PAGOS.
PARA EL IMSS
El pago de los bienes, se efectuará en pesos mexicanos en las Unidades Administrativas por Delegación y UMAE´S del IMSS, con domicilios y horarios de atención, relacionados en el Anexo Número 17, considerando lo siguiente:
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, a través del esquema electrónico interbancaria que el IMSS tenga en operación, a menos que el proveedor acredite en forma fehaciente la imposibilidad para ello, para lo cual se insertará en los contratos lo siguiente:
El proveedor acepta que el IMSS le efectúe el pago a través de transferencia electrónica, para tal efecto proporciona la cuenta número CLABE del Banco Sucursal _ a nombre de (el proveedor)”.
El pago se depositará en la fecha programada de pago, si la cuenta bancaria del proveedor está contratada con BANAMEX, HSBC, BANORTE, SANTANDER o SCOTIABANK, si la cuenta pertenece a un banco distinto a los mencionados, el IMSS realizará la instrucción de pago en la fecha programada, y su aplicación se llevará a cabo el día hábil siguiente, de acuerdo con lo establecido por el CECOBAN.
El pago se realizará en los plazos normados por la Dirección de Finanzas, en el “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago”, sin que éstos rebasen los 20 (veinte) días naturales posteriores a aquel en que el proveedor presente en las áreas financieras, el original de la factura que reúna los requisitos fiscales, establecidos en la Ley de la materia y en la que se indiquen los bienes entregados, número de proveedor, número de contrato, en su caso, número de orden(es) de reposición que ampara(n) dicho(s) bien(es), número(s) de alta(s), número de fianza y denominación social de la Afianzadora. Los contratos y su dictamen presupuestal deberán estar registrados en el Sistema PREI para el trámite de pago correspondiente.
En caso de que el proveedor expida facturas en el esquema de facturación electrónica, la recepción de las mismas será a través del Portal de Servicios a Proveedores, y deberán ser proporcionadas en su formato XML; la validez de las mismas será determinada durante la carga y únicamente las facturas fiscalmente validas serán procedentes para pago. El proveedor deberá proporcionar a las áreas financieras una representación impresa de la misma que cumpla con las especificaciones normadas por el SAT, la representación impresa por sí misma no será sustento para pago si no se hace la carga del XML del cual se originó o si la misma no es una representación fiel del XML origen. En caso de que el proveedor presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos de los artículos 89 y 90 del Reglamento de la LAASSP.
Así mismo, el IMSS aceptará del proveedor, que en el supuesto de que tenga cuentas liquidas y exigibles a su cargo, aplicarlas contra los adeudos que, en su caso, tuviera por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social.
Los proveedores que entreguen bienes al IMSS, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo al IMSS, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.
El pago de los bienes quedará condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso
No se otorgaran anticipos.
PARA EL ISSSTE
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 de la LAASSP y 89 de su Reglamento y de conformidad al Artículo 5, Lineamiento tercero del Acuerdo por el que se emiten diversos Lineamientos en materia de Arrendamientos y Servicios y de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas, los pagos se realizarán al término de la o las entregas, dentro de los veinte días naturales contados a partir de la entrega de la factura, conforme al calendario de entregas de la presente convocatoria de insumos médicos.
Se tendrá por recibida la factura o el documento que reúna los requisitos señalados en el Código Fiscal de la Federación previa entrega de los insumos médicos conforme a los términos del contrato, acompañada de la remisión correspondiente que acredite la recepción de los insumos médicos a entera satisfacción del ISSSTE; a dicho pago se le efectuarán las retenciones que las disposiciones legales establezcan.
Los proveedores deberán presentar la carta cuyos requisitos se señalan en el Anexo Número 23 “Requisitos que debe contener una Carta de Proveedores para Pago” de la presente Convocatoria debidamente requisitado, acompañándolo con la documentación requerida misma que se presentará, en el Departamento de Caja de la Tesorería General del ISSSTE ubicada en Xxx Xxxx Xx. 0, xxxx 00 Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X., X.X. 00000, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 hrs.
Para que los pagos procedan, la factura y remisión que comprueben la entrega de los bienes deberán estar debidamente requisitadas y revisadas a satisfacción de la Coordinación Administrativa de la Dirección Médica.
El proveedor al que se adjudique el contrato no podrá ceder los derechos y obligaciones que se establezcan en el mismo, salvo los derechos de cobro, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46 de la LAASSP y 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
El proveedor deberá presentar, para iniciar el trámite de recepción, aceptación y pago correspondiente de la factura, la documentación completa, debidamente requisitada en la “Ventanilla de Recepción Documental” de la Coordinación Administrativa de la Dirección Médica, ubicada en Xx. Xxx Xxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxxx X, xxxxxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Delegación Tlalpan, México D.F., en un horario comprendido de 8:30 a 13:00 horas en días hábiles de lunes a jueves, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales y administrativos y de acuerdo a lo siguiente:
1. Entregar la documentación a través de una “RELACIÓN DE DOCUMENTOS”: Este formato, la guía e instructivo de llenado, deberán solicitarlos directamente en la “Ventanilla de Recepción Documental” de la Coordinación Administrativa de la Dirección Médica.
2. Factura original: No deberá contener en el anverso o reverso de la misma, condiciones de pago, vencimiento, devolución de bienes o leyendas en general que impliquen condiciones distintas a las estipuladas en estos Términos o en el contrato;
3. Cuando se expidan comprobantes fiscales y utilicen varios folios que amparen un solo acto u operación, deberán asentar en cada uno de ellos, el número de los folios en que se haga constar el mismo acto u operación, se sugiere la siguiente leyenda: “Los comprobantes con número de folio , amparan el mismo acto u operación”;(sólo aplica para facturas impresas)
4. Remisión (es) del contrato original (es): Utilizar y requisitar el formato oficial de acuerdo al instructivo. Deberá contener sellos originales, fecha de recepción; así como nombres, firmas autógrafas y cargo de los servidores públicos facultados por la Subdirección de Almacenes para la recepción de los insumos médicos.
5. Contrato original: Xxxxxxx presentarse debidamente formalizado, en la primer entrega y en las posteriores, en su caso, una copia;
6. Convenio modificatorio original (en su caso): Deberá presentarse debidamente formalizado, en la primera entrega y en las posteriores, en su caso, una copia.
7. Orden de Suministro original y copia del oficio de solicitud de entregas complementarias el cual, deberá entregar legible y suscrito por el Servidor Público facultado.
8. Copia de Garantía de Cumplimiento del Contrato: Deberá entregar una copia legible con sello de recibido por la Unidad Compradora del ISSSTE; que corresponda a la documentación que presente a revisión.
9. Copia de Endoso de la Garantía de Cumplimiento del Contrato (en su caso), deberá entregar una copia legible con sello de recibido por la unidad compradora del ISSSTE, que corresponda a la documentación que presente a revisión;
10. Recibo original emitido por la Tesorería General del Instituto derivado del incumplimiento (en su caso) se presentara por parte de la empresa en los supuestos considerados en el Art. 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Con objeto de garantizar la recepción y aceptación de la documentación anteriormente señalada,
Asimismo, deberá presentar la documentación en comento, en original y cuatro juegos de copias iguales al original, en caso de entregar el contrato, convenio modificatorio u oficio originales deberá presentar dos copias adicionales legibles y completas de cada documento entregado en original, para otorgarle el sello de recibido.
La Coordinación Administrativa de la Dirección Médica a través de la Ventanilla de Recepción Documental llevará a cabo la revisión de las facturas o los documentos que el proveedor presente para el trámite de pago en apego a la normatividad aplicable vigente así como aquellos de aceptación del insumo médico que ampare. En el caso de existir errores o deficiencias en la factura o en los documentos presentados será comunicada vía correo electrónico al proveedor por el titular del dicha Ventanilla dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación correspondiente, siendo responsabilidad del proveedor subsanarlos y presentarlos nuevamente en el menor tiempo posible, debiendo corresponder la documentación a la presentada originalmente.
Dentro del plazo señalado en el primer párrafo del rubro de Condiciones de Pago, el ISSSTE realizará el cálculo y determinará las penas convencionales por lo que no podrá suspender la aceptación de la factura o documentos que reúnen los requisitos fiscales correspondientes o ampliar el plazo para el pago por tal motivo.
El pago de los bienes, quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento
PARA PEMEX
La Subgerencia de Finanzas de la Subdirección de Servicios de Salud, será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación del cumplimiento de los bienes en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al proveedor para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.
La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.
Cuando el proveedor emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de PEMEX, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.
Cuando el proveedor emita facturación documental, deberá presentar la factura en la ventanilla única situada en el primer piso del Edifico “C”, ubicado en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 X-0, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en un horario de 09:00 a 13:00 horas de lunes a
viernes, en días hábiles, en original y dos copias, mismas que deberán ser presentadas en un plazo máximo de 7 (siete) días naturales posteriores a la recepción de los bienes en los términos de este contrato.
El proveedor, al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la orden, a los bienes proporcionados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos.
En caso de que las facturas entregadas por el proveedor para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.
PEMEX pagará al proveedor el importe de los bienes entregados y aceptados que ampare cada ORDEN a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura.
El pago al proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe el mismo en el momento de darse de alta en la Ventanilla Única de PEMEX.
El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el proveedor presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.
Una vez realizado el pago al proveedor, éste tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.
Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el caso de atraso en los pagos y pagos en exceso que se realicen.
El proveedor, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el proveedor solicite el adelanto del pago.
Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante
ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Xxxxxxx a favor de PEMEX bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX.
PARA LA SEDENA
La SEDENA se obliga a pagar en pesos mexicanos, a través del esquema electrónico interbancario o mediante cheque, en la forma siguiente:
El importe será cubierto en pagos parciales de conformidad al programa de entregas pactado, en un tiempo máximo de 20 días naturales, contados a partir de que se acepten las facturas originales en la Subdirección de Adquisiciones de la Dirección General de Administración, debidamente selladas y firmadas con la fecha correspondiente por la persona que recibió lo adquirido y el titular de la unidad, dependencia o instalación, que acredite la total recepción a entera satisfacción de la SEDENA
Las facturas se expedirán a nombre de: Secretaria de la Defensa Nacional, con domicilio en: Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx x/x, xxxxxxx con Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X., con R.F.C. SDN-850101-4D2; asimismo asentará en la factura comercial que ampare la mercancía el numero de contrato, clave del producto, numero xx xxxxxxx, descripción, cantidad, precio unitario, precio total, numero de lote, fecha de caducidad, así como su clave de identificación fiscal, toda vez que el importe de las multas que se originen por falta de observancia a esta disposición, será imputable al proveedor
En caso de que presente la factura errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos de los artículos 89 y 90 del reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
El pago de los bienes quedara condicionado proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA)
El pago se efectuará dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la recepción de la factura original en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales del ISESALUD, ubicado en Calle Circuito de las Misiones Xxxxxxx # 000 Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxxxxx. Tel. (686) 559-58-00 ext. 4536 y 4530 con horario de atención de las 08:00 a las 14:00 horas, previa entrega de los bienes objeto de la licitación bajo las condiciones aquí establecidas. El pago se efectuará en moneda nacional, la factura deberá estar debidamente requisitada, con el sello y firma del Almacenista y Administrador de los puntos de entrega definidos en la que se realice la entrega de los bienes objeto de esta licitación y de la orden de reposición o pedido respectivo.
El ISESALUD realizará los trámites correspondientes para el pago de facturas.
Los pagos se efectuarán al proveedor vía electrónica, para lo cual deberá inscribirse al Programa de Pago Electrónico por conducto del ISESALUD debiendo cumplir con los siguientes requisitos: Carta / Aceptación del beneficiario dirigido a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado,
indicando número de cuenta, CLABE (clave bancaria estandarizada de 18 dígitos), número y dirección de la sucursal bancaria (plaza, nombre del beneficiario) y agregando al calce, sello de confirmación bancaria en su defecto, carta de certificación del banco, validando la información anterior.
Datos para facturación: a nombre del Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California, con domicilio en Calle Circuito de las Misiones Oriente # 188, Parque Industrial Las Californias, Código Postal 21394, Mexicali, Baja California; con Registro Federal de Contribuyentes: ISS971219J53
Los derechos y obligaciones derivadas de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a favor de persona ajena con excepción de los derechos de cobro y salvo consentimiento expreso de la institución.
Los proveedores que entreguen bienes a ISESALUD, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo a el ISESALUD, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contrarecibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.
En caso de que las facturas presentadas para su pago presenten errores o deficiencias, la convocante dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir; el periodo que transcurre hasta las correcciones, no se computará para efectos del plazo de pago.
A dicho pago se le efectuarán las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, así como las correspondientes penas convencionales establecidas en convocatoria.
No se otorgarán anticipos.
PARA EL SSA (CAMPECHE)
El pago se efectuará dentro de los 30 (treinta) dias posteriores a la recepción de la factura original en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría Estatal de Salud, ubicado en Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0 esquina con calle 18, Barrio de San Xxxxx. C.P. 24040, San Xxxxxxxxx de Campeche, Campeche, telefono 0000000000, 0000000000, con horario de atención de las 8:00 a las 14:00 hrs. de lunes a viernes, previa entrega de los bienes objeto de la licitación, el pago se efectuara en moneda nacional, la factura debera de venir debidamente requisitada, con el sello y firma del almacenista y administrador xxx xxxxxxx en la que se realice la entrega de los bienes objeto de esta licitacion.
La Secretaría Estatal de Salud realizará los trámites correspondientes para el pago de facturas.
Los pagos se efectuaran al proveedor a traves de via electronica para lo cual debera inscribirse al programa de pago electronico por conducto de la secretaría estatal de salud debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
Carta / aceptacion del beneficiario dirigido al Gobierno del Estado de Campeche (Secretaría Estatal de Salud), indicando numero de cuenta, clabe (clave bancaria estandarizada de 18 digitos), numero y direccion de la sucursal bancaria (plaza, nombre del beneficiario) y agregando al calce, sello de confirmacion bancaria en su defecto, carta de certificacion del banco, validando la informacion anterior.
Datos para facturación: a nombre del Gobierno del Estado de Campeche (Secretaría Estatal de Salud), con domicilio en Calle 8 entre 61 y Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, X.X. 00000; con Registro Federal de Contribuyentes: GEC950401-659.
Los derechos y obligaciones derivadas de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a favor de persona ajena con excepcion a de los derechos de cobro, salvo consentimiento expreso de la Secretaría.
En caso de que las facturas presentadas para su pago presenten errores o deficiencias, la convocante dentro de los 5 (cinco) dias habiles siguientes al de su recpecion, indicara por escrito al proveedor las deficiencias que debera corregir; el periodo que transcurre hasta las correcciones, no se computara para efectos del plazo de pago.
No se otorgaran anticipos.
El pago al proveedor se realizara mediante cheque o depósito bancario a la cuenta del beneficiario, en moneda nacional, y conste la debida entrega de los bienes en los terminos del contrato/pedido, cuya factura este debidamente firmada por los responsables.
A dicho pago se le efectuaran las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, asi como las correspondientes penas convencionales establecidas en convocatoria.
Los derechos y obligaciones derivadas de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a favor de persona ajena con excepción de los derechos de cobro y salvo consentimiento expreso de la institución.
Los proveedores que entreguen bienes a INDESALUD, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo a el INDESALUD, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contrarecibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
En caso de que las facturas presentadas para su pago presenten errores o deficiencias, la convocante dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir; el periodo que transcurre hasta las correcciones, no se computará para efectos del plazo de pago.
A dicho pago se le efectuarán las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, así como las correspondientes penas convencionales establecidas en convocatoria.
PARA EL SSA (COLIMA)
El pago correspondiente, se efectuará en pesos mexicanos a los veinte días naturales contados a partir de la fecha en que el proveedor entregue la documentación contable debidamente integrada y requisitada, en la Dirección de Administración de los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx, ubicada en Xx. Xxxxx xx Xxxxxxx Xxx. Xx. Xxxxx Xxxxxx X/X, Xxxxxxx Xx Xxxxxxxxx, Código Postal 28000, del Municipio xx Xxxxxx, Col. Teléfono 00 000 000 0000 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas, previa entrega de los bienes, de conformidad con el artículo 51 de la ley y según lo establecido en el Anexo Número 17 y el apartado de Plazo y lugar de entrega.
La factura deberá contener:
1. Nombre: Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx
2. Domicilio Fiscal: Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxx. 0. R.F.C.: SSE-961026-5Q2
4. En su caso, presentar desglosado el impuesto al valor agregado y los descuentos que se otorguen a los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx.
5. Señalar el No. De Licitación y No. de contrato adjudicado.
6. Cantidad, descripción, números de serie, precio unitario, importe, impuestos y total (con número y letra). Indicar en el anverso de la factura el número de contrato, número de pedido.
Los servidores públicos responsables de autorizar la o las facturas son el Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Secretario de Salud y Bienestar Social y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx y el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Director Administrativo de los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx.
No se otorgarán anticipos.
Los derechos y obligaciones derivadas de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a favor de persona ajena con excepción de los derechos de cobro, salvo consentimiento expreso de quien esté facultado para tal fin.
Los proveedores que entreguen bienes a los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo a los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contrarecibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.
A dicho pago se le efectuarán las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, así como las correspondientes penas convencionales establecidas en convocatoria y en el contrato.
PARA EL SSA (TLAXCALA)
Los proveedores deberán de ingresar sus facturas, debidamente requisitadas, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha límite de entrega, en caso contrario será la responsabilidad de los mismos, los problemas que para su pago se presenten.
La factura deberá ser expedida, a nombre de la contratante y tendrá que cubrir los requisitos fiscales correspondientes, de acuerdo a lo siguiente:
NOMBRE SALUD DE TLAXCALA
R.F.C. STL 961105HT8
DIRECCIÓN XXXXXXX XXXXXX XXXXX Xx. 00 XXX XXXXXX XX 00000
XXXXX XXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX
Para el pago de su factura, el proveedor deberá presentarla en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de Salud de Tlaxcala, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx Xxx. Xx. 00, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxx., X.X. 00000, y un horario de atención de 8:00 a 14:00 horas de lunes a vienes, acompañada de los siguientes documentos:
Factura original con dos copias
Copia del pedido.
La factura deberá contener los siguientes requisitos:
Cuando se entregue en el Almacén General de Salud de Tlaxcala:
La factura deberá contener sello xxx Xxxxxxx y rúbrica de la persona que recibe.
En caso de que la entrega haya sido de forma parcial, los proveedores deberán presentar en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de Salud de Tlaxcala, además de la factura original con dos copias y copia del pedido, las notas de remisión que amparen el total de la factura.
Nota: Se le recomienda al proveedor adjudicado que cualquier duda que tenga en lo referente a la facturación lo confirme con la contratante, lo anterior, para evitar contratiempos.
El pago se efectuará una vez entregados los bienes dentro de los 40 días hábiles contados a partir de la fecha de la entrega de la factura ante la ventanilla de Recursos Materiales y Servicios del O.P.D. Salud de Tlaxcala.
La Contratante no otorgará anticipos a los proveedores adjudicados en esta licitación.
Así mismo la contratante no aceptara las notas de crédito como pago de las penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes o por cancelación de partidas, aceptando solo el pago a través de cheque certificado o de caja a nombre de “Salud de Tlaxcala”, el cual debe ser entregado previamente a la entrega de la facturación. Finalmente no se aceptarán garantías de cumplimiento de contrato y/o pedidos diferentes a cheque de caja, fianza o hipoteca, con independencia del texto del pedido/contrato y del importe adjudicado.
Solo será cubierto por la contratante, el I.V.A., (en caso que aplique) cualquier otro impuesto o derecho deberá ser cubierto por parte del proveedor.
El proveedor al que se le adjudique el contrato asumirá la responsabilidad total para el caso en que al suministrar los bienes la contratante, infrinjan la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial.
El proveedor deberá abstenerse de incurrir en las circunstancias siguientes:
Presentar facturas con xxxxxxxxxx y/o alteraciones
Refacturar,
Entregar bienes distintos a los descritos en su pedido.
PARA EL SSA (VERACRUZ)
El pago de los bienes, se efectuará en pesos mexicanos mediante transferencia bancaria, dentro de los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la entrega de la factura original respectiva debidamente validada y requisitada, con el sello y firma del Jefe xxx Xxxxxxx o punto de entrega, según lo establecido en el Anexo Número 17. Junto con la factura deberá adjuntar la documentación soporte que avale la entrega del medicamento y/o material de curación, en los términos del contrato y pedido respectivo
Las facturas deberán ser a nombre de Servicios de Salud de Veracruz, xxxxx Xxxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, Xxx. RFC SSV-970307-2Q5.
Dichas facturas se deberán presentar para su pago ante la Subdirección de Recursos Financieros de Servicios de Salud de Veracruz, (incluir domicilio, teléfono y horario de atención) la cual realizará los trámites correspondientes.
El proveedor adjudicado, deberá proporcionar número de cuenta, CLABE (clave bancaria estandarizada de 18 dígitos), número y dirección de la sucursal bancaria (plaza, nombre del beneficiario), o en su defecto, carta de certificación del banco, validando la información anterior.
En caso de que las facturas presentadas para su pago presenten errores o deficiencias, la convocante dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir, el periodo que transcurre hasta las correcciones, no se cumputará para efectos del plazo de pago.
No se otorgarán anticipos.
Los derechos y obligaciones derivadas de los contratos no podrán cederse en forma parcial o total a favor de persona ajena con excepción de los derechos de cobro, salvo consentimiento expreso de quien esté facultado para tal fin.
Los proveedores que entreguen bienes a los Servicios de Salud de Veracruz, y que celebren contratos de cesión de derechos de cobro, deberán notificarlo a los Servicios de Salud de Veracruz, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contrarecibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión, de igual forma los que celebren contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., institución de Banca de Desarrollo.
A dicho pago se le efectuarán las deducciones por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los bienes, así como las correspondientes penas convencionales establecidas en convocatoria y en el contrato.
El servidor público responsable de autorizar la o las facturas es el titular de la Subdirección de Recursos Financieros de Servicios de Salud de Veracruz, ubicada en (incluir domicilio, teléfono y horario de atención).
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPAATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
El pago se realizará mediante Transferencia Electrónica de Fondos (SIAFF) dentro de los 20 (Veinte) días naturales previa presentación de la factura original y sellada por los responsables de cada Área Requirente, en el domicilio, horario y términos señalados, demás documentos en que conste la debida entrega en los términos del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), sellados y firmados, lo anterior conforme a las entregas programadas de los bienes; la cual deberá ser presentada en lugares indicados en el Anexo Número 17.
Se requiere incluir en este apartado lo siguiente:
El pago al PROVEEDOR se realizará en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales posteriores a la recepción de la documentación correspondiente debidamente validada y sellada por el área requirente.
A dicho pago se le efectuarán en su caso las penas convencionales por el incumplimiento parcial o deficiente en la entrega de los BIENES establecida en el presente apartado.
La SSA Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica realizará los pagos por: TRANSFERENCIA DE FONDOS
A través de transferencia de fondos, mediante el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), el cual será operado por la Tesorería de la Federación, para lo cual es necesario que el LICITANTE que resulte adjudicado, proporcione la información y documentación indicada a continuación a más tardar a la firma del(los) CONTRATO(S) o PEDIDO(S).
• Constancia de la Institución Bancaria (Hoja membretada, firmada, Número de Identificación del Ejecutivo Bancario y sellada en original por el banco) sobre la existencia de la Cuenta de Cheques abierta a nombre del beneficiario, que contenga el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, que permita realizar Transferencias Electrónicas de Fondos, a través de los sistemas de Pago, número de sucursal y de plaza, fecha de apertura de la Cuenta y copia del último Estado de Cuenta Bancario (carátula).
• Copia del Registro Federal de Contribuyentes, expedido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, del beneficiario de la cuenta de cheques la cual debe de coincidir con el beneficiario del LICITANTE adjudicado.
• Constancia de Domicilio del Beneficiario (comprobante de pago de teléfono, luz, agua o predio).
• PERSONAS XXXXXXX: Copia del poder notarial del representante legal y original para su cotejo.
• PERSONAS FÍSICAS: Identificación oficial con fotografía y firma y copia de la CURP. Se requiere incluir un nuevo apartado conforme lo siguiente
FORMA Y DATOS DE FACTURACIÓN SERVICIOS DE ATENCIÓN PSIQUIÁTRICA (SAP)
Forma y Datos de Facturación/ Servicios de Atención Psiquiátrica | |
Razón Social: | Secretaría de Salud/Servicios de Atención Psiquiátrica/señalar el nombre de la Unidad Administrativa (Área Requirente). |
R.F.C. | SSA-630502-CU1 |
Domicilio Fiscal: | Xxxxx Xx. 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
La documentación para trámite de pago junto con sus facturas deberá presentarse en:
Unidad Administrativa (Área Requirente). | Domicilio | Días | Horario |
Hospital Psiquiátrico “Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx”, | Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxxxx X/X xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X. P. 14000, México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Hospital Psiquiátrico Infantil “Xx. Xxxx X. Xxxxxxx”. | Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxxxx Número 86, Colonia Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Delegación Tlalpan, C. P. 14000, México D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Hospital Psiquiátrico “Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx”. | Kilómetro 5.5. de la Autopista México-Puebla, Colonia Santa Catarina, Delegación Tláhuac, C. P. 13100., México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Centro Comunitario de Salud Mental “Xxxxxxxxxx”. | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx La Xxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, C. P. 06400, México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Centro Comunitario de Salud Mental “Iztapalapa”. | Eje 5 Sur Esquina Guerra de Reforma, Colonia Leyes de Reforma 3° Sección, Delegación Iztapalapa, C. P. 09310, México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Centro Comunitario de Salud Mental “Xxxxxxxxx”. | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, C. P. 07360, México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
HOSPITALES FEDERALES
Forma y Datos de Facturación | |
Razón Social: | Secretaría de Salud/ señalar el nombre de la Unidad Administrativa (Área Requirente). |
R.F.C. | SSA-630502-CU1 |
Domicilio Fiscal: | Xxxxx Xx. 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
documentación para trámite de pago junto con sus facturas deberá presentarse en:
Unidad Administrativa (Área Requirente). | Domicilio | Días | Horario |
Hospital Juárez del Centro | Xxxxx Xxx Xxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx C. P. 06090, México, D. F., Teléfono 00-00-00-00. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Hospital Nacional Homeopático | Xxxxxxxxxxxx 000, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X, Teléfono 00-00-00-00 | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Hospital de la Mujer | Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxx Xxxxx, X.X. 00000 Delegación Xxxxxx Xxxxxxx México, D. F., Teléfono 00- 00-00-00 Ext. 1207. | De lunes a viernes. | De 9:00 a 14:30 horas. |
Documentación a presentar:
En Hospitales Federales en original y 3 copias, y en la Subdirección Administrativa de los Hospitales Psiquiátricos en original y 5 copias y en la Administración de los Centros Comunitarios de Salud Mental en original y 3 copias, debidamente requisitadas de lo siguiente:
DOCUMENTO | ORIGINAL (Para cotejo) |
CONTRATO/PEDIDO. | Si |
Remisión de Entrega firmada y sellada por cada Responsable xxx Xxxxxxx de Farmacia. | Si |
Factura. Conteniendo los datos del ÁREA REQUIRENTE enunciada en el | Si |
presente apartado. | |
Carta de Garantía contra vicios ocultos y defectos de fabricación. | Si |
Documentos solicitados en el apartado correspondiente a la “Plazo, lugar y condiciones de entrega de los BIENES” de la presente certificado analítico del producto terminado del fabricante para cada lote en el momento de la entrega de los BIENES. | Si |
Los proveedores presentarán en el domicilio y horario antes señalados, la documentación requerida a fin de que sea revisada por personal de las áreas requirentes adscritas a los Hospitales Federales y Servicios de Atención Pisiquiátrica. En caso de que las facturas presentadas para su pago presenten errores o deficiencias, las áreas requirentes según corresponda dentro de los 3 días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir el periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presenta las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago.
“EL(LOS) PROVEEDOR(ES)” de los Bienes deberá(n) presentar previo a la Entrega de los mismos en cada uno de los Almacenes de Farmacia de cada una de las ÁREAS REQUIRENTES donde entregaran los BIENES, una Carta Garantía contra, defectos de Fabricación y Vicios Ocultos conforme al Anexo número 31 de esta Convocatoria.
CESIÓN DE DERECHOS.
En ningún caso los derechos derivados de este(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), podrán ser cedidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas x xxxxxxx distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el CONTRATO(S)/PEDIDO(S), con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la Secretaría de Salud a través de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica.
CADENAS PRODUCTIVAS.
Tratándose del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, la la Secretaría de Salud a través de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica otorgará su conformidad para que el PROVEEDOR pueda ceder su derecho de cobro a favor de cualquier intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000, sin costo, desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.XXXXX.xxx.
13. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACION DE LA RELACION CONTRACTUAL
Con el propósito de garantizar el cabal cumplimiento a las obligaciones establecidas en el contrato que se derive de la presente licitación, el Instituto, de conformidad a lo establecido en los artículos 45, fracción XIX, 53, 53 bis, 54, y 54 bis de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en los numerales 85 fracción V, 86 segundo párrafo, 95, 96, 97, 98, 99, 100 y 102 de su Reglamento; aplicará las sanciones descritas a continuación, o en su caso, llevara a cabo la cancelación de partidas o la rescisión administrativa del contrato.
En caso de ser sancionado, el proveedor deberá proporcionar la nota de crédito correspondiente en la Unidad donde se originó la causal de la sanción. De no dar cumplimiento a lo estipulado, las
dependencias o entidades podrán realizar el cargo a las facturas pendientes de pago de cualquier contrato que esté formalizado con el proveedor.
13.1. PENAS CONVENCIONALES PARA EL IMSS, ISSSTE
El Instituto de conformidad con el art. 53 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del 95 del Reglamento de la Ley referida, procederá a la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso en la entrega de los bienes, incluyendo los descuentos ofertados en especie.
Las penas convencionales se calcularán tomando como base el importe de los bienes no entregados oportunamente sin incluir el IVA.
Para las órdenes de reposición ordinarias, se penalizará con el 2.5% (dos punto cinco por ciento) por día de atraso, a partir del primer día de atraso, teniendo el proveedor la posibilidad de entregar con un atraso máximo de hasta 4 (cuatro) días.
PARA PEMEX
Respecto de cada orden, las penas convencionales a las que el proveedor se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir (del día o de la hora) siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de 2 % por cada (día calendario) de atraso y hasta el importe del 10% del valor de los bienes entregados con atraso de la orden de que se trate.
En cuanto a la orden extraordinaria, se aplicara el 10% por el único día calendario de atraso que se tenga respecto de la orden no entregada.
Si el proveedor entrega los bienes durante el plazo máximo de espera, (PEMEX aplicará la pena convencional que corresponda en el momento que se entreguen, y en el caso de que no los entregue se aplicará una deducción equivalente al 10% del importe de la orden y se podrá emitir una nueva orden.
Para determinar el número máximo de órdenes que podrán ser objeto de deducciones se considerará como límite el importe de la garantía de cumplimiento del contrato
Si el proveedor incurre en atrasos imputables a él mismo, (PEMEX ) emitirá una factura que ampare el monto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor el proveedor, correspondientes a los días de atraso entre la fecha pactada en el contrato o convenio modificatorio y la fecha real de entrega de los bienes.
El pago de los bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones.
Cuando la suma de las penas convencionales y/o de las deducciones alcance el importe de la garantía de cumplimiento de este contrato, (PEMEX ) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa de este contrato.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al proveedor.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA CAMPECHE, COLIMA, VERACRUZ)
El ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV aplicará penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en el cumplimiento de las fechas programadas de entrega.
De acuerdo con el plan y plazo de entregas descrito y el apartado respectivo, se penalizará con el 2.5% (dos punto cinco por ciento), desde el primer día de atraso, teniendo el proveedor la posibilidad de entregar con un atraso máximo de hasta 4 (cuatro) días.
ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV de conformidad con las disposiciones aplicables, procederá a la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso en la entrega de los bienes o en la prestación de los servicios.
De igual manera, establecerán que el pago de los bienes, arrendamientos o servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
PARA LA SSA (TLAXCALA)
De acuerdo con el plan y plazo de entregas de los bienes adjudicados, se penalizará con el 2.5% (dos punto cinco por ciento), desde el primer día de atraso, teniendo el proveedor la posibilidad de entregar con un atraso máximo de hasta 4 (cuatro) días, quedando a consideración de Salud de Tlaxcala, la recisión del contrato al término del cuarto día.
Dichas penas se aplicarán en los siguientes casos:
a) exista atraso en la entrega de los bienes o servicios;
b) entregue bienes de diferentes características;
c) entregue bienes de calidad inferior a las pactadas.
“Salud de Tlaxcala” será el responsable de aplicar dichas penas convencionales.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
Se aplicará una pena convencional del 2.5% por cada día natural de atraso, sobre el valor de los BIENES no entregados oportunamente.
Se requiere señalar en este apartado de la Convocatoria, las condiciones respecto a la forma en que se aplicarán las penas convencionales en los Hospitales Federales, así como en las áreas requirentes de los Servicios de Atención Psiquiátrica:
Cuando el PROVEEDOR se atrase en el cumplimiento de las fechas o plazos de entrega de los BIENES, pactados en el(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), se hará acreedor a la pena convencional correspondiente.
La suma de las penas convencionales no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del(los) CONTRATO)S) o PEDIDO(S).
El pago de los BIENES quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Las penas convencionales se harán efectivas mediante deducción que efectúe los Hospitales Federales así como las áreas requirentes de los Servicios de Atención Psiquiátrica según corresponda, al momento de realizar el pago respectivo al PROVEEDOR.
Los Hospitales Federales y los Servicios de Atención Psiquiátrica no autorizarán la condonación xx xxxxx convencionales por atraso en la entrega de los BIENES.
La pena convencional será calculada y aplicable por el ÁREA REQUIRENTE.
13.2. DEDUCTIVAS
PARA EL IMSS, ISSSTE, SSA, CCINSHAE
Se aplicará una deductiva equivalente al 10% sobre el valor total de los bienes incumplidos de manera parcial y/o deficiente, de acuerdo a lo siguiente:
Por la no entrega de los bienes solicitados en la orden reposición, así como la no entrega de descuentos ofertados en especie.
Cuando el proveedor no de cumplimiento a la solicitud de canje o recolección de los bienes con defectos o vicios ocultos en el plazo señalado.
El límite de incumplimiento a partir del cual se podrá rescindir el contrato en los términos del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público es el equivalente al monto de la garantía.
Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato.
13.3. PENAS CONTRACTUALES
El IMSS aplicará las siguientes penas contractuales:
El 10% del valor total de los bienes entregados por el proveedor cuando estos no cumplan con los requisitos de calidad establecidos.
En los casos en los que el proveedor no realice el canje o la recolección de los bienes defectuosos y/o con vicios ocultos, el IMSS procederá a la disposición final de los mismos de acuerdo a lo establecido por la Ley General de Salud en el artículo 414 párrafo tercero. El importe de los bienes no recolectados se considerará como pago en exceso y el proveedor deberá reintegrar dichas cantidades, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha en que el Instituto haya realizado el pago de dichos bienes.
Para el caso de los bienes, cuya disposición final sea la destrucción, el proveedor cubrirá el importe de los mismos, a más tardar 10 días posteriores a la solicitud por parte del Instituto. De no cumplir con lo anterior se considerara como pago en exceso y se procederá en los términos del párrafo anterior, tomando como base la fecha límite para el cálculo de los intereses el día siguiente a la fecha límite de pago.
El pago del 10% del importe máximo de la partida por no entregar las muestras que le solicite la Coordinación de Control Técnico de Insumos a efecto de evaluar la calidad de los insumos entregados por el proveedor, la cual se aplicará al día siguiente establecido como fecha límite para la entrega de las mismas.
En caso de que el proveedor no entregue los descuentos ofertados en especie, deberá proporcionar una nota de crédito por el importe al que ascienden estos bienes en función al precio acordado con la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud, misma que deberá ser entregado en un lapso no mayor 3 (tres) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de entrega. Así mismo, de no entregarse la nota de crédito se aplicará lo establecido en el numeral XII segundo párrafo del presente documento.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
En los casos en los que el proveedor no realice el canje o la recolección de los bienes defectuosos y/o con vicios ocultos, se procederá a la disposición final de los mismos de acuerdo a lo establecido por la Ley General de Salud en el artículo 414 párrafo tercero. El importe de los bienes no recolectados se considerará como pago en exceso y el proveedor deberá reintegrar dichas cantidades, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha en que los Hospitales Federales y/o los Servicios de Atención Psiquiátrica hayan realizado el pago de dichos bienes.
13.4. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA
El IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR, SSA o CCINSHAE, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente los contratos cuando el proveedor incumpla total o parcialmente con cualquiera de las obligaciones establecidas en bases y/o en el contrato y sus anexos.
PARA LA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, VERACRUZ)
El ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente los contratos, por cualquiera de las causales siguientes:
Cuando el proveedor incumpla con el suministro de los bienes en tiempo y forma
Si el proveedor no realiza el canje o recolección de bienes requeridos por el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV por defectos de calidad o vicios ocultos en el plazo establecido.
Si el proveedor hace entrega de lotes de los cuales tenga conocimiento que no cumple con especificaciones técnicas de calidad.
En caso de que durante la vigencia del contrato se reciba comunicado por parte de la Secretaria de Salud o COFEPRIS, en sentido de que el proveedor ha sido sancionado o se le ha revocado el registro sanitario correspondiente.
Si el proveedor entrega bienes con descripciones y características distintas a las establecidas en bases de licitación y/o contrato.
Cuando el proveedor incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para participar en la licitación y/o celebración del contrato.
Cuando el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV apliquen más de dos deductivas al proveedor.
Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones a que se refiere el presente contrato, salvo los derechos de cobro, previa autorización de ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV.
En el supuesto de que la Comisión Federal de Competencia, de acuerdo a sus facultades, notifique a el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, la sanción impuesta al proveedor con motivo de la colusión de precios que se hubiese incurrido durante el proceso licitatorio, en contravención a lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley Federal de Competencia Económica y demás leyes aplicables.
Cuando el proveedor incumpla total o parcialmente con cualquiera de las obligaciones establecidas en bases y/o en el contrato y sus anexos
El ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno en las materias a que se refiere la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de aquellos licitantes que, por causas imputables a ellos mismos, el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV les hubiere rescindido administrativamente más de un contrato, dentro de un lapso de dos años calendario contados a partir de la notificación de la segunda rescisión.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que asuma el PROVEEDOR por virtud del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S) derivado de esta Licitación Pública, faculta a los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica a dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S) sin ninguna responsabilidad a su cargo. Dicha acción operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica comuniquen al PROVEEDOR por escrito y en forma fehaciente tal determinación, además también será causal del inicio de procedimiento de rescisión administrativa si el PROVEEDOR incurre en alguno de los siguientes supuestos mismos que se señalan de manera enunciativa más no limitativa:
a) Si no otorga la fianza de garantía, cheque certificado o de caja y, en su caso el endoso de ampliación correspondiente, en los términos que se establecen en esta Sección del anexo técnico, siendo a su cargo los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Hospitales Federales y los Servicios de Atención Psiquiátrica.
b) Cuando hubiese transcurrido el plazo que se conceda al PROVEEDOR para reemplazar los BIENES devueltos, antes de su pago.
c) Cuando el PROVEEDOR no entregue los BIENES en el plazo establecido en el(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S) y se hubiese agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales.
d) Cuando una vez recibidos los BIENES se compruebe la existencia de defectos de fabricación o vicios ocultos, durante el período de garantía según lo indicado en el presente apartado del anexo técnico y el PROVEEDOR no realice la reposición de los BIENES que le sean devueltos, a partir de la fecha de notificación por escrito en el plazo indicado en el presente apartado del anexo técnico.
e) Si cede total o parcial a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, se deberá contar con la conformidad previa de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica.
f) Si el PROVEEDOR es declarado en concurso mercantil o quiebra por autoridad competente, o por alguna situación distinta que sea análoga o equivalente y afecte el cumplimiento de las obligaciones consignadas en la Convocatoria, a cargo del PROVEEDOR.
g) Si el PROVEEDOR incurriera en falta de veracidad, total o parcialmente respecto a la información proporcionada para la celebración del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S) respectivo(s).
h) Por incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del PROVEEDOR consignadas en la Convocatoria y en el(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S) respectivo(s), de ser el caso.
i) Por desatención de las recomendaciones emitidas por los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica, en el ejercicio de sus funciones derivadas del(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S). Los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica podrán en cualquier momento iniciar la rescisión administrativa de los CONTRATOS/PEDIDOS cuando el PROVEEDOR incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme lo establece el Artículo 54 de la LEY.
En caso de que el PROVEEDOR sea quien decida rescindir el(los) CONTRATO(S)/PEDIDO(S), será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal competente y obtenga la declaración correspondiente.
13.5. TERMINACIÓN ANTICIPADA
El IMSS, ISSSTE, PEMEX, SEDENA, SEMAR, SSA o CCINSHAE podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del contrato y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionara un daño o perjuicio al Instituto o se
determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al instrumento jurídico con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaria de la Función Pública.
PARA LA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, VERACRUZ)
El ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV podrán dar por terminado anticipadamente el contrato, sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del contrato y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionara un daño o perjuicio a ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al instrumento jurídico con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
Cancelación xx xxxxxxx
El ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, podrá en cualquier momento cancelar las partidas de los contratos, por cualquiera de las causales siguientes:
Cuando el proveedor incumpla con el suministro de los bienes en tiempo y forma
Si el proveedor no realiza el canje o recolección de bienes requeridos por el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV por defectos de calidad o vicios ocultos en el plazo establecido.
Si el proveedor hace entrega de lotes de los cuales tenga conocimiento que no cumple con especificaciones técnicas de calidad.
En caso de que durante la vigencia del contrato se reciba comunicado por parte de la Secretaría de Salud, en sentido de que la clave adjudicada al proveedor, ha sido sancionado o se le ha revocado el registro sanitario correspondiente.
Cuando los proveedores demuestren la existencia de causas justificadas que les impidan cumplir con la entrega total de los bienes conforme a las cantidades pactadas en los contratos, el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV podrán modificar los contratos mediante la cancelación de partidas o parte de las cantidades originalmente estipuladas, siempre y cuando no rebase el diez por ciento del importe total del contrato respectivo, aplicando al proveedor por dicha cancelación una deductiva del 20% del valor de lo cancelado.
PARA LA CCINSHAE (HOSPITAL NACIONAL HOMEOPATICO, HOSPITAL DE LA MUJER, HOSPITAL JUAREZ DEL CENTRO Y SERVICIO DE ATENCIÓN PSIQUIATRICA)
La Secretaría a través de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica podrá dar por terminados los CONTRATOS o PEDIDOS cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los BIENES originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al CONTRATO, conforme a lo dispuesto en el Artículo 54 bis de la LEY.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica, éstos pagarán al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el CONTRATO, durante el tiempo que dure esta suspensión. El pago antes mencionado se realizará dentro de los 20 días naturales posteriores a la presentación de la
documentación requerida para el pago, a entera satisfacción de los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica.
En cualquiera de los casos mencionados se pactará entre las partes el plazo de suspensión y una vez concluido éste podrá iniciarse la terminación anticipada del CONTRATO o PEDIDO.
14. NOTIFICACIÓN DEL FALLO
a) Por tratarse de un procedimiento de contratación realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 26Bis, fracción II de la LAASSP, el acto de fallo se difundirá a través de COMPRANET y, se les enviará por correo electrónico el aviso de publicación en este medio.
b) Con fundamento en el artículo 37 de la LAASSP, con la notificación del Fallo antes señalado, por el que se adjudicará el (los) contrato (s), las obligaciones derivadas de éste (s), serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en los términos señalados en el fallo y la fecha indicada en los numerales 3.2 y 14.2 de la presente Convocatoria.
Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los funcionarios que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes y, se pondrán al finalizar los actos a disposición de los licitantes en el tablero de la oficina Subjefatura de División de Medicamentos, ubicada en Xxxxxxx 000, 0x xxxx, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, código postal 06700, Delegación Xxxxxxxxxx, México, D.F., .por un término no menor a 5 días hábiles.
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en COMPRANET para efectos de notificación a los licitantes que hayan participado a través del sistema mencionado y a los que no hayan asistido al (los) acto(s), en el entendido de que este procedimiento sustituye el de notificación personal.
Independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el portal de compras del IMSS:
15. MODELO DE CONTRATO.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 29, fracción XVI de la LAASSP, se adjuntan como Anexo Número 18, los modelos del contrato que serán empleados (IMSS/ISSSTE/PEMEX/SEDENA/SEMAR/SSA/CCINSHAE), para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación, el cual contiene en lo aplicable, los términos y condiciones previstos en el artículo 45 de la LAASSP, mismos que serán obligatorios para el licitante que resulte adjudicado, en el entendido de que su contenido será adecuado, en lo conducente, con motivo de lo determinado en la(s) Junta(s) de Aclaraciones y de acuerdo con lo ofertado en la proposición del licitante, que le haya sido adjudicado en el Fallo.
En caso de discrepancia, en el contenido del contrato en relación con el de la presente Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en esta última, así como el resultado de las Juntas de Aclaraciones.
15.1. PERÍODO DE CONTRATACIÓN.
PARA EL IMSS/ISSSTE/PEMEX/SEDENA/SEMAR/SSA/CCINSHAE
El (los) contrato(s) que, en su caso, sea(n) formalizado(s) con motivo de este procedimiento de contratación será(n) de carácter anual, y contará(n) con un período de vigencia a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014; salvo el caso en que se adjudiquen bienes que cuenten con una patente cuya vigencia concluya en el transcurso del año 2014, los contratos tendrán vigencia del 1° de enero de 2014 a la fecha de terminación de vigencia de la patente.
15.2. FIRMA DEL CONTRATO:
El contrato será único, es decir cubrirá la(s) clave(s) por la(s) que el licitante haya participado y resultado adjudicado; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46 de la LAASSP, el instrumento jurídico se firmará dentro de los quince días naturales contados a partir de la emisión del Fallo.
Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado contrato, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la LAASSP y, se dará aviso a la SFP, para que resuelva lo procedente en términos de lo dispuesto en el artículo 59 del citado ordenamiento.
Se abstendrá de formalizar contratos con los licitantes que hayan sido inhabilitados por la SFP, y que hayan resultado con adjudicación en el procedimiento de contratación respectivo, cuando el oficio circular, emitido por dicha Dependencia, se publique y surta sus efectos jurídicos en el período comprendido entre la fecha de emisión del Fallo y la que se haya previsto como límite para la firma de los mismos.
15.3. ADMINISTRADORES DE CONTRATO PARA EL IMSS:
La administración del contrato único recaerá en cada una de las áreas Requirentes (Delegaciones y UMAE’S), representadas para la firma del contrato, por el Titular de la CCA en su calidad de área concentradora.
PARA EL ISSSTE
Subdirección de Infraestructura. Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Jefe del Departamento de Recursos para la Operación.
Subdirección de Prevención y Protección a la Salud. Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, Jefe de Servicios de Vacunación.
Subdirector de Regulación y Atención Hospitalaria. Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Jefe de Servicios de Medicina Especializada, Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Jefe de Departamento de Programas Sectoriales de Primero y Segundo Nivel, para claves de antivirales, medicamentos de VIH y hepatitis C.
PARA PEMEX
El área de PEMEX que administrará el contrato será el Encargado Responsable de la Recepción, Lic. Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxxxx y Lic. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx quienes deberán informar a la Gerencia de Administración y Xxxxxxxx, sobre la administración del contrato.
PARA SSA
Baja California:
Nombre de quien suscribe el Contrato: Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Secretario de Salud y Director General del ISESALUD.
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Auxiliar Administrativo del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales del ISESALUD
Representante Técnico: C. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Coordinador Estatal xx Xxxxxx en ISESALUD
Campeche
Nombre de quien suscribe el Contrato: Campeche: Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche.
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxxxxxx del Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director de Planeación del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche. Representante Técnico: Xx. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Subdirector de Recursos Materiales del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche.
Colima
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Director Administrativo de los Servicios de Salud del Estadode Colima.
Representante Técnico: Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Director de los Servicios Médicos de los Servicios de Salud del Estado xx Xxxxxx.
Tlaxcala
Nombre del administrador del contrato: C.P. Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, Directora de Administración de la Secretaría de Salud y O.P.D. “Salud de Tlaxcala”
Representante Técnico: Lic. Xxxxxx del Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Jefa del Departamento de Recursos Materiales y Servicios de la Secretaría de Salud y OP.D. “Salud de Tlaxcala”
Veracruz
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Director Administrativo de Servicios de Salud de Veracruz.
Representante Técnico: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Director de Atención Médica de Servicios de Salud de Veracruz.
PARA LA CCINSHAE
Hospital Nacional Homeopático
Nombre del administrador del contrato: Mtra. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Coordinadora Administrativa del Hospital Nacional Homeopático.
Representante Técnico: Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Subdirector Médico del Hospital Nacional Homeopático; asistido por la QFB. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Jefa de Farmacia Intrahospitalaria.
Hospital De La Mujer
Nombre del administrador del contrato: Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Coordinador Administrativo del Hospital de la Mujer.
Representante Técnico: Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Subdirector Medico
Hospital Juarez del Centro
Nombre del administrador del contrato: Ing. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Coordinador Administrativo del Hospital Juárez del Centro.
Representante Técnico: Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Coordinador de Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento
Hospital Psiquiátrico Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx.- Subdirectora Administrativa del Hospital Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx.
Representante Técnico: Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx.- Subdirectora Administrativa del Hospital Fray Xxxxxxxxxx Xxxxxxx.
Hospital Psiquiátrico Infantil Xx. Xxxx X. Xxxxxxx
Nombre del administrador del contrato: C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxx.- Subdirector de Administración del Hospital Xx. Xxxx X. Xxxxxxx.
Representante Técnico: C.P. Xxxxx Xxxx Xxxxxx.- Subdirector de Administración del Hospital Xx. Xxxx
X. Xxxxxxx.
Hospital de Psiquiatría Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Nombre del administrador del contrato: C.P. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.- Subdirector de Administración del Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Representante Técnico: C.P. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.- Subdirector de Administración del Hospital Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Centro Comunitario de Salud Mental “Xxxxxxxxxx”
Nombre del administrador del contrato: Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.- Administradora del Cecosam Xxxxxxxxxx.
Representante Técnico: Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.- Administradora del Cecosam Xxxxxxxxxx.
Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa
Nombre del administrador del contrato: C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.- Administradora del Cecosam Iztapalapa.
Representante Técnico: C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.- Administradora del Cecosam Iztapalapa.
Centro Comunitario de Salud Mental Xxxxxxxxx
Nombre del administrador del contrato: C. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.- Administrador del Cecosam Xxxxxxxxx.
Representante Técnico: C. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx.- Administrador del Cecosam Xxxxxxxxx.
Los Subdirectores Administrativos de los Hospitales Federales y Hospitales Psiquiátricos y los Administradores de los Centros Comunitarios; fungirán según corresponda como los Servidores Públicos que serán responsables de administrar y vigilar el cumplimiento del(los) Contrato(s) o Pedido(s), y en su caso, realizarán la inspección y supervisión del mismo conforme a lo siguiente: Para garantizar que los BIENES, cumplen con las especificaciones señaladas y requeridas por los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica, será necesaria su inspección física por atributos de los mismos al momento de su recepción y antes de su ingreso al almacén de farmacia del Área Requirente de los mismos que corresponda.
Los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica procederán a rechazar éstos, cuando no hayan cumplido con las especificaciones estipuladas en el(los) Contrato(s)/Pedido(s) respectivo(s). La inspección de los BIENES será realizada por el Responsable xxx Xxxxxxx de Farmacia de cada uno de los Hospitales Federales, Hospitales Psiquiátricos y Centros Comunitarios de Salud Mental adscritos a los Servicios de Atención Psiquiátrica, lo cual no eximirá al PROVEEDOR del compromiso que le obliga a garantizar los bienes, entregas, faltantes, defectos, vicios ocultos, alteración y omisión de normas y especificaciones solicitadas en este anexo técnico y en el CONTRATO/PEDIDO respectivo.
Como resultado del proceso de inspección para los BIENES, se deberá emitir un “Reporte de conformidad” en el caso de aprobación y en caso de la no aprobación un “Reporte de inconformidad”. El reporte de “conformidad”, es un requisito indispensable para el ingreso de los BIENES a los almacenes de farmacia de las Áreas Requirentes, así como para el trámite administrativo de pago.
Las Áreas Requirentes o el Responsable xxx Xxxxxxx de Farmacia de cada uno de los Hospitales Federales, Hospitales Psiquiátricos y Centros Comunitarios de Salud Mental adscritos a los Servicios de Atención Psiquiátrica que realicen la inspección cuando proceda, deben enviar copia del reporte de no “conformidad”, correspondiente a los Hospitales Federales y Servicios de Atención Psiquiátrica. El tiempo máximo para atender la solicitud de inspección de los BIENES, es de un día natural y debe estar considerado dentro del plazo de entrega establecido en la Convocatoria.
Para en el presente anexo técnico, se realizará la siguiente Inspección:
El Responsable xxx Xxxxxxx de Farmacia de cada uno de los Hospitales Federales, Hospitales Psiquiátricos y Centros Comunitarios de Salud Mental adscritos a los Servicios de Atención Psiquiátrica; personal designado para realizar la inspección, verificara documental y físicamente, lo siguiente:
Que los BIENES entregados correspondan a los señalados en el CONTRATO/PEDIDO respectivo, verificando sus características técnicas, Marca y Modelo solicitado en su caso.
Para llevar a cabo la Inspección de los BIENES, se requerirá al PROVEEDOR, la entrega de la siguiente documentación:
• Copia del CONTRATO/PEDIDO formalizado y sus anexos (Una sola vez).
• Copia de la remisión o factura (Cada que se presente el PROVEEDOR a realizar su trámite de pago).
• Copia del último convenio modificatorio si lo hubiera (Una sola vez).
Reclamaciones:
Cuando se genere una reclamación por parte del(las) ÁREA(S) REQUIRENTE(S) de los BIENES, debido a discrepancias, entregas incompletas, fallas o por vicios ocultos, deberán comunicarlo de inmediato al área que expidió el documento de inspección, para que estas últimas tramiten la reclamación correspondiente ante el PROVEEDOR.
Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con lo solicitado en el CONTRATO/PEDIDO respectivo, así como la conformidad por parte del PROVEEDOR de que en caso contrario los BIENES se tendrán como no recibidos o aceptados.
16. GARANTÍAS
16.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. PARA EL IMSS
El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social.
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción con todas las obligaciones contractuales.
El proveedor manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el Instituto, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del Instituto.
B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice,
D. En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
E. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficio devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de
90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
F. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el Instituto.
G. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:
a. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.
b. Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios.
c. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.
d. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.
e. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación.
f. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación.
g. Copia del finiquito y en su caso, su notificación.
h. Importe reclamado.
No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto máximo total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con el procedimiento siguiente:
El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social
Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el caso del IMSS en la División de Contratos.
El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del IMSS deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes.
Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP.
PARA EL ISSSTE
El proveedor deberá entregar una garantía de cumplimiento por cada contrato, la cual contará con una vigencia de 12 meses contados a partir de la entrega de los bienes. De conformidad con el Anexo Número 2.
La garantía deberá constituirse por el 10%(diez por ciento) del monto máximo total del contrato sin considerar el I.V.A. y deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de formalización del contrato, para lo cual deberá constituir la fianza correspondiente, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, a favor del ISSSTE.
La garantía deberá ser entregada en el Departamento de Formalización y Seguimiento de Contratos de la Jefatura de Servicios de Adquisición de Material de Curación, ubicado en Callejón Vía San
Xxxxxxxx #12, cuarto piso, Col. Xxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, X.X.
Para la liberación de la fianza de cumplimiento del contrato, a petición del Proveedor, el ISSSTE extenderá la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales una vez cumplidas estas me
PARA PEMEX
El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:
Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX.
La garantía deberá entregarse en las oficinas del Departamento de Control de Insumos ubicadas en el 3er. Piso del Edificio Ex Itam, en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxx. Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México, D.F., en el horario de: de 08:00 a 14:00 horas, en estricto apego al texto que se acompaña en el Anexo Número 9.
PARA SSA (BAJA CALIFORNIA, CAMPECHE, COLIMA, VERACRUZ)
El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV.
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte de ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción de ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, con todas las obligaciones contractuales.
El proveedor manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del ISESALUD/INDESALUD/SSEC/SSV.
B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.