CONTRATO MULTINIVEL
CONTRATO MULTINIVEL
E+N ESSENCE NATURE
Por una parte, entre ESSENCE & FLOWERS SAS., identificada con NIT. 900.999.627-1, con domicilio en la ciudad de BOGOTÁ DC., en adelante E+N ESSENCE NATURE; y por la otra parte, el ASOCIADO INDEPENDIENTE, persona natural o jurídica, quien actúa en nombre propio y se identifica como aparece al pie de su firma, acuerdan celebrar el presente CONTRATO MULTINIVEL, teniendo en cuenta lo estipulado en el Plan de Compensación, los Términos y Condiciones de Uso del sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx, la Política de Tratamiento de Datos Personales, el Aviso de Privacidad, el Contrato de Membresía, el Contrato Multinivel, el Código de Ética y las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE, documentos que hacen parte integrante del presente acuerdo de voluntades, y de acuerdo a lo convenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO.- Mediante la suscripción del presente acuerdo de voluntades, se conviene vincular al ASOCIADO INDEPENDIENTE a la red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE para que desarrolle de manera totalmente independiente, sin que exista ningún tipo de subordinación laboral, las actividades propias del mercadeo en red o de mercadeo multinivel, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1700 de 2013 y demás normas complementarias relacionadas con la materia.
SEGUNDA: INGRESO.- Podrán hacer parte de la red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE cualquier persona natural o jurídica, para ello el futuro ASOCIADO INDEPENDIENTE deberá:
a).- Registrarse mediante el diligenciamiento y aceptación de un Contrato de Membresía, a través de un Código de Usuario de un ASOCIADO INDEPENDIENTE ya existente, en el sitio web: xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx.
b).- Leer, diligenciar, firmar en señal de conformidad y entregar a E+N ESSENCE NATURE, los siguientes documentos según sea el caso:
i).- Plan de Compensación.
ii).- Términos y Condiciones de Uso del sitio: xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx
iii).- Política de Tratamiento de Datos Personales. iv).- Aviso de Privacidad.
v).- Contrato de Membresía. vi).- Contrato Multinivel.
vii).- Código de Ética.
viii).- Política de Comercialización.
Los documentos anunciados en el literal b).- estarán disponibles en el sitio web: xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx
c).- Adquirir un KIT DE INICIO, que es una membresía que incluye dentro del costo inicial de participación, los materiales de capacitación, así como referencias y guías de información en relación a cómo hacer el negocio, sobre una base no lucrativa.
PARÁGRAFO.- E+N ESSENCE NATURE tendrá el derecho de aceptar, o rechazar el ingreso de un aspirante a ASOCIADO INDEPENDIENTE, a su entera discreción. En caso de que E+N ESSENCE NATURE rechace el ingreso, lo notificará por escrito al aspirante y reembolsará el costo del KIT DE INICIO que haya pagado.
TERCERA: FORMA, PERIODICIDAD Y REQUISITOS PARA EL PAGO.- Los pagos correspondientes a los beneficios que obtenga el ASOCIADO INDEPENDIENTE de acuerdo al Plan de Compensación, se realizarán en dinero mediante consignación en la cuenta bancaria que suministre el ASOCIADO INDEPENDIENTE. Para el pago será necesario que el ASOCIADO INDEPENDIENTE presente la respectiva cuenta de cobro o factura, el Registro Único Tributario – RUT.
Todos los beneficios a que tenga derecho el ASOCIADO INDEPENDIENTE serán cancelados de acuerdo a lo estipulado en el Plan de Compensación de la siguiente manera:
a).- El Bono Cliente Registrado (BCR) y el Bono Emprendedor (BE), serán pagados dentro de la semana inmediatamente siguiente a su causación.
Para cobrar el BE, se deberá estar activo en el mes inmediatamente anterior. Por ejemplo, para recibir las bonificaciones semanales del mes de febrero, un Asociado deberá estar activo en el mes de enero.
b).- El Bono Fundador (BF), el Bono de Organización (BDO) y el Bono de Compra Extra (BCE) se pagarán dentro de los QUINCE
(15) DÍAS calendarios siguientes al mes en que se causen.
c).- El Bono de Liderazgo (BDL) se pagará dentro de los primeros QUINCE (15) DÍAS calendario del mes de julio y enero de cada año.
d).- El Bono Global (BG) se pagará anualmente dentro de los primeros QUINCE (15) DÍAS calendario del mes de enero de cada año.
PARÁGRAFO: Todos los beneficios se pagarán sobre el precio base de cada producto, es decir, sin tener en cuenta los impuestos xx xxx; además, los beneficios que obtenga cualquier ASOCIADO INDEPENDIENTE serán pagados sobre el cálculo que se haga una vez se realicen todas las deducciones tributarias.
CUARTA: DERECHOS DEL ASOCIADO INDEPENDIENTE.- A partir de que E+N ESSENCE NATURE acepte el presente Contrato, el suscriptor será nombrado ASOCIADO INDEPENDIENTE. Un ASOCIADO INDEPENDIENTE tiene el derecho, no exclusivo, para:
a).- Comprar virtual o personalmente productos de E+N ESSENCE NATURE directamente para consumo personal o para su reventa a precio de venta sugerido al público el cual será determinado por E+N ESSENCE NATURE.
b).- Registrar ASOCIADOS INDEPENDIENTES para que lleven a cabo compras y participen de todos los beneficios del Plan de Compensación de E+N ESSENCE NATURE.
c).- Conseguir, instruir, mantener y promocionar a sus propios ASOCIADOS INDEPENDIENTES enseñándoles el sistema de mercadeo en red de E+N ESSENCE NATURE, así como mostrarles todos los documentos y demás beneficios contemplados en el Plan de Compensación de E+N ESSENCE NATURE.
d).- Recibir toda la documentación de carácter informativo o promocional relacionada con el Plan de Negocio E+N ESSENCE NATURE.
e).- Obtener descuentos de acuerdo al Plan de Compensación de E+N ESSENCE NATURE y de acuerdo a su posición dentro de la red de mercadeo.
f).- De acuerdo al desarrollo de su red de mercadeo el ASOCIADO INDEPENDIENTE, tiene derecho a recibir oportuna e inequívocamente, todos los beneficios económicos o en especie de acuerdo a lo estipulado en el Plan de Compensación E+N ESSENCE NATURE, incluyendo las que hayan quedado pendientes de pago una vez terminado el contrato entre las partes. También podrá participar de todos los incentivos que la red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE establezca de acuerdo a las metas que se fijen.
g).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE tiene derecho a recibir las capacitaciones y todas las instrucciones que sean necesarias para el desarrollo de su red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE, también tiene derecho a recibir capacitación precisa sobre los productos y el Plan de Compensación.
h).- Un ASOCIADO INDEPENDIENTE está autorizado para realizar actividades de patrocinio y/o ayuda de otros ASOCIADOS INDEPENDIENTES.
i).- Participar en todos los programas y oportunidades que la red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE a su entera y absoluta discreción determine en cualquier momento.
j).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE podrá obtener y usar la información personal de todos los ASOCIADOS INDEPENDIENTES que se encuentren dentro de su red de mercadeo, únicamente con el fin de desarrollar su negocio de mercadeo en red, siempre respetando la Política de Tratamiento de Datos Personales de E+N ESSENCE NATURE.
k).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE tiene derecho a formular preguntas, consultas y solicitudes de aclaración, siempre que versen sobre:
1).- Productos vendidos.
2).- Contenido, alcance y sentido de cualquiera de las cláusulas del Contrato o documentos que hacen parte integrante del mismo, que vinculen al ASOCIADO INDEPENDIENTE con E+N ESSENCE NATURE.
3).- Objetivos que darán lugar a percibir los beneficios estipulados en el Plan de Compensación. 4).- Fechas de pago y plazos de entrega cuando se trate de beneficios en especie.
l).- Xxxxxxx, desde antes de su vinculación, los términos del contrato que regirá su relación con E+N ESSENCE NATURE, así como conocer todos los documentos que hagan parte integral del mismo.
m).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE tiene derecho a ser informado con precisión por parte de E+N ESSENCE NATURE, de las características de los productos que promocionará, y del alcance de las garantías que corresponden a dichos productos.
n).- Podrá mediante escrito dirigido a E+N ESSENCE NATURE, el ASOCIADO INDEPENDIENTE, terminar en cualquier tiempo y de forma unilateral el vínculo contractual.
ñ).- Podrá el ASOCIADO INDEPENDIENTE suscribirse como vendedor o ASOCIADO INDEPENDIENTE de una o más compañías multinivelistas.
o).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE tiene derecho de recibir de manera oportuna e integral en cantidad y calidad, los bienes ofrecidos por E+N ESSENCE NATURE.
QUINTA: DEBERES DEL ASOCIADO INDEPENDIENTE.- Desde el momento que el ASOCIADO INDEPENDIENTE suscribe el presente contrato, tendrá los siguientes deberes:
a).- Respetar y cumplir a cabalidad el clausulado estipulado en el presente documento. b).- Ceñirse a lo estipulado en el Plan de Compensación.
c).- Utilizar el sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx de acuerdo a los Términos y Condiciones de Uso del mismo. d).- Cumplir y hacer respetar el Código de Ética de E+N ESSENCE NATURE.
e).- Llevar a cabo cualquier actividad de mercadeo en red siempre respetando las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE.
f).- Recibir todos los beneficios del Plan de Compensación de E+N ESSENCE NATURE, de acuerdo a lo convenido.
g).- Capacitarse y ejercer las actividades de mercadeo en red de conformidad con las actividades que realice E+N ESSENCE NATURE.
h).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE deberá actualizar todos los datos personales que haya registrado ante E+N ESSENCE NATURE cuando dichos datos hayan cambiado, de forma oportuna y a través de la extranet en xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx
i).- El ASOCIADO INDEPENDIENTE se compromete a realizar todas sus actividades de comercialización de manera totalmente independiente, sin que exista ningún tipo de vínculo laboral con E+N ESSENCE NATURE, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1700 de 2013 y demás normas complementarias relacionadas con la materia.
SEXTA: DERECHOS DE E+N ESSENCE NATURE.- A E+N ESSENCE NATURE le asisten los siguientes derechos:
a).- Se reserva el derecho de tomar medidas correctivas, como son por ejemplo la suspensión temporal o la terminación definitiva del presente contrato cuando el ASOCIADO INDEPENDIENTE no respete lo convenido, de acuerdo a las cláusulas estipuladas en éste contrato, o en cualquiera de los documentos que hacen parte integral del presente acuerdo de voluntades.
b).- E+N ESSENCE NATURE de manera autónoma, en cualquier momento y previa comunicación a sus ASOCIADOS INDEPENDIENTES, podrá realizar las modificaciones que considere pertinentes al Plan de Compensación y a los demás documentos que hacen parte del presente convenio.
c).- Únicamente para los fines previstos en el desarrollo de su objeto social, la red de mercadeo E+N ESSENCE NATURE, registrará y mantendrá una base de datos de todos los ASOCIADOS INDEPENDIENTES de acuerdo a lo establecido en la Política de Tratamiento de Datos Personales de E+N ESSENCE NATURE.
d).- E+N ESSENCE NATURE, a su entera discreción, podrá promocionar directamente sus producto con cualquier ASOCIADO INDEPENDIENTE, incluyendo propaganda, publicidad, promociones especiales para acumular puntos y beneficios, programas de fidelización, y/o cualquier estrategia de mercadeo y ventas.
SÉPTIMA: DEBERES DE E+N ESSENCE NATURE.
a).- Pagará oportunamente todos los beneficios contemplados en el Plan de Compensación, de acuerdo a lo allí estipulado.
b).- Respetará y aplicará la Política de Tratamiento de Datos Personales de E+N ESSENCE NATURE de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.
c).- Comunicará oportunamente al ASOCIADO INDEPENDIENTE cualquier modificación que realice al Plan de Compensación, los Términos y Condiciones de Uso del sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx, el Aviso de Privacidad, la Política de Tratamiento de Datos Personales, el Contrato de Membresía, el Contrato Multinivel, el Código de Ética y las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE.
d).- Instruir al ASOCIADO INDEPENDIENTE respecto al Plan de Compensación, los Términos y Condiciones de Uso del sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx, el Aviso de Privacidad, la Política de Tratamiento de Datos Personales, el Contrato de Membresía, el Contrato Multinivel, el Código de Ética y las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE y entregar dichos documentos.
e).- E+N ESSENCE NATURE responderá de forma precisa las preguntas, consultas y solicitudes de aclaración formuladas por los ASOCIADOS INDEPENDIENTES, antes, durante y después de la vinculación de los mismos. Las respuestas a las preguntas, consultas o solicitudes de aclaración se harán a la dirección, correo electrónico u otros medios que suministre el ASOCIADO INDEPENDIENTE que la formule, dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a su recepción.
OCTAVA: AUTORIZACIÓN DE DATOS PERSONALES.- Con la suscripción del presente acuerdo de voluntades, el ASOCIADO INDEPENDIENTE, manifiesta expresamente que comprende, acepta y autoriza a E+N ESSENCE NATURE, para usar y/o transferir y/o ceder la información personal contenida en el presente contrato, así como toda la información que se genere en desarrollo de sus actividades dentro de la red de mercadeo, a terceras personas, incluyendo otros ASOCIADOS INDEPENDIENTES, de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales y con las normas que regulan la materia.
NOVENA: CENTRALES DE RIESGO.- De la misma manera el ASOCIADO INDEPENDIENTE autoriza expresamente a E+N ESSENCE NATURE mediante la firma del presente contrato, para que todas las veces que sea necesario, sin ningún tipo de restricción o limitación, obtenga información, consulte, reporte y actualice los datos, así como el comportamiento crediticio y comercial del ASOCIADO INDEPENDIENTE en cualquiera de las centrales de riesgo y/o base de datos que existen para tales fines.
DÉCIMA: VIGENCIA.- El presente contrato tendrá una vigencia de UN (1) AÑO desde el momento en que se genere el Código de Usuario. No obstante lo anterior, para que el contrato entre en vigencia deberá ser firmado por el ASOCIADO INDEPENDIENTE.
Una vez terminada la vigencia, el contrato terminará a menos que sea renovado.
DÉCIMA PRIMERA: RENOVACIÓN.- Para que el contrato se entienda renovado automáticamente, el ASOCIADO INDEPENDIENTE, deberá comprar como mínimo un producto dentro del Ciclo Aniversario.
DÉCIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- El ASOCIADO INDEPENDIENTE o E+N ESSENCE NATURE podrán
dar por terminado el contrato de acuerdo a las siguientes situaciones:
a).- En cualquier momento y por cualquier motivo mediante aviso por escrito a la otra parte con treinta (30) días de anticipación.
b).- De manera inmediata sin necesidad de resolución judicial, mediante simple notificación, cuando alguna de las partes incumpla cualquiera de las estipulaciones contempladas en el presente contrato, por violación de lo contenido en el Plan de Compensación, los Términos y Condiciones de Uso del sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx, la Política de Tratamiento de Datos Personales, el Código de Ética o de las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE; documentos que hacen parte integrante del presente acuerdo de voluntades.
DÉCIMA TERCERA: LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS.- Una vez se dé por terminado el Contrato, se procederá dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes, a realizar la entrega de los beneficios a que tenga derecho el ASOCIADO INDEPENDIENTE de acuerdo al Plan de Compensación.
DÉCIMA CUARTA: OFICINA ABIERTA AL PÚBLICO.- De acuerdo a lo exigido por la ley, E+N ESSENCE NATURE tendrá una oficina abierta al público de carácter permanente ubicada en la XXXXXXX 00 # 00 – 00, XXXX 0x, XXXXXX DC., TELÉFONO (0) 0000000.
DÉCIMA QUINTA: MODIFICACIÓN DE CLÁUSULAS Y DOCUMENTOS INTEGRANTES.- E+N ESSENCE NATURE a su
entera discreción podrá modificar total o parcialmente los términos del presente Contrato, así como el Plan de Compensación, los Términos y Condiciones de Uso del sitio web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx, el Aviso de Privacidad, la Política de Tratamiento de Datos Personales, el Contrato de Membresía, el Código de Ética y las Políticas de Comercialización de E+N ESSENCE NATURE, notificando previamente al ASOCIADO INDEPENDIENTE para que las acepte expresamente.
PARÁGRAFO PRIMERO.- Cualquier modificación de las cláusulas del Contrato o de los documentos que hacen parte integral del presente convenio, entrarán a regir desde el momento en que sean aceptadas expresamente por el ASOCIADO INDEPENDIENTE.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- Si el ASOCIADO INDEPENDIENTE no acepta expresamente cualquier modificación, se entenderá que da por terminado el Contrato de manera inmediata, sin que pueda ser sujeto de ningún tipo de sanción o penalidad y siempre manteniendo los beneficios a que tenga derecho hasta ese momento, de acuerdo al Plan de Compensación.
DÉCIMA SEXTA: INDEPENDENCIA.- El ASOCIADO INDEPENDIENTE entiende, y acepta que el presente Contrato no lo convierte en un empleado, trabajador, representante, agente o franquiciatario de E+N ESSENCE NATURE y por tanto, no existirá en lo absoluto ningún vínculo laboral o relación de subordinación entre el ASOCIADO INDEPENDIENTE y E+N ESSENCE NATURE. De acuerdo a lo anterior, todas las labores que desarrolle el ASOCIADO INDEPENDIENTE se enmarcarán dentro de las actividades propias del mercadeo en red o de mercadeo multinivel, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1700 de 2013 y demás normas complementarias relacionadas con la materia.
DÉCIMA SÉPTIMA: LEY APLICABLE.- El presente Contrato se regirá por las leyes colombianas, especialmente por lo contemplado en la Ley 1700 de 2013, la Ley 1480 de 2011 y demás normas complementarias relacionadas con la materia.
DÉCIMA OCTAVA: CLÁUSULA COMPROMISORIA.- Las partes convienen que cualquier controversia que se origine entre ellas, será sometida a un Tribunal de Arbitramento conformado por un árbitro, el cual será designado por acuerdo de las partes, o en su defecto, por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá DC. El árbitro designado será abogado inscrito, fallará en derecho de acuerdo a las normas colombianas, se sujetará a las tarifas y reglamentos previstas por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá DC. El Tribunal de Arbitramento tendrá como sede el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá DC.
DÉCIMA NOVENA: LIMITE DE RESPONSABILIDAD.- E+N ESSENCE NATURE no será responsable por los daños o perjuicios que cause el ASOCIADO INDEPENDIENTE a terceros durante el desarrollo de sus actividades de mercadeo en red, por lo tanto, el ASOCIADO INDEPENDIENTE se compromete a responder por cualquier daño, queja, demanda, gasto o indemnización que pudiera generar frente a terceros, como resultado de sus labores de mercadeo en red en contravención de lo aquí previsto o de cualquiera de los documentos que hacen parte del presente Contrato.
VIGÉSIMA: CONVENIO TOTAL.- El presente acuerdo de voluntades y los documentos que hacen parte integral del mismo, constituye un acuerdo total entre E+N ESSENCE NATURE y el ASOCIADO INDEPENDIENTE y prevalece sobre cualquier otro acuerdo sobre el mismo objeto contractual, escrito u oral, que anteriormente se haya celebrado entre E+N ESSENCE NATURE y el ASOCIADO INDEPENDIENTE.
VIGÉSIMA PRIMERA: NOTIFICACIONES.- Todas las comunicaciones que se deriven del presente Contrato o de sus documentos integrantes deberán hacerse por escrito a la dirección física o electrónica registrada por el ASOCIADO INDEPENDIENTE,
también serán válidas las notificaciones realizadas en las publicaciones oficiales de E+N ESSENCE NATURE, bien sea en revistas, folletos, guías o a través de su página web xxx.xxxxxxx-xxxxxx.xxx. Cualquier notificación que un ASOCIADO INDEPENDIENTE requiera hacer a E+N ESSENCE NATURE, deberá realizarla únicamente mediante correo certificado a la dirección: XXXXXXX 00 # 00 – 00, XXXX 0x, XXXXXX DC., TELÉFONO (0) 0000000.
VIGÉSIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS INCORPORADOS.- El ASOCIADO
INDEPENDIENTE reconoce haber leído y entendido completamente el presente contrato y acuerda sujetarse a los mismos. Asimismo, reconoce haber recibido el KIT DE INICIO el cual incluye el CONTRATO MULTINIVEL y el CONTRATO DE MEMBRESÍA. En caso que exista cualquier inconsistencia entre las disposiciones de éste Contrato y los demás documentos incorporados, las partes se sujetarán a lo establecido en el presente documento.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato en DOS (2) EJEMPLARES con la misma validez jurídica cada
uno, a los
(201 ).
( ) días del mes de
del año
El ASOCIADO INEPENDIENTE, E+N ESSENCE NATURE,
Nombre:
CC: Representante Legal
Teléfono: Essence & Flowers SAS.
Dirección: NIT. 900.999.627-1
Ciudad:
E-mail: