Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS-ECONÓMICAS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ORDINARIO, PARA EL SERVICIO DE ACOGIDA EN COLEGIOS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA EN EL MUNICIPIO XX XXXXX VACIAMADRID
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato consistirá en la contratación del servicio de acogida en los colegios públicos de educación infantil y primaria xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx.
Los objetivos de estos servicios son:
● Responder a las necesidades que tienen las familias para acoger al alumnado fuera del horario escolar.
● Prevenir situaciones de riesgo social en la infancia, promoviendo inclusión social.
● Promover y desarrollar actividades educativo-recreativas, en los espacios de referencia.
Los servicios adjudicados seguirán ostentando en todo momento la calificación de servicios públicos municipales realizándose en los distintos colegios públicos.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 20
El Ayuntamiento xx Xxxxx-Vaciamadrid tiene como objetivo, en cualesquiera de los servicios, suministros y obras que pretenda contratar para la consecución de sus fines institucionales que la producción y comercialización de dichas prestaciones, en cualquier etapa de su ciclo de vida, se realicen respetando aspectos socialmente sostenibles y justos. En aplicación del citado objetivo, se incorporan en los Pliegos de Condiciones Administrativas y sus anejos Pliegos de Condiciones Técnicas aspectos medioambientales, sociales y de igualdad de género.
CPV 85312110-3. Servicio de cuidado diurno para niños.
No es posible dividir la prestación en lotes desde el punto de vista técnico, ya que el contrato en un programa único e integral con intervenciones en diferentes centros educativos y el establecimiento de lotes podría suponer la división de un proyecto con coordinación y objetivos integrales. El servicio de acogida da respuesta a una necesidad de las familias del municipio que son diferentes en cada centro educativo pero que tiene que tener una visión global para todo el municipio y que asegure los mismos criterios técnicos a la hora de valorar las necesidades de la población y la individualidad del alumnado.
Además la distribución geográfica de los colegios y del número de usuarios y usuarias de este servicio es irregular y todos los servicios tienen que
1
tener la misma consideración independientemente de tener 10 personas usuarias o 200. Una pluralidad de contratistas podría menoscabar la correcta ejecución del contrato así como los fines y objetivos perseguidos y el riesgo de no cubrir el servicio en algunos colegios.
2. PRECIO. VALOR ESTIMADO. TIPO DE LICITACIÓN
De acuerdo con el estudio económico del servicio reflejado en el informe técnico, el precio del contrato, se compone de dos conceptos, las cuotas mensuales de la actividad, que el Contratista percibirá directamente de los usuarios y usuarias del servicio, en la forma y condiciones que determina el presente pliego y que se estima en 151.200,00 € (IVA exento) por curso escolar, sobre una estimación aproximada de 378 usuarios y usuarias, y por otro lado la aportación del Ayuntamiento estimada en 12.832,00€ (En el Anexo I se detalla el reparto de esta cantidad por centro educativo).
Valor estimado | 393.676,80 € |
Precio | 12.832,00 € |
IVA exento | 0,00 € |
Total Precio | 12.832,00 € |
El valor estimado comprende tanto el precio máximo comprometido por el Ayuntamiento que abonará al contratista, como la estimación de ingresos que abonarán directamente los usuarios y las usuarias del servicio, de acuerdo a los precios autorizados, a su riesgo y xxxxxxx, conforme al procedimiento y en las condiciones señaladas en el pliego. Incorpora igualmente la posibilidad de prórroga del contrato así como el 20% de modificación del contrato original.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 20
La estimación de ingresos que se ha realizado en base a los datos de usuarios del último curso, es la siguiente:
Usuarios/as | Gasto medio | Meses | Total | |
ACOGIDA | 378 | 40 € | 10 | 151.200 € |
Las cuotas mensuales de la actividad están exentas de IVA, al tratarse de actividades relacionadas con “la educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar (…)” según se refleja en el artículo 20, apartado uno, número 9º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
3. FORMA DE PAGO
De acuerdo con lo previsto por la administración municipal para este contrato, el adjudicatario percibirá como remuneración los precios autorizados a abonar por los usuarios de los servicios ofertados por el contratista, corriendo
2
a su riesgo operacional la obtención de dichos ingresos a lo largo de la vigencia del contrato.
En las Juntas de Gobierno de fechas 29 xx xxxxx y 18 de septiembre de 2014 se aprobaron los precios autorizados de los servicios municipales prestados por la Concejalía de Educación, que a continuación se indican:
Precios autorizados para el servicio de Acogida municipal
Acogida | Precio |
Acogida de 7 a 9:30 horas con desayuno | 55 €/mes |
Acogida de 8 a 9:30 horas con desayuno | 49 €/mes |
Acogida desde las 8:30 a 9:30 horas sin desayuno | 34 €/mes |
Acogida de 9 a 9:30 horas sin desayuno | 28 €/mes |
Acogida de 7 a 9 horas con desayuno | 50 €/mes |
Acogida de 8 a 9 horas con desayuno | 42 €/mes |
Acogida desde las 8:30 a 9 horas sin desayuno | 28 €/mes |
Acogida desde las 15:30 a las 16:30 horas(solo junio y septiembre) | 25 €/mes |
Acogida desde las 15:30 a las 17:30 horas(solo junio y septiembre) | 40 €/mes |
Acogida desde las 15:00 a las 16:00 horas(solo junio y septiembre) | 25 €/mes |
Acogida desde las 15:00 a las 17:00 horas(solo junio y septiembre) | 40 €/mes |
Acogida desde las 15:00 a las 17:30 horas(solo junio y septiembre) | 45 €/mes |
Acogida de mañana BONO UTILIZACIÓN PARA 5 DÍAS (incluido desayuno) | 20 € |
Acogida de mañana BONO UTILIZACIÓN PARA 1 DÍA (incluido desayuno): | 4 € |
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 20
Los hermanos tendrán una bonificación del 10% a cargo de la empresa adjudicataria del servicio de acogida municipal en centros educativos, en todos y cada uno de los diferentes servicios de acogida, excepto en los bonos de utilización de días sueltos.
La empresa que resulte adjudicataria del servicio percibirá la cantidad que se genere mediante el cobro de las cuotas mensuales de las actividades, durante el tiempo que duren las mismas, y que a lo largo del último curso ha supuesto, de manera estimada, la cantidad aproximada de 151.200 € por curso escolar.
3
El cobro de cuotas se realizará mediante ingreso, transferencia o domiciliación bancaria de los usuarios a una cuenta corriente del Contratista. Dicha cuenta será específica para este único fin. El Contratista se obliga a facilitar al Ayuntamiento cuanta información económica que a este respecto le requiera. El Contratista facilitará acceso permanente al Ayuntamiento sobre dicha cuenta corriente en exclusivo modo de consulta.
Los precios autorizados señalados se revisarán conforme a las modificaciones operadas en los precios públicos y/o autorizados por el Ayuntamiento xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx. Se podrá modificar los precios autorizados durante la vigencia del contrato entrando en vigor a partir de su aprobación.
El pago de la parte económica aportada por el ayuntamiento se realizará tras presentación y aprobación por el órgano competente de tres facturas por centro, en los meses de diciembre, que incluirá el prorrateo de los meses de septiembre a diciembre, en marzo, que incluirá el prorrateo de enero a marzo, y en junio, que incluirá el prorrateo de xxxxx x xxxxx.
4. DURACIÓN
La prestación del servicio de conformidad con el presente Xxxxxx, será de un año escolar que podrá ser prorrogado por otro año adicional más, estimándose el inicio de la ejecución el 1 de septiembre de 2022 previa formalización.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 20
Una vez terminado el contrato, quedarán extinguidos cuantos derechos nazcan del mismo para el Contratista, de tal manera que éste no tendrá derecho a que se le adquiera material o equipo que utilice en la prestación del servicio, o se le facilite empleo a su personal.
La duración del contrato queda condicionada a las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el CORONAVIRUS COVID-19, así como del cumplimiento de la normativa recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento y demás medidas adoptadas de salud pública.
5. CARACTERISTICAS DE LA PRESTACIÓN
La ejecución del servicio queda condicionada y supeditada a las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el CORONAVIRUS COVID-19, así como del cumplimiento de la normativa recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad
4
de la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento y demás medidas adoptadas de salud pública.
Durante el curso 2021/2022 el servicio público se ha prestado para 6 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, aunque en 5 instalaciones, ya que CEIP Hispanidad-Xxxxxxxx Xxxx, ha compartido centro con el CEIP Xxxxx Xxxxxx.
La previsión para este periodo es que el servicio se mantenga en los mismos centros, con el CEIP Hispanidad-Xxxxxxxx Xxxx en sus propias instalaciones, aunque sin descartarse la posibilidad de ampliar dicho servicio a otros colegios donde el servicio es gestionado por la AMPA del centro de igual manera que su disminución si se deja de prestar el servicio.
Es intención del Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid continuar prestando los servicios de acogida (matinal y de tarde) en los colegios públicos, siempre y cuando los reglamentos de desarrollo de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local permita la realización de estas actuaciones por parte de los municipios.
Los servicios a desarrollar son:
● Servicio de acogida MATINAL (septiembre a junio).
● Servicio de acogida de TARDE (junio y septiembre).
El servicio de acogida matinal se llevará a cabo todos los días lectivos del curso escolar y se realizará antes del inicio de la jornada escolar que, en los colegios que actualmente gestionamos la acogida, es a las 9:00 h., por tanto, el servicio de acogida comienza a las 7:00 h y termina a las 9:00 h.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 20
El servicio de acogida de tarde se realizará en días lectivos, de lunes a viernes, durante junio y septiembre, en horario de 15:00 a 17:30 h.
Los días lectivos serán los establecidos por el calendario escolar, publicado por la Consejería de Educación y Juventud para los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para cada curso escolar.
Los servicios adjudicados seguirán ostentando en todo momento la calificación de servicios públicos municipales realizándose en distintas instalaciones públicas, por lo tanto, su uso estará abierto a todo el público que cumpla las condiciones y requisitos de acceso derivados de la aplicación de este Pliego.
El adjudicatario dispondrá de capacidad para la explotación económica, a pleno riesgo operacional, conforme a las prestaciones tipificadas al efecto, y este no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en la ejecución del mismo.
5
En función de las circunstancias concurrentes derivadas de la crisis sanitaria provocada por el CORONAVIRUS COVID- 19, así como del cumplimiento de la normativa, recomendaciones de la OMS, Ministerio de Sanidad y Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento y demás medidas adoptadas de Salud Pública, el contrato podrá sufrir variaciones en cuanto a su prestación.
La entidad contratista dispondrá de una organización propia y autónoma para la prestación de los servicios, tanto en medios materiales como humanos que cuenten con suficiente competencia técnica, formación y capacidad acreditada, sin que exista relación de dependencia o vinculación alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid.
Asimismo, designará a un coordinador-responsable que será el interlocutor con quien se relacionará únicamente el Ayuntamiento y a quien corresponderá la dirección del servicio, así como impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto del personal de la empresa adjudicataria. Cualquier comunicación deberá realizarse en todo caso a través del coordinador-responsable, que será la figura encargada de controlar la asistencia del personal, cumplimiento de las normas laborales y cualquier otra circunstancia para que la prestación no se vea afectada.
La entidad contratista estará obligada a guardar sigilo y a cumplir la normativa de protección de datos, respecto a los datos o antecedentes relacionados con el objeto del contrato con ocasión de la obtención de documentación e información. Esta obligación se hace extensiva al personal que se emplee para la ejecución del contrato.
Obligaciones del Contratista
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 20
- La empresa será responsable de mantener las garantías precisas sobre el tratamiento de datos de carácter personal recogidos en sus ficheros.
“La empresa adjudicataria declara expresamente que conoce quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, expresamente, en lo indicado en su artículo 10, en cuanto al deber xx xxxxxxx, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid y, especialmente, lo indicado en su artículo 11. La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.” Así como el Reglamento (UE) 679/2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos de personas y a la libre circulación de estos datos.
6
- Prevención de riesgos laborales en el servicio de acogida. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos Laborales y su desarrollo por parte del Real Decreto 171/2004, con carácter general, cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos.
- La empresa adjudicataria que desarrolla el servicio de acogida los centros educativos en horario no lectivo debe cumplir con las indicaciones establecidas en el Plan de Actuación en Emergencias, trasladar esa información a todas las personas que puedan prestar servicio en el centro y, obligatoriamente tiene que realizar un simulacro de evacuación en cada colegio.
- El Adjudicatario deberá presentar un Proyecto General en el que se especifique una propuesta organizativa en relación con los usuarios y usuarias, en el que deberán tenerse en cuenta, obligatoriamente, las consideraciones técnicas que a continuación se describen:
- La gestión de las INSCRIPCIONES, que se realizarán principalmente al final del curso escolar (junio), y al comienzo del siguiente (septiembre), así como las que pudieran producirse a lo largo del curso escolar.
- La empresa adjudicataria suministrará todo el material necesario, reconocido como apto para uso infantil, para las diferentes actividades.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 20
- La empresa adjudicataria deberá disponer de un número determinado de bonificaciones, por importe mínimo de 4.000 euros por curso escolar, que serán establecidas por la Concejalía de Educación, Infancia y Juventud y que irán, necesariamente, dirigidas a aquellas familias que presenten el correspondiente informe favorable emitido por la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento, y/o informe del personal Técnico de la Concejalía de Educación, Infancia y Juventud.
- Se enviarán, mensualmente, a la Concejalía de Educación, Infancia y Juventud informes con la relación detallada de participantes, bonificaciones concedidas, cambios de monitores, si se produjeran, y demás incidencias que pudieran originarse en el desarrollo de la actividad. Dichos informes deberán incluir como mínimo los indicadores establecidos en el Plan Local de Infancia y Adolescencia xx Xxxxx Xxxxxxxxxxx que pudieran corresponderle a los proyectos establecidos en el presente pliego.
- Mensualmente enviarán los ingresos de las cuotas, incluyendo los gastos de administración que genere el servicio, debiendo especificarse éstos de manera mensual, si así es requerido por el Contratista,
7
incluyendo, entre otros, el número de desayunos dispensados en el servicio de acogida matinal, el gasto imputado a costes de material y cualquier otro que pudiera ser requerido por el Contratista.
- El Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid se reserva la potestad de exigir al Adjudicatario los documentos correspondientes expedidos por la Seguridad Social u organismo equivalente de la plantilla del personal adscrito al servicio objeto de contratación, además de la justificación de los pagos a través de las nóminas individualizadas efectuados al personal de referencia, así como las copias de contratos y relación nominal de los mismos, conteniendo nombre, apellidos y NIF.
- De igual manera, el Ayuntamiento se reserva el derecho a exigir a la empresa adjudicataria el currículo vital del personal adscrito, así como los justificantes de las titulaciones que en estos se contemplen.
- La empresa que resulte adjudicataria de conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia la entidad aportará al Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, previo a la adjudicación definitiva del contrato.
- El Adjudicatario deberá presentar, con carácter obligatorio, una memoria anual, observando las especificaciones de contenido que se le definan desde la Concejalía de Educación.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20
- La empresa adjudicataria deberá cumplir lo establecido en la Instrucción de 26 xx xxxx de 2016 del Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid para evitar el uso sexista del lenguaje y promocionar un lenguaje inclusivo en la comunicación y atención a la ciudadanía desde la Administración Local.
- Cumplimiento y aplicación de las recomendaciones sanitarias realizadas por el Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid, Comunidad Autónoma de Madrid, Ministerio de Sanidad y Gobierno de la Nación normas aplicables para la crisis sanitaria provocada por el CORONAVIRUS COVID-19.
El personal que preste el servicio deberá contar, como mínimo, con:
8
- 1 Responsable del Proyecto Global. Con experiencia laboral en actividades relacionadas con el objeto del contrato de, al menos, dos cursos escolares.
- 1 coordinador o coordinadora por cada centro donde se preste el servicio. No tendrá grupo de alumnos y alumnas asignado. Xxxx poseer una experiencia en este puesto de dos cursos escolares. Ocupará el puesto de coordinador o coordinadora de actividades y proyectos de centro.
- El número suficiente de monitoras y monitores, con experiencia laboral en actividades relacionadas con el objeto del contrato de, al menos, dos cursos escolares, ajustándose al ratio establecido de 15 alumnos y alumnas de Educación Infantil, y de 20 alumnos y alumnas de Educación Primaria por monitor o monitora, estableciéndose, como mínimo, dos profesionales por centro escolar, lo que asciende el nº de monitores a 10 mínimo, debiendo tener suficiente capacidad para atender toda la demanda de usuarios de cada centro. Ocupará el puesto de monitor o monitora de ocio educativo y tiempo libre.
A tal efecto, el licitador deberá presentar relación y currículum del personal con las características exigidas, integrado en su empresa o en disposición de integrarse.
El personal contratado tiene que tener la cualificación acorde con el servicio prestado y tabla salarial conforme al Convenio Colectivo del sector Ocio Educativo y Animación Sociocultural.
Las funciones de cada figura serán:
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 20
- Responsable del Proyecto Global: Tendrá que mantener la propia estructura del programa, coordinándose con los responsables del Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid y el resto del equipo, con el
A.M.P.A. del propio centro, con la dirección del colegio, siendo el nexo con ellos para el desarrollo de las distintas acciones y actividades y las mejoras del proyecto en los Colegios de Educación Infantil y Primaria, así como la evaluación continua del programa.
- Coordinadores y coordinadoras. Se encargará de atender a las familias, hacer las inscripciones, gestionar el listado, asistir y organizar el trabajo en cada colegio, comunicará las incidencias al responsable del proyecto y demás tareas afines a su puesto.
- Monitores y monitoras: Desarrollo del programa, coordinación con el responsable del proyecto del centro y los y las coordinadoras, atender las necesidades de cada uno de los destinatarios.
9
Las obligaciones indicadas se constituyen como obligaciones esenciales del contrato.
Subrogación del Personal:
El Anexo II del presente pliego incluye la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que afecte la subrogación, al objeto de permitir una evaluación por parte de las empresas. Esta información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 130 LCSP.
Tomando en consideración lo anterior, es de aplicación a este servicio el Convenio Colectivo del Sector Ocio educativo y animación Sociocultural.
Condiciones para la realización del servicio de acogida en centros de infantil y primaria
La empresa adjudicataria conocerá que el presente pliego ofrece la posibilidad de ampliar el número de colegios donde se oferta el servicio en función de las necesidades de los mismos, condicionadas éstas a la continuidad en la prestación del servicio por parte de las AMPAS del resto de centros educativos e igualmente se podría reducir el número de centros educativos.
El servicio de acogida matinal se realizará previo al inicio de la jornada escolar y durante los días lectivos, para el curso 2022-2023 los horarios de acogida serán:
- De 7:00 a 9:00 h
C.E.I.P. Xxxxx Xxxxxx.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 20
C.E.I.P. Xxxx X. Xxxxxxxx.
C.E.I.P. Jarama.
C.E.I.P. El Olivar.
C.E.I.P. El Parque.
C.E.I.P. Hispanidad – Xxxxxxxx Xxxx.
El servicio de acogida de tarde se realizará en los mismos centros, durante los días lectivos xx xxxxx y septiembre, con el siguiente horario para el curso 2022-2023:
- De 15:00 a 17:30 h
C.E.I.P. Xxxxx Xxxxxx.
C.E.I.P. Xxxx X. Xxxxxxxx.
10
C.E.I.P. Jarama.
C.E.I.P. El Olivar.
C.E.I.P. El Parque.
C.E.I.P. Hispanidad – Xxxxxxxx Xxxx. Contenido de las actuaciones del servicio
1. Servicio de acogida matinal: Servicio diario de lunes a viernes. Horario de 7:00 a 9:00 h durante todos los días lectivos del curso escolar.
● Ofrecer a los niños y niñas, durante el tiempo previo al comienzo de la jornada lectiva, un espacio adecuado para la alimentación (desayuno sobre las 8:15 h), juego y comunicación. En cuanto al servicio de desayuno, la empresa que resulte adjudicataria se compromete a realizar la contratación del desayuno con la misma empresa que lo presta habitualmente en el colegio, así como a seguir cuantas indicaciones le sean trasladadas por los responsables técnicos del Ayuntamiento xx Xxxxx Vaciamadrid en cuanto a las cantidades y alimentos que deben componer el desayuno.
● Horario de incorporación según tramos establecidos, a las 7:00 h, a las 8:00 h y a las 8:30 h de acuerdo con las necesidades particulares de los padres y madres, en el servicio de acogida matinal.
● Atender casos puntuales por circunstancias especiales, pudiendo utilizar las familias dicho servicio durante uno o varios días.
2. Servicio de acogida de tarde: Servicio para días lectivos de lunes a viernes, durante junio y septiembre. Horario de 15:00 a 17:30 h.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 20
● Ofrecer a los niños y niñas, durante el período posterior de la jornada lectiva, un espacio adecuado para el juego y la comunicación.
● Horario de recogida por los familiares realizará escalonadamente hasta las 16:00 h, hasta las 17: 00 o hasta las 17:30 h.
6. SOLVENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA
La entidad licitadora presentará declaración responsable comprensiva de entre otros, los elementos de solvencia. Únicamente la entidad propuesta como adjudicataria acreditará la siguiente solvencia a requerimiento del Ayuntamiento:
1.- Justificante del pago de la póliza de un Seguro de Responsabilidad Civil con un capital mínimo de 600.000 euros, acreditativo de, como mínimo, las siguientes coberturas:
11
a) Responsabilidad Civil de Explotación, con inclusión expresa de los daños sobre la propia obra o producto trabajado, debiéndose mencionar en la póliza en condiciones particulares y/o especiales la responsabilidad sobre los daños que sufra el patrimonio municipal puesto a disposición del Contratista durante la ejecución del contrato.
b) Responsabilidad Civil de Contratistas y subcontratistas, de forma que quede expresa la cobertura directa, sin perjuicio de la facultad de repetición del adjudicatario contra los que resultasen sus subcontratistas.
c) Responsabilidad Civil de Contaminación, derivada del ejercicio de la actividad, sin ninguna otra exclusión en póliza que el ejercicio, por acción u omisión, de actividades o actos que puedan ser catalogados de delito o falta de acuerdo con las leyes administrativas o penales.
- La póliza no podrá tener franquicias, con cargo al asegurado, superiores a
1.500 euros.
- Para daños corporales, la indemnización por víctima no podrá ser inferior a
150.000 euros.
- La delimitación geográfica de la cobertura del seguro tiene que indicar expresamente que cubre el riesgo de la actividad realizada fuera de las instalaciones de la empresa adjudicataria.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 20
2.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Dichos servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (105.000 € IVA no incluido).
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La presentación de las ofertas se realizará por medios electrónicos a través de la plataforma de contratación del sector público y del siguiente modo:
- Archivo electrónico nº 1, DECLARACIÓN RESPONSABLE
12
- Archivo electrónico nº 2, ASPECTOS EVALUABLES MEDIANTE VALORACIÓN TÉCNICA.
- Archivo electrónico nº 3, CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULA.
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Las ofertas se valorarán conforme a los criterios y porcentajes de ponderación siguientes:
Puntuación máxima: 100 puntos.
A) CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE EVALUACIÓN TÉCNICA (Archivo electrónico 2)
Proyecto Técnico, hasta 49 puntos
1. Proyecto específico .......................................................................... hasta 15
puntos.
Se valorará la programación y desarrollo de los proyectos para la prestación del servicio, debiendo reflejar los relativos a desayunos saludables y actividades de ocio y tiempo libre en los momentos de descanso y esparcimiento.
2. Proyecto de coordinación técnica .................................................... hasta 24 puntos.
Se valorará la metodología y técnica de coordinación de todos los programas y su enlace con la comunidad educativa del municipio xx Xxxxx Vaciamadrid.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 20
3. Integración Social ............................................................................ hasta 10
puntos.
Fomento de la integración social de personas con diversidad funcional, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato.
B) CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULA (Archivo electrónico 3)
Hasta 51 puntos
1. Personal adscrito a la realización del servicio.............................. hasta 6 puntos.
a) Se valorará al personal con titulación en educación especial para la atención de niños con necesidades educativas específicas.
13
Para la valoración se otorgará 0,50 puntos por cada persona candidata que posea licenciatura, grado o FP superior en Educación Especial, Integrador Social, o equivalente dentro del Área Social, hasta un máximo de 6 puntos.
● Para su valoración, la entidad licitadora presentará copia de la titulación.
2. Mejoras al pliego.............................................................................. hasta 45
puntos.
a) Xxxxxxxxx a las Jornadas de Puertas Abiertas de las Escuelas Infantiles y Colegios de Educación Infantil y Primaria, y según necesidades que se pudieran producir en materia educativa en los consejos de ciudad organizados por el Ayuntamiento. Cada jornada tendrá una duración media de 2 horas y contará con un mínimo de 2 personas monitoras, valorándose en 0,36 puntos por cada jornada ofertada, hasta un máximo de 18 puntos.
● Para su valoración, la entidad licitadora presentará declaración de compromiso firmada en el que conste expresamente las mejoras ofertadas.
b) Bonificaciones a los/as usuarios/as en actividades del Servicio de Acogida, adicional a la cuantía mínima de 4.000 € en bonificaciones hasta 12 puntos.
Se puntuará 6 puntos por cada 1.000€ adicionales en bonificaciones, hasta un máximo de 12 puntos.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 20
● Para su valoración, la entidad licitadora presentará declaración de compromiso firmada en el que conste expresamente las mejoras ofertadas.
c) Incremento de remuneración. Criterio relacionado con aspectos sociales, vinculados al objeto del contrato, hasta 15 puntos:
Se valorará la mejora porcentual sobre los salarios brutos mensuales (sin incluir en esta cantidad los costes de Seguridad Social o cualquier otro gasto que no corresponda al salario de la persona trabajadora) del personal adscrito a la ejecución de este contrato perteneciente al grupo IV. Personal de atención directa
14
(coordinador/a de actividades y proyectos de centro y monitor/a de ocio educativo y tiempo libre).
Se asignará 1 punto por cada 1% de incremento ofertado sobre las condiciones salariales previstas en el Convenio Colectivo de aplicación. Solo se puntuarán este criterio si las unidades que se ofertan son redondas (sin incluir decimales). El porcentaje afectará por igual a los salarios de todas las categorías profesionales. Además, si hubiera nuevas personas trabajadoras durante la ejecución del contrato y que por tanto no estuvieran en el cuadro de subrogación, el porcentaje ofertado por la empresa adjudicataria se aplicará sobre las tablas salariales del Convenio Colectivo aplicado para el desarrollo del contrato.
● Para su valoración, la entidad licitadora presentará declaración de compromiso firmada en el que conste expresamente el incremento porcentual.
9. INCUMPLIMIENTO. PENALIDADES. RESOLUCIÓN
En orden a la singularidad del contrato se establece un régimen especial de infracciones y penalidades. Las penalidades por demora, mal uso de las instalaciones o deficiencia en la prestación del servicio, serán como consecuencia del cumplimiento de las condiciones técnicas que se derivan xxx Xxxxxx.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 20
El Contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego, a la mejora que en su caso se contenga en su oferta y en las órdenes que se le den por el Ayuntamiento para la mejor prestación del mismo desde el criterio municipal y desde el respeto al equivalente financiero del Contrato.
Se requerirá al Contratista el cumplimiento de sus obligaciones de justificación quedando obligado a la presentación de las cuentas anuales al final del ejercicio contable así como a la presentación de los arqueos de caja mensuales de los servicios prestados con carácter previo al pago mensual.
Las infracciones cometidas por el Adjudicatario en el incumplimiento del contrato se calificarán como faltas de acuerdo a lo establecido a continuación y estará sometida a la normativa vigente, especialmente las referidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
Calificación xx xxxxxx
1. Faltas leves:
15
a) La imperfección en la prestación del servicio de forma no reiterada (falta de puntualidad, falta de control en los materiales y alimentos, falta de cuidado de las instalaciones, falta de calidad en la prestación, etc.), siempre que no se repita más de dos veces a lo largo de un mes.
2. Faltas graves:
a) La imperfección en la prestación del servicio de forma no reiterada (falta de puntualidad, falta de control en los materiales y alimentos, falta de cuidado de las instalaciones, falta de calidad en la prestación, etc.) de tres a cinco veces en dos meses.
b) La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
c) El incumplimiento de las condiciones del presente Xxxxxx que mereciera tal calificación, como son la inobservancia de prescripciones en materia de higiene, seguridad y no cumplimentar el libro de incidencias
3. Faltas muy graves:
a) La imperfección en la prestación del servicio de forma no reiterada (falta de puntualidad, falta de control en los materiales y alimentos, falta de cuidado de las instalaciones, falta de calidad en la prestación, etc.) más de cinco veces en tres meses.
b) la reiteración en la comisión xx xxxxxx graves.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 20
c) El incumplimiento de las condiciones del presente Xxxxxx que mereciera tal calificación, como son la inobservancia de prescripciones en materia de higiene, seguridad, la falta de información u ocultación de hechos o incidencias graves a los/as técnicas municipales que coordinan el proyecto
Sanciones
La imposición de sanciones se realizará por el órgano competente, tras informe de los servicios técnicos y previa audiencia del Contratista por espacio xx xxxx días.
Durante la citada tramitación, se podrán adoptar las medidas provisionales pertinentes al objeto de evitar la perturbación del servicio. La sanción impuesta podrá hacerse efectiva detrayendo su importe de la facturación mensual y, en su caso, de la fianza depositada.
Se establece el siguiente cuadro de sanciones:
● Faltas leves: sanción de 201 a 400 €
● Faltas graves: sanción de 401 a 2.000 €
16
● Faltas muy graves: sanción desde 2.001 euros a la totalidad de fianza depositada, pudiendo llevar aparejada en este último supuesto la posible resolución del contrato por culpa del Contratista.
Las penalidades las impondrá el órgano de contratación, a propuesta del responsable del contrato, previa audiencia al contratista. Podrán efectuarse bien mediante deducción de cantidades pendientes de pago, bien mediante incautación de la garantía depositada, debiendo reponerla el contratista en plazo de 15 días.
10. CONDICIONES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se podrá modificar, en idénticas condiciones al original, en función de las necesidades municipales y previa aprobación por el órgano competente. El límite del 20% del contrato original se añade al valor estimado según se recoge en la cláusula 2 xxx xxxxxx.
Estas posibles ampliaciones están basadas en el posible incremento de centros educativos que participan en el servicio de acogida municipal, y de los cambios que se puedan producir en los datos de escolarización y de asistencia al servicio de acogida cómo se explica en el ANEXO I.
11. ANEXO I
La aportación económica del ayuntamiento se realizará en las siguientes condiciones:
● El pago de 20 horas mensuales de coordinación en los CEIP con un alumnado inferior a 500 y con una asistencia media inferior a 75 personas al mes.
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 20
● El pago de 10 horas mensuales de coordinación en los CEIP con un alumnado inferior a 700 y con una asistencia media inferior a 100 personas al mes.
En la primera opción estarían los siguientes centros:
● CEIP Hispanidad – Xxxxxxxx Xxxx.
● CEIP El Olivar.
● CEIP Xxxxx Xxxxxx.
En la segunda opción estarían los siguientes centros:
● CEIP Xxxxxx.
● CEIP El Parque.
Quedaría excluido de estas opciones el CEIP Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
Según la información facilitada por la actual empresa que realiza el servició, el coste actual de la hora de coordinación, incluyendo los costes de
17
Seguridad Social, es de 16,04 € (se incluye en el expediente certificado de la empresa que actualmente gestiona el servicio con el cálculo de este coste).
Con estos datos el coste económico asumido por el Ayuntamiento sería el siguiente:
CENTRO | HORAS MENSUALE S | MESES DE CONTRATO | COSTE HORA | TOTAL |
CEIP Hispanidad – Xxxxxxxx Xxxx | 20 | 10 | 16,04€ | 3.208,00 € |
CEIP El Olivar 20 10 16,04€ 3.208,00 €
CEIP
Xxxxxx
Xxxxx
20
10
16,04€
3.208,00 €
CEIP Xxxxxx 10 10 16,04€ 1.604,00 €
CEIP El Parque | 10 | 10 | 16,04€ | 1.604,00 € |
TOTAL | 12.832,00 € |
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 20
En caso de prórroga del contrato, el cálculo de esté coste se actualizará, para ello se utilizarán los datos de escolarización de cada centro para el curso 22/23 y de la asistencia media del servicio de acogida en cada centro durante el curso 21/22, y se volverán a aplicar los criterios marcados al principio de este Anexo I.
18
12. ANEXO II
TABLA DE PERSONAL A SUBRROGAR
Nº TRABAJADO R | CONTRA TO | ANTIGÜED AD | SB ANUAL | G C | CATEGORIA | SITUACI ON | JORNADA SEMANAL |
1 | 300 | 03/12/201 2 | 5.350,99 € | 7 | MONITOR | ALTA | 11,25 |
2 | 300 | 10/09/201 2 | 5.351,73 € | 4 | MONITOR | ALTA | 11,25 |
3 | 300 | 12/09/201 1 | 2.378,22 € | 4 | MONITOR | ALTA | 6,25 |
4 | 300 | 17/09/201 4 | 3.022,05 € | 4 | MONITOR | ALTA | 6,25 |
5 | 300 | 10/09/201 2 | 3.012,17 € | 4 | MONITOR | ALTA | 6,25 |
6 | 300 | 02/10/200 6 | 4.756,44 € | 4 | MONITOR | IT | 10,00 |
7 | 300 | 02/10/200 6 | 4.756,44 € | 4 | MONITOR | IT | 6,25 |
8 | 300 | 01/10/200 5 | 5.436,00 € | 4 | COORDINADOR A | ALTA | 10,00 |
9 | 300 | 12/09/201 1 | 6.115,50 € | 4 | COORDINADOR A | ALTA | 11,25 |
10 | 300 | 12/09/201 1 | 5.436,00 € | 4 | COORDINADOR A | IT | 11,25 |
11 | 300 | 14/09/200 9 | 6.115,50 € | 4 | COORDINADOR A | ALTA | 11,25 |
12 | 300 | 28/12/202 1 | 6.115,50 € | 7 | COORDINADOR A | ALTA | 11,25 |
13 | 501 | 10/01/202 2 | 2.378,22 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
14 | 501 | 10/01/202 2 | 5.350,99 € | 7 | MONITOR | ALTA | 11,25 |
15 | 501 | 10/01/202 2 | 2.378,22 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
16 | 501 | 10/01/202 2 | 2.378,22 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
17 | 501 | 10/01/202 2 | 2.378,22 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
18 | 501 | 10/01/202 2 | 2.378,22 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
19 | 501 | 10/01/202 2 | 4.756,44 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
20 | 501 | 10/01/202 2 | 1.991,78 € | 7 | MONITOR | ALTA | 5,00 |
21 | 501 | 10/01/202 2 | 2.489,73 € | 7 | MONITOR | ALTA | 6,25 |
22 | 501 | 10/01/202 2 | 1.991,78 € | 7 | MONITOR | ALTA | 6,25 |
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 20
En Xxxxx Vaciamadrid, a fecha de la firma electrónica
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx de la Torre Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
19
TÉCNICO DE EDUCACIÓN, EDUCACIÓN,
INFANCIA Y JUVENTUD
JEFE DE SERVICIO DE
INFANCIA Y JUVENTUD
20
Cód. Validación: 6TGNEC9H3F5WN5T6PQ6P4TG7K | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 20