De una parte,
En Barcelona, a
De una parte,
ORBEA CAMPUS BARCELONA S.L. , sociedad constituida bajo las leyes de España , con sede en X/Xxxxxxx xx xxxx, 000 ( 00000 ) Xxxxxxxxx, Xxxxxx y número de identificación fiscal B66391079, representada por el Xx. Xxxxx Xxxxxxxx responsable de Orbea campus Barcelona
De otra parte,
provincia
identificación el arrendatario.
de
con domicilio en
C.P
Localidad
, nacido el nacionalidad
la Calle
,
y número de y en adelante
Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para otorgar el presente Contrato y manifiestan lo siguiente:
Primera.- Objeto del contrato (marcar casilla)
El presente contrato tiene por objeto:
Alquiler de vehículo para su utilización por tiempo limitado (opción A).
Alquiler de vehículo a modo de prueba para su posible adquisición
(opción B).
Alquiler de vehículo como bicicleta de sustitución. (opción C).
En virtud de este contrato el usuario toma en arrendamiento, el vehículo que se identifica a continuación, por el periodo de tiempo y condiciones que se especificaran a lo largo del presente contrato, declarando recibirlo en perfecto estado de uso y adecuado para su circulación, con las salvedades que en su caso se hagan constar en el Anexo 1 del presente contrato.
Segunda.- Vehículo arrendado.
,
El vehículo arrendado es la bicicleta marca Orbea, modelo
con nº de matrícula
y que cuenta de serie
con los accesorios y componentes instalados según se relacionan en el Anexo I del presente contrato.
Tercera.- Entrada en vigor.
Con la suscripción de este contrato, Orbea Campus, propietaria del vehículo referido en la estipulación anterior, cede el uso del mismo por un plazo temporal limitado, y de forma exclusiva al usuario, a cambio del abono del precio fijado en el presente contrato. El arrendatario no podrá en modo alguno ceder este contrato a ninguna otra persona distinta del firmante, ni permitirá la utilización de esta bicicleta a ninguna otra persona que no sea el propio arrendatario, única persona expresamente autorizada por el arrendador para utilizar este vehículo.
Cuarta.- Precio
El precio por el alquiler del vehículo será de
euros por cada día de uso, a contar desde el día de la puesta a disposición del vehículo al usuario.
No obstante lo anterior, en caso de que la opción elegida en la cláusula 1ª del contrato fuera la “B”, el precio total devengado por el presente arrendamiento será descontado del pecio final de la compraventa de la bicicleta.
Quinta.- Plazo
El plazo pactado por el arrendamiento se inicia en el día xx xxx, y finalizará el próximo día momento en que el usuario
deberá personarse en la xxxxxx xx XXXXX Campus, dentro de su horario comercial, a
fin de proceder a entregar y devolver el vehículo alquilado, y proceder a suscribir el correspondiente documento de entrega, revisión y finiquito de la relación contractual.
En caso de que la opción elegida en la cláusula 1ª del contrato fuera la “C”, y estando en ese caso el contrato pendiente de la reparación de otro vehículo propiedad del arrendatario (reparación encargada a Orbea Campus), el plazo de finalización del contrato coincidirá con el aviso de conclusión de la reparación. Dicha finalización del plazo se acreditará mediante la remisión de un sms al teléfono móvil facilitado por el usuario. El plazo de finalización temporal pactado de arrendamiento, en ese caso, será el día siguiente hábil a la remisión del citado sms al usuario, fecha en la que deberá devolver el vehículo arrendado y retirar de las instalaciones de Orbea Campus la bicicleta de su propiedad debidamente reparada.
Sexta.- Condiciones de uso.
El arrendatario es la única persona autorizada para conducir el vehículo objeto del presente contrato de arrendamiento, debiendo utilizarlo con la debida diligencia y cuidado conforme al uso destinado y las especificaciones técnicas del fabricante.
El usuario se obliga a conservar en perfecto estado el vehículo entregado, comprometiéndose a no modificar dicha bicicleta en modo alguno ni a alterar su composición, ni transformación del mismo.
El usuario deberá asumir a su propio coste cualquier multa, sanción o daño a tercero que se produzca por la utilización de este vehículo, debiendo suscribir a estos efectos una póliza de seguro, que deberá ser abonada por el usuario, que garantice la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros derivados del uso de dicho vehículo. La firma de dicha póliza deberá ser simultánea a la suscripción de este contrato, siendo su ausencia causa suficiente para dar por resuelto este contrato, sin obligación de entrega del vehículo al arrendatario.
Esta obligación no será exigible a aquellos usuarios que entreguen en el momento de la suscripción de este arrendamiento copia de su licencia personal de categoría nacional expedida por la RFEC para la anualidad vigente, dado que en dicho caso el arrendatario ya cuenta con un seguro de responsabilidad civil que protege dicha cobertura de daños.
Séptima.- Condiciones de devolución.
El arrendatario deberá devolver al término del arriendo la bicicleta objeto del arrendamiento en adecuadas condiciones de uso, utilización y limpia, siendo responsable de cualquier daño o deterioro que se produzca en la misma. A tal efecto ambas partes suscribirán un acta de entrega de la bicicleta, en la que se harán constar los defectos advertidos por el arrendador. Este acta será a todos los efectos el único documento válido acreditativo de la entrega de la posesión del vehículo al arrendador, y en el que se hará consta además la fecha y hora de devolución y entrega, así como la conformidad o no de las partes sobre las condiciones de entrega del vehículo y los desperfectos advertidos.
El arrendatario será responsable directo del costo de la reparación de los daños o desperfectos señalados en el acta de entrega de la bicicleta.
Octava.- Penalizaciones por retraso e incumplimiento del contrato.
Las partes acuerdan que el retraso en la entrega de la bicicleta por parte del arrendatario se contabilizará por días, teniendo un coste cada uno de ellos, a modo de penalización por demora en la entrega del vehículo alquilado equivalente al importe de la renta diaria pactada incrementada en el 50% de dicho importe.
A partir del 7º día inclusive, sin que el arrendatario proceda a devolver el objeto arrendado, la penalización por demora diaria ascenderá al dobel del importe de la renta diaria pactada.
En caso de que transcurran 15 días desde la finalización del contrato, sin que el arrendatario hubiera cumplido con su obligación de entrega, ambas parte convienen que Orbea Campus podrá, a su elección, continuar devengando el importe pactado para la xxxx, o bien, proceder a dar por “extraviada” la bicicleta objeto del presente contrato de alquiler, bastando para ello la notificación de este hecho a través de burofax dirigido al usuario en el domicilio fijado en el encabezamiento del contrato, que se declara expresamente valido a estos efectos por la parte arrendataria, siendo responsable desde ese momento dicho arrendatario del abono de una indemnización por daños y perjuicios causados a Orbea Campus por el extravío de la bicicleta, por importe de su PVP, esto es, la suma de
Euros.
Novena.- Deposito
A fin de garantizar las obligaciones del presente contrato por parte del usuario, éste autoriza a Orbea Campus a cargar inicialmente en su tarjeta nº
la suma de
€ en concepto de depósito o fianza. Dicha
fianza será devuelta al usuario mediante la cancelación del dicho cargo a la finalización del contrato y una vez constatada por parte del propietario de la bicicleta la completa ejecución y cumplimiento de las condiciones pactadas, incluido el pago de las rentas e indemnizaciones que el arrendatario deba al arrendador en virtud de este contrato. Este depósito dinerario no devengará interés ninguno a favor del usuario.
El arrendador no podrá proceder unilateralmente a la compensación entre el depósito de garantía y las rentas pendientes de pago, salvo que medie la autorización expresa del arrendatario en dicho sentido. En caso de extravío de la bicicleta, el arrendatario autoriza a Orbea Campus a efectuar un cargo en la citada tarjeta bancaria por importe equivalente al importe del PVP de la bicicleta, explicitado en la cláusula octava de este contrato, declarando al efecto que dicha tarjeta bancaria dispone de límite de saldo necesario para abonar dicha cifra.
Decimo.- Protección de datos
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (“LOPD”) y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, el arrendatario consienten que todos los datos de carácter personal facilitados a través del presente contrato, serán incorporados a un fichero automatizado de carácter personal del que son responsables, tanto ORBEA Scoop Ltda y Orbea Campus Barcelona SLU que está debidamente inscrito al Registro de la Protección de Datos.
ORBEA Scoop y Orbea Campus tratarán los datos personales facilitados por el arrendatario de forma confidencial y con la finalidad de: realización de encuestas, estadísticas y análisis xx xxxxxxx; (V) promocionar o publicitar las actividades,
servicios y artículos que ofrezcan las sociedades ORBEA las de terceros colaboradores que operen en el ámbito del deporte en general; y (VI) participar en los servicios de la web xx XXXXX y autorizar el envío de correo ordinario o por comunicación electrónica (e-mail y SMS, éste último es un mensaje corto de texto a su teléfono móvil) de información relativa a cualquiera de los aspectos anteriores.
Undecimo.- Jurisdicción.
Las partes, renunciando a su propio fuero si lo tuvieren, someten a los tribunales de Barcelona cualquier diferencia que se pudiera presentar en la interpretación y cumplimiento de este contrato.
Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman el presente documento por duplicado ejempla, lugar y fecha ut supra.