CONVENIO DE TRANSFERENCIA Y OPERACIÓN INSTRUMENTO CRECE FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS
CONVENIO DE TRANSFERENCIA Y OPERACIÓN INSTRUMENTO CRECE FONDO DE DESARROLLO DE NEGOCIOS
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS LAGOS Y
FUNDACIÓN DE DESARROLLO EDUCACIONAL Y TECNOLÓGICO LA ARAUCANÍA
En Puerto Montt, Chile, entre el Servicio de Cooperación Técnica, Corporación de Derecho Privado, RUT N° 00.000.000-X, en adelante, e indistintamente, “Sercotec” o “el Servicio”, representado, según se acreditará, por xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, cédula de identidad Nº 00.000.000-0, en su calidad de Directora Regional de Los Lagos, ambos domiciliados en Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 621, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos; y Fundación de Desarrollo Educacional y Tecnológico La Araucanía, RUT N° 00.000.000-X, representado, según se acreditará, por don/xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, cédula de identidad N° 00.000.000-0, ambos domiciliados en Xxxxxx Xxxx N° 332 Of. 903, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, en adelante, “el Agente”, se ha convenido lo siguiente:
ANTECEDENTES
En virtud de lo establecido en la Resolución N° 10.317, de 15 de febrero de 2023, de la Gerenta General de Sercotec, que aprueba el Reglamento para Agentes Operadores de Sercotec, éstos deben celebrar un Convenio de Agenciamiento para su habilitación y un Acuerdo de Desempeño, en el cual se establecerán las condiciones mínimas que deben cumplir para operar en una región, definiendo su equipo profesional, más un conjunto organizado de objetivos, y sus respectivas metas, indicadores y medios de verificación, que orienten y ayuden al Agente en el cumplimiento de su misión, promuevan un uso eficiente y eficaz de los recursos, y permitan la correcta y transparente rendición de cuentas.
Al efecto, el Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec, realizó un concurso denominado “Convocatoria para Agentes Operadores Regionales de Sercotec”, cuyas bases fueron aprobadas mediante la Resolución N° 10.318, de fecha 17 de febrero de 2023, de la Gerenta General de Sercotec.
El Agente fue seleccionado a través del proceso evaluación de ofertas realizado por Sercotec y ratificado por el Comité de Gerentes, según consta en Acta de fecha 10 xx xxxxx de 2023, para la Región de Los Lagos, lo cual se notificó vía correo electrónico, formalizándose mediante Convenio de Agenciamiento suscrito entre las partes con fecha 24 xx xxxxx de 2023, el cual se encuentra vigente y surtiendo sus efectos.
De acuerdo al Reglamento para Agentes Operadores de Sercotec, aprobado por la Resolución N° 10.317, de 2023, de la Gerenta General de Sercotec, el Agente se encontrará habilitado por un plazo de tres años para operar como Agente Operador, estando condicionado al desempeño
de sus actividades estipuladas en los acuerdos de desempeño suscritos con las Direcciones Regionales correspondientes.
En consideración de requerimientos establecidos en la Ley N° 21.640, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024, se reemplaza el documento “Acuerdo de Desempeño Anual” por el presente “Convenio de Transferencia y Operación”, que es firmado entre el Agente Operador y la Dirección Regional para la operación del instrumento Crece Fondo de desarrollo de Negocios Región de Los Lagos 2024.
De conformidad a lo que establecen los estatutos del Agente Operador Fundación de Desarrollo Educacional y Tecnológico La Araucanía , el objeto social o fines del Agente son: el desarrollo del capital humano regional y nacional, contribuyendo al progreso de la sociedad en las áreas del conocimiento, la transferencia tecnológica, el fomento productivo y la cultura, para generar valor y nuevas capacidades, fortaleciendo la sustentabilidad económica, social y ambiental, con enfoque descentralizado, territorial, democrático, intercultural e integral de la región y el país, lo que resulta pertinente a las actividades encomendadas por Sercotec, así como también se acreditó que el Agente Operador cumple con el requisito de tener una antigüedad mayor a dos años y experiencia en la prestación de servicios similares.
A la fecha de la suscripción del presente convenio, el Agente Operador y Sercotec registran los siguientes convenios de transferencia y operación vigentes:
1. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Almacenes de Chile, Fondo Concursable Digitaliza Tu Almacén, Región xx Xxxxxxxxxx y Antártica Chilena.
2. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Almacenes de Chile, Fondo Concursable Digitaliza Tu Almacén, Región de Los Lagos.
3. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Fortalecimiento Gremial, Región de Los Xxxx.
4. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Fortalecimiento Gremial, Región de Los Lagos
5. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Fortalecimiento Gremial, Región xx Xxxxx.
6. Convenio de Transferencia y Operación del instrumento Fortalecimiento Gremial, Región xx Xxxxxxxxxx y Antártica Chilena.
7. Centros de Desarrollo de Negocios Chiloé, Región de Los Lagos.
En mérito de lo anteriormente señalado, las partes convienen:
PRIMERO: Condiciones que debe cumplir el Agente Operador.
Las condiciones mínimas que deberá cumplir el Agente, para operar en la Región de Los Lagos, el respectivo instrumento asignado, son las siguientes:
1. Contar con la infraestructura física y tecnológica ofertada, que se pondrá a disposición para el desarrollo de las actividades del Agente, en los distintos territorios, de modo de asegurar la mantención de archivos y documentación de los proyectos que administre.
2. Contar con espacio físico según lo ofertado, destinado a la recepción y atención de clientes, que deberá señalar claramente la condición de Agente Operador de Sercotec.
3. Contar con la estructura organizacional y de recursos humanos acorde a las funciones del Agente Operador y a la propuesta realizada a Sercotec. El Director Ejecutivo del Agente Operador actuará como la contraparte de la Dirección Regional y tendrá disponibilidad para poder atender sus requerimientos, en forma personal si la situación lo amerita, en plazo no superior a 48 horas.
4. Contar con internet y equipos computacionales, telefonía, correo electrónico institucional, proyector, escáner y disponibilidad de vehículos, todos ellos adecuados para el desarrollo de sus labores como Agente Operador.
5. Contar con al menos 2 (dos) años de antigüedad, contados desde su constitución, y experiencia demostrable en el área de ejecución del convenio.
6. Ejecutar el Plan de comunicación y difusión de los programas e instrumentos de Sercotec (en los casos que corresponda), conforme a términos acordados con la Dirección Regional y contenidos del Manual de Lineamientos Comunicacionales para Agentes y sus posteriores modificaciones.
7. Dar cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley N° 19.862, que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
8. Publicar en su sitio electrónico el proyecto y presupuesto adjudicado, así como este convenio, junto a estados financieros, balance y memoria anual de actividades, la nómina de su directorio en ejercicio o de su órgano superior de administración, administradores principales, los recursos recibidos por fecha, monto y organismo otorgante, si el convenio supera las 2.000 UTM, dentro de 15 días corridos, contados desde la suscripción del mismo.
El cumplimiento de todas estas condiciones mínimas podrá ser verificado en cualquier momento por la Dirección Regional del Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
En caso de incumplimiento en las condiciones señaladas precedentemente, por causas ajenas al Agente, caso fortuito o fuerza mayor, el Agente debe dar aviso por escrito de dicha situación en un plazo máximo de tres días al Director Regional de Sercotec, dando cuenta de las causas que lo ocasionan, así como las medidas que se han adoptado para su solución y plazos comprometidos.
Sercotec tendrá la facultad de aprobar o rechazar las medidas propuestas por el Agente.
El Agente, para uso y administración de recursos transferidos, debe cumplir con la normativa, reglamento, procedimientos de Sercotec y manuales operativos, los que forman parte integrante de este convenio, y el Agente Operador declara expresamente conocer y aceptar en todas y cada una de sus partes, así como los nuevos instrumentos que se incorporen. En tal caso, dichas normas se entenderán parte integrante del presente convenio a contar de la fecha de su entrega, notificación o publicación.
El Agente acepta las labores encomendadas y se obliga a ejecutarlas dando estricto cumplimiento a las disposiciones del presente convenio y de conformidad a Bases del Concurso denominado “Convocatoria para Agentes Operadores Regionales de Sercotec”, el proceso de selección para el instrumento que se le asigna, a las preguntas y aclaraciones de ambos procesos, a la propuesta técnica presentada por el Agente Operador, el convenio de agenciamiento y toda la normativa señalada en el párrafo anterior.
SEGUNDO: Vigencia.
La vigencia del presente convenio se extenderá desde el 23 xx xxxxx de 2024, hasta el día 30 xx xxxxx de 2025.
Excepcionalmente, el presente convenio se suscribe con carácter retroactivo al día 23 xx xxxxx de 2024, para el solo efecto de ejecución y rendición de recursos, toda vez que tiene consecuencias favorables para las partes y no perjudica los derechos de terceros, sin perjuicio de las eventuales responsabilidades que correspondan.
En caso de haberse aplicado medidas de suspensión, en conformidad a lo establecido en el punto
8 del Reglamento de Agentes Operadores Sercotec, y del respectivo procedimiento sancionatorio, el Agente deberá continuar con sus acciones respecto de todos los instrumentos y proyectos de fomento que esté administrando, salvo disposición en contrario del Servicio.
Asimismo, el vencimiento del presente convenio no libera al Agente Operador de continuar sus acciones de tal con todos los instrumentos y proyectos de fomento que esté administrando.
Por su parte, cualquier devolución que deba realizarse por concepto de recursos no ejecutados, gastos rechazados u otros, deberá ser realizada por parte del Agente Operador hasta el día 30 xx xxxxx de 2025.
TERCERO: Informe de Cierre
El Agente deberá presentar un Informe de Cierre de la presente asignación, en un plazo no superior a 30 días corridos previos al término de la vigencia del presente convenio, que contenga toda la información necesaria para acreditar el cumplimiento de condiciones mínimas y su desempeño general en términos de resultados alcanzados, el estado de administración financiera de recursos y problemas en el desarrollo de sus actividades, entre otros.
CUARTO: Modificación.
Sercotec podrá requerir prestaciones adicionales a la originalmente contratada, disminuirla o modificarla siempre que estén debidamente justificadas; o bien, aumentar el plazo de vigencia del presente convenio, debiendo complementar o entregar nuevas garantías, si corresponde.
En el caso de existir modificaciones de los recursos asignados, ésta/s deberá/n ser aprobada/s por el CER. Además, toda modificación al presente convenio se hará efectiva mediante un acuerdo común por escrito, suscrito por los representantes autorizados de cada parte, en los mismos términos del presente convenio.
QUINTO: Supervisión y contraparte.
Sercotec, durante la ejecución del presente Xxxxxxxx, podrá ejercer las facultades de dirección y control sobre la forma y modo de cumplimiento de las actividades por parte del Agente, en lo material, técnico, jurídico y/o económico. Asimismo, podrá modificar unilateralmente este
convenio, ya sea en lo referido a plazos, evaluaciones, formas de ejecución y seguimiento y pagos, siempre que no se altere de manera sustantiva el mismo.
Para efectos de este convenio, actuará como contraparte xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx Ejecutiva de Fomento asignado por la Directora Regional de Los Lagos para estos efectos, o quien la reemplace.
Las funciones de la contraparte incluyen, entre otras:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de las actividades definidas en el presente convenio.
b) Verificar, durante la vigencia del convenio, que el Agente Operador entregue acreditación de cumplimiento de normativa laboral, mediante certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo (F30-1).
c) Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en normativa vigente aplicable, así como también por los lineamientos definidos para el instrumento y su correcta ejecución presupuestaria y técnica.
d) Verificar, previo a la suscripción del presente convenio, que el Agente Operador se encuentre en cumplimiento de las obligaciones que le impone la Ley N° 19.862, a través del certificado de inscripción en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
e) Verificar de manera previa a la suscripción del presente convenio y transferencia de recursos, que el Agente Operador se encuentre al día en sus rendiciones, respecto de cualquier otro convenio suscrito con Sercotec.
f) Verificar que el Agente Operador cuente con al menos 2 (dos) años de antigüedad, contados desde su constitución, y con experiencia demostrable en el área de ejecución del convenio.
g) Solicitar custodia y mantención de las garantías de fiel cumplimiento y anticipo requeridas, así como velar por la vigencia de las mismas.
h) Verificar la publicación del presente convenio en sitio electrónico institucional de Sercotec, en un plazo no mayor de quince días corridos una vez que éste se encuentre firmado.
i) Verificar que el Agente Operador publique en su sitio electrónico el proyecto y presupuesto adjudicado y el presente convenio, junto a los estados financieros, balance y memoria anual de actividades, nómina de su directorio en ejercicio o su órgano superior de administración, administradores principales, los recursos recibidos por fecha, monto y organismo otorgante, si el convenio supera las 2.000 UTM.
SEXTO: Término anticipado.
El Convenio Operativo podrá modificarse o terminarse anticipadamente, si se incurriere en alguna de las causales mencionadas en el Reglamento de Agentes Operadores Sercotec, así como en el procedimiento sancionatorio correspondiente.
SÉPTIMO: Cesión de derechos.
Atendida la necesidad de Sercotec, y a fin de dar cabal cumplimiento a las prestaciones de este convenio, las partes aceptan que el Servicio de Cooperación Técnica pueda transferir sus derechos y obligaciones, en caso de cualquier modificación normativa.
OCTAVO: Propiedad intelectual.
El producto del trabajo que eventualmente desarrolle el Agente o sus dependientes, con ocasión del presente convenio, tales como obras audiovisuales, videogramas, informes u otros, serán sus respectivas propiedades objeto de cesión en favor de Xxxxxxxx, quien se reservará el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el Agente realizar ningún acto al respecto, ajeno al convenio, sin autorización previa y expresa de Sercotec.
Toda información, indistintamente del medio en que se encuentre, digital o físico, relativa a Sercotec o a terceros, a la que el Agente tenga acceso con motivo del convenio, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información debe mantenerse en carácter de reservada, respondiendo el Agente de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.
NOVENO: Confidencialidad.
El Agente se obliga a mantener la confidencialidad de la información de los beneficiarios, de los proyectos y de todas las bases de datos relativas a la operación de los instrumentos de Sercotec, dando estricto cumplimiento a lo previsto en la Ley 19.628 sobre Protección de Datos Personales, debiendo requerir, en cada uno de los programas, instrumentos y proyectos, la autorización de los usuarios para incorporar sus antecedentes personales a base de datos para uso y tratamiento en acciones de apoyo, con organismos públicos o privados, así como también para la confirmación de antecedentes con fuentes oficiales, tales como Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Registro Civil, Dirección del Trabajo, Tesorería General de la República, entre otros, base de datos que solo podrán ser operadas por Sercotec. En todo evento, esta obligación no será obstáculo para las acciones de supervisión y seguimiento que desarrolle Sercotec o quien éste designe.
DÉCIMO: Relación entre el Agente Operador y sus dependientes.
El personal del Agente dependerá exclusivamente de éste y no tiene relación laboral directa y/o indirecta con Sercotec, ni con ninguna de sus oficinas o dependencias.
Todas las obligaciones de carácter laboral, previsional o de cualquier otra naturaleza que puedan existir entre dichos dependientes y el Operador como empleador de los mismos, no empecerán ni afectarán en modo alguno al Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
El cumplimiento del pago de obligaciones previsionales debe ser acreditado mensualmente y con cada una de las rendiciones de los fondos transferidos por Sercotec.
El Agente Operador deberá prestar los servicios con su personal propio. No obstante, y siempre que una situación puntual lo amerite, se podrán subcontratar actividades que no constituyan el objeto principal del convenio (las actividades que realizará el Agente Operador en el marco de este convenio, se detallan en la cláusula décimo sexta del presente convenio). Lo anterior, previa autorización expresa de Sercotec.
En ningún caso, dicha subcontratación se podrá realizar con personas relacionadas, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley N° 18.045.
UNDÉCIMO: Transferencias al Agente Operador
El Agente, para uso y administración de recursos transferidos, debe cumplir con la normativa, reglamento, procedimientos de Sercotec y documentos vigentes vinculados a operación de instrumentos agenciados, los que forman parte integrante de este convenio y el Agente Operador declara expresamente conocer y aceptar en todas y cada una de sus partes.
En el marco del presente convenio, se le asignarán recursos al Agente, para la operación del instrumento Crece Fondo de Desarrollo de Negocios de la Región de Los Lagos, por un total de
$621.497.100., según el siguiente desglose:
Gasto Operativo | $579.210.156 |
Gasto Administrativo | $42.286.944 |
Xxxxx xxxxx será transferido al Agente Operador en 3 (tres) cuotas, por los siguientes conceptos:
a) Primera cuota: 8,0% del total, contra verificación de proceso de notificación de los resultados de evaluación de admisibilidad manual, previa a la evaluación técnica de las postulaciones por parte del Agente Operador de Sercotec.
b) Segunda cuota: 90% del total, contra la verificación del término de la etapa de evaluación de las postulaciones y Acta CER de seleccionados.
c) Tercera cuota: 2,0% del total, contra verificación de informe de cierre de la convocatoria.
Para efectos de la ejecución, ésta no podrá exceder el 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente, podrá ampliarse dicho plazo de común acuerdo escrito entre las partes.
El Agente deberá poner a disposición de Sercotec al menos una cuenta corriente bancaria que garantice correcta operación del instrumento. Estas cuentas no podrán generar intereses. Sercotec proporcionará un plan de cuentas para el control y registro de estos recursos.
Los recursos transferidos, sólo podrán ser utilizados para la ejecución de los instrumentos de Sercotec, quedando expresamente prohibido que éstos sean utilizados indebidamente o destinarse a un fin distinto de aquel para el que fueron entregados.
Se deberá considerar para la operación del año 2024, los lineamientos establecidos por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, en relación a que los costos administrativos, no pueden superar el 6,9% de los recursos asignados a este instrumento.
DUODÉCIMO: Rendiciones del Agente Operador
Los recursos deberán rendirse conforme a lo establecido en la Resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República, al punto 18 de las Bases de Convocatoria para Agentes Operadores, los manuales, al Procedimiento de Rendiciones vigente de Sercotec y sus respectivos instructivos.
El proceso de rendición está comprendido por:
a) La normativa vigente que rige a los recursos transferidos por Ley de Presupuestos. Los Agentes Operadores tienen la obligación de rendir cuenta mediante la presentación de informes y las rendiciones de gastos de fondos transferidos a cada instrumento y proyecto. Todos los informes y rendiciones de cuentas deberán presentarse en la Dirección Regional correspondiente.
b) Revisiones mensuales: El Agente Operador deberá enviar mensualmente a la Dirección Regional, en formato digital, el Auxiliar de Beneficiarios, dentro de los cinco (5) días del mes siguiente.
c) Rendiciones trimestrales: El Agente Operador deberá presentar a Sercotec la rendición de gastos de acuerdo a los hitos de avance técnico y financiero del proyecto, con la documentación que indica el Procedimiento de Rendiciones vigente.
DECIMOTERCERO: Garantías.
Las garantías solicitadas, ya sean de fiel cumplimiento o por la transferencia de recursos, deberán ser del tipo vales vista, boletas de garantía, pólizas de seguro, depósitos a plazo, certificados de fianza u otros instrumentos que permitan su cobro inmediato, debiendo ser pagadero a la vista, nominativo, irrevocable y no endosable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, debe ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de garantías no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días hábiles administrativos contado desde el término del plazo de vigencia de este convenio. La Dirección Regional Sercotec será responsable de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas.
El Agente Operador deberá hacer entrega de dos tipos de garantías:
1. Garantía de fiel cumplimento:
Para responder al fiel y oportuno cumplimiento del convenio y las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, el Agente hace entrega a Sercotec de la Póliza de Seguro de Garantía N°008704, de fecha 29 xx xxxxx de 2024 y su endoso 1, de fecha 22 xx xxxx de 2024, de Orsan Seguros de Crédito y Garantía S.A., con vigencia hasta el día 31 de julio de 2025, nominativa, equivalente al 5% del valor total de este convenio, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva sin más trámite, en cualquiera de los casos de incumplimiento previstos en este instrumento, en las Bases o en cualquier otro en que pueda incurrir el Agento Operador. Glosa: “Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento del convenio de transferencia y operación Programa Crece Fondo de desarrollo de negocios 2024, Región de Los Lagos, y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores. Incluye multas y cláusulas penales”.
Dicha garantía debe ser entregada previo a la firma del presente convenio y prorrogarse por el Operador antes de su vencimiento, si Sercotec estima necesario, siendo devuelta después de finalizada la ejecución del instrumento encomendado y rendidos los recursos correspondientes, sólo una vez vencido el plazo de vigencia de la misma, salvo que el Agente no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente, Reglamento de Agentes Operadores de Sercotec, procedimiento sancionatorio, el convenio de agenciamiento, el presente convenio y eventuales modificaciones, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
2. Garantía de anticipo, por transferencia de recursos:
Sercotec podrá realizar transferencias de los recursos al Agente Operador previa recepción de la garantía equivalente al 100% del valor anticipado, hasta por el monto total de la transferencia establecida en el convenio, a fin de garantizar el correcto uso de los fondos transferidos, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en caso que el Agente Operador destine recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan.
En lo sucesivo, el Agente Operador deberá prorrogar dicha garantía antes de su vencimiento, o bien, emitir una nueva, en el caso de existir nuevos anticipos, cumpliendo con las condiciones de emisión establecidas en el presente convenio.
Dicha garantía será devuelta dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, después de aprobadas las rendiciones, salvo que el Agente Operador destine los recursos a un fin diverso al acordado, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
En el caso que el Agente incurriese en alguna falta relativa a la rendición de fondos o no cumpla con las obligaciones contraídas, Sercotec hará efectiva la(s) garantía(s) antes indicada(s) y podrá iniciar acciones legales correspondientes.
Sercotec pagará al Agente, por concepto de costo de las garantías antes señaladas (fiel cumplimiento y anticipo), hasta el monto señalado en la normativa reglamentaria de cada instrumento.
Los recursos transferidos, sólo podrán ser utilizados para la ejecución de los instrumentos de Sercotec, quedando expresamente prohibido que éstos sean utilizados indebidamente o destinarse a un fin distinto de aquél para el que fueron entregados.
DECIMOCUARTO: Disponibilidad de la información.
El Agente Operador deberá dar todas las facilidades necesarias tanto para que Sercotec, como quién éste designe y/o Contraloría General de la República, revisen la documentación de respaldo de antecedentes de proyectos, clientes y/o rendiciones de cuentas presentadas, como también entregar en los plazos requeridos los antecedentes que le sean solicitados, así como también:
• Levantar líneas base de acuerdo a los cuestionarios y criterios que serán proporcionados por el Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
• Realizar mantención y actualización de las bases de datos que contengan la información relativa a las líneas de base de los postulantes y los registros de los proyectos.
• Registrar y mantener actualizada periódicamente información sobre ejecución del instrumento y los beneficiarios en las plataformas proporcionadas por Sercotec para este propósito
DECIMOQUINTO: Plan de trabajo Agente Operador.
1. Objetivo Plan de Trabajo
El Plan tiene por objetivo estructurar, organizar y coordinar la relación de trabajo entre el Agente Operador Sercotec – AGENTE OPERADOR, con la Dirección Regional de Los Lagos, a través de un plan que contribuya a la correcta implementación y ejecución del instrumento Crece Fondo de Desarrollo de Negocios; de conformidad al Reglamento aprobado por Resolución N° 10.474 de fecha 18 xx xxxxx de 2024 y a la documentación operativa correspondiente, incluyendo sus posteriores modificaciones si las hubiere.
2. Focalización Regional
La convocatoria está dirigida a micro y pequeñas empresas, personas naturales y jurídicas de la Región de Los Lagos, con iniciación de actividades en primera categoría ante el SII, pertenecientes a cualquier sector económico.
3. Carta Xxxxx Actividades a Implementar
Para cada etapa del instrumento, se definirán las actividades, las fechas de ejecución del seguimiento y entrega de los productos comprometidos por el Agente Operador de Sercotec, las que serán informadas por las contrapartes de Sercotec de acuerdo a los plazos establecidos para cada etapa.
Esta Carta Xxxxx podrá ser ajustada o modificada por Sercotec, durante la ejecución del programa, lo cual será informado vía correo electrónico por la contraparte.
Nº | Etapa | Fecha de Inicio | Fecha de Término |
1 | Postulaciones | 18-04-24 | 03-05-24 |
2 | Admisibilidad manual | 06-05-24 | 22-05-24 |
3 | Evaluación Técnica | 23-05-24 | 07-06-24 |
4 | Evaluación en terreno | 10-06-24 | 05-07-24 |
5 | CER | 08-07-24 | 18-07-24 |
6 | Formalización | 19-07-24 | 09-08-24 |
7 | Ejecución | 09-08-24 | 09-12-24 |
OBJETIVOS ESPECÍFICOS | RESULTADOS ESPERADOS | PRODUCTOS ESPERADOS | DEFINICIÓN DE METAS |
1. Ejecutar el programa Crece, de acuerdo a | ✔ Cumplimiento de cobertura mínima (105 empresas beneficiarias) | a) Verificación de que cada una de las empresas beneficiarias cumplen con | ✔ 100% de cumplimiento respecto a las bases, |
Planificación Operativa, directrices y plazos entregados por Sercotec, a través de la Dirección Regional, incluido: Reglamentos, Bases, procedimientos, flujos e instructivos. | ✔ Administrar los recursos de operación del programa y constituir las garantías correspondientes. ✔ Cumplimiento con los plazos asignados para la ejecución de cada etapa del programa. | los requisitos de admisibilidad, evaluación, formalización y desarrollo, señalados en la documentación operativa del programa. | procedimientos e instructivos del programa. |
2. Proceso de postulación de la convocatoria. | ✔ Realizar la atención de público y participar en charlas de difusión a solicitud de Sercotec. ✔ Apoyar revisión casos de apelaciones. | ✔ Empresas informadas respecto a los objetivos, requisitos y beneficios del programa Crece. ✔ Recepción de consultas y entrega de respuestas respecto del proceso de postulación, además de gestionar modificaciones de estado y reversa durante la etapa (por apelaciones). | ✔ Atender el 100% de las consultas. ✔ 100% de las solicitudes de apelación gestionadas. |
3. Evaluar el cumplimiento de los criterios de admisibilidad manual. | ✔ Evaluar la admisibilidad de los postulantes de acuerdo a lo definido por Xxxxxxxx. beneficiarios/as. ✔ Evaluar las solicitudes de apelación de los postulantes y gestionar con el ejecutivo/a regional el cambio de estado en el requisito, si correspondiese. ✔ Registrar la información en el Sistema de evaluación de Sercotec. | ✔ Evaluación de los requisitos de admisibilidad manual de los postulantes al programa, e ingreso de los resultados en el sistema correspondiente. ✔ Postulantes admisibles incorporados en la plataforma correspondiente. ✔ Acta de supervisión de la evaluación requisitos de admisibilidad manual firmada. | ✔ El 100% de los postulantes son evaluados manualmente 100% de información ingresada a Siseval. |
4. Ejecutar proceso de evaluación técnica a los formularios de ideas de negocio postulantes y de video pitch, de acuerdo a los plazos entregados por la Dirección Regional y realizar evaluación de terreno. | ✔ Evaluar formulario de postulación de las ideas de negocio admisibles y que se encuentran sobre el puntaje xx xxxxx, bajo la metodología CANVAS. ✔ Evaluar video pitch de acuerdo a pauta de evaluación de anexos ✔ Evaluar en terreno a los postulantes declarados admisibles. ✔ Presentar los resultados de la evaluación técnica y | ✔ Evaluación de los formularios de postulación de cada proyecto de negocio postulada, incorporadas en la plataforma correspondiente. ✔ Evaluación de video pitch. ✔ Informe de Resultados Evaluación Técnica firmado (Agente Operador). ✔ Acta de Supervisión Evaluación Técnica firmada (DR). | ✔ El 100% de los beneficiarios cumplen con los requisitos de evaluación técnica. ✔ El 100% de las ideas de negocios, admisibles y sobre puntaje xx xxxxx, se encuentran correctamente evaluadas. ✔ 100% información ingresada al Sistema de Evaluación. |
terreno a la contraparte regional de Sercotec y registrarlo en la plataforma dispuesta para estos efectos (SISEVAL). ✔ Registrar la información en el Sistema de Evaluación de Sercotec. | ✔ Presentación de los resultados de la evaluación técnica a la Dirección Regional y al Comité de Evaluación Regional CER (o a la Comisión Técnica Regional, según corresponda). ✔ Registro de la información en el Sistema de Evaluación de Sercotec. | ✔ Los resultados del 100% de los proyecto de negocios evaluadas, son presentados a la Dirección Regional y a la instancia de evaluación posterior (CER o Comisión Técnica). | |
5. Formalización de beneficiarios/as. | ✔ Realizar proceso de firma de contrato con los beneficiarios del instrumento que cumplen con requisitos de formalización, considerando la lista de seleccionados determinados por el Comité de Evaluación Regional (CER). ✔ Seleccionados ingresan aporte empresarial. ✔ Registrar la información en el Sistema de Evaluación de Sercotec. | ✔ Empresas seleccionadas, son contactados por el Agente Operador de Sercotec para la entrega de los verificadores de formalización, previo a la firma del contrato, y de acuerdo a Bases de Convocatoria. ✔ Contratos Fase de Implementación del plan de trabajo firmados por el agente operador y beneficiario a través de forma digital (excepcionalmente se podrán firmar contratos manualmente). ✔ Comprobantes o verificadores de requisitos incluye Aporte empresarial. ✔ Acta de Supervisión a Proceso de Formalización firmada. ✔ Casos observados por DR y subsanados con el Agente Operador (si correspondiese). ✔ Seleccionados en estado de Beneficiarios en el Sistema de Evaluación. ✔ Planes de Trabajo ingresados en SISEVAL y aprobados por ejecutivo/a de fomento. | ✔ Los/as seleccionados/as en Comité CER, que cumplen con los requisitos de formalización; firman contrato en original con el Agente Operador, estableciéndose como beneficiarios del Programa. ✔ 100% de los contratos de beneficiarios digitalizados y cargados en el Sistema de Evaluación (SISEVAL). ✔ 100% de los Beneficiarios registrados en el Sistema de Evaluación (SISEVAL). |
6. Implementar la ejecución, acompañamiento operativo y seguimiento financiero de los planes de trabajo Crece en el plazo indicado en las bases y contrato con beneficiarios/as. | ✔ Asesorar a cada beneficiario en la revisión y ajustes de su cuadro presupuestario postulado, estableciendo en conjunto el plan de trabajo que se ejecutará en la fase de implementación. ✔ Implementar las acciones técnicas, financieras, logísticas, entre otras, que permitan asegurar la concreción de las inversiones y acciones de gestión empresarial aprobadas para cada proyecto de negocio y su correcta rendición a Sercotec. ✔ Ejecutar Xxxxxxxx o apoyo a beneficiarios para realizar el chequeo digital. ✔ Realizar las acciones de acompañamiento en los procesos de compras vía reembolso y/o compra asistida. ✔ Monitorear periódicamente la ejecución de los proyectos y presupuesto ejecutado. Se deberá informar al término del tercer mes en caso de que no se haya ejecutado al menos el 50% del presupuesto asignado. ✔ Seguimiento a la realización de los cursos virtuales de acuerdo a lo que se establece en las Bases de Convocatoria. ✔ Acompañamiento en la implementación de buenas prácticas en sustentabilidad y Digitalización. | ✔ Acta Reunión Inicial e inducción con seleccionados/as, con registro de asistencia. ✔ A lo menos 3 Actas de Reuniones de seguimiento a la etapa de implementación del plan de trabajo del Agente Operador. ✔ Orientación y supervisión a los beneficiarios/as en la implementación de la actividad Chequeo Digital xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx x.xx ✔ Informes de Cierre del 100% de los proyectos, aprobados por Ejecutivo/a de Fomento. ✔ Informe de avance operativo y financiero requeridos por Sercotec. ✔ Ingreso de información y documentos en plataformas informáticas de Sercotec. ✔ Registro de atención al cliente: reclamos, solicitudes y otros afines. | ✔ 100% de las empresas beneficiarias ejecutan los recursos otorgados por SERCOTEC en función de lo establecido en el contrato y en el Plan de Trabajo aprobado. ✔ 100% de las empresas ejecutan y rinden las inversiones y AGE aprobadas por SERCOTEC en un plazo máximo de 4 meses, contados desde la fecha de firma de contrato. ✔ 100% de los reembolsos realizados dentro de los plazos establecidos en Bases de Convocatoria. ✔ 100% de las compras realizadas en los tiempos establecidos para el proyecto en el contrato correspondiente. ✔ 100% de las empresas cuentan con el chequeo digital realizado y obtienen documento “Resultados del Chequeo Digital” ✔ Agente Operador entrega información de avance a la Dirección Regional. ✔ 100% de los informes de cierre de proyectos aprobados por Sercotec. |
7. Rendición de fondos transferidos | ✔ Agente Operador entrega auxiliar de rendición mensual y rendición trimestral, conforme a lo establecido en el Procedimiento de Rendiciones de Sercotec y normativa aplicable. ✔ Agente Operador mantiene garantías vigentes hasta la aprobación de las rendiciones financieras. | ✔ Auxiliar mensual ✔ Rendición Trimestral | ✔ 100% de los procesos de rendiciones son entregados en tiempo y forma. ✔ 100% de las rendiciones son aprobadas por SEROCOTEC. |
8. Seguimiento de ventas mensuales. | ✔ Implementar las acciones necesarias para solicitar a los beneficiarios los Formularios 29, de manera de levantar y consolidar el registro de ventas mensuales de las empresas, de acuerdo a lo solicitado por Sercotec. | ✔ Entrega y archivo de los correspondientes formularios mensuales (F29), y la consolidación de sus datos, ya sea en la plataforma o en el formato que indique Sercotec. | ✔ 100% de empresas beneficiarias con seguimiento y registro de ventas. |
9. Fichas de identificación por proyecto y casos exitosos. A su vez, se deberán gestionar fotografías que permitan realizar difusión a futuras convocatorias. | ✔ Realizar fichas de identificación por cada beneficiario/a. ✔ Realizar levantamiento de casos exitosos. ✔ Generar fotografías de proyectos implementados para realizar difusión a futuras convocatorias. | ✔ Agente Operador entrega fichas de identificación por cada beneficiario/a. ✔ Se hace entrega de ficha de casos exitosos en caso que se requiera ser visitado por Xxxxxxxx. ✔ Se hace entrega de fotografías de proyectos implementados, que permitan realizar difusión para próximas convocatorias. | ✔ 100% productos solicitados entregados a Sercotec. |
DECIMOSEXTO: Restitución de los recursos.
El Agente Operador deberá restituir a Sercotec los recursos transferidos en el evento de que éstos sean destinados a una finalidad distinta para la que fueron asignados, o bien, no hayan sido utilizados, rendidos u observados en el proceso de revisión de la rendición de cuentas.
DECIMOSÉPTIMO: Domicilio y prórroga de competencia.
Para todos los efectos del presente Convenio, ambas partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, y se someten a la competencia de sus tribunales de justicia.
DECIMOCTAVO: Personerías y ejemplares.
La personería de xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, para actuar en representación del Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec, consta en escritura pública de delegación de poder para celebración de contratos y convenios para operar instrumentos de fomento y revocación, de fecha 14 xx xxxxx de 2024, otorgada ante Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, don Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, anotada bajo repertorio N° 1.382 – 2024.
La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, para comparecer en la representación de Fundación de Desarrollo Educacional y Tecnológico La Araucanía, consta en de poder ratificado en Acta de Sesión extraordinaria de Directorio de la Fundación de Desarrollo Educacional y Tecnológico La Araucanía celebrada con fecha 28 xx xxxxx de 2024 y reducida a escritura pública el 15 xx xxxxx de 2024, ante el Notario Público Titular de la Octava Notaría de la agrupación de comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Melipeuco, Cunco y Xxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, anotada bajo Repertorio N° 348-2024.
El presente convenio se extiende en 4 ejemplares del mismo tenor, quedando dos en poder de cada parte.
XXXXXX
Firmado digitalmente
XXXXXX por XXXXXX
XXXXX
XXXXXX XXXXX
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXX XXXXX | |
DIRECTORA REGIONAL DE LOS LAGOS SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA | REPRESENTANTE AGENTE OPERADOR FUNDACION DE DESARROLLO EDUCACIONAL Y TECNOLOGICO LA ARAUCANIA |