Términos y Condiciones de uso de Software Público Uruguayo
Términos y Condiciones de uso de Software Público Uruguayo
Capítulo I – Condiciones generales
Titularidad del portal
Los presentes términos y condiciones regulan el uso del Portal de Software Público Uruguayo (en adelante “SPU”) que pertenece al Estado uruguayo, que se pone a disposición de los usuarios de Internet.
La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y de la Sociedad de la Información (en adelante “AGESIC”) tiene a su cargo la plataforma tecnológica del Portal, supervisando, controlando y desarrollando aquellas actividades necesarias para el desarrollo del software público uruguayo, así como su buena gestión.
AGESIC tiene su domicilio en Xxxxxxx 0000, xxxx 0x de la ciudad de Montevideo, Edificio Torre Ejecutiva, Uruguay.
Aceptación de términos y condiciones
La utilización de los servicios del Portal atribuye la condición de usuario e implica la aceptación plena y sin reservas de todas y cada una de las disposiciones incluidas en este documento. En consecuencia, el usuario debe leer atentamente los presentes términos y condiciones durante el proceso de alta de usuario.
Posteriormente el usuario será notificado en caso de que el documento sea actualizado.
Objeto
El Portal SPU tiene por objeto generar un ámbito destinado a compartir productos informáticos, cooperar para el desarrollo de productos de interés para el Estado y la Sociedad uruguaya, permitiendo a todos los usuarios el acceso y uso gratuito de sus recursos, bajo el tipo de licencia especificada para los componentes de SPU (GLP), con el fin de:
i. Beneficiar a instituciones del Estado al incorporar estas aplicaciones ya que son validadas, testeadas y mejoradas por otros organismos similares, además de requerir una menor inversión en tiempo y costos.
ii. Generar ahorros en costos asociados a desarrollo y levantamiento de procesos.
iii. Apadrinamiento de las soluciones; acceso a modelos de calidad del software y de gestión del producto; acceso a eventual plataforma técnica de soporte que permita crear la comunidad en espacio virtual,
iv. Conformación de comunidades de en torno a los productos del catálogo de SPU.
v. Participación en talleres de capacitación, encuentros y seminarios.
vi. Vinculación a la Comunidad Tecnológica Gubernamental.
Definiciones
i. Software Publico uruguayo (SPU): es aquél de interés del Estado y la Sociedad uruguaya, declarado como tal por quien lo creó o su cesionario, que puede ser utilizado, compartido, modificado y distribuido libremente.
ii. Ofertante de SPU: todo usuario que pone el software a disposición del público, cumpliendo con los requisitos exigidos en los presentes Términos y Condiciones.
iii. Usuario de SPU: toda persona física o jurídica, pública o privada, que utiliza los servicios del Portal.
iv. Licencia libre: aquella que permite que el software pueda ser utilizado, compartido, modificado y distribuido libremente.
v. Portal SPU: incluye tanto el sitio xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, el repositorio de aplicaciones (xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx y xxx.xxxxxx.xxx.xx), así como la información sobre el proyecto bajo el sitio web de AGESIC (xxxxxx.xxx.xx)
Utilización del Portal SPU
Los usuarios se obligan a hacer buen uso del Portal, respetando la normativa vigente y se abstendrá de realizar acciones que generen perjuicios al Portal o a terceros.
A tales efectos, el usuario se abstendrá de utilizar las prestaciones disponibles del Portal con fines ilícitos, o prohibidos en los presentes Términos y Condiciones, o lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o impedir su normal aprovechamiento, así como respecto de los documentos y toda clase de contenidos del Portal o de otros usuarios.
Salvo indicación en contrario, la información contenida en el Portal será considerada de carácter público. Cuando su uso o tratamiento esté sujeto a algún tipo de restricción, deberá ajustarse a lo indicado expresamente en ese caso.
Responsabilidad
El Estado uruguayo no asume ninguna responsabilidad por la calidad del software, ni por los productos, servicios, información u otro tipo de elementos, proporcionados por terceros, originados en o a través del Portal.
Tanto el acceso al Portal, como el uso sin consentimiento que pudiera efectuarse de la información u otros elementos contenidos en el mismo, en caso de ser exigido, son de exclusiva responsabilidad de quien los realice.
El Estado uruguayo no se hace responsable por los daños que puedan producirse a consecuencia de la presencia de virus en los equipos del usuario utilizados para la conexión, el mal funcionamiento o desactualización del navegador de aquél, y todo hecho o acto que no haya sido estrictamente causado o provenga del sistema informático bajo control del titular del Portal.
Protección de datos personales
El usuario acepta expresamente que sus datos personales entregados al Portal, o los de terceras partes que le hayan autorizado tal entrega, sean tratados de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente sobre protección de datos personales (Ley Nº 18.331 de 11 xx xxxxxx de 2008, complementarias, modificativas y reglamentarias).
A los efectos de su mejor utilización, el Portal podrá disponer la descarga de “cookies”. No obstante, ello, el usuario tendrá la facultad de configurar su navegador para ser avisado de la recepción de aquéllas e impedir su instalación.
Las cuentas de correo registradas deberán ser preferentemente del tipo corporativo, y serán utilizadas para realizar las notificaciones aplicables en función a los proyectos en que el usuario participe.
Cada organismo que subscriba el presente documento, postula al catálogo de SPU, un activo y al ser aprobado, dichos organismos designan a un administrador del producto en el repositorio (GIT) y es ultimo será el responsable de altar o dar de baja usuarios, al igual que asignar o quitar permios de acceso a los miembros de su comunidad. Dicha dinámica se disponibiliza para ser operada a través de la plataforma GIT.
A fin de autenticar el usuario utilizado para la identificación en el Portal, el Estado uruguayo definirá la fuente y medios pertinentes para dicha autenticación.
Enlace a otros sitios web
El Portal SPU puede contener dispositivos técnicos de enlace a disposición de los usuarios tales como links, banners, botones, directorios y otras herramientas de búsqueda que permitan acceder a sitios web externos.
El enlace a sitios web externos no implica aprobación ni responsabilidad algunas del Estado uruguayo, respecto de la información y servicios contenidos en los mismos. El Estado uruguayo no asume responsabilidad por la precisión, oportunidad, contenidos, o usos que se brinde a la información, documentos y servicios, que se presentan u ofrezcan en dichos sitios u otros vinculados a éstos.
Procedimiento en caso de realización de actividades de carácter ilícito
Cuando el usuario observe la existencia en el Portal de contenidos ilícitos, o el favor ostensible de actividades de ese carácter, comunicará su apreciación al titular del Portal, comunicándolo al responsable del catálogo de SPU, a través de la casilla indicada en la última sección “Contacto”, aportando la información y fundamentos del caso.
Suspensión y cese de los servicios
Será competencia de AGESIC suspender o cesar, en cualquier momento, y sin necesidad de previo aviso, la prestación de los servicios a aquellos usuarios que incumplan lo establecido en los presentes Términos y Condiciones.
Duración y terminación
La prestación del servicio del Portal tiene una duración indefinida. AGESIC, no obstante, está autorizado para cesar o suspender, total o parcialmente, dicha prestación o de cualquiera de los servicios asociados, cuando entienda que no están dadas las condiciones para su continuidad, mediante acto fundado que será publicitado en forma genérica.
Legislación aplicable y jurisdicción competente
Los presentes términos y condiciones se rigen por la normativa de la República Oriental del Uruguay, siendo competentes sus jueces para entender en todo asunto o causa que se planteare.
Capitulo II – Condiciones particulares
Sección I – Ámbito, definiciones y requisitos del SPU
Ámbito objetivo
En concordancia con lo dispuesto en la cláusula 3º “Objeto” y 4 “Definiciones”, el software público uruguayo accesible a través del Portal SPU, es un tipo particular de software que:
i. Adopta un modelo de licencia libre para el código fuente,
ii. Se pone a disposición gratuita de los usuarios en ambiente telemático público, atento al beneficio que supone para el Estado y la sociedad, y respetando los presentes términos y condiciones,
iii. Es de interés del Estado. Cada iniciativa candidata será ponderada, en función al nivel de interés, determinado en base a los siguientes criterios:
Potencial impacto: alineación al negocio y generación de valor (estratégico, táctico, operacional)
Capacidad de mantenimiento: complejidad técnica, de despliegue o personalización.
Potencial de replicación: el activo representa un patrón de solución a un patrón de problema que ocurre en múltiples instituciones, o que tiene el potencial de mejorar su eficacia o eficiencia.
iv. Es declarado como tal por su creador o cesionario.
Requisitos técnicos obligatorios
Son requisitos técnicos obligatorios para la incorporación de software al Portal:
i. La existencia de una versión suficientemente estable, y una lista del software necesario para su instalación y utilización. Se entiende que un producto es estable cuando:
a. Se cuenta con una versión compilada del código fuente, la cual ejecuta exitosamente todos los casos de test definidos y/o cumple los criterios de aceptación establecidos por el ofertante.
b. Las dependencias que presente el código fuente (componentes, bibliotecas, y similares) deberán de ser:
i. documentadas explícitamente, indicando ubicación dentro del proyecto y su versión.
ii. en caso de que el proyecto comprenda la extensión o personalización de otro proyecto libre registrado en repositorios externos o en el repositorio de SPU; se deberá
mantener una estructura compatible que permita la construcción de todo el proyecto resolviendo las dependencias, a partir de uno o múltiples repositorios involucrados, de acuerdo a lo especificado en la cláusula “Uso no permitido”.
iii. estructura del proyecto que clasifique los tipos de componentes, destacando producto base, elementos compartidos, elementos extendidos o personalizados, aspectos de localización u nacionalización, etc.
c. Se encuentra en producción desde al menos 6 meses antes de su incorporación.
d. Exista evidencia de procesos vinculados al ciclo de gestión del proyecto y del ciclo de vida del producto; que brinde garantías sobre la Calidad del producto.
De no cumplir con alguna de estas condiciones, AGESIC evaluará la incorporación de la solución al catálogo de SPU, pudiendo aceptarla en caso de considerarlo compatible y conveniente, con las recomendaciones del caso.
ii. La existencia de un manual de instalación que contenga, como mínimo:
e. El procedimiento detallado de los pasos necesarios para realizar la instalación y configuración del software en producción. Estas tareas se deberán poder cumplir sin la ayuda del ofertante de la solución.
f. El suministro de todos los guiones (scripts) necesarios para la correcta instalación y utilización del software, tales como guiones de configuración, guiones de bases de datos.
g. Explicitación de eventuales variaciones en el procedimiento de instalación del software dependiendo de las diversas plataformas soportadas por la solución (sistema operativo base de datos, servidor de aplicación, etc.).
iii. La existencia de un manual de uso que contenga, como mínimo:
h. Introducción a la solución, incluyendo la motivación de su desarrollo y principales beneficios.
i. Descripción de las funcionalidades disponibles en la solución.
j. Descripción de los principales procesos de negocio.
iv. El suministro del código fuente.
v. El activo informático (código fuente y documentación) deberá de ser almacenado en el repositorio.
vi. El creador del software deberá especificar en el cabezal de cada archivo fuente la licencia libre bajo la cual opera.
Requisitos técnicos facultativos
Son requisitos técnicos, cuyo cumplimiento se considera deseable y de buena práctica, los siguientes:
i. El Suministro de evidencia de pruebas realizadas al igual que eventuales medios de automatización de las mismas.
ii. El suministro de la documentación de desarrollo del software, que permita el entendimiento por terceros de la arquitectura/estructura del software para que puedan contribuir en su evolución, como, por ejemplo:
a. Casos de Prueba
b. Scripts de Instalación
c. Documentación del Sistema
d. Notas de cambios aplicados por cada versión
e. Modelo de Requerimientos (Test de Aceptación, Procesos de Negocio, Dominio, Casos de Uso, Interfaz de Usuario)
f. Modelo de Diseño (Arquitectura, API, Modelo de Datos)
iii. El activo informático deberá de ser mantenido en el repositorio de acuerdo a la siguiente pauta de prácticas básicas:
a. deberá de ser mantenido siguiendo una estructura que presente dos ramas principales: a) "master" para producción y contiene la última versión estable. Debe de presentar las etiquetas de versionado; b) "develop" para desarrollo. Se podrán crear ramas de apoyo adicionales pero limitadas en el tiempo, como ser: a) "features" para las características. Existe, siempre y cuando la función está en desarrollo, pero finalmente se fusiona de nuevo en "develop"; b) "hotfixes" para las revisiones, se ramifican a partir de "master" y se deben combinar de nuevo en "develop" y "master". La esencia de este método de trabajo es que los miembros del equipo (rama "develop”) pueden seguir trabajando mientras que otra persona soluciona un defecto.
b. Adicionalmente las ramas principales pueden sub dividirse diferenciando: a) "base", producto de base; b) "share", componentes compartidos; c) "module", módulos, bloques funcionales; d) "extensions", extensiones a módulos o producto de base.
c. Los mensajes asociados a la generación de versiones deben de respetar una estructura del mensaje, conteniendo:
i. el título, conteniendo el tipo que puede ser de alguno de los siguientes casos:
1. "feat": Una nueva característica.
2. "fix": Se solucionó un bug.
3. "docs": Se realizaron cambios en la documentación.
4. "style2: Se aplicó formato, comas y puntos faltantes, etc; Sin cambios en el código.
5. "refactor": Refactorización del código en producción.
6. "test": Se añadieron pruebas, refactorización de pruebas; Sin cambios en el código.
7. "chore": Actualización de tareas de build, configuración del admin. de paquetes; Sin cambios en el código.
ii. un asunto, debe de responder al ¿Qué y Por qué? y preferentemente escritos en idioma inglés.
iii. un cuerpo opcional, conteniendo una explicación detallada que responda al ¿Cómo?
iv. un pie opcional, usado para el seguimiento de los identificadores de incidencias.
Requisitos jurídicos
i. Son requisitos jurídicos obligatorios para la incorporación del software al catálogo de SPU:
i. La utilización de un modelo de licencia libre que cumpla, como mínimo, los siguientes requisitos:
a. La licencia del producto deberá garantizar la libertad de usar el programa, estudiar su funcionamiento, modificarlo y distribuirlo.
b. La licencia del producto deberá garantizar que los requisitos mencionados anteriormente se perpetúen en las distintas evoluciones del programa y/o sus derivados.
c. AGESIC se reserva la facultad de evaluar la adecuación de las licencias propuestas a los efectos de determinar si las mismas satisfacen los requisitos del SPU.
Son requisitos jurídicos recomendados:
i. Cuando se cree activos nuevos estos se registren en la biblioteca nacional a fin de evitar reclamos de propiedad intelectual los mismos de forma indebida.
ii. El registro del software en la Biblioteca Nacional conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 17.616, de 10 de enero del 2003, concordantes, y Decreto Reglamentario N°154/004 de 3 xx xxxx de 2004.
Uso no permitido
No está permitido para las soluciones publicadas en el catálogo de SPU la dependencia exclusiva de bibliotecas, componentes, herramientas, códigos fuente y utilitarios propietarios; exceptuando:
i. software de base (bases de datos, servidores aplicativos, APIs)
ii. aplicativos (productos comerciales).
Dichas excepciones deben de ser documentadas explícitamente.
Verificación de cumplimiento de los requisitos
El cumplimiento de los requisitos exigidos para la disponibilidad del software a través del Portal podrá ser verificado por AGESIC en cualquier momento, siendo competencia de ésta adoptar las medidas pertinentes con el fin de sanear los eventuales desajustes o incumplimientos de los requisitos exigidos.
Si no se cumplen los requisitos, aun así, puede ser aceptado desentendiendo del discernimiento del responsable del catálogo de SPU, que se realizara en cada caso. De todas formas, la comunicación de aceptación o rechazo se dará a través de correo electrónico.
Sección II – Procedimiento de oferta de software y generación de comunidades
Disponibilidad de SPU
Todo SPU incorporado al Portal SPU debe serlo en forma gratuita, con el propósito de que pueda ser útil al Estado y la Sociedad uruguayos, sin que ello implique garantizar su adecuación a ningún uso o aplicación en particular.
Se consideran versiones oficiales del SPU las publicadas en el Portal SPU.
Las nuevas versiones del SPU, de su código fuente y de su documentación deben ser incorporadas en el ambiente de administración de configuración disponible en el Repositorio de aplicaciones del Portal SPU.
Acceso y comunidad
La institución postulara productos candidatos a integrar el catálogo de SPU, los cuales, en caso de ser aceptados, serán registrados en el Repositorio de aplicaciones del Portal SPU, con al menos un usuario que actúe como administrador del producto.
La comunidad virtual asociada a dicho producto, será gestionada a través de grupos de usuarios, con diferentes roles en torno al proyecto en el cual se encuentran involucrados.
El acceso al contenido en el Portal SPU está determinado por las características de acceso definidas para cada proyecto específico, siendo por defecto de público acceso en modo lectura y a la comunidad asociada en modo que permita el mantenimiento.
AGESIC podrá poner a disposición los recursos necesarios en el Portal SPU para generar comunidades virtuales abiertas relacionadas con cada software, de manera de favorecer la opinión y participación de todos los interesados en las cuestiones vinculadas a su buen desempeño, desarrollo y evolución.
Tipos de roles de los usuarios en las comunidades
Las comunidades están compuestas por los siguientes tipos de roles:
i. Administrador del producto.
ii. Equipos Técnico.
iii. Usuarios miembros que no generan cambios en el código o documentación asociada al producto.
Todos los usuarios desarrollaran al menos uno de los roles descriptos para participar en la comunidad, lo harán de buena fe conforme los criterios dispuestos por los presentes Términos y Condiciones, y los que establezca el administrador.
Responsabilidad del Administrador del producto
Los Administradores del producto deberán:
i. Ser funcionarios del Estado.
ii. Administrar el producto recolectando requerimientos de la comunidad de usuarios, priorizan en función al valor y articulan con equipo de desarrollo y/o proveedores a fin de su implementación;
iii. Aplicar las mejores prácticas, y el modelo de gobernabilidad definido para el SPU, a fin de cumplir las condiciones especificadas en el Capítulo II.
iv. Velar por el buen uso del espacio colaborativo de trabajo, tomando las medidas necesarias para aquellos casos en los que exista un apartamiento a los criterios dispuestos en los presentes Términos y Condiciones;
v. Administrar la gestión de los miembros de la comunidad, gestionando los permisos asociados al grupo de usuarios conformado en torno al producto y deberán de eliminar los accesos de usuarios que ya no se encuentren activos en el proyecto;
vi. Comunicar a AGESIC aquellas conductas o acciones, que, a su juicio, signifiquen un apartamiento o incumplimiento de los presentes términos y condiciones;
vii. Asegurar que las consultas y solicitudes de apoyo técnico sean respondidas en tiempo y forma;
viii. Gestionar las nuevas versiones de la solución asociada a la comunidad, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad.
ix. Asignar a un nuevo usuario que los sustituya en su función, cuando ya no desarrollen dicho rol deberá, o deberá ser la institución quien designe al sustituto.
x. Registrar su correo electrónico corporativo a los fines de recibir las notificaciones.
Responsabilidad del Equipo Técnico
El equipo técnico debe:
i. Aplicar las mejores prácticas, y el modelo de gobernabilidad definido para el SPU, a fin de cumplir las condiciones especificadas en el Capítulo II.
ii. Desarrollar las actividades inherentes a la ejecución del ciclo de vida del desarrollo del software,
iii. Aplicar los modelos de arquitectura de referencia en caso de que apliquen,
iv. Desarrollar código de calidad y aplicar las pruebas tendientes a asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad.
v. Xxxxxxx soporte a la comunidad, atendiendo las consultas y solicitudes de apoyo técnico en tiempo y forma.
Difusión de información de interés general
En el Portal de SPU se podrá informar sobre soluciones no catalogadas, que cumplan con licenciamiento GLP, con la única finalidad de compartir información sobre soluciones técnicas dentro del Estado y la Sociedad.
Discontinuidad del Producto
En caso de que el producto sea discontinuado, es decir que ya no se encuentre en ambientes de producción; o que no presente una comunidad que brinde el soporte necesario; o que ya no revista interés; o que no haya sido actualizado en un periodo de dos o más años; será mantenido en el Portal de SPU como inactivo y se informara a la comunidad. AGESIC se reserva el derecho de dar de baja productos inactivos luego de haber transcurrido un año en dicho estado.
Contacto
Para cualquier sugerencia o propuesta de colaboración, los usuarios e interesados podrá dirigirse a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx