Nº CONTRATO ASESOR Y CÓDIGO ID PRECIO
Nº CONTRATO ASESOR Y CÓDIGO ID PRECIO
1. TITULAR DEL CONTRATO
Nombre o Razón Social: CNAE:
CIF/NIF/NIE: Domicilio: _____________________________________ CP: __________________________________
Localidad: Provincia:
Persona de contacto: ______________ Tel: ___________________ Móvil: _________________ Fax: ___________________ E-mail*: _______________________________________________
2. PUNTO DE SUMINISTRO
(*) Obligatorio para suscribir el servicio de facturación electrónica
CUPS: _______________________________________________________________________ Nº de referencia catastral: ___________________________________________________________________________
Tipo de Vía: _____________ Nombre: ________________________________________________________________________________________ Núm. /Km: _________________ Bloque: ____________________
Escalera: Planta: ________ Puerta: Localidad: CP: Provincia: Persona de contacto: ______________________________ Tel: ___________________ Móvil: _______________ Fax: _________ E-mail*: _______________________________________________
Tarifa ATR: ________ Previsión de consumo estimada (PC) kWh/año ___________________ Fecha estimada de comienzo del suministro (OPCIONAL):……/……/ (no superior a tres meses desde fecha de firma)
3. DATOS PARA LA DOMICILIACIÓN BANCARIA Orden de domiciliación de Adeudo Directo SEPA (Reglamento UE 260/2012 y la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago)
El Cliente autoriza a Enérgya-VM a enviar órdenes de domiciliación a la entidad financiera del Cliente, para adeudar en su cuenta los importes que se devenguen como consecuencia de la prestación de los servicios de suministro eléctrico contratados y, asimismo, autoriza a su entidad financiera para cargar en su cuenta los importes debidamente notificados por Enérgya-VM.
Enérgya-VM remitirá la factura, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales del presente Contrato, lo cual supone la conformidad por parte del Cliente a que las condiciones de preaviso en el adeudo previstas por la normativa SEPA no sean aplicadas en beneficio de los plazos específicamente acordadas en este Contrato.
Número de cuenta IBAN: Tipo de pago Pago periódico
SWIFT/BIC
(**) Si distinto a lo indicado en la cláusula 1 de las presentes
Titular** de la cuenta : Teléfono **: Condiciones Particulares
El Cliente tiene derecho al reembolso por su entidad financiera de los importes domiciliados de acuerdo con los términos y condiciones del contrato suscrito con la misma. La solicitud de reembolso deberá efectuarse dentro del plazo máximo de las ocho semanas siguientes a la fecha de adeudo en cuenta. En su entidad puede obtener información adicional sobre sus derechos relativos a esta Orden de Domiciliación.
En , a fecha Firma del titular de la cuenta:
En caso de órdenes de domiciliación B2B estos datos deben ser completados en documento anexo al presente Contrato
4. DIRECCIÓN DEL CLIENTE A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
La que consta en: CLIENTE PUNTO DE SUMINISTRO Otra:
Nombre o Razón Social: Domicilio: CP: Localidad: Provincia:
5. PRECIO DEL CONTRATO Y PRODUCTO CONTRATADO
El Precio del Contrato es la suma de los siguientes componentes, estando el Xxxxx xx Xxxxxxx referenciado al Precio Horario xxx Xxxxxxx Diario de Producción Español:
a) Coste Regulado de ATR. Igual al importe facturado por la empresa Distribuidora, y que incluye el coste de los Términos de Energía y Potencia de la Tarifa de ATR vigentes en cada momento; el coste de los Excesos de Potencia facturados por la Empresa Distribuidora; el coste del Complemento por Energía Reactiva; y en su caso, el coste del alquiler del Equipo de Medida. Si durante la vigencia del Contrato, se modificasen las tarifas de acceso ATR, dichas modificaciones serán trasladadas al Cliente en el Precio del Contrato.
b) Xxxxx xx Xxxxxxx. Igual al producto de la energía horaria bruta consumida en el Punto de Suministro (es decir, incluyendo la energía horaria consumida más las correspondientes pérdidas de consumo tal y como queden definidas en la legislación y sean aplicadas por el Operador del Sistema en base a los procedimientos vigentes en cada momento) por el precio horario de la correspondiente sesión xxx xxxxxxx diario, publicado por el Operador xx Xxxxxxx.
c) Pago por Capacidad. Es el coste relativo al Pago por Capacidad legalmente establecido y correspondiente a la tarifa ATR contratada por el Cliente. Datos disponibles en la web del Operador del Sistema xxx.xxxxx.xxx.xx
d) Coste de los Servicios de Ajuste del Sistema y Cuotas. Es igual a la suma del coste horario de los servicios de Ajuste del Sistema publicados por el Operador del Sistema y relativos a la energía horaria bruta consumida por el Cliente en el Punto de Suministro, así como las cuotas con destinos específicos reglamentariamente establecidas en cada momento. Datos disponibles en la web del Operador del Sistema xxx.xxxxx.xxx.xx
e) Impuestos. Incluye, entre otros tributos aplicables, el Impuesto Especial sobre la Electricidad sobre los conceptos incluidos en el Precio del Contrato.
f) Coste de Remuneración de Enérgya-VM (€/mes): Conforme a las tablas del punto 6 de las Condiciones Generales del presente contrato.
El Sobrecoste de los desvíos (producto del desvío horario en el Programa Previsto de Consumo Bruto y la energía horaria bruta consumida en cada Punto de Suministro por el precio publicado por el Operador del Sistema relativo a dicho desvío) será asumido al 100% por Enérgya-VM, salvo modificación de la legislación vigente.
Cuota fija de electricidad (*)
€/Mes (*) Importe estimado en base al Cuota adicional (*)
consumo y potencia contratada del
punto de suministro
€/Mes
(*) Sólo para suministros con excesos de potencia o
consumo de energía reactiva
Regularización de pagos.
Semestral
Anual Día de cargo de las cuotas
5 10 15 25
Las Partes acuerdan que el Precio del Contrato será abonado mediante el pago de una cuota fija, resultado del sumatorio de la cuota fija de electricidad y la cuota adicional. Esta cuota se pasará a cobro el día cada mes elegido por el cliente a partir de la fecha de ejecución del cambio de suministrador, mediante domiciliación bancaria. El impago de dicha cuota y el proceso de emisión de las facturas respetarán el proceso previsto en la cláusula 3 de las Condiciones Generales y de la presente cláusula. Adicionalmente, y con la periodicidad que las Partes hayan determinado en la presente cláusula, el Cliente habilita a Enérgya-VM a realizar la regularización de la cuota fija abonada, en base a los consumos facilitados por la compañía distribuidora aplicados sobre el Precio del Contrato. Enérgya-VM realizará una regularización extraordinaria en caso de resolución contractual por incumplimiento del Cliente, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la cláusula 4 de las Condiciones Generales.
En todo caso Enérgya-VM queda facultada para realizar un ajuste de la cuota fija indicada anteriormente bien con motivo de la renovación anual del Contrato, bien en caso de modificación de los parámetros ATR contratados, bien en el caso de un cambio en los conceptos regulados incluidos en el Precio del Contrato.
6. OTROS TERMINOS CONTRACTUALES
Sí, deseo contratar el Servicio Premium Empresas Enérgya-VM en los términos y condiciones establecidas en las condiciones adjuntas. Servicio gratuito durante los 6 primeros meses, pasando posteriormente a tener un coste de 3,5€/mes.
Sí, deseo formar parte del Club Enérgya-VM en los términos y condiciones establecidas en las condiciones adjuntas.
Sí, deseo suscribir el servicio gratuito de facturación electrónica en los términos y condiciones establecidas en las condiciones adjuntas.
Marcando esta casilla declaro que actuó en calidad de CONSUMIDOR a los efectos del la normativa aplicable y del presente Contrato, y que deseo que las gestiones frente a la distribuidora para la activación de su contrato y el cambio de suministrador den comienzo durante el periodo de desistimiento (14 días naturales desde la celebración del Contrato) conforme a la normativa de defensa de consumidores y usuarios.
7. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
7.1 El Cliente consiente que Enérgya-VM utilice, de conformidad con la normativa vigente, sus datos los cuales serán objeto de tratamiento e incorporados por Enérgya-VM a los correspondientes ficheros de su titularidad. La recogida y tratamiento automatizado de los mismos tendrá como objeto el buen fin de la relación contractual de suministro eléctrico establecida con el Cliente, la gestión, administración y prestación por Enérgya-VM del objeto del Contrato. Asimismo, el Cliente autoriza expresamente a Enérgya-VM a que ésta pueda grabar en su integridad, mediante cualquier soporte técnicamente válido a tal efecto, las comunicaciones e instrucciones telemáticas en que intervenga el Cliente durante la utilización de cualquier servicio con Enérgya-VM o cualquier empresa del grupo. El Cliente tiene reconocidos y podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante comunicación escrita a Enérgya-VM en la dirección indicada al pie de este documento.
7.2 El Cliente autoriza expresamente a Enérgya-VM para ceder sus datos a entidades que presten servicios en relación al objeto del Contrato, siempre de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y demás normativa aplicable, en particular a empresas de información sobre solvencia patrimonial y crédito, y otros operadores del sector eléctrico en tanto sea requerido en el despeño de las obligaciones que les son atribuidas por la legislación vigente. Asimismo, el Cliente consiente en que Enérgya-VM pueda solicitar y tratar datos obtenidos de entidades emisoras de informes respecto de su solvencia financiera o crediticia. La razón social y dirección de estas entidades puede consultarse mediante comunicación escrita dirigida a Enérgya-VM.
7.3 Si Ud. no desea que Enérgya-VM ceda sus datos personales a otras empresas del Grupo Enérgya-VM a los efectos de la promoción de otros productos, ni recibir información o publicidad por parte de las empresas del Grupo Enérgya- VM acerca de otros productos distintos al suministro eléctrico objeto del presente Contrato, puede ejercer este derecho en cualquier momento dirigiéndose a nuestro Centro de Atención al Cliente en el Telf: 000 00 00 00 o a través de nuestra dirección postal X/Xxxxxx xxx Xxxxx 0, 00000 Xxxxxx o xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx.
Asimismo, por medio del presente documento, el cliente autoriza a Enérgya-VM a que, en calidad de mandatario y/o sustituto, contrate el Acceso de Terceros a las Redes (ATR) de acuerdo a la legislación vigente, para las potencias y tarifa de acceso que, dadas las características del punto de suministro, Enérgya-VM considere más adecuada para el cliente. Por todo ello, las Partes acuerdan celebrar el presente Contrato de suministro eléctrico, con sujeción a las Condiciones Particulares contenidas en esta página y Condiciones Generales que figuran en el reverso, y en las Condiciones del Servicio Premium Empresas Enérgya-VM y Club Enérgya-VM adjuntas a la presente y disponibles en la web de Enérgya-VM: xxx.xxxxxxxxx.xx, habiendo recibido información y expresado su consentimiento sobre los términos de las mismas.
BT.CF1.INDEXED / REF: 141114
Contrato de suministro eléctrico
Condiciones generales
1. OBJETO, VIGENCIA Y TÉRMINOS DEL CONTRATO
1.1 En virtud del presente Contrato, por una parte Enérgya VM Gestión de Energía, S.L.U. (Enérgya-VM), se compromete a proporcionar al cliente y titular del punto de suministro (el “Cliente”) el suministro eléctrico (“el Suministro”), a través de las redes de la Empresa Distribuidora de la zona correspondiente, en la dirección indicada como punto de suministro en las Condiciones Particulares (el “Punto de Suministro”), en los términos y condiciones en él recogidos, siempre y cuando no medie fuerza mayor o caso fortuito, y en especial, siempre y cuando no exista una imposibilidad por parte de Enérgya-VM y por causas no imputables a la misma, de hacer llegar la energía al Cliente en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la legislación vigente (en cuyo caso resultará de aplicación lo dispuesto en la clausula 1.5 de estas Condiciones Generales). Asimismo, por otra parte, en virtud del presente Contrato, el Cliente, quién salvo especificado de otro modo en las Condiciones Particulares, actúa como EMPRESARIO Y/O AUTÓNOMO, se compromete a pagar el Suministro prestado en firme en los mencionados términos y condiciones, todo ello durante la duración del Contrato. Asimismo, la energía eléctrica será entregada al Cliente en el Punto de Suministro, donde igualmente le serán transferidos la titularidad, el riesgo y la responsabilidad respecto de la misma.
1.2 Este Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su firma por ambas Partes y surtirá efectos desde la fecha de comienzo del suministro por un periodo de doce meses, prorrogándose automáticamente por periodos sucesivos de igual duración en el supuesto de que ninguna de las Partes comunique su intención de no prorrogarlo con quince días de antelación a la fecha de finalización del mismo, o en el supuesto de que habiendo Enérgya- VM notificado al Cliente, al menos un mes antes a la fecha de finalización del mismo, unas nuevas condiciones económicas para dicha prórroga, el Cliente no hubiese manifestado fehacientemente a Enérgya-VM su oposición a las mismas con quince días de antelación a la fecha de finalización del Contrato, en cuyo caso serán de aplicación las nuevas condiciones económicas durante el periodo de prórroga. En el caso de que el presente Contrato se prorrogara en las mismas condiciones económicas, Enérgya-VM quedará facultada para actualizar el Término de Energía “Enérgya-VM” correspondiente al Producto Contratado en las Condiciones Particulares de acuerdo al Índice de Precios al Consumo (en lo sucesivo, el “IPC”) publicado por el Instituto Nacional de Estadística respecto del año natural inmediatamente anterior.
1.3 Cuando Enérgya-VM actúe como mandatario y/o sustituto del Cliente a efectos del ATR, Enérgya-VM procederá a solicitar a la Empresa Distribuidora el Acceso de Terceros a las Redes (ATR) y el cambio de suministrador en el menor plazo de tiempo posible desde la firma del Contrato por el Cliente. La fecha de comienzo del suministro (haya sido ésta definida o no de forma estimada en las Condiciones Particulares) quedará en todo caso supeditada a la confirmación por parte de la Empresa Distribuidora de la autorización del cambio de suministrador y al previo cumplimiento por el Cliente de las condiciones recogidas en la cláusula 1.4 siguiente, sin que exista responsabilidad por Enérgya-VM de las demoras en la fecha de comienzo del suministro que puedan derivarse de las circunstancias citadas. Enérgya-VM queda en todo caso facultada para considerar resuelto el compromiso de suministro acordado por las Partes en el caso de que el Contrato de Suministro Eléctrico no fuera recibido debidamente firmado por parte del Cliente con una antelación de al menos quince días respecto de la fecha de comienzo del suministro definida en las Condiciones Particulares, o subsidiariamente, en la oferta que traiga causa al presente Contrato. La fecha de finalización del suministro estará igualmente supeditada a la ejecución por parte de la Empresa Distribuidora. El Cliente será en cualquier caso responsable frente a su anterior suministrador por todos aquellos conceptos adeudados a éste relativos al suministro realizado hasta que Enérgya-VM comience a prestarle dicho servicio, y asimismo responsable frente a Enérgya-VM por todos aquellos conceptos adeudados a ésta relativos al presente Contrato hasta la finalización del Suministro.
1.4 El Suministro únicamente se comenzará a llevar a cabo cuando se satisfagan las siguientes condiciones:
(i) Que el Cliente se encuentre al día en el pago de sus suministros eléctricos facturados y de los peajes de acceso a las Redes, para lo cual el Cliente autoriza a Enérgya-VM para que en su nombre pueda dirigirse a su anterior suministrador con el objeto de corroborar estos extremos;
(ii) Que cuente con el equipo de medida y control de consumo y energía ajustado a la misma (el “Equipo de Medida”);
(iii) Que en el caso de que el distribuidor exija en el momento de la contratación del ATR un depósito de garantía, el Cliente lo haga efectivo;
(iv) Que de las averiguaciones del riesgo crediticio del Cliente se infiera una solvencia insuficiente del Cliente para cumplir con el pago del Suministro; o que el proveedor de crédito de Enérgya-VM rechace cubrir parcial o totalmente el riesgo asociado al Cliente. En dichos casos el Cliente deberá aportar la garantía, aval bancario o fianza que Enérgya-VM pudiera requerirle; y
(v) Que se produzca la entrada en vigor del contrato de acceso a red con la empresa distribuidora a la que el Cliente está conectado en el Punto de Suministro, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 4.2 de las presentes Condiciones Generales. En el supuesto de que la tramitación de la solicitud del contrato de acceso a red la realice Enérgya-VM, pero dicha tramitación se anule por causa imputable al Cliente, Enérgya- VM le repercutirá aquellos costes que en su caso le facture a ésta la empresa distribuidora como consecuencia de dicha anulación de la solicitud.
(vi) Que en caso de Clientes con los que se haya acordado un adeudo directo SEPA B2B, el Cliente aporte con antelación al comienzo del suministro copia sellada por parte de su entidad financiera del Anexo correspondiente.
En el supuesto de que hubiese transcurrido el plazo de un mes desde la firma del Contrato sin que se hubieran cumplido todas y cada una de las condiciones referidas en la presente estipulación, Enérgya-VM podrá, bien desde dicho momento notificar al Cliente esta circunstancia, entendiéndose entonces el presente Contrato resuelto a todos los efectos, bien, desde el momento en que sean cumplidas las condiciones suspensivas dependientes del Cliente, modificar el Precio del Contrato, en cuyo caso comunicará al Cliente dicha circunstancia. Una vez trascurrido el plazo de quince días sin que el Cliente haya notificado a Enérgya-VM la aceptación de la modificación del Precio del Contrato, se entenderá que el Cliente rechaza la misma, y por tanto el Contrato se considerará resuelto a todos los efectos por causa imputable al Cliente.
1.5 La calidad del suministro será la definida por la normativa aplicable y especialmente en la Ley 54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y siendo en todo caso exclusiva responsabilidad de la Empresa Distribuidora de la zona donde radica el punto de suministro así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. Por lo tanto, en caso de que estos estándares y calidad de suministro sean incumplidos por la Empresa Distribuidora, y el Cliente decida reclamar una compensación, el Cliente lo reclamará a la Empresa Distribuidora, como responsable legal al respecto, quedando Enérgya-VM comprometida a colaborar con el Cliente en dicha reclamación.
Salvo en los casos de dolo o culpa grave, la responsabilidad total de Enérgya-VM rente al Cliente por cualquier motivo no excederá de un cinco por ciento de la facturación anual correspondiente al Precio del Contrato. En ningún caso será responsable ninguna de las Partes del incumplimiento del Contrato en los supuestos de fuerza mayor o caso fortuito.
1.6 El Cliente se obliga a contar con un Equipo de Medida que cumpla con los requisitos que se establezcan en cada momento por la normativa vigente. En concreto y por la naturaleza del servicio de Suministro, y siempre que así lo exija la legislación vigente, el Cliente deberá posibilitar y habilitar a Enérgya-VM el acceso a la medida del equipo de forma telemática y sin restricciones. En el supuesto de que el Equipo de Medida funcione de forma deficiente o falle o no se encontraran disponibles, por cualquier causa, los datos relativos al Suministro, Enérgya-VM calculará los mismos empleando su mejor estimación. Los ajustes que, en su caso, fuera necesario realizar, se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente. El Cliente es responsable de la custodia del Equipo de Medida y no deberá manipularlo, debiendo notificar de inmediato al suministrador de su Equipo de Medida cualesquiera incidencias que detecte en el funcionamiento del Equipo de medida. Asimismo, el Cliente deberá permitir a la empresa distribuidora y a Enérgya-VM (o a cualquier representante debidamente autorizado que actúe en el nombre de aquella o de Enérgya-VM) el acceso al Equipo de Medida en todo momento, a los efectos de realizar las lecturas necesarias para la facturación, para examinar su funcionamiento y asegurar su debido mantenimiento.
1.7 Las Partes acuerdan que cualquier variación de Potencias Contratadas solo tendrá efectos una vez que la empresa distribuidora conceda el ATR con dichas nuevas potencias por lo que hasta que se produzca dicha circunstancia Enérgya- VM tomará a los efectos contractuales las potencias vigentes en el momento de solicitud del cambio. A este respecto, cualquier modificación de potencias deberá ser comunicada a Enérgya-VM por escrito, al objeto de que Enérgya-VM pueda realizar una oferta de modificación del Contrato conforme a las nuevas potencias y realice las gestiones necesarias con la empresa distribuidora para tramitar la nueva solicitud de ATR correspondiente a dichas nuevas potencias. Si el Cliente no aceptase esta nueva oferta en un plazo de un mes desde su presentación, y llevase a cabo la modificación de las Potencias Contratadas, se entenderá que se incurre en causa de resolución anticipada del Contrato imputable al Cliente. Enérgya-VM no asume responsabilidad alguna por el rechazo o retraso de la compañía distribuidora en tramitar la modificación de Potencia Contratada solicitada por el Cliente, de manera que hasta que ésta no se haya llevado a cabo de manera fehaciente, la facturación se seguirá realizando con los mismos términos de energía y potencia de que conste el Precio del Contrato hasta dicho momento. Tampoco dará lugar a indemnización por daños directos o indirectos por parte de Enérgya-VM al Cliente cualquier retraso en la gestión del cambio de Potencia Contratada o el sometimiento por la compañía distribuidora de dicha modificación a cualquier actuación requerida al Cliente que entrañe un coste económico para el Cliente.
2. ACCESO DE TERCEROS A LAS REDES (ATR) Y POTENCIAS CONTRATADAS
La firma del presente Contrato supone la autorización del Cliente para que Enérgya-VM celebre en su nombre el correspondiente contrato de Acceso a red en base al peaje y/o potencias que tuviera contratadas el Cliente en el momento de la firma del presente Contrato,
exonerándose Enérgya-VM de cualesquiera responsabilidades o demoras que pudieran derivarse de la inexactitud de dichos datos. A tales efectos, Enérgya-VM solicitará a la empresa distribuidora el ATR y formalizará el correspondiente contrato de ATR, El Cliente deberá proporcionar a Enérgya-VM la asistencia que ésta pudiera razonablemente requerirle, incluyendo el suministro de cualesquier información y documentación que fuera necesaria al efecto de contratar con la Empresa Distribuidora en su calidad de mandataria y/o sustituta del Cliente, dicho ATR, y a cumplir con la normativa vigente e instrucciones técnicas de la empresa distribuidora. En todo caso, el pago de los peajes ATR, así como el depósito de garantía que pudiera ser legalmente exigido por el distribuidor, serán exclusiva responsabilidad del Cliente, sin perjuicio de que Enérgya-VM pueda satisfacerlos por adelantado en nombre del Cliente.
3. CONDICIONES ECONÓMICAS
3.1 El Precio del Contrato consta de los componentes identificados en las Condiciones Particulares de este Contrato. No están incluidos en el Precio del Contrato, aunque serán igualmente repercutidos al Cliente en las facturaciones correspondientes al Suministro, el coste de los excesos de potencia relativos al Término de Potencia del peaje ATR, el complemento por energía reactiva, el coste del uso del Equipo de Medida, cualquier servicio complementario voluntario que el Cliente pudiera solicitar, el Impuesto Especial sobre la Electricidad devengado tanto sobre los conceptos incluidos y no incluidos en el Precio del Contrato, así como el depósito de garantía que fuera exigido, en su caso, por la empresa distribuidora o por Enérgya-VM, y demás importes o gastos que se produzcan en o a partir del Punto de Suministro (del lado del Cliente). Asimismo, al Precio del Contrato se le aplicará el I.V.A. (en su caso, IGIC), así como otros impuestos y tasas aplicables, que serán debidamente trasladados al Cliente.
3.2 El Cliente faculta a Enérgya-VM a ajustar el Precio del Contrato a las variaciones que sobre los conceptos incluidos en el mismo puedan producirse como consecuencia de una modificación normativa sobrevenida. Asimismo, Enérgya-VM queda facultada para repercutir al Cliente aquellos conceptos no incluidos en el Precio del Contrato, de aplicación al objeto del mismo, sobrevenidos o que deban entenderse incluidos como consecuencia de la aprobación de una modificación normativa. Asimismo, las Partes acuerdan que con el objeto de salvaguardar el equilibrio de las contraprestaciones entre las Partes como consecuencia de cambios en las condiciones xxx xxxxxxx respecto a las de la fecha de firma del Contrato o en el supuesto de que el punto de suministro sea declarado esencial (aspecto que el Cliente debe comunicar inmediatamente), Enérgya-VM queda facultada para modificar el Término de Energía “Enérgya-VM”. A tal efecto, el Cliente podrá oponerse de forma expresa y fehaciente a tal modificación en el plazo de un mes desde la comunicación de la misma, en cuyo caso se considerará que el Contrato queda resuelto. Una vez transcurrido dicho plazo de un mes sin que el Cliente haya notificado a Enérgya- VM su oposición a dicha modificación, se entenderá que el Cliente ha aceptado tal modificación. La no aceptación se entenderá como una causa de resolución anticipada del Contrato imputable al Cliente.
3.3 Mensualmente, y en la medida en la que se disponga de la información necesaria procedente de la empresa distribuidora, Enérgya-VM remitirá al Cliente la factura correspondiente al Suministro llevado a cabo durante el mes precedente así como a los demás importes por cualesquiera otros conceptos adeudados por el Cliente correspondientes a dicho mes. La factura se remitirá al Cliente a la dirección indicada en las Condiciones Particulares. En el supuesto de que en el momento de elaboración de la factura, Enérgya-VM no tuviera a su disposición, por cualquier causa, los datos reales de consumo necesarios para la facturación relativa al Suministro del mes precedente, Enérgya-VM queda facultada a realizar una estimación de dichos datos para dicho mes, a trasladar la estimación que pudiera ser realizada por la distribuidora, o a facturar el Suministro prestado una vez obtenga los mismos. En la factura siguiente, una vez obtenidos los datos reales de consumo, se realizarán los ajustes y regularización necesarios. En el caso de contratos con cuota fija, el abono mensual de la misma se realizará de conformidad con lo establecido en la Condiciones Particulares del Contrato. Cara a la definición de la cuota fija del Contrato Enérgya-VM queda facultada para ajustar la PC incluida en las Condiciones Particulares del Contrato empleando la mejor estimación de consumo que disponga al efecto. En el caso de renovación tácita de un contrato la PC a efectos de esta cláusula será sustituida por el consumo pendiente de facturar en base al consumo real de la anualidad precedente.
3.4 Dentro de los diez días siguientes a la fecha de cada factura Enérgya-VM procederá a cargar el importe de la misma en la cuenta bancaria que el Cliente haya indicado o a proceder a su compensación respecto a otros créditos a favor de Xxxxxxx-VM, si las Partes así lo hubieran acordado como medio ordinario de pago (sin necesidad en cualquier caso de que la recepción de la factura haya concurrido con antelación al cargo). En caso de retraso en el pago, el Cliente deberá abonar intereses al tipo de interés de demora para operaciones comerciales que sea de aplicación en cada momento, más un dos por ciento, sobre cualquier suma vencida no sujeta a controversia o disputa entre las Partes, y no abonada respecto del periodo que va desde la fecha en que debía que haberse hecho efectivo el pago hasta la fecha en que realmente se hace, así como los gastos administrativos relativos al proceso de recobro de las facturas que el Cliente haya impagado cuantificados a título de cláusula penal en uno por ciento del precio de la factura impagada con un mínimo de cincuenta euros por factura. Dicho interés se devengará diariamente y se liquidará y deberá ser abonado en la fecha en la que se realice el pago de la factura impagada. Enérgya-VM queda facultada para, una vez producido un impago, incrementar en posteriores facturaciones los gastos administrativos mencionados.
3.5 Sin perjuicio de cualesquiera otros derechos que asistan a Enérgya-VM, en caso de que el Cliente incumpliera sus obligaciones bajo este Contrato y, en particular, impagara en el momento de su vencimiento cualquier importe debido bajo el presente Contrato, y no se subsanara dicho incumplimiento dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde que recibiera la correspondiente notificación de incumplimiento que Enérgya-VM les remitiera, Enérgya-VM podrá dejar de atender el pago de los correspondientes peajes de ATR que ponga al cobro la empresa distribuidora, y asimismo podrá suspender todos y cada uno de los Suministros que el Cliente haya contratado con Enérgya-VM hasta que subsane su incumplimiento, aporte las garantías que en su caso puedan ser requeridas por Enérgya- VM, y pague dicho importe (bajo las condiciones establecidas en la cláusula 3.4 precedente), y en su caso los gastos inherentes a la reconexión que hayan de satisfacerse a la empresa distribuidora. Asimismo el Cliente deberá satisfacer cualesquiera cantidades, sanciones o recargos que pudieran ser reclamados a Enérgya-VM por cualquier tercero como consecuencia de la suspensión del Suministro.
3.6 Las partes acuerdan que la compensación será el medio de liquidación de las facturas que no hayan sido pagadas por el Cliente a Enérgya-VM en los plazos que se establecen en el presente Contrato. A estos efectos, y sin necesidad de requerimiento previo, Enérgya- VM compensará automáticamente a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo para hacer efectivo el pago de la factura, inclusive el referido día siguiente, cualesquiera importes líquidos, vencidos y exigibles que en ese momento adeude el Cliente a Enérgya- VM, o a cualquier otra empresa del grupo de empresas de Enérgya-VM, antes de abonar al Cliente la cantidad que le corresponda. A los efectos de la presente cláusula, se entenderá por grupo de empresas de Enérgya-VM la definición establecida en el artículo 42 del Código de Comercio. La compensación prevalecerá sobre cualquier tipo de cesión a terceras partes de los derechos de cobro del Cliente que se realice con posterioridad a la fecha del presente contrato. En cualquier caso, el Cliente estará obligado a notificar al cesionario, con carácter previo a la cesión, el contenido de la presente cláusula.
En el caso de que el contrato o contratos suscritos por el Cliente o cualquiera otras sociedades de su grupo empresarial con Enérgya-VM u otra empresa del grupo empresarial de ésta última, se resolvieran con anterioridad a la finalización del presente Contrato, dejando sin efecto lo dispuesto de forma precedente, Enérgya-VM quedará facultada para condicionar la continuidad del presente Contrato a la entrega por el Cliente de un aval bancario a su favor, emitido por una entidad financiera de reconocida solvencia, a primer requerimiento, con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión, en vigor durante los dos meses siguientes a la finalización del Contrato en garantía del completo y puntual cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Dicho aval bancario será emitido por el importe equivalente a tres meses de facturación estimada (o del promedio de facturación mensual del presente Contrato hasta el momento de resolución del contrato o contratos suscritos por el Cliente o cualesquiera otras sociedades de su grupo empresarial con Enérgya-VM u otra empresa del grupo empresarial de ésta última. Esta garantía podrá ser igualmente depositada mediante fianza.
4. RESOLUCIÓN ANTICIPADA
4.1 El Contrato podrá ser resuelto anticipadamente, además de por las causas recogidas en el presente Contrato y los supuestos previstos legalmente, por la concurrencia de cualquiera de las siguientes causas:
(i) En el supuesto en que una de las Partes incumpla grave o reiteradamente cualquiera de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, distinta de las obligaciones de pago, no subsanándose dicho incumplimiento en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de tal incumplimiento. En el supuesto de que el Cliente tenga contratado más de un Punto de Suministro con Enérgya-VM, la parte no Incumplidora podrá instar resoluciones individuales de Puntos de Suministro que no impliquen la resolución contractual para el resto de Puntos de Suministro objeto de Contrato.
(ii) En el supuesto en que el Cliente incumpla reiteradamente sus obligaciones de pago derivadas del presente Contrato.
(iii) La pérdida de la capacidad crediticia del Cliente o de su avalista.
(iv) Desahucio o cualquier otra situación análoga que implique la pérdida de la titularidad por el Cliente sobre el Punto de Suministro.
(v) En el supuesto de que alguno de los Puntos de Suministro contratados sea declarado como servicio esencial o que habiendo sido declarado no haya sido comunicado a Enérgya- VM por el Cliente.
(vi) En el supuesto de que el contrato de acceso a red se resuelva por causa del incumplimiento de alguna de las obligaciones referidas bajo ese contrato, o por cambio del domicilio del Punto de Suministro; y
(vii) Por cualquiera otra causa que las Partes acuerden en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
4.2 Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 4.1 anterior, Enérgya-VM podrá asimismo instar la resolución anticipada del presente Contrato en el supuesto de que, por causa no imputable a Enérgya-VM y una vez transcurrido el plazo establecido en la cláusula 1.4 de las presentes Condiciones Generales, no se hubiera aprobado por la distribuidora la titularidad del contrato de Acceso a Red relativo al Punto de Suministro a favor del Cliente.
4.3 En el supuesto de que el Contrato fuera resuelto por cualquiera de los siguientes motivos: incumplimiento del Cliente (incluida la resolución anticipada del Contrato por parte de éste, con o sin previo aviso a Enérgya-VM), o en el caso de que el Cliente, no deseando prorrogar el contrato lo comunicase fuera del plazo contractualmente establecido; las Partes acuerdan que, a modo de cláusula penal, el Cliente deberá abonar a Enérgya-VM, en el caso de puntos de suministro conectados a baja tensión, el cinco por ciento del importe resultante de multiplicar el Precio del Contrato por la previsión de consumo (PC) pendiente de facturar desde la fecha efectiva de resolución hasta la fecha ordinaria de terminación del Contrato. En el caso de puntos de suministro conectados a alta tensión esta clausula penal será igual al importe resultante de multiplicar el Coste de Remuneración de Enérgya-VM por la PC pendiente de facturar desde la fecha efectiva de resolución hasta la fecha ordinaria de terminación del Contrato. Adicionalmente, Enérgya-VM queda facultada para repercutir al Cliente los daños y perjuicios sufridos por la resolución del Contrato. En el caso de contratos con cuota fija, la cláusula penal será igual al resultado de la diferencia entre el Precio del Contrato respecto a la cuota fija abonada hasta el momento de resolución conforme lo establecido en las condiciones Particulares, más el resultado de multiplicar el Coste de Remuneración de Enérgya-VM por los meses de consumo pendientes desde la fecha efectiva de resolución hasta la fecha ordinaria de terminación del Contrato (prorrateando en día si fuera necesario).
4.4 Por su parte, en caso de resolución del Contrato por causa imputable a Enérgya-VM, el Cliente podrá reclamar a esta los daños y perjuicios directos que resulten acreditables con los límites previstos en el presente Contrato.
4.5 En el supuesto de que el Cliente tenga contratado más de un Punto de Suministro con Enérgya-VM, esta penalización será igualmente aplicable para el caso de resoluciones individuales de Puntos de Suministro que no impliquen la resolución contractual para el resto de Puntos de Suministro objeto de Contrato. Asimismo, las partes acuerdan que será responsabilidad de la parte que reclama el pago de la penalización, el cálculo y justificación objetiva de la misma. Sin perjuicio de lo anterior, Enérgya-VM podrá reclamar los daños y perjuicios, directos e indirectos, sufridos y derivados de la resolución anticipada del Contrato.
4.6 La resolución del presente Contrato, cualquiera que sea su causa, no eximirá al Cliente de las obligaciones de pago que en el momento de la resolución se encontraren pendientes. Tales obligaciones deberán atenderse y saldarse en el menor plazo posible desde la fecha en que se produzca la resolución contractual, y, en todo caso, no más tarde de un mes desde dicha fecha.
5. MISCELÁNEA
5.1 Toda notificación o información que haya de remitir una Parte a la otra Parte en relación con el presente Contrato se realizará por burofax, correo, email, fax o cualquier otro medio que garantice la autenticidad de la comunicación, enviándose al destinatario a la dirección o números de contactos indicados en este Contrato o que fuesen comunicados fehacientemente con posterioridad. Sólo cuando la contratación originaria se hubiera realizado empleando medios telemáticos (teléfono u on-line), el Cliente podrá comunicar la resolución del Contrato por esos mismos medios. Adicionalmente a lo anterior, el Cliente habilita a Enérgya- VM al uso del envío de SMS para comunicaciones de gestión del presente Contrato.
5.2 Enérgya-VM queda autorizada para ceder el presente Contrato a otro suministrador sin previa autorización por parte del Cliente. No obstante Enérgya-VM comunicará dicha cesión al Cliente con carácter previo.
5.3 El Cliente aportará la referencia catastral asociada al emplazamiento donde se ubique todo punto de suministro contratado.
5.4 El Cliente se compromete a comunicar cualquier cambio en el número de cuenta bancaria en la que se domiciliará el pago de los adeudos generados por el presente Contrato. Incluso en el supuesto de que el titular de la cuenta bancaria sea distinto del Titular del Contrato.
5.5 En el caso de que alguna de las estipulaciones contenidas en el Contrato se declarase nula por cualquier tribunal o autoridad competente, se tendrá por no puesta y la nulidad de dicha estipulación no afectará en manera alguna al resto de las estipulaciones del Contrato. Las Partes, en tal caso, se comprometen a negociar de buena fe y de acuerdo con el espíritu del Contrato, una redacción alternativa a la estipulación declarada nula.
5.6 En el supuesto de que el Contrato se formalice o sea llevado a cabo bajo la modalidad de contratación a distancia (telefónica, electrónica o telemática ) o cuando la contratación se encuentre dentro del ámbito de aplicación del artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el Cliente podrá desistir del presente Contrato dentro del plazo máximo de catorce días naturales desde la fecha de celebración por su parte del Contrato. Para que tenga efectos el desistimiento, el Cliente deberá dirigirse dentro del plazo indicado a Enérgya-VM (C/Xxxxxx xxx Xxxxx 6, 5ª Planta 28042 Madrid) a través de su Centro de Atención al Cliente comunicando expresamente dicho desistimiento. No tendrán la consideración de consumidores y usuarios a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2007, las personas físicas o jurídicas, que suscriban el Contrato para una utilidad profesional o autónoma del suministro eléctrico recibido.
En caso de desistimiento por su parte, le devolveremos todos los pagos recibidos de usted, sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la fecha en la que se nos informe de su decisión de desistir del presente Contrato. Procederemos a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por usted para la transacción inicial, a no ser que haya usted dispuesto expresamente lo contrario; en todo caso, no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso. No obstante si usted hubiera solicitado que la activación de su contrato y el cambio de suministrador diera comienzo durante el período de desistimiento, nos abonará un importe proporcional a la parte ya prestada del servicio en el momento en que nos haya comunicado su desistimiento, en relación con el objeto total del contrato.
5.7 Toda la información contenida en el presente Contrato y la relacionada con él o su ejecución, así como los términos y condiciones del mismo se considerarán confidenciales durante la vigencia del presente Contrato. No obstante el Cliente autoriza a Enérgya-VM la difusión de su identidad para campañas publicitarias.
5.8 El cliente podrá realizar las reclamaciones que estime pertinentes en relación con el presente Contrato, a través del teléfono de atención al cliente 900 30 61 30 o mediante comunicación a la atención del Servicio de Atención al Cliente en la siguiente dirección: X/ Xxxxxx xxx Xxxxx, 0 00000 Xxxxxx. En caso de disconformidad con la resolución de toda reclamación el Cliente puede dirigirse a los organismos correspondientes de conformidad con lo previsto en el artículo 98 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica o normativa que lo sustituya.
5.9 En caso de discrepancia entre las Condiciones Generales del Contrato y las Condiciones Particulares, prevalecerán por éste orden, las Particulares y Generales.
5.10 El presente Contrato se regirá e interpretará por la ley española común. Todas las controversias que puedan surgir en relación con este Contrato de Suministro Eléctrico se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales de Madrid capital.
6. COSTE DE REMUNERACIÓN ENÉRGYA-VM
Coste Remuneración mensual (€): IVA e Impuesto Eléctrico no incluidos
BT.CF1.INDEXED / REF: 141114
Anexo a Contrato de suministro eléctrico
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO PREMIUM EMPRESAS ENÉRGYA-VM
1. OBJETO DEL SERVICIO PREMIUM EMPRESAS ENÉRGYA-VM
Enérgya-VM ofrece a sus Clientes que así lo hayan aceptado en las Condiciones Particulares de su Contrato de Suministro el servicio Premium Empresas Enérgya-VM prestado por INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A. con domicilio social en Barcelona, X/ Xxxxxxxxx 000 y provista de NIF A-59825307, en los términos del presente documento.
Los servicios serán desarrollados en el ámbito territorial de España.
2. DEFINICIONES
BENEFICIARIO: Toda persona física que tenga en vigor un contrato de suministro eléctrico en su vivienda con Enérgya-VM, y su potencia contratada sea superior a 10KW.
También tendrá la consideración de BENEFICIARIO, toda persona física y/o jurídica, que realice su actividad profesional en el local declarado en el contrato de suministro eléctrico con Enérgya-VM.
En ambos casos, y estando el contrato de suministro vigente, el BENEFICIARIO habrá optado por el servicio Premium Empresa de conformidad con lo establecido en la cláusula 1.
No obstante, para los servicios de Asesoramiento Jurídico Telefónico, y Asistencia Informática, el GRUPO FAMILIAR del BENEFICIARIO podrá solicitar asesoramiento en todas aquellas cuestiones que puedan afectar a las diferentes personas que lo compongan. Con el fin de prestar los Servicios de forma segura y cómoda, INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. podrá solicitar al BENEFICIARIO o
persona del GRUPO FAMILIAR que solicite el Servicio, todos los datos que razonablemente sean necesarios para comprobar su derecho de uso.
GRUPO FAMILIAR: cónyuge o pareja con la que el beneficiario conviva habitualmente, así como los hijos y ascendientes en primer grado que habiten en la vivienda.
RED DE REPARADORES: Conjunto de reparadores homologados por INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. con capacidad técnica suficiente para la prestación del servicio Premium Empresas Enérgya-VM
URGENCIA: se considera urgencia toda situación imprevista que implique ausencia total o parcial en la vivienda o el local del BENEFICIARIO de:
• Luz: A consecuencia de avería en la instalación eléctrica particular de la vivienda o local.
• Agua: Cuando se produzca la rotura de las conducciones fijas de agua en la vivienda o local.
• También tendrá la consideración de urgencia aquella situación que impida el acceso a la vivienda o al local debido a cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de llaves, inutilización de la cerradura por intento de robo u otra causa que impida la apertura de la puerta; así como el cierre de la misma en condiciones de seguridad, de manera que impida el acceso de personas ajenas.
No tendrá carácter de urgencia (y queda fuera de este servicio) cuando dicha ausencia se deba a la interrupción del suministro de electricidad o agua por parte de la empresa con la que se tenga contratados dichos suministros.
LOCAL: lugar situado en España, donde el BENEFICIARIO ejerce su actividad profesional, debiendo corresponderse con el punto de suministro que se declara en el conrato de suministro eléctrico suscrito con Enérgya-VM.
VIVIENDA: su domicilio, cuya dirección consta en el contrato de suministro eléctrico con Enérgya-VM (excluyendo garajes, trasteros, anexos, piscinas, iluminación exterior y conducciones exteriores de recogida de aguas pluviales), utilizado con fines domésticos.
Quedan excluidos los hogares móviles, pensiones o locales de arrendamiento, multipropiedades y establecimientos comerciales.
VEHÍCULO: Se dará cobertura a un solo vehículo por BENEFICIARIO Y GRUPO FAMILIAR, entendiendo como tal: todo vehículo terrestre a motor, particular o utilitario, con un Peso Máximo Autorizado inferior o igual a 3,5 toneladas. Quedan excluidos del marco de esta definición los vehículos destinados al Servicio Público o al transporte de mercancías, autoescuelas, taxis, ambulancias, alquiler, así como los vehículos cuyas características ya no cumplan con las normas y especificaciones estándares del fabricante. Los vehículos transformados o destinados a cualquier tipo de competición, rallies x xxxxxxxx.
3. PROTECCIÓN DE DATOS
A los efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. informa que los datos facilitados por el/los BENEFICIARIOS, así como los cedidos por Enérgya-VM serán incluidos en un fichero debidamente inscrito en el Registro General de Protección de Datos, responsabilidad de INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A.
domiciliada en xxxxx Xxxxxxxxx, 000, con la finalidad de desarrollar la relación contractual establecida con Enérgya-VM
Asimismo, el BENEFICIARIO autoriza expresamente el tratamiento de dichos datos para:
• La prestación de los servicios descritos en este documento
• La realización de acciones de control de calidad del servicio
• La realización de estudios estadísticos
Asimismo, acepta que sus datos puedan ser cedidos, exclusivamente para las finalidades indicadas anteriormente a otras entidades del Grupo INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A, asi como a otras personas físicas o jurídicas con las que las distintas Entidades del Grupo, concluyan acuerdos de colaboración, respetando en todo caso la Legislación Española vigente sobre protección de datos de carácter personal y sin necesidad de que le sea comunicada cada primera cesión que se efectúe a los referidos cesionarios.
Todos los datos son tratados con absoluta confidencialidad, no siendo accesibles a terceros para finalidades distintas para las que han sido autorizados.
Si desease ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo BENEFICIARIO podrá realizarlo mediante correo ordinario a la dirección de Barcelona, xxxxx Xxxxxxxxx, 000, X.X 00000, o mediante correo electrónico a la dirección xxxx_xxxxx@xxxxxxxx.xx.
4. DURACION DEL SERVICIO PREMIUM EMPRESAS ENÉRGYA-VM
El servicio Premium Empresas Enérgya-VM permanecerá en vigor, una vez aceptado por el BENEFICIARIO, en las Condiciones Particulares de su Contrato de Suministro, durante todo el plazo de vigencia de dicho contrato de suministro eléctrico.
5. PRECIO
El BENEFICIARIO abonará el precio del servicio tal como especificado en las Condiciones Particulares del Contrato de Suministro. Dicho precio será aplicado en su facturación mensual de suministro eléctrico, sin perjuicio de las condiciones de pago específicas a favor de la RED DE REPARADORES que se precisan en la cláusula siguiente.
El precio del servicio se incrementará anualmente de acuerdo con la variación experimentada por el IPC del año entrante. Serán asimismo, a cargo del BENEFICIARIO, incrementando por tanto el precio aplicable, todos aquellos gastos, costes, tributos y pagos que resulten exigibles, entre ellos el Impuesto del Valor Añadido. Cualquier tipo de promoción, descuento y/o complemento ofrecido al BENEFICIARIO por parte de Energya- VM se limitará a las circunstancias específicas para las que se otorgaron o al tiempo de duración del establecido en aquellas sin generar consolidación o derecho alguno a favor del BENEFICIARIO.
Sin perjuicio de lo anterior, el precio del servicio Premium Empresas Enérgya-VM y los costes repercutibles podrán ser modificados por INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A., cuando se produzca una variación en el importe de alguno de los componentes que hayan sido tomados en consideración para el establecimiento de los mismos y que son ajenos a las partes. Esta adecuación será comunicada por escrito al BENEFICIARIO a fin de que éste, si no está de acuerdo, comunique a Energya-VM, en el plazo de 15 días y por escrito, su voluntad de resolver el contrato. La falta de contestación por parte del BENEFICIARIO en el referido plazo se entenderá como aceptación del nuevo precio.
6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO RESPECTO A LA RED DE REPARADORES
El BENEFICIARIO está obligado al pago íntegro, en las condiciones y plazos acordados con la RED DE REPARADORES, en los siguientes casos:
• Cuando conste expresamente que la totalidad del servicio va a cargo del BENEFICIARIO.
• Cuando la prestación del servicio que deba realizarse no quede amparada en los términos y condiciones descritas en este documento.
• Cuando conste expresamente que el coste de los materiales no queda cubierto o sólo queda cubierto hasta el importe especificado en el Servicio, en cuyo caso el BENEFICIARIO deberá hacerse cargo del 100% del coste o del importe por encima del montante cubierto por el servicio.
El BENEFICIARIO facilitará un lugar adecuado para el almacenamiento de materiales y herramientas.
El BENEFICIARIO deberá obtener los permisos de obra y demás autorizaciones o licencias necesarias para la ejecución del servicio solicitado.
El BENEFICIARIO deberá firmar, otorgando su consentimiento y autorización, los siguientes documentos: PARTE DE TRABAJO o SOLICITUD DE PRESUPUESTO, que la RED DE REPARADORES le entregará.
7. FORMA DE PAGO A LA RED DE REPARADORES
El BENEFICIARIO, una vez aceptado el presupuesto y finalizada la reparación, y, en los supuestos especificados en la cláusula precedente, pagará al contado, o en su defecto, según las condiciones y plazos acordados con la Red de Reparadores, el servicio que le ha sido efectuado.
El retraso o incumplimiento total o parcial de la obligación de pago por parte del BENEFICIARIO, implicará la obligación del mismo de pagar unos intereses de demora anuales equivalentes al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la fecha de la obligación de pago hasta la fecha del completo pago del importe debido. Ante dicha situación INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A, se reserva el
derecho de anular o suspender, sin otra formalidad, cualquier solicitud en curso.
8. GARANTÍA SOBRE LOS SERVICIOS REALIZADOS POR LA RED DE REPARADORES
El servicio le ofrece una garantía de 6 meses sobre los trabajos realizados por la RED DE REPARADORES, a contar desde la fecha de la finalización de los mismos. Dicha garantía será de cumplimiento siempre y cuando se presente reclamación escrita a INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A, y el motivo de dicha reclamación esté bajo el amparo de los términos de la garantía.
La nueva intervención realizada bajo el amparo de dicha garantía, será gratuita para el BENEFICIARIO en todos sus conceptos (desplazamiento, mano de obra y material). La garantía cubrirá únicamente aquellos trabajos realizados, no entrando en garantía cualquier otro trabajo, avería o desperfecto diferente del realizado.
Correrá a cargo del BENEFICIARIO, cualquier intervención realizada que no quede bajo el amparo de los términos de la garantía, aún habiéndose interpuesto reclamación por escrito a INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A.
Energya-VM quedará en cualquier caso exonerada de toda responsabilidad, directa o indirecta, derivada de cualquier incidencia objeto del servicio Premium Empresas Enérgya-VM así como de eventuales discrepancias relativas a la aplicación de la garantía sobre los trabajos realizados por la RED DE REPARADORES descrita en la presente cláusula.
En caso de que ello resultara necesario y con objeto de salvaguardar la continuidad de los servicios objeto del presente Anexo, Enérgya-VM quedará facultada para ceder la prestación del SERVICIO PREMIUM EMPRESAS ENÉRGYA-VM a otro proveedor distinto a INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. Dicha cesión deberá ser debidamente notificada al Cliente, comprometiéndose Enérgya-VM a que los mencionados servicios se presten en condiciones similares a las recogidas en el presente Anexo.
9. EXCEPCIONES A LA GARANTÍA
La garantía sólo será de aplicación ante la no conformidad por parte del BENEFICIARIO, de los trabajos efectuados directamente por la RED DE REPARADORES de INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A, siempre y cuando no se deba a:
• Los trabajos, utilización indebida y/o manipulaciones, realizadas directa o indirectamente por el BENEFICIARIO o terceras personas.
• El desgaste habitual por uso
• La no utilización correcta según normativa del fabricante
• La intervención de personal técnico no autorizado
• Cualquier defecto de los materiales utilizados, siempre y cuando éstos hayan sido suministrados directamente por el BENEFICIARIO.
• En general, cualquier intervención no imputable directamente a la actuación de la RED DE REPARADORES de INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A
10. LEGISLACION Y FUERO APLICABLE
Será considerada como legislación aplicable a efectos supletorios e interpretativos la legislación española. En caso de controversia respecto al Servicio Premium Empresas Enérgya-VM entre el BENEFICIARIO y ENÉRGYA-VM ambas partes se someten al fuero de resolución de disputas previsto en el Contrato de Suministro. En el caso de controversia entre el BENEFICIARIO e INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A.
así como la RED DE REPARADORES las partes se someten a las reglas de la legislación española sobre el sistema arbitral de consumo.
ALCANCE DEL SERVICIO PREMIUM EMPRESAS ENÉRGYA-VM
El BENEFICIARIO podrá solicitar los servicios que figuran en los siguientes apartados en las condiciones que en los mismos se detallan. En este sentido, todos los servicios deberán ser solicitados a través del teléfono 000 00 00 00 durante las 24 horas del día, incluidos domingos y festivos (sin perjuicio de las particularidades que se exponen en las descripciones de los servicios que figuran en los siguientes apartados). Al llamar se indicará el nombre del beneficiario, número contrato de suministro eléctrico, dirección, número de teléfono y tipo de asistencia que se precisa. Los servicios de carácter urgente serán prestados en un plazo máximo de 3 horas desde el momento de su solicitud, salvo en casos de fuerza mayor.
SERVICIOS DE URGENCIA
El BENEFICIARIO podrá solicitar este servicio las 24 horas/365 días, en los siguientes casos.
FONTANERÍA
Cuando se produzca la rotura de las conducciones fijas de agua en la vivienda o el local, el servicio enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia precisa para que la avería quede reparada. Los costes de desplazamiento y mano de obra de esta reparación de urgencia, con un máximo de 3 horas, serán gratuitos para el BENEFICIARIO, así como el importe de los materiales empleados que será a cargo del servicio hasta un máximo de 150€.
El cliente únicamente deberá abonar:
• Coste de materiales: cualquier cuantía que supere los 150€ citados anteriormente
• Mano de obra: a partir de la cuarta hora de trabajo. Quedan excluidos:
a) La reparación de averías propias de grifos, cisternas, depósitos y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua de la vivienda odel local.
b) La reparación de averías que se deriven de humedades o filtraciones.
ELECTRICIDAD
Cuando a consecuencia de avería en la instalación particular de la vivienda o del local, se produzca falta de energía eléctrica en toda ella o en alguna de sus dependencias, el servicio enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de fluido eléctrico, siempre que el estado de la instalación lo permita. Los costes de desplazamiento y mano de obra de esta reparación de urgencia, con un máximo de 3 horas, serán gratuitos para el BENEFICIARIO, así como el importe de los materiales empleados que será a cargo del servicio hasta un máximo de 150€ .
El cliente únicamente deberá abonar:
• Coste de materiales: cualquier cuantía que supere los 150€ citados anteriormente
• Mano de obra: a partir de la cuarta hora de trabajo Xxxxxx excluidos:
a) La reparación de averías propias de mecanismos, tales como enchufes, conductores interruptores, etc.
b) La reparación de averías propias de elementos de iluminación tales como lámparas, bombillas, fluorescentes, etc.
c) La reparación de averías propias de aparatos de calefacción, electrodomésticos y, en general, cualquier avería propia de un aparato que funcione con suministro eléctrico.
d) La reparación de instalaciones que no cumplan con las normativas vigentes en el momento de su realización.
CERRAJERÍA
Cuando al BENEFICIARIO no le sea posible el acceso a la vivienda o al local por cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de llaves, inutilización de la cerradura por intento de robo u otra causa el servicio enviará, con la mayor prontitud posible, un cerrajero que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer el cierre y la apertura de la misma.
Los costes de desplazamientos y mano de obra de este servicio de urgencia (máximo 3 horas) serán gratuitos para el BENEFICIARIO,así como el importe de los materiales empleados que será a cargo del servicio hasta un máximo de 150€.
El cliente únicamente deberá abonar:
• Coste de materiales: cualquier cuantía que supere los 150€ citados anteriormente
• Mano de obra: a partir de la cuarta hora de trabajo Xxxxxx excluidos:
a) El cambio xx xxxxxx y cerradura. El servicio de Urgencias garantizará:
• Desplazamiento de la RED DE REPARADORES a la vivienda o al local del BENEFICIARIO en un plazo máximo de 3 horas, y con la máxima inmediatez posible, desde la recepción de la llamada.
SERVICIO DE REPARACIONES Y/O MANTENIMIENTO (Acceso a Redes)
El BENEFICIARIO podrá solicitar este servicio las 24 horas/365 días, en las condiciones que se describen a continuación
Siempre que el BENEFICIARIO tenga la necesidad de realizar reparaciones de mantenimiento o reformas en su local o vivienda, el servicio le facilitará el acceso a un cuadro de profesionales cualificados para atender los servicios requeridos, según lista de gremios adjunta:
Albañilería, Enmoquetadores Pladur, Carpintería, metálica, Limpia cristales, Antenistas, escayolistas, Pequeños, transportes, Jardineros, Porteros automáticos, Barnizadores, Aire acondicionado, Persianas Yeseros Contratistas, Carpintería, Fontanería, Pintura Cerrajería, Limpiezas Generales, Sistemas de alarma, Cristaleros, Electricistas, Tapiceros, Vigilantes, Electrodomésticos Mudanzas Parquetistas Toldos Otros.
El servicio garantizará:
• Elaboración de presupuesto en un plazo de 48h desde la visita de la RED DE REPARADORES a la vivienda o al local, necesaria para la valoración de los trabajos a realizar.
• Desplazamiento de la RED DE REPARADORES en un plazo de 24 horas, y con la máxima inmediatez posible, desde la recepción de la llamada y de lunes a viernes.
• Tarifa fija por hora de trabajo. Diferenciándose horario diurno (de 08:00 h. a 19:00 h.), horario nocturno (de 19:00 h. a 08:00 h.), y Festivos, siendo la misma revisada anualmente.
• 6 meses de garantía sobre los trabajos realizados
• Responsabilidad Civil por los trabajos realizados.
En cualquier caso el servicio asume el coste del desplazamiento del profesional a la
vivienda o al local del BENEFICIARIO y la elaboración del presupuesto. ASESORAMIENTO JURÍDICO TELEFÓNICO
Servicio que pone a disposición del BENEFICIARIO, y del GRUPO FAMILIAR, un abogado
colegiado, para que le asesore telefónicamente, en prevención de cualquier litigio con terceros distintos a INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA S.A. y Enérgya VM y/o sobre cuestiones de ámbito general que afecten a la vida privada de la persona, así como la forma en que mejor puedan defenderse.
Quedan cubiertas las consultas que puedan ser resueltas de forma verbal, en ningún caso se considerarán comprendidas dentro del ámbito de esta garantía:
• La obligación para Inter Partner Assistance de asumir o intervenir en los trámites administrativos o judiciales que requieran los asuntos a que hace referencia esta Garantía.
• Cualquier hecho que desborde los límites de aplicación de la Legislación Española.
• El pago de honorarios de cualquier tipo que sean consecuencia de actuaciones profesionales de abogados, procuradores, notarios, registradores, gestorías, etc. que tengan intervención respecto a los asuntos objeto de esta garantía más allá de las obligaciones de información y orientación que el servicio asume por la misma.
• Aquellas cuestiones que deban ser resueltas de forma escrita, o las que requieran de un servicio presencial por parte de nuestros abogados y/o asesores.
• En general, cualquier consulta sometida al pago de honorarios profesionales. Extensión del Servicio
Asimismo, ante la posible solicitud por parte del BENEFICIARIO, de los servicios de un abogado a título particular, se le ofrecerá un servicio de conexión con abogados de la red. Los costes por los servicios de dicho abogado y/o costas procesales, irán a cargo del BENEFICIARIO.
Plazos de actuación
Este servicio se prestará los días laborables de lunes a viernes y de 9 a 18 horas, pero se atenderá 24 horas/365 días, tomando nota de los datos de contacto del BENEFICIARIO y su consulta particular, realizando una llamada al siguiente día hábil.
ASISTENCIA INFORMÁTICA REMOTA
Siempre que el BENEFICIARIO necesite efectuar una consulta o recibir ayuda para solucionar incidencias que afecten a equipos informáticos de uso doméstico de su propiedad, (hasta un máximo de tres equipos por BENEFICIARIO y GRUPO FAMILIAR), el proveedor pone a su disposición los siguientes servicios:
Software: se pondrá a disposición del BENEFICIARIO un técnico especialista, que le asesorará en la resolución de incidencias, administración y configuración de los sistemas y ayuda en el uso de aplicaciones tales como: sistemas operativos, programas ofimáticos, correo electrónico, navegadores, antivirus, cortafuegos, tratamiento de imágenes y otras aplicaciones estándares.
Hardware: incidencias que afecten a:
• Ordenadores PC y portátiles.
• Periféricos como impresoras, escaners y discos duros externos.
• Reproductores multimedia.
• Servicios incluidos:
• Ayuda en el manejo de las aplicaciones, herramientas y comunicaciones.
• Instalación y desinstalación de las aplicaciones.
• Actualización de versiones y Service Pack siempre que el BENEFICIARIO disponga de la licencia pertinente o la actualización sea gratuita.
• Configuración de los sistemas operativos y de las aplicaciones.
• Asesoramiento sobre requisitos de hardware y software.
• Instalación y configuración de periféricos
El asesoramiento para la resolución de las incidencias se prestará exclusivamente por vía telefónica, chat o mediante acceso remoto al equipo del BENEFICIARIO si la conexión a Internet lo permite. En ningún caso estará incluida la mano de obra ni los componentes necesarios para la reparación de los equipos, si esto fuese necesario.
Este servicio se prestará de lunes x xxxxxxx, incluidos festivos, de 9 a 21 horas, pero se atenderá 24 horas/365 días, tomando nota de los datos de contacto del BENEFICIARIO y su consulta particular, realizando una llamada al siguiente día hábil.
Servicio de asistencia en la vivienda o el local: En el caso de que no sea posible resolver la incidencia a través del servicio telemático o cuando se trate de una incidencia o daño no amparado por el servicio, INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. ofrecerá al BENEFICIARIO la posibilidad de que un técnico se desplace a su vivienda o local. Éste le facilitará un presupuesto y en su caso realizará los servicios solicitados, siendo a cargo del BENEFICIARIO el importe correspondiente a la ejecución de estos trabajos y servicios y demás conceptos que se deriven de la prestación.
El proveedor no se compromete a ofrecer este servicio cuando en la zona no exista servicio técnico disponible.
Exclusiones del Servicio:
• La pérdida de datos
• La recuperación de datos de los dispositivos extraíbles y/o externos.
• La instalación de software cuya licencia no obre en poder del BENEFICIARIO.
• El perjuicio o lucro cesante sufrido por el BENEFICIARIO como consecuencia del hecho que motiva la acción.
• La pérdida de información en equipos que contengan virus, software espía, programas ‘Peer to Peer’ o cualquier otro tipo de software o hardware que se comporte de forma maliciosa.
• La recuperación de archivos originales de dispositivos no descritos en el detalle del servicio.
• Las averías del dispositivo de soporte que den origen a la prestación de este servicio.
• Las recuperaciones sobre soportes de almacenamiento que hayan sido manipulados antes de la entrega al BENEFICIARIO.
• Los servidores de aplicaciones, los servidores web, así como los sistemas de almacenamiento complejos (Raid , Almacenamiento por Volúmenes, etc).
• Cualquier otra prestación de servicios de mantenimiento o de soporte técnico de los equipos que no esté expresamente amparada por el servicio.
• Soportes de almacenamiento que no formen parte de los bienes del BENEFICIARIO.
• La recuperación de datos cuando resultara imposible, por cualquier causa de tipo técnico tanto física como lógica
• Las copias de seguridad
INTER PARTNER ASSISTANCE SERVICIOS ESPAÑA, S.A. intentará resolver toda incidencia no excluida específicamente en esta lista de exclusiones sin asumir responsabilidad alguna por la no ejecución o retraso en la misma debido a causas de fuerza mayor tanto de tipo técnico (fallos en la conexión de Internet o falta de suministro eléctrico) como en caso xx xxxxxx, estado de sitio, huelga o medidas excepcionales de las autoridades.
RECURSO DE MULTAS
Servicio que garantiza sobre el VEHÍCULO, la prestación de Asistencia jurídica en materia de infracciones administrativas de tráfico, circulación y seguridad vial.
El servicio cubre las siguientes prestaciones, que se describen a continuación:
• Asesoramiento Telefónico, que comprende la evaluación de todo tipo de consultas relacionadas con la imposición de sanciones administrativas en materia de tráfico en general, o relativas a un procedimiento sancionador en marcha.
• Confección de escritos de oposición, pliegos de descargo y recursos de alzada, así como cualquier tipo de escrito que haya de presentarse dentro del procedimiento administrativo sancionador.
• Presentación de escritos, una vez recibida la documentación necesaria por parte del Cliente, el Servicio confeccionará los escritos necesarios, suscribiéndolos, en su caso, y realizando su correspondiente presentación, quedando a salvo la recepción de la notificación de las resoluciones que legalmente ha de recibir el Cliente.
El ámbito territorial para esta cobertura se limita al Territorio Nacional. Exclusiones:
En ningún caso responderá el Servicio del importe económico de estas sanciones. La prestación se limitará a la vía administrativa con expresa exclusión de cualquier otro tipo de vía tanto judicial como extrajudicial (apremio).
El servicio no se hará cargo de la formulación de los Recursos cuando se reciban en un plazo inferior a los cinco días anteriores a la expiración del plazo legal.
Plazos de actuación
Este servicio se prestará los días laborables de lunes a viernes y de 9 a 18 horas, pero se atenderá 24 horas/365 días, tomando nota de los datos de contacto del cliente y su consulta particular, realizando una llamada al siguiente día hábil.
ASISTENTE PERSONAL
Este servicio realiza, en nombre del BENEFICIARIO, aquellos trámites o gestiones de naturaleza telefónica, que éste pueda precisar hacer en su día a día, y que por falta de tiempo, le sean difíciles de efectuar.
Cobertura:
A continuación se relacionan los trámites y gestiones que son objeto de esta cobertura: Información y gestión telefónica acerca de:
• Gestiones administrativas: pago de multas, renovaciones, permisos, trámites burocráticos, etc.
• Pre - reserva de restaurantes, hoteles, entradas espectáculos, eventos deportivos.
• Compra de regalos: aniversarios, nacimientos, incluyendo la gestión del envío a cualquier sitio.
• Baja de Tarjetas de Crédito, Tarjetas SIM, etc.
• Altas, bajas, modificaciones de contratos de suministro de servicios (luz, gas, agua, teléfono)
Las gestiones serán llevadas a cabo en nombre del BENEFICIARIO y con su consentimiento tácito, por parte de su gestor o asistente personal designado. Todas las gestiones telefónicas necesarias para la realización del servicio solicitado quedan cubiertas, a excepción del coste intrínseco del propio servicio o producto que se haya solicitado, cuyo importe y condiciones de pago le serán informadas con anterioridad.
Exclusiones:
Anexo a Contrato de suministro eléctrico
El servicio no incluye los costes oficiales de los trámites o gestiones, tasas, honorarios profesionales, ni ningún otro concepto económico devengado de la solicitud. Será por cuenta del BENEFICIARIO cualquiera de los costes del servicio y/o del producto solicitado y los abonará directamente, según los términos y condiciones de pago, al proveedor del mismo.
El servicio no incluye gestiones de tipo presencial sino que se limita a la gestión por la vía telefónica.
Queda excluida cualquier tipo de solicitud cuyo contenido esté al margen de la legalidad y/o la moralidad.
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PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN DE CLIENTES DE ENÉRGYA-VM 1 PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN
El Programa de Fidelización de Clientes (en adelante, el Programa) ha sido diseñado por Enérgya VM Gestión de Energía, S.L.U. (en adelante, Enérgya-VM) para aquellos Clientes que tengan suscrito un contrato de suministro eléctrico con Enérgya-VM y éste se encuentre vigente.
Podrán participar todas las personas físicas o jurídicas, que sean Clientes en la actualidad de Enérgya-VM.
La adhesión al Programa no tiene coste para el Cliente.
2 INSCRIPCION Y ACTIVACION EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACION
La inscripción en el Programa se podrá realizar expresamente a través del contrato de suministro eléctrico; telefónicamente en el teléfono 000000000; en el e-mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx; o a través de la Oficina Online de Suministro xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx
La activación del Programa se realizará tras la emisión de la primera factura posterior a la inscripción. Durante ese período se realizarán los cálculos necesarios para ubicar al Cliente en la categoría que le corresponde.
Una vez inscrito en el Programa, el cliente recibirá en su domicilio una tarjeta de coordenadas (en adelante, “la tarjeta”). Cada cliente sólo podrá ser titular de una tarjeta y, en ningún caso, podrá simultanear la utilización de dos o más tarjetas, en caso contrario, Enérgya-VM se reserva el derecho de anular las tarjetas y/o los puntos así obtenidos.
En caso de que un titular perdiera y/o le fuera sustraída su Tarjeta Energya-VM procederá a emitir una nueva Tarjeta, cargando los puntos que tuviera en la anterior.
En ningún caso se producirán copias de Tarjetas cuando sean detectados indicios de fraude o uso indebido o cualquier otra práctica que no respete las presentes bases.
La Tarjeta es propiedad de Energya-VM. El titular es depositario y usuario de la misma siendo responsable de su correcta utilización, reservándose Energya-VM el derecho a cancelarla en caso contrario.
3 TIPOS DE CLIENTES
La clasificación de los clientes será la siguiente:
1. Clientes del Programa Club Enérgya-VM – Clientes de baja tensión con menos de
10 puntos de suministro contratados con Enérgya-VM con un consumo anual agregado inferior a 500MWh.
2. Clientes del Programa Premium
a. Oro – Clientes con un consumo anual estimado de 500MWh a 1GWh, no incluido.
b. Platino – Clientes con un consumo anual estimado de 1 GWh a 4GWh, no incluido.
x. Xxxxxxxx – Clientes con un consumo anual estimado mayor o igual a 4GWh.
4 VENTAJAS DEL PROGRAMA
Los Clientes del Programa podrán disfrutar de diferentes ventajas en función del consumo acumulado de sus suministros eléctricos así como por el tipo de servicios contratados.
Todos los Clientes tendrán acceso al Catálogo Oficial del Programa desde el momento de la activación en el Programa.
Las ventajas por pertenecer a un grupo u otro dentro del Programa se comunicarán periódicamente y debidamente a cada Cliente de manera individual a través de cualquier medio de comunicación
Los Clientes disfrutarán de todas las ventajas del Programa desde la fecha de activación
en el mismo.
Enérgya-VM procederá anualmente a revisar la clasificación de cada Cliente teniendo en cuenta su consumo eléctrico acumulado y otros productos y servicios suministrados por Enérgya-VM en los últimos 365 días desde la activación del Programa.
5 PUNTOS Y CUENTA DEL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN DE ENÉRGYA-VM
La obtención de Puntos Energya-VM (en adelante, los Puntos) se realiza de forma automática por diferentes conceptos como consta en la cláusula 7 del documento
Los Puntos obtenidos por un Cliente serán recogidos en la denominada Cuenta de Puntos del Cliente (en adelante, la Cuenta). La cuenta permanecerá abierta mientras el Cliente no haya causado baja en el Programa, se mantenga el suministro eléctrico activo, o al menos, uno si fueran varios, o el Programa no hubiese sido suspendido por Energya- VM. En caso contrario, la Cuenta quedará inactiva, quedando sin efecto los puntos que en ese momento hubiera en dicha cuenta.
La titularidad de la Cuenta es personal y corresponde al titular del contrato de suministro, únicamente habrá una cuenta por CIF/NIF/DNI/Pasaporte/NIE, tarjeta de Residencia y grupo empresarial con la que se participará en el Programa. Así, si un mismo Cliente es titular de varios suministros eléctricos, los Puntos generados por todos ellos se contabilizarán en una única Cuenta, de la cual será titular el Cliente.
Energya-VM entiende por Grupo empresarial a efectos del Programa todo grupo de CIFs cuyos contratos de suministro eléctrico suscritos con Energya-VM estén refrendados por la misma persona identificada con el DNI y presumiéndose facultades para realizarlo. o tengan domiciliados los pagos en la misma cuenta bancaria.
Podrán acceder a la cuenta. a través de la Oficina Online, una vez validado el documento identificativo del firmante del contrato y insertado la referencia que figura en la tarjeta, la persona que figure como titular del contrato de suministro así como las personas autorizadas expresamente por éste para el disfrute del Programa e identificadas de esta manera en nuestros sistemas.
Los puntos originados por un Cliente no podrán ser cedidos a la cuenta de otro/s Cliente/s. Tampoco podrán sumarse los puntos obtenidos por distintos Clientes con el objeto de canjear la suma total por regalos.
Si un Cliente cambia la titularidad de la totalidad de los contratos pertenecientes al
Programa el nuevo cliente mantendrá el saldo de Puntos acumulado del anterior titular.
6 BAJA Y CONSECUENCIAS EN EL PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN
El cliente puede causar baja del Programa por propia voluntad, así como por finalización de la vigencia del Contrato, resolución del contrato y/o por denuncia unilateral de cualquiera de las Partes.
En el momento en que se produzca la baja en el Programa, se dejará de generar nuevos puntos en la Cuenta desde la fecha de dicha baja y no se podrán utilizar los Puntos hasta entonces acumulados.
Eneryga-VM por su parte se reserva el derecho a dar de baja en el Programa aquellas tarjetas inactivas durante un periodo continuado de 18 meses, así como anular los puntos que en ellas estuvieran acumulados. Se entenderá por inactividad la ausencia de operaciones de atribución o canje de Xxxxxx.
7 LOS PUNTOS ENÉRGYA-VM
Dependiendo del Grupo al que pertenezca el cliente, la acumulación de Puntos será del siguiente modo:
1. Clientes del Programa Club Enérgya-VM:
La acumulación de Puntos en la Cuenta se obtiene mediante el consumo eléctrico de los contratos de suministro eléctrico de baja tensión de la siguiente forma:
• 600 puntos/MWh para tarifas 3.0A
• 800 puntos/MWh para tarifas 2.1A y 2.1DHA;
• 1.000 puntos/MWh para tarifas 2.0Ay 2.0DHA.
El Cliente empieza a acumular Puntos desde la emisión de de la primera factura.
Los puntos correspondientes a todas las facturas emitidas con posterioridad a la fecha de activación en el Programa, serán contabilizados directamente en su Cuenta.
En el caso de los clientes clasificados como Club Enérgya-VM, sólo podrán acumular Puntos para un máximo de 10 suministros eléctricos de baja tensión contratados con Enérgya-VM. En caso de incrementar el número de suministros eléctricos, sólo acumularán Puntos para los consumos correspondientes a los 10 primeros suministros eléctricos contratados. Al año de la emisión de la primera factura, se tendrá en cuenta el consumo anual agregado de todos los puntos se suministro contratados para la reubicación en el grupo de clientes correspondiente del Programa de cara al próximo año.
2. Clientes del Programa Premium:
La acumulación de Puntos en la Cuenta se obtiene mediante los siguientes conceptos:
1. Puntos por antigüedad y consumo: a los Clientes se les abonarán Puntos anualmente en función de la antigüedad en el Programa (fecha desde la emisión de la primera factura tras la solicitud del alta en el Programa) y del grupo de Clientes al que pertenezcan, con los siguientes escalados:
Año 1º Año 2º y 3º
Años 4º y 5º
Más del 5º año
200.000
210.000
220.000
230.000
300.000
320.000
340.000
360.000
400.000
450.000
500.000
550.000
Programa Puntos Diamante
Programa Puntos Platino
Programa de Puntos del Cliente
Antigüedad del Programa Cliente en el Puntos Oro Programa.
2. Puntos por suscribir otros productos o servicio de Enérgya-VM: el Cliente podrá incrementar el número de Puntos por suscribir para todos sus contratos el servicio de facturación electrónica de la siguiente forma:
Entre 20 y 99
De 100 a 149
De 150 a 199
Más de 200
5.000
10.000
15.000
20.000
10.000
15.000
20.000
25.000
30.000
40.000
50.000
60.000
Programa Puntos Diamante
Programa Puntos Platino
Programa Puntos Oro
Número de suministros contratados
Servicio | Programa Oro | Puntos | Programa Puntos Platino | Programa Puntos Diamante |
e-factura | 2.000 | 5.000 | 10.000 |
3. Puntos por cantidad de suministros contratados con Enérgya-VM: el Cliente, en función de la cantidad de puntos de suministro que tenga contratados con Enérgya-VM, podrá incrementar los Puntos de su Cuenta con los siguientes escalados:
4. Puntos por cortesía: sólo se le asignarán a Clientes del Programa Premium Platino y Diamante cuando sus Puntos acumulados más los Puntos de cortesía sean suficientes para alcanzar un regalo en concreto. Su valor máximo es de 10.000 Puntos.
5. Otros Puntos: promociones específicas en función de los diferentes planes de acción previstos por Enérgya-VM, que serán comunicados a los Clientes debidamente.
Los Puntos “promocionales” otorgados por Enérgya-VM podrán tener una duración limitada. Estos Puntos se perderán definitivamente a la finalización del período si no son canjeados por el Cliente.
La acumulación de los Puntos, de los clientes pertenecientes al Programa Premium, se realizará en la Cuenta del Cliente en el plazo aproximado de 30 días naturales a contar desde el último cálculo para la reubicación del Cliente.
No se efectuará con carácter retroactivo ningún abono de puntos salvo indicación expresa de Enérgya.-VM.
En caso de que el cálculo de Puntos, no permita el resultado de números exactos, se procederá a realizar los ajustes siguientes: Si el número decimal es superior a 50, se ajustará el resultado al número entero inmediatamente superior; si el número decimal es inferior o igual a 50, se ajustará al número entero inmediatamente inferior.
Los Puntos obtenidos a lo largo de un año y no canjeados caducarán tras un periodo de 3 años.
Los Clientes podrán conocer sus Puntos a través de los siguientes sistemas:
1. Llamando al teléfono del Programa de Fidelización de Clientes de Enérgya-VM en el 902 090 133 en horario de 8:30 a 18:00.
2. Accediendo a su cuenta de cliente de la Oficina Online de Enérgya-VM xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx.
8 CANJE DE PUNTOS ENÉRGYA-VM
Los Clientes podrán realizar el canje de los Puntos de su Cuenta en cualquier momento siempre que no hayan finalizado sus contratos de suministro eléctrico con Enérgya-VM.
Es requisito necesario para la realización del canje, además de lo anteriormente establecido, que el Cliente se encuentre al corriente de cuantas cantidades se hayan derivado de cualquiera de los contratos que pudiera tener con Enérgya-VM. Si no fuera así, perderá el derecho a canjear sus Puntos, restableciéndose este derecho una vez haya transcurrido un período de duración igual al tiempo que estuvo en situación irregular.
El disfrute de los servicios asociados al Programa queda condicionado a las premisas siguientes:
Si el regalo fuera solicitado cuando quedan menos de 4 meses para la fecha ordinaria de terminación del contrato de suministro eléctrico, el Cliente deberá estar al corriente de pagos respecto al suministro eléctrico , tener un nivel de devoluciones en la facturación igual o inferior al 30% y no haber tenido ningún corte de suministro ni baja. Si el regalo fuera solicitado cuando queden más de 4 meses para la fecha ordinaria de terminación del contrato de suministro eléctrico, el Cliente deberá estar al corriente de pagos y tener nivel de devoluciones en la facturación inferior al 50% y no haber tenido ningún corte de suministro ni baja .
El canje deberá ser solicitado obligatoriamente por el Cliente que figure como titular del
contrato de suministro eléctrico con Enérgya-VM así como las personas autorizadas expresamente por éste para el disfrute del Programa e identificadas de esta manera en nuestros sistemas.
Los Clientes podrán canjear los Puntos obtenidos, y no caducados en el momento de solicitar el canje, por los artículos que aparezcan en el catálogo que se encuentre vigente en el momento del canje y siempre que los Puntos acumulados sean suficientes para el producto escogido, en función del coste en Puntos que figure en dicho catálogo. En determinados casos, se ofrecerá la posibilidad al Cliente de canjear determinados regalos por Puntos más un precio en Euros que figurará en el l catálogo vigente. En estos casos, el producto no se entregará al Cliente hasta que este no haya efectuado el pago del precio correspondiente.
Los productos propuestos en los catálogos estarán limitados al número de existencias. Enérgya-VM se reserva el derecho a sustituir los productos propuestos por otros de similares características.
En ningún caso se podrán canjear los Puntos por dinero en efectivo. Los Puntos no son un medio de pago, sino de canje y por lo tanto no podrán ser utilizados en el pago de cualquier otro bien o servicio que no conste en el catálogo de productos que se encuentre vigente en el momento del canje.
El Cliente podrá realizar el canje de sus Puntos por uno de los artículos o servicios del catálogo utilizando las siguientes vías:
1. A través de una llamada al l 000 000 000 donde se le tomará nota del pedido para que Xxxxxxx-VM procederá al envío a la dirección que el Cliente facilite en ese momento o, en su defecto, a la facilitada por el mismo en el Contrato de alta.
2. Accediendo a su cuenta de cliente de la Oficina Online de Enérgya-VM, el Cliente podrá acceder on-line a nuestro catálogo de Puntos y realizar el/los canjes deseados. En el momento de canjear los puntos acumulados por alguno de los regalos del catálogo, Enérgya-VM solicitará una de las corrdenadas que figure en su tarjeta.
Una vez solicitado por el Cliente el producto escogido, Enérgya-VM procederá a descontar de su Cuenta los Puntos canjeados.
Debido a la diferente imposición existente en Península, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, la aplicación de Puntos en la compra de un mismo producto puede no ser idéntica, sin que por ello exista agravio comparativo para los Clientes, permaneciendo idénticos los Puntos y la cantidad a cobrar al Cliente antes de impuestos.
9 VARIOS
Enérgya-VM se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones del presente Programa, incluso su posible anulación, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas condiciones o, en su caso, la anulación definitiva del Programa al Cliente.
En caso de producirse por parte de un Cliente una participación incorrecta en el Programa, así como un incumplimiento de las presentes condiciones, Enérgya-VM podrá dar por finalizada, de forma automática, la participación de dicho Cliente mediante notificación por escrito al mismo.
La participación en el Programa supone la plena aceptación sin reservas de las presentes condiciones.
Para toda cuestión litigiosa que pudiera dimanar de la presente promoción, tanto Enérgya- VM como los participantes en la misma, hacen expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, y expresamente se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de Madrid capital.
No podrán disfrutar del Programa aquellos clientes que aun teniendo diferentes CIFs; diferentes firmantes para sus contratos de suministro, se hayan agrupado para obtener unas condiciones ventajosas en el momento de la contratación.
Las gestiones realizadas a través de este Servicio gozarán de plenos efectos jurídicos, por lo que no podrá alegarse la falta de firma manuscrita como excusa para el cumplimiento de las obligaciones asumidas a través del mismo.
El titular deberá hacer uso correcto de este Servicio y custodiar diligentemente la tarjeta guardándola siempre en lugar seguro, vigilando que la misma no pueda ser copiada, ni leída, ni conocida por terceras personas.
En cualquier caso, asumen la responsabilidad por cualquier gestión que se efectúe con su Tarjeta.
Deberán notificar a Enérgya-VM, en el mismo momento en que tengan constancia o sospecha, la pérdida, robo o sustracción de la tarjeta, o el conocimiento o tenencia de ésta por terceras personas. La notificación podrá efectuarse telefónica mente a este Servicio.
Los datos personales que el Cliente aporte con motivo de los servicios del Club Enérgya-
VM se encuentran amparados por las autorizaciones de registro y tratamiento previstas en los contratos de suministro suscritos por cada cliente.
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CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA PARA CLIENTES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO
1. OBJETO
1.1 Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto regular la prestación del Servicio de Facturación Electrónica de Enérgya-VM, con domicilio social en Madrid, Xxxxx Xxxxxx xxx Xxxxx 0, a través de la Oficina Virtual de Suministro en el sitio web "xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx" (en adelante, OVS) a aquellos clientes que se den de alta en dicho servicio (en adelante, referido individualmente como “Cliente” o “Usuario”). El cumplimiento por parte del Cliente de todos los pasos para darse de alta en este servicio de facturación electrónica conlleva su adhesión expresa, plena y sin reservas a todas y cada una de las presentes Condiciones Generales de alta en el Servicio de Facturación Electrónica.
1.2 El alta en el Servicio de Facturación Electrónica por parte del Cliente conlleva su
adhesión expresa, plena y sin reservas a todas y cada una de las presentes Condiciones Generales e implicará que, a partir de la fecha en que dicha alta entre en vigor, el Cliente tendrá a su disposición sus facturas en formato digital a través del sitio web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx”, por lo que acepta y consiente que ya no sean emitidas físicamente en soporte papel.
2. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
2.1. El alta en el Servicio de Facturación Electrónica será de carácter voluntario y gratuito para el cliente. El cliente podrá desistir de su petición en cualquier momento y volver al régimen ordinario de facturación física en soporte papel, mediante comunicación a Enérgya-VM a través del correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx o al Teléfono del Cliente 000 00 00 00.
2.2. Enérgya-VM emitirá las facturas por los diferentes servicios prestados que serán cargadas en la OVS en el sitio web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx” en formato PDF. Las facturas estarán disponibles para su visualización por el Cliente a través del sitio web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx” en el formato anteriormente referido.
2.3. Los clientes que se den de alta en este servicio consienten y aceptan dejar de recibir en su domicilio la factura impresa ordinaria, pero tendrán siempre la posibilidad de solicitar un duplicado de la misma en soporte papel a través de los canales comerciales habituales que Enérgya-VM pone a disposición de sus clientes. Dicho duplicado les será remitido por correo postal.
2.4. El Servicio de Facturación Electrónica permite, además de la visualización en pantalla de la imagen de la factura y del detalle de la misma conforme las condiciones del Contrato del que traiga objeto, su descarga en el ordenador personal del usuario. La factura electrónica así obtenida se basa en la utilización de un sistema de firma electrónica que permite garantizar la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, en los términos que se contemplan en la ORDEN EHA/962/2007, de 10 xx xxxxx y el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
2.5. Las facturas serán emitidas por Enérgya-VM con la correspondiente firma digital
emitida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, por medio de la cual se garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido. Enérgya-VM ostenta certificado electrónico de clase 2CA (x.509.v3) emitido por la FNMT a través de la Agencia Estatal Tributaria para la incorporación de firma electrónica avanzada en sus facturas.
2.6. A través de mensajes remitidos a la dirección de correo electrónico facilitado por el Cliente, Enérgya-VM le comunicará la emisión de la/s factura/s de los diferentes servicios que se hayan contratado, indicándole que la/s factura/s están disponibles para ser consultadas en la siguiente dirección web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx”. La emisión de dicho mensaje tendrá carácter informativo, sin que Enérgya-VM incurra en responsabilidad alguna por la falta de recepción del mismo.
2.7. Es responsabilidad del Cliente comunicar a Enérgya-VM cualquier cambio en la dirección de correo electrónico en la que desee recibir los avisos, así como las incidencias en la recepción de los avisos. En el supuesto de que el Cliente no recibiese el aviso, bien sea debido a error en la dirección de correo electrónico facilitada o bien por cualquier otro motivo, no implicará que se deje de prestar el Servicio Facturación Electrónica, salvo que el Cliente haya manifestado su desistimiento expreso al mismo.
3. ALTA EN EL SERVICIO
3.1. El Cliente podrá darse de alta en el Servicio de Facturación Electrónica a través de la dirección web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx”. Para ello, el Cliente deberá autentificarse con su clave de usuario y contraseña personal que habrá sido facilitada previamente por Enérgya-VM. Dicha clave y contraseña son personales e intransferibles, quedando Enérgya-VM exonerada de cuantas responsabilidades se deriven de un uso indebido o transmisión de las mismas a terceros distintos de los designados en el Contrato correspondiente.
3.2. Asimismo, el cliente también podrá darse de alta en el Servicio de Facturación Electrónica seleccionando dicha opción en el momento de la formalización del Contrato de Suministro Eléctrico.
3.3 Si el Cliente tuviese varios contratos suscritos con Enérgya-VM que conlleven la emisión de diversas facturas, el alta en el Servicio de Facturación Electrónica se entenderá efectuada para la totalidad de contratos suscritos con el mismo número de identificación fiscal (NIF), salvo que el Cliente expresamente manifieste a Enérgya-VM su deseo de excluir alguno de esos Contratos.
4. ENTRADA EN VIGOR
4.1. Con la aceptación de las presentes Condiciones Generales, el Cliente acepta y consiente en ser dado de alta en el Servicio de Facturación Electrónica de la OVS de Enérgya-VM, comenzando a prestar sus efectos desde el momento en que envía su aceptación con el formulario correctamente cumplimentado. Desde ese momento, el usuario acepta y se adhiere de manera completa a todas las Condiciones Generales que se detallan en el presente documento.
4.2 En el supuesto de que el Cliente aceptase la adhesión al Servicio de Facturación Electrónica en el momento de la firma del Contrato de Suministro Eléctrico tal como figura en la cláusula 3.2, el Servicio entrará en vigor en el momento de la activación del Contrato.
5. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DE ENÉRGYA-VM
5.1. Una vez dado de alta el Cliente en el Servicio de Facturación Electrónica, Enérgya- VM se compromete a cumplir con los siguientes extremos:
5.1.1. Enérgya-VM pondrá a disposición del Cliente, a través de la OVS, un sistema de envío de correos electrónicos a las direcciones facilitadas por los usuarios que se den de alta en el Servicio. El mensaje que recibirán los usuarios de este servicio en su buzón de correo les avisará que su factura se encuentra disponible en la OVS de Enérgya-VM (“xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx”) para ser visualizada y, en su caso, descargada e/o impresa en su domicilio.
5.1.2. Enérgya-VM pondrá a disposición del Cliente, a través de la OVS, la correspondiente factura y ello con independencia de la recepción del correo que se indica en el apartado anterior. Si los sistemas informáticos detectaran que algún correo electrónico enviado no hubiera sido recibido correctamente, dicho correo sería reenviado de nuevo. En todo caso, el Cliente goza de la posibilidad de realizar la consulta de la Factura Electrónica en la OVS de Enérgya-VM a través del sitio web “xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx” y será su responsabilidad actualizar debidamente su dirección de correo electrónico.
5.2. Enérgya-VM garantizará la seguridad y confidencialidad de las consultas formuladas por el Cliente por medio de los siguientes instrumentos:
5.2.1. El mensaje de aviso no aparecerá información identificativa del Cliente y sólo contendrá la fecha de emisión de la factura y el número de referencia del Contrato del que trae causa la misma.
5.2.2. Cuando el Cliente acceda a la OVS de Enérgya-VM (xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx), se le solicitará autenticarse mediante la validación de su clave de usuario y contraseña personal, que serán únicas para cada cliente e informadas de manera confidencial a los usuarios.
5.2.3. El cliente podrá en cualquier momento modificar su clave de acceso a través de la propia funcionalidad que le ofrece la OVS de Enérgya-VM.
5.3 En el supuesto de que el Cliente estuviese dado de alta en la OVS antes de la adhesión al Servicio de Facturación Electrónica, las notificaciones y comunicaciones relativas al Servicio de Facturación Electrónica serán efectuadas a la dirección ya existente para el NIF correspondiente.
6. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DEL CLIENTE
6.1. El Cliente, al darse de alta en el Servicio de Facturación Electrónica de la OVS de Enérgya-VM, adquiere los siguientes compromisos y obligaciones:
6.1.1 Completar correctamente, con exactitud y veracidad, los formularios de solicitud y cuantos documentos sean requeridos por la OVS de Enérgya-VM. Asimismo, el Cliente garantiza y responde, en cualquier caso, de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los Datos Personales facilitados a través de los formularios de solicitud de la OVS de Enérgya-VM. En el supuesto de que el Cliente se diese de alta en el momento de la formalización del Contrato de Suministro Eléctrico, el Cliente se compromete a incluir en el Contrato la dirección de correo electrónico que deba darse de alta para la prestación del Servicio de Facturación Electrónica. Enérgya-VM queda exonerada de cualesquiera responsabilidades que pudiera derivarse de la información facilitada por el Cliente.
6.1.2. Notificar a Enérgya-VM, a la mayor brevedad posible y por medio de la OVS, cualquier cambio que se puedan producir en la dirección o direcciones de correo electrónico indicada/s a los efectos de los avisos a que se hace mención en la Cláusula Segunda de las presentes Condiciones Generales. En el supuesto de que el Cliente no cumpliese con dicha obligación, Enérgya-VM no será responsable del correcto envío y recepción de los avisos.
6.1.3. Cumplimentar todos los campos del formulario salvo que se establezca lo contrario. En caso contrario, Enérgya-VM no garantizará la prestación de todos los servicios que ofrece a través de la OVS de Enérgya-VM, en especial el compromiso de aviso de envío a la dirección de correo electrónico, en el caso de que ésta no sea facilitada correctamente.
7. PROTECCIÓN DE DATOS
7.1. El Cliente queda informado y presta su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal consecuencia de la contratación de este servicio. Asimismo, el Cliente consiente que Enérgya-VM utilice sus datos, de conformidad con la normativa vigente, los cuales serán objeto de tratamiento e incorporados por Enérgya-VM a los correspondientes ficheros automatizados de su titularidad. La recogida y tratamiento automatizado de los mismos tendrá como objeto el buen fin y prestación del Servicio de Facturación Electrónica. Asimismo, el Cliente autoriza expresamente a Enérgya-VM a que ésta pueda grabar en su integridad, mediante cualquier soporte técnicamente válido a tal efecto, las comunicaciones e instrucciones telemáticas en que intervenga el Cliente durante la utilización de cualquier servicio con Enérgya-VM o cualquier empresa del grupo. El Cliente tiene reconocidos y podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante comunicación escrita a Enérgya-VM.