ALCALDÍA MUNICIPAL DE MONTERÍA SECRETARIA DE HACIENDA CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO VIGENCIAS 2014, 2015 Y 2016
CONTRALORÍA MUNICIPAL DE MONTERÍA | Código: CF-P03-F02 | |
INFORME DE AUDITORIA MODALIDAD ESPECIAL | Versión: 003 | |
Página 1 de 47 |
INFORME DEFINITIVO AUDITORÍA MODALIDAD ESPECIAL
ALCALDÍA MUNICIPAL DE MONTERÍA SECRETARIA DE HACIENDA CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO VIGENCIAS 2014, 2015 Y 2016
CONTRALORÍA MUNICIPAL DE MONTERÍA
Montería, 18 xx xxxxxx de 2017
ALCALDÍA MUNICIPAL DE MONTERÍA
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Contralora de Montería Xxxxxx Xxxxx Xxxx – Coordinador de Auditorías
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Líder de Auditoria
TABLA DE CONTENIDO
Página
CARTA DE CONCLUSIONES……………………………….................. | 4 | |
2 | CONCEPTO SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO………........................ | 5 |
3 | RESULTADO DE LA AUDITORÍA………..………………………………..... | 5 |
4 | ANÁLISIS REPUESTA AL INFORME DE AUDITORÍA………………….... | 41 |
5 | RELACIÓN DE HALLAZGOS……............................................................ | 43 |
6 | CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS........................................ | 47 |
Montería, 18 xx xxxxxx de 2017
Doctor
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Alcalde Municipal de Montería
Asunto: Carta de Conclusiones Auditoría Especial a la Secretaria de Hacienda sobre los recursos administrados por fiducia correspondientes a las vigencias 2014, 2015 y 2016.
La Contraloría de Montería, con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política, practicó Auditoría Especial a la Secretaria de Hacienda sobre los recursos administrados por fiducia correspondientes a las vigencias 2014, 2015 y 2016, correspondientes a la Administración Central de la Aalcaldía de Montería, mediante la evaluación de los principios de economía, eficiencia y eficacia, con que administró los recursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión administrativa sobre los recursos entregados en administración.
Es responsabilidad de la administración el contenido de la información suministrada por la entidad y analizada por la Contraloría de Montería. La responsabilidad de la Contraloría de Montería consiste en producir un Informe de Auditoría Especial que contenga el concepto sobre el examen practicado.
La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, con políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría de Montería, consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto.
La auditoría incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan el área, actividad o proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría de Montería.
2. CONCEPTO SOBRE EL ANÁLISIS EFECTUADO
La Contraloría de Montería, como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa sobre la gestión contractual, legalidad, rendición y revisión de la cuenta enmarcados en el componente de gestión, el control financiero enmarcados en el componente presupuestal y financiero, como se detalla a continuación.
CONTROL DE GESTIÓN
La Contraloría de Montería como resultado de la auditoría adelantada al Municipio de Montería, auditoria especial a los estados contables y gestión presupuestal, conceptúa sobre el Control de Gestión, el cual presenta un resultado que se califica como Favorable.
CONTROL FINANCIERO
La Contraloría de Montería como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control Financiero, es Favorable.
3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA
3.1 CONTROL DE GESTIÓN
3.1.1. Factores Evaluados
3.1.1.1 Gestión Contractual
SE EMITE UNA OPINIÓN – Eficiente
De conformidad con los procedimientos llevados a cabo durante la ejecución del proceso auditor es prudente emitir una calificación respecto al proceso contractual sobre los recursos administrados por la Fiduciaria de Occidente S.A. en cumplimiento del objeto contractual correspondiente a las vigencias 2014, 2015 y 2016 como Eficiente, de acuerdo a las consideraciones que a continuación se exponen:
La Administración Municipal en cumplimiento de sus funciones reportó mediante el formato F13CV_CMM través de la plataforma SIA – Sistema Integral de auditoría –
el contrato suscrito con Fiduciaria de Occidente S.A. con respecto a las vigencias 2014, 2015 y 2016.
Concepto sobre el análisis efectuado:
3.1.1.1.1 Proceso Contractual
La Contraloría Municipal de Montería, como resultado de la auditoría adelantada, al proceso de legalidad en relación con el contrato de encargo fiduciario para la administración, pago y pignoración de recursos celebrado entre el Municipio de Montería y la Fiduciaria De Occidente S.A, cumple con los principios evaluados de eficiencia, eficacia y economía.
3.1.1.1.1.1 Análisis al Contrato de Encargo Fiduciario Irrevocable de Administración, Pagos Y Pignoración de Recursos Nº. 3 – 112, Suscrito Entre el Municipio de Montería Denominado Fideicomitente Y La Sociedad Fiduciaria de Occidente S.A. el Día 7 De Noviembre de 1997.
3.1.1.1.1.1.1 Encargo Fiduciario:
Consiste en la administración, inversión y pagos en la cual el cliente (fideicomitente
– Municipio de Montería) entrega uno o todos los bienes que tiene a la Sociedad Fiduciaria, con o sin transferencia de la propiedad, para que la Sociedad Fiduciaria los administre y desarrolle el objetivo que se estableció en el contrato, en este tipo xx xxxxxxx, se destinan los bienes Fideicomitidos junto con sus respectivos rendimientos, al cumplimiento de la finalidad señalada; esta modalidad se realizó con Fiduciaria de Occidente como se describe a continuación:
3.1.1.1.1.1.2 Contrato de Encargo Fiduciario No. 3-112
Este encargo se efectuó como una operación conexa, que tiene como característica contratar en forma directa, sin someterse al procedimiento de licitación o concurso de méritos. Como lo establece la Ley 80 de 1993 Art 41, Parágrafo 2º, Inciso 9º, por lo tanto en cuanto a lo anterior observamos que el contrato inicial suscrito en el año 1997, se hizo por vía excepción.
Igualmente teniendo en cuenta como campo de aplicación el Decreto 2681 de 1993, se tiene que el artículo 6° de la misma norma señala como una de las operaciones conexas a las operaciones de crédito público los contratos de edición, colocación, incluida la colocación garantizada, fideicomiso y encargo fiduciario, garantía y administración de títulos de deuda pública en el mercado de valores.
El contrato estaba inicialmente pactado a Cinco Años (5) no obstante las partes de común acuerdo y por escrito podrán prorrogarlo por términos iguales y sucesivos, prorrogándose en forma automática y sucesiva por periodos de un año. A continuación, indicaremos el objeto del contrato.
El objeto del presente contrato es la administración irrevocable por parte de la fiduciaria de los recursos que perciba el municipio provenientes xxx Xxxx Por ciento (10%)de la facturación del servicio de acueducto y alcantarillado, recaudado por la sociedad de acueducto y alcantarillado de Montería (XXX), el Ciento Por Ciento (100%) de los recursos que le correspondan por la participación de los ingresos corrientes que le transfiera la nación, correspondiente al sector de agua potable y saneamiento básico, si como el Ciento Por Ciento (100%) de las regalías de hidrocarburos que le corresponde, con el fin servir de garantía fuente de pago, del crédito a contraerse con Financiera De Desarrollo Territorial S.A. (FINDETER), descrito en la consideración segunda del presente contrato y así cumplir con la garantía exigida, consistente en la pignoración de los recursos administrados y destinados a garantizar el servicio total de la deuda, en cuantía del 150% del valor del servicio de la deuda en cada periodo de amortización pactado en el mencionado contrato de empréstito.
De igual forma y una vez se termine el contrato suscrito entre la Fiduciaria Ganadera
S.A. y el Municipio de Montería, descrito en la consideración quinta del presente contrato, será objeto de este contrato, la administración irrevocable por parte de la fiduciaria, de los recursos que perciba el Municipio provenientes del Ciento por Ciento (100%) del recaudo corriente del Impuesto Predial Unificado, De Industria Y Comercio y de otros impuestos que perciba el Municipio, de la actual vigencia y de vigencias futuras, el Ciento por Ciento (100%) del recaudo de la cartera morosa por concepto de esos mismos impuestos, el Ciento por Ciento (100%) de la sobretasa a la gasolina motor, corriente y extra que se recaude en el Municipio y el ciento por ciento (100%) de los recursos que le correspondan por la participación de los ingresos corrientes que le transfiera la nación del sector de libre asignación, con el fin de servir de garantía – fuente de pago y atender el servicio de la deuda de los empréstitos a contraerse por el municipio con entidades del sector financiero, por valor mínimo SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($7.750.000.000), para la restructuración de la deuda, en virtud del contrato de sindicación de crédito referido en la consideración tercera del presente documento y así cumplir con la garantía exigida, consistente en la pignoración de los recursos administrados y destinados a garantizar el servicio total de la deuda, en cuantía del 150% del valor del servicio de la deuda en cada periodo de amortización pactado en los contratos de emprestititos a celebrarse entre el municipio y las entidades financieras registradas como beneficiarias en el presente
contrato. Dentro del objeto del presente contrato esta igualmente comprendida la administración de los recursos provenientes de los desembolsos de los créditos que sean otorgados por las entidades financieras al el Municipio.
A continuación, se detallaran las modificaciones y actualizaciones propias de la dinámica contractual del contrato con fiduciaria de occidente S.A.:
ITEM | FECHA | MODIFICACIONES |
1 | 02 feb 1998 | Ampliar objeto del contrato incluyendo nuevas rentas para administrar. |
2 | 31 mar 2000 | Al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pago y pignoración de recursos Nº 3-112 el cual tuvo por finalidad Incluir a la Nación - Ministerio de Hacienda Crédito Público en la lista de acreedores del Fideicomitente y registrarla como beneficiaria del encargo fiduciario en virtud de la garantía otorgada por el fideicomitente en desarrollo del contrato de empréstito celebrado el 9 xx Xxxx de 2000, con la Nación por la suma de TRES MIL MILLONES DE PESOS ($3.000.000.000). |
3 | 09 abr 2001 | Al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pago y pignoración de recursos Nº 3-112 el cual tuvo por finalidad Incluir a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la lista de acreedores del Fideicomitente y registrarla como beneficiaria del encargo fiduciario en virtud de la garantía otorgada por el fideicomitente en desarrollo del nuevo contrato de empréstito celebrado el 29 de diciembre del 2.000 con la Nación por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS ($2.000.000.000). |
4 | 13 mar 2004 | El fideicomitente y la Fiduciaria celebraron el adicional No. 4 al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pago y pignoración de recursos Nº 3-112, el cual Tuvo por finalidad modificar el parágrafo 2 de la cláusula 11 relacionada con la remuneración de la Fiduciaria. |
5 | 02 jul 2004 | Se celebró acuerdo de reestructuración de pasivos entre el fideicomitente y sus acreedores conforme con lo dispuesto por la Ley 550 de 1999. |
6 | 05 ene 2005 | Se realizó modificación integral al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pagos y pignoración de recursos No 3-112, recogiendo en un único texto lo relativo al recaudo y administración xx xxxxxx, ajustándolo a las prioridades y pago de los gastos establecidos en el acuerdo de Reestructuración Ley 550 de 1999, teniendo en cuenta lo previsto en la cláusula 23 del citado acuerdo, dado que el fideicomitente decidió que la Fiduciaria continuara administrando los recursos de que trata el acuerdo de Reestructuración Ley 550 de 1999, y siguiera efectuando los pagos en la forma y con la prelación establecidos en el mismo. Dicha modificación integral fue aprobada por el Ministerio de Hacienda - Dirección General de Crédito Publico y xxx Xxxxxx Nacional mediante oficio No 5.6-046227 del 29 de diciembre de 2004. |
7 | 11 feb 2010 | El comité de vigilancia autorizo el otorgamiento de la garantía de que trata el considerando anterior, teniendo en cuenta que no se afectan los compromisos pactados en la que se modificación denomino para ese entonces como la primera modificación al acuerdo de reestructuración xx Xxx 550 de 1999, toda vez que las rentas pignoradas no se consideraron como parte de los recursos destinados a la atención de las obligaciones derivadas de la primera modificación al acuerdo de reestructuración Ley 550 1999. |
8 | 30 mar 2010 | El fideicomitente suscribió con sus acreedores la que se denominó para ese entonces como la primera modificación al acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999, documento que en la cláusula 65 estableció que derogaba en su integridad el texto del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999. |
9 | 15 jun 2010 | El fideicomitente celebro con Bancolombia S.A un contrato de empréstito y pignoración xx xxxxxx, denominado como empréstito con Bancolombia, para efecto el fideicomitente pignoro a favor de Bancolombia S.A. las rentas que percibiera por el Sistema General de Participaciones |
100% sector Deporte, Recreación y tiempo libre y 20% del SGP propósitos Generales otros sectores. | ||
10 | 18 ago 2010 | El Fideicomitente cancelo en su totalidad los empréstitos otorgados a favor del municipio. |
11 | 30 sep 2010 | Un otrosí No 1 a la modificación integral al contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería mediante el cual se eliminaron algunas definiciones contenidas en la cláusula 1 del citado contrato (como Nación, Empréstitos. Nación, y fondo Nación), en la 19 se eliminó la necesidad de que la nación autorizara las modificaciones y/o adiciones al encargo fiduciario y todas aquellas donde se hiciera mención a la Nación. |
12 | 26 oct 2010 | El fideicomitente celebro con la fiduciaria un otrosí No 2 a la modificación integral al contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería mediante el cual se adecuo, en lo pertinente, el texto de dicho contrato a la que se denominó para ese entonces como la primera modificación del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999, y se constituyó la fuente de pago a favor de Bancolombia S.A con las siguientes rentas del fideicomitente provenientes del sistema general de participaciones (i) 100% - sector deporte, recreación y tiempo libre (ii) 20% - propósito general, otros sectores. Dicha modificación fue aprobada por el comité de vigilancia del acuerdo de reestructuración. |
13 | 29 jun 2011 | El fideicomitente celebro con banco Colpatria multicanal Colpatria S.A. un contrato de empréstito y pignoración xx xxxxxx, en adelante denominado empréstito Colpatria, a través del cual dicha entidad bancaria se obligó entregar a fideicomitente a título de empréstito, hasta la suma de Tres Mil Millones de Pesos ($3.000.000.000) moneda legal colombiana destinada a financiar el plan de obras establecido con la renta proveniente de la contribución de valorización por beneficio general del fideicomitente para efecto, el fideicomitente pignoro a favor del banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. las rentas provenientes de la contribución de valorización por beneficio general en proporción no superior al 120% del servicio anual de la deuda del empréstito Colpatria, renta que se encuentra libre de pignoración como lo acredita la certificación expedida por la secretaria de hacienda del municipio de Montería, suficiente para cubrir garantía. |
14 | Que los acuerdos 020 de 2010 y 014 de 2011 del Concejo municipal de Montería facultaron al xxxxxxx xx Xxxxxxxx, hasta el 30 xx xxxxx de 2011, para que con los recursos provenientes de la contribución de valorización por beneficio general se otorgaran garantías a las operaciones de crédito otorgadas para desarrollar el plan de obras del Fideicomitente. | |
15 | 26 Oct 2010 | Que mediante otrosí No 2 de la modificación integral al contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería se previó la constitución de un fondo de valorización constituido con los recursos que reciba el fideicomitente por concepto de la contribución por valorización por beneficio general pagada por los propietarios de los predios afectados, el cual manejara de manera independiente de los restantes recursos administrados, recursos estos que no están destinados al pago de acreencias del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999 y por ende no se destinaran a su cumplimiento. Por lo tanto, el Fideicomitente informara claramente cuál será el destino de os recursos existentes en este fondo, instruyendo a la Fiduciaria sobre el particular así como los pagos que deban efectuarse con cargo al mismo. |
16 | 22 Dic 2010 | Que el 22 de diciembre de 2010, el comité de vigilancia del, acuerdo de restructuración de pasivos del Fideicomitente mediante acta 23, autorizo la operación de empréstito con el Banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. teniendo en cuenta que el Fideicomitente no estaba superando sus indicadores de solvencia y sostenibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley 358 de 1997 y como consecuencia de lo anterior, el Fideicomitente tiene capacidad de endeudamiento autónomo. Lo anterior para efectos señalados en el numeral 6 del artículo 58 de la Ley 550 de 1999, lo anterior en consonancia con lo señalado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en oficio 0-0000-000000 del 22 xx xxxxx de 2011. |
17 | 2 Sep 2011 | Que mediante otrosí No 3 de fecha 2 de septiembre de 2011, debidamente aprobado, se efectuaron los ajustes pertinentes a la modificación integral al contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería, con el de: i) incluir la garantía y fuente de pago del empréstito suscrito con el Banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. y ii) excluir de los ingresos administrados los relacionados con los recursos dl sector Salud clasificados en otros ingresos no destinados al acuerdo de reestructuración de pasivos (certificación de salubridad pública, SGP Salud, Fosyga, Aporte Departamental Régimen Subsidiado y ETESA) con el fin de dar cumplimiento a las resoluciones 3042 de 2007, 4204 de 2008 y 000991 de 2009 expedida por el Ministerio de la protección Social debido a que estos recursos son manejados a través de una cuenta maestra denominada Fondo Local de Salud. Se aclaró que dichos recursos de la Salud no están destinados al acuerdo de restructuración de pasivos del Fideicomitente, razón por la cual no se requirió autorización del comité de vigilancia para su exclusión del encargo fiduciario. |
18 | Que la Superintendencia de sociedades posterior a la votación de la modificación aprobada el 26 xx xxxxx de 2010 acepto 2 objeciones a lo establecido en la reunión de determinación de acreencias y derechos de voto realizada el 18 xx xxxxx de 2010 y mediante sentencias proferidas en los procesos verbales sumarios iniciados por Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx de fecha 15 de diciembre de 2010 y Xxxxxxx Xxxxxxx y otros de fecha 20 xx xxxxx de 2011 a través de apoderados, resolvió las objeciones ordenándole al Municipio de Montería incorporar como acreencias ciertas y sin derecho a votos, las obligaciones por concepto de pago de la sanción moratoria de los acreedores relacionados en la demanda, excluyendo, a los demandantes a los que la jurisdicción Contenciosa dicto sentencia favorable al Municipio de Montería por los mismos hechos involucrados en las objeciones presentadas y dichos fallos fueron reportados oportunamente al proceso. | |
19 | Que el Municipio de Montería para darle cumplimiento a las sentencias citadas, mediante aviso publicado en el diario Meridiano xx Xxxxxxx el día 16 de julio de 2011 convoco nuevamente a los acreedores con derecho de votos a votar la propuesta de modificación del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999, teniendo en cuenta que cuando se votó y se registró la primera modificación del acuerdo la Superintendencia de Sociedades no se había notificado al promotor de las objeciones presentadas y las sentencias fueron proferidas después de suscrita la modificación. En consecuencia la modificación del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999 fue nuevamente aprobada el 22 de julio de 2011. | |
20 | Que la Superintendencia de Sociedades admitió una demanda a la modificación aprobada el 22 de julio de 2011 y mediante sentencia proferida en el proceso verbal iniciado por Xxxxxxx Xxxxxxx y otros de fecha 29 xx xxxx de 2012 a través de apoderado, resolvió la demanda declarando la nulidad de la modificación aprobada el 22 de julio de 2011 y ordenándole al Municipio de Montería acatar lo establecido en el fallo de fecha 20 xx xxxxx de 2011, sin perjuicio, que la legalidad de las obligaciones puede ser verificada incluso hasta el momento en el cual se vaya a realizar su pago. | |
21 | Que el Municipio de Montería para darle cumplimiento a la sentencia citada, mediante aviso publicado en el diario Meridiano xx Xxxxxxx el día 20 de julio de 2012 convoco nuevamente a los acreedores con derecho de votos a votar la propuesta de modificación del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999, fue nuevamente aprobada el 30 de julio de 2012. | |
22 | De conformidad con lo previsto en los numerales 19, 20,21 y 22 anteriores para los efectos de la presente segunda modificación integral al encargo fiduciario, la modificación al acuerdo de reestructuración de pasivos vigente a la fecha es la denominada primera modificación al acuerdo de reestructuración de pasivos celebrada el 30 de julio de 2012 entre el fideicomitente y sus acreedores. | |
23 | Que el contenido de la presente modificación integral fue aprobado por parte de la dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico así como parte del comité de vigilancia del acuerdo de reestructuración Ley 550 de 1999, tal y como lo prevé la cláusula decima novena del contrato de encargo fiduciario No 3-112 modificad mediante el otrosí No 3 de la modificación integral al contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería. |
24 | Teniendo en cuenta que la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico forma parte del comité de vigilancia de la primera modificación del acuerdo de reestructuración de pasivos, se entiende que a través de dicho comité la mencionada Dirección expresa sus opiniones respecto a las modificaciones al contrato de encargo fiduciario por tanto se modifica el requisito establecido en la cláusula decima novena del mismo. | |
25 | 01 oct 2012 | Que teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, la naturaleza y finalidad del contrato de encargo fiduciario - Municipio de Montería y con el fin de dar cumplimiento a la actual primera modificación al acuerdo de restructuración Ley 550 de 1999 suscrita el 30 de julio de 2012, en adelante la modificación actual del acuerdo, las partes suscriben la segunda modificación integral al contrato de encargo fiduciario No 3.112 municipio de Montería. |
26 | 14 abr 2015 | Otro si No 1 a la Segunda Modificación Integral al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pago y pignoración de recursos No. 3-112, que mediante certificación de fecha 21 xx Xxxxx de 2014 la presidente y el secretario del comité de vigilancia del acuerdo de restructuración ley 550 de 1999, el cual forma parte la dirección de apoyo fiscal del ministerio de hacienda y crédito público dejaron las siguientes constancias: i) que el Municipio de Montería a través de su alcalde expuso ante los miembros de dicho órgano la capacidad de endeudamiento de la entidad territorial aprobada por el Concejo Municipal de dicha ciudad mediante acuerdo 049 de 2013 por valor de SETENTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESO ($75,000,000,000). y ii): que los miembros con voz y voto del citado comité dieron su visto bueno a la solicitud presentada por el señor alcalde para realizar dicha operación de crédito durante la vigencia 2014. Que los recursos que fideicomitente obtenga con ocasión de contratos de empréstito que suscriba con entidades financieras serán destinados por parte del municipio de montería para financiar el plan de inversiones públicas del plan de desarrollo "progreso para todos" |
27 | 22 jun 2016 | Otro si No 2 que durante la ejecución del acuerdo de restructuración ley 550 de 1999, se ha evidenciado la exigibilidad, certeza y legalidad de acreencias laborales no incorporadas al inicio del proceso y sentencias ejecutoriadas en firme que constituyen un riesgo financiero para el municipio y que requirieron ser reestructuradas, razón por la cual se consideró necesario proceder a la ampliación del plazo de ejecución del citado acuerdo. |
Con base al contrato inicialmente suscrito y la segunda modificación integral que tendremos como fuente para realizar el análisis de auditoria siendo pertinente decir que: a lo largo de ejecución del contrato se realizó una serie de modificaciones u Otrosí al contrato de encargo fiduciario irrevocable de administración, pago y pignoración de recursos No. 3-112 suscrito el 1 de Octubre de 2012, posteriormente se han realizado dos Otrosí el No. 1 con fecha de 14 Abril de 2015 que mediante certificación de fecha 21 xx Xxxxx de 2014 la presidente y el secretario del comité de vigilancia del acuerdo de restructuración ley 550 de 1999, el cual forma parte la dirección de apoyo fiscal del ministerio de hacienda y crédito público dejaron las siguientes constancias: i) que el Municipio de Montería a través de su alcalde expuso ante los miembros de dicho órgano la capacidad de endeudamiento de la entidad territorial aprobada por el Concejo Municipal de dicha ciudad mediante acuerdo 049 de 2013 por valor de SETENTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($75,000,000,000). y ii): que los miembros con voz y voto del citado comité dieron su visto bueno a la solicitud presentada por el señor alcalde para realizar dicha operación de crédito durante la vigencia 2014. Que los recursos que fideicomitente obtenga con ocasión de contratos de empréstito que suscriba con entidades financieras serán destinados por parte del Municipio de Montería para financiar el plan de inversiones públicas del plan de desarrollo "progreso para todos" y el
segundo Xxxxxx con fecha de 22 xx Xxxxx de 2016, que durante la ejecución del acuerdo de restructuración ley 550 de 1999, se ha evidenciado la exigibilidad, certeza y legalidad de acreencias laborales no incorporadas al inicio del proceso y sentencias ejecutoriadas en firme que constituyen un riesgo financiero para el municipio y que requirieron ser reestructuradas, razón por la cual se consideró necesario proceder a la ampliación del plazo de ejecución del citado acuerdo.
Es pertinente enfatizar sobre la estructura que conforma el contrato suscrito entre el Municipio de Montería y la fiduciaria de occidente, en el que se observa que no contiene una cláusula que indique claramente la designación de un supervisor o interventor para realizar evaluación al cumplimiento del objeto contractual.
Teniendo como fundamento lo anterior se evidenció que el fideicomitente no elabora informes sobre el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato por parte de un supervisor o interventor, en otras palabras se debe hacer una designación como lo establece la ley de manera explícita, en una persona responsable de hacer análisis y verificación a un contrato de la envergadura como suscrito entre el Municipio de Montería y la Fiducia de Occidente S.A., por lo tanto para el equipo auditor el deber ser de un contrato con estas características requiere un debido análisis y conceptos sobre el comportamiento del negocio, de lo cual tampoco existe evidencia histórica de su revisión a través de informes.
Por lo anterior se evidencia una presunta debilidad en el control, evaluación y análisis sobre el cumplimiento del objeto contractual emanado de la supervisión, incumpliendo lo establecido en la Ley 80 de 1993, Artículo 32, Numeral 5º, articulo 40 Estatuto General de Contratación, de los Contratos Estatales; Ley 1474 de 2011 Artículo 83 el cual establece proteger la Moralidad Administrativa, causado por ausencia de un responsable determinado de manera explícito de acuerdo a la normatividad vigente para ejercer seguimiento y control lo cual ocasiona una vulnerabilidad ante los riesgos que se puedan presentar, posibles sanciones por incumplimiento de normas y posible pérdida de recursos. Por lo anterior se configura un,
1. Hallazgo Administrativo
3.1.1.1.1.1.3 Aplicación de Control al Contrato de Encargo Fiduciario Por Parte de la Oficina de Control Interno.
En desarrollo del análisis efectuado se evidenció debilidad en el Sistema de Control Interno, debido a que no existe una política para llevar a cabo una revisión y control de los recursos entregados y administrados por la fiducia implementada para administrarlos; además el Plan de acción de la dependencia, no contiene actividades tendientes a cumplir en la totalidad con los roles o funciones de control interno asignadas por ley 87 de 1993 y sus decretos reglamentarios y no se evidenciaron informes existentes sobre actividades de seguimiento y control, estas no contienen ningún tipo de análisis, evaluación y recomendaciones del comportamiento de la misma.
Como resultado de la auditoría la cual tuvo como objeto realizar el examen de gestión, situación legal y financiera de los recursos administrados e invertidos a través de los contratos o negocios xx Xxxxxxx, grado de cumplimiento de los términos fiduciarios, condiciones, efectividad y eficiencia de los encargos fiduciarios suscritos por la entidad para las vigencias 2014, 2015 y 2016 en términos de pertinencia, necesidad, costo y prioridad.
Situación irregular que nos lleva a determinar una observación administrativa en relación con las funciones de la oficina de control interno como quiera que se evidenció debilidad en el Sistema de Control Interno, específicamente en el componente de administración del riesgo. Debido a que no existe una política implementada para administrarlos; además no se evidenció la existencia de un mapa de riesgos como mecanismo de calificación y evaluación de los mismos, al proceso de control sobre los recursos administrados por fiducia, lo cual ocasiona un incumplimiento en la Ley 87 de 1993, articulo 2, Objetivos del sistema de Control Interno. a) Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten; f). Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos y el Decreto 1599 de 2005 derogado por el decreto Nacional 943 de 2014. Adopción del Modelo Estándar de Control Interno. Componente de Administración del Riesgo, causado por ausencia de mecanismos de seguimiento y control que podría ocasionar una vulnerabilidad ante los riesgos que se puedan presentar, posibles sanciones por incumplimiento de normas y posible pérdida de recursos. Por lo anterior se configura un,
2. Hallazgo Administrativo
3.1.1.2 Legalidad
SE EMITE UNA OPINIÓN- Eficiente.
Conforme al cronograma de actividades el equipo auditor realizó revisión de la legalidad en la gestión contractual arrojando como resultado una calificación, Eficiente.
3.1.1.3 Rendición y revisión de la Cuenta
SE EMITE UNA OPINIÓN- Eficiente.
Conforme a la revisión realizada a la rendición y revisión de la Cuenta se obtiene un resultado con calificación, Eficiente.
3.2 CONTROL FINANCIERO
La Contraloría Municipal de Montería como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control de resultados, es favorable.
SE EMITE UNA OPINIÓN – Eficiente.
3.2.1 Análisis a la Información Financiera de los Recursos Administrados Por Fiduciaria de Occidente S.A.
En desarrollo del proceso auditor se adelantó un análisis sobre los informes reportados por fiduciaria de occidente en relación con los recursos entregados por el fideicomitente - Municipio de Montería y administrados según lo establecido en el contrato de encargo fiduciario.
3.2.1.1 Ingresos Administrados por Fiduciaria de Occidente.
De acuerdo a la estructura del contrato y sus definiciones para efectos de elaborar los informes por parte de la fiduciaria de occidente tenemos que estas tienen una clasificación que permiten establecer las fuentes de ingresos como los diferentes fondos por lo tanto y con el objetivo de darle exactitud al informe de auditoría se describen cada una de las fuentes así:
3.2.1.1.1 Ingresos Tributarios.
Cuadro No. 1 Relación de Ingresos Tributarios
INGRESOS TRIBUTARIOS |
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Industria y Comercio |
Impuesto de Avisos y tableros |
Sobretasa Bomberil |
IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO |
Impuesto Predial |
Sobretasa Ambiental |
Sobretasa Bomberil |
RETENCIÓN DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Retención Industria y Comercio |
Retención Industria y Comercio Descuentos Contratos |
Otros Aportes del Municipio Reteica |
OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS |
Circulación y Tránsito Servicio Público |
Circulación y Transito |
Impuesto de Delineación Urbana |
3.2.1.1.2 Ingresos No Tributarios.
Cuadro No. 2 Relación de Ingresos No Tributarios
INGRESOS NO TRIBUTARIOS |
Arrendamientos |
Arriendo Escenarios Xxxxx xxx Xxxx |
Rodamiento vehicular departamental |
20% Departamento de Antioquia |
Sistematización y Paz y Salvos |
Paz y Salvo Predial |
Paz y Salvo Valorización |
Gaceta municipal |
Fondo de Bienestar Social |
Rifas Menores |
Delineación Urbana |
Sobretasa Bomberil Delineación Urbana |
Otras Rentas no tributarias |
3.2.1.1.3 Servicios Secretaria de Planeación.
Cuadro No. 3 Servicios Secretaria de Planeación.
SERVICIOS SECRETARIA DE PLANEACIÓN |
Publicidad Exterior Visual |
Expedición de Boletines Nomenclatura Urbana |
Expedición Permiso Uso del Suelo |
Cambio de Estrato |
Certificado de Servicios |
Compra de Lote de Terreno Ley 137 |
Pliegos Licitaciones |
3.2.1.1.4 Rentas Reorientadas.
Cuadro No. 4 Rentas Reorientadas.
RENTAS REORIENTADAS (RESERVAS ICLD) |
FONDO DE CONTINGENCIAS |
Impuesto Predial (5% del Recaudo) |
Industria y Comercio (5% del Recaudo) |
Enajenación de Activos (20%) |
FONDO DE ACREENCIAS |
Regalías Margen de Comercialización |
Regalías Directas (100%) |
Propósito General (10%) |
Sobretasa a la Gasolina (10%) |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx (70%) |
3.2.1.1.5 Ingresos No Comprometidos en Ley 550
Cuadro No. 5 Ingresos No Comprometidos en Ley 550.
INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550 |
EMPRÉSTITO AVAL |
SOBRETASA A LA GASOLINA (90%) |
IMPUESTO DE ASEO |
ALUMBRADO PÚBLICO |
TASAS |
Plazas xx Xxxxxxx |
Salud Servicios |
Comparendos |
Patios |
Trámites |
Grúa |
Zonas Azules (Bancolombia) |
Multas y Espacio Publico |
CONCESIONARIO |
Rendimiento del Concesionario |
S.G.P. PROPÓSITO GENERAL Y AGUA POTABLE |
Agua Potable |
Deporte |
Cultura |
Otros sectores (70%) |
Programa Atención a la Menor Infancia |
S.G.P. SALUD |
Salud Pública |
Régimen Subsidiado |
SECTOR EDUCACIÓN |
Aporte de Cesantías |
Aporte de Pensiones |
Reembolso Incapacidad |
Certificación Sector Educación |
S.G.P. EDUCACIÓN |
SGP- Educación Ascenso Escalafón docentes |
SGP- Educación Sin distribuir |
SGP- Educación Calidad |
SGP- Educación Calidad Gratuidad |
SGP- Educación Servicios |
SGP- Educación Servicios Personales –Docentes |
SGP- Homologación |
Reconocimiento Deuda Ley 1450 de 2011 |
ALIMENTO ESCOLAR |
REGALÍAS (30%) |
OTROS FONDOS ESPECIALES |
Vigencias Anteriores |
Promoción y Prevención ETESA |
Sentencias Judiciales |
Compensación del Espacio Publico |
CONTRIBUCIONES PARAFISCALES |
Bomberos |
Valorización |
Empréstito Colpatria Valorización |
Fondo de seguridad |
Electrificación Rural |
Estampilla Prouniversidad |
20% Estampilla Prouniversidad Pasivo |
Plusvalía |
Impuesto Cigarrillo |
Xxxxx xxx Xxxx |
Parques |
Estampilla Procultura |
Curaduría I y II Empresa Social Camu El Amparo |
Iva y Telefonía Celular Indeportes |
Estampilla Pro Adulto Mayor |
Espectáculos Públicos |
Otros Ingresos |
Timbre Municipio |
Retefuente Municipio |
Retefuente Transito |
Aportes del Fideicomitente |
Aportes por identificar |
3.2.1.2 Comportamiento de las Rentas Brutas.
El encargo fiduciario suscrito con FIDUOCCIDENTE, se suscribió el 7 de Noviembre de 1997, desde sus inicios hasta la actualidad se han realizado una serie de modificaciones que han tenido por objetivo adaptar el contrato a las necesidades del ente Municipal.
En cumplimiento de las disposiciones legales en relación con la verificación del contrato fiduciario se adelanta un proceso auditor con el fin de verificar el cumplimiento del objeto contractual como es el manejo de los recursos administrados en el encargo fiduciario, para lo cual se revisa y analiza las vigencias correspondientes a los años 2014, 2015 y 2016.
Se realizó verificación de la información reportada por la Fiduciaria de Occidente al fideicomitente (Municipio de Montería) para lo cual se hizo un análisis y comprobaciones de la manera como fluye la información reportada y recibida pudiendo identificar que esta circula desde una oficina en rentas que verifica diariamente con el objetivo de verificar los contribuyentes que efectúan los pagos, con el atenuante que esta información no fluye ordenada y periódicamente con la oficina de tesorería obligada a presentar un reporte diario de ingresos y egresos.
En cuanto a las obligaciones xx xxxxxxx es prudente decir que esta hace un reporte mensual como se puede ver en el cuadro resumen de la información del Comportamiento de las Rentas Brutas, para lo cual se hace una constatación de los saldos para determinar la coherencia en relación con los movimientos registrados en extractos bancarios de los respectivos periodos analizados.
Cuadro No. 6 Comportamiento xx Xxxxxx Brutas 2014.
MUNICIPIO DE MONTERIA | ||||||||||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | ||||||||||
DE ENERO 01 DE 2014 A DICIEMBRE 31 DE 2014 | ||||||||||
Cifras Expresadas en Millones | ||||||||||
AÑO 2014 | INGRESOS TRIBUTARIOS | INGRESOS NO TRIBUTARIOS | SERVICIOS SECRETARI A DE PLANEACIO N | INGRESOS CORRIENTE S DE LIBRE DESTINACIÓ N | FONDE DE CONTINGEN CIAS | FONDO DE ACREENCIA X | XXXXXX REORIENTA DAS | TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURA CION LEY 550 | INGRESOS NO COMPROMETIDO S EN LEY 550 | TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO |
ENERO | 2.954 | 263 | 0 | 3.217 | 99 | 162 | 262 | 3.479 | 26.346 | 29.825 |
FEBRERO | 6.022 | 550 | 0 | 6.572 | 259 | 134 | 393 | 6.965 | 22.825 | 29.790 |
MARZO | 33.082 | 466 | 15 | 33.562 | 1.435 | 252 | 1.687 | 35.249 | 16.409 | 51.659 |
ABRIL | 3.936 | 204 | 0 | 4.139 | 171 | 769 | 940 | 5.079 | 16.984 | 22.063 |
MAYO | 2.455 | 572 | 3 | 3.030 | 90 | 183 | 273 | 3.303 | 15.111 | 18.414 |
JUNIO | 1.405 | 188 | 0 | 1.593 | 238 | 97 | 336 | 1.929 | 16.100 | 18.029 |
JULIO | 1.894 | 332 | 0 | 2.226 | 62 | 255 | 317 | 2.543 | 15.623 | 18.166 |
AGOSTO | 1.836 | 348 | 3 | 2.187 | 77 | 640 | 716 | 2.903 | 15.170 | 18.072 |
SEPTIEMBRE | 1.770 | 445 | 3 | 2.219 | 54 | 179 | 232 | 2.451 | 15.633 | 18.085 |
OCTUBRE | 1.195 | 468 | 6 | 1.669 | 50 | 179 | 229 | 1.898 | 18.549 | 20.447 |
NOVIEMBRE | 1.702 | 156 | 6 | 1.864 | 50 | 106 | 156 | 2.020 | 29.015 | 31.035 |
DICIEMBRE | 1.191 | 719 | 3 | 1.913 | 49 | 459 | 507 | 2.420 | 20.297 | 22.717 |
INGRESO NETO | 59.441 | 4.711 | 38 | 64.191 | 2.635 | 3.414 | 6.049 | 70.240 | 228.062 | 298.302 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Comportamiento Rentas Brutas Año 2014 |
Cuadro No. 7 Comportamiento xx Xxxxxx Brutas 2015.
MUNICIPIO DE MONTERIA | ||||||||||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | ||||||||||
DE ENERO 01 DE 2015 A DICIEMBRE 31 DE 2015 | ||||||||||
Cifras Expresadas en Millones | ||||||||||
AÑO 2015 | INGRESOS TRIBUTARIO S | INGRESOS NO TRIBUTARIO S | SERVICIOS SECRETARI A DE PLANEACIO N | INGRESOS CORRIENTE S DE LIBRE DESTINACIÓ N | FONDE DE CONTINGENCIA S | FONDO DE ACREENCIA X | XXXXXX REORIENTADA S | TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACIO X XXX 550 | INGRESOS NO COMPROME TIDOS EN LEY 550 | TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO |
ENERO | 2.668 | 105 | 6 | 2.779 | 79 | 78 | 157 | 2.936 | 1.984 | 4.921 |
FEBRERO | 6.696 | 385 | 0 | 7.081 | 288 | 212 | 500 | 7.581 | 25.555 | 33.136 |
MARZO | 41.977 | 787 | 0 | 42.764 | 1.831 | 269 | 2.101 | 44.864 | 15.599 | 60.463 |
ABRIL | 1.759 | 655 | 3 | 2.417 | 79 | 200 | 279 | 2.695 | 15.615 | 18.310 |
MAYO | 2.960 | 462 | 12 | 3.434 | 121 | 192 | 313 | 3.747 | 18.444 | 22.191 |
JUNIO | 1.322 | 402 | 2 | 1.727 | 61 | 204 | 265 | 1.991 | 14.415 | 16.406 |
JULIO | 1.681 | 432 | 0 | 2.113 | 52 | 395 | 446 | 2.559 | 45.706 | 48.266 |
AGOSTO | 1.179 | 468 | 9 | 1.656 | 52 | 286 | 338 | 1.994 | 22.647 | 24.641 |
SEPTIEMBRE | 2.152 | 199 | 0 | 2.351 | 64 | 201 | 264 | 2.615 | 38.284 | 40.900 |
OCTUBRE | 1.472 | 416 | 0 | 1.887 | 67 | 307 | 374 | 2.262 | 21.602 | 23.864 |
NOVIEMBRE | 1.785 | 205 | 6 | 1.996 | 43 | 209 | 252 | 2.248 | 32.046 | 34.294 |
DICIEMBRE | 911 | 279 | 6 | 1.372 | 38 | 196 | 234 | 1.606 | 54.067 | 55.673 |
INGRESO NETO | 66.561 | 4.794 | 45 | 71.576 | 2.774 | 2.750 | 5.523 | 77.099 | 305.965 | 383.064 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Comportamiento Rentas Brutas Año 2015 |
Cuadro No. 8 Comportamiento xx Xxxxxx Brutas 2016.
MUNICIPIO DE MONTERIA | ||||||||||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | ||||||||||
DE ENERO 01 DE 2016 A DICIEMBRE 31 DE 2016 | ||||||||||
Cifras Expresadas en Millones | ||||||||||
AÑO 2016 | INGRESO S TRIBUTAR IOS | INGRESOS NO TRIBUTARIO S | SERVICIO S SECRETA RIA DE PLANEACI ON | INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN | FONDE DE CONTINGEN CIAS | FONDO DE ACREENCIA X | XXXXXX REORIENTA DAS | TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTUR ACION LEY 550 | INGRESOS NO COMPROME TIDOS EN LEY 550 | TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO |
ENERO | 49 | 83 | 0 | 132 | 0 | 93 | 93 | 225 | 2.434 | 2.660 |
FEBRERO | 10.660 | 493 | 3 | 11.156 | 416 | 269 | 685 | 11.841 | 27.318 | 39.159 |
MARZO | 28.775 | 826 | 0 | 29.601 | 1.234 | 218 | 1.453 | 31.054 | 23.433 | 54.487 |
ABRIL | 8.585 | 577 | 0 | 9.162 | 371 | 0 | 371 | 9.533 | 20.798 | 30.332 |
MAYO | 5.969 | 668 | 0 | 6.637 | 230 | 1.814 | 2.043 | 8.681 | 10.643 | 19.324 |
JUNIO | 3.605 | 439 | 16 | 4.059 | 161 | 531 | 692 | 4.751 | 27.635 | 32.387 |
JULIO | 3.386 | 494 | 10 | 3.890 | 0 | 0 | 0 | 3.890 | 24.300 | 28.190 |
AGOSTO | 2.735 | 468 | 0 | 3.202 | 0 | 0 | 0 | 3.202 | 1.675 | 4.877 |
SEPTIEMBRE | 2.262 | 371 | 13 | 2.647 | 0 | 0 | 0 | 2.647 | 2.635 | 5.282 |
OCTUBRE | 1.088 | 350 | 7 | 1.445 | 0 | 0 | 0 | 1.445 | 3.458 | 4.903 |
NOVIEMBRE | 2.514 | 353 | 13 | 2.880 | 0 | 0 | 0 | 2.880 | 8.538 | 11.418 |
DICIEMBRE | 1.550 | 402 | 10 | 1.962 | 0 | 0 | 0 | 1.962 | 4.414 | 6.376 |
INGRESO NETO | 71.178 | 5.525 | 71 | 76.774 | 2.412 | 2.925 | 5.337 | 82.112 | 157.283 | 239.394 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Comportamiento Rentas Brutas Año 2016 |
Con respecto a la verificación realizada a los recaudos o aportes administrados a través del encargo fiduciario en lo concerniente con las vigencias 2014, 2015 y 2016, es oportuno indicar el comportamiento de ingresos durante las vigencias mencionadas, como podemos ver a continuación.
Cuadro No. 9 Resumen Comportamiento xx Xxxxxx Xxxxxx 2014, 2015 y 2016.
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | |
Cifras Expresadas en Millones | |
AÑO | INGRESOS NETOS |
2014 | 298.302 |
2015 | 383.064 |
2016 | 239.394 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Comportamiento Rentas Brutas Año 2014 - 2015 Y 2016 |
Grafica Nº 1 Comportamiento de las Rentas Brutas 2014, 2015 y 2016.
Cifras expresadas en Millones
383,064
400,000
350,000
300,000
250,000
200,000
150,000
100,000
50,000
0
298,302
239,394
2014 2015 2016
Efectuando un análisis comparativo en lo referente a los ingresos administrados por FIDUOCCIDENTE de las tres vigencias auditadas, se observa que en periodo de 2014 con respecto al 2015 se presenta aumento del 28.41%, en razón de que en la vigencia 2015 se obtuvieron recursos nuevos por concepto de Empréstito Aval, el cual hace parte de los INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550, que para el año 2015 alcanzó un valor de 71.377 Millones. Cifra considerable que incide de manera determinante en la variación.
Comparativamente entre el año 2015 y 2016 se refleja una disminución considerable equivalente a -37.51%, incidiendo directamente dos factores:
1. No se contó con un empréstito.
2. Se excluyó de los ingresos administrados lo relacionado con los recursos del sector educación, clasificados en otros ingresos no destinados al acuerdo de restructuración de pasivos.
Cuadro No. 10 Rendimientos Financieros Mensuales Vigencia 2014
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |
RENDIMIENTOS FIDUCIA DE OCCIDENTE | |
DE ENERO 01 DE 2014 A DICIEMBRE 31 DE 2014 | |
Cifras Expresadas en Millones | |
AÑO 2014 | RENDIMIENTOS |
ENERO | 137 |
FEBRERO | 158 |
MARZO | 191 |
ABRIL | 179 |
MAYO | 186 |
JUNIO | 155 |
JULIO | 218 |
AGOSTO | 250 |
SEPTIEMBRE | 235 |
OCTUBRE | 256 |
NOVIEMBRE | 226 |
DICIEMBRE | 235 |
INGRESOS NETO | 2.426 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Informes Año 2014 |
Cuadro No. 11 Rendimientos Financieros Mensuales Vigencia 2015
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |
RENDIMIENTOS FIDUCIA DE OCCIDENTE | |
DE ENERO 01 DE 2015 A DICIEMBRE 31 DE 2015 | |
Cifras Expresadas en Millones | |
AÑO 2015 | RENDIMIENTOS |
ENERO | 256 |
FEBRERO | 214 |
MARZO | 328 |
ABRIL | 273 |
MAYO | 306 |
JUNIO | 281 |
JULIO | 245 |
AGOSTO | 261 |
SEPTIEMBRE | 242 |
OCTUBRE | 253 |
NOVIEMBRE | 264 |
DICIEMBRE | 316 |
INGRESOS NETO | 3.240 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Informes Año 2015 |
Cuadro No. 12 Rendimientos Financieros Mensuales Vigencia 2016
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |
RENDIMIENTOS FIDUCIA DE OCCIDENTE | |
DE ENERO 01 DE 2016 A DICIEMBRE 31 DE 2016 | |
Cifras Expresadas en Millones | |
AÑO 2016 | RENDIMIENTOS |
ENERO | 249 |
FEBRERO | 241 |
MARZO | 323 |
ABRIL | 309 |
MAYO | 348 |
JUNIO | 423 |
JULIO | 406 |
AGOSTO | 418 |
SEPTIEMBRE | 440 |
OCTUBRE | 420 |
NOVIEMBRE | 308 |
DICIEMBRE | 496 |
INGRESO NETO | 4.382 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Informes Año 2016 |
Cuadro No. 13 Resumen Rendimientos Financieros Mensuales Xxxxxxxx 0000, 0000 x 0000
XXXXXXXXX XX XXXXXXXX | |
RENDIMIENTOS FIDUCIA DE OCCIDENTE | |
Cifras Expresadas en Millones | |
AÑO | RENDIMIENTOS |
2014 | 2.426 |
2015 | 3.240 |
2016 | 4.382 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente - Informes Año 2014-2015-2016 |
Grafica Nº 2 Rendimientos 2014, 2015 y 2016.
Cifras Expresadas en Millones
5,000
4,000
3,000
2,000
1,000
0
4,382
3,240
2,426
2014
2015
2016
Con base a lo anterior y respecto a los Rendimientos Financieros Generados por la inversión de los recursos administrados en el encargo Fiduciario, podemos ver que comparativamente entre una vigencia y otra se muestra un incremento el cual se promedia en un 34.38%. Notándose que en la vigencia 2016 esta supero los 4.000 Millones por concepto de Rendimientos de las diferentes fuentes de ingresos que obtiene el fideicomitente (Municipio de Montería), los cuales son susceptibles de adición presupuestal en cada una de las fuentes que dieron su origen.
3.2.1.3 Comportamiento de los Pagos Causados.
La fiduciaria de occidente en cumplimento del contrato de encargo fiduciario con fundamento en lo establecido en la cláusula séptima -Obligaciones de la Fiduciaria realiza los pagos una vez lo reporte y autorice el Fideicomitente.
En desarrollo del proceso auditor en relación con las vigencias analizadas presentamos una relación de los pagos efectuados indicando que estos son el concepto de cálculo con el cual el fideicomitente lleva a cabo el pago de comisiones.
Cuadro No. 14 Relación de pagos causados Mensualmente Vigencia 2014
FIDUCIARIA DE OCCIDENTE | |||
Relación de Pagos Causados 2014 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
Ítem | Meses | Pagos Con Aportes | Xxxx Xxxx |
1 | Enero | 12.338 | 12.227 |
2 | Febrero | 39.034 | 38.166 |
3 | Marzo | 26.709 | 26.409 |
4 | Abril | 18.382 | 18.126 |
5 | Mayo | 23.304 | 22.474 |
6 | Junio | 17.669 | 17.134 |
7 | Julio | 22.517 | 21.909 |
8 | Agosto | 20.092 | 19.688 |
9 | Septiembre | 15.991 | 15.576 |
10 | Octubre | 26.913 | 26.239 |
11 | Noviembre | 17.076 | 16.645 |
12 | Diciembre | 42.868 | 40.901 |
Total | 282.895 | 275.494 | |
Fuente: Fiducia de Occidente - Relación de Pagos Causados Año 2014 |
Cuadro No. 15 Relación de pagos causados Mensualmente Vigencia 2015
FIDUCIARIA DE OCCIDENTE | |||
Relación de Pagos Causados 2015 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
Ítem | Meses | Pagos Con Aportes | Xxxx Xxxx |
1 | Enero | 14.770 | 14.724 |
2 | Febrero | 18.897 | 18.428 |
3 | Marzo | 24.053 | 22.958 |
4 | Abril | 18.499 | 17.768 |
5 | Mayo | 28.591 | 27.962 |
6 | Junio | 13.651 | 13.167 |
7 | Julio | 37.497 | 35.423 |
8 | Agosto | 35.142 | 33.513 |
9 | Septiembre | 48.563 | 45.563 |
10 | Octubre | 31.416 | 29.487 |
11 | Noviembre | 23.892 | 22.878 |
12 | Diciembre | 69.373 | 64.028 |
Total | 364.344 | 345.898 | |
Fuente: Fiducia de Occidente - Relación de Pagos Causados Año 2015 |
Cuadro No. 16 Relación de pagos causados Mensualmente Vigencia 2016
FIDUCIARIA DE OCCIDENTE | |||
Relación de Pagos Causados 2016 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
Ítem | Meses | Pagos Con Aportes | Xxxx Xxxx |
1 | Enero | 7.186 | 7.127 |
2 | Febrero | 32.783 | 30.667 |
3 | Marzo | 24.618 | 24.525 |
4 | Abril | 32.587 | 31.836 |
5 | Mayo | 28.300 | 27.171 |
6 | Junio | 29.139 | 27.716 |
7 | Julio | 29.210 | 28.661 |
8 | Agosto | 22.754 | 21.961 |
9 | Septiembre | 9.925 | 9.482 |
10 | Octubre | 12.391 | 11.682 |
11 | Noviembre | 12.849 | 12.008 |
12 | Diciembre | 25.145 | 23.517 |
Total | 266.887 | 256.352 | |
Fuente: Fiducia de Occidente - Relación de Pagos Causados Año 2016 |
En relación con las vigencias analizadas en las cuales se determinan los pagos realizados en cumplimiento del encargo fiduciario de acuerdo con los informes que presenta la fiduciaria de occidente al Municipio de Montería.
Con el fin de interpretar las tablas anteriormente señaladas realizamos un cuadro resumen por periodos que indican el total de los pagos tanto Con Aportes como el Pago Neto de acuerdo a los informes auditados.
Cuadro No. 17 Resumen Relación de pagos causados Vigencias 2014, 2015 y 2016
FIDUCIARIA DE OCCIDENTE | ||
Relación de Pagos Causados | ||
Año | Pagos Con Aportes | Pago Neto |
2014 | 282.895 | 275.494 |
2015 | 364.344 | 345.898 |
2016 | 266.887 | 256.352 |
Fuente: Fiducia de Occidente - Relación de Pagos Causados Año 2014-2015-2016 |
Grafica Nº 3 Pagos Con Aportes
Pagos Con Aportes
400,000
364,344
350,000
300,000
250,000
200,000
150,000
100,000
50,000
0
282,895
266,887
2014 2015 2016
Grafica Nº 4 Xxxxx Xxxx
Xxxx Xxxx
400,000
345,898
275,494
300,000
256,352
200,000
100,000
0
2014
2015
2016
De acuerdo a las dos graficas indicadas anteriormente, basados en el resumen que se realizó por años de los pagos causados, el equipo auditor determino que se produjo un aumento en el Pago Con Aportes y Xxxx Xxxx en lo correspondiente a los años 2014 y 2015 con un porcentaje del 28.79% y 25.56% respectivamente.
En los periodos de 2015 y 2016 hubo una disminución por el concepto en mención, en relación con Pago Con Xxxxxxx como también en el Pago Neto, equivalentes al
-26.75% y -25.89% respectivamente.
Es pertinente indicar como se pudo establecer en los ingresos que la disminución presentada en la ejecución de pagos correspondiente a la vigencia 2016, fue motivada principalmente porque en este periodo no se contó de manera extraordinaria con desembolsos provenientes de empréstitos financieros que si hubo en la vigencia 2015, como también Se excluyó de los ingresos administrados lo relacionado con los recursos del sector educación, clasificados en otros ingresos no destinados al acuerdo de restructuración de pasivos.
3.2.1.4 Pago De Comisiones A Fiduciaria De Occidente
Con fundamento en la cláusula Decima Cuarta – Remuneración: por concepto de la gestión desarrollada por la fiduciaria en ejecución del contrato de encargo fiduciario Administración, Pagos y Pignoración de Recursos. Una comisión mensual de 22 (SMLV) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes que para la vigencia 2016 asciende a Seiscientos Ochenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro
Pesos M/L ($689.454) y el Cero Punto Cero Siete Por ciento (0.07%) sobre los pagos que se realice, excepto los pagos de servicio a la deuda.
Se realizó un análisis detallado de las liquidaciones efectuadas de forma Mensual por la Fiduciaria de Occidente para el cobro efectivo de sus comisiones, como se puede ver en el siguiente cuadro.
Cuadro No. 18 Liquidación Comisión Fiduoccidente 2016.
FIDUCIARIA DE OCCIDENTE | ||||||||
Liquidación Comisión Fiduoccidente 2016 | ||||||||
Cifras Expresadas en Millones | ||||||||
Meses | 22 S.M.L.V. ($689,454 * 22) | Pagos Brutos Causados en el Mes | Menos: Servicio a la Deuda Pagado | Menos: Ajuste Vr. Cobrado de más | Más: Comisión de Pagos de Meses Anteriores | Base Para Calculo Comisión Variable | Comisión Variable 0,07% | Total Comisión |
Enero | 15 | 6.976 | 537 | 0 | 0 | 6.438 | 5 | 20 |
Febrero | 15 | 32.783 | 288 | 0 | 62 | 32.558 | 23 | 38 |
Marzo | 15 | 24.612 | 877 | 0 | 58 | 23.792 | 17 | 32 |
Abril | 15 | 32.587 | 592 | 0 | 32 | 32.026 | 22 | 38 |
Mayo | 15 | 28.293 | 398 | 0 | 38 | 27.933 | 20 | 35 |
Junio | 15 | 29.139 | 952 | 0 | 35 | 28.221 | 20 | 35 |
Julio | 15 | 29.032 | 651 | 0 | 35 | 28.416 | 20 | 35 |
Agosto | 15 | 22.487 | 333 | 0 | 35 | 22.189 | 16 | 31 |
Septiembre | 15 | 9.925 | 993 | 0 | 0 | 8.932 | 6 | 21 |
Octubre | 15 | 11.616 | 668 | 0 | 52 | 11.000 | 8 | 23 |
Noviembre | 15 | 12.821 | 334 | 0 | 23 | 12.510 | 9 | 24 |
Diciembre | 15 | 24.562 | 1.007 | 0 | 24 | 23.579 | 17 | 32 |
Total | 182 | 264.833 | 7.630 | 0 | 393 | 257.000 | 000 | 000 |
Fuente: Liquidaciones de Comisiones Fiduoccidente Año 2016 |
3.2.1.5 Concepto Sobre El Costo-Beneficio De Los Recursos Administrados Por Fiducia.
Teniendo como fundamento legal la cláusula Sexta: Inversiones del Encargo Fiduciario, en la cual se establece que la fiduciaria en ejecución del contrato invertirá los recursos que administra en cartera colectiva abierta, sin pacto de permanencia, Occitesoros administrada por la fiduciaria, cuentas rentables y de ahorro de
entidades financieras en las cuales solo se mantendrán recursos en forma transitoria, títulos emitidos, aceptados, avalados o garantizados en cualquier forma por la Nación y el Banco de la República y en general en papeles permitidos por el decreto 1525 de 2008 entre otras.
En igual sentido es pertinente decir que dicha gestión se enmarca también en el cumplimiento de las obligaciones por parte de la fiducia establecidas en la cláusula Séptima numeral 7.
Con el fin de llevar a cabo un análisis respecto del Costo-Beneficio se realizó un cuadro comparativo entre los Rendimientos Obtenidos frente a los Pagos Efectuados durante los periodos 2014, 2015, y 2016.
Cuadro No. 19 Rendimientos Frente a Pagos de Comisiones Fiducia de Occidente S.A.
MUNICIPIO DE MONTERÍA | ||
RENDIMIENTOS FRENTE A PAGOS DE COMISIONES FIDUCIA DE OCCIDENTE S.A. | ||
Cifras Expresadas en Millones | ||
AÑO | RENDIMIENTOS | COMISIONES |
2014 | 2.426 | 357 |
2015 | 3.240 | 405 |
2016 | 4.382 | 362 |
Fuente: Fiduciaria de Occidente y ejecución presupuestal Municipio de Montería 2014 – 2015 – 2016 |
Es oportuno precisar que, aunque el contrato de encargo fiduciario no plantea un cumplimiento basado en costo-beneficio, entendiendo el beneficio como el producto de invertir los Recursos Entregados en Administración para obtener Rendimientos Financieros, estos se generan en una gran proporción, destacable toda vez que al contar con los recursos entregados realiza inversiones en los diferentes fondos que generan rendimientos.
3.2.1.6 Control Que Ejerce El Fideicomitente Sobre Las Obligaciones Pactadas En El Contrato De Encargo Fiduciario.
Tomando como fundamento legal la segunda modificación integral al contrato de encargos fiduciarios irrevocable de administración, pagos y pignoración de recursos No. 3-112 celebrado entre el Municipio de Montería y la Fiduciaria de Occidente S.A., el día Primero (1) de Octubre de 2012, siendo este acto administrativo el vigente aplicable a las vigencias establecidas en la Comisión de Auditoria correspondiente a las vigencias 2014, 2015 y 2016.
3.2.1.6.1 Inconsistencias Detectadas en los Reportes de Fiduciaria de Occidente Con Relación a Saldos de Un Mes Con Respecto al Otro Sin Evidenciar Observaciones Por Parte Del Fideicomitente.
De acuerdo con el análisis efectuado a las vigencias contempladas en el memorando de auditoria es oportuno señalar que fueron identificadas algunas diferencias, producto de variaciones entre saldos finales de un mes con respecto a iniciales del mes siguiente, como se puede ver a continuación.
Cuadro No. 20 Diferencias Detectadas en los Saldos - Comportamiento de las Rentas Brutas (Agosto - Septiembre) 2014.
ENCARGO XXXXXXXXXX Xx. 0-000 XXXXXXXXX XX XXXXXXXX | |||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | |||
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |||
AÑO 2014 | |||
CUADRO N° 1.2 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
RENTAS | AGOSTO | SEPTIEMBRE | DIFERENCIA AUDITADA |
INGRESO BRUTO ACUMULADO | RECAUDO BRUTO ACUMULADO MES ANTERIOR (AGO) | ||
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN | 56.526 | 56.461 | -64 |
INGRESOS TRIBUTARIOS | 53.583 | 53.519 | -64 |
INGRESOS NO TRIBUTARIOS | 2.922 | 2.922 | 0 |
SERVICIOS SECRETARIA DE PLANEACION | 20 | 20 | 0 |
RENTAS REORIENTADAS | 4.925 | 4.925 | 0 |
FONDE DE CONTINGENCIAS | 2.433 | 2.433 | 0 |
FONDO DE ACREENCIAS | 2.492 | 2.492 | 0 |
TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACION LEY 550 | 61.451 | 61.386 | -64 |
INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550 | 144.568 | 144.633 | 64 |
TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO | 206.019 | 206.019 | 0 |
Fuente: Comportamiento de las Rentas Brutas Año 2014 Cuadro Nº 1.2 |
En desarrollo del proceso auditor y de acuerdo a la revisión efectuada se detectó que el Ingreso Acumulado por concepto de INGRESOS TRIBUTARIOS correspondiente al mes xx Xxxxxx de 2014, no coincide con el acumulado inicial del mes de Septiembre de 2014. Debido a que la sumatoria correcta sería $53,583 Millones.
De igual manera los INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LA LEY 550 correspondiente al mes xx Xxxxxx de 2014, no coincide con el acumulado inicial del mes de Septiembre de 2014. Debido a que la sumatoria correcta sería $144,568 Millones.
Finalmente el monto del TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO NO presenta alteraciones, sin embargo es de indicar que los saldos de los ingresos deben pasar iguales de un periodo con respecto al otro, situación diferente en vista del análisis efectuado.
Cuadro No. 21 Diferencias Detectadas en los Saldos - Comportamiento de las Rentas Brutas (Mayo - Junio) 2015.
ENCARGO XXXXXXXXXX Xx. 0-000 XXXXXXXXX XX XXXXXXXX | |||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | |||
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |||
AÑO 2015 | |||
CUADRO N° 1.2 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
RENTAS | MAYO | JUNIO | DIFERENCIA AUDITADA |
INGRESO BRUTO ACUMULADO | RECAUDO BRUTO ACUMULADO MES |
ANTERIOR (MAYO) | |||
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN | 58.474,35 | 58.477,62 | 3,27 |
INGRESOS TRIBUTARIOS | 56.059,75 | 56.063,02 | 3,27 |
INGRESOS NO TRIBUTARIOS | 2.393,22 | 2.393,22 | 0,00 |
SERVICIOS SECRETARIA DE PLANEACION | 21,38 | 21,38 | 0,00 |
RENTAS REORIENTADAS | 3.349,39 | 3.349,53 | 0,14 |
FONDE DE CONTINGENCIAS | 2.397,40 | 2.397,55 | 0,14 |
FONDO DE ACREENCIAS | 951,98 | 951,98 | 0,00 |
TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACION LEY 550 | 61.823,74 | 61.827,15 | 3,41 |
INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550 | 77.197,08 | 77.197,08 | 0,00 |
TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO | 139.020,82 | 139.024,23 | 3,41 |
Fuente: Comportamiento de las Rentas Brutas Año 2015 Cuadro Nº 1.2 |
En desarrollo del proceso auditor y de acuerdo a la revisión efectuada se detectó que el Ingreso Acumulado por concepto de INGRESOS TRIBUTARIOS correspondiente al mes xx Xxxx de 2015, no coincide con el acumulado inicial del mes xx Xxxxx de 2015, debido a que la sumatoria correcta sería $56,059.75 Millones.
Por otro lado en relación con el concepto de FONDO DE CONTINGENCIAS correspondiente al mes xx Xxxx de 2015, no coincide con el acumulado inicial del mes xx Xxxxx de 2015, dado que la sumatoria correcta sería $2,397.40 Millones.
Ambas diferencias afectan los saldos en el concepto denominado Total Ingresos Del Acuerdo De Reestructuración Ley 550 y el Total General De Ingresos Del Fideicomiso, generando en este caso alteración por valor de $3,41 Millones.
Cuadro No. 22 Diferencias Detectadas en los Saldos - Comportamiento de las Rentas Brutas (Noviembre - Diciembre) 2015.
ENCARGO XXXXXXXXXX Xx. 0-000 XXXXXXXXX XX XXXXXXXX |
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS |
MUNICIPIO DE MONTERÍA |
AÑO 2015 |
CUADRO N° 1.2 | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
RENTAS | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | DIFERENCIA AUDITADA |
INGRESO BRUTO ACUMULADO | RECAUDO BRUTO ACUMULADO MES ANTERIOR (NOV) | ||
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN | 70.207,22 | 70.207,22 | 0,00 |
INGRESOS TRIBUTARIOS | 65.653,03 | 65.653,03 | 0,00 |
INGRESOS NO TRIBUTARIOS | 4.515,08 | 4.690,82 | 175,74 |
SERVICIOS SECRETARIA DE PLANEACION | 39,11 | 39,11 | 0,00 |
RENTAS REORIENTADAS | 5.289,65 | 5.289,65 | 0,00 |
FONDE DE CONTINGENCIAS | 2.736,27 | 2.736,27 | 0,00 |
FONDO DE ACREENCIAS | 2.553,38 | 2.553,38 | 0,00 |
TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACION LEY 550 | 75.496,87 | 75.496,87 | 0,00 |
INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550 | 251.897,94 | 251.897,94 | 0,00 |
TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO | 327.394,80 | 327.394,80 | 0,00 |
Fuente: Comportamiento de las Rentas Brutas Año 2015 Cuadro Nº 1.2 |
Continuando con el análisis se detectó que el Ingreso Acumulado por concepto de INGRESOS NO TRIBUTARIOS correspondiente al mes de noviembre de 2015, no coincide con el acumulado inicial del mes de Diciembre de 2015, en vista de que la sumatoria correcta sería $4,515.08 Millones.
Cuadro No. 23 Diferencias Detectadas en los Saldos - Comportamiento de las Rentas Brutas (Junio - Julio) 2016.
ENCARGO XXXXXXXXXX Xx. 0-000 XXXXXXXXX XX XXXXXXXX | |||
COMPORTAMIENTO DE LAS RENTAS BRUTAS | |||
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |||
AÑO 2016 | |||
CUADRO N° 1.2 | |||
Cifras Expresadas en Millones |
XXXXXX | XXXXX | XXXXX | DIFERENCIA AUDITADA |
INGRESO BRUTO ACUMULADO | RECAUDO BRUTO ACUMULADO MES ANTERIOR (MAYO) | ||
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN | 60.747,95 | 63.160,27 | 2.412,32 |
INGRESOS TRIBUTARIOS | 57.643,05 | 57.643,05 | 0,00 |
INGRESOS NO TRIBUTARIOS | 3.086,14 | 3.086,14 | 0,00 |
SERVICIOS SECRETARIA DE PLANEACION | 18,75 | 18,75 | 0,00 |
RENTAS REORIENTADAS | 5.337,43 | 2.412,32 | -2.925,11 |
FONDE DE CONTINGENCIAS | 2.412,32 | 2.412,32 | 0,00 |
FONDO DE ACREENCIAS | 2.925,11 | 2.925,11 | 0,00 |
TOTAL INGRESOS DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACION LEY 550 | 66.085,38 | 66.085,38 | -512,79 |
INGRESOS NO COMPROMETIDOS EN LEY 550 | 112.262,26 | 112.262,26 | 0,00 |
TOTAL GENERAL DE INGRESOS DEL FIDEICOMISO | 178.347,64 | 178.347,64 | 0,00 |
Fuente: Comportamiento de las Rentas Brutas Año 2016 Cuadro Nº 1.2 |
Siguiendo con proceso auditor y de acuerdo a la revisión efectuada se detectó que el Ingreso Acumulado por concepto de INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN correspondiente al mes xx Xxxxx de 2016, no coincide con el acumulado inicial del mes de Julio de 2016, lo anterior se debe a que el saldo final del mes Mayo de 2016 no pasa correctamente, el saldo correcto sería $60,747.95 Millones.
Por otro parte en lo correspondiente con el concepto xx XXXXXX REORIENTADAS relacionado con el mes xx Xxxxx de 2016, no coincide con el acumulado inicial del mes de Julio de 2016, en vista de que el valor correcto que debió pasar es $5,337.43 Millones.
Ambas diferencias afectan los saldos en el concepto denominado Total Ingresos Del Acuerdo De Reestructuración Ley 550, este planteamiento se fundamenta toda vez que la información que registra y procesa la fiducia se hace a través de un software financiero o contable, que automatiza la información, por tal motivo no se entiende como las cifras que presentan errores y al final acumula el monto correcto.
La situación expuesta anteriormente persiste hasta el mes de Diciembre de 2016.
Podríamos decir que estas situaciones son susceptibles que sucedan pero no es menos cierto que el fideicomitente a través de las personas encargadas de ejercer control sobre dichos informes realice observaciones con la obligación de que estas queden documentadas y conciliadas con el fin de que sean verificables en cualquier proceso de auditoría.
El equipo auditor evidenció inconsistencias en lo referente en los saldos finales de algunos meses con relación a los iniciales del mes siguiente correspondiente, es decir, los saldos pasan con valores diferentes, incumpliendo lo establecido en la Resolución 355 de 2007 por el cual se adopta el Plan General de Contabilidad Publica “PGCP” Principios de Contabilidad Publica Numerales 116 Registro y 121 Periodo Contable, causado por la ausencia de Control en relación con conciliaciones en saldos finales con respectos a los iniciales del siguiente mes lo que conlleva a una inexactitud en los saldos presentados en los informes presentados por Fiduciaria de Occidente S.A. Por lo anterior se configura un,
3. Hallazgo Administrativo
3.2.1.6.2 Debilidades Detectadas en el Cumplimiento de Funciones Administrativas del Área de Tesorería con Respecto al Flujo de Ingresos Administrado Por Fiduciaria de Occidente S.A.
Tomando como base la descripción de funciones aplicables al área de tesorería que tiene como propósito principal:
Ejecutar la gestión de los pagos, la administración y seguimiento a los recursos de regalías, títulos y demás bienes financieros, a los convenios y revisión del informe de pago xx xxxxxxx, reintegro de los rendimientos, mandamientos de pago, secuestro de bienes y cierre financiero en cumplimiento a lo establecido en la normalidad y procedimiento vigente.
Por otro lado es importante tener en cuenta las funciones esenciales enmarcadas en las actividades aplicables al control del contrato con fiduciaria de occidente que a continuación indicaremos.
Numeral 9: remitir todos los días el boletín diario de caja sobre ingresos y egresos, conforme a la reglamentación vigente al despacho del secretario para el correspondiente registro contable.
Numeral 18 realizar el arqueo o cuadre diario de caja y/o recaudos y realizar las respectivas consignaciones y remitir, de manera inmediata, un informe consolidado a contabilidad de la administración central del municipio para el registro contable correspondiente.
En desarrollo del proceso auditor con respecto al cumplimiento de funciones y al ejercicio de actividades en lo concerniente con el control al reporte de los ingresos por parte del área de tesorería, es imprescindible inferir que dicha área no tiene un mecanismo u aplicativo que garantice el control diario permanente de estos administrados por fiducia.
En lo concerniente con los pagos podemos decir que tesorería ejerce un control eficiente sobre los pagos que autoriza para que se hagan efectivos a través del encargo fiduciario.
Por otro lado y en vista del análisis en desarrollo del proceso auditor es necesario decir que en el área xx xxxxxx existe un punto de control respecto de los ingresos diarios pero estos no fluyen hacia el área de tesorería, por lo tanto en esta área el encargado no cumple plenamente sus funciones ni tampoco con las actividades que garanticen el control sobre los ingresos que permita hacer conciliaciones permanentes entre fiduciaria, tesorería y Contabilidad.
Se evidencia falta de control respecto de los ingresos percibidos por el Municipio de Montería con respecto a sus rentas propias o ingresos tributarios, esto debido a que en el área de Tesorería Municipal no se lleva un registro diario de los ingresos captados, incumpliendo lo establecido en el Manual de Funciones adoptado mediante decreto municipal No.0230 del 28 xx xxxx de 2015 – Funciones inherente al tesorero Numerales 9º y 18º, causado por la ausencia de Control en relación con el registro diario y oportuno de los ingresos por concepto xx xxxxxx y otros correspondientes al municipio de Montería, ocasionando un Incumplimiento de funciones en relación con el registro percibido. Por lo anterior se configura un,
4. Hallazgo Administrativo
3.2.1.6.3 Diferencia Entre los Saldos Reportados por Contabilidad Frente a los de Fiduciaria de Occidente S.A. Respecto los Recursos Entregados en Administración.
De acuerdo con el análisis comparativo de saldos correspondientes a las vigencias 2014, 2015 y 2016 provenientes por un lado de los Balances Generales con sus respectivos saldos certificados y reportados al aplicativo SIA (Sistema Integral de Auditoria) por el municipio de montería, con respecto a los saldos reportados por fiduciaria de occidente en relación con los Recursos Administrados, estos reflejan una diferencia como se puede ver a continuación.
Cuadro No. 24 Diferencias Detectadas en los Saldos - Recursos Entregados en Administración de las Vigencias 2014, 2015 y 2016.
MUNICIPIO DE MONTERÍA | |||
RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN | |||
Cifras Expresadas en Millones | |||
AÑO | CONTABILIDAD | FIDUCIA DE OCCIDENTE | DIFERENCIA AUDITADA |
2014 | 120,524 | 121,071 | 547 |
2015 | 33,523 | 144,097 | 110,575 |
2016 | -356,621 | 120,923 | 477,544 |
Fuente: Balance General Municipio de Montería - Saldos Fiduciaria de Occidente - Años 2014-2015-2016 |
Tal y como se indica en el cuadro anterior los saldos analizados comparativamente entre las dos fuentes de información dejan ver diferencias significativas, que de acuerdo a lo revisado son producto de un inadecuado registro en el área de contabilidad del Municipio de Montería y analizando de manera especial la vigencia 2016 se observa un desfase de grandes proporciones debido que el área contable del Municipio de Montería presenta saldo negativo.
Se evidencia inexactitudes en los saldos registrados entre fiduciaria de Occidente
S.A. y el Área de Contabilidad, incumpliendo lo establecido en la Resolución 355 de 2007 por el cual se adopta el Plan General de Contabilidad Publica “PGCP” Principios de Contabilidad Publica Numerales 116 Registro y 121 Periodo Contable, y características cualitativas de la información contable pública confiabilidad (Razonabilidad, objetividad y verificabilidad), causado por la ausencia de Control en relación con los registros y las correspondientes conciliaciones con el fin de comprobar los saldos lo que conlleva a una Inexactitud en los saldos presentados
en los estados financieros del Municipio de Montería respecto de los saldos referentes a los Recursos Entregados En Administración. Por lo anterior se configura un,
5. Hallazgo Administrativo
4. ANÁLISIS RESPUESTA AL INFORME PRELIMINAR
GESTIÓN CONTRACTUAL | |
OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS | |
1. Condición Descripción de la situación irregular encontrada | Se evidencia una presunta debilidad en el control, evaluación y análisis sobre el cumplimiento del objeto contractual emanado de la supervisión, incumpliendo lo establecido en la Ley 80 de 1993, Artículo 32, Numeral 5º, articulo 40 Estatuto General de Contratación, de los Contratos Estatales; Ley 1474 de 2011 Artículo 83 el cual establece proteger la Moralidad Administrativa, causado por ausencia de un responsable determinado de manera explícito de acuerdo a la normatividad vigente para ejercer seguimiento y control lo cual ocasiona una vulnerabilidad ante los riesgos que se puedan presentar, posibles sanciones por incumplimiento de normas y posible pérdida de recursos. Por lo anterior se configura una presunta. |
Respuesta de la Entidad | Es de resaltar, que la conciliación mensual que se realiza del informe que mes a mes remite la Fiduciaria se hace verificando la información suministrada por la Fiduciaria de Occidente frente a la información contable, presupuestal y financiera que maneja el Municipio de Montería y dependiendo del resultado, la Oficina de Tesorería del Municipio de Montería solicita a la Fiduciaria de Occidente realizar los ajustes pertinentes para cada caso del Informe Fiduciario. Una vez realizada la conciliación del informe mensual presentado por la Fiduciaria de Occidente, la Secretaría de Hacienda procede a enviar una copia del informe mensual a la Contraloría Municipal de Montería. Es de informar que a partir del último informe mensual presentado hasta la fecha por la Fiduciaria de Occidente correspondiente al mes xx Xxxxx de 2017 el cual fue recibido en la Alcaldía de Montería el día 17 de Julio de 2017, se suscribió Acta de la mesa de trabajo que se realizó para la conciliación de dicho informe, actas que se seguirán realizando y suscribiendo mensualmente por cada una de las mesas de trabajo que se hacen para la conciliación de los informes de la Fiduciaria de Occidente, por lo anterior aportamos Acta N° 001 de fecha 27 de Julio de 2017, en la cual consta la verificación de la información suministrada por la Fiduciaria de Occidente frente a la información contable, presupuestal y financiera que maneja el Municipio de Montería del Informe del mes xx Xxxxx de 2017. |
Conclusión | Con fundamento en la respuesta presentada por la entidad en la cual aceptan la observación señalada por este órgano de control manifestando que tomaran en cuenta las recomendaciones dadas, LA OBSERVACIÓN ADMINISTRATIVA SE MANTIENE. |
2. Condición Descripción de la situación irregular encontrada | Se evidenció debilidad en el Sistema de Control Interno, específicamente en el componente de administración del riesgo. Debido a que no existe una política implementada para administrarlos; además no se evidenció la existencia de un mapa de riesgos como mecanismo de calificación y evaluación de los mismos, al proceso de control sobre los recursos administrados por fiducia. |
Respuesta de la Entidad | Dentro del Manual de procesos y Procedimientos que se encuentra vigente, se tiene una descripción de la política de operaciones y se tienen identificados los riesgos para cada procedimiento. Contamos además con un mapa de riesgos el cual se encuentra publicado en nuestra página web en donde se tienen identificados algunos de los procesos más importantes al interior de la Institución. Sin embargo, en aras de mejorar el control que es nuestra razón de ser, aceptamos la observación y procederemos a realizar nuevamente una revisión de nuestros procesos vs el Mapa de Riesgo actual, a fin de corregir algunas desviaciones y aplicar medidas para prevenir riesgos y unificar una política de Riesgo al interior de la institución. |
Conclusión | Con fundamento en la respuesta presentada por la entidad en la cual aceptan la observación señalada por este órgano de control, LA OBSERVACIÓN ADMINISTRATIVA SE MANTIENE. |
GESTIÓN FINANCIERA | |
3. Condición Descripción de la situación irregular encontrada | Se evidencian inconsistencias en lo referente en los saldos finales de algunos meses con relación a los iniciales del mes siguiente correspondiente, es decir, los saldos pasan con valores diferentes. |
Respuesta de la Entidad | Se revisará los saldos reportados en la cuenta 1424 y sus respectivos movimientos para realizar las respectivas correcciones, ya que Sistema Integral – SIIM ha venido presentado inconvenientes los cuales han afectado ciertos movimientos. |
Conclusión | Con fundamento en la respuesta presentada por la entidad en la cual aceptan la observación señalada por este órgano de control, LA OBSERVACIÓN ADMINISTRATIVA SE MANTIENE. |
4. Condición Descripción de la situación irregular encontrada | Se evidencia falta de control respecto de los ingresos percibidos por el Municipio de Montería con respecto a sus rentas propias o ingresos tributarios, esto debido a que en el área de Tesorería Municipal no se lleva un registro diario de los ingresos captados. |
Respuesta de la Entidad | Se actualizará el software SIIM de modo que estén integradas todas las áreas de la Secretaria de Hacienda, adicionalmente el software IMPLUS hará |
interface con el área de Tesorería con el objetivo de unificar la información y registrar los ingresos diarios en tiempo real. | |
Conclusión | Con fundamento en la respuesta presentada por la entidad en la cual aceptan la observación señalada por este órgano de control, LA OBSERVACIÓN ADMINISTRATIVA SE MANTIENE. |
5. Condición Descripción de la situación irregular encontrada | Se evidencia inexactitudes en los saldos registrados entre fiduciaria de Occidente S.A. y el Área de Contabilidad. |
Respuesta de la Entidad | Se revisarán y actualizarán los saldos de la 1424 Fiduciaria de Occidente para determinar las diferencias y realizar la correcta configuración y parametrización del Software Contable. La Secretaria de Hacienda en Coordinación con la Fiduciaria de Occidente realizara mesas de trabajo para determinar las diferencias y realizar los ajustes pertinentes, y posteriormente se harán cierres mensuales con el fin de realizar Control en relación con los registros y las correspondientes conciliaciones para comprobar los saldos. |
Conclusión | Con fundamento en la respuesta presentada por la entidad en la cual aceptan la observación señalada por este órgano de control, LA OBSERVACIÓN ADMINISTRATIVA SE MANTIENE. |
5. RELACIÓN DE HALLAZGOS |
En desarrollo de la presente auditoría, se establecen cinco (5) hallazgos administrativos. En relación con los procesos examinados, se detallan los hallazgos administrativos detectados en la auditoria con el propósito de ser incluidos en el plan de mejoramiento que debe formular la Administración Municipal, suscrito por el Representante Legal, conjuntamente con el jefe de la oficina de Control Interno. |
5.1 HALLAZGOS ADMINISTRATIVOS
GESTIÓN CONTRACTUAL | |
HALLAZGO No. 1 | |
Condición | Se evidencia una presunta debilidad en el control, evaluación y análisis sobre el objeto contractual emanado de la supervisión. |
Descripción de la situación irregular encontrada. | |
Criterio | Ley 80 de 1993, Artículo 32, Numeral 5º, articulo 40, Estatuto General de Contratación, de los Contratos Estatales. |
Ley 1474 de 2011 Artículo 83 el cual establece proteger la Moralidad Administrativa. | |
Causa | Ausencia de un responsable de acuerdo a la normatividad vigente para ejercer seguimiento y control. |
Efecto | Vulnerabilidad ante los riesgos que se puedan presentar, posibles sanciones por incumplimiento de normas y posible pérdida de recursos. |
HALLAZGO No. 2 | |
Condición | Se evidenció debilidad en el Sistema de Control Interno, específicamente en el componente de administración del riesgo. Debido a que no existe una política implementada para administrarlos; además no se evidenció la existencia de un mapa de riesgos como mecanismo de calificación y evaluación de los mismos, al proceso de control sobre los recursos administrados por fiducia. |
Descripción de la situación irregular encontrada. | |
Criterio | Ley 87 de 1993, articulo 2, Objetivos del sistema de Control Interno. a) Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que lo afecten; f). Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos. |
Decreto 1599 de 2005 derogado por el decreto Nacional 943 de 2014. Adopción del Modelo Estándar de Control Interno. Componente de Administración del Riesgo | |
Causa | Ausencia de mecanismos de seguimiento y control. |
Efecto | Vulnerabilidad ante los riesgos que se puedan presentar, posibles sanciones por incumplimiento de normas y posible pérdida de recursos. |
CONTROL FINANCIERO | |
HALLAZGO No. 3 | |
Condición | Se evidencian inconsistencias en lo referente en los saldos finales de algunos meses con relación a los iniciales del mes siguiente correspondiente, es decir, los saldos pasan con valores diferentes. |
Descripción | |
de la | |
situación | |
irregular | |
encontrada. | |
Criterio | Resolución 355 de 2007 por el cual se adopta el Plan General de Contabilidad Publica “PGCP” Principios de Contabilidad Publica Numerales 116 Registro y 121 Periodo Contable. |
Causa | Ausencia de Control en relación con conciliaciones en saldos finales con respectos a los iniciales del siguiente mes. |
Efecto | Inexactitud en los saldos presentados en los informes presentados por Fiduciaria de Occidente S.A. |
HALLAZGO No. 4 | |
Condición | Se evidencia falta de control respecto de los ingresos percibidos por el Municipio de Montería con respecto a sus rentas propias o ingresos tributarios, esto debido a que en el área de Tesorería Municipal no se lleva un registro diario de los ingresos captados. |
Descripción | |
de la | |
situación | |
irregular | |
encontrada. | |
Criterio | Manual de Funciones adoptado mediante decreto municipal No. 0230 – Funciones inherentes al tesorero Numerales 9º y 18º. |
Causa | Ausencia de Control en relación con el registro diario y oportuno de los ingresos por concepto xx xxxxxx y otros correspondientes al municipio de Montería. |
Efecto | Incumplimiento de funciones en relación con el registro percibido. |
HALLAZGO No. 5 | |
Condición | Se evidencia inexactitudes en los saldos registrados entre fiduciaria de Occidente S.A. y el Área de Contabilidad. |
Descripción de la situación irregular encontrada. | |
Criterio | Resolución 355 de 2007 por el cual se adopta el Plan General de Contabilidad Publica “PGCP” Principios de Contabilidad Publica Numerales 116 Registro y 121 Periodo Contable, y características cualitativas de la información contable pública confiabilidad (Razonabilidad, objetividad y verificabilidad) |
Causa | Ausencia de Control en relación con los registros y las correspondientes conciliaciones con el fin de comprobar los saldos. |
Efecto | Inexactitud en los saldos presentados en los estados financieros del Municipio de Montería respecto de los saldos referentes a los Recursos Entregados En Administración. |
6. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2014, 2015 y 2016
TIPO DE HALLAZGO | CANTIDAD | VALOR (en pesos) |
1. ADMINISTRATIVOS | 5 | |
2. ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS | 0 | |
3. DISCIPLINARIOS | 0 | |
4. PENALES | 0 | |
5. FISCALES | 0 | $0 |
TOTALES (1, 2, 3, y 4) | 5 | $0 |
Se firma por los auditores que intervinieron en el proceso auditor:
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Líder Comisión Auditoría