ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
AVISO DE CONVOCATORIA
Objeto
Contratar los servicios de 01 profesional especializado y debidamente autorizado para la prestación del Servicio MARTILLERO PÚBLICO; quien se encargará de la dirección y ejecución de Remates Públicos de Bienes Embargados y/o Comisados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; así como de la realización de todas las actividades previas necesarias para la realización de los remates.
Valor Referencial
El valor referencial de las Comisiones por los servicios prestados por el Martillero Público es el siguiente :
Remate de Inmuebles 1.50 % del valor de adjudicación.
Remate de Vehículos 3.00 % del valor de adjudicación.
Remate de otros bienes muebles 5.00 % del valor de adjudicación.
La comisión incluye todos los impuestos xx Xxx.
El valor total de la adjudicación aprobada para la presente convocatoria, asciende a un monto estimado de S/. 20,000.00 (veinte mil y 00/100 nuevos soles) incluido impuestos, el mismo que corresponde a la disponibilidad presupuestal..
Fuente de Financiamiento
Recursos Propios de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
Venta de Bases
Precio de las Bases: S/. 5.00 (cinco nuevos soles), incluye el IGV.
Plazo de Venta de Bases: Del 16 al 29 de julio del 2004.
Xxxxxxx: De 9:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas.
Lugar: Oficina de Administración y Almacén de SUNAT, Intendencia Regional La Libertad, sito en Xx. Xxxxxxx Xx 000 – Trujillo.
Durante el periodo y horario indicados, las Bases se encontrarán a disposición de los interesados que, sin costo alguno, deseen consultarlas.
Presentación de Consultas, Observaciones, Absolución y Aclaración de las Bases
Recepción de Consultas y Observaciones a las Bases: Del 16 al 21 de julio del 2004.
Lugar: Oficina de Administración y Almacén de SUNAT - Intendencia Regional La Libertad, sito en Xx. Xxxxxxx Xx 000 – Xxxxxxxx.
Horario: De 9:00 a 17:30 horas.
Los postores también podrán formular sus consultas vía fax, remitiéndolas al 044-253080.
Fecha de entrega del documento de Absolución de Consultas y Aclaración de las Bases: El 23 de julio del 2004.
Fecha de Integración de Bases: 26 de julio del 2004.
Presentación de Propuestas
Fecha de Presentación de Propuestas: 02 xx xxxxxx del 2004.
Horario: De 9:00 a 17:30 horas.
Lugar: Mesa de Partes de SUNAT, Intendencia Regional La Libertad, sito en Xx. Xxxxxxx Xx 000 – Xxxxxxxx.
Nota Importante: Los postores deberán presentar su propuesta en 2 sobres cerrados:
SOBRE 1: PROPUESTA TÉCNICA
SOBRE 2: PROPUESTA ECONÓMICA
en la fecha, hora y lugar establecido en el presente aviso de convocatoria.
De no cumplir con estos requisitos, las propuestas serán consideradas como no presentadas.
Publicación de Resultados
Los resultados serán comunicados a los postores participantes el día 04 de julio del 2004.
Si algún día comprendido, entre la venta de bases y la fecha de publicación, fuera declarado feriado no laborable, las fechas indicadas en el calendario se entenderán postergadas en cada caso, para el primer día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar.
EL COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
BASES
I. ENTIDAD CONVOCANTE
Artículo 1°.- La presente ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA es convocada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, Intendencia Regional La Libertad con arreglo a estas Bases y a lo siguiente:
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2004, Ley N° 28128.
Directiva para el Proceso Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2004, Directiva Nº 004-2004-EF/76.01.
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 27728 - Ley del Martillero Público.
Directiva N° 004-2003-EF/76.01.
II. OBJETO DEL PROCESO
Artículo 2°.- Contratar los servicios de un (01) MARTILLERO PÚBLICO; quien se encargará de la dirección y ejecución de Remates Públicos de Bienes Embargados y/o Comisados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; así como de la realización de todas las actividades previas necesarias para la realización de los remates.
Las características del servicio requerido se encuentran detalladas en las Especificaciones Técnicas que como Anexo 1 forman parte integrante de estas Bases.
III. FINANCIACION
Artículo 3°.- Recursos propios de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
Los pagos por los servicios prestados durante el año 2005 estarán sujetos a la aprobación del presupuesto institucional de dicho período.
IV. APROBACIÓN DE BASES
Artículo 4°.- Las presentes Bases y Especificaciones han sido aprobadas mediante Resolución xx Xxxxxxxxxxx N° 060-00-00000XX, de conformidad con lo establecido en la Resolución xx Xxxxxxxxxxx N° 121-2001/SUNAT.
V. CALENDARIO DEL PROCESO
Artículo 5°.- El calendario del presente proceso es el establecido en el Aviso de Convocatoria que forma parte integrante de éstas Bases.
VI. CONSULTAS Y OBSERVACIONES
Artículo 6°.- El postor deberá tener en cuenta lo siguiente:
De las Consultas, Observaciones, Absolución y Aclaración de las Bases:
Las Consultas, Observaciones y Aclaración serán formuladas y Absueltas en los plazos y condiciones establecidos en el Aviso de la Convocatoria. El documento en el que conste la Absolución de Consultas y Aclaración de las Bases formará parte integrante de las mismas
En caso que el Comité Especial no acoja la(s) observación(es) presentada(s), y esté obligado a remitirlas al CONSUCODE, solicitará al postor observante el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago efectuado al CONSUCODE que por dicho concepto establece el respectivo TUPA.
El postor deberá presentar dicho comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito.
El documento en el que conste la decisión que tome el Comité Especial o el Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, con relación a las observaciones presentadas, será notificado a todos los postores en el plazo que establece el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
VII. DE LAS PROPUESTAS
Artículo 7°.- Las propuestas serán presentadas al Comité Especial en dos (02) sobres cerrados (Sobre N°. 1: Propuesta Técnica; Sobre N° 2: Propuesta Económica) el día señalado para su recepción en el Aviso de Convocatoria. Todas las hojas de dichos sobres deberán estar numeradas correlativamente, selladas y rubricadas por el postor; la numeración de las páginas de cada uno de los sobres se iniciará con el número 1 y la última hoja de cada sobre llevará la firma del postor.
VIII. CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA TÉCNICA
Artículo 8°.- En este sobre el Postor deberá presentar lo siguiente:
Índice de la Propuesta Técnica
Declaración Jurada 1 según modelo del Anexo N° 02.
Promesa de consorcio, de ser el caso.
Declaración Jurada 2 según modelo del Anexo N° 03.
Declaración Jurada según modelo del Anexo N° 04 (de corresponder)
Declaración Jurada de ser una pequeña o microempresa, de ser el caso.
Descripción de la Especificación técnica cumpliendo lo requerido por la Entidad, sustentada, según corresponda.
El tiempo de experiencia en la actividad requerida sustentada a través de Certificados, constancias o copias simples de los contratos suscritos por el postor con sus clientes, según corresponda, hasta por un número máximo de tres (3).
IX. CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA ECONÓMICA
Artículo 9°.- La Propuesta deberá contener lo siguiente:
Índice de la Propuesta Económica.
Costo del servicio requerido, expresado en nuevos soles (S/.), incluido impuestos. Precisar el monto de los impuestos. Monto total de la Propuesta Económica, los costos deberán incluir los impuestos xx Xxx, así como la retribución o remuneración del personal especializado propuesto para la ejecución del servicio.
El plazo de validez de la oferta, que deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo siguiente.
La forma de Pago, deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 12° de las presentes Bases.
X. VIGENCIA Y VALIDEZ DE LA OFERTA
Artículo 10°.- Las ofertas presentadas se entenderán vigentes cuando menos hasta el 31 de julio del 2004.
Artículo 11°.- Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes Bases. En la documentación presentada por el postor no deberá haber borradura, enmendadura o corrección alguna.
XI. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
Artículo 12°.- El postor deberá considerar que la SUNAT efectuará el pago correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de los documentos que acrediten la Conformidad, según lo indicado en el numeral XIV (CONFORMIDAD) de las presentes Bases y la presentación de los comprobantes de pago emitidos por el proveedor.
El pago será efectuado:
Mediante abono en Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorros del proveedor, en el Banco que establezca la SUNAT, o
Mediante la emisión de un Cheque de Gerencia a recabar por el proveedor en el Banco que establezca la SUNAT.
XII. ADVERTENCIAS A LOS POSTORES
Artículo 13°.- Los postores, para formular sus propuestas, tendrán en cuenta lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, en las Presentes Bases y, en particular lo siguiente:
No pueden intervenir como postores el Superintendente, ni los funcionarios de la SUNAT que tengan vinculación con la definición de necesidades, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o intervención en pagos, ni las personas que integran EL COMITÉ ESPECIAL.
Tampoco pueden participar como postores las personas jurídicas con las que éstos tengan relación ya sea como directores, gerentes o asesores, ni los parientes de las personas aludidas en el párrafo anterior, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
LA SUNAT se reserva el derecho de verificar la información que presente el postor durante el proceso de selección, y ejecución del contrato. En caso de detectarse falsedad en la información proporcionada, el postor será descalificado, aplicándosele además lo establecido en el artículo 18 de las presentes Bases.
Todos los documentos que presente el postor como parte de su propuesta deberán estar en idioma español o traducidos, salvo la nomenclatura técnica que deberá mantenerse en su idioma original.
Las propuestas que no se ajusten a todos los requisitos y obligaciones establecidas en estas Bases, se tendrán por no presentadas.
No tener sanción vigente, según Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
El valor referencial corresponde a la disponibilidad presupuestal por tanto las propuestas que excedan dicho valor, no serán aceptadas. Asimismo, las propuestas que sean inferiores al 70% del valor referencial, serán devueltas por el Comité teniéndolas como no presentadas; es decir, menores a:
Remate de Inmuebles 1.05 % del valor de adjudicación
Remate de Vehículos 2.10 % del valor de adjudicación
Remate de otros bienes muebles 3.50 % del valor de adjudicación
De acuerdo a lo establecido en el rubro 700-06 de las normas de Control Interno para una cultura de integridad, transparencia y responsabilidad en la función pública aprobado por Resolución de Contraloría N° 123-2000, LA SUNAT se compromete a no permitir que ningún funcionario o servidor de la Institución solicite o reciba regalos, premios, comisiones o sobornos de cualquier postor o tercero, con el objeto de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección, en concordancia con lo dispuesto según el numeral 7 del Anexo “2”.
Artículo 14°.- Consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el postor ganador, o su representante autorizado, deberá cumplir con suscribir el contrato dentro de los diez (10) días posteriores al consentimiento de la Buena Pro. Para tal efecto, la SUNAT deberá citarlo con no menos cinco (05) días de anticipación. A fin de proceder con la suscripción del contrato, el postor ganador deberá hacer entrega de lo siguiente:
Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, otorgado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las siguientes garantías:
Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta: Esta será exigida únicamente si la propuesta económica del postor ganador hubiera sido inferior en más del 10% del Valor Referencial. La garantía será por un monto equivalente a la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica y deberá estar vigente hasta la aprobación de la liquidación final del contrato.
Esta garantía deberá ser solidaria, incondicional, irrevocable, de realización automática al solo requerimiento de la entidad, debiendo indicar que "Garantiza el fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la N° ADS-0005–2004-SUNAT-2K0000”.
La garantía deberá ser otorgada por cualquiera de las empresas autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros.
En caso que el plazo de vigencia del contrato que se suscriba sea ampliado, la vigencia de la Carta fianza señalada en el presente artículo deberá ser ampliada por el mismo plazo.
XIII. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Artículo 15°.- Las propuestas que no cumplan con los requerimientos mínimos establecidos en las Especificaciones Técnicas, se tendrán como no presentadas.
Artículo 16°.- Las Evaluaciones Técnicas y Económicas, se efectuarán de acuerdo con los Criterios de Evaluación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
XIV. CONFORMIDAD
Artículo 17°.- Cuando se requiera efectuar un pago, será necesaria una conformidad de parte de la SUNAT, para lo cual tendrá en consideración que el proveedor haya cumplido con todos los requisitos establecidos en la orden de compra.
Los pagos serán efectuados mediante una de las siguientes formas:
Abonos directos en la Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorros del proveedor, en el Banco que establezca la SUNAT, o
Emisión de un Cheque de Gerencia a recabar por el proveedor en el Banco que establezca la SUNAT.
XV. SANCIONES Y PENALIDADES
Artículo 18°.- Si el postor favorecido con la adjudicación se negara a suscribir el Contrato, la SUNAT se lo comunicará al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a fin de que imponga la sanción de suspensión o inhabilitación del postor. Similar acción procede si se detectara falsedad en la información presentada.
Artículo 19°.- En caso de incumplimientos de plazos establecidos o que se establezcan, la SUNAT aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual, según lo establecido en el artículo 142° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850.
XVI. DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Artículo 20°.- Los conflictos, discrepancias o controversias que se generen de la interpretación o ejecución del contrato derivado del presente Proceso, se resolverán mediante conciliación o arbitraje y de conformidad con lo establecido en el artículo 53° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
EL COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
ANEXO N° 01
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.- BASE LEGAL
El presente concurso es convocado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, con arreglo a estas Bases y a lo siguiente:
- Decreto Supremo 135-99-EF que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario.
- Ley 26663 sobre el procedimiento de Cobranza Coactiva.
Resolución de Superintendencia N° 016-97/SUNAT sobre el Reglamento de Cobranza Coactiva.
Resolución de Superintendencia N° 083-2001/SUNAT sobre las tarifas que se cobran a los contribuyentes por concepto de almacenamiento de Bienes Embargados y Comisados y el Arancel xx Xxxxxx del Procedimiento de Cobranza Coactiva.
- Ley N° 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
Reglamento de Sanción de Comisos de Bienes, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 003-97/SUNAT.
Decreto de Urgencia N° 063-2000.
Ley Nº 27728 - Ley del Martillero Público.
2.- REQUISITOS INDISPENSABLES
Tener experiencia laboral mínima como Martillero Público de cuatro (4) años, debidamente demostrada con las resoluciones históricas emitidas por Registros Públicos que lo facultaron y lo facultan a ejercer el servicio de Martillero Público durante el año 2004 inclusive (Adjuntar Fotocopias).
3.- OBLIGACIONES DEL MARTILLERO:
Son obligaciones del Martillero:
Encargarse de las tareas de remate que le son propias, conforme a la normatividad vigente.
Elaborar el Catálogo del Remate con el detalle de las especies en venta y condiciones generales de la subasta, para su distribución en forma gratuita, el mismo que deberá ser puesto a disposición del público interesado con una anticipación no menor a tres días a la fecha de remate.
Elaborar los proyectos de los Avisos, si corresponde, a publicarse en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales, los que deberán contar con la aprobación de la SUNAT, quien podrá efectuar las modificaciones y/o precisiones que estime convenientes.
Realizar el Loteo y Etiquetado de los bienes a rematar, apoyando en lo necesario para la correcta exhibición de los bienes.
Efectuar la publicidad correspondiente, mediante la colocación de avisos, volantes y/o carteles en el lugar del remate, y en los lugares que se estime conveniente.
Encargarse de la cobranza correspondiente quedando como depositario del dinero hasta su entrega a la SUNAT; de acuerdo a las instrucciones por escrito, que para tal fin señale el Ejecutor Coactivo de la SUNAT o el Responsable del Remate de Bienes Comisados declarados en abandono.
En los cobros que efectúe el Martillero, sólo podrá aceptar, dinero en efectivo, cheques certificados o de gerencia de un Banco o Entidad Financiera debidamente supervisada y controlada por la Superintendencia de Banca y Seguros.
Al final de la subasta, el Martillero confeccionará un acta por cada remate, efectuando la liquidación correspondiente.
El Martillero entregará al Ejecutor Coactivo, o al responsable del remate de la SUNAT, las actas del remate que haya efectuado, así como todos los documentos necesarios para que los adjudicatarios efectúen la transferencia de los bienes (copia de remate y póliza) dentro de las 72 horas de efectuado el Remate, salvo disposición distinta del Ejecutor Coactivo o Responsable del remate de SUNAT.
4.- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO
La SUNAT supervisará el servicio brindado por el Martillero, dando las indicaciones y efectuando las correcciones y/o modificaciones que considere necesarias.
5.- DOCUMENTOS QUE DEBERÁN ADJUNTAR A SU PROPUESTA TÉCNICA
Los documentos que se solicitan a continuación serán utilizados por SUNAT para la evaluación de las propuestas. Si el postor no presentara alguno de ellos la SUNAT lo calificará con cero puntos en el ítem correspondiente.
Curriculum Vitae documentado del Martillero Público (solo fotocopias). La SUNAT de considerarlo necesario solicitará la presentación de los documentos originales. Adjuntar copia del título profesional si corresponde.
Relación de Departamentos y/o ciudades donde el postor puede ejercer sus funciones de Martillero Público, adjuntando la(s) copia(s) de la(s) Resolución(es) de Registros Públicos que lo facultan a ello.
Relación de remates realizados durante el ejercicio 2003-2004, entendiéndose como remate a cada evento convocado y adjudicado, es decir en cada fecha que se realice un remate.
En caso que el remate convocado resultara desierto no se deberá contabilizar para efectos de la presente convocatoria. Presentar la información solicitada teniendo en cuenta la siguiente estructura:
-
N°
Fecha del Remate
Entidad Solicitante
Propietario
Tipo de bienes
Monto del Remate
1
2
Constancias o certificados de sus tres (03) principales clientes, a quienes les haya brindado el Servicio de Martillero, donde se observe la opinión del servicio brindado. El servicio deberá ser calificado como:
Muy Bueno
Bueno
Regular
No se considerarán válida la emisión de certificaciones con calificativo distinto a los señalados.
CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROCESO
La propuesta del postor deberá considerar en forma integral cada uno de los puntos indicados en las especificaciones técnicas establecidas en el presente documento. Precisar detalladamente cada punto.
El postor deberá adjuntar a su propuesta técnica la Declaraciones Juradas indicadas en los Anexos 01 y 02 del presente documento.
La propuesta económica del postor deberá incluir todos los costos en los que tenga que incurrir para la prestación de los servicios objeto de la presente convocatoria.
La documentación a presentar deberá ser relevante con la convocatoria o que permita sustentar la asignación de puntajes.
Nota :
Sobre la base a la documentación presentada se efectuará la evaluación técnica de su propuesta.
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
ANEXO Nº 02
DECLARACION JURADA
Postor: ..........................................................................................................................
Inscripción en Registros Públicos.................................................................................
Domicilio Legal: .............................................................................................................
RUC N° : .......................................................................................................................
Representante Legal: Sr. ................................................................................ identificado con (L.E., DNI) N° ........., según poder inscrito en el asiento ........ ficha ........ del Registro Mercantil de .............
Atentamente,
(Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
ANEXO Nº 03
DECLARACIÓN JURADA
Postor: ........................................................................................
Trujillo, de del 2004
Señores
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
Ciudad.-
De mi (nuestra) consideración:
Para efectos de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT–2K0000, convocado para contratar......................., declaro (xxxx) bajo juramento, que:
1.- No estamos impedidos de participar en el proceso de selección ni de contratar con el Estado, conforme al artículo 9° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850.
2.- Conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del concurso.
4.- Nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocemos las sanciones contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444) y demás disposiciones modificatorias, así como las establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 y en su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
6.-Que no tenemos sanción vigente, según Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
7.-Me(Nos) comprometemos a no ofrecer o entregar, personalmente o a través de terceros, regalos, premios, comisiones o sobornos a ningún funcionario o servidor de SUNAT con el objeto de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección, en concordancia con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 13° de las bases del presente proceso de selección.
De acuerdo a lo establecido en el rubro 700-06 de las normas de Control Interno para una cultura de Integridad, transparencia y responsabilidad en la función pública aprobado por Resolución de Contraloría N° 123-2000, La SUNAT se compromete a no permitir que ningún funcionario o servidor de la institución solicite o reciba de cualquier postor o tercero, en concordancia con lo dispuesto según el numeral 7) del Anexo N° 02.
Atentamente,
(Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
Anexo N° 04
DECLARACION JURADA
(Esta declaración jurada será presentada sólo en caso que el postor este incurso en lo dispuesto en el artículo 2° del D.S. N° 003-2001-PCM)
Postor:...............................................
Trujillo, de del 2004
Señores
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
Ciudad.-
De mi (nuestra) consideración:
Para efectos de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000, convocada para ...... ...........................................declaro (declaramos) bajo juramento que los servicios ofertados son realizados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM.
Atentamente,
(Nombre, sello y firma del Representante Legal)
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
CRITERIOS DE EVALUACIÓN MARTILLERO PÚBLICO
|
I. EVALUACIÓN TÉCNICA |
PUNTAJE TOTAL 100 PUNTOS |
---|---|---|
|
Cobertura del Servicio Se le otorgará el puntaje máximo al martillero que se encuentre habilitado para brindar el servicio en las sedes administrativas de SUNAT ubicadas en : |
Puntaje Máximo 25 Puntos |
|
|
00 Puntos |
|
|
Desestimado |
|
Años de Experiencia Se otorgará un puntaje máximo de 30 puntos, de acuerdo a la siguiente escala |
Puntaje Máximo 30 Puntos |
|
|
30 puntos |
|
|
20 puntos |
|
|
Desestimado |
|
Relación de Trabajos realizados durante los años 2003-2004 Se otorgará el mayor puntaje al postor que tenga la mayor cantidad de remates efectuados en los años 2003 y 2004. IMPORTANTE: Se entenderá como remates efectuados a cada evento convocado y ejecutado. |
Puntaje Máximo 25 Puntos |
|
|
25 Puntos |
|
|
15 Puntos |
|
|
10 Puntos |
|
|
5 Puntos |
|
Principales Clientes Se otorgará un puntaje máximo de 15 puntos; como resultado de la evaluación de los certificados emitidos por los tres (03) principales clientes: |
Puntaje Máximo 15 Puntos |
|
|
05 puntos c/u |
|
|
04 puntos c/u |
|
|
01 puntos c/u |
|
Estudios Superiores y Especialización Se otorgará el puntaje máximo de 05 puntos a aquellos postores que tengan estudios universitarios concluidos. Así también a aquellos que posean cursos de especialización directamente relacionados el servicio de Martillero Público, realizados en los años 2003-2004. |
Puntaje Máximo 05 Puntos |
|
|
05 Puntos |
|
|
|
|
II. EVALUACION ECONÓMICA |
100 PUNTOS |
Comisiones a cobrar por parte del Martillero Público Se otorgará el puntaje máximo a la propuesta que ofrezca el menor costo. Al resto de propuestas se le otorgará puntaje de acuerdo con lo indicado en el artículo 66° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. |
Puntaje Máximo 100 Puntos |
|
|
05 puntos |
|
|
05 puntos |
|
|
90 puntos |
|
Total Evaluación Económica |
100 puntos. |
Asignación de puntaje
A fin de determinar el puntaje de cada postor en la evaluación económica, se procederá según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. 013-2001-PCM:
A la propuesta de menor xxxxx se le asignará el máximo puntaje y al resto según la siguiente fórmula:
Pi = 2 (PMPE) – (Oi/Om) x PMPE, donde:
Pi : Puntaje de la Oferta Económica i.
Oi : Oferta Económica i.
Om : Oferta Económica de monto o precio más bajo.
PMPE : Puntaje máximo de la propuesta económica.
i : Propuesta.
PUNTAJE TOTAL = (Puntaje Evaluación Técnica X 0.70) + (Puntaje Evaluación Económica X 0.30)
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ANEXO N° 06
MODELO DE CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de servicios que celebran de una parte la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en adelante LA SUNAT, con RUC N° 20131312955, con domicilio en ........., debidamente representada por el Intendente Regional La Libertad, Señor ......................, identificado con DNI ............... de conformidad con ........................... y de la otra parte ........................................ en adelante EL LOCADOR, con RUC N° ................, con domicilio en ...................................., identificado con DNI ................, de acuerdo con los términos y condiciones que se indican en las cláusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA : ANTECEDENTES
Con fecha .................. del 2004, se llevó a cabo la Adjudicación de Directa Pública N° ADP-0001-2004-SUNAT-2K0000, con el objeto de contratar los servicios de 02 Peritos Tasadores / 01 Martillero Público, para LA SUNAT ,según lo establecido en las correspondientes Bases.
LA SUNAT, tiene la facultad de cobranza coactiva mediante la cual lleva a cabo embargos sobre bienes inmuebles, muebles, enseres, equipos, maquinarias e intangibles de los deudores tributarios, los mismos que, para poder ser rematados deben ser debidamente tasados.
Asimismo, LA SUNAT requiere tasar también bienes que le hubieran sido entregados para garantizar obligaciones tributarias.
EL LOCADOR es una persona que en forma independiente brinda sus servicios como Xxxxxx Xxxxxxx.
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO
Contratar los Servicios de UN ( 01) MARTILLERO PÚBLICO para que brinden sus servicios de ............................................................................. que LA SUNAT solicite para el cumplimiento de sus funciones.
EL LOCADOR podrá prestar sus servicios en aquellas localidades bajo la jurisdicción de la Intendencia Regional La Libertad y Oficina Zonal Chimbote de SUNAT, según lo establecido en las Bases de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000, que como Anexo N° 1 forman parte integrante de este contrato.
Para tal efecto LA SUNAT alcanzará a EL LOCADOR, .......................................
Tratándose de bienes muebles o maquinaria LA SUNAT entregará a EL LOCADOR la relación de bienes con la indicación del lugar físico donde se encuentran disponibles para su tasación.
Queda entendido que EL LOCADOR no podrá alterar, modificar ni sustituir las características y ofertas señaladas en su Propuesta Técnica, presentada por él con motivo de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000, que como Anexo N° 2 forma parte integrante de éste contrato.
CLAUSULA TERCERA: CONTRAPRESTACIÓN
La SUNAT abonará a EL LOCADOR en pago como contraprestación por los servicios que preste, los honorarios establecidos de acuerdo a lo siguiente:
Remate de Inmuebles X. xx % del valor de adjudicación
Remate de Vehículos X. xx % del valor de adjudicación
Remate de otros bienes muebles X. xx % del valor de adjudicación
Este monto cubre además del Valor de la contratación del servicio, los gastos generales, imprevistos y cualquier otro gasto en que tenga que incurrir EL LOCADOR para el cumplimiento de sus obligaciones, de modo que en ningún caso LA SUNAT quedará obligada a pagos adicionales al fijado en la presente cláusula.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
La SUNAT efectuará los pagos correspondientes, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que las áreas usuarias emitan la conformidad previa al pago de los servicios prestados, siendo requisito que EL LOCADOR presente su respectivo comprobante de pago por los servicios prestados.
Los pagos serán efectivos:
Mediante abonos directos en la Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorros del proveedor, en el Banco que establezca LA SUNAT o
Mediante la emisión de un Cheque de Gerencia a recabar por el proveedor en el Banco que establezca LA SUNAT.
En aquellos casos en los cuales EL LOCADOR, haya efectuado gastos de pasajes y estadía, por haber prestado servicios en otras sedes de LA SUNAT, adjuntará a su recibo de honorarios profesionales una liquidación detallada y documentada de dichos gastos incurridos.
En caso que el Perito Tasador deba desplazarse hacia otras localidades LA SUNAT le reconocerá los gastos de por pasajes y alimentación hasta el máximo que se otorga a trabajadores en la categoría “c”. Los referidos gastos le serán reembolsados por LA SUNAT de encontrarlos ésta conforme.
CLASULA QUINTA: PLAZO DE VIGENCIA
El presente contrato tendrá vigencia del xx de julio del 2004 al xx de julio del 2005.
CLAUSULA SEXTA: PENALIDADES
Si EL LOCADOR incurriera en demora en el cumplimiento de los plazos establecidos o que se establezcan para la prestación del servicio, será sancionado con una penalidad por cada día de atraso, hasta por un máximo equivalente al 5% del monto que, de conformidad con lo indicado en la cláusula tercera, correspondería cancelar a EL LOCADOR. Para determinar el monto de la multa se aplicará la fórmula establecida en el artículo 142° del Reglamento del TUO de la Ley N° 26850.
Si venciera el plazo otorgado a EL LOCADOR para la prestación del servicio y transcurriera además un período adicional equivalente a la mitad de dicho plazo sin que aquella hubiera cumplido con efectuar el peritaje requerido, LA SUNAT podrá considerar tal situación como un incumplimiento del contrato, disponer la resolución del mismo y aplicar a EL LOCADOR una penalidad equivalente al 5% de la UIT vigente en ese momento.
CLÁUSULA SÉTIMA: CONFORMIDAD
Las áreas usuarias de la SUNAT darán su conformidad por escrito en cada oportunidad que se requiera efectuar un pago por los servicios prestados, para lo cual tendrán en consideración el informe técnico del servicio que deberá haber cumplido con todos los requisitos establecidos en el contrato.
En caso de haber observaciones, se consignarán en Acta indicándose claramente el sentido de éstas y el proveedor tendrá un plazo máximo equivalente a 1/5 del plazo de ejecución del servicio y mínimo 2 días para subsanarlas, siempre que dichas observaciones no constituyan obligaciones esenciales del contratista. De vencer el plazo otorgado sin que el proveedor hubiera cumplido con subsanarlas, la SUNAT podrá dar por concluido el contrato.
Una vez vencida la vigencia del contrato y que el servicio brindado por EL LOCADOR cuente con la conformidad de LA SUNAT, se procederá con la liquidación del contrato.
CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Serán causales de Resolución del Contrato las siguientes:
Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por EL LOCADOR.
Si se detectara falsedad en la información presentada por EL LOCADOR.
En caso que la penalidad por xxxx llegue a cubrir el monto máximo equivalente al 5% del monto que, de conformidad con lo indicado en la cláusula tercera correspondería cancelar a EL LOCADOR, aplicando la fórmula establecida en el artículo 142° del Reglamento del TUO de la Ley N° 26850.
En los casos señalados, la SUNAT podrá resolver el Contrato, mediante una comunicación escrita remitida notarialmente a EL LOCADOR y procederá a aplicar las penalidades correspondientes.
CLAUSULA NOVENA: PROHIBICION DE CESION
EL LOCADOR no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones que por este contrato asume y tendrá la responsabilidad directa y total por la ejecución y cumplimiento del mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA: CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelta de manera definitiva mediante conciliación o arbitraje de derecho conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, su reglamento y la Ley General de Arbitraje.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: DECLARACIÓN JURADA
EL LOCADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado de contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: DOMICILIO LEGAL
Para los efectos del presente contrato, ambas partes señalan que su domicilio legal es el consignado en la introducción del mismo. Cualquier cambio deberá ser comunicado por escrito y remitido notarialmente a la otra parte, surtiendo efectos legales a partir de recibida la comunicación; requisito sin el cual las comunicaciones enviadas al domicilio anterior serán consideradas válidas.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: NORMAS APLICABLES
En todo lo no previsto en el presente Contrato, las Bases Administrativas de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000 y la propuesta de EL LOCADOR, documentos que forman parte del mismo, se aplicará lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley 26850 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 13-2001-PCM.
Suscrito en Trujillo, el de julio del 2004.
p. EL LOCADOR p. LA SUNAT
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° ADS-0005-2004-SUNAT-2K0000
ANEXO N° 07
PRINCIPALES FUNCIONARIOS DE SUNAT VINCULADOS AL PRESENTE PROCESO DE ADJUDICACIÓN
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Xxx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
INTENDENTE NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Saca Xxxxxxx
INTENDENTE REGIONAL LA LIBERTAD
Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
JEFE (E) DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y ALMACÉN
INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD
Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
MIEMBROS DEL COMITÉ ESPECIAL
Titular : Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx (quien lo preside)
Titular : Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx.
Titular : Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Suplente : Xxxxx del Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx
Suplente : Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Suplente : Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxx
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