TÉRMINOS DE REFERENCIA PERSONAL DE APOYO TEMPORAL OEI-RECLU-002-2018
TÉRMINOS DE REFERENCIA PERSONAL DE APOYO TEMPORAL OEI-RECLU-002-2018
Título: Servicios Generales de Mantenimiento y Conserjería.
Duración del Servicio: a partir de la fecha de contrato hasta el 31 de diciembre de 2018, se establecerá un periodo probatorio de 3 meses en el cual se podrá dar por terminado el contrato sin responsabilidad para las partes.
Presupuesto de Referencia: Pagos mensuales proporcionales al valor total del contrato. Las mismas no superarán la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA BALBOAS con 00/100 (B/.850.00) mensuales (hasta el 31 de diciembre de 2018) lo cual podrá prorrogarse de acuerdo a las condiciones contractuales.
Idioma: El idioma oficial de la República de Panamá es el español.
I. INFORMACIÓN GENERAL
Fuente de financiación: presupuesto de la oficina OEI Panamá
Tipo de Servicio: Contrato de personal de apoyo temporal. Aplicarán las normativas internas de la OEI y sus manuales correspondientes de Administración de Recursos Humanos.
Procedimiento: contratación directa de personal de apoyo temporal, procedimiento permitido bajo el artículo 31 del Reglamento Marco de Personal (PMP-OEI).
II. OBJETIVO DE LA POSICIÓN Y RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DEL PUESTO
Limpieza general diaria:
• Limpiar mobiliario, sacudir polvo xx xxxxxx de ventana, puertas, repisas, mobiliario aereo, nichos, sillas, libreros, adornos, cuadros, tableros, escritorios, archivadores y pantallas de computadoras, entre otros puntos que señale oportunamente el Jefe de Servicios Generales,
• Limpiar de acuerdo a las instrucciones y con los insumos específicos, los equipos electrónicos que indique el Jefe de Servicios Generales;
• Limpiar las superficies revestidas e manera, paredes, molduras, puertas, credenzas xx xxxxxx, mesas, sillas, escritorios y mostradores;
• Limpiar y desinfectar servicios sanitarios, lavados, lavamanos, al inicio de la jornada y al finalizar la misma, de acuerdo con las instrucciones del Jefe de Servicios Generales;
• Limpiar xxxxxxx xx xxxxxxx, ventanas, muros, cortinas, desde el interior y el exterior,
• Limpieza y servicios específicos para el espacio de la oficina de la Dirección de la Oficina, de acuerdo a instrucciones;
• Recolección de la basura de los puestos de trabajo, salones y otras àreas;
• Limpieza general del área de cocina-cafetería;
• Riego de áreas verdes y otras labores exteriores;
• Otras funciones, servicios esporádicos y de urgencia que se señalen.
Limpieza periódica:
• Limpieda de refrigeradora de acuerdo a lo indicado;
• Revisar y remover las manchas en las paredes internas;
• Lavar los tanques de basura;
• Limpieza de persianas;
• Limpieza de letreros rótulos o logos de señalización;
• Limpieza superficial de difusores de aires acondicionados;
• Limpieza de lámparas fluorescentes;
• Limpieza de ventanas en el exterior.
Cafetería:
• Limpieza, desgrase de cocinas, mesas de trabajo y sillas. Comoderes y sala de reuniones;
• Limpiar refrigeradora y horno microondas de la cocina semanalmente. Lacado xx xxxxxxx por dentro y por fuera;
• Preparar, servir y retirar servicios de café, sodas, agua o cualquier otro servicio al puesto indicado por el cliente.
Apoyo general a la oficina:
• Cualquier otra función o apoyo que sea requerido para el mantenimiento de la oficina o cualquier otra tarea afín que sea asignada.
III. LUGAR DE TRABAJO
• Lugar de trabajo: Xxxxx xx xxxxxxx: Xxxxxx xx Xxxxxx, xxxxxxx xx XXX Xxxxxx, xxxxx Xxxxxx Xxxx, xxxx 000X, Xxxxxxx, xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx, xxxxxx xx Xxxxxx
IV. PROPIEDAD INTELECTUAL
• Todos los productos derivados de este servicio son propiedad de OEI
• Supervisión y coordinación
Directora Nacional de OEI Panamá
V. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA
El personal a contratar (personas naturales) deben presentar los siguientes documentos para consideración de su candidatura
• Nacionales / extranjeros: copia de cédula vigente o copia de pasaporte válido y vigente. Visa y permiso de trabajo vigente.
• Hoja de Vida (currículo profesional) que contenga la siguiente información:
o Datos Personales
o Nombre
o Lugar y Fecha de Nacimiento
o Cédula de Identidad personal o Pasaporte si aplica
o Nacionalidad
o Profesión
o Ocupación Actual
o País de Procedencia
o Dirección Particular
o Teléfono
o Correo Electrónico
o Experiencia profesional previa con fechas, puesto o posición, empleador, datos de contacto de referencia
• Copia de créditos universitarios (cursando carrera) o título universitario de técnico o licenciatura,
VI. Criterios para selección
Se verificarán la presentación de la documentación y requisitos evaluados de la siguiente manera
Criterios/conceptos | Baremo |
Formación | 20% |
Experiencia | 40% |
Méritos adicionales | 15% |
Entrevista | 25% |
Jurisdicción: como cláusula arbitral, cada proponente se acoge al arbitraje como método de resolución de distinto. El foro, domicilio, jurisdicción o sede del arbitraje será siempre la República de Panamá, teniendo como reglas el derecho privado de Panamá y la Ley No. 131 de 2013, el idioma de la jurisdicción será español en todos los casos.
Aplicarán el resto de las condiciones anexas a esta contratación:
A. Términos de Referencia:
1. Las tareas y principales actividades que rigen esta contratación han sido adjuntados a este documento y constituyen parte integrante del presente contrato de servicios profesionales.
B. Derechos y obligaciones de él (la) firmante
1. El (la) firmante no será considerado (a) en ningún caso como funcionario (a) de la OEI, por lo tanto no estará amparado por lo estipulado en el Artículo 3, Inmunidades y Privilegios de la OEI, del Acuerdo de Sede entre la OEI y la República de Panamá.
2. El (la) firmante estará estrictamente limitado a los términos y condiciones del presente contrato. El (la) firmante no tendrá derecho a ningún pago, prestación, subsidio, indemnización o pensión por parte de la OEI, o del Gobierno que no esté expresamente previsto en el presente contrato.
3. El horario de trabajo, los días feriados, la licencia por enfermedad y por maternidad serán los que se apliquen a los funcionarios de la Oficina Nacional OEI-Panamá. En el caso de las licencias de enfermedad y maternidad, deberán tomarse dentro de la vigencia del presente contrato y no constituyen objeto de remuneración adicional al monto total del contrato.
4. El (la) firmante de nacionalidad extranjera no estará exento (a) del pago de los impuesto aplicables en el país de nacionalidad por honorarios devengados por el presente contrato, y será de su exclusiva responsabilidad el pago con el que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato.
5. El (La) firmante de nacionalidad panameña no estará exento del pago de los impuestos y prestaciones nacionales y será de su responsabilidad exclusiva el pago con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato.
6. El derecho a vacaciones de el (la) firmante no podrá ser mayor a treinta (30) días calendario por cada once (11) meses de trabajo (proporcional) y deberán ser efectivos dentro de la vigencia del contrato, esto es antes de su renovación, vencimiento o rescisión. Este derecho no es acumulativo, ni retroactivo y por lo tanto no constituye objeto de remuneración adicional al monto total del presente contrato, aunque el contrato sea renovado.
7. Toda vez que la OEI, cierra operaciones por fiestas de fin de año, durante 15 días y cuyas fechas quedan sujetas a lo establecido por cada oficina nacional de la OEI, estos 15 días se descontarán de los 30 días de vacaciones a los que tiene derecho la contratista.
C. Supervisión y seguimiento
1. El Supervisor del Contrato, tendrá el control y la responsabilidad del cumplimiento de los términos de referencia del contrato, certificar del cumplimiento del objeto del contrato y el arreglo de las vacaciones, cuando correspondan.
2. El firmante trabajará dentro del horario establecido por la OEI, para la oficina nacional de Panamá, el mismo tendrá un mínimo de cuarenta (40) horas semanales, con un horario de lunes a viernes de 8:30 de la mañana a 5:30 de la tarde, con un descanso para almuerzo de una hora. (o según acuerdos internos de personal con la Dirección Nacional de la OEI Panamá)
X. Xxxxxxxxx corruptivas
Se exige que el (la) firmante, así como los oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos de la OEI, sin excluir ninguna de las fuentes de financiamiento, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación, o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, representan las más comunes, pero no son exhaustivas. Por esta razón, XXX actuará frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere corrupto, conforme al procedimiento establecido.
a. Fraude significa la tergiversación de datos o hecho con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de consultores o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio de El (La) firmante y de los participantes, y
b. Colusión significa las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar a El (La) firmante de los beneficios de una competencia abierta y libre.
c. Extorsión o Coacción significa el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra o bienes, un mal que constituya delito, para influir en las decisiones correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado.
d. Soborno (cohecho) significa todo acto u omisión que en función de su cargo o investidura, realice un funcionario público o quien actúe en su lugar, oferentes o terceros, contrario a sus deberes y en especial el ofrecer, recibir, dar o solicitar cualquier cosa de valor que sea capaz de influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente.
De comprobarse que el firmante ha incurrido en prácticas corruptivas, OEI podrá declararle no elegible para ser adjudicatario (a) o ser contratado (a) en el futuro con motivo de un Proyecto de la OEI y/o financiado con recursos de las fuentes de financiamiento o instituciones financieras. La inhibición que se establezca podrá ser temporal o permanente.
X. Xxxxxx, lesión o enfermedad en servicio
1. El presente contrato prevé un seguro de médico y de hospitalización, el cual estará vigente por igual término que el contrato. Los contrapagos que correspondan serán por cargo del Contratista.
F. Rescisión
1. Cualquiera de las partes puede rescindir este contrato en cualquier momento, durante todo el período de duración del mismo, dándole a la otra parte aviso por escrito de tal intención, con quince (15) días calendario de antelación, los cuales serán descontables al contratista en caso de no otorgarse.
2. Si fuera necesario despedir al firmante por conducta indebida, éste puede ser rescindido por la OEI, mediante notificación por escrito.
3. El firmante cuyo contrato finalice por cualquier circunstancia antes de su término, no podrá recibir pago alguno en concepto de vacaciones o indemnización, cuando ello corresponda.
G. Derechos de título
Todos los derechos de título, de autor intelectual o derechos de cualquier naturaleza y en cualquier forma originados bajo este contrato, pertenecerán exclusivamente a la OEI.
H. Información reservada
El (La) firmante no comunicará a ninguna persona, o entidad externa a la OEI, información reservada que haya conocido en el curso del desempeño de sus deberes bajo los términos de este contrato, excepto si lo autoriza OEI. Esta condición se mantendrá vigente aún después de la expiración o rescisión del contrato.
I. Normas de conducta
El (La) firmante deberá conducirse en todo momento con el mayor respeto hacia los propósitos y principios de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), establecidos en este contrato. El (La) firmante no participará en ninguna actividad que sea incompatible con estos objetivos y principios o el correcto desempeño de sus deberes en el proyecto. Evitará cualquier acción y en particular cualquier tipo de pronunciamiento público que pueda reflejarse adversamente en dicha relación. Aunque se respetarán las convicciones políticas o religiosas de el (la) firmante, éste siempre deberá tener presente la reserva y tacto requeridos en virtud de su relación con la OEI.