COPIA ELECTRÓNICA
COPIA ELECTRÓNICA
xxxxxx.xx diputación
Atención al Municipio y Contratación
contratación
Número de orden 052/2020
Objeto: Suministro de plantas al Vivero Provincial en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019, dividido en dos lotes (Lote 1: Árboles en contenedor) Sum. 009/2019 Importe base: 22.682,59 € I.V.A.: 2.268,26 € Importe Total: 24.950,85 € Contratista: XXXX XXX XXXXXXXX AVEDILLO. Delegación: Medio Ambiente, Turismo Interior y Cambio Climático Servicio Administrativo: Medio Ambiente Servicio Técnico: Sanidad y Calidad Ambiental Tramitación: Ordinaria Procedimiento: Abierto simplificado Adjudicación: Mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 11/11/2020, punto 2.1.3.
CONTRATO ADMINISTRATIVO
La Diputada de la Delegación de Atención al Municipio y Contratación Xx. Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, con D.N.I. 44.586.030-R, que interviene en nombre de la Excma. Diputación Provincial de Málaga de conformidad con la delegación efectuada por Decreto Nº. 4540/2020, de 12 de noviembre y X. Xxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, titular del D.N.I. 28690550-M, en representación de la empresa del mismo nombre, con domicilio social en X/Xxxxxxxx xx Xxxxxx, xx 00, xxxxxxxxx 00000 Xxxxxxx (XXXXXXX), formalizan el presente contrato administrativo para el que tienen y se reconocen plena capacidad, y que se regirá por las siguientes estipulaciones:
ANTECEDENTES
1.- Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sus correspondientes Anexos, Pliego de Prescripciones Técnicas, aprobación del expediente de contratación y autorización del gasto.
Fdo. DEL XXXXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX - 28690550M
Fecha de firma: 2020.11.18 19:47:38 CET
El expediente de contratación que contiene el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (CSV: 4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604), sus correspondientes Anexos (CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7), y el Pliego de Prescripciones Técnicas (CSV: dc168d42d09ed073018a068633091bf71c2f7dc5), fue aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 30/10/2019, punto 3.8, autorizándose el gasto cuyo presupuesto máximo de licitación es de 46.100,15 €, I.V.A. de 4.610,01 €, siendo el importe total de 50.710,16 €, (22.682,59.- €, I.V.A. de 2.268,26.- € e importe total de 24.950,85.- € para el Lote 1, y 23.417,55.- €, I.V.A. de 2.341,76.- € e importe total de 25.759,31.- € para el Lote 2), declarando el carácter ordinario de la tramitación, dividiéndose el objeto del contrato en los lotes siguientes con cargo a la aplicación presupuestaria y anualidad que se indican:
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 1 DE 102
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CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN (CSV): LE1-dc938480-30383092-20110c30-d84c32c1-c8059934
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento administrativo electrónico archivado por la Dirección General de Patrimonio del Estado, según el artículo 27.3 c) de la Ley 39/2015, de 2 de octubre. Su autenticidad puede ser contrastada a través del siguiente enlace xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxxxxXXX
Lote | Año | Aplicación Presupuestaria | Importe |
Lote 1: Árboles en contenedor | 2019 | 2311/1712/46201 Proyecto de gasto 2019.5.1712.1 | 24.950,85.-€ |
Lote 2: Xxxxxxxx y vivaces en contenedor | 2019 | 2311/1712/46201 Proyecto de gasto 2019.5.1712.1 | 25.759,31.-€ |
TOTAL | 50.710,16.-€ |
2.- Adjudicación y disposición del gasto.
De conformidad con el orden jurídico vigente, se ha procedido a la adjudicación del Lote 1: Arboles en contenedor del Suministro de plantas al Vivero Provincial en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019, dividido en dos lotes, mediante acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 11/11/2020, punto 2.1.3, en la cantidad de 22.682,59.- €, I.V.A. de 2.268,26.- € e importe total de 24.950,85 €, a la empresa Xxxx xxx Xxxxxxxx Avedillo, en razón de lo contemplado en el Art. 145 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
El importe de dicha adjudicación se distribuirá con cargo a la aplicación presupuestaria nº 2601/1712/46201 Proyecto de Gasto 2019.5.1712.1 "2.23.AG.04/C”, de la anualidad 2020. AD-000000000000.
3.- Garantía.
Conforme a la carta de pago Nº. 320190008432, de fecha 16/12/2019, el adjudicatario ha constituido la garantía definitiva de 929,99.- €. que no será devuelta o cancelada, hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste, sin culpa del contratista.
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de poder adjudicador y adjudicatario, este contrato lo formalizan en el presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Términos de la adjudicación.
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 2 DE 102
X. Xxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, en representación de la empresa del mismo nombre, se compromete a la ejecución del Lote nº 1: Árboles en contenedor del contrato de “Suministro de plantas al Vivero Provincial en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019, dividido en dos lotes”, Expte. Sum.- 009/2019, en los términos de su
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Atención al Municipio y Contratación
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contratación
oferta y con arreglo al Pliego de Prescripciones Técnicas y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna.
SEGUNDA: Términos de la oferta presentada por el adjudicatario respecto a los criterios de valoración cuantificables de forma automática:
1.- Proposición económica: El precio del Lote nº 1: Árboles en contenedor del contrato es de 22.682,59.- €, I.V.A. de 2.268,26.- € e importe total de 24.950,85 € y porcentaje de descuento sobre los precios sin I.V.A. de 18,00 %.
2.-Plazo de entrega: El plazo de entrega es de 1 día hábil desde la petición por el Servicio de Sanidad y Calidad.
TERCERA: Plazo de ejecución del contrato y prórrogas.
El plazo de entrega de 1 día hábil desde la petición por el Servicio de Sanidad y Calidad y el plazo de ejecución será desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato correspondiente a este Lote, hasta agotar el importe del mismo, sin posibilidad de prórrogas.
CUARTA: Plazo de garantía del contrato.
El plazo de garantía es 1 mes desde la finalización del plazo de ejecución del contrato por lote.
QUINTA: Revisión de precios.
De acuerdo con lo señalado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en este contrato no procede la revisión de precios.
SEXTA: Causas de modificación.
No procede.
SÉPTIMA: Condiciones especiales de ejecución del contrato.
Las condiciones especiales de ejecución del contrato previstas vienen recogidas en el Anexo nº 11, y son las que se detallan a continuación:
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Recuperación o reutilización a cargo del contratista del material de envasado y de los productos usados (clausula de contenido medioambiental) para los dos lotes objeto del contrato:
Es un suministro de bienes en recipientes (contenedores, macetas, bandejas,….) reutilizables y reciclables.
Es obligación del adjudicatario retirar (para poder reciclar o reutilizar) cualquier envase que venga con el producto a instancias del responsable del contrato, en un plazo no superior a 20 días hábiles desde la notificación por parte de éste. Transcurrido dicho plazo sin atender al requerimiento, el Responsable del Contrato elaborará un informe al respecto e impondrá una penalidad de 25,00 € por cada día de retraso en la retirada hasta un máximo de 2.495,09 € para el lote nº 1 y 2.575,93 € para el lote nº 2, no superando la suma de los mismos el 10% del importe total del contrato.
OCTAVA: No alteración de la aptitud de contratar.
El contratista manifiesta que no han variado las circunstancias que fueron tenidas en cuenta para concederle la clasificación (o que justifiquen su solvencia) y que pudieran dar lugar a una revisión de la misma, ni las que acreditan la personalidad jurídica del empresario y/o su representación.
NOVENA: Responsable del contrato.
El responsable de este contrato es el Jefe del Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental.
DÉCIMA: Naturaleza del contrato y legislación aplicable.
Este contrato es de naturaleza administrativa siendo competente la Jurisdicción Contencioso Administrativa para conocer de los conflictos que de su interpretación y aplicación puedan surgir.
El contratista presta su conformidad al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige para este contrato, y se somete, para lo no previsto en el mismo, a los preceptos de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, así como al Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, en todo aquello en lo que no se oponga a dicha Ley.
En prueba de conformidad, las personas antes mencionadas firman el presente contrato en las fechas indicadas por las diferentes herramientas electrónicas utilizadas para la realización de este acto, resultando la última de ellas la de formalización del contrato.
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E X P T E . S U M . - 9 / 2 0 1 9
P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S
P A R T I C U L A R E S
S U M I N I S T R O
P R O C E D I M I E N T O
A B I E R T O S I M P L I F I C A D O
OBJETO: SUMINISTRO DE PLANTAS AL VIVERO PROVINCIAL DIVIDIDO EN DOS LOTES, INCLUIDO EN EL PLAN PROVINCIAL DE ASISTENCIA Y COOPERACIÓN 2019.
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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P L I E G O D E C L Á U S U L A S A D M I N I S T R A T I V A S P A R T I C U L A R E S P A R A L A C O N T R A T A C I Ó N D E S U M I N I S T R O S M E D I A N T E
P R O C E D I M I E N T O A B I E R T O S I M P L I F I C A D O
Í N D I C E
1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
2.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y LEGISLACIÓN APLICABLE.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
4.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA.
6.- ÓRGANOS CON COMPETENCIA EN CONTABILIDAD PÚBLICA, IDENTIFI- CACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DEL DESTINATARIO.
7.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN.
9.- COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
10.- INFORMACIÓN A LOS INTERESADOS.
11.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
12.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONCURRENTES.
13.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES, PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN, CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
14.- VERIFICACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y PUBLICIDAD.
16.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
17.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
18.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
19.- IMPOSICION DE PENALIDADES AL CONTRATISTA.
20.- SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS.
21.- PLAZO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.
22.- ABONOS AL CONTRATISTA.
23.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
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4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
24.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
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25.- SUCESIÓN DEL CONTRATISTA.
26.- CESION DEL CONTRATO.
27.- PROTECCION DE DATOS.
28.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
29.- JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS.
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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A N E X O S
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ANEXO Nº. 1: CUADRO RESUMEN DEL CONTRATO. ANEXO Nº. 2: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE.
ANEXO Nº. 3: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL.
ANEXO Nº. 4: REQUISITOS Y MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA. CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE GARANTÍA DE LA CALIDAD Y/O DE NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
ANEXO Nº. 5: CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA. ANEXO Nº. 6.1: SUBCONTRATACIÓN.
ANEXO Nº. 6.2: DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SUBCONTRATISTA DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.
ANEXO Nº. 6.3: DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SUBCONTRATISTA DE SU CAPACIDAD PARA EJECUTAR EL CONTRATO.
ANEXO Nº. 7: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
ANEXO Nº. 8.1: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS.
ANEXO Nº. 8.2: PARÁMETROS PARA IDENTIFICAR LOS CASOS EN QUE UNA OFERTA SE CONSIDERA ANORMAL.
ANEXO Nº. 9: MODELO DE OFERTA ECONÓMICA. ANEXO Nº. 10: ADMISIBILIDAD DE VARIANTES.
ANEXO Nº. 11: CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ANEXO Nº. 12: PENALIDADES.
ANEXO Nº. 13: OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO.
ANEXO Nº. 14: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.
ANEXO Nº. 15: CAUSAS ESPECÍFICAS DE MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
ANEXO Nº. 16: MESA DE CONTRATACIÓN.
ANEXO Nº. 17: INFORMACIÓN SOBRE OBLIGACIONES.
ANEXO Nº. 18: OFERTA INTEGRADORA / LIMITES EN SUPUESTO DE LOTES. ANEXO Nº. 19: DOCUMENTOS Y/O PLANTILLAS.
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO Nº. 20: COMPROMISO PARA LA INTEGRACIÓN DE SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS.
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ANEXO Nº. 21: EMPLEO DE MEDIOS DISTINTOS A LOS ELECTRÓNICOS EN EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
ANEXO Nº. 22: DECLARACIÓN RESPONSABLE EN CONTRATOS RELACIONADOS CON MENORES DE EDAD.
ANEXO Nº. 23: DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN ESPAÑOLA.
ANEXO Nº. 24: MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS Y CONCRECIÓN DE SOLVENCIA.
ANEXO Nº. 25: MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE. ANEXO Nº. 26: DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
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1.1.- El contrato al que se refiere el presente Xxxxxx tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles que se relacionan en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que se resume en el apartado Anexo Nº. 1, con expresión de la codificación correspondiente.
En todo caso tendrán la consideración de contratos de suministro los señalados en el apartado 3 del artículo 16 LCSP.
1.2.- Los bienes que integran esta contratación podrán ser ofertados por lotes o unidades independientes, siempre que así se especifique en el Anexo Nº. 1 debiendo especificarse claramente, en este caso, por los licitadores, los lotes a los que concurren .
1.3.- Las especificaciones técnicas de los bienes quedan descritas de forma expresa en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
1.4.- El suministro incluye la distribución, montaje, instalación y puesta en marcha, en caso de ser necesario, de los bienes objeto de esta contratación, de conformidad con los destinos que se especifican en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y LEGISLACIÓN APLICABLE.
2.1.- El presente contrato es de carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego y por el de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en los mismos serán de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), así como cualesquiera otras normas que modifiquen la misma, sin perjuicio de sus disposiciones de desarrollo, incluyendo, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, el RD 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001 , de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), en todo aquello en lo que no se oponga a los anteriores, las disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 xx xxxxx. Asimismo, se estará a lo dispuesto en el Derecho Comunitario de acuerdo con su valor normativo en función de su carácter de derecho interno y demás disposiciones de aplicación en cuanto no se opongan a lo dispuesto en la legislación de contratos. Supletoriamente, se regirá por las restantes normas de Derecho Administrativo y, en defecto de éste último, serán de aplicación las normas del Derecho Privado.
2.2.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos Anexos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgadas por la Diputación que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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2.3.- En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato .
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO.
3.1.- El presupuesto base de licitación formulado por la Diputación atiende al límite máximo de gasto que figura en el Anexo Nº. 1, incluido el I.V.A., salvo disposición en contrario.
El presupuesto base de licitación se desglosará en el Anexo Nº. 1, con indicación de los costes directos e indirectos, así como otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de las personas empleadas para su ejecución formen parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia.
En los contratos de suministros que se tramiten al amparo de lo dispuesto en la DA 33ª LCSP en los cuales el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas incluidas en el objeto del contrato se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, el presupuesto base de licitación tendrá carácter estimativo y en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidade s reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, el órgano de contratación podrá modificar el contrato como consecuencia de tal circunstancia.
3.2.- El valor estimado de este contrato, recogido en el Anexo Nº. 1, se fija atendiendo al importe total pagadero, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, teniendo en cuenta además cualquier forma de opción eventual, las eventuales prórrogas, las primas o pagos a los candidatos cuando se hayan previsto así como las modificaciones previstas en el Anexo Nº. 15 y demás conceptos que puedan conformarlo en los términos del artículo 101 LCSP.
El método de cálculo del valor estimado figura recogido en el Anexo Nº. 1 con indicación de todos los conceptos que la integran, incluyendo en todo caso y siempre que existan los costes laborales.
3.3.- El precio del contrato se abonará al contratista en función del suministro / arrendamiento realmente efectuado y de acuerdo con lo pactado. Se entenderá en el precio el importe a abonar en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, que, en todo caso, se indicará como partida independiente.
La posibilidad -en los términos del artículo 302 de la LCSP- de que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de o tros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por cien del precio total se recogerá en el Anexo Nº. 1.
El precio del contrato sólo podrá ser objeto de revisión periódica y predeterminada en los términos del artículo 103 LCSP, previa justificación en el expediente, a cuyo efecto se aplicará la fórmula o sistema recogido en el Anexo Nº. 1.
Únicamente en los contratos no sujetos a regulación armonizada a los que se refiere el apartado 2 del artículo 19 LCSP cabrá la revisión periódica no predeterminada o no
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XXXXX XXXXXXX XXXXXX (JEFA SERVICIO CONTRATACION Y PATRIMONIO) ****812** 04/10/2019 15:11:56 CET
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4d7ebc7cb260668d52adc98bca61a81b330c4604 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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periódica del precio en los términos establecidos en la Ley 2/2015 , de 30 xx xxxxx, y en el RD 55/2017, de 3 de febrero.
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3.4.- El expediente de contratación podrá ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se establecen en la legislación aplicable a las Haciendas de las Entidades Locales.
3.5.- Se rechazarán las ofertas que superen el presupuesto base de licitación.
3.6.- En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
4.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
4.1.- Existe crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato con cargo a la aplicación presupuestaria que recoge el Anexo Nº. 1, distribuido, en su caso, en las anualidades que se señalen.
4.2.- Se podrán tramitar anticipadamente los contratos cuya ejecución material haya de comenzar en el ejercicio siguiente o aquellos cuya financiación dependa de un préstamo, un crédito o una subvención solicitada a otra entidad pública o privada haciéndose constar tal circunstancia en el Anexo Nº. 1, quedando sometida la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente o la efectiva consolidación de los recursos que han de financiar el contrato respectivamente.
4.3.- Si la financiación del contrato ha de realizarse con aportaciones de distinta procedencia, aunque se trate de órganos de una misma Administración pública, se tramitará un solo expediente por el órgano de contratación al que corresponda la adjudicación del contrato, debiendo acreditarse en aquel la plena disponibilidad de todas las aportaciones y determinarse el orden de su abono, con inclusión de una garantía para su efectividad.
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA.
El plazo total de ejecución del contrato será el fijado en el Anexo Nº. 1 y comenzará a contar a partir del día siguiente al de la firma del contrato, salvo que en dicho apartado se establezca un plazo diferente, pudiendo ser prorrogado en los términos fijados en el Anexo Nº. 1 por el órgano de contratación con carácter obligatorio para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato (a excepción de los contratos de duración inferior a dos meses), y sin que la duración total de éste incluidas las prórrogas, pueda exceder de cinco años, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 LCSP.
La duración de los contratos de suministro / arrendamiento de bienes muebles no podrá exceder, incluyendo las posibles prórrogas que acuerde el órgano de contratación, de cinco años.
No obstante lo anterior, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado un nuevo contrato que garantice la continuidad del suministro a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles
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para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir el suministro, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.
En ningún caso se podrá solicitar la prórroga del contrato por parte del contratista con una antelación superior a tres meses al vencimiento del contrato.
6.- ÓRGANOS CON COMPETENCIA EN CONTABILIDAD PÚBLICA, IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DEL DESTINATARIO.
De conformidad a la Disposición Adicional Trigésimo Segunda, apartado segundo LCSP, se indican expresamente en el Anexo Nº. 1 el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública así como la identificación del órgano de contratación y del destinatario, los cuales deberán constar en la factura o facturas correspondientes.
7.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO.
7.1.- Sólo podrán contratar con la Diputación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, así como los medios y documentación para su acreditación serán los exigidos en el Anexo Nº. 4 .
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato, circunstancia que se indicará en el Anexo Nº. 1.
Asimismo, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía a través del correspondiente certificado, acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
En los supuestos en que se prevea la contratación por lotes, los requisitos de capacidad de obrar, solvencia económica, financiera y técnica o profesional así como los medios y documentación para su acreditación, la clasificación del contratista, cuando sea exigible, y la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato, se indicarán en los correspondientes anexos con carácter separado para cada lote.
7.2.- Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de este contrato cuando sus prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no españoles de los Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se estará a lo establecido en los artículos 67, 78.1 y 97 LCSP.
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LCSP.
Para el resto de las empresas extranjeras se aplicará lo dispuesto en el artículo 68
7.3.- No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en
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la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
7.4.- El órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el empresario cumple determinadas normas de garantía de calidad, o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 LCSP, según se indique en el Anexo Nº. 4.
7.5.- Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de cualesquiera contratos, así como la coordinación en materia de seguridad y salud, no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos, ni a las empresas a éstas vinculadas en el sentido establecido en el apartado 2 del artículo 70 LCSP.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN.
El presente contrato será adjudicado por el procedimiento abierto simplificado regulado en el artículo 159 LCSP, siendo de aplicación en relación con lo no previsto en dicho artículo las normas generales aplicables al procedimiento abierto.
En este procedimiento todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
La licitación del contrato se publicará en el Perfil de contratante de conformidad con el artículo 159.2 LCSP, encontrándose disponible por medios electrónicos toda la documentación necesaria para la presentación de la oferta desde el día de la publicación del anuncio en dicho perfil de contratante.
9.- COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
En ningún caso podrá formar parte de las Mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas, personal eventual. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios xx xxxxxxx suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente.
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La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. Los miembros de la Mesa de Contratación serán los que se determinen en el Anexo Nº. 16. Se podrán constituir Mesas de Contratación permanentes.
La Mesa de Contratación, como órgano de asistencia al órgano de contratación, podrá solicitar antes de formular su propuesta cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
También se podrán requerir informes a las organizaciones sociales de usuarios destinatarios de la prestación, a las organizaciones representativas del ámbito de actividad al que corresponda el objeto del contrato, a las organizaciones sindicales, a las organizaciones que defiendan la igualdad de género y a otras organizaciones para la verificación de las consideraciones sociales y ambientales.
A las reuniones de la Mesa, podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
10.- INFORMACIÓN A LOS INTERESADOS.
10.1.- Los órganos de contratación ofrecerán acceso a los pliegos y demás documentación complementaria por medios electrónicos a través del perfil de contratante, acceso que será libre, directo, completo y gratuito, y que deberá poder efectuarse desde la fecha de la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante.
10.2.- Los órganos de contratación proporcionarán a todos los interesados en el procedimiento de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten, a condición de que la hubieren pedido al menos 12 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas tendrán carácter vinculante y, en este caso, deberán hacerse públicas en el correspondiente perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
CIONES.
11.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSI-
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación
que rigen la licitación y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 142 LCSP sobre admisibilidad de variantes en su caso recogidas en el Anexo Nº. 10 y en el artículo 143 LCSP sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él
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suscritas. La presente limitación se apreciará en el caso de división del objeto del contrato en lotes de forma separada para cada lote.
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11.1.- Plazo y lugar de presentación de las proposiciones.
La presente licitación tiene carácter electrónico, no siendo admisible la presentación de ofertas en ningún registro físico . No obstante, no será exigible el empleo de medios electrónicos en el procedimiento de presentación de ofertas en los supuestos previstos en la DA 15.3 LCSP, en los términos y condiciones señalados en los Anexos Nº. 1 y 21 (anexo este último cuyas prescripciones sobre la forma de presentación de ofertas serán de aplicación en lugar de las señaladas en el presente pliego.
Los licitadores deberán preparar y presentar obligatoriamente sus ofertas a través de la Herramienta de preparación y presentación de ofertas, de acuerdo con lo previsto en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx.
A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado de la Plataforma de Contratación del Sector Público y rellenar tanto los datos básicos como los datos adicionales (Ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas (Guía del Operador Económico) disponible en el anterior enlace).
En el presente procedimiento de licitación no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos.
Las ofertas deberán enviarse a través de la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas” y recepcionarse antes de las 12:00:00 horas del siguiente al último día que se indique en el anuncio de licitación. No se admitirán proposiciones que no estén presentadas (enviadas y recepcionadas) en dicho plazo. El plazo para la presentación de proposiciones no podrá ser inferior a quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el perfil de contratante del anuncio de licitación. El plazo anterior no se reducirá en los supuestos de tramitación urgente ex artículo 159.5 LCSP.
Todas las referencias contenidas a lo largo del presente pliego a “ sobres” se entenderán hechas a “sobres electrónicos”.
11.2.- Forma de presentación de las proposiciones.
Los suministros / arrendamientos que constituyen el objeto del presente contrato podrán ser ofertados por los licitadores en su totalidad o, cuando así esté previsto en el Pliego, por lotes, efectuándose la adjudicación en atención a los lotes ofertados. En todo caso, cuando la contratación esté prevista por lotes, las ofertas contendrán el preci o ofertado por cada lote.
La división del contrato en lotes, la posible limitación en el número de lotes a ofertar por los licitadores y/o a adjudicar a los mismos así como la posibilidad de presentar una oferta integradora, se hará constar expresamente en el Anexo Nº. 1.
Por lo que se refiere a los requisitos y condiciones para la presentación de una oferta integradora y a la aplicación, en su caso, de límites en relación con los lotes, se estará a lo dispuesto en el Anexo Nº. 18.
En el supuesto de división del contrato en lotes las proposiciones se presentarán de forma separada para cada lote (es decir, un sobre A, y en su caso un sobre B, para cada lote).
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Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá encontrarse redactada en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano. En el supuesto de que por razón de las particularidades del contrato se requiera la presentación de documentos o plantillas adicionales y/o diferentes de las recogidas con carácter general se hará constar tal circunstancia en el Anexo Nº. 19.
A la hora de presentar sus ofertas los licitadores habrán de tener en cuenta los límites que se establecen en la Guía de Licitación Electrónica que puede consultarse en la Plataforma. –apartado Guías de Ayuda-. Cualquier incidencia técnica a la hora de presentar la oferta deberá ponerse de manifiesto en la dirección xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx. Se recomienda a este respecto que las empresas comprueben previamente el cumplimiento de los requisitos técnicos que se indican en la Guía.
La entidad licitadora deberá firmar las ofertas y sobres que las incluyen en su presentación utilizando un certificado de firma electrónica emitido por un proveedor de servicio de certificación reconocido por la plataforma de @firma - para más información, consulte el siguiente enlace: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxxx-xxxxx-xxx -. Igualmente, la documentación anterior deberá ser firmada electrónicamente y adjuntada en el formato indicado al efecto.
Se recomienda que antes de realizar la firma de los documentos y sobres se verifique que dispone de un certificado válido.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la Herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
Una vez realizada la presentación, la herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 159 LCSP, la oferta se presentará en un único sobre (sobre A) en los supuestos en que en el procedimiento no se cont emplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, o en dos sobres (sobre A y sobre B) en el caso contrario.
Xxxxx excluidas aquellas proposiciones que incluyan información sobre los criterios evaluables mediante fórmulas en el sobre relativo a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor (en caso de existir éstos).
No obstante lo anterior, cuando no existan criterios sujetos a juicio de valor, la inclusión en el sobre A (requisitos previos) de información relativa a criterios evaluables de forma automática, no determinará de por sí la exclusión de la oferta.
11.2.1.- SOBRE A. (Único sobre a presentar cuando NO se contemplan criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor).
En aquellos supuestos en que con arreglo a lo dispuesto en el Anexo Nº. 7 no se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor se presentará un único sobre en el que se incluirán los siguientes documentos:
1.- Índice de los documentos que se aportan.
2.- Todos los licitadores deberán presentar en el sobre “A” la declaración responsable del firmante respecto a ostentar la representación de la sociedad que presenta la oferta; a contar con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente; a contar con las autorizaciones necesarias para ejercer la
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actividad; a no estar incurso en prohibición de contratar alguna, y finalmente se pronunciará sobre la existencia del compromiso a que se refiere el artículo 75.2 LCSP, declaración responsable que se ajustará al modelo señalado en el Anexo Nº. 2. La declaración responsable incluirá igualmente la designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» en los términos de la DA 15 LCSP así como, en el caso de tratar-se de una empresa extranjera, el sometimiento al fuero español.
3.- En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas también deberá presentar la declaración responsable según el modelo del Anexo Nº. 2.
4.- En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará la declaración responsable por cada uno de los integrantes de la misma en atención al modelo del Anexo Nº. 2.
Adicionalmente a las declaraciones, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 25 suscrito por cada uno de los integrantes de la misma, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones y la participación de cada una de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato, designando un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significat iva. En el supuesto de que se designe como representante de la unión a una persona jurídica, deberá designarse asimismo un representante con poderes bastantes para actuar por la misma.
5.- Además de la declaración responsable, las empresas extranjeras en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 23. En el supuesto en que varias empresas extranjeras concurran agrupados en una unión temporal, se aportará el modelo por cada uno de los integrantes de la misma.
6.- Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
7.- En el supuesto de que así se haya exigido en el Pliego (Anexo Nº. 5) se aportará compromiso del empresario de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales precisos y, en caso de haberse así exigido, los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación con arreglo al artículo 76.1 LCSP, todo ello con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 24. En el supuesto en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará el modelo por el empresario o empresarios integrantes de la misma que asuman el compromiso.
En los supuestos en que se prevea la contratación por lotes, los medios personales o materiales a adscribir en la ejecución del contrato o la especificación de los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación podrán exigirse, en su caso, por la Administración en el Anexo Nº. 5 con carácter separado para cada lote, debiendo el licitador presentar el modelo del Anexo Nº. 24 por cada lote en que proceda.
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8.- En el supuesto de que se haya señalado en el Anexo Nº. 17 el organismo u organismos de los que los candidatos o licitadores puedan obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de t rabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los trabajos efectuados en la obra o a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, se aportará manifestación expresa con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 26 por parte de los licitadores de haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en aquellas materias. En el supuesto en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal se aportará el modelo por cada uno de los empresarios integrantes de la misma.
9.- Documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso exigida. En todos los supuestos en que el Anexo Nº. 1 exija la constitución de garantía provisional, se aportará el documento acreditativo de haberla constituido.
En el caso de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en aquella, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
10.- Declaración responsable sobre la pertenencia o no del licitador a una empresa dominante, según modelo recogido en el Anexo Nº. 3. A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 RGLCAP, en relación con el artículo 149.3 LCSP, los licitadores deberán presentar declaración concerniente a su pertenencia o no al mismo grupo o encontrarse o no en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, en caso afirmativo, con indicación de los que se presentan a licitación .
11.- En los supuestos en que así se haya exigido en el Anexo Nº. 1, se incluirá una declaración responsable con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 22 de que no participará en la ejecución del contrato trabajador o personal voluntario alguno que haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir, previa justificación en el expediente, a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. El plazo para la presentación de la documentación solicitada será de 4 días naturales a contar desde el requerimiento efectuado al efecto, previéndose asimismo un plazo de 3 días naturales para una eventual subsanación. La falta de presentación, presentación incompleta o extemporánea de la documentación requerida será causa de exclusión del procedimiento.
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
11.2.2.- SOBRES A y B. (Sobres a presentar cuando SÍ se contemplan criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor) .
Se presentarán dos sobres (A y B) con el siguiente contenido:
11.2.2.a).- Sobre A. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos y documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados mediante juicio de valor.
Se incluirán los siguientes documentos:
1.- Índice de los documentos que se aportan.
2.- Todos los licitadores deberán presentar en el sobre “A” la declaración responsable del firmante respecto a ostentar la representación de la sociedad que presenta la oferta; a contar con la adecuada solvencia económica, financiera y técnica; a contar con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad; a no estar incurso en prohibición de contratar alguna, y finalmente se pronunciará sobre la existencia del compromiso a que se refiere el artículo 75.2 LCSP, declaración responsable que se ajustará al modelo señalado en el Anexo Nº. 2. La declaración responsable incluirá igualmente la designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser
«habilitada» en los términos de la DA 15 LCSP así como, en el caso de tratarse de una empresa extranjera, el sometimiento al fuero español.
3.- En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas también deberá presentar la declaración responsable según el modelo del Anexo Nº. 2.
4.- En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará la declaración responsable por cada uno de los integrantes de la misma en atención al modelo Anexo Nº. 2.
5.- Adicionalmente a las declaraciones, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal con arreglo al modelo recogido en el Anexo Nº. 25 suscrito por cada uno de los integrantes de la misma, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones y la participación de cada una de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato, designando un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. En el supuesto de que se designe como representante de la unión a una persona jurídica, deberá designarse asimismo un representante con poderes bastantes para actuar por la misma.
6.- Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato, si los requisitos de solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
7.- En el supuesto de que así se haya exigido en el Pliego ( Anexo Nº. 5) se aportará compromiso del empresario de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales precisos y, en caso de haberse así exigido, los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación con arreglo
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al artículo 76.1 LCSP.
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8.- En el supuesto de que se haya señalado en el Anexo Nº. 17, el organismo u organismos de los que los candidatos o licitadores puedan obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables durante la ejecución del contrato, se aportará manifestación expresa por parte de los licitadores de haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en aquellas materias.
9.- Declaración responsable sobre la pertenencia o no del licitador a una empresa dominante, según modelo recogido en el Anexo Nº. 3. A los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 RGLCAP, en relación con el artículo 149.3 LCSP, los licitadores deberán presentar declaración concerniente a su pertenencia o no al mismo grupo o encontrarse o no en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, en caso afirmativo, con indicación de los que se presentan a licitación .
10.- Por último, la documentación que permita la valoración de los criterios para la adjudicación del contrato establecidos, en su caso, en el Anexo Nº. 7. del presente pliego evaluables mediante juicio de valor, y que serán, al menos, la detallada en el mismo, o cualquier otra documentación complementaria que estimen oportuna los empresarios licitadores.
La inclusión en el sobre A de cualquier referencia al precio del contrato o a un criterio basado en la rentabilidad o a datos de la oferta técnica relativos a criterios evaluables automáticamente o mediante fórmulas, será motivo de exclusión de la oferta.
El órgano o la mesa de contratación podrán pedir, previa justificación en el expediente, a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato. El plazo para la presentación de la documentación solicitada será de 4 días naturales a contar desde el requerimiento efectuado al efecto, previéndose asimismo un plazo de 3 días naturales para una eventual subsanación. La falta de presentación, presentación incompleta o extemporánea de la documentación requerida será causa de exclusión del procedimiento .
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
11.2.2.b).- Sobre B. Proposiciones económicas y oferta técnica evaluable automáticamente o mediante fórmulas.
Este sobre B deberá contener la proposición económica ajustada al modelo del Anexo Nº. 9 así como la documentación acreditativa del resto de los criterios valorables
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas, incluyendo un índice con toda la documentación aportada.
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12.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONCURRENTES.
12.1.- Recepción de documentación.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones y siendo registrada su entrada en la Plataforma de Contratación del Sector Público, la documentación quedará custodiada en los servidores de la Dirección General de Patrimonio del Estado.
Las entidades licitadoras obtendrán en el momento de la presentación un justificante de la misma en el que figurarán:
Conjunto de sobres que componen la oferta, incluido el de autorizaciones. Contenido de los sobres (se visualiza siempre que no estén cifrados).
Firma de los documentos y de los sobres.
12.2.- Procedimiento de Adjudicación.
Tal y como se ha señalado anteriormente, la presente licitación tiene carácter electrónico, y se instrumentará a través de los servicios de licitación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público, lo que implica la custodia electrónica de las ofertas por el sistema y la apertura y evaluación electrónica de la documentación.
En todo caso, el procedimiento de adjudicación constará de las siguientes fases, según existan o no criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor:
12.2.1.- Se contemplan criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor.
El procedimiento se desarrollará tal como sigue:
1.- Apertura del sobre A:
Finalizado el plazo de presentación de las ofertas, se procederá a la apertura del sobre “A”, relativo a la documentación de carácter general y la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor.
Cuando la Mesa de Contratación aprecie defectos subsanables u omisiones en la documentación de carácter general presentada se otorgará a los licitadores un plazo de tres días naturales con arreglo al artículo 141 LCSP para la oportuna corrección. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
Subsanadas, en su caso, las deficiencias advertidas se procederá por la Mesa de Contratación a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión del rechazo o admisión de la/las proposición/es en cuestión, procediendo a continuación a la valoración de la documentación correspondiente a los criterios de adjudicación sujetos a un juicio de valor.
La Mesa de Contratación remitirá para su informe la documentación del citado sobre al Servicio técnico correspondiente a fin de que por éste se realice el estudio de las distintas proposiciones presentadas por los licitadores. La valoración de las proposiciones se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a siete días, debiendo ser suscritas por el técnico o técnicos que realicen la valoración .
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En todo caso, la valoración a la que se refiere el párrafo anterior deberá estar efectuada con anterioridad al acto público de apertura del sobre que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas .
Los criterios de adjudicación serán los fijados en el Anexo Nº. 7.
El orden de prioridad de los criterios de adjudicación y su ponderación se recoge en el Anexo Nº. 7.
2.- Apertura del sobre B:
Por la Presidencia de la Mesa de Contratación y en acto público se procederá a manifestar el resultado de la ponderación asignada al criterio/s dependiente/s de un juicio de valor, a la vista de los informes técnicos evacuados al efecto.
A continuación, se procederá a la apertura del Sobre B de aquellas empresas que continúen en el procedimiento, evaluando y clasificando las ofertas con arreglo a los criterios de adjudicación recogidos en el Anexo Nº. 8 xxx xxxxxx, para a continuación realizar la propuesta de adjudicación en favor del candidato con mejor puntuación.
Los criterios de adjudicación serán los fijados en el Anexo Nº. 8, quedando justificada en el expediente la elección de las fórmulas para la valoración de los criterios de adjudicación.
El orden de prioridad de los criterios de adjudicación y su ponderación se recoge en el Anexo Nº. 8.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149 LCSP, la Mesa antes de proceder al requerimiento de la documentación administrativa o, en su caso, comprobaciones en el ROLECE y al requerimiento de garantía definitiva a que se refiere el artículo 159 LCSP, seguirá el procedimiento previsto en la cláusula siguiente sin que el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador pueda ser superior a 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
12.2.2.- No se contemplan criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor.
El procedimiento se desarrollará tal como sigue:
Se procederá en acto público a la apertura del único sobre (Sobre A) presentado por los licitadores.
Finalizado el plazo de presentación de las ofertas, se procederá a la apertura del único sobre relativo a la documentación de carácter general y a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas matemáticas.
Cuando la Mesa de Contratación aprecie defectos subsanables u omisiones en la documentación de carácter general presentada se otorgará a los licitadores un plazo de tres días naturales con arreglo al artículo 141 LCSP para la oportuna corrección. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
Subsanadas, en su caso, las deficiencias advertidas se procederá por la Mesa de Contratación a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión del rechazo o admisión de la/las proposición/es en cuestión, procediendo a continuación a la valoración de la documentación correspondiente a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas.
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Los criterios de adjudicación serán los fijados en el Anexo Nº. 8, quedando justificada en el expediente la elección de las fórmulas para la valoración de los criterios de adjudicación. El orden de prioridad de los criterios de adjudicación y su ponderación se recoge en el Anexo Nº. 8.
Se procederá por la Mesa de Contratación a la evaluación y clasificación de las ofertas con arreglo a los criterios de adjudicación recogidos en el Anexo Nº. 8 xxx xxxxxx, para a continuación realizar la propuesta de adjudicación en favor del candidato con mejor puntuación.
En el caso de que la oferta del licitador que haya obtenido la mejor puntuación se presuma que es anormalmente baja por darse los supuestos previstos en el artículo 149 LCSP, la Mesa antes de proceder al requerimiento de la documentación administrativa o, en su caso, comprobaciones en el ROLECE y al requerimiento de garantía definitiva a que se refiere el artículo 159 LCSP, seguirá el procedimiento previsto en la cláusula siguiente sin que el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador pueda ser superior a 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
13.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES, PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN, DOCUMENTACIÓN A APORTAR, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
13.1.- Oferta con valores anormales.
Salvo que en el Anexo Nº. 8 se estableciera otra cosa, cuando el único criterio de adjudicación sea el del precio, se aplicarán los parámetros objetivos establecidos reglamentariamente y que, en todo caso, determinarán el umbral de anormalidad por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado, sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente.
Cuando se utilicen una pluralidad de criterios de adjudicación, se estará a lo establecido en el Anexo Nº. 8 de los pliegos en el que se recogen los parámetros objetivos que deberán permitir identificar los casos en que una oferta se considere anormal.
En caso de que una proposición pueda ser considerada anormal, se tramitará el procedimiento establecido legalmente y en el que deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En cualquier caso, el plazo máximo para que justifique su oferta el licitador incurso en presunción de anormalidad no podrá ser superior a 5 días hábiles desde el envío de la correspondiente comunicación.
En todo caso, los órganos de contratación rechazarán las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201 LCSP.
Se entenderá en todo caso que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador cuando ésta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico.
En aquellos supuestos en que una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad resultara finalmente adjudicataria se le encomienda al responsable del contrato el deber de establecer los mecanismos oportunos para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del contrato con el objetivo de garantizar la correcta ejecución
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del mismo sin que se produzca una merma en la calidad de los suministros contratados, tal y como dispone el artículo 149.7 LCSP.
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13.2.- Criterio de desempate:
En el caso de que exista empate entre dos o más ofertas una vez efectuada la valoración de los criterios de adjudicación previstos en el pliego, se aplicarán los criterios de adjudicación de desempate indicados a continuación, siempre referidos a la fecha final de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate y a requerimiento de la Mesa de Contratación, y no con carácter previo.
13.3.- Documentación a aportar para la adjudicación del contrato.
La documentación a presentar, tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra por aquél, así como por los distintos integrantes de una UTE, será la siguiente:
a) La que acredite que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.
b) La que acredite la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato y así haya sido exigida en el Pliego.
c) Los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos en los términos y con la documentación señalada en el Anexo Nº. 4 a estos efectos. En los supuestos de división del contrato en lotes, deberá acreditarse la solvencia requerida para el lote cuya adjudicación se proponga. En el supuesto de que un mismo licitador se proponga como adjudicatario de varios lotes deberá acreditarse la solvencia acumulada requerida para el conjunto de dichos lotes.
d) Prueba de no estar incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión a través de declaración pertinente en el Anexo Nº. 14.
e) Acreditación por el tercero de estar en posesión, cuando así se haya exigido como solvencia adicional, de certificados de calidad o gestión medioambiental (o certificados equivalentes en los términos recogidos en los artículos 93 y 94 LCSP).
f) Acreditación de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
g) En los supuestos en que para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el contrato el empresario se base en la solvencia y medios de otras entidades, compromiso por escrito de
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éstas que van a poner a disposición de aquélla durante la ejecución del contrato los recursos necesarios, con arreglo al modelo del Anexo Nº. 20.
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h) -La constitución de la garantía definitiva procedente correspondiente al 5% del precio final ofertado, excluido IVA.
Para los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales, el representante de ésta deberá proceder a realizar el pago en nombre de la UTE; o en caso de estar pendiente de constitución, se deberá indicar expresamente en la garantía, que las empresas que conformarán la UTE responden de forma solidaria.
Cuando la garantía se constituya en metálico deberá ser depositada en el Nº. de cuenta 2103 3000 46 31120000 61 de UNICAJA.
Cuando la garantía se constituya mediante valores, aval bancario o seguro de caución, éstos tendrán que ser bastanteados por la Asesoría Jurídica de la Diputación, formalizándose de acuerdo con lo previsto en los artículos 55, 56 y 57 RGLCAP y conforme a los modelos contenidos en los Anexos III, IV, V y VI de este último, adaptados a Diputación Provincial de Málaga y contemplados en el perfil de contratante. Asimismo, en los supuestos en que se haya constituido la garantía definitiva mediante valores, aval bancario o seguro de caución deberá presentarse en el mismo plazo del artículo 150.2 LCSP en el Registro general de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, Xxxxx Xxxxxxxx Xx. 00, X.X. 29004, el documento original del valor, aval o seguro de caución, constituido en plazo.
De conformidad con el artículo 108 LCSP, el adjudicatario podrá optar por la constitución de la garantía definitiva mediante retención en el precio en la primera o primeras facturaciones que lo permitan.
Sólo cabrá dicha opción en aquellos supuestos en los que así se autorice por el órgano de contratación, mediante la inclusión de la misma en el Anexo Nº. 1 xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, requiriéndose para la aplicación de dicho opción comunicación o declaración en la que el adjudicatario manifieste expresamente su opción por la constitución de la garantía definitiva a través de este medio, comunicación notificada fehacientemente a esta Diputación Provincial dentro del plazo concedido para ello en la notificación de la propuesta de adjudicación a su favor.
En aquellos supuestos en los que el adjudicatario del contrato haga uso de esta opción, la constitución de la garantía definitiva se efectuará a través del descuento del importe de la misma en la primera factura (y, en su caso, sucesivas facturas caso de que el importe total de la primera de ellas sea inferior al importe de garantía definitiva a constituir por el adjudicatario) o documentos de pago que se presenten.
Las Sociedades Cooperativas Andaluzas sólo tendrán que aportar el 25% de las garantías que hubieren de constituir, conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Además, cuando así se indique en el Anexo Nº. 1 y de conformidad con el artículo
107.2 LCSP, se podrá exigir una garantía complementaria de hasta un 5 por 100 del precio final ofertado por el licitador que presentó mejor oferta, excluido el IVA, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 por 100 del citado precio.
La garantía responderá de los conceptos enumerados en el artículo 110 LCSP.
La Mesa verificará que el licitador propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos (sobre los cuales se haya declarado su cumplimiento con la presentación la declaración responsable. Cuando la Mesa de Contratación aprecie defectos subsanables en la documentación presentada relativa
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a las letras a), b), c), d) y e) o no se haya presentado el aval físico constituido en plazo, otorgará a los licitadores un plazo de tres días naturales para la oportuna corrección.
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En los casos en que a la licitación se presenten empresarios extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo y resulten propuestos adjudicatarios, la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se podrá realizar bien mediante consulta en la correspondiente lista oficial de operadores económicos autorizados de un Estado miembro, bien mediante la aportación de la documentación acreditativa de los citados extremos, que deberá presentar, en este último caso, en el plazo concedido para la presentación de la garantía definitiva.
En el supuesto de empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en el artículo
68 LCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado o de
no haberse atendido el requerimiento de subsanación en el plazo conferido al respecto, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En tal supuesto, se procederá a efectuar propuesta de adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, y a recabar de éste la misma documentación sin perjuicio de que, de encontrarse su oferta en presunción de anormalidad, se proceda en los términos anteriormente señalados.
13.4.- Adjudicación del contrato.
Presentada la garantía definitiva - y demás documentación en su caso requerida- y, previa fiscalización del compromiso del gasto por la Intervención Provincial en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
Cuando el pago del precio consista parte en la entrega de otros bienes en los términos del artículo 302 LCSP, en el acuerdo de adjudicación se contendrá referencia expresa a la entrega de los bienes, entrega que implicará su baja en inventario y, en su caso, la desafectación –siempre con sujeción a las normas patrimoniales-.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
13.5.- Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o desistimiento del procedimiento de adjudicación.
El órgano de contratación podrá antes de la formalización decidir no adjudicar o celebrar un contrato para el que se haya efectuado la correspondiente convocatoria por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
Se abonará a los licitadores que hayan presentado y mantenido su oferta hasta la fecha en que se publique en el perfil del contratante el acuerdo de no adjudicar o celebrar el contrato o de desistimiento del procedimiento la cuantía de 50 euros en concepto de gastos en que hubieran podido incurrir por el estudio y presentación de aquella. El abono se efectuará previa solicitud al efecto presentada por los licitadores en el plazo xx xxxx días naturales a
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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contar desde la notificación de decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o desistir del procedimiento de adjudicación.
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13.6.- Resolución y notificación de la adjudicación.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días .
La notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación y entre ella, en todo caso, deberá figurar la siguiente:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, los motivos por los que no se haya admitido su oferta, incluidos, en los casos contemplados en el artículo 126, apartados 7 y 8 LCSP, los motivos de la decisión de no equivalencia o de la decisión de que los suministros no se ajustan a los requisitos de rendimiento o a las exigencias funcionales; y un desglose de las valoraciones asignadas a los distintos licitadores, incluyendo al adjudicatario.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia respecto de las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP.
14.- VERIFICACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
14.1.- Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar del adjudicatario deberán subsistir en el momento de perfección del contrato, pudiendo el órgano de contratación efectuar a tales efectos las comprobaciones que estime oportunas.
Asimismo, en el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresas, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma con carácter previo a la formalización del contrato, cuya duración deberá ser coincidente con la del contrato hasta su extinción.
14.2.- En el caso de no reunirse las condiciones requeridas de capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar o no aportarse la escritura pública de formalización de la unión temporal de empresas no podrá formalizarse el correspondiente contrato, amén de la imposición de las penalidades correspondientes fijadas en el artículo 153.4 LCSP. En tal supuesto, se procederá a recabar la documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, sin perjuicio de que, de encontrarse su oferta en presunción de anormalidad, se proceda en los términos anteriormente señalados.
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15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Y PUBLICIDAD.
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15.1.- El contrato se formalizará en documento administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de l a adjudicación.
15.2.- La formalización del contrato deberá efectuarse dentro de los cinco días naturales siguientes a aquel en que se notifique la adjudicación.
15.3.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 120 LCSP.
15.4.- Simultáneamente con la firma del contrato, se suscribirán por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Anexos que lo acompañan por duplicado, formando ambos documentos parte del mismo.
15.5.- Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de incurrir en prohibición de contratar.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación pertinente y, en su caso, justificación de la viabilidad de la oferta en los términos antes señalados .
15.6.- La formalización de los contratos deberá publicarse, junto con el correspondiente contrato, en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del mismo en el perfil de contratante del órgano de contratación.
Podrán no publicarse determinados datos relativos a la celebración del contrato cuando se considere, justificándose debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con la legislación vigente.
En todo caso, previa la decisión de no publicar unos determinados datos relativos a la celebración del contrato, los órganos de contratación deberán solicitar la emisión de informe por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno a que se refiere la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en el que se aprecie si el derecho de acceso a la información pública prevalece o no frente a los bienes que se pretenden salvaguardar con su no publicación, que será evacuado en un plazo xxxxxx xx xxxx días.
No obstante lo anterior, no se requerirá dicho informe por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en caso de que con anterioridad se hubiese efectuado por el órgano de contratación consulta sobre una materia idéntica o análoga, sin perjuicio de la justificación debida de su exclusión en el expediente en los términos establecidos en este apartado.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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15.7.- A la firma del contrato, el contratista aportará un escrito designando representante.
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16.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.
Con independencia de la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato señalada en el Anexo Nº. 1, corresponderá al responsable del mismo supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facult ades que los pliegos le atribuyan. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a él, figurando designado en el Anexo Nº. 1.
Entre otras le corresponderán las siguientes funciones:
a) Promover y convocar las reuniones que resultan necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente en la ejecución del objeto del contrato en los términos que mejor convengan a los intereses públicos.
b) Proponer al órgano de contratación la resolución de los incidentes surgidos en la ejecución del contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 97 RGLCAP.
c) Proponer la imposición de penalidades.
d) Proponer, de ser el caso, la prórroga del contrato.
e) Proponer el ejercicio de prerrogativas contenidas en el artículo 190 y siguientes LCSP.
f) Establecer las directrices oportunas en cada caso, pudiendo requerir al adjudicatario, en cualquier momento, la información que precisa acerca del estado de la ejecución del objeto del contrato, de los deberes de adjudicatario, y del cumplimiento de los plazos y actuaciones.
g) Asistir a los actos de recepción y suscribir la/s acta/s de recepción (o documento que acredite la conformidad o disconformidad en el cumplimiento) y, de ser el caso, dar o no la conformidad a las facturas presentadas.
h) Xxxxxxx instrucciones al contratista siempre que no suponga una modificación del objeto del contrato y demás documentos contractuales.
i) Inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, del proceso de realización o elaboración del suministro contratado.
j) Emitir, en su caso, el informe al que se refiere el artículo 195.2 LCSP.
k) Proponer la realización de ensayos o análisis en los términos de la cláusula 18.1 del presente pliego.
17.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Los derechos y obligaciones del contratista y de la Diputación Provincial, amén de las generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales de aplicación, serán las recogidas en las distintas cláusulas del presente pliego.
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El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
Con carácter general, el contratista se sujetará en el cumplimiento del contrato a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas, a los documentos contractuales, a los compromisos ofertados en su proposición y a las condiciones especiales de ejecución que se prevean en el pliego y desempeñará el contrato de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el responsable del contrato, teniendo derecho a percibir como contraprestación el precio pactado.
La Administración, por su parte, además de las facultades y derechos recogidas en las distintas cláusulas xxx xxxxxx y las que le confieran las disposiciones legales de aplicación, ostentará en particular las facultades de dirección, comprobación e inspección de los trabajos a realizar por el contratista, asumiendo la obligación de abonar el precio convenido en los términos y condiciones pactadas.
18.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
18.1.- Entrega y Recepción.
La ejecución del contrato de suministro se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas (Anexo Nº. 1).
Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las prescripciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros gastos necesarios para la efectividad de la entrega incluida, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Diputación, hasta el lugar y destino a convenir. No obstante, en ningún caso el coste de la entrega, montaje y puesta en funcionamiento de los bienes objeto de suministro a cargo del contratista incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realiz arse.
Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Diputación, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Diputación será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado su objeto de acuerdo con los términos de aquel, y a satisfacción de la Diputación. La forma de constatación de la correcta ejecución del suministro será mediante informe de conformidad suscrito por el responsable del contrato en los términos y periodicidad fijados en el pliego -en los supuestos de contratos de tracto sucesivo- o acta de recepción -en los supuestos de contratos de tracto único-, previa comprobación material por parte de la Intervención de la Diputación en los casos en que ésta resulte preceptiva.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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Una vez recibidos de conformidad por la Diputación bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos.
Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos o se incumplan las prescripciones técnicas del suministro se hará constar en el acta de recepción y el responsable del contrato dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados o la procedencia de un nuevo suministro, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y cualesquiera otras observaciones que se estimen oportunas.
Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el responsable del contrato, éste la elevará con su informe al órgano de contratación que celebró el contrato, que resolverá sobre el particular. Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del responsable del contrato, se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.
Una vez cumplidos los trámites señalados en esta cláusula, si se considera que el suministro objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá a su recepción definitiva, levantándose al efecto el acta correspondiente, iniciándose en este momento el cómputo del plazo de garantía.
En los contratos de fabricación la Diputación tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma x xxxxx del adjudicatario análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
18.2.- Condiciones especiales de ejecución del contrato.
En aplicación del artículo 202 LCSP se establecerán condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato en los términos indicados en el Anexo Nº. 11 y en el anuncio de licitación.
Estas condiciones de ejecución podrán referirse, en especial, a consideraciones económicas, relacionadas con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social, pudiendo el pliego establecer penalidades, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 192 LCSP para el caso de su incumplimiento en los términos del Anexo Nº. 12 o atribuirles la consideración de obligación contractual esencial, que en caso de incumplimiento dará lugar a la resolución del correspondiente contrato.
Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución del mismo .
18.3.- Duración del contrato.
La duración del contrato será la fijada en el Anexo Nº. 1 a computar desde la fecha de formalización del contrato, salvo indicación en el mismo en otro sentido, y sin perjuicio de las posibles prórrogas que puedan acordarse, si dicha posibilidad se hubiera contemplado en el pliego.
18.4.- Obligaciones del contratista.
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Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista (entendiendo como tal los distintos adjudicatarios en los supuestos de división del objeto del contrato en lotes) las siguientes:
a) Obligaciones a cumplir por el contratista.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que sean aplicables durante la ejecución del contrato. El contratista vendrá obligado a disponer las medidas precisa en estas materias exigidas por la legislación vigente, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
El adjudicatario deberá acreditar, siempre que se le solicite por el responsable del contrato, el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Segurid ad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. En todo caso, el adjudicatario deberá presentar trimestralmente ante el responsable del contrato las certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social que reflejen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, incurriendo en causa de resolución del contrato de no cumplirse las mismas.
El adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación con arreglo a lo exigido por el artículo 122.2 LCSP.
En todo momento la empresa contratista cumplirá con lo establecido en la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el R.D. 171/2004, de 30 de enero, y cuantas otras normas le sean de aplicación.
El personal adscrito por el contratista a la ejecución del contrato no tendrá ninguna relación laboral con la Diputación, dependiendo exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto del mismo.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Diputación ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes .
En cualquier caso, indemnizará a la Diputación de toda cantidad que se viere obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
En los contratos que impliquen contacto habitual con menores de edad como destinatarios directos de la prestación o se ejecuten en espacios frecuentados principalmente por menores, no participará en su ejecución trabajador o personal voluntario alguno que haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el Artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
En los anteriores contratos las empresas adjudicatarias deberán sustituir tan pronto como tengan conocimiento y de manera inmediata cualquier personal relacionado con el contrato que haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra l a libertad e
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economía y hacienda.
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indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. El contratista quedará obligado a tener en su poder las certificaciones negativas del registro central de delincuentes sexuales del personal adscrito al contrato.
b) Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación con arreglo a lo dispuesto en el Anexo Nº. 1 en las condiciones que establecen los artículos 215, 216 y 217 LCSP, y con las excepciones recogidas, en su caso, en el Anexo Nº. 6.1.
El Órgano de contratación podrá exigir de los licitadores que indiquen en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los subcontratistas, en los términos de los Anexos Nº. 1 y 6.1.
En cualquier caso, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, tras el inicio de su ejecución, el contratista deberá comunicar al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando al tiempo que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP.
A los efectos del párrafo anterior, el contratista aportará al órgano de contratación declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar, así como documentación justificativa de su aptitud para ejecutar el importe subcontratado, en ambos casos con arreglo a los modelos de los Anexos 6.2 y 6.3.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos para la subcontratación en el apartado 2 del artículo 215 LCSP así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación constituirá causa de resolución del contrato cuando se le haya atribuido en el Anexo Nº. 13 a estos efectos el carácter de obligación esencial del contrato con arreglo al artículo 211.1.f) LCSP, procediendo en caso contrario la imposición de la penalidad fijada a estos efectos en el Anexo Nº. 12.
La Administración podrá comprobar el estricto cumplimiento en plazo y con arreglo al artículo 216 LCSP de los pagos que el contratista haya de ejecutar a los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato.
A tales efectos y previo requerimiento de la Administración, el contratista remitirá a ésta una relación detallada de los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con las condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, aportará a la Administración un justificante del cumplimiento de los plazos de pago establecidos en el artículo 216 LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Estas obligaciones se consideran condiciones especiales de ejecución, debiendo incluirse esta obligación en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos.
A los efectos del párrafo anterior, la exigencia de las anteriores obligaciones, su consideración como condición especial de ejecución y las penalidades previstas en caso de incumplimiento se incluirán en los Anexos 6.1 y 12.
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c) Plan de Seguridad y Salud en el trabajo.
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En cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y siempre que resulte procedente, el contratista deberá presentar en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (Coordinación de Actividades Interempresariales), dentro del plazo de 15 días naturales a contar desde el recibo de la notificación de adjudicación y, en todo caso, antes del comienzo de la actividad, la siguiente documentación:
Nombre y teléfono de contacto de la persona responsable de la seguridad y salud para las actividades a desarrollar.
Modelo organizativo de prevención.
Evaluación y Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Certificado de aptitud de la vigilancia de la salud de los trabajadores de la empresa puestos a disposición del cumplimiento de este contrato.
d) Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones del contratista:
Corresponde al contratista:
La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la entrega del suministro contratado .
Cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes.
e) Obligaciones relativas al suministro de información.
El contratista estará obligado, previo requerimiento y en un plazo de quince días, a suministrar al Órgano de Contratación toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía.
El Órgano de Contratación podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento a que se refiere el párrafo anterior sin que el mismo hubiera sido atendido. La multa, de 100 a 1.000 euros, será reiterada por períodos de quince días hasta el cumplimiento, sin que el total de la multa pueda exceder del 5% del importe del contrato. Para la determinación del importe se atenderá a la gravedad del incumplimiento y al principio de proporcionalidad, entre otros.
El contratista, en el plazo de 8 días hábiles a contar desde el oportuno requerimiento deberá suministrar al Órgano de Contratación información sobre los costes en que haya incurrido con motivo de la ejecución del contrato, distinguiendo entre costes directos, indirectos y otros gastos eventuales. En particular, en los contratos en que el coste de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato, el contratista deberá indicar de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales a partir del convenio laboral de referencia. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la imposición de las penalidades contempladas en el artículo 192 LCSP.
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Asimismo, en los contratos financiados con fondos de la Unión Europea el contratista deberá cumplir las obligaciones de información y publicidad comunitarias establecidas en los reglamentos de aplicación señalados en el Anexo Nº. 1.
f) Deber de confidencialidad.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información salvo que en los pliegos se establezca un plazo mayor. En el Anexo Nº. 1 se indicarán, en su caso, las cuestiones que tengan tal carácter confidencial así como el plazo del deber xx xxxxxxx.
Por su parte, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones contenidas en la Ley de Contratos del Sector Público relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, la Diputación Provincial y sus órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta técnica –y en su caso, económica-. El carácter de confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en ese procedimiento de licitación o en otros posteriores, confidencialidad que no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, se generen directa o indirectamente en el curso del procedimiento de licitación sino que únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida y, en ningún caso, a documentos que sean públicamente accesible.
19.- IMPOSICION DE PENALIDADES AL CONTRATISTA.
19.1.- Demora en la ejecución.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará de intimación previa por parte de la Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, sin perjuicio de la inclusión por el órgano de contratación de otras penalidades cuando, atendiendo a las especiales características del contrato, se considere necesario para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente, todo ello en los términos del Anexo Nº. 12.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
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La Administración tendrá las mismas facultades a que se refieren los apartados anteriores respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando se hubiese previsto en el Anexo Nº. 12 o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total .
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
Cuando la administración en el supuesto de incumplimiento de los plazos por causas imputables al contratista opte por la imposición de penalidades y no por la resolución, concederá la ampliación del plazo que estime resulte necesaria para la terminación del contrato.
19.2.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
Los pliegos podrán prever penalidades en los términos del Anexo Nº. 12 para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas no podrán ser superiores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien del precio del contrato.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades que, para tales supuestos, se determinen en el pliego.
La imposición de las penalidades previstas en los apartados 19.1 y 19.2 se llevará a cabo con arreglo al procedimiento señalado en el artículo 194.2 LCSP.
19.3.- Indemnización de daños y perjuicios.
En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a la Administración, ésta exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.
20.- SUSPENSIÓN DE LOS CONTRATOS.
Si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5 LCSP, se levantará un acta, de oficio o a instancia del contratista, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste en los términos previstos en el artículo 208 LCSP y previa acreditación de los mismos.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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21.- PLAZO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.
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21.1.- El plazo de garantía será el que se determine en el Anexo Nº. 1 a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad del suministro, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Diputación, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
21.2.- Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Diputación a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
21.3.- Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
21.4.- Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
21.5.- Terminado el plazo de garantía sin que la Diputación haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados, procediéndose a la devolución de la garantía en su día constituida .
22.- ABONOS AL CONTRATISTA.
El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Diputación con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
El pago único o total se efectuará previa presentación de la factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro.
En los supuestos en los que se constituya la garantía definitiva mediante retención en el precio se estará a lo dispuesto en la cláusula 13.3 del presente Xxxxxx.
El Acta de recepción final en el supuesto de haber pagos fraccionados habrá de acompañarse en el último pago que se efectúe.
El contratista tendrá derecho a percibir abonos parciales por operaciones preparatorias, siempre que se hallen detalladas las especificaciones a que se refiere el Art.
198.3 LCSP y el Art. 201.2 del Reglamento General de Contratos, en el Anexo Nº. 1. A estos efectos el contratista tendrá que depositar una garantía por el importe total de los referidos abonos a cuenta.
La Diputación tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210 LCSP, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta
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días los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210 LCSP, la Diputación deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes.
En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de la correcta presentación de la factura sin que la Diputación haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono .
23.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Los contratos administrativos sólo podrán ser modificados durante su vigencia por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Capítulo I, Título I del Libro II LCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 LCSP con las particularidades previstas en el artículo 207 LCSP.
En el Anexo Nº. 15 xxx xxxxxx se detallarán, en su caso, de forma clara, precisa e inequívoca los supuestos en que podrá modificarse el contrato con expresión del alcance, límites y naturaleza de la modificación, las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma por referencia a circunstancias cuya concurrencia pueda verificarse de forma objetiva y el procedimiento que haya de seguirse para modificar el contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 LCSP. En ningún caso la modificación podrá suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato ni exceder el límite del 20% del precio inicial del contrato.
Las modificaciones no previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares o que, habiendo sido previstas, no se ajusten a lo establecido en el artículo 204 LCSP solo podrán realizarse en los supuestos y con los requisitos establecidos en el artículo 205 LCSP.
Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido.
Cuando de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior la modificación no resulte obligatoria para el contratista, la misma solo será acordada por el órgano de contratación previa conformidad por escrito del mismo, resolviéndose el contrato, en caso contrario, de conformidad con lo establecido en la letra g) del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
Antes de proceder a la modificación del contrato con arreglo a lo dispuesto en el artículo 205 LCSP, deberá darse audiencia al redactor del proyecto o de las especificaciones técnicas, si éstas se hubiesen preparado por un tercero ajeno al órgano de contratación en virtud de un contrato de servicios, para que, en un plazo no inferior a tres días, formule las consideraciones que tenga por conveniente.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
contratación y patrimonio
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Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 LCSP y publicarse en el perfil del contratante.
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En los contratos de suministros en los que la determinación del precio se realice mediante precios unitarios, se podrá incrementar el número de unidades a suministrar hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, a que se refiere el artículo 205.2.c).3.º LCSP, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación.
24.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
24.1.- Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 211 y 306 LCSP así como las contempladas en las Cláusulas del presente Pliego (cuando se refieran a obligaciones calificadas como esenciales en el Anexo Nº. 13), y las expresamente establecidas en el Anexo Nº. 15 con los efectos y procedimiento previstos en los artículos 213 y 307 LCSP y 109 a 113 del Reglamento General de Contratos.
24.2.- Asimismo, podrán constituir causas de resolución del contrato imputables al contratista, siempre que se hayan calificado como obligaciones esenciales en el Anexo Nº. 13, las siguientes:
a) La información a terceros por parte del contratista en materia objeto del contrato sin previa autorización de la Diputación.
b) El abandono por parte del contratista de la prestación objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación haya dejado de desarrollarse, no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en plazo, siempre y cuando dicho retraso no sea imputable a la Administración o éste ocasionado por casos de fuerza mayor, entendiendo por tal los así establecidos en el artículo 239 LCSP. No obstante, cuando se dé este supuesto, el responsable del contrato, antes de proceder a la resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar desde el requerimiento salvo que su ejecución exija un plazo menor.
c) La imposición al contratista durante la vigencia del contrato de sanción firme en vía administrativa por parte de la Inspección de la Seguridad Social o de la Inspección de Tributos, en el ámbito de sus respectivas competencias, constatada mediante certificación expedida por la Administración competente.
d) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato.
e) En general, el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones esenciales contenidas en los documentos contractuales y recogidas en el Anexo Nº. 13.
f) Incumplimientos de carácter parcial, cuando estén previstos en el Anexo Nº. 15.
g) No presentar trimestralmente ante el responsable del contrato, las certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, que reflejen el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
h) El incumplimiento de los trámites y requisitos fijados en los artículos 215 a 217 LCSP y en el presente pliego sobre el régimen de subcontratación, cuando se hayan configurado como obligación esencial en el Anexo Nº. 13.
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i) Si no pudiese producirse la subrogación del contrato en los términos establecidos en e l artículo 98 LCSP de sucesión del contratista por no reunir la entidad a la que se atribuya el mismo las condiciones de solvencia necesarias.
24.3.- El acaecimiento o incursión en cualquiera de estas causas, en los términos establecidos, facultará a la Diputación para resolver el contrato, previa la tramitación del oportuno expediente con audiencia del contratista, con la indemnización de daños y perjuicios y demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la responsabilidad general del adjudicatario.
24.4.- La resolución del contrato dará lugar a la recíproca devolución de los bienes y del importe de los pagos realizados y, cuando no fuera posible o conveniente para la Diputación, habrá de abonar ésta el precio de los efectivamente entregados y recibidos de conformidad.
25.- SUCESIÓN DEL CONTRATISTA.
En los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que reúna las condiciones de capacidad, ausencia de prohibición de contratar, y la solvencia exigida al acordarse al adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio, empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquellas de la ejecución del contrato. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias se resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido.
26.- CESIÓN DEL CONTRATO.
Cuando así se indique en el Anexo Nº. 1 el contrato podrá ser objeto de cesión con los límites y requisitos del artículo 214 LCSP y en particular:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato, salvo las excepciones contempladas en el artículo 214 LCSP.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
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xxxxxx.xx diputación.
economía y hacienda.
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27.- PROTECCIÓN DE DATOS.
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La empresa adjudicataria de un contrato que implique el tratamiento de datos de carácter personal sólo lo hará conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, y no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares o en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, tomando todas las medidas de seguridad recogidas en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos y el R.D. 1720/2007 de desarrollo de la anterior así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos. Con arreglo a esta normativa y tras la firma del contrato, el responsable del mismo recabará la firma por parte del contratista de las cláusulas de confidencialidad aprobadas mediante Decreto de la Presidencia de esta Diputación Provincial.
Una vez finalizada la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a la Diputación o al encargado que ésta hubiere designado, conservando debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento.
De preverse o producirse por parte del adjudicatario de unos trabajos una subcontratación que implique tratamiento de datos de carácter personal, ésta habrá de realizarse conforme a lo regulado por la Ley Orgánica de Protección de Datos y sus normas de desarrollo.
En particular, en el caso de que un tercero trate datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los requisitos señalados en la DA 25ª, apartado 3 LCSP.
28.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de esta. Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por los contratistas durante la ejecución del contrato, en los términos y con los límites establecidos en la Ley para cada tipo de contrato. En ningún caso dichas facultades de inspección podrán implicar un derecho general del órgano de contratación a inspeccionar las instalaciones, oficinas y demás emplazamientos en los que el contratista desarrolle sus actividades, salvo que tales emplazamientos y sus condiciones técnicas sean determinantes para el desarrollo de las prestaciones objeto del contrato, constando en tal caso justificación expresa y detallada en el expediente administrativo.
En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a las prerrogativas señaladas en el párrafo anterior deberá darse audiencia al contratista.
No obstante lo anterior, será preceptivo el informe del Consejo Consultivo de Andalucía, en los casos de interpretación, nulidad y resolución, cuando se formule oposición por parte del contratista así como en los supuestos de reclamaciones dirigidas a la Administración con fundamento en la responsabilidad contractual en que ésta pudiera haber incurrido, en los casos en que las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros.
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Los acuerdos que adopte el órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
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29.- JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS.
29.1.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente de la Diputación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa.
29.2.- Contra los actos de los contratos no incluidos en el artículo 44.1 LCSP que pongan fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, y según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, recurso de reposición, ante la propia Diputación y en el plazo de un mes desde el recibo de la notificación, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Málaga, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxx_xxxxxx_xxxxxxxxxxxx.xxx
Política de firma electrónica y de certificados de la Diputación Provincial de Málaga y del marco preferencial para el sector público provincial (texto consolidado):
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx_xx_xxxxx_0.0.xxx
Procedimiento de creación y utilización del sello electrónico de órgano de la Hacienda Electrónica Provincial:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxxxxx_xxxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxxx.xxx
Acuerdo de adhesión de la Excma. Diputación Provincial de Málaga al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Electrónica de fecha 11 xx xxxx de 2016:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xx_xxxxxxxx_x_xxxxxxxxx_XXXXXX_xxxxxxxxxx_xxxxxxx.xxx
Aplicación del sistema de Código Seguro de Verificación (CSV) en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxx_XXX.xxx
Tramitación del procedimiento
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ORDINARIA
URGENTE
EMERGENCIA
PLIEGO DE XXXX XXXXX ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
ANEXO 1
CUADRO RESUMEN
n
A.- PODER ADJUDICADOR
Administración Contratante: | Diputación de Málaga |
Órgano de Contratación: | Junta de Gobierno |
Servicio Gestor: (Admi istrativo) | Medio Ambiente y Promoción del Territorio |
Servicio Gestor: (Técnico) | Sanidad y Calidad Ambiental |
Responsable/s del Contrato: | Jefe del Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental |
Unidad de Seguimiento y Ejecución: | Vivero Provincial |
Tramitación conjunta esporádica: | SI NO |
Destinatarios: (en su ca o) | 26 MUNICIPIOS relacionados en el PPT |
s
B.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
Objeto del Contrato: | Suministro de plantas al Vivero Provincial dividido en dos lotes, incluido en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019. | ||||
Nomenclatura CPV: | Ver CPV lotes | ||||
Posibilidad de licitar por lotes: | SI NO | ||||
Objeto Lote 1: | Árboles en contenedor | CPV: | 03452000-3 | ||
Objeto Lote 2: | Arbustos y vivaces en contenedor | CPV: | 03451300-9 | ||
En el supuesto de que existan varios lotes: ver anexo 18 | |||||
Límite Nº de lotes a ofertar: | SI NO | Nº. máximo: | |||
Límite Nº de lotes a adjudicar a un único licitador: | SI NO | Nº. máx.: | |||
Posibilidad de presentar oferta integradora: | SI NO | ||||
Información del contrato que tiene carácter confidencial: | SI NO Información confidencial: (cumplimentar) Deber confidencialidad: 5 años Otro Plazo: ………. |
- 1 -
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CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
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c
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C.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
TOTAL Presupuesto de licitación – sin IVA – | TOTAL IVA | TOTAL Presupuesto xx xx itación – con IVA – | |||
46.100,15 € | 4.610,01 € | 50.710,16 € | |||
Lote 1: | 22.682,59 € | Lote 1: | 2.268,26 € | Lote 1: | 24.950,85 € |
Lote 2: | 23.417,55 € | Lote 2: | 2.341,76 € | Lote 2: | 25.759,31 € |
Sistema de determinación del Presupuesto base: (se incluye el Coste de los salarios desagregados por Género y Categoría Profesional de las personas empleadas para la ejecución del contrato cuyo trabajo forma parte del precio total del contrato) (desglosar por lotes en su caso) |
PBL = COSTES DIRECTOS + COSTES INDIRECTOS + GG + BI + IVA
En los contratos de suministros es imposible desglosar cada coste. No podemos saber los costes directos de producir cada elemento a suministrar y obliga a la estimación de los costes en consultas preliminares a empresas del sector. Para un suministro de plantas, con coste de compra directo de 100,00 €, para un contratista, el desglose de Presupuesto Base de Licitación (PBL) es:
COSTES DIRECTOS | % | ||
Materiales | valor de la planta a suministrar | 100,00 € | 66,43 |
Mano de obra | Resolución de 28 xx xxxxxx de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de comercio xx xxxxxx y plantas. | ||
Conductor/a de vehículos 5 % | 5,00 € | 3,32 | |
Vehículo | Transporte x xxxxxx 10 % | 10,00 € | 6,64 |
COSTES INDIRECTOS | % | ||
En las empresas contratistas pequeñas, lo que no es coste directo va a GG. | 0,00 € | 0,00 | |
TOTAL (COSTES DIRECTOS + COSTES INDIRECTOS) | 115,00 € | 76,39 | |
Gastos Generales | 13% | 14,95 € | 9,93 |
Beneficio Industrial | 6% | 6,90 € | 4,58 |
136,85 € | 90,91 | ||
IVA 10 % | 13,69 € | 9,09 | |
TOTAL PBL | 150,54 € | 100,00 |
Presupuesto base de licitación LOTE Nº 1 | % | Importe |
Costes Directos (excluidos salariales) | 73,07 | 18.232,26 € |
Costes directos salariales | 3,32 | 828,74 € |
0 % Costes Indirectos | 0,00 | 0,00 € |
13 % Gastos Generales | 9,93 | 2.477,93 € |
6 % BENEFICIO INDUSTRIAL | 4,58 | 1.143,66 € |
10 % IVA | 9,09 | 2.268,26 € |
TOTAL | 100,00 | 24.950,85 € |
- 2 -
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Presupuesto base de licitación LOTE Nº 2 | % | Importe |
Costes Directos (excluidos salariales) | 73,07 | 18.823,03 € |
Costes directos salariales | 3,32 | 855,59 € |
0 % Costes Indirectos | 0,00 | 0,00 € |
13 % Gastos Generales | 9,93 | 2.558,22 € |
6 % BENEFICIO INDUSTRIAL | 4,58 | 1.180,72 € |
10 % IVA | 9,09 | 2.341,76 € |
TOTAL | 100,00 | 25.759,31 € |
LOTE Nº 1: DESGLOSE COSTES SALARIAL S | ||
GENERO | CATEGORÍA PROFESIONAL | COSTES SEGÚN CONVENIO |
Mujer/hombre | Conductor/a de vehículos | 828,74 € |
LOTE Nº 2: DESGLOSE COSTES SALARIALES | ||
GENERO | CATEGORÍA PROFESIONAL | COSTES SEGÚN CONVENIO |
Mujer/hombre | Conductor/a de vehículos | 855,59 € |
PRESUPUESTO ESTIMADO DA 33ª LCSPL: | SI NO |
E
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D.- VALOR ESTIMADO
(
– CON LOTES –
LOTE 1 | |||
Presupuesto de licitación | IVA excluido): | 22.682,59 | € |
Importes de las modificaciones previstas (IVA excluido): | 0,00 | € | |
Importe de las primas o pagos al candidatos: | 0,00 | € | |
Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): | 0,00 | € | |
Prórroga (IVA excluido): | 0,00 | € | |
Total Valor Estimado: | 22.682,59 | € |
LOTE 2 | |
Presupuesto de licitación (IVA excluido): | 23.417,55 € |
Importes de las modificaciones previstas (IVA excluido): | 0,00 € |
Importe de las primas o pagos al candidatos: | 0,00 € |
Importe de las opciones eventuales (IVA excluido): | 0,00 € |
- 3 -
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Prórroga (IVA excluido): | 0,00 € |
Total Valor Estimado: | 23.417,55 € |
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E.- SISTEMA DE DETERMINACIÓN DE PRECIOS
Precios unitarios referidos a los distintos componentes de la prestación: | NO |
Precios unitarios referidos a las unidades de la prestación que se entreguen o ejecuten: | Sistema elegido. |
Precios aplicables a tanto alzado a la totalidad de las prestaciones del contrato: | NO |
Precios aplicables a tanto alzado a parte de las prestaciones del contrato: | NO |
F.- FINANCIACIÓN
– CON LOTES –
LOTE 1 | |||
APORTACIÓN | ORGANISMO | % | APROBADO |
FEDER | € | ||
€ | |||
ADMON. NACIONALES | DIPUTACIÓN DE MÁLAGA | 100 | 24.950,85 € |
€ | |||
€ | |||
€ |
LOTE 2 | |||
APORTACIÓN | ORGANISMO | % | APROBADO |
FEDER | € | ||
€ | |||
ADMON. NACIONALES | DIPUTACIÓN DE MÁLAGA | 100 | 25.759,31 € |
€ | |||
€ | |||
€ |
- 4 -
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G.- ANUALIDADES Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
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– CON LOTES –
LOTE 1 | ||
AÑO | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | IMPORTE |
2019 | 2311-1712-46201 PG 2019.5.1712.1 | 24.950,85 € |
LOTE 2 | ||
AÑO | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | IMPORTE |
2019 | 2311-1712-46201 PG 2019.5.1712.1 | 25.759,31 € |
H.- OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD COMUNITARIA A CARGO DEL CONTRATISTA
No procede
Normativa de aplicación:
I.- TRAMITACIÓN DEL GASTO
Ordinaria Anticipada
J.- REVISIÓN DE PRECIOS
Revisión de Xxxxxxx: | SI NO |
Fórmula / Sistema: |
K.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRORROGA. PLAZOS PARCIALES
Plazo de ejecución: | Desde la fecha de formalización de los contratos de los diferentes lotes, hasta el 30 de noviembre de 2019, o bien hasta agotar los importes de cada uno de los lotes, en caso de que se produjera antes de la mencionada fecha. | ||
Plazos parciales: | SI NO | Detalle: | |
Prórroga: | SI NO | ||
Duración máxima de la prórroga: |
L.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO
Lugar: | Vivero Provincial: Carretera MÁLAGA, para ambos lotes. | de | Benamocarra | km. | 0,5 | 29700-XXXXX- |
M.-ADMITE VARIANTES ALTERNATIVAS
NO
SI – ver anexo 10 –
Admite variantes alternativas:
N.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
SI – ver anexo 11 –
- 5 -
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Cláusula de contenido medioambiental.
Indicar cuales:
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Ñ.- GARANTÍA PROVISIONAL
SI NO | Importe: | € |
m
O.- GARANTÍA DEFINITIVA (5 % del importe de adjudicación excluido IVA. Si la adjudicación es por precio unitario se calculará sobre el presupuesto base de licitación).
SI NO | |
Admitida constitución ediante retención precio: | SI NO |
Garantía complementaria: | Exigida: % No Exigida |
Motivación: (casos excepcionales del artículo. 107.2 LCSP) |
P.- PLAZO DE GARANTÍA
Plazo: | Un mes desde la finalización del plazo de ejecución del contrato por lote. | |
Justificación en el caso de no exigencia: |
Q.-ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO
SI – ver Anexo 5 – NO
R.- CESIÓN
SI NO
n
u
S.- SUBCONTRATACIÓN
SI | Obligación de i dicar en la oferta la parte del contrato q e tenga previsto subcontratar: | SI NO |
NO – supuestos detallados en el artículo 215.2 de la LCSP letras d) y e) – | ||
Motivo: |
T.- MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
SI – ver Anexo 15 – NO
U.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
15 días naturales
c
V.- HABILITACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA
SI NO | |
En caso afirmativo indi ar la requerida: |
- 6 -
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W.- PROGRAMA DE TRABAJO
SI NO
X.- MODO DE ABONOS
NO
SI
Mixta: dinero y otros bienes:
Descripción y ubicación de los bienes a entregar en pago: | |
Valor inicial de los bienes: (y definitivo si su incremento no es criterio de adjudicación) |
Y.-ABONOS PARCIALES
Abonos mensuales de los suministros realizados.
Indicar periodicidad:
Z.-ABONOS A CUENTA POR OPERACIONES PREPARATORIOS
No procede.
AA.- DATOS DE FACTURACIÓN
Órgano gestor: | Diputación de Málaga 2311 |
Órgano con competencias en materia de contabilidad pública (Oficina contable): | LA0007589 |
Destinatario de la prestación (Unidad tramitadora): | MEDIO AMBIENTE Y PROMOCIÓN DEL TERRITORIO LA0007611 |
AB.- EMPLEO DE MEDIOS NO ELECTRÓNICOS EN LA OFERTAS
PRESENTACIÓN DE
NO SI – ver anexo 21 –
AC.- CONTRATO RESERVADO (ex D.A. 4ª LCSP)
NO SI | En caso de lotes, indicar cuales: |
AD.- CONTRATOS RELACIONADOS CON MENORES DE EDAD
NO SI Cumplimentar declaración responsable del Anexo Nº 22
- 7 -
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ANEXO 2
N
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MODELO DE DECLARACIÓN RESPON SABLE
Sr./Sra. | con D I Nº: | |||
En nombre propio: | ||||
En representante de la empresa: | con CIF Nº: | |||
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado: | ||||
Convocado por: | ||||
DECLARA bajo su responsabilidad que: | ||||
1.- Que la empresa a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica, y de la habilitación profesional, solvencia y/o clasificación, en su caso, exigida para ejecutar el contrato de ……………………………………………………………………………………... 2.- Que la empresa licitadora cuenta con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad. 3.- Que la empresa licitadora no se encuentra incursa en prohibición para contratar de las previstas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público ni es continuación o deriva, por transformación, fusión o sucesión de otras empresas que hubieran incurrido en aquellas. 4.- Que, en su caso y tratándose de empresas extranjeras, se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. 5.- Que en caso de acudirse a otras empresas para integrar la solvencia, existe compromiso al efecto que se aportará, de ser propuesta como adjudicataria del contrato, en los términos y en el plazo del artículo 159 LCSP (y con arreglo al modelo del Anexo Nº 20). Lo que declaro a los efectos previstos en el Artº.159.4.c) de la LCSP, comprome- tiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos cuando sea requerido para ello por el órgano de contratación, indicando que la empresa posee todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable. |
- 8 -
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CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
N
a) No pertenece a ningún Grupo de Empresas: En este caso deberá indicar:
No concurren a la licitación otras empresas que se encuentren en alguno de los
supuestos del Artº. 42.1 del Código de Comercio.
Concurren a la licitación otras empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del Artº 42.1 del Código de Comercio: (indicar nombre de las otras empresas)
⮚
⮚
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MODELO DE DEC LARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL
b) Pertenece al Grupo Empresarial denominado: En este caso deberá indicar:
No concurren a la licitación otras empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del Artº. 42.1 del Código de Comercio.
Concurren a la licitación otras empresas que se encuentren en alguno de los supuestos del Artº 42.1 del Código de Comercio: (indicar nombre de las otras empresas)
⮚
⮚
DECLARA bajo su responsabilidad que la empresa que represento: (indicar a o b)
Convocado por:
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado:
en calidad de:
con CIF Nº:
En representante de la empresa:
En nombre propio:
con D I Nº:
Sr./Sra.
- 9 -
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FIRMANTE NIF/CIF FECHA Y HORA
XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 4
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REQUISITOS Y M EDIOS DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA, CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE GARANTÍA DE LA CALIDAD Y/ O DE NOR MAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
4.1.- REQUISITOS Y MEDIOS MÍNIMOS DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
Cifra anual de negocios en los tres últimos años, que referida al año de mayor volumen, deberá ser al menos una vez y medio el valor estimado del contrato, es decir:
Lote 1: Árboles en contenedor | 34.023,88 €, sin IVA |
Lote 2: Xxxxxxxx y vivaces en contenedor | 35.126,32 €, sin IVA |
La acreditación de este criterio se efectuará por medio de las cuentas anuales aprobadas y
depositadas en el Registro Mercantil, o en el registro oficial correspondiente, en caso de
empresarios individuales no inscritos en el registro Mercantil mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
No obstante lo anterior, en caso de que un mismo licitador resultase adjudicatario de los lotes 1 y 2, deberá presentar la solvencia por importe de 69.150,20 € €, sin IVA.
4.2.- REQUISITOS Y MEDIOS MÍNIMOS DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL.
Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los tres primeros dígitos del código CPV, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sean igual o superior al 70% del valor estimado del contrato que para cada lote será:
Lote 1: Árboles en contenedor | 15.877,81 €, sin IVA |
Lote 2: Xxxxxxxx y vivaces en contenedor | 16.392,28 €, sin IVA |
No obstante lo anterior, en caso de que un mismo licitador resultase adjudicatario de dos o más lotes, deberá presentar la solvencia por el importe de 32.270,09 €, sin IVA. resultante de la suma de los mismos.
Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
En las empresas de
nueva creación, la solvencia técnica de
los empresarios deberá
acreditarse mediante descripciones y fotografías de las plantas a suministrar, cuya autenticidad
- 10 -
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FIRMANTE NIF/CIF FECHA Y HORA
XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 55 DE 102
pueda certificarse a petición de la Diputación de Málaga, , aunque dado el volumen de las mismas, bastará con un 20 % de las especificadas en el catálogo por lotes.
Código CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 11 DE 44
4.3.- REQUISITOS Y MEDIOS MÍNIMOS DE ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE LA CALIDAD Y/O DE LAS NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
No procede.
- 11 -
FIRMANTE NIF/CIF FECHA Y HORA
XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 5
n
p
c
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CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA
5.1.- En los supuestos del artículo 76.1 las personas jurídicas especificarán en su oferta los nombres y cualificación profesional del personal res onsable de ejecutar la prestación en los términos de solvencia requeridos en el Anexo Nº 4: | SI NO |
5.2.- Los licitadores, nacio ales y extranjeros, además de acreditar s clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la eje como criterio de solvencia, con arreglo al artículo 76.2, los sigu | u solvencia o, en su caso ución de este contrato, ientes medios: |
Compromiso de adscripción de medios personales: ⮚ ……………………………………………….….………………………….………… ⮚ ………………………….……………………….………………………….………… ⮚ …………...…………………………………………………………………………… Compromiso de adscripción de medios materiales: ⮚ …………………………………………………...…………………………………… ⮚ …………………………………………………….…..……………………………… ⮚ ……………………………………………………..…………………………………. | |
Estos medios deberán ser acreditados en el caso de resultar ser propuesto como adjudicatario, mediante la aportación de los siguientes documentos: | |
⮚ ……………………………………………...……….…………………………………… ⮚ ……………………………………………...……….…………………………………… ⮚ …………………………………………………...….…………………………………… | |
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de los trabajos. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de: (marcar una única opción) | |
Resolución de contrato (artículo 211.letra f LCSP), en cuanto obligación esencial. Imposición de penalidades según ANEXO 12. (artículo 192.1 LCSP) | |
ACLARACIÓN: De seleccionarse en el apartado anterior la primera opción inexcusablemente deberá configurarse esta obligación de adscripción de medios como esencial en el Anexo 13. |
- 12 -
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SUBCONTRATACIÓN
Prestaciones que no admiten subcontratación: (Artículo 75.4) ⮚ ……………………………………………………….…………………………………… ⮚ ……………………………………………………….…………………………………… ⮚ ……………………………………………………….…………………………………… ⮚ ……………………………………………………….…………………………………… |
Obligación de incluir en la oferta la subcontratación prevista, señalando importe, nombre y/o perfil empresarial de los subcontratistas. Obligación de suministrar en fase de ejecución del contrato y previo requerimiento de la administración la documentación justificativa del pago a subcontratistas en los términos del artículo 217 de la LCSP (condición especial de ejecución). |
- 13 -
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
N
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DECLARACIÓN R ESPONSABLE DEL SUBCONTRATISTA DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
En nombre propio: | ||||
En representante de la empresa: | con CIF Nº: | |||
en calidad de: | ||||
al objeto de participar como subcontratista en la ejecución del contrato denominado: | ||||
Adjudicado por: | ||||
DECLARA bajo su responsabilidad que la empresa que represento: | ||||
No se encuentra incurso en prohibición de contratar del artículo 71 LCSP. |
- 14 -
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N
n
Código CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 15 DE 44
DECLARACIÓN R ESPONSABLE DEL SUBCONTRATISTA DE SU CAPACIDAD DE EJECUTAR
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
En nombre propio: | ||||
En representante de la empresa: | con CIF Nº: | |||
en calidad de: | ||||
al objeto de participar com | o n | |||
subcontratista en la ejecució del contrato denominado: | ||||
adjudicado por: | ||||
DECLARA bajo su responsabilidad que la empresa que represe to tiene la habilitación profesional en su caso requerida, acompañando justificación de ello, y tiene aptitud suficiente para ejecutar el importe subcontratado, acreditándose ello (marcar UNA ÚNICA OPCIÓN según corresponda) con la documentación que se acompaña: | ||||
Certificado de buena ejecución expedidos por entidades del sector público (referidos a los 3 últimos años). Certificado de buena ejecución expedidos por destinatarios privados (referidos a los 3 últimos años). Declaración de trabajos efectuados en los últimos 3 años (sólo destinatarios privados), según relación que se acompaña. | ||||
AÑO | TERCERO | DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS | IMPORTE | |
€. |
- 15 -
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ANEXO 7
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( Sin lotes)
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CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUA NTIFICACIÓN DEPE NDE DE UN JUICIO DE VAL OR
1.- | De | ||
2.- | De | ||
3.- | De |
- 16 -
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CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 7 . n
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( A cu mplimentar, en su caso, por cada l o t e)
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CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUA NTIFICACIÓN DEPE NDE DE UN JUICIO DE VAL OR
1.- | De | ||
2.- | De | ||
3.- | De |
- 17 -
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 8 . 1
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( Sin lotes)
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CRITERIOS DE AD JUDICACIÓN EVALUABLE S MEDIANTE LA UT ILIZACIÓN DE FÓRMULAS
1.- | De | ||
2.- | De | ||
3.- | De |
- 18 -
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ANEXO 8 . 1 . 1 .
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LOTE N º 1 : ÁRBOLES EN CONTEN EDOR
CRITERIOS DE AD JUDICACIÓN EVALUABLE S MEDIANTE LA UT ILIZACIÓN DE FÓRMULAS
1.- | Proposición Económica | De | De 0 a 40 puntos |
2.- | Mejoras en el plazo de entrega | De | De 0 a 20 puntos |
1. Proposición económica de 0 a 40 puntos:
Se ofertará un único porcentaje de descuento, con un máximo de dos decimales, que afectará a todos y cada uno de los precios unitarios correspondientes al lote que se oferta en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la no valoración de la oferta presentada en dichos términos.
Se asignará la puntuación máxima a la proposición que presente el mayor porcentaje de descuento y el resto de las proposiciones, se puntuarán en proporción directa a aquella, según la siguiente fórmula:
Las puntuaciones de las ofertas se distribuyen según la siguiente fórmula:
𝑃(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖) = {
0 𝑆𝑖 𝑂𝑀𝐴 = 0
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖
Siendo
𝑃𝑀 ∗ (
𝑂𝑀𝐴 ) 𝑆𝑖 𝑂𝑀𝐴 > 0
✓ 𝑁 → 𝑒𝑠 𝑒𝑙 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑠
✓ 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖) → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑎𝑠𝑜𝑐𝑖𝑎𝑑𝑎 𝑎 𝑙𝑎 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃𝑀 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎
✓ 𝑂𝑀𝐴 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑎𝑙𝑡𝑎. → 𝑂𝑀𝐴 = 𝑚𝑎x(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖), 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
2. Mejoras en el plazo de entrega de 0 a 20 puntos:
El plazo de entrega será, como máximo, de 30 días hábiles desde la petición por el Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental. Como mejora, se asignará la puntuación máxima a la proposición con menor plazo de entrega expresada en días hábiles y el resto de las proposiciones, se puntuarán según la siguiente fórmula:
Se asignará la puntuación máxima a la proposición que presente el menor plazo de entrega expresada en días hábiles, y el resto de ofertas se puntuarán según la siguiente fórmula:
- 19 -
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 − 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡 𝑖
Código CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 20 DE 44
Siendo
𝑃𝑖 = 𝑃𝑀 ∗ (
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 − 𝑂𝑀𝑃 )
✓ 𝑁 = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑠
✓ 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎𝑟
✓ 𝑃𝑖 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑎𝑠𝑜𝑐𝑖𝑎𝑑𝑎 𝑎 𝑙𝑎 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃𝑀 = 𝐿𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎
✓ 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 = 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎
✓ 𝑂𝑀𝑃 = 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 (𝑠𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑖𝑒𝑛𝑒 𝑐𝑜𝑚𝑜 𝑒𝑙 𝑚𝑖𝑛(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖), 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈
{1,2, … , 𝑁}
- 20 -
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ANEXO 8 . 1 . 2 .
LOTE Nº 2 : AR XXXXXX Y VIVACES EN CO NTENEDOR
CRITERIOS DE AD JUDICACIÓN EVALUABLE S MEDIANTE LA UT ILIZACIÓN DE FÓRMULAS
1.- | Proposición Económica | De | De 0 a 40 puntos |
2.- | Mejoras en el plazo de entrega | De | De 0 a 20 puntos |
1.- Proposición Económica:
Se ofertará un único porcentaje de descuento, con un máximo de dos decimales, que afectará a todos y cada uno de los precios unitarios correspondientes al lote que se oferta en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la no valoración de la oferta presentada en dichos términos.
Se asignará la puntuación máxima a la proposición que presente el mayor porcentaje de descuento y el resto de las proposiciones, se puntuarán en proporción directa a aquella, según la siguiente fórmula:
Las puntuaciones de las ofertas se distribuyen según la siguiente fórmula:
𝑃(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖) = {
0 𝑆𝑖 𝑂𝑀𝐴 = 0
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖
Siendo
𝑃𝑀 ∗ (
𝑂𝑀𝐴 ) 𝑆𝑖 𝑂𝑀𝐴 > 0
✓ 𝑁 → 𝑒𝑠 𝑒𝑙 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑠
✓ 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖) → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑎𝑠𝑜𝑐𝑖𝑎𝑑𝑎 𝑎 𝑙𝑎 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃𝑀 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎
✓ 𝑂𝑀𝐴 → 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑎𝑙𝑡𝑎. → 𝑂𝑀𝐴 = 𝑚𝑎x(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖), 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
2.-Mejoras en el plazo de entrega de 0 a 20 puntos:
El plazo de entrega será, como máximo, de 30 días hábiles desde la petición por el Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental. Como mejora, se asignará la puntuación máxima a la proposición con menor plazo de entrega expresada en días hábiles y el resto de las proposiciones, se puntuarán según la siguiente fórmula:
- 21 -
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 65 DE 102
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CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 66 DE 102
Se asignará la puntuación máxima a la proposición que presente el menor plazo de entrega expresada en días hábiles, y el resto de ofertas se puntuarán según la siguiente fórmula:
Código CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 22 DE 44
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 − 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡 𝑖
Siendo
𝑃𝑖 = 𝑃𝑀 ∗ (
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 − 𝑂𝑀𝑃 )
✓ 𝑁 = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑠
✓ 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑎𝑟
✓ 𝑃𝑖 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑎𝑠𝑜𝑐𝑖𝑎𝑑𝑎 𝑎 𝑙𝑎 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖, 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈ {1,2, … , 𝑁}
✓ 𝑃𝑀 = 𝐿𝑎 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑢𝑎𝑐𝑖ó𝑛 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑎
✓ 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚áx𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 = 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎
✓ 𝑂𝑀𝑃 = 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 (𝑠𝑒 𝑜𝑏𝑡𝑖𝑒𝑛𝑒 𝑐𝑜𝑚𝑜 𝑒𝑙 𝑚𝑖𝑛(𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑖), 𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒 𝑖 ∈
{1,2, … , 𝑁}
- 22 -
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 8 . 2
Código CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 23 DE 44
PARÁMETROS PA RA IDENTIFICAR LOS CASOS EN QUE UNA OFERTA SE CONSIDERA ANORM AL
Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- 23 -
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 67 DE 102
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 9
( Sin lotes)
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MOD ELO DE OFERTA ECONÓMI CA
1.- OFERTA ECONÓMICA. (En el supuesto de criterio precio)
Sr./Sra.: | con DNI Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre1: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
se COMPROMETE, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por la cantidad de2: | ||||
Importe Base (en letra): | ||||
Importe IVA (en letra): | ||||
Importe Total (en letra): | ||||
Importe Base (en número): | ||||
Importe IVA (en número): | ||||
Importe Total (en número): |
2.- MODELO DEL CRITERIO. (Criterio distinto del precio)
3.- MODELO DEL CRITERIO. (Criterio distinto del precio)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
- 24 -
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 68 DE 102
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CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
ANEXO 9 . 1 . 1
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LOTE N º 1 : ÁRBOLES EN CONTEN EDOR MOD ELO DE OFERTA ECONÓMI CA
1.- OFERTA ECONÓMICA. (En el supuesto de criterio precio)
Sr./Sra.: | con DNI Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre3: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato d : | Suministro de plantas al Vivero Provincial dividido en dos lotes, incluido en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019. | |||
se COMPROMETE, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por el porcentaje de4: | ||||
% de Baja efectuada sobre precios IVA excluido(4) |
e
(4) El porcentaje se expresará con dos decimales.
2.- PLAZO DE ENTREGA. (Criterio distinto del precio)
días hábiles.
Plazo de entrega en días hábiles
3 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
4 Se ofrecerá un único porcentaje de descuento sobre la totalidad de los productos y precios fijados en el apartado 4 del PPT, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la exclusión de la oferta presentada en dichos términos
- 25 -
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
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ANEXO 9 . 1 . 2 .
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LOTE Nº 2 : AR XXXXXX Y VIVACES EN CO NTENEDOR MOD ELO DE OFERTA ECONÓMI CA
1.- OFERTA ECONÓMICA. (En el supuesto de criterio precio)
Sr./Sra.: | con DNI Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre5: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato d : | Suministro de plantas al Vivero Provincial dividido en dos lotes, incluido en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019. | |||
se COMPROMETE, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por el porcentaje de6: | ||||
% de Baja efectuada sobre precios IVA excluido(6) |
e
(6) El porcentaje se expresará con dos decimales.
2.- PLAZO DE ENTREGA. (Criterio distinto del precio)
días hábiles.
Plazo de entrega en días hábiles
5 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
6 Se ofrecerá un único porcentaje de descuento sobre la totalidad de los productos y precios fijados en el apartado 4 del PPT, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la exclusión de la oferta presentada en dichos términos
- 26 -
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
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ANEXO 10
AD MISIBILIDAD DE VARIANTE S
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NO PROCEDE.
- 27 -
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m
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CONDICIONES ES PECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se sujetará a las siguientes condiciones: |
Recuperación o reutilización a cargo del contratista del material de envasado y de los productos usados (clausula de contenido medioambiental) para los dos lotes objeto del contrato: Es un suministro de bienes en recipientes (contenedores, macetas, bandejas,….) reutilizables y reciclables para usos posteriores sin más que un lavado y desinfectado/desinsectado previo. Es obligación del adjudicatario retirar (para poder reciclar o reutilizar) cualquier envase que venga con el producto a instancias del responsable del contrato, en un plazo no superior a 20 días hábiles desde la notificación por parte de éste. Transcurrido dicho plazo sin atender al requerimiento, el Responsable del Contrato elaborará un informe al respecto e impondrá una penalidad de 25,00 € por cada día de retraso en la retirada hasta un máximo del 10% del importe total de los diferentes contratos según lotes. |
El incumplimiento de estas condiciones tiene la consideración de ( arcar en todo caso una única opción): |
Infracción grave de acuerdo con los artículos 202 y 71.2 letra c de la LCSP, sin perjuicio de las penalidades que procedieran con arreglo al Anexo 12. Causa de resolución del contrato de acuerdo con los artículos 202.3 y 211 letra f de la LCSP, debiendo atribuírsele el carácter de obligación contractual esencial en el Anexo Nº 13 –no procediendo la imposición simultánea de penalidades en el Anexo Nº 12. |
- 28 -
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PENALIDADES
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PENAL IDADES PARA LOS DOS LO TES
RÉGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES |
Penalidades por incumplimiento de plazos totales o parciales (artículo 193 de la LCSP). Penalidades: 25,00 €, por día de retraso en el plazo de entrega ofertado por pedido de cada lote, hasta un máximo del 10% del importe de cada lote. Incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, en especial cuando se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (artículo 192.1 de la LCSP). Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios (artículo 76.2 de la LCSP). Penalidades: Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202.1 de la LCSP). Penalidades: Es obligación del adjudicatario retirar (para poder reciclar o reutilizar) cualquier envase que venga con el producto a instancias del responsable del contrato, en un plazo no superior a 20 días hábiles desde la notificación por parte de éste. Transcurrido dicho plazo sin atender al requerimiento, el Responsable del Contrato elaborará un informe al respecto e impondrá una penalidad de 25,00 € por cada día de retraso en la retirada hasta un máximo del 10% del importe total de los diferentes contratos según lotes. Incumplimiento de los requisitos y condiciones para proceder a la subcontratación previstas en el artículo 215 LCSP (artículo 215.3 de la LCSP). Penalidades: 25% del importe del subcontrato por lote. Incumplimiento de los plazos de pago a subcontratistas (artículo 216 -217 LCSP). Penalidades: Incumplimiento de la obligación de suministrar información al Órgano de Contratación referida en la cláusula 18.4.E). Penalidades: Incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral (artículo 201 LCSP). Penalidades: 25,00 € por cada día de retraso en la retirada hasta un máximo del 10% del importe total de los diferentes contratos según lotes. |
- 29 -
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OBLIGACI ONES ESENCIALES DEL CO NTRATO
SE CONSIDERAN OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO: |
Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 de la LCSP). Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202.1 de la LCSP). Cumplimiento de las características de la prestación, en especial cuando se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (artículos 122.3 y 211.1.f) de la LCSP). Cumplimiento de los requisitos y condiciones para proceder a la subcontratación previstas en el artículo 215 LCSP (artículo 215.3 de la LCSP). Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecidos (artículos 216-217 LCSP). (Otras). |
- 30 -
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N
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DECLARACIÓN R ESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PR OHIBICIÓN DE CONTRATAR
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre7: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
DECLARA RESPONSABLEMENTE: | ||||
Que la persona física o empresa a la que represento arriba indicada cuenta con aptitud para contratar con las Administraciones Públicas, que no está incursa, ni le afectan ninguna de las causas y circunstancias de prohibición de contratar de las que se reseñan en los Art. 71 y 72 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ni es continuación o deriva, por transformación, fusión o sucesión de otras empresas que hubieran incurrido en aquellas. Que, en particular, la persona física o empresa a la que represento arriba indicada igualmente se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. |
7 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
- 31 -
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CAUSAS ESPECÍFICAS DE MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
MODIFICACIÓN | |
1.- Causas de modificación: | No procede. |
2.- Alcance y límites (indicar porcentaje del precio del contrato que como máximo resulta afectado, sin que pueda exceder del 20% ): | No procede. |
3.- Procedimiento: | No procede. |
RESOLUCIÓN | |
1.- Causas de resolución: | No procede. |
- 32 -
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MESA DE CONTRATACIÓN
P R E S I D E N T E :
Presidencia de la Corporación, Diputado/a en quien delegue, o, en su caso, el Director del Área de Economía y Hacienda.
V O C A L E S :
Secretaría General de la Corporación: Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Suplentes: Xx. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxx.
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Xxx. Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Intervención General de la Corporación: Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx.
Suplentes: Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Xxx. Xx. del Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Xx. Xxxx Xxxxxx Modelo Xxxxx.
Personal técnico/administrativo del Servicio Gestor: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Suplentes:Técnicos/Administrativos del Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental que se citan a continuación, exceptuando el/los nombrado/s como personal técnico del Servicio Gestor.
Xx. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx. Sr./Xxx. Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx
S E C R E T A R I A / O :
Jefatura del Servicio de Contratación y Patrimonio: Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Suplentes: Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Xxx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
Sra. Xxxxx del Mar Xxxxxx Xxxxxxxx.
COM ITÉ DE EXPERTOS ( no proce de)
- 33 -
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ANEXO 17
INFORMA CIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES
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• OBLIGACIONES RELATIVAS A LA FISCALIDAD, PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, EMPLEO Y CONDICIONES LABORALES Y DE CONTRATAR A UN PORCENTAJE ESPECÍFICO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Los licitadores podrán obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad que serán aplicables a los trabajos efectuados en la obra o a los servicios prestados durante la ejecución del contrato en: |
⮚ …………………………..…………….………………….…………….……………………… …………………………..……………….…………….….…………………………………… |
⮚ …………………………..…………….……….………….…………………………………… …………………………..……………….………….…….…………………………………… |
⮚ …………………………..…………….…….…………….…………………………………… …………………………..……………….……….……….…………………………………… |
⮚ …………………………..…………….……….………….…………………………………… …………………………..……………….……….……….…………………………………… |
⮚ …………………………..…………….………….……….…………………………………… …………………………..……………….………….…….…………………………………… |
- 34 -
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ANEXO 18
OFERTA INTEGR ADORA/ LIMITES EN SUPUE STO DE LOTES
⮚ REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LOTES, Y EN SU CASO, OFERTAS INTEGRADORAS.
Se ofertan los lotes por separado sin ofertas integradoras.
⮚ LIMITES EN EL NÚMERO DE LOTES A OFERTAR Y/O A ADJUDICAR A UN SOLO LICITADOR.
No hay límites.
- 35 -
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DOC UMENTOS Y/ O PLANTILLA S
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No procede.
- 36 -
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N
N
COMPROMISO P
RA LA INTEGRACIÓN DE LA SOLVENCIA CON MEDIOS EXTERNOS
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
en nombre y representación de la entidad: | con NIF Nº: | |||
al objeto de participar en la contratación denominada: | ||||
convocada por: | ||||
Y | ||||
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
en nombre y representación de la entidad: | con NIF Nº: | |||
se COMPROMETEN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a: | ||||
Que la solvencia o medios que pone a disposición la entidad: | ……………………………………..…….…………… | |||
a favor de la entidad: | ………………..………………….…….………… | son los siguientes: | ||
⮚ …………………………..…………….………………….…………………………………… ⮚ …………………………..……………….……………….…………………………………… | ||||
Que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectiva ente de la solvencia o medios que se describen en este compromiso. | ||||
Que la disposición efectiva de la solvencia o medios descritos no está sometida a condición o limitación alguna. | ||||
Fecha Firma del licitador. Firma de la otra entidad. |
m
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Nota: Si se recurre a la solvencia o medios de varias entidades se deberá cumplimentar una declaración conforme al modelo por cada una de las entidades que pone a disposición del licitador su solvencia o medios.
- 37 -
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
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EMPLEO DE MEDIOS DISTINTOS A LOS ELE CTRÓNICOS EN EL PROCEDIMI ENTO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
No procede
- 38 -
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
DE CLARACIÓN RESPONSABL E
N
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EN CONTRATOS RELACIONADOS CON MENORES DE EDAD
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre8: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
DECLARA QUE, en caso de ser adjudicatario del contrato, no participará en la ejecución del mismo trabajador o personal voluntario alguno que haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, disponiendo durante la vigencia del contrato de la documentación acreditativa de la no concurrencia de las circunstancias anteriores. | ||||
En ____________, a ____ de ________ de ____ (La persona/empresa licitadora) Fdo: |
8 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
- 39 -
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DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA J URISDICCIÓN ESPAÑOLA
1.- NO ES EMPRESA EXTRANJERA .
2.- EMPRESA EXTRANJERA .
N
(Únicamente en este último caso habrá de cumplimentarse el modelo abajo detallado)
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre9: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
DECLARA QUE, la persona física o empresa a la que represento arriba indicada se somete, expresamente, con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Málaga de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, en caso de resultar adjudicatario, sea formalizado. | ||||
En ____________, a ____ de ________ de ____ (La persona/empresa licitadora) Fdo: |
9 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
- 40 -
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d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
E
N
Ó
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MODELO DE CO MPROMISO DE ADSCRIPCI ÓN DE MEDIOS Y C ONCRECIÓN DE SOLVENCI A
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre10: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
SE COMPROMETE, a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales precisos en los términos exigidos en el Anexo Nº 5.2. Asimismo y al haberse exigido en el Anexo Nº 5.1, SE ESPECIFICAN los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: | ||||
NOMBR | CUALIFICACI N PROFESIONAL | |||
(solo se cumplimentará la tabla anterior en el caso de que se haya marcado la opción SI en el Anexo Nº 5.1) | ||||
En ____________, a ____ de ________ de ____ (La persona/empresa licitadora) Fdo: |
10 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
- 41 -
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:26 CET
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MODELO DE CO MPROMISO DE CONSTITU CIÓN DE UTE
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1. LICITACIÓN INDIVIDUAL
2. LICITACIÓN EN UTE
N
(Únicamente en este último caso habrá de cumplimentarse el modelo abajo detallado)
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
En nombre propio: | ||||
En representante de la empresa: | con CIF Nº: | |||
al objeto de participar en la licitación del contrato denominado: | ||||
Y | ||||
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
En nombre propio: | ||||
En representante de la empresa: | con CIF Nº: | |||
al objeto de participar en la licitación del contrato denominado: |
N
DECLARAN BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD:
1.- Que manifiestan su voluntad de constituir una unión temporal de empresas (UTE) comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatarios del contrato objeto de licitación a formalizar la constitución de dicha UTE en escritura pública
2.- Que la participación que cada empresa ostentará en la Unión Temporal de Empresas será la siguiente (expresada en porcentaje)
3.- Que, a los efectos mencionados, designan como representante único de la UTE a ……….
(En el supuesto de que se designe como representante de la unión a una persona jurídica, deberá designarse asimismo un representante con poderes bastantes para actuar por la misma.)
- 42 -
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N
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DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OB LIGACIONES
Sr./Sra.: | con D I Nº: | |||
con domicilio en: | ||||
en nombre11: | con NIF Nº: | |||
y con domicilio fiscal en: | ||||
enterado del anuncio publicado en la PLACSP del día: | ||||
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | ||||
DECLARA haber tenido en cuenta en la elaboración de su oferta (conjunta en caso de UTE) las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad, recogidas en la normativa señalada a estos efectos en el Anexo Nº 17. | ||||
En ____________, a ____ de ________ de ____ (La persona/empresa licitadora) Fdo: |
11 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
- 43 -
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DOCUMENTO ELECTRÓNICO
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO
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Documento ENI utilizando la herramienta tecnológica INSIDE perteneciente al Ministerio de Hacienda y Función Pública (repositorio CTT) | PÁG. 44 DE 44
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METADATOS ENI DEL DOCUMENTO:
Version NTI: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX/XXX/x0.0/xxxxxxxxx-x Identificador: ES_LA0014577_2019_000000000000000000000001933509
Órgano: L02000029
Fecha de captura: 03/10/2019 12:13:06 Origen: Administración
Estado elaboración: Original Formato: PDF
Tipo Documental: Otros
Tipo Firma: XAdES internally detached signature
Valor CSV: d8b8e8666935f2b83412dd255f52e96d20f4ecd7 Regulación CSV: Decreto 3628/2017 de 20-12-2017
Código QR para validación en sede
Código EAN-128 para validación en sede
Ordenanza reguladora del uso de medios electrónicos en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxx_xxxxxx_xxxxxxxxxxxx.xxx
Política de firma electrónica y de certificados de la Diputación Provincial de Málaga y del marco preferencial para el sector público provincial (texto consolidado):
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx_xx_xxxxx_0.0.xxx
Procedimiento de creación y utilización del sello electrónico de órgano de la Hacienda Electrónica Provincial:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxxxxx_xxxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxxxxxxxx.xxx
Acuerdo de adhesión de la Excma. Diputación Provincial de Málaga al convenio de colaboración entre la Administración General del Estado (MINHAP) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la prestación mutua de soluciones básicas de Administración Electrónica de fecha 11 xx xxxx de 2016:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xx_xxxxxxxx_x_xxxxxxxxx_XXXXXX_xxxxxxxxxx_xxxxxxx.xxx
Aplicación del sistema de Código Seguro de Verificación (CSV) en el ámbito de la Diputación Provincial de Málaga:
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxx_XXX.xxx
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P L I E G O D E P R E S C R I P C I O N E S T É C N I C A S
1.- DENOMINACIÓN DEL CONTRATO.
Suministro de plantas al Vivero Provincial en el Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto de este contrato es el suministro de plantas ornamentales y forestales al
vivero provincial para cubrir las necesidades de los municipios adheridos al
programa correspondiente del PLAN PROVINCIAL DE ASISTENCIA Y COO- PERACIÓN 2019.
Los municipios son 26 a saber:
1 | Alfarnate |
2 | Algarrobo |
3 | Alpandeire |
4 | Árchez |
5 | Archidona |
6 | Ardales |
7 | Arriate |
8 | Benahavís |
9 | Benamocarra |
10 | Campillos |
11 | Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
12 | Canillas de Albaida |
13 | Carratraca |
14 | Casabermeja |
15 | Xxxxxxx |
16 | Cortes de la Frontera |
17 | El Xxxxx |
18 | Humilladero |
19 | Jimera de Líbar |
20 | Manilva |
21 | Moclinejo |
22 | Montecorto |
23 | Pizarra |
24 | Riogordo |
25 | Totalán |
26 | Yunquera |
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3.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES OBJETO XX XXXX- NISTRO.
El contrato se ejecutará mediante entregas parciales a demanda del Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental, conforme a las condiciones establecidas en el presente Pliego.
Los elementos vegetales a suministrar, deberán cumplir los requisitos de calidad contemplados en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo. Han de proceder de partidas que dispongan del correspondiente pasaporte fitosanitario, que deberá suministrarse para cada especie requerida.
Se rechazarán las plantas que, además de no presentar las características mor- fológicas adecuadas, estén afectadas por parásitos ó patógenos que puedan dete- riorar su aspecto ó se le detecten fisiopatías de cualquier índole.
El suministro se realizará en recipientes (contenedores, macetas, bandejas,…) reutilizables y reciclables.
Los gastos de transporte y cualquier otro que pudieran derivarse del suministro serán por cuenta del adjudicatario.
El plazo de entrega será de, como máximo, 30 días hábiles desde la petición por el Servicio de Sanidad y Calidad Ambiental.
El lugar de entrega será en el Vivero Provincial: Carretera de Benamocarra km. 0,5 29700-VELEZ-MÁLAGA.
La proposición económica consistirá en ofrecer, para cada lote, el mismo porcen- taje de descuento sobre la totalidad de los productos y precios fijados en el apar- tado nº 4 de este pliego, y se presentará conforme a los Anexos 9.1.1 y 9.1.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la exclusión de la oferta presen- tada en dichos términos.
La adjudicación en cada lote se realizará por el total de la cantidad objeto de licitación, aplicándose el porcentaje de baja ofertada a cada uno de los precios unitarios.
4.- PRECIO DE CADA UNA DE LAS UNIDADES EN QUE SE DESCOM- PONE EL PRESUPUESTO Y NÚMERO ESTIMADO DE LAS UNIDA- DES A SUMINISTRAR.
Las especies botánicas de plantas a suministrar en cada lote, serán requeridas de las que se detallan en el cuadro siguiente, donde se incluyen los precios unita- xxxx, en euros.
Estos precios unitarios fueron aprobados en el punto núm. 1.4.1. de la sesión ordinaria del Pleno de la Diputación de Málaga del 30-01-2019: Aprobación definitiva del Plan Provincial de Asistencia y Cooperación 2019.
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Las unidades a suministrar son meramente indicativas y pueden variar en mayor o menor número de unidades entre las relacionadas en el Catálogo de plantas que se reproduce a continuación:
CATÁLOGO DE PLANTAS APROBADAS EN EL PPAC-2019 PARA EL SUMINISTRO AL VIVERO PROVINCIAL:
Nº COSTE | LOTE Nº 1 - ARBOLES EN CONTENEDOR | PRECIO IVA inclui- do | PRECIO IVA excluido |
1 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Acacia cyanophylla (ACACIAS) 8/10 | 15,25 € | 13,86 € |
2 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Albizia julibrissin (ALBIZIA) 10/12 | 38,15 € | 34,68 € |
3 | ÁRBOL EN CONTENEDOR:Xxxx campestre (XXXX COMUN) 8/10 | 30,83 € | 28,03 € |
4 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Xxxx negundo (AR- CE NEGUNDO) 8/10 | 25,68 € | 23,35 € |
5 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Brachichiton ACE- RIFOLIA (BRACHICHITO) EJEMPLAR | 280,00 € | 254,55 € |
6 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Catalpa bignonioides (CATALPAS) 8/10 | 15,25 € | 13,86 € |
7 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Celtis australis (ALMEZ) 8/10 | 25,00 € | 22,73 € |
8 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Celtis australis (ALMEZ) 10/12 | 35,03 € | 31,85 € |
9 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Celtis australis (ALMEZ) 12/16 | 50,46 € | 45,87 € |
10 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Celtis australis (ALMEZ) 16/18 | 69,55 € | 63,23 € |
11 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ceratonia siliqua (ALGARROBOS) 8/10 | 29,48 € | 26,80 € |
12 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ceratonia siliqua (ALGARROBOS) 10/12 | 47,69 € | 43,35 € |
13 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ceratonia siliqua (ALGARROBOS) 12/14 | 65,00 € | 59,09 € |
14 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Cercis siliquastrum (ARBOL DEL AMOR) 6/8 | 20,00 € | 18,18 € |
15 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Cercis siliquastrum (ARBOL DEL AMOR) 8/12 | 30,00 € | 27,27 € |
16 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Cercis siliquastrum (ARBOL DEL AMOR) 12/16 | 65,00 € | 59,09 € |
17 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Choricia speciosa | 300,00 € | 272,73 € |
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dc168d42d09ed073018a068633091bf71c2f7dc5 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
(CHORICIA) ejemplar | |||
18 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Citrus aurantium (XXXXXXX AMARGO) 12/14 | 73,00 € | 66,36 € |
19 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Cupressus sempervi- xxxx XXXXXX 2 m. | 28,25 € | 25,68 € |
20 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Eleagnus angustifo- lia ELEAGNUS 10/12 | 21,15 € | 19,23 € |
21 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ficus nitida FICUS NITIDA 20/22 | 42,00 € | 38,18 € |
22 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ficus nitida FICUS NITIDA copado a 60 cm | 14,00 € | 12,73 € |
23 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ficus nitida FICUS NITIDA copado a 90 cm | 18,00 € | 16,36 € |
24 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Fraxinus angustifolia FRESNO 4/6 | 12,00 € | 10,91 € |
25 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Fraxinus angustifolia FRESNO 6/8 | 15,50 € | 14,09 € |
26 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Fraxinus angustifolia FRESNO 8/10 | 18,00 € | 16,36 € |
27 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Grevillea robusta GREVILLEA 6/8 | 20,50 € | 18,64 € |
28 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Grevillea robusta GREVILLEA 10/12 | 30,50 € | 27,73 € |
29 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Grevillea robusta GREVILLEA 14/16 | 55,00 € | 50,00 € |
30 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Jacaranda mimosifo- lia JACARANDAS 8/10 | 10,00 € | 9,09 € |
31 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Jacaranda mimosifo- lia JACARANDAS 14/16 | 25,00 € | 22,73 € |
32 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Jacaranda mimosifo- lia JACARANDAS 20/22 | 55,00 € | 50,00 € |
33 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Lagestroemia indica ARBOL DE JUPITER 8/10 | 58,40 € | 53,09 € |
34 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Lagestroemia indica ARBOL DE JUPITER 10/12 | 70,08 € | 63,71 € |
35 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ligustrum japonica ALIGUSTRE 8/10 | 20,12 € | 18,29 € |
36 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Ligustrum japonica ALIGUSTRE 10/12 | 30,83 € | 28,03 € |
37 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Melia azederach MELIAS 6/8 | 15,50 € | 14,09 € |
38 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Melia azederach MELIAS 10/12 | 20,50 € | 18,64 € |
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 92 DE 102
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:28 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
dc168d42d09ed073018a068633091bf71c2f7dc5 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
39 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Melia azederach MELIAS 18/20 | 55,00 € | 50,00 € |
40 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Xxxxx xxxx MORE- RA BLANCA 4/6 | 15,25 € | 13,86 € |
41 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Xxxx europea OLI- VOS EJEMPLAR | 150,00 € | 136,36 € |
42 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Platanus orientalis PLATANO ORIENTAL 10/12 | 27,26 € | 24,78 € |
43 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Populus alba ALA- MO BLANCO 8/10 | 18,25 € | 16,59 € |
44 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Populus nigra CHO- PO 10/12 | 21,90 € | 19,91 € |
45 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Populus nigra CHO- PO 8/10 | 18,25 € | 16,59 € |
46 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Prunus dulcis Xxxxxx XXXXXXXXX 6/8 | 10,15 € | 9,23 € |
47 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Prunus dulcis Vayro ALMENDROS 6/8 | 10,15 € | 9,23 € |
48 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Robinia pseudoaca- cia ROBINIAS FALSA ACACIA 8/10 | 20,00 € | 18,18 € |
49 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Robinia pseudoaca- cia ROBINIAS FALSA ACACIA 10/12 | 25,00 € | 22,73 € |
50 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Salix alba MIMBRE TORTUOSA 10/12 | 15,00 € | 13,64 € |
51 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Salix alba MIMBRE TORTUOSA 8/10 | 12,00 € | 10,91 € |
52 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Tetraclinis articulata CIPRES 2 m. | 40,75 € | 37,05 € |
53 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Thevetia peruviana TEVETIA 6/8 | 5,75 € | 5,23 € |
54 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Tipuana tipu TI- PUANAS 8/10 | 23,00 € | 20,91 € |
55 | ÁRBOL EN CONTENEDOR: Tipuana tipu TI- PUANAS 16/18 | 34,00 € | 30,91 € |
164 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Archontophoenix cunninghamiana ARCHONTOPHOENIX C90 ejemplar | 350,00 € | 318,18 € |
165 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Arecastrum xxxxx- zoffianum COCOS C35 1,75 m. | 21,00 € | 19,09 € |
166 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Chamaerops humi- lis PALMITO C40 1,20 m. | 78,75 € | 71,59 € |
167 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Chamaerops humi- lis PALMITO C17 | 3,00 € | 2,73 € |
Código CSV: 5dadc513afc29d485f23eca6f17b39e146170aba | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 93 DE 102
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XXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX (JEFE SERVICIO INGENIERIA SANIDAD Y CALIDAD AMBIENTAL) ****818** 03/10/2019 12:14:28 CET
CÓDIGO CSV URL DE VALIDACIÓN
dc168d42d09ed073018a068633091bf71c2f7dc5 xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx
168 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Chamaerops humi- lis PALMITO C20 | 3,50 € | 3,18 € |
169 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Chamaerops humi- lis PALMITO C25 | 8,00 € | 7,27 € |
170 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Cyca revoluta CYCAS C35 1 m tronco | 95,00 € | 86,36 € |
171 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Cyca revoluta CYCAS C20 | 10,00 € | 9,09 € |
172 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Cyca revoluta CYCAS C25 | 28,00 € | 25,45 € |
173 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Cyca revoluta CYCAS C350 ejemplar | 150,00 € | 136,36 € |
174 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Livistonia chinene- sis LIVISTONIA C60 1,75 m | 60,00 € | 54,55 € |
175 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Livistonia chinene- sis LIVISTONIA C500 ejemplar | 250,00 € | 227,27 € |
176 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: phoenix roebelinii ROEBELINII C350 ejemplar | 225,00 € | 204,55 € |
177 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Phyllostachys elegans BAMBU C24 2 m | 17,00 € | 15,45 € |
178 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Schefflera actinop- hylla SHEFLERA C20 1,2 m | 3,75 € | 3,41 € |
179 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Schefflera actinop- hylla SHEFLERA C22 1,50 m | 5,00 € | 4,55 € |
180 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Schefflera actinop- hylla SHEFLERA C30 1,80 m | 12,00 € | 10,91 € |
181 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Schefflera actinop- hylla SHEFLERA C35 2,2 m | 15,00 € | 13,64 € |
182 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Strelitzia augusta ESTRETLIZIA C35 1 m | 20,00 € | 18,18 € |
183 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Strelitzia augusta ESTRETLIZIA C35 2 m | 30,00 € | 27,27 € |
184 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Strelitzia augusta ESTRETLIZIA C90 4 m | 75,00 € | 68,18 € |
185 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Trachycarpus xxxxxxxxx PAL ITO C40 1,50 m tronco | 125,00 € | 113,64 € |
186 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Trachycarpus xxxxxxxxx PAL ITO C70 2,50 m tronco | 200,00 € | 181,82 € |
187 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Washintonias robusta WASHINTONIAS C100 2 m tronco | 65,00 € | 59,09 € |
188 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Washintonias robusta WASHINTONIAS C100 3 m tronco | 110,00 € | 100,00 € |
189 | PALMÁCEAS Y SIMILARES: Yucca yelwes C22 | 8,00 € | 7,27 € |
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190 | CONÍFERAS: Buxus sempervirens BOJ C17 1 m | 3,50 € | 3,18 € |
191 | CONÍFERAS: Cupressus macrocarpa 'Goldcrest' CIPRES GOLDENCREST C20 1 m | 8,00 € | 7,27 € |
192 | CONÍFERAS: Cupressus sempervirens CIPRES EJEMPLAR C350 5 m | 150,00 € | 136,36 € |
193 | CONÍFERAS: taxus baccata TEJO C17 | 3,00 € | 2,73 € |
194 | CONÍFERAS: Thuja piramidalis THUJA C17 | 3,75 € | 3,41 € |
Nº COS- TE | LOTE Nº 2 - ARBUSTOS Y VIVACES EN CONTENEDOR | PRECIO IVA IN- CLUIDO | PRE- CIO IVA excluido |
56 | ARBUSTO:Begonia semperflorens BEGONIA CORALINA C14 | 1,50 € | 1,36 € |
57 | ARBUSTO:Callistemon citrinus CALLISTEMUM EJEMPLAR C90 2 m. | 75,00 € | 68,18 € |
58 | ARBUSTO: Callistemon citrinus CALLISTEMUN C17 | 2,50 € | 2,27 € |
59 | ARBUSTO: Callistemon citrinus CALLISTEMUN Bola C24 | 10,15 € | 9,23 € |
60 | ARBUSTO: Cercis siliquastrum ARBOL DEL AMOR C40 | 9,00 € | 8,18 € |
61 | ARBUSTO: Cestrum nocturnum DAMA DE NO- CHE C17 | 2,00 € | 1,82 € |
62 | ARBUSTO: Cineraria maritima CINERARIA C14 | 2,00 € | 1,82 € |
63 | ARBUSTO: COTONEASTER XXXXXXXXXX C17 | 2,00 € | 1,82 € |
64 | ARBUSTO: COTONEASTER HORIZONTALIS C17 | 2,00 € | 1,82 € |
65 | ARBUSTO: COTONEASTER LACTAEUS C17 | 2,00 € | 1,82 € |
66 | ARBUSTO: crataegus monogyna MAJUELO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
67 | ARBUSTO: Cuphea hyssopifolia CUPHEA C14 | 2,00 € | 1,82 € |
68 | ARBUSTO: Cupresus sempervirens CIPRES SETO C17 | 2,50 € | 2,27 € |
69 | ARBUSTO: Dianthus deltoides CLAVELLINA C13 | 2,00 € | 1,82 € |
70 | ARBUSTO: DIMORPHOTECAS C17 | 1,50 € | 1,36 € |
71 | ARBUSTO: Xxxxx cinerea BREZO C18 | 2,50 € | 2,27 € |
72 | ARBUSTO: ESCAEVOLA C17 | 2,00 € | 1,82 € |
73 | ARBUSTO: EUONYMUS C14 | 2,00 € | 1,82 € |
74 | ARBUSTO: EUONYMUS MATIZADO C17 | 3,00 € | 2,73 € |
75 | ARBUSTO: EURIOPS C14 | 2,00 € | 1,82 € |
76 | ARBUSTO: Gazania splendens GAZANIA C14 | 2,00 € | 1,82 € |
77 | ARBUSTO: Hebe x franciscana XXXXXXXX C17 | 2,00 € | 1,82 € |
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78 | ARBUSTO: Hedera helix HIEDRA C17 | 3,00 € | 2,73 € |
79 | ARBUSTO: Hibiscus xxxx-sinensis PACIFICO C17 | 3,00 € | 2,73 € |
80 | ARBUSTO: Juniperus oxycedro ENEBRO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
81 | ARBUSTO: Lantana camara LANTANA CAMA- RA C17 | 2,00 € | 1,82 € |
82 | ARBUSTO: Laurus nobilis LAUREL C20 | 3,00 € | 2,73 € |
83 | ARBUSTO: Lavanda officinalis XXXXXXX XXXXX C14 | 2,00 € | 1,82 € |
84 | ARBUSTO: Lavanda officinalis LAVANDA GRIS C14 | 1,50 € | 1,36 € |
85 | ARBUSTO: Lavandula angustifolia LAVANDA GRIS C14 | 1,50 € | 1,36 € |
86 | ARBUSTO: Ligustrum japonica ALIGUSTRE C14 | 1,15 € | 1,05 € |
87 | ARBUSTO: Metrosidero excelsa METROSIDERO C17 | 3,00 € | 2,73 € |
88 | ARBUSTO: Mirtus comunis MIRTO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
89 | ARBUSTO: Nerium oleander XXXXXX C17 | 1,95 € | 1,77 € |
90 | ARBUSTO: Pelargonium peltatum GITANILLAS C14 | 1,50 € | 1,36 € |
91 | ARBUSTO: Pelargonium peltatum GITANILLAS VILLAPARIS C14 | 1,50 € | 1,36 € |
92 | ARBUSTO:Pelargonium spp. XXXXXXXX XXXX- PUM C17 | 1,50 € | 1,36 € |
93 | ARBUSTO: Pelargonium spp. GERANEOS C17 | 1,50 € | 1,36 € |
94 | ARBUSTO: Petunuia hybrida PETUNIAS C14 | 2,00 € | 1,82 € |
95 | ARBUSTO: Phytosporum tobira nana PITOSPO- RUM C17 | 3,00 € | 2,73 € |
96 | ARBUSTO: Phytosporum tobira nana PITOSPO- RUM C14 | 2,42 € | 2,20 € |
97 | ARBUSTO: Pistacia lentiscus LENTISCO c17 | 2,00 € | 1,82 € |
98 | ARBUSTO: Pistacia lentiscus LENTISCO C14 | 1,50 € | 1,36 € |
99 | ARBUSTO: Pistacia terebinthus CORNICABRA C20 | 2,50 € | 2,27 € |
100 | ARBUSTO: Plumbago capensis PLUMBAGO C20 | 3,00 € | 2,73 € |
101 | ARBUSTO: Polygala myrtifolia POLIGALA C17 | 2,50 € | 2,27 € |
102 | ARBUSTO: Punica granatum XXXXXXX C17 | 3,00 € | 2,73 € |
103 | ARBUSTO: Pyracantha coccinea PIRACANTA C17 | 2,75 € | 2,50 € |
104 | ARBUSTO: Rhamnus oleoide XXXXXX NEGRO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
105 | ARBUSTO: Rhamnus alaternus ALABIERNAGO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
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106 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX C14 | 1,50 € | 1,36 € |
107 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX C17 | 2,00 € | 1,82 € |
108 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX ERECTA C20 | 3,00 € | 2,73 € |
109 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX ERECTA C14 | 1,50 € | 1,36 € |
110 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX RASTRERO C14 | 1,50 € | 1,36 € |
111 | ARBUSTO: Rosmarinus offcinalis XXXXXX RASTRERO C17 | 2,00 € | 1,82 € |
112 | ARBUSTO: Salix alba MIMBRE C17 | 4,00 € | 3,64 € |
113 | ARBUSTO: Santolina chamaecyparissus SANTO- XXXX C14 | 1,50 € | 1,36 € |
114 | ARBUSTO: Teucrium fruticans TEOCRIUM C17 | 2,00 € | 1,82 € |
115 | ARBUSTO: Thymus mastichina TOMILLO MASTICHINA C20 | 2,00 € | 1,82 € |
116 | ARBUSTO: Timbra capitata C17 | 2,00 € | 1,82 € |
117 | ARBUSTO: Verbena hybrida VERBENA C14 | 2,00 € | 1,82 € |
118 | ARBUSTO: Viburnum lucidum VIBURNUM C17 | 3,50 € | 3,18 € |
119 | ARBUSTO: Vitex agnus VITEX AGNUS CAC- TUS C17 | 2,50 € | 2,27 € |
120 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Anthylli citisoide ALBAIDA | 0,40 € | 0,36 € |
121 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Armeria maritima alba/splend ARMERIA | 0,50 € | 0,45 € |
122 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Xxxxxxxx gallica XXXXXXXX | 0,50 € | 0,45 € |
123 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Asteriscus maritimus XXXXXXXXX DE MAR | 0,40 € | 0,36 € |
124 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Calicotome villosa ERGUEN | 0,50 € | 0,45 € |
125 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Ceratonia siliqua ALGARROBOS | 0,40 € | 0,36 € |
126 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Chamaerops humilis PALMITO bf 1000 CC | 1,26 € | 1,15 € |
127 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Citisus scoparius RETAMA NEGRA | 0,40 € | 0,36 € |
128 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Citus salviforius JAGUARZO BF54 | 0,40 € | 0,36 € |
129 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Crithmum maritimus XXXXXX XXXXXX BF54 | 0,40 € | 0,36 € |
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130 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Cupressus sempervirens CIPRES | 0,50 € | 0,45 € |
131 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Eringuium maritimum CARDO DE MAR | 0,50 € | 0,45 € |
132 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Frankenia BREZO DE MAR | 0,50 € | 0,45 € |
133 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Fraxinus angustifolia FRESNO | 0,50 € | 0,45 € |
134 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Fraxinus ornus FRESNO DE FLOR | 0,50 € | 0,45 € |
135 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Juniperus oxycedro ENEBRO | 0,40 € | 0,36 € |
136 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Juniperus punica XXXXXX NEGRA | 0,40 € | 0,36 € |
137 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Lavanda deutata LAVANDA/ALHUCEMA | 0,40 € | 0,36 € |
138 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Ligustrum japonica ALIGUSTRE | 0,42 € | 0,38 € |
139 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Lotus azulana CUERNECILLO DE MAR | 0,50 € | 0,45 € |
140 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Lotus creticus CUERNECILLO DE MAR | 0,50 € | 0,45 € |
141 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Phyllirea angustifolia OLIVILLA | 0,40 € | 0,36 € |
142 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Pinus halepensis XXXX XXXXXXXX | 0,30 € | 0,27 € |
143 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Pinus pinaster PINO RESINERO | 0,30 € | 0,27 € |
144 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Pinus pinea PINO PIÑONERO | 0,30 € | 0,27 € |
145 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Pistacia lentiscus LENTISCO | 0,40 € | 0,36 € |
146 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Pistacia terebinthus CORNICABRA | 0,50 € | 0,45 € |
147 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Populus xxxx XXXXX XXXXXX BF100cc | 1,00 € | 0,91 € |
148 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Populus xxxx XXXXX XXXXXX BF45 | 0,54 € | 0,49 € |
149 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Populus nigra CHOPO | 0,50 € | 0,45 € |
150 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Quercus coccifera COSCOJA | 0,50 € | 0,45 € |
151 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- | 0,40 € | 0,36 € |
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LO): Quercus rotundifolia XXXXXXX | |||
152 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Quercus suber ALCORNOQUES | 0,35 € | 0,32 € |
153 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Retama sphaerocarpa RETAMA | 0,40 € | 0,36 € |
154 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Rhamnus oleoide XXXXXX NEGRO | 0,40 € | 0,36 € |
155 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Rhamnus alaternus ALABIERNAGO | 0,40 € | 0,36 € |
156 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Rosmarinus offcinalis XXXXXX | 0,40 € | 0,36 € |
157 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Salix alba MIMBRE | 0,50 € | 0,45 € |
158 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Tamarix africana TARAY | 0,40 € | 0,36 € |
159 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Tamarix canariensis TARAY CANARIAS | 0,40 € | 0,36 € |
160 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Tamarix gallica TARAJE | 0,40 € | 0,36 € |
161 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Teocrium polium ZAMARILLA | 0,40 € | 0,36 € |
162 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Thymus mastichina TOMILLO MASTICHI- NA | 0,40 € | 0,36 € |
163 | PLANTA EN BANDEJA FORESTAL (ALVEO- LO): Ulex parviflorus AULAGA | 0,40 € | 0,36 € |
Código CSV: dc168d42d09ed073018a068633091bf71c2f7dc5 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx | PÁG. 11 DE 13
La proposición económica consistirá en ofrecer, para cada lote, el mismo porcen- taje de descuento sobre la totalidad de los productos y precios fijados en el apar- tado nº 4 de este pliego, y se presentará conforme a los Anexos 9.1.1 y 9.1.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, no admitiéndose diferentes porcentajes según productos, lo que dará lugar a la no valoración de la oferta presentada en dichos términos.
5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
El responsable del contrato será el Jefe del Servicio de Sanidad y Calidad Am- biental.
Sus funciones: velar por el cumplimiento de los pliegos y en concreto:
Comprobar que los medios empleados cumplen con las pliego de prescripciones técnicas.
especificaciones del
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