INVITACIÓN PÚBLICA PRESTAR LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CANTIDADES REQUERIDAS POR LA CÁMARA – 3000000668
INVITACIÓN PÚBLICA PRESTAR LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CANTIDADES REQUERIDAS POR LA CÁMARA – 3000000668
CONTENIDO
SECCIÓN 1. GENERALIDADES DE LA ENTIDAD Y DE LA INVITACIÓN 3
1.1 NATURALEZA, FUNCIONES E INGRESOS DE LA CCB 3
1.2 RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y NATURALEZA DE LA PRESENTE INVITACIÓN. 3
1.4 NATURALEZA DEL ORIGEN DE LOS RECURSOS 4
1.5 NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER. 4
1.6 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN. 4
1.9 EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL. 4
1.10 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 5
1.12 XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 0
1.13 ESTRUCTURA Y ETAPAS DEL PROCESO 6
1.16 ANEXOS DE LA INVITACIÓN. 6
1.17 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL. 6
SECCIÓN 2 CONDICIONES GENERALES PARA PRESENTAR LA OFERTA 7
2.2 OFRECIMIENTOS ADICIONALES 7
2.4 ANEXOS DE LA INVITACIÓN A PROPONER. 7
2.5 INFORMACIÓN ENTREGADA POR EL PROPONENTE 7
2.6 SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN ENTREGADA 7
2.7 ACEPTACIÓN DE CONDICIONES 8
2.10 PROPONENTES QUE NO PODRÁN PRESENTAR OFERTAS 8
2.11 DOCUMENTOS DE LA OFERTA 8
2.12 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 8
2.14 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 10
SECCIÓN 3. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES 10
3.1 REQUISITOS JURÍDICOS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA 10
3.1.1 Capacidad para presentar ofertas 10
3.1.2 Existencia y representación legal de entidades sin ánimo de lucro. 12
3.1.4 Carta de Presentación de la Oferta. 12
3.1.7 Documento de constitución de Consorcios, Uniones Temporales u otros proponentes plurales 12
3.1.8 Póliza de seriedad de la oferta. 13
3.2 REQUISITOS FINANCIEROS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA 15
3.3 REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA 16
3.3.1 Aceptación del anexo de especificaciones técnicas 16
3.3.3 Experiencia del proponente 18
SECCIÓN 4. PROPUESTA ECONÓMICA 19
5.1 ACLARACIÓN Y SUBSANABILIDAD DE LA OFERTA 20
5.2 PRIMERA FASE, DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES ESTABLECIDOS EN LA INVITACIÓN A PROPONER 20
5.3 SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 21
5.3.1 Presentación del portafolio. 21
5.3.2 Criterios de evaluación. 21
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 24
ANEXO 2. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 27
ANEXO 2A. DECLARACIÓN DE NO EXISTENCIA DE INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y/O CONFLICTO DE INTERESES PARA CONTRATAR CON LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ 31
ANEXO 3. PROPUESTA XXXXXXXXX 00
XXXXX 0. PROYECTO DE CONTRATO 34
ANEXO 5. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 47
ANEXO 6. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO 48
ANEXO 7. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL 49
INVITACIÓN PÚBLICA PARA PRESTAR LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CANTIDADES REQUERIDAS POR LA CÁMARA
– 3000000668
OBJETO: Prestar los servicios para la realización y producción de piezas audiovisuales de conformidad con las especificaciones técnicas exigidas y cantidades requeridas por la Cámara.
FECHA DE APERTURA DE LA INVITACIÓN: 20 xx xxxxx de 2020.
FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR OBSERVACIONES: 30 xx xxxxx de 2020, hasta las 4:00 pm
al correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx
FECHA DE CIERRE DE LA INVITACIÓN: 8 xx xxxxx de 2020, hasta las 10:00 a.m. (Para el recibo de las propuestas se tomará la fecha y hora de constancia de recibido expedido por la oficina de correspondencia de la CCB)
PRESENTACIÓN DE PORTAFOLIO VIRTUAL(proponentes habilitados): Se dará aviso mediante el correo electrónico a los proponentes habilitados.
ÁREA RESPONSABLE: Gerencia de Asuntos Corporativos.
COLABORADOR DE LA CCB CON QUIEN PUEDE ESTABLECERSE CONTACTO: Xxxxxx Xxxxxx
Xxxxx Xxxxxx, teléfono: 5941000 ext. 3505, correo electrónico: xxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx
SECCIÓN 1. GENERALIDADES DE LA ENTIDAD Y DE LA INVITACIÓN
1.1 NATURALEZA, FUNCIONES E INGRESOS DE LA CCB. La Cámara de Comercio de Bogotá – CCB-, es una persona jurídica sin ánimo de lucro, corporativa, gremial y privada, que cumple las funciones señaladas en el artículo 86 del Código de Comercio y en el artículo 2.2.2.38.1.4, Sección 1, Capítulo 38 del Decreto 1074 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”.
1.2 RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y NATURALEZA DE LA PRESENTE INVITACIÓN. El derecho aplicable a esta invitación a proponer y al contrato que llegaré a suscribirse será el consagrado en el ordenamiento jurídico colombiano. Se sujetará por lo tanto a las disposiciones del derecho privado, el Estatuto de Contratación y el Manual de Procedimientos de Contratación de la CCB, salvo las excepciones expresamente consagradas en la ley.
1.3 PACTO DE PROBIDAD. Tanto los colaboradores que intervengan en el proceso de selección, como los interesados en participar en la presente convocatoria darán estricto cumplimiento al régimen legal de inhabilidades e incompatibilidades y todas las disposiciones contenidas en el Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo de la Cámara de Comercio de Bogotá. Además, se abstendrán de realizar cualquier conducta o acto que afecte la transparencia y probidad del proceso. El proponente acepta que conoce y entiende los términos de la presente invitación, así como las reglas establecidas para la misma y reconoce que las mismas son equitativas y no conllevan al favorecimiento de un proponente en particular. La participación en esta invitación a proponer la harán con estricto cumplimiento de las normas jurídicas y éticas propias de este tipo de procedimientos contractuales, y conforme al principio de la buena fe, transparencia y economía.
1.4 NATURALEZA DEL ORIGEN DE LOS RECURSOS. Los recursos con los que la CCB pagará las obligaciones a su cargo, como consecuencia de la ejecución y cumplimiento del contrato objeto de esta invitación serán de origen público y privado.
La CCB se reserva el derecho de modificar el origen de los recursos de manera unilateral, cuando se presenten circunstancias que a su juicio así lo ameriten, caso en el cual se le informará a los proponentes o al contratista seleccionado, según el caso, pero no requerirá su aprobación.
1.5 NATURALEZA DE ESTA INVITACIÓN A PROPONER. Este documento contiene exclusivamente una invitación a presentar ofertas a la CCB y en ningún caso podrá considerarse como una oferta mercantil. La CCB no estará obligada a contratar con ninguno de los proponentes que presenten propuestas en virtud de esta invitación a proponer.
La CCB podrá suspender o terminar en cualquier momento el presente proceso de contratación, pero informará de ello por el mismo medio en que publicó o envió esta invitación a proponer o el mecanismo que considere más idóneo a los posibles proponentes.
1.6 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN. La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado con anterioridad a esta invitación y por ende está deberá ser tenida en cuenta en su integridad para la presentación de la oferta.
1.7 DOCUMENTOS Y PRELACIÓN. Son documentos de la invitación a proponer todos sus anexos y todas las adendas que la CCB expida con posterioridad a la fecha de publicación del presente documento.
En caso de existir contradicciones entre los documentos mencionados se seguirán las siguientes reglas:
a) Si existe contradicción entre un anexo y los términos de la invitación, prevalecerá lo establecido en la invitación.
b) Siempre prevalecerá la última adenda publicada sobre cualquier otro documento.
c) La CCB realizará una interpretación integral de la presente invitación en caso de vacío, falta de claridad y/o contradicción de acuerdo con la necesidad de la entidad.
Nota. El índice de esta invitación a proponer es meramente informativo y organizativo de la invitación, por lo tanto, no establece orden para la interpretación de la información contenida en la presente invitación.
1.8 ADENDAS. La CCB podrá modificar o aclarar los términos de la invitación a través de adendas que se publicarán en la página web de la CCB.
1.9 EXCLUSIÓN Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL. La CCB no será responsable por ningún daño o perjuicio causado a los posibles proponentes durante la etapa precontractual en caso de que decida no continuar con la invitación o suspender la misma. Por tal motivo no asumirá reconocimiento alguno por los costos o gastos en los que hubiera podido incurrir los proponentes para la elaboración de sus ofertas, dado que los proponentes conocen
y aceptan que la CCB puede no continuar con la invitación o suspender la misma, cuando lo considere conveniente.
1.10 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Los proponentes deberán destinar la información que conozcan en virtud del presente proceso de contratación única y exclusivamente para la presentación de la oferta. Se considera información confidencial:
a) Toda la información relacionada con la prestación de los servicios y el desarrollo de los fines de la CCB.
b) Las características y especificaciones de los productos, servicios y programas de la CCB que no sean de público conocimiento.
c) Todos los secretos empresariales que posea la CCB de conformidad con la legislación vigente.
d) Todos los conocimientos y experiencias de orden técnico, comercial y de economía de empresa que le permiten a la CCB realizar sus actividades productivas, desarrollar su objeto social y actividades de organización y administración, usualmente conocidas como know how.
e) Toda la información sobre políticas de ventas, precios, planes de distribución, métodos operativos y de trabajo, desarrollo de productos, políticas y prácticas comerciales.
f) Toda la información de datos personales que conozca en virtud de la presente invitación y el contrato eventual.
g) Toda la información sobre los clientes y potenciales clientes de la CCB, incluyendo, pero sin limitarse a los datos personales de los mismos.
h) Toda la información financiera de la CCB.
i) Toda la documentación y demás información sobre el hardware y el software que utiliza la CCB.
j) Toda la información que conozca en virtud o con ocasión de la presente invitación.
Las restricciones respecto de la confidencialidad de la información no se aplicarán a la información que se describe a continuación:
a. Aquella que sea desarrollada independientemente por los proponentes o que sea recibida legalmente de otra fuente, libre de cualquier restricción.
b. Aquella que esté disponible generalmente al público o sea de público conocimiento.
Cuando para la preparación de las propuestas la CCB suministre información considerada confidencial, el interesado diligenciará previamente el respectivo acuerdo de confidencialidad, el cual adjuntará a su propuesta o en el momento de entregar la información y hará parte integral de la misma.
El incumplimiento de dicho acuerdo dará lugar al inicio de las acciones legales que correspondan para el cobro de los perjuicios que pudieran producirse a la CCB, por la divulgación de información considerada confidencial o por el incumplimiento de dicho acuerdo, según lo establecido en el mismo.
1.11 CAMBIO DE REGULACIÓN. La normatividad aplicable a esta invitación será la que se encuentra vigente a la fecha de publicación de la invitación, incluso si entre la fecha de la invitación y el plazo máximo señalado para recibir las ofertas se modifica o deroga alguna disposición normativa aplicable. Sólo se exceptúa de lo anterior aquello que por expresa e imperativa disposición de la ley nueva deba ser aplicado a las invitaciones en curso al momento
de la entrada en vigencia de la nueva disposición. La Ley aplicable al contrato será la vigente al momento de su suscripción.
1.12 LUGAR DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Bogotá D.C., y la jurisdicción de la CCB. (Art. 8° Decreto 622 de 2000)
1.13 ESTRUCTURA Y ETAPAS DEL PROCESO. Dentro del proceso se cumplirán las siguientes etapas:
a) Apertura: Es el acto a través del cual se da a conocer los términos de la invitación a los posibles proponentes.
b) Etapa de observaciones: desde la fecha de apertura y hasta la fecha establecida en la invitación podrán los interesados formular preguntas por escrito a la CCB sobre esta invitación a proponer. La CCB dará respuesta antes del cierre por escrito y publicará las respuestas en la página web de la CCB, a las observaciones que sean presentadas en tiempo.
c) Cierre: momento límite de presentar propuesta.
d) Evaluación de propuestas: Es la etapa en la que la CCB verifica el cumplimiento de los requisitos habilitantes o mínimos establecidos en la invitación y realiza la etapa de evaluación de los criterios calificables para aquellos proponentes que resultaron habilitados. En esta etapa se otorga el puntaje de cada propuesta y se establece el orden de elegibilidad.
e) Adjudicación/ Declaratoria desierta. La adjudicación será total. La CCB podrá declarar desierto el proceso con lo cual no adjudicará a ningún proponente.
1.14 VISITA. LA CÁMARA se reserva el derecho de efectuar a los oferentes que cumplan con los requisitos mínimos exigidos por la CÁMARA, una visita para verificar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos dentro de la Invitación.
1.15 NEGOCIACIÓN. Si lo considera conveniente, la CCB, podrá realizar una etapa de negociación con el proponente seleccionado o con los proponentes que hayan cumplido los requisitos mínimos exigidos en la presente invitación, con el fin de obtener las condiciones más favorables para la entidad. Se entenderá que es definitiva la última oferta que incorpore las condiciones más favorables para la CCB, en caso de no presentarse alguna contraoferta se entenderá como oferta la última presentada por el proponente.
En caso en que la CCB decida realizar la etapa de negociación, informará a los proponentes el procedimiento establecido para tal fin.
1.16 ANEXOS DE LA INVITACIÓN.
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. ANEXO 2. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANEXO 2A. FORMATO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES ANEXO 3. PROPUESTA ECONÓMICA
ANEXO 4. PROYECTO DE CONTRATO
ANEXO 5. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE ANEXO 6. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO ANEXO 7. DOCUMENTO CONSORCIAL
1.17 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO EVENTUAL.
Las observaciones y/o aclaraciones que tengan los proponentes sobre el contrato eventual que va a suscribirse (ANEXO 4 – PROYECTO DE CONTRATO) deberán presentarse en la etapa
de observaciones señalada en la invitación a proponer. Si no se presentan observaciones se entenderá que el documento ha sido aceptado en su integridad.
Con la carta de presentación de la oferta y la oferta se entiende de manera expresa que el proponente acepta todas las condiciones establecidas en el proyecto de contrato (ANEXO 4 – PROYECTO DE CONTRATO). Sin embargo, la CCB se reserva el derecho de hacer las modificaciones al proyecto del contrato que considere pertinentes, según la naturaleza de la contratación.
Con la presentación de la oferta se entiende de manera expresa que el proponente acepta todas las condiciones establecidas en la invitación a proponer, todas las cláusulas señaladas en el proyecto de contrato (ANEXO 4 – PROYECTO DE CONTRATO) y que una vez adjudicado el contrato, EL CONTRATISTA lo firmará sin objeción alguna y cumplirá con los requisitos de ejecución en los tiempos establecidos para tal fin. Sin embargo, la CCB se reserva el derecho de hacer las modificaciones al proyecto de contrato que considere pertinentes, según la naturaleza de la contratación.
Cualquier condición de la propuesta que contradiga las condiciones establecidas en la invitación a proponer o las del proyecto de contrato se tendrá por no escrita, a no ser que la CCB la acepte expresamente y por escrito.
SECCIÓN 2 CONDICIONES GENERALES PARA PRESENTAR LA OFERTA
2.1 VIGENCIA DE LA OFERTA. Todas las ofertas deberán tener una vigencia mínima de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de presentación.
2.2 OFRECIMIENTOS ADICIONALES. Sólo se tendrán en cuenta las variables técnicas indicadas en la presente invitación para la evaluación de las ofertas. Sin embargo, si se ofrecen otras ventajas técnicas del servicio o del bien y se suscribe el contrato con el proponente respectivo, éste quedará obligado a cumplir con TODO lo ofrecido, sin que esto implique un mayor costo en el contrato. Estos ofrecimientos adicionales no supondrán una modificación o alteración a los parámetros esenciales establecidos en la invitación a proponer y, principalmente, a los factores de ponderación y escogencia.
2.3 OFERTAS CONDICIONADAS. No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en esta invitación a proponer. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, no serán tenidas en cuenta.
2.4 ANEXOS DE LA INVITACIÓN A PROPONER. Los proponentes deberán presentar los anexos establecidos en la invitación a proponer sin modificación y/o aclaración alguna, deberán diligenciarse con la información solicitada y presentarse firmados por el representante legal de la persona jurídica o la persona natural según sea el caso.
2.5 INFORMACIÓN ENTREGADA POR EL PROPONENTE. La CCB queda autorizada expresamente por el proponente para revisar, verificar y considerar toda la información recibida. El proponente acepta que la información que entregue a la CCB podrá ser conocida por sus colaboradores, por los asesores que ella contrate en relación con este proceso o por las autoridades judiciales o administrativas que la requieran. Los proponentes serán responsables de advertir que alguna de la información presentada en las ofertas contiene información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento.
2.6 SUFICIENCIA DE LA INFORMACIÓN ENTREGADA. El proponente declara que ha recibido toda la información necesaria y suficiente para elaborar su oferta y que asume las consecuencias
negativas que puedan seguirse de no haber solicitado información complementaria a la CCB en las oportunidades señaladas en esta invitación. Esta declaración se entiende hecha por el solo hecho de presentar la respectiva oferta.
2.7 ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. Todos los proponentes deberán declarar que aceptan sin reservas y sin condicionamientos de ninguna naturaleza todas las condiciones de esta invitación y las del contrato eventual. Esta manifestación se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento con la presentación de la propuesta.
2.8 POLÍTICAS DE LA CCB. El proponente con la presentación de su propuesta declara que conoce y dará aplicación a las políticas de seguridad de la información, manejo de datos personales, manual de seguridad industrial, que se encuentra publicado en xxx.xxx.xxx.xx.
2.9 REVOCACIÓN DE LA OFERTA. Los proponentes podrán retirar sus propuestas cuando lo consideren conveniente antes de la fecha de cierre establecida en la presente invitación o sus adendas. Con posterioridad a la fecha de cierre deberán presentar solicitud escrita de retiro o de no tener en cuenta la propuesta, está se entenderá como revocación de la propuesta situación que convertirá al proponente en deudor de la CCB de una suma equivalente al 10% del valor de la oferta presentada. La suma adeudada deberá ser cancelada dentro de los 3 días hábiles siguientes a la solicitud de retiro de la propuesta. La carta de revocación de la oferta y la carta de presentación de la oferta se constituirán en el título ejecutivo. Lo mismo sucederá ante la negativa injustificada para suscribir el contrato en caso de que le fuera adjudicado, se constituirá en título ejecutivo la carta de presentación de oferta, los cuales deberán ser consignados a la CCB en la cuenta bancaria informada por esta al proponente.
2.10 PROPONENTES QUE NO PODRÁN PRESENTAR OFERTAS. No podrán presentar ofertas quienes se encuentren en cualquiera de las hipótesis señaladas en el ‘Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo’ de la CCB, o en cualquier otra hipótesis legal que determine la configuración de una inhabilidad, incompatibilidad o de un conflicto de interés para contratar con la CCB, se encuentren reportados en listas restrictivas, y los proponentes que hayan suscrito contratos con la CCB y en la reevaluación de proveedores hayan tenido como calificación igual o inferior a 60 puntos hasta el año 2018 o igual o inferior a 70 puntos para el año 2019.
2.11 DOCUMENTOS DE LA OFERTA. Los documentos que serán tenidos en cuenta para la evaluación de las ofertas serán únicamente los que se encuentren en la propuesta original, por ende, no se tendrán en cuenta documentos que sean necesarios para la habilitación y/o evaluación y se encuentren en las copias.
La propuesta original y la copia deberán contener los mismos documentos y folios.
2.12 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. Para presentar oferta no es necesario haber retirado formalmente esta invitación de ninguna dependencia o haber cancelado suma alguna para obtener este documento.
Los proponentes deberán radicar por separado la oferta técnica y la oferta económica de la presente invitación, en sobre cerrado, los valores deben ser expresados en PESOS COLOMBIANOS. Adicionalmente, la oferta deberá presentarse foliada, en original y copia y podrá radicarse por cualquiera de los dos (2) siguientes medios:
a. Por escrito: Los proponentes deberán radicar por separado la oferta técnica y la oferta económica de la presente invitación y deberá dirigirse a la Dirección de Contratos. La oferta deberá presentarse en original en sobre cerrado, marcado así:
NOMBRE DEL PROPONENTE PROPUESTA TÉCNICA/PROPUESTA ECONÓMICA ORIGINAL/COPIA PARA PRESTAR LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CANTIDADES REQUERIDAS POR LA CÁMARA – 3000000668 – XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX |
La oferta deberá ser presentada en la ventanilla de correspondencia del Edificio Salitre, en la Xxxxxxx Xxxxxxxx 00X-00 xxxx 0, xxxxxxx xxxxxxxx. Se tendrá como fecha y hora de presentación de la propuesta la que figure en el sticker de radicado.
El proponente debe tener en cuenta que la propuesta es una sola y la hora de radicado del sticker de cada uno de los sobres debe ser máximo en la hora prevista para el cierre.
b. Por correo electrónico: Los proponentes deberán enviar de forma separada la oferta técnica y la oferta económica de la presente invitación y deberá ser enviada vía correo electrónico a xxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx en formato .pdf con la seguridad necesaria que impida manipulación o alteración del contenido. Para que el proponente pueda hacer uso de este medio de entrega de la propuesta, deberá cumplir con las siguientes especificaciones para el envío, so pena de que la propuesta no sea tenida en cuenta:
a) En ningún caso se aceptarán archivos enviados en formatos distintos de .pdf.
b) El correo enviado deberá contener la propuesta (técnica y económica) con todos y cada uno de los documentos exigidos en esta carta de invitación, sus anexos y soportes.
c) El conjunto de archivos enviados por este medio que comprenden la totalidad de propuesta deberá tener un tamaño total no mayor de 15 MB, para permitir su recepción de acuerdo con la capacidad xxx xxxxx destinado para ello por la CCB.
d) Deberá iniciarse el envío de la propuesta con una antelación no menor de 1 hora a aquélla señalada para el cierre de la invitación, con el fin de prevenir y solucionar posibles fallas técnicas que dificulten, retrasen o impidan su recepción por parte de la CCB.
e) Se entenderá que la propuesta fue entregada cuando se hayan recibido todos los archivos requeridos en la presente invitación, entendiendo que la fecha y hora de recibo corresponderá al recibo del último documento, lo cual será validado en el sistema.
f) Para la recepción de archivos, se tendrá en cuanta la fecha y hora de recepción por parte de la CCB.
g) El proponente deberá confirmar a la CCB la entrega de la propuesta por este medio, sin perjuicio de que la CCB confirme su recepción de manera simultánea o posterior a este aviso.
h) Los archivos adjuntos no deben tener dentro del nombre del archivo doble extensión y no deben contener caracteres ASCII o caracteres especiales tales como (.,*_-/+).
Nota. Las propuestas presentadas fuera de término no serán tenidas en cuenta y se entenderán como no presentadas, en este caso para las propuestas radicadas el proponente podrá recogerlas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes en la oficina de correspondencia de la CCB ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxx 00X-00 xxxx 0, Dirección de Contratos. Si no se acercan a recogerlas dentro del término señalado para tal fin se procederá con la destrucción de estas.
2.13 IDIOMA. Se entiende que el idioma oficial para presentar oferta y suscribir el negocio jurídico que resultase de la presente invitación es el español, por lo tanto, la oferta y sus anexos, así como los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los
proponentes para efectos del desarrollo de la presente invitación que estén en idioma extranjero, deben ser otorgados en idioma español y deberán presentarse junto con su original otorgado en idioma extranjero.
2.14 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR.
Si se presentan documentos públicos extranjeros, ellos deberán venir apostillados o legalizados según el caso de conformidad con la Resolución 10547 de 2018 expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás disposiciones que la reglamenten, adicionen o reformen.
Si el documento legalizado o apostillado está en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañado de una traducción oficial al castellano.
Si se presentan documentos privados extranjeros, se entenderán por privados aquellos que no ostentan el carácter de públicos, deberán aportarse en original junto con la respectiva traducción.
SECCIÓN 3. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES
3.1 REQUISITOS JURÍDICOS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA.
Además de los documentos que se mencionen en otros numerales de esta invitación y que se refieren a diferentes aspectos de la oferta o de la persona proponente, los interesados deberán anexar los siguientes documentos:
3.1.1 Capacidad para presentar ofertas.
Personas que pueden participar. En la presente invitación a proponer pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, cuyo objeto social esté directamente relacionado con el objeto del contrato a celebrarse, pueden participar consorcios y/o uniones temporales.
Para las personas jurídicas la duración debe ser por lo menos por la vigencia del contrato y dos año más.
Si se presentan documentos públicos extranjeros, ellos deberán venir apostillados o legalizados según el caso de conformidad con la Resolución 10547 de 2018 expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y demás disposiciones que la reglamenten, adicionen o reformen.
Si el documento legalizado o apostillado está en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañado de un traducción oficial al castellano.
NOTA 1. La CCB, UNIEMPRESARIAL, CORPARQUES, CAEM e INVEST IN BOGOTÁ
consultarán en listas restrictivas que los proponentes no se hallen incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato que pudiere derivarse de la presente invitación, verificará entre otros el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la República y Antecedentes Judiciales. Los proponentes que se encuentren incursos en alguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses para contratar con la CCB, su oferta no será tenida en cuenta.
NOTA 2. No serán aceptadas las ofertas de aquellos proponentes que hayan celebrado y ejecutado contratos con la CCB y su calificación en la “reevaluación de proveedores” haya sido igual o inferior a 60 puntos hasta el año 2018 o igual o inferior a 70 puntos para el años 2019..
En caso de presentarse algún proponente que tenga esta condición, su oferta se entenderá como no presentada.
NOTA 3. La CCB se reserva el derecho de evaluar propuestas de los proponentes, ya sea que participen en forma individual o plural, y/o celebrar contratos con aquellos con quienes LA CÁMARA o sus filiales tenga controversias judiciales, arbitrales o extrajudiciales, y/o reclamaciones formales de cualquier tipo y/o con aquellos que cuenten con multas o sanciones impuestas por entidades de Inspección, Vigilancia y Control a los que estén sujetas, y/o aquellos que se encuentren incursos en procesos de insolvencia empresarial, en consideración a que estas situaciones pueden representar un riesgo en la adecuada ejecución de la prestación del bien, obra o servicio a contratar o un riesgo reputacional para la CCB según sea el caso.
NOTA 4.Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio con expedición no superior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre del representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta. En todo caso en el evento de ser adjudicado un contrato a una sociedad extranjera ésta deberá cumplir con lo establecido en el Art. 469 y ss Código de Comercio Colombiano.
Si es persona jurídica sin domicilio o sucursal en Colombia, deberá constituir apoderado con domicilio en Colombia y aportar el respectivo poder con las formalidades legales.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, como requisito mínimo para presentar la propuesta, deben contar con un apoderado debidamente constituido y la obligación de constituir la sucursal será en caso de ser aceptada su oferta y está sujeta a los requisitos del Código de Comercio de Colombia, en este sentido la obligación de conformar una sucursal está sujeta a dos condiciones: a) Ser adjudicatario del contrato y b) Que la actividad a ejecutar en dicho contrato sea de las consideradas como actividades permanentes en los términos de los artículos 469 y ss del Código de Comercio de Colombia.
Dado lo anterior, para la suscripción del contrato no es requisito constituir una sucursal. Sin embargo, si el contratista se encuentra incurso en las dos condiciones antes citadas, estará en la obligación de constituir la respectiva sucursal con posterioridad a la suscripción del contrato.
Cuando los proponentes presenten sus propuestas a través de apoderado se deberán anexar con la propuesta un poder expedido y autenticado de acuerdo con la xxx xxx xxxxx de su otorgamiento y, cuando sea del caso, deberá anexarse la prueba de la existencia y representación legal de la persona poderdante.
En caso de que el representante legal o apoderado tenga limitaciones para presentar la oferta, el proponente deberá aportar copia o extracto del acta del órgano interno competente, donde conste la autorización para presentar la oferta.
3.1.2 Existencia y representación legal de entidades sin ánimo de lucro. Las entidades sin ánimo de lucro deberán acreditar su existencia y representación legal mediante el documento idóneo emitido por la autoridad administrativa competente, con una fecha de expedición no superior a 3 meses. Si el registro de esas entidades es competencia de la CCB no será necesario aportar el certificado.
3.1.3 Matricula Mercantil. Estar matriculados en la cámara de comercio del domicilio principal y estar al día con las renovaciones de sus matrículas mercantiles, cuando esté obligado legalmente a ello.
A la oferta deberán anexar el certificado de existencia y representación legal y la constancia de renovación de la matricula mercantil, únicamente cuando el registro mercantil corresponda a una jurisdicción distinta de la Cámara de Comercio de Bogotá.
3.1.4 Carta de Presentación de la Oferta. Carta de presentación de la oferta (ANEXO 1), diligenciada y suscrita por el representante legal de la persona jurídica o su apoderado, en la que deberá constar inequívocamente la aceptación del Código de Ética y Buen Gobierno de la CCB, la aceptación de todas las condiciones de la invitación y de las cláusulas generales del contrato eventual que se señalan en el (ANEXO 4). Esta carta de presentación de la oferta constituirá el título ejecutivo en los casos señalados en los numerales 2.9 de la presente invitación.
3.1.5 RUT. Fotocopia del certificado actualizado del RUT del proponente.
Nota. Si este documento ha sido remitido a la CCB durante el último año y no han cambiado su condición tributaria, absténgase de remitirlo nuevamente.
3.1.6 Cédula de Ciudadanía. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal del proponente.
3.1.7 Documento de constitución de Consorcios, Uniones Temporales u otros proponentes plurales. Documento de constitución de consorcios y uniones temporales o de constitución de cualquiera de las otras formas de proponente plural establecido en la presente invitación. Documento donde consta el respectivo acuerdo, el cual debe contener como mínimo: nombres, identificación de las partes, domicilio, duración, representante y objeto.
Se podrán presentar ofertas bajo las modalidades de consorcio o unión temporal de máximo dos miembros, para lo cual se deberá allegar el documento donde conste el respectivo acuerdo.
Los deberes y las obligaciones que en esta invitación se señalan para los proponentes y para los eventuales contratistas serán asumidos solidariamente por los miembros del consorcio o unión temporal o los integrantes de cualquiera de las otras formas de proponente plural establecidas en la presente invitación, al igual que la indemnización de los perjuicios y las multas que puedan derivarse del incumplimiento de tales obligaciones. A la CCB le será inoponible todo pacto en virtud del cual se limite la responsabilidad de cada uno de los miembros y/o integrantes.
Las personas que integren un consorcio o una unión temporal o cualquiera de las otras formas de proponente plural establecidas en la presente invitación serán solidariamente responsables del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, así como frente a los derechos y sanciones derivadas del mismo.
Salvo que en el documento de constitución se haya nombrado expresamente un representante del consorcio o de la unión temporal o de las otras formas de proponente plural que se hayan
establecido en la presente invitación, la oferta deberá ser suscrita por todos los miembros del consorcio o de la unión temporal o integrantes de las demás formas de participación plural de proponentes. La misma regla se aplicará para la suscripción del contrato eventual.
Se prohíbe la cesión en la participación del consorcio o unión temporal o de las demás formas de participación plural de proponentes establecidas en la invitación, de cualquiera de sus miembros o integrantes, salvo autorización expresa y por escrito de la CCB.
Es inaplicable a esta invitación a proponer y al contrato eventual, dada la naturaleza jurídica de la CCB, aquella que puede dar origen la regulación de los consorcios y las uniones temporales contenida en la Ley 80 de 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”.
Nota. La CCB verificará que el proponente no se encuentre en liquidación o bajo condiciones financieras o de cualquier otra índole que pudieran implicar un riesgo no admisible para la CCB. Así mismo, la oferta que no cumpla con la totalidad de las condiciones financieras exigidas no será considerada.
3.1.8 Póliza de seriedad de la oferta. Por el hecho de presentar oferta y de vencerse el plazo del cierre sin que la misma haya sido retirada, se entenderá que la propuesta es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones originales de su oferta durante todo el tiempo que dure la invitación a proponer, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con estas bases:
El proponente deberá constituir garantía de seriedad de la oferta con el fin de amparar la seriedad y validez de la oferta presentada, en los siguientes términos:
• Objeto: Amparar la seriedad y validez de la oferta presentada.
• Asegurado y beneficiario: CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTA
• Tomador: Proponente. Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de pluralidad de proponentes establecidas en la presente invitación, la póliza de garantía deberá ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal como aparecen en el documento que acredite la existencia y representación legal de cada uno de ellos. INCLUIR EL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN.
• Valor Asegurado: En cuantía equivalente a la suma de ochenta y tres millones de pesos m/cte. ($83.000.000)
• Vigencia de la Garantía: Por el término de tres (3) meses, contados a partir del CIERRE de la presente invitación. En todo caso, la garantía de seriedad de la oferta deberá estar vigente hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato resultante de la presente invitación.
La garantía de seriedad de la oferta podrá ser:
• Garantía Bancaria. en cuyo caso deberá tener la siguiente leyenda. “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del documento que declare el incumplimiento del PROPONENTE”. Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la garantía debe ser otorgada por todos los integrantes.
• Póliza. La póliza deberá adjuntarse con la caratula y clausulado, deberá estar acompañada del recibo o constancia del pago de la prima o constancia de que la póliza no expirará por falta de su pago o por revocación unilateral. La garantía deberá ser expedida por una entidad financiera o aseguradora, vigiladas por la Superintendencia Financiera.
• Fiducia Mercantil en Garantía. Con la finalidad de servir de garantía como mecanismo de cobertura aceptable por la CCB para cubrir los riesgos derivados de la seriedad del ofrecimiento o del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato o de su liquidación. Los bienes o derechos que sean entregados en fiducia mercantil en garantía deberán ofrecer a la CCB un respaldo idóneo y suficiente para el pago de las obligaciones garantizadas. La sociedad fiduciaria, en desarrollo del contrato xx xxxxxxx en garantía, deberá expedir el respectivo certificado de garantía o el documento que haga sus veces, en el que conste: 1. El nombre de la entidad beneficiaria de la garantía (CCB). 2. La duración del contrato xx xxxxxxx. 3. El valor de la garantía. 4. La vigencia de la garantía, la cual deberá adecuarse a lo previsto en la invitación, para cada una de las coberturas. 5. El valor de los bienes y derechos fideicomitidos que conste en el último de los estados financieros actualizados del fideicomiso y una descripción detallada de los mismos. 6. El procedimiento a surtirse en caso de hacerse exigible la garantía, el cual no podrá imponer a la CCB condiciones más gravosas a las contenidas en la invitación. 7. Los riesgos garantizados. 8. La prelación que tiene la CCB para el pago. 9. Los mecanismos por los cuales la fiduciaria contará con los recursos para hacer efectiva la garantía, los cuales no podrán afectar la suficiencia de esta. Parágrafo. La fiduciaria no podrá proponer la excepción de contrato no cumplido frente a la CCB.
Constitución y aprobación de la Fiducia Mercantil. Para la aprobación de la garantía por parte de la CCB, los oferentes o contratistas deberán acreditar la constitución de la garantía a través de la copia del respectivo contrato y entregar el certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria. El contrato xx xxxxxxx mercantil debe contener al menos los siguientes requisitos sin los cuales no podrá ser aceptado como garantía por parte de la CCB: 1. Las partes del contrato fiduciario. i) el constituyente - que puede ser el oferente o contratista o una persona jurídica autorizada por sus estatutos para garantizar obligaciones de terceros - y (ii) la fiduciaria. 2. Beneficiario. En el contrato xx xxxxxxx se debe estipular que el beneficiario es la CCB ante la cual el constituyente va a presentar una oferta o tiene celebrado el contrato. 3. Conservación de los bienes. En el contrato xx xxxxxxx se debe estipular que es obligación del fiduciario realizar todos los actos necesarios para la conservación de los bienes fideicomitidos o adoptar las medidas necesarias para que quien los tenga garantice dicha conservación. 4. Idoneidad de la garantía. El contrato deberá contener la obligación del fiduciario de efectuar periódicamente valoraciones y avalúos sobre los bienes que constituyen el patrimonio autónomo a precios xx xxxxxxx o técnica y suficientemente atendiendo el valor de realización de los mismos, con el objeto de velar por la idoneidad de la garantía. Adicionalmente, deberá incluirse la obligación para el fiduciario de avisar a la CCB, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que conoció que los bienes no resultan suficientes para el pago de las obligaciones garantizadas por disminución de su precio en términos de valor xx xxxxxxx, con el fin de que se proceda a su reposición o ampliación, según el caso. 5. Reposición y ampliación de la garantía. En el contrato xx xxxxxxx debe quedar pactada la obligación a cargo del oferente o contratista de reemplazar o aumentar dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al requerimiento del fiduciario los bienes cuyo valor se disminuya por aplicación de las normas de valoración a precios xx xxxxxxx, o de entregar otros adicionales de las especies y características indicadas. 6. Procedimiento en caso de incumplimiento. Sin perjuicio de lo previsto en la invitación, y sin que pueda hacerse más gravosa la actuación de la CCB. En todo caso, cuando exista incumplimiento se pondrá en conocimiento de la sociedad fiduciaria el documento que declara el incumplimiento y ésta adelantará los trámites del caso para hacer efectiva la garantía. A la fiduciaria no le será admisible discutir la responsabilidad del contratista.
• Garantía bancaria a primer requerimiento. Pueden ser utilizadas como mecanismo de cobertura aceptable por la CCB para cubrir los riesgos derivados de la seriedad del ofrecimiento o del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y de su liquidación. A través de una garantía bancaria, una institución financiera nacional o extranjera, asume el compromiso firme, irrevocable, autónomo, independiente e incondicional de pagar directamente a la CCB, a primer requerimiento, hasta el monto garantizado, una suma de dinero equivalente al valor del perjuicio sufrido por la CCB como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas por el proponente o contratista, ante la presentación del documento que así lo declara. La garantía deberá constar en documento privado en el cual el establecimiento de crédito asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable en favor de la CCB el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del solicitante, en caso de incumplimiento por parte de éste. La garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando el acto administrativo en firme que declara el incumplimiento de las obligaciones contractuales o cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos, se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito. El contratista u oferente deberá acreditar la constitución de la garantía, mediante la entrega del documento contentivo de la misma, suscrito por el representante legal del establecimiento de crédito o por su apoderado y en ella deberá constar: (i) el nombre de la CCB como beneficiaria de la garantía; (ii) los riesgos garantizados; (iii) la forma de hacer exigible la garantía, en la cual no se podrá imponer a la CCB condiciones más gravosas a las contenidas en LA INVITACIÓN; (iv) el valor de la garantía y, (v) la vigencia de la garantía la cual deberá adecuarse a lo previsto en la invitación, para cada una de las coberturas. Serán admisibles, las siguientes garantías bancarias a primer requerimiento: El contrato de garantía bancaria, La carta de crédito stand by.
• Depósito de dinero en garantía. Será admisible como garantía el depósito de dinero en garantía de conformidad con lo previsto en el artículo 1173 del Código de Comercio. Esta garantía será constituida ante una institución financiera vigilada por la Superintendencia Financiera y deberá otorgarse a favor de la CCB, por el monto exigido por esta última, respetando como mínimo los límites establecidos en la invitación.
3.2 REQUISITOS FINANCIEROS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA.
Los proponentes deberán presentar con su oferta los estados financieros con corte fiscal del año inmediatamente anterior, de interés general o particular, que permitan la fácil consulta o determinación de las variables para tener en cuenta. Sólo se considerarán estados financieros certificados con corte al 31 de diciembre de 2019 bajo normas NIIF.
Para las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia o en caso de sociedades extranjeras con sucursal en Colombia que presenten propuesta a nombre de la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la última fecha xx xxxxx financiero que según su normatividad aplique, la cual debe ser señalada.
La capacidad financiera exigida es la siguiente:
Índice | Mínimo requerido | Calificación |
Capital de trabajo | >=$ 207.500.000 | 20% |
Razón corriente | >= 1,1 | 20% |
Endeudamiento | <=75% | 20% |
Patrimonio | >= $ 1.245.000.000 | 20% |
Utilidad Neta | >=0 | 20% |
Total | 100% |
Se considerará que cumple con la capacidad financiera requerida para asumir el contrato el proponente que obtenga mínimo 80 % de los ítems requeridos, en todo caso deberá cumplir con el nivel de patrimonio.
Nota 1. En el caso de consorcios o uniones temporales o cualquier otra modalidad de formas de proponente plural las condiciones financieras solicitadas se evaluarán de la siguiente manera:
1. Se calculan los indicadores para cada uno los integrantes/miembros.
2. Se ponderan por su porcentaje de participación en la asociación/consorcio/unión temporal o forma de proponente plural.
3. Se suman los valores ponderados de cada indicador para determinar los valores obtenidos por el consorcio o unión temporal o la modalidad de formas de proponente plural.
En todo caso de conformidad al porcentaje de participación, el consorcio o la unión temporal o la modalidad de forma de proponente plural debe cumplir con los índices financieros indicados en el presente numeral.
Nota 2. La CCB podrá verificar la coherencia de la información financiera de los proponentes que se encuentren matriculados o inscritos en el registro mercantil de la CCB.
Nota 3. La CCB verificará que el proponente no se encuentre en liquidación o bajo condiciones financieras o de cualquier otra índole que pudieran implicar un riesgo no admisible para la CCB. Así mismo la oferta que no cumpla con la totalidad de las condiciones financieras exigidas no será considerada.
3.3 REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA PRESENTAR LA OFERTA.
Las condiciones enunciadas en el presente numeral son las mínimas necesarias para satisfacer los requerimientos de la CCB. El cumplimiento de estas condiciones mínimas no mejorará la calificación de la oferta y su incumplimiento impedirá tener en cuenta la oferta para evaluación.
3.3.1 Aceptación del anexo de especificaciones técnicas. El proponente deberá allegar en su propuesta el (ANEXO 2. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS) debidamente diligenciado y firmado por el representante legal de la persona jurídica o su apoderado, mediante el cual acepta y garantiza el cumplimiento de todas las características técnicas descritas en éste en caso de que llegue a adjudicársele el contrato respectivo.
Las condiciones enunciadas en el (ANEXO 2. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS) son las mínimas necesarias para satisfacer los requerimientos de la CCB. Por tal motivo las mismas no podrán ser modificadas o condicionadas. El cumplimiento de estas condiciones mínimas no mejorará la calificación de la oferta y su incumplimiento o modificación impedirá tomar en cuenta la propuesta para evaluación.
3.3.2 Equipo de trabajo. El proponente debe ofrecer un equipo de trabajo conformado como se describe a continuación, para lo cual deberá presentar las Hojas de Vida y certificaciones de experiencia y formación del personal que dispondrá para la CCB, quienes serán responsables de las actividades descritas para cada rol:
a) Director Creativo y de Contenidos: Deberá ser profesional en cualquier área del conocimiento y con postgrado en Comunicación Social y/o Periodismo y/o profesional en Cine y/o Artes Audiovisuales y/o Publicidad o Diseño Gráfico y acreditar mínimo (diez)10 años de experiencia en producción audiovisual o producción de cine y/o televisión.
b) Editor y Jefe de Postproducción: Deberá ser técnico o tecnólogo o profesional en Comunicación Social o Periodismo o en Cine o Artes audiovisuales o Publicidad o Diseño Gráfico y acreditar experiencia en la producción de mínimo quince (15) videos corporativos o cine o televisión o documentales.
c) Graficador animador: Deberá ser profesional en Diseño Gráfico o Arquitectura y acreditar experiencia de mínimo tres (3) años en animación o graficación, para desarrollo de piezas animadas en 2D o 3D.
d) Productor General: Deberá ser profesional en cualquier rama del conocimiento y acreditar experiencia de mínimo tres (3) años en producción de videos corporativos o documentales o cine o televisión.
e) Dos (2) Camarógrafos: Deberán ser técnicos o tecnólogos o profesionales en cualquier rama del conocimiento y acreditar experiencia de mínimo dos (2) años en producción de videos corporativos o documentales o cine o televisión.
f) Sonidista: Deberá ser técnico o tecnólogo o profesional en cualquier rama del conocimiento y acreditar experiencia de mínimo un (1) año como asistente de sonido en videos corporativos o documentales o cine o televisión.
Equipo de trabajo acorde a la necesidad:
a) Guionista: Deberá ser profesional en Ciencias Sociales y/o Humanidades y acreditar experiencia en dirección de postproducción o producción de videos institucionales o comerciales o documentales o cine o televisión en al menos quince (15) proyectos realizados y acreditar el dominio de la segunda lengua inglés, el cual deberá acreditar mediante certificación expedida por una Institución Universitaria o Colegio Bilingüe o Examen TOFL o IELTS o CAMBRIDGE.
b) Realizador y Director de Fotografía: Deberá ser profesional en Comunicación Social o Periodismo o en Cine o Artes audiovisuales, fotografía, publicidad o diseño gráfico y acreditar experiencia como realizador y director de fotografía en posproducción o producción de videos institucionales o comerciales o documentales o cine o televisión en al menos 15 proyectos realizados.
Nota 1. Para verificar la experiencia del equipo de trabajo, el proponente deberá anexar los siguientes documentos:
• Copia del acta de grado o diploma / tarjeta profesional. (cuando aplique)
• Hoja de vida.
• Certificaciones de experiencia expedidas por parte de las empresas contratantes, donde se indique claramente las actividades desempeñadas y el tiempo de servicio. Las certificaciones deben ser expedidas por la persona o entidad contratante, en papel membretado o con sello de la empresa y/o entidad contratante y deberán contener como mínimo la siguiente información:
a. Expedida por la persona o entidad contratante y firmada por persona competente.
b. Nombre de la persona o entidad contratante.
c. Vigencia del contrato: fecha de inicio y de finalización (día-mes año).
d. Objeto y/o funciones del contrato.
e. Datos del contacto: nombre, cargo, teléfono y celular de la persona de contacto.
f. Si el proponente es el mismo que certifica a algún integrante del equipo de trabajo presentado, deberá anexar el respectivo contrato de trabajo y la planilla de pagos de seguridad social.
Nota 2. Un mismo integrante puede desempeñar máximo dos roles, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos solicitados en cada rol.
Nota 3. No se aceptan traslapos (experiencia paralela) para el personal del equipo de trabajo solicitado.
Nota 4. El proponente debe diligenciar el (ANEXO 6. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO), relacionando la información de la experiencia con la que acreditará este requisito.
Nota 5. Los recursos presentados en la propuesta técnica deberán permanecer durante la vigencia de la contratación. Cualquier modificación al equipo de trabajo durante la ejecución del contrato deberá ser autorizada por escrito por la CCB, el personal que se proponga en reemplazo debe cumplir con los requisitos mínimos solicitados, para el perfil que corresponda.
Nota 6. El proponente deberá anexar a su propuesta una carta firmada por el Representante Legal, en la que manifieste que, en caso de resultar seleccionada, se compromete a:
a. Mantener la cantidad de personal presentado en la propuesta mientras dure el contrato.
b. En caso de requerir el reemplazo de algún integrante del equipo, se solicitará previamente autorización a la CCB, evento en el cual enviará previamente las hojas de vida, las cuales deberán cumplir por lo menos con los mismos requisitos establecidos en la presente invitación a contratar. Si alguna de las personas del equipo debe ausentarse de sus funciones, EL PROPONENTE debe asegurar que existirá alguien encargado de realizar sus funciones con la misma dedicación, experiencia igual o superior y tiempos acordados, que no afecten al resto del equipo de EL PROPONENTE.
c. En caso de que el oferente presente bonificados debe señalarlos en la presente carta.
Nota 7. El personal solicitado para la ejecución del contrato en caso de ser reemplazado por el Contratista, tendrá un término máximo de 5 días hábiles y deberá cumplir con los requisitos establecidos, para lo cual solicitará al supervisor del contrato el cambio respectivo, enviando los documentos soportes del profesional que permitan validar el cumplimiento de los requisitos solicitados.
3.3.3 Experiencia del proponente.
El proponente deberá acreditar en la realización y producción de piezas audiovisuales mediante la presentación de hasta cinco (5) de contratos ejecutados y/o en ejecución a partir del año 2015, cuya sumatoria sea igual o superior a $580.000.000 antes de IVA.
Para los contratos en ejecución deberá certificar mínimo del 50% de ejecución.
Para los contratos ejecutados podrá acreditarse con la certificación o copia del contrato con la respectiva acta de liquidación, los cuales deben cumplir los siguientes requisitos:
• Expedida por la persona o entidad contratante y firmada por persona competente.
• Nombre de la persona o entidad contratante.
• Vigencia del contrato: fecha de inicio y de finalización (día-mes año)
• Objeto del contrato.
• Valor del contrato.
• Xxxxx ejecutado a la fecha:
• Porcentaje de ejecución.
• Porcentaje de participación en caso de consorcios o uniones temporales.
• Datos del contacto: nombre, cargo, teléfono y celular de la persona de contacto.
Nota 1. El proponente debe diligenciar el (ANEXO 5. CUADRO EXPERIENCIA DEL PROPONENTE), relacionando la información de las experiencias con la que acreditará este requisito.
Nota 2. La certificación puede ser reemplazada por la copia del contrato, siempre y cuando también se anexe la respectiva acta de recibo y/o acta de liquidación, debidamente suscrita por el interventor y/o la entidad contratante, que en conjunto cumplan con los contenidos y requisitos establecidos en este literal; de lo contrario no será tenida en cuenta.
Nota 3. La CCB se reserva el derecho de validar la información suministrada por el proponente.
Nota 4. Si el proponente ha suscrito contratos con la CCB cuyo objeto y condiciones cumplan con lo solicitado en la presente invitación, deberá informarlo a la CCB en su propuesta indicando el número y fecha del contrato. Dicha experiencia será tenida en cuenta dentro del presente proceso de selección, en este caso el proponente no tendrá que allegar la certificación de los contratos, pero en todo caso para que sea válido deberá manifestarlo.
Nota 5. Si la certificación viene liquidada en dólares (U$) o en otra moneda extranjera, el proponente deberá presentar su conversión a pesos colombianos ($), tomando como base la TRM (tasa representativa xxx xxxxxxx) reportada por el Banco de la República a la fecha de terminación del respectivo contrato. La CCB podrá verificar la información correspondiente. Esta conversión deberá ser firmada por el respectivo revisor fiscal o contador público.
Nota 6. Cuando la experiencia se obtuvo siendo integrante de un consorcio o unión temporal o cualquiera de las formas de proponente plural, debe indicarse el porcentaje de participación, el cual se empleará para determinar la experiencia que le corresponde a dicho integrante. Lo anterior deberá acreditarse mediante la certificación expedida por el tercero contratante o a través del documento de conformación del consorcio o unión temporal.
Nota 7. No se admitirán auto certificaciones.
Nota 8. Si la constitución del proponente es menor a tres (3) años, puede acreditar la experiencia con la que hayan obtenido sus accionistas, socios o constituyentes.
Nota 9. Las certificaciones que se alleguen indicando el valor del contrato en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes se hará la conversión de acuerdo con el valor del SMMLV establecido para el año de terminación del contrato que se quiera acreditar.
SECCIÓN 4. PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente indicará cuál es la remuneración total que exigirá por la ejecución de todos los servicios ofrecidos indicados en la presente invitación.
La propuesta económica de los proponentes (ANEXO 3. PROPUESTA ECONÓMICA) corresponderá a los valores unitarios de los elementos a suministrar. La oferta deberá incluir LA TOTALIDAD DE COSTOS directos o indirectos en los cuales incurre el proponente para la prestación del servicio, así
como el valor del respectivo IVA, cuando haya lugar a ello. Si el contrato es de tracto sucesivo, indicarán cuál es el valor de cada una de las prestaciones periódicas, siempre que ellas sean homogéneas, o indicarán el modo de determinar el valor total de cada una de las prestaciones, si ellas no son homogéneas. La expresión de la remuneración se hará en pesos colombianos, salvo que la CCB solicite que se exprese en monera extranjera.
El (ANEXO 3. PROPUESTA ECONÓMICA) deberá ser presentado sin tachones o enmendaduras, no podrá ser modificado, y deberá contener la totalidad de la información solicitada.
La CCB podrá en caso de error realizar las correcciones aritméticas de la propuesta económica a que haya lugar. El proponente está obligado a cumplir el valor ofertado en la propuesta económica luego de realizadas las correcciones.
Los valores deben presentarse en pesos colombianos, sin decimales, en caso de decimales se deberá aproximar al entero más cercano. Si la oferta no se encuentra aproximada la CCB queda facultada para realizar esta aproximación y el proponente acepta los valores finales que resulten de la oferta luego de las aproximaciones.
En caso de presentarse la propuesta económica en una moneda diferente a la indicada anteriormente, la CCB de acuerdo con las condiciones del contrato analizará la viabilidad de su aceptación y en caso de considerarse factible, para la asignación del puntaje por precio se tendrá en cuenta la conversión a pesos colombianos tomando como base la tasa representativa xxx xxxxxxx indicada por el Banco de la República para la fecha de cierre de la invitación.
El riesgo cambiario lo asumirá el contratista, por lo que no aceptaran reajustes por este concepto en el valor del contrato.
Los criterios expresados en esta sección son indicativos de cuáles son los aspectos que la CCB considerará en las ofertas que reciba, del modo como realizará esa valoración y de los diversos niveles de importancia que concede a distintas materias.
5.1 ACLARACIÓN Y SUBSANABILIDAD DE LA OFERTA.
Los proponentes podrán modificar o aclarar su oferta como lo consideren pertinente en cualquier momento antes del cierre.
Luego de vencido el plazo para presentar propuestas, la CCB podrá pedir a las proponentes aclaraciones y/o documentos relativos a la propuesta, sin que con ello el proponente pueda modificar el alcance inicial de la misma, ni acreditar requisitos o condiciones adquiridas con posterioridad al cierre del proceso de selección. En el documento de solicitud de aclaraciones la CCB informará a cada proponente el plazo para subsanar lo solicitado. En caso de que el proponente no presente la aclaración en el plazo establecido (lugar y hora), la CCB podrá descartar su propuesta y no tenerla en cuenta para ser evaluada.
5.2 PRIMERA FASE, DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES ESTABLECIDOS EN LA INVITACIÓN A PROPONER
En la primera fase de la evaluación la CCB verificará que la oferta cumpla con todas las exigencias mínimas y/o requisitos habilitantes contenidas en esta invitación a proponer.
Luego de vencido el plazo para presentar propuestas, la CCB podrá pedir a los proponentes aclaraciones y/o documentos relativos a la propuesta, sin que con ello el proponente pueda
modificar el alcance inicial de la misma, ni acreditar requisitos o condiciones adquiridas con posterioridad al cierre del proceso de selección. En el documento de solicitud de aclaraciones la CCB informará a cada proponente el plazo para subsanar lo solicitado. En caso de que el proponente no presente la aclaración en el plazo establecido (lugar y hora), la CCB podrá descartar su propuesta y no tenerla en cuenta para ser evaluada.
5.3 SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las propuestas que superen la primera fase continuaran a la segunda fase, en la que se evaluará la presentación del portafolio y la propuesta económica.
5.3.1 Presentación del portafolio.
Corresponde a la presentación del portafolio de productos del proponente, que se realizará ante un comité de evaluación conformado por la Gerente de Asuntos Corporativos, el Asesor de Asuntos Corporativos, el Jefe de Prensa, el Jefe de Publicidad y el Profesional Senior de Prensa.
La presentación deberá realizarse en las fechas que se estimen para cada proponente.
El proponente tendrá hasta 15 minutos para realizar su presentación, que deberá contener: trayectoria de la empresa, clientes con los que ha trabajado, y al menos tres videos producidos en diferentes formatos (animación, documentales, corporativos y cubrimiento de eventos, entre otros).
La presentación será evaluada por el comité y se calificará así:
• Efectividad del mensaje de los videos presentados. La acción a la que invita el video deberá hacerse evidente; para qué se hizo; qué se esperaba lograr. Uso del lenguaje, fácil de entender, mantiene la atención de la audiencia, etc. Capacidad de adaptar piezas para redes sociales y otros canales de divulgación.
• Calidad visual: Fotografía; composición; ubicación de personajes; movimientos de la cámara; iluminación; color; uso adecuado de la tipografía y graficación.
Ofrecimientos adicionales. Sólo se tendrán en cuenta las variables técnicas indicadas anteriormente para la evaluación de las ofertas. Sin embargo, si se ofrecen otras ventajas técnicas del servicio o del producto y se celebra contrato con el proponente respectivo, éste quedará obligado a cumplir con todo lo ofrecido, estos ofrecimientos adicionales deben reflejarse en la Propuesta Técnica.
5.3.2 Criterios de evaluación.
Son aquellos factores objetivos determinados en la invitación a proponer que se tendrán en cuenta para la asignación de puntaje de las ofertas presentadas, de la siguiente manera:
Criterio | Descripción | Puntaje | |||
Precio | Evalúa la parte económica de la oferta para lo cual debe considerarse el precio. El puntaje se asignará de la siguiente forma: | 50 | |||
Tipo de Video | Puntaje | ||||
Corporativos tipo A | 2 |
Corporativos tipo B | 2 | ||||
Corporativos tipo C | 2 | ||||
Corporativos tipo D | 2 | ||||
Corporativos tipo E | 2 | ||||
Corporativos tipo F | 2 | ||||
Registro de evento tipo A | 7 | ||||
Registro de evento tipo B | 7 | ||||
Registro de evento tipo C | 6 | ||||
Registro de evento tipo D | 6 | ||||
Registro de evento tipo E | 6 | ||||
Traducción | 2 | ||||
Subtitulación | 2 | ||||
Edición y animación | 2 | ||||
Obtendrá mayor puntaje la oferta que ofrezca un menor precio en cada tipo de video. Las demás propuestas obtendrán el puntaje de manera proporcional. | |||||
Presentación del portafolio | Corresponde a la presentación del portafolio de productos del proponente, que se realizará ante un comité de evaluación conformado por la Gerente de Asuntos Corporativos, el Asesor de Asuntos Corporativos, el Jefe de Prensa, el Jefe de Publicidad y el Profesional Senior de Prensa. La presentación deberá realizarse en las fechas que se estimen para cada proponente. El proponente tendrá hasta 15 minutos para realizar su presentación, que deberá contener: trayectoria de la empresa, clientes con los que ha trabajado, y al menos tres videos producidos en diferentes formatos (animación, documentales, corporativos y cubrimiento de eventos, entre otros). La presentación será evaluada por el comité y se calificará así: Efectividad del mensaje de los videos presentados. La acción a la que invita el video deberá hacerse evidente; para qué se hizo; qué se esperaba lograr. Uso del lenguaje, fácil de entender, mantiene la atención de la audiencia, etc. Capacidad de adaptar piezas para redes sociales y otros canales de divulgación. Obtendrá hasta 21 puntos. Calidad visual: Fotografía; composición; ubicación de personajes; movimientos de la cámara; iluminación; color; uso adecuado de la tipografía y graficación. Obtendrá hasta 24 puntos. | 45 | |||
Aporte a la sostenibilidad | El proponente que este inscrito, certifique o cuente con algún sello sobre trabajo en programas y/o aportes a la sostenibilidad (medio ambiente o impacto social enmarcados en los ODS de las Naciones Unidas) de un tercero idóneo como Pacto Global, ICONTEC con su sello de sostenibilidad, Estándares GRI o Sistema B, obtendrá 1 punto adicional. | 1 | |||
Incentivo a nuevos empresarios | El proponente que presente propuesta en consorcio o unión temporal, en la cual, uno de los integrantes sea una empresa con menos de 3 años de constituida, a la fecha de cierre de la invitación, obtendrá 1 punto adicional. | 1 |
Afiliación al Círculo de Afiliados de la CCB | Corresponde a la condición de pertenecer al Círculo de Afiliados de la CCB al momento de presentar la propuesta. | 3 |
TOTAL | 100 |
Nota. Criterios de calificación para consorcios o uniones temporales o cualquier modalidad de forma de proponente plural correspondientes a la calidad de afiliado será aplicado de acuerdo con el puntaje establecido en la presente invitación si alguno de los integrantes/miembros del consorcio/ unión temporal o cualquier modalidad de forma de proponente plural acredita tal condición (no es necesario que la acrediten todos).
5.4 EMPATE.
Si después de aplicar los criterios de evaluación a las ofertas recibidas, se tiene que dos o más de ellas obtienen el mismo puntaje, la CCB podrá convocar a los proponentes empatados a una etapa de negociación de la oferta, en tal caso la CCB les informará previamente a los proponentes el procedimiento establecido para esta etapa.
Si la etapa de negociación de las ofertas no es convocada o no se presentan contraofertas, prevalecerá entre las ofertas empatadas aquella que haya ofrecido el menor precio. Si el empate persiste la CCB definirá por sorteo el proponente a contratar.
ADJUDICACIÓN TOTAL: La adjudicación de la presente invitación a proponer se hará de manera total al proponente que resulte seleccionado.
CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ
[Fin de la invitación]
ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Ciudad y Fecha
Señores
Dirección de Contratación
CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ – CCB
Xx. Xxxxxxxx Xx. 00X-00 Xxxx 0. Xxxxxx X.X.
Asunto: Invitación Pública a proponer No. 3000000668 para prestar los servicios para la realización y producción de piezas audiovisuales de conformidad con las especificaciones técnicas exigidas y cantidades requeridas por la Cámara.
Estimados señores:
En mi calidad de representante legal de o apoderado, me permito presentar oferta y los documentos necesarios para participar en la invitación a proponer del asunto de acuerdo con las condiciones establecidas en la Invitación Pública.
Declaro así mismo que:
1. Estoy autorizado legalmente para firmar y presentar la oferta y la documentación anexa.
2. La oferta y el contrato que llegase a suscribirse sólo compromete a la sociedad o entidad que represento y que suscribe el presente documento.
3. Xxxxxxx, he revisado y acepto, sin condicionante alguno, todos los términos y condiciones de la invitación pública a proponer, proyecto de contrato y anexos. La sociedad o entidad que represento y/o la persona natural que firma el presente documento, renuncia de manera expresa a cualquier reclamación que tenga como fundamento la suspensión o terminación anticipada de la invitación a proponer o que se derive del desconocimiento o la errónea interpretación de los documentos originales de la misma y sus anexos, ya que existió oportunidad suficiente para formular preguntas y solicitar aclaraciones sobre los mismos.
4. Declaro que SI / NO conozco, acepto y cumplo con todos los requisitos técnicos señalados en el ANEXO 1. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS y conozco y acepto cláusulas generales del contrato eventual del ANEXO 4. PROYECTO DE CONTRATO.
5. Manifiesto de manera libre, inequívoca, específica y expresa, mi autorización para el tratamiento de datos de carácter personal y los de la empresa, los cuales suministre y están contenidos en la presente oferta y en sus anexos. Adicionalmente, declaro que conozco y acepto la Política y los procedimientos para el tratamiento de datos de la CCB los cuales he consultado en xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Así mismo, declaro que conozco los derechos que me otorga la Ley 1581 de 2012 y que puedo ejercerlos, resolver dudas e inquietudes escribiendo al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
6. Realizaré los trámites necesarios para el perfeccionamiento y ejecución del contrato en el plazo señalado en la invitación pública a proponer.
7. La presente oferta consta de ( ) folios debidamente numerados.
8. El término o fecha de validez de la oferta que presento es de ciento veinte (120) días.
9. Declaró que es la intención de la sociedad o entidad que represento cumplir con lo ofrecido en la oferta y suscribir el contrato eventual. Por tal motivo con la carta de presentación de la oferta acepto que la CCB se convierte en acreedora de una suma equivalente al 10% del valor de la oferta presentada y la sociedad o entidad que represento en deudora de ésta, en caso de que revocar la oferta o ante la negativa injustificada de suscribir y legalizar el respectivo contrato dentro de los cuatro (4) días hábiles establecidos para tal fin. Constituyéndose como título ejecutivo este documento. Los cuales deberán ser cancelados dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo establecido para la suscripción del contrato a la cuenta bancaria indicada por la CCB.
10. Presento la oferta/propuesta económica (ANEXO 3. PROPUESTA ECONÓMICA) en sobre cerrado, separado de la oferta técnica.
11. La dirección comercial de la sociedad o entidad que represento y/o persona natural, donde se pueden remitir o enviar por correo notificaciones relacionadas con esta invitación, es la siguiente:
Nombre del Proponente | |
Nit./CC No. | |
Nombre del representante legal | |
Dirección | |
Ciudad | |
Teléfono | |
Celular | |
Fax | |
Persona Contacto | |
12. Me obligo a favor de la CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ a informar todo cambio de residencia o domicilio que ocurra durante la ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de esta invitación pública a proponer hasta su liquidación final.
13. Declaro bajo la gravedad de juramento que los socios (personas naturales y jurídicas y socios de estas), los miembros de la junta directiva u órgano colegiado de administración (si existe) tanto principales como suplentes y los representantes legales tanto principales como suplentes, de la entidad/empresa/sociedad que represento, no tienen en curso ningún proceso disciplinario, penal y/o fiscal, y que no han sido sancionados disciplinaria, penal y fiscalmente en ningún momento.
14. Para efectos legales hago constar que la información suministrada y certificada es totalmente cierta, y autorizo a la CCB a que verifique, si lo considera pertinente, dicha información con cualquier entidad. Xxxxxx, que en caso de que la información entregada en la presente oferta no corresponda a la verdad y/o realidad, que como representante legal de la sociedad o entidad puede y será descalificada del proceso de invitación a proponer y de las sanciones legales a que haya lugar, sin observación ni reclamación alguna.
15. Declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no me encuentro incurso en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad legal o conflicto de interés para contratar con la CCB. Y acepto que he revisado el documento denominado Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo de la CCB, que se encuentra publicado en la página web xxx.xxx.xxx.xx.
16. DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, que he efectuado el pago y estoy al día por concepto de aportes y el de mis empleados (En caso de tener empleados a cargo) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
(NOTA 1: EN CASO DE QUE EL PROPONENTE NO ESTE OBLIGADO A EFECTUAR EL PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL (salud y pensiones) DEBERÁ
INDICARLO EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: Manifiesto bajo la gravedad de juramento que no tengo obligaciones con el sistema general de seguridad social en pensiones, salud y aportes parafiscales)
(NOTA 2: CUANDO SI EXISTA OBLIGACIÓN DE COTIZAR AL SISTEMA DE SALUD Y PENSIONES, PERO NO DE PARAFISCALES SE DEBERÁ MANIFESTAR EN LOS
SIGUIENTES TÉRMINOS: Manifiesto bajo la gravedad de juramento que me encuentro x xxx y salvo en relación CON MIS APORTES AL SISTEMA GENERAL DE SALUD Y PENSIONES)
17. Declaro que no me encuentro reportado en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación.
Nombre del Representante Legal/ Apoderado Firma del representante legal/ Apoderado
C.C. No. expedida en
ANEXO 2. ACEPTACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
INVITACIÓN PÚBLICA A PROPONER No. 3000000668 PRESTAR LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN DE PIEZAS AUDIOVISUALES DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CANTIDADES REQUERIDAS POR LA CÁMARA
El proponente, mediante la presentación y firma por el representante legal o persona natural, de este anexo a la propuesta, acepta y garantiza a la Cámara de Comercio de Bogotá, que cumple y acata todas las características técnicas aquí descritas.
A continuación, se describen las especificaciones técnicas mínimas que deben ser atendidas, aceptadas y prestadas por el contratista para el cumplimiento del objeto del contrato:
1. REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
• El proponente deberá suministrar un equipo de trabajo conformado como mínimo garantizando los ocho (8) perfiles, los integrantes deben estar disponibles tiempo completo, incluidos fines de semana y festivos. Respuesta pronta a las necesidades del cliente y sin restricción de horario. Tener la capacidad en equipo técnico y de personal para cubrir dos y hasta tres eventos en simultáneo en diferentes puntos de la ciudad y la región.
• El proponente debe contar como mínimo con los siguientes equipos, mínimo dos cámaras digitales full HD con óptica, con sus respectivas tarjetas de grabación HD, trípode y baterías. Una Cámara para grabación de videos especiales 4K, con óptica. Un kit Lowel o sistema de iluminación de mínimo 2.000 Watts, que incluya filtros, grip, iluminación para exteriores y luz portátil para cámaras. Dos sets de transmisor y receptor de micrófonos inalámbricos. Tres estaciones de edición con computador que soporte material full HD y 4K. Software de edición con licencia (últimas versiones) Adobe Premier, Final Cut o Avid
• El Contratista debe realizar todas las labores inherentes a la realización xxx xxxxx (investigación, entrevistas, etc.), con el fin de obtener la aprobación respectiva por parte de La Gerencia de Asuntos Corporativos.
• Todas las imágenes grabadas son de propiedad intelectual de la Cámara de Comercio de Bogotá, por lo cual está prohibida su publicación y uso posterior a la contratación diferentes al objeto del contrato sin una autorización explícita de la CCB.
• La Cámara de Comercio de Bogotá podrá solicitar copia de los materiales para la elaboración de las diferentes piezas audiovisuales en los siguientes formatos: .MOV, MPEG, WMV, memoria USB o a través de sitios web especializados en transferencia de archivos como Dropbox o WeTransfer.
• El contratista, también estará en la capacidad de grabar en formato 4K (Formato de altísima calidad superior al full HD, si en algún momento se requiera para un evento especial)
• Las piezas audiovisuales podrán tener máximo tres (3) paquetes de ajustes hasta la entrega a satisfacción por parte de la Gerencia de Asuntos Corporativos.
• Todos los videos deben incluir gastos de producción e imprevistos en Bogotá y los 58 municipios de la jurisdicción de la CCB (Transporte, alimentación, alquiler de equipos adicionales, actores, presentadores, locutores, utilería, vestuario, etc.)
• El contratista se compromete a reproducir, producir y postproducir las piezas audiovisuales solicitadas por la entidad. Dichas piezas pueden ser videos corporativos y comerciales, animaciones en 2D, videos documentales, videos argumentales, grabaciones de foros tipo XXX, eventos tipo nota de prensa, videos testimoniales de empresarios, ruedas de negocios, ferias, entrevistas, conferencias.
• Todos los videos van subtitulados en español.
• El contratista previo a cada solicitud de servicio establecerá junto con el supervisor los tiempos de entrega de los productos generados.
• Todas las piezas audiovisuales deben ser deben ser aprobadas y avaladas por la Gerencia de Asuntos Corporativos.
• “Las piezas audiovisuales deberán cumplir con las normas de imagen corporativa de LA CÁMARA y deberán incluir los créditos, derechos de autor y animaciones que se requieran.
• El proveedor seleccionado será responsable de la correcta gestión de datos personales de las personas que sean grabadas, de acuerdo con el formato y alcance del servicio utilizado por la Gerencia de Asuntos Corporativos.”
2. CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS POR TIPO DE VIDEO
DESCRIPCIÓN TÉCNICA POR TIPO DE VIDEO |
Corporativos tipo A: 2 camarógrafos, productor de campo y sonidista. 2 días de grabación. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. Entrega mínima de 2 videos editados. |
Corporativos tipo B: Guionista, productor, graficador / animador, locutor y editor. Infografía animada con graficación y animación en 2D. Incluye música y guion. Duración hasta un minuto y 30 segundos. |
Corporativos tipo C: Guionista, productor, graficador / animador, locutor y editor. Infografía animada con graficación y animación en 2D. Incluye música y guion. Duración hasta tres minuto. |
Corporativos tipo D: 2 camarógrafos, productor de campo, asistente de producción, sonidista y guionista. 2 días de grabación. Incluye graficación, música y guion. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. Interacción de animación digital sobre el video Desarrollo de historia, investigación y escritura de guiones. Entrega de hasta 4 videos editados. |
Corporativos tipo E: Hasta 4 días de grabación. Incluye graficación especializada, música y guion. 2 camarógrafos, productor de campo, asistente de producción, sonidista y extras. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. Animaciones en 2D y transiciones. Desarrollo de historia, investigación y escritura de guiones. Entrega de hasta 6 videos editados. |
Corporativos tipo F: Producción especializada. Actores, extras utilería, dirección de arte, iluminación, equipo técnico mayor a 15 personas. Graficación especializada y animaciones 2D. Música original y guion. |
Registro de evento tipo A: Producción con un equipo de dos personas, una cámara y entrega del material del evento con edición en sitio. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. |
Registro de evento tipo B: Producción con un equipo de cuatro personas, a dos cámaras, con sonidista y entrega del material del evento con edición en sitio. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. |
Registro de evento tipo C: 3 equipos de realización con cámara, sonidista, productor de campo y director, 3 estaciones de edición en el sitio, 1 estación de animación en 2D. Entrega del material editado el mismo día del evento. Eventos de hasta 5 días. Cortinilla introducción, testimonios o registro, créditos y cortinilla de cierre. Entrega de hasta 25 videos editados. |
Registro evento tipo D: Producción especializada para redes sociales. edición de video en locación. Entrega inmediata de 5 videos que tendrán una duración máxima de 30 segundos, serán grabados con teléfonos o cámaras que tengan resolución 4K. |
Registro evento tipo E: Producción especializada para redes sociales. edición de video post grabación. Entrega de un video que tendrán una duración máxima de 30 segundos, serán grabado con teléfonos o cámaras que tengan resolución 4K. |
Traducción: La CCB podrá solicitar Traducción y subtítulos en inglés para los diferentes tipos de video. |
Subtitulación: La CCB podrá solicitar subtítulos en español para los diferentes tipos de video. |
Edición y animación: La CCB podrá solicitar edición 2D de un video con material propio y animación en textos para redes sociales. |
3. DERECHOS DE LAS IMÁGENES
La propiedad de las imágenes corresponde a la CCB. Sin embargo, las partes reconocen que los derechos patrimoniales sobre las mismas corresponden al proponente, u otros aspectos que apliquen a la reproducción o transmisión de estos productos. Se tendrá en cuenta lo expuesto en las normas de Derecho de autor aplicables en la materia, Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993 y demás normas que las reemplacen, adicionen o modifiquen.
4. FORMA DE PAGO
LA CÁMARA pagará a EL CONTRATISTA el valor del contrato por los servicios efectivamente prestados, recibidos a entera satisfacción de LA CÁMARA, según los valores unitarios descritos en LA PROPUESTA, previa aprobación por parte del supervisor del contrato.
5. PÓLIZAS
a. Cumplimiento: Una póliza que garantice el cumplimiento del presente Contrato, por un valor asegurado igual al (20%) del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
b. Calidad del servicio: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados por EL CONTRATISTA, por un valor asegurado igual al (20%) del valor del contrato antes de IVA, con vigencia igual a la del presente Contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
c. Salarios y prestaciones sociales: Una póliza que garantice el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal empleado por EL CONTRATISTA para la ejecución del presente Contrato, por un valor asegurado igual al (30%) del valor total del contrato con una vigencia igual a la del presente contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
d. Responsabilidad civil extracontractual: Una póliza que garantice el pago de cualquier reclamo y/o indemnización de terceros derivada de responsabilidad civil extracontractual, por un valor asegurado equivalente al 30% del valor total del contrato, con vigencia igual a
la del plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir de la suscripción del contrato.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será de un (1) año, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución; plazo de ejecución que podrá ser prorrogado por el término que estime conveniente LA CÁMARA, previo análisis del servicio prestado por parte del contratista durante el tiempo de ejecución inicialmente pactado. En todo caso, si se decide prorrogar el contrato, se tomarán los valores presentados en LA PROPUESTA inicial, sin que los mismos puedan ser ajustados o incrementados, salvo expresa autorización de LA CÁMARA.
Aspectos para tener en cuenta:
• Es responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones para el ofrecimiento del objeto de este proceso de selección, y realizar todas las evaluaciones y proyecciones que sean necesarias para presentar su propuesta, sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
• Por la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente realizó el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de esta.
• La circunstancia de que el interesado en presentar propuesta obtenga toda la información que pueda influir en la determinación de su oferta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni les dará derecho a reclamaciones, reembolsos, ajustes de ninguna naturaleza o reconocimientos adicionales por parte del contratante, en el caso de que cualquiera de dichas omisiones derive en posteriores sobrecostos para el contratista.
• Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su propuesta, tendrá en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se basará estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
Entiendo y me es claro el alcance del objeto de la invitación.
ACEPTO Y GARANTIZO: SI NO
Firma:
Representante Legal
Nombre: Empresa:
ANEXO 2A. DECLARACIÓN DE NO EXISTENCIA DE INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y/O CONFLICTO DE INTERESES PARA CONTRATAR CON LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ
Bogotá D.C., a los días del mes de de 2020 Nombre:
C.C. No.
Representante Legal de: Nit:
Obrando en nombre propio y de la persona jurídica que represento (si aplica), declaro bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no nos hallamos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses de orden constitucional, legal y/o reglamentario, para contratar con la CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, de conformidad con la normatividad vigente e independientemente del origen de los recursos involucrados. En caso de configurarse algún impedimento de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses sobreviniente, cumpliré de manera inmediata con el deber de revelarlo a LA CÁMARA.
Frente a la anterior declaración, en particular informo mi relación de parentesco con personas que ostentan los cargos relacionados a continuación:
Parentesco | Cargo | Miembro honorario Junta Directiva CCB. | Representante Legal de miembro Junta Directiva CCB. | Funcionario CCB del nivel directivo, ejecutivo o asesor. | |
Cónyuge | |||||
Compañero(a) permanente | |||||
Padre/Madre | |||||
Padrastro/Madrastra | |||||
Suegro(a) | |||||
Parentesco | Cargo | Miembro honorario Junta Directiva CCB. | Representante Legal de miembro Junta Directiva CCB. | Funcionario CCB del nivel directivo, ejecutivo o asesor. | |
Hijo(a) | |||||
Hijastro(a) | |||||
Abuelo(a) | |||||
Hermano(a) | |||||
Nieto(a) | |||||
Abuelo(a) del cónyuge | |||||
Hermano(a) del cónyuge | |||||
Cónyuges hermanos(as) | de | los | |||
Padre/Madre adoptante | |||||
Hijo(a) adoptivo. |
C.C. No.
ANEXO 3. PROPUESTA ECONÓMICA
Ciudad y Fecha
Señores
Dirección de Contratación
CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ – CCB
Xx. Xxxxxxxx Xx. 00X-00 Xxxx 0. Xxxxxx X.X.
Asunto: Invitación a proponer No. 3000000668 - Prestar los servicios para la realización y producción de piezas audiovisuales de conformidad con las especificaciones técnicas exigidas y cantidades requeridas por la Cámara.
El proponente debe cotizar en el siguiente cuadro todos los aspectos que componen el objeto contractual de la invitación e incluir todos los costos directos/indirectos en que se incurra, desagregando: valor neto y valor del IVA.
TIPO DE VIDEO | VALOR UNITARIO ANTES DE IVA |
Corporativos tipo A | $ |
Corporativos tipo B | $ |
Corporativos tipo C | $ |
Corporativos tipo D | $ |
Corporativos tipo E | $ |
Corporativos tipo F | $ |
Registro de evento tipo A | $ |
Registro de evento tipo B | $ |
Registro evento tipo C | $ |
Registro evento tipo D | $ |
Registro evento tipo E | $ |
Traducción | $ |
Subtitulación | $ |
Edición y animación | $ |
Tiempo de validez de la propuesta: Ciento veinte (120) días.
Nota 1. El valor de la propuesta deberá ser por la totalidad del servicio, según la propuesta presentada por el proponente. El valor deberá ser antes de IVA.
Nota 2. Los valores anotados en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos, sin decimales y sin incluir el IVA. Si uno de los valores unitarios ofrecidos contiene decimales este debe aproximarse al número entero más cercano.
Nota 3. En el momento de la evaluación de la propuesta económica la CCB revisará y determinará si existen errores aritméticos. En caso de presentarse alguna inconsistencia el proponente acepta que la CCB proceda a su corrección y que para efectos de la adjudicación se tenga en cuenta el valor corregido.
Nota 4. El valor presentado por el proponente en su oferta económica deberá incluir todos los costos directos e indirectos y serán valores fijos durante todo el plazo de ejecución del contrato. No habrá lugar a reajustes del valor presentado.
Nota 5. El proponente con la presentación de LA PROPUESTA se entiende que realizó todos los cálculos, operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el valor de los servicios a prestar, durante todo el plazo de ejecución, corresponden a las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el presente documento.
Nota 6. En caso de contradicción entre el valor “antes de IVA” y el de “IVA incluido”, se tomará el valor “antes de IVA”.
Nota 7. Para la presentación de la oferta económica debe tener en cuenta lo solicitado en la
SECCIÓN 4 PROPUESTA ECONÓMICA, de la presente invitación a proponer.
Atentamente,
Nombre y firma del Representante Legal
C.C. No. Expedida en
ANEXO 4. PROYECTO DE CONTRATO
CONTRATO No. | XXXXXXXXXXXX |
CONTRATANTE: | CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, Entidad sin ánimo de lucro, creada mediante Decreto 062 del 11 de febrero de 1981, que se rige por lo establecido en el Decreto 410 de 1971 y demás disposiciones que lo reglamenten, adicionen o reformen (en adelante LA CÁMARA). |
NIT. | 860.007.322-9 |
REPRESENTANTE DE LA CÁMARA: | XXXXXXXXXXXX |
CONTRATISTA: | XXXXXXXXXXXX |
REPRESENTANTE LEGAL: | XXXXXXXXXXXX |
DATOS DE CONSTITUCIÓN | XXXXXXXXXXXX |
NIT. | XXXXXXXXXXXX |
DOMICILIO: | XXXXXXXXXXXX |
TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO | XXXXXXXXXXXX |
PLAZO DE EJECUCIÓN | XXXXXXXXXXXX |
VALOR | XXXXXXXXXXXX |
OBJETO: | Prestación de servicios para la realización y producción de piezas audiovisuales. |
A. CONSIDERACIONES GENERALES. 1) LA CÁMARA es una institución de servicios de carácter privado que representa al sector empresarial y a la comunidad en su conjunto y cumple funciones que le fueron delegadas por el Estado. 2) De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.2.38.1.4, Sección 1, Capítulo 38 del Decreto 1074 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo”, LA CÁMARA tiene entre sus funciones y facultades las siguientes: a) Mantener disponibles programas y servicios especiales para sus afiliados. b) Disponer de los servicios tecnológicos necesarios para el cumplimiento y debido desarrollo de sus funciones registrales y la prestación eficiente de sus servicios. c) Celebrar convenios entre ellas, asociarse o contratar con cualquier persona natural o jurídica para el cumplimiento de sus funciones. 3) La Gerencia de Asuntos Corporativos de LA CÁMARA, es la encargada de mantener e incrementar el posicionamiento de la entidad, así como de sus productos y servicios ante sus públicos objetivo, entre los cuales están empresarios, ciudadanos y medios de comunicación, que buscan mejorar, unificar y potenciar todos los esfuerzos de comunicación externa e interna a través del registro audiovisual de los eventos, foros y conferencias, con el acompañamiento a las áreas en la realización de piezas. 4) Adicionalmente es necesario fortalecer la relación de LA CÁMARA con autoridades, líderes de opinión, afiliados, matriculados y ciudadanos buscando posicionar la filosofía de la entidad, ampliar el conocimiento del portafolio de servicios de la institución y mantener su reputación, siendo necesario contratar una firma de producción audiovisual que contribuya a ese posicionamiento, para que LA CÁMARA sea reconocida como una aliada de los empresarios y ciudadanos de Bogotá y la Región. 5) Ante la situación planteada se hace conveniente y oportuno satisfacer las necesidades descritas a través de una empresa privada especializada en el ramo, con los más altos estándares de calidad que cuente con personal idóneo y técnicamente capacitado, que brinde garantía, seriedad, responsabilidad, que cumpla con los requisitos exigidos en la presente invitación a proponer y que a su vez colme nuestras expectativas. 6) Los servicios objeto de este contrato serán prestados por EL CONTRATISTA de manera independiente, es decir, sin que exista subordinación, utilizando sus propios medios y bajo su exclusivo riesgo. 7) El proceso de contratación para la selección del contratista que ejecutará el presente contrato fue recomendado por el Comité Asesor |
de Contratación del día xx de XXXXXXX de 2020, mediante acta 293 y se recomendó la adjudicación por el Comité Asesor de Contratación del día XX de XXXXX de 2020, mediante acta
315. 8) El presente contrato se realiza de acuerdo con lo establecido en el artículo 166 del Decreto- Ley 019 de 2012 que establece que: “(…) Los ingresos provenientes de los registros públicos y los bienes adquiridos con éstos, continuarán afectos a las funciones atribuidas a las Cámaras de Comercio por la ley o por el Gobierno Nacional en aplicación del numeral 12 del artículo 86 del Código de Comercio. (…)” y de acuerdo con el artículo 182 de la Ley 1607 de 2012 relativo a la tasa contributiva a favor de las Cámaras de Comercio, en el cual se dispone que: “(…) Los ingresos provenientes de las funciones de registro, junto con los bienes adquiridos con el producto de su recaudo, continuarán destinándose a la operación y administración de tales registros y al cumplimiento de las demás funciones atribuidas por la ley y los decretos expedidos por el Gobierno Nacional, con fundamento en el numeral 12 del artículo 86 del Código de Comercio. (…)” B. ESTIPULACIONES CONTRACTUALES. 1) ALCANCE DEL OBJETO: Prestar los servicios para la realización y producción de piezas audiovisuales de conformidad con las especificaciones técnicas exigidas y cantidades requeridas por LA CÁMARA. 2) ENTREGABLES: EL CONTRATISTA deberá presentar en medio físico y/o magnético o en el medio que le indique el supervisor del contrato, por cada evento realizado, los siguientes entregables: a) Cada una de las piezas audiovisuales deberá estar acompañada de un guion o formato de producción cuando la pieza audiovisual lo requiera, que deberá incluir como mínimo los campos de imagen, sonido, animación, audio, locución, créditos y tiempo. Los guiones deberán contar con el visto bueno de la Gerencia de Asuntos Corporativos. b) LA CÁMARA podrá solicitar copia de los materiales para la elaboración de las diferentes piezas audiovisuales en cualquiera de estos formatos: .MOV, AVI, MPEG, WMV en memoria USB o a través de sitios web especializados en transferencia de archivos como Dropbox, WeTransfer, Google Drive o Amazon Cloud Drive. 3) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: La ejecución del presente contrato se desarrollará de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en los Anexos de LA INVITACIÓN y en LA PROPUESTA presentada por EL CONTRATISTA. 4) ANEXOS: Forman parte integral del presente contrato como anexos, y vinculan jurídicamente a las partes, el siguiente documento: a) La invitación a proponer 3000000XXXX del día XX de XXXXXXX de 2020 y sus anexos. b) La propuesta presentada por EL CONTRATISTA el XX de XXXXXXX de2020, en adelante LA PROPUESTA. En caso de contradicción entre lo señalado en el contrato y sus anexos, se preferirá lo estipulado en el contrato. 5) EQUIPO DE TRABAJO. EL CONTRATISTA deberá garantizar la ejecución del presente contrato con el equipo de trabajo ofrecido en LA PROPUESTA. Cualquier modificación o cambio en el equipo de trabajo presentado por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA para la ejecución del contrato, deberá ser autorizado previamente y por escrito por LA CÁMARA y el nuevo personal deberá acreditar como mínimo la formación y experiencia del personal presentado en LA PROPUESTA de acuerdo con su rol en el proceso. 6) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Sin perjuicio de otras obligaciones pactadas en el presente documento, EL CONTRATISTA se obliga a: a) Dar estricto cumplimiento a todo lo ofrecido en LA PROPUESTA y a las especificaciones técnicas de LA CÁMARA descritas en el anexo de especificaciones técnicas.
b) Ejecutar las actividades propias del presente contrato empleando para ello lo descrito en la propuesta técnica presentada por EL CONTRATISTA y aprobada por LA CÁMARA. c) Cumplir con todas las actividades a su cargo dando estricto cumplimiento a los servicios solicitados por LA CÁMARA. d) Actuar con total autonomía administrativa, técnica, financiera y de direccionamiento del personal que utilice para la ejecución del objeto contratado y supervisarlo de manera permanente. e) En caso de que alguno de los profesionales del equipo de trabajo presentados deba ser reemplazado por El CONTRATISTA, este tendrá un término máximo de 5 días hábiles para reemplazarlo, enviando los documentos soportes que permitan acreditar los requisitos profesionales y académicos del reemplazante, según lo señalado en la INVITACIÓN, quien debe cumplir con igual o superior experiencia laboral y requisitos académicos del profesional
que se reemplazará. En todo caso, esta circunstancia se debe poner en conocimiento del supervisor del contrato, quien aprobará o no el reemplazo. f) Realizar, editar y producir las piezas audiovisuales que requiera LA CÁMARA para los diferentes momentos de comunicación g) Contratar por su propia cuenta y riesgo el personal necesario e idóneo para realizar las actividades requeridas para la ejecución del objeto del presente contrato, de acuerdo con los perfiles y requisitos previstos, y llevar el control directo y administración del personal que emplee para el cumplimiento de este contrato y respectivo control sobre los equipos utilizados para cada evento. h) Presentar las piezas audiovisuales para que sean aprobadas y avaladas por la Gerencia de Asuntos Corporativos de LA CÁMARA. i) Contar con equipos propios (cámara full HD, lentes, luces básicas, equipos de sonido, trípode, micrófonos inalámbricos, escenografía, etc.) y disponer del tiempo necesario para hacer las grabaciones. Teniendo en cuenta las especificaciones dadas en el anexo técnico. j) Incluir en la edición de los videos, el desarrollo de guiones, locución en off, música original, subtítulos en español y todo lo necesario para el desarrollo exitoso de las piezas audiovisuales. k) Realizar todas las labores inherentes a la elaboración xxx xxxxx (investigación, entrevistas, etc.). l) Tener a disposición de LA CÁMARA, para cuando lo requiera, la copia de los materiales para la elaboración de las diferentes piezas audiovisuales en los siguientes formatos: HD, AVI, MPEG, WMV, memoria USB o en medios de almacenamiento en nube. m) Realizar sin costo adicional, los ajustes solicitados por LA CÁMARA en las piezas presentadas. n) Asumir directamente todas las obligaciones, principales o accesorias, necesarias para el cumplimiento de la labor contratada; entendiéndose que las obligaciones de EL CONTRATISTA son de resultado. o) Responder por la calidad de los trabajos adelantados en virtud del presente contrato y por las obligaciones a su cargo.
p) Asistir a las reuniones a las que sea citado por LA CÁMARA. q) Tomar todas las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de los datos suministrados durante la ejecución del contrato. r) Responder por el uso indebido que sus empleados o dependientes realicen de la información registrada en virtud del presente contrato. s) Asistir a las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato. t) Responder por todas las fallas, errores, negligencias, anomalías, inconsistencias que se presenten en desarrollo de la ejecución del presente contrato. u) Destinar todo el personal e infraestructura requeridos para la ejecución del presente contrato, según lo definido en LA PROPUESTA. v) Contar con el personal experto e idóneo para llevar a cabo la ejecución del presente contrato, según lo establecido en LA PROPUESTA. w) Asumir por su propia cuenta y riesgo el transporte, alimentación, material, equipos o herramientas que requiera el personal asignado para el cumplimiento del objeto del presente contrato. EL CONTRATISTA deberá contemplar el costo del transporte teniendo en cuenta que los eventos se realizan en la ciudad de Bogotá y en su jurisdicción. LA CÁMARA no suministrará alimentos y bebidas para el equipo de trabajo. x) Responder por la calidad de los trabajos adelantados en virtud del presente contrato y por las obligaciones a su cargo. y) EL CONTRATISTA deberá garantizar, que tanto él como sus dependientes, mantendrán total reserva de toda la información de los eventos, incluyendo los datos de los usuarios. z) Adoptar todas las medidas que sean necesarias con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de riesgos profesionales, el cumplimiento del programa de salud ocupacional y seguridad industrial de EL CONTRATISTA y el de LA CÁMARA, y acatar las disposiciones legales vigentes en materia de prevención de riesgos. aa) Cumplir dentro de los términos legales o contractuales con todas las obligaciones de carácter laboral respecto de los empleados que utilice para la ejecución del presente contrato, y en especial, pero no exclusivamente, las que se refieren a salarios, prestaciones sociales y afiliación a Entidades Promotoras de Salud y Administradoras de Riesgos Laborales. bb) Verificar que el personal designado para realizar las actividades requeridas para la satisfacción del objeto contratado, porte en todo momento dentro de las instalaciones de LA CÁMARA el carné que lo identifique como empleado o dependiente de EL CONTRATISTA, así como el documento que lo acredite como afiliado a la EPS y ARL correspondientes, e instruir al personal sobre el cumplimiento de las políticas de ingreso de contratistas a las instalaciones de LA CÁMARA. cc) Poner a disposición de la labor
contratada toda la maquinaria, equipos, herramientas, insumos e implementos, con las condiciones, características y requisitos que sean necesarios para llevar a cabo todas las actividades que permiten el cumplimiento del objeto del presente contrato. dd) Atender las recomendaciones efectuadas por LA CÁMARA para la ejecución del objeto del presente contrato. ee) Designar e informar al supervisor del contrato, la persona que hará las veces de contacto funcional con LA CÁMARA, la cual será la encargada de atender todos los requerimientos que tenga LA CÁMARA, sobre la ejecución y cumplimiento del contrato. ff) Asumir los costos (instalaciones, equipos, transporte y materiales, entre otros) necesarios para el desarrollo y cumplimiento del presente contrato. gg) Dotar a su personal profesional y técnico de todos los medios, equipos, herramientas y elementos técnicos calificados y de seguridad industrial para la prestación de sus servicios, y suministrarles por su cuenta, todos los elementos requeridos. hh) Responder directamente por los daños que ocasione su personal en el desarrollo del contrato sobre los bienes o el personal de LA CÁMARA, sin perjuicio de las garantías otorgadas. En caso de algún daño, la CÁMARA enviará al proveedor que haya causado daños al bien inmueble o equipos, la cotización del proveedor de la CÁMARA para que realice la reposición del daño. En ningún momento el CONTRATISTA podrá contratar con otro proveedor diferente al xx XXXXXX. ii) Responder por los errores, daños, inexactitudes en la información y demás aspectos relacionados con el objeto del contrato. jj) Responder por los daños que se causen a las personas y bienes de terceros, en ejecución de las actividades desarrolladas por EL CONTRATISTA en virtud de este contrato. kk) Aclarar, corregir o completar los informes en caso de que LA CÁMARA así lo solicite, sin que esto genere para LA CÁMARA costos adicionales al valor del presente contrato. ll) Informar inmediatamente a LA CÁMARA cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar las actividades objeto del contrato o su ejecución. mm) Atender cualquier requerimiento que le haga LA CÁMARA sobre la prestación de sus servicios y asesorarla sobre el particular. nn) Indemnizar a LA CÁMARA por los perjuicios que se generen por el retardo en el cumplimiento y/o por el incumplimiento parcial o total del objeto pactado en el contrato y las obligaciones que se deriven del mismo. oo) Abstenerse de divulgar, publicar o comunicar a terceros, información, documentos o fotografías, relacionadas con las actividades que se desarrollan y no hacer uso externo de los formatos y documentación entregada por LA CÁMARA, los cuales son exclusivos para la ejecución del presente contrato. pp) Aportar los documentos soporte del contrato con las formalidades legales que cada uno requiera. qq) Los equipos o las estaciones de trabajo que EL CONTRATISTA ingrese a las instalaciones de LA CÁMARA, deberán contar con todo el software licenciado (sistema operativo, software de oficinas, etc.). Los equipos o estaciones de trabajo que ingresan a las instalaciones de LA CÁMARA deben contar con el respetivo sticker adherido que garantice que el sistema operativo que lleva esa máquina está debidamente licenciado. LA CÁMARA se reserva el derecho de impedir el ingreso a sus instalaciones de equipos o estaciones de trabajo que no tengan adherido el sticker, sin que por ello EL CONTRATISTA pueda incumplir las demás obligaciones a su cargo. rr) Presentar las pólizas pactadas en el presente contrato dentro del término señalado para tal fin. ss) Todas las demás necesarias para la adecuada ejecución del presente contrato. 7) OBLIGACIONES DE LA CÁMARA. a) Pagar a EL CONTRATISTA los valores correspondientes a los servicios que preste a satisfacción de LA CÁMARA, en desarrollo del objeto contratado. b) Permitir los ingresos a los sitios respectivos para realizar la instalación de los equipos necesarios para la prestación del servicio. c) Diligenciar el acta de recibo a satisfacción de LA CÁMARA, firmada por las partes. d) Xxxxxxx y hacer seguimiento al plan de trabajo pactado entre las partes. e) Las demás necesarias para la adecuada ejecución del presente contrato. 8) PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será de un (1) año, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución, el cual podrá ser prorrogado por el término que estime conveniente LA CÁMARA, previo análisis del servicio prestado por parte del contratista durante el tiempo de ejecución inicialmente pactado. En todo caso, si se decide prorrogar el contrato, se tomarán los valores presentados en LA
PROPUESTA inicial, sin que los mismos puedan ser ajustados o incrementados, salvo expresa autorización de LA CÁMARA. 9) VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es por hasta la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX DE PESOS M/CTE. ($XXXXXXXXX) más el IVA o el que haga sus veces, de acuerdo con la tarifa que corresponda conforme con la normatividad vigente. 10) FORMA DE PAGO. LA CÁMARA pagará a EL CONTRATISTA de acuerdo con los valores unitarios establecidos para cada uno de los servicios efectivamente prestados, aprobados y recibidos a entera satisfacción por parte del supervisor del contrato de LA CÁMARA. PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la factura mediante transferencia electrónica. EL CONTRATISTA no podrá facturar sin haber prestado los servicios y presentado los entregables a entera satisfacción de LA CÁMARA. PARÁGRAFO SEGUNDO. El valor ofrecido por EL CONTRATISTA en LA PROPUESTA contempló todas las actividades para la plena ejecución del presente contrato, las cuales EL CONTRATISTA conoce y acepta en su integridad. EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante la vigencia del mismo. PARÁGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA acepta que no habrá lugar a ningún tipo de reajuste del valor del contrato durante el plazo de ejecución del mismo, ni por concepto de IPC o incremento al salario mínimo mensual legal vigente. Esto en el entendido que EL CONTRATISTA con la presentación de LA PROPUESTA realizó todos los cálculos, operaciones, análisis y equivalentes necesarios que determinaron que el valor de los servicios y/o bienes que por este documento se contratan, durante todo el plazo de ejecución, corresponden a las sumas determinadas en LA PROPUESTA y establecidas en el presente documento. PARÁGRAFO CUARTO: CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL VALOR DEL CONTRATO. El valor total del contrato incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para el oportuno y satisfactorio cumplimiento del objeto del presente contrato por parte de EL CONTRATISTA, tales como materiales, recursos técnicos, medios magnéticos, papelería, copias, transporte, administración, seguros, imprevistos, utilidad e impuestos, entre otros. Cualquier costo, impuesto o gasto adicional que se genere por la celebración o ejecución del presente contrato y relacionado directamente con el objeto del mismo será asumido exclusivamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO QUINTO. POSIBLES SERVICIOS ADICIONALES: En el evento que, en la ejecución del contrato, se requiera de la prestación de servicios adicionales relacionados directamente con el objeto del contrato no incluido dentro de LA PROPUESTA, deberán ser previamente aprobados por el supervisor de LA CÁMARA. Para tal fin EL CONTRATISTA presentará a LA CÁMARA la cotización correspondiente, la cual debe estar aprobada por escrito por parte de LA CÁMARA, previa ejecución, verificando que la cotización de encuentre conforme los precios xxx xxxxxxx. 11) NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por LA CÁMARA en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen XXXXX. Teniendo en cuenta que las prestaciones del contrato serán pagadas con dineros de origen público, EL CONTRATISTA tendrá en cuenta que mediante la ejecución de sus compromisos colabora eficientemente en el logro de las funciones de interés general que corresponde adelantar a LA CÁMARA. Por lo mismo, en la interpretación de las declaraciones de voluntad en estos casos se procurará adecuarse a la que más se ajuste a tales fines. LA CÁMARA se reserva el derecho de modificar el origen de los recursos de manera unilateral, cuando se presenten circunstancias que a su juicio así lo ameriten, caso en el cual notificará por escrito esta circunstancia a EL CONTRATISTA quien acepta que esa modificación unilateral puede tener lugar en cualquier momento. 12) REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD DE LOS PAGOS. Además de los requisitos mencionados en el presente contrato, para que procedan los pagos, EL CONTRATISTA se obliga previamente a presentar a satisfacción de LA CÁMARA los documentos que acrediten el pago oportuno del Régimen de Seguridad Social Integral, A.R.L y parafiscales cuando a esto haya lugar. Para acreditar dicho pago debe presentar la planilla integrada de liquidación de aportes (pila) en los términos establecidos en la ley. En el evento en que LA CÁMARA encuentre que EL
CONTRATISTA no está dando cumplimiento a las obligaciones de pago al Régimen de Seguridad Social Integral, ARL o parafiscales (cuando haya lugar) LA CÁMARA tendrá la facultad de abstenerse de pagar, mientras EL CONTRATISTA no cumpla con sus obligaciones legales. 13) NATURALEZA DEL CONTRATO: Las partes manifiestan que EL CONTRATISTA realiza las actividades objeto del presente contrato en forma independiente, utilizando sus propios medios y recursos, con total autonomía administrativa, sin que medie subordinación alguna respecto de LA CÁMARA. Así mismo, se entiende que con la suscripción del presente contrato no se configura ningún tipo de vinculación laboral entre LA CÁMARA y EL CONTRATISTA o sus dependientes. En este sentido, queda claramente establecido que EL CONTRATISTA para todos los efectos laborales será el único empleador de los trabajadores que requiera en la ejecución del presente contrato, estando exclusivamente a su cargo el pago de salarios, descansos remunerados, prestaciones sociales e indemnizaciones que se causen a favor de dichos trabajadores, al igual que los aportes que establece la ley para entidades como EPS, ARL, SENA, BIENESTAR FAMILIAR, FONDO DE PENSIONES, etc. Igualmente, LA CÁMARA queda exonerada de toda responsabilidad civil, administrativa o penal por los contratos que realice EL CONTRATISTA con terceras personas jurídicas o naturales para la ejecución del presente contrato. 14) GARANTÍAS: EL CONTRATISTA se obliga a constituir, pagar y mantener vigente por su cuenta y a favor de LA CÁMARA, en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, domiciliada en Bogotá, D.C., las pólizas que cubran los siguientes amparos: a) CUMPLIMIENTO: Una póliza que garantice el cumplimiento del presente contrato por un valor asegurado igual al 20% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de su suscripción. b) CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados del presente contrato, por un valor asegurado igual al 20% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. c) SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES
LABORALES: Una póliza que garantice el pago de cualquier reclamo y/o indemnización de terceros derivada de responsabilidad civil extracontractual, por un valor asegurado equivalente al 30% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente contrato y 3 años más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. d) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Una póliza que garantice la calidad de los servicios prestados del presente contrato, por un valor asegurado igual al 20% del valor del contrato, con vigencia igual a la del presente Contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: MODIFICACIONES. En todos los casos en que se modifique las condiciones del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a presentar a LA CÁMARA el certificado de modificación de las pólizas, según corresponda. 15) SUPERVISOR: La supervisión del presente contrato será ejercida por la Profesional Senior de la Gerencia de Asuntos Corporativos
– Prensa de LA CÁMARA o quien haga sus veces. En caso de modificación del supervisor ésta se comunicará por escrito al funcionario que designe el vicepresidente o gerente delegado para contratar y se informará a EL CONTRATISTA. 16) FUNCIONES DEL SUPERVISOR. La persona encargada de la supervisión del contrato deberá cumplir con lo establecido en el Manual de Supervisión e Interventoría de LA CÁMRA, y realizar el seguimiento establecido y cumplir las obligaciones en el Manual de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo el cual forma parte integral del presente contrato, y son vinculantes para su correcta ejecución. 17) CAPACIDAD FINANCIERA DE EL CONTRATISTA: En el evento que se realice prórroga del contrato, EL CONTRATISTA se obliga a mantener los indicadores de la capacidad financiera exigida en la INVITACIÓN y verificada en LA PROPUESTA. Por tanto, es obligación de EL CONTRATISTA informar a LA CÁMARA cualquier modificación que pueda afectar la capacidad financiera requerida para asumir el contrato, con el fin que LA CÁMARA pueda evaluar la conveniencia de continuar con la ejecución del servicio contratado o darlo por terminado. LA CÁMARA está facultada para verificar la información en cualquier momento y si evidencia el incumplimiento de algún indicador, está facultada para
terminar anticipadamente el contrato. 18) INEXISTENCIA DE VÍNCULO LABORAL. Las partes declaran que no existe entre ellas relación de subordinación o dependencia y en consecuencia, en la ejecución del presente contrato las partes actuarán por su propia cuenta, utilizando sus propios medios y recursos y con plena autonomía profesional y administrativa y por consiguiente, asumirán de manera independiente todos los riesgos que se originen en razón del mismo. Así mismo, las partes expresamente reconocen que no existe entre ellas relación laboral, entendiéndose por tal hecho que ninguna de las partes adquiere vínculo u obligación alguna de carácter laboral frente a las personas que la otra parte vincule para el desarrollo de las actividades propias del presente contrato y el cumplimiento de sus compromisos, cualquiera sea la modalidad de la contratación que celebre con sus empleados, colaboradores o dependientes y en consecuencia, no se genera entre las partes solidaridad de carácter laboral por las obligaciones que cada una de ellas adquiera respecto de sus empleados, colaboradores o dependientes o por cualquier tipo de responsabilidad laboral que hayan adquirido individual o colectivamente, directa o indirectamente. Cada una de las partes es totalmente independiente para todos los efectos laborales, por tanto, será el único empleador de los trabajadores o colaboradores que emplee en la ejecución del presente contrato, estando exclusivamente a su cargo el pago de salarios, descansos remunerados, prestaciones sociales e indemnizaciones que se causen a favor de dichos trabajadores, al igual que los aportes que establece la ley para entidades como EPS, ARL, SENA, BIENESTAR FAMILIAR etc., quedando por tanto la otra parte exonerada en todo momento presente o futuro de toda obligación o acción laboral por concepto del presente contrato. Igualmente, cada una de las partes queda exonerada de toda responsabilidad civil, administrativa o penal por los contratos que celebre la otra parte con terceras personas jurídicas o naturales. No obstante, lo anterior, en caso que una de las partes sea obligada al pago solidario de salarios, prestaciones sociales o indemnizaciones de los mencionados dependientes asignados por la otra parte, la parte afectada podrá repetir dicho pago en contra de la primera. 19) RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD. EL CONTRATISTA se compromete a guardar estricta confidencialidad y reserva absoluta sobre toda la información que LA CÁMARA le suministre, ó que lleguen a conocer sus empleados, contratistas, asesores, agentes y subcontratistas, si los hubiere, de manera verbal ó por cualquier medio escrito, audiovisual, magnético, vía electrónica y por cualquier otro medio, en desarrollo del contrato (en adelante Información Confidencial). La obligación de reserva y confidencialidad de la Información Confidencial estará vigente desde la fecha de celebración de este contrato y por cinco (5) años más después de su terminación y EL CONTRATISTA será responsable por cualquier revelación, empleo o divulgación de cualquier porción de la Información Confidencial. EL CONTRATISTA, se obliga tanto en la ejecución del contrato como una vez terminado el mismo, a implementar todas las políticas vigentes en materia de protección de la información confidencial de sus clientes tratándola con especial responsabilidad, control y protección. Toda la información confidencial que LA CÁMARA le suministre será utilizada por EL CONTRATISTA, solamente para los efectos descritos en este contrato. Nada en este término implica que las partes tengan la mutua obligación de suministrarse información confidencial, salvo para los efectos del desarrollo del objeto del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: De manera particular y sin limitar lo anteriormente enunciado, EL CONTRATISTA reconoce que las metodologías, procedimientos, “know-how”, técnicas e información personal y corporativa que llegue a conocer de LA CÁMARA, o de cualquiera de sus filiales, en desarrollo de los servicios contratados, es información confidencial que pertenece y seguirá siendo de propiedad de LA CÁMARA y de cada una de sus filiales, según corresponda, la cual se encuentra sujeta a la obligación de reserva y confidencialidad de la información en los términos de este contrato. Independientemente de las acciones a las que haya lugar por el incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, si éste extravía o revela información confidencial, dará aviso inmediato a LA CÁMARA y tomará todas las medidas razonables y necesarias para minimizar los resultados de pérdida de la información o divulgación de la misma sin autorización. PARÁGRAFO
SEGUNDO: La información confidencial no incluye: a) La información que sea de dominio público con anterioridad al momento de ser entregada a EL CONTRATISTA. b) La información que llegue al poder de EL CONTRATISTA antes de que la misma le sea comunicada por LA CÁMARA y que su obtención no esté relacionada con el objeto del contrato. c) La información que se convierta en disponible para el público en general sin que ello sea resultado de incumplimiento de las obligaciones contractuales de EL CONTRATISTA. d) La información que está en posesión o puede ser independientemente adquirida o desarrollada por EL CONTRATISTA sin violar ninguna de sus obligaciones contractuales o legales. e) Información sobre la cual sea aprobada su divulgación por medio de autorización escrita de LA CÁMARA y sólo hasta el límite de dicha autorización. PARÁGRAFO TERCERO: Si se le solicitare o exigiere a EL CONTRATISTA o a sus representantes revelar la Información Confidencial mediante una orden judicial, requerimiento administrativo u otro mecanismo similar, deberá: 1. Notificar a LA CÁMARA de tal solicitud o requerimiento de manera inmediata y con anterioridad a la divulgación, de tal forma que LA CÁMARA pueda adelantar la acción judicial o administrativa tendiente a la protección de la Información Confidencial. 2. Cooperar con LA CÁMARA, en el caso que presenten cualquier acción para la protección de la Información Confidencial. En cualquier caso, únicamente se revelará la Información Confidencial exacta o la porción de la misma específicamente solicitada. PARÁGRAFO CUARTO: Dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación de este contrato, EL CONTRATISTA devolverá ó destruirá, según lo determine LA CÁMARA, toda la información confidencial que le fue suministrada por LA CÁMARA, incluyendo todos los documentos y soportes que la comprenden, así como todas las copias que existan de la misma y cualquier información o trabajo desarrollado a partir de la Información Confidencial. PARÁGRAFO QUINTO: EL CONTRATISTA se compromete a que todos los empleados que sean asignados por EL CONTRATISTA al proyecto del LA CÁMARA por virtud del presente contrato, xxxx debidamente informados y conscientes del alcance y responsabilidades derivadas de tal confidencialidad, y en el mismo sentido, se obliguen al cumplimiento de los requisitos de confidencialidad establecidos en este Contrato. De igual manera, LA CÁMARA se abstendrá de divulgar o compartir con personas diferentes al personal de LA CÁMARA los documentos, programas, estrategias y tarifas de EL CONTRATISTA. 20) PACTO DE INTEGRIDAD: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente documento que ni él, ni los miembros de la Junta Directiva o Junta de Socios, ni los Representantes Legales, ni el Revisor Fiscal y/o Contadores se encuentran incursos en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad legal o conflicto de interés para contratar con LA CÁMARA. EL CONTRATISTA acepta que ha revisado los documentos denominados Código de Ética y Buen Gobierno Corporativo, Estatuto de Contratación y el Manual de Procedimientos de Contratación de LA CÁMARA, que se encuentran publicados en la página web xxx.xxx.xxx.xx. Así mismo, EL CONTRATISTA declara que su patrimonio y recursos que permiten desarrollar su objeto social no provienen de actividades ilícitas o de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo, razón por la cual, acepta que ni él, ni sus socios o accionistas, ni los miembros de la Junta Directiva o Junta de Socios, ni los Representantes Legales, ni el Revisor Fiscal y/o contadores hacen parte de la lista OFAC (Xxxxxxx), ONU o similares de igual naturaleza, de carácter nacional o internacional, o se encuentran incursos en procesos judiciales o han sido sentenciados judicialmente por delitos relacionados con el Lavado de Activos o Seguridad Pública o hayan sido extraditados. PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA con la suscripción del contrato autoriza a LA CÁMARA para realizar las verificaciones correspondientes. PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de presentarse alguna inhabilidad, incompatibilidad legal o conflicto de interés sobreviniente, EL CONTRATISTA tiene el deber de revelación de esta situación a LA CÁMARA. PARÁGRAFO TERCERO. Tanto los colaboradores que intervengan en el contrato, como EL CONTRATISTA se abstendrán de realizar cualquier conducta o acto que afecte la transparencia y probidad del contrato y su ejecución se realizará con estricto cumplimiento de las normas jurídicas y conforme al principio
de la buena fe, transparencia y economía. PARÁGRAFO CUARTO. EL CONTRATISTA certifica que su empresa no tiene presencia en países considerados como paraísos fiscales o países sancionados por la OFAC. PARÁGRAFO QUINTO. Cuando se requiera la presencia de subcontratistas para la ejecución del contrato, le aplicarán las mismas consideraciones de la presente cláusula. PARÁGRAFO SEXTO: EL CONTRATISTA se compromete a poner en conocimiento de la instancia correspondiente de LA CÁMARA cualquier situación que afecte o genere un conflicto de interés durante la ejecución del contrato. 21) CESIÓN DEL CONTRATO. En ningún caso EL CONTRATISTA podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, salvo con autorización previa por escrito de LA CÁMARA. En caso de que la cesión sea aprobada por LA CAMARA, EL CONTRATISTA, garantizará que el cesionario reúne las calidades, condiciones, requisitos exigidos, idoneidad, experiencia, capacidad económica y legal, y todos aquellos presupuestos necesarios para garantizar la adecuada, idónea y debida ejecución del presente contrato. El incumplimiento de esta obligación facultará a LA CÁMARA para terminar unilateralmente y de manera inmediata el presente contrato, sin que por este hecho se genere indemnización alguna por parte de LA CÁMARA a favor de EL CONTRATISTA. 22) SUBCONTRATACIÓN: En ningún caso, EL CONTRATISTA podrá subcontratar total o parcialmente la ejecución de las obligaciones derivadas del presente contrato, salvo autorización previa de LA CÁMARA, la cual constará por escrito. Para este caso, el subcontratista, quedará obligado sólo frente a EL CONTRATISTA principal, obligándose éste, a imponerle y hacerle cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato y quien asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a LA CAMARA. En ningún caso será oponible a LA CAMARA el incumplimiento del CONTRATISTA por el hecho de sus dependientes o subcontratistas. Adicionalmente, EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA CÁMARA de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales o de cualquier tipo, de EL CONTRATISTA para con el subcontratista, sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a LA CÁMARA, quien podrá repetir contra EL CONTRATISTA si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada a LA CAMARA. 23) CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA. En caso de incumplimiento del presente contrato, LA CÁMARA tendrá derecho a recibir, sin necesidad de previo requerimiento, a título de estimación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al 20% del valor total del mismo. Las partes manifiestan y aceptan que se compense el valor correspondiente que eventualmente resulte de la pena estipulada con las deudas que existan a su favor, ya sea en virtud de este contrato o de cualquier otro que se haya suscrito entre las mismas partes, o por cualquier otro concepto. Estas sumas serán objeto de la corrección monetaria correspondiente al momento de su exigibilidad y su pago extinguirá las obligaciones contraídas por las partes en virtud del presente contrato. 24) CLÁUSULA DE APREMIO: Ante el incumplimiento del plazo estipulado en el contrato, o comunicación expresa en la cual se indique el termino en el que deban cumplirse cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, EL CONTRATISTA pagará a LA CÁMARA, a título de penalidad de apremio, por cada día xx xxxx, el equivalente al 0,1% del valor total estimado del contrato sin que supere el diez por ciento (10%) del valor del mismo, por cada evento. El pago de la de penalidad de apremio y de los perjuicios no extinguirá la obligación principal. PARÁGRAFO: PROCEDIMIENTO. La de penalidad de apremio se aplicará siempre que la causa que le da origen no haya sido subsanada dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de su ocurrencia por parte de LA CÁMARA a EL CONTRATISTA. Se aplicará una penalidad de apremio diaria hasta que EL CONTRATISTA cese la conducta que dio origen a la penalidad, sin perjuicio de que LA CÁMARA pueda dar por terminado anticipadamente el contrato por incumplimiento grave de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA acepta que LA CÁMARA descuente el valor de las penalidades consagradas en la presente cláusula de las sumas que le adeude, en virtud del presente contrato o de cualquier otro crédito que exista a cargo de LA
CÁMARA y a favor de EL CONTRATISTA. El pago de las penalidades aquí pactadas no indemniza los perjuicios sufridos por LA CÁMARA ni limita en nada las posibilidades de reclamación de esta última por los daños padecidos. Para la terminación del presente contrato por incumplimiento de EL CONTRATISTA o para la exigencia de la cláusula penal compensatoria, no será necesario que LA CÁMARA imponga previamente estas penalidades a EL CONTRATISTA. El procedimiento mínimo para la aplicación de cualquier sanción contractual será el siguiente: (i) El Supervisor del Contrato comunicará por escrito a EL CONTRATISTA el presunto incumplimiento presentado. (ii) Recibida la comunicación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, EL CONTRATISTA podrá indicar las razones por las cuales estima que no tiene responsabilidad en relación con el presunto incumplimiento. (iii) El Supervisor del Contrato analizará las explicaciones suministradas por EL CONTRATISTA, y de resultar aceptables, se lo hará saber a éste; en caso contrario le comunicará que se procederá a la sanción contractual (igual comunicación se dará en caso de que EL CONTRATISTA no indique razón alguna). 25) CAUSALES DE TERMINACIÓN. CAUSALES DE
TERMINACIÓN. Además de otras causales previstas en el presente documento, este contrato terminará: a) Por incumplimiento de las obligaciones de las partes contratantes. b) Por fuerza mayor o caso fortuito. c) Por mutuo acuerdo entre LA CÁMARA y EL CONTRATISTA. d) Por imposibilidad técnica, administrativa y/o legal de continuar con la ejecución del presente contrato.
e) Por el vencimiento del plazo de ejecución o se haya agotado el monto máximo del valor total o por el cumplimiento total del objeto del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: TERMINACIÓN UNILATERAL. Por parte de LA CÁMARA, en cualquier tiempo y en especial cuando: a) EL CONTRATISTA cese los pagos de nómina, seguridad social o ARL del personal que tiene a cargo.
b) EL CONTRATISTA entre en concurso de acreedores o se presenten embargos judiciales en contra de éste, que puedan afectar el cumplimiento del contrato. c) Cuando EL CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a LA CÁMARA los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello. d) Cuando EL CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del contrato, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar. e) Cuando del incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar. f) Cuando EL CONTRATISTA abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de LA CÁMARA, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar. g) Cuando EL CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado de EL CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada de EL CONTRATISTA o de alguna de sus filiales) o las que correspondan conforme con la normatividad vigente. h) cuando EL CONTRATISTA se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés para contratar con LA CÁMARA. En cualquiera de los casos se dará aviso a EL CONTRATISTA con cuarenta y cinco
(45) días calendario de antelación a la fecha de terminación. i) Cuando EL CONTRATISTA incumpla el Pacto de Integridad. j) Cuando EL CONTRATISTA incumpla las obligaciones de carácter laboral. k) Por las demás causales señaladas en el presente contrato o en la ley. PARÁGRAFO SEGUNDO: EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. Las partes renuncian expresamente a reclamar perjuicios o indemnizaciones entre ellas mismas, con motivo de la terminación del presente contrato por cualquiera de las causales indicadas en la presente cláusula, salvo la establecida en el literal a), pero EL CONTRATISTA tendrá derecho a que se le liquiden y paguen los dineros correspondientes a los servicios ejecutados/bienes entregados a satisfacción de LA CÁMARA. En caso de terminación anticipada de este contrato por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a restituir inmediatamente y sin necesidad de previo
requerimiento las sumas de dinero que deba cuando el desembolso en su favor exceda el valor de los servicios/bienes hasta entonces ejecutados y recibidos a satisfacción por LA CÁMARA. 26) LIQUIDACION: Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidación a fin de extinguir las obligaciones pendientes hasta ese momento, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a la terminación del plazo de ejecución, donde será necesario suscribir el acta de liquidación del contrato por parte de EL CONTRATISTA y LA CÁMARA, en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión o Interventoría respecto del cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, la relación y constancia del recibo a satisfacción de los entregables del servicio contratado, que demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra x xxx y salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la relación y constancia de las prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las multas y sanciones que se hayan impuesto a EL CONTRATISTA, así como, los demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar. Si transcurrido el termino de 3 días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones por parte de EL CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido y prestará merito ejecutivo. 27) INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA CÁMARA por cualquier situación o hecho que se derive de la ejecución del objeto del presente contrato, por tanto se obliga a asumir la defensa de LA CÁMARA y los costos de la misma, incluidos los honorarios de abogados, así como las indemnizaciones a las que hubiera lugar, en caso de que LA CÁMARA resultara demandada por hechos derivados de la ejecución del presente contrato y que sean imputables a EL CONTRATISTA. Esta cláusula también se aplicará cuando existan quejas o reclamos por compensaciones laborales de los trabajadores de EL CONTRATISTA y en todo caso de demandas civiles, laborales, penales, administrativas, etc. por dolo o culpa de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga a salir en defensa de LA CÁMARA y estará obligado a acudir al llamamiento en garantía, que se le dirija si LA CÁMARA es demandada o recibe algún reclamo por parte de terceras personas en relación con la ejecución del contrato (por incumplimiento de los requisitos técnicos pactados, por defecto de los bienes suministrados, deficiente o mala calidad en los bienes y/o servicios prestados, así como defectos en instalación y puesta en funcionamiento, entre otros), independientemente de si este reclamo se hace a través de jueces, árbitros, autoridades administrativas o por cualquier otro medio. Presentada una reclamación judicial o extrajudicial que se derive por incumplimiento de los requisitos técnicos pactados, por defecto de los bienes suministrados, deficiente o mala calidad en los bienes y/o servicios prestados, así como defectos en la instalación y puesta en funcionamiento, LA CÁMARA notificará a EL CONTRATISTA, quien asumirá de inmediato la defensa de LA CÁMARA. Si EL CONTRATISTA después de notificado por LA CÁMARA no asume la defensa en un término de cinco (5) días hábiles, ésta queda facultada para contratar, a expensas de EL CONTRATISTA, la defensa que considere necesaria, cuyos costos y las indemnizaciones a que hubiere lugar correrán por cuenta exclusiva de EL CONTRATISTA, pudiendo LA CÁMARA repetir contra EL CONTRATISTA. 28) MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En
caso de suscitarse cualquier diferencia con ocasión del presente contrato, ello se notificará por cualquier medio escrito a la otra parte con el fin de intentar primero el arreglo directo. Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación mencionada anteriormente las partes no han logrado solucionar sus diferencias, la disputa se resolverá a través de la conciliación. Lo anterior es sin perjuicio de que las partes según su voluntad hagan uso de los demás mecanismos alternativos de solución de conflictos Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, terminación o liquidación del presente contrato, que no haya podido resolverse mediante los mecanismos de solución de controversias extrajudiciales a que se hizo referencia en la cláusula anterior, será sometido a la decisión de un
Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por tres árbitros nombrados así: cada una de las partes nombrará un (1) árbitro, el árbitro restante será nombrado de común acuerdo entre las partes y si esto no es posible se delega su nombramiento al Director del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. b) Los árbitros deberán ser abogados colombianos, inscritos en las listas de árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. c) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, en lo no regulado en la presente cláusula. d) El Tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades. e) El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material de última instancia y, en consecuencia, será final y obligatorio para las partes. f) Los costos que se causen con ocasión de la convocatoria del Tribunal estarán a cargo de la parte vencida. 29) CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. EL CONTRATISTA, declara bajo la gravedad de juramento: a) Que a la fecha ha presentado y está cumpliendo con el plan de trabajo anual para la implementación de Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015, b) Que ha leído, conoce y acepta el Manual de Gestión de Seguridad y salud en el trabajo. LA CÁMARA en cualquier momento podrá verificar esta información y para el efecto podrá solicitar las evidencias del cumplimiento. De igual manera, LA CÁMARA podrá citar a reunión con EL CONTRATISTA para acordar un plan de trabajo y realizar actividades específicas que impliquen riesgos de alto impacto en la ejecución del contrato. 30) MODIFICACIONES. Todas las modificaciones que se efectúen al presente contrato deberán constar por escrito suscrito por las partes contratantes. 31) INTEGRIDAD Y DIVISIBILIDAD. Si cualquier disposición del contrato fuese ineficaz, nula o inexistente o no pudiese hacerse exigible de conformidad con las leyes de la República de Colombia, las disposiciones restantes no se entenderán invalidadas a menos que el contrato no se pueda ejecutar sin la disposición ineficaz, nula, inexistente o que no se pueda exigir. 32) LEGISLACIÓN APLICABLE Y DOMICILIO. El contrato se regirá y será interpretado de conformidad con las leyes de la República de Colombia, y tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C. 33) INSTRUMENTACIÓN: EL CONTRATISTA se obliga a suscribir el presente contrato y aportar los documentos correspondientes establecidos en el mismo, a más tardar dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha en que le sea comunicado por LA CÁMARA que el documento se encuentra listo para ser firmado. EL CONTRATISTA acepta que LA CÁMARA podrá desistir de contratar lo previsto en este documento en caso de que incumpla el término aquí señalado y no entregue oportunamente estos documentos, sin que se genere indemnización alguna. 34) INGRESO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA A LAS INSTALACIONES DE LA CÁMARA. LA CÁMARA
permitirá el ingreso a sus instalaciones o donde se realice el evento, de los dependientes o empleados designados por EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato, siempre y cuando los mismos estén debidamente identificados y porten en lugar visible los documentos de afiliación a las EPS y ARL- respectivas. EL CONTRATISTA dará instrucciones a sus dependientes para que porten los carnés de EPS y ARL respectivos al momento del ingreso a las instalaciones de LA CÁMARA. A su vez, los dependientes o empleados de EL CONTRATISTA deberán atender todos los reglamentos internos y requerimientos de seguridad que se imponen a los terceros que ingresan a las instalaciones de LA CÁMARA, los cuales se encuentran publicados en la página de Internet xxx.xxx.xxx.xx. Adicionalmente, EL CONTRATISTA se obliga a dar estricto cumplimiento a todas y cada una de las normas que sobre seguridad industrial se imponen a la prestación de los servicios que por este documento se contratan, las cuales son de su cargo, por ello EL
CONTRATISTA responderá de todos los daños y perjuicios que ocasionen sus empleados o dependientes dentro de las instalaciones de LA CÁMARA, incluidos los accidentes de trabajo. LA CÁMARA podrá abstenerse de permitir el ingreso de los empleados o dependientes de EL CONTRATISTA, cuando éstos no porten los documentos de EPS y ARL e incluso podrá suspender las actividades de EL CONTRATISTA cuando detecte que en la ejecución de las mismas no se están cumpliendo las normas de seguridad industrial, las disposiciones internas de LA CÁMARA o los requerimientos de seguridad formulados por LA CÁMARA. Lo anterior no servirá de excusa
o justificación alguna a favor de EL CONTRATISTA para el incumplimiento de las demás obligaciones a su cargo pactadas por este documento. LA CÁMARA se reserva el derecho de realizar requerimientos a EL CONTRATISTA que tengan como fin dar cumplimiento a las políticas de seguridad industrial de LA CÁMARA o de garantizar procedimientos seguros para LA CÁMARA
o para los terceros que la visitan. EL CONTRATISTA deberá dar cumplimiento a estos requerimientos y su desatención será causal de terminación unilateral del presente contrato, sin lugar a pago alguno de indemnización a cargo de LA CÁMARA. 35) FORMA DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES: Las comunicaciones deberán ser enviadas por cualquier medio que asegure su recepción por la otra parte. Será responsabilidad de la parte que envía la comunicación, asegurarse de que la otra parte reciba la comunicación enviada teniendo en cuenta parámetros de seguridad y de integridad de la información. PARÁGRAFO PRIMERO: Para las comunicaciones por medios electrónicos se pueden realizar durante las 24 horas del día y se entenderán recibidas el día del envío. Las demás actuaciones inherentes a los actos jurídicos formales del presente contrato conservaran los procedimientos originalmente establecidos. PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de modificación del domicilio del contratista, lo debe comunicar dentro de los 5 días hábiles siguientes al cambio. 36) PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, para su ejecución se requiere de la aprobación de las pólizas, la presentación del documento que acredite la afiliación y pago al régimen de Seguridad Social Integral, ARL, aportes parafiscales y cumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de EL CONTRATISTA
o su personal.
Las partes han consentido en el objeto de este contrato en constancia de lo cual firman el XX de xxxxxx de 2020
LA CÁMARA
XXXXXXXXXXXXXXX
EL CONTRATISTA
XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Elaboró. XXXXXXXXX Revisó. XXXXXXXXX
ANEXO 5. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
La experiencia del proponente deberá ser relacionada en el siguiente cuadro:
Empresa contratante | Objeto del contrato | Fecha de inicio | Fecha de finalización | Contacto | Cargo | Teléfono / Celular | Valor del contrato |
ANEXO 6. RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO
La experiencia del equipo de trabajo deberá ser relacionada en el siguiente cuadro:
Rol que desempeñará en el equipo | Nombre del profesional | Profesión | Experiencia |
ANEXO 7. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL
En la Ciudad de Bogotá D.C., a los días del mes de de 2020, comparecieron las siguientes sociedades constituidas conforme a la ley colombiana, por conducto de sus respectivos representantes legales o apoderados especiales debidamente constituidos, identificados con las cédulas de ciudadanía cuyos números y lugares de expedición aparecen al pie de sus firmas, debidamente facultados para otorgar el presente acto:
SOCIEDAD | NIT | REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO ESPECIAL. |
Las partes así descritas han decidido conformar el CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL
, en adelante CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: NOMBRE Y DOMICILIO. El CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL se denominará
, y su domicilio será la ciudad de Bogotá D.C.
La sede del CONSORCIO es No. en
SEGUNDA: OBJETO Y ALCANCE. El objeto del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL es
presentar una propuesta en el proceso de contratación que tiene por objeto Prestar los servicios para realizar la aplicación en campo, el procesamiento y análisis de datos de la Encuesta de Percepción y Victimización de Seguridad Ciudadana en Bogotá, y posteriormente, en caso de ser adjudicado, suscribir, perfeccionar y ejecutar el respectivo contrato.
TERCERA: DURACIÓN. El CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL estará vigente desde la fecha de su firma y se extenderá por un término igual al plazo del contrato que se llegare a suscribir y UN AÑO MÁS.
CUARTA: PARTICIPACIÓN. Los miembros del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL participarán de manera conjunta en la totalidad de la ejecución de los trabajos y obligaciones inherentes al objeto del proceso de contratación y, en consecuencia, responderán solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado. Para los fines pertinentes del CONSORCIO, las labores a realizar y el porcentaje de participación de los miembros del CONSORCIO es el que se describe a continuación:
ESTABLECER LOS PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN Y LAS LABORES A REALIZAR DE CADA MIEMBRO.
QUINTA: REPRESENTACIÓN. Las partes del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL acuerdan que la representación del CONSORCIO estará a cargo de , identificado con cédula No. de , quien queda expresamente facultado para presentar la propuesta a que haya lugar, firmar el contrato en caso de ser adjudicado, otorgar las garantías exigidas, representar al CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL judicial o extrajudicialmente, ejercer las facultades de recibir, transigir y conciliar y tomar todas las determinaciones que lleguen a ser necesarias para la adecuada ejecución del contrato, con las más amplias facultades.
PARÁGRAFO: Además de las antes enunciadas, el representante legal del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL tendrá las siguientes funciones y facultades:
(INCLUIR OBLIGACIONES)
SEXTA: RESPONSABILIDAD. Los miembros del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL serán
solidariamente responsables por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto del contrato, en caso de ser adjudicado.
SÉPTIMA: CESIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN EL CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL. Ninguna
de las partes podrá ceder en todo o en parte su participación en el presente CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL.
OCTAVA: IRREVOCABILIDAD DEL CONSORCIO. Una vez constituido el CONSORCIO Y/O
UNIÓN TEMPORAL, éste tendrá el carácter de irrevocable desde su constitución hasta el vencimiento del plazo de ejecución del contrato y un año más.
NOVENA: MODIFICACIONES. Todas las modificaciones que se efectúen al presente acuerdo deberán constar por escrito suscrito por los representantes legales de las partes, previa autorización de la CCB.
DECIMA: NOTIFICACIONES. Cualquier notificación o comunicación que una de las partes del CONSORCIO Y/O UNIÓN TEMPORAL quiera realizar a la otra deberá remitirse por correo certificado, si es preciso, o cualquier otro método que permita conocer que la misma ha llegado a su destino.
En constancia y en señal de aceptación se firma este documento en tantos ejemplares como contratantes, a los días del mes de de