Expt.: 157.13
Expt.: 157.13
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO QUE FIGURA EN EL CUADRO DE CARACTERISTICAS POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.-
1.- OBJETO DEL CONTRATO:
SERVICIO PARA LA ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE DOS BLOQUES DE VIVIENDAS Y SOTANO DE APARCAMIENTO EN DOS PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL EN LA BDA. LOS PAJARITOS Y ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA.
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Será objeto del presente contrato, la ejecución de los trabajos antes dichos con la extensión y características fijadas en el pliego de prescripciones técnicas adjunto, el cuál se considera parte integrante del contrato.
Al presente pliego se acompaña informe del Sr. Gerente, justificativo de la insuficiencia, falta de adecuación o conveniencia de no ampliación de los medios personales y materiales correspondientes a la Gerencia de Urbanismo para lograr el objetivo que se pretende con la celebración del contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
2.- CONDICIONES DEL TRABAJO: Las que se estipulen en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se adjunta e incorpora como documento contractual.
3.- PERFIL DE CONTRATANTE: Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, esta Administración cuenta con el perfil de contratante en el que se publicará el texto del presente pliego, la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de conformidad con lo establecido en el art. 53 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP.
El acceso público al perfil del contratante se efectuará a través del portal de la Gerencia de Urbanismo xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/
4. - DURACIÓN: El plazo de ejecución del trabajo objeto del presente pliego será el que se fija en el cuadro de características y se computará a partir del día siguiente a la firma del correspondiente contrato.
En lo concerniente a la eventual prórroga se estará a lo establecido en el Cuadro de Características y a lo dispuesto en el Art. 303 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siempre y cuando medien justificantes a juicio de la Administración. En todo caso la prórroga habrá de ser expresa y de mutuo acuerdo entre las partes.
5. – PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: El tipo de licitación previsto para el contrato asciende a la cantidad expresada en el Cuadro de Características del presente pliego, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO: En el Cuadro de características, se indicará el sistema de determinación del precio que, conforme a lo dispuesto en el artículo 302 del TRLCAP, podrá estar referido a componentes de la prestación, unidades de ejecución o unidades de tiempo, o fijarse en un tanto alzado cuando no sea posible o conveniente su descomposición, o resultar de la aplicación de honorarios por tarifas o de una combinación de varias de estas modalidades.
La ejecución de los trabajos está amparada por los créditos que se indican en el Cuadro de Características del presente pliego.
6.- PRECIO DEL CONTRATO: El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación, e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, y se abonará con cargo a las anualidades previstas en el mismo.
7. - FORMA DE PAGO Y ABONO: El contratista tiene derecho al abono, conforme a los precios convenidos, de los servicios efectivamente prestados. El abono de la prestación del servicio se realizará previa presentación de la correspondiente factura y conformidad del servicio prestado, de la siguiente manera:
Documentación de anejos del Proyecto de Ejecución:
-El 15% a la entrega y aprobación de los esquemas básicos de cimentación, estructuras e instalaciones.
-El 75% a la entrega de documentación objeto del encargo.
-El 10% a la emisión del informe favorable de supervisión.
Asistencia
Técnica en obra a la Dirección Facultativa:Durante la ejecución de
las obras, hasta la recepción de las mismas de la siguiente
forma:
-El 45% una vez se haya certificado el 50% del
presupuesto de ejecución material de las instalaciones del edificio.
-El 45% a la conclusión de las instalaciones.
-El 10% a la recepción de las obras.
8.- FORMA DE ADJUDICACION.- El contrato se licitará mediante procedimiento negociado sin publicidad, recayendo la adjudicación en el licitador justificadamente elegido por la Administración previa consulta, al menos, de tres empresas o profesionales, si ello es posible, capacitados para la ejecución del trabajo, a cuyos efectos, se realizará el correspondiente anuncio o invitación, según corresponda. La negociación de los términos del contrato se realizará de conformidad con lo establecido en los artículos 176 a 178 del TRLCAP.
9- BASES POR LAS QUE HA DE REGIRSE LA ADJUDICACIÓN:
9.1. Aptitud y capacidad del empresario.
Podrán celebrarse estos contratos con personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente y disponga de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
b) Tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones del art. 60 y art. 56 del TRLCAP.
c) Haber obtenido la clasificación adecuada al objeto del contrato si este requisito fuera exigible conforme a la legislación vigente. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial o profesional en su caso, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que en su caso hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas a la misma.
9.2 Forma de presentación y contenido de la proposición:
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Los licitadores vendrán obligados a mantener sus respectivas ofertas durante el plazo de dos meses a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.
Una vez entregada y admitida la plica, no podrá el empresario retirarla.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en los supuestos de adjudicación, se entenderán comprendidas a todos los efectos, además del precio de contrata, los impuestos de cualquier índole que graven en los distintos conceptos, indicándose como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
9.3. Contenido de la proposición: Las proposiciones estarán redactadas en lengua castellana o traducidas oficialmente a esta lengua. Dentro del plazo señalado en el anuncio, y en el Registro de la Gerencia de Urbanismo, los ofertantes presentarán dos sobres cerrados, sellados y firmados, de forma que se garantice el secreto de su contenido, señalados con los números 1, 2. Si el último día de presentación coincidiera en sábado, deberá efectuarse al siguiente día hábil. La no presentación de la documentación conforme a las reglas recogidas en el presente pliego, así como cualquier actuación que contravenga el carácter secreto de la oferta de conformidad con lo establecido en el art. 145.2 del TRLCSP, supondrá la exclusión del licitador.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos y anunciará la remisión de su oferta al órgano de contratación, en el mismo día, mediante télex, fax o telegrama remitido al número que se indique en el anuncio de licitación. En caso de que así se indique en el anuncio, podrá enviarse por correo electrónico a la dirección señalada.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo marcado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador, el título del contrato, domicilio social, teléfono y fax a efectos de comunicaciones e incluirá la documentación que a continuación se indica:
Sobre número 1 (cerrado, sellado y firmado).
Título: Documentación general.
En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice relacionando todos los documentos incluidos en este sobre.
a) Documentos acreditativos de la personalidad del empresario, para lo cual deberán presentarse los originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
1. Si la empresa fuese persona jurídica, mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
En ambos casos, en las escrituras o documentos de constitución, deberá constar que la finalidad o actividad del licitador tiene relación directa con el objeto del contrato.
2. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3. Los licitadores extranjeros presentarán sus documentos traducidos de idioma oficial al castellano.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 141.1 o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del TRLCSP.
Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil.
Las empresas extranjeras aportarán Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
b) Unión Temporal de Empresas. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta constituyendo agrupación temporal, cada una acreditará su personalidad, capacidad, representación y solvencia, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos, y designar la persona o entidad, que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos frente a la Administración. Caso de resultar adjudicataria la agrupación de empresas, deberá constituirse en escritura pública.
El licitador que forme parte de una Unión Temporal no podrá concurrir individualmente en el mismo procedimiento o figurar en más de una Unión Temporal.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
c) Documentos acreditativos de la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder al efecto. Si la empresa fuese persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. En todo caso, el poder deberá ser bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo o del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
d) Declaraciones responsables y cesión de información tributaria. Asimismo, los licitadores deberán presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable, emitida ante Notario Público, Autoridad Judicial o Administrativa u Organismo profesional cualificado, de tener capacidad de obrar y no hallarse el empresario incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad y demás prohibiciones previstas en la legislación vigente, en los términos del artículo 73.1 del TRLCSP.
Asimismo, podrán incluir la autorización expresa a la Administración contratante para que, de resultar propuesto adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de otras Administraciones Públicas con las que se hayan establecido convenios, según modelos de autorización Anexos.
Los licitadores pueden autorizar a la Administración para que recabe la información tributaria a la AEAT y al Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
2. Declaración responsable en los términos previstos en el párrafo primero del artículo 56 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, así como en la ejecución de los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones, ni ser empresa vinculada a ellas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
Esta declaración y la autorización señalada en el párrafo 2º del nº 1 anterior se acreditarán conforme al modelo establecido en los Anexos de estos pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia deberá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
e) Igualmente, a los efectos del art. 86 del RGCAP, los licitadores deberán presentar relación de empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio.
f) Solvencia económica, financiera, profesional y técnica: se acreditará en los términos establecidos en el TRLCAP.
- Declaraciones apropiadas de entidades financieras.
- Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en los Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Mínimo exigible: Del examen de la declaración de la entidad financiera debe resultar que la empresa cuenta con capacidad económica suficiente para realizar actividades/negocios por importe igual o superior al presupuesto del contrato y de las cuentas anuales debe resultar que la empresa tiene un volumen de ingresos por importe igual o superior al presupuesto del contrato
La solvencia técnica o profesional: Se acreditará aportando:
- Relación de los servicios realizados en el curso de los tres últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Mínimo exigible: del examen de la documentación presentada debe resultar que la empresa haya realizado DOS SERVICIOS SIMILARES Y DE PRESUPUESTO ANÁLOGO al objeto del presente contrato en el curso de los tres últimos años.
No obstante, conforme al artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma, quedando eximido de la acreditación de las circunstancias señaladas con anterioridad.
g) Concreción de las condiciones de solvencia Técnica:
Además de acreditar la solvencia o en su caso la clasificación, conforme al apartado anterior, deberá aportarse los siguientes documentos:
Compromiso de adscribir a la ejecución de la prestación que incluye tanto la redacción de la documentación como la asistencia técnica a la dirección facultativa durante la ejecución de la obra, durante su plazo total de ejecución, los técnicos recogidos en la cláusula cuarta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Dicho compromiso deberá acompañarse de la identificación de las personas previstas para dichos puestos mediante la aportación de su curriculum, así como su aceptación expresa.
Dichos compromisos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64.2 del TRLCSP, tendrán el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223.f, así como de imponer penalidades conforme al artículo 212.1, en caso de su incumplimiento por el adjudicatario.
Quedarán excluidos de la licitación los empresarios que no acrediten disponer del mínimo de solvencia económica y técnica, así como los compromisos de adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y personales recogidos en el apartado f) concreción de las condiciones de solvencia técnica.
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que presta la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. En todo caso, sólo podrá prestar su solvencia a un solo licitador. La aportación del referido certificado tendrá la consideración de solvencia complementaria, no pudiéndose excluir de la que el empresario deba aportar como propia.
En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista. En este sentido, la presentación del certificado deberá contener la aceptación expresa de los efectos señalados en el artículo 1257.2 del Código Civil por la empresa que preste su solvencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del TRLCSP, modificado por la Ley 14/2013, de 28 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internacionalización, la aportación de la documentación referida en los apartados anteriores, podrá ser sustituida por una declaración responsable del licitador en la que indique que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. En dicha declaración, debidamente firmada y fechada y realizada conforme al modelo Anexo incluido en los presentes pliegos, deberá hacer constar que reúne todos y cada uno de los requisitos de personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional (y/o clasificación) exigidos en los Pliegos de Claúsulas Administrativas Particulares. En el supuesto de licitar en Unión Temporal de empresas, deberá incluirse necesariamente en el sobre el compromiso a que hace referencia el apartado b) anterior.
g) Trabajadores con discapacidad y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. El licitador podrá aportar acreditación fehaciente de tener, en su caso, en la plantilla de sus centros de trabajos radicados en Andalucía un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, o haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA de 31 de diciembre).
Asimismo, de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, podrán presentar documentación acreditativa de tener la marca de excelencia o desarrollar medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
h) Garantía provisional. Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el Cuadro de Características.
Sobre número 2 (cerrado, sellado y firmado).
Título: Proposición económica
La proposición económica deberá presentarse a la baja sobre el tipo propuesto y serán formuladas con arreglo al modelo que se incluye en el anejo del presente Xxxxxx, debidamente firmada y fechada. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad alguna.
Dicha proposición se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. La Gerencia se reserva el derecho de rechazar aquellas proposiciones que no se ajusten al modelo anejo a estos pliegos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en los supuestos de adjudicación, se entenderán comprendidas a todos los efectos los impuestos de cualquier índole que graven en los distintos conceptos, indicándose como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última.
No podrá presentarse más de una proposición por un licitador, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal de empresas con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal de empresas. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión a la licitación de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
8.4.- Criterios objetivos de valoración:
a) Oferta económica a la baja sobre precio máximo de licitación: este apartado se valorará hasta 5 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta u ofertas que cubriendo las garantías mínimas exigidas sea más baja, puntuándose inversamente proporcional a las restantes proposiciones.
10.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Terminado el plazo de recepción de proposiciones, la persona responsable del Registro General expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones, las presentadas por correo pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores.
10.1.- Certificación y calificación de documentos.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 146.1 del TRLCAP, se efectuará, por el Servicio de Contratación de la Gerencia de Urbanismo. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, concediéndose un plazo inferior a siete días para que los licitadores los corrijan o subsanen ante el órgano de contratación bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Asimismo el órgano de contratación podrá solicitar aclaraciones sobre los documentos y certificados presentados o requerirles para la presentación de otros complementarios, en los términos previstos por el art. 82 del TRLCAP. De lo actuado se dejará constancia en el expediente. Posteriormente se adoptará el oportuno acuerdo sobre la admisión de los licitadores.
La apertura de los sobres núms. 2 y 3, se llevará a cabo por el Servicio de Contratación en una sola fase, remitiéndose posteriormente al Servicio proponente para la valoración de los aspectos de negociación, debiéndose valorar primero los que dependan de un juicio de valor y luego aquellos en los que no concurra esta circunstancia (art. 150 TRLCSP).
10.2.- Clasificación de las ofertas:
Emitido el correspondiente informe por el servicio proponente, se procederá a formular, al órgano de contratación, la correspondiente propuesta de clasificación de las ofertas por orden decreciente, que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. No obstante, en el supuesto de que la oferta clasificada en primer lugar estuviese incursa en valores anormales o desproporcionados y el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos emitidos, estimase que la oferta no puede ser cumplida, excluirá la mencionada oferta de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 152 del TRLCAP
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o con valores anormales las ofertas que se encuentren en los supuestos contemplados en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas.
Serán criterios objetivos para apreciar o no el carácter desproporcionado o anormal de la oferta y en función de la documentación que presente el adjudicatario en el trámite de justificación de la oferta, o en la documentación ya presentada, la adecuada justificación de los precios ofertados, que como mínimo comprenderá una explicación de los mismos en los términos del artículo 152.3 del TRLCSP.
En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas como las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia de adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa cualesquiera de las siguientes empresas y en el siguiente orden:
- Sociedades cooperativas andaluzas de conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley de Cooperativas Andaluzas.
- Empresas con trabajadores con discapacidad, conforme a lo señalado en la cláusula 9.2.h) del presente pliego y lo establecido en la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
- Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, conforme a lo señalado en la cláusula 9.2.h) del presente pliego.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos.
10.3._Documentación previa a la adjudicación.
El órgano de contratación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar del siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias:
a) Obligaciones Tributarias: Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
b) Obligaciones con la Seguridad Social: Certificado positivo, expedido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, o declaración responsable de no estar obligado a presentarla.
c) Obligaciones con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx: Certificación positiva, expedida por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
d) Impuesto sobre Actividades Económicas: Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
e) Garantía definitiva: Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja de Depósitos de la Entidad Local contratante, en alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación, salvo que en el Cuadro de Características del presente pliego se exima de esta obligación, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato. La garantía que, eventualmente, deba prestarse podrá constituirse mediante retención en el precio. Las Sociedades Cooperativas Andaluzas, sólo tendrán que aportar el veinticinco por ciento de las garantías que hubieren de constituir conforme al artículo 116.6 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 96.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio.
f) En caso de que el licitador hubiese optado por presentar en el sobre nº 1 (Documentación General) la Declaración Responsable prevista en el art. 146 del TRLCSP, deberá, además, aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional (y/o clasificación) exigidos en la Cláusula 9 de los presentes Pliegos.
De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
10.4. Adjudicación del contrato
La adjudicación del contrato deberá producirse dentro de los cinco días hábiles, tres días hábiles en caso de urgencia, siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. El órgano de contratación compensará a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido hasta un máximo de 50,00 euros.
La resolución de adjudicación será publicada en el perfil de contratante, así como notificada directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación administrativa que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si estos no retiran su documentación en los tres meses a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificantes de la garantía provisional, en su caso, que se conservarán para su entrega a los interesados.
11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona mediante su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
Se formalizará en documento administrativo, dentro del plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización se efectuará dentro de los cinco días siguientes a aquel en que hubiera recibido el requerimiento de formalización, una vez transcurrido el plazo de quince días previsto en el art.156.3 del TRLCSP sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o se hubiera levantado la suspensión.
Con carácter previo a la formalización del contrato el adjudicatario deberá presentar, en su caso, la siguiente documentación:
a) Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios. Asimismo, en el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
b) Acreditación de la vigencia del Seguro de Responsabilidad Civil, por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, así como por daños producidos a la Administración, así como de cuantos otros seguros sean obligatorios para el desarrollo de su actividad y que se exijan en el Cuadro de Características del presente Pliego.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos integrantes del contrato.
12.- RESPONSABLE DEL CONTRATO: El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 52 del TRLCSP. El nombramiento del Responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido.
El Responsable y sus colaboradores, acompañados por el delegado del contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a la Administración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
13.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista y con estricta sujeción a lo establecido en el mismo, a las cláusulas del presente Xxxxxx, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y a las órdenes e instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Así mismo el contratista se obliga a:
a) A presentar la documentación recogida en las cláusulas segunda y quinta xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
b) A no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos sin la expresa autorización del responsable del contrato.
c) A guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
14.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL CONTRATISTA: El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El adjudicatario se obliga:
1º) A aportar los equipos técnicos y material, así como los medios auxiliares, humanos o materiales; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto del contrato a satisfacción. Los técnicos o especialistas que intervengan deberán estar en posesión de la correspondiente titulación y colegiación para poder en su caso nominar y firmar el trabajo realizado, así como para solicitar permiso o licencias administrativas.
En todo caso, el contratista estará obligado a adscribir los equipos y medios ofertados para la realización de los trabajos, incluso con el carácter nominal y en los mismos términos en que se hubiesen ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultaría a la Administración para resolver el contrato por causa imputable al contratista. No obstante, la Administración podrá optar por exigir al contratista la adscripción a los trabajos de otro técnico o especialista de similares características. Al efecto, el contratista deberá formular la correspondiente propuesta acompañando los datos profesionales y las referencias que permitan juzgar su preparación, capacidad y experiencia. Igualmente, la Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier técnico o persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción.
2º) Obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias de sus respectivos titulares si va a utilizar tecnología, procedimientos, materiales y equipos, así como cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual xx xxxxxxx, siendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la formulación de reclamaciones.
3º) A guardar secreto y a hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en la ejecución de los trabajos, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a tercero, o divulgar dato alguno en relación con el Servicio contratado, sin la expresa autorización de la Administración.
4º) A realizar las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del servicio contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato.
5º) Cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes.
6º) Asimismo, será de cuenta del contratista indemnizar todos los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración.
La Administración podrá exigir en su caso que el contratista tenga suscrita la correspondiente póliza con compañía aseguradora.
7º) El contratista entregará, en su caso, original y copia de la documentación relativa a los trabajos objeto del contrato, en el Servicio de Contratación.
8º) En materia de subcontratación, se estará a lo previsto en el artículo 227 del TRLCSP y demás obligaciones establecidas para el caso de subcontratación en la citada Ley, al cumplimiento de lo dispuesto en la legislación laboral.
Cualquier intervención de un subcontratista en el contrato adjudicado requerirá, al menos, la autorización expresa del Responsable del contrato.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta materia, la Administración quedará facultada para suspender, sin que se genere derecho a compensación alguna para el adjudicatario, el pago de las facturas hasta su completa subsanación.
10º) Son de cuenta directa del contratista todos los devengos de personal, incluidos los Seguros Sociales, impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el período de vigencia del contrato. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
15.- REVISIÓN DE PRECIOS: La revisión sólo tendrá lugar cuando así esté previsto en el presente pliego, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el mismo y de conformidad con los arts. 89 y siguientes del TRLCSP.
En el cuadro de características se establecerán las fórmulas o índices aplicables al contrato, de no figurar ninguna se entenderá que no habrá revisión de precios.
16.- SEGUROS: El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indique en el presente Pliego o en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
17.-PLAZOS Y PENALIDADES ADMINISTRATIVAS: El contratista queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el cuadro de características, así como de los plazos parciales, en su caso, establecido.
La constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación, siendo de aplicación lo establecido en el art. 212 del TRLCSP y cualesquiera otras previstas en la legislación vigente.
18.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: El contrato sólo podrá modificarse por razones de interés público. todas aquellas modificaciones no previstas en los presentes pliegos sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
19.- DEVOLUCION DE GARANTÍA: Al terminar el contrato, si no existieran responsabilidades exigibles, se procederá a la devolución de la garantía constituida, a no ser que el contratista opte por imputar su cuantía en concepto de crédito reconocido y liquidado a otras adjudicaciones de trabajo que le efectúe la Gerencia de Urbanismo.
20.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: El contrato podrá extinguirse y de hecho se extinguirá por cualquiera de las causas previstas en la Legislación reguladora de la materia, arts. 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Entre otras se considera incumplimiento de las cláusulas contenidas en el contrato:
a) La realización defectuosa de los trabajos o el abandono por el contratista del servicio objeto del contrato. Se entenderá producido el abandono cuando la prestación no se desarrolle con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en el plazo estipulado. No obstante, cuando se de este supuesto, la Administración, antes de declarar la resolución, requerirá al contratista para que regularice la situación en el plazo de cinco días a contar del requerimiento.
b) La modificación introducida en los trabajos respecto del contenido xxx Xxxxxx de Condiciones o Presupuesto aprobados.
c) La suspensión no autorizada de los trabajos o servicios.
d) El incumplimiento de las órdenes de la Administración a través del Responsable del contrato o Director de los trabajos.
e) El incumplimiento de los plazos, salvo que la Administración opte por la imposición de sanciones.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del Contratista, le será incautada la garantía y deberá además, indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
21.- CLAUSULA DE SUMISIÓN: El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
22.-PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: Tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados serán propiedad de la Gerencia de Urbanismo, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el contratista.
El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.
Los contratos de servicio que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato en general. No podrá, sin previa autorización escrita de la Gerencia de Urbanismo, publicar noticias, dibujos y/o fotografías de los trabajos objeto del contrato, ni autorizar a terceros su publicación.
El incumplimiento de las obligaciones reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato.
La Gerencia de Urbanismo se reserva el derecho de hacer, editar, publicar, proyectar y, en cualquier forma, explotar directamente, o mediante terceros, cuantos reportajes fotográficos, audiovisuales y de todo tipo crea oportunos de los trabajos que ejecute el contratista.
En materia de protección de datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en la Disposición adicional vigésimo sexta del TRLCSP y disposiciones concordantes.
El licitador identificará en toda la documentación que presente aquella información que tendrá la consideración de confidencial.
23.- NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO: El contrato a que se refiere el presente pliego es de carácter administrativo y se regirá, en lo no previsto en el presente Pliego de Condiciones y Cuadro de Características, por los preceptos establecidos en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como por el R.D. Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación, y con carácter supletorio las restantes normas de Derecho administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgadas por la Administración, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
24. - PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION: La Administración ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y disposiciones de desarrollo.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación competente, previo informe de los órganos competentes, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos, serán resueltas por el órgano de contratación, contra cuyos acuerdos podrán interponerse los recursos establecidos legalmente.
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
D.............................................., mayor de edad, vecino de .................. con domicilio en................. con D.N.I. nº..........., en nombre propio o en representación de........................., lo que acredita en la forma prevista en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, manifiesta lo siguiente:
a) Que recibida invitación (o enterado de la publicación en su caso) para la participación en el procedimiento negociado denominado ………………………………………………………….
b) Que conoce, encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente el Pliegos de Condiciones Jurídico-Económico-Administrativas y Técnicas de esta licitación y cuantas obligaciones que de éstos deriven, como licitador y como adjudicatario si lo fuese.
c) Xxxxxxx bajo su responsabilidad que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
d) Acompaña los documentos exigidos en el presente Xxxxxx.
e) Se compromete a tomar a su cargo la ejecución de los trabajos con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones xxx Xxxxxx por precio de ............. euros (en letra y cifras), al que corresponde en concepto de I.V.A. (...%) la cuantía de .......... euros, totalizándose la oferta en ………………… euros (en letra y cifras), y que representa una baja del.........% respecto al tipo de licitación aprobado.
(lugar, fecha y firma del proponente)
ANEXO II
MODELO DE AUTORIZACIÓN
(Sobre Documentación General)
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
La persona abajo firmante autoriza a la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación administrativa ...... (especificar y detallar éste).
La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1999 (BOE de 30 de noviembre) y en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, General Tributaria, que permiten, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AA.PP. para el desarrollo de sus funciones.
A.- DATOS DEL CONTRATISTA
APELLIDOS Y NOMBRE/RAZÓN SOCIAL: |
|
N.I.F.: |
FIRMA (SÓLO EN EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS |
B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (SÓLO EN EL CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA).
APELLIDOS Y NOMBRE: |
|
N.I.F.: |
ACTÚA EN CALIDAD DE |
FIRMA
|
En ........... , a ...... de ........... de .....
NOTA: La Autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Gerencia de Urbanismo.
ANEXO III
MODELO DE AUTORIZACIÓN
(Sobre Documentación General)
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL (CONTRATOS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS).
La persona abajo firmante autoriza a la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación administrativa ...... (especificar y detallar éste).
La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y en aplicación de la legislación vigente, que permite, previa autorización del interesado, la cesión de datos que precisen las AA.PP. para el desarrollo de sus funciones.
A.- DATOS DEL CONTRATISTA
APELLIDOS Y NOMBRE/RAZÓN SOCIAL: |
|
N.I.F.: |
FIRMA (SÓLO EN EL CASO DE PERSONAS FÍSICAS |
B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (SÓLO EN EL CASO DE QUE SEA UNAPERSONA JURÍDICA).
APELLIDOS Y NOMBRE: |
|
N.I.F.: |
ACTÚA EN CALIDAD DE |
FIRMA
|
En ..........., a ...... de ........... de .....
NOTA: La Autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Gerencia de Urbanismo.
ANEXO IV
AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR FAX Y/ O CORREO ELECTRÓNICO.
D......................................... (nombre de quien firma la declaración) en calidad de (representante, apoderado, administrador, etc.) de..................................... (nombre de la entidad), con D.N.I.............................. declaro que en el presente procedimiento nº ...................................... las notificaciones de cualquier acto que se dicten en el mismo y que se dirijan a la empresa ............................ podrán efectuarse por alguno de los siguientes medios1:
Por fax al nº :
Por correo electrónico a la dirección:
Entendiéndose que si el fax o el envío de correo electrónico resulta positivo, se entenderá el acto notificado y surtirá todos los efectos previstos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
(Lugar y fecha)
Fdo: ............................................
(firma y sello de la empresa)
ANEXO V
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE
DEL ARTÍCULO 56.1 del TRLCAP
D. , con D.N.I. ....., en nombre y representación de ...., según Escritura de Poder otorgada con fecha .... ante el notario de .... D. ....., al número .... de su protocolo y bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, con fecha .....,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o documentos preparatorios del contrato en el que licita, en los términos definidos en el art. 56.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre ,Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
Que no ha sido adjudicataria o ha participado en la ejecución de los contratos que hayan tenido por objeto la redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de la licitación, no ser empresa vinculada a ellas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, así como de tampoco haber sido empresa colaboradora de los adjudicatarios de estos contratos.
En el supuesto de exigirse/aportarlo, declara igualmente la vigencia del Certificado de Clasificación, así como, la de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento.
Sevilla, ..... de ……de…..
Fdo:
ANEXO VI
DECLARACIÓN DE PERTENENCIA O NO A GRUPO EMPRESARIAL.
D......................................... (nombre de quien firma la declaración) en calidad de (representante, apoderado, administrador, etc.) de..................................... (nombre de la entidad), con D.N.I.............................. declara que la entidad a la que represento
SI |
|
NO |
|
Pertenece a grupo empresarial de conformidad con lo señalado en el Art. 145.4 del TRLCSP, los licitadores personas jurídicas y entendiéndose por tal la que se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.2
(Lugar y fecha)
Fdo: ............................................
(firma y sello de la empresa)
ANEXO VII
MODELO DE AVAL COMUN (CONTRATOS)
(En impreso de la entidad avalista que exprese inscripción en Registro Mercantil, domicilio y capital, así como C.I.F.)
_______________________________, S.A., y en su nombre y representación D.__________________________________, con poder suficiente par obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx (o por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx), con fecha ___________.
A V A L A
a: con N.I.F. en los términos y condiciones generales establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para responder de las obligaciones siguientes: , ante la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, por importe de: (en letra) , Euros (en cifra) .
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería de la Gerencia de Urbanismo dentro del plazo previsto en el artículo 62.2 de la Ley General Tributaria, con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de contratos del sector público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de las Entidades Locales.
La entidad avalista queda enterada de que, en caso de impago del importe afianzado dentro del plazo que ha quedado expresado, se seguirá contra la misma la vía de apremio para su cobro. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre.
Este aval tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
La presente garantía ha sido inscrita en esta fecha en el Registro Especial de avales con el número .
ANEXO VIII
D......................................... (nombre de quien firma la declaración) en calidad de (representante, apoderado, administrador, etc.) de..................................... (nombre de la entidad), con D.N.I. ............................. declaro que:
La documentación requerida en la cláusula 9.2.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares que rigen la tramitación del expediente nº…...................denominado……………………………………………………..ya se encuentra en poder de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, completa y debidamente actualizada, al haber sido aportada al Servicio de Contratación para su incorporación al archivo interno de documentación de licitadores con fecha:………..
Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 35,f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, SOLICITA:
Que se reconozca el derecho a no presentar la documentación exigida, por la causa mencionada en este escrito.
(Lugar y fecha)
(firma y sello de la empresa)
ANEXO IX
AUTORIZACIÓN A LA GERENCIA DE URBANISMO XX XXXXXXX PARA AJUSTAR LAS ANUALIDADES DEL CONTRATO
D.
con residencia en
provincia xx
xxxxx y nº
según Documento Nacional de Identidad nº
en nombre propio o de la empresa
que representa, declara que en el caso de ser adjudicatario del contrato
Expediente:
Título:
Presta su conformidad para que la Gerencia de Urbanismo xx Xxxxxxx, durante el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, proceda a realizar los ajustes de las anualidades previstas inicialmente en el mismo, con la finalidad de adecuarlas al desarrollo real de los trabajos, sin necesidad de trámite de audiencia a esta empresa.
En _______________________, a de 2012
Fdo.:
ANEXO X
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA LICITACIÓN QUE SE CITA:
D./D.ª .................................................................... en calidad de..........................................con DNI n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de la empresa ................................................................., con C.I.F:.........................., al objeto de participar en la contratación denominada …......................…………………….
…………………………………………. convocada por.................................................., de acuerdo con lo establecido en el artículo 146 del TRLCSP, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA:
Que, en el día de la fecha, reúne todos y cada uno de los requisitos de personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional (y/o clasificación) exigidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, comprometiéndose a aportar la documentación acreditativa de su cumplimiento a requerimiento de la Gerencia de Urbanismo.
En ................, a ....... de .................. de 200...
Fdo.:
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
GERENCIA DE URBANISMO
CUADRO DE CARACTERISTICAS
A.- OBJETO DEL CONTRATO
SERVICIO PARA LA ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE DOS BLOQUES DE VIVIENDAS Y SOTANO DE APARCAMIENTO EN DOS PARCELAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL EN LA BDA. LOS PAJARITOS Y ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LA OBRA. |
B.- CODIFICACIÓN.-
A la presente contratación le corresponde la codificación de la nomenclatura del Vocabulario Común Contratos Públicos (CPV-2008): 71242000-6
|
C.- SISTEMA DE CONTRATACION
Procedimiento negociado sin publicidad. |
D.- TRAMITACION
Ordinaria. |
E.-ORGANO DE CONTRATACION
Consejo de Gobierno. |
F.-PERFIL DE CONTRATANTE
El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del portal de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/).
|
G.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Dado que los medios personales y materiales con que cuenta esta Gerencia de Urbanismo resultan insuficientes y no se estima oportuna la ampliación de la plantilla. |
H.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACION
Presupuesto de licitación: 24.500 euros. . I.V.A.:5.145. euros, Presupuesto total: 29.645 euros. Partida Presupuestaria: 622.00 del Presupuesto 2014 Anualidad 2014: 22.385 euros Anualidad 2015: 7.260 euros La adjudicación se someterá a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente. Sistema de determinación del precio: a tanto alzado |
I.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Valor estimado: 24.500 euros |
J.- LUGAR DE EJECUCION
Término municipal xx Xxxxxxx |
K.- PLAZO DE EJECUCION
Elaboración de documentación técnica: 45 días Asistencia a la dirección facultativa de la obra: que comprenderá su total plazo de ejecución, con un plazo máximo de 8 meses de acuerdo al PPT. |
L.- PRÓRROGA DEL CONTRATO
No se admite |
LL.- PLAZO DE GARANTIA
--------------- |
M.- GARANTIAS
Provisional: No procede. Definitiva: Será el 5% del importe del precio de la adjudicación, excluido el I.V.A.. Depósito: Caja G.U. Complementaria: No procede. |
N.- SEGUROS
El contratista deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, debiendo acreditar su suscripción y vigencia antes de la firma del contrato.
|
Ñ.- FORMA DE PAGO
Mediante la presentación de facturas. Órgano administrativo contabilidad pública: Servicio de Intervención y Contabilidad Presentación facturas: Registro General Gerencia de Urbanismo xx Xxxxxxx. Destinatario facturas: Gerencia de Urbanismo xx Xxxxxxx. NIF P 9109105-H. |
O.- FORMULA O INDICE A EFECTOS DE REVISION DE PRECIOS
No procede de acuerdo al plazo de ejecución. |
P .-MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No procede la modificación del contrato salvo en los casos y con los límites establecidos en el art. 107 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. |
Q- CLÁUSULAS ESPECÍFICAS
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Sevilla, 30 de diciembre de 2013
LA SUBJEFE DEL SERVICIO
DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xxxxxx Cabeza Xxxxxxxx.
Conforme:
EL SECRETARIO DE LA GERENCIA EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
P.A.
el Oficial Mayor del Ayuntamiento
Fdo: Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxxxx-Xxxxxxx. Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx
Sevilla,
EL ADJUDICATARIO
Fdo.:
1 Se ha de indicar obligatoriamente ambos medios.
2 En el supuesto de entidades integradas en un grupo de sociedades, deberá presentarse además una relación de las sociedades pertenecientes al grupo, con indicación de las que, en su caso, se presenten a la licitación.
Xxxx. xx Xxxxxx XXX x/x, 00000 – Xxxxxxx
Teléfono: 000 000 000 · xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/