CENTRO MÉDICO OFTALMOLOGICO Y LABORATORIO CLÍNICO ANDRADE NARVAEZ COLCAN S.A.S. y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Contrato Mínima Cuantía No. DNDA 039-2015
CENTRO MÉDICO OFTALMOLOGICO Y LABORATORIO XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX COLCAN S.A.S. y la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR
Bogotá, D.C., Diciembre 18 de 2015 E-4
Rad. 0-0000-00000
Señores
CENTRO MÉDICO OFTALMOLOGICO Y LABORATORIO XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX COLCAN S.A.S.
Xxxxx 00 Xx. 00-00
Teléfonos: 0000000 Ext 0000-0000 xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Bogotá, D.C.
Asunto: Aceptación Oferta para la realización de los exámenes ocupacionales periódicos
Apreciados Señores:
La Dirección Nacional de Derecho de Autor publicó en la página Web de la entidad y en el SECOP los estudios previos, las especificaciones técnicas y la invitación pública en la modalidad de mínima cuantía No. DNDA 42 de 2015 el día 11 de diciembre de 2015, con el siguiente objeto:
“Contratar la prestación de servicios profesionales para la realización de los exámenes médicos ocupacionales periódicos para los funcionarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en sus instalaciones en Bogotá en la Xxxxx 00 Xx. 00X-00 Xxxx 17, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 24, numeral 1, literal b) del artículo 30 del Decreto 614 de 1984 y el numeral 1, artículo 10 de la Resolución 1016 de 1989.”
La propuesta presentada por el CENTRO MÉDICO OFTALMOLÓGICO Y LABORATORIO XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX COLCAN S.A.S. radicada con el No. 0-0000-00000 el 15
de diciembre de 2015 a las 2:50 P.M. y aprobada mediante acta No. 80 de Diciembre 18 de 2015 constituye para todos los efectos el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, con base en el cual se efectuará el respectivo Registro Presupuestal.
DATOS DEL CONTRATO No. DNDA 039-2015
1. DATOS DEL CONTRATANTE | |
CONTRATANTE | Dirección Nacional de Derecho de Autor |
DIRECCIÓN Y TELÉFONO | Xxxxx 00 Xx. 00X-00 Xxxx 00 xx Xxxxxx, X.X. Tel. 0000000 Ext. 121 |
CORREO ELECTRÓNICO | |
NIT. | 800.185.929-2 |
REPRESENTANTE LEGAL (E) | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx |
IDENTIFICACIÓN | C.C. 79.232.368 xx Xxxx |
CARGO | Director General |
NOMBRAMIENTO Y POSESIÓN | Decreto de nombramiento No. 1420 del 02 de julio de 2013 expedido por el Ministerio del Interior y posesionado mediante acta de fecha 15 de julio de 2013. |
2. DATOS DEL CONTRATISTA | |
CONTRATISTA | Centro Médico Oftalmológico y Laboratorio Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Colcan S.A.S |
DIRECCIÓN Y TELÉFONO | Xxxxx 00 Xx. 00-00 Teléfonos: 0000000 Ext 0000-0000 Fax:7447555 ext 2325 |
CORREO ELECTRÓNICO | xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx |
NIT. | 800.066.001-3 |
REPRESENTANTE LEGAL | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx |
IDENTIFICACIÓN | C.E. 184768 |
3. CONSIDERANDOS | |
PROCESO | El presente contrato se deriva del proceso de Mínima Cuantía No. DNDA 042-2015 |
SUPERVISOR DEL CONTRATO | El supervisor del contrato será la Subdirectora Administrativa, quien verificará la ejecución idónea y el cumplimiento del objeto del contrato. El supervisor deberá allegar al Grupo de Compras el informe de supervisión, una vez ejecutada en su totalidad el objeto contractual. Adicionalmente, el supervisor debe verificar que el contratista cumpla con el pago de salud, pensión y |
parafiscales, tal y como lo exige la normatividad vigente. | |
OBJETO | Contratar la prestación de servicios profesionales para la realización de los exámenes médicos ocupacionales periódicos para los funcionarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en sus instalaciones ubicada en Bogotá, D.C. Xxxxx 00 Xx. 00X-00 Xxxx 17, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 24, numeral 1, literal b) del artículo 30 del Decreto 614 de 1984 y el numeral 1, artículo 10 de la Resolución 1016 de 1989. ALCANCE DEL OBJETO Cumplir con las características y condiciones técnicas contempladas en la Ley 1562 de 2012 y las Resoluciones 2346 de 2007, 1918 del 5 junio 2009, por los cuales se regulan las prácticas de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido, debiendo practicar el examen a 47 funcionarios de la DNDA, atendiendo lo siguiente El objetivo del examen médico periódico programado es el de monitorear la exposición de factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Así mismo, para detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo. Estos exámenes deberán ser realizados por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional, con licencia vigente de prestación de servicios de salud ocupacional, de conformidad con el Art. 9 de la Resolución 2346 de 2007. El tiempo mínimo para la práctica del examen médico deberá ser de veinte (20) minutos. El contratista deberá asegurar la prestación del servicio durante ocho (8) horas al día, de cada uno de los profesionales requeridos para los exámenes |
a practicar, según la programación de fechas prevista con el supervisor del contrato. El contratista suministrará los materiales y equipos (batas, guantes, fonendoscopio, camilla, tensiómetro, equipo de órganos, báscula, tallímetro, bajalenguas, metro, martillo de reflejos, entre otros ) necesarios para realizar los exámenes. El contratista adjuntará con la propuesta, la licencia de Salud Ocupacional vigente de la empresa y el certificado de Habilitación expedidos por la Secretaria de Salud; las hojas de vida con la experiencia de los profesionales que prestarán el servicio con sus respectivas licencias de salud ocupacional. El contratista suministrará la papelería que se requiera para la realización de los exámenes por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Verificar, actualizar y proponer mejoras viables aplicables a los procedimientos implementados en el desarrollo del sub programa de medicina preventiva y del trabajo para la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Si como resultado de la evaluación médica ocupacional periódica, se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales –no diagnosticados- ocurridos durante el tiempo de vinculación del funcionario a la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el funcionario informará inmediatamente al supervisor del contrato, la patología y la conducta a seguir. Lo anterior, con el fin de iniciar los trámites correspondientes para la determinación del origen de la patología, tratamiento, rehabilitación. La empresa que realice el examen médico ocupacional periódico, deberá contar con un formato específico diseñado para registrar la información del examen médico. La custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las historias clínicas |
ocupacionales estará a cargo del prestador de servicios de Salud Ocupacional que la generó en el curso de la atención, cumpliendo los requisitos y procedimientos de archivo conforme a las normas legales vigentes para la historia clínica. Toda evaluación médica ocupacional debe ser firmada por el trabajador y por el médico evaluador, con indicación de los números de registro médico y de la licencia en salud ocupacional, indicando que es un Examen Médico Ocupacional periódico. En el evento que se requiera realizar valoraciones complementarias al examen médico ocupacional periódico, éstas deben ser analizadas por el médico en la respectiva evaluación médica ocupacional y harán parte de la historia clínica ocupacional. Se deberá entregar al supervisor del contrato un informe general y específico sobre el estado actual de salud de los funcionarios, el cual deberá indicar de manera clara las alteraciones encontradas, los posibles factores de riesgo ocasionados por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo que las generan o agraven, las recomendaciones que se deben adoptar, el manejo preventivo y los programas de vigilancia epidemiológicos a los cuales se deba incluir a cada uno de los funcionarios. Si como resultado de cualquiera de las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas practicadas a un funcionario, se diagnóstica enfermedad común o profesional, el médico que la realice tiene la obligación de remitir al trabajador a los servicios de salud que se requieran. Las evaluaciones medicas ocupacionales son actos médicos y como tales deben y tienen la obligación de cumplir con los requisitos que la ley establece, la confidencialidad, el decoro, el consentimiento informado, la prudencia, la integridad científica y todos los parámetros que dicta la ley. | |
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL | Para cubrir los costos de la contratación a celebrar se cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestal |
Número 19415 de fecha 10 de diciembre de 2015, que corresponde al rubro A-204-2-1-4 Servicios de bienestar social. | |
VALOR DEL CONTRATO | OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL PESOS ($846.000,oo) M/Cte incluido I.V.A. |
FORMA DE PAGO | La Dirección Nacional de Derecho de Autor, cancelará el valor del contrato, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al recibo a satisfacción del servicio, es decir, una vez el contratista adjudicado haya realizado la entrega del informe médico consolidado e individual de cada uno de los funcionarios, la radicación en la Oficina de Atención al ciudadano de la DNDA de la factura comercial acompañada de la certificación que sobre el cumplimiento del contrato expida el funcionario designado por la Entidad para ejercer la supervisión del contrato y de la certificación donde se verifique el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de las obligaciones con el sistema general de seguridad social (sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes parafiscales (cajas de compensación familiar, ICBF y SENA). Sin embargo, es de aclarar que estos pagos quedan sujetos a la aprobación del PAC por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El pago se realizará a través de la cuenta de ahorros y/o corriente que disponga el contratista, acorde con la certificación expedida por la entidad financiera aportada por el contratista en su oferta. NOMBRE BENEFICIARIO: Centro Médico Oftalmológico y Laboratorio Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Colcan S.A.S NIT: 800.066.001-3 BANCO: CAJA SOCIAL TIPO DE CUENTA: CORRIENTE NUMERO DE CUENTA: 21002469626 |
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA | El plazo de ejecución de este contrato será xx xxxx (10) días contados a partir de la comunicación de aceptación de la oferta y expedición del Registro Presupuestal y sin exceder el 31 de diciembre de 2015. |
MONEDA DEL CONTRATO | Pesos colombianos |
MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO A CARGO DEL CONTRATISTA | La entidad estatal es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía, tal como lo establece el Artículo 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto 1082 de 2015 y para el presente proceso ha considerado que no se requieren garantías de ninguna índole. |
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA | Además de las condiciones técnicas establecidas en los presentes estudios sobre el alcance del objeto, de lo establecido en las especificaciones técnicas, el CONTRATISTA deberá cumplir a cabalidad y en forma oportuna las siguientes obligaciones: 1 GENERALES. Para el correcto desarrollo del objeto contractual, el contratista seleccionado debe tener en cuenta los siguientes aspectos: a. Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad. b. Pagar los impuestos si a ello diere lugar. c. Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato. d. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones innecesarias. e. No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta. f. No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación. g. Asumir a través de la suscripción del contrato, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, siempre que se verifique el incumplimiento de los compromisos anticorrupción. h. Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o |
hechos ocasionados por las personas que sean sub- contratistas o dependan del adjudicatario. i. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales. j. Cumplir con los pagos a los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales de todos sus empleados, lo cual se acreditará en la forma y oportunidades establecidas en la ley y en el contrato. k. Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual. 2. ESPECÍFICAS Para el correcto desarrollo del objeto contractual, el contratista seleccionado debe tener en cuenta el cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas: a. Realizar el examen médico ocupacional periódico a los cuarenta y siete (47) funcionarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. b. Los exámenes deberán ser realizados por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional, con licencia vigente de prestación de servicios de salud ocupacional, de conformidad con el Art. 9 de la Resolución 2346 de 2007. c. El tiempo mínimo para la práctica del examen médico deberá ser de veinte (20) minutos. d. Asegurar la prestación del servicio durante ocho (8) horas al día, de cada uno de los profesionales requeridos para los exámenes a practicar, según la programación de fechas prevista con el supervisor del contrato. e. Suministrar los materiales y equipos (batas, guantes, fonendoscopio, camilla, tensiómetro, equipo de órganos, báscula, tallímetro, bajalenguas, metro, martillo de reflejos, entre otros ) necesarios para realizar los exámenes. |
f. Suministrar la papelería que se requiera para la realización de los exámenes por parte de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. g. Verificar, actualizar y proponer mejoras viables aplicables a los procedimientos implementados en el desarrollo del sub programa de medicina preventiva y del trabajo para la Dirección Nacional de Derecho de Autor. h. Si como resultado de la evaluación médica ocupacional periódica, se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales –no diagnosticados- ocurridos durante el tiempo de vinculación del funcionario a la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el funcionario informará inmediatamente al supervisor del contrato, la patología y la conducta a seguir. Lo anterior, con el fin de iniciar los trámites correspondientes para la determinación del origen de la patología, tratamiento, rehabilitación entre otros. i. El contratista deberá contar con un formato específico diseñado para registrar la información del examen médico. j. Custodiar las evaluaciones médicas ocupacionales y las historias clínicas ocupacionales que se generaron en el curso de la atención, cumpliendo los requisitos y procedimientos de archivo conforme a las normas legales vigentes para la historia clínica. k. Toda evaluación médica ocupacional debe ser firmada por el trabajador y por el médico evaluador, con indicación de los números de registro médico y de la licencia en salud ocupacional, indicando que es un Examen Médico Ocupacional periódico. l. En el evento que se requiera realizar valoraciones complementarias al examen médico ocupacional periódico, éstas deben ser analizadas por el médico en la respectiva evaluación médica ocupacional y harán parte de la historia clínica ocupacional. m. Entregar al supervisor del contrato un informe general y específico sobre el estado actual de salud de los funcionarios, el cual deberá indicar de manera clara las alteraciones encontradas, los posibles factores de riesgo ocasionados por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo que las generan o agraven, las recomendaciones que se deben adoptar, el manejo preventivo y los programas de vigilancia |
epidemiológicos a los cuales se deba incluir a cada uno de los funcionarios. n. Si como resultado de cualquiera de las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas practicadas a un funcionario, se diagnóstica enfermedad común o profesional, el médico que la realice tiene la obligación de remitir al trabajador a los servicios de salud que se requieran. o. Las evaluaciones medicas ocupacionales son actos médicos y como tales deben y tienen la obligación de cumplir con los requisitos que la ley establece, la confidencialidad, el decoro, el consentimiento informado, la prudencia, la integridad científica y todos los parámetros que dicta la ley. p. Garantizar la ejecución del contrato en el término de ejecución establecido por la Entidad. q. Cumplir las instrucciones impartidas por el supervisor del contrato y las demás que sean inherentes al mismo. r. Cumplir cada una de las condiciones realizadas y aceptadas en la oferta, documento que hace parte del contrato. s. Cumplir con los pagos correspondientes al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales, según corresponda de conformidad por lo establecido por la normatividad vigente, y presentar los respectivos comprobantes de pago. t. Informar oportunamente de cualquier petición, amenaza de quien actuando por fuera de la ley pretenda obligarlo a hacer u omitir algún acto u ocultar hechos que afecten los intereses de la DNDA. u. Cumplir con el objeto del contrato, con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del contratista con la DNDA, ni la DNDA con las personas que vincule el contratista para el desarrollo del contrato. | |
PUBLICACIONES | El presente documento se publica en el SECOP y en la página web de la Entidad de conformidad con La Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta. |
INDEMNIDAD | El futuro contratista, se obliga a mantener indemne a la Entidad de toda reclamación, demanda, acciones legales similares, originadas en reclamaciones de terceros, que tengan como causa toda acción u omisión |
del contratista, subcontratista o dependientes a su cargo y que con ellas haya ocasionado daños, lesiones y/o perjuicios a terceros durante la ejecución del contrato. |
NOTA. Los estudios previos, la oferta económica, especificaciones técnicas y demás documentos del proceso hacen parte integral de la presente aceptación de la oferta.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR EL SUSCRITO
Cordialmente,
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Director General