PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DEL ARRENDAMIENTO DEL LOCAL DESTINADO A CANTINA DEL CAMPO DE FÚTBOL-
Expediente nº: 3497/2019
Licitación Cantina del Campo de Fútbol.
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DEL ARRENDAMIENTO DEL LOCAL DESTINADO A CANTINA DEL CAMPO DE FÚTBOL-
CLÁUSULA 1º.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del presente pliego establecer las Bases que han de regir la preparación, adjudicación, efectos y extinción por Atarfe Ciudad Deportiva S.A. (en adelante ACIDESA), del contrato de arrendamiento de la Cantina del campo de fútbol Municipal de Atarfe y la zona, que en su caso, se delimite como terraza durante el periodo estival ,sito en Avenida Diputación s/n. Se adjunta Plano de las Instalaciones como Anexo I.
Dicha instalación cuenta con el equipamiento descrito en el Anexo II del presente Xxxxxx. Cualquier elemento que fuese necesario a juicio del adjudicatario deberá ser aportado por él, pasando a la finalización del contrato a ser propiedad de ACIDESA.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en el presente clausulado.
El código CPV del contrato es 70310000 “Servicios de Alquiler o Venta de Edificios.”
CLÁUSULA 2ª. PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Consejo de Administración de Acidesa cuenta con el Perfil de Contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx?xxxxxxxxxxxx%0XxxxxxxXxxxxxxxxxx&xx Bp=Lyh08WV8b6N7h85%2Fpmmsfw%3D%3D
CLÁUSULA 3ª.- BASE O TIPO DE LICITACIÓN
El presupuesto base o tipo de licitación se fija en un canon mensual de 700 €, y en concepto de I.V.A. 147 €, ascendiendo el importe total del canon a 847 €. Dicho canon tiene el carácter de mínimo, no admitiéndose ninguna proposición inferior al mismo.
En atención que durante la temporada xx xxxxxx, las instalaciones no permanecerán íntegramente abiertas, el arrendatario quedará exento del pago del mes de julio.
El arrendatario vendrá obligado al pago del canon mensual ofertado, cuyo ingreso se deberá hacer efectivo por mensualidades anticipadas, entre el día 1 a 5 de cada mes.
Asimismo, se exigirá al adjudicatario, de manera previa la formalización del contrato, la correspondiente garantía, que será de dos mensualidades de la cuota fijada.
CLÁUSULA 4º.-DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración inicial de 1 año, siendo prorrogable año a año hasta un máximo de 4 años, a contar desde la fecha de adjudicación, previo acuerdo expreso de Acidesa.
CLÁUSULA 5º.-CONDICIONES DE ADECUACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA CANTINA.
Durante la vigencia del contrato se obliga a conservar en perfecto estado las instalaciones, equipamientos y mobiliario, así como efectuar las actuaciones de reposición o mantenimiento que resulten precias.
Finalizada la duración inicial del contrato o cualquiera de sus eventuales prórrogas, o en supuesto de rescisión anticipada del contrato por causa imputable al arrendatario, pasará a ser propiedad de Acidesa, la dotación inicial o subsiguiente de instalaciones, equipamientos y/o mobiliario, sin que el adjudicatario tenga derecho de indemnización o a cualquier tipo de compensación.
En el supuesto de producirse la rescisión del contrato con anterioridad a la finalización de la duración inicial del contrato o cualquiera de sus prórrogas, por
causa imputable a ACIDESA, la dotación inicial o subsiguiente de instalaciones, equipamientos y/o mobiliario será objeto de tasación independiente, a los efectos de compensación al adjudicatario sobre la base del valor de los bienes pendientes de amortizar.
CLÁUSULA 6ª.- RÉGIMEN DE EXPLOTACIÓN. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
6.1. CONDICIONES GENERALES
En la Cantina, no podrán realizarse actividades distintas de las propias de restauración y sus complementarias.
El derecho de admisión queda reservado a Acidesa, S.A., pero será ejercido por el arrendatario, según las instrucciones que reciba.
Quedan rigurosamente prohibidas las máquinas recreativas y las de apuesta y premio.
Deberá gestionar por sí mismo la actividad, quedando expresamente prohibida la cesión del arrendamiento.
El adjudicatario está obligado a contratar una póliza de seguro daños y otro de responsabilidad civil que cubra los posibles riesgos que pudieran derivarse de su actividad, debiendo presentar la póliza correspondiente a las condiciones y dentro del plazo señalados en la Cláusula 8.1 de este Pliego y anualmente la renovación de la misma.
La superficie dedicada, tanto en la xxxx xx xxxxx como de mesas y sillas será el suficiente para garantizar la correcta realización del servicio, evitando tiempos de espera excesivos.
Asimismo, será obligación del adjudicatario mantener en buen estado de conservación y limpieza tanto las instalaciones donde se ubica la cantina, así como los espacios afectos por servir de acceso a la misma.
El incumplimiento de las condiciones determinadas en el presente Pliego, el uso inadecuado de las instalaciones, el consumo abusivo y/o anormal de los suministros de luz y agua conllevará automática la resolución del contrato de arrendamiento y la incautación de la fianza prestada.
6.2. NORMAS DE HIGIENE Y UNIFORMIDAD
El personal de la empresa adjudicataria que preste sus servicios en la cantina deberá permanecer de forma continuada, debidamente aseado, uniformado e identificado. Las prendas de trabajo que utilice este personal serán por cuenta del adjudicatario, al igual que la limpieza y reposición de las mismas.
Como norma higiénica fundamental, todo el personal cumplirá estrictamente las condiciones que se reflejan en el Real Decreto 109/2010, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos, incluido lo relativo a la formación continuada de los mismos, que correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
En lo posible se deberá evitar que, por cuestiones de higiene, la persona que suministre los alimentos maneje también el dinero de los importes, debiendo realizarse, por lo tanto, por personas distintas.
Sin perjuicio de lo anterior, la empresa adjudicataria deberá presentar a Acidesa, una copia de su Plan de Higiene y limpieza, Plan de Desinfección, Desinsectación y Desratización.
La limpieza de las instalaciones correrá a cargo del adjudicatario, y comprenderá la limpieza de servicios, accesos y terraza en la temporada estival, así como la reparación y sustitución de los elementos deteriorados.
6.3.- ARTÍCULOS DE CONSUMO
Todos los artículos servidos en la Cantina, serán de primera calidad y estarán sujetos a todo lo establecido en la Normativa legal vigente y, en particular, al Código Alimentario Español.
Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas con una graduación superior a los 20 grados, según establece la normativa aplicable y en todo caso, a los menores de 18 años la venta que cualquier bebida alcohólica.
No obstante, para poder permitir la venta, el suministro y el consumo de alcohol en el local se debe cumplir los siguientes requisitos de instalación y funcionamiento que el arrendatario deberá dar cumplimiento durante la vigencia del contrato:
Las puertas que delimitan la Cantina con la zona de gradas deben estar permanentemente cerradas durante el funcionamiento de la Cantina, impidiendo la introducción de bebidas alcohólicas a las instalaciones deportivas.
Acidesa , se reserva el derecho de exigir la retirada de los productos que no reúnan las debidas condiciones, así como de los que, por su naturaleza o forma de preparación, resulten insalubres, inapropiados o produzcan humos o desperdicios excesivos.
La empresa adjudicataria será éticamente responsable de las alteraciones que puedan sufrir los productos alimenticios y de las consecuencias que, para la salud de los usuarios, puedan derivarse.
6.4.- XXXXXX Y OTROS
La vajilla, menaje, lencería y demás utensilios necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, así como la reposición de los mismos durante todo el período de vigencia del contrato, correrán íntegramente por cuenta del adjudicatario, conservando éste la propiedad de los mismos.
La vajilla, cristalería y cubertería estarán de acuerdo a la calidad de las instalaciones; en todo momento, serán suficientes y se mantendrán en perfecto estado, y serán de materiales de primera calidad.
El consumo de bebidas o comidas solo podrá realizarse en el interior de la cantina o, en su caso, en la zona destinada a terraza, quedando prohibido el consumo en el dentro de las instalaciones deportivas.
6.5.- PUESTOS DE TRABAJO Y HORARIO PUESTOS DE TRABAJO
La dotación inicial de plantilla será enumerada por la empresa arrendataria en su oferta, teniendo en cuenta la cobertura de todas las actividades de las cafeterías y los horarios y categorías laborales contempladas.
HORARIO DEL SERVICIO
La Cantina, deberá permanecer abierto todos los días, que haya algún tipo de evento, ya sea deportivo como de otra índole, y cuando permanezcan abiertas las instalaciones deportivas.
Respetando este horario, la empresa ofertante podrá proponer los horarios de servicio que considere oportunos, si bien la hora de cierre no excederá del horario en que permanezcan abiertas las instalaciones deportivas.
Asimismo, el horario puede ser modificado, con la autorización de Acidesa, en función de las estaciones del año, la demanda y las necesidades del Centro.
6.6.- CONDICIONES LABORALES
El contratista vendrá asimismo obligado a justificar los modelos de cotización correspondiente al mes anterior, el puntual cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente. A tal efecto y junto con la facturación mensual, adjuntará copia de los impresos de liquidación y pago de las cuotas a la Seguridad Social.
6.7.- TRIBUTOS
Serán por cuenta del adjudicatario, el pago de los impuestos, arbitrios y tasas, estatales, autonómicas o locales, a que dé lugar la explotación del servicio, así como la tramitación de las correspondientes licencias. Está especialmente obligado al Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que los precios ofertados deberán tener en cuenta esta circunstancia.
6.8.- RECLAMACIONES
El adjudicatario deberá tener expuesta al público, en lugar visible y accesible, la lista oficial de precios autorizados y deberá atenerse en todo momento a ellos. Existirán hojas de reclamación a disposición de los usuarios.
Sin perjuicio de la actuación legítima de otros Organismos e Instituciones, Acidesa, S.A., es competente para conocer de las reclamaciones que formulen los usuarios.
CLÁUSULA 7ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, solvencia económica, profesional y circunstancias expuestas en la Ley de Contratos del Sector Público.
Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
CLÁUSULA 8ª. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
1. Condiciones previas.
La presente licitación se tramita mediante procedimiento abierto. Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar. Para ello, al presentar su oferta a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público completarán y firmarán la Declaración Responsable conforme al modelo establecido en el Sobre Electrónico Único.
Una vez que el plazo de presentación de ofertas finalice, el participante que haya presentado la mejor oferta y sea propuesto para la adjudicación deberá acreditar los siguientes extremos por los medios que se indican en cada caso:
1.-Documento Nacional de Identidad o fotocopia compulsada del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
2.-Escritura de Poder, bastanteada y legalizada, en su caso si se actúa en representación de otra persona.
3.-Alta en el epígrafe que corresponde como autónomo.
4.- Será por cuenta y cargo del CONTRATISTA indemnizar todos los daños y perjuicios que, como consecuencia de la ejecución del servicio adjudicado, cause a ACIDESA o a terceros, ya sean daños materiales personales y sus perjuicios que puedan derivarse para cualquier tercero o a ACIDESA de la ejecución del presente contrato; o en su caso, reparar o sustituir los bienes dañados que sea susceptibles de ello.
A estos efectos, el CONTRATISTA vendrá obligado a constituir una póliza de seguro de Responsabilidad Civil para el servicio solicitado, por un importe mínimo de
350.000 €, para cubrir las posibles contingencias que se pudieran derivar frente a terceros y a ACIDESA
Por tanto, la póliza citada anteriormente deberá tener como mínimo un límite de indemnización por siniestro de 350.000 €.
Dicha póliza deberá incluir como mínimo las siguientes garantías:
□ Responsabilidad Civil derivada de la actividad,
□ Responsabilidad Civil por daños al edificio o instalaciones (Responsabilidad Civil Locativa). Para esta cobertura ACIDESA será considerado como tercero a efectos de la póliza.
□ Responsabilidad Civil Patronal o por Accidentes de Trabajo
□ Responsabilidad Civil de Productos suministrados o Post-trabajos
□ Responsabilidad Civil Cruzada, derivada de daños corporales a contratistas y subcontratistas del Asegurado.
□ Defensa y Fianzas judiciales.
No deberá figurar ningún tipo de sublímite, con excepción de la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal y de la Responsabilidad Civil Cruzada que tendrán un sublímite mínimo de 300.000 € por víctima. Asimismo, el periodo adicional para la cobertura de Post-trabajos no será inferior en ningún caso a 12 meses.
La vigencia de la citada póliza deberá cubrir los periodos objeto de contratación.
Será por cuenta y cargo del CONTRATISTA indemnizar todos los daños y perjuicios que, como consecuencia de la ejecución del servicio adjudicado, cause a ACIDESA o a terceros, ya sean daños materiales personales y sus perjuicios que puedan derivarse para cualquier tercero o a ACIDESA de la ejecución del presente contrato; o en su caso, reparar o sustituir los bienes dañados que sea susceptibles de ello.
A estos efectos, el CONTRATISTA vendrá obligado a constituir una póliza de seguro de Responsabilidad Civil para el servicio solicitado, por un importe mínimo de
350.000 €, para cubrir las posibles contingencias que se pudieran derivar frente a terceros y a ACIDESA
Por tanto, la póliza citada anteriormente deberá tener como mínimo un límite de indemnización por siniestro de 350.000 €.
Dicha póliza deberá incluir como mínimo las siguientes garantías:
□ Responsabilidad Civil derivada de la actividad,
□ Responsabilidad Civil por daños al edificio o instalaciones (Responsabilidad Civil Locativa). Para esta cobertura ACIDESA será considerado como tercero a efectos de la póliza.
□ Responsabilidad Civil Patronal o por Accidentes de Trabajo
□ Responsabilidad Civil de Productos suministrados o Post-trabajos
□ Responsabilidad Civil Cruzada, derivada de daños corporales a contratistas y subcontratistas del Asegurado.
□ Defensa y Fianzas judiciales.
No deberá figurar ningún tipo de sublímite, con excepción de la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal y de la Responsabilidad Civil Cruzada que tendrán un sublímite mínimo de 300.000 € por víctima. Asimismo, el periodo adicional para la cobertura de Post-trabajos no será inferior en ningún caso a 12 meses.
La vigencia de la citada póliza deberá cubrir los periodos objeto de contratación.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los Pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La falta de presentación de cualquiera de los documentos que deben incluirse en el sobre o la falta de adecuación a lo que se pide, que no sean defectos materiales subsanables, será por sí sola causa de exclusión del procedimiento.
2. Lugar y plazo de presentación de ofertas.
Las ofertas se presentarán única y exclusivamente a través de la Plataforma de Contratos del Sector Público. El plazo de presentación de ofertas será xx xxxx días hábiles desde el siguiente al anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
3. Información a los licitadores.
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, cuatro días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas. Dicha solicitud se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público , en la pestaña de ruegos y preguntas.
4. Contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en sobre único, firmado por el licitador. El sobre contendrá la siguiente documentación:
• DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Se presentará conforme al siguiente modelo establecido en el Anexo III del presente Xxxxxx.
• OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS SEGÚN CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Se presentará conforme al siguiente modelo establecido en el Anexo IV del presente Xxxxxx.
CLÁUSULA 9ª. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a una pluralidad de criterios de adjudicación, siendo:
• Precio. De 0 a 80 puntos. (No se admitirán ofertas económicas a la baja del canon de licitación mensual).
Para la valoración de las ofertas económicas se procederá del siguiente modo: las ofertas serán puntuadas entre 0 y 80 puntos, asignándose 80 puntos a la oferta más alta. El resto de ofertas se puntuará de forma proporcional según la siguiente expresión matemática:
PO= (PM x OV)/MO
PO= Puntuación obtenida por la oferta del licitador PM= Puntuación máxima.
OV= Oferta presentada por el licitador. MO= Mejor oferta presentada.
• Experiencia profesional en cualquier negocio dedicado a la hostelería.
De 0 a 10 puntos.
En este apartado se valorará la experiencia laboral en negocios dedicados a la hostelería de la persona que firme la proposición. Esta experiencia podrá haber sido adquirida por cuenta ajena (empleado de un negocio de hostelería) o como empresario propietario de un negocio de hostelería.
En el caso de trabajador por cuenta ajena, se deberá acreditar mediante contratos de trabajo e informe de vida laboral (ambos documentos serán obligatorios, no aceptándose sólo uno de ellos);
En el caso de haber adquirido la experiencia como empresario se acreditará:
□ o bien aportando documento de alta profesional en autónomos en el epígrafe correspondiente junto con el informe de vida laboral (no aceptándose sólo uno de ellos).
□ O bien se podrá aportar Escritura de Constitución de sociedad mercantil cuyo objeto social sea la explotación de negocios de hostelería, acompañado de las declaraciones trimestrales del IVA del periodo que pretende que se le compute.
Se otorgará la puntuación xx xxxx puntos a la oferta que acredite un mayor número de meses de experiencia y al resto se le puntuará proporcionalmente.
• Cláusula social. Se otorgarán 10 puntos a las firmantes de la proposición que se encuentren en situación, bien de diversidad funcional o bien haya sido víctima de violencia de género. Estas circunstancias se deberán acreditar por alguno de los siguientes medios.
▪ Personas con diversidad funcional reconocida igual o superior al 33%:
• Copia del certificado de grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad o norma que lo sustituya.
• Copia de la resolución administrativa de reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o de reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio.
▪ Mujeres víctimas de la violencia de género:
• Acreditación conforme a lo establecido en artículo 30 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, o norma que la sustituya.
El citado artículo determina que el medio para demostrar esta situación será, como resultado de una resolución judicial, fundamentalmente un documento acreditativo de la orden de protección, medidas cautelares, o sentencia
condenatoria por violencia de género, cuando las medidas que establezca se hallen vigentes.
Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
<< Artículo 30. Acreditación de la violencia de género.
1. En los supuestos en que se exija la acreditación de la situación de violencia de género para el reconocimiento de los derechos regulados en la presente Ley y de aquellos que se deriven de su desarrollo reglamentario, esta acreditación se realizará, según lo establecido para cada caso, a través de los siguientes medios:
a) Certificación o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente.
b) Certificación o informe de los servicios de atención a víctimas de la Administración Pública competente.
c) Certificación o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.
d) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
CLÁUSULA 10ª. MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación, estará presidida por el Consejero Delegado de ACIDESA y como vocales actuarán el Secretario General del Ayuntamiento de Atarfe, el Interventor Municipal y el Coordinador de las instalaciones deportivas. Actuará como Secretario el Secretario del Consejo de Administración.
CLÁUSULA 11ª. APERTURA DE OFERTAS.
La Mesa de Contratación se constituirá tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, para proceder a la apertura de los sobres y calificación de la documentación contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
CLÁUSULA 12ª. REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la garantía definitiva, así como aquella documentación que acredite la capacidad de obrar y lo demás extremos señalados en la Cláusula Octava del presente Xxxxxx.
En el supuesto de no atenderse dicho requerimiento en plazo, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 13ª. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
CLÁUSULA 14ª. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 xx xxxxx y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
Sin perjuicio de lo anterior, el empresario quedará obligado, con respecto al personal que emplee para la prestación de servicio, al cumplimento de las disposiciones vigentes en materia de legislación social, así como a las que se pueden promulgar durante la ejecución del mismo.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes
Para cualquier cuestión litigiosa que pudiera derivarse de la interpretación o cumplimiento del presente pliego, ambas partes, con renuncia a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Granada.
ANEXO.- I . PLANO.
ANEXO.- II. INVENTARIO.
• 1 TV Philips
• 2 Aires Acondicionados de pared
• 2 Congeladores de pie Marca Whirlopool
• 1 Mueble fregadero de aluminio Marca EDESA
• 1 Freidora Doble Marca Distma
• 1 Plancha
• 1 Xxxxxxxx xx 0 xxxxxx Marca Jumaria
• 1 Calentador de agua de 80 litros Marca Thermorpol
• 1 Horno industrial Marca Jumaria
• 1 Microondas Obergonzo
• 1 Frigorífico de 2 puertas Tecnicontrol
• 1 Campana y su extractor de aire
• 1 Mostrador de aluminio de café Tecnicontrol
• 1 Frigorifico doble de baoka y botellero de aluminio Tenstan
• 1 Máquina de hacer hielo ITV Delta
• 1 Caja registradora Casio-120 CRB
• 1 Lavavajillas Import-Infrico
• 1 Frigorífico doble grande (sin marca)
• 1 Frigorífico doble normal Vederaca
• 3 mesas en alto
• 12 taburetes
• 1 caja de cubiertos
• 1 caja xx xxxxxx
• 1 caja de huegos de café
• 1 caja de platos grandes
• 1 caja de platos pequeños
• 2 xxxxx xx xxxxx
XXXXX XXX.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE .
« D/ Xx. , con domicilio en , , n.º
, con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación para el Arrendamiento de la Cantina del Campo de Fútbol, con correo electrónico a efectos de notificaciones ante el Ayuntamiento de Atarfe.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del arrendamiento de la Cantina del Campo de Fútbol Municipal.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
- Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante, Fdo.: »
ANEXO IV.- MODELO OFERTA ECONÓMICA
« D/Xx. , con domicilio en , , n.º
, con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF
n.º , y correo electrónico a efectos de notificaciones;
enterado del expediente para el arrendamiento de la Cantina del Campo de Fútbol, mediante procedimiento de concurrencia (abierto) anunciado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y
ofertando por el bien la cantidad de incluido .
euros/mensuales; IVA no
(*) Las ofertas inferiores al canon establecido como presupuesto base de licitación, no serán admitidas quedando excluidas del proceso
Declaro tener una experiencia profesional de la hostelería, por un periodo de
meses
Y me encuentro en situación de:
□ Diversidad funcional: (Sí/No)
□ Víctima de Violencia de Género: (Sí/No).
En , a de de 20 .
Firma del candidato, Fdo.: .»
Atarfe en fecha al margen,