PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE LOS LOCALES DE LOS VIVEROS DE EMPRESAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACIÓN
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE LOS LOCALES DE LOS VIVEROS DE EMPRESAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX
JUNIO DE 2016
PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE LOS VIVEROS DE EMPRESAS DE LA DIPUTACIÓN XX XXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de los contratos que se regirán por este pliego la cesión en arrendamiento de los locales no ocupados de los Viveros de Empresas de la Diputación xx Xxxxxxxx situados en Xxxxxxx de Campoo y Venta xx Xxxxx.
La descripción y características de los locales figuran en el anexo que se incorpora al presente pliego de condiciones, con el que formará parte inseparable del contrato. La identificación e información sobre los locales disponibles en cada momento será facilitada por el Servicio de Promoción Económica y Empleo de la Diputación Provincial, al que los interesados podrán dirigirse para obtener cuanta información precisen sobre los mismos.
La actividad a desarrollar será la prevista en la solicitud, conforme al Reglamento de los Viveros de Empresas de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx (en adelante RVE), aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión de 26 de enero de 2012 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx nº 36 de 23 xx xxxxx de 2012, que se considera íntegramente incorporado a este pliego.
2.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO
El canon del arrendamiento se fija en las cantidades siguientes:
1. Vivero situado en Xxxxxxx de Campoo.
Tipo de local | Renta mensual | Renta primer año |
Nave | 180,00 euros | 90,00 euros |
Oficina | 100,00 euros | 50,00 euros |
2. Vivero situado en Venta xx Xxxxx.
Tipo de local | Renta mensual | Renta primer año |
Nave | 225,00 euros | 112,00 euros |
Oficina | 120,00 euros | 60,00 euros |
Para la fijación del precio del contrato en el segundo año y sucesivos se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 14 del RVE.
Este precio experimentará con carácter anual, desde la fecha de contrato, la variación porcentual del Índice de Precios de Consumo, oficialmente publicado para cada período de vigencia anual del contrato.
Al precio del contrato se añadirá el IVA y los demás tributos y gastos que procedan.
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3.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará mediante concurso. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los establecidos en el artículo 9 del precitado RVE.
Los proyectos susceptibles de adjudicación y las actividades excluidas son las indicadas en los artículos 3 y 4 del RVE.
4.- CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
Podrá contratar con la Diputación la persona natural o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar y no esté incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre de 2011, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5.- PROPOSICIÓN DEL INTERESADO
5.1.- La proposición u oferta a presentar, que será secreta, constará de un sobre en el que figurará el nombre del proponente y la inscripción “Proposición para tomar parte en el arrendamiento del local …….….….…….. xxx Xxxxxx de Empresas de ”.
5.2.- En el Sobre se adjuntará la proposición formulada con arreglo al modelo que se acompaña. Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego. Se acompañará en el sobre, asimismo, la documentación prevista en el anexo I del RVE precitado que permita la valoración de la oferta.
MODELO DE PROPOSICIÓN
Don ................................................................................................................., con domicilio
en ................, y con NIF núm. ……………….............., en nombre propio (o en representación
...................................................... como acredito por ………………....................) enterado de la contratación anunciada en el BOP núm .............. de fecha para
arrendamiento del local …………………………. del Vivero de Empresas de la Diputación xx Xxxxxxxx sito en , tomo parte en la misma
con arreglo al “Pliego de Condiciones que ha de regir la adjudicación, mediante concurso, de los contratos de arrendamiento de locales de los viveros de empresas de la Diputación xx Xxxxxxxx” que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Acompaño asimismo la siguiente documentación:
- Anexo I del RVE.
-
-
(Lugar, fecha y firma del proponente).
5.3- Las solicitudes habrán de referirse a locales que se encuentren desocupados en el momento de la solicitud, pudiendo los interesados obtener información al respecto en el Servicio de Promoción Económica de la Diputación.
5.4- El plazo de presentación de proposiciones se mantendrá abierto durante el plazo de seis meses desde el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia, procediéndose a resolver sobre las solicitudes que se formulen a medida que vayan presentándose.
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6.- ADJUDICACIÓN
A la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, se propondrá motivadamente al órgano de contratación la adjudicación del contrato a favor de un ofertante por cada local.
En caso de concurrencia de dos o más solicitudes a un mismo local, la propuesta de adjudicación se realizará teniendo en cuenta los criterios y puntuaciones indicados en el artículo 9 del RVE. No se dará concurrencia entre solicitudes una vez formulada la propuesta de adjudicación.
Previamente a la adjudicación, el propuesto como adjudicatario deberá acreditar estar al corriente con sus obligaciones tributarias y la seguridad social y con la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx y haber depositado la garantía definitiva.
La adjudicación se notificará a los interesados en el expediente y se publicará en el perfil de contratante de la Diputación xx Xxxxxxxx.
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO
Se establece un período de duración del contrato de un año, a contar de la fecha de firma del mismo. Este plazo será prorrogable en los términos y condiciones previstos en el Reglamento de los Viveros de Empresas de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
8.- GARANTÍAS
La garantía definitiva será obligatoria y consistirá en el importe de dos mensualidades xx xxxxx en los términos y condiciones establecidos en el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante XXX).
El propuesto como adjudicatario deberá acreditar el depósito de la fianza con carácter previo a la adjudicación.
9.- ABONO DEL CANON DEL ARRENDAMIENTO
El arrendatario deberá abonar el canon por periodos mensuales anticipados, dentro de los cinco primeros días iniciales de cada mes.
El pago de la primera mensualidad o de la parte proporcional correspondiente deberá efectuarse en los cinco primeros días desde el inicio de la actividad.
No obstante, el cesionario tendrá derecho a una carencia en el pago del precio, por un periodo máximo de tres meses desde la firma del contrato, hasta la obtención de las autorizaciones necesarias para el inicio de la actividad.
En el supuesto de que la actividad no hubiera podido iniciarse durante el periodo de carencia, la primera mensualidad, o la parte proporcional correspondiente, deberá abonarse en los cinco días siguientes al de finalización de dicho periodo.
El incumplimiento de los plazos de ingreso dará lugar a la resolución del contrato.
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10.- IMPUESTOS Y GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como todos los necesarios para el ejercicio de la actividad.
11.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
El arrendatario podrá realizar a su cargo las obras de acondicionamiento del local, autorizado previamente por la Diputación y sin perjuicio de las preceptivas licencias que haya de solicitar.
A la finalización del arrendamiento, las obras realizadas quedarán en beneficio del inmueble sin derecho a reclamación alguna o indemnización de cualquier clase por parte del usuario. No obstante, la Diputación podrá exigir al usuario que proceda, a su xxxxx, a la retirada de todas o alguna de las mismas.
Será de cuenta del arrendatario el abono de los servicios y suministros propios, tales como agua, teléfono, gas, y electricidad que consuma con ocasión de la utilización del local arrendado, así como efectuar el alta y baja en los mismos y la instalación de los oportunos contadores individuales, si bien la Diputación entregará el mismo con las acometidas adecuadas.
El arrendatario utilizará el local con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver el local en el mismo estado en que lo ha recibido, al terminar el contrato, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo segundo. No podrá realizar obras que modifiquen la estructura o diseño xxx Xxxxxx, ni subarrendar el local o ceder el contrato.
El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a los proyectos a que se refiere el artículo 3 del RVE y obtener las licencias que correspondan.
Asimismo deberá suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.
Las partes pactan que no será de aplicación al presente contrato lo previsto en los artículos 25 y 31 de la XXX.
Si durante la vigencia del contrato acaeciese la muerte del arrendatario, la Diputación se reserva la posibilidad o no de subrogar el contrato a favor del heredero que continúe el ejercicio de la actividad. Por tanto se excluye la aplicación del artículo 33 de la XXX, salvo que motivadamente la Diputación acuerde dicha subrogación.
El arrendatario renuncia al derecho que le confiere el artículo 34 de la XXX. Asimismo, el arrendatario deberá cumplir todas las obligaciones previstas en el RVE.
12.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley, las previstas en el RVE así como el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales.
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La resolución del contrato implicará la pérdida de la fianza definitiva, debiendo abonarse a la Diputación los daños y perjuicios efectivos que se le ocasionen.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago de dos cuotas mensuales consecutivas o de tres alternas o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
b) La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
c) El subarriendo o la cesión inconsentidos.
d) La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador.
e) Cuando en el local tengan lugar actividades peligrosas o ilícitas.
f) Cuando el local deje de estar destinado al objeto del negocio para el que fue adjudicado.
13.- NATURALEZA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tiene naturaleza jurídica privada, debiendo formalizarse en documento administrativo dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
A petición del adjudicatario o arrendatario se formalizará en escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos de otorgamiento. En este caso, vendrá obligado a la entrega de una copia autorizada a la Diputación.
14.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Esta contratación tiene carácter privado, quedando sometida a la jurisdicción contencioso administrativa respecto a los actos jurídicos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación, y a la jurisdicción civil en cuanto a los efectos y extinción.
Palencia, a 8 xx xxxxx de 2016.
EL JEFE ADJUNTO DEL SERVICIO DE PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACIÓN
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
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DILIGENCIA.- La extiendo yo, el Secretario General, para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas ha sido aprobado por Decreto del Sr. Diputado Delegado de Hacienda y Asuntos Generales, de fecha
Palencia, a
EL SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
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ANEXO
LOCALES DE USO EMPRESARIAL, EN LOS VIVEROS DE EMPRESAS DE AGUILAR DE CAMPOO Y VENTA XX XXXXX DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXXXX.
1. DESCRIPCIÓN
La descripción de los locales (oficinas y naves) de los viveros de empresa, es la siguiente:
Vivero de Empresas de Venta xx Xxxxx: se encuentra ubicado en el Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxx xx Xxxxx xx xx xxxxxxx xx 000, en la calle Tren Ter, bajo, zona sur, Fase 2ª.
Cuenta con una superficie de 1.066 m2, integrada por 5 oficinas y 7 naves con acceso exterior y desde el vestíbulo central, con superficies próximas a los 24 m2 y 105 m2 respectivamente. Dotados con infraestructuras de iluminación, electricidad y comunicación.
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Vivero de Empresas de Aguilar de Campoo: Se encuentra ubicado en el Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx xx xx xxxxxxx xx 000.
En una superficie de 725,36 m2 se encuentran construidos, 6 oficinas de aproximadamente 19 m2 cada una, con acceso desde el vestíbulo central y 6 naves próximas a 80 m2 cada una, con acceso exterior e interior. Dotados con infraestructuras de iluminación, electricidad y comunicación.
Además, en ambos viveros, los usuarios de los locales disponen de los siguientes servicios comunes: sala de reuniones, aseos, fotocopiadora, sistema de alarma.