ADHESIÓN AL CONTRATO DE ENCOMIENDA DE ORGANIZACIÓN DE LA FORMACIÓN SUSCRITO ENTRE EMPRESAS AL AMPARO DE LA LEY 30/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL, SUSCRITO ENTRE...
CIF | Razón Social | Cta. Cotización | ||||||
Domicilio | C.P. | |||||||
Población | Provincia | |||||||
Teléfono/s |
ADHESIÓN AL CONTRATO DE ENCOMIENDA DE ORGANIZACIÓN DE LA FORMACIÓN SUSCRITO ENTRE EMPRESAS AL AMPARO DE LA LEY 30/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL, SUSCRITO ENTRE CENTRO DE FORMACIÓN XXXX, S.L. Y OTRAS.
Nº de Orden* | ||
DATOS DE LA EMPRESA |
Convenio Colectivo | Plantilla | ||
Descripción actividad (CNAE) | |||
Nº Cuenta/IBAN |
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¿ES PYME1? ¿EXISTE REPRESENTANTE LEGAL DE LOS TRABAJADORES (SINDICATO)? ¿ESTÁ AL CORRIENTE CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y HACIENDA? | Si Si Si | No No No |
DATOS DE LA ASESORIA LABORAL
Nombre de la Asesoría Teléfono
A CUMPLIMENTAR EN CASO DE EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN (POSTERIOR A ENERO DEL AÑO ANTERIOR):
Fecha Creación
Cta. Cotización Seg. Social
Domicilio C.P.
Población
Provincia
Persona Contacto
Don/Dña , con NIF , como representante legal de la empresa
, con CIF y domiciliada en (calle, municipio,provincia), circunstancia que se acredita mediante escritura
(Fecha de escritura, número de protocolo y notario)
DECLARA
Que la empresa está interesada en su adhesión al contrato suscrito entre CENTRO DE FORMACION XXXX, S.L, como entidad externa y las empresas que en él se
relacionan, para la organización de la formación programada en dichas empresas al amparo de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Que conoce el contenido de las condiciones y obligaciones incluidas en el referido contrato.
Que por el presente documento acepta las obligaciones y derechos que en dicho contrato se contienen y se adhiere al mismo desde la fecha de su firma, momento en el que empezará a surgir sus efectos.
En , a de de 201
Representante Legal de la entidad externa Representante Legal de la empresa
Fdo.: Xxxxx Santiago Xxxxxxxx Fdo.:
(Firma y Sello) (Firma y Sello)
En cumplimiento de la ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), le informamos de que sus datos personales que figuran en el presente documento, así como en la información facilitada por cualquier modo, son incluidos en ficheros titularidad de Centro de Formación Xxxx s.l., cuya finalidad es la gestión de clientes, gestión del plan formativo y otras acciones de comunicación comercial. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, y oposición previstos en la Ley, los titulares de los datos personales pueden dirigirse mediante comunicación por escrito a la siguiente dirección: X/ Xxxxx Xxxxx xx 00. Bajo. 18360. Huétor Tájar, Granada
Asimismo, se le informa que la FUNDACION TRIPARTITA PARA LA FORMACION EN EL EMPLEO o cualquiera otras personas o entidades relacionadas con el plan
formativo tendrán acceso a los datos que figuran en dicho documento
Contrato de encomienda de organización de la formación suscrito entre empresas al amparo de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Don/Dña Xxxxx Santiago xxxxxxxx con NIF 00000000X como representante legal de Centro de Formación Xxxx S.L , con CIF X00000000
y sede social en C/ Xxxxx Xxxxx nº 20, CP 18360, Huétor Tájar, Granada
Don/Dña Xxxxx Santiago Xxxxxxxx con NIF 00000000X como representante legal xx Xxxxx Santiago Xxxxxxxx, con CIF 00000000X
y sede social en X/ Xxxxx Xxxxx xx 00, XX 00000, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx.
Xxx/Dña Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx con NIF 00000000X como representante legal de Alonso & Xxxxx Consultores C.B, con CIF X00000000
y sede social en Xxxx. xx xxx Xxxxxxx xx 00, XX 00000, Xxxx, Xxxxxxx
ACUERDAN
Primero. Objeto.
El presente contrato tiene por objeto regular la relación que se establece entre las empresas que van a proporcionar formación a sus trabajadores y
la entidad externa que tiene encomendada su organización, de acuerdo con los artículos 9.3 y 12 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (en adelante el Decreto-ley) y demás normativa de aplicación, en especial la Orden TAS/2307/2007,
de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación.
Segundo. Entidad externa.
A los efectos de este contrato, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9.3 y 12 de la Ley 30/2015, las empresas acuerdan encomendar la organización de la formación a la entidad externa CENTRO DE FORMACIÓN XXXX S.L.
Tercero. Obligaciones de la Entidad Externa.
Serán obligaciones de la entidad, CENTRO DE FORMACIÓN XXXX S.L. las siguientes:
1 Comunicar el inicio y finalización de las acciones formativas programadas por las empresas, ante la Administración, a través de los procesos telemáticos implantados por el Servicio Público de Empleo Estatal. (Incluir en el caso que así se acuerde con la empresa).
2 Asegurar el desarrollo satisfactorio de las acciones formativas.
3 Asegurar las funciones de seguimiento, control y evaluación de las acciones formativas.
4 Asegurar la adecuación de la formación realizada a las necesidades formativas reales de las empresas. 5 Contratar a entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación para la impartición de las acciones formativas, salvo en el caso de tratarse de la misma entidad.
6 Facilitar a cada una de las empresas que suscriba el presente contrato la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas, así como la información necesaria para la correcta aplicación de las bonificaciones por parte de dichas empresas.
7 Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que realicen las Administraciones públicas competentes y los demás órganos de control, asegurándose de su satisfactorio desarrollo.
8 Todas aquellas obligaciones establecidas en la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 xx xxxxx,
por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, relacionadas con la formación programada por las empresas para las que organiza la formación de sus trabajadores.
9 Otras obligaciones que, en su caso, las partes acuerden relacionadas con la planificación de las acciones formativas a realizar, selección de centros de impartición, Permisos Individuales de Formación, programación del calendario de impartición y cualquier otra que contribuya a facilitar el desarrollo de la formación en el empleo.
10 Custodiar el presente contrato manteniéndolo a disposición de los órganos de control competentes, indicados en la normativa vigente así como la restante documentación relacionada con la organización, gestión, e impartición de la formación pueda ser requerida por las Administraciones u órganos de control competentes y por la
Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
Cuarto. Obligaciones de las empresas.
Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1 Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de "formación profesional para el empleo", todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2 Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3 Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4 Garantizar la gratuidad de las acciones.
5 Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Quinto. Costes de organización de la formación.
Estos costes no podrán superar el 10 por ciento del coste de la actividad formativa, si bien podrán alcanzar hasta un máximo del 15 por ciento en caso de acciones formativas dirigidas a trabajadores de empresas que cuenten entre 6 y 9 trabajadores de plantilla y un máximo del 20 por ciento en caso de empresas hasta 5 trabajadores en plantilla. Sexto. Adhesión de otras empresas.
Las partes podrán acordar la posibilidad de que otras empresas se adhieran al presente contrato. A tales efectos, las entidades interesadas suscribirán
el correspondiente documento de adhesión. Para ello se delega en la entidad externa la facultad de representar a las empresas en la suscripción de la adhesión de que se trate.
Séptimo. Desistimiento unilateral.
Cualquiera de las empresas que haya suscrito el contrato podrá desistir del mismo con anterioridad a su finalización sin perjuicio de las obligaciones contraídas durante su vigencia.
Lo anterior deberá instrumentarse jurídicamente mediante un documento firmado por las partes.
Octavo. Protección de datos.
Los firmantes del presente contrato garantizarán el cumplimiento de lo establecido en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, asumiendo las obligaciones y responsabilidades que se derivan de la misma y de la suscripción del presente documento.
Todos los datos de carácter personal que se comuniquen por razón del objeto de este contrato tendrán carácter confidencial y serán utilizados exclusivamente para los propósitos del contrato, sin que se puedan aplicar a un fin distinto, ni tampoco comunicarlos, ni siquiera para su mera conservación, a otras personas.
Esta obligación se mantendrá vigente incluso después de terminación de la vigencia del contrato, por cualquier razón que fuere.
Las partes adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos y evite su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana, del medio físico o natural.
Noveno. Entrada en vigor y vigencia del contrato.
El presente contrato entrará en vigor el día de su firma por las partes. Granada a 4 de Enero de 2016