del 2
En Hora a de
del 2
El presente contrato con sus reglamentos regirá en todas aquellas ocasiones en que una persona física o empresa alquile algún vehículo (entendiendo desde ahora y para el resto de contrato que en esta descripción de “vehículo clásico” se incluye los materiales y esta completo) propiedad de Xxxxx Xxxx S.L (En adelante A.S.S.L.) y desde este momento se considerara que se sujeta y obliga a lo estipulado en el mismo; la persona o empresa que alquile el vehículo clásico tendrá nombre de arrendatario y la empresa propietaria de la misma arrendadora.
El arrendador XXXXX XXXX S.L, CIF X-00000000, Tel.: (636) 990 794 con domicilio: Xxxx. Xxxxxx, 00 xx Xxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxxx). Alquila al
arrendatario
Dirección de la exposición del vehículo
clásico:
El vehículo clásico que a continuación se detalla:
Marca: Modelo: Nº de série: Matricula: Los precios de alquiler del vehículo son los siguientes (IVA no incluido en el
precio)
Forma de pago
Salida mínima alquiler
CONDICIONES DE ALQUILER
- El arrendatario se compromete a notificar con antelación el cambio de dirección de la exposición para que el arrendador realice el transporte, el cual se cargará en factura. El arrendador en todo momento debe saber la situación donde se encuentra el vehículo clásico de su propiedad.
- Los días de entrada y salida del vehículo clásico se consideran enteros y naturales.
- El precio se entiende desde la salida del vehículo clásico de nuestras instalaciones hasta la recepción de nuestras instalaciones.
- Si el arrendatario incumpliera sus obligaciones de tal especialmente dejando de abonar puntualmente los alquileres convenidos en la forma y plazos señalados en el contrato el arrendador queda especialmente autorizado para retirar el vehículo clásico al citado arrendatario sin necesidad de previa actuación judicial alguna y sin perjuicio de los derechos de
A.S.S.L. a las acciones que estime procedentes como consecuencia del incumplimiento que en cada caso motive la rescisión. El arrendatario acepta expresamente esta posibilidad relevando a
A.S.S.L. de toda responsabilidad de cualquier orden.
- Será por cuenta del arrendatario el coste del transporte del vehículo desde nuestras instalaciones hasta la exposición. Dicho transporte lo realizará el arrendador por tratarse de vehículos de naturaleza muy especial.
- Será a cargo también por el arrendatario el transporte en el caso que el vehículo fuese retirado directamente por el arrendador a causa de impago u otro incumplimiento cualquiera en cuyo caso se incluirá en la última factura o en otra aparte especial.
- El arrendador no se responsabilizará de los retrasos que puedan producirse en el transporte ni de los perjuicios económicos que se originen.
- El arrendador no se responsabilizará de las posibles pérdidas de aceite u otros derivados que pudiesen contener los vehículos, dada la naturaleza de los mismos y no dará lugar a futuras reclamaciones por parte del arrendatario por suciedad o desperfectos del lugar de exposición.
- El arrendatario se hace responsable de formar la correspondiente póliza de seguro que cubra todos los riesgos del vehículo clásico en su defecto asume su total responsabilidad incluyendo en caso de robo también, debiendo abonar al arrendador el valor de la misma. Conforme valor xx xxxxxxx de €
- El arrendatario declara y reconoce haber comprobado previamente el estado del vehículo clásico haciendo constar que la recibe en perfectas condiciones y así debe volver el vehículo clásico.
- El arrendatario se compromete a no prestar o subarrendar el vehículo clásico bajo ningún concepto.
- Todos los gastos, derechos, tasas, impuestos o arbitrios que se devenguen por este contrato y sus ulteriores formalidades y consecuencias así como los gastos extrajudiciales incluyendo en las costas las minutas de procurador y letrado del propietario que se pudieran producir como consecuencia de cualquier procedimiento judicial derivado de este contrato será cuenta del arrendatario, el cual en este caso, se obliga a sufragarlos.
- Cualquier no exigencia por parte del propietario de alguna de estas clausulas o modificación de hecho, para facilidad o comodidad del cliente, no supondrá derogación o modificación a las clausulas de este contrato que serán siempre exigibles.
- Para cualquier diferencia que surja en el futuro en cuanto a la interpretación o cumplimiento del presente contrato ambas partes renunciando expresamente a cualquier otro fuero o competencia que pudiera corresponderles, se someten a la competencia y jurisdicción de los tribunales de SANT XXXXX DE LLOBREGAT, por estar el domicilio, administración y almacenes generales del propietario en dicha ciudad.
- Dicha prorrogación del fuero se hace extensiva y se pacta desde este momento para las posibles reparaciones, servicios, etc… procedente del mantenimiento o por cualquier causa del vehículo clásico o en alguna manera relacionada con este ultimo y así mismo en general para cualquier relación comercial que en futuro mantengan los contratantes del tipo que fuere y derivada de esta o de otros vehículos clásicos que pudieran alquilar.
Leído y conforme el presente contrato es firmado por duplicado y a un solo efecto como prueba de conformidad a todas y cada una de las clausulas y condiciones que en el mismo se exponen en el lugar y fecha anteriormente reseñados.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
XXXXX XXXX S.L