Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES CON OPCIÓN DE COMPRA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, MODALIDAD CONCURSO.
ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN A COMPRA DE EQUIPOS DE TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTERIZADA, TAC HELICOIDALES MULTICORTE, CON DESTINO AL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX
EXPEDIENTE Nº 07C19010003
ÍNDICE:
1.1. REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 3
1.2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION 3
II. LICITACION Y ADJUDICACION DEL CONTRATO 7
4.1. PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS 7
4.2. AGRUPACION DE EMPRESARIOS 7
5.2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION 8
5.3. DOCUMENTACION PERSONAL SOBRE Nº 1 8
5.3.1. GARANTÍA PROVISIONAL. 8
5.3.2. CAPACIDAD Y SOLVENCIA FINANCIERA Y TÉCNICA. 9
5.4. DOCUMENTACION ECONOMICA Y TECNICA SOBRE Nº 2 12
5.4.1. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA 12
5.4.2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 12
5.4.2.1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS. 13
5.4.2.2. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES PROPIAS. 13
5.4.2.4. RESUMEN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR. 16
5.5. RETIRADA DE LAS PROPOSICIONES UNA VEZ PRESENTADAS 17
5.6. ACEPTACION INCONDICIONADA DEL LICITADOR A LAS CLAUSULAS XXX XXXXXX 17
6.2. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES 18
6.3. CRITERIOS DE ADJUDICACION 19
6.4. PROPUESTA DE ADJUDICACION 21
6.5. RESOLUCION DE ADJUDICACION 22
6.6. DEVOLUCION DE DOCUMENTACION Y GARANTIA PROVISIONAL 22
7.3. NO FORMALIZACION DEL CONTRATO 23
8.1.5.1.- PROTOCOLOS PARA LA EJECUCIÓN DE REVISIONES 24
8.1.5.2.-CONDICIONES GENERALES DE CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y GARANTIAS. 25
8.1.6.-Niveles de servicio y DISPONIBILIDAD efectiva. 27
8.1.6.1.- Obligaciones generales del adjudicatario: 27
8.1.6.2.- Requerimientos mínimos del servicio y DISPONIBILIDAD. 28
8.1.7.-SEGURIDAD, SALUD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN AMBIENTAL. 30
8.2.2.- CARACTERÍSTICAS DE LOS INDICADORES DE SERVICIO. 32
8.4. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN 34
8.5. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 34
8.6. GARANTIA DE LOS BIENES ARRENDADOS 35
8.8. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN 36
8.9. PENALIDADES ADMINISTRATIVAS 36
8.9.2.- DISPONIBILIDAD EFECTIVA DE LOS EQUIPOS. PENALIZACIONES 37
1.REGIMEN GENERAL
1.1.REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
1.1.1.- Será de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y demás disposiciones complementarias. Supletoriamente se regirá por las restantes normas de Derecho Administrativo y en defecto de éstas, serán de aplicación las normas de Derecho Privado.
1.1.2.- Igualmente será de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el Decreto 44/1993, de 20 xx xxxxx, por el que se regulan los gastos de anualidades futuras.
1.1.3.- La presente contratación, de naturaleza administrativa, se regirá por lo dispuesto en este Pliego, en el que se incluyen los pactos y condiciones definidoras de los derechos y obligaciones que asumirán el Órgano de contratación, los licitadores y, en su momento, las empresas adjudicatarias.
Asimismo se regirá por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que regula las características de la prestación que es objeto de la contratación, así como su ejecución.
1.1.4.- En caso de discrepancia entre el Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
1.1.5.- Los contratos que resulten del procedimiento de adjudicación se ajustarán al contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos, que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole que, promulgadas por la Administración, puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
1.2.PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
El procedimiento de adjudicación de este contrato será abierto, siendo la forma de adjudicación la de concurso, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, constando justificación razonada de este extremo en el expediente.
1.3.RECURSOS
Contra los acuerdos que pongan fin a la vía administrativa procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter previo, recurso de reposición.
1.4.JURISDICCION
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en los contratos administrativos.
2.OBJETO DEL CONTRATO
2.1.CONCEPTO
2.1.1.- El objeto del presente contrato es el ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN A COMPRA DE EQUIPOS DE TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTERIZADA, TAC HELICOIDALES MULTICORTE, CON DESTINO AL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX tal y como se relacionan en el apartado 5 del Cuadro Resumen, en el que se incluyen las codificaciones correspondientes en los términos establecidos en el artículo 67.2,a) del Real Decreto 1098/01, de 12 de octubre, por le que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las especificaciones técnicas del objeto del contrato, se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
2.1.2.- Los bienes objeto de esta contratación podrán ser ofertados por la totalidad del arrendamiento, según el siguiente desglose de lotes:
LOTE |
DENOMINACIÓN |
UNID. |
P. UNIT. |
IMPORTE LOTE (€) |
1 |
TAC HELICOIDAL 32 CORTES |
1 |
800.000 |
1.900.000,00 € |
TAC HELICOIDAL 16 CORTES |
1 |
550.000 |
||
TAC HELICOIDAL 16 CORTES |
1 |
550.000 |
||
2 |
Equipamiento necesario para la actualización y mejora del TAC de 32 cortes del Hospital General, nº de serie FEC 800100/121213HM3, para su transformación en 64 Cortes |
1 |
500.000,00 € |
500.000,00 € |
Arcos quirúrgicos |
3
|
|||
Ecógrafos doppler color |
2 |
|||
Equipos de radiología portátiles |
4 |
2.1.3.- Mediante la presente contratación se satisfacen las necesidades administrativas que se concretan en el apartado 5.1 del Cuadro Resumen.
2.1.4.- Se admitirá la presentación de la siguiente variante:
Variante 1: el lote 1 se mantiene en los mismos términos, y cuanto al lote 2: suministro de un TAC de 64 cortes. La administración contratante, en este caso, entregará como parte del pago el TAC de 32 cortes del Hospital General con nº de serie FEC 800100/121213HM3, marca General Electric.
En este caso, para la retirada del TAC de 32 cortes, estaríamos a lo dispuesto en la cláusula 3.1.1.1 del presente pliego.
2.1.5.- El objeto del contrato en consonancia con lo previsto en el artículo 174.1 de la LCAP, y con los artículos 190 y 192 del Reglamento general, incluye el mantenimiento sin cargo de los equipos objeto del arrendamiento, el cual deberá ser asumido por el contratista durante la vigencia del contrato.
2.2.PLAZO DE EJECUCION
2.2.1.- El plazo de ejecución del contrato será de 4 años tal y como se fija en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
2.2.2.- La opción de compra podrá ejercerse al término de la vigencia del contrato, habiéndose establecido como valor residual la cantidad de 6.000 euros (seis mil euros)
3.PRESUPUESTO Y PRECIO
3.1.PRESUPUESTO
3.1.1.- El presupuesto base de licitación, así como su desglose en los conceptos de arrendamiento y opción de compra, tal y como se indica en el apartado 9.1 del Cuadro Resumen es de 2.400.000,00 €.
Como parte de pago del precio total, se entregan los siguientes equipos, salvedad hecha de lo indicado para el caso de ofertar la Variante 1 (cláusula 2.1.4 del presente PCAP):
MARCA |
MODELO |
Nº SERIE |
UBICACIÓN |
ESTADO |
CGR |
T.A.C. CT SYTEC-3000 |
FEC-80051 |
BRAQUITERAPIA PTA SS. HG |
CORRECTO |
PHILIPS |
T.A.C. CT SECURA |
00000 |
X-X, XXXX X.X.X. XXX XXXX. HG |
CORRECTO |
3.1.1.1.- Los costes de desmontaje y traslado por cuenta del adjudicatario; debiendo de emitir certificado de destrucción o de destino final del equipo en su caso, conforme a la legislación de referencia, RD 783/2001, de 6 julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de radiaciones ionizantes.
El desglose en anualidades presupuestarias se recoge en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen, es el siguiente:
AÑO |
IMPORTE ANUAL |
IMPORTE MENSUAL |
2007 |
600.000 € |
50.000,00 € |
2008 |
600.000 € |
50.000,00 € |
2009 |
600.000 € |
50.000,00 € |
2010 |
600.000 € |
50.000,00 € |
El presupuesto base de licitación de cada una de los lotes que se establezcan se recoge en el apartado 9.3 del Cuadro Resumen, con idéntico desglose de las cantidades destinadas al arrendamiento, al mantenimiento de los bienes objeto del contrato y a la opción de compra en su caso es el siguiente:
|
PRESUPUESTO |
|||
|
TOTAL LOTE |
ARRENDAMIENTO |
MANTENIMIENTO |
OPCIÓN DE COMPRA |
Lote 1 |
1.900.000,00 € |
1.729.000,00 € |
171.000,00 € |
4.500,00 € |
Lote 2 |
500.000, 00 € |
455.000,00 € |
45.000,00 € |
1.500,00 € |
En la oferta resumen deberá aparecer la relación de equipos con sus precios unitarios de mantenimiento por año. Incluso de aquellos que se oferten en las mejoras.
La no inclusión de este apartado será causa de exclusión de la oferta.
3.1.2.- A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los empresarios comprenden no sólo el precio del contrato, sino también el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) y demás tributos que fuesen de aplicación.
3.2.REVISION DE PRECIOS
Los precios de contratación de este arrendamiento no serán objeto de revisión, de conformidad con el artículo 103 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
3.3.EXISTENCIA DE CREDITO
3.3.1.- Se hace constar expresamente la existencia de crédito adecuado y suficiente, en las aplicaciones presupuestarias que se indican en el apartado 10 del Cuadro Resumen, para atender las obligaciones económicas que se deriven de la ejecución del contrato para el Servicio Andaluz de Salud.
3.3.2.- En el supuesto de que el expediente se tramite anticipadamente, el gasto quedará condicionado a la existencia, en el presupuesto al que se impute el gasto, de crédito adecuado y suficiente en el momento de dictarse la resolución de adjudicación.
3.3.3.- El precio del contrato será el que figure en la oferta seleccionada, que se abonará, con cargo al crédito antes citado, conforme a los criterios que se establecen en la cláusula 8.5. de este Pliego.
4.CAPACIDAD PARA CONTRATAR
4.1.PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS
4.1.1.- Podrán contratar con el Servicio Andaluz de Salud las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo exigido en este Pliego.
4.1.2.- En ningún caso podrán contratar con la Administración las personas que estén incursas en alguno de los supuestos de prohibición del artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
4.1.3.- No podrán concurrir a la licitación las empresas que, en su caso, hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
4.2.AGRUPACION DE EMPRESARIOS
Cuando varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada uno de ellos acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de quienes suscriban la proposición y la participación de cada uno de ellos, y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios. Asimismo deberán designar la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos frente al Servicio Andaluz de Salud.
La duración de la Unión Temporal de Empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.LICITACION
5.1.DOCUMENTACION
Las proposiciones se formularán en lengua castellana. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción correspondiente, el Órgano de Contratación se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.
5.2.LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION
5.2.1.- Para participar en la contratación, los licitadores deberán presentar, en el Registro General del Órgano de Contratación, 2 sobres cerrados: sobre 1 y sobre 2, conteniendo la documentación que se especifica más adelante, indicando en cada uno de ellos: la contratación a que se concurre, la denominación y dirección de la empresa ofertante, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace. Cada sobre contendrá un índice en el que se relacione numéricamente la documentación en el contenida.
La documentación deberá presentarse dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación.
5.2.2.- No obstante lo dispuesto en el punto anterior, los licitadores podrán enviar la documentación por correo conforme a lo previsto en el artículo 80 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En este caso, el ofertante deberá justificar la fecha de presentación de la documentación en la oficina de correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama, en el mismo día.
También podrá anunciarse por correo electrónico si así se especifica en el apartado 19.1 del Cuadro Resumen, si bien en este caso el envío del anuncio sólo tendrá validez si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido integro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará a su expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación, si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin que se hubiese recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
5.2.3.- Cuando el Órgano de Contratación así lo acuerde, mediante su correspondiente establecimiento en el apartado 13.1 del Cuadro Resumen, haciendo uso de los dispuesto en el artículo 86.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el sentido de concretar la fase de valoración en que operarán los criterios de adjudicación, el sobre de la proposición económica contendrá exclusivamente ésta, presentándose además tantos sobres como fases de valoración se hayan establecido.
5.3.DOCUMENTACION PERSONAL SOBRE Nº 1
5.3.1.GARANTÍA PROVISIONAL.
Será necesario, para participar en la licitación, acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía provisional equivalente al dos por ciento del presupuesto del contrato, cuando la cuantía del mismo sea igual o superior a la fijada en el Art. 177.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En los contratos de cuantía inferior a la señalada, la exigencia de garantía provisional será potestativa para el Órgano de Contratación.
En el caso de que el contrato estuviera constituido por lotes a los que se pueda licitar indistintamente, las garantías provisionales se presentarán sólo respecto de los lotes a los que se licite.
El importe de la garantía provisional total, así como, en su caso, el de los lotes, se establecen expresamente en los apartados 11.2 y 11.3 del Cuadro Resumen.
En el caso de Sociedades Cooperativas Andaluzas, el importe de la garantía que deban constituir será del veinticinco por ciento de la establecida en el párrafo anterior.
Únicamente estarán exceptuadas de esta obligación las entidades que así lo tengan reconocido por las leyes estatales o las correspondientes disposiciones autonómicas.
Estarán asimismo exentos de esta obligación aquellos licitadores que tuviesen constituida la garantía global prevista en el artículo 36.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que producirá los efectos inherentes a la garantía provisional.
La garantía provisional podrá constituirse en cualquiera de las siguientes modalidades:
a) En metálico, valores públicos o valores privados en los términos establecidos en el artículo 55 del Reglamento General.
b) Mediante aval, en los términos establecidos en el artículo 56 del Reglamento General.
c) Mediante contrato de seguro de caución, en los términos establecidos en el artículo 57 del Reglamento General.
En los casos de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
5.3.2.CAPACIDAD Y SOLVENCIA FINANCIERA Y TÉCNICA.
Los documentos que acrediten la capacidad y solvencia del licitador deberán ser originales, copias legalizadas notarialmente o copias compulsadas. Deberán ser originales, en todo caso, los documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional.
5.3.2.1.- Cuando se trate de licitadores españoles, presentarán los siguientes documentos:
Documento acreditativo de la personalidad y capacidad del contratista, que será el D.N.I., si se trata de persona física, o, si la empresa fuera persona jurídica, las escrituras de constitución o de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le fuese aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Tratándose de unión de empresarios, se estará a lo dispuesto en la Cláusula 4.2.
b) Poder suficiente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurra el firmante de la proposición, debidamente inscrito en el Registro Mercantil o en su caso en el correspondiente Registro oficial. En todo caso, los poderes deberán contener diligencia de bastanteo de un Letrado de Administración Sanitaria.
c) El D.N.I. de la persona firmante de la proposición.
d). Una declaración responsable, otorgada por el firmante de la proposición ante una autoridad administrativa (conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX), Notario Público u Organismo Profesional cualificado, de que el licitador no está incurso en ninguno de los casos de prohibición de contratar con la Administración previstos en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Asimismo, sí voluntariamente lo decide podrá incluir a los efectos pertinentes el Anexo IV, relativa a la Autorización para la cesión de información sobre las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación.
e) Los documentos que, conforme a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, justifiquen la solvencia económica, financiera y técnica del licitador, en los términos que se establecen en el apartado 17 del Cuadro Resumen.
Documento acreditativo, en su caso, de tener en la plantilla de sus centros de trabajo radicados en Andalucía un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.
Documentos que justifiquen, en su caso, el grado de compromiso medioambiental de la empresa.
f) Documento acreditativo de haber constituido la garantía provisional, conforme a lo previsto en la cláusula 5.3.1.
g) Certificación expedida por el órgano de dirección o representante del licitador, relativa a que no forma parte de los órganos de gobierno o administración, ningún alto cargo incluido en el ámbito de aplicación del artículo 2 de la Ley 3/2005 de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, conforme al modelo que figura como anexo V.
5.3.2.2.- Las empresas extranjeras que pretendan tomar parte en la presente contratación deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones en relación con la acreditación de los extremos recogidos en la cláusula 5.3.2.1):
Para acreditar la capacidad de obrar de la letra a) anterior, será suficiente, en el caso de empresas de Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditar su inscripción en los Registros o presentar la certificación que se indica en el anexo I, apartado 2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La capacidad de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática permanente de España o de la Secretaria General del Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de estado signatario del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio siempre que se trate de contratos con cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 177.2 de la Ley, o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de dicho texto legal.
b) La declaración a que hace referencia el apartado d) de la cláusula 5.3.2.1 podrá otorgarse ante una autoridad judicial cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo.
c) Los certificados de clasificación o documentos similares expedidos por Estados miembros de la Comunidad Europea en favor de sus propios empresarios constituyen una presunción de capacidad en relación con la acreditación de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
d) Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea que no estén clasificados, ni con clasificación suspendida o anulada, será suficiente que acrediten, en su caso, su solvencia económica, financiera, técnica o profesional conforme a los artículos 16 y 18 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
e) Deberán acompañar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
f) Certificación expedida por el órgano de dirección o representante del licitador, relativa a que no forma parte de los órganos de gobierno o administración, ningún alto cargo incluido en el ámbito de aplicación del artículo 2 de la Ley 3/2005 de 8 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, conforme al modelo que figura como anexo V.
5.3.2.3.- Quienes estuviesen inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, creado por el Decreto 189/1997, de 22 de julio, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, están exentos de presentar la documentación que se exige en los apartados a), b), c) y d) de la cláusula 5.3.2.1., así como los relacionados en los apartados a), b) y c) de la cláusula 5.3.2.2., relativos a empresas extranjeras. Para ello, deberán aportar certificado original o copia compulsada, (de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre), de estar inscrito en dicho Registro y declaración expresa responsable emitida por el licitador o cualquiera de los representantes con facultades que figuren en el citado Registro, de que no se han modificado los datos que obran en el mismo.
5.4.DOCUMENTACION ECONOMICA Y TECNICA SOBRE Nº 2
5.4.1.DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
5.4.1.1.- Contendrá la proposición económica, debidamente firmada y fechada y se ajustará en sus términos conforme al modelo que figura como Xxxxx X.
Cada licitador presentará una sola proposición de acuerdo con cualquiera de las siguientes modalidades:
- Por la totalidad del arrendamiento.
- Por los lotes que en su caso se establezcan.
Siempre en los términos que especifiquen el Cuadro Resumen y el Anexo I al presente pliego.
5.4.1.2.- En el importe ofertado se incluirá el gasto originado por el transporte, la instalación, montaje, puesta en marcha y legalización de los equipos en condiciones operativas y de uso clínico, y el mantenimiento, partiendo de las condiciones existentes en el centro de destino, siendo éste quien determinará el lugar y condiciones para el abastecimiento de los suministros de energía u otros necesarios.
5.4.1.3.- El licitador no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
5.4.2.DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Contendrá los documentos donde se reflejen las características técnicas de la oferta del licitador, en relación con la realización del arrendamiento objeto de licitación y lo previsto en este Pliego, sus Anexos y el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La oferta deberá incluir en el sobre la información que se solicita en los apartados siguientes, y opcionalmente aquella que considere el licitador.
La Administración se reserva el derecho a exigir, a los licitadores que estime oportuno, documentación que acredite la veracidad de la información presentada en la oferta o bien información adicional sobre el contenido de la misma, estando el licitador obligado a ello.
La documentación técnica se presentará tanto impresa en papel como en formato digital.
5.4.2.1.CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas, en adelante PPT, se establecen las características técnicas consideradas como requisitos mínimos a cumplir por los licitadores.
Las características técnicas mínimas se estructuran en:
Características técnicas mínimas generales del concurso: afectan a todos los licitadores, y son las incluidas en la cláusula 2.1 del PPT.
Características técnicas mínimas del equipo: afectan independientemente a cada equipo ofertado y son las incluidas como prestaciones mínimas en la ficha técnica del equipo.
Para cualquier oferta presentada, el incumplimiento de alguna de las características técnicas mínimas definidas como generales del concurso y específicas del equipo conllevará su exclusión y no valoración.
Las características técnicas a valorar son aquellas que superen las PRESTACIONES MÍNIMAS descritas en las fichas técnicas y las que expresamente se establecen como VALORACIONES ESPECÍFICAS en el Pliego de Prescripciones Técnicas que serán tenidas en cuenta para la adjudicación de cada uno de los equipo, de acuerdo con los criterios establecidos en el Apdo. 13 del Cuadro Resumen del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el Concurso.
5.4.2.2.CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES PROPIAS.
Indicarán claramente los requisitos necesarios que debe cumplir el centro destinatario del equipamiento a efectos de facilitar su instalación que correrá siempre a cargo del adjudicatario. Los requisitos técnicos no expresados, puestos de manifiesto con posterioridad a la presentación de la oferta, irán con cargo a la empresa ofertante.
Deberá indicarse explícitamente, cuando proceda, al menos:
Las fuentes de suministro de energía necesarias y sus características.
Las fuentes de gases y otros fluidos (refrigerantes, lavado, etc.), necesarias y sus características.
Necesidades de espacio físico útil requerido, aire acondicionado, etc.
Los consumos estimados de energía, gases y otros fluidos necesarios del equipamiento ofertado.
Las obras necesarias para la adaptación de los equipos ofertados.
Así mismo, elaborarán la “propuesta de implantación”, que consistirá en la descripción detallada de las actuaciones de todo tipo necesarias para la correcta instalación, su puesta en marcha conforme a las condiciones y características previstas en el lugar de destino, para lo que se tendrá en cuenta la memoria y los planos confeccionados por el Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx, y la protección de la seguridad y salud de las personas.
Se entenderá por instalación la entrega de material ofertado, su distribución física, el proceso de colocación de anclajes y empotramientos, la disposición de los requisitos técnicos necesarios para la conexión de los distintos suministros intrínsecos (eléctrico, gases, etc.) al equipo, hasta los cuadros generales de distribución de los mismos (bandejas, soportes y otros), la conexión y puesta en marcha del equipamiento como último requerimiento de funcionamiento normal en su ubicación definitiva.
En el importe ofertado se incluirá el gasto originado por la instalación, montaje, puesta en marcha y legalización del sistema en condiciones operativas y de uso clínico, partiendo de las condiciones existentes en Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx, siendo éste quien determinará el lugar y condiciones para el abastecimiento de los suministros de energía u otros necesarios.
La instalación y puesta en marcha del sistema ofertado no perjudicará las instalaciones existentes, debiéndose planificar su ejecución de manera que se evite o reduzca al mínimo las molestias e interacciones con el funcionamiento normal de la actividad asistencial.
5.4.2.3.DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA LA CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y DISPONIBILIDAD DE LOS EQUIPOS.
El mantenimiento “a todo riesgo” que se realizará durante toda la vigencia del contrato, incluirá todos los gastos, sin ninguna exclusión, que se deriven de la reparación del equipo averiado, incluyendo:
el mantenimiento preventivo.
el mantenimiento correctivo.
el mantenimiento técnico legal.
la gestión informatizada del servicio de mantenimiento.
los materiales, repuestos y fungibles.
La empresa adjudicataria, deberá garantizar la operatividad y el correcto mantenimiento de todo el equipamiento instalado, según las especificaciones del PPT, durante el periodo de vigencia del contrato. Se valora para las estaciones la sustitución en el siguiente día laborable. Para el resto del equipamiento a suministrar, se exige una disponibilidad mínima para el primer año de 7x24, un tiempo de respuesta de 4 horas y un tiempo de resolución de 24 horas. El resto de años el mantenimiento podrá ser remoto manteniendo, un tiempo de respuesta de 4 horas y un tiempo de resolución de 24 horas. Se valorará las ofertas que mejoren estos mínimos.
Se entiende que esta garantía incluye los repuestos, mano de obra, desplazamientos, dietas, transportes y demás costos que puedan derivarse del cumplimiento de la misma.
En la presentación de la oferta, se detallará el número de revisiones y los protocolos de mantenimiento preventivo incluidos en el periodo de garantía.
Se adjuntará programas de mantenimiento con indicación clara de su alcance en cada uno de los apartados:
Mantenimiento preventivo
Mantenimiento correctivo
Mantenimiento técnico legal
Gestión informatizada del servicio de mantenimiento
Reposición de materiales
Inventario Hardware y de Software de Sistemas
Se deberá mantener un inventario del hardware y software instalado en cada centro, debiendo guardar información histórica del equipamiento que ha habido en cada centro. Poner a disposición del hospital dicho inventario en soporte magnético cuando sea solicitado. Para la realización de dicho inventario el proveedor marcará cada equipo con una/s etiqueta/s según diseño y logotipos proporcionados por el Hospital. Los costes de elaboración de las etiquetas y el proceso de pegado correrán de cargo del adjudicatario.
El licitador indicará claramente la fórmula mediante la cual se compromete a mantener actualizado el equipamiento e instalaciones. Señalará qué componentes (máquinas, programas informáticos, etc.), se compromete a actualizar sin coste adicional. Se indicará la localidad y dirección del Servicio Técnico más cercano al centro, detallando personal técnico y calificación profesional.
Los licitantes podrán presentar otras opciones adicionales de propuesta de contrato de mantenimiento, incluyendo la modalidad de colaboración con los Servicios Técnicos del hospital.
Los licitadores valorarán el contrato de mantenimiento tipo A “a todo riesgo” al finalizar el periodo de arrendamiento de los equipos objeto del presente expediente, con independencia de que órgano de contratación lo formalice al finalizar este periodo. En dicho contrato estarán incluidos todos los gastos, sin ninguna exclusión, que se deriven de la reparación, incluyendo:
-el mantenimiento preventivo.
-el mantenimiento correctivo.
-el mantenimiento técnico legal.
-la gestión informatizada del servicio de mantenimiento.
-los materiales, repuestos y fungibles sin coste alguno.
En el tanto por ciento que hagan constar o el importe del mantenimiento ha de figurar incluidos la totalidad de impuestos que grave este servicio así como el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Como opción B, siempre a decidir por el Órgano que realice el contrato, se deberá ofertar la opción del contrato de mantenimiento a todo riesgo como el anterior, pero excluyendo el tubo de RX, de manera que:
El licitador establecerá un porcentaje sobre el precio de compra del equipo para el mantenimiento integral tipo A, pero sin incluir el tubo de RX
El licitador establecerá un precio de la sustitución del tubo de RX y el plazo y condiciones de la prorrata temporis así como el número de disparos del tubo o equivalencia técnica para la valoración de la prorrata. Indicará el modelo del tubo original y el tubo sustitutorio será de las mismas características que el original..
Deberá entregarse en la oferta la denominada Encuesta Técnica y el Documento Ficha de Mantenimiento para Equipos Electromédicos que se especifican en el PPT, firmadas y debidamente cumplimentadas. Se presentarán, obligatoriamente, impresas en papel y en soporte digital.
EL licitador deberá de incorporar en su oferta la propuesta de actuación que garantice la DISPONIBILIDAD EFECTIVA individualmente para cada uno de los equipos, nunca inferior al 95 por cien de tiempo útil de funcionamiento anual del equipo, entendiendo por tal el que queda después de restar a los 365 días los que la empresa considera necesarios para hacer el mantenimiento preventivo del equipo. Para hacer este cálculo en ningún caso se descontarán los días en que el equipo ha estado parado por xxxxxxx. Si el porcentaje ofertado es inferior al 95 por cien de tiempo útil o no se oferta este parámetro, será motivo de exclusión de la oferta.
En la oferta técnica, y a efectos de gestión del contrato, el oferente indicará el calendario con indicación de tiempos de los mantenimientos preventivos a los que someterá a su equipo.
Deben quedar claramente definidos en la página de la Encuesta Técnica RESUMEN DE COMPONENTES DEL SISTEMA, todos los elementos que constituyen la oferta. Se entiende que todos estos componentes están incluidos en la proposición económica presentada para cada oferta.
La falta de información, ausencia de hojas de datos de producto de los componentes ofertados o respuesta a las cuestiones técnicas planteadas que no pueda ser debidamente contrastada motivará su no valoración.
Las diferentes especificaciones técnicas (medidas, valores, etc) que se solicitan de los equipos en la Encuesta Técnica, deben facilitarse en las unidades que se indican. Estas especificaciones técnicas deberán corresponder a las características que el equipo proporcionará una vez instalado.
En el caso de que, una vez instalado el equipo, alguna especificación técnica pueda no corresponderse exactamente con su valor real, en el apartado correspondiente de la Encuesta Técnica deberá señalarse su valor con el margen de tolerancia establecido (en %).
Cualquier información adicional que el licitador estime de interés para el proceso de evaluación, puede ser incluida como anexo a la ficha técnica, como Certificados de calidad de que dispongan (ISO, UNE, EN, AENOR, etc.).
Se deberán especificar los requerimientos de conectividad del equipamiento que genere imagen médica digital. La empresa adjudicataria debe desplazar los recursos técnicos y humanos necesarios para realizar la conexión “in situ” al PACS del Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx.
5.4.2.4.RESUMEN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR.
A continuación se recoge una tabla resumen con los Documentos Técnicos a aportar por los licitadores. Deberán presentar un documento de cada tipo por cada uno de los equipos ofertados, debido a las distintas características de implantación en cada uno de los centros del Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx. La no presentación de alguno de los documentos en la oferta puede ser excluyente.
DOCUMENTO TECNICO |
Correspondencia con el apartado del PPT |
Características |
Documento T.1 |
2.1.2 |
Características físicas del equipo |
Documento T.2 |
2.2.1 |
Declaración de conocimiento de las condiciones de los espacios disponibles |
Documento T.3 |
2.3 |
Propuesta de implantación de los equipos |
Documento T.4 |
2.4 |
Cronograma de implantación de equipos |
Documento T.5 |
2.4 |
Mediciones de las obras |
Ficha de Mantenimiento de Equipos Electromédicos |
3.2.1 |
Características de la oferta de mantenimiento de los equipos y garantías |
Encuesta Técnica |
5 |
Características técnicas de los equipos |
5.5.RETIRADA DE LAS PROPOSICIONES UNA VEZ PRESENTADAS
De no dictarse la resolución de adjudicación dentro de plazo, los empresarios tendrán derecho a retirar su proposición y a que se les devuelva o cancele la garantía que hubieran presentado.
A las empresas que retiren injustificadamente sus proposiciones antes de la adjudicación, les será incautada la garantía provisional.
5.6.ACEPTACION INCONDICIONADA DEL LICITADOR A LAS CLAUSULAS XXX XXXXXX
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de las cláusulas de este Pliego y el de Prescripciones Técnicas Particulares.
6.ADJUDICACION
6.1.MESA DE CONTRATACION
6.1.1.- El órgano de contratación estará asistido, para la adjudicación del contrato, por una Mesa de Contratación constituida de acuerdo con la normativa aplicable.
6.1.2.- La Mesa, con anterioridad a la sesión pública, examinará la documentación contenida en los sobres nº 1 de " Documentación Personal", en función de los requisitos exigidos y si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, podrá conceder un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la Mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección establecidos en el apartado 17 del Cuadro Resumen, con pronunciamiento expreso de las admitidas y rechazadas y sobre las causas del rechazo, en su caso.
6.1.3.- En relación con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, la Mesa de Contratación podrá realizar la valoración por si misma o solicitando los informes técnicos que estime necesarios a la unidad administrativa y/o asistencial competente y/o, en su caso, al Organismo que se estime procedente
6.2.APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
6.2.1.-El acto público de apertura de proposiciones se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado.
6.2.2.- En el acto público se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Lectura del anuncio del contrato.
b) Recuento de las proposiciones presentadas y confrontación de las mismas con los datos que figuren en el certificado extendido por el responsable del Registro receptor.
c) Lectura pública del número de proposiciones recibidas y de la identidad de los licitadores.
d) Invitación a los asistentes para que comprueben, si lo desean, que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa, y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
e)En caso de discrepancia entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa y las que como presentadas se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o que se presenten dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán urgentemente las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, volviendose a anunciar, en su caso, en el tablón de anuncios del Organo de Contratación la reanudación del acto público una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.
f)Lectura pública de los resultados de la calificación de la documentación presentada en los sobres nº1, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas.
Las ofertas que corresponden a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
g)Invitación a los licitadores para que manifiesten las dudas o pidan las explicaciones que estimen necesarias, las cuales serán aclaradas por la Mesa, sin que se pueda, en este momento, entregar documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, ó el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
h) Apertura de los sobres nº 2, que contienen las proposiciones económicas y técnicas de los licitadores admitidos y lectura de las ofertas económicas. Serán desestimadas aquellas proposiciones que no concuerden con la documentación presentada y admitida, excediesen del presupuesto base de licitación, variaran sustancialmente el modelo establecido, comportasen error manifiesto en el importe de la proposición o cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que la proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
Concluido el Acto Público la Mesa procederá, en su caso, a la entrega de la Documentación Técnica a la unidad administrativa y/o asistencial competente o a una Comisión Técnica Asesora, designada al efecto, para que, previo estudio de las ofertas y la documentación técnica presentada por los licitadores, elabore un informe sobre las mismas, que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el apartado 13 del Cuadro Resumen.
6.3.CRITERIOS DE ADJUDICACION
6.3.1.- Para la Adjudicación del contrato, se tendrán en cuenta, de acuerdo con lo establecido en el art. 86 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los criterios objetivos y ponderación de los mismos que a continuación se indican:
DESCRIPCIÓN |
SENTIDO VALORACIÓN |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
||
A.- CRITERIOS TÉCNICOS |
0 a 40 |
|||
|
A.1: Características técnicas de los TAC superiores a las recogidas en el PPT. |
40 |
||
|
|
Número xx xxxxxx de los TAC ofertados. |
|
|
|
|
Número y dotación de software de las estaciones de trabajo. |
|
|
|
|
Generador xx xxxxx X |
|
|
|
|
Tubo xx xxxxx X |
|
|
|
|
Sistema de Colimación |
|
|
|
|
Gantry |
|
|
|
|
Mesa paciente |
|
|
|
|
Sistema de adquisición de Imagen |
|
|
|
|
Calidad de Imagen |
|
|
|
|
Sistema de procesado de imagen |
|
|
|
|
Funciones y programas especiales. Consola Operador |
|
|
|
|
Requerimientos de conectividad del equipamiento que genere imagen medica digital. |
|
|
|
|
|
|
|
B.- CRITERIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO, INSTALACIÓN Y ESPECIALES |
0 A 30 |
|||
|
B.1: Tipo se cobertura del mantenimiento durante el arrendamiento. |
0 A 15 |
||
|
|
Ficha técnica de Mantenimiento: Tipo "A" Todo riesgo. Disponibilidad efectiva. |
|
10 |
|
|
Calendario mantenimiento: preventivo, correctivo y técnico legal |
|
2 |
|
|
Tiempo de respuesta |
|
2 |
|
|
Gestión informatizada del mantenimiento. |
|
11 |
|
B.2: |
Garantías especiales |
|
0 a 10 |
|
|
Propuesta de contrato de mantenimiento, una vez transcurrido el contrato de arrendamiento. |
|
5 |
|
|
Actualización |
Sin coste adicional para el usuario |
5 |
|
B.3: Instalación, puesta en marcha y formación usuarios |
0 a 5 |
||
|
B.3.1: |
Cronograma de Instalación y puesta en marcha de cada equipo |
|
3,5 |
|
B.3.2: |
Formación de usuarios |
|
1,5 |
|
|
|
|
|
C.- |
MEJORAS |
RENOVACIÓN TECNOLOGICA DE EQUIPOS : |
|
0 a 25 |
|
C.1: |
Arcos quirúrgicos: mínimo exigido tres |
|
10,75 |
|
C.2: |
Ecógrafo doppler color: mínimo exigido dos |
|
10,75 |
|
C.3: |
Equipo radiológico portátil: mínimo exigido cuatro |
|
3,5 |
|
|
|
|
|
b.- CRITERIO ECONÓMICO |
0 A 5 |
|||
|
LOTES 1 Y 2: |
|
|
|
|
|
Precio |
Inversamente proporcional |
5 |
Para la valoración de los aportados C1, C2 y C3, se aplicará el siguiente criterio: obtendrá la mayor puntuación la propuesta que oferte mayor número de equipos y el resto de forma proporcional.
Se consideraran ofertas temerarias aquellas cuyo precio ofertado sea inferior al 50% del precio base de licitación.
Se consideran que no cumplen técnicamente aquellas ofertas que no obtengan al menos el 50% de la puntuación máxima otorgada en los criterios técnicos
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, concretaran la fase de valoración de las proposiciones en que operaran los mismos, siempre que así se recoja en el apartado 13.1 del Cuadro Resumen y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
6.3.2.- Cuando el precio ofertado figure en el apartado 13 del Cuadro Resumen como criterio objetivo para la adjudicación, los límites para apreciar que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias se establecen en el apartado 13.2 del Cuadro Resumen: Se consideraran ofertas temerarias aquellas cuyo precio ofertado sea inferior al 50% del precio base de licitación.
6.3.3.- Se dará preferencia en la adjudicación del contrato a aquellas empresas que en el momento de acreditar su solvencia técnica, justifiquen tener en la plantilla de sus centros de trabajo radicados en Andalucía un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación. En los mismos términos se darán preferencia a aquellas empresas que presenten un adecuado compromiso medioambiental de acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de la Ley del Parlamento de Andalucía 18/03 de 29 de diciembre de 2003, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
De persistir el empate o en el caso de que no se den los supuestos previstos en el párrafo anterior, la adjudicación recaerá en primer lugar en la oferta más económica de las incursas en igualdad de puntuación. En segundo lugar, se aplicarán por orden de importancia en cuanto a la mayor ponderación asignada en el concurso, los criterios de valoración establecidos en el mismo.
6.3.4.- Las cooperativas Andaluzas de trabajo asociado y las de segundo o ulterior grado que las agrupen gozarán de prioridad en caso de empate en los concursos para la adjudicación de los contratos.
6.4.PROPUESTA DE ADJUDICACION
6.4.1.- La Mesa, tras la lectura del informe técnico, elevará al Órgano de Contratación las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación, en la cual incluirá, en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación, previstos en el presente pliego.
6.4.2.-Previamente a la Resolución de adjudicación, el Órgano de Contratación, o la unidad administrativa que éste designe a tales efectos, requerirá al licitador o licitadores que vayan a resultar adjudicatarios del contrato o contratos la siguiente documentación, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social:
- Certificación positiva de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, entendiendo por tales las previstas en el artículo 14 del Reglamento general.
- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la A.E.A.T. justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entendiendo por tales las recogidas en el artículo 13.1 letras, b), c), y d) del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente cumplimentado el modelo Anexo IV “ Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación”.
- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Consejería de Economía y Hacienda, justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según lo establecido en la letra e) del artículo 13.1 del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente cumplimentado el modelo Anexo IV “ Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación”.
- Documento que acredite estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, mediante presentación del alta referida al ejercicio corriente o, en su caso, del último recibo del citado impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
La documentación señalada podrá aportarse en original o copia compulsada.
El Plazo para la aportación de dicha documentación será de 5 días hábiles a partir de la recepción del escrito requiriendo la misma”.
6.5.RESOLUCION DE ADJUDICACION
6.5.1.- El Órgano de Contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres meses desde la apertura de las proposiciones, pudiendo, alternativamente, adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el concurso. Dicho plazo de adjudicación se reducirá a la mitad cuando la tramitación del expediente haya sido declarada de urgencia por el Órgano de Contratación.
6.5.2.- La resolución de adjudicación deberá, en todo caso, ser motivada con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en este Pliego. Del mismo modo, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato conforme a la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar esta decisión.
6.5.3.- La resolución de adjudicación se notificará al adjudicatario, así como a los demás licitadores. Cuando el importe del contrato sea igual o superior al establecido en el artículo 93 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se publicará en los términos previstos en el citado artículo.
6.6.DEVOLUCION DE DOCUMENTACION Y GARANTIA PROVISIONAL
6.6.1.- La garantía provisional, constituida en su caso, será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación del contrato. No obstante, se retendrá dicha garantía provisional al/los adjudicatarios hasta que por estos sea constituida la garantía definitiva y se proceda a la formalización del contrato.
6.6.2.- Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
7.FORMALIZACION CONTRATO
7.1.TIEMPOS Y REQUISITOS
7.1.1.- El adjudicatario, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la notificación de la adjudicación, y con carácter previo a la formalización del contrato, deberá aportar los siguientes documentos:
a) Documento acreditativo de la constitución, a disposición del órgano de contratación, de la garantía definitiva.
b) Documento acreditativo del pago de los gastos de publicación del anuncio de licitación, cuya cuantía máxima se indica en el apartado 4.5 del Cuadro Resumen.
c)Escritura pública, debidamente inscrita en el Registro correspondiente, de constitución de Unión Temporal de Empresas, cuando el adjudicatario tuviera tal condición.
7.1.2.- El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
7.2.GARANTIA DEFINITIVA
7.2.1.- El importe de la garantía definitiva, que deberá acreditarse en documento original, será del cuatro por ciento del importe de adjudicación.
7.2.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 162.6 de la Ley 2/99, de 31 xx xxxxx, las Sociedades Cooperativas Andaluzas que resulten adjudicatarias vendrán obligadas a constituir una garantía por importe del veinticinco por ciento de la establecida en el párrafo anterior.
7.2.3.- En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa en presunción de temeridad a la que se refiere el artículo 86.3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Organo de Contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el 20 % del importe de adjudicación.
7.2.4.- Esta garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en la cláusula 5.3.1., pero a diferencia de la garantía provisional, el certificado del seguro de caución y el documento de aval deberán depositarse, en todo caso, en la Caja Central o en alguna de las Cajas Provinciales de Depósito de la Consejería de Economía y Hacienda, extremo que se acreditará acompañando el resguardo justificativo.
0.0.XX FORMALIZACION DEL CONTRATO
Cuando, por causas imputables al contratista, no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Organo de Contratación, siguiendo el procedimiento previsto a tal efecto, podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado.
8.EJECUCION DEL CONTRATO
8.1.FORMA DE EJECUCION
8.1.1.- No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización, salvo cuando hubiese sido objeto de tramitación urgente.
La ejecución se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contratista queda obligado a realizar el arrendamiento en los términos recogidos en el presente Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación.
8.1.2.- Serán de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos derivados del anuncio o anuncios de la licitación y de la formalización del contrato.
8.1.3.- El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con el objeto del contrato, debiendo haber obtenido, en su caso, las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias, de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y debiendo indemnizar al Servicio Andaluz de Salud por todos los daños y perjuicios que para el mismo puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de reclamaciones.
8.1.4.- Será de cuenta de los adjudicatarios la obtención de los certificados de homologación o declaración de conformidad CE correspondientes.
Se incluirá en este título la descripción de las medidas dispuestas por el ofertante para asegurar la calidad de los trabajos; metodología, seguridad y confidencialidad, así como aquellas otras que se prevean aplicar para vigilar y garantizar el adecuado cumplimiento del contrato.
La oferta indicará además:
En el caso de que la firma ofertante no fuera la empresa fabricante o su comercializador o representante exclusivo, se deberá aportar la documentación acreditativa de que el ofertante y su soporte técnico, material y humano, disponen de los equipos necesarios y que su personal ha recibido la formación inicial y disponen de acuerdos con la empresa fabricante para su formación continua.
8.1.5.-Será de cuenta del adjudicatario el MANTENIMIENTO de los equipos objeto del arrendamiento durante la vigencia del contrato, en los términos resultantes de la adjudicación.
8.1.5.1.- PROTOCOLOS PARA LA EJECUCIÓN DE REVISIONES
8.1.5.1.1.-La empresa adjudicataria se compromete a entregar, previo a la firma de este contrato, los protocolos a seguir para la ejecución de las revisiones, que deberán de ser aprobados por el Hospital. Análogo procedimiento se ha de seguir con cualquier actualización de los mismos, previa aplicación a los equipos electromédicos objeto del presente contrato.
8.1.5.1.2.- A través de estos protocolos, la empresa adjudicataria, una vez efectuada la intervención, tanto preventiva como correctiva, emitirá los partes de trabajo propios y certificará en el Certificado de intervención posterior:
Los resultados cuantitativos resultantes del control de las variables que requieran verificación o calibración incluyendo el margen de aceptación para cada variable establecido bien por la legislación aplicable, o porque se asuman las especificaciones de los fabricantes o por los criterios del mantenedor.
Los patrones o protocolos utilizados en dicha verificación o calibración y el método empleado para asegurar la trazabilidad y calibración de los equipos o instrumentos usados en la calibración o verificación. Estos protocolos serán los empleados en las revisiones efectuadas sobre los equipos. Deben mostrar el código de protocolo y edición en vigor. En caso de modificación de estos protocolos, así como de los manuales de los equipos, deben entregarse y aprobarse los nuevos antes de una futura revisión.
Que dichos patrones o protocolos están calibrados contra patrones nacionales o internacionales reconocidos.
Los partes de trabajo garantizan el cumplimiento de los protocolos de revisión vigentes según contrato, cuyos registros y rangos de aceptación deben aparecer en el parte. Estos registros deben de cumplir los rangos de aceptación establecidos.
Indicaciones de fecha y hora de inicio de la intervención y fin de intervención.
Tiempo de indisponibilidad del equipo.
8.1.5.1.3.- El certificado de intervención (Anexo I del PPT) de los equipos o instrumentos electromédicos descritos en el presente contrato deberá ser entregado al responsable encargado del Hospital. Junto a este se entregará copia de los certificados de calibración de los instrumentos empleados para ejecutar dicha revisión. Para asegurar la trazabilidad de los certificados de calibración, en el parte de revisión se adjuntarán los modelos, marcas, números de serie e incertidumbre de los instrumentos empleados.
8.1.5.1.4.-La empresa adjudicataria se compromete en el presente contrato a entregar un calendario de las revisiones periódicas preventivas a realizar sobre los equipos en un plazo no superior a quince días posteriores a la firma del contrato. Este calendario debe ser aprobado por Servicio de Radiodiagnóstico.
8.1.5.1.5.-La empresa adjudicataria garantizará durante el periodo hasta la próxima revisión, las revisiones efectuadas en los equipos objeto del contrato, así como del material sustituido, el cual deberá ser reflejado en los partes de revisión.
8.1.5.2.-CONDICIONES GENERALES DE CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y GARANTIAS.
8.1.5.2.1.- A efectos de este Contrato, se entiende por REVISIÓN PREVENTIVA la verificación regular de los EQUIPOS, y, por INTERVENCIÓN CORRECTIVA, la rectificación de averías y sustitución, en su caso, de componentes defectuosos de los EQUIPOS.
8.1.5.2.2.- A todos los efectos se considera tiempo de indisponibilidad del equipo la suma correspondiente al mantenimiento preventivo y las intervenciones correctivas realizadas sobre el EQUIPO en el que el mismo se encuentre fuera de uso.
8.1.5.2.3.- Las fechas de las revisiones se determinarán por mutuo acuerdo entre ambas partes del Contrato, a tenor de las consideraciones establecidas por el fabricante o la legislación aplicable, dentro de cada período contratado. El hospital debe conocer el tiempo de indisponibilidad del equipo de cada revisión preventiva que se deba realizar.
8.1.5.2.4.- En cada revisión se realizarán los ajustes, reparaciones y sustituciones, de elementos que por protocolos y/o tiempo de uso, para un correcto funcionamiento de los EQUIPOS, garantizando los niveles de calidad indicados en las pruebas de aceptación del equipo y seguridad requeridos por el Consejo de Seguridad Nuclear. Cada vez que la revisión preventiva o correctiva pueda modificar los valores de las variables que se reflejan en las pruebas de aceptación, el mantenedor estará obligado a realizar las pruebas de aceptación con la presencia de personal acreditado del Hospital.
Cuando exista un informe negativo en referencia a los controles de calidad y protección radiológica efectuado por el centro hospitalario, el adjudicatario deberá ajustar los equipos hasta los niveles requeridos en dicho informe.
8.1.5.2.5.- El servicio contratado no incluye los daños ocasionados en el/los equipo/s por: accidentes, tratamiento del/los equipo/s por técnicos ajenos al adjudicatario o no autorizados por el mismo y, en general, los derivados de un incorrecto uso del/los equipos.
8.1.5.2.6.- Se admitirá al personal encargado de la REVISIÓN -REPARACIÓN para su trabajo con los EQUIPOS durante las horas normales laborables del centro hospitalario e incluso fuera de las horas normales de trabajo por necesidades del centro hospitalario o durante días festivos. Dicho personal estará debidamente identificado, lo que acreditará a cualquier requerimiento del centro.
8.1.2.5.7.- El personal de REVISIÓN-REPARACIÓN, una vez finalizado el trabajo, redactará un informe detallado y fechado, en el que se especificará el trabajo realizado y las observaciones pertinentes. Adjunto se entregará el protocolo correspondientes de revisión de acuerdo con la normativa vigente, en especial, con el Real decreto 1976/1999. En caso de reconducir el EQUIPO a su estado de referencia inicial se hará entrega de las pruebas de aceptación correspondiente, según los criterios que se establecen en el R.D. 1976/1999 y se dejará constancia mediante certificado. Una copia del mencionado informe y protocolo se le entregará al centro.
8.1.5.2.8.- Garantía de las intervenciones correctivas: mínimas de un año para piezas y mano de obra.
8.1.5.2.9.- El adjudicatario será responsable de los daños causados a los EQUIPOS y a terceros en la medida en que éstos sean provocados por fallos o negligencias de su personal durante la ejecución de sus trabajos competentes. El adjudicatario no será responsable de la pérdida de beneficios o de los daños indirectos que se pudieran causar.
8.1.5.2.10.- En cada una de las acciones preventivas y correctivas, el adjudicatario entregará conforme a los anexos de mantenimiento descritos, el resultado de las acciones efectuadas junto con los protocolos de mantenimiento aceptados por el centro para el caso de los preventivos y para el correctivo sobre el que se efectúe modificaciones en la medida.
8.1.5.2.11.- Inmediatamente después de cada acción se entregará el certificado de intervención de cada una de las acciones preventivas y correctivas y junto a éste, el certificado de calibración de los instrumentos empleados en la misma.
8.1.5.2.12.- Se establece como criterio de seguimiento sobre una intervención correctiva el momento en el cual el centro hospitalario da aviso sobre una incidencia o avería. A partir de ese momento se aborda las mediciones de resultado según los criterios definidos en el anexo de mantenimiento. Teniendo en cuenta los siguientes parámetros: tiempo de respuesta, tiempo de reparación y operatividad.
8.1.6.-Niveles de servicio y DISPONIBILIDAD efectiva.
Los estándares de niveles de servicio y disponibilidad efectiva se han definido para el equipamiento descrito, en el presente pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, por tanto serán de aplicación en su generalidad a estos.
8.1.6.1.- Obligaciones generales del adjudicatario:
El adjudicatario deberá cumplir las obligaciones, sin carácter limitativo, que se detallan a continuación:
Deberá explicitar detalladamente el organigrama y líneas de funcionamiento interno para la gestión del servicio a su cargo. Asimismo se contará con una persona responsable del mando y coordinación del servicio, comunicando a Hospital el nombre y titulación de esta persona.
Deberá comunicar cualquier cambio en la estructura propuesta, debiendo mantenerse la información permanentemente actualizada.
Emitirá todos los informes que el HOSPITAL solicite para el conocimiento del funcionamiento del servicio prestado, con la periodicidad que se establezca.
Deberá proporcionar información en forma y tiempo de los acontecimientos detectados que puedan afectar a la prestación de los servicios sanitarios,
Calificación del personal. Es responsabilidad de las empresas adjudicataria, garantizar que el personal contratado para la prestación de los servicios, reúna los requisitos de titulación exigida para el puesto de trabajo y su adecuado desempeño, así como que dispongan de conocimientos y experiencia suficientes para la correcta prestación del servicio. HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX o el SAS podrán, en cualquier momento, realizar las comprobaciones que considere oportuno.
Formación continuada. Las empresas contratadas desarrollarán y mantendrán un Plan de Formación Continuada (PFC) para el personal que dependa de la misma. Dicho plan deberá presentarse a los Centros, que podrán comprobar en todo momento su cumplimiento. El PFC deberá proporcionar al personal una actualización reciclaje constante en los conocimientos de la profesión y los trabajos que tienen encomendados. Deberá, asimismo, contemplar la formación del personal en todo lo relativo a:
Mejora específica de la cualificación profesional y de conocimientos relativos al servicio a prestar
Realización de actuaciones que tengan como objetivo el mayor aprovechamiento de los recursos energéticos dentro de las instalaciones
Procedimientos de prevención contra incendios, y el entrenamiento en los Planes de Emergencia, para las posibles evacuaciones.
Prevención de los riesgos laborales, y para que en el desempeño de su trabajo adquieran hábitos saludables que eviten, en lo posible dichos riesgos, y una mayor seguridad.
Obligaciones respecto al derecho de huelga. En el supuesto de huelga que afecte a la prestación de los servicios de explotación del servicio, el adjudicatario vendrá obligado a requerimiento de H.U.V.N. y en el plazo y forma que éste indique, a ofrecer las soluciones que garanticen los servicios mínimos imprescindibles que determine la autorización gubernativa. Si en el plazo y forma señalados el adjudicatario no ofreciera dichas soluciones o no las llevara a la práctica, HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX podrá realizar los contratos que estime precisos, que serán por cuenta del adjudicatario, deduciéndose por tanto de su facturación el importe de los referidos contratos. La responsabilidad que se derive de tales trabajos contratados a terceros será sin embargo del adjudicatario, a todos los efectos que en el PPA se contemplan.
8.1.6.2.- Requerimientos mínimos del servicio y DISPONIBILIDAD.
Definiciones:
Tiempo base: 365 días – días de revisiones preventivas. Como tiempo base se emplean los 365 días del año menos los días destinados a mantenimiento preventivo previo aviso al Centro y siempre que la revisión no dure más de 24h. En caso de durar más, se computará este tiempo como penalización (las fracciones de día se computaran como días enteros).
Tiempo de respuesta: Tiempo que transcurre desde la llamada o aviso de avería hasta la presencia física de los técnicos del SAT en el Centro. No debe ser superior a 6 horas. El mantenedor deberá indicar el modo de registro posible de llamadas (fax, internet, etc.) para poder computar los tiempos de respuesta.
Tiempo de reparación: Tiempo desde la llegada de los técnicos al Centro hasta la completa reparación del equipo y una vez realizadas las comprobaciones y si es necesario los test de aceptación de los equipos.
Porcentaje de Disponibilidad Efectiva (PDE): Resulta de dividir el tiempo de funcionamiento real del equipo, entre el Tiempo Base del mismo, y el cociente multiplicado por 100, expresando el resultado en %.
Libro del equipo: En cada sala se dispondrá del Libro del Equipo. En éste, se encontrarán depositados:
Certificados de intervención y partes de trabajo.
Pruebas de aceptación y estado de referencia inicial.
Resultados de los informes anuales de la UTPR o servicio de radiofísica propios.
Cálculo del tiempo xx xxxxxx:
Xxxx xx xxxxxx efectivo = Xxxx xx xxxxxx total – Xxxx xx xxxxxx por revisiones programadas preventivas
Se calculará en función de los días perdidos de funcionamiento del equipo respecto a la previsión de utilización. Con un margen del 5% del tiempo base medido en días.
Fallo: Incidencia puntual que modifica el funcionamiento normal de un equipo o elemento pero no indica necesariamente una parada del mismo.
Avería: Afecta de forma permanente al funcionamiento del equipo, imposibilitando su uso.
Mantenimiento Preventivo: Conjunto de tareas encaminadas a asegurar la disponibilidad del equipo, garantizar las condiciones de seguridad, mantener sus condiciones de diseño y rendimiento y evitar la agresión al ambiente.
Mantenimiento Correctivo: Conjunto de tareas para restituir al equipo a sus condiciones normales de funcionamiento.
Mantenimiento Predictivo: Conjunto de tareas que se encaminan a detectar situaciones potencialmente conflictivas para los equipos y que evitan realizar mantenimiento preventivos innecesarios o muy costosos. Así mismo reduce el tiempo xx xxxxxx de equipos en concepto de mantenimiento.
Item: Todo elemento o equipo que sea susceptible de mantener o sustituir.
Item relevante: Aquel Item que debido a su importancia, la ausencia o modificación del mismo puede provocar cambios en el funcionamiento o aspecto original.
Evaluación Inversa: Es aquella valoración que la suma de puntuación denota un resultado negativo.
Responsable Técnico del Centro: técnico designado por la Dirección de Servicios Generales del HUVN, para realizar el seguimiento del contrato durante la vigencia del mismo.
Responsable Técnico de la empresa: técnico designado por el adjudicatario, encargado del seguimiento del servicio, en coordinación con el responsable técnico del hospital.
8.1.7.-SEGURIDAD, SALUD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.
El adjudicatario contará con Técnicos Responsables de Prevención de los Riesgos Laborales, que proporcionarán las pautas necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente en esta materia, siendo asimismo responsabilidad de la misma la instauración de políticas de prevención.
Igualmente realizarán las revisiones médicas que sean exigibles por la normativa vigente teniendo en cuenta las actividades que va a realizar en el Centro. Dichas revisiones serán por cuenta de las empresas contratadas.
La empresa adjudicataria realizará, antes de la puesta en funcionamiento del equipamiento y cuando HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS XXXXXX determine un "Mapa de Riesgos", que sirva de base para trazar la política de prevención de riesgos laborales. Coordinará con la Dirección de Servicios Generales su puesta en marcha.
Con la anterioridad suficiente a la puesta en explotación del servicio, se establecerán "Protocolos de funcionamiento para la prevención de los riesgos laborales", incorporándose instrucciones para la utilización por parte de los trabajadores de equipos de protección adecuados a la actividad que realicen. Las empresas contratadas serán responsables de la adquisición y la utilización por parte del personal de dicho equipamiento. Asimismo, será responsable de formar al personal en materia de utilización de equipos de primeros auxilios, sistemas de evacuación, sistemas de protección de incendios, etc.
8.1.8.- La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección, inspección y control del Órgano de Contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido.
8.1.9.- El contratista quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la realización del objeto del contrato, al cumplimiento de las disposiciones en materia de Legislación Laboral y de Seguridad Social vigentes durante la ejecución del contrato.
8.1.10.- El contratista deberá indemnizar cuantos daños y perjuicios se causen a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, salvo que fuesen consecuencia inmediata y directa de una orden del Servicio Andaluz de Salud.
8.1.11.- Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden de la ejecución de lo pactado.
8.1.12.- Será de cuenta del adjudicatario el transporte, instalación y puesta en marcha de los equipos objeto de este contrato:
- Se entenderá por instalación la entrega de material ofertado, su distribución física, el proceso de colocación de anclajes y empotramientos, la disposición de los requisitos técnicos necesarios para la conexión de los distintos suministros intrínsecos (eléctrico, gases, etc.) al equipo, hasta los cuadros generales de distribución de los mismos (bandejas, soportes y otros), la conexión y puesta en marcha del equipamiento como último requerimiento de funcionamiento normal en su ubicación definitiva.
- La instalación y puesta en marcha del sistema ofertado no perjudicará las instalaciones existentes, debiéndose planificar su ejecución de manera que se evite o reduzca al mínimo las molestias e interacciones con el funcionamiento normal de la actividad asistencial.
- En todo caso, los trabajos de montaje de los equipos adjudicados se realizarán siguiendo las indicaciones facilitadas por la Dirección del Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx.
8.1.13.-Por parte de los centros se facilitará la documentación relativa al espacio donde se realizará la implantación del equipo
8.1.14.- La empresa adjudicataria deberá desplazar los recursos técnicos y humanos ofertados en su documentación técnica para realizar la instalación de los equipos el en Hospital Universitario Virgen de las Xxxxxx.
8.1.15.- El contratista adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación ambiental comunitaria, estatal y autonómica vigente que sea de aplicación a los trabajos contratados.
8.1.16.- El contratista deberá cumplir los procedimientos y protocolos del Hospital que le son aplicables en materia Medioambiental y que se relacionan en Anexo VI adjunto al Pliego de Prescripciones Técnicas.
8.2.INSPECCIÓN Y CONTROL
8.2.1. El Control y seguimiento de la ejecución del contrato se realizará a través del modulo “Control de Servicios”, que permite establecer una sistemática para el control en tiempo real, vía web, xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxxx_xxxxxxxxx, de los “servicios” contratados por el Hospital.
El Objetivo es disponer de una herramienta que permita conocer el cumplimiento de contratos, la evolución, las desviaciones o incumplimientos que se sucedan para tomar las medidas oportunas o conocer los hitos más relevantes de la vida del contrato.
El Hospital pone a disposición del adjudicatario, la herramienta “Control de Servicios” para efectuar el seguimiento del contrato.
El Responsable/s Técnico/s: perteneciente al Hospital, es designado por la Dirección de Servicios Generales para realizar el seguimiento del contrato durante la vigencia del mismo.
El adjudicatario deberá de designar un Técnico Responsable, del servicio que asuma la coordinación del servicio conjuntamente con el responsable técnico del hospital, aportando los siguientes datos:
-Nombre:………………………………………..
- Apellidos:……………………………………..
-Dirección:……………………………………..
-Teléfono de contacto:……………………….
-e-mail:………………………………………
Se le asignará un Login y Contraseña, personal, para el acceso web, desde la firma del contrato, para el seguimiento conjunto de los INDICADORES DE SERVICIO definidos.
8.2.2.- CARACTERÍSTICAS DE LOS INDICADORES DE SERVICIO.
Ref |
Parámetro del indicador |
Condiciones |
Método de monitorización |
SP01 |
Parada del equipo |
Xxxx xx xxxxxx > 5% Tiempo base en días(o aquella inferior a la definida en la oferta) |
Ver definiciones y método en apartado 8.1.3. de este documento. |
SP02 |
Tiempo de respuesta ante un aviso de avería |
Tiempo de respuesta < 6 horas |
El mantenedor deberá indicar el modo de registro posible de comunicación (fax, internet,etc) para poder computar los tiempos de respuesta. |
SP03 |
Demora por la entrega del calendario de revisiones anual.
|
Retraso en la entrega > 1 mes |
Aplicación de plazos desde la aprobación de la entrega del responsable técnico del servicio. |
SP04 |
Demora de las revisiones de mantenimiento según el calendario propuesto y previamente aceptado por el responsable técnico del Centro. |
No cumplimiento del plan preventivo, salvo que con 15 días de antelación se comunique debidamente, al responsable técnico del centro. |
Fechas aceptación por parte del responsable técnico de los partes de trabajo de las revisiones efectuadas |
SP05 |
Por no entregar los partes de trabajo una vez realizada la intervención
|
No entrega inmediata tras la intervención |
Fechas aceptación por parte del responsable técnico de los partes de trabajo de las intervenciones efectuadas |
SP06 |
Por no entregar los certificados de revisión inmediatamente después de realizada la misma, debidamente cumplimentada y aprobada por el responsable técnico del Centro. |
No dejar constancia de la revisión y no incorporar dicha información en el Informe de Estado Mensual |
Fechas aceptación por parte del responsable técnico del Centro de los certificados de revisión de las intervenciones efectuadas |
SP07 |
No comunicar al responsible técnico del centro la comunicación con los cambios en los protocolos de mantenimiento. |
No comunicar los cambios en los protocolos |
Por comparación de fechas de entrada en vigor de las modificaciones aceptadas y las fechas de las revisiones correspondientes. |
SP08 |
Por demora en la comunicación ante cualquier requerimiento del centro |
Máximo tiempo de respuesta permitido de 48 horas |
Fecha de comunicación fehaciente al mantenedor |
SP09 |
Por demora en la comunicación de cambios a realizar en el software o hardware del equipo |
No comunicar los cambios en los protocolos |
Por comparación de fechas de entrada en vigor de las modificaciones aceptadas y las fechas de las revisiones correspondientes. |
SP10 |
El mantenedor no disponga de la información adecuada (control de las revisiones efectuadas, resultados de los criterios de aceptación y de las revisiones preventivas, cambios de tubos y certificados de destrucción de los antiguos, etc.) para realizar el programa de control de calidad indicado en el RD 783/2001. |
Entregar la información de la actividad anual a mes vencido y aprobado por el responsable técnico del Centro |
Fechas de aceptación por parte del responsable técnico del informe anual. |
SP11 |
El proveedor no cumpla con el cronograma de entrega y puesta en marcha del equipo médico. |
Entrega del equipo con todas las autorizaciones que avalen su disponibilidad y puesta en marcha |
Fecha de aceptación de los equipos y puesta en marcha |
SP12 |
Realización de Informe de Estado. |
Realización y entrega por registro y digital de Informe de Estado. |
Fecha del registro y recepción del correo electrónico.
|
SP13 |
Modificación de un item. |
Comunicación en caso de item normal, y autorización en caso de item relevante. |
Constancia documental de las modificaciones.
|
SP14 |
Estado de las herramientas y equipos |
Alguna herramienta o equipo de medida defectuoso. O equipo de medida sin calibrar. |
Auditoria aleatorias por parte del responsable técnico del centro.
|
SP15 |
Comunicación por sms por paradas superiores de equipos superiores a 24 h –efectivas-. |
Aviso a Responsable Técnico del Centro y a JS Radiodiagnóstico. |
Recepción y devolución del mismo. |
8.3.PLAZO DE ENTREGA
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo de ejecución del mismo, previsto en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
8.4. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN
8.4.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Servicio Andaluz de Salud.
8.4.2.- Su constatación exigirá un acto formal y positivo de recepción por parte del Servicio Andaluz de Salud, que deberá realizarse dentro del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. En su caso, y a los efectos previstos en la cláusula 8.5, se realizarán actos formales de recepción por las entregas parciales realizadas conforme a lo previsto en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
8.4.3.- En la recepción de los bienes arrendados se comprobará que el contrato se realizó en los términos previstos en este Pliego, el de Prescripciones Técnicas y sus respectivos Anexos.
8.4.4.- Será preceptivo convocar a la Intervención General de la Junta de Andalucía al acto formal de recepción cuando el importe sea superior a treinta mil cincuenta euros con sesenta y un céntimo (30.050,61).
8.4.5.- Los resultados de la comprobación se recogerán en Acta de recepción (cuando la Intervención designe representante) o Certificado de recepción del representante del órgano de contratación, expedidos a tal efecto.
8.5.SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
8.5.1.- La empresa adjudicataria se compromete a guardar estricto secreto respecto a la información manejada, en especial de aquellos datos considerados como especialmente sensibles por la Ley Orgánica de Protección de Datos.
8.5.2.- La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual.
8.5.3.- La documentación, se entregará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido, para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
8.5.4.- Si la empresa adjudicataria aporta equipos informáticos, una vez finalizada las tareas el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberán borrar toda información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante formateo del disco duro. La destrucción de la documentación de apoyo si no se considera indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, realizándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos.
8.5.5.- El/los licitadores aportarán una memoria descriptiva de las medidas que adoptarán para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el/los adjudicatarios deberán comunicar a la Administración antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona o personas que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
8.5.6.- El/los adjudicatarios se comprometen a no dar información y datos proporcionados por la Administración para cualquier otro uso no previsto en el presente Pliego. En particular, no proporcionará, sin autorización escrita del Organismo, copia de los documentos o datos a terceras personas.
8.5.7.- La empresa adjudicataria declara expresamente que conoce quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
Igualmente serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, y aquellas normas del Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por R.D. 994/1999 de 11 xx xxxxx.
8.6.GARANTIA DE LOS BIENES ARRENDADOS
8.6.1.-El plazo de garantía será el indicado en el apartado 14 del Cuadro Resumen.
8.6.2.-Si durante el plazo de garantía se acreditara la existencia de vicios o defectos en los bienes arrendados, tendrá derecho el Servicio Andaluz de Salud a reclamar del contratista la reposición de los bienes que resulten inadecuados o a la reparación de los mismos, si fuese suficiente.
Durante este plazo de garantía, el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes arrendados.
Si durante el plazo de garantía el Órgano de Contratación estimase que los bienes arrendados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 191.3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
8.6.3.- Correrán de cuenta del adjudicatario cuantos gastos se generen durante el periodo de garantía, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
8.6.4.-Cuando no resulte necesario plazo de garantía en atención a las características del contrato, podrá exceptuarse el mismo justificándolo en el apartado 14.3 del Cuadro Resumen.
8.6.5.- Transcurrido el plazo de garantía sin que el Órgano de Contratación haya formalizado reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad y se procederá a la devolución de la garantía definitiva.
8.7.FORMA DE PAGO
8.7.1.- El contratista tendrá derecho al abono del arrendamiento realizado y recibido de conformidad según lo previsto en la Cláusula 8.4, en los términos establecidos en las normas que rigen el contrato y con arreglo al precio convenido, conforme al apartado 16 del Cuadro Resumen.
En el caso de que el contrato previese plazos parciales de ejecución, el contratista tendrá derecho al abono del arrendamiento realizado en cumplimiento de los citados plazos.
8.7.2.- La expedición de tales documentos requerirá, con carácter previo, que el contratista presente en el Registro General del Órgano de Contratación la facturación correspondiente, conforme a lo previsto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.
8.8.PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
8.8.1.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Para la resolución de las incidencias en relación con le ejecución del contrato, salvo las establecidas en la Ley para casos especificos, se formulará expediente contradictorio de conformidad con el artículo 97 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
8.8.2.-Podrá asimismo modificarlos por razones de interés público, dentro, en todo caso, de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la normativa de contratación.
8.9.PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
8.9.1.- En caso de que el contratista incurriese en demora en el cumplimiento del plazo total o parcial del contrato por causas imputables al mismo, el Órgano de Contratación, sin necesidad de intimación previa, podrá optar por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía definitiva e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados al Servicio Andaluz de Salud, en lo que exceda del importe de la garantía incautada, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,12 por 601,01 euros, del precio del contrato.
8.9.2.- DISPONIBILIDAD EFECTIVA DE LOS EQUIPOS. PENALIZACIONES
Se aplicaran las penalidades definidas, para cada uno de los indicadores siguientes:
Ref |
Parámetro del indicador |
Condiciones |
Penalización |
SP01 |
Parada del equipo |
Xxxx xx xxxxxx > 5% Tiempo base en días(o aquella inferior a la definida en la oferta) |
Se penalizará según tabla adjunta de PDE. Según criterios del punto 8.9.3. del PCAP |
SP02 |
Tiempo de respuesta ante un aviso de avería |
Tiempo de respuesta < 6 horas |
En caso de ser superior a 6 horas, se penalizará con un 5% de la cantidad mensual (CMesni) |
SP03 |
Demora por la entrega del calendario de revisiones anual.
|
Retraso en la entrega > 1 mes |
5% de la cantidad mensual (CMesni) del servicio por cada mes de retraso. |
SP04 |
Demora de las revisiones de mantenimiento según el calendario propuesto y previamente aceptado por el responsable técnico del Centro. |
No cumplimiento del plan preventivo, salvo que con 15 días de antelación se comunique debidamente, al responsable técnico del centro. |
10% de la cantidad mensual (CMesni) del servicio por cada mes de retraso. |
SP05 |
Por no entregar los partes de trabajo una vez realizada la intervención
|
No entrega inmediata tras la intervención |
10% de la cantidad mensual (CMesni) |
SP06 |
Por no entregar los certificados de revisión inmediatamente después de realizada la misma, debidamente cumplimentada y aprobada por el responsable técnico del Centro. |
No dejar constancia de la revisión y no incorporar dicha información en el Informe de Estado Mensual. |
10% de la cantidad mensual (CMesni) |
SP07 |
No comunicar al responsible técnico del centro la comunicación con los cambios en los protocolos de mantenimiento. |
No comunicar los cambios en los protocolos |
10% de la cantidad mensual (CMesni) y la repetición de las revisiones con los protocolos originales si las modificaciones no fueran aprobadas |
SP08 |
Por demora en la comunicación ante cualquier requerimiento del centro |
Máximo tiempo de respuesta permitido de 48 horas |
Penalización del 1% de la cantidad mensual (CMesni) por día sin respuesta al requerimiento, pasadas 48 horas desde el mismo, salvo fines de semana y festivos |
SP09 |
Por demora en la comunicación de cambios a realizar en el software o hardware del equipo |
No comunicar los cambios en los protocolos |
10% de la cantidad mensual (CMesni) y la repetición de las revisiones con los protocolos originales si las modificaciones no fueran aprobadas |
SP10 |
El mantenedor no disponga de la información adecuada (control de las revisiones efectuadas, resultados de los criterios de aceptación y de las revisiones preventivas, cambios de tubos y certificados de destrucción de los antiguos, etc.) para realizar el programa de control de calidad indicado en el RD 783/2001. |
Entregar la información de la actividad anual a mes vencido y aprobado por el responsable técnico del Centro |
10% de la cantidad mensual (CMesni) del servicio por cada mes de retraso. |
SP11 |
El proveedor no cumpla con el cronograma de entrega y puesta en marcha del equipo médico. |
Entrega del equipo con todas las autorizaciones que avalen su disponibilidad y puesta en marcha |
2 por mil diario del valor del equipo. |
SP12 |
Realización de Informe de Estado. |
Realización y entrega por registro y digital de Informe de Estado mensual. |
10% de la cantidad mensual (CMesni) del servicio por cada mes de retraso. |
SP13 |
Modificación de un item. |
Comunicación en caso de item normal, y autorización en caso de item relevante. |
10% de la cantidad mensual (CMesni) del servicio por cada mes de retraso. |
SP14 |
Estado de las herramientas y equipos |
Alguna herramienta o equipo de medida defectuoso. O equipo de medida sin calibrar. |
1 por cien del valor del contrato de mantenimiento por cada día de retraso sobre la presentación del equipo o herramienta. |
SP15 |
Comunicación por sms por paradas superiores de equipos superiores a 24 h –efectivas-. |
Aviso a Responsable Técnico del Centro y a JS Radiodiagnóstico. |
1 por cien del valor del contrato de mantenimiento por incumplimiento de esta cuestión. |
8.9.3.- En el presente Pliego de Cláusulas Administrativa Particulares se establecen las penalizaciones a aplicar en el caso de incumplimiento del tiempo de disponibilidad ofertado. Conforme se indica, se aplicará un coeficiente corrector (µ) sobre la facturación mensual correspondiente a cada equipo, entendiendo por ésta el importe de adjudicación de cada lote dividido por 48 y por el número de equipos. El valor de µ se muestra en la tabla siguiente:
Rango del Porcentaje de Disponibilidad Efectiva de los equipos (PDE) |
µ |
||
|
PDE >= |
95,00 |
1,000 |
95,00 |
< PDE > = |
94,50 |
0,995 |
94,50 |
< PDE > = |
94,00 |
0,990 |
94,00 |
< PDE > = |
93,50 |
0,985 |
93,50 |
< PDE > = |
93,00 |
0,979 |
93,00 |
< PDE > = |
92,50 |
0,974 |
92,50 |
< PDE > = |
92,00 |
0,968 |
92,00 |
< PDE > = |
91,50 |
0,962 |
91,50 |
< PDE > = |
91,00 |
0,956 |
91,00 |
< PDE > = |
90,50 |
0,950 |
90,50 |
< PDE > = |
90,00 |
0,944 |
89,50 |
< PDE > = |
88,00 |
0,894 |
88,00 |
< PDE > = |
87,50 |
0,839 |
87,50 |
< PDE > = |
85,00 |
0,784 |
85,00 |
< PDE > = |
80,00 |
0,500 |
Para PDE mayores a 80 podrá ser considerado como una falta muy grave pudiendo llevar a la rescisión del contrato. En aquel caso en que el SAS hubiera hecho uso de la opción de compra, los equipos y demás elementos del contrato pasarán a propiedad del SAS. En caso contrario, serán retirados por el proveedor corriendo con los costes correspondientes. Estos aspectos de incumplimiento se encuentran desarrollados en el PCAP del presente expediente.
9.RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
9.1.- Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 111 y 192 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y articulo 112 del Reglamento General de la Ley de Contratos, con los efectos que se recogen en los artículos 113 y 193 de la citada Ley y 113 del citado Reglamento.
Podrán igualmente ser causa de resolución, a juicio del Örgano de Contratación:
a). El incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Pliego o en el de Prescripciones Técnicas.
b). Las reiteradas deficiencias en el arrendamiento de los bienes.
9.2.- Cuando la resolución fuese por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía y deberá indemnizar al Servicio Andaluz de Salud los daños y perjuicios causados, en cuanto excedan del importe de la garantía incautada. Tales extremos se resolverán previo expediente contradictorio tramitado conforme a lo establecido en el artículo 109 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
.
(Conocido y aceptado en su totalidad)
POR EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD POR EL CONTRATISTA
EL DIRECTOR GERENTE.
X. Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
40