CONTRATO DE SERVICIO – CONDICIONES PARTICULARES Nº
CONTRATO DE SERVICIO – CONDICIONES PARTICULARES Nº
Apellido y Nombre o Razón Social
DNI o CUIT
Domicilio de prestación de Servicio.
Nro.
Piso
Dto. / Of.
Localidad
Código Postal
Provincia
Teléfono
Tipo de Inmueble a Proteger
CASA
Dpto.
Comercio
Empresa
Fabrica o Industria
Otro
Nombre de Fantasía (solo comercios)
Rubro
Contacto
Cargo
DATOS DEL CLIENTE
FECHA
Condición del I.V.A.
Responsable Inscripto
Monotributo
Exento
Consumidor Final
Apellido y Nombre o Razón Social
DNI o CUIT
Domicilio de prestación de Servicio.
Nro.
Piso
Dto. / Of.
Localidad
Código Postal
Provincia
Teléfono
DATOS DE FACTURACION DEL SERVICIO
LISTA DE REFERENTES POR DISPARO DE ALARMA
ALTA NUEVA
MODIFICACION DE DATOS
Apellido y Nombre Vinculo Teléfono
Firma del Titular Aclaración de la firma
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Servicio de Ambulancia
Número de Socio
Teléfono
Obra Social
Número de Socio
Teléfono
COBERTURA MÉDICA
CLAVE DE ASALTO
PALABRA CLAVE DE SEGURIDAD
Débito de Tarjeta
American Express
Cabal
Diners
Master Card
Visa
Numero de Tarjeta
Fecha de Vto.
Cod. de Seg. Banco Emisor
Apellido y Nombre del Titular
DNI
FORMA DE PAGO
Débito de Cuenta Bancaria
Banco Número de CBU
Apellido y Nombre del Titular Tipo de Cuenta DNI
Autorizo por la presente que el pago correspondiente a las cuotas mensuales por la contratación del servicio ofrecido
por Grupo ISS S.R.L. sea debitado en forma directa y automática en el resumen de mí tarjeta o cuenta citada. Dejo especialmente establecido que podrá dar por cumplido la presenta autorización mediante la sola declaración fehaciente comunicada, sin perjuicio por tal, de los importes que pudieran corresponderme en función de servicios ya recibidos con anterioridad. Asimismo faculto a Grupo ISS S.R.L. a presentar esta autorización en AMERICAN EXPRESS - CABAL - DINERS
- MASTERCARD – VISA o ante el BANCO que corresponda a efectos de cumplimentar la misma.
Firma del Titular de la Tarjeta o cuenta
Aclaración de la firma
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Firma del Titular del Servicio Aclaración de la firma
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CONTRATO DE SERVICIO – CONDICIONES PARTICULARES Nº
CONTRATO DE SERVICIO – CONDICIONES PARTICULARES Nº
Firma del Cliente
_
En la ciudad de Buenos Aires, a los del mes de de 20 , entre Grupo ISS S.R.L., con domicilio en la Av. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx 000 Xxxx 0° Oficina 1° C.A.B.A. Argentina, en adelante ISS SEGURIDAD ELECTRONICA por una parte y por la otra parte
, DNI – CUIT , con domicilio en la calle ,
en adelante “EL CLIENTE” por la otra parte, convienen en celebrar el siguiente CONTRATO DE SERVICIO sujeto a las Condiciones Generales, y las particulares que se suscriben y forman parte del presente acuerdo.
PRIMERA. SERVICIOS CONTRATADOS:
MONITOREO DE SISTEMAS DE ALARMA: Sistema por el cual ISS SEGURIDAD ELECTRONICA Monitorea desde su central de monitoreo de alarmas los sistemas de seguridad instalados en el lugar designado por el Cliente y, ante la señal de alerta o eventos alarmados, se contactara con el Cliente y/o referentes designados, procediendo si correspondiere a dar aviso a las fuerzas de seguridad publica y/o asistencia para que tomen intervención en
B) Facilitar el ingreso a su domicilio al personal autorizado de ISS SEGURIDAD ELECTRONICA previa acreditación de su condición e identidad a efectos de la instalación de equipos y materiales y/ o para realizar reparaciones, revisaciones, mantenimiento, recambios, u ampliaciones en el mismo y o retiro de los mismos.
C) Permitir el ingreso al personal autorizado de ISS SEGURIDAD ELECTRONICA previa acreditación de su condición e identidad al domicilio donde se presta el servicio en los casos que corresponda
el evento.
conforme la contratación efectuada,
dejándose expresamente
MONITOREO DE SISTEMAS DE ALARMAS CON IMÁGENES: Sistema por el
cual ISS SEGURIDAD ELECTRONICA Monitorea desde su central de monitoreo de alarmas los sistemas de seguridad instalados en el lugar designado por el Cliente y ante la señal de alerta o eventos alarmados, recibe las imágenes del lugar designado contactándose con el Cliente y/o referentes designados, procediendo si correspondiere a dar aviso a las fuerzas de seguridad publica y/o asistencia para que tomen intervención en el evento.
El cliente solicita y contrata el siguiente servicio, cuyas especificaciones y condiciones particulares acepta y suscribe de plena conformidad conjuntamente con el presente. (Marcar con una X el servicio contratado)
MONITOREO DE SISTEMAS DE ALARMA.
MONITOREO DE SISTEMAS DE ALARMAS CON IMÁGENES
SEGUNDA. PLAZO: El plazo de prestación de servicio será de 12 (doce) meses a partir de la fecha de contratación del mismo y quedará tácitamente prorrogado por periodos sucesivos e iguales, salvo comunicación fehaciente de alguna de las partes formulada con una anticipación mínima a 30 (treinta) días corridos a la fecha del periodo en que se desee cancelar el servicio.
El servicio prestado durante los 30 (treinta) días posteriores a la recepción de la notificación de baja del servicio, será facturado y debitado normalmente, debiendo restituir los equipos y materiales en la forma que se estipula en la cláusula cuarta punto i) del presenta contrato.
TERCERA. PRECIO: ISS SEGURIDAD ELECTRONICA recibirá como precio por la presentación de los servicios contratados la suma de PESOS
$( _) mensuales más el I.V.A.(impuesto al valor agregado) y será abonado por débito automático conforme la autorización que al efecto el Cliente otorga en ese acto suscribiéndola de plena conformidad. El precio pactado debe ser abonado por el cliente dentro de los cinco primeros días corridos del mes correspondiente, produciéndose a partir de dicho momento la xxxx automática sin necesidad de interpelación judicial y/o extrajudicial alguna, y devengado un interés punitorio que se calculara a una tasa igual a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuentos de documentos más los gastos administrativos que la xxxx ocasione a ISS SEGURIDAD ELECTRONICA Las pertinentes facturas estarán en todos los casos a disposición del Cliente, quien abonara en todos los casos el importe total correspondiente y no podrá retener suma alguna con cargo a la misma con motivo de compensaciones que pudiera tener contra el prestador. Se deja constancia que el precio pactado está basado en los costos actuales de los equipos y materiales instalados y utilizados en la prestación del servicio, salarios, gastos de la seguridad social y además necesarios para el funcionamiento empresario, en consecuencia si tales costos y gastos fueran modificados en el futuro por razones ajenas a la voluntad de ISS SEGURIDAD ELECTRONICA este se reserva el derecho de ajustar el costo del servicio previa notificación fehaciente al Cliente, quien podrá solicitar la baja del servicio en las condiciones mencionadas en la cláusula segunda, desistiendo ambas partes por dichas circunstancias a efectuarse entre si reclamos de cualquier tipo. En caso de requerido por autoridades competentes u organismos privados u oficiales cualquier tipo de pago de honorarios, tributos, gastos, aranceles y/ u otros que resulten necesarios para la prestación del servicio contratado será a cargo exclusivo del Cliente. En el caso de pago fuera de término ISS SEGURIDAD ELECTRONICA podrá suspender el servicio previa notificación fehaciente al Cliente hasta la regularización de la deuda. Luego de las cuarenta y ocho (48) la horas de suspendido el servicio y continuando el Cliente adeudando el pago de la factura correspondiente ISS SEGURIDAD ELECTRONICA podrá dar de baja definitivamente el servicio contratado, no resultando en ningún caso responsable por los daños y perjuicios de cualquier tipo que el cliente sufra por la suspensión o baja definitiva de la prestación. Producida el Cliente deberá restituir los equipos y materiales en la forma que se estipula en la cláusula cuarta punto i) del presente contrato.
CUARTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE:
A) El Cliente se obliga a abonar en término el precio estipulado por los servicios contratados.
establecido que el ingreso al domicilio del Cliente del personal designado por ISS SEGURIDAD ELECTRONICA debe ser con la presencia del Cliente o de las personas por el designadas y/ o del personal de las Fuerzas de Seguridad y/ o Asistencia que correspondan.
D) No modificar y/o manipular por sí o por terceros ni cualquier forma los equipos del Sistema de Alarmas o el Circuito Cerrado de Televisión y demás elementos provistos por ISS SEGURIDAD ELECTRONICA.
E) Aceptar cualquier modificación que se introduzca en la forma y condiciones de la prestación de servicio, por decisiones adoptadas por autoridades competentes en materia de seguridad u otros.
F) Comunicar en forma inmediata a ISS SEGURIDAD ELECTRONICA cualquier cambio, falta, falla, avería, rotura, desperfecto en los equipos y/ o materiales provistos como así también cualquier situación y/ o circunstancia que no permita el normal y adecuado desenvolvimiento del prestador del servicio.
G) El Cliente se obliga a dar aviso a ISS SEGURIDAD ELECTRONICA en forma escrita y telefónica en caso de ausentarse por tiempo prolongado del domicilio de contratación del servicio.
H) EL CLIENTE PODRA RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO DE SERVICIO DURANTE EL PLAZO DE CINCO (5) DIAS CORRIDOS A PARTIR DE QUE SUSCRIBA EL PRESENTE O SE INTALEN LOS EQUIPOS CORRESPONDIENTES, LO ULTIMO QUE OCURRA, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA, ESTABLECIENDOSE, QUE ESTA FACULTAD NO PUEDE SER RENUNCIADA O DISPENSADA. EL CLIENTE DEVERA NOTIFICAR EN FORMA FEHACIENTE LA RENOVACION A ISS SEGURIDAD ELECTRONICA PONIENDO A DISPOSICION ADEMAS LOS EQUIPOS Y MATERIALES QUE LE HUBIERAN SIDO PROVISTOS. LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN POR LA RENOVACION SERA POR CUENTA EXCLUSIVA DE ISS SEGURIDAD ELECTRONICAQUIEN ADEMAS DEBERA RESTITUIR AL CLIENTE LOS IMPORTES QUE HUBIERA RECIBIDO.
I) El Cliente recibe la totalidad de los equipos y materiales propiedad del prestador en perfectas condiciones de uso y en carácter de comodato durante la vigencia del presente contrato, obligándose a restituirlos y permitir que personal de ISS SEGURIDAD ELECTRONICA proceda retirar los mismos concluida la vigencia o al serle requeridos en un plazo máximo que no exceda xx xxxx (10) días corridos. En caso de que transcurrido dicho plazo (10 días), el cliente no hubiera devuelto los equipos y materiales se procederá a debitar en forma automática el costo de los mismos fijándose como valor de lo proveído la suma de dólares estadounidenses (u$s _) equivalente en pesos ( o la moneda de curso legal que pudiera sustituirla) de acuerdo a la cotización que se halle vigente en el mercado libre de cambios en el país el día anterior a la fecha de realizarse el debito, debiéndose incluir a dicha suma el I.V.A. y/ o cualquier que lo reemplace y/ o pudiera corresponder. El Cliente resultara responsable por el uso indebido, pérdida o deterioro de los equipos y materiales proveídos, incluyendo caso fortuito, de fuerza mayor y/ o hechos de terceros (robo, hurto, daños, etc.)
QUINTA. GARANTIA: Los equipos y materiales utilizados en la prestación determinada por este contrato cuentan con la siguiente garantía:
A) Servicio de Monitoreo de sistema de alarmas: Garantía total de 12 (doce) meses a partir de la contratación del servicio, esto incluye instalación, equipamiento y materiales.
B) Servicio de Monitoreo de Imágenes: Garantía total de 3 (tres) meses a partir de la contratación del servicio, esto incluye instalación, equipamiento y materiales.
Para ambos puntos (a y b) a partir de los periodos establecidos se proveerá de la visita técnica sin cargo, mientras que las reparaciones sustituciones, modificaciones y/ o agregados serán facturados a cargo del cliente.
SEXTA. MODIFICACIONES CONTACTUALES: Para el caso que las autoridades con jurisdicción nacional, provincial, municipal y/ o cualquier otra de carácter obligatorio imponga modificaciones, imposibilidades u alteren las condiciones pactadas para la prestación del servicio, las partes se comprometen
a renegociar de buen fe los términos y condiciones pactadas para adecuarlas a las nuevas disposiciones. Dichas modificaciones deberán ser acordadas exclusivamente por escrito. En los supuestos en que por orden emanada de autoridad competente ISS SEGURIDAD ELECTRONICA se ve obligado a suspender o finalizar o discontinuar la prestación, podrá rescindir automáticamente el presente contrato, sin que por ello las partes puedan reclamarse indemnización alguna por los daños y/ o prejuicio que cualquiera de ella pudieren sufrir.
SEPTIMA. ALCANCES DEL SERVICIO DEL MINITOREO DE SISTEMA DE ALARMAS CON Y SIN IMÁGENES:
A) En caso que la Central de Monitoreo de Alarmas recibiera una alarma proveniente del domicilio donde se presta el servicio al Cliente, ISS SEGURIDAD ELECTRONICA se comunicara con el Cliente o, en caso de no ser contactado el mismo, con las personas que el Cliente designe en el listado de referentes que se detalla el las Condiciones Particulares, con la finalidad de verificar la existencia del evento. EL CLIENTE, AL SER INFORMADO DEL EVENTO, DEBERA HACRSE PRESENTE EN EL DOMICILIO DONDE SE LE PRESTA EL SERVICIO A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE. El cliente podrá desistir del procedimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, comunicando a ISS SEGURIDAD ELECTRONICA su voluntad en tal sentido.
B) Sin prejuicio de lo manifestado en los puntos anteriores, si la comunicación mencionada en el punto a) no pudiera concretarse, o si la contraseña comunicada a ISS SEGURIDAD ELECTRONICA no fuera la correcta, ISS SEGURIDAD ELECTRONICA continuara el procedimiento dando aviso a las Fuerzas de Seguridad y/ o Asistencia correspondientes para su inmediata intervención.
OCTAVA. RESPOSABILIDADES DEL PRESTADOR: ISS SEGURIDAD
ELECTRONICA asume el compromiso de dar estricto cumplimiento a todas las obligaciones pactadas en el presente y establecidas en las Condiciones Particulares que se hallen a su cargo. EL CLIENTE MANIFIESTA EXPRESAMENTE ENTENDER EN TODO SU ALCANCE Y ACEPTAR PLENAMENTE QUE LA PRFESTACION DEL SERVICIO POR PARTE DEL PRESTADOR NO ASEGURA AL CLIENTE LA NO PRODUCCION DE LA TENTATIVA O LA COMISION DE ACTOS DELICTIVOS O DAÑSOS, EN CONCECUENCIA EL PRESTADOR NO SERA RESPONSABLE NI DIRECTA, NI INDIRECTAMENTE, NI SUBSIDIARIAMENTE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS, PERDIDAS O QUEBRANTOS QUE FUERAN ORIGINADOS POR CAUSAS AJENAS A SUS PROPIOS ACTOS O LOS DE SUS DEPENDIENTES POR LOS QUE RESULTE RESPONSABLE O COSAS BAJO SU CONTROL, NO DEBIENDO RESPONDER EN CONSECUENCIA POR LOS HECHOS DAÑOSOS DE TERCEROS PROVENIENTES DE HURTOS, ROBOS, ASALTOS A MANO ARMADA, INCENDIO U OTROS EN GENERAL POR CUALQUIER OTRO HECHO DERIBADO DE CASOS FORTUITOS O FUERZA MAYOR, CULPA DEL CLIENTE, ACTOS U OMISIONES DE TERCEROS POR QUIENES NO DEBA RESPONDER, ECT. ISS SEGURIDAD ELECTRONICATAMPOCO GARANTIZA LA CONCECUENCIA E INTERVENCION DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD Y ASISTENCIA AL DOMICILIO ESTABLESIDO EN CASO DE PRODUCIRCE UN SUCESO. LA ACEPTACION DEL SERVICIO QUE SE CONTRATA SOLO IMPLICA UN