Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN, IDENTIDAD GRÁFICA Y PRODUCCIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL XX XXXXXXXXX, 2019
I. ASPECTOS GENERALES Y CONFIGURACIÓN DEL CONTRATO
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El presente documento tiene por objeto establecer las condiciones a cumplir en la adjudicación y ejecución de los servicios de comunicación, identidad gráfica y producción del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx 2019.
El objeto del contrato incluirá las siguientes prestaciones, las cuales se llevarán a cabo previa solicitud de la Dirección del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx:
1.- Diseño de la imagen gráfica para la edición del Festival en año 2019, que deberá ser original y relacionada con el contenido de la actividad a desarrollar por el FIS. Los diseños deberán ser de creación propia, no pudiendo utilizarse imágenes ajenas aún en el caso de encontrarse libres de derechos.
2.- Aplicación de la imagen a la identidad gráfica, y producción de los materiales necesarios en la 68 edición que incluye: publicidad gráfica, publicidad exterior, publicidad impresa, publicidad on-line, grafismos web y redes sociales, programa general formato pequeño 36 páginas, programa general 40 páginas, encarte, cartel general, carteles xx Xxxxxx Históricos, cartel info El Corte Inglés, Programas de mano Xxxxxx Históricos, programas de mano Xxxxxxx Festivales, Mupis circuito local, carteles y flyers de los talleres de música, xxxxxxxx xxx Xxxxxxx del Este (vinilos), panel rueda de prensa, lona exterior xxx Xxxxxxx en lateral Náutica, banderas promoflag, vinilos Xxxxx Xxxxxxxx, enrollable roll-up, newsletter y publicidad TUS (según características señaladas en anexo A)
La identidad gráfica, su aplicación y, en su caso, la producción en los materiales que a continuación se detallan en el anexo A lo son a modo exclusivamente orientativo, sin que la adjudicación implique que será requerida o contratada la totalidad de las unidades, soportes y elementos que conforman el objeto del contrato, facturándose por los servicios y bienes finalmente solicitados.
La adjudicación del contrato supondrá la cesión de los derechos correspondientes al diseño o imagen elegida, de entre las propuestas en favor del FIS con carácter indefinido, cesión que se efectuará con carácter exclusivo.
El contenido concreto de las prestaciones se incluye en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin perjuicio de entender incluidas todas aquellas que resulten necesarias para poder ejecutar los servicios objeto de licitación.
CPV (referencia de nomenclatura): CPC 871(Servicios de publicidad) y CPC 88442 (Servicios editoriales y de imprenta).
2. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE CONTRATAR
La necesidad de la contratación de los servicios objeto del presente pliego deriva de la ausencia de servicios o personal en la entidad con capacidad, habilidad y experiencia necesaria para crear, diseñar y desarrollar la imagen corporativa.
El presente contrato se encuentra sujeto a las previsiones contenidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE u 2014/24/UE, de 26 de febrero.
Atendiendo a su cuantía y valor estimado, el mismo no se encuentra sujeto a regulación armonizada, empleándose para la selección del contratista el procedimiento restringido que, dado su objeto, se desarrolla en el art. 160 y ss de la Ley 9/2017. La utilización del modelo de contratación restringida viene motivada por el componente artístico que conlleva su objeto: diseño susceptible de configurar la imagen del FIS en la 68 edición del mismo.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 161 de la Ley 9/2017, la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante se efectúa con una antelación mínima equivalente al plazo fijado para la presentación de las solicitudes de participación.
3. DURACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución del contrato será para la campaña de promoción de la 68 edición del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx, año 2019, tendrá una duración de UN AÑO contando a partir de la firma del contrato, prorrogándose automáticamente por periodos de UN AÑO, con un máximo de CUATRO AÑOS, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes con una antelación mínima de TRES MESES a la fecha de duración señalada o de cualquiera de sus prórrogas
4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El presupuesto base de licitación será de 50.000€, más el 21% de IVA correspondiente, presupuesto que podrá ser mejorado por los licitadores.
A los efectos previstos en el artículo 100.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, también LCSP), el referido presupuesto se desglosa del siguiente modo:
- Costes de personal: 10.000€
- Otros costes directos: 5.000€
- Costes indirectos: 30.000€
- Otros eventuales gastos: 5.000€
El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 101 del Texto Refundido de la LCSP, para un periodo máximo de 4 años es de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000€), IVA no incluido.
5. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso, en la aplicación presupuestaria de la entidad.
6. RÉGIMEN DE PAGOS
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad de la o las correspondientes facturas en el plazo de 30 días desde su presentación, pudiéndose facturar parcialmente los servicios a medida que sean efectivamente prestados.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios, de conformidad con el artículo 103.1 de la
LCSP.
8. GARANTÍAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía equivalente al 5 % del importe de adjudicación, excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será el de 10 días tras la adjudicación, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 108 de la LCSP. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, la entidad no efectuará la adjudicación a su favor.
La devolución o cancelación de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR. SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA y SOLVENCIA PROFESIONAL
Clasificación del empresario sustitutiva de la acreditación de la solvencia económica y técnica
La solvencia económica y técnica del empresario quedará acreditada por la clasificación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas correspondiente a las nomenclaturas del contrato.
La solvencia profesional que habrá de acompañar la solicitud de participación se efectuará mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
10. DECLARACION DE NO FRACCIONAMIENTO.
A la fecha de inicio de este expediente no se conocen otras necesidades de características o especificaciones similares que pudieran ser objeto del presente contrato, por lo que se considera justificado el no fraccionamiento del mismo.
Se considera igualmente que se contemple en un único lote la ejecución de este contrato ya que se refiere a un servicio de imagen que incluye la utilización de la misma en los diferentes elementos de difusión que conforman su objeto.
11. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES
Todas las notificaciones y comunicaciones relativas a este expediente se realizarán de forma electrónica, siguiendo para ello el siguiente proceso:
1º) Puesta a disposición del destinatario.
2º) Acceso al contenido de la notificación o comunicación.
Los plazos comenzarán a contar desde el aviso de notificación (si el acto objeto de la notificación se publica el mismo día en el perfil de contratante), o desde la recepción de la notificación (si el acto no se publica el mismo día en el perfil de contratante).
Transcurridos diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación, si el destinatario no la acepta o la rechaza, se considerará expirada y se dará por cumplido formalmente el trámite de notificación.
El solicitante designará una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones, que deberá ser habilitada de conformidad con lo dispuesto en la DA 15 de la LCSP, habiendo optado el órgano de contratación por realizar las comunicaciones mediante este sistema.
A efectos de presentación de solicitudes, propuestas y otra documentación se señalan las oficinas del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx, en xxxxx Xxxxxx x/x, Xxxxxxxxx (Xxxxxx).
12. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, posean la necesaria solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 71 de la LCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 19.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra alguna de sus personas miembros, deberá justificar documentalmente que está facultada para ello. Tanto en uno como en otro caso, a la persona representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Dichas personas deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- Dependientes de un juicio de valor:
2.- De apreciación económica: La oferta económica.
De los citados criterios, el dependiente del juicio de valor, que se valorará previamente a los de apreciación automática, se vincula al diseño e imagen ofertada, valorándose en conjunto su vinculación o
relación con la actividad del FIS, su potencial impacto frente a sus destinatarios y su adecuación para proyectar la imagen y actividades de la entidad.
i.- Diseño gráfico, originalidad e imagen. ii.- Vinculación a la actividad del FIS.
iii.- Versatilidad y facilidad para realizar adaptaciones a las diferentes piezas y soportes.
La mejor propuesta se valorará en 51 puntos, la segunda en 31 puntos, la tercera en 21 puntos y las restantes en 11 puntos.
El de apreciación automática, se valorará conforme a la siguiente fórmula: La mejor oferta 49 puntos, la segunda 39 puntos, la tercera 29 puntos y los restantes 19 puntos.
La valoración de los criterios dependientes de un juicio de valor se realizará por la mesa de contratación, pudiendo solicitarse auxilio a un experto o comité de expertos.
El carácter anormalmente bajo de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en los artículos 85 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
14. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
- Presidencia: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
- 3 vocales: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx e Xxxxxx Xxxx Xxxxx
- Secretario de la Mesa: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
- Suplentes: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx y Xx Xxxx Xxxxxxxx Xxxx
15. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN, ACCESO A LOS PLIEGOS Y CARACTERÍSTICAS DE LA PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCEDIMIENTO
La presente licitación será anunciada en el perfil de contratante del FIS, alojado en la Plataforma de Contratación Pública de Cantabria.
El acceso al perfil de contratante se podrá llevar a cabo a través de la dirección xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los candidatos y licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de solicitudes de participación o de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos 12 días antes del vencimiento del plazo de recepción correspondiente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 136.2 y 3 de la LCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta in situ de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de las solicitudes de participación o de las proposiciones se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
En el presente procedimiento de licitación, atendiendo al objeto del contrato y a tenor de lo dispuesto en la Disposición Adicional 15.3 d) de la LCSP para los supuestos que exijan aportación de soportes físicos o modelos, las solicitudes o proposiciones, las solicitudes y propuestas se presentarán en las instalaciones del FIS, calle Xxxxxx s/x xx Xxxxxxxxx.
Las proposiciones deberán ajustarse a lo previsto en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y su presentación supone, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad ni reserva alguna, así como la autorización a la Mesa y al Órgano de Contratación para consultar los datos obrantes en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de Cantabria.
Cada licitador no podrá presentar más de una solicitud de participación y hasta tres proposiciones gráficas, sin perjuicio de la admisión de variantes. Tampoco podrá suscribir propuesta alguna en unión temporal de empresas si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y proposiciones suscritas por el licitador.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente en materia de acceso a la información pública y de las disposiciones de la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, estos podrán designar, como confidencial, parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial la relativa a secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales. El FIS no podrá divulgar esta información sin consentimiento del respectivo licitador.
16. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
Tratándose de un contrato no sujeto a regulación armonizada las solicitudes deberán presentarse en la sede del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx, C/Xxxxxx s/n en Santander, durante el plazo de 15 días naturales contado a partir del siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de licitación, y hasta las 13:00 horas del último día del plazo señalado.
Las solicitudes de participación se deberán presentar en un sobre electrónico, titulado «SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO», que irá firmado por el licitador o persona que lo represente y contendrá los siguientes documentos:
a) Una solicitud firmada por el candidato o persona que le represente redactada conforme al modelo establecido en el Anexo I.
b) Declaración responsable del licitador.
En esta declaración el licitador indicará que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, así como los requisitos para acceder al contrato establecidos en este pliego, y en especial su solvencia. La declaración se ajustará al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), para cuya cumplimentación se pueden seguir las instrucciones que aparecen en el Anexo II de este pliego.
No obstante, el Órgano o la Mesa de Contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones referidas en este pliego para ser adjudicatario del contrato.
c) En el caso de operadores económicos que concurran en unión temporal de empresas (UTE), cada uno de los integrantes deberá aportar su propia Declaración responsable. Igualmente, deberán aportar el compromiso de constituir formalmente la UTE caso de resultar
adjudicatarios del contrato, y deberán especificar los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos en dicha UTE.
d) En los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, el licitador se base en la solvencia y medios de otras entidades, cada una de ellas también deberá presentar una Declaración responsable.
e) Designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia exigidos en la Ley y en este pliego será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
17. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
La Mesa de Contratación llevará a cabo la apertura de las solicitudes de participación y examinará la documentación en ellas incluida. En aplicación del artículo 141.2 de la LCSP, si observase defectos subsanables en los documentos presentados, lo comunicará a los licitadores afectados, concediéndoles un plazo de tres días naturales para que puedan subsanar tales defectos.
Además, las solicitudes de subsanación que se comuniquen a los licitadores se anunciarán también en el perfil de contratante.
Posteriormente, una vez comprobada la personalidad, la capacidad y la solvencia de los solicitantes con arreglo a lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la Mesa de Contratación seleccionará a los que deban pasar a la siguiente fase.
18. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
En el plazo de 15 días naturales, a contar desde la comunicación a través del Perfil del Contratante y de la dirección de correo electrónico de la invitación a tal efecto, los licitadores deberán presentar en la sede del Festival Internacional xx Xxxxxxxxx dos sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente, y con el contenido que, para cada uno de ellos, se especifica a continuación.
SOBRE «A». - «CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIO DE VALOR»
Este sobre contendrá los documentos referidos a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, señalados en la cláusula 13 de este pliego.
En el mismo se incluirá en soporte físico las propuestas de imagen gráfica (hasta un máximo de tres) para la edición del Festival para el año 2019 cuyas dimensiones no podrán exceder los 50cm x 30 cm.
SOBRE «B». - «CRITERIOS DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA»
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al modelo incorporado en el Anexo III.
b) Relación de precios unitarios, en su caso.
c) Los referidos a los demás criterios de apreciación automática señalados en la cláusula 13 de este pliego.
19. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, Y VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: 1º. APERTURA DEL SOBRE «A»
La documentación presentada en el sobre «A», comprensiva de los criterios que dependen de un juicio de valor, será abierta en el lugar, día y hora que se publique en el perfil de contratante, al menos con 48 horas de antelación. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación la Mesa concederá para efectuarla un plazo máximo de seis días hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2º. APERTURA DEL SOBRE «B»
Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre «A», la Mesa de Contratación llevará a cabo la apertura del sobre «B», en el lugar, día y hora que se anuncie en el perfil de contratante. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación, la Mesa concederá, asimismo, para efectuarla un plazo máximo de seis días hábiles, en aplicación, por analogía, del artículo 27 del citado RD 817/2009.
En este acto se dará a conocer la valoración asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en cada oferta.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa de Contratación procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y, tras las actuaciones que correspondan, elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación.
La propuesta de adjudicación del contrato no creará derecho alguno a favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, frente a la entidad, mientras no se haya formalizado el contrato.
Al amparo de lo previsto en el artículo 149 de la LCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas anormalmente bajas, la declaración del carácter anormalmente bajo de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En este caso, el Órgano de Contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la oferta más ventajosa que se estime pueda ser cumplida a satisfacción de la entidad.
Si por el contrario el Órgano de Contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de bajas anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente mediante las correspondientes actas que deberán extenderse necesariamente.
3º. REQUERIMIENTO AL PRIMER CLASIFICADO.
Realizadas las actuaciones anteriores, los servicios de contratación requerirán al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, realice las actuaciones o aporte los documentos que se señalan a continuación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una Declaración responsable o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Acreditación de estar dado de alta en el IAE, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del IAE, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
d) Acreditación de la solvencia por alguna de las dos opciones siguientes, a elección del licitador:
- Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los medios establecidos en los artículos 87 y 90, de la LCSP.
Solvencia económica y financiera:
Se acreditará mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos empresariales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 87 de la Ley 9/2017.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Solvencia técnica o profesional:
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización del trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de contrato, avalados en su caso por certificado de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.
Habilitación profesional:
Los licitadores deberán estar habilitados para el ejercicio profesional de la actividad objeto del presente contrato, estando de alta en los correspondientes regímenes fiscales y de Seguridad Social, así como respecto al resto de autorizaciones administrativas que pudieran resultar exigibles para el ejercicio de la actividad.
La acreditación de la solvencia se complementará, además, con la obligación de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes, que los licitadores especifiquen en sus ofertas.
Se consideran suficientes los señalados, a este respecto, en el pliego de prescripciones técnicas. La adscripción de estos medios al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el artículo 76.2 de la LCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el artículo 211.1.f). Esta circunstancia se acreditará directamente, aun cuando los licitadores aporten la certificación de algún Registro Oficial o la certificación comunitaria referidas en esta misma cláusula.
e) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
f) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
g) Acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al Órgano de Contratación para obtenerla de forma directa.
h) Acreditación de haber constituido la garantía definitiva.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y d) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de Cantabria, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 96 y 97 de la LCSP. Los certificados mencionados en este apartado podrán ser expedidos electrónicamente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, y se procederá en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Si la documentación presentada tras el requerimiento referido en este apartado adoleciese de defectos subsanables, se concederá un plazo de tres días naturales para su subsanación, lo que se comunicará directamente al licitador, y será también anunciado en el perfil de contratante del FIS.
20. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la mejor oferta, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida al primer clasificado, en aplicación de lo preceptuado por el artículo 150.3 de la LCSP.
La adjudicación será notificada a todos los licitadores y se publicará en el perfil de contratante de esta Institución.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento privado que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, y dicho documento constituirá título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, en cuyo caso correrán de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá comparecer en esta entidad para formalizar el contrato en documento administrativo.
21. DECISIÓN DE NO CELEBRAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 152 de la LCSP, el Órgano de Contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, podrá adoptar la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato. También podrá desistir del procedimiento cuando aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las normas reguladoras del procedimiento de adjudicación.
Tanto la decisión de no celebrar el contrato como el desistimiento del procedimiento deberán llevarse a cabo antes de la formalización del contrato, y de acuerdo con los requisitos establecidos en el referido artículo.
II. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
22. RÉGIMEN GENERAL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista; con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente; y bajo la dirección, inspección y control del FIS quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la entidad podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en su ejecución.
23. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como al de las condiciones salariales conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, todo ello con respecto al personal que emplee en los servicios objeto de este contrato. La entidad quedará exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
24. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
25. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La entidad podrá modificar el contrato por razones de interés público, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas expresamente en el artículo 205 de la LCSP, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 203, 206 y 207 de la misma Ley y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
26. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la LO 3/2018, así como las derivadas de la disposición adicional vigesimoquinta de la LCSP en relación con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
27. RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
La recepción del servicio se irá efectuando provisionalmente a medida que se ejecuten y pongan a disposición del FIS los diferentes servicios que conforma su objeto, efectuándose la recepción definitiva en todo caso dentro del mes siguiente al que se haga la última entrega de los servicios contratados.
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
28. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A. Incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato
Si el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, el FIS podrá optar indistintamente por su resolución, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,60 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato, IVA excluido.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por ciento del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a su resolución o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B. Incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones
Cuando el contratista, por causas que le fueren imputables, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la entidad podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por ciento del precio total del contrato.
C. Cumplimiento defectuoso
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la entidad podrá imponer penalidades por cuantía cada una de ellas no superior al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido; y sin que el total de dichas penalizaciones pueda superar el 50 por ciento del precio convenido.
D. Incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral
En caso de incumplimiento de las obligaciones del contratista en materia medioambiental, social o laboral, en especial los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, la entidad, en aplicación de lo previsto en el artículo 201 de la LCSP, podrá imponer penalidades por cuantía cada una de ellas no superior al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido; y sin que el total de dichas penalizaciones pueda superar el 50 por ciento del precio convenido.
E. Incumplimiento de las obligaciones con los subcontratistas
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 217 de la LCSP, en caso de incumplimiento del contratista de sus obligaciones con los subcontratistas, la entidad podrá imponer penalidades por cuantía cada una de ellas no superior al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, y sin que el total de dichas penalizaciones pueda superar el 50 por ciento del precio convenido.
F. Incumplimiento de las obligaciones de subrogación de trabajadores
En caso de incumplimiento, por el contratista, de sus obligaciones en materia de subrogación de los trabajadores afectados por el servicio objeto del contrato, la entidad, en aplicación de lo previsto en el artículo 130.4 de la LCSP, podrá imponer penalidades por cuantía cada una de ellas no superior al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, y sin que el total de estas pueda superar el 50 por ciento del precio convenido.
29. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de servicios las establecidas en los artículos 211 y 313 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
30. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que:
a) las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato,
b) de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado,
c) la cesión no suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un elemento esencial del contrato, y
d) la cesión se realice de acuerdo con los requisitos y exigencias recogidos en el artículo 214.2 de la LCSP.
31. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá subcontratar con terceros la realización parcial de la prestación. En todo caso, dicha subcontratación, estará sometida al cumplimiento de los requisitos de los artículos 215 y 216 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
III. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
32. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El presente contrato está sometido a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), teniendo carácter privado, rigiéndose por lo dispuesto en el Título I del Libro Tercero de la LCSP, en cuanto a su preparación y adjudicación. En cuanto a sus efectos y extinción, le serán aplicables las normas de derecho privado y aquellas a las que se refiere el párrafo primero del artículo 319 de la LCSP en materia medioambiental, social o laboral, de condiciones especiales de ejecución, de modificación del contrato, de cesión y subcontratación, de racionalización técnica de la contratación; igualmente, será aplicable la causa de resolución del contrato referida a la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205 LCSP.
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter civil, y se regirá por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña.
33. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción ordinaria.
Contra el acuerdo de adjudicación podrá interponerse con carácter potestativo recurso especial en materia de contratación en el plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el propio FIS, ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales o ante los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.
En Santander, a 26 de febrero de 2019
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
D/Xx ................................................, con domicilio en .........................................………………., CP ,
DNI nº .............................., teléfono……...................., e-mail.............................................., en nombre
propio (o en representación de .........................................., con domicilio en ,
CP .................., teléfono , y DNI o NIF (según se trate de persona física
o jurídica) nº ......................................), enterado del procedimiento convocado por el FESTIVAL INTERNACIONAL XX XXXXXXXXX, que tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE COMUNICACIÓN, IDENTIDAD GRÁFICA Y PRODUCCIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL XX XXXXXXXXX,
2019 solicito ser admitido a la licitación e invitado a presentar proposición, en base a los requisitos objetivos y de solvencia exigidos para la admisión en dicho procedimiento, cuyo cumplimiento podré acreditar.
En ...................., a ................. de ................... de 20....
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PARA CONTRATAR
INCORPORAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC), PARA CUYA CUMPLIMENTACIÓN SE DEBERÁN SEGUIR LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES
Para poder cumplimentar el Anexo referido a la Declaración responsable mediante el modelo normalizado Documento Europeo Único de Contratación se deberá seguir los siguientes pasos:
1.- Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml que se encuentra disponible en la Plataforma de Contratación del Sector Público - pestaña anexos de la presente licitación.
2.- Abrir el siguiente enlace: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx 3.- Seleccionar el idioma «español».
4.- Seleccionar la opción «soy un operador económico». 5.- Seleccionar la opción «importar un DEUC».
6.- Cargar el fichero DEUC.xml previamente descargado en el equipo (paso 1). 7.- Seleccionar el país y pinchar «siguiente».
8.- Cumplimentar los apartados del DEUC correspondientes. 9.- Imprimir y firmar el documento.
10.- Este documento debidamente cumplimentado y firmado se deberá presentar junto con el resto de la documentación de la licitación, de acuerdo con lo establecido en los pliegos que rigen la convocatoria y dentro del plazo fijado en la misma.
11.- En caso de que se trate de un contrato con varios lotes, deberá cumplimentar una declaración para cada lote por el que licite.
12.- Cuando se concurra a la licitación agrupado en una UTE, se deberá cumplimentar un documento por cada una de las empresas que constituyan la UTE.
13.- En caso de que el licitador acredite la solvencia necesaria para celebrar el contrato basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que se tenga respecto a ellas, se deberá cumplimentar un documento por la empresa licitadora y otro por la empresa cuyos medios se adscriben.
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx ........................................................., con domicilio en ..............................................., CP ,
DNI nº ....................................., teléfono ....................................., e-mail ,
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
..................................................... con domicilio en ....................................................., CP ,
teléfono ........................................., y DNI o NIF (según se trate de persona física o jurídica) nº
........................................, enterado del procedimiento convocado por FESTIVAL INTERNACIONAL XX XXXXXXXXX, para la contratación del SERVICIO DE COMUNICACIÓN, IDENTIDAD GRÁFICA Y PRODUCCIÓN DEL FESTIVAL INTERNACIONAL XX XXXXXXXXX, 2019,
DECLARO
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de .....................................€, más €,
correspondientes al ................ % de IVA, y en el plazo de ............................, y deberán entenderse comprendidos en el precio referido todos los conceptos, incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En .................................., a ........... de ........................ de 20.....