Instituto Mexicano del Seguro Social
Instituto Mexicano del Seguro Social
Dirección de Administración Unidad de Adquisiciones e Infraestructura
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística.
Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
Convocatoria
Licitación Pública Nacional Electrónica Número LA-050GYR019-E122-2021
Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y UMAE
del Instituto Mexicano del Seguro Social, para el ejercicio fiscal 2021
ÍNDICE
1.- IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA (LPN). 5
1.1.- Datos de identificación 5
1.2.- Medio y carácter del procedimiento 5
1.3.- Número de identificación de la LPN asignado por CompraNet 5
1.4.- Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación 5
1.6.- Disponibilidad presupuestaria 6
2.- OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN. 6
2.1.- Objeto de la contratación 6
2.2.- Agrupación de Partidas 6
2.3.- Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Internacionales, Referencia o
2.4.- Cantidades a contratar 9
3.- FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA 10
3.1.- Fecha, hora y lugar para los actos de la licitación pública nacional electrónica 10
3.2.- Recepción de proposiciones 11
3.2.1.- Proposiciones conjuntas 11
3.2.3.- Acreditamiento de existencia legal 13
3.3.- Acto de fallo y firma de contrato 13
4. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR. 16
4.1.3.1 Escrito de facultades 17
4.1.3.2 Escrito de nacionalidad mexicana 17
4.1.3.4 Escrito de no impedimento 17
4.1.3.5 Declaración de integridad 17
4.1.3.6 Escrito de estratificación 17
4.1.3.7 Escrito relativo a las proposiciones vía CompraNet 18
4.2 Causales expresas de desechamiento 18
5. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES 20
5.1 Evaluación de la propuesta técnica 20
5.2 Evaluación de la propuesta económica 20
5.3 Adjudicación de contrato 21
6. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL LICITANTE 21
8. FORMATOS QUE FACILITARÁN Y AGILIZARÁN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES 22
9. INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. 23
ANEXO 1 ANEXO TÉCNICO ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
ANEXO 2 TÉRMINOS Y CONDICIONES 30
ANEXO 3.- ESCRITO DE ACREDITACIÓN LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE PARA COMPROMETERSE Y SUSCRIBIR PROPUESTAS. 64
ANEXO 4.- ESCRITO DE NACIONALIDAD MEXICANA 65
ANEXO 5.- ESCRITO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS. 66
ANEXO 6.- ESCRITO DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP 67
ANEXO 7.- DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD 68
ANEXO 8.- ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE MIPYME 69
ANEXO 8 BIS.- INSTRUCTIVO DE LLENADO PARA EL ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) 70
ANEXO 9.- FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICAL 71
ANEXO 10.- RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR 72
ANEXO 11.- FORMATO INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL 74
ANEXO 12.- INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA Y SOLICITUD DE ACLARACIONES 75
ANEXO 13.- FORMATO DE “SOLICITUD DE ACLARACIONES” 76
ANEXO 14.- MODELO DE CONTRATO. 77
ANEXO 15.- MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA 99
ANEXO 16.- ESCRITO DE NO CONFLICTO DE INTERÉS 103
ESCRITO DE MANIFIESTACIÓN QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO O, EN SU CASO, QUE A PESAR DE DESEMPEÑARLO, CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CORRESPONDIENTE NO SE ACTUALIZA UN CONFLICTO DE INTERÉS 103
ANEXO 17.- GLOSARIO 105
En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con los artículos, 3 fracción IX, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 28 fracción I, 45, 46 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), los relativos de su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, se convoca a las personas físicas x xxxxxxx de nacionalidad mexicana cuya actividad comercial esté relacionada con los servicios a contratar descritos en el Anexo 1 para participar en la presente licitación.
1.- Identificación de la licitación pública nacional electrónica (LPN).
1.1.- Datos de identificación.
Entidad contratante: | Instituto Mexicano del Seguro Social. |
Área contratante: | Unidad de Adquisiciones e Infraestructura Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios. Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos. División de Contratación de Activos y Logística. |
Domicilio: | Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, México. |
Área requirente/técnica: | Coordinación de Conservación y Servicios Generales/ División de Servicios Complementarios |
1.2.- Medio y carácter del procedimiento.
La presente licitación, conforme al medio utilizado es electrónica. Por lo cual los licitantes deberán participar únicamente a través de CompraNet de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 Bis fracción II de la LAASSP, y en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet”, publicado en DOF el 28 xx xxxxx de 2011.
El carácter del presente procedimiento de contratación es nacional. 1.3.- Número de identificación de la LPN asignado por CompraNet. LA-050GYR019-E122-2021.
1.4.- Indicación de los ejercicios fiscales para la contratación.
La presente contratación implicará sólo el ejercicio fiscal 2021.
Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
1.6.- Disponibilidad presupuestaria.
El área requirente del servicio, para cubrir las erogaciones que se deriven de la contratación objeto de la presente licitación, cuenta con el recurso presupuestal para el ejercicio 2021, de conformidad con el dictamen de disponibilidad presupuestal número 0000201999-2021.
La contratación comprenderá el ejercicio fiscal 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
25 de la LAASSP, así como a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad aplicable en la materia.
2.- Objeto y alcance de la licitación.
2.1.- Objeto de la contratación.
Se requiere contratar el Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social, para el ejercicio fiscal 2021.
La descripción amplia y detallada del servicio a contratar se encuentra especificada en el Anexo 1 y Anexo 2 de la presente convocatoria.
Xxxxxxx | XXX | Xxxxxxx XXX | Xxxxxxx XXX | ||
0 | Xxxxxxxx | 0 | Xxx. Xxxxxx Poniente | 3 | Colima |
1 | Chiapas | 2 | Puebla | 3 | Xxxxxxxxxx |
0 | Xxxxxx | 0 | Xxxxxxx | 3 | Nayarit |
1 | Xxxxxxxx Roo | 2 | Tlaxcala | 3 | Sinaloa |
1 | Yucatán | 2 | Xxxxxxxx Xxx | 0 | Xxxxxx |
0 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xx.0 Xxxxxxx | 2 | X. Xxxxx. x Xxxxxxxxx XXX Xxx. | 0 | X. Xxxxxx-Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxx Xxx. |
2 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx XXX Xxx. | 0 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx. | ||
3 | H. de Especialidades No.2 Obregón Son. |
Xxxxxxx | XXX | Xxxxxxx | XXX | Xxxxxxx | XXX |
0 | Xxxx Xxxxxxxxxx | 0 | Xxxxxxxxxxxxxx | 6 | Nivel Central |
4 | Baja California Sur | 5 | Guerrero | 6 | Edo. México Oriente |
4 | Coahuila | 5 | Hidalgo | 6 | Morelos |
4 | Chihuahua | 5 | Jalisco | 6 | D.F. Norte |
4 | Durango | 5 | Michoacán | 6 | D.F. Sur |
4 | Nuevo León | 5 | Querétaro | 6 | X. xx Xxxxx. y Ortopedia. L. Verdes |
4 | Tamaulipas | 5 | San Xxxx Potosí | 6 | X. xx Xxxxx. Xxxxxxxxx de la Xxxxxxx |
4 | X. Xxxxxxxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx. | 0 | Xxxxxxxx Xxxxx | 6 | H. General CMN La Raza |
4 | X. xx Xxxxxx-Xxxx. Xx. 00 Xxx X.X. | 0 | Xxxxxxxxx | 6 | H. de Gineco-Obst. No.3 CMN La Raza |
4 | X. xx Xxxxx. y Ortopedia No. 21 Mty N.L. | 5 | H. de Pediatría Oblatos CMN Jal. | 6 | H. de Especialidades CMN La Raza |
4 | H. de Especialidades No. 25 Mty N.L | 5 | H. Gineco-Obst. Oblatos CMN Jal. | 6 | Admon. Áreas Comunes La Raza |
4 | H. de Cardiología No. 34 Mty N.L | 5 | H. de Especialidades Oblatos CMN Jal. | 6 | H. de Pediatría CMN Siglo XXI |
5 | H. de Especialidades No.14 Ver. | 6 | H. de Oncología CMN Siglo XXI | ||
6 | H. Gineco-Obst. No.4 Xxxx Xxxxxxxxx | ||||
6 | H. de Cardiología CMN Siglo XXI. | ||||
6 | H. de Especialidades CMN Siglo XXI |
2.3.- Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Internacionales, Referencia o Especificaciones.
El Suministro de oxígeno medicinal hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de los OOAD y UMAE del Instituto, se realizará en cumplimiento a las siguientes Normas:
NORMA | DESCRIPCIÓN |
NOM-003-SCT/2008 | Características de las etiquetas de envase y embalajes, destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosos. |
NOM-072-SSA1-2012 | Etiquetado de medicamentos y xx xxxxxxxx herbolarios. |
NOM-004-SCT/2008 | Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. |
NOM-005-SCT/2008 | Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. |
NOM-005-STPS-1998 | Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. |
NOM-007-SCT2/2010 | Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de substancias peligrosas. |
NOM-016-SSA3-2012 | Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. |
NOM-020-STPS-2011 | Recipientes sujetos a presión y calderas funcionamiento – condiciones de seguridad. |
NOM-059-SSA1-2015 | Buenas prácticas de fabricación de medicamentos. |
“Las Normas Mexicanas, constituirán referencia para determinar la calidad de los productos y servicios de que se trate, particularmente para la protección y orientación de los consumidores. Dichas normas en ningún caso podrán contener especificaciones inferiores a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas.”
Por lo que también se deberá observar el cumplimiento de las siguientes Normas Mexicanas:
NORMAS MEXICANAS | DESCRIPCIÓN |
NMX-H-156-NORMEX-2010 | Gases comprimidos-recalificación de envases que contengan gases comprimidos, licuados y disueltos.-requisitos de seguridad para su uso, manejo, llenado y transporte-especificaciones y métodos de prueba. |
NMX-K-361-NORMEX-2017 | Oxígeno medicinal para consumo humano (gas a alta presión y líquido criogénico) en envases-especificaciones y requisitos del producto envasado, métodos de ensayo (prueba), análisis de laboratorio y criterios de aceptación. |
NMX-K-387-NORMEX-2013 | Nitrógeno líquido criogénico y gas comprimido a alta presión en envases - especificaciones y requisitos de producto envasado - métodos de ensayo (prueba - análisis de laboratorio y criterios de aceptación. |
NMX-H-089-1983 | Recipientes a presión para contener acetileno. |
Tanques criogénicos | |
Argón (líquido criogénico y gas comprimido a alta presión) en envases- especificaciones y requisitos del producto envasado-métodos de ensayo (prueba), -análisis de laboratorio y criterios de aceptación. | |
NMX-K-389-NORMEX-2005 | Métodos de ensayo (prueba) para la determinación del contenido de humedad (H2O) en gases comprimidos, criogénicos y licuados. |
NMX-K-390-NORMEX-2005 | Método de ensayo (prueba) para la determinación de hidrocarburos (como metano) en gases comprimidos, criogénicos y licuados |
NMX-K-663-NORMEX-2017 | Código de colores para envases que contengan gases medicinales comprimidos y licuados |
Cilindros para el transporte de gases comprimidos y licuados. Especificaciones para el diseño y construcción de cilindros xx xxxxx sin soldadura rellenables con gas, de una capacidad desde 0.5 litros hasta 150 litros. | |
NMX-H-9809-2-NORMEX- 2016 | Cilindros para el transporte de gases comprimidos y licuados especificaciones para el diseño y construcción de cilindros xx xxxxx sin soldadura templado y revenido rellenables con gas con resistencia a la tracción igual o superior a los 1 100 mpa |
2.3.1.- Licencias, permisos, registros, certificados o autorizaciones.
Como parte de su propuesta técnica los licitantes deberán presentar la documentación señalada en el Anexo Técnico para la contratación del servicio de suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021.
El Prestador del Servicio adjudicado será responsable ante las autoridades Federales, Estatales, Municipales o de la Ciudad de México para operar el transporte privado de carga especializada en materiales y residuos peligrosos en caminos y puentes de jurisdicción federal.
El Prestador del Servicio es el único responsable de las obligaciones derivadas de los contratos de trabajo con su personal.
El Prestador del Servicio absorberá todas las responsabilidades inherentes en caso de accidente o riesgo de trabajo de alguno de sus empleados, independientemente del lugar en donde ocurra.
Incluidos en el “Anexo 2.- Términos y Condiciones” de la convocatoria
2.3.2.- Folletos, insertos, catálogos.
No Aplica
Se detallan en el Anexo 1.- “Anexo Técnico
El o los contrato(s) derivado del presente procedimiento será Abierto.
En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, el contrato será adjudicado a quien oferte la propuesta económica más baja por partida y será formalizado por xxxxx, por lo que el monto máximo del contrato será el que se cuente en la Suficiencia Presupuestal Total para cada una de las partidas que conforman los OOAD y UMAE mismo que solo será para el ejercicio 2021; siendo el mínimo el 40% del monto correspondiente al máximo.
El presupuesto autorizado a Nivel nacional para el rubro requerido, existen recursos presupuestarios suficientes y disponibles para el Ejercicio 2021 conforme se describe a continuación:
42062423 Oxígeno Hospitalario | FOLIO CDP | MONTO |
Régimen Ordinario | 0000201999– 2021 | $427,892,939.00 |
Por partida completa. Aclarando que cualquier licitante puede ganar más de una partida.
El contrato será adjudicado por partida al licitante, cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios técnicos, legales y económicos de evaluación, de la convocatoria.
(Se elaborara un solo contrato por proveedor por las partidas que le sean adjudicadas).
No se omite señalar que la presente contratación es consolidada hacia el interior del IMSS.
Se xxxxxxx xxxx Xxxxx 00 el modelo de contrato específico que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación pública nacional electrónica, a los cuales estará obligado el licitante que resulte adjudicado.
En caso de discrepancia entre el contenido del contrato y el de la presente convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última.
3.- Forma y términos que regirán los diversos actos de la licitación pública nacional electrónica.
3.1.- Fecha, hora y lugar para los actos de la licitación pública nacional electrónica.
Acto | Fecha | Hora | Lugar |
Junta de Aclaraciones | 22 xx xxxxx de 2021 | 10:00 Horas. | CompraNet |
Presentación y Apertura de Proposiciones. | 2 de julio de 2021 | 10:00 Horas. | |
Acto de Notificación de Fallo. | 9 de julio de 2021. | 12:00 Horas. |
La junta de aclaraciones se llevará a cabo en términos de los artículos 00 Xxx xx xx XXXXXX, 00 x 00 xxx XXXXXXX, por lo que los licitantes que manifiesten su interés en participar en la licitación pública nacional electrónica deberán presentar un escrito, por si o en representación de un tercero, de acuerdo con el Anexo 12 que se adjunta para tal efecto, con el cual serán considerados licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración utilizando para tal caso el Formato de “Solicitud de Aclaraciones” Anexo 13 de la presente convocatoria. Con el objeto de agilizar la junta de aclaraciones se solicita a los licitantes remitir el Anexo 13 en formato Word. Es importante mencionar que los licitantes deberán enviar las solicitudes de aclaración, así como el Anexo 12, a través de CompraNet, en la sección “Mensajes Unidad Compradora/Licitantes” del “Procedimiento de Contratación” a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora programada que se realice la junta de aclaraciones.
Los licitantes que deseen enviar solicitudes de aclaración Anexo 13, las cuales deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona,
El plazo para enviar dichas solicitudes será a partir de la publicación en CompraNet de esta convocatoria y hasta las 10:00 horas del 21 xx xxxxx de 2021.
La convocante procederá a enviar, a través de CompraNet las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas.
3.2.- Recepción de proposiciones.
La presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en términos de los artículos 34 primer párrafo y 35 de la LAASSP, 47, 48, 49 segundo párrafo y 50 del RLAASSP, para lo cual podrán hacer uso de los formatos previstos en el numeral 8. de la presente convocatoria.
Sólo serán consideradas las proposiciones que se reciban por medio de CompraNet en respuesta al requerimiento técnico y económico. El licitante deberá firmar electrónicamente la proposición; para que se considere que la proposición se envió firmada, deberán descargarse los archivos PDF generados por CompraNet y que contienen los datos capturados en la propuesta, sólo esos archivos deberán firmarse utilizando el módulo de firma electrónica de documentos y cargarse en el área correspondiente.
Se comunica que, si alguna empresa participante en dicho procedimiento de contratación le avisa que tiene problemas para firmar electrónicamente las propuestas técnicas/legales y/o económicas, el área de operaciones de CompraNet ha generado una infografía que puede ayudarles a solventar el problema, para ello, compartirles el siguiente enlace:
xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx
La dependencia tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma.
Una vez alcanzada la fecha y hora de inicio del evento de apertura de proposiciones, el licitante no podrá enviar su proposición o modificación de la misma.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión.
3.2.1.- Proposiciones conjuntas.
Conforme al artículo 34 de la LAASSP, los interesados podrán presentar propuestas conjuntas, siempre y cuando éstas cumplan con lo establecido en los artículos 44 y 48 fracción VIII del Reglamento de la LAASSP.
Las personas interesadas podrán agruparse para presentar una propuesta, para tal efecto deberán cubrir los siguientes requisitos.
I) Uno de los integrantes podrá presentar el escrito mediante el cual se manifieste el interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación.
II) Los integrantes deberán celebrar en términos de la legislación aplicable un convenio, en el cual se establezcan con precisión los siguientes aspectos, de conformidad con el Anexo 15, de la presente convocatoria:
a) Nombre, Domicilio y RFC de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las persona xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas,
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación,
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta y con el procedimiento de licitación pública nacional electrónica.
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, en forma solidaria, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la propuesta se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia el inciso II), se presentará con la propuesta y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una propuesta conjunta, el convenio indicado en la fracción II y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la propuesta conjunta o
por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la propuesta conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición en el presente procedimiento de contratación.
3.2.3.- Acreditamiento de existencia legal.
El licitante deberá acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, para lo cual podrá hacer uso del Anexo 3 de la convocatoria.
3.3.- Acto de fallo y firma de contrato.
El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP y su contenido se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que este procedimiento sustituye a la notificación personal. Así también el fallo podrá ser consultado en el portal de compras del IMSS en el apartado “Transparencia” (http.//xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/), o bien en el mural de comunicación ubicado en el piso 5 del inmueble en la Calle Durango número 291, Colonia Roma Norte, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el Anexo 14 de la presente Convocatoria, a mas tardar el 24 de julio de 2021, en la División de Contratos, ubicada en la Xxxxx Xxxxxxx Xxx. 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, México.
En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante.
Asimismo, deberá anexar a su proposición sin que esto sea motivo de desechamiento así como también de manera previa a la firma del contrato el (los) licitante (s) deberá (n) presentar los siguientes documentos:
3.3.1 Persona moral:
a. Acta constitutiva y, en su caso, sus respectivas modificaciones.
b. Poder notarial del representante legal que firmará el contrato.
3.3.2 Persona física:
a. Acta de nacimiento o carta de naturalización.
3.3.3 Para ambos:
a) Identificación oficial vigente y con fotografía del representante legal.
b) Cédula de Registro Federal de Contribuyentes.
c) Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.
d) En su caso, escrito de estratificación de empresa en términos del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
e) Escrito en términos del artículo 50 y 60 de la LAASSP.
f) Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el SAT vigente a la firma del contrato, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
g) Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social vigente a la firma del contrato emitida por el IMSS, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.260220/64.P.DIR publicado en el DOF el 30 xx xxxxx de 2020.
h) Escrito bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. (Ley General de Responsabilidades Administrativas DOF 18-07-2016). Anexo 16
i) Constancia vigente de situación fiscal emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en los términos establecidos por las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx del 2017.
En caso de que el licitante:
a) No se encuentre registrado ante este instituto o;
b) Cuente con Registro Patronal pero se encuentre dado de baja o;
c) No tenga personal que sea sujeto de aseguramiento obligatorio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la LSS.
No podrá obtener la citada Opinión, por lo cual dicho licitante podrá dar cumplimiento a tal requerimiento presentando lo siguiente:
I. Documento emitido por este Instituto (resultado de la consulta en el sistema para obtener la Opinión), en el que se haga constar que no se
puede emitir la Opinión de cumplimiento, de conformidad con la Regla Quinta del Anexo único del ACDO.SA1.HCT.260220/64.P.DIR;
II. Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le es posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento en el que conste que no se puede emitir la misma y;
III. En el caso de que el licitante manifieste que presta sus servicios a través de trabajadores subcontratados con un tercero, deberá presentar en tal caso, junto con la documentación citada en los dos párrafos anteriores , la Opinión de cumplimiento de obligaciones del subcontratante, desde luego, vigente y positiva (lo anterior en términos del artículo 15-A d ela LSS).
En caso de que el licitante no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores (outsourcing), deberá presentar dicho contrato, así como escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado debido a tal situación y opinión positiva vigente de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social de la empresa subcontratada emitida por el IMSS.
En caso de que el licitante no cuente con trabajadores, deberá presentar escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado a inscribirse ante el IMSS, por lo que no puede obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
En caso de que el participante forme parte de un grupo comercial y uno de los entes que forma parte del grupo se encarga de administrar la plantilla laboral de todas las empresas que lo conforman, será necesario que exhiba el documento que acredite la subcontratación para situarse en el supuesto del párrafo anterior.
Para los casos de contratos que se formalicen con personas físicas que presten sus servicios por sí mismos y por lo tanto no cuentan con un Registro Patronal ni tengan trabajadores registrados en el Instituto, el particular deberá manifestar mediante escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le es posible obtener la multicitada Opinión, justificando el motivo y anexando el documento (resultado de la solicitud de Opinión que le da el Sistema institucional) en el que conste que no se puede emitir la misma.
En el caso de aquellos patrones (proveedores o contratistas y sus subcontratados) que tengan más de un Registro Patronal ante el Instituto y alguno o más de uno de estos Registros no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las multicitadas obligaciones, no se podrá considerar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones, aun cuando el registro patronal que haya utilizado para el contrato que se trate si se encuentre al corriente en sus pagos, por lo que deberá regularizar todos sus Registros a efecto de poder obtener la Opinión positiva.
En caso de que el participante cuente con trabajadores contratados bajo el régimen de honorarios asimilados a salarios, deberá presentar el(los) contrato(s) con los que acredite el régimen de contratación, así como escrito libre en el que manifieste que no se encuentra obligado a inscribirse ante el IMSS debido a tal situación, por lo que no puede obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
j) En su caso, convenio de participación conjunta.
En caso de que el licitante se encuentre inscrito en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de CompraNet, deberá remitir unicamente la documentación referida en el numeral 3.3.3, incisos: f), g), h), i) y en su caso j).
4. Requisitos que los licitantes deben cumplir.
4.1.1 Propuesta técnica
La propuesta técnica deberá contemplar los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo 1 (Anexo Técnico) y Anexo 2 (Términos y Condiciones) de la presente convocatoria, así como la documentación solicitada en los mismos.
Los licitantes, para la presentación de su propuesta técnica, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en el Anexo 1.- “Anexo Técnico” describiendo en forma amplia y detallada el servicio que esté ofertando, así como lo señalado por el Anexo 2.- “Términos y Condiciones”, lo anterior para que sus proposiciones se declaren solventes técnicamente, cabe señalar que el incumplimiento a cualquiera de los contenidos será causal de desechar la proposición.
4.1.2 Propuesta económica
El licitante deberá presentar su propuesta económica, para lo cual podrá hacer uso del Anexo 9
de la presente Convocatoria.
4.1.3 Documentación legal
El licitante deberá presentar los siguientes documentos, para lo cual podrá hacer uso de los formatos anexos a la presente convocatoria y que también se mencionan a continuación:
Los licitantes, para la presentación de su proposición, deberán presentar los escritos señalados en este numeral, cabe señalar que la falta de presentación de los escritos o manifestaciones bajo
protesta de decir verdad, previstos en la LAASSP o su Reglamento será motivo de desechamiento.
4.1.3.1 Escrito de facultades.
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, de acuerdo con el Anexo 3 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto. Acompañándose de copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta.
4.1.3.2 Escrito de nacionalidad mexicana.
Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana, de acuerdo con el Anexo 4 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.3.3 Escrito de normas.
Escrito en el que manifieste que en caso de resultar adjudicado, los servicios cumplirán con las normas aplicables en la presente convocatoria, de acuerdo con el Anexo 5 que se adjunta para tal efecto. (No Aplica)
4.1.3.4 Escrito de no impedimento.
Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, de acuerdo con el Anexo 6 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.3.5 Declaración de integridad.
Escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo con el Anexo 7 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.3.6 Escrito de estratificación.
En su caso, escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, de acuerdo con el Anexo 8 de la presente convocatoria que se adjunta para tal efecto.
4.1.3.7 Escrito relativo a las proposiciones vía CompraNet.
Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”.
4.2 Causales expresas de desechamiento.
De conformidad con el artículo 29 fracción XV de la LAASSP, será causa de desechamiento:
4.2.1 El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria a la Licitación contenidos en los numerales 4.1.1., 4.1.2. y 4.1.3., que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición.
4.2.2 Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios objeto de la presente convocatoria, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
4.2.3 La falta de presentación de los escritos o manifestaciones bajo protesta de decir verdad, previstos en la LAASSP o su Reglamento que se soliciten como requisito de participación en la presente convocatoria será motivo de desechamiento, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen, conforme al artículo 39 penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP.
4.2.4 Cuando no cotice la totalidad del servicio requerido conforme a los requisitos, condiciones y características solicitadas en la presente Convocatoria.
4.2.5 Que el licitante presente más de una propuesta.
4.2.6 Cuando el precio ofertado resulte no aceptable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 fracción XI, de la LAASSP.
4.2.7 Cuando el precio ofertado resulte no conveniente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 fracción XII, de la LAASSP
4.2.8 Cuando no cotice la totalidad del servicio requerido. En caso de que algún concepto se cotice en $0.00 se tendrá por no cotizado y se considerará que no se cotizó la totalidad del servicio por partida.
4.2.9 Cuando la proposición técnica o económica no cuente con la firma electrónica en el sistema CompraNet, establecida por la Secretaría de la Función Pública como medio de identificación electrónica, es decir, la firma electrónica avanzada que emite el SAT para el cumplimiento de obligaciones fiscales o cuando dicha firma no sea válida. Se considerará como no valida la firma cuando en el resultado de la verificación de firma electrónica en CompraNet se aprecie la leyenda “Archivo con Firma Digital No Valido”.
4.2.10 Cuando la firma de la proposición técnica o económica no sea válida. Se considerará como no valida la firma cuando en el resultado de la verificación de firma electrónica en CompraNet se aprecie la leyenda “Archivo con Firma Digital No Valido”.
4.2.11 Cuando se opte por participación conjunta ésta deberá cumplir cabalmente con lo señalado en el numeral 3.2.1. de esta convocatoria, caso contrario se desechará la proposición.
4.2.12 En el caso de proposiciones conjuntas, no presentar el convenio correspondiente debidamente firmado por todos los integrantes de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 34 de la LAASSP así como el 44 y 48 de su Reglamento.
4.2.13 En el caso de proposiciones conjuntas, que en el mismo, no se establezcan con precisión las partes a que cada persona se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones.
4.2.12 No cumplir con las especificaciones técnicas del Anexo 1 “Anexo Técnico” y Anexo 2
“Términos y Condiciones” .
4.2.13 En caso de que las empresas se encuentren dentro de algunos los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
4.2.14 Cuando no presente alguno de los documentos solicitados en el Anexo 1.- Anexo Técnico y del Anexo 2.- Terminos y Condiciones.
4.2.15 En caso de que los documentos que envíen los licitantes a través de la plataforma CompraNet no sean legibles, imposibilitando el análisis integral de la proposición, y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte la solvencia de la proposición.
4.2.16 Cuando exista discrepancia entre lo ofertado en la propuesta técnica y en la económica, en lo referente a la descripción del servicio o en cualquiera de sus características.
5. Criterios específicos conforme a los cuales se evaluarán las proposiciones.
5.1 Evaluación de la propuesta técnica.
De conformidad con los artículos 36 y 36 Bis fracción I1 de la LAASSP y 51 de su Reglamento; considerando que los servicios a contratar no se incorporan carasteristicas de alta especialidad tecnica o de innovacion tecnologica y no requieren vincular las condiciones que deberán cumplir los proveedores con las características y especificaciones de los servicios a contratar, derivado de que estos, se encuentran estandarizados en el mercado y el factor preponderante que considera para la adjudicación del contrato es el precio más bajo, por lo tanto, la evaluación de las proposiciones se aplicará bajo el criterio Binario.
La propuesta técnica deberá contemplar los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas establecidas en los Anexo 1 “Anexo Técnico” y Anexo 2 “Términos y Condiciones.”
La proposición técnica deberá contar con la Firma electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
5.2 Evaluación de la propuesta económica.
Sólo las proposiciones que resulten solventes técnicamente, serán consideradas para realizar la evaluación legal y económica.
El o los contratos que deriven del presente procedimiento se adjudicaran a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo.
Para la elaboración de la propuesta económica se adjunta el Anexo 9 el cual forma parte de la presente convocatoria.
En caso de que se detecte un error de cálculo en alguna proposición, se podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario.
La proposición económica deberá contar con la Firma Electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, asimismo, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse, en apego al artículo 55 del Reglamento de la LAASSP.
Se verificará si el precio ofertado es aceptable, por no resultar superior en un 10% respecto del que se observa como mediana en la investigación xx xxxxxxx realizada por el Instituto.
El cálculo del precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del precio determinado conforme a la fracción XII del artículo 2 de la Ley.
Se deberá cotizar la totalidad de los servicios requeridos. Se considerará que no se cotizó la totalidad del servicio, cuando algún concepto se cotice en $0.00 ya que éste se tendrá como no cotizado.
El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de las presentes bases y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas, conforme al artículo 36 Bis fracción II de la LAASSP.
En caso de existir empate en dos o más proposiciones, se dará preferencia en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores empresas, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que tenga el carácter de mediana empresa.
De no actualizarse el supuesto anterior se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, de ser posible en presencia del OIC, conforme al artículo 54 del RLAASSP.
6. Relación de documentos que debe presentar el licitante.
En el Anexo 10 de la presente convocatoria se relacionan los documentos que debe presentar cada licitante.
De acuerdo con lo dispuesto en artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad en las oficinas de la SFP ubicadas en Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx o ante el OIC en el IMSS ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
Asimismo, se señala que tales inconformidades podrán presentarse mediante el sistema CompraNet en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxx.xxx.xx. Lo anterior, contra actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento.
Para aclarar dudas en relación a la operación de CompraNet (Presentación de solicitudes de aclaración, envío y firma electrónica de proposiciones, consulta de actas y documentos publicados por la Unidad Compradora, etc.), los licitantes podrán dirigirse a la Secretaría de la Función Pública, ubicada en la Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, demarcación territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx, o al correo xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx o al Centro de Atención Telefónico (CAT): (0000) 0000-0000 de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM (Ciudad de México).
8. Formatos que facilitarán y agilizarán la presentación y recepción de las proposiciones
Número | Descripción |
Anexo 1 | Anexo Técnico |
Anexo 2 | Términos y Condiciones |
Anexo 3 | Escrito de acreditación legal y personalidad jurídica del licitante para comprometerse y suscribir propuestas. |
Anexo 4 | Escrito de nacionalidad mexicana. |
Anexo 5 | Escrito de cumplimiento de Normas. |
Anexo 6 | Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. |
Anexo 7 | Declaración de integridad. |
Anexo 8 | Escrito de estratificación de MIPYME. |
Anexo 8 Bis | Instructivo de llenado Estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (MIPYMES). |
Anexo 9 | Propuesta Económica |
Anexo 10 | Relación de documentos a presentar. |
Anexo 11 | Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante. |
úmero | escripción |
Anexo 12 | Interés en participar en la licitación pública y formato de solicitud de aclaraciones. |
Anexo 13 | Formato de solicitud de aclaraciones |
Anexo 14 | Modelo de Contrato |
Anexo 15 | Modelo de participación xxxxxxxx. |
Xxxxx 00 | Escrito de No Conflcito de Interés |
Anexo 17 | Glosario. |
9. Información reservada y confidencial.
Se hace del conocimiento del licitante, que en términos de lo dispuesto por los artículos los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública deberán indicar si en los documentos que proporcionan al IMSS se contiene información de carácter confidencial o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento por el cual considera que tengan ese carácter, para lo cual se anexa el formato Anexo 11.
ANEXO 1 ANEXO TÉCNICO
Contratación para el suministro de Oxígeno Hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de las Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021.
A). Descripción amplia y detallada del Servicio
Corresponde a la Contratación para el suministro de Oxígeno Hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de las Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada, UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021. Clave CUCOP 25303434.
Características.
La contratación consistirá en el Suministro de Oxígeno Hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de las Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021.
Especificaciones técnicas
El proveedor deberá suministrar el oxígeno, gases medicinales, industriales, así como mezcla de ellos, conforme a las especificaciones establecidas en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) última edición o bien, las características establecidas en el presente Anexo Técnico y que a continuación se detallan:
GAS MEDICINAL | CARACTERÍSTICA |
Oxígeno (O2) | Pureza mínima requerida 99.5 % (v/v) de O2, ≤300 ppm (v/v) CO2, ≤5.0 ppm (v/v) CO, ≤100 ppm (v/v) H2O, 0% de sustancias oxidantes, 0% de halógenos.FEUM |
Nitrógeno (N2) | Pureza mínima requerida 99.5 %(v/v) de N2, ≤300 ppm (v/v) CO2, ≤67 ppm (v/v) H2O, ≤50 ppm (v/v) O2. FEUM |
Helio(He) | Pureza mínima requerida 99.5 %(v/v) de He, ≤50 ppm (v/v) CH4, ≤50 ppm (v/v) O2, ≤67 ppm (v/v) H2O |
Óxido Nítrico (NO) | Pureza mínima requerida 99.0% (v/v) de NO, ≤300 ppm (v/v) N2, ≤400 ppm (v/v) NO2, ≤3000 ppm (v/v) N2O, ≤100 ppm (v/v) H2O. FEUM |
Óxido Nitroso (N2O) | Pureza mínima requerida 99.0 %(v/v) de NO, ≤25 ppm (v/v) NH3, ≤1.0 ppm (v/v) NO, ≤10 ppm (v/v) CO, ≤1.0 ppm (v/v) N2O, ≤1.0 ppm (v/v) NaClO, ≤300 ppm (v/v) CO2, ≤1.0 ppm Aire, ≤100 ppm (v/v) H2O. FEUM |
Dióxido de Carbono/Carbógeno (CO2) | Pureza mínima requerida 99.5% (v/v) de CO2, ≤5.0 ppm (v/v) CO, ≤1.0 ppm (v/v) H2S, ≤2.0 ppm NO/N2O, ≤2.0 ppm SO2, ≤67 ppm (v/v) H2O, ≤25 ppm NH3. FEUM |
Aire Medicinal | Pureza requerida ≥20.4% y ≤ 23.5 % (v/v) de O2, ≤300 ppm (v/v) CO2, ≤1.0 ppm SO2, ≤0.1 mg/m3 Aceite, ≤2.0 ppm NO/N2O, ≤5.0 ppm CO, ≤67 ppm (v/v) H2O. FEUM |
Acetileno (C2H2) | Pureza mínima de 99.60%, < 25 ppm PH3. |
Aire ultra cero/UPC | Impurezas <2,0 ppm de H2O, < 0.1 ppm de hidrocarburos totales, < 1.0 ppm CO, < 1.0 ppm CO2 |
Argón (Ar) | Pureza mínima de 99.95 % (v/v) Ar, < 3 ppm N2, < 2 ppm de H2O, < 1.0 ppm O2, <0.5 ppm de hidrocarburos totales, < 1.0 ppm CO2, < 1 ppm CO. |
Carbógeno/Mezcla Anhídrido Carbónico y Oxígeno (CO2-O2) | Pureza mínima de 99.5%, <5ppm CO, < 60 ppm de H2O, Mezclas de 5% CO2 /95% O2, 10% CO2 /90% O2,25% CO2/75% O2. |
Gas Alto | Mezcla de 10% CO2 y 90% N2 |
Gas Bajo | Mezclas de 5% CO2 / 75% N2 / 20% O2, 5% CO2 / 83% N2 / 12% O2, 5% CO2 / 87% N2 / 8% O2, 5% CO2 / 90% N2 / 5% O2 |
Hexafloururo de azufre / Flagas (F6S) | Pureza mínima de 99.9 % y <10 ppm de H2O |
GAS MEDICINAL | CARACTERÍSTICA |
Hidrógeno Cromatográfico (H) | mínima de 99.90%, < 2.0 ppm Ar, < 0.5 ppm CO2, < 1.0 ppm CO, <5.0 ppm N2, < 0.2 ppm de hidrocarburos totales. |
Mezcla Etoxi Siglo XXI / (C2H4O)+(CO2)Mezcla Etoxi II / (C2H4O)+(CO2) | Mezcla de 20 % de Óxido de Etileno (C2H4O) y 80% de Bióxido de Carbono (CO2). Mezcla de 30 % de Óxido de Etileno (C2H4O) y 70% de Bióxido de Carbono (CO2). |
Mezcla Etoxi X / (C2H4O)+(CO2) | Mezcla de 10 % de Óxido de Etileno (C2H4O) y 90% de Bióxido de Carbono (CO2). |
Mezcla Premix (F-Ar-He) | Mezcla de gas comprimido a alta presión, 0.28 % Flúor (F), 8.3% Argón (Ar), 29.22 % Helio (He), balanceado con Nitrógeno (N2) |
Monóxido de carbono/Gas carbonoso (CO) | Pureza mínima requerida 99.3% CO. |
Oxyfume (C2H4O+HCFC- 124)+(HCFC-22) | Composición de Oxyfume 10% C2H4O (Óxido de Etileno), 63% HCFC-124 (CHClF-CF3Clorotetrafluoretano), 27% HCFC- 22 (CHClF2Clorodifluormetano) |
Perfluoropropano (C3F8) | Pureza mínima de 99%, < 0.1 % aire, < 100 ppm de H2O. |
Los sistemas y tipos de contenedor que instale el proveedor para el otorgamiento del suministro en las centrales de gases de las unidades médicas que así lo requieran, deberán cumplir con los siguientes requerimientos:
Sistema tanque termo estacionario:
➢ Sistema de Gasificación
➢ Sistema de Llenado
➢ Sistema de Seguridad
➢ Sistema de Soporte y fijado a la cimentación
➢ Sistema PER (alivio, presión acumulada y economizador)
➢ Capacidad de almacenamiento
➢ Leyenda que indique el tipo de producto que almacena
➢ Identificación de válvulas
➢ Cuadrángulo de seguridad
➢ Teléfonos de emergencia
➢ Instrumentos de medición plenamente identificados
➢ Identificación de válvulas
➢ Reglas básicas de seguridad, para casos de emergencia
➢ Diagrama de operación
➢ Indicador de nivel
➢ Indicador de presión
➢ Válvulas de seguridad
➢ Válvulas check
➢ Presostatos de alta y baja presión
➢ Válvula múltiple para el cambio de bancada
Sistema Tanque Termo Portátil
➢ Indicador de presión
➢ Indicador de nivel
➢ Anillo de Protección
➢ Válvula (de seguridad, salida de gas, ventilación, presión)
➢ Etiqueta de identificación
➢ Presostatos de alta y baja presión
➢ Válvula múltiple para el cambio de bancada
➢ Válvulas (conectores de acoplamiento) para tanque termo estacionario y tanque termo portátil
Tipo de Gas Criogénico | Válvula fase liquida y venteo | Válvula fase gas |
Oxigeno (O2) | CGA-440 | CGA-540 |
Dióxido de Carbono (CO2) | CGA-622 | CGA-320 |
Óxido Nitroso(N2O) | CGA-624 | CGA-326 |
Nitrógeno (N2) | CGA-295 | CGA-580 |
La tubería, válvulas y accesorios deberán reducir al máximo la pérdida del producto de la conexión de descarga de la pipa, al contenedor fijo y de este a la Unidad Médica”.
El suministro de oxígeno y gases medicinales en cilindros, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
Cilindros:
● Capacidad 6 a 12 m3
Cilindros portátiles:
● Tipo M 3.45 m3
● Tipo D 0.415 m3
● Tipo E 0.682 m3
● Tipo X xx 0 x 00 x0
● Tipo BT de 1 a 2 m3
● Tipo E todo en uno 0.682 m³ (válvula con regulador integrado).
Concentrador de Oxígeno:
● Sistema de flujo de 0-5 l/m
● Catéteres nasales
● Mascarillas
● Sistema Venturi
● Mascarillas con bolsa reservorio
● Mascarillas con reinhalación parcial y sin reinhalación
● Humidificador de burbuja fina
● Niples adaptadores
Mantenimiento a los concentradores de oxígeno
● El Proveedor realizará un mantenimiento preventivo conforme al fabricante a los equipos concentradores de oxígeno, y en su caso, mantenimiento correctivo cuando sea necesario, efectuará la sustitución de los mismos, de acuerdo al manual de mantenimiento de cada uno, sin costo alguno para el Instituto, garantizando la continuidad del servicio otorgando un equipo de remplazo en las Unidades Médicas.
Siendo el proveedor quien acuda a domicilio de la Unidad para la entrega recepción del equipo concentrador. En este sentido, el licitante deberá acompañar en su propuesta técnica, el calendario de mantenimiento preventivo para cada equipo.
Los cilindros de gas comprimido para uso médico, deberán ser identificados con un color de acuerdo al gas que contienen:
Gas Medicinal | Color del Cilindro | Código Pantone |
Oxigeno (O2) | Verde | 575 C |
Dióxido de Carbono (CO2) | Gris | 430 C |
Óxido Nitroso (N2O) | Xxxx Xxxxxx | 2758 C |
Mezclas de Óxido Nítrico (NO) | Azul Turquesa | 3145 X |
Xxxxx (Xx) | Xxxx Xxxxx | 000 X |
Xxxxxxxxx (X0) | Xxxxx | 6 C |
Aire Medicinal | Amarillo | 102 C |
Las válvulas de los cilindros de gas comprimido para uso médico deberán ser las siguientes:
Gas Medicinal | Válvula | Válvula yugo (Contenedores pequeños) |
Oxigeno (O2) | CGA-540 | CGA-870 |
Dióxido de Carbono (CO2) | CGA-320 | CGA-940 |
Óxido Nitroso (N2O) | CGA-326 | CGA-910 |
Mezclas de Óxido Nítrico (NO) | CGA-626 | CGA-973 |
Helio (He) | CGA-580 | CGA-930 |
Nitrógeno (N2) | CGA-580 | CGA-960 |
Aire Medicinal | CGA-346 | CGA-950 |
Los cilindros contenedores de acetileno, deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
● Capacidad volumétrica de hasta 47.500 L
● Capacidad gravimétrica hasta 9.0 kg
● Presión de trabajo máxima 1.96 MPa
● Brida
● Capucha de protección de la válvula
● Base de sustentación
● Válvula CGA 510
B) Normatividad vigente aplicable
El Suministro de oxígeno medicinal hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de los OOAD y UMAE del Instituto, se realizará en cumplimiento a la siguiente normatividad:
NORMATIVIDAD APLICABLE |
● Ley del Impuesto al Valor Agregado. Artículo 2.- A |
● Ley de Infraestructura de la Calidad |
● Reglamento de la Ley de Infraestructura de la Calidad |
● Registro sanitario de COFEPRIS para oxigeno medicinal, nitrógeno, bióxido de carbono. |
● Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos FEUM-Gases Medicinales, última edición. |
NORMA | DESCRIPCIÓN |
NOM-003-SCT/2008 | Características de las etiquetas de envase y embalajes, destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosos. |
NORMA | DESCRIPCIÓN |
NOM-072-SSA1-2012 | Etiquetado de medicamentos y xx xxxxxxxx herbolarios. |
NOM-004-SCT/2008 | Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. |
NOM-005-SCT/2008 | Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. |
NOM-005-STPS-1998 | Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. |
NOM-007-SCT2/2010 | Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de substancias peligrosas. |
NOM-016-SSA3-2012 | Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. |
NOM-020-STPS-2011 | Recipientes sujetos a presión y calderas funcionamiento – condiciones de seguridad. |
NOM-059-SSA1-2015 | Buenas prácticas de fabricación de medicamentos. |
De conformidad con lo establecido en artículo 54 de la Ley de Infraestructura de la Calidad:
“Las Normas Mexicanas, constituirán referencia para determinar la calidad de los productos y servicios de que se trate, particularmente para la protección y orientación de los consumidores. Dichas normas en ningún caso podrán contener especificaciones inferiores a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas.”
Por lo que también se deberá observar el cumplimiento de las siguientes Normas Mexicanas:
ORMAS MEXICANAS | DESCRIPCIÓN |
NMX-H-156-NORMEX-2010 | Gases comprimidos-recalificación de envases que contengan gases comprimidos, licuados y disueltos.-requisitos de seguridad para su uso, manejo, llenado y transporte-especificaciones y métodos de prueba. |
NMX-K-361-NORMEX-2017 | Oxígeno medicinal para consumo humano (gas a alta presión y líquido criogénico) en envases- especificaciones y requisitos del producto envasado, métodos de ensayo (prueba), análisis de laboratorio y criterios de aceptación. |
NMX-K-387-NORMEX-2013 | Nitrógeno líquido criogénico y gas comprimido a alta presión en envases - especificaciones y requisitos de producto envasado - métodos de ensayo (prueba - análisis de laboratorio y criterios de aceptación. |
NMX-H-089-1983 | Recipientes a presión para contener acetileno. |
Tanques criogénicos | |
Argón (líquido criogénico y gas comprimido a alta presión) en envases-especificaciones y requisitos del producto envasado-métodos de ensayo (prueba), -análisis de laboratorio y criterios de aceptación. | |
NMX-K-389-NORMEX-2005 | Métodos de ensayo (prueba) para la determinación del contenido de humedad (H2O) en gases comprimidos, criogénicos y licuados. |
NMX-K-390-NORMEX-2005 | Método de ensayo (prueba) para la determinación de hidrocarburos (como metano) en gases comprimidos, criogénicos y licuados |
NMX-K-663-NORMEX-2017 | Código de colores para envases que contengan gases medicinales comprimidos y licuados |
Cilindros para el transporte de gases comprimidos y licuados. Especificaciones para el diseño y construcción de cilindros xx xxxxx sin soldadura rellenables con gas, de una capacidad desde 0.5 litros hasta 150 litros. | |
NMX-H-9809-2-NORMEX-2016 | Cilindros para el transporte de gases comprimidos y licuados especificaciones para el diseño y construcción de cilindros xx xxxxx sin soldadura templado y revenido rellenables con gas con resistencia a la tracción igual o superior a los 1 100 mpa |
1) El proveedor, deberá contar con personal suficiente capacitado en materia de seguridad de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales; En este sentido, deberá presentar un escrito libre donde manifieste que cuenta con el personal debidamente capacitado así como relación del mismo manifestando que con ese personal cubrirá las necesidades del Instituto, asimismo deberá presentar certificados y/o constancias de capacitación de dicho personal.
2) El proveedor, deberá capacitar al personal de las Unidades Médicas en los OOAD y UMAE en materia de seguridad de gases medicinales e industriales, el cual deberá impartirse por lo menos una vez cada seis meses, dejando constancias firmadas por el capacitador, así como de conformidad por el personal de las Unidades Médicas de haber recibido la capacitación, lo anterior sin costo adicional alguno para el Instituto.
Relación de Anexos
Anexo 1 | Relación de Gases xxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx. |
Xxxxx 0 | Procedimiento para el suministro de O2, N2 y N2O Criogénicos en Tanque Termo. |
ANEXO 1
Relación de Gases a contratar
Oxigeno Medicinal |
OXIGENO MEDICINAL TANQUE TERMO |
OXIGENO MEDICINAL TANQUE TERMO PORTATIL (XXXXX) |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "D" 0.415 m3 |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "E" 0.682 m3 |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "M" 3.45 m3 |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "E" 0.682 m3 TODO EN UNO |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "B" DE 6 a 12 m3 |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO "BT" BT-80 (2m3), BT-40 (1.5m3) BT-20 (1m3). |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS DE 9.5 m3 |
OXIGENO GASEOSO EN CILINDROS TIPO “T” y “K” |
OXIDO NITROSO CILINDROS TIPO “K” |
OXIGENO GASEOSO EN CONCENTRADOR DE 5 LITROS |
Gases de uso Medicinal |
OXIDO NITROSO FEUM |
OXIDO NITROSO FEUM "D", "E", BT-20, BT-40, BT-80 |
AIRE MEDICINAL FEUM |
AIRE MEDICINAL FEUM (GAS) |
MEZCLA ÓXIDO NÍTRICO/ NITRÓGENO (NO) 500ppm |
MEZCLA ÓXIDO NÍTRICO/ NITRÓGENO (NO) 800ppm |
NITROGENO GASEOSO FEUM |
NITROGENO LIQUIDO FEUM PORT 20 LTS |
NITROGENO LIQUIDO FEUM PORT 10 LTS |
NITROGENO LIQUIDO FEUM PORT 25 LTS |
NITROGENO LIQUIDO FEUM PORT 50LTS |
HELIO LIQUIDO |
Gases de uso Quirúrgico |
BIOXIDO DE CARBONO GASEOSO GRADO FEUM |
BIOXIDO DE CARBONO GASEOSO C/SIFÓN |
CARBOGENO(5% CO2 Y 95% OXIGENO) |
CARBOGENO(10% CO2 Y 90% OXIGENO) |
CARBOGENO(25% CO2 Y 75 OXIGENO) |
MEZCLA DE BIOXIDO DE CARBONO 5%, OXIGENO 20% Y NITROGENO 75% |
MEZCLA DE BIOXIDO DE CARBONO 10% Y NITROGENO 90% |
MEZCLA ETOXI 10 (10% OXIDO DE ETILENO/BALANCE CO2) |
MEZCLA ETOXI SIGLO XXI (20% OXIDO DE ETILENO/BALANCE CO2) |
MEZCLA ETOXI II (30% DE OXIDO DE ETILENO/BALANCE CO2) |
MEZCLA CO25% N 83% OXIGENO 12% |
MEZCLA CO2 5% N 87% OXIGENO 8% |
MEZCLA CO2 5% N 90% OXIGENO 5% |
HEXAFLORURORO DE AZUFRE |
HELIO |
PERFLUOROPROPANO |
GAS ESTERILIZANTE MEZCLA CON OXIDO DE ETILENO (OXIFUME O AGASEPTIC) |
GAS MEZCLA BINARIA METANO 2.5% VOL (50% LEL) BALANCE AIRE |
AIRE SINTETICO 99.9998% |
MEZCLA BINARIA MONOXIDO DE CARBONO 100PPM BALANCE NITROGENO |
MEZCLA BINARIA SULFURO DE HIDROGENO 25 PPM BALANCE NITROGENO |
MEZCLA BINARIA ETILENO 100 PPM MOL BALANCE AIRE |
Gases de uso de laboratorio |
HIDROGENO CROMATOGRAFICO |
HIDROGENO 4.5 |
HELIO CROMATOGRAFICO |
NITROGENO CROMATOGRAFICO |
NITROGENO 4.8 |
ARGON CROMATOGRAFICO |
ARGON 4.8 |
ACETILENO IND. GRADO 2.0 |
AIRE ULTRA CERO/UPC |
AIRE EXTRASECO |
Gases de uso Industrial |
BIOXIDO DE CARBONO EXTRA SECO |
ARGON 4.8 DE ALTA PUREZA |
ACETILENO 2.6 ABSORCION ATOMICA |
OXIGENO INDUSTRIAL GRADO 2.5 |
HELIO |
XXXXX XXXX XXXXXX 250 LTS |
XXXXX XXXX XXXXXX 500 LTS |
HELIO ULTRA ALTA PUREZA |
NITROGENO ALTA PUREZA |
NITROGENO INDUSTRIAL |
MEZCLA PREMIX (0.28% F, 8.3% AR, 29.22% He, Bal N2 ) |
Anexo 2
Procedimiento para el suministro de O2, N2 y N2O Criogénicos en Tanque Termo Fijo
1.- La pipa de suministro para la recarga de O2, N2 y N2O criogénicos, se presentará en la Unidad de acuerdo a la solicitud por parte del Jefe de Conservación de la Unidad, cuando el nivel indicado en el tanque termo fijo sea ≤ 35 % de su capacidad.
2.- Se notificará a la oficina de Conservación de la Unidad el arribo de la pipa de suministro para el llenado del tanque termofijo de la Unidad, presentándose el personal asignado de la Unidad para la supervisión del llenado, el cual deberá registrar en la nota de remisión, la fecha y hora de llegada.
3.- Se deberá contar con las condiciones necesarias de seguridad para el proceso de trasvase de la pipa de suministro al tanque termofijo, de lo contrario, se tendrá que consultar con el supervisor del proveedor.
4.- El personal del proveedor tendrá que bloquear las ruedas del vehículo y colocar conos de advertencia.
5.- Únicamente los operadores certificados del proveedor, podrán realizar maniobras de descarga con gases criogénicos.
6.- El operador del proveedor en conjunto con el personal designado de la Unidad Médica revisarán, que el área de maniobras se encuentre libre de cualquier obstrucción que impidan realizar el proceso de llenado de forma segura.
7.- El personal designado de la Unidad Médica constatará los datos del inventario inicial del tanque termo, pipa de suministro y el cumplimiento de los procedimientos de recepción del gas criogénico. Asimismo, el flujometro de la pipa de suministro deberá marcar una lectura de (0) cero, antes y al momento de iniciar la carga del tanque termo fijo.
8.- Se registrará en la nota de remisión el nivel de capacidad en porcentaje (%) y la presión según corresponda (kg/cm2, psi, lb/in2), misma que se mantendrá constante, evitando así una caída o sobre presión del tanque termo fijo.
9.- El operador de la pipa de suministro realizará un primer purgado de la manguera de transferencia para liberar aire o vapor saturado y materiales extraños de las líneas y conexiones.
10.- El operador deberá enfriar la bomba de transferencia antes de iniciar su funcionamiento, verificando la correcta polaridad de la bomba en el tablero eléctrico de la pipa de suministro.
11.-De nuevo se purga la manguera de transferencia, hasta que ésta alcance la temperatura de - 183°C, con lo cual se impide un choque térmico, evitando rupturas en la misma y perdida de gas criogénico.
12.- Alcanzada la temperatura de -183°C, la manguera es conectada al tubo de suministro, donde se abren las válvulas fase gas y fase líquido, permitiendo el llenado del tanque termo fijo, asimismo el contador de la pipa de suministro, inicia el proceso para verificar la cantidad de kg suministrados.
13.- Durante el tiempo de trasvase se deberá estar monitoreando constantemente el nivel del gas criogénico a través de los indicadores de la pipa de suministro y el tanque termo fijo.
El tanque termo deberá ser llenado de acuerdo al porcentaje máximo permisible, mismo que está indicado en la placa técnica ubicada en el tanque termo, ya que se provocaría una sobresaturación de gas en el interior del mismo, una vez suministrado el gas criogénico se deberá parar la bomba, abriendo previamente la válvula de tres vías (trycock) del tanque termo fijo y esperar derrame del exceso deberá recargarse.
14.-Terminado el derrame se deberá cerrar la válvula de tres vías (trycock) del tanque termo fijo y la válvula de entrada a la bomba en la pipa de suministro, asegurándose que las válvulas están cerradas, el operador utilizará agua a temperatura ambiente para descongelar la manguera de suministro, esperando de 10 a 15 minutos para verificar que no existan fugas del gas criogénico y posteriormente desconectar la manguera y guardarla.
15.- El personal asignado por la Unidad en conjunto con el operador del tanque de suministro, deberán tomar la lectura del flujometro antes de apagar el totalizador, así como verificar el nivel final del tanque termo fijo (%), y presión (kg/cm2, psi, lb/in2) asentándolos en la nota de remisión.
16.- Al finalizar, el operador proporcionará copia de la nota de remisión con el factor de conversión implícito de acuerdo al gas suministrado, al Jefe de Conservación de la Unidad Médica, el cual supervisará los datos finales, para su posterior pago, de acuerdo al siguiente cuadro:
El volumen proporcionado de Oxigeno, Nitrógeno, Helio, Bióxido de Carbono y Argón criogénicos en forma líquida, se determinarán empleando los siguientes factores de conversión:
GAS | PESO DEL GAS EN FORMA CRIOGÉNICA (LIQUIDO) | **FACTOR DE CONVERSIÓN (m3) UMEN DE GAS A 21°C Y 1 ATM DE PRESIÓN) |
Oxigeno ( O2) | 1 kg | 0.754 |
Nitrógeno ( N2) | 1 kg | 0.862 |
Helio (He) | 1 kg | 6.038 |
Bióxido de Carbono (CO2) | 1 kg | 0.5458 |
Argón (Ar) | 1 kg | 0.000 |
XXXXX 0 TERMINOS Y CONDICIONES
Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, gases medicinales e industriales en Unidades Médicas de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021.
1. Vigencia de la contratación (4.24.4 inciso a de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social).
La presente contratación implicará el ejercicio fiscal 2021. Dicho contrato será abierto de conformidad al artículo 47 de la Ley de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios (LAASSP).
El plazo para la prestación del servicio iniciará a partir de la notificación del fallo y concluyendo el 31 de diciembre del 2021.
De presentarse el evento del fallo dentro del año 2021, la vigencia comenzara a partir del día siguiente de la emisión del fallo, de conformidad al artículo 37 de la LAASP
En los términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, el contrato será adjudicado a quien oferte la propuesta económica más baja por partida y será formalizado por monto, por lo que el monto máximo del contrato será el que se cuente en la Suficiencia Presupuestal Total para cada una de las partidas que conforman los OOAD y UMAE mismo que solo será para el ejercicio 2021; siendo el mínimo el 40% del monto correspondiente al máximo.
El presente procedimiento se integra de seis partidas o regiones, integradas conforme al detalle posterior. No habrá agrupación de partidas, ni abastecimiento simultaneo.
XXX | Xxxxx Xxxxxx | XXX | Xxxxx Xxxxxx | XXX | Xxxxx Xxxxxx | |||
Parida 1 | 34,804,620 | Partida 2 | 39,727,567 | Partida 3 | 62,517,734 | |||
1 | Campeche | 4,105,095 | 2 | Edo. México Poniente | 12,848,568 | 3 | Colima | 4,159,545 |
1 | Chiapas | 7,263,019 | 2 | Puebla | 9,397,997 | 3 | Guanajuato | 12,416,196 |
1 | Oaxaca | 4,660,753 | 2 | Tabasco | 4,593,528 | 0 | Xxxxxxx | 0,000,000 |
0 | Xxxxxxxx Xxx | 8,303,112 | 2 | Tlaxcala | 1,881,383 | 3 | Sinaloa | 16,761,725 |
1 | Yucatán | 4,298,789 | 2 | Xxxxxxxx Xxx | 0,000,000 | 0 | Xxxxxx | 00,000,000 |
0 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xx.0 Xxxxxxx | 6,173,852 | 2 | X. Xxxxx. x Xxxxxxxxx XXX Xxx. | 000,000 | 0 | X. Xxxxxx-Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxx Xxx. | 943,743 |
2 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx XXX Xxx. | 0,000,000 | 0 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxx Xxx. | 2,442,054 | |||
0 | X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xx.0 Xxxxxxx Xxx. | 1,820,413 |
XXX | Xxxxx Xxxxxx | XXX | Xxxxx Xxxxxx | XXX | Xxxxx Xxxxxx | |||
Partida 4 | 117,156,791 | Partida 5 | 90,635,433 | Xxxxxxx 0 | 00,000,000 | |||
0 | Xxxx Xxxxxxxxxx | 16,557,750 | 5 | Aguascalientes | 5,294,749 | 6 | Nivel Central | 262,662 |
4 | Baja California Sur | 6,166,312 | 5 | Guerrero | 6,116,073 | 6 | Edo. México Oriente | 23,885,555 |
4 | Coahuila | 21,777,606 | 5 | Hidalgo | 9,376,193 | 6 | Morelos | 4,116,701 |
4 | Chihuahua | 11,205,399 | 5 | Jalisco | 25,421,224 | 6 | D.F. Norte | 10,102,709 |
4 | Durango | 4,177,768 | 5 | Michoacán | 9,459,949 | 0 | X.X. Xxx | 00,000,000 |
0 | Xxxxx Xxxx | 26,343,829 | 5 | Querétaro | 5,080,691 | 6 | X. xx Xxxxx. y Ortopedia. L. Verdes | 1,395,427 |
4 | Xxxxxxxxxx | 00,000,000 | 0 | Xxx Xxxx Xxxxxx | 8,126,915 | 6 | X. xx Xxxxx. Xxxxxxxxx de la Xxxxxxx | 3,476,734 |
4 | X. Xxxxxxxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx. | 0,000,000 | 0 | Xxxxxxxx Xxxxx | 8,789,828 | 6 | H. General CMN La Raza | 595,528 |
4 | H. de Gineco-Obst. No. 23 Mty N.L. | 2,738,088 | 5 | Zacatecas | 3,645,642 | 6 | H. de Gineco-Obst. No.3 CMN La Raza | 32,903 |
4 | X. xx Xxxxx. y Ortopedia No. 21 Mty N.L. | 1,217,914 | 5 | H. de Pediatría Oblatos CMN Jal. | 114,758 | 6 | H. de Especialidades CMN La Raza | 899,838 |
4 | H. de Especialidades No. 25 Mty N.L | 4,419,389 | 5 | H. Gineco-Obst. Oblatos CMN Jal. | 365,251 | 6 | Admon. Áreas Comunes La Raza | 7,633,858 |
4 | H. de Cardiología No. 34 Mty N.L | 4,033,442 | 5 | H. de Especialidades Oblatos CMN | 4,111,177 | 6 | H. de Pediatría CMN Siglo XXI | 1,462,570 |
5 | H. de Especialidades No.14 Ver. | 4,732,983 | 6 | H. de Oncología CMN Siglo XXI | 626,249 | |||
6 | X. Xxxxxx-Obst. No.4 Xxxx Xxxxxxxxx | 1,912,303 | ||||||
6 | H. de Cardiología CMN Siglo XXI. | 820,799 | ||||||
6 | H. de Especialidades CMN Siglo XXI | 4,662,521 |
Se adjudicará la partida o partidas que los posibles proveedores que hayan manifestado su voluntad de participar en los términos señalados en la Convocatoria que para los efectos se establezca, ofrezcan el precio más bajo y conforme al criterio de evaluación establecido.
Disponibilidad presupuestaria.
El presupuesto autorizado a Nivel nacional para el rubro requerido, existen recursos presupuestarios suficientes y disponibles para el Ejercicio 2021 conforme se describe a continuación:
42062423 Oxígeno Hospitalario | FOLIO CDP | MONTO |
Régimen Ordinario | 0000201999– 2021 | $427,892,939.00 |
2. Mecanismo de evaluación de proposiciones (4.24.4 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social).
La evaluación de las proposiciones se realizará utilizando el criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos en la Convocatoria que para el efecto se publique y oferte el precio más bajo por partida.
Los posibles proveedores deberán incluir los costos unitarios para todos los gases, con base en el formato de la propuesta económica, los cuales serán fijos durante la vigencia del contrato.
Los precios a cotizar deberán ser a dos decimales sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
De conformidad a lo dispuesto en el inciso b) de la fracción I del artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los gases medicinales no son causantes de I.V.A., por lo que de los gases contratados solo algunos serán gravados con el referido impuesto.
Con fundamento en el artículo 46 de la LAASSP, el(los) licitante(s) deberá(n) firmar el contrato adjudicado(s), dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación del fallo.
Si el proveedor a quien se le hubiere adjudicado el contrato, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley y se dará aviso a la Secretaría de la Función Pública (SFP), para que resuelva lo procedente en términos del artículo 59 de la LAASSP.
3. Programa de entregas (4.24.4 inciso b) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social) Lugares y Condiciones de Entrega
El tipo de contrato deberá ser abierto, conforme lo estable el artículo 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El servicio de suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales a través de los cilindros y contenedores establecidos en el Anexo Técnico deberá darse en las Unidades Médicas y No Médicas del Instituto, las cuales se encuentran como referencia en el archivo en Excel de la propuesta económica, sin embargo si el Instituto así lo requiere, podrá solicitarle al Proveedor ampliar el suministro a nuevas Unidades Médicas y No Médicas.
La solicitud de gases medicinales, será bajo demanda de acuerdo a las necesidades de cada una de las Unidades Médicas y no Médicas del Instituto relacionadas en el archivo Excel de la propuesta económica, que así lo requieran.
El Instituto por necesidades del servicio podrá en cualquier momento modificar, aumentar o disminuir el número de Unidades Médicas, cantidades y/o tipo de gas medicinal o industrial, siempre y cuando no se rebase el monto máximo del presupuesto asignado por cada partida, sin tener que acudir a un convenio modificatorio.
Para atender el requerimiento de suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales, el Proveedor deberá contar con línea telefónica (800) que opere las 24 horas y los 365 días del año, para lo cual el proveedor deberá suministrar lo solicitado dentro de los siguientes plazos:
● Oxigeno Tanque Termo Fijo: dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la solicitud. Por escrito el instituto podrá solicitar cargas extraordinarias que deberán suministrarse dentro de las 5 horas siguientes a la solicitud.
● Cilindros portátiles de oxígeno medicinal tipo D, E, M, B y BT: dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la solicitud de lunes a viernes. Por escrito el Instituto podrá solicitar cargas extraordinarias que deberán surtirse dentro de las 5 horas siguientes a la solicitud (para zonas urbanas, para zonas remotas se podrá duplicar el plazo)
● Cilindros en Módulos de Ambulancia dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la solicitud, el suministro se realizará en días hábiles, para el caso de los cilindros que se soliciten los días jueves, el suministro invariablemente se deberá realizar el día viernes, en el cual el proveedor deberá entregar el suministro necesario para los días sábado y domingo.
En caso de que por urgencia, se requieran cilindros adicionales, el administrador del contrato, podrá solicitar vía correo electrónico que se dote de una cantidad extraordinaria, en un plazo no mayor a 12 horas a partir de la solicitud, pudiendo ser en días inhábiles así como sábados y domingos, dicha solicitud se será realizada a los datos de contacto establecidos en el apartado de notificaciones del presente documento.
● Otro tipo de gases o mezclas: dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la solicitud. Por escrito el instituto podrá solicitar cargas extraordinarias que deberán surtirse dentro de las 5 horas siguientes a la solicitud (para zonas urbanas, para zonas remotas se podrá duplicar el plazo).
3.1. Condiciones de entrega
Será responsabilidad del Prestador del Servicio la realización de maniobras de suministro de oxígeno medicinal hospitalario, gases medicinales e industriales, por lo que cualquier incidente derivado de esta acción, será atendida por el Prestador del Servicio en el momento que suceda.
Una vez concluida la entrega de los equipos, el Prestador del Servicio realizará la revisión del área utilizada para carga y descarga de los mismos con el fin de evitar incidentes posteriores, sin costo adicional para el Instituto.
Una vez realizado el suministro, entrega y recolección de los, concentradores, cilindros o contenedores en las Unidades Médicas y No Médicas, el transporte de cilindros o contenedores se hará bajo la responsabilidad exclusiva del Prestador del Servicio, quedando liberado el Instituto de cualquier responsabilidad que pudiera generarse por acción u omisión que pueden causar el incumplimiento de disposiciones viales, jurídicas y otras.
4. Licencias, Permisos, Registros, Certificados o Autorizaciones que debe cumplir o aplicarse al servicio (4.24.4 inciso d) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
Como parte de su propuesta técnica los licitantes deberán presentar la documentación señalada en el Anexo Técnico para la contratación del servicio de suministro de Oxígeno
Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Ejercicio Fiscal 2021.
El Prestador del Servicio adjudicado será responsable ante las autoridades Federales, Estatales, Municipales o de la Ciudad de México para operar el transporte privado de carga especializada en materiales y residuos peligrosos en caminos y puentes de jurisdicción federal.
El Prestador del Servicio es el único responsable de las obligaciones derivadas de los contratos de trabajo con su personal.
El Prestador del Servicio absorberá todas las responsabilidades inherentes en caso de accidente o riesgo de trabajo de alguno de sus empleados, independientemente del lugar en donde ocurra.
Así como a los documentos establecidos en el numeral 5.
5. Documentos que deberá presentar el Licitante
El prestador del servicio deberá presentar, como parte de su proposición, los documentos que a continuación se enlistan:
x. Xxxxx en hoja membretada firmada por el Representante Legal de la empresa en la cual manifieste de manera indubitable que su representada cuenta y mantendrá vigente toda normatividad aplicable para el oxígeno medicinal hospitalario y para cada gas medicinal del que se trate, entre las cuales se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa las siguientes:
❖ NOM-002-SCT-2012 Que identifica y clasifica las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados
❖ NOM-003-SCT/2008, “Características de las etiquetas de envase y embalajes, destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosos”.
❖ NOM-004-SCT/2008, “Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos”.
❖ NOM-005-SCT/2008, “Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos”.
❖ NOM-005-STPS-1998, “Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas”.
❖ NOM-007-SCT2/2010, “Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de substancias peligrosas”.
❖ NOM-072-SSA1-2012, “Etiquetado de medicamentos y xx xxxxxxxx herbolarios”.
❖ NOM-059-SSA1-2015 “Buenas Prácticas de Fabricación de Medicamentos” que indique que el proveedor está autorizado para realizar la línea de fabricación de oxígeno medicinal.
❖ NOM-073-SSA1-2015“Estabilidad de fármacos y medicamentos, así como xx xxxxxxxx herbolarios”.
b. Registro Sanitario vigente, emitido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de los siguientes gases como medicamentos alopáticos:
❖ Oxígeno medicinal (O2)
❖ Óxido Nitroso (N2O)
❖ Mezcla Óxido Nítrico/ Nitrógeno (NO)
❖ Aire medicinal
❖ Dióxido de Carbono (CO2)
❖ Nitrógeno (N2)
c. Dictamen de verificación de cumplimiento de NOM-005-STPS-1998 “Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas” emitido por una unidad verificadora acreditada ante la EMA y oficio de registro de dictamen emitido por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social.
❖ Manifestación por escrito en donde se manifieste de manera indubitable que su representada cuenta y mantendrá vigente Las autorizaciones, permisos y certificados presentados, durante todo el plazo del contrato.
d. Plan de contingencias que garantice la continuidad del suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social, para la prestación del servicio.
e. Programa de capacitación en materia de seguridad de gases medicinales e industriales, el cual deberá impartirse a partir de la vigencia del contrato, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 2. “Programa de capacitación”
f. Pruebas de hermeticidad y detección de fugas. El proveedor deberá presentar calendario de elaboración de pruebas de hermeticidad y detección de fugas, a realizarse en las Unidades Médicas de los OOAD y UMAE, mismas que deberán ejecutarse durante el periodo de contratación del Ejercicio Fiscal 2021 de acuerdo a lo establecido en el Anexo 3“Pruebas de hermeticidad y detección de fugas”
Para la programación de la prueba de hermeticidad, previamente se analizarán los resultados que se obtuvieron en el año anterior y en caso de haber existido fugas que no
hayan sido reparadas, no se programarán las pruebas en tanto no sean atendidas en su totalidad por la Unidad Médica, a través del Jefe de Conservación de la Unidad Médica.
g. Carta en hoja membretada firmada por el Representante Legal de la empresa en la cual manifieste de manera indubitable que su representada cuenta y mantendrá vigente toda normatividad aplicable para el oxígeno medicinal hospitalario y para cada gas medicinal del que se trate en apego a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, entre las cuales se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa las siguientes:
• NMX-H-156-NORMEX-2010-GASESComprimidos-Recalificación De Envases Que Contengan Gases Comprimidos, Licuados Y Disueltos.-Requisitos De Seguridad Para Su Uso, Manejo, Llenado Y Transporte-Especificaciones Y Métodos De Prueba.
• NMX-K-361-NORMEX-2017 Oxígeno Medicinal Para Consumo Humano (Gas A Alta Presión Y Líquido Criogénico) En Envases-Especificaciones Y Requisitos Del Producto Envasado, Métodos De Ensayo (Prueba), Análisis De Laboratorio Y Criterios De Aceptación.
• NMX-K-387-NORMEX-2013 Nitrógeno Líquido Criogénico Y Gas Comprimido A Alta Presión En Envases - Especificaciones Y Requisitos De Producto Envasado - Métodos De Ensayo (Prueba - Análisis De Laboratorio Y Criterios De Aceptación.
• NMX-H-089-1983Recipientes A Presión Para Contener Acetileno.
• NMX-H-017-1977 Tanques Criogénicos
• NMX-K-388-NORMEX-2013 Argón (Líquido Criogénico Y Gas Comprimido A Alta Presión) En Envases-Especificaciones Y Requisitos Del Producto Envasado-Métodos De Ensayo (Prueba), -Análisis De Laboratorio Y Criterios De Aceptación.
• NMX-K-389-NORMEX-2005 Métodos De Ensayo (Prueba) Para La Determinación Del Contenido De Humedad (H2O) En Gases Comprimidos, Criogénicos Y Licuados.
• NMX-K-390-NORMEX-2005 Método De Ensayo (Prueba) Para La Determinación De Hidrocarburos (Como Metano) En Gases Comprimidos, Criogénicos Y Licuados
• NMX-K-663-NORMEX-2017 Código de Colores Para Envases que Contengan Gases Medicinales Comprimidos y Licuados
• NMX-H-9809-1-NORMEX-2014 Cilindros para el Transporte de Gases Comprimidos y Licuados. Especificaciones para el Diseño y Construcción de Cilindros xx Xxxxx sin Soldadura Rellenables con Gas, de una capacidad desde 0.5 Litros Hasta 150 Litros.
• NMX-H-9809-2-NORMEX-2016 Cilindros para el Transporte de Gases Comprimidos Y Licuados Especificaciones Para El Diseño y Construcción de Cilindros xx Xxxxx sin Soldadura Templado y Revenido Rellenables Con Gas Con Resistencia a la Tracción Igual o superior a los 1 100 MPa.
h. Escrito libre donde manifieste que cuenta con la flotilla necesaria así como la relación de vehículos para la prestación del servicio, la cual deberá de igual manera manifestar que cuentan con póliza de cobertura amplia vigente al momento de la emisión del fallo y la mantendrán vigente para toda la vigencia del contrato, mismas que amparen los daños que puedan ocasionarse a terceros en sus bienes, personas, ambiente, carga, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por el traslado en caso de accidente, de conformidad con la normatividad vigente, liberando de manera expresa al Instituto en el sentido más amplio que a derecho proceda.
i. Escrito en hoja membretada, en donde se enliste el personal designado por el Licitante como enlace oficial por cada una de las OOAD y UMAE, pudiendo ser la misma persona para una o más Unidades.
La omisión en la entrega de alguno de los documentos antes señalados será causal de desechamiento.
6. Folletos, catálogos, fotografías, manuales, entre otros para comprobar las especificaciones técnicas requeridas (4.24.4 inciso e) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
No aplica.
7. Visitas a las Instalaciones Institucionales, donde se otorgará el servicio (4.24.4 inciso f) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
Los licitantes en caso de que así lo requieran, podrán acudir antes del acto de presentación y apertura, a las Unidades Médicas relacionadas en el archivo en Excel de la propuesta económica, a efecto de identificar el alcance del servicio solicitado, para tal efecto deberán de llevar a cabo los protocolos en la materia.
8. Visitas a las Instalaciones de los Licitantes (4.24.4 inciso g) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
No Aplica, durante el procedimiento de contratación no se realizaran vista a las instalaciones de los licitantes.
Durante la prestación del servicio, EL INSTITUTO podrá verificar en cualquier momento la correcta prestación del servicio, en relación con la información presentada en la proposición del licitante, referente al servicio de mérito, en este contexto el proveedor otorgara las facilidades necesarias al personal del Instituto para llevar a cabo dicha verificación.
En este supuesto el personal de Instituto, levantará un acta administrativa que será firmada por representantes del licitante, funcionarios del Instituto y dos testigos, en esta acta se asentarán el resultado de dicha visita.
9. Sanciones (Penas convencionales y deducciones) (4.24.4 inciso h) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
Con el propósito de garantizar el cabal cumplimiento a las obligaciones establecidas en los contratos que se deriven en el presente procedimiento, de conformidad a lo establecido en los Artículos 45 fracción XIX, 53 y 53 bis, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicio del Sector Público (LAASSP) y 85 fracción V, 86 segundo párrafo, 95, 96, 97, 98 y 100 de su reglamento; aplicará las sanciones descritas a continuación o, en su caso, llevará a cabo la cancelación del servicio o el procedimiento de rescisión administrativa del contrato.
Los porcentajes establecidos en las Penas Convencionales y Deductivas aplican, sin considerar el I.V.A.
El cálculo de las penas convencionales y deductivas se realizará hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación, siempre y cuando no superen en su conjunto el 10% del valor total del contrato, en caso de que superen dicho porcentaje el contrato tendrá que ser rescindido.
EL PROVEEDOR a su vez, autoriza al INSTITUTO a descontar las cantidades que resulten de aplicar las Penas Convencionales y Deductivas, sobre los pagos que deba cubrir, respecto de cualquier contrato vigente que tenga suscrito con EL INSTITUTO o mediante las órdenes de ingreso correspondientes.
9.1. Penas Convencionales
La pena convencional será calculada por el administrador del contrato, por cada día (24 horas), de atraso en la entrega de los bienes o por falta de inicio en la prestación de servicio de acuerdo con el porcentaje de penalización para el correspondiente procedimiento, de acuerdo al Numeral 5.5.8. de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del IMSS.
Previo a la presentación de la factura, personal que labora con EL PROVEEDOR, deberá presentarse a la Jefatura de Conservación y Servicios Generales en cada una de los OOAD y UMAE, quienes para los efectos de la presente figurarán como Administrador de los contratos o quien designe este, para analizar la prestación del servicio y en su caso, fijar las penas convencionales correspondientes para su aplicación en dicha factura.
● Se aplicará una pena convencional del 2.5% por día de atraso (24 horas), por el costo Unitario (m³, kg, lts o carga), sobre el valor de las facturas del mes calendario del incumplimiento. No obstante, se sujetarán al principio de proporcionalidad que consiste en que si la obligación fuere cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción.
La pena convencional se calculará de acuerdo a los siguientes términos y condiciones expresados en la fórmula que se detalla a continuación:
Pca = %d x nda x vspa Dónde:
%d=porcentaje determinado en la convocatoria, invitación, cotización, contrato o pedido por cada día de atraso en el inicio de la prestación del servicio.
Pca = pena convencional aplicable. nda = número de días de atraso.
vspa = valor de los servicios prestados con atraso, sin IVA.
EL PROVEEDOR a su vez, autoriza al INSTITUTO a descontar las cantidades que resulten de aplicar las deductivas en comento, sobre los pagos que deba cubrir, respecto de cualquier contrato vigente que tenga suscrito con EL INSTITUTO o mediante las órdenes de ingreso correspondientes.
9.2. Deducciones
El personal del Instituto verificará aleatoriamente en las Unidades Médicas de los OOAD, y UMAE, cilindros y contenedores entregados, con el objeto que estos no presenten defectos ni alteraciones en los flujos y periodos, en caso de detectar alguna anomalía será rechazado el suministro de oxígeno medicinal y se aplicará la deductiva correspondiente al 2.5% por día de atraso (24 horas), por el costo Unitario (m³, kg, lts o carga), sobre el valor de las facturas del mes calendario del incumplimiento.
En el supuesto que se detecten las inconsistencias señaladas en el párrafo anterior, dicho suministro a través de cilindro será regresado al Prestador del Servicio, quien la someterá a un nuevo proceso de verificación de calidad, mismo que deberá ser entregada al derechohabiente en un plazo máximo de 24 horas, sin costo adicional para el Instituto.
El Instituto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 53 bis de la Ley, 97 de su Reglamento y 5.5.8 de sus Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigente, procederá a la aplicación de deducciones al pago de los servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente de los mismos conforme a los siguientes supuestos:
a) Cuando se detecte en la verificación establecida en el numeral 8 de los presentes términos y condiciones, que el suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales no se apegue a las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Técnico para la contratación del Servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social, se aplicará una deductiva del 10% sobre el monto total de lo facturado del mes calendario que corresponda.
b) Se aplicará una deductiva del 2.5% sobre el valor de las facturas del mes calendario del incumplimiento, por cada día que no entregue al administrador del contrato, la documentación completa para cobro en el plazo establecido (5 días hábiles posteriores de cada mes calendario a facturar).
10. Garantías (4.24.4 inciso j) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
El proveedor, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.30.1 de las POBALINES, deberá presentar al administrador de su contrato, copia simple de la fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social y deberá cubrir la vigencia del contrato.
Se entenderá que los servicios son entregados a entera satisfacción del Instituto, cuando cuente con la documentación soporte debidamente firmada y sellada por los administradores del contrato.
Las modificaciones en monto, plazo o vigencia a los contratos conllevarán el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía originalmente otorgada, para lo cual deberá estipularse en el convenio modificatorio respectivo el plazo para entregar la ampliación de garantía, el cual no deberá exceder xx xxxx días naturales siguientes a la firma de dicho convenio, así como la fecha de entrega de la prestación del servicio para las cantidades adicionales.
De conformidad con el artículo 81 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la aplicación de las garantías de cumplimiento del contrato se aplicarán de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, es decir la garantía será divisible y se ejecutará en razón de los bienes o servicios que no sean entregados a entera satisfacción del Instituto.
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción con todas las obligaciones contractuales durante la vigencia del
contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.5.5.5 de los POBALINES del Instituto.
De lo anterior el proveedor acepta:
a) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “EL INSTITUTO”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “EL INSTITUTO”.
b) Xx conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la sustanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
c) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso , la indemnización por xxxx que derive del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice.
d) En virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
e) En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 100 días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
f) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “EL INSTITUTO”.
g) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:
• Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.
• Copia de la póliza de fianza en su caso, sus documentos modificatorios.
• Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.
• Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.
• En su caso, la rescisión del contrato y su notificación.
• En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación.
• Copia del finiquito y en su caso, su notificación.
• Importe reclamado
11. Pago (4.24.4 inciso k) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social
Dichos pagos se realizarán en pesos mexicanos en los plazos normados por la Dirección de Finanzas en el “Procedimiento de la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite y pago y constitución de fondos fijos” sin que estos rebasen los 20 días naturales posteriores a aquel en que el proveedor presente en las áreas de trámite de erogaciones la representación impresa del comprobante fiscal digital, siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestal, así como con la documentación comprobatoria que acredita la entrega de los bienes y/o servicios y se indique en dicha documentación los bienes y/o servicios entregados, número de fianza y denominación social de la afianzadora, en su caso. Los contratos y su dictamen presupuestal deberán estar registrados en el sistema PREI Millenium.
Los administradores del contrato serán los Servidores Públicos Titulares responsables de supervisar que se cumplan en tiempo y forma los compromisos contenidos en el contrato que para tal efecto se celebre.
Para proceder a liberación de pago, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la LAASSP, la forma de pago al proveedor será la estipulada en el contrato y quedara sujeta a las condiciones que se establezcan las mismas; sin embrago, no podrán exceder de 20 días naturales contados a partir de la entrega de la factura respectiva, previa entrega de los bienes o prestación de los servicios en los términos del contrato.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de entrega, establecidas en los presentes términos y condiciones, el Instituto no dará por recibido y aceptado el servicio.
Para el trámite de pago, en el contrato se indicará que el proveedor deberá expedir sus comprobantes fiscales digitales en el esquema de facturación electrónica, con las especificaciones normadas por el Servicio de Administración Tributaria a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social, con Registro Federal de Contribuyentes IMS421231I45, domicilio, en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xxx. 000, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, para la validación de dichos comprobantes el proveedor deberá cargar en internet, a través del portal de servicios a proveedores de la página del Instituto el archivo en formato XML, la validez de los mismos será determinada durante la carga y únicamente los comprobantes validos serán procedentes para pago.
El administrador del contrato será quien dará la autorización para que la Dirección de Finanzas proceda a su pago de acuerdo con lo normado en el anexo cuentas contables del “Procedimiento de la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y constitución de fondos fijos”.
El proveedor se obliga a no cancelar ante el SAT los CFDI a favor del Instituto, previamente validados en el Portal de Servicios a Proveedores, salvo justificación y comunicación por parte de este al administrador del contrato.
En caso de aplicar, el contrato deberá señalar que el proveedor deberá entregar el CFDI a favor del Instituto por el importe de la aplicación de la pena convencional por atraso o deficiencia del servicio.
En ningún caso se deberá autorizar el pago de los servicios si no se han determinado, calculado y notificado al proveedor las penas convencionales o deducciones pactadas en el contrato, así como su registro y validación en el sistema PREI Millenium.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos y en la fecha programada, a través del esquema electrónico interbancarios que el IMSS tiene en operación, para tal efecto el proveedor deberá proporcionar la documentación requerida por la Coordinación de Tesorería, para dar de alta en el Sistema del Instituto la cuenta bancaria, (no deberá ser referenciada ni concentradora), CLABE y banco.
Para que el proveedor pueda celebrar un contrato de cesión de derechos de cobro, mismo que deberá notificarlo por escrito al Instituto con un mínimo de cinco días naturales anteriores a la fecha de pago programada, el administrador del contrato o en su caso el titular del área requirente deberá entregar los documentos sustantivos en la citada cesión al área responsable de autorizar la cesión de derechos de cobro en comento.
El proveedor podrá optar por cobrar a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo con el IMSS.
12. Otorgamiento de anticipo (4.24.4 inciso m) de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Para el presente procedimiento no se otorgará anticipo.
13. Administrador del contrato(4.24.6, 5.3.15 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
El Titular de la División de Servicios Complementarios, en su calidad de área consolidadora, será quien firme los contratos y/o convenios modificatorios, en representación de los administradores de los mismos; esto sin perjuicio de las obligaciones conferidas a éstos en la normativa de la materia, para el cabal cumplimiento de la responsabilidad que tiene los administradores del Contrato.
El administrador del Contrato en OOAD deberán ser los Jefes de Servicios Administrativos o quienes éstos designen con nivel inmediato inferior a ellos, en el caso de las UMAE los
Directores Administrativos y los Jefes de Departamento que dependan directamente de la Dirección de la UMAE, o quienes designen éstos con nivel inmediato inferior a ellos.
El Administrador del contrato deberá ser designado y podrá auxiliarse para el debido cumplimiento de sus obligaciones, con otros servidores públicos cuando las condiciones contractuales lo requieran, en este caso, dichos auxiliares deberán ser designados por escrito, y serán corresponsables de las actividades que se les asignen y de mantener informado al Administrador del Contrato la periodicidad y forma que se les indique.
Los OOAD y UMAE designan a su respectivo Administrador del Contrato, los cuales son los responsables de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, como es la prestación del servicio, supervisar el cálculo de deducciones y penas convencionales, entre otros; el Administrador del Contrato podrá auxiliarse para el debido cumplimiento de sus obligaciones, con otros servidores públicos, cuando las condiciones contractuales lo requieran, en este caso dichos auxiliares serán corresponsables de las actividades que se les asignen y de mantener informado al administrador del contrato con la periodicidad y forma que se les indique.
14. Propuesta económica (4.35 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social.)
Los licitantes deberán presentar una propuesta económica única; la unidad de medida será la indicada en el Anexo 4 (Propuesta Económica) por cada tipo de Oxigeno y de Gas medicinal o Industrial con decimales a dos dígitos.
El contrato será adjudicado al proveedor que ofrezca el precio más bajo por partida y se formalizará un solo contrato por proveedor por todas las partidas adjudicadas.
Los posibles proveedores deberán incluir los costos unitarios para los gases, con base en el formato de la propuesta económica, los cuales serán fijos durante la vigencia del contrato.
Los precios a cotizar deberán ser a dos decimales sin considerar el Impuesto al Valor Agregado. Los precios ofertados serán fijos durante la vigencia del contrato. El monto máximo del contrato, será el que se cuente en la Suficiencia Presupuestal, y el mínimo el 40% del monto correspondiente al máximo.
El presente procedimiento se integra de seis partidas o regiones. No habrá agrupación de partidas, ni abastecimiento simultaneo.
15. Plazo y condiciones de canje o devolución de los bienes
15.1 Canje
El Prestador del Servicio deberá prestar el servicio de suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales a través de los cilindros y contenedores establecidos en el Anexo Técnico en concordancia con el presente documento, caso contrario,
no se aceptara el suministro y se devolverán cilindros y contenedores en el mismo momento al prestador del servicio.
Los Prestador del Servicio tendrá un plazo máximo de 24 horas posteriores a partir de la notificación del canje de cilindros y contenedores para entregar el correcto suministro Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales que fueron rechazados, en condiciones de uso.
15.2 Devolución
También procederá la devolución del total del o los cilindros o contenedores de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales, cuando durante un plazo máximo de 24 horas posteriores a partir de la notificación del canje para entregar el o los cilindros o contenedores en condiciones de uso en las Unidades Médicas, se detecte el mismo defecto del anteriormente rechazado o este no haya sido sometida por el Prestador del Servicio a las pruebas de recalificación de envases de acuerdo a lo establecido en la NMX-H-156-2010- Normex solicitada en el anexo técnico para la contratación del Servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Asimismo, cuando el prestador del servicio no entregue el o los cilindros o contenedores de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en las Unidades Médica en OOAD y UMAE dentro de las 24 horas posteriores, a la devolución.
16. Mecanismos de comprobación, supervisión y verificación del servicio (4.24.4 inciso l de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
Si durante el transporte para el suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas, se presentara una contingencia o accidente, el Prestador del Servicio estará obligado a realizar oportunamente todas aquellas acciones que minimicen daño a las personas, sus bienes y medio ambiente, así como repararlos en los términos de la legislación aplicable.
El Instituto podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato que se suscriba, como resultado del proceso de contratación de servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social..
17. Representante Técnico (4.24.7 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
La Titular de la División de Servicios Complementarios, así como al Servidor Público que éste mismo designe por escrito, participarán como representantes del Área Técnica, en la Junta de
Aclaraciones y realizarán la Evaluación Técnica, vigilando que se cumpla con los requerimientos solicitados en el Anexo Técnico.
18. Seguros (5.5.7 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social)
El licitante adjudicado deberá presentar al Administrador del contrato, a más tardar el día que inicie la prestación del servicio, una póliza de responsabilidad civil que a terceros, contratada por su cuenta, expedida por una institución de seguros del país debidamente autorizada en la cual se incluya:
La cobertura de Responsabilidad Civil de Inmuebles y Actividades de licitante que contenga la especificación de lo relativo a los servicios a realizar, detallando sus características, su ubicación, el período de ejecución y el monto y número de contrato, que ampare los daños y perjuicios que ocasione al Instituto y/o al patrimonio del mismo, a su personal, así como los que cause a terceros en sus bienes o personas con motivo de la ejecución de los servicios materia del contrato.
La suma asegurada de la póliza deberá ser acorde con la responsabilidad que asume el licitante por los servicios prestados, la cual deberá ser el monto máximo del contrato.
La póliza de seguro deberá contener las especificaciones siguientes:
a. Para efectos de esta póliza también se consideran como terceros al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como a sus empleados, derechohabientes y visitantes; a otras empresas que realizan actividades en el instituto, a sus empleados y en general a los usuarios de la infraestructura del instituto.
b. Cuando de un mismo siniestro resulten afectados los bienes de varias personas, la aseguradora pagará en primer lugar la indemnización por los daños que en su caso hubieren sufrido el Instituto y/o los bienes propios de mismo.
c. En caso de que exista el deducible establecido en la cobertura de responsabilidad civil, en caso de siniestro, siempre será a cargo del licitante.
d. Esta póliza no será cancelable por licitante, sin contar con la autorización expresa y por escrito de Instituto.
e. La compañía aseguradora se compromete a dar aviso oportuno y por escrito a Instituto, del incumplimiento del pago de la prima del seguro, manifestando que la cobertura de la póliza se mantendrá vigente por 30 días naturales a partir de la fecha del aviso, para el pago de la prima respectiva.
f. La aseguradora renuncia a todos sus derechos de subrogación contra Instituto.
g. La suma asegurada que cubre los riesgos de Responsabilidad Civil de esta póliza operan como un seguro primario y sin derecho a contribución de cualquier otro seguro.
h. La compañía aseguradora se compromete a que antes de efectuar una modificación, cualquiera que sea su origen, a los términos y condiciones de la póliza de seguro, deberá recabar autorización de Instituto y la modificación será efectiva previa aceptación por
escrito de los nuevos términos y condiciones por parte del área requirente de los servicios.
i. Esta especificación tendrá prelación sobre el resto de las condiciones de esta póliza.
19. Rescisión Administrativa
El Instituto podrá rescindir administrativamente, en cualquier momento, el (los) contrato(s) que, en su caso, sea(n) adjudicado(s) en términos del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público:
● Cuando el proveedor no entregue la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo.
● Cuando el proveedor incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato.
● Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el contrato y sus anexos.
● Cuando se compruebe que el proveedor haya entregado servicios con características distintas a las pactadas en esta Licitación o cuando no los entregue conforme a las normas y/o calidad solicitadas por el Instituto.
● En caso de que el proveedor no reponga los bienes que le hayan sido devueltos para canje, por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos, de acuerdo a lo estipulado.
● Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones de los contratos, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización del Instituto.
● Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio del proveedor.
● Cuando los servicios entregados no estén acordes a lo establecido en el Anexo Técnico o los Términos y Condiciones.
● En el supuesto de que la Comisión Federal de Competencia Económica, de acuerdo a sus facultades, notifique al Instituto la sanción impuesta al proveedor con motivo de la colusión de precios en que hubiese incurrido durante el procedimiento licitatorio, en contravención a lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley Federal de Competencia Económica y 34 de la “LAASSP”.
● Cuando de manera reiterativa y constante, el proveedor, sea sancionado por parte del Instituto con penalizaciones o deducciones sobre el mismo concepto de los bienes que proporciona al Instituto y con ello se afecten los intereses del Instituto.
● Cuando se detecte el cobro del suministro sin notas de remisión del servicio en Unidades Médicas en OOAD y UMAE.
● Cualquier otra causa de rescisión determinada en los presentes Términos y Condiciones.
20. Terminación Anticipada
El Instituto podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionará un daño o perjuicio a el Instituto o se determine la nulidad total o parcial de los
actos que dieron origen al instrumento jurídico con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
21. Datos Generales y Notificaciones Oficiales
Con la finalidad de establecer un canal de comunicación oficial con los proveedores, los licitantes acompañarán en su propuesta técnica, escrito en hoja membretada, en donde se enliste el personal designado por el Licitante como enlace oficial por cada una de las OOAD y UMAE, pudiendo ser la misma persona para una o más Unidades:
● Nombre completo del representante legal para recibir notificaciones y comunicaciones en su nombre y representación.
● Cargo.
● Domicilio.
● Teléfono (oficina y celular).
● Correo electrónico.
El proveedor se obliga a comunicar cualquier cambio en los datos de contactos oficiales, mediante escrito dirigido al Administrador del Contrato.
Cabe señalar, que el contacto designado por los Prestadores del Servicio, no tendrá que ser necesariamente el representante legal de la empresa, sin embargo toda notificación que se le haga llegar por parte del Instituto, se considerará de carácter oficial.
En caso de incumplir con la obligación de informar los cambios en el contacto oficial, el Instituto no se hace responsable por las situaciones que la omisión de esto afecte al proveedor.
Las notificaciones por parte del Instituto podrán realizarse por cualquiera de los siguientes medios:
● Oficio entregado en el domicilio señalado en este apartado.
● Vía correo electrónico.
Asimismo, en el contrato se deberán incluir los siguientes datos: Del Administrador del contrato y/o sus auxiliares:
● Nombre completo del contacto oficial:
● Cargo:
● Matricula:
● Domicilio:
● Correo electrónico:
Del Prestador del Servicio:
● Nombre completo del representante legal:
● Domicilio de las instalaciones donde se llevará a cabo la prestación del servicio:
● Correo electrónico.
22. Confidencialidad de la información
El proveedor adjudicado, deberá guardar las más estricta confidencialidad respecto de la información y documentación que con motivo de la presente contratación se le entregue y de aquella que genere durante la prestación del servicio, comprometiéndose a no utilizarla sin la autorización previa que se le otorgue por escrito por parte de personal autorizado, asumiendo la empresa cualquier responsabilidad en materia Civil, Penal o Administrativa que se derive.
23. Responsabilidad laboral
El proveedor adjudicado se compromete a que el personal que realice las tareas relacionadas con el servicio solicitado, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Seguro Social, como patrón sustituto, por lo que el Instituto no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberado de cualquier responsabilidad de seguridad social, obligándose el prestador del servicio a garantizar el pago de las prestaciones laborales para sus empleados durante la vigencia del contrato; comprometiéndose a que su Representante Legal designado se presente ante las instancias correspondientes y asuma todas las responsabilidades que en materia de seguridad social tenga con su trabajador y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de sus trabajadores sufra un accidente durante su horario laboral.
Glosario de Términos
Bajo demanda | Se entenderá como bajo demanda cuando el Instituto por así requerir sus necesidades y a través de sus Unidades Médicas o No Médicas acceden a uno o algunos de los gases o mezclas medicinales descritas en el requerimiento de forma indistinta en el momento que lo solicita al Proveedor, mediante los canales de comunicación establecidos para el efecto y que este último tendrá que suministrar en los mismos términos y condiciones que ese establecen en el presente documento. |
Cilindros tipo B: | Cilindros portátiles de capacidad de 6 a 12 m3, especiales para contener gases medicinales y hospitalarios, considerando las características normativas de cada gas. |
Cilindros tipo BT: | Cilindros portátiles xx xxxxx al carbono-cromo-molibdeno, para contener gases medicinales, considerando las características normativas de cada gas, con las siguientes capacidades de almacenaje: BT-80(2m3), BT-40(1.5m3) y BT-20(1m3). |
Cilindros tipo D: | Cilindros portátiles con una capacidad máxima de almacenaje de 0.415 m3, utilizados en el traslado de pacientes en el interior del hospital. |
Cilindros tipo E: | Cilindros portátiles de capacidad máxima de 0.682 m3 utilizados para traslados de pacientes en el interior del hospital. |
Cilindro tipo M: | Cilindros portátiles con una capacidad máxima de almacenaje de 3.45 m3 utilizados en el traslado de pacientes en el interior del hospital. |
Criogénico: | Sustancia, cilindro o sistema, que mantiene o conserva los gases a una temperatura igual o menor a-183 °C |
ppm: | Partes por millón; unidad de medida que se refiere a los mg (miligramos) que hay en un kg de disolución. |
Tanque Termo portátil | Recipiente para el transporte y almacenaje de gases a temperaturas criogénicas (O2, N2, N2O, Ar, CO2 y He). El cual contiene un gran volumen de gas en un pequeño espacio a una presión relativamente baja (hasta 16.5 kg/cm²) |
Tanque Termo estacionario: | Recipiente utilizado para almacenar grandes cantidades de gas criogénico en forma líquida. Mantiene el oxígeno en forma de líquido criogénico a una temperatura aprox. -183°C para posteriormente suministrarlo de forma gaseosa, mediante un vaporizador, a la Unidad Médica. |
OOAD | Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada |
ANEXO 1
“Requerimiento”
GAS O MEZCLA SOLICITADA | Tipo de contenedor Nombre IMSS |
Acetileno 2.6 Absorción Atómica | Cilindro |
Acetileno Industrial Grado 2.0 | Cilindro |
Aire Extra Seco | Cilindro |
Aire Medicinal FEUM | Cilindro tipo "B" |
Aire Medicinal FEUM | Cilindro |
Aire Sintético 99.998% Zero | Cilindro Tipo Alucan D2 |
Aire Ultra Cero/UPC | Cilindro |
Argón 4.8 | Cilindro |
Argón 4.8 | Cilindro tipo "Q" |
Argón 4.8 Alta Pureza | Cilindro |
Argón Cromatógrafico | Cilindro |
Argón Ultra Alta Pureza | Cilindro tipo "Q" |
Bióxido de Carbono Extra Seco | Cilindro |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "M" |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "BT" |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "BT-80" (2m³), "BT-40" (1.5m³) "BT- 20" (1m³). |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "E" |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "K" |
Bióxido de Carbono Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "B" |
Carbógeno (5% CO2 y 95% Oxigeno) | Cilindro |
Carga de Código Base Nitrógeno Portátil | Contenedor Portátil |
Dióxido de Carbono Solido (Hielo Seco) | Contenedor |
Gas Carbónico | Cilindro |
GAS DLCO RB (Monóxido de Carboco (CO) 0.26%, Helio (He) 9.50%, Oxigeno (O2) 21%, Balance de Nitrógeno). TOLERANCIA 0.01% | Cilindro |
GAS DLCO SB, IB (Monóxido de Carbono (CO) 0.30%, Metano (CH4) 0.30%, Acetileno (C2H2) 0.30%, Oxigeno (O2). Balance de Nitrógeno). TOLERANCIA 0.01% | Cilindro |
Gas Esterilizante Mezcla con Óxido de Etileno (OXIFUME O AGASEPTIC) | Cilindro |
GAS FRC He (Helio (He) 9.30%, Oxigeno (O2) 19%, Balance de Nitrógeno). Tolerancia 0.01% | Cilindro |
Gas MIXX200/2 | Cilindro |
Xxxxx | Xxxxxxxx |
Xxxxx | Xxxxxxxx tipo "K" |
Xxxxx Xxxx Xxxxxx | Cilindro |
Helio Cromatografico | Cilindro |
Helio Ultra Alta Pureza | Cilindro |
Hexafluoruro de Azufre | Cilindro |
Hexafluoruro de Azufre | Cilindro "LB" |
Hidrógeno 4.5 | Cilindro |
Hidrógeno 4.8 | Cilindro |
Hidrógeno Cromatográfico | Cilindro |
Mezcla Binaria Etileno 100 ppm mol Balance Aire | Cilindro Tipo Alucan D2 |
Mezcla Binaria Metano 2.5% Vol (50% LEL) Balance Aire | Cilindro Tipo Alucan D103 |
Mezcla Binaria Monóxido de Carbono 100 ppm Balance Nitrógeno | Cilindro Tipo Alucan D103 |
Mezcla Binaria Sulfuro de Hidrógeno 25 ppm Balance Nitrógeno | Cilindro Tipo Alucan D58 |
Mezcla CO 0.3% / CH4 0.3% / C2H2 0.3% / O2 21% / N2 Bal. | Cilindro |
Mezcla de Bióxido de Carbono 5%, Oxigeno 20% Y Nitrógeno 75% | Cilindro |
Mezcla de Helio al 70% y Oxigeno 30% 6m³ cil. B | Cilindro |
Mezcla de helio monóxido de carbono par DLCO-SB en proporciones x09: Helio 4.6, 9.400 vol %+monóxido de carbono 3.0 o.266 vol%+oxigeno 3.5, 18.870 vol%+nitrógeno 5.0 resto vol% 4m³ cil 30 al. | Cilindro |
Mezcla de hielo al 80% y Oxigeno 20% 6m³ cil. B | Cilindro |
Mezcla de hielo para cálculo de frac en proporciones sx 10: helio 4.6, 9.349 vol%+ oxigeno 3.5, 18.990 vol%+nitrógeno 5.0, resto vol% 4M3 Cil.30 al. | Cilindro |
Mezcla de monóxido de carbono +metano + acetato, para dlco, en proporciones x 06:monoxido de carbono 3.0,0.302 vol%+metano 2.5,0.299 vol%+acetileno 2.5,0.299 vol%+oxigeno 3.5,21.070 vol%+nitrógeno 5.0 resto vol% 4m3 cil.30 al | Cilindro |
Mezcla Etoxi 10 (10% Óxido de Etileno/Balance CO2) | Cilindro |
Mezcla Etoxi II (30% de Óxido de Etileno/Balance CO2) | Cilindro |
Mezcla Etoxi Siglo XXI (20% Óxido de Etileno/Balance CO2) | Cilindro tipo "B" |
Mezcla Etoxi Siglo XXI (20% Óxido De Etileno/Balance CO2) | Cilindro |
Mezcla He 9.38% / CO 0.265% / O2 18.85% / N2 Bal. | Cilindro |
Mezcla He 9-9.5% / O2 18.85% / N2 Bal. | Cilindro |
Mezcla Óxido Nítrico/Nitrógeno 500 ppm | Cilindro |
Mezcla Óxido Nítrico/Nitrógeno 800 ppm | Cilindro |
Mezcla Pletismógrafo 0,3% de CO, un 10% de Helio, un 21% de Oxígeno y el resto nitrógeno | Cilindro |
Mezcla PREMIX (0.28% F, 8.3% AR, 29.22% He, Bal N2 ) | Cilindro |
Nitrógeno 4.8 | Cilindro |
Nitrógeno Alta Pureza | Cilindro |
Nitrógeno Cromatográfico | Cilindro |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "A" |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "B" |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "K" |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro tipo "T" |
Nitrógeno Gaseoso FEUM | Cilindro tipo D, E, "BT-80" (2m³), "BT-40" (1.5m³) "BT-20" (1m³) |
Nitrógeno Industrial | Cilindro |
Nitrógeno Líquido FEUM | Tanque Termo Estacionario |
Nitrógeno Líquido FEUM | Tanque Termo Portátil (Xxxxx, Grandecyl, Permacyl, Minibulk, Microbulk, Portacryo ó PGS) |
Nitrógeno Ultra Alta Pureza | Cilindro |
Óxido Nitroso 2.5 Absorción | Cilindro |
Óxido Nitroso Alta Pureza | Cilindro |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "B" |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "D" |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "E" |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "K" |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "Q" |
Óxido Nitroso FEUM | Cilindro tipo "BT-80" (2m³), "BT-40" (1.5m³) "BT- 20" (1m³) |
Óxido Nitroso FEUM | Tanque Termo Portátil (Xxxxx, Grandecyl, Permacyl, Minibulk, Microbulk, Portacryo ó PGS) |
Oxígeno Industrial Grado 2.5 | Cilindro |
Oxígeno Industrial Grado 2.5 | Cilindro tipo "B" |
Oxígeno Industrial Grado 2.5 | Cilindro tipo "K" |
Oxígeno Industrial Grado 2.5 | Cilindro tipo "T" |
Oxígeno Industrial Grado 2.5 | Cilindro tipo "Q" |
Oxigeno Investigación 99.999% Pureza | Cilindro |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro de 9.5 m³ |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "B" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "BT" BT-80 (2m³), BT-40 (1.5m³) BT- 20 (1m³) |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "D" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "E" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "E" "Todo en Uno", RESPIROX, DISS. |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "K" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "M" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "Q" |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Cilindro tipo "T" |
Oxígeno Medicinal Líquido | Tanque Termo Estacionario |
Oxígeno Medicinal Líquido | Tanque Termo Portátil (Xxxxx, Grandecyl, Permacyl, Minibulk, Microbulk, Portacryo ó PGS) |
Perfluoropropano | Cilindro |
Oxígeno Medicinal Gaseoso | Concentrador 5 LT |
Regionalización
Región 1 | Región 2 | Región 3 | Región 4 | Región 5 | Región 6 |
Campeche | Edo. México Poniente | Colima | Baja California | Aguascalientes | Nivel Central |
Chiapas | Puebla | Guanajuato | Baja California Sur | Guerrero | Edo. México Oriente |
Oaxaca | Tabasco | Nayarit | Coahuila | Xxxxxxx | Xxxxxxx |
Xxxxxxxx Roo | Tlaxcala | Sinaloa | Chihuahua | Jalisco | D.F. Norte |
Yucatán | Veracruz Sur | Sonora | Durango | Michoacán | D.F. Sur |
H. de Especialidades No. 1 Yucatán | X. Xxxxx. y Ortopedia CMN Pue. | X. Xxxxxx-Xxxxxxxxx Xx. 00 Xxxx Xxx. | Xxxxx Xxxx | Xxxxxxxxx | X. xx Xxxxx. y Ortopedia. L. Verdes |
H. de Especialidades CMN Pue. | H. de Especialidades León Gto. | Tamaulipas | X. Xxxx Potosí | X. xx Xxxxx. Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx | |
X. xx Xxxxxxxxxxxxxx Xx. 0 Xxxxxx | X. Xxxxxxxxxxxxxx Xx. 00 Xxxxxxx Xxxx. | Xxxxxxxxx | H. General CMN La Raza | ||
H. de Gineco-Obst. No. 23 Mty N.L. | Veracruz Norte | H. de Gineco-Obst. No.3 CMN La Raza | |||
X. xx Xxxxx. y Ortopedia No. 21 Mty N.L. | H. de Especialidades No.14 Ver. | H. de Especialidades CMN La Raza | |||
H. de Especialidades No. 25 Mty N.L | H. de Pediatría Oblatos CMN Jal. | Admon. Áreas Comunes La Raza | |||
H. de Cardiología No. 34 Mty N.L | H. Gineco-Obst. Oblatos CMN Jal. | H. de Pediatría CMN Siglo XXI | |||
H. de Especialidades Oblatos CMN Jal. | H. de Oncología CMN Siglo XXI | ||||
H. Gineco-Obst. No.4 La Hormiga | |||||
H. de Cardiología CMN Siglo XXI. | |||||
H. deEspecialidades CMN Siglo XXI |
Anexo 2. “Programa de capacitación”
OOAD /UMAE| No. de Licitación:
Nombre de la Unidad Médica | Nivel de Unidad Médica | Domicilio completo | Fecha programada para impartir el curso |
Nota: Xxxxx 0 = Unidad de Medicina Familiar (UMF); Xxxxx 0 = Hospitales Generales; Xxxxx 0: UMAE (Unidades Médicas de Alta Especialidad)
Representante legal |
Nombre y Firma |
Anexo 3
“Pruebas de hermeticidad y detección de fugas”
Unidad Médica: Ubicación:
Fecha de Prueba:
Área o Sección | Hermeticidad | Tiempo (Mínimo 8 Horas) | Fugas localizadas para ser reparadas por conservación | |
Presión Inicial (PSI) | Presión Final (PSI) | |||
Urgencias | ||||
Pediatría | ||||
Traumatología | ||||
Recuperación y Quirófano | ||||
Consultorio Pediatría | ||||
Rayos X | ||||
Cabezal Principal a Piso 1 | ||||
Cabezal Principal a Piso 2 | ||||
Cabezal Principal a Piso 3 |
Ciudad de México, a de de 2021.
(Nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mí o por mi representada y suscribir las propuestas en la presente licitación pública nacional xxxxxxxxxxxx número , a nombre y representación de. (Persona Física o Moral) .
Datos Personas Xxxxxxx y Físicas.
Registro Federal de Contribuyentes. | |
Domicilio. | |
Calle y Número. | |
Colonia. | Demarcación territorial o Municipio. |
Código Postal. | Entidad Federativa. |
Teléfono Fijo. | Teléfono Móvil. |
Correo Electrónico. | |
Apoderado Legal o Representante. (Nombre, Domicilio, Teléfonos y Correo Electrónico) | |
Documento para Acreditar Personalidad y Facultades. (Escritura Pública y Modificaciones, Fecha, y Datos xxx Xxxxxxx Público) |
Datos Personas Xxxxxxx.
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva. | Fecha. | ||
Nombre, Número y Domicilio xxx Xxxxxxx Público (ante el cual se dio fe de la misma). | |||
Fecha y Datos de su Inscripción en el Registro Público de Comercio. | |||
Descripción del Objeto Social. | |||
Relación de Accionistas. | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) | |
Reformas al Acta Constitutiva que incidan con el objeto del procedimiento (Señalar Nombre, Número y Circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que las protocolizó, así como la Fecha y los datos de su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad). |
Asimismo, manifiesto que los cambios o modificaciones que se realicen en cualquier momento a los datos o documentos contenidos en el presente documento y durante la vigencia del contrato que, en su caso, sea suscrito con el Instituto, deberán ser comunicados a éste, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se generen.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 4.- Escrito de nacionalidad mexicana.
Ciudad de México, a de de 2021. Instituto Mexicano del Seguro Social
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Unidad de Adquisiciones e Infraestructura
Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Coordinación Técnica de Adquisición de Bienes de Inversión y Activos División de Contratación de Activos y Logística
Presente
Me refiero al procedimiento (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas) No. (Número de Procedimiento) en el que mi representada, la empresa
(nombre o razón social del licitante) participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en numeral 4.1.3, documentación legal- administrativa, de las bases de la convocatoria de la licitación citada en el párrafo anterior, manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:
• Conforme al artículo 35 del Reglamento de la Ley, que mi representada es de nacionalidad mexicana, para participar en el procedimiento.
• Conforme al artículo 39, fracción VIII del Reglamento de la Ley que el origen de los servicios que oferto, serán de origen nacional.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 5.- Escrito de cumplimiento de normas.
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Presente
Me refiero al procedimiento (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas) No. (Número de Procedimiento) en el que mi representada, la empresa (nombre o razón social del licitante) participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en numeral 4.1.3, Documentación legal- administrativa, de las bases de la convocatoria de la invitación a cuando menos tres personas citada en el párrafo anterior, manifiesto lo siguiente:
Que en caso de resultar adjudicado, los servicios propuestos cumplirán con las normas solicitadas en la presente Convocatoria, de acuerdo con el Anexo [***] que se adjunta para tal efecto.
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 6.- Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Ciudad de México, a de de 2021.
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Presente
Nombre en mi carácter de representante legal de la_(Persona Física o Moral)_. Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente.
Que el suscrito (Solo Personas Xxxxxxx. Y las personas que forman parte de la sociedad y) de la propia empresa que represento, no se encuentra(n) en alguno de los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, lo que manifiesto para los efectos correspondientes con relación a la licitación pública nacional electrónica número. .
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Nota. En caso de que el licitante sea persona física, adecuar el formato
Anexo 7.- Declaración de integridad.
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Presente
Nombre en mi carácter de representante legal de la_(Persona Física o Moral), y en términos de la convocatoria de la licitación pública nacional electrónica número. . Declaro bajo protesta de decir verdad lo siguiente.
Que mi representada se abstendrá por si misma o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos del Instituto, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Que en caso de resultar adjudicado, me obligo a liberar al Instituto de toda responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione con motivo de la infracción de derechos de autor, patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual a nivel nacional o internacional.
Anexo 8.- Escrito de estratificación de MIPYME.
Ciudad de México, a de de (1)
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Presente
Me refiero al procedimiento de (3)
Núm. (4)
en el que mí
representada, la empresa (5) , participa a través de la presente propuesta.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, manifiesto bajo protesta de decir verdad que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de
(7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
Descripción.
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como MIPYMES, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las MIPYMES, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
Instructivo de llenado.
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión. Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x 10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%.
Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYMES disponible en la página http.//xxx.xxxxxxxxxxxxxxxXxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
Anexo 9.- FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA.
Archivo se encuentra disponible en excel En Anexos de la Convocatoria
• Los Precios serán fijos durante la vigencia del contrato.
• La propuesta económica se presenta en pesos mexicanos.
• Esta propuesta económica considera dos decimales sin redondear y sin fórmulas.
Ciudad de Xxxxxx x xx xxx 0000
Xxxxx 00.- Relación de documentos a presentar
Fecha |
Licitación Pública Nacional Electrónica (Número y Carácter) |
Razón Social y Dirección Completa |
Teléfonos y Correo Electrónico |
Nombre del Representante |
Referencia | Documento legal-administrativo | Presentado | |
Si | No | ||
Anexo 3 | 4.1.3.1 Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, de acuerdo con el Anexo 3. Acompañándose de copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar ó cédula profesional), tratándose de personas físicas, y en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la propuesta. | ||
Anexo 4 | 4.1.3.2 Escrito bajo protesta de decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana, de acuerdo con el Anexo 4. | ||
Anexo 5 | 4.1.3.3 Escrito en el que manifieste que en caso de resultar adjudicado, los servicios propuestos cumplirán con las normas solicitadas en la presente convocatoria, de acuerdo con el Anexo 5. | ||
Anexo 6 | 4.1.3.4 Escrito bajo protesta de decir verdad, que no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, de acuerdo con el Anexo 6. | ||
Anexo 7 | 4.1.3.5 Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que se abstendrán de adoptar conductas, por si o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos del IMSS induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de acuerdo con el Anexo 7. | ||
Anexo 8 | 4.1.3.6 En su caso, escrito bajo protesta de decir verdad que el licitante cuenta con estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, de acuerdo con el Anexo 8. | ||
Escrito CompraNet | 4.1.3.7 Escrito libre en el que manifieste su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus |
informático o por cualquier otra causa ajena al IMSS, en términos de lo dispuesto por el numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet”. | |||
Anexo 11 | Escrito para solicitar la clasificación de la información entregada por el licitante. | ||
Anexo 15 | Convenio de Participación Conjunta | ||
Referencia | Documento de la propuesta técnica | Presentado | |
Si | No | ||
Anexo 1 | Propuesta Técnica en la cual se contemplará los requisitos, condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el Anexo 1 y Anexo 2 | ||
Referencia | Documento de la propuesta económica | Presentado | |
Si | No | ||
Anexo 9 | Formato de propuesta Económica. |
Anexo 11.- Formato información reservada y confidencial.
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Presente
(Nombre) , en mi carácter de , de la (Persona Física o Moral) , manifiesto por medio de la presente que los documentos contenidos en mi propuesta y remitida a la convocante para la licitación pública nacional electrónica número que contiene a su vez información de carácter Confidencial y Comercial Reservada con fundamento en los artículos 97, 98, 110 fracción XIII, 111 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Relación de documentos: 1.- ...
2.- ...
Protesto lo necesario
(Nombre y Firma del Apoderado o Representante Legal del Licitante)
Anexo 12.- Interés en participar en la licitación pública y solicitud de aclaraciones.
Ciudad de México, a de de 2021
(Nombre) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que se tiene interés en participar en la
presente Licitación Pública Nacional Electrónica Núm. y en su caso solicitar
aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, por si o a nombre y representación de. (Persona Física o Moral) .
El firmante debera manifestar, bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada.
Datos Personas Xxxxxxx y Físicas.
Registro Federal de Contribuyentes. | |
Domicilio. | |
Calle y Número. | |
Colonia. | Alcaldía o Municipio. |
Código Postal. | Entidad Federativa. |
Teléfono Fijo. | Teléfono Móvil. |
Correo Electrónico. | |
Apoderado Legal o Representante. (Nombre, Domicilio, Teléfonos y Correo Electrónico) | |
Documento para Acreditar Personalidad y Facultades. (Escritura Pública y Modificaciones, Fecha Datos xxx Xxxxxxx Público) |
Datos Personas Xxxxxxx.
Número de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva. | cha. | |
Nombre, Número y Domicilio xxx Xxxxxxx Público (ante el cual se dio fe de la misma). | ||
Fecha y Datos de su Inscripción en el Registro Público de Comercio. | ||
Descripción del Objeto Social. | ||
Relación de Accionistas. | ||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombre(s) |
Reformas al Acta Constitutiva que incidan con el objeto del procedimiento (Señalar Nomb Número y Circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Públicos que las protocolizó, así como la Fecha los datos de su Inscripción en el Registro Público de la Propiedad) |
Protesto lo necesario
(Nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante)
Anexo 13.- Formato de “Solicitud de Aclaraciones”
Procedimiento: | Fecha: | ||
Nombre o Razón Social del Licitante | |||
Domicilio | |||
R.F.C. | |||
Teléfono | |||
Correo Electrónico |
1.- Numerales de la convocatoria
(1) Numeral de la convocatoria | (2) No. de pregunt a y/o aclaraci ón | (3) Pregunta y/o aclaración | Respuesta IMSS |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 |
Instructivo de llenado
Concepto | Descripción |
(1) Numeral de la convocatoria. | Los licitantes deberán indicar el numeral específico de la convocatoria sobre el cual deseen formular preguntas o solicitar aclaraciones. En caso de requerir más renglones, deberán copiar la celda que contiene la “Lista Desplegable” y pegarla en la correspondiente celda. |
(2) No. de pregunta y/o aclaración. | Se refiere al número consecutivo de la pregunta o aclaración formulada por el licitante. |
(3) Pregunta y/o aclaración | Las preguntas o solicitudes de aclaración versarán exclusivamente sobre el contenido de la convocatoria |
Representante Legal del Licitante
Nombre y Firma
Anexo 14.- Modelo de contrato.
Contrato (indicar en su caso, si se trata de un contrato Abierto o Plurianual) para la prestación del servicio de , que celebran, por una parte, el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, que en lo sucesivo se denominará “EL INSTITUTO”, representado en este acto por el/la C. , en su carácter de Apoderado (a) Legal, y, por la otra parte, la empresa denominada , a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PROVEEDOR”, representada por , en su carácter de Representante Legal, y a quienes en forma conjunta se les denominará “LAS PARTES”, al tenor de las Declaraciones y Cláusulas siguientes:
(en caso de participación conjunta, de deberá cambiar la redacción a: y, por la otra,
representada por el/la C. en su carácter de Representante Legal, en participación conjunta con , representada por el/la C. , en su carácter de Representante Legal, a quienes en forma conjunta o individualmente de les denominará en lo sucesivo “EL PROVEEDOR” y en forma conjunta con “EL INSTITUTO” se les denominará “LAS
PARTES”, al tenor de las Declaraciones y Cláusulas siguientes:)
D E C L A R A C I O N E S
I.- “EL INSTITUTO” declara, a través de su Apoderado (a) Legal que:
I.1.- Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, como un servicio público de carácter nacional, en términos de los artículos 4º y 5º de la Ley del Seguro Social.
I.2.- Está facultado para contratar los servicios necesarios, en términos de la legislación vigente, para la consecución de los fines para los que fue creado, de conformidad con el artículo 251, fracción IV de la Ley del Seguro Social.
I.3.- El/La C. , en su carácter de Titular de , cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento jurídico en su calidad de Apoderado Legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 A de la Ley de Seguro Social, y acredita su personalidad mediante el testimonio de la Escritura Pública número de fecha , otorgada ante la fe del Licenciado , Titular de la Notaría Pública Número del , e inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número , de fecha ; manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna en cumplimiento a los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
NOTA: En tratándose de contratos plurianuales que deba suscribir el Director General del Instituto, deberá insertarse, en sustitución del párrafo que antecede, el texto siguiente:
El , se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico en representación de "EL INSTITUTO" con fundamento en los artículos 268, fracción III, y 277 F, cuarto párrafo, de la Ley del Seguro Social y 66, fracción I del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y acredita su personalidad mediante el testimonio de la Escritura Pública número , de fecha de de , pasada ante la fe del , titular de la Notaría Pública número de la , en la que consta la protocolización de su nombramiento como Director General de “EL INSTITUTO”, para celebrar en forma indelegable, contratos plurianuales, cuya prestación genere una obligación de pago para “EL INSTITUTO”, igual o mayor a 190,150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en alguno de sus años de vigencia y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna.
El Nombramiento, se encuentra inscrito en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número , de fecha , y manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas, ni restringidas en forma alguna.
I.4.- El/La C. , Titular de de “EL INSTITUTO”, funge como Administrador del presente contrato, responsable de dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en este instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOTA: En contratos plurianuales en los que su administración se ejerza en Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada, se insertará la siguiente declaración del IMSS1:
El C. , en su calidad de Titular de la Delegación (Estatal o
Regional) del IMSS en y como superior jerárquico de los servidores públicos
encargados de administrar el presente instrumento jurídico suscrito dentro de la circunscripción territorial de dicha Delegación, suscribe el presente instrumento jurídico con las facultades que le confieren los artículos 2, fracción IV, inciso a), 8, 139, 141, 144 fracciones I y XXIII, y 155 fracción , del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de acuerdo con el poder que le fue conferido en la Escritura Pública número , de fecha
, otorgada ante la fe del Licenciado , Notario Público número , de la Ciudad de , inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados, con el número de folio , de fecha , en cumplimiento a los artículos 24 y 25, fracción IV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
1 Adecuar en UMAES.
I.5.- Para el cumplimiento de sus funciones y la realización de sus actividades, se requiere de la prestación del servicio de , solicitado por .
I.6.- Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, cuenta con los recursos
disponibles suficientes, no comprometidos, en la cuenta número de
conformidad con el Dictamen de Disponibilidad Presupuestal Previo con número de folio , emitido por la Titular de la de fecha , mismo que se agrega al presente contrato como Anexo _ ( ).
NOTA: En aquellos contratos que sean suscritos en un ejercicio presupuestario anterior al del inicio de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, segundo párrafo de la LAASSP, deberá agregarse el siguiente párrafo:
Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo del presente instrumento jurídico, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “EL INSTITUTO”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para “EL INSTITUTO”.
NOTA: En tratándose de aquellos contratos que rebasen las asignaciones del ejercicio presupuestario correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277 F, de la Ley del Seguro Social, se deberá insertar el texto siguiente:
Los compromisos excedentes no cubiertos durante el presente ejercicio, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “EL INSTITUTO”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para “EL INSTITUTO”.
NOTA: Incluir como declaración opcional del IMSS, los datos de autorización del Consejo Técnico, tratándose de contratos plurianuales, conforme a lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 277 F, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, el Consejo Técnico de “EL INSTITUTO”, autorizó la celebración del presente contrato plurianual, y el presupuesto a ejercer en el mismo, conforme al Acuerdo , emitido por el citado Órgano de Gobierno, el día de de .
I.7.- Con fecha , la Coordinación Técnica de , a través de la División de
, mediante (acta de u oficio de ), notificó a “EL PROVEEDOR” la adjudicación del procedimiento de número , con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los relativos de su Reglamento y
demás disposiciones aplicables en la materia, como se detalla en el Anexo _ ( ), del presente instrumento jurídico.
I.8.- De conformidad con lo previsto en el artículo 81, fracción IV del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de discrepancia entre el
contenido en la y el presente instrumento jurídico, prevalecerá lo
establecido en la y, en su caso, la junta de aclaraciones respectiva. (En su caso).
I.9.- Señala como su domicilio para todos los efectos de este acto jurídico, el ubicado en Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx XX, Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06700, en la Ciudad de México.
II.- “EL PROVEEDOR” declara, a través de su Representante Legal, que:
EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA:
II.1.- Acredita su personalidad para la firma de este contrato, mediante copia certificada de su
(Acta de nacimiento, carta de naturalización), folio número , expedida por de fecha e identificación oficial consistente en el documento expedido por , con número , de fecha o año de registro .
II.2.- Se encuentra Inscrita en el Régimen de , y su actividad económica consiste en (actividades vinculantes al objeto del contrato).
EN CASO DE PERSONA MORAL.
II.1.- Es una persona moral constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública número de fecha , pasada ante la fe del (la) Licenciado (a) , Titular de la Notaría Pública número
de , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , con el folio mercantil número .
II.2.- , acredita su personalidad en términos de la Escritura Pública número de fecha , pasada ante la fe del (la) Licenciado (a) , Titular de la Notaría Pública número de , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , con el folio mercantil número , y manifiesta bajo protesta de decir verdad que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas ni restringidas en forma alguna.
II.3.- De acuerdo con sus Estatutos, su objeto social consiste, entre otros en:
.
II.4.- Cuenta con los registros siguientes:
• Registro Federal de Contribuyentes número: .
• Registro Patronal ante “EL INSTITUTO” y EL INFONAVIT número: .
EN CASO DE QUE EL MONTO DEL CONTRATO SEA MAYOR A $300,000.00 SIN I.V.A., SE DEBEN SEÑALAR LAS DECLARACIÓNES CORRESPONDIENTES A LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO EN MATERIA FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL (SAT E IMSS).
II.5.- Cuenta, al igual que su subcontratante, con el documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, de conformidad con el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo dispuesto por las Reglas 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, publicada el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxx (xx xxx xxxxxx) presenta copia a “EL INSTITUTO” para efectos de la suscripción del presente contrato.
(Lo resaltado en amarillo solo se debe incluir cuando exista subcontratación).
II.6.- Sus trabajadores se encuentran inscritos en el régimen obligatorio del Seguro Social, y al corriente en el pago de las cuotas obrero patronales a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social, cuyas constancias correspondientes debidamente emitidas por “EL INSTITUTO” exhibe para efectos de la suscripción del presente instrumento jurídico. (En caso de aplicar)
II.7.- Cuenta, al igual que su subcontratante, con el documento correspondiente, vigente, expedido por “EL INSTITUTO” sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, conforme al Acuerdo ACDO.SA1.HCT.260220/64.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico de “EL INSTITUTO” en la sesión ordinaria celebrada el 10 de diciembre de 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 y su modificación publicada en el mismo de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxx (xx xxx xxxxxx) presenta copia a “EL INSTITUTO” para efectos de la suscripción del presente contrato.
(Lo resaltado en amarillo solo se debe incluir cuando exista subcontratación).
En caso de incumplimiento en sus obligaciones en materia de seguridad social, solicita se apliquen los recursos derivados del presente contrato, contra los adeudos que, en su caso, tuviera a favor de “EL INSTITUTO”. (En caso de aplicar)
II.8.- Cuenta, al igual que su subcontratante, con el documento correspondiente, vigente, expedido por el INFONAVIT en los términos del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxx (xx xxx xxxxxx) presenta copia a “EL INSTITUTO” para efectos de la suscripción del presente contrato.
(Lo resaltado en amarillo solo se debe incluir cuando exista subcontratación).
II.9.- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre en los supuestos señalados anteriormente, el contrato será nulo previa determinación de la autoridad competente de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.10.- Conforme a lo previsto en los artículos 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 107 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR”, en caso de auditorías, visitas o inspecciones que practique la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “EL INSTITUTO”, deberá proporcionar la información relativa al presente contrato que en su momento se requiera.
II.11.- Reúne las condiciones de organización, experiencia, personal capacitado y demás recursos técnicos, humanos y económicos necesarios, así como con la capacidad legal suficiente para cumplir con las obligaciones que contrae en el presente contrato.
II.12.- Para efectos legales y de notificación relacionados con el presente contrato señala como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, el ubicado en número , Colonia _ , Demarcación Territorial , Código Postal , Ciudad de México, teléfonos , correo electrónico: .
Hechas las declaraciones anteriores, “LAS PARTES” convienen en otorgar el presente contrato, de conformidad con las siguientes:
EN CASO DE QUE SE HAYA ADJUDICADO A UN PROVEEDOR EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA, SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE TEXTO:
III.- “EL PROVEEDOR”, declara conjuntamente que:
III.1.- Han celebrado convenio de participación conjunta, cuyas obligaciones deberán cumplirse en términos del mismo, el cual se integra al presente instrumento jurídico como Anexo ( ).
III.2.- Conocen el contenido y los requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, la Convocatoria y sus Anexos.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar el servicio de
, cuyas características, cantidades, alcances y especificaciones se describen en los Anexos _ ( ) y ( ) del presente instrumento jurídico, así como a las condiciones de la
Convocatoria, Junta de Aclaraciones y Acta de del procedimiento del cual deriva el presente contrato, disponibles para su consulta en el Portal de Compras Gubernamentales Compranet.
REDACCIÓN PARA CONTRATO CERRADO
SEGUNDA.- IMPORTE DEL CONTRATO.- El importe del presente contrato es por la cantidad de $ .00 ( 00/100 M.N.), (en caso de aplicar) más/incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) o en su defecto (la tasa aplicable correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) es 0%), de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo _ (_ ) del presente contrato.
“LAS PARTES” convienen que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de precios fijos, de acuerdo con los precios unitarios pactados, por lo que el monto de los mismos no cambiará durante la vigencia del presente instrumento jurídico.
REDACCIÓN PARA CONTRATO ABIERTO
SEGUNDA.- IMPORTE DEL CONTRATO.- El importe del presente contrato es por la cantidad mínima de $ .00 ( PESOS 00/100 M.N.), (en caso de aplicar) más/incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) o en su defecto (la tasa aplicable correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) es 0%), y por la cantidad máxima de
$ .00 ( PESOS 00/100 M.N.)
(en caso de aplicar) más/incluye el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) o en su defecto (la tasa aplicable correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) es 0%), de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo _ (__) del presente contrato.
“LAS PARTES” convienen que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de precios fijos, de acuerdo con los precios unitarios pactados, por lo que el monto de los mismos no cambiará durante la vigencia del presente instrumento jurídico.
EN CASO DE TRATARSE DE UN CONTRATO PLURIANUAL, SE TENDRÁN QUE SEÑALAR LOS IMPORTES A EJERCER POR CADA EJERCICIO FISCAL.
TERCERA.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO.- Se efectuarán pagos a “EL
PROVEEDOR” una vez proporcionado los servicios, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 93 de su Reglamento, así como por lo establecido en los Términos y Condiciones que se agregan al presente contrato en el Anexo _ (_).
El pago del servicio se realizará en de “EL INSTITUTO”, cuyos domicilios se relacionan en el Anexo _ ( ) del presente contrato, una vez que el servicio haya sido proporcionado conforme a :
(Agregar párrafos correspondientes a pago conforme a cada caso en particular)
El pago se realizará en pesos mexicanos, en los plazos normados por la Dirección de Finanzas en el “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos”, sin que éstos rebasen los 20 (veinte) días naturales posteriores a aquel en que “EL PROVEEDOR” presente en las áreas de trámite de erogaciones la representación impresa del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), siempre y cuando se cuente con la suficiencia presupuestal, así como con la documentación comprobatoria que acredite la prestación de los servicios, y se indique en dicha documentación los servicios proporcionados, número de proveedor, número de contrato, número de fianza y denominación social de la afianzadora, en su caso.
“EL PROVEEDOR” deberá expedir sus CFDI, en el esquema de facturación electrónica, con las especificaciones normadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social, con Registro Federal de Contribuyentes IMS421231I45, domicilio en Avenida Paseo de la Reforma número 476, Colonia Juárez, Código Postal 06600, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, en la Ciudad de México.
“EL PROVEEDOR”, para cada uno de los pagos que efectivamente reciba, de acuerdo con esta cláusula, deberá de expedir a nombre de “EL INSTITUTO”, el “CFDI con complemento para la recepción de pagos”, también denominado “recibo electrónico de pago”, el cual elaborará dentro de los plazos establecidos por las disposiciones fiscales vigentes y lo cargará en el portal de servicios a proveedores de la página de “EL INSTITUTO”.
Para la validación de dichos comprobantes “EL PROVEEDOR” deberá cargar en internet, a través del portal de servicios a proveedores de la página de “EL INSTITUTO” el archivo en formato XML, la validez de los mismos será determinada durante la carga y únicamente los comprobantes válidos serán procedentes para pago.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, a través del esquema electrónico interbancario que “EL INSTITUTO” tiene en operación; para tal efecto, “EL PROVEEDOR” proporcionará con oportunidad su número de cuenta, CLABE, banco y sucursal, a menos que “EL PROVEEDOR” acredite en forma fehaciente la imposibilidad para ello.
El pago se depositará en la fecha programada, a través del esquema interbancario si la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR” está contratada con BANORTE, BBVA BANCOMER, HSBC, SCOTIABANK INVERLAT o a través del esquema interbancario vía SPEI (Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios), si la cuenta pertenece a un banco distinto a los antes mencionados.
El administrador del contrato será quien dará la autorización para que la Dirección de Xxxxxxxx proceda a su pago de acuerdo con lo normado en el anexo “Cuentas Contables” del “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para
trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos”.
En ningún caso se deberá autorizar el pago de los servicios, sí no se ha determinado, calculado y notificado a “EL PROVEEDOR” las penas convencionales o deducciones pactadas en el presente contrato, así como su registro y validación en el Sistema PREI Millenium.
“EL PROVEEDOR” se obliga a no cancelar ante el SAT los CFDI a favor de “EL INSTITUTO” previamente validados en el portal de servicios a proveedores, salvo justificación y comunicación por parte del mismo al administrador del contrato para su autorización expresa, debiendo éste informar a las áreas de trámite de erogaciones de dicha justificación y reposición del CFDI en su caso.
“EL PROVEEDOR” deberá entregar el CFDI a favor de “EL INSTITUTO” por el importe de la aplicación de la pena convencional por atraso.
Las Unidades Responsables del Gasto (URG) deberán registrar el contrato y su dictamen presupuestal en el Sistema PREI Millenium para el trámite de pago correspondiente.
“EL PROVEEDOR”, durante la vigencia del presente contrato, se obliga a presentar a “EL INSTITUTO”, junto con el CFDI respectivo la constancia positiva y vigente emitida por el INFONAVIT y la “Opinión de cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social”, vigente y positiva, la cual puede ser consultada a través de la página electrónica xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx, en los términos requeridos por “EL INSTITUTO”. (En caso de aplicar)
Los servicios cuya recepción no genere alta a través del SAI ni realice al PREI Millenium de manera electrónica, deberán contener la firma de recepción y de autorización para el trámite de pago de acuerdo a lo establecido en el “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos” vigente, así como el Acta de Entrega- Recepción (en caso de aplicar).
Para que “EL PROVEEDOR” pueda celebrar un contrato de cesión de derechos de cobro, deberá notificarlo por escrito a “EL INSTITUTO” con un mínimo de 5 días naturales anteriores a la fecha de pago programada; el administrador del contrato o, en su caso, el Titular del Área Requirente, deberá entregar los documentos sustantivos de dicha cesión al área responsable de realizar el proceso, conforme al “Procedimiento para la recepción, glosa y aprobación de documentos presentados para trámite de pago y la constitución, modificación, cancelación, operación y control de fondos fijos”.
De igual forma procederá en caso de que celebre contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
En caso de que “EL PROVEEDOR” reciba pagos en exceso deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL INSTITUTO”.
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su CFDI con errores o deficiencias, conforme a lo previsto en los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias o errores que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no se computará dentro del plazo estipulado para el pago.
El administrador del contrato llevará a cabo la valoración de la procedencia del pago por concepto de gastos no recuperables conforme a lo previsto en los artículos 101 y 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con los artículos 38, 46, 54 Bis y 55 Bis, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, previa solicitud por escrito a “EL PROVEEDOR”, acompañada de los documentos siguientes:
• Copia de la identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que haya realizado los trámites relacionados con el procedimiento de contratación.
• El CFDI que reúna los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF, 37 al 40 del RCFF y, en su caso, la Resolución de la Miscelánea Fiscal del Ejercicio que corresponda.
• La solicitud la realizará al administrador del contrato para la determinación de la procedencia del pago y, en su caso, elaborar el finiquito y remitirlo para el pago respectivo a la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones, dependiente de la Dirección de Finanzas, o ante la Jefatura de Servicios de Finanzas o de la UMAE correspondiente. (Eliminar lo marcado cuando el pago se efectúe a Nivel Central o ante los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada).
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso y/o por concepto de deducciones. En ambos casos, “EL INSTITUTO” realizará las retenciones correspondientes sobre el CFDI que se presente para pago. En el entendido de que en el
supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido por el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PÁRRAFO PARA EN CASO DE QUE EXISTA PARTICIPACIÓN CONJUNTA.
Para efectos del cobro de sus CFDI, deberá presentarse por “EL PROVEEDOR” que se haya establecido en el convenio de participación conjunta, el cual se agrega al presente instrumento jurídico como Anexo ( ), en el entendido de que “EL INSTITUTO” no será
responsable de la manera en que hayan acordado la distribución del pago.
CUARTA.- PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL
PROVEEDOR” se obliga a prestar a “EL INSTITUTO” el servicio que se menciona en la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico, conforme a lo establecido en el Anexo Técnico y en los Términos y Condiciones integrados en el Anexo ( ) de contrato, apegándose a las condiciones, alcances y características detalladas en la Convocatoria, Junta de Aclaraciones (en su caso) y Acta de del procedimiento del cual deriva el presente contrato, disponibles para su consulta en el Portal de Compras Gubernamentales CompraNet, y de acuerdo con lo siguiente:
PLAZO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- El servicio iniciará a partir del al .
EN CASO DE APLICAR Lo anterior de conformidad con los artículos 46 de la LAASSP y 84 de su Reglamento.
LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga expresamente a prestar el servicio en .
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga con “EL
INSTITUTO” a cumplir con las condiciones del servicio, de acuerdo a lo establecido en los Términos y Condiciones que se integran en el presente contrato como Anexo _ ( ), así como a lo ofrecido en sus propuestas técnica y económica que se agregan en el Anexo ( ).
EN CASO DE EXISTA PARTICIPACIÓN CONJUNTA
“EL PROVEEDOR” convino en conjuntar sus recursos técnicos, legales, administrativos, económicos y financieros por lo que se obliga a proporcionar los servicios objeto del presente contrato en términos del convenio de participación conjunta, integrado en el Anexo ( ),
del presente contrato.
“EL PROVEEDOR” conviene que en el supuesto de que cualquiera se declare en quiebra o suspensión de pagos, no los libera de cumplir con sus obligaciones, por lo que cualquiera de
ellas que subsista, acepta y se obliga expresamente a responder solidariamente de las obligaciones contractuales a que hubiere lugar.
Cabe resaltar que mientras no se cumpla con las condiciones de la prestación del servicio establecidas, “EL INSTITUTO” no dará por aceptado el servicio objeto de este contrato.
QUINTA.- VIGENCIA.- “LAS PARTES” convienen que la vigencia del presente contrato será a partir de y hasta el .
SEXTA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE COBRO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no
transferir o ceder por ningún título, en forma total o parcial, a favor de cualquier otra persona física o moral, sus derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato; a excepción de los derechos de cobro, debiendo, en este caso, solicitar por escrito el consentimiento de “EL INSTITUTO” a través del administrador del presente contrato para tal efecto.
“EL PROVEEDOR” deberá presentar la solicitud correspondiente dentro de los 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, a la que deberá adjuntar una copia de los contra-recibos cuyo importe transfiere, y demás documentos sustantivos de dicha transferencia, lo cual será necesario para efectuar el pago correspondiente.
Si con motivo de la transferencia de los derechos de cobro solicitada por “EL PROVEEDOR” se origina un retraso en el pago, no procederá el pago de los gastos financieros a que hace referencia el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SÉPTIMA.- RESPONSABILIDAD.- Conforme a lo previsto en el artículo 53 de la LAASSP, “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros. Asimismo, se obliga a cumplir cabalmente el objeto del presente contrato y a entera satisfacción de “EL INSTITUTO”; por lo que responderá de los defectos y vicios ocultos que afecten la calidad de los servicios entregados, tanto durante el tiempo de vigencia de este contrato como durante la vida útil del bien, así como a responder de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el Código Civil Federal.
Lo anterior, de acuerdo a la Garantía del Servicio descrita en la Cláusula , inciso del presente contrato. (En caso de aplicar).
OCTAVA.- CONTRIBUCIONES.- Los impuestos y/o derechos que procedan con motivo del servicio objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR” conforme a la legislación aplicable en la materia.
“EL INSTITUTO” sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), de acuerdo con lo establecido en las disposiciones fiscales vigentes en la materia. (EN CASO DE APLICAR).
“EL PROVEEDOR”, en su caso, cumplirá con la inscripción de sus trabajadores en el régimen obligatorio del Seguro Social, así como con el pago de las cuotas obrero-patronales a que haya lugar, conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social. “EL INSTITUTO”, a través del Área fiscalizadora competente, podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de dicha obligación.
“EL PROVEEDOR” que tenga cuentas líquidas y exigibles a su cargo por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B de la Ley del Seguro Social, acepta que “EL INSTITUTO” las compense con el o los pagos que tenga que hacerle por concepto de contraprestación por la contratación del servicio.
NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL, PATENTES Y/O MARCAS.- “EL PROVEEDOR” se
obliga para con “EL INSTITUTO”, a responder por los daños y/o perjuicios que pudiera causar a “EL INSTITUTO” y/o a terceros, si con motivo de la prestación del servicio se violan derechos de autor, de patentes y/o marcas u otro derecho reservado a nivel Nacional o Internacional.
Por lo anterior, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor, ni a la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de "EL INSTITUTO" por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento jurídico a “EL PROVEEDOR”, para que éste lleve a cabo las acciones necesarias que garanticen la liberación de "EL INSTITUTO" de cualquier controversia o responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione.
Lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 45, fracción XX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(SÓLO EN CASO DE APLICAR)
Asimismo, “LAS PARTES” se obligan a lo señalado en el numeral de los Términos y Condiciones que se agregan en el Anexo ( ) del presente contrato.
DÉCIMA.- GARANTÍAS.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “EL INSTITUTO” las garantías que a continuación se indican:
a) DEL SERVICIO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar al Administrador del Contrato, escrito preferentemente en papel membretado, en el cual garantice
, firmado por su representante legal. (ADECUAR CONFORME PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN)
b) DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este instrumento jurídico (VERIFICAR PLAZO DE ENTREGA SEÑALADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN), en términos de la fracción II del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas a favor del “Instituto Mexicano del Seguro Social” por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe total ó máximo que se indica en la Cláusula Segunda del presente contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), en Moneda Nacional.
EN CASO DE CONTRATOS PLURIANUALES:
La garantía de cumplimiento del contrato podrá ser por el 10% del monto total (o máximo si fuese contrato abierto) a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y que deberá ser renovada cada ejercicio por el monto que se ejercerá en el mismo, entregándose dentro de los primeros 10 días naturales del ejercicio que corresponda conforme lo prevé el artículo 87 del Reglamento de la LAASSP.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “EL INSTITUTO” la póliza de fianza antes señalada, en la División de Contratos, ubicada en Calle Durango número 291, 10º piso, Colonia Roma Norte, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Código Postal 06700, en la Ciudad de México, apegándose al formato que para tal efecto se entregará en la referida División.
VERIFICAR VIGENCIA DE LA GARANTÍA EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES.
Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato se liberará de forma inmediata a “EL PROVEEDOR” una vez que “EL INSTITUTO” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PROVEEDOR” siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato; para lo anterior, deberá presentar mediante escrito la solicitud de liberación de la fianza en la División de Contratos, misma que llevará a cabo el procedimiento para su liberación y entrega.
ENDOSO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- En el supuesto de que “EL
INSTITUTO” y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar en cualquiera de sus partes el presente contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar el endoso de la póliza de garantía originalmente entregada, en el que conste las modificaciones o cambios en la respectiva fianza, observándose los mismos términos y condiciones señalados en la presente cláusula para la entrega de la garantía de cumplimiento,
debiéndola entregar “EL PROVEEDOR” a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del convenio respectivo.
(EN EL CASO DE APLICAR DE ACUERDO AL MONTO)
No obstante lo anterior, y toda vez que el monto del presente contrato es menor a 900 (novecientos) días de Unidad de Medida y Actualización (UMA), "EL PROVEEDOR" podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, en favor de "EL INSTITUTO", siendo necesario considerar lo siguiente:
a) El cheque debe expedirse a nombre del "Instituto Mexicano del Seguro Social".
b) Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, por "EL INSTITUTO" en la .
c) El cheque será devuelto a solicitud, por escrito de "EL PROVEEDOR" el segundo día hábil posterior a que "EL INSTITUTO" constate el cumplimiento del presente instrumento, previa validación del Administrador del Contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE ESTE
CONTRATO.- “EL INSTITUTO” llevará a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato en los casos siguientes:
a) Se rescinda administrativamente el presente contrato.
b) Durante su vigencia se detecten deficiencias, fallas o calidad inferior del servicio prestado, en comparación con lo ofertado.
c) Cuando en el supuesto de que se realicen modificaciones al contrato, “EL PROVEEDOR” no entregue en el plazo pactado el endoso o la nueva garantía, que ampare el porcentaje establecido para garantizar el cumplimiento del presente instrumento, de conformidad con la Cláusula , inciso ).(VERIFICAR)
d) Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato
De conformidad con el artículo 81, fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la aplicación de la garantía de cumplimiento se hará efectiva
de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas o
por el monto total de las obligaciones garantizadas. (Dependiendo del caso concreto)
DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES.- De conformidad con lo establecido en los artículos 45, fracción XIX, 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 95 y 96 de su Reglamento, la pena convencional aplicable a "EL PROVEEDOR", por atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio será del % ( por ciento) por cada
día de atraso, sin considerar el I.V.A., hasta el cumplimiento de su totalidad se calculará, conforme a lo señalado en el numeral de los Términos y Condiciones incluidos en el Anexo _ ( ) del presente contrato.
PARA EL CASO DE QUE EXISTAN VARIOS PORCENTAJES XX XXXXX CONVENCIONALES, SE DEBERÁ USAR LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES.- De conformidad con lo establecido en los artículos 45, fracción XIX, 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 95 y 96 de su Reglamento, la pena convencional aplicable a “EL PROVEEDOR”, por atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio será conforme a los conceptos y porcentajes señalados en el numeral de los Términos y Condiciones incluidos en el Anexo _ ( ) del presente contrato.
El Administrador del presente contrato será el responsable de determinar, calcular y aplicar las penas convencionales, vigilando los correspondientes registro o captura y validación en el sistema PREI Millenium, así como de notificarlas a “EL PROVEEDOR” por escrito, por medios electrónicos u ópticos.
“EL INSTITUTO” descontará las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deba cubrir a “EL PROVEEDOR”. Por lo tanto, “EL PROVEEDOR” autoriza a descontar las cantidades que resulten de aplicar las sanciones señaladas en párrafos anteriores, sobre los pagos que éste deba cubrirle a "EL INSTITUTO" durante el período en que incurra y/o se mantenga en atraso con motivo de la prestación del servicio.
Para autorizar el pago del servicio, previamente “EL PROVEEDOR” tiene que haber cubierto las penas convencionales aplicadas conforme a lo dispuesto en el presente contrato. El administrador del presente contrato será el responsable de verificar que se cumpla esta obligación, dentro de los 5 (cinco) hábiles siguientes a la conclusión del atraso.
DÉCIMA TERCERA.- DEDUCCIONES.- Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR”, por la entrega parcial o deficiente del servicio, se hará acreedor a una sanción equivalente al % ( por ciento) del valor de lo incumplido, conforme a lo señalado en el numeral de los Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
PARA EL CASO DE QUE EXISTAN VARIOS PORCENTAJES XX XXXXX CONVENCIONALES, SE DEBERÁ USAR LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
DÉCIMA TERCERA.- DEDUCCIONES.- Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR”, por la entrega parcial o deficiente del servicio, se hará acreedor a una sanción conforme los conceptos y porcentajes señalados en el numeral de los Términos y Condiciones que se integran en el Anexo ( ) del presente contrato.
El administrador del presente contrato será responsable del cálculo, aplicación y seguimiento de las deducciones. El monto máximo de aplicación de las deducciones no podrán ser mayor al que resulte de aplicar el porcentaje de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
En caso de que se exceda se podrá proceder a la rescisión del contrato.
DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- De conformidad con lo
establecido en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 102 de su Reglamento, “EL INSTITUTO” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio, objeto del presente contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “EL INSTITUTO” o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
La terminación anticipada del presente contrato se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. Los gastos no recuperables por la terminación anticipada serán pagados siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.- En caso fortuito o fuerza mayor, bajo su responsabilidad, “EL INSTITUTO” podrá suspender la prestación del servicio en términos del artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso únicamente se pagarán aquéllos que hubiesen sido efectivamente prestados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “EL INSTITUTO”, se pagarán previa solicitud de “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables de conformidad con el artículo 102, fracción II, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para lo cual deberá presentar su solicitud a “EL INSTITUTO” para su revisión y validación, una relación pormenorizada de los gastos, los cuales deberán estar debidamente justificados, sean razonables, se relacionen directamente con el objeto del servicio contratado y a entera satisfacción del administrador del presente contrato.
DÉCIMA SEXTA.- CAUSALES DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL
INSTITUTO” podrá rescindir administrativamente este contrato sin más responsabilidad para el mismo y sin necesidad de resolución judicial, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en cualquiera de las causales que se señalan a continuación:
1. Cuando no entregue la garantía de cumplimiento del presente contrato, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo.
2. Cuando incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del presente contrato.
3. Cuando incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato y sus anexos.
4. Cuando se compruebe que el servicio ha sido prestado con alcances y características distintas a las pactadas.
5. Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título y a favor de otra persona física o moral, los derechos y obligaciones a que se refiere el presente documento, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización de “EL INSTITUTO”.
6. Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.
7. Cuando de manera reiterativa y constante, “EL PROVEEDOR” sea sancionado por parte de “EL INSTITUTO” con penalizaciones y/o deducciones sobre el mismo concepto de los servicios que proporciona, o por ubicarse en los límites de incumplimientos previstos en la cláusula xx xxxxx convencionales y/o deducciones del presente instrumento.
8. Cuando se sitúe en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
9. En el supuesto de que la Comisión Federal de Competencia Económica, de acuerdo con sus facultades, notifique a “EL INSTITUTO” la sanción impuesta a “EL PROVEEDOR” con motivo de la colusión de precios en que hubiese incurrido durante el procedimiento de contratación, en contravención a lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley Federal de Competencia Económica y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (En caso de aplicar)
10. Si “EL PROVEEDOR” no permite a “EL INSTITUTO” la administración y verificación a que se refiere la cláusula correspondiente del presente contrato.
11. EN CASO DE TRATARSE DE UN CONTRATO XXXXXXXXXX, SE DEBERÁ MENCIONAR COMO CAUSAL, LA NO ENTREGA DE LA RENOVACIÓN DE LA GARANTÍA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE EN EL PLAZO SEÑALADO EN LA CLÁUSULA DE GARANTÍAS.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL INSTITUTO”, en
términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá rescindir administrativamente el presente contrato en cualquier momento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento siguiente:
a) Si “EL INSTITUTO” considera que “EL PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que se consignan en la Cláusula que antecede, lo hará saber a “EL PROVEEDOR” de forma indubitable por escrito, a efecto de que éste exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, en un término de 5 (cinco) días hábiles, a partir de la notificación de la comunicación de referencia.
b) Transcurrido el término a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.
c) La determinación de dar o no por rescindido administrativamente el presente contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada por escrito a “EL PROVEEDOR” dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, al vencimiento del plazo señalado en el inciso a), de esta Cláusula.
En el supuesto de que se rescinda este contrato, "EL INSTITUTO" no aplicarán las penas convencionales, ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de este instrumento jurídico.
En caso de que “EL INSTITUTO” determine dar por rescindido el presente contrato, se deberá formular y notificar un finiquito dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, de conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el que se hagan constar los pagos que, en su caso, deba efectuar “EL INSTITUTO” por concepto de la prestación del servicio por “EL PROVEEDOR” hasta el momento en que se determine la rescisión administrativa.
Iniciado un procedimiento de conciliación “EL INSTITUTO”, bajo su responsabilidad, podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido este contrato, “EL PROVEEDOR” presta el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efectos, previa aceptación y verificación de "EL INSTITUTO" por escrito, de que continúa vigente la necesidad de contar con el servicio y aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
"EL INSTITUTO" podrá determinar no dar por rescindido este contrato, cuando durante el procedimiento advierta que dicha rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, "EL INSTITUTO" elaborará un dictamen
en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no darse por rescindido este contrato, "EL INSTITUTO" establecerá, con “EL PROVEEDOR”, un nuevo plazo para el cumplimiento de aquellas obligaciones que se hubiesen dejado de cumplir, a efecto de que “EL PROVEEDOR” subsane el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión. Lo anterior se llevará a cabo a través de un convenio modificatorio en el que se atenderá a las condiciones previstas en los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA OCTAVA.- RELACIÓN LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que “EL INSTITUTO”
no adquiere ninguna obligación de carácter laboral para con “EL PROVEEDOR” ni para con los trabajadores que el mismo contrate para la realización del objeto del presente instrumento jurídico, toda vez que dicho personal depende exclusivamente de “EL PROVEEDOR”.
Por lo anterior, no se le considerará a “EL INSTITUTO” como patrón, ni aún substituto, y “EL PROVEEDOR” expresamente lo exime de cualquier responsabilidad de carácter civil, fiscal, de seguridad social, laboral o de otra especie, que en su caso pudiera llegar a generarse.
“EL PROVEEDOR” se obliga a liberar a “EL INSTITUTO” de cualquier reclamación de índole laboral o de seguridad social que sea presentada por parte de sus trabajadores, ante las autoridades competentes.
EN CASO DE APLICAR, CONFORME A TÉRMINOS Y CONDICIONES AGREGAR
DÉCIMA .- CONFIDENCIALIDAD.-
DÉCIMA NOVENA.- MODIFICACIONES.- De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL INSTITUTO” podrá celebrar por escrito Convenio Modificatorio, al presente contrato dentro de la vigencia del mismo. Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar, en su caso, la modificación de la garantía, en términos del artículo 103, fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PRÓRROGAS.- Asimismo, se podrán acordar prórrogas al plazo originalmente pactado por caso fortuito, fuerza mayor o por causas atribuibles a “EL INSTITUTO”, lo cual deberá estar debidamente acreditado en el expediente de contratación respectivo. “EL PROVEEDOR” puede solicitar la modificación del plazo originalmente pactado cuando se actualicen y se acrediten los supuestos de caso fortuito o de fuerza mayor.
Cualquier modificación a los derechos y obligaciones estipuladas por “LAS PARTES” en el presente contrato, deberá formalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será
suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
VIGÉSIMA.- ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN.- El/La C. , Titular de
, funge como administrador del contrato, responsable de dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en el mismo, de conformidad con lo establecido en el documento de designación de administrador del contrato que se agrega al presente como Anexo ( ) y el artículo 84 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el caso de que se lleve a cabo un relevo institucional temporal o permanente con dicho servidor público de “EL INSTITUTO” tendrá carácter de ADMINISTRADOR DEL CONTRATO la persona que sustituya al servidor público en el cargo, conforme a la designación correspondiente.
VIGÉSIMA PRIMERA.- PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN.- En cualquier momento durante la vigencia del presente Contrato, “EL PROVEEDOR” o “EL INSTITUTO” podrán presentar ante el Órgano Interno de Control en “EL INSTITUTO” solicitud de conciliación por desavenencias, derivadas del presente instrumento jurídico, conforme a lo dispuesto por los artículos 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 128 de su Reglamento.
EN CASO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA, SE DEBERÁ AGREGAR LA SIGUIENTE CLÁUSULA:
VIGÉSIMA XXXXXX.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA O MANCOMUNADA.- “LAS PARTES” que
suscriben el presente contrato en su carácter de “EL PROVEEDOR”, asumen las obligaciones materia de este instrumento jurídico en forma mancomunada o solidaria conforme a lo estipulado en el convenio de participación conjunta, que se agrega al presente contrato en el Anexo ( ).
VIGÉSIMA SEGUNDA.- RELACIÓN DE ANEXOS.- Los anexos que se relacionan a continuación forman parte integrante del presente contrato.
Anexo 1 (uno) Anexo 2 (dos) Anexo 3 (tres) Anexo 4 (cuatro)
(ADECUAR LOS ANEXOS CONFORME A LA DOCUMENTACIÓN DE CADA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN)
VIGÉSIMA TERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse
estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente al Código Civil Federal, a la Ley Federal
de Procedimiento Administrativo, al Código Federal de Procedimientos Civiles y demás ordenamientos aplicables en la materia.
VIGÉSIMA CUARTA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento de este instrumento jurídico, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero presente o futuro que por razón de su domicilio les pudiera corresponder.
Previa lectura y debidamente enteradas “LAS PARTES” del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe, ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por quintuplicado, en la Ciudad de México, el
, quedando un ejemplar en poder de “EL PROVEEDOR” y los restantes en poder de
“EL INSTITUTO”.
Anexo 15.- Modelo de convenio de participación conjunta.
CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE , REPRESENTADA POR
EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE A”, Y POR OTRA , REPRESENTADA POR , EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE B”, Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA A LOS QUE INTERVIENEN SE DENOMINARÁN “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
1.1. “EL PARTICIPANTE A”, DECLARA QUE.:
1.1.1 ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES MEXICANAS, SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL DE FECHA .
EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD (SI/NO) HA TENIDO REFORMAS Y MODIFICACIONES.
Nota. En su caso, se deberán relacionar las escrituras en que consten las reformas o modificaciones de la sociedad.
LOS NOMBRES DE SUS SOCIOS SON:
CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES .
1.1.2 TIENE LOS SIGUIENTES REGISTROS OFICIALES. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO Y REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NÚMERO .
1.1.3 SU REPRESENTANTE LEGAL CON EL CARÁCTER YA MENCIONADO, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO , DEL E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA , MANIFESTANDO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA, A LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
EL DOMICILIO DEL REPRESENTANTE LEGAL ES EL UBICADO EN: .
1.1.4 SU OBJETO SOCIAL, ENTRE OTROS CORRESPONDE A. ; POR LO QUE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS PARA OBLIGARSE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL PRESENTE CONVENIO.
1.1.5 SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL PARA TODOS LOS EFECTOS QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONVENIO, EL UBICADO EN:
2.1 “EL PARTICIPANTE B”, DECLARA QUE: