GOBIERNO MUNICIPAL
SUMARIO PODER EJECUTIVO
Anexo No. 3 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran el Gobierno Fede-
ral, por conducto de la Secreatría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Querétaro. 3122
Anexo No. 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran el Gobierno Fede-
ral, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Querétaro. 3125
GOBIERNO MUNICIPAL
Acuerdo relativo a la asignación de destino de un predio propiedad municipal, ubicado en la calle Tarahumaras esquina Pames del Fraccionamiento Cerrito Colorado COMEVI, Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para la cons- trucción de un Centro de Atención Canina. 3128
Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 14 de septiembre de 1999, relativo a la Regularización de la Venta de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto. 3130
Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 12 xx xxxxx de 2002, relativo a la autorización para la Enajenación mediante Subasta Pública, de una fracción con superficie de 6,999.70
m2, del Área de Reserva del Desarrollo “Altos de San Xxxxx”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. 3132
Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 26 de febrero de 2002, relativo al cumplimiento de un Contrato de Permuta firmado el 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx
y la empresa “CALPAN”, S.A. de C.V. 3133
Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fechas 11 xx xxxx de 1999 y 26 xx xxxxx de 2002, relativos a la solicitud de compra de dos predios propiedad del Municipio de
Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Industrial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto. 3135
Acuerdo relativo a la asignación de destino de Equipamiento Urbano a Áreas Verdes para las Manzanas 302 y 266, ubicadas en el Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. 3137
Acuerdo relativo a la Permuta de predio propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por una fracción de un predio propiedad municipal. 3140
Acuerdo relativo a la autorización de modificación de diversas cláusulas del Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración denominado “Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente”. 3143
Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx x xx xxxxx del predio propiedad municipal ubicado en la Calle Tequisquiapan s/n, de la Zona denominada
Ampliación Cimatario, Delegación Centro Histórico. 3144
Acuerdo por virtud del cual e revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 24 de febrero de 1997,
relativo a la propuesta de donación de un terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Querétaro.
Acuerdo relativo a la Declaratoria de Conservación de Parque Urbano de una superficie aproximada de 139,669.80 m2, ubicada en la Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
Acuerdo relativo a la permuta de predio propiedad de “Galo Inmobiliaria”, S.A. de C.V., por una fracción de predio propiedad municipal.
Acuerdo relativo a la asignación de destino de un predio propiedad municipal para resguardo de maquinaria, equipo y materiales de la Dirección de Mantenimiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal.
Acuerdo relativo a la asignación de destino de equipamiento urbano a un predio propiedad municipal, ubicado en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx x/x, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
3146
3148
3151
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3156
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PODER EJECUTIVO
ANEXO No. 3 AL CONVENIO DE COLABORA-
CIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FE- DERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y EL GO- BIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
El Gobierno Federal, por conducto de la Se- cretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Go- bierno del Estado de Querétaro tienen celebrado Convenio de Colaboración Administrativa en Mate- ria Fiscal Federal que entró en vigor el 1 de enero de 1997.
En el contexto de la Ley de Coordinación Fiscal se estableció la posibilidad de coadyuvar en el combate al comercio informal a través de la pro- moción de la colaboración administrativa de las autoridades locales y del Distrito Federal, en la incorporación al Registro Federal de Contribuyentes de las personas que realizan actividades dentro de ese tipo de economía, denominados “pequeños contribuyentes”, lo cual dio lugar a la celebración de Anexos al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.
Por otra parte, mediante modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigentes a partir del 1 de enero de 2003, el H. Congreso de la Unión estimó conveniente incluir la relativa a establecer en el artículo 139 que en el régimen de pequeños contribuyentes, éstos puedan efectuar los pagos del impuesto en las Entidades Federativas donde ob- tengan sus ingresos, siempre que dichas entidades celebren convenio de coordinación para administrar dicho impuesto.
Por lo expuesto, se hace necesario suscribir un Anexo dentro del marco señalado en el párrafo anterior, por lo que la Secretaría y el Estado, con fundamento en la legislación federal a que se refie- re el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, así como en el artículo 139 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, han acorda- do suscribir el presente Anexo al Convenio de Co- laboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- La Secretaría y el Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en la fracción I de la cláu- sula octava del Convenio de Colaboración Adminis- trativa en Materia Fiscal Federal, convienen en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración de los ingresos deri- vados del impuesto sobre la renta, tratándose de los contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los denomi- nados “pequeños contribuyentes”.
Para la administración de los ingresos referi- dos en el párrafo que antecede el Estado ejercerá las funciones administrativas de verificación para la inscripción en el Registro Federal de Contribuyen- tes, recaudación, comprobación, determinación y cobro en los términos de la legislación federal apli- cable y conforme a lo dispuesto en las cláusulas siguientes de este Anexo.
SEGUNDA.- El Estado ejercerá las siguien- tes facultades en materia de verificación:
I. Realizar actos de autoridad para que los contribuyentes de que se trata se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes.
II. Notificar los requerimientos emitidos por el propio Estado mediante los cuales se solicita a los contribuyentes su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
III. Constatar que los contribuyentes localiza- dos cumplan con su inscripción en el Registro Fe- deral de Contribuyentes, conforme a lo establecido en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.
La operación total del Registro Federal de Contribuyentes, es facultad y responsabilidad ex- clusiva de la Secretaría.
La Secretaría informará mensualmente al Es- tado sobre el cambio de régimen fiscal de los con- tribuyentes a que se refiere este Anexo. En su ca- so, el Estado informará a la Secretaría sobre los contribuyentes que detecte con base en sus actua- ciones, que han dejado de cumplir con los requisi- tos para tributar en el régimen de que se trata.
Cuando el Estado detecte que un contribu- yente no corresponde al régimen fiscal al cual se encuentra inscrito, se deberá hacer del conocimien- to de la Secretaría dicha circunstancia, en un plazo no mayor a 5 días contados a partir de la fecha en que se descubra dicha anomalía, a efecto de que, en su caso, la Secretaría proceda a efectuar el cambio de régimen en el ámbito de su competen- cia.
TERCERA.- En materia de recaudación, comprobación, determinación y cobro de los ingre- sos referidos en la cláusula primera que antecede, el Estado ejercerá las siguientes facultades:
I. Recibir y, en su caso, exigir las declaracio- nes, avisos y demás documentos que establezcan las disposiciones fiscales y recaudar los pagos respectivos, así como revisar, determinar y cobrar las diferencias que provengan de errores aritméti- cos.
Asimismo, recibir las declaraciones de esta- blecimientos ubicados en su territorio, distintos a los
del domicilio fiscal de la empresa matriz o principal, que presenten por las operaciones que correspon- dan a dichos establecimientos.
II. Comprobar el cumplimiento de las disposi- ciones fiscales y determinar el impuesto, su actuali- zación y accesorios a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, con motivo del ejercicio de sus facultades.
III. Las establecidas en el artículo 41 del Có- digo Fiscal de la Federación.
Para el ejercicio de estas facultades, el Esta- do llevará a cabo el control del total de obligaciones de los contribuyentes a que se refiere este Anexo y para tal efecto, la Secretaría le proporcionará la información sobre las transacciones que reciba de los mismos.
IV. Notificar los actos administrativos y las resoluciones dictadas por él mismo que determinen los ingresos de referencia y sus accesorios, reque- rimientos o solicitudes de informes emitidos por el propio Estado así como recaudar, en su caso, el importe correspondiente.
V. Llevar a cabo el procedimiento administra- tivo de ejecución, para hacer efectivo el pago de los créditos fiscales con sus correspondientes acceso- xxxx que él mismo determine.
Las declaraciones, el importe de los pagos derivados de los ingresos referidos en la cláusula primera que antecede, y demás documentos, serán recibidos en las oficinas recaudadoras del Estado o en las instituciones de crédito que éste autorice.
La tarjeta tributaria que expide el Servicio de Administración Tributaria, podrá ser el medio de identificación de los contribuyentes sujetos al régi- men a que se refiere este Anexo, ante las autorida- des del Estado.
El Estado llevará a cabo los actos de com- probación referidos en esta cláusula conforme al programa operativo anual a que se refiere la frac- ción II de la cláusula octava del Convenio de Cola- boración Administrativa en Materia Fiscal Federal, en los términos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones federales aplicables.
CUARTA.- En materia de autorizaciones re- lacionadas con los ingresos referidos en este Anexo, el Estado ejercerá las siguientes facultades:
I. Autorizar el pago de créditos fiscales a pla- zo, ya sea diferido o en parcialidades, con garantía del interés fiscal, cuando así procediere otorgarse en términos del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
II. Recibir y resolver las solicitudes presenta- das por los contribuyentes de devolución de canti- dades pagadas indebidamente o cuando legalmen- te así proceda, verificar, determinar y cobrar las devoluciones improcedentes e imponer las multas correspondientes.
III. Autorizar la ampliación de los periodos de pago a bimestral.
IV. Resolver sobre los saldos a favor a com- pensar por parte de los contribuyentes en términos del Código Fiscal de la Federación y su Reglamen- to.
V. Condonar los créditos fiscales derivados de los ingresos a que se refiere este Anexo, de conformidad con las disposiciones fiscales federa- les aplicables y a la normatividad que al efecto emi- ta la Secretaría.
QUINTA.- En materia de cancelación de cré- ditos fiscales derivados de los ingresos a que se refiere este Anexo, el Estado la llevará a cabo de conformidad con las disposiciones fiscales federa- les aplicables y con la normatividad que al efecto emita la Secretaría.
SEXTA.- En materia de multas en relación con los ingresos de que se trata, el Estado ejercerá las siguientes facultades:
I. Imponer las que correspondan por infrac- ciones al Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones fiscales federales relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones fiscales en mate- ria de los ingresos de que se trata, cuando dichas infracciones hayan sido descubiertas por él mismo.
II. Condonar las multas que imponga en el ejercicio de las facultades que se establecen en este Anexo.
En relación con la comisión o presunta comi- sión de delitos fiscales de que tenga conocimiento con motivo de sus actuaciones, el Estado se obliga a informar en todos los casos a la Secretaría en los términos a que se refiere la cláusula quinta del
Convenio de Colaboración Administrativa en Mate- ria Fiscal Federal.
SÉPTIMA.- El Estado ejercerá la facultad de revisar y, en su caso, modificar o revocar las reso- luciones administrativas de carácter individual no favorables a un particular, que él mismo haya emiti- do, en los términos del penúltimo y último párrafos del artículo 36 del Código Fiscal de la Federación.
OCTAVA.- En materia de recursos adminis- trativos establecidos en el Código Fiscal de la Fe- deración, el Estado tramitará y resolverá los relati- vos a sus propios actos o resoluciones, emitidos en ejercicio de las facultades que le confiere este Anexo.
NOVENA.- En materia de juicios, el Estado intervendrá como parte en los que se susciten con motivo de las facultades delegadas en este Anexo. De igual manera, éste asumirá la responsabilidad en la defensa de los mismos, sin perjuicio de la intervención que corresponde a la Secretaría. Para este efecto el Estado contará con la asesoría legal de la Secretaría, en la forma y términos que se le solicite.
DÉCIMA.- En materia de consultas relativas a los ingresos referidos en este Anexo, el Estado resolverá las que sobre situaciones reales y concre- tas le hagan los interesados individualmente, con- forme a la normatividad emitida al efecto por la Secretaría.
DECIMAPRIMERA.- El Estado percibirá co- mo incentivo por la realización de las funciones operativas de administración de ingresos materia de este Anexo, el 100% de la recaudación corres- pondiente al impuesto sobre la renta, su actualiza- ción, recargos, multas, honorarios por notificación, gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, aplicable a los contribuyen- tes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto so- bre la Renta.
En este caso, no aplicarán los incentivos a que se refiere la cláusula decimacuarta del Conve- nio de Colaboración Administrativa en Materia Fis- cal Federal, tratándose de determinación de crédi- tos fiscales en materia del impuesto sobre la renta de los contribuyentes a que se refiere este Anexo.
DECIMASEGUNDA.- En el marco de lo dis- puesto en la cláusula sexta del Convenio de Cola-
boración Administrativa en Materia Fiscal Federal, el Estado suministrará a la Secretaría con la perio- dicidad que se determine, los datos de los padrones de contribuyentes que utilicen para el control de contribuciones locales.
Dicha información se tomará también en consideración para la programación de los actos de comprobación a que se refiere este Anexo.
DECIMATERCERA.- El Estado coadyuvará en la aplicación de los programas de la Administra- ción General de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria, relativos a la difusión de este Anexo y de las demás disposicio- nes fiscales federales aplicables al mismo, de con- formidad con los lineamientos que al efecto acuer- den ambas partes.
DECIMACUARTA.- Para la rendición de la cuenta comprobada, se estará en lo conducente, a lo dispuesto en la Sección IV del Convenio de Co- laboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.
DECIMAQUINTA.- El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración Ad- ministrativa en Materia Fiscal Federal, y por lo tanto le son aplicables, en todo lo conducente sus dispo- siciones, así como las de la legislación fiscal federal correspondiente. Deberá ser publicado tanto en el
Periódico Oficial del Estado, como en el Diario Ofi- cial de la Federación y entrará en vigor al día si- guiente al de su publicación en este último.
Xxxxxx, X.X., 00 xx xxxxx de 2003.
POR EL ESTADO
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx
Rúbrica
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Rúbrica
LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Rúbrica
POR LA SECRETARÍA
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Lic. Xxxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxx
Rúbrica
PODER EJECUTIVO
ANEXO No. 7 AL CONVENIO DE COLABORA-
CIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FE- DERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y EL GO- BIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
El Gobierno Federal, por conducto de la Se- cretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobier- no del Estado de Querétaro tienen celebrado Con- venio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que entró en vigor el 1 de enero de 1997.
En la Ley del Impuesto sobre la Xxxxx, xxxxx- te a partir del 1 de enero de 2002, se estableció un nuevo régimen fiscal denominado “Del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales”, con la finalidad de facilitar el cum- plimiento de las obligaciones fiscales para las per- sonas físicas con actividades empresariales, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior hubieran sido inferiores a los 4 millones de pesos.
En esta materia, mediante modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta vigentes a partir del 1º de enero de 2003, el H. Congreso de la Unión estimó conveniente establecer que los con- tribuyentes que tributen en el citado régimen inter- medio, efectúen un pago mensual a la tasa del 5% aplicables a la utilidad fiscal determinada de con- formidad con el artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El referido pago se entera ante las oficinas autorizadas de la Entidad Federativa donde los contribuyentes obtengan sus ingresos sin que dicho pago mensual les genere una carga adicional, en virtud de que éstos podrán acreditar dicho im- puesto contra los pagos provisionales determinados en el mismo mes de conformidad con el propio artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Por otra parte, el H. Congreso de la Unión consideró procedente establecer que los contribu- yentes que obtengan ingresos por la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construc- ciones, efectúen un pago por cada enajenación
aplicando la tasa del 5% sobre la ganancia obtenida en los términos del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en las oficinas de las Entidades Federativas. Dicho pago será acredi- table contra el pago provisional que se efectúe en los términos del artículo 154 de la Ley, con lo cual no se genera carga adicional alguna a los contribu- yentes.
En este contexto se establece en el presente Anexo, que las Entidades Federativas percibirán el 100% de los pagos que realicen los contribuyentes del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales en los términos de lo dispuesto por el artículo 136-Bis de la Ley del Im- puesto sobre la Renta y que de igual forma perci- birán el 100% de los pagos que realicen los contri- buyentes personas físicas por la ganancia obtenida derivada de la enajenación de terrenos, construc- ciones o terrenos y construcciones, ubicados dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales en los términos del artículo 154-Bis de la Ley del Im- puesto sobre la Renta.
Por lo anterior, la Secretaría y el Estado, con fundamento en la legislación federal a que se refie- re el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, así como en los artículos 136-Bis de la Sección II del Capítulo II del Título IV y 154-Bis del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, han acordado suscribir el presente Anexo al Convenio de Colaboración Ad- ministrativa en Materia Fiscal Federal, adicionando a éste las siguientes
X X X X X X X X X :
PRIMERA.- La Secretaría y el Estado con- vienen en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración de los in- gresos generados en su territorio derivados del impuesto sobre la renta, tratándose de los contribu- yentes que tributen en los términos del artículo 136- Bis, de la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, dentro del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales; así como de los contri- buyentes que tributen en los términos del artículo 154-Bis, del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con los ingre- sos por la ganancia de la enajenación de terrenos, construcciones o terrenos y construcciones, ubica- dos dentro de la circunscripción territorial del Esta- do.
Para la administración de los ingresos referi- dos en el párrafo que antecede el Estado ejercerá las funciones administrativas de recaudación, com- probación, determinación y cobro en los términos de la legislación federal aplicable y conforme a lo dispuesto en las cláusulas siguientes de este Anexo.
SEGUNDA.- En materia de recaudación, comprobación, determinación y cobro de los ingre- sos referidos en la cláusula primera que antecede, el Estado ejercerá las siguientes facultades:
I. Recibir y, en su caso, exigir las declaracio- nes, avisos y demás documentos que establezcan las disposiciones fiscales y recaudar los pagos respectivos, así como revisar, determinar y cobrar las diferencias que provengan de errores aritméti- cos.
Asimismo, recibir las declaraciones de esta- blecimientos ubicados en su territorio, distintos a los del domicilio fiscal de la empresa matriz o principal, que presenten por las operaciones que correspon- dan a dichos establecimientos.
II. Comprobar el cumplimiento de las disposi- ciones fiscales y determinar el impuesto, su actuali- zación y accesorios a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, con motivo del ejercicio de sus facultades.
Asimismo, el Estado será el conducto para proporcionar a la Secretaría la información que ésta requiera para el ejercicio de las facultades de com- probación de sus autoridades competentes, de los registros que lleve el Registro Público de la Propie- dad y del Comercio o la unidad administrativa que realice funciones similares, con que cuente el pro- xxx Estado y los Municipios.
De igual manera, el Estado suministrará a la Secretaría con la periodicidad que se determine, los datos de los padrones de contribuyentes que utili- cen para el control de contribuciones locales. Dicha información se tomará también en consideración para la programación de los actos de comprobación a que se refiere este Anexo.
III. Las establecidas en el artículo 41 del Có- digo Fiscal de la Federación.
Para el ejercicio de estas facultades, el Esta- do llevará a cabo el control del total de obligaciones de los contribuyentes y para tal efecto, la Secretaría
le proporcionará la información sobre las transac- ciones que reciba de los mismos.
IV. Notificar los actos administrativos y las resoluciones dictadas por él mismo que determinen los ingresos de referencia y sus accesorios, reque- rimientos o solicitudes de informes también emiti- dos por el propio Estado, así como recaudar, en su caso, el importe correspondiente.
V. Llevar a cabo el procedimiento administra- tivo de ejecución, para hacer efectivos los créditos fiscales con sus correspondientes accesorios que él mismo determine en ejercicio de sus facultades delegadas en este Anexo.
Las declaraciones, el importe de los pagos derivados de los ingresos referidos en la cláusula primera que antecede, y demás documentos, serán recibidos en las oficinas recaudadoras del Estado o en las instituciones de crédito que éste autorice.
El Estado llevará a cabo los actos de com- probación referidos en esta cláusula conforme al programa operativo anual a que se refiere el Con- venio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, en los términos establecidos en el Código Fiscal de la Federación y demás disposicio- nes federales aplicables.
TERCERA.- En materia de autorizaciones re- lacionadas a los ingresos a que se refiere este Anexo, el Estado ejercerá la facultad de recibir y resolver las solicitudes presentadas por los contri- buyentes de devolución de cantidades pagadas indebidamente al Estado por dichos conceptos, o cuando legalmente así proceda, verificar, determi- nar y cobrar las devoluciones imporocedentes e imponer las multas correspondientes.
CUARTA.- En materia de multas en relación con los ingresos de que se trata, el Estado ejercerá las siguientes facultades:
I. Imponer las que correspondan por infrac- ciones al Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones fiscales federales relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones fiscales en mate- ria de los ingresos de que se trata, cuando dichas infracciones hayan sido descubiertas por él mismo.
II. Condonar las multas que imponga en el ejercicio de las facultades que se establecen en este Anexo.
En relación con la comisión o presunta comi- sión de delitos fiscales de que tenga conocimiento con motivo de sus actuaciones, el Estado se obliga a informar en todos los casos a la Secretaría en los términos a que se refiere la cláusula quinta del Convenio de Colaboración Administrativa en Mate- ria Fiscal Federal.
QUINTA.- El Estado ejercerá la facultad de revisar y, en su caso, modificar o revocar las reso- luciones administrativas de carácter individual no favorables a un particular, que él mismo haya emiti- do, en los términos del penúltimo y último párrafos del artículo 36 del Código Fiscal de la Federación.
SEXTA.- En materia de recursos administra- tivos establecidos en el Código Fiscal de la Federa- ción, el Estado tramitará y resolverá los relativos a sus propios actos o resoluciones, emitidos en ejer- cicio de las facultades que le confiere este Anexo.
SÉPTIMA.- En materia de juicios, el Estado intervendrá como parte en los que se susciten con motivo de las facultades delegadas en este Anexo. De igual manera, éste asumirá la responsabilidad en la defensa de los mismos, sin perjuicio de la intervención que corresponde a la Secretaría. Para este efecto el Estado contará con la asesoría legal de la Secretaría, en la forma y términos que se le solicite.
OCTAVA.- En materia de consultas relativas a los ingresos referidos en este Anexo, el Estado resolverá las que sobre situaciones reales y concre- tas le hagan los interesados individualmente, con- forme a la normatividad emitida al efecto por la Secretaría.
NOVENA.- El Estado percibirá como incenti- vo por la realización de las funciones opetarivas de administración de ingresos materia de este Anexo, el 100% de los pagos del impuesto, su actualiza- ción, recargos, multas, honorarios por notificación, gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, que realicen los contribu- yentes de conformidad con lo dispuesto en los artí- culo 136-Bis y 154-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Para el caso de determinación de créditos fiscales derivados de actos de comprobación efec- tuados por el Estado en materia del impuesto sobre la renta en los términos a que se refiere el Conve- nio de Colaboración Administrativa en Materia Fis- cal Federal, el incentivo que corresponde se apli-
cará sobre la diferencia entre el impuesto, actuali- zación y accesorios determinados y el incentivo a que se refiere el párrafo anterior, sin tomar en cuen- ta las multas.
Tratándose de las multas que imponga el Es- tado, le corresponderá como incentivo el 100% de su monto de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo de la presente cláusula y en el se- gundo párrafo de la fracción V de la cláusula deci- macuarta del Convenio de Colaboración Adminis- trativa en Materia Fiscal Federal.
DÉCIMA.- El Estado coadyuvará en la apli- cación de los programas de la Administración Ge- neral de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria, relativos a la difusión de este Anexo y de las demás disposiciones fiscales federales aplicables al mismo, de conformidad con los lineamientos que al efecto acuerden ambas partes.
DECIMAPRIMERA.- Para la rendición de la cuenta comprobada, se estará en lo conducente, a lo dispuesto en la Sección IV del Convenio de Co- laboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.
DECIMASEGUNDA.- El presente Anexo for- ma parte integrante del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, y por lo tanto le son aplicables, en todo lo conducente sus disposiciones, así como las de la legislación fiscal
federal correspondiente. Deberá ser publicado tanto en el Periódico Oficial del Estado como en el Diario Oficial de la Federación, y entrará en vigor al dia siguiente de su publicación en este último.
Xxxxxx, X.X. 00 xx xxxxx de 2003.
POR EL ESTADO
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx
Rúbrica
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Lic. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Rúbrica
LA SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS
Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Rúbrica
POR LA SECRETARÍA
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Lic. Xxxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxx
Rúbrica
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXX MAXI- XXXXXXX XXXXXX XXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 11 once xx xxxxx de 2002 dos mil dos, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro emitió el Acuerdo relativo a la asignación de destino de un predio propiedad municipal, ubicado en la calle Tarahumaras esquina Pames del Fraccionamiento Cerrito Colorado CO- MEVI, Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, para la construcción de un Centro de Atención Canina, el cual señala textualmente:
“... CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCU- LOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 00 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 30 FRACCIÓN II INCISOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 93, 94 XXXXXXXX XX,
000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER XXXXX- FO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 27, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTA- MIENTO DE QUERÉTARO Y EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA- CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.; CORRESPON- DE AL H. AYUNTAMIENTO, RESOLVER LO RE- LATIVO A LA ASIGNACIÓN DE DESTINO DE UN PREDIO PROPIEDAD MUNICIPAL, UBICADO EN LA CALLE TARAHUMARAS ESQUINA PAMES DEL FRACCIONAMIENTO CERRITO COLORADO
COMEVI, DELEGACIÓN XXXXX XXXXXX XXXX- MAYOR, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ATENCIÓN CANINA.
C O N S I D E R A N D O S
1.- El C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxx- gel, Coordinador de Delegaciones, solicitó mediante Oficio No. CDD/029/2001 recibido en la Secretaría del Ayuntamiento, con fecha 2 de octubre de 2001, el cambio de destino de dos predios propiedad del Municipio, el primero de estos se encuentra ubicado en la Calle Tarahumaras esquina Kiliwas, Delega- ción Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y el segundo se en- cuentra en la Carretera Chichimequillas Fracción IX, en la Ex – Hacienda San Xxxx El Alto, Delega- ción Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, los cuáles se utilizarán para la construcción de dos Centros de Atención Canina.
2.- Con fecha 6 xx xxxxx de 2002, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Dictamen Téc- nico con Folio No. 169/01, signado por el Ing. Xxxx- lio Xxxxxxxxx Xxxxxx, Secretario de Desarrollo Ur- bano, Obras Públicas y Ecología Municipal, así como por el Arq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Di- rector de Desarrollo Urbano Municipal, del cual se desprende lo siguiente:
2.1. El predio propuesto para ser reubicado el Centro de Atención Canina, se localiza entre las calles Kiliwas, Tarahumaras, Pames y Chalcas, el cual cuenta con una superficie total de 10,962.70 m2, en el Fraccionamiento Cerrito Colorado CO- MEVI, de la Delegación Municipal Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
2.2. Del predio mencionado con antelación se pretende utilizar una fracción para la ejecución del proyecto referido, con una superficie de 3,000.01 m2, con las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte en 45.98 m con resto del predio.
Al Sur en 56.636 m con xxxxx Xxxxxxxxxxx.
Xx Xxxx en 61.70 m con CECYTEQ.
Al Oeste en línea quebrada 32.40 m, 5.00 m y 21.27 m con
calle Pames.
2.3.- De conformidad con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Municipal Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, aprobado en Acuerdo xx Xxxxx- do con fecha del 14 de septiembre de 1999 y publi- cado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx”, con fecha del 15 de octu- bre de 1999, el predio se encuentra localizado en zona de Uso Habitacional con densidad de pobla- ción de 400 hab/ha.
2.4.- De acuerdo a la información de la Coor- dinación Técnica y Administración de Bienes In- muebles de Oficialía Mayor, así como el Plano del Fraccionamiento Cerrito Colorado COMEVI, el pre- dio en cuestión está destinado para área verde (parque).
2.5.- Por lo anterior y una vez realizado el análisis correspondiente se considera factible el ubicar el Centro de Atención Canina, en una frac- ción del predio indicado en el punto 2.1, siempre y cuando se restituya la misma superficie de área verde en el predio que se ubica en la Manzana 171, en la calle Monte Sión s/n, en el Fraccionamiento “La Loma”, de la Delegación Municipal Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, identificado con clave catastral 140100128171001, con una superficie de 3,000.08 m2, y las siguientes medias y colindancias:
Al Norte en | 40.09 m | con calle Parnaso. |
El Sur en | 49.88 m | con propiedad privada. |
Al Este en | 66.62 m | con fracción restante del predio. |
Al Oeste en | 67.88. m | con calle Macizo de Tibetsi...” |
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cinco, Apartado II, inciso c) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“... PRIMERO.- Se autoriza el cambio de destino de Área Verde a Equipamiento, en una Fracción del predio ubicado en la calle Tarahuma- ras esquina Pames del Fraccionamiento Cerrito Colorado COMEVI, Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxx- mayor, con una superficie de 3,000.01 m2, con las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte en 45.98 m con resto del predio. Propiedad
Municipal
Al Sur en 56.636 m con xxxxx Xxxxxxxxxxx.
Xx Xxxx en 61.70 m con CECYTEQ.
Al Oeste en línea quebrada 32.40 m, 5.00 m y 21.27 m con
calle Pames.
SEGUNDO.- El destino del predio indicado en el punto anterior, será para construir el Centro de Atención Canina.
TERCERO.- Se autoriza el cambio de destino de Equipamiento a Área Verde a una Fracción del predio ubicado en la Manzana 171 en la Calle Mon- te Sión s/n, en el Fraccionamiento “La Loma”, Dele- gación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, con superficie de 3,000.08 m2 con las siguientes medidas y colindan- cias:
Al Norte en | 40.09 m | con calle Parnaso. |
El Sur en | 49.88 m | con propiedad privada. |
Al Este en | 66.62 m | con fracción restante del predio. |
Propiedad Municipal | ||
Al Oeste en | 67.88. m | con calle Macizo de Tibetsi...” |
CUARTO.- Se autoriza la subdivisión de las Fracciones de los predios indicados en los Puntos Primero y Tercero del presente Acuerdo.
QUINTO.- El presente Acuerdo, deberá pro- tocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
SEXTO.- Se instruye al Secretario de Eco- nomía y Finanzas y Tesorero Municipal, a que ero- gue las cantidades necesarias para cubrir el pago de la protocolización señalada en el punto anterior.
SÉPTIMO.- Publíquese por una sola ocasión en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
OCTAVO.- Comuníquese lo anterior a la Di- rección de Catastro de Gobierno del Estado, Regis- tro Público de la Propiedad y de Comercio, Secre- taría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Eco- logía del Municipio, Secretaría de Gobierno Munici- pal, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Eco- nomía y Finanzas y Tesorería Municipal, Delega- ción Municipal Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y al C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Coordinador de Delegaciones...”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DOCE DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL DOS, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
-----------------------------DOY FE ----------------------------
LIC. XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACUL- TAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICI- PAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 15 xx xxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxxxxxxxx- to de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 14 de septiembre de 1999, relativo a la Regularización de la Venta de dos predios propiedad del Municipio de Queréta- ro, ubicados en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx- to, el cual señala textualmente:
“... CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCU- LOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 00 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 9º FRACCIÓN II, DE LA XXX XXXX- RAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 1º, 14
FRACCIÓN III, 17 FRACIÓN IX Y 82 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 INCISOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 80 FRACCIÓN III, 82, 94 XXXXXXXX XX X 000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXX- XX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28, 33 Y
34 DEL REGLAMENTO INTERIOR XXX XXXX- TAMIENTO DE QUERÉTARO; 9º FRACCIONES II Y V, 10, 11 Y 20 DEL REGLAMENTO DE BIENES PATRIMONIO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Pun- tos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 14 de sep- tiembre de 1999, relativo a la Regularización de la Venta de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, Delegación Xxxxxx Xxxxx- llo Puerto.
2.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx X. Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx aprobó el Acuerdo relativo a la Solicitud
de Regularización de la Venta de dos predios pro- piedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, de la Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto.
3.- El Punto Primero del Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Considerando anterior señala lo siguiente:
“. . . Se autoriza la regularización de la venta del Lote 6, pagado por el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx- za, con clave catastral No 140100109248006 con una superficie total de 271.00 m2, ubicado en la Xxxxxxx 0, xx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxx Xxxxxxx- namiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, de la Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto . . .”.
4.- El Punto Segundo del Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Considerando Segundo del presente Acuerdo señala lo siguiente:
“. . .Se autoriza la regularización de la venta del Lote 8 pagado por la C. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx- ga, con clave catastral No. 140100109248008 con una superficie total de 255.00 m2 ubicado en la Manzana I, de la Calle Santa Xxxxxxx, del Fraccio- namiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, Delega- ción Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto . . .”.
5.- Con fecha 22 xx xxxxx de 2003, se recibió en la Dirección de Asuntos xx Xxxxxxx de la Secre- taría del Ayuntamiento, el Oficio DGJ/1638/03, sus- crito por el Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Director General Xxxxxxxx, mediante el cual solicita la revo- cación de Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Con- siderando Segundo del presente.
6.- Del oficio mencionado con antelación se desprende lo siguiente:
6.1 En fecha 4 de julio de 2000, se envió la Iniciativa de Decreto de Desincorporación al Go- bernador del Estado, acompañada de la documen- tación relativa a dicha solicitud de desincorporación de los predios en cuestión, para que por su conduc- to se turnara a la H. Legislatura, esto de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal vigente en ese momento.
6.2 Posteriormente, se envió Iniciativa de Decreto a la Legislatura del Estado, para la regula- rización de la venta de dos predios propiedad del Municipio.
6.3 En fecha 25 xx xxxx de 2001, se rinde dictamen por parte del Pleno de la Quincuagésima
Tercera Legislatura del Estado de Querétaro Artea- ga, en el que se establece lo siguiente:
“. . . PRIMERO.- Esta Comisión de Hacienda NO APRUEBA y solicita al Pleno de la H. LIII Legis- latura del Estado de Querétaro, la NO APROBA- CIÓN de la INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA AL MUNICIPIO DE QUERÉ- TARO, QRO., PARA DESAFECTAR DEL DOMINIO PÚBLICO Y ENAJENAR DOS PREDIOS DE SU PROPIEDAD . . .”.
6.4 La Legislatura emitió su resolución en base a que no se respetó lo establecido en los artí- culo 91 fracción III, 92 Y 93 de la Ley Orgánica Municipal vigente en ese tiempo, toda vez que no se verificó previamente su desincorporación ante dicho órgano colegiado, para poder realizar la venta de dichos predios.
6.5 Los inmuebles siguen siendo actualmente ocupados por los particulares, formando parte inte- gral del total de su propiedad, aunado a que los adquirentes originales ya transmitieron a otras per- sonas, siendo éstos últimos los que se han acerca- do a las autoridades municipales para regularizar dicha situación.
6.6 Por lo antes señalado, el Director General Jurídico solicita se inicien los trámites para que se revoque el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 14 de sep- tiembre de 1999, y se ponga a consideración del Ayuntamiento la desincorporación de los dos terre- nos propiedad municipal, sin establecer que se trata de la regularización de venta de dos predios, ya que éste fue el motivo por el cual fue rechazado por la Legislatura.
7.- En reunión de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el 30 xx xxxxx de 2003, los Regidores integrantes de las mismas, acordaron procedente revocar el Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Considerando Segundo del presente, en virtud de que la Legislatura no realizó la desafectación de los predios en cuestión. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado II, inciso g) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“... PRIMERO.- Se revocan y se dejan sin efectos todos y cada uno de los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 14 de septiembre de 1999,
relativo a la Solicitud de Regularización de la Venta de dos predios propiedad del Municipio de Queréta- ro, ubicados en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, de la Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
SEGUNDO.- Publíquese por una sola oca- sión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal x xxxxx del Municipio de Querétaro, por lo que se instruye al Tesorero Municipal para que erogue las cantidades necesarias para tal efecto.
TERCERO.- Comuníquese el presente a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Secretaría de Eco- nomía y Finanzas y Tesorería Municipal, Oficialía Mayor Municipal, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
y los CC. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
--------------------------- DOY FE -----------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIETO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 15 xx xxxx de 2003 dos mil tres, el H. Ayuntamien- to de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 12 xx xxxxx de 2002, relativo a la autorización para la Enajenación mediante Subasta Pública, de una fracción con superficie de 6,999,70 m2, del Área de Reserva del Desarrollo “Altos de San Xxxxx”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 78, 79 Y 83 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ- TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO XXXXXXX; 9º FRACCIÓN II, DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMA- NOS; 1º, 14 FRACCIÓN III, 17 FRACCIÓN IX Y 82 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 INCISOS B) Y D), 38 FRAC- CIONES III, VIII Y XII, 80 FRACCIÓN III, 82, 94 FRACCIÓN II Y 100 DE LA LEY ORGÁNICA MU- NICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO AR-
TEAGA; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁ- RRAFO, 25, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO IN- TERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; 9º FRACCIONES II Y V, 10, 11 Y 20 DEL REGLA- MENTO DE BIENES PATRIMONIO DEL MUNICI- XXX DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el proyecto de Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 12 xx xxxxx de 2002, relativo a la autorización para la enajenación, mediante subasta pública, de una fracción con superficie de 6,999.70 m2, del área de reserva del Desarrollo “Altos de San Xxxxx”, Delegación Xxxxxxxxx Xxx- zález, para la creación de vivienda popular.
2.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 12 xx xxxxx de 2002, el H. Ayuntamiento de Que- rétaro, aprobó el Acuerdo relativo a la autorización para la enajenación, mediante subasta pública, de una fracción con superficie de 6,999.70 m2, del área de reserva del Desarrollo “Xxxxx xx Xxx Xx- xxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, para la crea- ción de vivienda popular.
3.- En el Acuerdo señalado con antelación en su Punto Primero se instruye al Oficial Mayor Muni- cipal, para que integre el expediente técnico co- rrespondiente y se realice la subasta pública del predio del dominio privado propiedad municipal de
las dos fracciones señaladas en el considerando primero del presente.
4.- En virtud de que a la fecha no se ha lle- vado a cabo la subasta pública indicada en el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 12 xx xxxxx de 2002, procede la revocación del Acuerdo mencionado en el Considerando Segundo del presente. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado II, inciso e) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se revoca y se deja sin efecto todos y cada uno de los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx aprobado por el H. Ayuntamiento de Querétaro en fecha 12 xx xxxxx de 2002, relativo a la autorización para la enajenación, mediante su- basta pública, de una fracción con superficie de 6,999.70 m2, del área de reserva del desarrollo “Xxxxx xx Xxx Xxxxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx- zález, para la creación de vivienda popular.
instruye al Tesorero Municipal para que erogue las cantidades necesarias para tal efecto.
TERCERO.- Comuníquese el presente a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Dirección de Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Oficialía Mayor Mu- nicipal, Secretaría de Economía y Finanzas y Teso- rería Municipal y a la Delegación Xxxxxxxxx Xxxxx- lez ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
---------------------------- DOY FE ----------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
SEGUNDO.- Publíquese por una sola oca- sión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal x xxxxx del Municipio de Querétaro, por lo que se
GOBIERNO MUNICIPAL
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EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 15 xx xxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxxxxxxxx- to de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 26 de febrero de 2002, relativo al cumplimiento de un Contrato de Permuta firmado el 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx- ro y la empresa “CALPAN”, S. A. de C. V., el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 78, 79 Y 83 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ- TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
QUERÉTARO ARTEAGA; 9º FRACCIÓN II, DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMA- NOS; 30 INCISOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 80 FRACCIÓN III, 82, 94 FRACCIÓN II Y
100 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO XXXXXXX; 1º, 14 FRACCIÓN III, 17 FRACCIÓN IX Y 82 DEL CÓDI- GO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTA- RO; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER XXXXX- FO, 25, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTER- IOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II Y V, 10, 11 Y 20 DEL REGLA- MENTO DE BIENES PATRIMONIO DEL MUNICI- XXX DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efecto el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 26 de febrero de 2002, relativo al cumplimiento de un Contrato de Permuta firmado el 6 xx xxxxx de 1996, entre el Municipio de Queré- taro y la empresa “CALPAN”, S.A. de C.V.
2.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 27 de noviembre de 1995, se resolvió el Acuerdo relativo a la Permuta con la empresa “CALPAN”,
S.A. de C.V., quedando de la siguiente manera:
2.1 El Municipio de Querétaro, otorga en permuta un terreno de su propiedad con una super- ficie de 12,531.00 m2, ubicado entre las Calles de Santa Xxx, Santa Clara y Vía del Ferrocarril, en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx Segunda Sección, a favor de la Empresa “CALPAN”, S.A. de C.V.
2.2 La empresa “CALPAN”·, S.A. de C.V., otorga en permuta el terreno de su propiedad con una superficie de 14,703.00 m2, ubicado entre las Calles de Cocineras, Campesinos xxx Xxxxxx y Xxxxx xx xx Xxxx, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx I, De- legación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, a favor del Municipio de Querétaro.
3.- Mediante la Escritura Pública Nº 19,124 ti- rada en la Ciudad de Querétaro, con fecha 6 xx xxxxx de 1996, por Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría Nº 16 de esta Demarcación, se hizo constar el Contrato de Per- muta señalado en el Considerando anterior. Dicho instrumento público se inscribió en el Registro Pú- blico de la Propiedad y de Comercio en el Folio Real Nº 45383/1 del día 27 de enero de 1997.
4.- Con fecha 29 xx xxxxx de 1999, se recibió en la Presidencia Municipal escrito del Arq. Xxxx Xxxxx Xxxxx de la empresa Calpan, S. A. de C. V., mediante el cual solicita nuevamente permutar el predio ubicado en la Colonia Santa Xxxxxx, por otro en el Fraccionamiento Residencial Italia. En virtud de que en el primero existe una restricción de PE- MEX ya que pasa por un gasoducto.
5.- Derivado de lo anterior se llevó a cabo la Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx X. Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, emitió el Acuerdo relativo al cumplimiento de un Contrato de Permuta firmado el 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx y la empresa “CALPAN”,
S.A. de C. V., resultando lo siguiente:
5.1 Se autorizó la permuta del predio ubicado entre las Calles Santa Xxx, Santa Clara y Vía del Ferrocarril del Fraccionamiento Santa Xxxxxx Se- gunda Sección, con una superficie de 12,531.00 m2 propiedad de la empresa “CALPAN”, S.A. de C. V, por un predio propiedad municipal con superficie de 9,400.13 m2, ubicado en una fracción del predio localizado en Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Xxxx X-0
xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Real Convento, Delega- ción Santa Xxxx Xxxxxxxx, identificado con clave catastral 140109201001061.
6.- Derivado de una investigación realizada por personal de la Secretaría del Ayuntamiento, en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro, se encontró que bajo el Folio Real Nº 45383/2, se encuentra inscrita la Escritura Pública Nº 4,595 de fecha 0x xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx por el Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Titular de la Notaría Nº 174 del Distrito Fe- deral y del Patrimonio Inmueble Federal, en la cual se hizo constar la Compraventa que celebraron la empresa “Comercializadora Farmacéutica xx Xxxx- pas”, S.A. de C.V., como parte compradora y la empresa “CALPAN”, S.A. de C.V., como parte vendedora, respecto de un predio ubicado en el Fraccionamiento Santa Xxxxxx en Querétaro, como a continuación se describe:
Superficie de 12,531.22 m2 Medidas y colindancias:
Al Norte: en 72.00 m linda con Calle Santa Xxx.
Al Sur: en 97.39 m linda con Xxxxxxx xx Xxx xxx Xx- xxxxxxxxx
Xx Xxxxxxx: en 169.04 m con Xxxxx Xxxxx Xxxxx
Xx Xxxxxxxx: en dos líneas que de Sur a Norte, miden 73.07 m y 81.09 m, linda con el Poblado de Santa Xxxxx
7.- En virtud de que la empresa “CALPAN”,
S. A. de C. V., transmitió mediante compraventa a favor de “Comercializadora Farmacéutica xx Xxxx- pas”, S.A. de C. V., y en la actualidad no es propie- taria del predio a permutar con el Municipio de Que- rétaro, resulta necesario revocar el Acuerdo xx Xxxxxxx de referencia. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado II, inciso d) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se revoca y se deja sin efecto todos y cada uno de los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx aprobado por el H. Ayuntamiento de Querétaro en fecha 26 de febrero de 2002, relativo al cumplimiento de un Contrato de Permuta firmado en 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxx xx Xxxxxxxxx xx Xxx- xxxxxx y la empresa “CALPAN”, S. A. de C. V.
SEGUNDO.- Publíquese por una sola oca- sión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
“La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal x xxxxx del Municipio de Querétaro, por lo que se instruye al Tesorero Municipal para que erogue las cantidades necesarias para tal efecto.
TERCERO.- Comuníquese el presente a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Dirección de Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Oficialía Mayor Mu- nicipal, Secretaría de Economía y Finanzas y Teso- rería Municipal, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación Santa Xxxx Xxxxxxxx y a la empresa “CALPAN”, S.A. de C. V., a través de su represen- tante legal. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
------------------------------DOY FE---------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
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GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 15 xx xxxx de 2003 dos mil tres, el H. Ayuntamien- to de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Puntos de los Acuerdos xx Xxxxxxx de fechas 11 xx xxxx de 1999 y 26 xx xxxxx de 2002, relativos a la solici- tud de compra de dos predios propiedad del Muni- cipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Industrial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 00 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 9º FRACCIÓN II, DE LA XXX XXXX- RAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 1º, 14 FRACCIÓN III, 17 FRACCIÓN IX Y 82 DEL CÓDI- GO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTA- RO; 30 INCISOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 80 FRACCIÓN III, 82, 94 XXXXXXXX XX X 000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXX- XX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28, 33 Y
34 DEL REGLAMENTO INTERIOR XXX XXXX- TAMIENTO DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II
Y V, 10, 11 Y 20 DEL REGLAMENTO DE BIENES PATRIMONIO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo por virtud del cual se revocan y se dejan sin efectos los Pun- tos de los Acuerdos xx Xxxxxxx de fechas 11 xx xxxx de 1999 y 26 xx xxxxx de 2002, relativos a la solicitud de compra de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fracciona- miento Industrial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto.
2.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, el H. Ayuntamiento de Queré- taro aprobó el Acuerdo relativo a la solicitud de compra de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento Indus- trial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puer- to.
3.- El Punto Primero del Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Considerando anterior señala lo siguiente:
“. . . Se autoriza solicitar a la X. XXX Xxxxxxxxx- xx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, la desincorporación de los predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en la Calle San Xxxx, Fraccionamiento Industrial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, correspondientes a los Lotes 14 y 15; con claves catastrales 140100125061014 y 140100125061015 y superficie de 869.26 m2 y
825.56 m2, respectivamente, respetando el uso
Industrial y de Servicios, como lo marca el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Feli- pe Xxxxxxxx Puerto . . .”.
4.- El Punto Tercero del Acuerdo xx Xxxxxxx señalado en el Considerando Segundo del presente Acuerdo señala lo siguiente:
“. . . Cumplimentado lo anterior y una vez aprobada la desincorporación de los predios seña- lados en el Punto PRIMERO del Dictamen, se auto- riza enajenar los mismos a favor de la C. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, por la cantidad que resulte del nuevo avalúo que se emita con posterioridad a la autoriza- ción de desincorporación . . .”.
5.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 26 xx xxxxx de 2002, el H. Ayuntamiento emitió el Acuerdo relativo a la modificación del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, relativo a la solicitud de compra de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fracciona- miento Industrial Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto.
6.- La modificación consistió principalmente en precisar las medidas y colindancias correctas de los predios a enajenar.
7.- Con fecha 25 xx xxxxx de 2003, se recibió en la Dirección de Asuntos xx Xxxxxxx de la Secre- taría del Ayuntamiento, el Oficio DGJ/1712/03, sus- crito por el Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Director General Xxxxxxxx, mediante el cual comenta que mediante Oficio Nº DAL/460/03 recibido en la Di- rección General Jurídica, el Diputado Xxxxxxx Xxxx- xxx Xxxxx, Presidente de la Comisión Permanente, informó que en Sesión Extraordinaria celebrada el 10 xx xxxxx del año en curso, la Legislatura del Estado rechazó la iniciativa de Decreto para la au- torización de desincorporación para enajenar un predio y una fracción del predio propiedad munici- pal de Querétaro, ubicados en la Calle San Xxxx del Fraccionamiento Industrial Xxxxxxxx Puerto, razón por la cual solicita la revocación de los Acuerdos xx Xxxxxxx señalados en los Puntos Segundo y Quinto del presente.
8.- En reunión de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el 30 xx xxxxx de 2003, los Regidores integrantes de las mismas, acordaron procedente revocar los Acuerdos xx Xxxxxxx seña- lados en los Considerandos Segundo y Quinto del presente, en virtud de que la Legislatura del Estado rechazó la Iniciativa de Decreto para la Autorización
de Desincorporación para Enajenar los Predios Propiedad Municipal. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado II, inciso f) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se revocan y se dejan sin efectos todos y cada uno de los puntos de los Acuerdos xx Xxxxxxx de fechas 11 xx xxxx de 1999 y 26 xx xxxxx de 2002, relativos a la solicitud de compra de dos predios propiedad del Municipio de Querétaro, ubicados en el Fraccionamiento In- dustrial Xxxxxxxx Puerto, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto.
SEGUNDO.- Publíquese por una sola oca- sión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal x xxxxx del Municipio de Querétaro, por lo que se instruye al Tesorero Municipal para que erogue las cantidades necesarias para tal efecto.
TERCERO.- Comuníquese el presente a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Secretaría de Servi- cios Municipales, Dirección General Jurídica, Se- cretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Muni- cipal, Oficialía Mayor Municipal, Delegación Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto y la C. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
----------------------------DOY FE------------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
des del Fraccionamiento “Villas Santiago de Queré- taro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, por lo cual se tiró la Escritura Pública Nº 33,085, misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro, en el Folio Real Nº 10714/10 de fecha 16 xx xxxx de 1997.
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 30 treinta xx xxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la asignación de destino de Equipamiento Urbano a Áreas Verdes para las Manzanas 302 y 266, ubica- das en el Fraccionamiento “Villas Santiago de Que- rétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 78, 79 Y 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ- TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO XXXXXXX; 30 FRACCIÓN II INCI- SOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 93,
94 XXXXXXXX XX, 000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 27, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO Y EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y CO- LABORACIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
X X X X X X X X X X X X X
0. Corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo relativo a la Asignación de Destino de Equipa- miento Urbano a Área Verde para las Manzanas 302 y 266, ubicadas en el Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
2. Con fecha 00 xx xxxx xx 0000 xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría Nº 5 de este Partido Judicial, la empresa “Trituraciones La Trinidad”, S.A. de C.V., transmitió al Municipio de Querétaro, las Áreas de Equipamiento Urbano, las Áreas Verdes y Vialida-
3. Las áreas trasmitidas al Municipio de Que- rétaro, se conforman de la siguiente manera:
Equipamiento Urbano
1,609.08 m2 ubicados en la totalidad de la Manzana 302, Etapa I.
41,517.82 m2 ubicados en la totalidad de la Manzana 218 Etapa III.
14,122.90 m2 ubicados en una fracción de la Manzana 219 Etapa III.
Áreas Verdes
4,580.82 m2 ubicados en una fracción de la Manzana 219 Etapa III.
9,816.57 m2 ubicados en la totalidad de la Manzana 266 Etapa III.
Vialidades.- 178,472.26 m2.
4. Con la Escritura Pública señalada en el Considerando Segundo del presente, se acredita que el Municipio es propietario de los predios objeto del presente Proyecto de Acuerdo xx Xxxxxxx.
5. Con fecha 12 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el escrito firmado por la C. G. de los Xxxxxxx Xxxxxxxx X., Presidente de la Asociación de Colonos de Villas de Santiago,
A. C., mediante el cual solicita la donación de las Áreas Verdes localizadas en las Manzanas 302, 266, 218 y 219, ubicadas en el Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Epig- xxxxx Xxxxxxxx.
6.- Con fecha 22 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Dictamen Téc- nico con Folio No. 084/02, signado por el Arq. Xx- xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, así como por el Arq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Di- rector de Desarrollo Urbano Municipal, relativo a la donación a favor de la Asociación de Colonos de
Villas de Santiago, de las Manzanas 302, 266, 218 y 219, con el fin de tener legalmente posesión de las mismas, del cual se desprende lo siguiente:
6.1 El artículo 109 del Código Urbano para el Estado de Querétaro, señala respecto del 100% de las áreas de donación, que el 20% del área será destinada a Áreas Verdes, el 10% a espacios Cívi- cos y el 70% a Equipamiento Urbano, dado lo ante- rior, el Fraccionamiento “Villas Santiago de Queré- taro” cuenta con lo siguiente:
ÁREA DE EQUIPAMIENTO URBANO 57,249.81 m2=80% ÁREA VERDES 14,397.39 m2=20%
TOTAL 71,647.60 m2
6.2. Bajo el Dictamen Técnico de Comisiones Unidas 094/01 de fecha 25 xx xxxxxx de 2001, se propuso la modificación del destino del predio iden- tificado como la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxx- namiento “Villas Santiago de Querétaro”, con la finalidad de establecer una Escuela Primaria y una Escuela de Educación Preescolar, sumando estos dos una superficie total de 7,052.17 m2, restando 2,764.40 m2, destinados a conservar el destino de Área Verde.
a) Para la Escuela Primaria se propuso una superficie de 5,852.17 m2 y las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 69.30 m. con la Calle Santiago de Querétaro Al Sur: en 69.41 m. colindando con el resto del predio Al Oriente: en 84.38 m. con la Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxx.
Xx Xxxxxxxx: en 84.38 m. con la Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx
b) Para la Escuela de Educación Preescolar se utilizó una superficie de 1,200.00 m2, con las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 30.00 m. con el resto del predio
Al Sur: en 30.00 m. con la Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Xx Xxxxxxx: en 40.00 m. con la Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxx. Xx Xxxxxxxx: en 40.00 m. con resto del predio.
6.3 Mediante Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 24 de octubre de 2001, se autorizó la donación de una fracción del predio identificado como Xxxxxxx 000, xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxxxxx de Que- rétaro”, destinando una superficie de 5,852.17 m2, para la Escuela Primaria y 1,200.00 m2, para la Escuela de Educación Preescolar, así como el cambio de uso de suelo del mismo predio de Área Verde a Equipamiento Urbano. Así mismo se cam- bió el destino de uso de suelo de Equipamiento Urbano a Área Verde del predio identificado como la Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxxx- go de Querétaro”, con una superficie de 7,080.46 m2, con la finalidad de recuperar la superficie co- rrespondiente a Áreas Verdes de dicho Fracciona-
miento por lo que la superficie restante de la Man- zana 266, (2,764.40 m2), quedó establecida como Área Verde, dando una suma de 9,844.86 m2.
6.4 Con fecha 23 de enero de 2002 y con el Folio 014/02 de Comisiones Unidas de la Dirección de Desarrollo Urbano, se dictaminó factible la do- nación de una Fracción de la Manzana 218 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, otorgando la cantidad de 27,917.83 m2, a favor de la Universidad Marista de Querétaro, para la cons- trucción de una escuela primaria y secundaria.
6.5 Dado lo anterior, el Fraccionamiento “Vi- llas Santiago de Querétaro”, actualmente cuenta con las siguientes superficies de donación:
MANZANA | EQUIPAMIENTO | ÁREA VERDE | TOTAL |
302 | 1,608.90 m2 | ------------- | 1,608.90 m2 |
218 | 13,600.00 m2 27,917.83 m2 (otorgados) | ------------- | 41,517.83 m2 |
219 | 7,042.44 m2 | 11,661.28 m2 | 18,703.72 m2 |
266 | 7,052.17 m2 (otorgados) | 2,764.40 m2 | 9,816.57 m2 |
TOTAL | 57,221.52 m2 | 14,425.68 m2 | 71,647.20 m2 |
6.6. Mediante Nota de Comisiones 051/03 de fecha 08 xx xxxxx de 2003, se atendió la petición del
L.A.E. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx, Encargado de Des- xxxxx de la Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx- res, solicitando al Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Presi- dente Municipal, lo siguiente:
• Cambio de uso del área de Equipamiento Urbano a Área Verde de la Manzana 302, ubicada entre las Calles de Santiago Tlate- lolco, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Santiago Sa- lamanca y Santiago de Amatepec, con una superficie de 1,609.08 m2.
• Cambio de uso de la Manzana 266 de Área Verde a Equipamiento Urbano ubicada en- tre las Calles de Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Santiago de Querétaro, Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Santiago de la Peña, con una superficie de 9,816.57 m2.
• Cambio de uso de la Manzana 219, de Equipamiento Urbano a Área Verde a Equi- pamiento Urbano en su Totalidad, ubicada entre las Calles de Portal de la Alegría, Santiago de la Frontera, Xx. Xxxxxxx Xxxx- xxx Xxxx x Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, con una superficie de 4,580.82 m2 correspondientes a Área Verde y 14,122.90 m2, correspon- dientes a Equipamiento Urbano.
• Cambio de uso de la Manzana 218, de Equipamiento Urbano a Área Verde, ubica-
da entre las Calles de Portal de la Alegría, Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx y Portal de Sa- maniego, con una superficie de 41,517.83 m2.
6.7 Siendo la opinión de la Dirección de De- sarrollo Urbano Técnicamente Factible los cambios
m2.
m2.
Manzana 302 con una superficie de 1,608.90 Manzana 266 con una superficie de 2,764.40
SEGUNDO.- Las demás áreas de donación
de usos y destinos de Equipamiento Urbano a Área Verde para las Manzanas 302, con superficie de 1,608.90 m2 y para el resto de la Manzana 266 con superficie de 2,764.40 m2, del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Epig- xxxxx Xxxxxxxx.
6.8 De acuerdo con lo anterior y una vez rea- lizado el análisis correspondiente, a la documenta- ción presentada, así como a las modificaciones realizadas a las Manzanas en estudio, producto de donaciones y cambios de destinos, la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal considera como No Factible la donación de dichos predios, ya que las Áreas Verdes son propiedad del Municipio, las cua- les son inalienables, intransferibles, inembargables e imprescriptibles y no podrán ser sujetas a conve- nios o transacciones.
6.9 Sin embargo, considera procedente que se giren instrucciones a la Secretaría de Servicios Municipales para que se habiliten las Áreas Verdes del Fraccionamiento Villas Santiago de Querétaro, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. Así mismo se recomienda que se recaben los dictámenes técni- cos del jurídico y de la Comisión de Medio Ambien- te, a fin de que estas Comisiones Unidas cuenten con toda la información necesaria para el Acuerdo correspondiente.
7. En reunión de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el día 0 xx xxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxx integrantes de las mismas, acordaron procedente otorgar la Asignación de Destino de Equipamiento Urbano a Áreas Verdes, para las Manzanas 302, 266 ubicadas en el Frac- cionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Dele- gación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado III, inciso h) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza la Asignación de Destino de Equipamiento Urbano a Áreas Ver- des en el Fraccionamiento “Villas Santiago de Que- rétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, para las siguientes Manzanas:
del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, quedan con los usos y destinos previamente asignados.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría de Servicios Municipales, para que habilite las áreas verdes del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”.
CUARTO.- El presente Acuerdo deberá pro- tocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
QUINTO- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
SEXTO.- Se instruye al Secretario de Eco- nomía y Finanzas y Tesorero Municipal, a que ero- gue las cantidades necesarias para cubrir el pago de las obligaciones señaladas en los Puntos Terce- ro, Cuarto y Quinto del presente Acuerdo.
SÉPTIMO.- Comuníquese lo anterior a la Se- cretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro de Go- bierno del Estado, Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología del Municipio, Secretaría de Gobierno Municipal, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Municipal, Secretaría de Servicios Municipales, a la Delegación Municipal Xxxxxxxxx Xxxxxxxx y a la Asociación de Colonos de Villas de Santiago, A. C. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS DOS DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
------------------------------DOY FE---------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 30 treinta xx xxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la Permuta de predio propiedad del X. Xxxxxx Za- xxxx Xxxxxxx, por una fracción de un predio pro- piedad municipal, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V, INCISOS B) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA- DOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79 Y 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA; 9º FRACCIONES II, X Y XII, DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 88 INCISOS
B) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA; 30 FRACCIÓN II, INCISOS B) Y D), 36, 38 FRACCIONES III, VIII Y XII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUE- RÉTARO; 17 FRACCIÓN XVIII, 82 SEGUNDO PÁRRAFO, 121, 175, 178 FRACCIÓN V DEL CÓ- DIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉ- TARO; 22, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTA- MIENTO DE QUERÉTARO Y EN EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA- CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
C O N S I D E R A N D O S
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo relativo a la permuta de un predio propiedad municipal por un predio propiedad particular.
2.- Con Fecha 13 de diciembre de 2002, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento un escrito signado por el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, mediante
el cual solicitó el cambio de Uso de Suelo de Co- mercial a Habitacional con densidad de población de 300 hab/ha, para un predio de su propiedad ubicado en Lote 291 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, S.A. de C.V., con una su- perficie de 10,504.21 m2 y las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 105.65 m con Calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Al Sur: en 124.88 m con Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx.
Xx Xxxx: en 91.39 m con Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxx: en 92.66 m con Avenida Turmalina.
3.- El C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, acredita la propiedad del predio con la Escritura Pública Nº 53,287 pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público Nº 4 Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro en el Folio Real Nº 79706/5 de fecha 29 de enero de 2003.
4.- Derivado del estudio que realizó la Secre- taría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Eco- logía Municipal, se determinó no viable su solicitud, misma que fue presentada ante las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente.
5.- Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Unidas de Desarrollo Urbano y Eco- logía, Obras Públicas y Medio Ambiente, se deter- xxxx conveniente proponer al C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx permutar su predio por un predio propiedad municipal, debido a que el Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, no cuenta con las suficien- tes Áreas Verdes y a que precisamente el Lote 291 propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx tiene una superficie suficiente para dotar a dicho Fracciona- miento de Áreas Verdes, lo que origina beneficios para los habitantes del mismo.
6.- Con fecha 9 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Oficio Nº CTABI/244/03, signado por la C. Ma. Cristina Cue- vas Xxxxxxxx, de la Coordinación y Administración de Bienes Inmuebles de la Oficialía mayor, median- te el cual envía Avalúos en original solicitados al Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, de los siguientes predios:
a) Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, con superficie de
10,504.21 m2 y clave catastral 140100131291001, propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx-. En dicho avalúo se de- termina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 541.64, lo que ori- gina un precio de $ 5’689,519.67 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS 67/100 M.N.)
b) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xx Xxxxxx Acueducto, con superficie de 18,906.26 m2.- En dicho avalúo se determina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 208.71, lo que origina un precio de
$3’897,254.64 (TRES MILLONES OCHO- CIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOS- CIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PE- SOS 64/100 M.N.).
7.- El C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx presenta Avalúos realizados por el Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Perito Valuador en el Estado Nº 035, de los siguientes predios:
a) Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, con superficie de 10,504.21 m2 y clave catastral 140100131291001, propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- En dicho avalúo se de- termina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 544.97, lo que origina un precio de $ 5’724,437.79 (CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTICUA- TRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 79/100 M.N.))
b) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xx Xxxxxx Acueducto, con superficie de 18,906.26 m2.- En dicho avalúo se determina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 218.16 pesos, lo que origina un precio de $ 4,124,629.61 (CUATRO MI- LLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 61/100 M.N.).
8.- Se acredita la propiedad del predio muni- cipal, mediante la Escritura Pública Nº 43,270, de fecha 23 xx xxxxx de 2000, tirada en la Notaría 4 de esta ciudad, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro en el Folio Real Nº 33628/9 de fecha 17 de noviembre de 2000 a las 14:47:19 horas.
9.- Una vez analizados los predios a permu- tar, los Regidores integrantes de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras
Públicas y Medio Ambiente, determinaron realizar la permuta de los predios a razón de metro por metro, es decir, el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx otorga en permuta la totalidad del Xxxx 000 xxx Xxxxxxxxx- xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx y el Municipio de Querétaro otorga en permuta una fracción del predio propiedad municipal identificado como Xxxx X-0 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxxxxxx”, Xxxx- xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, con una superficie de 10,504.25 m2 y las siguientes medidas y colindan- cias:
Al Norte: en 190.69 m con propiedad privada. Al Sur: en 190.91 m con resto del predio. Al Oriente: en 59.65 m con propiedad privada.
Al Poniente: en 50.62 m con Boulevard Universitario.
10.- El artículo 109 del Código Urbano para el Estado de Querétaro señala en su párrafo tercero que las donaciones para equipamiento urbano mencionadas deberán ubicarse en terreno apto, permitiéndose, en los casos en los que la localiza- ción del fraccionamiento o sus características es- pecíficas lo admitan y previo dictamen de la autori- dad competente, realizar permutas parciales o tota- les por terrenos urbanizados y de calidad equipara- ble, ubicados fuera de la superficie del fracciona- miento, en sitios de interés municipal y de acuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano respectivo.
11.- Interpretando lo indicado en el precepto señalado en el Punto anterior, para el caso especí- fico, se desprende que el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx al realizar la Permuta de su predio ubicado en un Fraccionamiento ya autorizado previamente y a que el Promotor de dicho Fraccionamiento ya realizó la transmisión de las Áreas de Equipamiento Urbano y Áreas Verdes del mismo a favor del Municipio, por un predio Municipal, no tiene la obligación de transmitir las Áreas correspondientes a Equipa- miento Urbano y Áreas Verdes, al momento en que desarrolle el predio que ahora obtiene motivo de la permuta, ya que se debe atender a las circunstan- cias en las que originalmente se encontraba el Lote propiedad del particular.
12.- Aunado a lo anterior la permuta genera un beneficio tanto al Municipio como a los habitan- tes del Fraccionamiento, ya que resultado de ésta se esta dotando al Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx de un Área Verde de una gran extensión. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado III, inciso n) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza la Permuta del Lote 291 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx pro- piedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por una Fracción de predio propiedad municipal ubicada en el Lote B-5 “Xxxxxx Acueducto”, Delegación Santa Xxxx Xxxxxxxx.
SEGUNDO.- Los predios señalados en el Punto anterior objeto de la permuta, tienen las si- guientes superficies, medidas y colindancias:
a) Predio propiedad del X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- Xxxx 000, xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx con una superficie de 10,504.21 m2 y las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 105.65 m con Calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Al Sur: en 124.88 m con Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx.
Xx Xxxx: en 91.39 m con Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxx: en 92.66 m con Avenida Turmalina.
b) Fracción de predio propiedad municipal ubicado en el Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxxxxxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, con una superficie de 10,504.25 m2 y las siguientes medidas y colindan- cias:
Al Norte: en 190.69 m con propiedad privada. Al Sur: en 190.91 m con resto del predio. Al Oriente: en 59.65 m con propiedad privada.
Al Poniente: en 50.62 m con Boulevard Universitario.
TERCERO.- Al predio señalado en el inciso
a) del Punto anterior se le asigna el destino de Área Verde. Asimismo, al predio señalado en el inciso b) del Punto anterior se le determina un Uso Habita- cional con una densidad de población de 250 hab/ha.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que integre el expediente co- rrespondiente para que lo remite a la Legislatura para la desafectación de la Fracción del predio propiedad municipal señalado en el inciso b) del Punto anterior.
QUINTO.- Una vez desafectado el predio se autoriza al Presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento y a uno de los Síndicos Municipales,
suscribir el Contrato de Permuta con el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, respecto de los predios señalados en el Punto Segundo del presente, con el Notario Público que se señale para tal efecto.
SEXTO.- Para desarrollar el predio señalado en el inciso b) del Punto Segundo del presente, al
C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, se le da por cumplida la obligación de transmitir al 10% del Área de Dona- ción, ya que el predio ubicado en el Lote 291 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, ya otorgó el Área correspondiente a Equipamiento y Áreas Verdes, al momento en que fue autorizado el mismo.
SÉPTIMO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
OCTAVO.- Los gastos que se generen con motivo del contrato de permuta serán cubiertos por el Municipio de Querétaro, para lo cual se instruye al Tesorero Municipal erogue las cantidades nece- sarias ello.
NOVENO.- Comuníquese lo anterior a la Se- cretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro de Gobierno del Estado, Dirección del Registro Público de la Pro- piedad y de Comercio, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Se- cretaría de Gobierno Municipal, Oficialía Mayor Municipal, Delegación Santa Xxxx Xxxxxxxx, Dele- gación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx y al C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES XX XXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
-------------------------------DOY FE---------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
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EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 24 veinticuatro xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el H. Ayuntamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización de Modificación de diver- sas cláusulas del Contrato de Fideicomiso Irrevo- cable de Inversión y Administración denominado “Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente”, celebrado con fecha 27 de no- viembre de 2001, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LO DIS- PUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II Y IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 79, 83, 86 Y 88 INCISOS B) Y G) XX XX XXXXXXXXXXXX XXXX- XXXX XXX XXXXXX XXXXX X XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXX; 30 FRACCIÓN II, INCI- SO B) Y G), FRACCIÓN XXXIII, 36 FRACCIÓN VIII, 38 XXXXXXXX XXXX X 00 XX XX XXX XXXX- XXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER XXXXXXX, 00, 00, 00 X
00 XXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXX- XXXXXXXX XX XXXXXXXXX.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver lo relativo a la Autorización xx Xxxx- ficación de diversas Cláusulas del Contrato de Fi- deicomiso Irrevocable de Inversión y Administración denominado “Fideicomiso Queretano par la Con- servación del Medio Ambiente”, celebrado con fe- cha 27 de noviembre de 2001.
2.- En Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx X. Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx- ro emitió el Acuerdo relativo a la Constitución del Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente, el cual fue publicado en el Perió- dico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx”, N° 40 de fecha 31 xx xxxxxx de 2001 y
en la Gaceta Municipal N° 14 de fecha 23 de octu- bre de 2001.
3.- Con fecha 27 de noviembre de 2001, en esta ciudad, fue suscrito el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración denomi- nado “Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente”, celebrado por una parte por el Municipio de Querétaro, representado por el Presi- dente Municipal y por el Secretario del Ayuntamien- to, en su calidad de Fideicomitente y por otra parte en su calidad de Fiduciario el Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financie- ro BITAL, División Fiduciaria.
4.- Dentro de la Cláusula Décima Sexta del Contrato señalado en el Considerando anterior, se establece que el Fideicomiso podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre el Fideicomitente y el Fidu- ciario y en caso de que el Fideicomitente, requiera modificar el contrato, deberá presentar al Fiduciario la autorización del H. Ayuntamiento para la modifi- cación del mismo.
5.- Respecto al Objeto del presente Proyecto de Acuerdo, se pretende reformar el Contrato seña- lado en el Considerando Tercero, el rubro relativo a la Integración del Patrimonio, lográndose de esa forma el permitir que subsidios, transferencias o donativos provenientes del sector público se inte- gren al patrimonio del Fideicomiso, el cuál dará como beneficio el ampliar los alcances económicos para el cumplimiento de los objetivos del Fideicomi- so Queretano para la Conservación del Medio Am- biente.
6.- En cuanto a los Fines del Contrato seña- lado en el Considerando Tercero del presente, para dar cumplimiento a las normatividades correspon- dientes el Fiduciario creará los fondos necesarios para dar cabida a recursos propios y a los provinen- tes del sector público, previamente se podrán ahora celebrar alianzas con personas físicas x xxxxxxx, publicas o privadas, nacionales o internacionales que tengan como propósito conjuntar esfuerzos para la obtención de sus respectivos fines.
7.- En el rubro de Funcionamiento del Comité Técnico, se establece que siendo que el Fideicomi- so Queretano para la Conservación del Medio Am-
biente es un instrumento innovador éste es perfec- tible en todos sus rubros, en especial en su operati- vidad, por lo que resulta necesario se permita se- sionar con segundas convocatorias, lo que agilizará considerablemente la operación y ejecución.
nico.
c) Funcionamiento del Comité Técnico; y
d) Obligaciones y Facultades del Comité Téc-
SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo
8.- Relacionado a las Obligaciones y Facul- tades del Comité técnico del Fideicomiso, la modifi- cación al Contrato señalado en el Considerando tercero del presente, se debe realizar tal modifica- ción para estar en condiciones de aceptar recursos provenientes del sector público, el Comité Técnico del Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente deberá cumplir con lineamien- tos y obligaciones preestablecidos, sin que se sos- layen facultades o atribuciones propias, además de beneficiarse con la aplicación de recursos pro- pios en su administración. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Quinto, Apartado II, inciso b) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . .PRIMERO.- Se autoriza al Presidente Municipal y al Secretario del Ayuntamiento a sus- cribir el Contrato que modifique el anterior, celebra- do el 27 de noviembre de 2001, mediante el cual se constituyó el Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración denominado “Fideicomiso Quereta- no para la Conservación del Medio Ambiente”, res- pecto de los siguientes rubros:
a) Integración del Patrimonio;
b) Fines;
por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Que- rétaro, para lo cual se instruye a la Secretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Municipal erogue las cantidades necesarias para ello.
TERCERO.- Comuníquese lo anterior al Co- mité Técnico del “Fideicomiso Queretano para la Conservación del Medio Ambiente”, a Banco Inter- nacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BITAL, División Fiduciaria, en su carác- ter de Fiduciario del Fideicomiso, a la Secretaría de Economía y Finanzas Municipal y a la Tesorería Municipal. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
--------------------------------DOY FE--------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
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EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 24 veinticuatro xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el H. Ayuntamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, relativo a la Venta del Predio Propiedad Municipal Ubicado en la Calle Tequisquiapan S/N, de la Zona
denominada Ampliación Cimatario, Delegación Centro Histórico, el cual señala textualmente
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B) Y D) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA- DOS UNIDOS MEXICANOS; 88 INCISOS B) Y D) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEA- GA; 9° FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 2200, 2202, 2203, 2209 Y 2213 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ES- TADO DE QUERÉTARO; 17 FRACCIONES II Y XVII Y 82 SEGUNDO PÁRRAFO DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN II INCISOS B) Y D) Y 38 XXXX- XXXXXX XXX, XXXX X XXX XX XX XXX XXXXXXXX
XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25,
27, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; ASÍ COMO EN EL CONVENIO MARCO DE COORDI- NACIÓN Y COLABORACIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIER- NO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo por virtud del cual se Revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, relativo a la Venta del predio propiedad municipal ubicado en Calle Tequisquiapan s/n, de la Zona denominada Ampliación Cimatario, Delegación Centro Histórico.
2.- En Sesión xx Xxxxxxx de fecha 11 de ma- yo de 1999, se sometió a consideración del H. Ayuntamiento el Acuerdo relativo a la solicitud de compra de un predio propiedad del Municipio de Querétaro, ubicado en la Zona denominada Am- pliación Cimatario, Delegación Centro Histórico.
3.- Dentro del Punto Segundo del Acuerdo señalado en el Considerando anterior, se estableció lo siguiente:
“. . . Se autoriza otorgar la venta del predio, ubicado en la Calle Tequisquiapan s/n, de la zona denominada Ampliación Cimatario, Delegación Centro Histórico, correspondiente al Lote 25 de la Manzana Nº 1, con clave catastral Nº 140100107042025 y una superficie de 201.94 m2 a favor del C. Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx . .
.”.
4.- Con fecha 3 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Oficio Nº CTABI/233/03, signado por la C. Ma. Cristina Cue- vas Xxxxxxxx, Titular de la Coordinación y Adminis- tración de Bienes Inmuebles de la Oficialía Mayor Municipal, mediante el cual solicita revocar el Acuerdo de Sesión xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, en el que se autorizó la venta del predio ubicado en la Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxx 00 Xxxxxxx 0 xx xx xxxx xxxxxxxxxx Ampliación Cimatario, con clave catastral 140100107042025, a favor del Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, en virtud de que éste no ha mostrado interés en dar continuidad al proceso de adquisición.
5.- Con fecha 11 xx xxxxx de 2003, se recibió en la Dirección de Asuntos xx Xxxxxxx, el Oficio Nº DJ/2338/2003, signado por el Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Director General Jurídico del Municipio de Querétaro, mediante el cual informa que, el pre- dio señalado en el Considerando anterior, no ha sido desincorporado, en virtud de que el interesado no presentó la documentación necesaria para con- tinuar de manera oportuna el trámite de desafecta- ción e integrar el expediente técnico para remitirse a la H. Legislatura.
6.- En el expediente radicado en el Departa- mento de Asuntos Inmobiliarios de la Secretaría del Ayuntamiento, existen diversos oficios dirigidos al Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mediante el cual se le solicitan diversos documentos para inte- grar el expediente correspondiente a la venta del predio en comento, para efecto de remitirlos a la Legislatura, sin que el interesado haya dado cum- plimiento a los mismos.
7.- En reunión de Comisiones Unidas de De- sarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el 19 xx xxxxx de 2003, los integrantes de las mismas acordaron procedente realizar la revocación del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, señalado en el Consi- derando Segundo del presente. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Quinto, Apartado IV, inciso c) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se revoca y se deja sin efecto todos y cada uno de los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 11 xx xxxx de 1999, relativo a la Venta del predio propiedad municipal ubicado en Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx x/x, identificado como Xxxx 00, Xxxxxxx 0 xx xx xxxx xxxxxxxxxx Ampliación Cimatario, con clave catastral 140100107042025, Delegación Centro Histórico, por las razones indi- cadas en el Considerando Quinto del presente.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo deberá publicarse por una ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro, para lo cual se instruye al Secretario de Economía y Finanzas y Tesorero Municipal, erogue las cantidades necesarias para ello.
TERCERO.- Comuníquese lo anterior a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría de De- sarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Munici- pal, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Eco- nomía y Finanzas, Tesorería Municipal, Delegación Centro Histórico y al Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
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EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 24 veinticuatro xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el H. Ayuntamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo por virtud del cual se revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 24 de febrero de 1997, relativo a la Propuesta de Donación de un Terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B) Y D) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA- DOS UNIDOS MEXICANOS; 88 INCISOS B) Y D) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEA- GA; 9° FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 2200, 2202, 2203, 2209 Y 2213 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ES- TADO DE QUERÉTARO; 17 FRACCIONES II Y XVII Y 82 SEGUNDO PÁRRAFO DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, II INCISOS B) Y D) Y XXII Y 38 FRACCIONES III, VIII Y XII DE LA LEY ORGÁNI- CA MUNICIPAL; 22 PRIMER XXXXXXX, 00 XXX- XXX PÁRRAFO, 25, 27, 28, 33 Y 34 DEL RE- GLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; ASÍ COMO EN EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA-
CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
C O N S I D E R A N D O
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo por virtud del cual se Revoca y se deja sin efectos el Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 24 de febrero de 1997, relativo a la Propuesta de donación de terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Queré- taro.
2.- En Sesión xx Xxxxxxx de fecha 24 de fe- brero de 1997, se aprobó el Acuerdo xx Xxxxxxx relativo a la Propuesta de donación de terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Querétaro, de un predio localizado en el Ejido Casa Blanca.
3.- Con fecha 3 xx xxxx de 2003, se recibió en la Dirección General Xxxxxxxx, el Oficio Número CTABI/235/03, signado por la C. Ma. Cristina Cue- vas Xxxxxxxx Titular de la Coordinación y Adminis- tración de Bienes Inmuebles de Oficialía Mayor Municipal, dirigido al Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Director General Xxxxxxxx, en el que le mencionan que en los archivos de la Coordinación no se cuen- ta con la información respecto de la ubicación del predio donado al Sindicato de Trabajadores del Municipio de Querétaro.
4.- Con fecha 9 y 13 xx xxxxx de 2003, se re- cibieron en la Dirección de Asuntos xx Xxxxxxx, los Oficios con Números DJ/2303/2003 y DJ/2408/2003, suscritos por el Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Director General Xxxxxxxx, mediante los cuales realiza un análisis del Acuerdo señalado en el Considerando Segundo del presente, de los cua- les se desprende lo siguiente:
a. Que en el texto del Acuerdo citado no se determina específicamente la ubicación del terreno a donar.
b. En el Acuerdo se señala que se formalizará la donación del predio, una vez que el H. Ayuntamiento reciba por parte de las instan- cias agrarias el certificado correspondiente, sin señalar su ubicación, superficie, media- das y colindancias.
c. Que les fue proporcionado un croquis de localización del mismo por el X. Xxxxxx Xx- xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx.
d. Que el pasado día 30 xx xxxx del año en curso, se realizó por parte del personal del Departamento Consultivo de la Dirección General Jurídica y de la Coordinación Técni- ca y Administración de Bienes Inmuebles de Oficialía Mayor, una visita física al lugar, a efecto de verificar la correcta ubicación del mismo y con ello obtener posteriormente su antecedente registral.
e. Que su antecedente registral no señala al Municipio de Querétaro como propietario.
f. Que el Municipio de Querétaro, no ha recibi- do el certificado correspondiente por parte del Registro Agrario Nacional para estar en condiciones de formalizar el acto.
g. Se recomienda que el Sindicato solicite y replantee la reubicación del predio para insta- lar sus oficinas en otro sitio, dado que el pre- dio propuesto no es posible donarlo por no ser propiedad municipal y que no es posible determinar el tiempo en el que se transmitirá al Municipio de Querétaro, de estar de acuerdo el Ejido y bajo qué condicionantes.
Por lo que realizan la sugerencia de Revocar el multicitado Acuerdo xx Xxxxxxx, para que posteriormente la parte interesada solicite la
donación de un predio que sea susceptible de ser donado.
5.- En reunión de Comisiones Unidas de De- sarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el 19 xx xxxxx de 2003, los integrantes de las mismas acordaron procedente realizar la revocación del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha de fecha 24 de febrero de 1997, relativo a la Propuesta de donación de terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Queré- taro. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Quinto, Apartado IV, inciso b) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R DO
“. . . PRIMERO.- Se revoca y se deja sin efecto todos y cada uno de los Puntos del Acuerdo xx Xxxxxxx de fecha 24 de febrero de 1997, relativo a la Propuesta de donación de terreno a favor del Sindicato de Trabajadores del Municipio de Queré- taro.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo deberá publicarse por una ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Que- rétaro, por lo cual se instruye al Secretario de Eco- nomía y Finanzas y Tesorero Municipal erogue las cantidades necesarias para ello.
TERCERO.- Comuníquese lo anterior a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría de De- sarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Munici- pal, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Eco- nomía y Finanzas Municipal, Tesorería Municipal, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxxxx y al Sindi- cato de Trabajadores del Municipio de Querétaro, a través de su representante legal. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.-
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C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 12 doce xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la Declaratoria de Conservación de Parque Urbano de una superficie aproximada de 139,669.80 m2, ubicada en la Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx- xxx, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 27 Y 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTI- TUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79 86 SEGUNDO PÁRRAFO Y 88 INCISOS B) Y D) DE LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO; 5º, 9º, 15, 25 27, 35 Y 40 FRACCIÓN IV DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMA- NOS, 30 FRACCIÓN II, INCISOS B) Y D) Y 38 FRACCIONES III, VIII Y XII DE LA LEY ORGÁNI- CA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 2º Y 237 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ES- TADO DE QUERÉTARO; 14 XXXXXXXX XXX, 000, 000, 000 x 000 XXX XXXXXX XXXXXXXXX XX
XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRI-
MER PÁRRAFO, 25, 28, 33 Y 34 DEL REGLA- MENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO.
C O N S I D E R A N D O S
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro resolver el Proyecto de Acuerdo xx Xxxxxxx referente a la Declaratoria de Conservación de Parque Urbano, de una superficie aproximada de 139,669.80 m2, ubicada en la Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
2.- El Municipio de Querétaro cuenta con cuatro superficies, cuyo recuadro se anexa en la parte inferior de este texto, mismas que se obtuvie- xxx por concepto de donación, por concepto de autorización de cambio de Etapas y densidades de
población, de los Fraccionamientos “Misión Funda- dores” y “Fundadores III”.
SUPERFICIE | UBICACIÓN, FRACCIONAMIENTO | ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO EN SESIÓN XX XXXXXXX |
I.- 11,273.5 M2 | FRACCIONAMIENTO MISIÓN FUNDADORES | 11 DE DICIEMBRE DE 2001 |
II.- 24,877.31 M2 | FRACCIONAMIENTO MISIÓN FUNDADORES | 11 DE DICIEMBRE DE 2001 |
III.- 12,456.77 M2 | FRACCIONAMIENTO MISIÓN FUNDADORES | 11 DE DICIEMBRE DE 2001 |
IV.- 91,062.22 M2 | FRACCIONAMIENTO FUNDADORES III | 5 DE SEPTIEMBRE DE 2001 |
Cabe aclarar que las superficies ubicadas en el Fraccionamiento “Misión Fundadores”, se en- cuentran en proceso de transmisión a favor del Municipio de Querétaro.
3.- Con fecha 23 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Dictamen Téc- nico con Nº Folio 088/03, suscrito por el Arq. Xx- xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, así como por el Arq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Di- rector de Desarrollo Urbano Municipal, del cual desprende lo siguiente:
3.1 De Acuerdo a las tablas de normatividad de la SEDESOL para el destino de Parques Urba- nos, señala que: “son las áreas que por su ubica- ción, configuración y desarrollo se destinarán me- diante Declaratoria expedida para Parque Urbano”.
3.2 Una vez revisado el diagnóstico pronósti- co de la Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, se establece la falta de áreas verdes de esparcimiento y recreación para esta Delegación, y que es posible que a través de una Declaratoria de Conservación, las áreas verdes donadas a favor del Municipio, sean sujetas a que se declaren Parque Urbano.
3.3 De acuerdo al plano del Fraccionamiento se observa que los cuatro polígonos de área verde municipal se encuentran dentro de un xxxxxx xxxx- gono con superficie de 148,344.91 m2, con clave catastral 140100136523010, propiedad de la C. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx, y del cual la Secretaria de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología, considera necesario que el Ayuntamiento
analice la conveniencia de que esa superficie sea adquirida o bien expropiada para incorporarla como Parque Urbano siendo éstos los fundamentos y justificación:
• Los cuatro polígonos municipales, se en- cuentran colindantes con el terreno del par- ticular.
• De acuerdo al Plan Parcial de Desarrollo Urbano, la Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxx- mayor, tiene un alto déficit de Parques Ur- banos, considerando que es una Delega- ción con densidades de 300 habitantes por hectárea con fraccionamientos y colonias, preponderantemente de tipo popular.
• En el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx se prevé que para el polígono propiedad particular, con una superficie de 148,344.91 m2, se le determina un uso de suelo de Parque Urbano.
• Es conveniente que a través de la figura le- gal del Municipio, se determine adquirir la superficie citada para que la Delegación Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y el propio Munici- xxx, cuenten con un Parque Urbano, y se evite que a futuro esa superficie sea sus- ceptible de modificación de uso de suelo.
• Que a través del presupuesto para la ad- quisición de reservas territoriales se realice la adquisición del predio propiedad particu- lar.
3.4 La Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología, por conducto de la Di- rección de Desarrollo Urbano, considera técnica- mente PROCEDENTE, previo análisis y valoración de los Regidores integrantes de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, se apruebe la Declara- toria de Conservación para Parque Urbano de los Polígonos de área propiedad municipal, ubicados en la Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, y se autorice a realizar el procedimiento correspondiente para la adquisición o expropiación del polígono con superficie de 148,344.91 m2, propiedad de la C.
Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx, y una vez que sea propiedad municipal, se integre el polígono restante a la Declaratoria de Parque Urbano, a efecto de que en su momento sea publicado e ins- crito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
4.- Derivado de lo antes expuesto, es nece- sario considerar estos razonamientos técnicos y legales:
a) La Ley General de Asentamientos Huma- nos en sus artículos 9, 15 y 25 entre otros, señala que para cumplir con los fines de fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, el ejercicio del derecho de propiedad, pose- sión o de cualquier otro medio derivado de la tenencia de la tierra, debe sujetarse a las estrategias que sobre usos, reservas y des- tinos se determinen en los Planes y Pro- gramas de Desarrollo Urbano, situación que se corrobora con lo señalado en el artí- culo 237 del Código Urbano.
b) La propia Ley General de Asentamientos Humanos, da la facultad a los Municipios de aprobar, ejecutar, controlar, evaluar y modificar sus propios Planes y Programas de Desarrollo Urbano, entre ellos destaca la determinación de las zonas de conserva- ción.
c) Que las Declaratorias de usos, reservas y destinos, como instrumento técnico y jurídi- co de aplicación estatal o municipal son se- ñaladas dentro de la Primer Ley General de Asentamientos Humanos del Año 1976, si- tuación que se confirma con el artículo 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos (del año de 1993), en la cual se- ñala que le corresponde a los municipios determinar las zonas de conservación.
d) La actual Ley Orgánica Municipal, en los ar- tículos 123 a 128 del Capítulo correspon- diente a Asentamientos, establece la facul- tad de los Ayuntamientos, para establecer sus Planes y Programas de Desarrollo Ur- bano, y dentro de esta clasificación se in- sertan las Declaratorias.
e) Los artículos 240 y 241 del Código Munici- pal establecen la facultad y el procedimien- to para elaborar una Declaratoria.
5.- En reunión de Comisiones Unidas de De- sarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, los integrantes de las mismas, acordaron procedente, emitir la Declaratoria de Conservación de Parque Urbano para 148,344.91 m2, así como la adquisición del predio propiedad particular con una superficie de 148,344.91 m2, para integrarlo a la Declaratoria. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado I, inciso f) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“ PRIMERO.- Este H. Ayuntamiento con-
sidera de utilidad pública e interés social, la emisión de la Declaratoria de Conservación de Parque Ur- bano, de una superficie aproximada de 139,669.80 m2, ubicada en la Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx So- tomayor, con la siguientes características:
SUPERFICIE | UBICACIÓN, |
I.- 11,273.5 M2 | ÁREA DE DONACIÓN DEL FRACCIO- NAMIENTO MISIÓN FUNDADORES |
II.- 24,877.31 M2 | ÁREA DE DONACIÓN DEL FRACCIO- NAMIENTO MISIÓN FUNDADORES |
III.- 12,456.77 M2 | ÁREA DE DONACIÓN DEL FRACCIO- NAMIENTO MISIÓN FUNDADORES |
IV.- 91,062.22 M2 | ÁREA DE DONACIÓN DEL FRACCIO- NAMIENTO FUNDADORES III |
SEGUNDO.- Se ratifica el Uso de Suelo de Parque Urbano para el siguiente predio:
SUPERFICIE | UBICACIÓN, | PROPIETARIO |
I.- 148,344.91 m2 | Al Norte del | ALINE VANDENPEE- |
(clave catastral | Camino a San | REBOOM XXXXXXX |
140100136523010) | Xxxxx Xxxxxx |
XXXXXXX.- Asimismo, se instruye a la Ofi- cialía Mayor Municipal a realizar las gestiones ne- cesarias para que adquiera el predio señalado en el Punto anterior, para efecto de que se incorpore a la Declaratoria del presente Acuerdo.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría de Gobierno Municipal para que la Dirección de Regu- larización Territorial, en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de la notificación, realice un levantamiento topográfico de los predios menciona- dos en el Punto Primero del presente, para efecto
de que se delimite con exactitud las medidas y co- lindancias de los predios que ahora integran la De- claratoria.
QUINTO.- Se instruye a la Secretaría de De- sarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Munici- pal, para que por medio de la Dirección de Ecolog- ía, en un plazo no mayor de 60 días contados a partir de la notificación del presente Acuerdo elabo- re el Programa de Manejo de las Áreas Verdes del Parque Urbano, así como los programas corres- pondientes de reforestación y conservación del área.
SEXTO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio, para lo cual se instruye a la Secretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Municipal, para efecto de que erogue las cantida- des necesarias para ello.
SÉPTIMO.- Cumplimentado lo anterior, el presente Acuerdo deberá protocolizarse e inscribir- se en el Registro Público de la Propiedad y de Co- mercio, x xxxxx del Municipio, para lo cual se ins- truye al Secretario de Economía y Finanzas y Teso- rero Municipal erogue las cantidades necesarias para ello.
OCTAVO.- Comuníquese el presente a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro, Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría de Gobierno Municipal, Direc- ción de Regularización Territorial, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología del Municipio, Dirección de Ecología, Oficialía Mayor Municipal, Delegación Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y a la C. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS TRECE DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
---------------------------------DOY FE----------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 12 doce xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la Permuta de predio propiedad de “Galo Inmobilia- ria”, S. A. de C. V., por una fracción de un predio propiedad municipal, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V, INCISOS B) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTA- DOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79 Y 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA; 9º FRACCIONES II, X Y XII, DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 88 INCISOS
B) Y D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA; 30 FRACCIÓN II, INCISOS B) Y D), 36, 38 FRACCIONES III, VIII Y XII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUE- RÉTARO; 17 FRACCIÓN XVIII, 82 SEGUNDO PÁRRAFO, 121, 175, 178 FRACCIÓN V DEL CÓ- DIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉ- TARO; 22, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTA- MIENTO DE QUERÉTARO Y EN EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA- CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
C O N S I D E R A N D O S
1.- Corresponde al H. Ayuntamiento de Que- rétaro, resolver el Proyecto de Acuerdo relativo a la permuta de un predio propiedad municipal por un predio propiedad particular.
2.- Con Fecha 19 de febrero de 2003, se re- cibió en la Secretaría del Ayuntamiento un escrito signado por el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Representante Legal de “GALO Inmobiliaria”, S. A. de C. V., mediante el cual solicitó el cambio de Uso de Suelo de Comercial a Habitacional con densidad de población de 350 hab/ha, para un predio de su propiedad ubicado en Lote 293 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, con clave catastral 140100131293001, con una superficie de 8,581.51 m2, y las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: en 103.55 m con Calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Al Sur: en 86.62 m con Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx.
Xx Xxxx: en 92.58 m con Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxx: en 89.77 m con Calle Portal de la Alegría.
3.- De acuerdo al Deslinde Catastral realiza- do el 21 xx xxxxx de 2003 por la Dirección de Catas- tro de Gobierno del Estado y plasmado en el plano DT2003025, el predio propiedad de “GALO Inmobi- liaria”, S.A. de C.V., cuenta con una superficie de 8,567.88 m2 y las siguientes medidas y colindan- cias:
Al Norte: en 103.55 m con Calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Al Sur: en 87.113 m con Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx. Xx Xxxx: en 91.763 m con Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxx: en 89.595 m con Calle Portal de la Alegría.
4.- El C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, acredita que “GALO Inmobiliaria”, S. A. de C. V., es propietaria del predio señalado en el Considerando Segundo del presente, con la Escritura Pública Nº 52,225, de fecha 00 xx xxxxxx xx 0000, xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx por el Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx- do Guerrero, Notario Público Titular de la Notaría 4, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro en el Folio Real Nº
79706/3 de fecha 11 de noviembre de 2002, a las 9:17:01 horas.
5.- Mediante copia certificada de la Escritura Pública Nº 50,375, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, por el Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Pú- blico Titular de la Notaría Nº 4 del Partido Judicial de Querétaro, se acredita la constitución de la em- presa denominada “GALO INMOBILIARIA”, S.A. de
C.V. Dicho instrumento público se encuentra inscri- to en el Registro Público de la Propiedad y de Co- mercio de Querétaro en el Folio Mercantil Nº 8003/1 de fecha 11 de febrero de 2002.
6.- Asimismo, en la Escritura Pública señala- da en el Considerando anterior, dentro del artículo Segundo Transitorio, se acredita que el C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, es Representante Legal de “GALO INMOBILIARIA”, S. A. de C. V., gozando
de un Poder General para Pleitos y Cobranzas, Actos de Administración y Dominio.
7.- Derivado del estudio que realizó la Secre- taría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Eco- logía Municipal, se determinó no viable su solicitud, misma que fue presentada ante las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente.
8.- Con fecha 5 xx xxxxx de 2003, en reunión de Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Eco- logía, Obras Públicas y Medio Ambiente, se deter- xxxx conveniente proponer al C. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Representante Legal de “GALO INMOBI- LIARIA”, S. A. de C. V., permutar su predio por un predio propiedad municipal, debido a que el Frac- cionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, no cuenta con las suficientes Áreas Verdes y a que precisamente el Lote 293 propiedad de su repre- sentada tiene una superficie suficiente para dotar a dicho Fraccionamiento de Áreas Verdes, lo que origina beneficios para los habitantes del mismo.
9.- Con fecha 9 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Oficio Nº CTABI/244/03, signado por la C. Ma. Cristina Cue- vas Xxxxxxxx, de la Coordinación y Administración de Bienes Inmuebles de la Oficialía Mayor, median- te el cual envía Avalúos en original solicitados al
Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, de los siguientes predios:
a) Xxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx- go de Querétaro, con superficie de 10,504.21 m2 y clave catastral 140100131291001, propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- En dicho avalúo se de- termina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 541.64, lo que ori- gina un precio de $ 5’689,519.67 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS 67/100 M.N.).
b) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xx Xxxxxx Acueducto, con superficie de 18,906.26 m2.- En dicho avalúo se determina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 208.71, lo que origina un precio de
$3’897,254.64 (TRES MILLONES OCHO- CIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOS- CIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PE- SOS 64/100 M.N.).
9.- Se cuenta con Avalúos realizados por el Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Perito Valuador en el Estado Nº 035, de los siguientes predios:
a) Xxxxxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, con superficie de 10,504.21 m2 y clave catastral 140100131291001, propiedad del C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.- En dicho avalúo se de- termina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 544.97, lo que origina un precio de $ 5’724,437.79 (CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTICUA- TRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 79/100 M.N.).
b) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xx Xxxxxx Acueducto, con superficie de 18,906.26 m2.- En dicho avalúo se determina que el valor por metro cuadrado de dicho predio lo es de $ 218.16 pesos, lo que origina un precio de $ 4,124,629.61 (CUATRO MI- LLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 61/100 M.N.).
10.- Derivado de los avalúos señalados en los Considerandos Xxxxxx y Décimo del presente, se desprende que tanto los Lotes 291 y 293 del
Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, están en la misma zona, ya que solamente los divi- de la Avenida Turmalina, por lo se encuentran en las mismas condiciones, correspondiéndoles de esta forma el mismo valor. Por lo que respecta al predio municipal Lote B-5 Fraccionamiento “Xxxxxx Acueducto” es el mismo Lote, razón por la cual le corresponde el mismo valor.
11.- Se acredita la propiedad del predio mu- nicipal Lote B-5 Fraccionamiento “Xxxxxx Acueduc- to”, mediante la Escritura Pública Nº 43,270, de fecha 23 xx xxxxx de 2000, tirada en la Notaría 4 de esta ciudad, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro en el Folio Real Nº 33628/10 de fecha 17 de noviembre de 2000 a las 14:47:19 horas.
12.- Una vez analizados los predios a permu- tar, los Regidores integrantes de las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, determinaron realizar la permuta de los predios a razón de metro por metro, es decir, la empresa “GALO Inmobiliaria”, S.A. de C.V., otorga en permuta la totalidad del Xxxx 000 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx y el Municipio de Querétaro otorga en permuta una fracción del predio propiedad municipal identificado como Lote B-5 del Fraccionamiento “Xxxxxx Xxxx- xxxxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, con una superficie de 8,402.01 m2.
13.- El artículo 109 del Código Urbano para el Estado de Querétaro señala en su párrafo tercero que las donaciones para equipamiento urbano mencionadas deberán ubicarse en terreno apto, permitiéndose, en los casos en los que la localiza- ción del fraccionamiento o sus características es- pecíficas lo admitan y previo dictamen de la autori- dad competente, realizar permutas parciales o tota- les por terrenos urbanizados y de calidad equipara- ble, ubicados fuera de la superficie del fracciona- miento, en sitios de interés municipal y de acuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano respectivo.
14.- Interpretando lo indicado en el precepto señalado en el Punto anterior, para el caso especí- fico, se desprende que la empresa “GALO Inmobi- liaria”, S.A. de C.V, al realizar la Permuta de su predio ubicado en un Fraccionamiento ya autoriza- do previamente y a que el Promotor de dicho Frac- cionamiento ya realizó la transmisión de las Áreas de Equipamiento Urbano y Áreas Verdes del mismo
a favor del Municipio, por un predio Municipal, se le da por cumplida la obligación de transmitir las Áre- as correspondientes a Equipamiento Urbano y Áre- as Verdes, al momento en que desarrolle el predio que ahora obtiene motivo de la permuta, ya que se debe atender a las circunstancias en las que origi- nalmente se encontraba el Lote propiedad del parti- cular.
15.- Aunado a lo anterior, la permuta genera un beneficio tanto al Municipio como a los habitan- tes del Fraccionamiento, ya que resultado de ésta se está dotando al Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx de un Área Verde de una gran extensión. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado I, inciso i) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“ PRIMERO.- Se autoriza la Permuta del
Lote 293 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, Delegación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx pro- piedad del “GALO Inmobiliaria”, S.A. de C.V., por una Fracción del predio propiedad municipal ubica- da en el Lote B-5 “Xxxxxx Acueducto”, Delegación Santa Xxxx Xxxxxxxx.
SEGUNDO.- Los predios señalados en el Punto anterior objeto de la permuta, tienen las si- guientes superficies, medidas y colindancias:
a) Predio propiedad de la empresa “GALO Inmobiliaria”, S.A. de X.X.- Xxxx 000, xxx Xxxxxxx- namiento “Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx”, Xxxxxx- ción Xxxxxxxxx Xxxxxxxx con una superficie de 8,567.88 m2 y las siguientes medidas y colindan- cias:
Al Norte: en 103.55 m con Calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Al Sur: en 87.113 m con Xxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx. Xx Xxxx: en 91.763 m con Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Xx Xxxxx: en 89.595 m con Calle Portal de la Alegría.
b) Fracción de predio propiedad municipal ubicado en el Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxx X-0 xxx Xxxxxxxxxxxxxxx “Xxxxxx Xxxxxxxxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, con una superficie de 8,402.01 m2.
TERCERO.- Al predio señalado en el inciso
a) del Punto anterior se le asigna el destino de Área Verde y/o Recreativo Deportivo. Asimismo, al pre- dio señalado en el inciso b) del Punto anterior se le determina un Uso Habitacional con una densidad de población de 250 hab/ha.
CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que integre el expediente co- rrespondiente para que lo remita a la Legislatura para la desafectación de la Fracción del predio propiedad municipal señalado en el inciso b) del Punto Segundo.
QUINTO.- Una vez desafectado el predio se autoriza al Presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento y a uno de los Síndicos Municipales, suscribir el Contrato de Permuta con la empresa “GALO Inmobiliaria”, S. A. de C. V., respecto de los predios señalados en el Punto Segundo del presen- te, con el Notario Público que se señale para tal efecto.
SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que por medio de la Dirección de Catastro realice un deslinde catastral del predio señalado en el inciso b) del Punto Segundo, para determinar la superficie, así como las medidas y colindancias correctas.
SÉPTIMO.- Para desarrollar el predio seña- lado en el inciso b) del Punto Segundo del presen- te, a la empresa “GALO Inmobiliaria”, S. A. de C. V., se le da por cumplida la obligación de transmitir al 10% del Área de Donación, ya que el predio ubi- cado en el Lote 293 del Fraccionamiento “Villas Santiago de Querétaro”, ya otorgó el Área corres- pondiente a Equipamiento y Áreas Verdes, al mo- mento en que fue autorizado el mismo.
señalado en el inciso b) del Punto Segundo del presente, y para el caso de que existan diferencias en la superficie, medidas y colindancias, se tendrán como correctas las del deslinde catastral realizado.
NOVENO.- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
DÉCIMO.- Los gastos que se generen con motivo del contrato de permuta serán cubiertos por el Municipio de Querétaro, para lo cual se instruye al Tesorero Municipal erogue las cantidades nece- sarias ello.
DÉCIMO PRIMERO.- Comuníquese lo ante- rior a la Secretaría de Gobierno del Estado, Secre- taría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro de Go- bierno del Estado, Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría xx Xxxxxxx- llo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, Secretaría de Gobierno Municipal, Oficialía Mayor Municipal, Delegación Santa Xxxx Xxxxxxxx, Dele- gación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx y a la empresa “GALO Inmobiliaria”, S. A. de C. V. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS TRECE DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
-------------------------------DOY FE---------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
OCTAVO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que por medio de la Dirección de Catastro realicen un deslinde catastral del predio
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL
ÚNICA PUBLICACIÓN
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 12 doce xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la asignación de destino de un predio propiedad municipal para Resguardo de Maquinaria, Equipo y Materiales de la Dirección de Mantenimiento Urba- no de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, el cual señala tex- tualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 78, 79 Y 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ- TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO XXXXXXX; 30 FRACCIÓN II INCI- SOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 93,
94 XXXXXXXX XX, 000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 27, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; 67 FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO DE ADQUISI- CIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA- CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
X X X X X X X X X X X X X
0. Corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo relativo a la Asignación de Destino de un predio propiedad municipal para resguardo de la maquina- ria, equipo y materiales de la Dirección xx Xxxxx- nimiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal.
2.- Con fecha 28 xx xxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento un escrito signa- do por el Arq. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, mediante el cual solicita la autorización para destinar la zona de Reserva “A” del Fraccio- namiento “Altos de San Xxxxx”, Delegación Epig- xxxxx Xxxxxxxx, con superficie de 10,543.19 m2, para la ubicación de Oficinas y Bodegas de Alma- cenamiento de la Dirección de Obras Públicas ads-
crita a dicha Secretaría, ya que requieren un espa- cio independiente para el resguardo de maquinaria, equipo y materiales necesarios para el Manteni- miento Urbano del Municipio.
3.- Con fecha 2 xx xxxxx de 2003, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el Dictamen Téc- nico con Folio No. 091/03, signado por el Arq. Xx- xxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, así como por el Arq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Di- rector de Desarrollo Urbano Municipal, del cual se desprende lo siguiente:
3.1 La superficie original del predio denomi- nado como Área de Reserva “A” del Fraccionamien- to “Xxxxx xx Xxx Xxxxx”, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, era de 10,543.19 m2. Posteriormente le fue asignado a la Dirección de Mantenimiento Ur- bano, una fracción de 5,368.72 m2, para sus insta- laciones, restando 5,174.47 m2, los cuales son los solicitados.
3.2 La Dirección de Desarrollo Urbano, emitió Dictamen de Uso de Suelo Nº 2003-2439, resultan- do factible para ubicar oficinas y almacenamiento a la Dirección de Mantenimiento Urbano con una superficie de 5,368.72 m2.
3.3 Una vez realizado el análisis correspon- diente, la Dirección de Desarrollo Urbano considera técnicamente factible que se destine el resto del predio, con una superficie de 5,174,47 m2 a la Di- rección de Mantenimiento Urbano, en virtud de que es insuficiente la superficie que actualmente está ocupando.
4- Mediante la Escritura Pública Nº 8,109 de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, por el Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría Nº 9 del Distrito Judicial de Querétaro, se acredita que el Municipio de Querétaro es propietario del predio materia del presente proyecto de Acuerdo xx Xxxxx- do. Dicho documento público se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comer- cio de Querétaro, en el Folio Real 615333/1 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000.
0.- Xx xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxxx Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, celebrada el día 00 xx xxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxx integrantes de las mismas, acordaron procedente otorgar la Asignación de Destino del predio de la zona de reserva “A”, del Fraccionamiento “Altos de San Xxxxx”, De- legación Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado I, inciso e) del Acta, aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza la Asignación de Destino de la Xxxx xx Xxxxxxx “X”, xxx Xxxxxxx- namiento “Altos de San Xxxxx”, Delegación Epig- xxxxx Xxxxxxxx, con una superficie de 10,543.19 m2, para resguardo de la maquinaria, equipo y materiales de la Dirección de Mantenimiento Urba- no de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, x xxxxx del Munici- xxx de Querétaro.
TERCERO- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La
Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
CUARTO.- Se instruye al Secretario de Eco- nomía y Finanzas y Tesorero Municipal, a que ero- gue las cantidades necesarias para cubrir el pago de las obligaciones señaladas en los Puntos Se- gundo y Tercero del presente Acuerdo.
QUINTO.- Comuníquese lo anterior a la Se- cretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado, Dirección de Catastro, Registro Público de la Pro- piedad y de Comercio de Querétaro, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Municipal, Secretaría de Desarrollo Ur- bano, Obras Públicas y Ecología Municipal y a la Delegación Municipal Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS TRECE DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
----------------------------DOY FE------------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
ÚNICA PUBLICACIÓN
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ES- TADO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria xx Xxxxxxx de fecha 12 doce xx xxxxx de 2003 dos mil tres, el X. Xxxx- tamiento de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la asignación de destino de Equipamiento Urbano a
un predio propiedad municipal, ubicado en Avenida Paseo de la Reforma s/n, Fraccionamiento Parques Residenciales, Delegación Villa Xxxxxxxx Xxxxx, el cual señala textualmente:
“. . . CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍ- CULOS 115 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA- NOS; 78, 79 Y 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍ- TICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO XXXXXXX; 30 FRACCIÓN II INCI- SOS B) Y D), 38 FRACCIONES III, VIII Y XII, 93,
94 XXXXXXXX XX, 000 XX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXXXX; 22 PRIMER PÁRRAFO, 23 PRIMER PÁRRAFO, 25, 27, 28, 33 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; 67 FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO DE ADQUISI- CIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO Y EL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORA- CIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO Y HACENDARIO, QUE SUSCRIBIERON POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y POR LA OTRA PARTE, EL MU- NICIPIO DE QUERÉTARO, QRO.
X X X X X X X X X X X X X
0. Corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo relativo a la Asignación de Destino de Equipa- miento Urbano a un predio propiedad municipal, ubicado en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx x/x, Xxxx- xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
2.- Con fecha 00 xx xxxx xx 0000 xx xxx- nión de Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Ecología, Obras Públicas y Medio Ambiente, la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, presentó el Dictamen Técnico Nº 92/03, signado por el Arq. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología Municipal, así como por el Arq. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Di- rector de Desarrollo Urbano, relativo a la solicitud presentada por Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Co- ordinadora Técnica y Administración de Bienes Inmuebles, respecto de la asignación de destino a la Fracción restante del predio municipal donde se encuentra ubicada la Unidad de Transferencia de Basura, ubicado en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx x/x, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, acor- dándose en dicha reunión que la asignación de destino era procedente.
3.- El Dictamen mencionado en el Punto an- terior, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento el 2 xx xxxxx de 2003, del cual se desprende lo si- guiente:
3.1 El predio se ubica en Avenida Paseo de la Reforma s/n, Fraccionamiento Parques Residen- ciales, identificado con clave catastral 140100121571051, y cuenta con una superficie aproximada de 4,692.94 m2, ocupando 1,800.96 m2 por la Unidad de Transferencia y la Fracción restante de 2,892.25 m2 se encuentra libre.
3.2 De acuerdo al Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Villa Xxxxxxxx Xxxxx, el predio se ubica en Zona Comercial y de Servicios sobre vialidad Primaria Urbana.
3.3 La zona en cuestión presenta una defi- ciencia en áreas de Equipamiento Urbano, tales como Equipamiento Educativo, para la Cultura, Recreativo y Deportivo, para la Administración Pú- blica, para la Infraestructura y Religioso.
3.4 Una vez analizada la información, la Di- rección de Desarrollo Urbano Municipal, considera procedente el que se destine la Fracción restante del predio para Equipamiento Urbano, debido a la escasez de Áreas, para lo cual se deberá realizar un deslinde catastral de la superficie total, así como la ocupada por la Unidad de Transferencia con el fin de llevar a cabo la subdivisión del predio.
4.- Se acredita que el Municipio es propieta- rio del predio señalado en el Considerando 3.1 del presente, mediante la Escritura Pública Nº 9,597 de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xx xx Xxx- xxx xx Xxxxxxxxx por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público Nº 7. Dicho Instrumento Público se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Querétaro en la Partida 879, Libro 72-A, Primera Sección. ”.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento de Queré- taro, en el Punto Cuarto, Apartado I, inciso g) del Acta, aprobó por mayoría de votos el siguiente:
A C U E R D O
“. . . PRIMERO.- Se autoriza la Asignación de Destino de Equipamiento Urbano para una su- perficie aproximada de 2,892.25 m2, localizada en el predio ubicado en Paseo de la Reforma s/n, con clave catastral 140100121571051, del Fracciona- miento Parques Residenciales, Delegación Villa Xxxxxxxx Xxxxx.
SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento para que por medio de la Dirección de Catastro se realice un Deslinde Catastral de la
superficie anteriormente citada, y se tendrán como correctas las medidas y colindancias que resulten del mismo.
TERCERO.- El presente Acuerdo, deberá protocolizarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, x xxxxx del Munici- xxx de Querétaro.
CUARTO- Publíquese por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra xx Xxxxxxx” y en la Gaceta Municipal, x xxxxx del Municipio de Querétaro.
QUINTO.- Se instruye al Secretario de Eco- nomía y Finanzas y Tesorero Municipal, a que ero- gue las cantidades necesarias para cubrir el pago de las obligaciones señaladas en los Puntos Se- gundo, Tercero y Cuarto del presente Acuerdo.
SEXTO.- Comuníquese lo anterior a la Se- cretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado, Dirección de Catastro de Go-
bierno del Estado, Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología del Municipio, Secretaría de Gobierno Municipal, Oficialía Mayor Municipal, Secretaría de Economía y Finanzas y Tesorería Municipal, Secretaría de Servicios Municipales y a la Delegación Municipal Villa Xxxxxxxx Xxxxx. ”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, A LOS TRECE DÍAS DEL MES XX XXXXX DE DOS MIL TRES, EN LA CIU- DAD DE SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.------
----------------------------DOY FE------------------------------
LIC. XXXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
Rúbrica
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