CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD (el "Convenio") que celebran por una parte
( "), con domicilio en
, y por otra parte FRBC Arrendadora Monterrey, S. de R.L. de C.V. ( "MIRA"), con domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx número 540, Torre 1-301, Colonia Santa Fe, C.P. 01210, México, D.F.,; quienes en adelante serán denominadas en forma conjunta como las "Partes" e individualmente como la "Parte” al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S
Declaran las PARTES a través de sus representantes:
a) Que sus representadas están legalmente constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Unidos de América, según aplique, y cuentan con las autorizaciones de la autoridad competente para operar y que no tienen impedimento legal alguno y por lo tanto están debidamente facultadas para la celebración del presente acuerdo.
b) Que sus representantes cuentan con facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, y que éstas no les han sido revocadas, limitadas, ni modificadas en forma alguna.
c) Que en relación con el proceso para la evaluación de potenciales oportunidades de negocio (las "Oportunidades de Negocio"), las Partes podrán obtener cierta Información Confidencial (tal como se define más adelante) relacionada con las Oportunidades de Negocio. La obligación de Confidencialidad es recíproca entre las Partes y es aplicable para todas y cada una de las Cláusulas aquí establecidas. La Parte Receptora de la información no podrá revelar ningún tipo de Información Confidencial a cualquier persona o entidad por cualquier razón, excepto por lo establecido en el presente instrumento o bien con el consentimiento previo y por escrito del Propietario de dicha Información Confidencial. Las Partes también se obligan a mantener la confidencialidad respecto de cualquier información relacionada con las Oportunidades de Negocio así como de todas las conversaciones relativas a las Oportunidades de Negocio, salvo en la medida en que sea necesario revelar la misma de conformidad a lo establecido por las leyes aplicables. No obstante lo anterior, las Partes podrán revelar cierta Información Confidencial a sus agentes, abogados, contadores, consultores, empleados, funcionarios, directores, socios, directivos, miembros, posibles acreditantes, posibles socios, y / o a cualquiera y todas aquellas personas directa o indirectamente relacionadas con las Partes (los "Representantes ") y las Oportunidades de Negocio, sin embargo, las Partes comunicarán a cada uno de ellos los precedentes de la naturaleza confidencial de la Información Confidencial así como los términos del presente Convenio. Las Partes también podrán revelar la Información Confidencial a cualquiera de sus Representantes que se encuentren vinculados con las obligaciones de confidencialidad de las Partes sin necesidad de firmar un convenio adicional o de enviar aviso alguno.
Señalando lo anterior, las PARTES, reconociéndose plenamente la personalidad con que comparecen, sujetan el presente acuerdo a lo establecido en las siguientes:
X X X X X X X X X
0. Definición de Información Confidencial. De acuerdo al uso que se le otorga en el presente Convenio, el término "Información Confidencial" se entenderá como la información proporcionada por la parte que divulga la información confidencial (en lo sucesivo el “Parte Transmisora”), privilegiada en el momento de su divulgación a la Parte Receptora. La Información Confidencial no comprenderá ni estará sujeta a las siguientes restricciones: (a) aquella información que sea o se encuentre a disposición del público que no haya sido divulgada por la Parte Receptora, (b) la información que razonablemente se pueda demostrar que era conocida por la Parte Receptora antes de su divulgación en términos del presente contrato, (c) la información que se encuentre a disposición de la Parte Receptora en una base no confidencial xx xxxxxxx distintas al Parte Transmisora, (d) información desarrollada de forma independiente o adquirida por la Parte Receptora, y (e) la información que la Parte Receptora sea obligada a revelar por orden judicial o en términos de la legislación aplicable. Además, la Información Confidencial deberá incluir sólo aquella información que se refiere a las Oportunidades de Negocio. La Parte Receptora notificará previamente respecto de cualquier solicitud para divulgar la Información Confidencial requerida por alguna autoridad x xxx, pero sólo en la medida en que le sea posible.
2. Constancias de la Información Confidencial. La divulgación o entrega de la Información Confidencial a la Parte Receptora no será considerada expresa ni implícitamente como alguna declaración o garantía otorgada por la parte reveladora respecto de la entrega de dicha Información Confidencial (la "Parte Reveladora"). Para efectos del presente Xxxxxxxx no será considerado que la Parte Reveladora haya efectuado alguna declaración o garantía respecto a la exactitud o integración de la Información Confidencial, salvo que se establezca algo distinto en algún contrato posterior respecto a las Oportunidades de Negocio.
3. Devolución de Materiales. Dentro de los 5 (cinco) días siguientes a la fecha en que reciba la solicitud por escrito del Parte Transmisora respecto de la devolución de la información; la Parte Receptora deberá entregar al Parte Transmisora toda la Información Confidencial de la que tenga posesión directa o a través de sus representantes así como cualquier copia de la misma, o, alternativamente, podrá certificar la destrucción de dicha Información Confidencial y sus respectivas copias. Sin perjuicio de lo anterior, la Parte Receptora tendrá la facultad de mantener una copia de toda la Información Confidencial entregada por la Parte Transmisora con el único propósito de que esta pueda ser usada por la Parte Receptora en un juicio en contra de la Parte Receptora iniciado por la Parte Transmisora relacionado con el incumplimiento del presente Contrato.
A pesar de la devolución o destrucción de la Información Confidencial, la Parte Receptora deberá cumplir con sus obligaciones de confidencialidad derivadas del presente instrumento por un período de 2 (dos) años contados a partir de la fecha en que se llevó a cabo la devolución o destrucción de esos materiales. Sin embargo, las obligaciones establecidas en el presente Convenio se extinguirán en caso de que las Partes celebren un contrato definitivo respecto a las Oportunidades de Negocio, en virtud que cada uno de los contratos que se celebren relacionados con las Oportunidades de Xxxxxxx deberán contener las obligaciones de
confidencialidad correspondientes.
4. No Suscripción de Contrato Definitivo. La ejecución del presente Xxxxxxxx, así como la entrega y recepción de cualquier Información Confidencial no constituye una oferta, implícita ni de otro modo, para entrar en ni para negociar ningún contrato definitivo, ya sea de servicios o con respecto a las Oportunidades de Negocio, y en dado caso, hasta que dicho contrato llegara a ser ejecutado, no existirá ninguna otra obligación al respecto salvo por el presente Xxxxxxxx.
5. Acciones Legales. La Parte Receptora reconoce que el Parte Transmisora podría resultar irreparablemente dañado por cualquier divulgación de la Información Confidencial en contravención a lo establecido en el presente Convenio. Por lo tanto, las Partes acuerdan que, independientemente de todos los recursos previstos en la ley, el Parte Transmisora estará facultado para proceder vía judicial a fin de prevenir y resolver sobre cualquier infracción que se haya presentado o bien para solicitar la ejecución forzosa respecto de las disposiciones del presente instrumento.
6. Limitación de Responsabilidad. En ningún caso la Parte Receptora o sus Representantes serán responsables frente al Parte Transmisora o frente a cualquier otra Parte respecto del pago de ningún daño, ya sea especial, directo o indirecto, circunstancial o punitivo, incluyendo cualquier pérdida, resultante de o que surja del incumplimiento de cualquier provisión distinta a lo establecido en el presente Convenio.
7. Notificaciones. Todas las notificaciones, demandas, solicitudes y otras comunicaciones requeridas o permitidas en términos del presente instrumento deberán realizarse por escrito, y serán (i) entregadas personalmente, (ii) enviadas por un servicio de mensajería reconocido a nivel nacional con acuse de recibo firmado, o bien (iii) enviadas por correo certificado o registrado con acuse de recibo. Todos los avisos entregados personalmente o enviados por un servicio reconocido a nivel nacional se considerarán efectuados una vez que la entrega efectiva pueda ser documentada con una confirmación de entrega o bien cuando se rechace la misma. Todas las notificaciones enviadas por correo certificado o registrado con acuse de recibo, se considerarán efectuadas a los 5 (cinco) días siguientes de haber sido depositadas en el correo. Todas las notificaciones se enviarán a la dirección indicada en el preámbulo del presente instrumento.
8. Varios.
a. Legislación Aplicable. El presente Convenio y las obligaciones de las Partes se interpretarán, de conformidad con las leyes de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo que las Partes renuncian a invocar cualquier otra en razón de algún domicilio futuro.
b. Honorarios del Abogado. En el caso de que se inicie algún litigio para aplicar o interpretar el presente Convenio, la Parte que prevalezca tendrá sustancialmente el derecho de demandar el pago de los gastos y honorarios de sus abogados incurridos en dicho litigio.
c. Irrenunciabilidad. Ninguna disposición del presente Xxxxxxxx será considerada como renuncia, salvo que la misma se otorgue en algún documento escrito firmado por la Parte, en cuestión, otorgando su consentimiento para el cumplimiento de tales efectos. La omisión de cualquiera de las Partes respecto de cualquier término o condición del presente Convenio no constituirá ninguna renuncia por dicha Parte sobre cualquier incumplimiento previo, simultáneo o posterior o bien por falta del mismo o de cualquier otro término o condición del presente Convenio.
d. Ilegalidad de las Disposiciones. Si alguna cláusula o apartado del presente Convenio fuera declarada como inválida o inejecutable por algún tribunal competente, dicha cláusula será reformada y ejecutada en la medida máxima permitida por la ley. En caso de que dicha cláusula no pudiera ser reformada, se tendrá por no puesta en el presente Convenio; sin embargo las cláusulas restantes serán válidas y exigibles.
e. Privacidad. Las partes se obligan a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (la “Ley”), por lo que garantizan que tratarán como confidencial los datos personales que reciban o se transmitan entre ellas, incluyendo los datos personales de sus empleados y/o representantes (“Datos Personales”). XXXX en este mismo acto da a conocer a su aviso de privacidad en el cual se establecen las medidas de seguridad, administrativas, técnicas y físicas que permitirán MIRA proteger los datos personales, contra daño, pérdida, alteración, destrucción, uso, acceso o tratamiento no autorizado. Así mismo en este acto
firma dicho Aviso de Privacidad correspondiente y que se anexa al presente como Anexo A Lo anterior, con el fin de garantizar el cabal cumplimiento con la Ley, su reglamento y los lineamientos que en su caso publiquen las autoridades mexicanas. La obligación de confidencialidad y privacidad de Datos personales también será responsabilidad de y subsistirá aun después de finalizar la relación contractual entre las Partes.
Las partes se obligan a no transferir, ceder o compartir, ya sea de forma gratuita u onerosa, los Datos Personales de la otra parte, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte.
De igual forma, cada una de las Partes se obliga a notificar por escrito a la otra, dentro de los tres días siguientes, contados a partir de que exista pérdida, fuga o divulgación de datos personales ya sea por negligencia, dolo o mala fe, propia de sus funcionarios, empleados, clientes o asesores.
f. Ejemplares. El presente Convenio podrá ser firmado en varios ejemplares, los
cuales conjuntamente constituirán uno y el mismo acuerdo.
[SIGUE HOJA DE FIRMAS]
En virtud de lo expuesto, las Partes suscriben por duplicado el presente Xxxxxxxx xx
xx xx 0000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx
Xxxxxxx, quedando un tanto en poder de cada una de las Partes.
Compañía: | FRBC Arrendadora Monterrey, S. de R.L. de |
C.V. | |
Representada por: | Representada por: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx |
Representante Legal. | Representante Legal. |
AVISO DE PRIVACIDAD SIMPLIFICADO PROSPECTOS Y CLIENTES
El presente Aviso de Privacidad (“Aviso”) establece los términos y condiciones en virtud de los cuales FRBC DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S. de R.L. de C.V., FRBC ARRENDADORA MONTERREY, S. de R.L. de C.V., FRBC NS FASE 1, S. de R.L. de C.V. FRBC NS RENTA, S. de R.L. de C.V., FRBC-NS OPERADORA,
S. de R.L. de C.V, FRBC-NS RENTA DOS, S. de R.L. de C.V comercialmente conocidas en su conjunto como “Nuevo Sur” de MIRA®, FRBC-PC, S. de R.L. de C.V., FRBC TIERRA DOS, S. de R.L. de C.V., FRBC ARRENDADORA CANCÚN, S. de R.L. de C.V., FRBC PC AR, S. de R.L. de C.V., PC CLUB, S. de R.L. de C.V., FRBC PC CLUB DOS, S. de R.L. de C.V., FRBC MARINA, S. de R.L. de C.V., FRBC TIERRA SEIS, S. de R.L. de C.V. FRBC-PC FASE 1, S. de R.L. de C.V. y FRBC-PC RENTALS, S. de R.L. de C.V, comercialmente conocidas en su conjunto como “Puerto Cancún” de MIRA®, FRBC – TODOS XXXXXX, S. de R.L. de C.V., FRBC TODOS XXXXXX DOS S. de R.L. de C.V., FRBC TODOS AVENTURA, S. de R.L. de C.V., FRBC TS FASE 1, S. de R.L. de C.V and FRBC AMIGOS DE BAJA, S. de R.L. de C.V. y FRBC- OPERADORA TS, S. de R.L. de C.V.,comercialmente conocidas en su conjunto como “Tres Xxxxxx” de MIRA®; FONDO RESIDENCIAL BLACK CREEK UNO, S. de R.L. de C.V., SERVIARROYO, S. de R.L., SERVIARROYO SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S. de R.L. de C.V, FRBC CERRO CUATRO, S. de R.L. de C.V, FRBC TIERRA, S. de R.L. de C.V., FRBC TIERRA CINCO, S. de R.L. de C.V. and FRBC TIERRA CUATRO, S. de
R.L. de C.V., FRBC DOS- CUAJIMALPA, S. DE R.L. DE C.V, FONDO IC MIRA®, S. DE R.L. DE C.V., FIM-TIERRA UNO, S. DE R.L. DE C.V.,todas en su conjunto “MIRA®”,, con domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxx0-000, Xxx. Xxxxx Xx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, X.X., recolecta y trata tus datos personales, según lo previsto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (“LFPDPPP”) su Reglamento y Resoluciones.
En MIRA® tratamos tus datos personales con las siguientes finalidades primarias:
1. Gestionar tu información para mantener nuestras bases de datos actualizadas;
2. Gestionar nuestra relación comercial;
3. Acreditar tu identidad y verificar la información que nos proporcionas;
4. Integrar tu expediente y generar tu perfil en línea;
5. Gestionar citas con nuestros representantes de ventas;
6. Formalizar el proceso transaccional mediante la celebración de los contratos conducentes de promesa de compra-venta, compraventa, comodato, arrendamiento, subarrendamiento, de nuestras viviendas, unidades condominillos, oficinas, locales comerciales y otros inmuebles;
7. Procesar tus pagos a través de los distintos medios de pago derivados de nuestro contrato, incluyendo los relativos a enganches, anticipos, apartados, comisiones, pagos del precio, sea total o en parcialidades, pagos xx xxxxxx y depósitos, según corresponda;
8. Gestionar la cobranza mediante el uso de medios telefónicos, impresos, electrónicos y presenciales;
9. Expedir facturas o comprobantes fiscales digitales;
10. Realizar investigaciones de crédito para acreditar la solvencia crediticia;
11. Permitir la gestión, administración y seguridad de los datos personales;
12. Mantener resguardos físicos, electrónicos y de procedimiento de los datos personales en términos de la legislación y regulación aplicable, y cumplir con los requerimientos legales aplicables en materia civil, mercantil, administrativa y fiscal.
13. Prestar servicios, incluyendo los relacionados con el Club de Golf, los servicios de Marina, recorridos, yoga, según corresponda.
Adicionalmente, trataremos tus datos personales para otras finalidades secundarias, que incluyen:
1. Atender tu solicitud de información sobre nuestros productos y servicios;
2. Prestarte servicios relacionados con la administración de nuestros inmuebles (Clientes);
3. Aplicar penas convencionales en caso de incumplimiento contractual (Clientes);
4. Tramitar devoluciones de pagos en caso de terminación o rescisión anticipada de contrato (Clientes);
5. Recibir notificaciones sobre problemas con los sitios Web de MIRA®;
6. Gestionar el Servicio de Atención a Clientes;
7. Gestionar tu historial de compras y demás operaciones;
8. Atender tus cometarios, sugerencias, quejas y aclaraciones;
9. Gestionar el envío de comunicados con avisos, mensajes, novedades, invitación a eventos y reuniones, sea a través de medios impresos, electrónicos, telefónicos y/o presenciales con fines publicitarios, promocionales, de prospección comercial o de mercadotecnia, a menos que manifiestes expresamente tu voluntad de no recibirlas;
10. Prestarte servicios en línea y de otras comunicaciones;
11. Elaborar reportes históricos y enviarte información periódica;
12. Efectuar estudios xx xxxxxxx y de consumo a efecto de ofrecerte productos y servicios personalizados, así como publicidad y contenidos más adecuados a tus necesidades;
13. Evaluar la calidad de nuestros productos y servicios mediante diversos instrumentos, incluyendo las encuestas de satisfacción, y entrevistas de opinión;
14. Instrumentar actividades encaminadas a promover, mantener y mejorar nuestros productos y servicios;
15. Participar en chats y/o foros de discusión, y
16. Gestionar las garantías del contrato, y en su caso, ejecutarlas.
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Por el presente, doy mi consentimiento expreso para la obtención, procesamiento, tratamiento, transferencia y utilización de los datos personales descritos en el presente Aviso de Privacidad.
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Última actualización: Junio 2015.
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