SECRETARÍA DE PROTECCIÚN CIVIL
PC CONTRATO No. SPC/UA/DJ/030/2016
SECRETARÍA DE PROTECCIÚN CIVIL
DEL ESTADO DE VERACRUZ
CONTRATO ABIERTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL ENVÍO (FLETES) DE BIENES DE APOYO A MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, CON MOTIVO DE ALGUNA CONTINGENCIA GENERADA POR LOS DIFERENTES FENOMENOS PERTURBADORES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LA.E. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, TITULAR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "LA SECRETARÍA" Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA "LOGÍSTICA MORCAS HERMANOS, S.A. DE C.V.", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
l. La Ley General de Protección Civil establece las bases de coordinación en materia de protección civil, entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, toda vez que en sus artículos 9, 1 O y 11, señala que las distintas instancias de Gobierno se coordinarán para determinar las políticas de protección civil y para desarrollar los lineamientos que contribuyan a una mejor organización y funcionamiento de las instituciones, así como para la realización de acciones y operativos conjuntos.
11. La Ley 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Xxxxxxx xx Xxxxx, en sus artículos 29 y 30 y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, en el artículo 32 Quáter, establecen que la Secretaría de Protección Civil es la dependencia responsable de la organización, coordinación y operación del Sistema Estatal de Protección Civil.
111. El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Protección Civil, tiene como objetivo primordial realizar una protección civil efectiva y oportuna, para garantizar la respuesta inmediata a las necesidades de la población ante situaciones de contingencia.
. Que en el Estado de Veracruz se presentan cinco fenómenos perturbadores,
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conocidos
como
agentes
destructivos,
estos
son: geológicos,
hidrometeorológicos,
químico-tecnológicos sanitario-ecológicos
y socio-
organizativos que podrían producir riesgo, emergencia o desastre para la
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X. Con fundamento en lo establecido en los artículos 20 fracciones XII y XIII de la Ley Orgá ica /, el Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, 199 del Código
IX. Que la presente contratación se realiza con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 fracción 111 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave por excepción xx xxx, supuesto que se actualiza plenamente en la presente necesidad de contratación, mismo que fue aprobado mediante el acuerdo No. S0/003/005/2016 de la Tercera Sesión Ordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenación de Bienes Muebles de esta Dependencia, celebrada el día 30 xx Xxxxx de 2016, por lo que es procedente la celebración del presente contrato con la empresa Logística Morcab Hermanos, S.A. de C.V.
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V. En consecuencia del paso de los diversos agentes perturbadores que afectan a la entidad es necesario contar con una estrategia que permita que los recursos estén disponibles para su envió a los diferentes municipios que se ven afectados por dichos fenómenos perturbadores en todos los meses del año; de acuerdo al calendario de temporadas 2016.
VI. Los bienes adquiridos y aquellos que son producto de una declaratoria de emergencia para atención de la población damnificada son entregados en la bodega de la Secretaría de Protección Civil, ubicada en Carretera Federal Xalapa-Perote kilómetro 3.5 Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx,
X.X .00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx; lugar del cual se distribuyen mediante el servicio de fletes a los diferentes municipios afectados.
VII. Como medida preventiva, con fecha 14 xx xxxxx de 2016, la Dirección General de Administración de Emergencias de la Secretaría de Protección Civil, con fundamento en el artículo 55 fracción 111, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave emitió Dictamen de Procedencia para realizar la adjudicación directa por excepción xx Xxx y en consecuencia llevar a cabo la contratación del servicio de fletes para la distribución de los bienes, en el momento que se requiriera.
VIII. Se solicitó cotizaciones a las diversas empresas que tuvieran la capacidad para brindar el servicio, siendo la empresa Logística Morcab Hermanos, S.A. de C.V., la única que cuenta con la capacidad de transportar la cantidad de bienes necesarios a los Municipios, ofreciendo buenas condiciones de servicio en cuanto a precio, calidad, financiamiento, eficiencia y rapidez.
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d) Que cuenta con las facultades suficientes para obligarse a contratar a nombre de la Dependencia; en términos de los artículos 186 fracciones 111, XXXIII, XXXIV y XL y 213 del Código Financiero para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave�_c9mo el cardinal 18 fracción XXVI del Reglamento Interior de la
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c) Que es representada en este acto por el LA.X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Titular de la Unidad Administrativa, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor de fecha 13 de Febrero de 2015, por la Lic. Xxxxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Secretaria de Protección Civil del Estado.
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Financiero para el Estado de Veracruz; 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Veracruz para el ejercicio fiscal 2016; 35 fracciones XV y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación y 4 de los Lineamientos Generales que establecen las Políticas del Ejercicio del Presupuesto, Modernización de la Gestión Administrativa y Austeridad del Gasto Público para los Ejercicios Fiscales 2015 y 2016, se cuenta con los Dictámenes de Suficiencia Presupuesta! No. SSE/D-0674/2016 y SSE/D- 0608/2016, así como con los Registros de Procedimientos de Adquisición e Inversión no. 123T/00024CG/2016 y 123T/00019CG/2016, para la disponibilidad presupuestal, emitidos por la Subdirección de Contrataciones Gubernamentales Administración de Riesgos y Activos de la Dependencia antes citada, para la disponibilidad presupuesta!, además de las recalendarizaciones presupuestales posteriores que se otorguen.
DECLARACIONES
1.- DE "LA SECRETARÍA"
a) Que es una Dependencia Centralizada de la Administración Pública Estatal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, 2, 9 fracción XI Bis, 1 O de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1º y 6 del Reglamento Interior de. la Secretaría de Protección Civil.
b) Que es la responsable de la organización, coordinación y operación del Sistema Estatal de Protección Civil, de acuerdo a lo previsto por los artículos 32 Quáter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 29 y 30 de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
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Secretaría de Protección Civil y 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado.
e) Que el presente contrato se celebra con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, 55 fracción 111, 60, 61 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
f) Que para efectos de este contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle Primero de Septiembre Número 1, Colonia Isleta, Código Postal 91090, Xalapa, Veracruz y con Registro Federal de Contribuyentes SPC-080201-ALA.
f) Que se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales, como lo demuestra con la constancia emitida por el SAT, así como la constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales por contribuciones estatales, emitida por la Dirección General de Rec dación de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado.
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C.P. 91090 Xalapa, Ver acruz
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e) Que cuenta con su alta al catálogo de Proveedores de la Secretaría de Finanzas y Planeación con el número 105982, dedicada al Servicio de Fletes.
11.-DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS"
a) Que es una Persona Moral, debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, de conformidad con la escritura pública número 47,058 de fecha 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público número dos, Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, de la ciudad de Xalapa, Veracruz., e inscrita en el Registro Público, Sección Comercio de Xalapa, Ver., bajo el Folio mercantil número 22609*11, el 09 de octubre de 2014.
b) Que es representada en este acto por el C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, en su carácter de representante legal, quien acredita su personalidad mediante el Instrumento Público número 47,058 de fecha 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público número dos, Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
e) Que el Representante Legal se identifica con su credencia de elector con clave de elector No. MRCBMR74082130HOOO, expedido por el Instituto Nacional Electoral.
d) Que su Registro Federal de Contribuyentes es LMH1409306N1.
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TERCERA.- "LA SECRETARÍA" queda facultada para solicitar a "EL PRESTADOR DEL SERVICIO", el servicio de fletes que requiera con carácter de urgente así como "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" absorberá los costos de alimentos del personal que realice el servicio.
g) Que cuenta con los recursos y la capacidad suficiente para el servicio objeto de este contrato y que es su voluntad obligarse en los términos del mismo.
h) Que señala como domicilio fiscal el ubicado en xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx 00, Xxx. Xxxxxx Xxxxx; código postal 9111 O, de Xalapa, Veracruz.
111.- DE "LAS PARTES"
ÚNICA.- Al reconocerse la personalidad con que se ostentan en este acto y no habiendo ningún vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo, "LAS PARTES" atentas a las declaraciones anteriores, aceptan someterse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- "LA SECRETARÍA" contrata a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" y
éste se obliga a dar el servicio de fletes para el envío de bienes de apoyo a diferentes Municipios del Estado de Veracruz afectados por los diversos fenómenos perturbadores tipificados por la Ley de Protección Civil y la Reducción de Riesgos de Desastres para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx.
SEGUNDA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" realizará los fletes de los bienes de apoyo que envíe "LA SECRETARÍA" a los municipios que resulten afectados por los diversos fenómenos perturbadores, por un monto mínimo de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado, hasta un máximo de $3'000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.),
más el Impuesto al Valor Agregado, que estará determinado por las necesidades de "LA SECRETARÍA".
CUARTA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" entregará los bienes transportados, exclusivamente a la persona que "LA SECRETARÍA" señale en la solicitud de servicio, en los lugares que ésta determine; además, "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" absorberá el costo de combustible y viáticos de los operad<;� los camiones que envíe para el servicio.
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QUINTA.- "LA SECRETARÍA" pagará de manera mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente, los servicios otorgados por el "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" de acuerdo al tabulador anexo al presente y que forma parte integral del presente instrumento legal.
SEXTA.- "LA SECRETARÍA" se compromete a que en el comprobante fiscal expedido por "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", se asentará el sello y rubrica de la persona que las reciba.
SÉPTIMA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" deberá emitir a "LA
SECRETARÍA" el comprobante fiscal en términos de los artículos 29 y 29 bis del Código Fiscal Federal a que se refiere la cláusula anterior, en el cual se deberá especificar a detalle el servicio prestado y se emitirá a nombre de Secretaría de Protección Civil, con domicilio en la calle Primero de Septiembre Número 1, Colonia Isleta Código Postal 91090, Xalapa, Veracruz y con Registro Federal de Contribuyentes SPC-080201-ALA.
Así mismo "LA SECRETARÍA" se obliga a pagar contra servicios prestados a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, por concepto de la prestación del servicio. Efectuando el pago correspondiente a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", mediante transferencia bancaria a la cuenta de Clabe interbancaria: 014840220004310463 del banco Santander, sucursal no. 0080, a nombre de Logística Morcab Hermanos S.A. de C.V.
OCTAVA.- "LA SECRETARÍA" a través de los recibos que firme la persona que reciba las mercancías transportadas, verificará que las cantidades que estipule la factura, correspondan a los fletes solicitados.
NOVENA.- VIGENCIA, ambas parte convienen retrotraer el presente contrato al 1 xx xxxxxx de 2016, fecha desde la cual la empresa ha prestado los servicios, y concluirla el 31 de diciembre de 2016, sin necesidad de notificación por escrito que tenga que hacer "LA SECRETARÍA" al "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" de conformidad con lo dispuesto en la legislación de la materia.
DÉCIMA.- Las partes convienen que los derechos y obligaciones que derivan del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse bajo ninguna modalidad a favor de pers� alguna. La no observación de este aspecto será causa de reszsión xxxx¡ . o.
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DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- El presente acuerdo de voluntades es de materia administrativa y se rige por disposiciones de derecho público conforme a los artículos 1, 79 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, por tanto "LA SECRETARÍA" tiene la facultad en su función pública de rescindir el presente contrato, sin responsabilidad para ella y sin necesidad de previa declaración judicial en los siguientes casos:
a) Si "EL PRESTADOR DE SERVIOS" no da cumplimiento a las obligaciones pactadas en este instrumento.
b) Si no efectúa en tiempo la entrega del material objeto xxx xxxxx.
c) Si no presenta la fianza de garantía que se establece en este contrato o si subcontrata o cede parcial o totalmente la ejecución de los servicios, objeto de este instrumento.
d) Si así conviene al interés público o la política administrativa del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
e) Si "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" no da cumplimiento a las condiciones pactadas para la entrega de los bienes conforme a este instrumento.
f) En general por cualquier otra causa señalada en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
DÉCIMA SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: Una vez que "LA
SECRETARÍA" tenga conocimiento de alguna o algunas de las causas que pudieran generar la rescisión del presente contrato, las partes se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de bienes muebles del Estado de Veracruz, para lo cual dichas partes agotaran el procedimiento siguiente:
-:
1. Se notificará personalmente en el domicilio de "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", señalado en el contrato, agregándose a la notificación el acuerdo de inicio del ��fuiento que contenga los conceptos de incumplimiento.
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2. El proveedor expondrá por escrito lo que a su derecho convenga, aportando las pruebas que estime pertinentes dentro del término de cinco días naturales contados a partir de la notificación.
3. "LA SECRETARÍA", a través de su Dirección Jurídica, una vez transcurrido el término señalado, valorará las pruebas ofrecidas y resolverá lo conducente.
4. La resolución se notificará por escrito al proveedor dentro de un término de tres días hábiles siguientes a su emisión.
5. "El PRESTADOR DE SERVICIOS", manifiesta que está de acuerdo en someterse a la resolución que emita el área Jurídica de "LA SECRETARÍA".
DECIMA TERCERA.- Con el fin de garantizar el debido cumplimiento del presente contrato, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones contraídas "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" otorga una póliza de fianza por la compañía legalmente autorizada, por un monto de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) cantidad equivalente al 10% del monto máximo de este contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, para este efecto la compañía deberá aceptar expresamente cumplir con los siguientes requisitos.
Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido por los artículos 178, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
Se compromete a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiador no justifique haber cumplido plenamente y a satisfacción con "LA SECRETARÍA".
La póliza de fianza estará vigente por el término del ejercicio fiscal en que se suscribió el contrato, contado a partir de la fecha de firma del contrato y solo podrá cancelarse a petición por escrito de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
La afianzadora acepta plenamente que la fianza seguirá vigente aún en el caso que se conceda a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", prórrogas o esperas en los mismos té�_? plazos sin necesidad de hacerlo constar por escrito.
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La garantía de cumplimiento del contrato deberá de presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato.
DÉCIMA CUARTA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se compromete a pagar a "LA SECRETARÍA", por concepto xx xxxx convencional, un cinco al millar por cada día de atraso en la prestación de los servicios materia del presente contrato. Dicha pena se aplicará al prestador de servicios sólo si al finalizar el contrato, que ahora se celebra, no se efectuaron los servicios convenidos, monto que será calculado sobre el importe máximo total de los servicios, señalados en la cláusula tercera del presente instrumento legal, pendientes de realizar el cual no excederá del monto total de la fianza.
DÉCIMA QUINTA- En el caso de que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO"
incumpla con las obligaciones en el presente instrumento legal "LA SECRETARÍA" gestionará ante la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Planeación el cobro de las pólizas de fianzas otorgadas, lo anterior de conformidad con los artículos 240 y 242 del Código Financiero del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, artículos 33 fracción LIII y 35 fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación y artículo 69 de los Lineamientos Generales y Específicos que se expiden de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 1 O y 3 transitorio del Derecho que establece el Programa Integral de Austeridad, Disciplina, Transparencia y Eficiente Administración de los Recursos Públicos por parte de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.
DÉCIMA SEXTA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, y en consecuencia, es el único patrón de todas las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de este contrato, liberando a "LA SECRETARÍA" de cualquier responsabilidad laboral y de seguridad social.
DÉCIMA SÉPTIMA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" deberá contar con el seguro correspondiente a la carga, así mismo las unidades deberá de contar con seguro de cobertura amplia contra daños a terceros y responsabilidad civil y siendo responsable de la entrega de los mismos.
DÉCIMA OCTAVA.- Las partes convienen que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá � Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y
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Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Código Civil para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave y demás Leyes Administrativas.
DÉCIMA NOVENA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del Fuero Común de la ciudad de Xalapa xx Xxxxxxxx, Veracruz, renunciando al fuero que les corresponda en atención a la ubicación del inmueble o de sus domicilios presentes o futuros.
Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo y lugar con las condiciones especificadas.
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, lo firman en la Ciudad de Xalapa xx Xxxxxxxx, Veracruz, el día 18 del mes de Octubre del año dos mil dieciséis.
POR EL "PRESTADOR DE SERVICIOS"
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REPRESENTANTE LEGAL DE "LOGÍSTICA MORCAB HERMANOS
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POR "LA SECRETARÍA"
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LA.X. XXXXX X\NTO 10 XXXXXX VIL! ASEÑOR
JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
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Calle 1° de Septiembre No. L esq. Av. Culturas veracruz anas, Coi. xxxxx a
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BANDERILLA | COSAMALOAPAN | CAMIONETA 3.5 TON $ 8,415.00 | TORTON $ 9,900.00 |
BANDERILLA | COSCOMATEPEC | $ 5,610.00 | $ 6,600.00 |
BANDERILLA | COSOLEACAQUE | $13,090.00 | $15,400.00 |
BANDERILLA | CUICHAPA | $14,960.00 | $17,600.00 |
BANDERILLA | CUITLAHUAC | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | EL HIGO | $14,492.50 | $17,050.00 |
BANDERILLA | XXXXXXXX XXXXXX | $ 2,337.50 | $ 2,750.00 |
BANDERILLA | ESPINAL | $ 9,350.00 | $11,000.00 |
BANDERILLA | XXXXXX DE LAS FLORES | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | XXXXXXXXX XXXXXX | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
BANDERILLA | HUATUSCO | $ 5,610.00 | $ 6,600.00 |
BANDERILLA | HUAYACOCOTLA | $14,492.00 | $17,050.00 |
BANDERILLA | IXHUATLAN DEL CAFÉ | $ 5,610.00 | $ 6,600.00 |
BANDERILLA | IXHUATLAN DEL SURESTE | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | IXHUATLANCILLO | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | IXMATLAHUACAN | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
BANDERILLA | IXTACZOQUITLAN | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | JALACINGO | $ 4,675.00 | $ 5,500.00 |
BANDERILLA | JALTIPAN | $13,090.00 | $15,400.00 |
BANDERILLA | JAMAPA | $ 6,077.50 | $ 7,150.00 |
BANDERILLA | XXXXX XXXXXXXX | $14,960.00 | $17,600.00 |
BANDERILLA | XXXXXXXX XX XXXXXX | $ 6,077.50 | $ 7,150.00 |
BANDERILLA | LA PERLA | $ 7,012.50 | $ 8,250.00 |
BANDERILLA | LAS CHOAPAS | $14,960.00 | $17,600.00 |
BANDERILLA | XXXXXXXXX | $ 7,480.00 | $ 8,800.00 |
BANDERILLA | MALTRATA | $ 7,012.50 | $ 8,250.00 |
BANDERILLA | XXXXXXX XXXXXXXX | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | MEXICO | $14,960.00 | $17,600.00 |
BANDERILLA | MINATITLAN | $13,090.00 | $15,400.00 |
BANDERILLA | MISANTLA | $ 6,077.50 | $ 7,150.00 |
BANDERILLA | MIXTLA XX XXXXXXXXXX | $ 8,882.50 | $10,450.00 |
BANDERILLA | MOLOACAN | $14,492.50 | $17,050.00 |
BANDERILLA | NANCHITAL DE XXXXXX XXXXXXXX DEL RIO | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | NAOLINCO | $ 2,805.00 | $ 3,300.00 |
BANDERILLA | NARANJOS-AMATLAN | $13,557.50 | $15,950.00 |
BANDERILLA | NAUTLA | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | NOGALES | $ 7,012.50 | $ 8,250.00 |
BANDERILLA | OMEALCA | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | O RIZABA | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | OZULUAMA | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | PANUCO | $14,492.50 | $17,050.00 |
BANDERILLA | PAPANTLA | $ 9,350.00 | $11,000.00 |
ORIGEN MUNICIPIOS COSTO FLETE
Xxxxx x x xx Xxxxxxxxxx Xx. 0 xxx. Xx. Xxxxxxxx xxxxxxxxxxxx. Xxx. xxxxxx
X.X. 00000 Xalzipa .. ver acruz
Tel. (000) 000.00.00, 000.00.00 / 00000.0.00.00.00 y 11
xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ proteccioncivil
PC
SECRETARÍA DE
PROTECCIÓN CIVIL
DEL ESTADO DE VERACRUZ
CONTRATO No. SPC/UA/DJ/030/2016
·o·o nn·f;t.... ·3.
CAMIONETA 3.5 TON | TORTON | ||
BANDERILLA | PE ROTE | $ 4,675.00 | $ 5,500.00 |
BANDERILLA | PILETAS | $ 2,337.50 | $ 2,750.00 |
BANDERILLA | XXXXXX XXXXXXX | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | POZA RICA XX XXXXXXX | $11,220.00 | $13,200.00 |
BANDERILLA | PUEBLO VIEJO | $14,492.50 | $17,050.00 |
BANDERILLA | PUENTE NACIONAL | $ 3,740.00 | $ 4,400.00 |
BANDERILLA | SAN XXXXXX XXXXXX | $ 8,695.50 | $10,230.00 |
BANDERILLA | SANTIAGO TUXTLA | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
BANDERILLA | XXXXXX XX XXXXXX | $12,155.00 | $14,300.00 |
BANDERILLA | TAMALIN | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TAMIAHUA | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TAMPICO ALTO | $14,492.50 | $17,050.00 |
BANDERILLA | TANCOCO | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TANTIMA | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TATAHUICAPAN | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TECOLUTLA | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
BANDERILLA | TEMAPACHE - ALAMO | $12,155.00 | $14,300.00 |
BANDERILLA | TEMPOAL | $14,025.00 | $16,500.00 |
BANDERILLA | TEOCELO | $ 2,992.00 | $ 3,520.00 |
BANDERILLA | TEQUILA | $ 7,293.00 | $ 8,580.00 |
BANDERILLA | TEXISTEPEC | $12, 155.00 | $14,300.00 |
BANDERILLA | TLALIXCOYAN | $ 6,545.00 | $ 7,700.00 |
BANDERILLA | TLILAPAN | $ 7,012.50 | $ 8,250.00 |
BANDERILLA | TOXTLACOAYA | $ 3,272.50 | $ 3,850.00 |
BANDERILLA | TRES XXXXXX | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
BANDERILLA | TUXPAN | $12,155.00 | $14,300.00 |
BANDERILLA | VERACRUZ | $ 5,142.50 | $ 6,050.00 |
BANDERILLA | XALAPA | $ 1,683.00 | $ 1,980.00 |
BANDERILLA | XOXOCOTLA | $ 8,882.50 | $10,450.00 |
BANDERILLA | YECUATLA | $ 6,077.50 | $ 7,150.00 |
BANDERILLA | ZONGOLICA | $ 8,415.00 | $ 9,900.00 |
ORIGEN
MUNICIPIOS
COSTO FLETE
POR LA SECRETARÍA
LA.E. MARq · ANT NIO XXXXXX Vll.LASEÑOR
JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
C.P. 9 J.090 xalapa. Ver acruz
Tel. (2.28) 000.00.00, 000.00.00 / 00000.0.00.00.00 y 11
xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx
Xxxxx X.x xx Xxxxxxxxxx Xx. 0 xxx. Xx. Xxxxxxxx xxxxxxxxxx.xx. Xxx. ls!et,J
POR EL PROVEEDOR
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c. MAR/o AÑ-roN10 XXXXXXX XXXXXXX
REPRESENTANTE LEGAL DELA EMPRESA "LOGÍSTICA MORCAS HERMANOS S.A. DE C.V."
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