Contract
Entre la UNIVERSIDAD INCCA DE COLOMBIA – UNINCCA-, persona jurídica de utilidad común, sin ánimo de lucro, entidad de derecho privado, organizada como fundación, representada en este acto por su Rector, o en quien delegue, quien en adelante se denominará la UNIVERSIDAD, por una parte, y por la otra: , identificado (a) como aparece al pie de su firma, quien para los efectos de este contrato se llamará EL ESTUDIANTE, se celebrará el contrato de matrícula que se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA. OBJETO. La UNIVERSIDAD se compromete a brindar los servicios educativos que hacen parte del período académico
del programa al cual se matricula el ESTUDIANTE y se obliga a seguir el plan de estudios fijado para cada período académico por LA UNIVERSIDAD y se compromete de manera libre y voluntaria, a cumplir los estatutos, reglamentos y normas de la Institución. PARAGRAFO PRIMERO. Con la firma de este contrato el ESTUDIANTE declara conocer y aceptar el Proyecto Educativo Institucional y los Reglamentos de la UNIVERSIDAD, y manifiesta compartir los principios filosóficos y educativos en los cuales se fundamentan. PARAGRAFO SEGUNDO. El ESTUDIANTE reconoce que en virtud del presente contrato surge una relación de colaboración educativa, por la cual asume obligaciones y responsabilidades en procura de lograr su formación integral. CLAUSULA SEGUNDA. DERECHOS Y OBLIGACIONES. Por el presente contrato surgen los siguientes derechos y obligaciones para las partes: 1) PARA EL ESTUDIANTE: a) Recibir el servicio educativo en las condiciones contratadas. b) Cumplir las actividades académicas o curriculares programadas en el respectivo plan de estudio. c) Cumplir el Reglamento Estudiantil y demás normas académicas y administrativas relacionadas con su formación académica. d) Realizar la inscripción de materias correspondientes al plan de estudios del respectivo período académico de acuerdo a las fechas programadas por la UNIVERSIDAD y en caso de no hacerlo, acatar las disposiciones que para estos eventos dicten el Reglamento Estudiantil o el Consejo Académico. e) Cancelar los valores de matrícula y los derechos pecuniarios fijados de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes, dentro de los términos y condiciones establecidos por la UNIVERSIDAD. f) Desarrollar el plan de estudios establecido por la UNIVERSIDAD para su programa académico, el cual declara conocer. g) Presentar en el momento de la matrícula, todos los documentos exigidos por la UNIVERSIDAD, en especial el comprobante de afiliación al Plan Obligatorio de Salud, o afiliarse a este si no lo hubiera hecho. h) Utilizar en forma adecuada las instalaciones, servicios y equipos de la UNIVERSIDAD y de aquellas entidades con las que éste celebre convenios para la prestación de los servicios, que se pongan a su disposición para el logro de su formación y responder económicamente por los daños y perjuicios que llegase a causar por el mal uso o descuido en que incurra, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias a que pueda haber lugar, incluida la cancelación de la matrícula, de conformidad con el Reglamento Estudiantil. i) Observar un comportamiento adecuado y acorde con las reglas de convivencia ciudadana, brindando un trato amable a los compañeros, profesores, empleados y demás miembros de la comunidad educativa, así como sanas costumbres, absteniéndose de consumir, vender o distribuir cualquier tipo de sustancia psicoactiva. j) Asistir a todos los eventos y actos programados por la UNIVERSIDAD. k) Garantizar la veracidad de la información y documentos presentados para el acto de matrícula. Será causal de rescisión del presente contrato el suministro de información o documentos cuyo contenido no sea verídico. l) Aceptar la modificación de Sedes, profesores, horarios de clases, laboratorios y salones, siempre que exista una información previa por parte de la Universidad, dada a conocer oportuna y eficazmente. m) Aceptar que la UNIVERSIDAD, para asegurar la calidad y viabilidad de los estudios, no iniciará ningún curso sino con un mínimo de quince (15) estudiantes por grupo. n) Cumplir con la exigencia del nivel de la segunda lengua, siempre y cuando esté contenido en el Reglamento Estudiantil y en el respectivo currículo del programa. 2) PARA LA UNIVERSIDAD: a) Recibir oportunamente los pagos de los servicios educativos que preste y de los demás emolumentos que se causen con ocasión de la ejecución de este contrato. b) Prestar en forma cualificada y regular el servicio educativo contratado, impartiendo la formación tecnológica y profesional que corresponda al programa académico al cual se matricule el ESTUDIANTE dentro de los lineamientos consagrados en el PEI y cumpliendo las exigencias de las autoridades competentes. c) Mantener actualizado e informado al ESTUDIANTE sobre los cambios en los programas, los planes de estudio, la metodología, el calendario
académico, las pruebas de evaluación y las actividades de investigación y prácticas que se requieran, atendiendo a la dinámica de la ciencia y la tecnología y al futuro del programa académico pudiendo para ello celebrar convenios con otras instituciones de educación superior y/o con otras entidades para desarrollar las prácticas. d) Velar por la calidad del servicio ofrecido, evaluando el personal docente y administrativo al servicio de la UNIVERSIDAD. e) Realizar cambios de Sedes o de docentes cuando las necesidades lo exijan, informando al estudiante sobre dichos cambios. f) Garantizar al ESTUDIANTE en caso de cambio de horarios, salones, laboratorios o profesores el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad propias del programa académico al cual se matriculó. CLAUSULA TERCERA. DURACION DEL CONTRATO. Este contrato es de ejecución sucesiva ytiene vigencia por el período académico por el cual se matricula EL ESTUDIANTE, pero se entenderá renovado por el pago de los derechos de matrícula, registro de asignaturas al siguiente período y hasta la terminación del programa, salvo que se den las causales a que se refiere la cláusula siguiente. CLAUSULA CUARTA. CAUSALES DE NO RENOVACION DE LA MATRICULA. LA UNIVERSIDAD podrá abstenerse de renovar la matrícula del ESTUDIANTE en los siguientes casos: 1) Por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato. 2) Por el incumplimiento grave del Reglamento Estudiantil. 3) Por no estar x Xxx y salvo por todo concepto con la UNIVERSIDAD en la fecha señalada para la matrícula del siguiente período académico. 4) Por no acudir a renovar la matrícula en la fecha establecida por la UNIVERSIDAD. 5) Por sanción disciplinaria al ESTUDIANTE que impida la renovación de la matrícula. CLAUSULA QUINTA. REMUNERACION Y FORMA DE PAGO. Por la prestación del servicio educativo, el ESTUDIANTE pagará a LA UNIVERSIDAD por cada período académico de la cohorte, los valores establecidos por la autoridad competente de conformidad con el calendario que se establezca. PARAGRAFO. De conformidad con el Reglamento Estudiantil, una vez iniciado clases no habrá devolución de los derechos de matrículas pagados por dicho concepto. CLAUSULA SEXTA. CRÉDITO DE CONFIANZA. En caso de que el ESTUDIANTE sea favorecido con un crédito de confianza para la cancelación de los valores de matrícula y derechos pecuniarios, deberá pagarlo oportunamente. PARAGRAFO: En caso xx xxxx en el pago de sus obligaciones económicas, reconocerá y pagará el interés bancario vigente al momento del pago total de la obligación. CLAUSULA SEPTIMA. CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS. La Universidad previo pago del valor correspondiente, expedirá los certificados y constancias que solicite el estudiante. CLAUSULA OCTAVA. TERMINACION DEL CONTRATO. Son causales de terminación del contrato las siguientes: 1) La expiración del término fijado. 2) La muerte o desaparición del ESTUDIANTE o la incapacidad total o parcial que le impida continuar estudiando. 3) El mutuo consentimiento de las partes. 4) La cancelación de la matrícula del ESTUDIANTE como consecuencia de sanción disciplinaria. 5) El suministro de información falsa a LA UNIVERSIDAD por parte del ESTUDIANTE o las conductas de mala fe en contra de sus intereses, sin perjuicio de que se pueda adelantar acción penal por los mismos hechos. 6) La no obtención de los créditos académicos necesarios para acceder al siguiente período del correspondiente plan de estudios del programa. CLAUSULA NOVENA. AUTORIZACION. De conformidad con las normas vigentes (Ley 1581 de 2012) el ESTUDIANTE autoriza expresamente a la UNIVERSIDAD para que con fines estadísticos de control o supervisión procese, reporte, conserve, consulte y suministre a las centrales y/o instituciones que recaudan o solicitan información sobre la forma como las personas han cumplido las obligaciones o al Centro de Acopio de Datos que se contrate, la información conocida, en los términos y durante el tiempo que los sistemas de bases de datos, las normas y las autoridades lo establezcan; igualmente para que cuando por terminación del vínculo contractual por cualquier causa y no estén x xxx y salvo por todo concepto con la UNIVERSIDAD, éstas puedan consignar tal circunstancia en los documentos que expidan. La UNIVERSIDAD entregará al estudiante en el presente acto de matrícula el Plan de Estudios del respectivo programa y las condiciones en que se desarrollará (conforme a lo previsto en el art. 2 de la Ley 1740 de 2014). CLAUSULA DÉCIMA: El ESTUDIANTE entregó soporte documental de toda la documentación prevista en el Reglamento Estudiantil, conforme debe constar en el Acta de Grado, sin los cuales no sería viable diligenciar y suscribir el presente contrato.
En consecuencia, de lo anterior el presente contrato de matrícula, se firma en la ciudad de
por las partes el día del mes del año .
El estudiante
Documento de identidad N°
La Universidad