INVITACIÓN PÚBLICA No. 06 de 2018.
INVITACIÓN PÚBLICA No. 06 de 2018.
OBJETO: CONTRATAR UNO O VARIOS OPERADORES FORESTALES DE VERIFICACIÓN QUE PRESTEN LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA AGROPECUARIA COMO APOYO A FINAGRO, TÉCNICA, Y OPERATIVAMENTE, EN LA VERIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE ESTABLECIMIENTO O MANTENIMIENTO DESARROLLADAS CONFORME LOS PEMF, EN PROYECTOS DE REFORESTACIÓN COMERCIAL QUE TENGAN CONTRATOS O ACTOS ADMINISTRATIVOS CIF VIGENTES DE LOS AÑOS 2013, 2014, 2015, 2016 Y 2017.
OBSERVACIONES Y RESPUESTAS A LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
I. GESTION RURAL Y URBANA S.A.S.
PREGUNTA 1: “Comedidamente solicitamos nos informen si hay la posibilidad de obtener copia de la propuesta de los demás proponentes participantes de la zona 1, para efectos de hacer las respectivas observaciones a la evaluación de las ofertas.
No resulta comprensible que nuestra propuesta tenga un calificación en la experiencia de los profesionales de 96/120 puntos, correspondiente a un 80% , ya que son ellos los que ejecutaran el proyecto y cuentan con la experiencia requerida, mientras que el otro proponente solo lo califican con 44/120 correspondiente al 36% puntos en este aspecto; y en cuanto a la calificación de la metodología que es un asunto SUBJETIVO, queremos conocer la tabla que arroja el puntaje otorgado a cada uno de los proponentes”.
RESPUESTA 1: Respecto a “la posibilidad de obtener copia de la propuesta de los demás proponentes participantes de la zona 1, para efectos de hacer las respectivas observaciones a la evaluación de las ofertas”; respetando los criterios legales de la protección de datos consagrada en los términos de referencia del proceso y en la Ley aplicable, cumpliendo con la misma y con los principios que rigen esta actividad contractual, se acepta su solicitud parcialmente y se procederá a hacer entrega solamente de los documentos que soportan los criterios evaluables del proceso de selección en asunto y no de la totalidad de la oferta.
Se le recuerda al solicitante que, así mismo, debe cumplir y respetar las normas pertinentes a la protección de datos y que estos documentos deben ser analizados únicamente en virtud de la Invitación Publica No. 06 de 2018, un uso distinto de los
mismos será de su entera responsabilidad y acareará las sanciones contempladas en la Ley para el caso. La copia de las ofertas recibidas será enviada a todos los oferentes mediante correo electrónico.
Respecto a que “No resulta comprensible que nuestra propuesta tenga un calificación en la experiencia de los profesionales de 96/120 puntos, correspondiente a un 80% , ya que son ellos los que ejecutaran el proyecto y cuentan con la experiencia requerida, mientras que el otro proponente solo lo califican con 44/120 correspondiente al 36% puntos en este aspecto;”
Nos permitimos manifestar que, conforme a lo dispuesto en los términos de referencia del proceso, numeral 4, EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS, numeral 4.1 EVALUACIÓN TÉCNICA, se define claramente que se calificará así:
CRITERIO | Puntaje Mínimo | Puntaje Máximo | |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE (EEP) | 70 | 200 | |
EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES (EPC) | Director Técnico | 25 | 120 |
Ingeniero Técnico-Administrativo | 15 | ||
Ingeniero de geo-posicionamiento | 15 | ||
Ingenieros Visitadores de Campo | 15 | ||
METODOLOGÍA PROPUESTA POR EL OFERENTE (M) | 240 | 480 | |
PUNTAJE TOTAL (Máximo) | 800 |
En este sentido, si bien se puede sacar el mejor puntaje en profesionales, los otros componentes tienen una mayor participación en el puntaje final, dado que en este tipo de contratos se requiere que las personas que participen tengan unas condiciones mínimas de conocimiento con el fin de ejecutar las actividades encomendadas de manera satisfactoria. Por este motivo, se consideró que el componente que más puntaje otorgaría es el correspondiente a la metodología, ya que es a través de este componente en donde se demuestra y se evidencia que el oferente tiene claro qué y cómo se va a ejecutar el objeto a contratar, así como la integralidad de todas y cada una de las diferentes etapas. Para dar respuesta en los mismos términos del peticionario, si bien los profesionales tienen una incidencia de
120/800 es decir del 15%, la metodología tiene una importancia de 480/800, es decir, del 60%.
Respecto a “en cuanto a la calificación de la metodología que es un asunto SUBJETIVO, queremos conocer la tabla que arroja el puntaje otorgado a cada uno de los proponentes.”; se considera que contrario a lo señalado por el peticionario, las condiciones para la calificación de la metodología están claramente definidas en el numeral 4.1.3 de los términos de referencia, a tal punto que se le incluye un cuadro en donde se señalan las principales premisas a tener en cuenta al momento de evaluar la misma en la oferta presentada. Estas condiciones fueron establecidas de manera detallada en la página 50 y s.s. de los Términos de Referencia.
Adicionalmente, se señala que para la asignación de los puntajes se tendrían en cuenta los valores agregados ofertados, para este caso en particular, se constató que dentro de la oferta presentada por GESTION RURAL Y URBANA S.A.S se presentó como valores agregados elementos que hacen parte de las exigencias estipuladas para el contrato.
Finalmente, es importante recordar que, conforme a la carta de presentación de la oferta, los oferentes aceptaron las condiciones de los términos de referencia y que se tuvo la oportunidad de solicitar las aclaraciones correspondientes hasta antes del momento de la recepción y apertura de las ofertas.
PREGUNTA 2: “1. Con relación a la calificación obtenida de los profesionales nos permitimos, comedidamente, realizar las siguientes precisiones:
INGENIERO DE GEO POSICIONAMIENTO:
Experiencia general: No menor a cinco (5) años;
Experiencia Específica: No menor a (18) meses de experiencia específica acumulada, en las siguientes actividades: Manejo de herramientas y programas de sistemas de información geográfica, Manejo de programas de sensoramiento remoto y tecnologías de la información aplicados a proyectos ambientales o protección xx xxxxxxx y al menos un
(1) proyecto debe estar vinculado a plantaciones forestales.
En el ANEXO 5 de evaluación del profesional, el evaluador emite un puntaje de = 0 para este profesional, lo cual no es entendible dado que en dicho anexo se indica:
UNIVERSITARIOS: UNIVERSIDAD INDUSTRIAL XX XXXXXXXXX la cual no
corresponde, lo correcto es UNIVERSIDAD XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX. Fecha de terminación también esta errada la correcta es 24 de julio de 1998.
POSTGRADO: UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX. No se tiene
en cuenta la Maestría.
Revisando la documentación aportada en nuestra propuesta para este profesional, sí cumple con la experiencia específica, dado que tal y como lo solicita los términos de referencia en cuanto a que este profesional debe cumplir con: “… y al menos un (1) proyecto debe estar vinculado a plantaciones forestales…” Al remitirnos a la certificación aportada a folio 189 del CONSORCIO ABC REFORESTAR, donde se certifica que el profesional participó como profesional SIG en el “Estudio para la identificación para la reforestación como medida de compensación ambiental de la construcción de la variante Mocoa San Xxxxxxxxx”; es determinante que la reforestación hace parte o está vinculado directamente con proyectos de plantaciones forestales.
De otra parte, este mismo profesional fue aportado dentro de la propuesta presentada por GRU S.A.S en el año 2017 para el INVITACIÓN PÚBLICA 09-2017 y fue calificado con 24 puntos (se adjunta calificación del proceso en mención).
Por lo anteriormente expuesto, se solicita respetuosamente al comité evaluador se califique al profesional con el máximo puntaje para la presente Invitación teniendo que se cumple a satisfacción con lo requerido en los términos de referencia.
2. Con relación a la evaluación de nuestra PROPUESTA METOLÓGICA
Se solicita al evaluador publicar la tabla mediante la cual se otorga los puntajes, es decir, para que aspecto de la metodología se otorga un puntaje determinado ya que los que aparece en la evaluación es el puntaje otorgado por una persona que nos parece muy SUBJETIVO a menos que de antemano se le hubiera dado a conocer a los proponentes a calificar los ítems y puntajes a tener en cuenta durante la evaluación.
De otro lado, es preciso anotar que al otro proponente se le otorga un puntaje que no hemos tenido oportunidad de conocer y debatir y que nos parece que por su subjetividad debería ser “medible” y no que corresponda al capricho, a la relación que tenga ese proponente con la entidad, que le permite tener ventaja de otros proponentes que no han contratado con FINAGRO pudiendo acceder a la información de la entidad que en nuestro caso no tuvimos oportunidad de conocer.
Como ejecutores de 3 contratos con el Ministerio de Agricultura consideramos que GRU
S.A.S cuenta con la idoneidad para acometer este proceso, independientemente que el evaluador considere que un proponente es mejor que otro por su parecer personal y que no obedezca aun a calificación utilizando unas reglas de medición predeterminadas de la METODOLOGIA.
Por lo tanto solicitamos se publique la CALIFICACIÓN de la propuesta metodológica del proponente GESTIÓN AMBIENTAL Y FORESTAL S.A.S.”.
RESPUESTA 2: Respecto a los puntos presentados por el oferente GRU S.A.S., nos permitimos manifestar que:
Punto No. 1: “Con relación a la calificación obtenida de los profesionales nos permitimos, comedidamente, realizar las siguientes precisiones (…)”; manifestamos que la UNIVERSIDAD y la fecha de terminación mencionadas en el formato de evaluación, se corregirán en el mismo. Sin embargo, informamos que esta modificación no tiene incidencia en el resultado de la calificación otorgada.
Ahora bien, frente a su observación de: “Revisando la documentación aportada en nuestra propuesta para este profesional, sí cumple con la experiencia específica, dado que tal y como lo solicita los términos de referencia en cuanto a que este profesional debe cumplir con: “… y al menos un (1) proyecto debe estar vinculado a plantaciones forestales…” Al remitirnos a la certificación aportada a folio 189 del CONSORCIO ABC REFORESTAR, donde se certifica que el profesional participó como profesional SIG en el “Estudio para la identificación para la reforestación como medida de compensación ambiental de la construcción de la variante Mocoa San Xxxxxxxxx”; es determinante que la reforestación hace parte o está vinculado directamente con proyectos de plantaciones forestales.”, manifestamos que se incorporan los cambios en el formato de evaluación.
Frente a lo manifestado “De otra parte, este mismo profesional fue aportado dentro de la propuesta presentada por GRU S.A.S en el año 2017 para el INVITACIÓN PÚBLICA 09- 2017 y fue calificado con 24 puntos (se adjunta calificación del proceso en mención).”; manifestamos que no hay correspondencia ni dependencia alguna entre las invitaciones públicas que usted menciona, y en cada proceso de selección de contratistas se señala la manera en cada una de las ofertas presentadas se evaluará y calificara, teniendo en cuenta las necesidades de la contratación para cada objeto y anualidad.
Finalizando el punto No.1., el oferente manifiesta que: “Por lo anteriormente expuesto, se solicita respetuosamente al comité evaluador se califique al profesional con el máximo puntaje para la presente Invitación teniendo que se cumple a satisfacción con lo requerido en los términos de referencia.”, señalamos que, Como se indicó líneas atrás, se anexa la calificación en la que se incorporan los cambios evidenciados.
Punto No. 2: “Con relación a la evaluación de nuestra PROPUESTA METOLÓGICA Se solicita al evaluador publicar la tabla mediante la cual se otorga los puntajes, es decir, para
que aspecto de la metodología se otorga un puntaje determinado ya que los que aparece en la evaluación es el puntaje otorgado por una persona que nos parece muy SUBJETIVO a menos que de xxxxxxxx se le hubiera dado a conocer a los proponentes a calificar los ítems y puntajes a tener en cuenta durante la evaluación.”. Conforme a lo consignado en el numeral 4.1.3 de los términos de referencia, se establece claramente el puntaje definido para cada componente de este criterio calificable así:
Min | Max | |
OFERTA METODOLÓGICA VERIFICACIÓN | 240 | 480 |
Metodología | 25 | 50 |
Protocolos | 23 | 46 |
Metodología | 12 | 24 |
Protocolos | 12 | 24 |
Herramientas tecnológicas | 12 | 24 |
Valor Agregado | 12 | 24 |
Metodología | 32 | 64 |
Protocolo y pertinencia técnica | 32 | 64 |
Intensidad de muestreo (Sólo para mantenimientos (1)) | 32 | 64 |
Procedimientos de control de calidad | 12 | 24 |
Oportunidad en la entrega de las certificaciones, actas y demás documentos | 12 | 24 |
Esquema de seguimiento a los profesionales de oficina | 12 | 24 |
Esquema de seguimiento a los profesionales de campo | 12 | 24 |
Igualmente, en los términos de referencia (páginas 50 y s.s.), se incluyó un cuadro en donde se señala, para cada uno de los componentes antes descritos; la manera en cómo se calificarán, a manera ilustrativa evidenciamos uno de ellos así:
Para la segunda etapa se señaló que: “el puntaje mínimo se otorgará a aquellas ofertas que hagan entrega de los ÍTEMS que contemplan esta etapa, pero que en el documento no integren todo lo requerido en el aparte 4.2 “Actividades Técnicas Específicas”, ANEXOS y lo solicitado en el presente numeral. El puntaje máximo se otorgará a aquellas ofertas que integren todo lo solicitado en el aparte 4.2 “Actividades Técnicas Específicas”, ANEXOS y lo solicitado en el presente numeral. Si no hace entrega de lo solicitado en esta etapa, la calificación será de 0 puntos. Es importante aclarar que solo se otorgaran tres tipos de
puntuación los cuales son: 0 puntos o puntaje mínimo o puntaje máximo”. En este sentido, la metodología no se califica comparando las diferentes ofertas recibidas, sino que se realiza de manera individual, es decir, teniendo en cuenta si lo presentado dentro de la oferta como metodología contempla de manera integral lo solicitado, si se aporta la totalidad de los documentos señalados y si se aportan elementos de valor agregado a las diferentes etapas. De lo anterior, es comprensible que los términos de referencia comprenden con total claridad la manera en cómo se califica este ítem y las condiciones para obtener los puntajes máximos dentro del mismo.
Frente a lo manifestado: “De otro lado, es preciso anotar que al otro proponente se le otorga un puntaje que no hemos tenido oportunidad de conocer y debatir y que nos parece que por su subjetividad debería ser “medible” y no que corresponda al capricho, a la relación que tenga ese proponente con la entidad, que le permite tener ventaja de otros proponentes que no han contratado con FINAGRO pudiendo acceder a la información de la entidad que en nuestro caso no tuvimos oportunidad de conocer.”
Tal y como se indicó anteriormente, los términos de referencia son claros respecto a cómo se califica la metodología y las condiciones para obtener la puntuación máxima. En este aspecto, no hay condiciones que no se hayan presentado desde el inicio del proceso ante los interesados a presentar oferta y sobre los cuales se pudieron hacer las observaciones y/o preguntas que se consideraran pertinentes.
Por otro lado, manifestamos que FINAGRO rechaza las apreciaciones realizadas en cuanto a “a la relación que tenga ese proponente con la entidad, que le permite tener ventaja de otros proponentes que no han contratado con FINAGRO pudiendo acceder a la información de la entidad que en nuestro caso no tuvimos oportunidad de conocer”, esto dado a que las condiciones de la invitación son de libre acceso para el público en general desde el inicio del proceso de selección, ya que son publicadas en los términos de referencia del proceso en la página web de Finagro, así como las demás actuaciones surtidas durante el mismo, que cumplen con lo estipulado en dichos términos de referencia y con el cronograma, condiciones que operan para todos los oferentes presentados en el proceso.
En cuanto a: “Como ejecutores de 3 contratos con el Ministerio de Agricultura consideramos que GRU S.A.S cuenta con la idoneidad para acometer este proceso, independientemente que el evaluador considere que un proponente es mejor que otro por su parecer personal y que no obedezca aun a calificación utilizando unas reglas de medición predeterminadas de la METODOLOGIA.”
Respetamos la experiencia que el oferente pueda tener en actividades ejecutadas con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin embargo, las condiciones de este proceso son claras y exigen requisitos a cumplir y acreditar por parte de quienes desean participar en el mismo y obtener puntuación. Nuestros procesos de selección son independientes a los realizados por el mencionado Ministerio
Por otro lado, le recordamos respetosamente que, en la carta de presentación de la oferta suscrita por el representante legal del oferente, se manifestó conocer las condiciones de la Invitación Pública No. 06 de 2018 adelantada por FINAGRO, así como las exigencias y los mecanismos de calificación, por lo que su experiencia en otros contratos solo hace parte de uno de los parámetros a evaluar y calificar.
Reiteramos que FINAGRO rechaza enfáticamente los señalamientos del oferente respecto a que los procesos de calificación se ciñan a una interpretación personal de la metodología, situación que difiere de la realidad tal y como se ha señalado a lo largo de este documento, e invita al oferente a evitar realizar este tipo de señalamientos infundados y totalmente improcedentes.
Finalmente, el oferente señala que “Por lo tanto solicitamos se publique la CALIFICACIÓN de la propuesta metodológica del proponente GESTIÓN AMBIENTAL Y FORESTAL S.A.S.”, como se señaló en la RESPUESTA No. 1, FINAGRO enviará por correo electrónico las ofertas recibidas en lo que corresponde, así como las evaluaciones de cada una de estas.
II. GESTION AMBIENTAL Y FORESTAL S.A.S. (ZONA 1)
PREGUNTA 3: “Después de revisar la Evaluación de la Oferta presentada por GESAMFOR para la Zona 1 y tomando en cuenta el cronograma establecido en los términos de referencia, GESAMFOR se permite remitir observaciones sobre la evaluación de la experiencia de los profesionales propuestos, que consideramos que si cumplen con lo requerido en los términos de referencia y de los cuales hemos podido recopilar información adicional para ratificar lo certificado en la Oferta”.
RESPUESTA 3: Por medio de la presente damos respuesta a la observación enviada en donde se señala lo siguiente:
Sobre el profesional Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, se aportan documentos adicionales, contratos CPS-018-2016 y CPS-020-2016, los cuales no fueron aportados en la oferta inicial. En estos contratos se encuentra a detalle que el profesional fue coordinador del proyecto “Más Bosques para Medellín” y era el encargado de formular los planes de manejo a ejecutar en los predios a intervenir. Al respecto, se recuerda que, en los Términos de Referencia, numeral 1.3 “Recomendaciones Iniciales”, se contempla lo siguiente: “Una vez entregada la oferta prevista para la presente invitación pública, no habrá lugar a reemplazos parciales o totales de la misma”. Las subsanaciones o correcciones que solicite FINAGRO durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no podrán ir encaminadas, ni dar lugar, a mejorar la oferta” (Subrayado fuera de texto). Por lo anterior y teniendo en cuenta lo establecido en los términos de referencia de la invitación, ésta aclaración NO puede ser tenida en cuenta y nos ratificamos en la calificación de este profesional.
Sobre la profesional de Geo-posicionamiento, mencionan una certificación vinculada a los contratos No. 011 y No. 017 de 2015 para la CVS. En cuadro entregado se detalla que el período de labores del Ingeniero para este contrato es desde Nov-15 hasta Mar-17. Sin embargo, al revisar la certificación aportada en la oferta, en esta encontramos que el período laborado en este proyecto para la Ingeniera Xxxxxxxxx fue desde el 15 de noviembre de 2015 al 15 xx xxxxxx de 2016, tal como se encuentra en la siguiente certificación:
Además de la aclaración antes descrita, aportan un nuevo documento el cual NO será tenido en cuenta de acuerdo a lo establecido en los términos de referencia de la invitación en su numeral 1.3 “Recomendaciones iniciales”.
Con todo lo anterior, hemos atendido el requerimiento de la empresa GESAMFOR
S.A.S. y nos ratificamos en nuestra calificación inicial respecto a los profesionales citados.
III. GESTION AMBIENTAL Y FORESTAL S.A.S. (ZONA 2)
PREGUNTA 4: “Después de revisar la Evaluación de la Oferta presentada por GESAMFOR para la Zona 2 y tomando en cuenta el cronograma establecido en los términos de referencia, GESAMFOR se permite remitir observaciones sobre la evaluación de la experiencia de los profesionales propuestos, que consideramos que si cumplen con lo requerido en los términos de referencia y de los cuales hemos podido recopilar información adicional para ratificar lo certificado en la Oferta”.
RESPUESTA 4: En la observación la empresa manifiesta lo siguiente:
Sobre la profesional Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, aportan documentos adicionales que son los documentos: DT-03-2011 y Certificación emitida por Silvotecnia, los cuales no fueron aportados en la propuesta inicial. En estos contratos se encuentra a detalle que el profesional fungió como director de proyectos forestales y proyectos forestales comerciales respectivamente. En razón a que es una documentación nueva y de acuerdo a lo contenido en los términos de referencia en el numeral 1.3 “Recomendaciones Iniciales”, en el cual se contemplaba lo siguiente: “Una vez entregada la oferta prevista para la presente invitación pública, no habrá lugar a reemplazos parciales o totales de la misma”. Las subsanaciones o correcciones que solicite FINAGRO durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no podrán ir encaminadas, ni dar lugar, a mejorar la oferta” (Subrayado fuera de texto), ésta aclaración NO puede ser tenida en cuenta y nos ratificamos en la calificación de este profesional.
Sobre la profesional Técnico Administrativa, aportan un documento adicional que es la certificación emitida por IFCAYA en donde detallan que la Ingeniera fungió como Coordinadora Técnica de un proyecto que vinculaba aspectos ambientales y forestales. En razón a que es una documentación nueva y de acuerdo a lo contenido en los términos de referencia en el numeral 1.3 “Recomendaciones Iniciales” en donde se contemplaba lo siguiente: “Una vez entregada la oferta prevista para la presente invitación pública, no habrá lugar a reemplazos parciales o totales de la misma. Las subsanaciones o correcciones que solicite FINAGRO durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no podrán ir encaminadas, ni dar lugar, a mejorar la oferta” (Subrayado fuera de texto), manifestamos que ésta aclaración NO puede ser tenida en cuenta y nos ratificamos en la calificación de este profesional.
Sobre el Ingeniero de Logística de campo Xxxxx Xxxxx, entregan documentación nueva, que son los contratos: CONIF-CPS-5960008-2015 y CONIF-CPS-596-0004- 2016, en donde el Ingeniero Xxxxx ejecutó labores de Coordinador campo de plantaciones forestales comerciales. En razón a que es una documentación nueva y de acuerdo a lo contenido en los términos de referencia en el numeral 1.3 “Recomendaciones Iniciales” en el cual contemplaba lo siguiente: “Una vez entregada la oferta prevista para la presente invitación pública, no habrá lugar a reemplazos parciales o totales de la misma. Las subsanaciones o correcciones que solicite FINAGRO durante el proceso de revisión de documentación o de evaluación, no podrán ir encaminadas, ni dar lugar, a mejorar la oferta” (Subrayado fuera de texto), ésta aclaración NO puede ser tenida en cuenta y nos ratificamos en la calificación de este profesional.
Con todo lo anterior hemos atendido el requerimiento de la empresa GESAMFOR
S.A.S. y nos ratificamos en nuestra calificación inicial respecto a los profesionales señalados.
IV. SIMA LTDA.
PREGUNTA 5:
RESPUESTA 5: La OBSERVACIÓN será contestada según los puntos tratados en ella así:
RESPECTO AL PUNTO – Experiencia específica del proponente. De acuerdo a la certificación emitida por FINAGRO del 2 de septiembre del 2004 cuyo objeto es “Realizar la evaluación de la efectividad del Certificado de Incentivo Forestal (CIF) de las plantaciones ejecutadas desde la creación del CIF hasta el 31 de diciembre del 2002” (Subrayado fuera de texto) y consonancia con el resumen ejecutivo de noviembre 2 de 2013 presentado por XXXX, de las páginas 87 a la 98 el trabajo por ustedes realizado es un documento de tres aspectos: “una relacionado con la política ambiental referido a la reforestación dentro de esta política y otro a un estudio estadístico para toma de datos de campo cuyo diseño, representatividad, resultados se analizan y se presentan y por un último se desarrollaron talleres de expertos en los que se avanzó en dos sentidos: El trabajo conjunto en el diseño de la investigación, recomendación de instrumentos, diseño de indicadores, enfoque y evaluación de resultados de campo que incluye las observaciones individuales de los profesionales especializados.
Desde la evaluación del impacto del incentivo en los aspectos tecnológicos se analiza con particular énfasis el mejoramiento tecnológico derivado de la aplicación de los planes de establecimiento y mejoramiento forestal-(PEMF). Se incluye en este capítulo la evaluación económica y financiera del incentivo, realizando en primera instancia un análisis del impacto del sector forestal en la economía nacional, para establecer como punto final de la evaluación cual será el impacto de los productos obtenidos de las plantaciones establecidos como proyectos CIF en la economía nacional forestal.
En la evaluación de la operatividad del incentivo. En este capítulo se realiza el análisis de la operatividad intrínseca del incentivo en términos de la eficacia de cada uno de los aspectos operativos.
Igualmente se incluye la evolución jurídica del instrumento en la cual se presenta la recopilación general de la normatividad vigente y se analiza frente a los resultados de campo considerando los potenciales vacíos de la legislación que existiesen en el marco del mismo.
Finalmente se presentan las propuestas modificatorias de orden técnico, jurídico, administrativo, económico y financiero”. (Subrayado fuera de texto).
De acuerdo a lo anterior y tomando como referencia lo solicitado como experiencia de la empresa en el numeral 4.1.1 de los términos de referencia que manifiestan que: “Experiencia específica del oferente. El oferente deberá presentar en el ANEXO 3 la relación de contratos en donde el oferente haya fungido como operador técnico para plantaciones forestales con fines comerciales y en donde se vinculen los establecimientos y mantenimientos de especies forestales con fines comerciales, lo anterior cumpliendo lo siguiente:
• La sumatoria de las áreas de los contratos ejecutados o en ejecución será de al menos el 30% del área definida para la zona a la cual desee presentar oferta en la presente invitación, como mínimo deben tener un (1) proyecto en establecimiento de plantaciones forestales, aquellas ofertas que se encuentren por debajo de ese valor serán rechazadas de manera inmediata
• Solo se aceptarán contratos ejecutados en los últimos 20 años para verificar esto se debe llenar el ANEXO 3.”
Manifestamos que claramente la certificación emitida por FINAGRO y el resumen ejecutivo presentado NO corresponden a lo solicitado en el numeral 4.1.1, toda vez que la experiencia solicitada está en función del conocimiento y la experticia como operador forestal de verificación presencial, y el contrato adjuntado corresponde a una evaluación de la eficacia del Certificado de Incentivo Forestal - CIF y su operatividad. Además de lo anterior, el oferente indico que se visitaron de manera
presencial 54.582 hectáreas, lo cual está alejado de la realidad, ya que lo anterior fue en su gran mayoría producto de la recopilación de información de los CIF desde su creación hasta el año 2002, lo cual dista de la realidad, máxime que no indican en el documento entregado el tamaño de la muestra realizada y los tipos de proyectos constatados.
Además, manifestamos que dentro de la observación realizada al proceso la empresa SIMA realizó dos preguntas sobre la experiencia de la empresa y el interesado CONSULTORÍA Y OBRAS CIVILES, AMBIENTALES Y FORESTALES,
también hizo la misma pregunta, las cuales relacionamos a continuación:
I) “PREGUNTA (29/06/2018): “En atención del proceso en referencia, solicitamos amablemente se nos aclare lo siguiente: 4.1.1. Experiencia específica del oferente: La experiencia solicitada como operador técnico de plantaciones forestales se refiere a experiencia en establecimiento de plantaciones forestales?”
RESPUESTA (29/06/2018): Conforme lo señalan los términos de referencia en su numeral 4.1.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE – EEP, “El oferente
deberá presentar en el ANEXO 3 la relación de contratos en donde el oferente haya fungido como operador técnico para plantaciones forestales con fines comerciales y en donde se vinculen los establecimientos y mantenimientos de especies forestales con fines comerciales”, esto quiere decir que el oferente debe demostrar su experiencia como operador técnico de las plantaciones conforme los contratos que presente, en los cuales se debe señalar en cuales de los contratos se adelantaron solo funciones de mantenimiento, de establecimiento o ambas, esto a fin de atender el requerimiento establecido en el literal a. de ese numeral.
II) PREGUNTA 2 (05/07/2018): “Por otro lado teniendo en cuenta que el objeto del presente proceso consiste en: ASISTENCIA TÉCNICA AGROPECUARIA COMO APOYO A FINAGRO, TÉCNICA, Y OPERATIVAMENTE, EN LA VERIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE ESTABLECIMIENTO O MANTENIMIENTO DESARROLLADAS CONFORME LOS PEMF, EN PROYECTOS DE REFORESTACIÓN COMERCIAL QUE TENGAN CONTRATOS O ACTOS ADMINISTRATIVOS CIF VIGENTES DE LOS AÑOS 2013, 2014, 2015, 2016 Y 2017; solicitamos respetuosamente se valide experiencia en proyectos similares, ya que nosotros ejecutamos para FINAGRO la Evaluación de plantaciones forestalesa nivel nacional, mediante el proyecto cuyo objeto fue: Adelantar una evaluación de la efectividad del Certificado de Incentivo Forestal, CIF, para impulsar el desarrollo forestal productivo, desde su creación hasta el 31 de diciembre de 2001, y evaluar su operatividad en términos administrativos, tecnológicos y financieros, con el fin de proponer los ajustes necesarios para mejorar su eficacia.”
RESPUESTA 2: Frente a la pregunta anterior, se debe tener en cuenta lo señalado en el numeral 4.1.1 de los Términos de Referencia.
III) PREGUNTA 3 (10/07/2018): “Revisadas las preguntas y respuestas hechas por los demás interesados, notamos que la experiencia específica exigida no es clara, pues el proyecto consiste en asistencia técnica, y están exigiendo experiencia para establecimiento y mantenimiento de plantaciones forestales. Es por esto que por la naturaleza de este proyecto, solicitamos se validen contratos que también hayan consistido en efectuar Asistencia Técnica y/o consutorias relacionadas con plantaciones forestales, y no solo de tipo comercial. Pues las áreas a certificar para poder participar con ejecutores resultan bastante altas y excluyentes. Pocos empresarios cuentan con estas áreas a certificar en plantaciones comerciales.”
RESPUESTA (10/07/2018): En relación a esta pregunta, es pertinente aclarar que al área mínima solicitada en el numeral 4.1.1. es de al menos el 30% del área definida para cada zona y como mínimo en la experiencia a relacionar por el oferente tener un (1) proyecto de establecimiento, por lo expuesto nos ratificamos en lo solicitado en este numeral. Ahora bien, en lo relacionado a la experiencia, teniendo en cuenta que todas las plantaciones a verificar en la presente invitación pública son plantaciones forestales que tienen un fin comercial, es imperativo que el oferente seleccionado tenga experiencia en este tema específico. Por lo anterior, nos ratificamos en lo contenido en los términos de referencia.”
Lo anterior nos causa extrañeza, ya que, en su oficio, de manera parcial, sólo cita una de las preguntas, pero obvian que este aspecto se respondió en tres (3) ocasiones, en donde siempre nos ratificamos en lo contenido en los términos de referencia del proceso, por lo que su afirmación resulta infundada, dada la trazabilidad del proceso en cuanto a las preguntas y respuestas publicadas según el mismo proceso y el cronograma.
Ahora bien, en relación a sus otras certificaciones, para abordar cada una de las mismas las cuales fueron entregadas en la propuesta inicial, nos remontamos a la definición emitida por la UPRA en el documento Plantaciones Forestales con fines comerciales para la obtención xx xxxxxx y su cadena productiva-lineamientos de política, en el GLOSARIO, página 11, que define las plantaciones forestales con fines comerciales de la siguiente manera: “cultivo de especímenes arbóreos de cualquier tamaño originado con la intervención directa del hombre con fines comerciales y que está en condiciones de producir madera u otros productos. Este término se usa en este documento como sinónimo de los cultivos forestales con fines comerciales y de las plantaciones forestales productoras de carácter industrial o comercial de los que habla la Ley 99 de 1993, sus decretos reglamentarios, el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y Desarrollo Rural –1071 de 2015–, el Decreto 1791
y el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible –1076 de 2015–. “
Teniendo en cuenta la anterior definición, se proceden a relacionar las certificaciones con su respectiva calificación, a saber:
1) Certificación: Servicios de producción, establecimiento de 116 hectáreas xx xxxxxx productor y protector en la vereda El Poblado, corregimiento la Fortuna, Municipio de Barrancabermeja. (No hay más detalles, aportan un contrato con los mismos datos).
Criterio calificación: Esta certificación no brinda el detalle solicitado en los términos de referencia, el bosque productor y protector en la generación de bienes y servicios.
2) Certificación: Reforestación de la cuenca de la quebrada San Xxxxxxx y veredas de Buenos Aires de los Pinos y Santa Xxxxxx, la Calera, Cundinamarca, sobre este proyecto se encuentran los siguientes ítems: Establecimiento y primer mantenimiento plantación protectora, Establecimiento y primer mantenimiento plantación frutales, segundo mantenimiento plantación protectora, segundo mantenimiento plantación frutales, aislamiento con cerca y gestión.
Criterio calificación: Al revisar esta certificación denotamos que el objeto del contrato se centraba en plantaciones protectoras, la cual tiene una finalidad ambiental mas no de producción xx xxxxxx. Otro objeto del contrato enmarcado en este punto, son las plantaciones frutales, que tienen una finalidad distinta a la obtención xx xxxxxx.
3) Certificación: Mantenimiento a la reforestación de noventa hectáreas efectuadas en la línea de interconexión a 115 kv Granada, Meta, San Xxxx del Guaviare (Sobre este proyecto se encuentran las siguientes actividades: Plateo, Fertilización, Replante, Rocería, Barrera Viva, Control Fitosanitario y Arado.
Criterio calificación: Analizando el contenido de este documento, es claro que la finalidad de este proyecto era el de una reforestación como medida de compensación a la afectación generada por la infraestructura eléctrica en la zona, lo anterior dista de ser una plantación forestal con fin comercial.
4) Certificación: Protección laguna Cacahual Vereda Cacahual del Municipio de La Xxxx, sobre este proyecto se encuentran las siguientes actividades: Construcción
dique, Construcción cercas de protección, plantación 9012 árboles, realización de un taller de concientización comunitaria.
Criterio calificación: En esta certificación emitida por el municipio de La Xxxx, es claro que la finalidad del proyecto es el de proteger el cuerpo de agua mencionado.
5) Certificación: Reforestación de 83.5 hectáreas en la Cuenca media del Río Guatapurí jurisdicción del municipio de Valledupar, grupo II región xxxxxxx xx Xxxxxxx, sobre este proyecto se encuentran las siguientes actividades realizadas: Maderables, frutales mejorados, aislamiento, apoyo técnico, L. Topográfico, Capacitación y social., Capacitación comunit., registro fotográfico, instalación valla.
Criterio calificación: En esta certificación emitida por el municipio de Valledupar, es claro que la finalidad del proyecto es el de proteger el cuerpo de agua mención.
6) Certificación: Mantenimiento de 27 hectáreas xx xxxxxx productor, en este proyecto se encuentran las siguientes actividades: Fertilización, transporte de insumos, replanteo, eliminación maleza mecánica, aplicación herbicida, podas, ampliación de efectos de bordes, entrega de insumos, otros (herramientas y equipo, transporte de insumos, transporte de ingenieros, ingeniero), todo lo anterior para el mantenimiento de una plantación de 27 Ha de Caucho.
Criterio calificación: Al revisar esta certificación encontramos en el acta de recibo No.1 que en la parte inferior de la misma se encuentra que la plantación que tuvo el mantenimiento fue de caucho, por lo anterior esta certificación CUMPLE.
RESPECTO AL PUNTO – Evaluación de los profesionales. Analizamos la certificación del ingeniero Xxxxxx Xxxxxx para el proyecto desarrollado con la Universidad Distrital y encontramos que hay un proyecto de caucho y procesos de transformación xx xxxxxx, por lo que es válida esta certificación y será sumada.
Sobre el Ingeniero Xxxx Xxxxxxx Xxxxx, no se encuentra en ninguna de las certificaciones aportadas que haya estado vinculado a plantaciones forestales con fines comerciales.
Sobre el Ingeniero Xxxxxx Xxxxxxx, en lo que respecta a la certificación mencionada por ustedes esta certificación se valida como un proyecto forestal.
RESPECTO AL PUNTO – Metodología. Conforme a lo consignado en el numeral
4.1.3 de los términos de referencia, se establece claramente el puntaje definido para cada componente así:
Min | Max | |
OFERTA METODOLÓGICA VERIFICACIÓN | 240 | 480 |
Metodología | 25 | 50 |
Protocolos | 23 | 46 |
Metodología | 12 | 24 |
Protocolos | 12 | 24 |
Herramientas tecnológicas | 12 | 24 |
Valor Agregado | 12 | 24 |
Metodología | 32 | 64 |
Protocolo y pertinencia técnica | 32 | 64 |
Intensidad de muestreo (Sólo para mantenimientos (1)) | 32 | 64 |
Procedimientos de control de calidad | 12 | 24 |
Oportunidad en la entrega de las certificaciones, actas y demás documentos | 12 | 24 |
Esquema de seguimiento a los profesionales de oficina | 12 | 24 |
Esquema de seguimiento a los profesionales de campo | 12 | 24 |
Así mismo, en los Términos de Referencia (páginas 50 y s.s.), se incluyó un cuadro en donde se señala para cada uno de los componentes el cómo se calificará el componente metodología. A manera de ejemplo, para la segunda etapa se estipula que: “El puntaje mínimo se otorgará a aquellas ofertas que hagan entrega de los ÍTEMS que contemplan esta etapa, pero que en el documento no integren todo lo requerido en el aparte 4.2 “Actividades Técnicas Específicas”, ANEXOS y lo solicitado en el presente numeral. El puntaje máximo se otorgará a aquellas ofertas que integren todo lo solicitado
en el aparte 4.2 “Actividades Técnicas Específicas”, ANEXOS y lo solicitado en el presente numeral. Si no hace entrega de lo solicitado en esta etapa, la calificación será de 0 puntos Es importante aclarar que solo se otorgaran tres tipos de puntuación los cuales son: 0 puntos o puntaje mínimo o puntaje máximo”. En este sentido, la metodología no se califica comparando las diferentes ofertas recibidas, sino que se realiza de manera individual, teniendo en cuenta si lo presentado contempla de manera integral lo requerido, si aporta la totalidad de los documentos señalados y si se aportan los elementos de valor agregado a las diferentes etapas. De lo anterior, evidenciamos que es evidente que sí se tenía total claridad sobre cómo se evaluaba y calificaban las condiciones para obtener los puntajes máximos dentro de este ítem.
Por otro lado, manifestamos que FINAGRO rechaza las apreciaciones del oferente respecto a una presunta parcialidad en la calificación de este componente, dado que como se ha indicado y mostrado, se califica y se evalúa de acuerdo a lo presentado y aportado en la oferta y a lo establecido en los términos de referencia.
RESPECTO AL PUNTO – Conclusiones. Señalamos que respetamos la experiencia que el oferente pueda tener, no obstante, al firmar la carta de presentación de la oferta, el oferente manifestó conocer las condiciones de la invitación, las exigencias y los mecanismos de calificación, además, de que las mismas han sido publicadas en nuestra página web de acuerdo a los términos de referencia y al cronograma del proceso. Reiteramos que FINAGRO rechaza enfáticamente los señalamientos del oferente, los cuales no corresponden a la realidad y manifestamos que las actuaciones del proceso han sido publicadas en nuestra página web y dan cumplimiento a los principios aplicables al misma, además, de que dicho cronograma otorgaba un periodo de tiempo para que presentaran observaciones, aclaraciones y/o dudas a dichos términos de referencia.
Fecha de publicación: 30 de julio de 2018.