RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP
CONVOCATORIA PÚBLICA RTAC-001-2017
TÉRMINOS DE REFERENCIA
SOLICITUD DE OFERTAS PARA COMPRA DE ENERGÍA Y POTENCIA CON DESTINO AL MERCADO REGULADO DEL 1 XX XXXXXX DE 2017 AL 31 DE JULIO DE 2018
BOGOTÁ, D.C., JUNIO DE 2017
1. OBJETO
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, en adelante RENOVATIO, en
cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, Leyes 142 y 143, a los requerimientos de las resoluciones emitidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), en especial la Resoluciones 020 de 1996 y 167 de 2008, está interesado en recibir ofertas de suministro de energía y potencia eléctrica para atender su mercado regulado para el periodo del 1 xx xxxxxx de 2017 al 31 de julio de 2018 en las cantidades que se definen en este pliego.
2. PROPONENTES
Podrán participar como proponentes todas las personas naturales o jurídicas públicas o privadas, que tengan la categoría de generadores o comercializadores, y que se encuentren participando actualmente xxx Xxxxxxx Mayorista de Energía, que estén inscritos ante el Sistema de Intercambios Comerciales (SIC), o tengan a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de la oferta, proyectos de generación registrados ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), con su estudio de factibilidad técnica y financiera terminado y que garanticen el suministro de energía en los subperiodos ofertados.
Si el proponente concurre por conducto de un representante o mandatario, deberá anexar el documento mediante el cual ha ofrecido la representación a su apoderado, en el que consten expresamente los Términos, el alcance de la representación y la facultad para obligarlo.
3. FECHAS PARA EL PROCESO LICITATORIO
De Apertura: | Martes 27 xx xxxxx de 2017. |
Venta Términos de Referencia | Desde el martes 27 xx xxxxx de 2017 a las 08:00 a.m. |
Solicitud de Aclaraciones: | Hasta el lunes 10 de julio de 2017 a las 17:00 horas. |
Respuesta de Aclaraciones: | Hasta el jueves 13 de julio de 2017 a las 18:00 horas. |
De Cierre: | Miércoles 19 de julio de 2017 a las 10:00 horas |
De Adjudicación: | Dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de acuerdo a lo establecido en la Resolución CREG 167 de 2008. |
4. TIPO DE CONTRATO – MODALIDAD
El tipo de contrato o contratos a suscribir como resultado de la presente Convocatoria, será el siguiente:
“Pague lo Demandado sin tope” modalidad de contrato en el que RENOVATIO solamente paga a precio del contrato el consumo efectivo de su mercado regulado de acuerdo con la liquidación que efectúe el ASIC.
El punto de entrega de la energía será el Sistema de Transmisión Nacional - STN.
Para ofertar en esta modalidad, las propuestas deberán considerar el suministro de cantidades de energía mensuales estimadas de acuerdo a los anexos 2 y 3 de estos términos de referencia, las cuales se distribuirán de acuerdo a la curva horaria característica de la demanda regulada de RENOVATIO para los días ordinarios, sábados y festivos del anexo 1. EL PROPONENTE deberá presentar oferta con precio fijo y por el 100% de las cantidades solicitadas, teniendo en cuenta que dichas cantidades son informativas ya que el tipo de contrato es pague lo demandado sin tope.
RENOVATIO se reserva el derecho de aceptar la oferta por cualquier porcentaje hasta el máximo ofertado y se entiende que el precio presentado es el mismo para cualquier cantidad y que aplica para todas las horas del mes del periodo solicitado.
Las ofertas deben presentarse como se define en la Tabla 1. EL PROPONENTE debe presentar la oferta básica bienal y no podrá presentar ofertas alternativas mensuales o estacionales o cualquier otra oferta alternativa.
Tabla 1. Oferta Básica Bienal.
Proponente:
Columna Nº 1 | Columna Nº 2 | Columna Nº 3 |
AÑO | PORCENTAJE % | PRECIO, $/kWh 00,00 |
Año 2017 | (100) % | |
Año 2018 | (100) % |
5. PRECIOS
El proponente ofertará un precio fijo monomio, sin discriminar periodo de carga ni tipo de día, que aplica para todos los meses de cada año, en pesos por kilovatio-hora ($/kWh) con dos (2) decimales. Los precios propuestos deberán presentarse en pesos constantes xx xxxx de 2017.
El precio se actualizará mensualmente con la variación del Índice de Precios al Productor Oferta Interna - IPP certificado por la autoridad competente, de acuerdo con la siguiente fórmula de ajuste: Pi=Po*(IPPi/IPPo), donde: Po=Precio de la energía en el mes xx xxxx de 2017, Pi=Precio de la energía para el mes (i) de suministro, IPPo=Índice de Precios al Productor Total Nacional certificado por la autoridad competente para el mes xx xxxx de 2017, IPPi=Índice de Precios al Productor Total Nacional certificado por la autoridad competente para el mes (i) de suministro.
6. PRESENTACIÓN, SITIO Y PLAZO DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán entregarse en Original, en idioma español con sus hojas foliadas y rubricadas por quien firma la oferta.
Los sobres deberán estar cerrados e identificados con el nombre del proponente y marcados con: “CONVOCATORIA PÚBLICA RTAC 001-2017 PARA SUMINSTRO DE ENERGÍA CON DESTINO AL MERCADO REGULADO AÑOS 2017 Y 2018”.
Deberán entregarse en la oficina de RENOVATIO ubicada en la Carrera 13 Nº 96 – 82 Oficina 102, Bogotá, D. C. a más tardar el día martes 18 de julio de 2017, a las 10:00 a.m., fecha y plazo después de los cuales no se aceptarán propuestas.
7. FORMA DE PAGO
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP pagará la energía suministrada, con recursos propios, el primer (1er) día hábil del segundo (2o) mes siguiente al mes de suministro.
No se considerarán, en la evaluación ni en la adjudicación, ofertas que establezcan un plazo menor para el pago.
8. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
Vencida la fecha y hora de presentación de propuestas, se procederá a levantar un acta en la que constará quienes presentaron la oferta. A cada uno de los presentes se les suministrará copia del acta.
9. INTERPRETACIONES DE LOS TÉRMINOS
Para la preparación de la oferta EL PROPONENTE deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en este Pliego de Condiciones.
EL PROPONENTE no debe asumir interpretaciones de los documentos xxx Xxxxxx de Condiciones. Si existen dudas sobre el contenido y alcance de estos términos de referencia o se encuentran incongruencias, errores u omisiones o si se requieren aclaraciones sobre algunas condiciones de los mismos, se debe hacer la correspondiente petición escrita, correo electrónico a RENOVATIO hasta las 5:00 p.m. del lunes 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxx xx xxxxxxxxxxxxxxx debe dirigirse a: XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Gerente General
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP
Dirección: Xxxxxxx 00 Xx 00 # 00 Xxxxxxx 000 Xxxxxx X.X.
Teléfono: + 000000000
E-mail: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx – xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
RENOVATIO responderá por el mismo medio a más tardar el jueves 13 de julio de 2017 hasta las 18:00 horas a la dirección informada por EL PROPONENTE y enviará copia de las aclaraciones relevantes. No se aceptarán solicitudes de aclaraciones, ni se responderá a éstas, por medio telefónico.
Dado que la minuta hace parte integrante xxx Xxxxxx de Condiciones, los proponentes deberán presentar observaciones a la misma durante el período establecido en los párrafos anteriores. RENOVATIO no aceptará observaciones a los pliegos ni a la minuta con posterioridad al día miércoles 19 de julio de 2017 hasta las 10:00 horas, si se incluyen con la propuesta cláusulas diferentes o se cambia el contenido de las mismas, será motivo de descalificación.
RENOVATIO, podrá, con por lo menos dos (2) días hábiles previos a la fecha de entrega de propuestas, modificar el plazo para presentar propuestas y modificar el Pliego de Condiciones mediante adenda dirigida a quienes a la fecha hayan solicitado dicho documento.
10. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Para que las ofertas sean tenidas en cuenta, estas deberán contener como mínimo los siguientes documentos:
a) Carta de presentación de la oferta firmada por el representante legal del proponente o de quien éste delegue, indicando la aceptación de los términos de referencia y posteriores aclaraciones o modificaciones (si las hubiere), de esta convocatoria, así como la declaratoria de conocimiento, aceptación y acato de los reglamentos internos para la celebración de contratos por parte de RENOVATIO. Se anexa formato. (Subsanable)
b) Certificado de inscripción y paz y salvo ante el SIC como agente activo xxx Xxxxxxx de Energía Mayorista (Generador y/o Comercializador) con fecha de expedición no mayor a un mes. (No Subsanable)
c) Cuadro de presentación de la propuesta impreso y en medio magnético. Según tabla 1 de los presentes pliegos. (No Subsanable)
d) Garantía de seriedad de la oferta debidamente firmada por el representante legal del oferente y la aseguradora, adjuntando la constancia de pago de la prima respectiva, según numeral 11 de los términos de referencia. (No Subsanable)
e) Si se trata de una persona jurídica, certificado de existencia y representación legal expedida por la autoridad competente con una anterioridad no superior a 30 días a partir de la presentación de la oferta. (Subsanable)
f) Si el proponente concurre por conducto de un representante o mandatario, deberá anexar el documento mediante el cual ha ofrecido la representación a su apoderado, en el que consten expresamente los Términos, el alcance de la representación y la facultad para obligarlo. (Subsanable)
g) Certificado del RUT y NIT expedido por la DIAN. (Subsanable)
h) Copia de consignación del pago por el valor de los pliegos. (No Subsanable)
11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El original de la propuesta deberá estar acompañado de una garantía de seriedad a favor de particulares, que puede ser un Aval Bancario o una Póliza, otorgada por un banco o una compañía de seguros, legalmente establecidos en Colombia y autorizados por la Superintendencia Financiera.
Mediante dicho aval o póliza el proponente garantizará:
a. El sostenimiento de la propuesta sin modificaciones de ninguna clase durante su período de validez.
b. Que firmará el contrato, constituirá las garantías exigidas y ejecutará los demás actos que se requieran para el perfeccionamiento y la legalización del contrato dentro de los
(10) días hábiles siguientes a la fecha de notificación oficial de adjudicación.
La Cuantía de la Garantía corresponderá al diez por ciento (10%) del valor total estimado de la oferta presentada. La garantía debe establecerse en pesos colombianos. La garantía debe mantenerse vigente por cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de presentación de las propuestas. Si EL PROPONENTE aceptado no firma sin modificaciones unilaterales el contrato, RENOVATIO podrá hacer efectiva la garantía de seriedad, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a las mismas y no cubiertos por el valor de la citada garantía.
La falta de presentación de la garantía de seriedad de la oferta es motivo de descalificación, salvo en el caso de que el mismo RENOVATIO se presente como oferente, tal como la regulación lo permite.
En todo caso, el (los) proponente(s) favorecido(s) con la adjudicación total o parcial de la energía solicitada, se compromete(n) a mantener vigente su oferta hasta la constitución de la garantía de cumplimiento. En caso de que el PROPONENTE se negare a hacerlo, RENOVATIO podrá hacer efectiva la garantía inicial.
En caso de que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato de suministro de energía, RENOVATIO podrá adjudicar al siguiente oferente en orden de elegibilidad, debiendo este cumplir con las mismas condiciones de la garantía de seriedad de oferta.
12. METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
RENOVATIO seleccionará la oferta u ofertas más favorables de acuerdo con el siguiente procedimiento, con el objeto de obtener las mejores condiciones económicas para la compra de la energía solicitada según lo descrito en este Pliego:
1. Se escogerán como propuestas elegibles aquellas que cumplan en forma total con las condiciones de este Pliego.
2. Las propuestas elegibles que cumplan con las condiciones mencionadas, serán evaluadas con base en el precio ofertado.
3. En el caso que se tenga la posibilidad de combinación de Ofertas Anuales, se escogerá la combinación de menor valor para RENOVATIO.
4. Para resolver los posibles casos de empate se acudirá a lo establecido al respecto por la Resolución CREG 020 de 1996 y Resolución CREG 167 de 2008. El empate se considera cuando existan dos o más ofertas con igual precio para el mismo año.
5. En el evento de incumplimiento del punto b. del numeral undécimo (11), RENOVATIO podrá adjudicar dentro de los 3 días hábiles siguientes, al proponente clasificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea conveniente para la evaluación económica acorde a los intereses y necesidades de RENOVATIO.
13. ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS
Durante el período de evaluación, RENOVATIO podrá solicitar aclaración a los proponentes sobre los términos y condiciones de su propuesta. En todo caso no se podrán modificar los valores ofertados.
14. DECLARATORIA DE DESIERTA O REVOCACIÓN
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP puede declarar desierta la Convocatoria Pública, en los siguientes casos: Cuando no se presenten propuestas; cuando existan motivos económicos y/o técnicos que impidan una escogencia objetiva; cuando ninguna propuesta sea conveniente para RENOVATIO por razón de factores objetivos en cuanto al costo de los mismos.
15. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados definitivos serán dados a conocer a más tardar quince (15) días calendario después de la fecha de cierre. RENOVATIO informará a cada uno de los oferentes el resultado vía correo electrónico, y notificará por escrito al o a los proponentes favorecidos.
Una vez adjudicada la oferta, el oferente ampliará la póliza de seriedad de la oferta por el término que se requiera para la firma y perfeccionamiento del contrato.
La ampliación de esta póliza se realizará por una sola vez y por un período igual al propuesto originalmente.
16. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Una vez suscrito el contrato, cada una de las partes suscribirá a favor de la otra un pagaré en blanco con carta de instrucciones a fin de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que surjan del mismo.
17. IMPUESTOS
Se considera que la oferta que se presente con motivo de esta Convocatoria Pública tendrá en cuenta los impuestos nacionales y regionales a que tenga lugar, vigentes y/o futuros, como por ejemplo el impuesto de timbre, el cual será asumido totalmente por el oferente y liquidado a las tarifas establecidas en el artículo 519 del Estatuto Tributario o a aquellas tarifas que señalen las disposiciones tributarias posteriores que le sea aplicable.
18. PRECIO DE LOS PLIEGO DE CONDICIONES
El presente Pliego de Condiciones tiene un precio unitario no reembolsable de CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000,000), los cuales deben ser consignados en la cuenta de ahorros 00593582264 del Banco Bancolombia a nombre de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP.
Los interesados en participar podrán solicitar los pliegos de condiciones una vez presentada la copia de consignación por valor de los mismos en la Oficina ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx 00 # 00 Xxxxxxx 000; o solicitarlo telefónicamente al número (07) + 573004021 o vía e-mail a la dirección electrónica xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Solo podrán presentar ofertas quienes hayan cancelado el valor correspondiente al pliego de condiciones, para lo cual deberán anexar a la oferta copia de la consignación donde se verifique dicho pago.
LISTA DE ANEXOS
ANEXO 1. PORCENTAJES DE DISTRIBUCION HORARIA POR TIPO DE DIA DE LA ENERGIA ESTIMADA A OFERTAR AÑOS 2017 Y 2018.
ANEXO 2. ENERGÍA ESTIMADA MODALIDAD PAGUE LO DEMANDADO SIN TOPE AÑOS 2017 Y 2018.
ANEXO 3. FORMATO CARTA DE PRESENTACION DE LA OFERTA ANEXO 4. MINUTA DEL CONTRATO
ANEXO 1. PORCENTAJES DE DISTRIBUCION HORARIA POR TIPO DE DIA DE LA ENERGIA ESTIMADA A OFERTAR AÑOS 2017 Y 2018.
TIPO DE DIA | HORA 01 | HORA 02 | HORA 03 | HORA 04 | HORA 05 | HORA 06 | HORA 07 | HORA 08 | HORA 09 | HORA 10 | HORA 11 | HORA 12 |
ORDINARIO | 2.7% | 2.6% | 2.6% | 2.6% | 2.6% | 2.7% | 3.2% | 4.3% | 5.0% | 5.2% | 5.5% | 5.5% |
SABADO | 3.3% | 3.2% | 3.1% | 3.1% | 3.0% | 3.0% | 3.4% | 4.1% | 4.6% | 5.1% | 5.3% | 5.3% |
DOMINGO Y FESTIVOS | 3.8% | 3.6% | 3.5% | 3.4% | 3.4% | 3.3% | 3.2% | 3.4% | 3.8% | 4.1% | 4.6% | 4.7% |
TIPO DE DIA | HORA 13 | HORA 14 | HORA 15 | HORA 16 | HORA 17 | HORA 18 | HORA 19 | HORA 20 | HORA 21 | HORA 22 | HORA 23 | HORA 24 |
ORDINARIO | 5.3% | 5.4% | 5.5% | 5.5% | 5.3% | 4.9% | 4.8% | 4.6% | 4.2% | 3.7% | 3.3% | 3.0% |
SABADO | 5.1% | 4.8% | 4.7% | 4.5% | 4.4% | 4.4% | 4.8% | 4.8% | 4.6% | 4.1% | 3.7% | 3.5% |
DOMINGO Y FESTIVOS | 4.8% | 4.7% | 4.6% | 4.5% | 4.5% | 4.7% | 5.1% | 5.0% | 4.7% | 4.4% | 4.1% | 3.8% |
CURVA DE REFERENCIA MENSUAL
6.0%
5.0%
4.0%
3.0%
2.0%
1.0%
0.0%
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Y FESTIVOS
CANTIDADES DE ENERGÍA REGULADA ESTIMADA MODALIDAD PAGUE LO DEMANDADO SIN TOPE AÑOS 2017 Y 2018.
Mes | 2017 | 2018 |
kWh-mes | kWh-mes | |
Enero | 0 | 1.600.000 |
Febrero | 0 | 1.600.000 |
Marzo | 0 | 1.600.000 |
Abril | 0 | 1.600.000 |
Mayo | 0 | 1.600.000 |
Junio | 0 | 1.600.000 |
Julio | 0 | 1.600.000 |
Agosto | 1.600.000 | |
Septiembre | 1.600.000 | |
Octubre | 1.600.000 | |
Noviembre | 1.600.000 | |
Diciembre | 1.600.000 | |
TOTAL | 8.000.000 | 11.200.000 |
ANEXO No. 3 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Lugar y fecha: Número de radicación:
Señores
RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP
Gerencia Bogotá
Asunto: Presentación de oferta para el suministro de energía eléctrica.
De acuerdo con las condiciones que se estipulan en el Pliego de Condiciones de la Solicitud Pública de Ofertas No. RTAC-001-2017, y después de haber examinado cuidadosamente las características del suministro de energía especificadas en dicho Pliego y en sus anexos, y luego de haber recibido las aclaraciones solicitadas, declaramos que los aceptamos en su integridad, y por ello presentamos oferta para el suministro de energía eléctrica al mercado regulado de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP durante el(los) período(s) comprendido(s) entre 01 xx xxxxx de 2.017 al 31 diciembre de 2.018 De ser favorecidos, presentaremos la documentación requerida y devolveremos a RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP el contrato firmado a más tardar 10 (diez) días hábiles después de la fecha de recibo del texto del contrato para la firma y formalización del mismo ante RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, para su registro ante el ASIC, entendiendo que de acuerdo con el Código de Comercio, una vez aceptada la oferta, tratándose de un contrato consensual, surgen las obligaciones contractuales para las partes, las que no dependen de la firma del contrato, documento que sólo tiene efectos probatorios, y queda claro que el registro operará como requisito para su control, inscripción y ejecución ante el ASIC.
Ejecutaremos el contrato por los precios, en los plazos y con los términos establecidos en el Pliego de Condiciones y nuestra propuesta de suministro.
Mantendremos válida nuestra oferta por el término de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de presentación de propuestas, y procederemos a ampliar su validez, la vigencia de garantía de seriedad y su valor, si se diere el supuesto contemplado en los numerales 11. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Manifestamos que no nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad consignadas en la ley y que de sobrevenir alguna de ellas cederemos el contrato, previa autorización escrita de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP y que de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar su ejecución.
Atentamente, | |
Nombre de EL PROPONENTE: |
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NIT de EL PROPONENTE: |
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Número o Código de inscripción xx Xxxxxx de Comercio: |
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Dirección completa: |
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Teléfono No: |
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Fax No: Nombre del Responsables de |
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Gestionar la Oferta: |
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teléfono y dirección electrónica Del Representante: |
|
Nombre del Representante Legal: Documento de Identidad del |
|
Representante Legal: |
|
Firma del Representante Legal: |
|
¿Es Auto retenedor de Impuesto de Industria y Comercio en su Municipio?
SÍ NO
Si su respuesta es afirmativa, favor informar el Municipio. .
ANEXO NO. 4
MINUTA CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA No. OBJETO: SUMINISTRO DE ENERGÍA CON DESTINO AL MERCADO REGULADO PERÍODO: VENDEDOR:
NIT:
COMPRADOR: RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP. NIT:
TIPO CONTRATO: PAGUE LO DEMANDADO SIN TOPE VALOR: INDETERMINADO
Entre los suscritos XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX identificado con la cédula de extranjería No. 484.143 expedida en Colombia, Representante Legal de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. E.S.P., sociedad de servicios públicos privada, con NIT 900.589.503-6, constituida mediante Acta No 1 del 28 de Febrero de 2013 de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, registrada en la Cámara de Comercio de Medellín el 9 xx Xxxxx de 2013, en el libro 9º, bajo en número 6249, identificada con la matrícula mercantil No 00-000000-00, agente comercializador en el mercado de energía quien en adelante se llamará el COMPRADOR, por la otra parte mayor de edad, identificado con la cédula No. de , en su condición de y Representante Legal de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.”, quien en adelante se llamará el VENDEDOR, hemos acordado celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, sin que el cambio de naturaleza jurídica futuro o de su composición de capital social lo afecte, conforme a las CLÁUSULAS que a continuación se señalan, previas las siguientes consideraciones: a) Que mediante Convocatoria Pública RTAC-001- 2017, RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A. ESP solicitó propuestas de suministro de energía para atender su mercado regulado durante el periodo comprendido entre el 1 xx xxxxxx del año 2017 y el 31 de julio del año 2018; b) Que el VENDEDOR presentó la oferta de energía No. de fecha de de 2017; c). Que una vez evaluadas las ofertas, la Dirección de energía de RENOVATIO TRADING AMERICAS
S.A.S. ESP, adjudicó al VENDEDOR las cantidades de energía que se indican en la cláusula segunda del presente contrato, mediante oficio No. del de de 2017.
PRIMERA. - OBJETO.- Por el presente contrato el VENDEDOR se obliga a suministrar al COMPRADOR y éste a recibir de aquel energía eléctrica con destino al Mercado Regulado, a cambio de un precio.
SEGUNDA.- MODALIDAD Y ALCANCE DEL SUMINISTRO.- En desarrollo del presente contrato el VENDEDOR se compromete a suministrar energía al COMPRADOR en la modalidad y en la cantidad señalada en el Anexo No. 1 para el contrato tipo “Pague lo Demandado sin tope para el periodo 1 xx xxxxxx de 2017 a 00 xx xxxxx xx 0000. XXXXXXXXX: Este contrato no desplazará contratos ya registrados ante el ASIC ni serán
desplazados por posibles contratos a legalizar en el futuro, para el mismo periodo de la Convocatoria Pública RTAC-001-2017.
TERCERA.- DURACIÓN.- El contrato tendrá una duración de (_) meses ó años a partir del día de de 20 a las 00:00 horas hasta el día de de 20 a las 24:00 horas.
CUARTA.- VALOR DEL CONTRATO.- El valor del contrato es de cuantía indeterminada. Este valor sólo será determinado periódicamente durante su ejecución liquidando mensualmente la cantidad de energía real suministrada de acuerdo al despacho que registre el Sistema de Intercambios Comerciales (SIC) o quien haga sus veces. Para los efectos del presente contrato y en caso de aplicación de la cláusula de sanción por incumplimiento, se estima que el valor del mismo asciende a la suma de XXXXXXXXXX ($XXXXXXXX)
QUINTA.- PRECIO DEL SUMINISTRO.- El precio es el indicado en el Anexo No. 2 para el contrato tipo “Pague lo Demandado Sin Tope, meses “ a ” y está referido a pesos colombianos constantes del mes mayo de 2017.
SEXTA.- SITIO DE ENTREGA.- El COMPRADOR recibirá la energía contratada como la entrega el Sistema Interconectado Nacional, en los barrajes que tenga como referencia para sus fronteras comerciales establecidas en el Reglamento de Operación y/o en los nuevos puntos xx xxxxxxxx que surjan con el crecimiento de su mercado o cualquier otro punto del STN que el COMPRADOR defina como resultado de su actividad comercial. PARÁGRAFO: El COMPRADOR asumirá las pérdidas correspondientes en la red de interconexión.
SÉPTIMA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.- i) Facturación.- La energía eléctrica a suministrar será facturada dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes siguiente al mes de suministro, se emitirá la factura mensual por las cantidades del anexo No.1. Las facturas serán enviadas a EL COMPRADOR en original, siendo válida como fecha de recepción, la fecha de recibo del original por correo físico o de la copia por correo electrónico. El vencimiento de la factura será el primer día hábil del segundo mes siguiente al mes de suministro. Cuando no se presente la factura dentro del plazo aquí estipulado, por cada día de retardo con respecto a dicho plazo y hasta la fecha de presentación, se desplazará un día el vencimiento del plazo para el pago.
ii) Discrepancias en la facturación.- En caso de presentarse errores o discrepancias respecto del valor de la factura o uno cualquiera de sus respectivos conceptos, EL COMPRADOR estará obligado a pagarle a EL VENDEDOR el valor de la factura excluyendo la cantidad glosada y dispondrá de un término de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha en que reciba la factura para manifestar por escrito a EL VENDEDOR las razones de su inconformidad. Si EL COMPRADOR acepta las razones expuestas por EL VENDEDOR como aclaraciones a la cantidad glosada, reconocerá y pagará interés corriente equivalente a la tasa promedio de captación de los bancos (DTF vigente al momento del pago). Si las partes no logran un acuerdo dentro de los veinte (20) días calendario siguientes al reclamo sobre las sumas en disputa acudirán al procedimiento señalado en la cláusula vigésima del presente contrato.
iii. Forma de pago.- EL COMPRADOR deberá realizar los pagos mediante consignación o transferencia electrónica en la siguiente cuenta: Cuenta Nº del
Banco a nombre de EL VENDEDOR, para esto se notificará a EL COMPRADOR mediante comunicación escrita. El pago respectivo deberá realizarse dentro del horario bancario establecido por la entidad financiera elegida por EL VENDEDOR. Lo anterior, teniendo en cuenta que el pago deberá estar acreditado en la cuenta el día pactado en esta cláusula. Una vez realizado el pago EL COMPRADOR enviará copia del movimiento bancario a EL VENDEDOR mediante correo electrónico.
OCTAVA. - INTERESES XX XXXX. - En caso de que el COMPRADOR no efectúe los pagos al VENDEDOR dentro de los plazos estipulados en la cláusula sexta, se obliga a reconocerle y pagarle un interés xx xxxx equivalente a la tasa máxima de interés moratorio permitida por la ley, vigente durante el período xx xxxx. PARÁGRAFO: El VENDEDOR en ningún momento podrá cobrar intereses sobre intereses.
NOVENA. - IMPUESTOS Y GASTOS DEL CONTRATO. - Cada una de las partes cubrirá el valor de los impuestos que le corresponda pagar de conformidad con el estatuto tributario vigente. Cuando con posterioridad a la fecha de la firma del presente contrato, cualquier impuesto, contribución, gravamen, tasa o transferencia que incida(n) en los precios cotizados, tenga(n) alguna modificación, por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos y/o reglamentaciones para el sector eléctrico que afecten los precios cotizados, sus efectos deberán ser revisados por las partes con el objeto de determinar su aplicación a los precios. PARÁGRAFO 1: Cuando con posterioridad al perfeccionamiento del Contrato, los impuestos, deducciones y contribuciones de cualquier tipo que inciden directamente (con criterio legal, no económico), en los precios cotizados tengan alguna modificación, por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos, que también incidan directamente en los precios cotizados, ello será tenido en cuenta por las partes para hacer los ajustes que sean del caso y reconocer o aceptar los mayores costos o hacer las deducciones, según la real incidencia que la modificación o eliminación de los impuestos existentes o la creación de gravámenes tengan en los precios cotizados. RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP deducirá del valor del contrato, todos los impuestos y retenciones a que haya lugar en el momento de hacer el pago, de acuerdo con las disposiciones legales y vigentes, sin dar lugar a reclamaciones por parte de EL VENDEDOR.
DÉCIMA.- MODIFICACIÓN NORMATIVA: Si durante la ejecución del contrato entran en vigencia normas modificatorias de términos, condiciones y derechos adquiridos, las partes se comprometen a realizar, en un plazo no mayor a 15 días a partir del momento en que una de las partes comunique a la otra de tal situación, los ajustes necesarios para dar cumplimiento a la nueva regulación y mantener el equilibrio económico contractual.
DÉCIMA PRIMERA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO.- Hacen parte de este contrato, y en el orden de prioridad señalado, los siguientes documentos: 1) El contrato mismo y las actas que durante su ejecución suscriban las partes, 2) los términos de referencia, incluidas las aclaraciones y modificaciones realizadas a los mismos y 3) la propuesta presentada por el VENDEDOR.
DÉCIMA SEGUNDA.- CESIÓN.- El presente contrato no podrá ser cedido por alguna de las partes sin expreso consentimiento escrito de la otra. La cesión del contrato implica la transferencia de derechos y obligaciones que del mismo se derivan y en consecuencia,
libera a la parte cedente de todos y cada uno de los compromisos que hubiere contraído, salvo disposición legal en contrario.
DÉCIMA TERCERA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.- Para la celebración y
ejecución del presente Contrato, las partes declaran que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Ley.
DÉCIMA CUARTA.- REGISTRO DEL CONTRATO Y EXIGIBILIDAD.- Una vez aceptada la
oferta, las PARTES lo registrarán ante el Administrador Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del documento contractual, sin perjuicio de que el registro lo efectúe el COMPRADOR, una vez vencido el anterior término.
DÉCIMA QUINTA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- Cada una de las partes suscribirá a favor de la otra un pagaré en blanco con carta de instrucciones a fin de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que surjan del contrato. El incumplimiento a esta cláusula será causal a la suspensión del contrato.
DÉCIMA SEXTA.- CAUSALES DE SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.-
Cualquiera de las partes podrá suspender el contrato, o terminarlo unilateralmente previa comunicación escrita a la otra parte, ante la ocurrencia de cualquiera de las siguientes causales: a) El incumplimiento de cualquiera de las partes de sus obligaciones. b) Por expreso mandato de la ley. c) De común acuerdo entre las partes. d) Si el COMPRADOR incumple el pago en los plazos pactados de al menos dos (2) facturas consecutivas sin perjuicio de que el VENDEDOR inicie el proceso de limitación de suministro (Resolución CREG 116 de 1998). e) El incumplimiento del VENDEDOR en la entrega de la energía contratada. No constituye incumplimiento, y por tanto no da lugar a la suspensión o terminación del contrato, las restricciones en el suministro por racionamiento de energía y potencia, decretadas a nivel nacional, o por limitaciones en las redes de transmisión de propiedad diferente a la del VENDEDOR. f) El desplazamiento de este contrato por el suministro parcial o total mediante la suscripción por parte del COMPRADOR de otro(s) contrato(s) en cualquier modalidad. g) La cesión del contrato sin el consentimiento previo y escrito, por cualquiera de las partes. h) Por incumplimiento de la cláusula Décimo Quinta del presente contrato. i) El incumplimiento de la obligación de constituir los mecanismos de cubrimiento para las transacciones xxx xxxxxxx mayorista de energía en los plazos establecidos en la regulación vigente para el cumplimiento del objeto ofrecido. j) La no constitución y presentación dentro de los términos establecidos en la regulación, de las garantías adicionales que se deriven de nueva regulación expedida por la CREG asociada al cumplimiento de la relación jurídica surgida de esta oferta, durante su vigencia y las que compensen el riesgo que dicha regulación tenga por objeto cubrir. k) El retiro del agente xxx xxxxxxx en las condiciones establecidas en la resolución CREG 156 de 2011 y las que la modifiquen o complemente. PARÁGRAFO 1: La prórroga por un período consecutivo mayor a treinta (30) días calendario de hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito dará lugar a la terminación del contrato. PARÁGRAFO 2: La terminación unilateral del contrato no exime a las partes del cumplimiento de las obligaciones contraídas en desarrollo del mismo. La parte afectada comunicará a la otra la decisión de terminación o suspensión del contrato. PARÁGRAFO 3: Para efectos de dar aplicación a la terminación unilateral del
contrato en los términos establecidos en la presente cláusula, la parte cumplida notificará el incumplimiento a la parte incumplida, la cual tendrá cinco (5) días hábiles para resolver el incumplimiento. Pasado este término sin resolver el incumplimiento, el contrato se dará por terminado de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento adicional o declaración judicial, pudiendo la parte cumplida ejercer su derecho al pago de la cláusula penal.
DÉCIMA SÉPTIMA.- SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN DEL DESPACHO ANTE EL ASIC.-
En el evento de terminación unilateral del contrato por alguna de las causales señaladas en la cláusula anterior, la parte afectada informará inmediatamente al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y queda facultada para solicitarle la suspensión o terminación del despacho del contrato.
DÉCIMA OCTAVA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.- En caso de terminación unilateral del contrato por incumplimiento grave o de incumplimiento definitivo del mismo, la parte incumplida pagará a la otra, a título de cláusula penal una suma igual al equivalente xx xxxx por ciento (10%) del valor estimado del contrato, como estimación anticipada de los perjuicios que le cause. Lo anterior sin perjuicio de que la parte cumplida solicite la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que excedan al valor de este punto. PARÁGRAFO: La parte afectada podrá cobrar los perjuicios causados en lo que exceda de la cláusula penal.
DÉCIMA NOVENA.- FUERZA MAYOR - CASO FORTUITO.- De presentarse un hecho constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito, las partes quedarán relevadas del cumplimiento de sus funciones, debiendo la parte afectada dar aviso a la otra, dentro de las setenta y dos
(72) horas siguientes a la ocurrencia.
VIGÉSIMA.- CLÁUSULA COMPROMISORIA.- “SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Sin
perjuicio de lo dispuesto en la cláusula décima sexta del presente contrato, si surgiere una diferencia, disputa o controversia entre las partes por razón o con ocasión del presente contrato, LAS PARTES buscarán de buena fe un arreglo directo antes de acudir al trámite arbitral aquí previsto. En consecuencia, si surgiere alguna diferencia, cualquiera de las partes notificará a la otra la existencia de dicha diferencia y una etapa de arreglo directo surgirá desde el día siguiente a la respectiva notificación. Esta etapa de arreglo directo culminará a los treinta (30) calendario siguientes a la fecha de su comienzo. Si no hubiere arreglo entre las partes dentro de la etapa antedicha, cualquiera de ellas podrá dar inicio al arbitraje institucional. En consecuencia, toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su celebración, ejecución, desarrollo, a su terminación, a su liquidación o al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el mismo, se resolverá por un tribunal de arbitramiento que se sujetará a los dispuesto por el Decreto 2279 de 1989, Decreto 2651 de 1.991, Ley 80 de 1.993, Ley 446 de 1.998, Decreto 1818 de 1.998 y demás disposiciones legales que le sean aplicables, los reglamenten, adicionen o modifiquen y de acuerdo con las siguientes reglas: A) El tribunal estará integrado por tres (03) árbitros; B) El tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el centro de conciliación y arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá; C) Las partes delegan en el centro de conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá la designación de los árbitros mediante sorteo de la lista de árbitros que lleve el mismo centro; D) El tribunal decidirá en derecho”.
LAS PARTES renuncian irrevocablemente a interponer cualquier demanda ante los jueces de la República de Colombia o ante autoridades Internacionales, debiendo aceptar y respetar sin reserva o recurso la decisión proferida por el Tribunal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Conciliación de Bogotá.
VIGÉSIMA PRIMERA.-DOMICILIO.- Para todos los efectos legales el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C. El presente contrato se rige por las leyes vigentes en la República de Colombia, quedan igualmente incorporadas al presente contrato las normas expedidas por el Ministerio del Medio Ambiente y las resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.- El contrato quedará
perfeccionado con la firma de las partes y para su ejecución debe estar registrado ante el ASIC y suscritas las garantías mencionadas en la cláusula décima quinta.
VIGÉSIMA TERCERA.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.- La liquidación del contrato deberá efectuarse dentro de los dos (2) meses siguientes a su terminación y se hará constar en un acta suscrita entre las partes. En el evento en que el ASIC llegare a rectificar los datos que impliquen una nueva factura de energía con posterioridad a esta fecha, las partes se obligan a realizar los ajustes y pagos que fuesen del caso.
VIGÉSIMA CUARTA.- COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- Todas las notificaciones y comunicaciones a que haya lugar en razón del presente contrato serán remitidas por las partes así: VENDEDOR: , S.A. E.S.P. –
S.A. E.S.P. , , Teléfono (_) , Fax (_) COMPRADOR: Gerente General, RENOVATIO TRADING AMERICAS
S.A.S. ESP, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, teléfono: :(0) 0000000, dirección: xxxxxxx 00 Xx 00-00 xxxxxxx 000.
Para constancia, se firma en el día del mes de de 2017.
VENDEDOR COMPRADOR
FORMATO PAGARÉ
PAGARÉ No. , a la orden de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP
S.A. E.S.P identificado con NIT número quien en adelante se llamará EL DEUDOR, representada legalmente por , identificado con la cédula de ciudadanía número , expedida en , calidad que acredito con Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio de , debidamente autorizado por los Estatutos; hago constar:
PRIMERO. EL DEUDOR pagará incondicionalmente a la orden de RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, el día del mes del año , en su domicilio de la ciudad de Bogotá, D.C., las siguientes sumas de dinero: Por concepto de CAPITAL:
pesos ($ ). Y por concepto de INTERESES:
pesos
($ ).
SEGUNDO. Sobre la suma adeudada por concepto de Capital, EL DEUDOR reconocerá y pagará intereses moratorios a la tasa máxima certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha de vencimiento del Pagaré, y hasta el día en que dicho monto sea pagado efectivamente.
TERCERO. Se entiende excusado el requerimiento judicial o extrajudicial para efectos de constituir a EL DEUDOR en xxxx. EL DEUDOR asume la totalidad de los gastos que ocasione la ejecución y cobro de este Pagaré. En caso de cobro judicial, serán a cargo de EL DEUDOR las sumas que determine el juez competente por costas y gastos del proceso. CUARTO. EL DEUDOR pagará el impuesto de timbre conforme a lo dispuesto en el Artículo 519 del Estatuto Tributario. El presente Xxxxxx causa impuesto de Xxxxxx en el momento que se diligencie para hacer efectiva la acción de cobro con cargo a EL DEUDOR.
Este Pagaré No.
instrucciones anexa al Pagaré, el día EL DEUDOR
, se diligencia de conformidad con la carta de de de .
Cédula de Ciudadanía Número , Expedida en . Representante Legal
S.A. E.S.P.
CARTA DE INSTRUCCIONES ANEXA AL PAGARÉ No.
S.A. E.S.P. identificado con XXX número quien en adelante se llamará EL DEUDOR, representada legalmente por
, identificado con la cédula de Ciudadanía número , expedida en , calidad que acredito con Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio de , debidamente autorizado por los Estatutos; Autorizo a RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, para que haciendo uso de las facultades conferidas por el Artículo 622 del Código de Comercio, llene los espacios en blanco en el Pagaré No. adjunto, que hemos otorgado a su favor, para lo cual deberá ceñirse a las siguientes instrucciones:
1. Los espacios en blanco se podrán llenar sólo en los siguientes eventos:
a. En caso de que EL DEUDOR incumpla con su obligación de pago de cualquiera de los conceptos que son facturados y deban ser pagados a RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, o
b. En cualquier caso, si EL DEUDOR es sometido al trámite de un proceso de toma de posesión y se hayan decretado los efectos de la liquidación forzosa administrativa de conformidad con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
2. En el espacio reservado para la cuantía de la obligación se insertará en Capital, los valores facturados y vencidos por concepto de Capital y en el espacio reservado para Intereses, los intereses xx xxxx causados por incumplimiento en los pagos de obligaciones exigibles.
3. El pagaré será exigible A LA VISTA o en la fecha que establezca RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP, y para su cobro no necesitará su presentación a la fecha de vencimiento, ni notificación por parte del tenedor del mismo.
4. No obstante, la Carta de Instrucciones se ha otorgado y entregado el día de
de (fecha en que se elaboró), la fecha de creación del Pagaré será la incluida por RENOVATIO TRADING AMERICAS S.A.S. ESP y corresponderá al día en que sean llenados los espacios en blanco por parte de RENOVATIO TRADING AMERICAS
S.A.S. ESP
5. El Pagaré será devuelto al DEUDOR, cuando este haya cancelado la totalidad de las obligaciones contenidas en el Contrato No. y se haya firmado la respectiva Acta de Liquidación.
Para constancia se firma a los días del mes de de .
Cédula de Ciudadanía Número , Expedida en . Representante Legal