ENTRE
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA No.). =,-¡)..o/ p
ENTRE
EL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS,
LA SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
y
LA EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ
Entre los suscritos a saber: la SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, representada en este acto por el Xx. Xxxxx X. Xxxxx, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No. 0-000-000, en su condición de Secretario Nacional, que en adelante se denominará la SENACYT, el INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE
RECURSOS HUMANOS, representado en ·este acto por el Licdo. Xxxxxx X. Xxxx Xxxxxx, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No. 0- 000-000, en su condición de Sub-Director General, que en adelante se denominará el IFARHU, y la EMBAJADA DE FRA.NCIA EN PANAMÁ, representada en este acto por Xxxxx Xxxxxxxxxx, xxxxx, xxxxxxx, mayor de edad, debidamente acreditado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante nota verbal No. XXXX-XXXX-2017- 00336, en su condición de Embajador xx Xxxxxxx en Panamá, que en adelante se denominará la EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ, quienes en su conjunto se denominarán Las Partes, convienen en celebrar el presente Convenio de Cooperación Educativa, que sienta las bases de la colaboración y asistencia recíproca para el desarrollo de un Programa de Cofinanciamiento de Becas denominado IFARHU-SENACYT-Embajada xx Xxxxxxx en Panamá, de conformidad con las siguientes consideraciones y cláusulas:
CONSIDERANDO
Que la SENACYT fue creada mediante la Ley 13 de 1997, modificada por la Ley 50 del 2005 y la Ley 55 del 2007, como la instancia estatal que tiene la responsabilidad de crear las condiciones que contribuyan al fomento y desarrollo de las actividades nacionales en esferas de la ciencia, la tecnología y la innovación.
Que el IFARHU fue creado mediante la Ley 1 de 1965, modificado por la Ley 45 de 1978, la Ley 23 de 2006, la Ley 55 de 2007 y la Ley 60 de 2011, como el ente gubernamental responsable de apoyar financieramente la formación del personal necesario para el desarrollo del país. El grado de desarrollo cualitativo de esta institución le permite afrontar el reto de preparar un nuevo y necesano recurso humano para el país, capaz de asumir tareas de mayor complejidad en la generación, difusión y aplicación del conocimiento.
Que la Ley 50 de 1967 aprueba el Convenio de Cooperación Cultural, Técnica. y Científica entre la República de Panamá y la República xx Xxxxxxx, que fue firmado en la ciudad de Panamá el 10 de enero de 1967 y publicado en la Gaceta Oficial No. 15825 de 16 xx xxxxx de 1967.
Que el Instituto Francés de América Central (IFAC) es el servicio de cooperación y de acción cultural de la EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ, para promover la cooperación universitaria y la movilidad estudiantil a través del Programa "CentrAm Sup".
Que desde el 2009, la SENACYT y el IFARHU han desarrollado Programas de Becas para la formación del recurso humano panameño en Francia.
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Que Las Partes han manifestado su interés de reforzar la cooperación bilateral para promover la formación del capital humano panameño, tomando en consideración la calidad de la educación superior francesa.
CONVIENEN
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO
El presente Convenio tiene por objeto crear un Programa de Cofinanciamiento de Becas denominado IFARHU-SENACYT-Embajada xx Xxxxxxx en Panamá, en adelante denominado el Programa, que permitirá en el marco del presupuesto de funcionamiento anual para la parte francesa y del presupuesto asignado para el Programa de Becas IFARHU-SENACYT para la parte panameña, la formación académica en Xxxxxxx de estudiantes panameños.
CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETIVOS DEL PROGRAMA
El Programa tiene los siguientes objetivos principales:
l. Aumentar, de manera estructurada, el flujo de estudiantes panameños sobre la base del mérito o excelencia académica para obtener los grados de maestría o doctorado en los establecimientos de educación superior del Ministerio de Educación Superior, de Investigación e Innovación de la República Xxxxxxxx Xxxxxxx en las áreas prioritarias para ambos países.
2. Ofrecer un marco legal que permitirá mejorar la colaboración mutua entre las instituciones públicas de educación superior francesas y panameñas, el IFARHU y la SENACYT, así como participar en el mejoramiento de la calidad académica entre ambos países.
CLÁUSULA TERCERA. BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA
Los beneficiarios del Programa serán seleccionados conjuntamente a través de convocatorias públicas lanzadas por Las Partes.
Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento del Programa de Becas IFARHU-SENACYT y en el anuncio de la convocatoria.
Se realizará una preselección por parte de la Comisión Evaluadora Externa que será la encargada de evaluar las solicitudes, realizar las entrevistas y elaborar una lista priorizada de participantes recomendados para ser beneficiarios del Programa, basados en su mérito y excelencia académica.
Para que los recomendados puedan recibir los beneficios establecidos en la Cláusula Cuarta del presente Convenio deberán ser sometidos a la aprobación de la EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ.
El número de beneficiarios será determinado cada año, por mutuo acuerdo entre Las Partes.
CLÁUSULA CUARTA. COMPROMISOS DE LA EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ.
Los candidatos panameños, seleccionados conjuntamente en el marco del presente Xxxxxxxx, se beneficiarán del estatuto de Becario del Gobierno Francés.
Conveizío tÍe Cooperación <Educativa No.
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La gestión de las becas del Gobierno Francés es confiada a la agencia Campus France, operador del Ministerio para Europa y de Asuntos Extranjeros, así como del Ministerio de la Educación Superior, de Investigación e Innovación xx Xxxxxxx.
La EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ, a través del Instituto Francés de América Central (IFAC), sufragará, de su presupuesto anual de funcionamiento, para los beneficiarios del Programa los siguientes gastos:
1. Matrícula o derechos de inscripción al programa de maestría o de doctorado que curse el beneficiario en una de las instituciones de educación superior públicas del Ministerio de Educación Superior, de Investigación e Innovación de la República Francesa.
2. Pago anual al sistema de seguro médico francés.
3. Pasaje aéreo de ida y vuelta.
4. Exoneración de los gastos de visa.
La EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ se esforzará en conseguir para los beneficiarios del presente Convenio, dentro de los límites de las plazas disponibles, las facilidades de acceso a las residencias universitarias en Xxxxxxx, a través de la agencia Campus France, según la disponibilidad.
CLÁUSULA QUINTA. COMPROMISOS DE LA SENACYT
La SENACYT cubrirá para cada beneficiario del Programa los siguientes gastos:
l. Manutención para estudiantes de maestría: de 800 a 1,000 euros por mes.
2. Manutención para estudiantes de doctorado: de 1,200 a 1,400 euros por mes.
3. Formación lingüística en Panamá. En caso de que los beneficiarios requieran formación lingüística adicional, se cubrirá hasta dos (2) meses adicionales en Xxxxxxx.
Para determinar el monto de la manutención, se tomará en cuenta la ciudad donde los beneficiarios cursarán sus estudios.
Estos rubros de gastos serán financiados con fondos de la SENACYT, que serán transferidos al IFARHU, a fin de que realice los desembolsos a los beneficiarios, según lo indique el Contrato de Beca respectivo.
CLÁUSULA SEXTA. CONDUCCIÓN DEL PROGRAMA
Para la conducción del Programa se constituirá un Comité xxxxxx�panameño. Este Comité estará integrado por un miembro de la EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ, un miembro del Instituto Francés de América Central (IFAC) y dos miembros de la SENACYT.
La misión de este Comité es hacer la coordinación, el seguimiento, el control y la evaluación de las actividades que se realicen en el marco del presente Convenio.
Las funciones del Comité son las siguientes:
1. Informar a los candidatos acerca de los programas y las temáticas prioritarias de interés común para Las Partes.
2. Promover los programas académicos en áreas prioritarias para Panamá, brindados por las instituciones públicas de educación superior del Ministerio de Educación Superior, de Investigación. y de Innovación xx Xxxxxxx y desarrollar convenios universitarios entre ambos países.
3. Validar conjunta y anualmente la lista definitiva de los candidatos beneficiarios del presente Convenio.
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4. Analizar el desarrollo del Programa y proponer, en caso de que sea necesario, las adaptaciones pertinentes.
5. Asistir a los beneficiarios en la gestión de su solicitud de visa.
6. Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los beneficiarios del Programa.
7. Preparar un informe anual de ejecución informando a Las Partes firmantes de los logros y avances en la implementación del presente Convenio.
CLÁUSULA SÉPTIMA. FINANCIAMIENTO
Las Partes convienen que la ejecución de las obligaciones que se deriven del presente Convenio debe realizarse de conformidad con su legislación nacional respectiva y en función de las dotaciones presupuestarias anuales de las que disponen en el marco de su presupuesto de funcionamiento corriente para la parte francesa y el presupuesto anual para la parte panameña.
Todos los pagos realizados por el IFARHU relacionados con el Programa, y conforme lo indique el Contrato de Beca de los respectivos beneficiarios, serán cargados a la partida presupuestaria No. l.20.1.3.703.04.02.629, de las correspondientes vigencias fiscales.
CLÁUSULA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia relativa a la interpretación o a la aplicación del presente Convenio será solucionada de buena fe por vía de consultas o negociaciones entre Las Partes.
CLÁUSULA NOVENA. MODIFICACIONES Y TERMINACIÓN ANTICIPADA
De común acuerdo, Las Partes podrán modificar los términos del presente Convenio, mediante la suscripción de adendas, que deberán ser debidamente refrendadas por la Contraloría General de la República de Panamá, en función de las cuales se coordinarán las acciones que correspondan para el cumplimiento de los objetivos y compromisos de Las Partes.
Cualquiera de Las Partes podrá retirarse de este Convenio, de pleno derecho, para lo cual deberá notificar por escrito y por vía diplomática a las otras Partes. En este caso, el Convenio pierde su validez en un plazo de sesenta (60) días calendarios después de la fecha de la recepción de la notificación.
Esta renuncia no afectará los derechos y obligaciones de Las Partes relacionados con las becas otorgadas en el marco del presente Convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA. VIGENCIA
El presente Convenio tendrá una duración de cinco (5) años, y entrará en vigor el día de la recepción de la última notificación por la cual cada una de Las Partes notifica a las otras el cumplimiento de sus procedimientos internos, que para el IFARHU y la SENACYT será el refrendo de la Contraloría General de la República de Panamá.
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Firmado en la ciudad de Panamá, el 4 xx xxxxx del 2018 en tres (3) ejemplares originales, cada uno en idioma español y francés, de un mismo tenor y a un solo efecto.
Por la SENACYT Por la EMBAJADA XX XXXXXXX EN PANAMÁ
XXXXX ROQUEF IL
Emba"ador de E a cia en Panamá
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