Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL TRIBUNAL”; REPRESENTADO POR XXXXXX XXXX XXXXXX XXXX, EN SU CARÁCTER DE MAGISTRADO PRESIDENTE; Y POR LA OTRA EL C. XXXXXXX XXXX XXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, QUIENES LO CELEBRAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
De “EL TRIBUNAL” que:
1. Es el órgano especializado de legalidad y plena jurisdicción en la materia electoral, que goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, con patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
2. En sesión celebrada el 14 diciembre de 2015, el Pleno de la Cámara de Senadores, en ejercicio de lo que dispone el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Transitorio DÉCIMO del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la referida ley fundamental, en materia político electoral, publicado el 10 de febrero de 2014, eligió al Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx, como Magistrado del Tribunal Estatal Electoral; asimismo, fue electo Presidente de dicho órgano electoral mediante sesión solemne de Pleno de fecha 06 de enero de 2017; carácter que lo faculta para celebrar convenios, otorgar todo tipo de poderes y realizar los actos jurídicos y administrativos que se requieran para el buen funcionamiento de “El Tribunal”, de conformidad con el artículo 299, numeral 2, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.
3. Para los efectos del presente convenio señala como domicilio legal, el ubicado en la Xxxxx 00, Xx. 0000, xx xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, X.X. 00000, en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua.
4. De acuerdo a sus necesidades y para el cumplimiento de sus funciones durante el proceso electoral 2017-2018, “EL TRIBUNAL”, requiere temporalmente contar con los servicios de una persona física con conocimientos de vigilancia, por lo que ha determinado llevar a cabo la contratación de "EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
5. Acepta “EL TRIBUNAL” que el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” realice estos conforme sus conocimientos y experiencia, por lo que no estará a las instrucciones de “EL TRIBUNAL”, en cuanto a la forma de desarrollar sus actividades. Asimismo, estas no serán iguales o equivalentes a las funciones conferidas a los funcionarios y empleados con plaza.
De “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” que:
I. Sus generales son los siguientes: de nombre Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, de nacionalidad mexicana, fecha de nacimiento 12 de julio de 1960, sexo masculino, estado civil casado, grado de instrucción secundaria, que tiene su domicilio en
,
.
II. Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes Número: y CURP:
III. Que cuenta con la experiencia y aptitudes necesarias para realizar los
servicios objeto de este contrato.
Ambas partes declaran que es su deseo celebrar el presente contrato el cual sujetan a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a realizar a favor de “EL TRIBUNAL” las actividades consistentes en: vigilancia y cuidado de las Instalaciones de este Tribunal en horarios específicos asignados al mencionado en el presente contrato.
SEGUNDA. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a ejecutar los servicios que se establecen en la cláusula que antecede, con esmero y eficiencia a entera satisfacción de “EL TRIBUNAL”, aportando toda su experiencia y capacidad, en la inteligencia de que la determinación de dicho servicio se hace en forma enunciativa y no limitativa, por tanto, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá desempeñar todas las diligencias anexas y conexas con su obligación principal, así como a observar en el desempeño de su actividades y todas las disposiciones que dicte “EL TRIBUNAL”. Asimismo a responder de la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se causaren a “EL TRIBUNAL”.
TERCERA. “EL TRIBUNAL” se obliga a pagar por los servicios a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad de $11,520.08 (once mil quinientos veinte pesos 08/100 moneda nacional) mensuales, menos la retención de impuestos consecuente, misma que se cubrirá en dos partes, la primera los días quince y la segunda los últimos días, ambos de cada mes, en cheque y/o deposito en cuenta bancaria personal. Para tal efecto ambas partes convienen sujetarse al régimen de asimilado a salarios.
CUARTA. En virtud de que “EL TRIBUNAL” está sujeto a un presupuesto que es aprobado en forma anual por el honorable Congreso del Estado, y en su caso al proceso electoral que respectivo, la duración del presente contrato será por tiempo determinado, del primero de enero del 2018 al treinta de septiembre del 2018, esto es durante el lapso del Proceso Electoral Local de Chihuahua.
QUINTA. El presente contrato podrá darse por terminado a voluntad de cualquiera de los contratantes, previo aviso que dé al otro con cinco días de anticipación con el propósito de que durante ese lapso haya posibilidad de concluir los trabajos pendientes.
SEXTA. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a no divulgar información confidencial relacionada con las actividades de “EL TRIBUNAL” a la cual tenga acceso con motivo de sus servicios. Por tanto, el incumplimiento de la presente cláusula dará lugar a la terminación del presente instrumento sin responsabilidad para “EL TRIBUNAL”.
Leído el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, el primero de enero de dos mil diez y ocho.