Contrato de Tarjetas de Crédito
Contrato de Tarjetas de Crédito
Por favor, tómese su tiempo y léalo. Solo fírmelo una vez que haya leído y comprendido el contenido. Si hay algo que no entiende, estamos disponibles para responder sus consultas. Su firma implica que usted acepta todas las condiciones detalladas en este contrato.
Entre Banco BBVA Argentina S.A., en adelante "el Banco", por una parte y, por la otra, el usuario, debidamente individualizado en este instrumento, en adelante "el Titular", se conviene la celebración de este Contrato de Apertura de Línea de Crédito y de Uso de Tarjeta de Crédito BBVA.
Por favor, lea atentamente las mismas y consulte ante cualquier duda antes de firmarlas.
Objeto
Por medio de este Contrato, el Banco pone a disposición del Titular una o más Tarjetas de Crédito emitidas bajo las marcas VISA y/o MASTERCARD. Esta/s tarjeta/s está/n asociada/s a la apertura de una o más Líneas de Crédito que podrá usar para:
a) Comprar bienes y/o pagar servicios en los comercios afiliados, ya sea directamente en ellos o a través de sistemas electrónicos, incluido Internet.
b) Obtener adelantos en efectivo a través de los cajeros auto-
máticos de la red BANELCO mientras el Banco así lo tenga dispuesto. Si su tarjeta es internacional podrá solicitar adelantos en el extranjero en la red CIRRUS, o en otra que en el futuro la reemplace, complemente o sustituya.
c) Autorizar pagos (de servicios, colegios, impuestos, etc.) a través del servicio de pago automático de cuentas o de otros medios que tenga implementado el Banco. Esos pagos serán debitados de la Tarjeta de Crédito.
Partes
Banco: es la entidad financiera que emite tarjetas de crédito y que recibe los pagos de los titulares de dichas tarjetas.
Titular: es la persona habilitada para usar la tarjeta de crédito. Se hace responsable de todos los cargos y consumos
Condiciones de uso
Línea de Crédito: el Banco le otorga al Titular una o más líneas de Crédito a través de las que podrá diferir el pago de una parte del saldo deudor de su/s cuenta/s de Tarjeta. Solo podrán financiarse los cargos por pagos de bienes y/o servicios realizados en los comercios adheridos.
Los pagos realizados en establecimientos adheridos fuera de la República Argentina quedan condicionados a las normas emitidas por organismos oficiales que estén vigentes a la fecha de emisión de cada Resumen de Cuenta, y/o de cada pago.
No pueden financiarse los siguientes cargos: intereses, comi- siones, reintegro de gastos, impuestos, importes correspon- dientes a excesos registrados en los límites acordados por el Banco, cuotas vencidas de consumos anteriores, pagos a través de débito automático, importes de adelantos en efectivo en un pago, cuotas de adelantos en efectivo, cuotas de los consumos adheridos al sistema "cuota phone" .
Límite de Compra: el Titular y los Beneficiarios, en su conjunto, podrán comprar bienes, pagar servicios y/o autorizar cualquier otro cargo hasta la suma indicada como Límite de Compra en Moneda Nacional.
El Límite de Compra será el que surja del formulario de la soli- citud de productos y será informado a través del Resumen de Cuenta.
El Límite de Compra se calcula teniendo en cuenta: (i) los saldos anteriores impagos, (ii) los consumos del mes, (iii) los pagos registrados por el Banco al momento de la operación que el Titular y/o Beneficiarios realicen.
Banco BBVA Argentina S.A.
CUIT 30-50000319-3
Av. Xxxxxxx 000, xxxx 00, (X0000XXX) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. IGJ 17-10-19, N.21332, L.97, X.XX (T.O.)
Bajo la denominación Tipo de tarjeta se indica si la tarjeta entregada es Nacional o Internacional. Toda tarjeta de crédito individualizada como Internacional habilita al Titular y/o Beneficiario/s designados por él para comprar bienes y pagar servicios en los comercios afiliados a VISA y/o MASTERCARD en el extranjero, hasta la suma informada como Límite de Compra en Moneda Extranjera.
Tanto el Límite de Compra en Moneda Nacional como el Límite de Compra en Moneda Extranjera pueden ser modificados por el Banco previa notificación al cliente con una antelación mínima de 60 días a su entrada en vigencia.
Uso de la Tarjeta: al momento de pagar bienes y/o servi- cios, El Titular deberá identificarse y entregar la Tarjeta de Crédito para que esta sea examinada y sus datos sean confron- tados.
Para poder usar la tarjeta en dispositivos electrónicos, incluidos los cajeros automáticos, el Titular debe elegir y registrar su clave personal, o modificar la clave que le entregó el Banco en
que realiza en forma personal y también de los que autoriza.
Beneficiario: es la persona autorizada por el Titular para realizar operaciones con una tarjeta de crédito idéntica a la suya aunque con distinta numeración.
sobre sellado. Está prohibido revelar el número confidencial a terceros, por ende quedan bajo la exclusiva responsabilidad del Titular las consecuencias de no respetar esa prohibición.
El Titular y/o los Beneficiarios podrán elegir la cantidad de cuotas, dentro de un número establecido por el Banco, en las que harán un pago.
No se permite usar la Tarjeta de Crédito para comprar bienes y/o pagar servicios ilegales.
El Banco no es parte en los conflictos que puedan originarse entre el Titular/Beneficiarios y los comercios adheridos, salvo en casos muy puntuales en los que el Banco promueva determi- nados productos o proveedores.
El Titular y/o los Beneficiarios pueden pedir información, pagar y/o hacer cualquier otra operación que el Banco autorice por medio de teléfono, Internet u otros medios que el Banco imple- mente en el futuro. Esas operaciones deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Las realizará el Titular y/o los Beneficiarios ingresando su número de DNI seguido de la clave secreta registrada. Recordamos que esta clave es personal y no debe ser infor- mada a terceros.
b) Todo acceso a la cuenta del Titular a través de los medios detallados antes que sea hecho por una persona que dé la clave secreta y el número de DNI del Titular o cualquier otra clave que haga presumir la tenencia física de la tarjeta, se tendrá como hecho por el propio Titular y/o Beneficiario. El Titular y/o Beneficiario autoriza al Banco a grabar las conversaciones telefónicas y a conservar el archivo.
Adelantos en efectivo: el Titular podrá, pagando una tasa, retirar determinado porcentaje de su Límite de Compra en efectivo desde cajeros automáticos de todo el mundo. Esos retiros se podrán hacer tanto en moneda nacional como extran- jera. El Banco podrá suspender, limitar o reducir los alcances de este servicio.
Tarjetas adicionales: el Titular puede solicitar Tarjetas de Crédito adicionales para el o los Beneficiarios que elija, los que podrán usar sus Tarjetas del mismo modo que el Titular. Las Tarjetas adicionales se consideran como una sola en lo que se refiere a la Línea de Crédito y su emisión no genera aumento en esta última. El Titular tendrá, respecto a las tarjetas adicionales, las mismas responsabilidades y obligaciones que con su Tarjeta de Crédito y, en especial, el deber de pago. También podrá definir cuál es el porcentaje de su Límite de Compra que corres- ponda a sus Tarjetas adicionales.
LS167 02/2024 Hoja 1 de 4
Vigencia del contrato
Este contrato entrará en vigencia una vez que el Titular o su apoderado hayan recibido las Tarjetas físicas o virtuales de cada línea de Crédito.
La relación contractual tiene un plazo de vigencia de un año contado desde la recepción de la tarjeta física o puesta a dispo- sición de la tarjeta virtual.
La relación contractual se renovará en forma automática por nuevos períodos, salvo aviso por escrito del Titular comunicado con 30 días de antelación al vencimiento. El Titular autoriza al Banco a enviar las tarjetas al domicilio indicado en la solicitud de productos, y a entregarlas a toda persona mayor de 18 años que se encuentre en ese domicilio.El Banco puede no renovar el contrato notificando al Titular con 60 días de antelación al vencimiento.
El titular puede poner término al contrato respecto de cada línea de crédito solicitada, sin expresión de causa, mediante comuni- cación por escrito al Banco. Desde el momento en que el Titular solicite al Banco la finalización del contrato en relación a la línea de crédito identificada, se bloquearán y quedarán inhabilitadas todas las tarjetas de crédito emitidas sobre la misma. El Titular deberá pagar las comisiones proporcionales originadas hasta la fecha de baja.
El Banco puede, a su vez, poner término a este contrato mediante aviso escrito si ocurre alguno de los siguientes
casos:
a) Si el Titular se atrasa en el pago de cualquier suma por cual- quier producto contratado, sea en capital, intereses, gastos u otros. El Banco queda eximido de comunicar esos retrasos.
b) Si el Titular cae en quiebra.
c) Si el Titular no cumple íntegra y oportunamente con las obli- gaciones establecidas en este contrato.
d) Si el Titular incurre en omisiones, errores o da información falsa en la solicitud de Tarjeta de Crédito.
f) Si el Titular se niega a presentar cualquier tipo de documen- tación requerida por el Banco.
g) Si el Titular registra en sus cuentas movimientos esporádicos o reiterados que resulten sospechosos, inusuales, sin justifica- ción económica o jurídica y/o de complejidad inusitada o injusti- ficada.
h) En caso de que el Titular fallezca, a partir de la fecha en la que el Banco tome conocimiento de ese hecho quedarán revo- cadas tanto la Línea de Crédito como las tarjetas que se hubiese entregado a él y a sus Beneficiarios.
Cualquiera sea el caso, el Titular se obliga a pagar, al término de este contrato, el total del saldo adeudado con sus correspon- dientes intereses, así como las comisiones proporcionales. El hecho de no cumplir esta obligación dará derecho al Banco a exigir, en forma judicial o extrajudicial, el pago de la deuda y de los inte- reses que ésta genere.
Costos
Intereses: si el Titular paga en término el total de las sumas informadas en el Resumen de Cuenta, no abonará interés alguno. Si, en cambio, no paga en término, genera los siguientes intereses:
- Intereses compensatorios: son los que se originan si el Titular no paga el total de las sumas adeudadas. La tasa máxima será la que el Banco aplica a las operaciones de prés- tamos personales para clientes, más un 25% y será comunicada en los resúmenes de cuenta.
Los intereses compensatorios se computarán:
a) Sobre los saldos adeudados entre la fecha de vencimiento del Resumen Mensual actual y la del Resumen Mensual ante- rior.
b) Entre la fecha del o de los adelanto/s en efectivo y la fecha de vencimiento del pago del Resumen Mensual.
c) Desde las fechas pactadas para la cancelación total o parcial del crédito hasta que el Banco reciba el pago.
d) Desde el vencimiento hasta el pago cuando se operasen reclamos no aceptados o justificados por el Banco y consen- tidos por el Titular.
- Intereses moratorios: si el Titular no realiza el pago mínimo informado en su Resumen de cuenta, el Banco le cobrará intereses xx xxxx. Estos se calcularán teniendo en cuenta la dife- rencia entre el pago mínimo y el monto efectiva-
mente pagado durante todo el período que dure la xxxx.
La xxxx del Titular se producirá en forma automática por el mero vencimiento del plazo de pago, sin necesidad de que haya interpelación judicial o extrajudicial por parte del Banco. Este último cobrará los intereses compensatorios descriptos antes más los intereses moratorios.
Los intereses moratorios son independientes de aquellos que corresponden a la parte de la deuda que no se encuentre en xxxx.
Comisiones y Gastos: Las comisiones -deta- lladas en la tabla de Comisiones y Gastos que se entrega junto con este contrato- son las sumas que el Banco cobra por otorgar la/s Línea/s de Crédito y prestar los servicios contratados. Se recuerda que la comisión anual se cobra en tres cuotas, independientemente de que la tarjeta haya sido usada o no.
El Banco puede modificar las comisiones y tiene el deber de informarlas con 60 días de anticipación. Si el Titular no llegara a estar de acuerdo con las modificaciones informadas, podrá poner término anticipado al contrato sin cargo siempre que lo haga antes de que dichas modificaciones entren en vigencia y que lo comunique al Banco por medio fehaciente.
Derechos del Titular
Información de la cuenta: el Titular recibirá del Banco una vez al mes el/los Resumen/resúmenes de Cuenta de la/s Tarjeta/s de Crédito, en el/los que figuran las operaciones reali- zadas en el período mensual que se informa, con el detalle de fecha y monto, además de los intereses generados, las comi- siones cobradas, el saldo adeudado, los pagos realizados por el Titular, el límite de compra disponible, la fecha de cierre de liquidación actual y cierre posterior, las fechas de vencimiento actual, anterior y posterior, y la tasa de interés que regirá para el período siguiente. El estado de Cuenta se enviará con una anticipación mínima de 5 días previa al vencimiento de plazo de pago ya sea por correo ordinario en papel al domicilio vigente declarado ante el Banco o por correo electrónico, según lo soli- cite el Titular. Si el Titular no recibe el Resumen de Cuenta, igualmente deberá pagar las sumas que correspondan en los plazos fijados, para lo cual podrá solicitar la reimpresión del Resumen en cualquier sucursal.
El Titular tiene a su disposición un canal de comunicación tele- fónica - Línea BBVA, 0800 333 0303 - durante las 24 horas que
le permitirá informarse sobre cualquier aspecto de su Cuenta de Tarjeta.
El Titular puede impugnar la liquidación dentro de los 30 días de recibido el Resumen por medio de una nota en la que se detalle el error y toda otra información que considere necesaria.
Copia del contrato: El Titular conoce y acepta que podrá solicitar al Banco, en cualquier momento, nueva copia de este contrato. Esta se encontrará a su disposición en cualquier sucursal del Banco y/o en Banca Online.
Operaciones por ventanilla: El titular tiene derecho a efectuar operaciones por ventanilla sin restricciones de tipo de operación ni de monto mínimo, salvo las que pudieran existir por cuestiones operativas. No se aplican comisiones a las operaciones efectuadas por personas físicas, salvo en los casos de transferencias, en los que se aplicarán las comisiones máximas fijadas por el BCRA y detalladas en la tabla de comi- siones y gastos.
Reclamos: el Titular puede hacer reclamos, quejas, sugeren- cias y/o expresar agradecimientos ya sea por vía telefónica a través de Línea BBVA 0-000-000-0000, y/o vía electrónica a través de la opción "Contáctenos" ubicada en la página web del Banco (xxx.xxxx.xxx.xx) y/o en Banca Online y/o por correo postal en las sucursales.
El Banco adhiere al Código de Prácticas Bancarias elaborado por las distintas Asociaciones de Bancos y Entidades Financieras de la República Argentina. El Titular puede consultar ese texto en las sucursales del Banco y en el portal del Banco www.bbva- xxxxxxx.xxx.xx.
Régimen de transparencia:
Usted puede consultar el “Régimen de Transparencia” elabo-
rado por el Banco Central de la República Argentina sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios finacieros, ingresando a: xxxx://xxx.xxxx. xxx.xx/Xxxxxxxxxxx_xxxxxxx/xxxxxx000000.xxx
Caja de ahorro con prestaciones gratuitas:
El titular tiene el derecho de solicitar la apertura de la “Caja de ahorros” en pesos con las prestaciones previstas en
el punto 1.8 de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”, la que será gratuita.
Obligaciones del Titular
Pago: el Resumen de cuenta indica la fecha en que se debe pagar el saldo adeudado.
El Titular debe pagar las sumas adeudadas por el uso de las Tarjetas de Crédito emitidas, sean suyas y/o de los Beneficiarios, más los intereses y otros cargos. También puede elegir pagar solamente el monto mínimo informado en el Resumen y finan- ciar el saldo restante.
El Banco debitará de la cuenta indicada por el Titular, cada mes y en la fecha de vencimiento - y aun luego de esa fecha -, los importes correspondientes al pago total del Resumen de Cuenta, salvo que el Titular informe un valor distinto.
El Banco está también autorizado a debitar la totalidad del importe adeudado en la fecha de vencimiento, e incluso después, en cualquier cuenta del Titular, aunque estas queden en descubierto.
Los pagos que realice el Titular serán acreditados primero a impuestos, comisiones, cargos e intereses; luego a la cuota de monto financiable; y luego a cargos por uso de la Tarjeta.
El pago de los cargos en moneda extranjera deberá realizarse:
a) Por ventanilla en la misma moneda. b) A través de Banca Online o App Bancaria. c) Si las normas cambiarias lo permiten, el Titular podrá abonar su equivalente en moneda argentina a la cotización que fije el Banco.
Los gastos e impuestos que se deriven de las compras reali- zadas en moneda extranjera quedan a cargo del Titular.
El Banco queda autorizado a cobrar una comisión por gastos de administración en moneda extranjera, la cual se detalla en el Listado de Comisiones.
Denuncia de extravío, hurto o robo: en caso de extravío, hurto o robo de la Tarjeta de Crédito, el Titular o los Beneficiarios deberán avisar de inmediato al Banco y a uno de los Centros de Atención al Usuario de VISA o MASTERCARD, los que cuentan con un sistema de recepción telefónica de denuncias durante las 24 horas capaz de identificar cada llamada con número y orden correlativo. Cuando el extravío, hurto o robo se produzca fuera de la República Argentina, el Titular o sus Beneficiarios actuarán de idéntica forma en el país donde el hecho haya ocurrido -o en el más cercano- ante los Centros de Atención al Usuario de VISA o MASTERCARD y ante la autoridad local competente. También deberán comunicar el hecho al Banco en ese mismo momento.
El Titular es responsable de cualquier pago de bienes o servi- cios y/o transacción que se haga con la Tarjeta extraviada, hurtada o robada hasta la hora 24 del día anterior a que el Banco y la entidad extranjera hayan recibido la denuncia. Sin perjuicio de ello, se mantiene su derecho a impugnar las opera- ciones dentro de los 30 días de recibido el resúmen. La reposi- ción de la o las Tarjetas quedará a cargo del Titular; el monto a pagar se informa en la Tabla de Comisiones.
Cambio de domicilio y/o dirección de correo electrónico: el Titular deberá notificar por escrito al Banco todo cambio de domicilio y/o de dirección de correo electrónico.
Licitud de los fondos: el Titular se responsabiliza y declara que los fondos con los que pagará los consumos de las tarjetas (tanto los suyos como los de sus Beneficiarios) tienen origen lícito. Por ello debe presentar la documentación que pruebe la licitud y el origen de los fondos, tal como lo exigen la resolución 27/2011 de la U.I.F. y las demás disposiciones legales reglamentarias y de autoridad competente vigentes, así como aquellas que se dicten en el futuro.
Derechos del Banco
Compensación: en caso de que el Titular adeude sumas vencidas, el Banco tiene derecho, para obtener el reembolso total o parcial de esas sumas, a debitar los saldos adeudados de cualquier cuenta o depósito que el Titular mantenga en esta entidad.
Suspensión por xxxx: El Banco podrá suspender de forma automática el uso de las tarjetas si el cliente no abona el pago mínimo a su vencimiento.
También podrá hacerlo en caso de que el cliente haya sufrido un menoscabo significativo en su aptitud para cumplir o en su solvencia.
Suspensión temporal del servicio: en caso de suspensión de los servicios que son objeto de este contrato por causas ajenas a la voluntad del Banco, este queda liberado de
toda responsabilidad por los perjuicios que eso pueda ocasionar al Titular o a los Beneficiarios.
Procesamiento: el Banco puede contratar a terceros, incluso domiciliados en el exterior, para que realicen opera- ciones asociadas a las Tarjetas de Crédito tales como el proce- samiento de compras y de datos.
Reclamo de deuda: si el Titular no paga el monto detallado en su Resumen de Cuenta a tiempo, el Banco tiene derecho a exigir, en forma judicial o extrajudicial, el pago de la deuda y de los intereses que esta genere.
Cesión: el Banco puede ceder sus derechos y obligaciones emergentes de este contrato a otra entidad autorizada para operar como emisor de Tarjetas de Crédito, pero el Titular no puede hacerlo.
Misceláneas
Impuestos: quedan a cargo del Titular el pago de los impuestos que se deriven del otorgamiento de este contrato y los que correspondan al uso de la Tarjeta de Crédito.
Normativa aplicable: este contrato está sujeto a las leyes de la República Argentina y regido por la Ley N.° 25.065 y las
demás disposiciones legales, reglamentarias y de autoridad competente en vigor, y aquellas que en el futuro se dicten.
Modificaciones: El Banco puede modificar cualquier condi- ción de este contrato, siempre que cumpla con los procedi-
mientos y plazos exigidos por las normas vigentes. Si el Titular no llegara estar de acuerdo con las modificaciones informadas, podrá poner término anticipado al contrato sin cargo siempre que lo haga antes de que dichas modificaciones entren en vigencia y que lo comunique al Banco por medio fehaciente. En este caso deberá cumplir con las obligaciones pendientes a su cargo.
Domicilio: a efectos legales, el Banco constituye domicilio en Av. Xxxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., Xxxxxxx Xxxxxxx; el Titular y los Beneficiarios en los indicados en la solicitud de producto, y ambas partes se someten a la jurisdic- ción que establece el artículo 52 de la Ley N.º 25.065.
Notificación: por este medio, el Titular informa la dirección de correo electrónico en la que desea recibir los mensajes, avisos, alertas y/o notificaciones.
El Titular se compromete a tomar las precauciones necesarias para que la información que se envíe a su correo electrónico solo sea vista por él y, si no tomase tales medidas, libera al Banco de toda responsabilidad. El Titular declara conocer y aceptar que dicha información incorporará la fecha y la hora en las que fue generada.
El Titular declara conocer que, por razones de seguridad, el Banco podrá incorporar sus datos personales en forma parcial en los mensajes que le envíe. También declara conocer que este contrato supone el consentimiento que prevé la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales y sus normas reglamenta- rias. A su vez, acepta considerar como prueba las constancias que surjan del sistema informático del Banco.
El Titular se compromete a actualizar su dirección de correo electrónico, y quedan bajo su exclusiva responsabilidad las consecuencias que dicha acción u omisión impliquen, sin que pueda alegar falta de notificación por parte del Banco.
Seguro Colectivo de Vida sobre Xxxxx Xxxxxx
El cliente presta su consentimiento para que el Banco asegure su vida contratando y asumiendo el costo de un seguro sobre saldo deudor con cobertura de fallecimiento e invalidez total permanente en la compañía elección del banco; o bien se auto- segure en contra del mismo riesgo.
Declaración de Buena Salud
El cliente toma conocimiento y acepta que es condición para el otorgamiento de la tarjeta de crédito gozar de buena salud y no padecer enfermedades preexistentes. Entiendo por Enfermedad Preexistente a toda enfermedad diagnosticada con anterioridad a la fecha de la presente Solicitud de tarjeta de crédito y que puede ser causa directa de fallecimiento o de incapacidad total permanente dentro de los primeros ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de entrega de la tarjeta. Por lo tanto, declara no estar ni haber estado incapacitado como conse- cuencia de enfermedad o accidente, no padecer, a su conoci- miento, enfermedad alguna y no estar bajo vigilancia o trata- miento médico regular.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
En caso de Fallecimiento o Incapacidad Total y Permanente del Titular de la tarjeta, los herederos legales o el solicitante de la tarjeta, según corresponda, deberán comunicarse a la brevedad al 0000-000-0000 de lunes a viernes de 9 a 18 horas donde se informarán los pasos a seguir.
Revocación: el Titular puede revocar este contrato dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la entrega efectiva de la/s tarjeta/s de Crédito, sin costo ni responsabi- lidad alguna de su parte siempre que no la haya utilizado.
Si, en cambio, la hubiese utilizado, se le cobrarán los costos y comisiones proporcionales al tiempo de utilización. La revocación deberá ser notifi- cada al Banco por medio fehaciente.
En a los días del mes de de se firman dos ejemplares.
Límite de compra ($)
Marca de la tarjeta
Límite de compra ($)
Marca de la tarjeta
Recibí de Banco BBVA Argentina S.A., la/s copia/s del presente Contrato.
firma del Titular
Cliente Tipo y Nro. Doc. Fecha Nacimiento
Cliente
firma del cónyuge
Tipo y Nro. Doc.
Fecha Nacimiento
Por eL Banco (fIrma y seLLo)
GLOSARIO Saldo deudor: la suma que el Titular le debe al Banco.
Cuota phone: sistema que ofrecen tanto Visa como Mastercard para que el cliente pueda pagar su saldo en cuotas con una tasa de interés fijo que conoce desde un inicio. Para acceder a este beneficio, es requisito hacer el pago mínimo que implica ser Titular de una tarjeta de crédito.