REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FISCALÍA PROVINCIAL XX XXXX Y LA UNIVERSIDAD XX XXXX PARA LA REALIZACION DE PRÁCTICAS Y/O TRABAJOS DE FIN DE GRADO O DE MÁSTER POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD XX XXXX
En León, a fecha de firma electrónica
REUNIDOS
De una parte, el Fiscal Superior xx Xxxxxxxx y León, Excmo. Sr. D. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx, por delegación del Fiscal General del Estado, Excmo. Sr. D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx y con su autorización conforme a Decreto de fecha 6 de febrero de 2023, en el ejercicio de la representación del Ministerio Fiscal, órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia de acuerdo a la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y con domicilio a efectos de notificaciones en Paseo de la Audiencia 10, 09071 Xxxxxx. El firmante actúa en representación de la Fiscalía Provincial xx Xxxx, que es con quien la Universidad xx Xxxx suscribe el Acuerdo.
De otra, Dña. Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Vicerrectora de Estudiantes y Empleo de la Universidad xx Xxxx, cuyas competencias han sido delegadas a estos efectos en virtud de la Resolución del Rector de la Universidad xx Xxxx de 13 xx xxxxx de 2023 (BOCYL 20-03-2023), actuando en representación de la Universidad xx Xxxx en virtud de las facultades conferidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y artículo 78 de los Estatutos de la Universidad xx Xxxx, aprobados por Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, con domicilio en León, Avda. Facultad de Veterinaria nº 25, y con
C.I.F. nº Q2432001B.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración y, a tal fin,
MANIFIESTAN
I - Que la Fiscalía considera de interés para sus fines institucionales el establecimiento de una colaboración que permita la integración temporal en su ámbito, a efectos de prácticas, de estudiantes de la ULE.
II - Que entre las funciones de la Universidad xx Xxxx se encuentra la de fomentar las prácticas y estancias en empresas y organismos que contribuyan a la formación de los estudiantes en combinación con su actividad académica.
En consecuencia, las partes firmantes, al amparo del Reglamento por el que se regulan las prácticas externas en los estudios de Grado, Máster y Doctorado de la Universidad xx Xxxx, aprobado por el Consejo de Gobierno en reunión de 02-10-2014 (en adelante, el Reglamento), el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, del Real Decreto592/2014 de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y demás normativa general o interna de aplicación, formalizan el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes,
ESTIPULACIONES
Primera - Objeto del Acuerdo
Por el presente Acuerdo se establece el programa de colaboración entre la ULE y la Fiscalía para la realización de prácticas y/ o trabajos de Fin de Grado o de Máster por parte del alumnado de la Universidad xx Xxxx.
Con carácter previo al comienzo de cada práctica se firmará un acuerdo de prácticas para cada estudiante, acuerdo que se considerará incorporado a este documento como anexo 1 y que recogerá, como mínimo los datos personales del estudiante, el proyecto formativo con los objetivos educativos y las actividades a desarrollar, el lugar de realización de la práctica, la duración de la misma, la identificación del tutor de la ULE y del tutor/ cotutor de la entidad colaboradora. Este anexo será suscrito por un responsable de la ULE1, los tutores y el estudiante que, en cada caso, vaya a realizar la práctica, quienes aceptarán expresamente el contenido del presente Acuerdo y demás normativa aplicable, una vez declarado su conocimiento del mismo.
Dado el carácter formativo de estas prácticas y/ o trabajos, su realización no establece vinculación o relación laboral alguna, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
La colaboración que presta la Fiscalía estará siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad de las oficinas de la Fiscalía, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad xx Xxxx, o concesión de indemnización o compensación a su favor. En ningún caso la situación contemplada afectará a las prácticas en curso.
Segunda - Modalidad de prácticas académicas externas
Estas prácticas académicas externas tienen el carácter de curriculares o extracurriculares, según se determine en el anexo, y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
1 Coordinador del Grado o del Máster en el caso de prácticas curriculares de Grado, Máster o de Trabajos de Fin de Grado o de Máster. En el caso de prácticas extracurriculares será la persona responsable del Área de Inserción Laboral o de la Oficina de Relaciones Internacionales, en su caso.
Tercera - Selección de los estudiantes
La selección de los estudiantes que hayan de realizar las prácticas y/ o trabajos se efectuará en los términos que acuerden entre la ULE y la Fiscalía, por medio del oportuno procedimiento de selección y en función del número de plazas ofertadas que estará siempre sujeto a la disponibilidad de tutores por parte de la Fiscalía.
Las prácticas externas del alumnado seleccionado se ajustarán a las necesidades organizativas establecidas por el/la tutor/ a tutores/ as donde se realicen las prácticas externas, de tal modo que no se entorpezca el desempeño normal de sus funciones.
El acceso del alumnado a las actuaciones judiciales se producirá en la medida que lo permita la situación del procedimiento, su declaración o no xx xxxxxxx y quedando salvaguardado el deber de reserva o sigilo y preservada, en todo caso, la identidad de los implicados o partes.
Cuarta - Compromisos y derechos
La Fiscalía Provincial xx Xxxx tendrá derecho a rechazar a los estudiantes que no consideren idóneos o interrumpir la realización de la práctica, mediante una decisión motivada.
La Fiscalía se compromete a:
1. Facilitar al alumno los medios e instalaciones oportunas para poder desarrollar las prácticas.
2. Xxxxxxxx y ayudar al alumno a resolver, durante su estancia en el mismo, sus dudas y dificultades.
3. No cubrir con los alumnos ningún puesto de trabajo.
4. No tener con los alumnos en prácticas ningún tipo de vinculación o relación laboral, contractual o estatutaria, excepto la que, al finalizar el período de prácticas se pudiera suscribir en alguna de las modalidades legalmente establecidas.
5. Procurar que las tareas que realicen los alumnos durante el periodo de prácticas estén relacionadas con el nivel de estudios y formación académica recibidos por los alumnos.
6. Observar las normas vigentes en todo lo relativo a la Prevención de Riesgos Laborales e informar a los alumnos de las mismas.
7. Designar un tutor de prácticas, quien asistirá a los alumnos que tengan asignados en todo momento. El tutor deberá emitir un informe al finalizar las prácticas.
Son derechos de la Fiscalía Provincial xx Xxxx los siguientes:
1. Determinar el número de alumnos que van a realizar las prácticas formativas.
2. Recepción por parte de los tutores de un certificado acreditativo de su labor, emitido por la Universidad xx Xxxx.
Quinta - Compromisos de la Universidad xx Xxxx
Son deberes de la ULE:
1. Nombrar un tutor académico del estudiante en prácticas, cuyos deberes y derechos son los recogidos en el artículo 12 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes.
2. Suscribir una póliza de responsabilidad civil que cubra los siniestros de los alumnos que realicen prácticas y un seguro colectivo de accidentes laborales para aquellos alumnos que no dispongan de seguro escolar.
Sexta - Obligaciones y derechos de los estudiantes
Los derechos y obligaciones de los alumnos en prácticas son los recogidos en los correspondientes artículos del Reglamento. En concreto los alumnos estarán obligados a cumplir con lo siguiente:
1. El horario pactado con la Fiscalía Provincial xx Xxxx para la realización de las prácticas.
2. Las normas de disciplina interna.
3. Las tareas inherentes a las líneas de formación para las que hubiera sido seleccionado.
4. Las normas de Prevención de Riesgos Laborales.
5. Desarrollar eficazmente la actividad en que consistan las prácticas y seguir las orientaciones del tutor, siempre que estén relacionadas con las líneas de trabajo correspondientes.
6. Guardar sigilo profesional sobre toda aquella información que pueda llegar a conocer en el desarrollo de la práctica.
7. Informar a la Universidad de cuantas incidencias puedan producirse y que afecten al normal desarrollo de la actividad profesional o académica.
8. Entregar la memoria final y el cuestionario de prácticas en el plazo previsto a su tutor académico. Si transcurrido dicho plazo no hubiera entregado dicha documentación, se emitirá informe final desfavorable de dicha práctica.
Los alumnos tienen derecho a:
1. Desarrollar la actividad convenida en el horario estipulado.
2. Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de aprovechamiento alcanzado.
3. Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que les afecten.
Séptima - Responsables del Acuerdo
Los responsables de la ejecución de las actividades previstas en el Acuerdo y del seguimiento del mismo serán:
La Vicerrectora de Estudiantes y Empleo o persona en quien delegue por parte de la Universidad xx Xxxx.
Y el Fiscal Jefe o persona en quien delegue por parte de la Fiscalía.
Dichos responsables serán los encargados de velar por la correcta realización de las actividades previstas en este Acuerdo y de intentar solucionar de forma amistosa las posibles controversias que pudieran surgir entre las partes.
Estos responsables podrán en cualquier momento proponer a ambas partes la modificación de las estipulaciones del presente Acuerdo, así como la supresión o adición de cualquier otra que estimen oportuna.
Octava - Tutoría
Por parte de ULE, actuará como tutor académico el profesorado que designa ésta, de acuerdo con la normativa aplicable.
Al tutor por parte de la Universidad le corresponderá:
1. Efectuar el seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles cuestiones que se pudieran plantear y verificando su correcto aprovechamiento.
2. Realizar el informe de evaluación final correspondiente al desarrollo de las prácticas.
El tutor de la Fiscalía se encargará de la acogida y seguimiento del estudiante dentro de la misma, así como de la valoración de sus prácticas.
Novena - Condiciones de realización de las prácticas
Las condiciones de las prácticas en que se concreta el proyecto formativo, quedan reflejadas en el Anexo 1 que se adjunta a este Acuerdo, suscrito por el representante de la ULE, el representante de la Fiscalía, los tutores y los estudiantes que vayan a realizar las prácticas, quienes aceptarán expresamente el contenido del presente Acuerdo, una vez declarado su conocimiento del mismo.
Décima - Certificados
Al finalizar el periodo de realización de las prácticas y/ o trabajos, la Fiscalía expedirá un certificado a favor del alumnado en el que conste expresamente la duración del periodo de prácticas o la duración del trabajo realizado y su rendimiento.
A su vez, la ULE expedirá a favor del tutor/ cotutor de la Fiscalía un certificado de su colaboración durante el periodo de realización de las prácticas y/ o trabajos.
Al término de las prácticas, el tutor/ cotutor por parte de la Fiscalía redactará un informe detallando y valorando la actividad desarrollada por el alumno.
Undécima - Protección de datos
El tratamiento de los datos personales que se efectúe como consecuencia del presente Convenio se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Las partes firmantes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales tratados. A tal fin, por parte del Ministerio Fiscal, únicamente se facilitará a los estudiantes el acceso a aquellos datos que sean precisos para el desarrollo de las prácticas universitarias.
Los estudiantes estarán obligados a mantener el deber xx xxxxxxx y confidencialidad respecto de los datos personales que pudieran conocer como consecuencia de las prácticas externas realizadas durante su estancia en las fiscalías, incluso una vez que éstas hayan finalizado. Para lo cual deberán suscribir, individualmente, el correspondiente compromiso de confidencialidad.
El incumplimiento del deber xx xxxxxxx y confidencialidad podrá conllevar responsabilidades de naturaleza penal y/o derivadas de la normativa de la protección de datos.
Los/as titulares de los datos personales podrán ejercer los derechos previstos en la legislación aplicable ante las entidades firmantes en las direcciones correspondientes.
El alumno firmará el compromiso de confidencialidad del Anexo 2 de este Acuerdo, que una vez firmado quedará en poder de la Fiscalía.
La dirección de los órganos ante los cuales las personas cuyos datos sean objeto de tratamiento pueden ejercitar los derechos contemplados en el Reglamento General de Protección de Datos
A través de la página web del Ministerio Fiscal: xxx.xxxxx.xx. Mediante el siguiente enlace htpps://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx-xx-xxx-xxxxxxxx.
En el caso de la Universidad xx Xxxx la dirección electrónica es: xxx@xxxxxxx.xx (Delegado de Protección de Datos de la ULE: Start Up, S.L.)
Decimosegunda - Vigencia del Acuerdo
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá vigencia durante cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, acuerdo que debe ser formalizado por escrito, con anterioridad a la expiración del plazo inicialmente convenido.
La modificación de este Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, que será expresado por escrito y adjuntado como Anexo al presente Convenio.
Decimotercera - Causas de resolución
Este Acuerdo se extinguirá por cualquiera de las siguientes causas:
1. El mutuo acuerdo de las partes signatarias o la denuncia por una de las partes.
2. La no impartición de los estudios objeto del presente Acuerdo.
3. Por las previstas en el art. 51.1, en relación con el 52.2, de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
4. También es causa de resolución del Convenio la prevista en el último párrafo de la estipulación 1ª.
Extinguido el Acuerdo, se ha de asegurar al alumnado que está desarrollando las actividades formativas objeto del mismo la posibilidad de finalizarlas.
Decimocuarta - Régimen de interpretación del Acuerdo
El presente Acuerdo es de naturaleza administrativa, rigiéndose en su interpretación y desarrollo por el ordenamiento jurídico administrativo aplicable.
Decimoquinta - Difusión
La Universidad xx Xxxx se compromete a destacar en su Memoria anual y en cuantas acciones realice para difusión de las actividades objeto de este convenio, la colaboración prestada por la Fiscalía Provincial xx Xxxx.
De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados al principio.
FISCAL SUPERIOR XX XXXXXXXX Y LEÓN
VICERRECTORA
DE ESTUDIANTES Y EMPLEO
Firmado por XXXX XXXXX SANTIAGO -
XXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - DNI 00000000X
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - DNI 00000000X
Nombre de reconocimiento (DN): c=ES, o=UNIVERSIDAD XX XXXX, ou=CERTIFICADO ELECTRONICO DE EMPLEADO PUBLICO, serialNumber=IDCES-09751021X, sn=XXXXXX XXXXX, givenName=XXX XXXXXX, cn=XXXXXX XXXXX XXX XXXXXX - DNI 00000000X
Fecha: 2023.04.13 13:12:48 +02'00'
Versión de Adobe Acrobat: 2023.001.20143
Xxxxxxxx xxxx xxxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
ANEXO I AL ACUERDO DE COLABORACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD XX XXXX Y LA FISCALÍA PROVINCIAL XX XXXX PARA LA REALIZACION DE PRÁCTICAS Y/O TRABAJOS DE FIN DE GRADO O DE MÁSTER POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD XX XXXX
CURSO ACADÉMICO 202 /202
Los abajo firmantes, conforme a lo establecido en la estipulación primera del Acuerdo de colaboración entre ULE y dicha entidad, hacen constar la siguiente información:
1. Tipo de prácticas:
🞏 Curriculares 🞏 Extracurriculares
2. Estudiante beneficiario de este Acuerdo:
Apellidos: . Nombre: . DNI: .
El alumno manifiesta haber leído y acepta las condiciones y compromisos establecidos en el Acuerdo de colaboración entre la Universidad xx Xxxx y la entidad colaboradora para la realización de prácticas suscrito con fecha de de de 202 .
3. Titulación de la ULE en la que está matriculado el estudiante:
.
4. Lugar donde se desarrollarán las actividades:
.
5. Tutor académico:
D./D.ª .
6. Tutor/Cotutor de la entidad colaboradora:
D./D.ª .
7. Duración del Programa (dd/mm/aa): del al . N.º total de días: .
Horas/día: .
8. El régimen de permisos se ajustará a la legislación vigente y, en todo caso, asegurará que los estudiantes puedan acudir a las pruebas de evaluación que les afecten, así como para cumplir con sus tareas de representación y participación estudiantil.
9. El objetivo educativo y los fines de estas prácticas es «[…] que el estudiante aplique y complemente los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que le preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento» (art. 3 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio).
10. El Ministerio Fiscal no asumirá ningún gasto relativo a las cotizaciones de la Seguridad Social del/de la alumno/a que realice las prácticas en sus dependencias, que deberá asumir el centro documento o universidad donde curse sus estudios habilitando una partida presupuestaria al efecto.
11. Actividades a desarrollar durante la realización de las prácticas:
12. Sistemas de evaluación y control.
Serán los determinados por el tutor académico (art. 1.2.2 del Reglamento), en el caso de las prácticas curriculares, o consistirán en el seguimiento periódico de las labores desarrolladas por el estudiante por parte de los tutores académico y de la Entidad Colaboradora, en el caso de las prácticas extracurriculares.
Lo que se firma, por cuadruplicado ejemplar, en a de de 202 .
POR LA UNIVERSIDAD Fdo.: | |
EL TUTOR ACADÉMICO Fdo.: | EL TUTOR/COTUTOR DE LA ENTIDAD COLABORADORA Fdo.: |
El FISCAL SUPERIOR EL/LA ALUMNO/A Fdo.: Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx Fdo: |
XXXXX XX AL ACUERDO DE COLABORACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD XX XXXX Y LA FISCALÍA PROVINCIAL XX XXXX PARA LA REALIZACION DE PRÁCTICAS Y/O TRABAJOS DE FIN DE GRADO O DE MÁSTER POR PARTE DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD XX XXXX
CURSO ACADÉMICO 202 /202
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
En León, a .
DATOS DEL ESTUDIANTE SELECCIONADO | ||
Nombre y apellidos: | DNI: | |
Titulación que cursa: | Centro: | |
Domicilio: | ||
Municipio: | Provincia: | C.P.: |
Teléfono móvil: | Teléfono fijo: | E-mail: |
DECLARA:
Su conformidad para realizar las citadas prácticas externas comprometiéndose a mantener el deber xx xxxxxxx y confidencialidad respecto de los datos personales que conozca como consecuencia de las prácticas externas realizadas durante su estancia en la Fiscalía, incluso una vez que están hayan finalizado.
El incumplimiento del deber xx xxxxxxx y confidencialidad puede conllevar responsabilidades de naturaleza penal y/o derivadas de la normativa de protección de datos.
Fdo.: .