DOCUMENTO DE LICITACIÓN
DOCUMENTO DE LICITACIÓN
LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. LPN-FV-RVNP-01-2016
MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA
AÑO 2017
Emitido el: 08 de Noviembre de 2016 Contratante: FONDO VIAL
País: HONDURAS
Índice General
Contenido
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 17
Sección III. Países Elegibles 29
Sección IV. Formularios de la Oferta 30
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 37
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 60
Sección VII. Especificaciones Especiales de Conservación de Carreters No
Sección VIII. Planos (Rotulos del Proyecto) 125
Sección IX. Lista de Cantidades y Lista de Tramos 131
Sección X. Formularios de Garantía y Aviso de Prensa 171
Anexos 177
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
En esta Sección de los documentos de licitación se proporciona la información que los Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las Ofertas, y sobre la adjudicación del Contrato.
Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. Disposiciones Generales
1. Alcance de la licitación
1.1 El Contratante, según la definición que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC.
1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (s) de las CEC.
1.3 En estos Documentos de Licitación:
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, telex) con prueba de recibido;
(b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y
(c) “día” significa día calendario
2. Fuente de fondos
2.1 La contratación a que se refiere esta Licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales Hondureños.
3. Fraude y corrupción
3.1 El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar
los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
3.2 Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido.
3.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.
4. Oferentes elegibles
4.1 Podrán participar en esta Licitación únicamente empresas hondureñas, que teniendo plena capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:
(a) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
(b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
(c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
(d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
(e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
(f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus
cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;
(g) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; e,
(h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.
4.2 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos de la cláusula 13.1 de las IAO, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
5. Calificaciones del Oferente
5.1 Sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato.
5.2 Las Ofertas presentadas por un Consorcio constituido por dos o más empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) todos los integrantes del Consorcio deben ser empresas precalificadas para la adjudicación del Contrato.
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de del Consorcio;
(e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la Oferta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.
5.3 Los Oferentes deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su
información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV.
5.4 Si la persona que suscriba la Oferta no es la misma que suscribió la solicitud de calificación, el Oferente deberá incluir con su Oferta, el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente;
5.5 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario.
6. Una Oferta por Oferente
6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de un Consorcio. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas.
7. Costo de las propuestas
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.
8. Visita al Sitio de las Obras
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
B. Documentos de Licitación
9. Contenido de los Documentos de Licitación
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO:
Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL)
Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta
Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
Sección VII Especificaciones Especiales De Conservación De Carreteras No Pavimentadas
Sección VIII Planos
Sección IX Lista de Cantidades
Sección X Formularios de Garantías y Aviso de Prensa
10. Aclaración de los Documentos de Licitación
10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 5 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen.
10.2 Las respuestas a solicitudes de aclaración se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
10.3 En el caso de que se establezca en los DDL la realización de una reunión de información para posibles aclaraciones, los posibles Oferentes también tendrán la oportunidad de asistir a dicha reunión, que será efectuada en la fecha, hora y dirección indicada en los DDL. La inasistencia a la reunión de información para posibles aclaraciones no será motivo de descalificación para el Oferente. Las modificaciones a los Documentos de Licitación que resulten necesarias en virtud de esta reunión, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la Cláusula 11 de las IAO.
11. Enmiendas a los Documentos de Licitación
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda.
11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación.1 Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.
11.3 Las enmiendas a documentos de licitación se publicarán además en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
11.4 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO.
C. Preparación de las Ofertas
12. Idioma de las Ofertas
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. En caso de que se presenten documentos cuyo idioma original sea distinto al indicado, deberán ser presentados traducidos al español. En caso de contradicción privará la traducción.
13. Documentos que conforman la Oferta
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere;
(c) La Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra) es decir, con indicación de precios;
(d) El formulario y los documentos de Información sobre la Calificación;
(e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y
(f) Cualquier otro documento que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL.
14. Precios de la Oferta
14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra) presentado por el Oferente.
14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.
14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.
14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.
15. Monedas de la Oferta y pago
15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizados por el Oferente enteramente en Xxxxxxxx, salvo que en los DDL se establezca la posibilidad de ofertar en hasta tres monedas extranjeras a elección del Oferente. Los pagos que correspondan conforme al contrato se harán en las mismas cotizadas.
15.2 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras.
15.3 En caso de que los DDL permitan presentar ofertas en monedas extranjeras, los Oferentes deberán aclarar sus necesidades en monedas extranjeras y sustentar que las cantidades incluidas en los precios, se traten de componentes de costo que deban adquirirse en el mercado internacional, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO.
16. Validez de las Ofertas
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL.
16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO.
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta
17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL
17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO.
17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá:
(a) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá:
(a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros;
(b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta;
(c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO;
17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento.
17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si:
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO;
(c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con:
(i) firmar el Contrato; o
(ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada.
17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.
18. Ofertas alternativas de los Oferentes
18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá:
(a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio.
(b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos.
18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes.
19. Formato y firma de la Oferta
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o persona debidamente autorizada (s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.
19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado.
D. Presentación de las Ofertas
20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas
20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar.
20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) estar dirigidos al Contratante a la dirección proporcionada en los DDL;
(b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL.
20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO.
20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
21. Plazo para la presentación de las Ofertas
21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite.
22. Ofertas tardías
22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir.
23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO.
23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda.
23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL.
23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO.
23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original.
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas
24. Apertura de las Ofertas
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicados en los DDL.
24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO.
24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes.
24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente.
25. Confidencialidad
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
26. Aclaración de las Ofertas
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios2. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO.
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:
.
(a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO;
(b) ha sido debidamente firmada;
(c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación.
27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras;
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.
27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una Oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
28. Corrección de errores
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los
Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del
Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO.
29. Moneda para la evaluación de las Ofertas
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas.
30. Evaluación y comparación de las Ofertas
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra), pero incluyendo los trabajos por día siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO.
30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante.
30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.5 En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la Subcláusula 30.2 d), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos los lotes.
31. Preferencia Nacional
31.1 No se aplicará un margen de preferencia.
F. Adjudicación del Contrato
32. Criterios de Adjudicación
32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas
33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante.
34. Notificación de Adjudicación y firma del Contrato
34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato a todos los Oferentes. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Notificación de la Resolución de Adjudicación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”).
34.2 El Contrato incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratante firmará y enviará el Contrato al Oferente seleccionado. Dentro de los 30 días siguientes después de haber recibido el Contrato, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante.
34.3 El Contratante publicará en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), los resultados de la licitación, identificando la Oferta
y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada.
35. Garantía de Cumplimiento
35.1 Dentro de los 30 días siguientes después de haber recibido la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma de una Garantía bancaria o fianza emitida por un banco o una aseguradora que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en el formulario original especificado en la Sección X (Formularios de Garantía). También será admisible la presentación de cheques certificados a la orden del Contratante y bonos del Estado Hondureño representativos de obligaciones de la deuda pública y de conformidad con las CGC.
35.2 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Contrato y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO.
36. Pago de anticipo y Garantía
36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía para Pago de Anticipo.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
A. Disposiciones Generales
IAO 1.1
El Contratante es: Fondo Vial
IAO 1.1
El Trabajo para la construcción de las Obras consiste en suministrar los materiales, herramientas, equipo, transporte, mano de obra, superintendencia y otras facilidades e imprevistos, así como el pago de todas las obligaciones, reemplazo de trabajo y materiales defectuosos necesarios para ejecutar las obras de MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO EN LA RED VIAL NO PAVIMENTADA AÑO 2017, en los sectores
indicados a continuación, y de acuerdo al Contrato y Especificaciones Técnicas:
No. | DEPARTAMENTO / SECTOR | CATEGORÍA DE PROYECTO | PLAZO DE CONSTRUCCIÓN (Meses) | XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXX |
0 | Xxxxxxxxx | |||
Xxxxxx 00 | B | 4.5 | 2 | |
2 | Colon | |||
Sector 04 y 05 | A | 6 | 2 | |
3 | Xxxxxxxxx | |||
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xxxxx | |||
Sector 10 | A | 6 | 2 | |
5 | Cortes | |||
Sector 12 | A | 6 | 2 | |
6 | Choluteca | |||
Sector 15 | B | 5.5 | 2 | |
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xx Xxxxxxx | |||
Sector 18 | B | 5 | 2 | |
Sector 21 | B | 5 | 2 | |
Xxxxxx 00 x 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xxx. Xxxxxxx | |||
Sector 24 | B | 5 | 2 | |
Sector 26 | B | 6 | 1 | |
Sector 27 | A | 6 | 2 | |
9 | intibuca | |||
Xxxxxx 00 | X | 0.0 | 0 | |
00 | Xx Xxx | |||
Sector 32 | B | 5 | 2 | |
11 | Lempira | |||
Sector 33 | B | 4.5 | 2 | |
Sector 34 | B | 6 | 1 | |
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
00 | Xxxxxxxxxx | |||
Sector 36 | A | 6 | 2 | |
13 | Olancho | |||
Sector 37 | A | 6 | 2 | |
Sector 39 | A | 6 | 2 | |
Sector 40 | B | 6 | 1 | |
Sector 41 | A | 6 | 2 |
14 | Sta. Xxxxxxx | |||
Sector 44 | A | 6 | 2 | |
Sector 45 | A | 6 | 2 | |
15 | Xxxxx | |||
Sector 50 | A | 6 | 2 | |
16 | Yoro | |||
Sector 51 | B | 6 | 1 | |
Sector 52 | B | 4.5 | 2 |
IAO 1.1
El nombre del Contrato es: MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LA RED XXXX XX XXXXXXXXXXX XXX 0000
Xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx: No. XXX-XX-XXXX-00-0000 XXX 1.2
Los Plazos Previstos de Terminación de las Obras son:
No. | DEPARTAMENTO / SECTOR | CATEGORÍA DE PROYECTO | PLAZO DE CONSTRUCCIÓN (Meses) | XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXX |
0 | Xxxxxxxxx | |||
Xxxxxx 00 | B | 4.5 | 2 | |
2 | Colon | |||
Sector 04 y 05 | A | 6 | 2 | |
3 | Xxxxxxxxx | |||
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xxxxx | |||
Sector 10 | A | 6 | 2 | |
5 | Cortes | |||
Sector 12 | A | 6 | 2 | |
6 | Choluteca | |||
Sector 15 | B | 5.5 | 2 | |
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xx Xxxxxxx | |||
Sector 18 | B | 5 | 2 | |
Sector 21 | B | 5 | 2 | |
Xxxxxx 00 x 00 | X | 0 | 0 | |
0 | Xxx. Xxxxxxx |
Sector 24 | B | 5 | 2 | |
Sector 26 | B | 6 | 1 | |
Sector 27 | A | 6 | 2 | |
9 | intibuca | |||
Xxxxxx 00 | X | 0.0 | 0 | |
00 | Xx Xxx | |||
Sector 32 | B | 5 | 2 | |
11 | Lempira | |||
Sector 33 | B | 4.5 | 2 | |
Sector 34 | B | 6 | 1 | |
Xxxxxx 00 | X | 0 | 0 | |
00 | Xxxxxxxxxx | |||
Sector 36 | A | 6 | 2 | |
13 | Olancho | |||
Sector 37 | A | 6 | 2 | |
Sector 39 | A | 6 | 2 | |
Sector 40 | B | 6 | 1 | |
Sector 41 | A | 6 | 2 | |
14 | Sta. Xxxxxxx | |||
Sector 44 | A | 6 | 2 | |
Sector 45 | A | 6 | 2 | |
15 | Xxxxx | |||
Sector 50 | A | 6 | 2 | |
16 | Yoro | |||
Sector 51 | B | 6 | 1 | |
Sector 52 | B | 4.5 | 2 |
A partir de la Orden de Inicio.
IAO 5.6 | Las Empresas Constructoras Precalificadas en las categorías A1 y A2 podrán ofertar a los sectores de las categorías A y B. Las Empresas Constructoras Precalificadas en las categorías A3 y A4 podrán ofertar solamente a los sectores de la categoría de la B. |
IAO 6.1
Cada oferente debe presentar una sola oferta para cada Sector en el que participe.
IAO 10.1
B. Documentos de Licitación
La dirección del Contratante para solicitar aclaraciones es: Xxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A.
Las solicitudes de aclaración deben ser recibidas por escrito por el Contratante como máximo el miércoles 30 de Noviembre de 2016 . El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida, a más tardar el jueves 8 de Diciembre de 2016.
IAO 10.3
No se celebrará una reunión de información para posibles aclaraciones.
IAO 13.1 (f)
C. Preparación de las Ofertas
Los Oferentes deberán presentar los siguientes documentos con su Oferta:
A. SOBRE A: ”(Original y 2 Copias): Rotulado “Documentación Legal y Financiera” que debe contener:
1. El documento de licitación original adquirido para participar en la licitación, que se titula "DOCUMENTO DE LICITACION" y sus Adendas, debiendo ser sellado y firmado a mano con la firma corta de la persona que firma la oferta (Representante Legal).
2. Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3).
2. 1. Carta de Oferta (Documento no Subsanable)
2.2. Información sobre la Calificación
2.3. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades (autenticada por notario público)
3. Garantía de Mantenimiento de Oferta de por lo menos el 2% del monto máximo ofertado, con vigencia de plazo por 120 días calendario a partir de la fecha de presentación de la oferta. Documento no subsanable.
4. Documentos legales y financieros:
Fotocopia del testimonio de la Escritura de Constitución de la Empresa con sus modificaciones inscrita en el Instituto de la Propiedad, autenticada por notario.
Fotocopia del Poder General de Administración del Representante Legal de la Empresa, autenticado por notario.
Fotocopia de la Tarjeta de Identidad y Registro Tributario Nacional del Representante Legal de la Empresa.
Estados Financieros (Balance General y Estado de Resultados) auditados del año 2015
Permiso de operación vigente extendido por la Alcaldía Municipal de su localidad.
Constancia del Instituto Nacional de Formacion Profesional (INFOP).
Copia de Constancia de Registro en la Oficina Normativa de Contrataciones del Estado (ONCAE).
Constancia de Inscripción en la Cámara de Comercio e Industria de su localidad.
Constancia de Solvencia de la Empresa y de su Representante acreditado en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH).
Carta de Institución afianzadora reconocida, expresando el compromiso formal de otorgarle la garantía de cumplimiento de contrato.
Declaraión responsable de la respectiva Institución Afianzadora acreditando:
1. No encontrarse en xxxx frente al Contratante o cualquier organismo del sector público, como consecuencia de la falta de pago de garantías ejecutadas;
2. No hallarse en situación de suspensión de pagos o de liquidación forzosa;
3. No encontrarse suspendida la autorización administrativa para el ejercicio de su actividad;
4. Obligarse de forma solidaria con el garantizado, con renuncia expresa al beneficio de excusión.
Fotocopia de constancia de precalificación 2014.
Estos documentos legales y financieros serán válidos para todas las ofertas que presente el licitante.
Nota: Los documentos solicitados en fotocopia deberán ser autenticados por notario.
B. SOBRE “B” (Original y 2 Copias): Rotulado: “Oferta Económica” en sobre sellado debidamente identificados y deberá presentar los siguientes documentos Sellados (sello de la empresa) y firmados a mano con la firma corta de la persona que firma la oferta (Representante Legal) en cada una de sus páginas:
5. Ofertas económicas en ORIGINAL Y DOS COPIAS en sobres sellados debidamente identificados para cada proyecto en que participe y deberá presentar en cada sobre los siguientes documentos:
a. La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV); Documento no subsanable.
b. Copia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
c. Cuadro de cantidades de obra y precios unitarios. Documento no subsanable.
d. Fichas de Precios Unitarios. Para la preparación de las fichas de costo, en lo referente a los rendimientos por actividad, el oferente debe mostrar todas las cifras decimales consideradas para los cálculos, sin embargo los resultados de las operaciones matemáticas deberán estar redondeados a dos cifras decimales. La no presentación de todas las fichas de precios unitarios de todos los ítems incluidos en el cuadro de cantidades de obra del proyecto ofertado, será motivo de descalificación, igualmente serán desestimadas las ofertas con fichas de actividades diferentes que tengan nombres iguales. Los precios unitarios presentados por el contratista en aquellos renglones con cantidad de obra cero, no serán considerados como parte de la oferta, y de ser necesario a futuro la utilización de una actividad con cantidad de obra cero, el precio unitario de la misma será negociado entre el contratista y la supervisión, para posteriormente ser aprobado o improbado por el Fondo Vial. Documento no subsanable.
e. Cotizaciones de los materiales, combustibles y lubricantes, considerando un solo lugar de origen, incluyendo el costo de los fletes hasta el sitio del proyecto.
f. Presentar El Programa de Trabajo y Plan de Desembolsos Propuesto, Para Principales Conceptos de Obra, debidamente Completado. (Documento no Subsanable).
Los documentos solicitados en los numerales del 1, 2, 3, 4 y 5 constituyen los documentos de la oferta.
IAO 14.5
El contrato comprenderá la totalidad de los trabajos y suministros necesarios para ejecutar las obras de acuerdo con lo establecido en este Documento de Licitación.
El Licitante indicará por todos estos trabajos y suministros, precios unitarios de los ítems comprendidos en los cuadros de cantidades de obra contenidos en la Sección IX. Lista de Cantidades de este documento.
El licitante deberá presentar obligatoriamente un análisis de Precios Unitarios (Fichas), incluyendo todos los componentes esenciales que los integran, desglosando los componentes de: mano de obra (calificada y no calificada), equipo, materiales con su debida cotización y gastos indirectos.
El Contratante no efectuará otros pagos por el objeto del contrato que no sean los correspondientes a los ítems indicados en el cuadro de cantidades, por cuanto los Licitantes deberán considerar incluidos en los precios de dichos ítems, cualquier otro costo derivado de la ejecución de los contratos.
Estos precios estarán sujetos a ajuste de valor por concepto del alza de precios de acuerdo con el procedimiento para el reconocimiento de mayores costos.
Los Licitantes deberán incluir en sus precios todos los impuestos, fletes, y gravámenes que posteriormente deberá pagar en virtud del contrato o por cualquier otra razón.
Entre los costos indirectos que los Licitantes deberán incluir en sus precios figurarán los costos de la contratación del Superintendente de obra, quien será un Ingeniero Civil Colegiado, con experiencia en este tipo de trabajo (minimo 5 años), los costos de la administración, utilidades, imprevistos, operación, mantenimiento, combustibles, lubricantes y demás gastos relacionados con el equipo mecanizado. También deberá considerar como parte de sus costos indirectos, la movilización inicial y final de todo el equipo requerido para la ejecución del proyecto.
IAO 15.1
Los Oferentes “no podrán” ofertar en monedas extranjeras. Deberan ofertar en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras.
IAO 16.1
El período de validez de las Ofertas será de Noventa (90) días calendario a partir de la fecha de presentación de las ofertas.
IAO 17.1
La Garantia de Mantenimiento de la Oferta consistirá en:
- Una garantía emitida por un banco, o
- Una Fianza emitida por una aseguradora, o
- Un Cheque certificado a la orden del Contratante;
IAO 17.2
La Garantía de Mantenimiento de Oferta será por lo menos el 2% del monto máximo ofertado, con vigencia de 120 días calendario a partir de la fecha de presentación de las ofertas.
El original de esta garantía se deberá presentar en un sobre aparte adherido al dorso de la portada del Documento de Licitacion y a la vez deberá incorporar una copia de la misma a cada una de las ofertas económicas a presentar para cada proyecto.
IAO 18.1
No se considerarán Ofertas alternativas.
IAO 19.1
El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta y Dos (2) copias.
D. Presentación de las Ofertas
IAO 20.1
Los Oferentes no podrán presentar Ofertas electrónicamente. Cada Licitante deberá presentar una sola oferta para cada proyecto según la categoría en que se encuentra precalificada la empresa.
IAO 20.2 (a)
Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Ing. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. Director Ejecutivo por Ley de Xxxxx Xxxx
Xxxxxxxxx: Xxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A.
IAO 20.2 (b)
Nombre y número de identificación del Proyecto:
MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA
AÑO 2017
SECTOR: ……………
DEPARTAMENTO: ………….
El Número de Identificación de la Licitación es: LPN-FV-RVNP-01-2016
IAO 20.2 (c)
La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DEL” día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m.
IAO 21.1
La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán el día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m.
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas
IAO 24.1
La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: las oficinas del Fondo Vial: Colonia Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A.
Fecha: día jueves 15 de Diciembre de 2016, a las 9:00 a. m. IAO 24.3
Metodologia de orden de apertura: Primeramente se abrirá el Sobre A que contiene el DOCUMENTO DE LICITACION", Los Formularios de Oferta de la Sección IV de este documento de licitación (Del 1 al 3), Garantia o Fianza de Mantenimiento de Oferta y Documentos legales y financieros. Anunciando el nombre de oferente, monto de la garantía o fianza, aseguradora o banco, Número de garantía o fianza, y periodo de vigencia.
Seguidamente se abrirán los Sobres B que contienen las Ofertas Económicas para los proyectos de Categoría “A” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación, y finalizando con la apertura de las ofertas de los proyectos de categoría “B” en el orden establecido en este documento, mismo orden que servirá para la adjudicación.
IA0 27.4
Descalificación de xxxxxxxxx.Xxx. 131. Reglamento Ley de Contratación del Estado. Serán declaradas inadmisibles y no se tendrán en cuenta en la evaluación final, las ofertas que se encuentren en cualquiera de las condiciones siguientes:
a) No estar firmadas por el oferente o su representante legal el formulario o la carta de presentación de la oferta y cualquier documento, referente a precios unitarios o precios por partidas específicas;
b) Estar escritas en lápiz “grafito”.
c) Haberse omitido la garantía de mantenimiento de oferta, o cuando fuere presentada por un monto o vigencia inferior al exigido o sin ajustarse a los tipos de garantía admisibles.
d) Haberse presentado por compañías o personas inhabilitadas para contratar con el Estado, de acuerdo con los artículos 15, 16 y 18 de la Ley de Contratación del Estado.
e) Haberse presentado con raspaduras o enmiendas en el precio, plazo de entrega, cantidad o en otro aspecto sustancial de la propuesta, salvo cuando hubieran sido expresamente salvadas por el oferente en el mismo documento;
f) Haberse presentado por oferentes no precalificados.
g) Establecer condicionamientos que no fueren requeridos;
h) Establecer cláusulas diferentes a las previstas en la Ley, en el Reglamento o en el pliego de condiciones;
i) Haberse presentado por oferentes que hubieren ofrecido pagos y otros beneficios indebidos a funcionarios o empleados para influir en la adjudicación del contrato;
j) Incurrir en otras causales de inadmisibilidad previstas en las leyes o cualquier otra establecida en el pliego de condiciones.
F. Adjudicación del Contrato
IAO 30.6
Asimismo se descalificará a los oferentes:
a) Toda oferta presentada que supere el Presupuesto Base del sector será desestimada para ese sector.
b) Ofertar cantidades de obra diferentes a las solicitadas, la oferta será desestimada para ese sector.
c) Cuando en la revisión de las fichas de precios unitarios de las ofertas, la Comisión Evaluadora encuentre que el licitante no está ofreciendo los insumos requeridos para la ejecución de cada una de las actividades, de acuerdo a las Especificaciones Tecnicas.
d) Cuando los precios presentados en las Fichas de Precios unitarios no sean congruentes con los precios xxx xxxxxxx al momento de la licitación.
e) Cuando exista diferencia entre los precios unitarios de la oferta y las fichas de precios unitarios.
f) Cuando las Ofertas no se ajusten a los requisitos esenciales establecidos en este Pliego de Condiciones. Son requisitos esenciales para la consideración de cada oferta los siguientes:
1. Garantía de Mantenimiento de Oferta.
2. Declaración Jurada autenticada por notario.
3. Cuadro de cantidades de obra y precios unitarios Ofertados
4. Fichas de Precios Unitarios.
5. Cotizaciones de materiales, incluyendo el costo de los fletes hasta el sitio del proyecto.
6. Listado del equipo mínimo propuesto para cumplir con el Programa de Trabajo en el plazo contractual.
g) Cuando el oferente omita un documento No Subsanable
IAO 32.1
Criterios de Adjudicación:
1. Una vez que la Comisión de Evaluación haya constatado la legalidad de los documentos presentados por el oferente, así como la exactitud en las cifras de la oferta, se adjudicará al oferente precalificado que se ajuste a los requisitos establecidos de acuerdo a los Documentos de Licitación.
2. Cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
3. La adjudicación se hará de acuerdo al precio mas bajo de cada sector y de acuerdo a lo que más convenga a los intereses del Estado de Honduras, siempre que no exceda el Precio Base.
4. Previo a la adjudicación la empresa debe de demostrar la capacidad financiera para poder ejecutar satisfactoriamente el contrato, para lo cual serán evaluados los estados financieros solicitados en estas bases.
5. La adjudicación se hara siguiendo el orden establecido en estos pliegos, considerando que los licitantes pueden participar en todos los proyectos según su categoria, teniendo opción de adjudicación de solamente un (1) proyecto por licitante.
6. Si el Oferente seleccionado no acepta la adjudicación del contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo de cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de recepción de la notificación de su adjudicación, la Administración hará efectiva la Garantía de Mantenimiento de Oferta. En este caso, Fondo Vial, adjudicará el contrato al oferente calificado en segundo lugar, y si esto no es posible por cualquier motivo, al oferente calificado en tercer lugar, sin perjuicio que el procedimiento se declare fracasado (para ese sector) cuando las ofertas no sean satisfactorias para la Administración. El oferente adjudicado está obligado a manifestar su aceptación por escrito adjuntado la documentación actualizada siguiente:
Constancia de Solvencia de la Procuraduría General de la República a favor de la empresa y su Representante Legal.
Constancia Solvencia del del Instituto Hondureño de Seguridad Social (I.H.S.S.).
Constancia de Solvencia extendida por la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
IAO 34.2
El Contratante notificará al oferente seleccionado sobre la adjudicación del contrato dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobación de la misma por el Comité Técnico Vial.
IAO 36.1
El Contratante proveerá un anticipo del quince por ciento (15%) del monto del contrato.
Nota: Los temas modificados en las clausulas de los Datos de la Licitacion (DDL) prevalecen a los mismos temas de las clausulas de las Instrucciones a los Oferentes (IAO).
Sección III. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en contratos financiados exclusiva y totalmente con recurso nacionales
El contrato resultante de ésta Licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales, por lo que de conformidad con el artículo 147 numeral 5 de la Ley de Contratación del Estado se permitirá únicamente la participación de contratistas hondureños.
Para efectuar la determinación sobre la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados exclusiva y totalmente con recursos nacionales, se utilizarán los siguientes criterios:
a) Un individuo tiene la nacionalidad hondureña si el o ella es ciudadano Hondureño.
b) Una firma tiene la nacionalidad hondureña si esta legalmente constituida y registrada como persona jurídica en Honduras conforme a las leyes hondureñas.
En un Consorcio, al menos un integrante debe cumplir con los requisitos arriba establecidos.
Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Carta de Oferta
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta]
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
A: [nombre y dirección del Contratante]
Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [ liste], ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del Contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda].
El Contrato deberá ser pagado en la siguiente moneda:
Monto | Lempiras |
(a) |
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, somos elegibles bajo las leyes hondureñas, de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Monto y Moneda Propósito de la Comisión Agente o Gratificación
CSi no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”) Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
2. Información sobre la Calificación
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación, como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información presentada originalmente para precalificar ha sufrido cambio a la fecha de presentación de las Ofertas, se deberán detallar los cambios y adjuntar la información modificada.]
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta.]
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato]
A: [nombre y dirección del Contratante]
Respecto a la licitación arriba identificada, confirmamos por la presente que la información que presentamos originalmente para precalificar:
[Indique: “Permanece correcta e inalterada a la fecha de presentación de esta Oferta”o “Ha sufrido cambio a la fecha de presentación de esta Oferta, según se detalla a continuación, adjuntándose la información modificada:” en el segundo caso, deben detallarse a continuación los cambios sufridos en la información y adjuntar la documentación que respalde los cambios].
El Programa propuesto para la ejecución de la obra objeto de esta licitación (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación, se adjuntan. [Adjunte.]
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
3. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad , con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad.
actuando en mi condición de representante legal de (Indicar el Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran) , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges,
personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de , a los días del mes de
de . Firma:
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales
1. Definiciones | 1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas (a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC (d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 54.1 de estas CGC. (e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. |
(i) Días significa días calendario;
(j) Meses significa meses calendario.
(k) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.
(l) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato.
(m) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(n) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación.
(o) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato.
(p) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
(q) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(r) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Notificación de la Resolución de Adjudicación del Contratante.
(s) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Contratante mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(t) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes consumibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(u) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(v) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por
el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras. (w) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (x) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC. (y) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras. (z) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Contratante. (aa) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (bb) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (cc) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (dd) Una Variación es una instrucción impartida por el Contratante que modifica las Obras. (ee) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. | |
2. Interpretación | 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de |
Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Contrato, (b) Notificación de la Resolución de Adjudicación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra), y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. | |
3. Idioma y Ley Aplicables | 3.1 El idioma del Contrato será el español y la ley que lo regirá será la hondureña. |
4. Decisiones del Gerente de Obras | 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, podrá dirigir órdenes e instrucciones al Contratista para la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento |
5. Delegación de funciones | 5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. |
6. Comunicaciones | 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. |
7. Subcontratos | 7.1 El Contratista sólo podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. 7.2 La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su objeto y de las condiciones económicas. Los |
trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato. 7.2 Tampoco podrá el Contratista ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. | |
8. Otros Contratistas | 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9. Personal | 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. |
10. Riesgos del Contratante y del Contratista | 10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. |
11. Riesgos del Contratante | 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. |
(b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. | |
12. Riesgos del Contratista | 12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista |
13. Seguros | 13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y |
certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. | |
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras | 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. |
16. Construcción de las Obras por el Contratista | 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. |
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista | 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Contratante hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. |
18. Aprobación por el Gerente de Obras | 18.1 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.2 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.3 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización. |
19. Seguridad | 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. 19.2 El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia. |
20. Descubrimientos | 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de |
gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. | |
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras | 21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. |
22. Acceso al Sitio de las Obras | 22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. |
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías | 23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista debera conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de cinco (5) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. |
24. Controversias | 24.1 Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Contratista y el Contratante, deberá ser resuelto por éste, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante. |
25. Procedimientos para la solución de controversias | 25.1 En el caso de controversias el Contratante interpretará mediante acto administrativo motivado, las cláusulas objeto de la discrepancia, resolviendo las dudas que resultaren. Esta potestad se ejercitará por medio del órgano administrativo de mayor jerarquía responsable de la ejecución del contrato, con audiencia del Contratista; y sin perjuicio de los recursos legales que correspondan. |
B. Control de Plazos
26. Recursos contra la resolución del Contratante | 26.1 Contra la resolución del Contratante quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, salvo que las CEC establezcan la posibilidad de acudir al Arbitraje. |
27. Programa | 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC de la próxima estimación de obra y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. |
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación | 28.1 El Contratante deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Contratante determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Contratante una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y |
proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. | |
29. Aceleración de las Obras | 29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Contratante deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. |
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras | 30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. |
31. Reuniones administrativas | 31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. |
32. Advertencia Anticipada | 32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante |
en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.
C. Control de Calidad
33. Identificación de Defectos | 33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto. |
34. Pruebas | 34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. |
35. Corrección de Defectos | 35.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras. |
36. Defectos no corregidos | 36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos
37. Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra)3 | 37.1 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario |
especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). | |
38. Desglose de Costos | 38.1 Si el Contratante o el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). |
39. Variaciones | 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programasactualizados que presente el Contratista y deberán ser autorizadas por escrito por el Contratante. 39.2 Cuando las variaciones acumuladas superen el 10% del Precio Inicial del Contrato se formalizarán mediante modificación del Contrato. |
40. Pagos de las Variaciones | 40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de opinar sobre la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidieran con los rubros de la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra), el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. 40.3 Si el Contratante no considerase la cotización del Contratista razonable, el Contratante podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Contratante decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se |
considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. | |
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos | 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. |
42. Estimaciones de Obra | 42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2. 42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en una estimación anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera aprobado anteriormente en consideración de información más reciente. |
43. Pagos | 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos de la estimación de obras aprobada por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés promedio para operaciones activas vigente en el sistema bancario nacional determinada mensualmente para la respectiva moneda por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones, en consulta con |
el Banco Central de Honduras. 43.2 Si el monto aprobado es incrementado en una estimación posterior o como resultado de una decisión del Conciliador, Arbitro o Juez, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber aprobado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. | |
44. Eventos Compensables | 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. |
(g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. 44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. | |
45. Impuestos | 45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha |
del Acta de Recepción Definitiva. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. | |
46. Monedas | 46.1 La moneda o monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud de este Contrato se especifican en las CEC. |
47. Ajustes de Precios | 47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, en la forma estipulada en las CEC. |
48. Multas por retraso en la entrega de la Obra | 48.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista 48.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. |
49. Bonificaciones | 49.1 En los casos en que ello se estipule en las CEC, se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras, si fuere el caso) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 54.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. |
50. Pago de anticipo | 50.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional o una Fianza, emitida en la forma y por un banco o aseguradora aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La |
garantía o fianza deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la misma será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 50.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales, servicios y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 50.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. | |
51. Garantías | 51.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en tres (3) meses la Fecha Prevista de Terminación. 51.2 Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada. |
52. Trabajos por día | 52.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicados en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 52.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba |
pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 52.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 52.2 de las CGC. | |
53. Costo de reparaciones | 53.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. Finalización del Contrato
54. Terminación de las Obras | 54.1 Terminada sustancialmente las Obras, se efectuará en forma inmediata una inspección preliminar, que acredite que las Obras se encuentran en estado de ser recibidas, todo lo cual se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante del órgano responsable de la contratación por el Contratante, el Gerente de Obras designado y el representante designado por el Contratista. 54.2 Entiéndese por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad. |
55. Recepción de las Obras | 55.1 Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, y dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, el Contratante procederá a su recepción provisional, previo informe del Gerente de Obras. 55.2 Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al contratista para que a su costo proceda dentro del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales. 55.3 Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá a efectuar las comprobaciones |
y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen del Gerente de Obras, se efectuará la recepción definitiva de la obra mediante acta suscrita de manera similar a como dispone el artículo anterior. 55.4 Cuando conforme a las CEC proceda la recepción parcial por tramos o partes de la obra un proyecto, la recepción provisional y definitiva de cada uno de ellos se ajustará a lo dispuesto en los artículos anteriores. Cuando así ocurra, el plazo de la garantía de calidad correspondiente a cada entrega a que estuviere obligado el Contratista se contará a partir de la recepción definitiva de cada tramo. 55.5 Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de acuerdo con lo que para tal efecto disponga el contrato. | |
56. Liquidación final | 56.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 28días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. 56.2 El órgano responsable de la contratación deberá aprobar la liquidación y ordenar el pago, en su caso, del saldo resultante, debiendo las partes otorgarse los finiquitos respectivos. |
57. Manuales de Operación y de Mantenimiento | 57.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 57.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma |
estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. | |
58. Terminación del Contrato | 58.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. |
58.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: | |
(a) Si el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras; | |
(b) La suspensión temporal de las obras por un plazo superior a dos (2) meses sin que medien fuerza mayor o caso fortuito, acordada por la Administración; | |
(c) La disolución de la sociedad mercantil contratista, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa al Contratante su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El Contratante podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna; | |
(d) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del contratista, o su comprobada incapacidad financiera; | |
(e) El incumplimiento de las obligaciones de pago más allá del plazo de cuatro (4) meses si no se establece en las CEC un plazo menor. | |
(f) Si el Gerente de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación; | |
(g) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del contratista dentro de los plazos correspondientes; | |
(h) Si el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; | |
(i) Si el Contratista ha demorado la terminación de las |
Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. (j) Si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido la Cláusula 59 de estas CGC. (k) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas; (l) La falta de corrección de defectos de diseño cuando éstos sean técnicamente inejecutables; 58.3 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato también en los siguientes casos: (a) La suspensión definitiva de las obras o la suspensión temporal de las mismas por un plazo superior a seis (6) meses, en caso de fuerza mayor o caso fortuito; (b) La muerte del contratista individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del Contratante sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna en caso contrario. 58.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevinientes a la celebración del contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución. 58.5 El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes. 58.6 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. | |
59. Fraude y Corrupción | 59.1 El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, |
entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. 59.2 El Contratante, así como cualquier instancia de control del Estado Hondureño tendrán el derecho revisar a los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios sus cuentas y registros y cualesquiera otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Contratante, o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño. Para estos efectos, el Contratista y sus subcontratistas deberan: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con este Contrato por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el Contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, los empleados o agentes del Contratista y sus subcontratistas que tengan conocimiento del Contrato para responder las consultas provenientes de personal del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas incumple el requerimiento del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por éstos, el Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el contratista o subcontratista para asegurar el cumplimiento de esta obligación. 59.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal. | |
60. Pagos posteriores a la terminación del Contrato | 60.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Supervisor deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los |
Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado y menos el valor de las Multas por retraso en la entrega de la Obra aplicables. Ello sin menoscabo de las acciones que procedan para la indemnización por daños y perjuicios producidos al Contratante. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 60.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. | |
61. Derechos de propiedad | 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras incluidas en estimaciones aprobadas o las indicadas a tales efectos en la Liquidación, se considerarán de propiedad del Contratante. |
62. Liberación de cumplimiento | 62.1 Si se hace imposible el cumplimiento del Contrato por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la imposibilidad de cumplimiento del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de imposibilidad de cumplimiento, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. |
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (a) | En el presente Contrato no se prevé Conciliador. |
CGC 1.1 (h) | El Fondo Vial pagará al Contratista el Precio del Contrato por las obras, ejecutadas satisfactoriamente y aceptadas por el Fondo Vial, de conformidad con el Cuadro de Cantidades Estimadas y Precios Unitarios presentadas por el oferente adjudicatario. |
CGC 1.1 (p) | El Contratante es: XXXXX XXXX Xxxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, Avenida Copán, Calle Hibueras, Tegucigalpa M.D.C., Honduras, C. A. Representante autorizado: Ing. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. Director Ejecutivo por Ley Fondo Vial |
CGC 1.1 (q) | Queda convenido que el Contratista deberá mantener el equipo en buenas condiciones de operación, pudiendo retirarlo o reemplazarlo únicamente con el consentimiento escrito del Fondo Vial. El equipo que a juicio del Ingeniero Residente no esté en buenas condiciones de funcionamiento, será retirado de la obra, para lo cual será necesario únicamente que el Fondo Vial lo ordene mediante simple nota y su reemplazo deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días calendario después de recibida la simple nota. En caso de que el Supervisor o Ingeniero Residente informe sobre la falta de algún equipo necesario para la ejecución de las obras definidas en el Programa de Trabajo, se deberá aplicar una multa de VEINTE MIL LEMPIRAS MENSUALES (L. 20,000.00), por cada máquina que no se encuentre en el proyecto, que no sea sustituida cuando el caso lo amerite en un período máximo de 7 días calendarios después de ser retirada la máquina faltante. Esta multa será aplicada en forma proporcional en relación a los días que la máquina no ha permanecido en el Proyecto, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente. |
CGC 1.1 (s) | La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es de un plazo máximo para cada Sector, contando a partir de la fecha del inicio de los trabajos establecida en la Orden de Inicio, como se detalla a continuación: |
CGC 1.1 (v) | Es la Gerencia Tecnica del Fondo Vial que mediante la contratación de una firma Consultora quien ejercerá la supervisión de las obras. El nombre se le notificará oportunamente al Contratista. |
CGC 1.1 (x) | El Sitio de las Obras está ubicado en los diferentes Departamentos del Pais. |
CGC 1.1 (aa) | La Fecha de Inicio es: a partir de la Orden de Inicio. El Contratista deberá dar inicio a los trabajos a más tardar dentro de los diez (10) días calendario posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio; por cada día de demora en el inicio de los trabajos se le aplicará una multa de TRESCIENTOS LEMPIRAS (L. 300.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra. |
CGC 1.1 (ee) | El Trabajo consiste en suministrar los materiales, herramientas, equipo, transporte, mano de obra, superintendencia y otras facilidades e imprevistos, así como el pago de todas las obligaciones, reemplazo de trabajo y materiales defectuosos necesarios para ejecutar las obras de MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA AÑO 2017 en los Proyectos o Sectores indicados, y de acuerdo al Contrato y Especificaciones Técnicas. |
CGC 2.1 | La Gerencia Técnica del Fondo Vial proporcionará aclaraciones a las consultas sobre las Condiciones Generales del Contrato. |
CGC 2.2 | No Aplica. |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: 1. Documento de Licitación y Adendas 2. Formularios de la Oferta. 3. Modificaciones al Contrato. 4. Garantìas o Fianzas. 5. Orden de Inicio 6. Programa de Trabajo y Plan de Desembolsos. 7. Especificaciones Especiales de Conservacion de Carreteras no pavimentadas. |
CGC 8.1 | Lista de Otros Contratistas: No Aplica |
CGC 9.1 | Personal Clave: 1. Un Gerente de Proyecto, y 2. Un Superintendente de Obra, ambos con una experiencia minima de cinco (5) años en este tipo de proyectos y con conocimientos amplios en Microsoft Office. Ambos Ingenieros Civiles colegiados y solventes con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras. Ademas el Contratista tendrá la obligación de contratar personal local femenino en los puestos de banderilleros en el sitio de la obra. El Contratista está obligado a mantener un Ingeniero Civil colegiado y solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras como Superintendente, para la ejecución de las obras. El incumplimiento de esta disposición contractual dará lugar a que el Contratante deduzca en concepto de multa la cantidad de SESENTA MIL LEMPIRAS (L.60,000.00) |
mensuales. Para garantizar la aplicación de esta Cláusula, el contratista deberá adjuntar a su solicitud de pago: la constancia de solvencia extendida por el CICH y una constancia firmada por el Ingeniero Supervisor, en la que se establezca que el Superintendente ha permanecido en el sitio de la obra en el mes objeto de pago y que el mismo está realizando sus actividades en el proyecto, esta multa será aplicada en forma proporcional en relación a los días de permanencia del ingeniero en el proyecto, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente. El Superintendente está en la obligación de preparar, en conjunto con el Ingeniero Residente de la Supervisión, la CONCILIACIÓN DE OBRA EJECUTADA EN EL PERÍODO, con su respectiva MEMORIA DE XXXXXXX, realizando corte de obra el 25 de cada mes a reportar, la cual se presentará, firmada y sellada por ambas partes a la Firma Verificadora el día de la visita de esta última, con el propósito de que se pueda verificar la información en campo. Las cantidades de obra reportadas en esta Conciliación deberán de coincidir exactamente con las que aparecen, tanto en la Estimación como en el Informe Mensual de la Supervisión. | |
CGC 13.1 | Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: (a) Para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: 0.5 % del monto del Contrato. (b) Para pérdida o daño de equipo: 1 % del monto del Contrato. (c) Para pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato: 1.5 % del monto del Contrato (d) Para lesiones personales o muerte: (i) De los empleados del Contratante: 1 % del monto del Contrato (ii) De otras personas: 1 % del monto del Contrato |
CGC 14.1 | Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: 1. Informe de la visita de campo al sitio de las obras llevada a cabo por cada oferente. 2. Mapa de los sectores proporcionados por el Contratante. |
CGC 16.2 | Previo al inicio de los trabajos de mantenimiento, el Contratista deberá preparar y presentarle al Consultor, un Plan de Medidas Preventivas, Correctivas y de Compensación Ambiental, para asegurar que las acciones recomendadas de precaución, reducción, control y/o compensación de impactos, riesgos y amenazas ambientales, funcionen de manera adecuada |
en cada una de las obras durante la etapa de ejecución del proyecto, haciendo hincapié en los bancos de material, garantizando asimismo, un uso racional de las fuentes de agua en zonas secas del país, especialmente en época xx xxxxxx,ya que los pobladores en las vecindades son fuertementea fectados. | |
CGC 19.1 y CGC 19.2 | El Contratista está obligado a mantener por su cuenta, señales permanentes, tanto de día como de noche para indicar cualquier peligro o dificultad en el tránsito. Todo el personal del contratista está obligado a utilizar chalecos de seguridad con los respectivos logos identificativos del Fondo Vial, así como cascos, guantes, mascarillas y anteojos, cuando estén ejecutando actividades que lo ameriten. Así mismo se deberán incorporar en las obras puntuales del proyecto las señales requeridas de advertencia de peligro, solicitadas por el supervisor de acuerdo a las indicaciones emitidas por el Fondo Vial. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de estas obligaciones después de transcurridos 30 días de girada la Orden de Inicio o durante la ejecución del proyecto, dará lugar a que el Fondo Vial deduzca al Contratista en concepto de multa la cantidad de TRES MIL LEMPIRAS MENSUALES (L. 3,000.00), deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente, la cual deberá ser acreditada mediante certificación por parte de la Supervisión, mostrando copias de las notas enviadas al contratista con evidencia fotográfica de dicho incumplimiento. El contratista está obligado a colocar dentro de los primeros 14 días posteriores a la Orden de Inicio del proyecto y donde indique el Ingeniero Supervisor, dos rótulos por tramo de acuerdo al modelo adjunto. En caso de que por causas imputables al Contratista, los rótulos no sean colocados en el plazo establecido, éste pagará una multa xx XXXX MIL LEMPIRAS (L.10,000.00) por rótulo, por cada mes de retraso, aplicada proporcionalmente para una cantidad de días menor a un mes, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente. |
CGC 21.1 | La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n): La fecha que se establezca en la Orden de Inicio para cada proyecto adjudicado. |
CGC 26.1 | Contra la resolución del Contratante procederá la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo. |
B. Control de Plazos | |
CGC 27.1 | El Contratista presentará al Ingeniero Residente para su aprobación, un Programa de Trabajo, detallado sobre la ejecución de la obra, indicando el costo estimado por etapas, nómina del personal que estara asignado para la dirección y ejecución de la obra, incluyendo un plan de organización, Plan de Trabajo y la disponibilidad del equipo y maquinaria, dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la firma del contrato. El incumplimiento de esta disposición se sancionara con una multa de MIL QUINIENTOS (L. 1,500.00) LEMPIRAS por cada dia de retraso. |
CGC 27.3 | El Contratista deberá presentar una actualización (reprogramación) del Programa de Trabajo cuando fuera necesario por razones de desfase superior al 20%, esta reprogramación debera entragarse a mas tardar cinco (5) días después de finalizado el mes en que ocurrio el desfase mencionado. Por la presentación tardía del programa actualizado se impondrá una multa de TRES MIL LEMPIRAS (Lps. 3,000.00), que será retenida de la próxima estimación de obra y se continuará reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado correctamente el Programa atrasado. |
C. Control de la Calidad | |
CGC 35.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses a partir de la recepción de la obra. Deviendo constituir una garantía o Fianza de calidad de la obra para aquellas obras de carácter permamante, tales como: alcantarillas, cabezales, muros de contención, Vados, Cajas puentes y Cunetas Revestidas. |
D. Control de Costos |
CGC 43.1 | El Contratista deberá presentar su solicitud de pago mensual (Estimación), con la documentación de soporte completa, dentro de los primeros diez (10) días calendario siguientes al periodo de conclusión de las obras, en caso de incumplimiento se le aplicará una multa de DOS MIL LEMPIRAS (L. 2,000.00), por cada día de retraso, deducible del pago de la Estimación de Obra del mes correspondiente. La Administración reconocerá intereses a la tasa promedio correspondiente al mes en que se efectúe el pago para operaciones activas del sistema bancario nacional, cuando se produzcan atrasos en el pago de sus obligaciones por causas que le fueren imputables, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la presentación correcta de los documentos de cobro correspondiente. El pago de intereses, se hará a más tardar en la fecha del siguiente pago parcial. En el contrato se establecerá el procedimiento de pago de estos intereses. No podrán alegar incumplimiento de la Administración y solicitar el pago de los intereses mencionados en el párrafo anterior, los contratistas que presenten en forma incompleta o incorrecta los documentos de cobro; tampoco podrán hacerlo quienes incurran en atrasos que les fueren atribuibles durante la ejecución de un contrato, ocasionando con ello retrasos en los desembolsos presupuestados para determinado período fiscal y la subsiguiente demora en los siguientes ejercicios, y quienes incurran en cualquier otra conducta determinante del xxxxxxx.Xxx. 28 LCE. |
CGC 46.1 | La moneda del País del Contratante es: Lempira. |
CGC 47.1 | Los montos autorizados en cada estimación de obra, se deberán ajustar aplicando el siguiente mecanismo: A) El Ajuste de Precios se realizará individualmente, Ítem por Ítem, conforme a las cantidades o volúmenes efectivos de obra que se hayan ejecutado en el período que comprende el ajuste. El reconocimiento se hará sobre la porción de los Costos Directos exclusivamente. Si un determinado concepto o ítem de obra no figurara en la Lista del Cuadro de Incidencias Porcentuales anexo, y que forma parte integral de esta metodología, éste se asimilará al ítem más afín de que se disponga, cualquiera que fuere la naturaleza de la obra, pero tomando en cuenta el procedimiento constructivo u otras características conexas al Ítem; de no poderse implementar esta asimilación, se empleará la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista en la Licitación o entrega de Xxxxxx, pero ajustándose en todo caso a los aspectos conceptuales estipulados en el presente documento. Los componentes fundamentales del costo directo a los que se aplicará el nuevo procedimiento son: Mano de obra (calificada y no calificada), Equipos y Maquinaria (incluyendo por separado los |
combustibles y lubricantes en el caso de proyectos viales) y los Materiales, desglosados y tratados en la forma que se describe más adelante.
El reconocimiento total en una determinada Estimación de Obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen ítem por ítem, conforme al volumen o cantidad efectiva de la obra realizada en un determinado período, de acuerdo a la siguiente expresión general:
RT = Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria de los RI.
RI = Reconocimientos Individuales en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste.
RI = Xxxxx ejecutado del ítem x ( FAMnc + FAMc + FAE
+ FACL + FAMT ) ,
siendo FAMnc, FAMc, FAE, FACL y FAMT los Factores de Ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste, cuya forma de cálculo se describe a continuación:
I. MANO DE OBRA EN GENERAL
El ajuste en este rubro se realizará en el mismo mes que el Gobierno emita un Decreto o Acuerdo estipulando una variación en el Salario Mínimo, independientemente del plazo que haya transcurrido desde la presentación de Oferta y la emisión del Acuerdo respectivo. Si el Acuerdo o Decreto establece retroactividad en su aplicación, esta condición se aplicará igualmente en los cálculos atinentes a este procedimiento. El primer ajuste se efectuará en el mismo mes que se decrete la primera variación xxx Xxxxxxx Mínimo posterior a la fecha de licitación o presentación de la Oferta. El ajuste se hará tantas veces como variaciones se decreten en el Salario Mínimo, dentro del plazo contractual establecido, hasta su finalización.
Con el propósito de simplificar la aplicación del procedimiento, se han unificado en un solo rubro los dos tipos de mano de obra normalmente empleados en la ejecución de proyectos (No Calificada y Calificada), que se ajustarán mediante un Índice común ponderado, compuesto por el Salario Mínimo y el IPC.
Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
FAM = IPM ( ( ( 0.70 ( S / So ) + 0.30 ( IPC / IPCo ) )
- 1 ) donde:
FAM = Factor de Ajuste de la Mano de Obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.
IPM = Incidencia Porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo).
S = Xxxxxxx Xxxxxx decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste.
So = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución.
IPC = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación xxx Xxxxxxx Mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la Oferta. El valor del IPC permanecerá invariable durante todo el período entre una variación y otra xxx Xxxxxxx Mínimo correspondiente.
IPCo = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución.
II. EQUIPOS Y MAQUINARIA
Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes:
a) CONTRATOS CON OTORGAMIENTO PARCIAL DE DIVISAS ( MÁXIMO 51 % DE DIVISAS).
Fórmula de Reconocimiento:
FAE = IPE ( ( R / Ro ) – 1 ) donde,
FAE = Factor de Ajuste de los Equipos y Maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un Ítem determinado, en una estimación.
IPE = Incidencia Porcentual del Equipo y Maquinaria en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo)
R = Índice general de precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste.
Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución.
En el caso que no se disponga oportunamente de este Índice generado en el exterior, se empleará el Índice más actualizado de que se tenga información y posteriormente se podrán efectuar los ajustes pertinentes.
Las cantidades correspondientes a la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios no formarán parte del monto de los contratos para efectos de otorgamiento de divisas; es decir que el Ajuste de Precios se pagará en todo caso en moneda nacional (Lempiras).
b) CONTRATOS SIN OTORGAMIENTO DE DIVISAS Fórmula de Reconocimiento
FAE = IPE ( ( DV / DVo ) – 1 ) donde,
FAE, IPE son los mismos conceptos descritos en el inciso a) precedente.
* DV = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente al período de la estimación de obra bajo ajuste.
* DVo = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira : US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución.
* Una vez que la ONCAE realice las validaciones del caso, la
Divisa como Indicador de Alza podrá sustituirse íntegramente por el Índice de Repuestos (IR) que en un futuro se emita en el Boletín de la CHICO o mediante las respectivas Certificaciones de Precios, como un valor más representativo de las variaciones que en el mercado local experimentan los Repuestos, llantas, partes y otros conceptos afines al Equipo y Maquinaria, empleada en la ejecución de las obras.
III. COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
El ajuste de este rubro se aplicará exclusivamente a los proyectos de obras viales y afines (carreteras, puentes y urbanizaciones), donde es intensivo el uso de equipos y maquinaria pesada. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
FACL = IPCL ( ( D / Do ) - 1 ) donde:
FACL = Factor de Ajuste de los Combustibles y Lubricantes, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.
IPCL = Incidencia Porcentual de los Combustibles y Lubricantes en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo).
D = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste.
Do = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente a la fecha de
15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución.
IV. MATERIALES
Fórmula de Reconocimiento:
FAMT = IPMT ( ( MAT / MATo ) – 1 ) donde,
FAMT = Factor de ajuste de los Materiales, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.
IPMT = Incidencia Porcentual de los Materiales en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo)
MAT = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Item, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste o al precio al que se haya adquirido con el anticipo o bajo la modalidad de material almacenado o en bodega.
MATo = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Item, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Item durante la ejecución.
Para establecer los precios de los materiales sujetos a reconocimiento, la cotización o valor a utilizar será siempre en las mismas condiciones, en la misma zona geográfica más cercana a la obra y con idénticas características durante toda la vigencia del contrato, a fin de evitar distorsiones y mantener la consistencia en los cálculos. En el caso de productos asfálticos, la confrontación de precios se hará “en puerto de entrada al país o en refinería”, según corresponda. Cuando fuere posible, dichos precios deberán provenir xx xxxxxxx oficiales del mismo Gobierno, pudiendo además emplearse al efecto el rango de precios promedio o Tendencia Media que contiene el Boletín o las Certificaciones de Precios que periódicamente emite la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO) . Si se produjeren variaciones en los impuestos, estos se reconocerán por separado, previa investigación y análisis especial que efectuará el Gobierno.
Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem” en proyectos viales se limitarán específicamente a los siguientes: cemento tipo Pórtland, cal, acero, productos asfálticos (cementos asfálticos, asfaltos rebajados o asfaltos especiales), alambre de púas, explosivos, gaviones, neopreno, elementos prefabricados de concreto, tuberías de cualquier tipo, pintura y señales viales. Solamente en los contratos de construcción xx xxxxxxx, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se efectuará el ajuste de precios incluyendo además la Madera, arena y grava como Indicador de Alza, bajo el mismo procedimiento descrito anteriormente. Cualquier otro material no comprendido en el listado anterior, no será sujeto de reconocimientos o ajustes en las obras viales y sus alcances deberán ser considerados por los Licitantes en sus distintos precios unitarios de oferta. Ver cuadro Anexo con consumo predeterminado de materiales clave en los proyectos viales.
Dada la sensibilidad y repercusiones en el ajuste, para el caso especial de los diferentes productos asfálticos, cemento o la cal utilizados en proyectos de pavimentos, estabilizaciones u otros trabajos similares, o en el caso del cemento tipo Pórtland empleado en estructuras de gran magnitud,
su consumo por unidad de medida (rendimiento) para encontrar su peso o influencia en la composición porcentual del ítem ( Incidencia Porcentual IP
) y su ajuste por unidad de medida, se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo específica que se derive del respectivo diseño de proporciones de mezcla que certifique el Ingeniero Residente encargado para ese proyecto. Los precios de estos u otros materiales deberán ser obtenidos directamente xx xxxxxxx confiables y objetivas.
Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem o proyecto” en proyectos de Edificaciones y obras afines, serán listadas predeterminadamente en cada ítem pero su distribución, peso o incidencia en este rubro será obtenida de la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista con su oferta, a objeto de buscar la mayor exactitud y similitud posible con el trabajo a desarrollar. Esta distribución se hará sumando los costos de cada uno de los materiales previamente listados, con lo cual se obtendrá el 100% de los materiales clave seleccionados; luego el costo de cada material se dividirá entre este total sumado, para obtener el correspondiente peso relativo o participación porcentual, la cual finalmente se reducirá o referirá al Porcentaje global o Incidencia Porcentual que el Cuadro general señale en forma fija para ese Item, en el renglón de Materiales. Tales materiales clave incluyen entre otros: cemento, acero, laminas de distinto tipo, canaletas, accesorios eléctricos y sanitarios, madera, agregados pétreos, ventanería, material selecto, pisos varios, cerámica, ladrillo, bloques, luminarias, pinturas, tuberías, ductos, accesorios tipo, etc. Cuando en un mismo ítem de obra se presenten varios elementos del mismo tipo (p.e. varios tipos de xxxxxxx xx xxxxx en un mismo concepto), se elegirá uno o hasta tres elementos que sean los más representativos o con mayor peso o influencia en el ítem, a objeto de simplificar los cálculos y la consecuente aplicación del procedimiento.
Cuando el Contratista utilice elementos estructurales prefabricados de alta complejidad (vigas pre – esforzadas, columnas, y otros productos similares ), que por razones especiales el Contratista no fabrique en sus planteles o en el sitio de la Obra, tal como lo ofertó y lo reflejó en sus fichas de costos, si no que ya en el desarrollo del proyecto le compre a un proveedor determinado, previa autorización escrita del Ingeniero Residente y el Contratante, los cálculos para su ajuste de precios en función de las cantidades consumidas en obra y usando los precios finales del proveedor, se harán tomando en cuenta la relación resultante de dividir el diferencial de precios finales del proveedor, entre el Factor de Sobrecosto FS o de Indirectos que el propio Contratista haya considerado en las Fichas de Costos de su Oferta, para el Item en cuestión, así:
Precio utilizado para Ajuste: ( Precio actual - Precio oferta ) /
FS
Ajuste = Precio de Ajuste x Cantidad de Obra consumida en el
período
Lo anterior en virtud que no se efectúa ningún ajuste en la porción de los gastos indirectos. A estos propósitos, el Gobierno efectuará las revisiones e investigaciones que considere necesarias y el Contratista deviene obligado a brindar todas las facilidades del caso
Cuando se utilice Concreto Premezclado en cualquier tipo de elemento o estructura, independientemente de su complejidad o magnitud, (soleras, zapatas, muros, columnas, vigas, etc.), la llamada “Canasta de Materiales” fijada para denotar los Ajustes en el renglón de los Materiales, se sustituirá directamente por el Precio del Concreto Premezclado que figure en el Boletín de la CHICO, como Índice para ajustar dicho renglón.
El ajuste en Equipos o aditamentos especiales que se incorporen a la obra, tales como ascensores, aires acondicionados, equipos de seguridad, aparatos electrónicos o de telecomunicaciones, luminarias no convencionales, artículos suntuarios, pintura vial, señales viales y otros bienes especializados similares, los cuales no puedan ser certificados la variación de precio por la CHICO entonces se hará por medio de la variación en la Divisa (tasa cambiaria de compra Lempira : US$), entre la fecha del compra del bien y el valor ofertado originalmente, agregándole un dos por ciento (2 %) anual aplicado proporcionalmente si fuere el caso, para cubrir la propia inflación en el país de origen, siempre y cuando haya transcurrido al menos noventa días calendario entre la presentación de la Oferta y la compra del bien.
Los valores de los Índices de ajuste y los precios de los Materiales representativos para un proyecto en particular, de la naturaleza que fuere, deben ser obtenidos de una misma fuente confiable y con iguales características, a fin de mantener la homogeneidad y consistencia del procedimiento, a lo largo del desarrollo de la obra.
Los Materiales que sean adquiridos para ser almacenados o colocados en Bodega se ajustaran o escalaran únicamente en el período comprendido entre la fecha de presentación de la Oferta y la fecha de adquisición del bien. Se exceptúan de reconocimiento o ajuste de precios aquellos materiales que de alguna manera hubieren sido obtenidos en calidad de Donación, o que sean suministrados directamente por el Contratante.
B) Si en el mismo período que abarque una determinada estimación de obra se suscitan dos o más valores de los Índices de Ajuste (Índice de Precios al Consumidor, Salario Mínimo, precio del Diesel, valor del Índice de Equipos y Maquinaria del US Department of Labor, valor de la Divisa, Materiales representativos, etc. ) se deberá efectuar una ponderación de dichos valores, de acuerdo a su respectiva duración en el período de la
estimación de obra bajo ajuste, a fin de obtener un único valor que sirva en el Índice respectivo.
C) Los cálculos en las fórmulas de ajuste se realizarán con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto decimal (diezmilésima), haciendo las aproximaciones del caso. Para obtener el valor final del ajuste en Lempiras, se aproximarán los cálculos resultantes a la segunda cifra decimal (centésima).
D) Cuando se ejecute obra más allá del plazo contractual establecido, bajo el régimen de Multa o Penalización de acuerdo al contrato, los valores de los Índices de Ajuste y de los precios de los materiales y servicios a utilizar hasta la completación del contrato, serán los vigentes a la fecha de vencer el último plazo que haya estado protegido contractualmente con la aplicación de la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios, conforme lo indicado en la Ley de Contratación del Estado. En el caso que se negocien precios unitarios para nuevos ítems que deban ser incorporados a la Lista de Cantidades (Presupuesto de la obra) por no figurar en los cuadros de la Oferta original, los valores base o de origen para los Índices de Xxxxxx aplicables a estos nuevos ítems, serán los prevalecientes a la fecha o mes en que se haya producido dicha negociación.
En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen 51% o mas del monto total del contrato, se aplicará el siguiente mecanismo de ajuste de precios:
[Iindique el mecanismo aplicable, pej:
Los montos autorizados en cada estimación de obra, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente:
Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc)
en la cual:
Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c";
Ac y Bc son coeficientes estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e
Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el
índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c” Los coeficientes para el ajuste de precios son: (a) Para [indique el nombre de la moneda]: (i) [indique el porcentaje] % es la porción no ajustable (coeficiente A). (ii) [indique el porcentaje] % es la porción ajustable (coeficiente B). (b) Para [indique el nombre de la moneda]: (i) [indique el porcentaje] % es la porción no ajustable (coeficiente A). (ii) [indique el porcentaje] % es la porción ajustable (coeficiente B).]. | |
CGC 48.1 | El Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos dentro del plazo estipulado en el contrato, por cada día de demora en la ejecución y entrega de la obra, dará derecho al Contratante a deducir hasta la debida entrega y recepción de la obra la cantidad de 0.18 % (cero punto dieciocho por ciento) diario sobre el saldo del monto del contrato. Art. 70 Disposiciones Generales del Presupuesto 2016. Se ajustara a lo que se establezca en las Disposiciones Generales del Presupuesto 2017. |
CGC 50.1 | No se otogará anticipo. |
CGC 51.1 | El monto de la Garantía de Cumplimiento será de: (a) Garantía Bancaria: quince por ciento (15%) del Precio Final del Contrato, o (b) Fianza de Cumplimiento: quince por ciento (15%) del Precio Final del Contrato, o (c) Cheque Certificado a favor del Fondo Vial: quince por ciento (15%) del Precio Final del Contrato. |
CGC 51.2 | N/A |
E. Finalización del Contrato | |
CGC 54.1 | El Contratista deberá iniciar los trabajos a más tardar dentro de los 10 días calendario posteriores a la fecha establecida en cada Orden de Inicio emitida por el Fondo Vial y se compromete y obliga a terminar las obras en el plazo estipulado para cada proyecto, contado desde la fecha indicada en la Orden de Inicio, el cual estará sujeto a extensiones autorizadas por el Fondo Vial, de acuerdo a las Especificaciones y Disposiciones Especiales o por causa de fuerza mayor. |
CGC 57.1 | N/A |
CGC 57.2 | N/A |
CGC 58.2 (i) | N/A Nota: Los temas modificados en las clausulas de las Condiciones Especiales del Contrato prevalecen a los mismos temas de las clausulas de las Condiciones Generales del Contrato. |
Sección VII. ESPECIFICACIONES ESPECIALES DE CONSERVACIÓN DE CARRETERS NO PAVIMENTADAS
ESPECIFICACIONES ESPECIALES DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA
ÍNDICE
1. Limpieza de Derecho de Vía 79
2. Limpieza de Alcantarillas… 80
3. Alcantarillas de Tubo de Concreto Reforzado 81
4. Acarreo de Tubería de Concreto Reforzado 84
5. Estructuras de Mampostería 84
6. Excavaciones 85
7. Estructuras de Concreto Ciclópeo 87
8. Concreto Clase “A” 88
9. Gaviones 91
10. Xxxxx xx Xxxxxxxx 93
11. Conformación Tipo I 94
12. Relleno con Material xx Xxxxxxxx 96
13. Material Selecto Balastado 97
14. Material Selecto Mayor Xxxxxx 101
15. Mezcla de Materiales de Diferentes Bancos 102
16. Mezcla de Material Subrasante con Material de Banco xx Xxxxxxxx 102
17. Material Selecto Bacheo… 103
18. Acarreo de Material Selecto 104
19. Acarreo de Material No Clasificado 104
20. Acarreo de Agua 105
21. Remoción de Derrumbes 105
22. Transporte de Equipo en Low-Boy 105
23. Enchape de Cunetas 106
24. Mantenimiento xx Xxxxxxx 107
25. Normas de Seguridad Vial 109
26. Reconocimiento de Mayores Costos 110
27. Administración Delegada 118
28. Resumen de Normas… 121
1.- LIMPIEZA DEL DERECHO DE VÍA
DESCRIPCIÓN
Este trabajo consistirá en la tala, desbrozo, eliminación y remoción de toda la vegetación y desechos dentro de los límites del derecho de vía, entre la cuneta y límites de propiedad, en caso de no existir cercos, la distancia considerada para esta actividad será xx xxxx (10) metros a cada lado de la línea central, exceptuando en los tramos pertenecientes a la red Principal y Secundaria, que se regirá con quince (15) metros a cada lado de la línea central. Esta actividad se realizará cuando el Supervisor estime conveniente durante la ejecución del tramo, e implica una sola incursión de limpieza.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
El procedimiento constructivo de la limpieza de las franjas laterales de la calzada, correspondientes al derecho de vía, consistirá en el corte y remoción de maleza, arbustos, tocones y raíces, los cuales deberán ser quitados y / o desbrozados, incluyendo la siega, según fuese necesario, excepto los tocones y raíces que no hayan sido desenterrados, y objetos macizos y no perecederos o sujetos a descomposición, siempre que estos no sobresalgan más de quince centímetros (15 cm.) sobre la superficie natural del terreno.
El corte de Árboles se realizara en aquellos casos que obstaculicen la visibilidad o generen un peligro para el conductor, en cuyo caso, el Fondo Vial tramitará los permisos xx xxxxx de estos árboles. El pago por estos permisos se realizará por Administración Delegada.
El supervisor podrá permitir que los tocones sanos sean cortados a una altura que exceda 15 centímetros, cuando estos se encuentren fuera de la superficie en áreas de excavación o terraplén, excepto en el área que tenga que ser redondeada en la parte alta de los taludes exteriores xxx xxxxx, donde los tocones deberán ser cortados a ras o más debajo de la superficie final del talud.
La siega de la maleza y arbustos se hará a una altura no mayor de 10 centímetros sobre el nivel del terreno natural, pero se dejarán los árboles que hayan crecido dentro del derecho de vía y que se encuentran a una distancia que no represente obstrucción ni peligro para el tráfico circulante.
Los materiales no perecederos, o de degradación muy lenta como troncos o ramas gruesas, deberán ser retirados, del derecho de vía, deshaciéndose de ellos en lugares alejados del proyecto y fuera de los límites visibles desde este, mediante el permiso del dueño de la propiedad en la que se depositen dichos materiales y desechos. El supervisor deberá hacer todos los arreglos necesarios con los dueños de estos botaderos para conseguir lugares adecuados. La distancia de acarreo libre será de 2.0 Km., en distancias mayores al acarreo
libre, el pago del botado de estos materiales se reconocerá por el ítem de Administración Delegada.
Los desechos biodegradables provenientes de la limpieza, deberán ser picados para su pronta degradación. El tamaño máximo de los residuos de la vegetación deberá ser de 50 centímetros. Cuando a criterio del Supervisor, el volumen producto de la limpieza sea abundante, dicho material deberá retirarse al sitio donde éste lo indique.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El pago por la limpieza de la franja del derecho de vía se medirá y se pagará por kilómetro efectivamente limpiado, pago que incluye toda la mano de obra, equipo, herramientas y demás imprevistos para ejecutar correctamente este concepto, una vez que esta actividad sea terminada y aceptada por el Ingeniero Supervisor del proyecto.
En caso de que existan secciones del tramo donde la proximidad de cercos o taludes no permiten realizar la limpieza del Derecho de vía, o secciones donde a criterio del Ingeniero no se justifica ordenar la limpieza, estas no serán consideradas para el pago de esta actividad. No se tomará como parte de la medición para efectos de pago, las longitudes de los puentes, vados o cajas que formen parte de la carretera.
Si en una sección del tramo, un lado de la franja se encuentra sucia y la otra no, se debe realizar un promedio para calcular la longitud efectiva de pago.
2.- LIMPIEZA DE ALCANTARILLAS
DESCRIPCIÓN
Esta actividad comprende la limpieza de toda la maleza y la remoción de toda basura, desperdicio y sedimento del interior, entrada y salida de cada una de las alcantarillas existentes.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Previo a la ejecución de esta actividad, la Supervisión evaluará el estado físico del drenaje en todo el tramo. La ubicación y longitudes de tubería de las alcantarillas a ser limpiadas serán definidas por la Supervisión y mediante orden de trabajo se detallarán al Contratista. Toda materia extraña en el interior de las alcantarillas existentes se eliminará mediante métodos que no causen daños a la tubería. También se limpiarán sus canales de entrada y salida, siempre que existan, hasta los límites del derecho de vía, de tal forma que la escorrentía fluya libre y fácilmente en toda su longitud. Los materiales extraídos de esta actividad deberán ser removidos y colocados en lugares adecuados autorizados por el supervisor, haciendo uso de personal y carretillas de mano.
Esta limpieza se hará hasta el límite del derecho de vía, e implica una sola incursión. Esta actividad será revisada por el ingeniero supervisor.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El pago por esta limpieza, se realizará por metro de tubería efectivamente limpiada, el cual debe incluir toda la mano de obra, equipo, herramientas y demás imprevistos para ejecutar correctamente este concepto. La limpieza de los canales de entrada y salida, hasta los límites del derecho de vía, así como la reconstrucción o construcción de los mismos, deberán ser pagados por Administración Delegada, debiéndose realizar con equipo o con mano de obra, dependiendo de lo que más le convenga al proyecto.
Si al inspeccionar el Ingeniero Supervisor la limpieza ejecutada se identifica que el material residual, producto de esta limpieza, no ha sido removido adecuadamente de las áreas adyacentes a la entrada y/o salida de las alcantarillas, esta no deberá ser considerada para pago mientras el material no haya sido retirado a sitios adecuados, de acuerdo a las instrucciones del Ingeniero Supervisor.
No se ejecutará esta actividad en aquellas estructuras que, a criterio del Supervisor, no se justifique la realización de esta inversión.
3.- ALCANTARILLAS DE TUBO DE CONCRETO REFORZADO
DESCRIPCIÓN
Las alcantarillas de tubo consistirán en tubería de concreto armado Tipo III del diámetro indicado, incluyendo las ligas, excavación y cama de soporte, de acuerdo a las longitudes, líneas y pendientes indicadas en los planos o como se especifique. Se construirán cabezales en los extremos de las alcantarillas y cualquier tipo de obra adicional en la entrada y salida de estas estructuras para su mejor funcionamiento. La tubería utilizada para la instalación de alcantarillas nuevas transversales, será del diámetro indicado, tal y como se explicó anteriormente, pero en ningún caso podrá ser inferior a 30" (treinta pulgadas),en el alineamiento principal de las vías.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Todas las tuberías deberán de instalarse antes de colocar material selecto sobre la superficie de rodadura y antes de realizar la Conformación Tipo I, según sea el caso.
Para los tubos que no excedan de cuarenta y ocho (48) pulgadas de diámetro interior, la zanja deberá tener un ancho mínimo equivalente al DOBLE DEL DIÁMETRO EXTERIOR del tubo en la campana o anillo. Para los tubos mayores de cuarenta y ocho
(48) pulgadas de diámetro interior, la zanja deberá tener un ancho igual al DIÁMETRO EXTERIOR del tubo de la campana o anillo, MÁS 1.2 m.
1. Cuando se encuentren escorrentías y no puedan ser desviadas, se deberá colocar un tubo provisional en la zanja antes de la construcción del terraplén.
2. La superficie del asiento en toda la longitud del tubo deberá proveer una cimentación firme y con densidad uniforme. La cama deberá conformarse cuidadosamente a la forma exterior del tubo, en una profundidad de por lo menos un décimo del diámetro exterior del tubo.
3. Cuando se encuentre roca o pizarra dura, esta deberá excavarse en veinte (20) cm. por debajo del fondo exterior del tubo, y se agregará una cama de material selecto o arenoso para lograr una superficie uniforme previo a la colocación del tubo.
4. Cuando el material encontrado sea inestable, deberá ser completamente removido por debajo del tubo en todo el ancho de la zanja, o como de otra manera sea ordenado por la Supervisión para condiciones especiales y se reemplazará con material apropiado, se conformará la cama como se específica en los párrafos anteriores.
5. El material removido de la excavación deberá ser sustituido por otro autorizado por la Supervisión, asegurándose de obtener los resultados de la prueba Xxxxxxx Estándar para el control de densidades, previo al inicio de los trabajos de relleno. La fuente del material usado como relleno será la del banco xx xxxxxxxx más cercano.
6. Antes de colocar los tubos, el ingeniero supervisor deberá comprobar que las zanjas han sido excavadas de acuerdo a las especificaciones anteriores, así como también, los lechos o camas de soporte conformados y terminados. La colocación de los tubos se debe iniciar en el extremo de aguas abajo, con los extremos de la campana en la dirección de aguas arriba, se deberá excavar en la cama preparada, el espacio para acomodar la campana y para permitir un asentamiento firme del cuerpo del tubo en dicha cama. Las secciones de tubos deben de ser encajadas de tal manera que cuando descansen en la cama o fundición, formen un fondo interior liso y uniforme.
7. Cuando se utilice alcantarilla circular con refuerzo elíptico, esta debe ser colocada en tal posición que las marcas del eje vertical hechas en la fábrica, no estén desplazadas más de cinco
(5) grados, del plano vertical a través del eje longitudinal de la alcantarilla
8. Para fundir las juntas de los tubos de concreto se utilizarán mantas con los siguientes anchos: 30 cm. de ancho para tuberías de 24 (existentes o para accesos), 30 y 36 pulgadas de diámetro y 36 cm. de ancho para tuberías de 42, 48, 60 y 72 pulgadas de diámetro, las cuales serán llenadas con mortero de la siguiente dosificación: una parte de cemento y tres partes xx xxxxxxxx fino seco superficialmente (1:3), con la cantidad de agua necesaria, para lograr una pasta manejable.
9. Las juntas de los tubos de concreto deben mojarse completamente antes de hacer la unión con mortero. El interior de la junta debe ser sellado con mortero, limpiado y alisado. Después del fraguado inicial, el mortero de los anillos exteriores en las juntas debe ser protegido del aire y del sol con un método adecuado y aprobado por el Supervisor. El tubo que no se encuentre en su verdadera alineación o que muestre asentamiento excesivo después de haber sido colocado, debe ser quitado (removido) y vuelto a colocar correctamente, sin ningún pago adicional.
10. Después de que la tubería haya sido instalada y aprobada, se deberán curar las juntas por un período no menor de 24 horas o según lo indique el Ingeniero Supervisor. Posteriormente se deberá rellenar la zanja hasta la parte superior del tubo con material apropiado y aprobado por el ingeniero supervisor, en capas sucesivas xx xxxx (10) cm. Debidamente compactadas al 100% xxx Xxxxxxx Standard, mediante equipo mecánico adecuado, tal como compactador tipo bailarina, de plato o torito.
11. Se deberá tener especial cuidado para obtener una compactación completa en los costados, en la parte inferior del tubo cerca del fondo y a lo largo de los costados hasta la parte superior de éste. El Supervisor deberá realizar tres ensayos de Densidad en el Sitio por cada alcantarilla colocada, uno en cada costado de la tubería a la altura de la corona y un tercer ensayo a 30 cm. por encima del tubo.
El relleno se extenderá hasta un nivel de por lo menos 30 cm. sobre el tubo, o como lo ordene el ingeniero supervisor, antes de proseguir con el equipo de construcción levantando el terraplén.
12. Los tubos que en opinión del ingeniero supervisor estén dañados, resanados, fallados, o que durante su transporte o manejo sufrieren algún deterioro por cualquier razón, no serán utilizados en el proyecto.
13. Durante la colocación de las alcantarillas, el contratista se asegurará de no interferir con el tráfico vehicular en esos puntos, para lo cual deberá tomar todas las previsiones del caso, incluyendo la habilitación de pasos provisionales.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
La forma de pago de las alcantarillas de tubo de concreto reforzado se hará por metro lineal de tubería, al costo unitario del contrato para el diámetro y clase especificada, una vez que la obra sea terminada y aceptada por el ingeniero supervisor del proyecto, y constituirá plena compensación por la excavación, suministro e instalación de la tubería, cama de material y ligado de tubería, incluirá además toda la mano de obra, equipo y herramientas utilizadas para este propósito. La medición de la tubería se hará de acuerdo a los metros lineales de la tubería colocada en múltiplos de dos metros.
El precio incluirá además el retiro de materiales sobrantes y la instalación de tuberías provisionales que se requieran.
El material a ser incorporado para la colocación del relleno compactado hasta la altura especificada se pagará por el ítem respectivo, el acarreo del material para el relleno será pagado por el concepto de Acarreo de Material.
Los cabezales, aletas y tragantes se pagarán dentro del renglón mampostería o concreto ciclópeo según sea el caso. Los vertederos, revestimiento xx xxxxxxx de drenaje u otro tipo de obra similar, se pagará por el concepto de enchape de cunetas.
En el caso de que el supervisor ordene la remoción y el reemplazo de los materiales inestables que se encontraren en el fondo de la excavación del zanjo, estos trabajos se pagarán por Administración Delegada. De igual manera, se pagará la construcción de pasos provisionales, en el caso de ser requeridos.
Si la excavación para la instalación de alcantarillas fuera en roca, se reconocerá al contratista el pago por las horas del compresor y explosivos utilizados, así como el personal que implique esta operación.
Cuando el proyecto lo amerite, podrán utilizarse otro tipo de materiales para los tubos de las alcantarillas siempre y cuando estos sean aprobados por el Fondo Vial. Los mismos deberán ser instalados de acuerdo con las especificaciones especiales para cada caso, establecidos por el fabricante de la tubería y aprobados por Fondo Vial.
4.- ACARREO DE TUBERÍA DE CONCRETO REFORZADO
DESCRIPCIÓN
Esta actividad consiste en el traslado de la tubería, desde el plantel del proveedor hasta el sitio de su colocación, siempre que éstas cumplan con las especificaciones.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
La forma de pago del acarreo de tubería de concreto reforzado se hará por metro lineal – kilómetro (Ml.-Km.) una vez ésta, haya sido revisada y aceptada por el ingeniero supervisor. El acarreo se calculará desde la planta del proveedor hasta el sitio donde se instalará la tubería. En caso de que sea necesario acarrear la tubería de sitios de producción o de proveedores distintos al más cercano al proyecto, el Contratista deberá solicitar la autorización al Fondo Vial, adjuntando la constancia emitida del proveedor más cercano, en la cual manifieste no poder suplir la tubería en el tiempo solicitado.
5.- ESTRUCTURAS DE MAMPOSTERÍA
DESCRIPCIÓN
El tipo de estructura de mampostería será la indicada por el Ingeniero Supervisor. Se adjunta en el anexo 1 de estas especificaciones, los detalles de cabezales estándar para los diferentes diámetros de tubería a colocar. La estructura puede ser de dos tipos: la xx xxxxxx colocada con liga vista, y la xx xxxxxx ahogada en mortero.
La piedra deberá ser sana, resistente y extraída de la cantera por métodos adecuados. No podrá colocarse a menos que sea aprobada por el supervisor. La piedra colocada con liga deberá estar exenta de bordes salientes, hendiduras, grietas, laminaduras y minerales que se ven afectados por la intemperie, ya sea por decoloración o deterioro. Las piedras se aprobarán si tienen las dimensiones correctas a juicio del Ingeniero Supervisor. Por lo general, y para comodidad de los albañiles, las piedras deben tener un tamaño alrededor de 15 centímetros de un lado, 25 centímetros del otro y 25 centímetros de altura.
A no ser que estuviese indicado por el Supervisor, el mortero para la mampostería deberá estar compuesto por una parte de cemento y tres partes xx xxxxxxxx fino, medido sobre la base del volumen. El espesor de la liga no debe ser menor de 1.5 centímetros. El agua de la mezcla debe estar libre de impurezas.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Cuando se coloquen piedras de diferente tamaño y color, se deben colocar de tal forma que no haya concentraciones de un mismo tamaño y color en una sola zona. En general, las piedras grandes deberán colocarse en la parte de abajo, y las pequeñas en la parte más alta. El color deberá distribuirse para lograr un efecto óptico agradable.
Las piedras deberán estar libres de tierra o material orgánico, lodo y arcilla, y deberán ser humedecidas antes de su colocación. El mortero también deberá colocarse sobre una
superficie que esté limpia y humedecida convenientemente. Las piedras que se estén colocando, no deben golpear las ya colocadas, y tampoco deben ser rodadas sobre una parte xxx xxxx que acaba de construirse. Si una piedra ya colocada, se afloja, deberá quitarse, eliminarse el mortero endurecido y se volverá a colocar la piedra sobre una nueva base de mortero.
Todos los muros de contención deberán estar provistos de ductos de drenaje. A no ser que estén indicados en las instrucciones del supervisor, los ductos de drenaje deberán ser colocados en los puntos más bajos, donde puedan obtenerse escurrimientos libres, y espaciados a una distancia no mayor de 3 metros centro a centro, y con un diámetro no menor de 4 " (cuatro pulgadas). Si la estructura se construye por partes, los puntos de unión no deberán ser uniformes, para lo cual, las piedras se colocarán de tal forma que se asegure una mejor unión.
Todo mortero fresco que manche las xxxxxxx xxx xxxx ya construido deberá limpiarse inmediatamente, para que no dañe el aspecto visual de la obra. En caso de no haber tenido este cuidado, antes de la recepción de la obra, el muro deberá limpiarse con cepillos de alambre y con ácido si fuese necesario.
En tiempo caluroso el muro recién construido debe ser curado por lo menos durante tres días, para asegurar que el mortero obtenga las propiedades esperadas de calidad y duración. En los muros y cabezales con tuberías que derraman sobre taludes propensos a la erosión, o que la escorrentía tenga una caída considerable, se deberán complementar dichas obras mediante la construcción de vertederos que garanticen la estabilidad del terraplén. Estos vertederos podrían ser construidos de mampostería o concreto ciclópeo, según lo indique el Ingeniero Supervisor.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Será en metros cúbicos. Al calcular el número de metros cúbicos para su pago, las dimensiones usadas serán las determinadas por las líneas o volúmenes indicados en los detalles suministrados por el Ingeniero Supervisor. No se harán deducciones por conceptos de canaletas de drenaje, tuberías de drenaje, u otra abertura de menos de 15 centímetros de diámetro.
El costo de la excavación y relleno requeridos para la construcción de tragantes y cabezales de mampostería deberá estar incluido en el precio unitario de esta actividad.
El costo de la excavación requerida para la construcción xx xxxxx, muros, muro-cabezal, cajas, estructuras de gaviones y otros se pagará por la actividad de Excavación para estructuras. El costo de rellenos para vados, muros, muro-cabezal, estructuras de gaviones y otros, se pagará por la actividad de Relleno con Material xx Xxxxxxxx.
El precio unitario de Mampostería deberá incluir también la limpieza y disposición final de todos los materiales sobrantes. Cuando en esta excavación se requiera de equipo de bombeo y/o compresor se reconocerá el pago de estos por Administración Delegada.
Se pagará a precio de contrato por unidad de medida (metro cúbico).
6.- EXCAVACIONES
DESCRIPCIÓN
Este trabajo consistirá en la excavación, remoción y evacuación de todo material cuya remoción no se esté efectuando y pagando en otro concepto. Incluye la compactación del
fondo de la excavación, cuando se trate de excavación para estructuras. Toda excavación será clasificada, según su naturaleza, como excavación común, excavación en roca, excavación no clasificada, excavación en derrumbes, excavación en fangos, excavación en canales, excavación en préstamo o excavación para estructuras menores.
Excavación en roca: Es aquella hecha en materiales que no se puede realizar sin hacer uso de explosivos o máquinas desgarradoras (rippers o picos), y en zonas donde la concentración de piedras es alta y estas tienen un tamaño mayor de 0.5 metros cúbicos.
Excavación común: Es la que no tiene roca y no se ha clasificado de otra manera. Excavación no clasificada: Depende si en el contrato no habla de ningún tipo de excavación. Por eso se tomarán como excavación no clasificada sin tomar en cuenta la cantidad ni la calidad de los materiales que se encuentren durante el trabajo.
Excavación en fango: Consiste en la remoción y evacuación de mezclas de tierra y materia orgánica, saturadas o no, que no sean adecuadas para ser usadas en rellenos o terraplenes, y que se eliminan por el estado de humedad en que se encuentran.
Excavación en derrumbes: Consiste en la eliminación de materiales adecuados o no, provenientes de desprendimientos en los taludes de excavación y que no fueron previstos en el diseño del camino.
Excavación en canales: Es la que no se puede ejecutar con equipo convencional de movimiento de tierra y que exige el uso de equipo especial o su construcción a mano.
Excavación xx xxxxxxxx: Es la que se aprueba para la construcción de terraplenes, rellenos u otras partes de la obra, que deberá ser obtenido xx xxxxxxx aprobadas por el ingeniero supervisor.
Excavación para estructuras: Es aquella necesaria para la colocación de fundaciones xx xxxxxxx, cajas, vados, muros, gaviones, reconstrucción de cabezales fallados y otras obras que de algún modo no estén previstas en las Especificaciones. También incluye este trabajo, el desagüe, apuntalamiento, ademes, entramados y ataguías requeridas, así como el suministro de los elementos necesarios y la remoción de los mismos.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Limpieza:
Antes de comenzar las operaciones de excavación de cualquier zona, deben terminarse la limpieza y el desbroce necesarios.
Excavación:
a) El contratista deberá avisar al supervisor con suficiente anticipación, del comienzo de cualquier excavación para que éste le determine los límites de la misma. El terreno natural adyacente no deberá alterarse a menos que el supervisor dé su visto bueno. Las zanjas para las diferentes estructuras deberán ser excavadas hasta las elevaciones indicadas según las instrucciones dadas por la Supervisión. Deberán tener el tamaño adecuado para que la labor a ejecutarse sea cómoda, eficiente y satisfactoria.
Materiales excavados: Todo material excavado, será analizado para ver si cumple con los requisitos de adecuación para ser reutilizado donde sea factible, como material de relleno de estructuras, terraplenes, sub-rasantes, taludes y otros. El material sobrante debe eliminarse para evitar que obstruya corrientes de agua o perjudique de alguna otra forma la eficiencia o el aspecto de la obra.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO:
El volumen de la excavación que se pagará consistirá en la cantidad de metros cúbicos, medida en su posición original, del material excavado según los planos o las instrucciones del supervisor.
Las cantidades serán pagadas al precio unitario del contrato, por unidad de medida.
7.- ESTRUCTURAS DE CONCRETO CICLÓPEO
DESCRIPCIÓN
El concreto ciclópeo consistirá en concreto clase “B” especificado en el artículo 2.6.4 de las especificaciones de la Dirección General de Caminos, con piedras embebidas dentro del mismo. El concreto clase “B” tendrá una resistencia mínima a la compresión de 175 kg/cm2 (2500 lbs./ pulg.2) a los 28 días, para lo cual se tendrá que realizar la ruptura de cilindros correspondientes, de acuerdo al proceso constructivo indicado en la especificación correspondiente a la actividad 8. CONCRETO CLASE “A”
PROCESO CONSTRUCTIVO
Se deberá efectuar el marcaje y la excavación deberá hacerse hasta la parte inferior de la estructura, como se indique en los planos u ordene el Ingeniero Supervisor. La superficie de fundación deberá quedar firme y xxxx, si se encuentran lugares con material blando o flojo en el fondo de la excavación, estos deberán ser removidos y reemplazados mediante relleno con material apropiado, completamente apisonado.
La piedra para esta clase de trabajo deberá ser sana y durable, libre de grietas y otros defectos estructurales. No deberá estar cubierta de tierra ni sustancias extrañas que puedan impedir su adherencia al concreto. La piedra será colocada cuidadosamente, de manera que no dañe los encofrados ni las obras adyacentes. Todas las piedras serán lavadas y saturadas con agua antes de colocarse. El volumen total xx xxxxxx no será mayor que un tercio del volumen total del hormigón ciclópeo que se coloque. Cada piedra deberá estar rodeada con un mínimo de 15 cm. de cualquier superficie, externa o superior. Se deberá evitar el contacto directo de una piedra con otra, asegurando no dejar en la cara de la estructura, piedras expuestas (sin el respectivo recubrimiento).
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Se hará el pago al precio unitario de metro cúbico de concreto ciclópeo terminado en sitio. El pago incluirá la compensación por todos los materiales, mano de obra y equipo que se utilice para este tipo de trabajo.
El costo de la excavación y relleno requeridos para la construcción de tragantes y cabezales de concreto ciclópeo deberá estar incluido en el precio unitario de esta actividad.
El costo de la excavación requerida para la construcción xx xxxxx, muros, cajas, y otros se pagará por la actividad de Excavación para Estructuras. El costo de rellenos para vados, muros y otros, se pagará por la actividad de Relleno con Material xx Xxxxxxxx.
El precio unitario de Concreto Ciclópeo deberá incluir el encofrado y desencofrado de la obra, también la limpieza y disposición final de todos los materiales sobrantes. Cuando en
esta excavación se requiera de equipo de bombeo y/o compresor, el pago de estos se reconocerá por Administración Delegada.
8.- CONCRETO CLASE “A”
DESCRIPCIÓN
Este trabajo consiste en la construcción de estructuras de concreto, de acuerdo al trazo, alineamiento, niveles y dimensiones mostrados en los planos o en las instrucciones del ingeniero supervisor.
Este concreto tipo A se refiere al concreto con f’c= 210 kg/cm² = 3000 psi valor obtenido en la prueba de resistencia a la compresión a los 28 días. Este concreto se puede usar en todas las estructuras que no estén en contacto con agua salada. Su revenimiento puede andar entre 3 y 8 centímetros.
El contratista deberá presentar al supervisor, para su aprobación, el diseño correspondiente de la mezcla con la siguiente información:
Agregados: procedencia, graduaciones, gravedad específica bruta, gravedad específica saturada, superficie seca, porcentaje de absorción, modulo de finura
Cemento: la clase y la marca.
Agua: la fuente.
Aditivos: tipo y marca con las características pertinentes.
Diseño: clase de concreto, método de diseño empleado, factor cemento, relación agua- cemento, revenimiento, resistencia a la compresión y parte de la estructura a realizar.
Proporcionamiento: si es por peso o por volumen.
PROCESO CONSTRUCTIVO
En todo caso que se solicite este tipo de concreto, es necesario que el supervisor demuestre, con las pruebas de resistencia a la compresión, que el concreto colado en la obra solicitada, cumple con dicho requisito. Con respecto a las tomas de muestras, el Supervisor tomará una muestra de tres cilindros para volúmenes entre 1.0 y 7.0 m.³ de una misma estructura; por cada 2.5 m.³ adicionales a los 7.0 m.³, se tomará un cilindro más. Los cilindros deberán manejarse cuidadosamente y colocarse en una xxxx xxxxxx, para evitar golpes que puedan afectar la veracidad de los resultados. Al día siguiente deben ser sumergidos en piletas de curación y romperse los tres cilindros ya sea a los 7 días, ó 14 días y a los 28 días, dependiendo de la urgencia de conocer los resultados. De los tres resultados, se puede desechar el más incongruente y se puede tomar el promedio de los otros dos, como valor obtenido (correcto) de la resistencia.
El Ingeniero supervisor debe revisar los agregados y aprobarlos antes de preparar el concreto, para asegurarse que la dosificación propuesta se esté cumpliendo y que los resultados alcancen los valores esperados. Con respecto a la toma de muestras de los agregados, el supervisor deberá tomar una muestra, la cual se dividirá en dos partes, una de las cuales deberá someterse a las pruebas de laboratorio necesarias: granulometría, abrasión, suciedad, composición química.
Los agregados deben consistir xx xxxxxx quebrada, grava u otro material inerte de características similares o combinación de ellos.
El agregado fino debe someterse al ensayo de sulfato de sodio según la AASHO T-104. Si este ensayo da una pérdida menor al 15% del peso, el material puede aceptarse.
La graduación de los agregados finos debe cumplir los siguientes requisitos:
TAMIZ | % POR PESO QUE PASA |
9.5 mm | 100 |
No 4 | 95-100 |
No 8 | 80-100 |
No 16 | 50-85 |
No 30 | 25-60 |
No 50 | 10-30 |
No 100 | 2-10 |
El mínimo porcentaje por peso pasando las mallas 50 y 100 puede ser reducido a 5 y 0 respectivamente, si el agregado se usa en concreto con aire incluido de más de 7 sacos / m³ y en concreto sin aire incluido con más de 8 sacos / m³, si se ha aprobado un mineral en la mezcla para corregir la deficiencia.
El agregado fino no debe tener más de 45% por peso retenido entre tamices consecutivos. La cantidad de sustancias deletéreas no debe exceder de los siguientes límites:
Detalle % por peso de la muestra total
Xxxxxxxx xx xxxxxxx y partículas friables 3.0
Material más fino que la malla No.200
Concreto sujeto a abrasión 3.0
(En caso de arena de fábrica sin arcilla ni pizarras, este valor puede aumentarse a 5.0) Todos los concretos 5.0
(En caso xx xxxxxx de fábrica sin arcilla ni pizarras, este valor puede aumentarse a 7.0) El equivalente de arena será un valor mínimo de 60.
Cuando la prueba de contenido orgánico produzca un color más oscuro que el estándar, la muestra será rechazada.
La graduación de los agregados gruesos debe estar de acuerdo a la siguiente tabla:
AASHO M 43
Tamaño | 12.7mm- No.4 | 19mm-No.4 | 25.4mm- No.4 | 38.1mm- No.4 | 50.8mm- No.4 |
0” | |||||
0 x” | 000 | ||||
2” | 000 | 00-000 | |||
1 ½” | 000 | 00-000 | |||
1” | 000 | 00-000 | 35-70 | ||
¾” | 000 | 00-000 | 35-70 | ||
½” | 90-100 | 25-60 | 10-30 | ||
3/8” | 00-00 | 00-00 | 10-30 | ||
No.4 | 0-15 | 0-10 | 0-10 | 0-3 | |
No. 8 | 0-3 | 0-5 | 0-5 |
Tamaño | 63.5mm- No.4 | 38.1mm- No.4 | 50.8mm- No.4 | 63.5mm- No.4 |
3” | 100 | 100 | ||
2 ½” | 95-100 | 000 | 00-000 | |
2” | 100 | 95-100 | 35-70 | |
1 ½” | 00-00 | 00-000 | 00-00 | 0-00 |
1” | 00-00 | 0-00 | ||
¾” | 10-30 | 0-15 | 0-5 | |
½” | 0-5 | |||
3/8” | 0-5 | |||
No.4 | 0-5 | |||
No. 8 |
Si al someter estos agregados al ensayo del sulfato de sodio la pérdida en peso no excede el 18%, el material será aceptable.
La cantidad de sustancias deletéreas no debe exceder los siguientes valores:
A) Fragmentos suaves: 5% del peso de la muestra.
B) Piezas friables 1% del peso de la muestra
C) Material que pasa
La malla No.200 1% del peso de la muestra
(En el caso de agregados quebrados, si el material consiste de polvo de trituración libre de arcilla y pizarra, este valor puede ser 1.5%)
D) Piezas planas y alargadas 8% del peso de la muestra.
El porcentaje de desgaste en la Prueba de Abrasión de Los Ángeles no debe pasar de 40.
El agua a utilizar deberá estar razonablemente limpia y exenta de aceites, sales, ácidos, álcali, azúcar, material vegetal o cualquier sustancia perjudicial para el producto acabado.
El agua que se supone es potable, puede utilizarse sin ensayo previo.
En cuanto a la obra falsa, ésta deberá ser construida sobre cimientos con suficiente resistencia para soportar las cargas sin asentamientos apreciables. La que no se pueda apoyar en cimientos macizos deberá ser soportada por medio de amplio pilotaje provisional.
Las formaletas deberán ser herméticas al mortero y suficientemente rígidas para evitar la distorsión debida a la presión del concreto y otras cargas que incidan sobre ellos en las operaciones de construcción, incluyendo la vibración. Las formaletas xx xxxxxx deberán ser construidas y conservadas de manera que eviten la apertura de juntas debido a la contracción de este material. Este tipo de formaleta deberá tener sus superficies cepilladas por lo menos en la cara que estará expuesta al concreto, y respetar las dimensiones y arquitectura que presente la estructura.
Los anclajes y amarres necesarios para mantener las formaletas en su sitio, deben ser construidos de tal manera que se puedan quitar sin maltratar la superficie del elemento colado. Si se usa alambre de amarre que cruce el elemento, deberán rellenarse las cavidades que estos produzcan.
Todas las formaletas deberán ser tratadas con algún aceite que no manche el concreto ni afecte las propiedades de éste, al momento del colado.
Las formaletas de metal deben ajustarse a los mismos requerimientos que los encofrados xx xxxxxx.
En general, el concreto no será colocado, hasta que el ingeniero supervisor revise y apruebe los trabajos realizados en la colocación de los encofrados y del xxxxx xx xxxxxxxx.
En cuanto al vibrado, todo concreto debe ser densificado mediante el uso de vibradores mecánicos aprobados, operando dentro del concreto, alrededor de la armadura, dispositivos empotrados y en los demás rincones del elemento. El vibrador debe ser utilizado según las instrucciones del fabricante y por una persona competente.
Cuando la fundición es voluminosa, es necesario tener en el proyecto dos vibradores, aunque el que se use solo sea uno de ellos.
El curado del hormigón debe comenzar una vez el concreto ha fraguado en las partes que queda expuesto al aire. Y en las partes encofradas, inmediatamente que se retiren las formaletas. Existen varios métodos para esta tarea:
Con agua: las superficies deben protegerse del sol y mantenerse húmeda por lo menos 7 días. El elemento se puede cubrir con algún material que le ayude a mantenerse húmedo, pero las bolsas de cemento o similares no son aceptables.
Con compuestos especiales: El elemento debe ser pintado o rociado con el producto siguiendo las instrucciones del fabricante. Este producto debe ser aprobado previamente por el Ingeniero Supervisor.
El plazo mínimo para habilitar el paso vehicular sobre elementos de concreto, deberá ser de 20 días, o cuando alcance el 80% de la resistencia a la compresión especificada a los 28 días.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
De acuerdo a las dimensiones que aparecen en los planos. No se harán deducciones volumétricas debido al acero o ductos eléctricos o sanitarios cuyo diámetro sea menor de 10 centímetros. Las formaletas deben de ir incluidas en el costo del concreto.
Se pagará en metros cúbicos, y en este precio estará incluido el costo del encofrado y desencofrado de la obra.
9.- GAVIONES
DESCRIPCIÓN:
Este trabajo consiste en suministrar, armar, colocar sobre una base previamente preparada, rellenar con piedra suelta y sujetar entre sí los Gaviones utilizados para encauzamientos xx xxxx, construcciones de diques y muros de retención, revestimiento xx xxxxxxx, defensas de carreteras, puentes y vías férreas.
El material del gavión deberá ser aprobado por el Ingeniero Supervisor, en base a los datos suministrados por el fabricante.
La piedra para el relleno será piedra natural o quebrada, cuidadosamente colocada de tal manera que no deforme ni dañe la estructura del gavión; que no tenga en su composición
agentes corrosivos que puedan destruir los filamentos del gavión. La piedra debe ser resistente al agua y a la intemperie, de forma regular y de tamaño mayor al agujero de la malla del gavión que se utilice. Para estructuras con volumen menor o igual a 10 m3, quedará a criterio del supervisor la aprobación de la piedra, y para estructuras con volumen mayor a 10 m3, se realizará una prueba de desgaste. La piedra debe tener un factor de pérdida menor de 50% cuando se someta a la prueba de Desgaste de Los Ángeles.
Especificaciones Técnicas ALAMBRE:
Según BS 1052/1980 Carga de Rotura : 38/50 Kg. / mm2 Estiramiento : No inferior a 12 cm. / 30 cm. largo.
Galvanización : XX 00/0000, el cual no deberá descascararse al ser retorcido. RED:
Malla hexagonal con doble torsión con bordes reforzados, con alambre de calibre mayor. El amarre deberá ser de la misma calidad con diámetro de 2.2 mm.
TOLERANCIA.
Diámetro Alambre ± 2.5 %, ancho y alto : ± 5%, largo : ± 3%. ENVEJECIMIENTO ACELERADO:
Deberá pasar satisfactoriamente las siguientes pruebas:
ASTM D 1499 - 64 ( 77 ) rayos ultravioleta ASTM G 23 - 69 ( 75 ) Tipo E
ASTM B 117 - 73 ( 79 ) niebla salina ASTM D 2287 - 78 alta temperatura
ASTM D 1203 - 67 ( 74 ) ( ISO 176 - 1976 )
DIMENSIONES COMUNES DE LOS GAVIONES
1.50 x 1 x 1 2 x 1 x 1
3 x 1 x 1
4 x 1 x 1
5 x 1 x 1
2 x 1 x 0.50
3 x 1 x 0.50
4 x 1 x 0.50
5 x 1 x 0.50
Alambre de Amarre: 8 % y 6 % para 0.50
Diámetro del Alambre: 2.4 mm., 2.7 mm., 3.0 mm., 3.4 mm.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Levantar todos los lados del gavión o colchón y amarrarlos según el diseño con el alambre de 2.2 mm. de diámetro.
Una vez nivelada la base según la pendiente prevista, colocar los gaviones y amarrarlos uno a otro por medio de las aristas, dejando las tapaderas abiertas y de manera que no estorbe su relleno, posteriormente rellenar los gaviones en tres partes esto sería 1/3 por vez, esto puede ser por medios mecánicos o manualmente. Cada tercera parte deben colocarse tirantes. Los gaviones de 0.50 m. de altura solamente necesitarán un tirante a la mitad, los colchones no necesitarán tirantes.
Los gaviones saco o cilindros bastará efectuar un amarre lateral como el diseño, estos podrán colocarse mediante rodamiento con medio manuales o por medios mecánicos, también en algunas ocasiones, si las especificaciones de la obra lo requieren y se dispone de equipo adecuado, se podrán colocar previamente llenos, también gaviones caja o colchones.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
La medición se hará basándose en el número de metros cúbicos, colocados y aceptados en la obra.
Los costos de la excavación necesaria en la construcción de estructuras de gaviones, se pagara por Excavación para Estructuras. El relleno será pagado por el concepto de Relleno con Material xx Xxxxxxxx
Se pagará en base a los precios unitarios contratados y será por metro cúbico.
10.- XXXXX XX XXXXXXXX
DESCRIPCIÓN
Las xxxxxxxx xx xxxxxxxx deben cumplir con las normas ASTM.
Antes de ordenar los pedidos de materiales, el contratista deberá enviar al supervisor, para su aprobación, todas las listas de pedidos y diagramas de xxxxxxx xx xxxxx, no debiendo pedir dicho material sin que antes esté aprobado. Sin embargo, el contratista no quedará exonerado de su responsabilidad con respecto a la exactitud de dichos diagramas.
Las xxxxxxxx xx xxxxxxxx deben protegerse en todo momento y almacenarse sobre estructuras que lo aíslen de la humedad o del lodo. Antes de colar los elementos armados, se deberá revisar el acero de tal manera que se compruebe que está limpio, exento de lodo, escamas, pintura, aceite o cualquier otra sustancia que pueda interferir en la adherencia entre concreto y acero. De no haber otra indicación, la operación de xxxxxxx xxx xxxxx debe realizarse en frío y de acuerdo a los procedimientos sugeridos por el A. C. I. Para el corte de las varillas deberá emplearse a personal competente y debe realizarse tal operación con el equipo adecuado. En lo referente al colocado de las varillas, éstas deben fijarse adecuadamente para mantener la posición indicada en los planos, y que el concreto al colarse no las mueva. Es necesario que antes del colado de cualquier elemento armado, la supervisión apruebe la colocación xxx xxxxx. En cuanto a los empalmes, estos deberán hacerse tal y como lo indican los planos.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Las xxxxxxxx xx xxxxxxxx deben ser medidas por peso, en función del número teórico de kilogramos que tiene cada una. Puede aceptarse la medición global del peso xxx xxxxx, si los planos lo indican claramente o donde sea indicado por el ingeniero supervisor. Los pesos teóricos tendrán los siguientes pesos unitarios expresados en kilogramos por metro de longitud:
TAMAÑO DE LA | VARILLA | PESO (kg/m) |
#2 | 0.249 | |
#3 | 0.560 | |
#4 | 0.994 | |
#5 | 1.552 |
#6 | 2.235 |
#7 | 3.042 |
#8 | 3.973 |
#9 | 5.060 |
#10 | 6.412 |
#11 | 7.916 |
#14 | 11.040 |
Cuando el contrato indique que el pago será por suma global, no será necesario medir para efectos de pago. No se harán mediciones ni pagos por conceptos de empalmes adicionales efectuados por el contratista a menos que sean aprobados por el supervisor. Tampoco será necesario hacer mediciones de este concepto, cuando el contrato no lo mencione y estos elementos estén incluidos en el precio del concreto.
Las cantidades xx xxxxxxxx aceptadas, serán pagadas al precio de contrato por peso, o por suma global colocadas en la obra. No se reconocerá pago adicional por soportes, alambre de amarre u otro material utilizado en la colocación de las varillas. El pago se hará, en el primer caso, en kilogramos, y en el segundo, como suma global.
11.- CONFORMACIÓN TIPO I
DESCRIPCIÓN
El trabajo consiste en escarificar, homogenizar, humedecer, conformar, compactar y afinar la superficie de rodadura de carreteras no pavimentadas, así como también limpiar y perfilar cunetas y espaldones de las mismas, con el fin de mantenerlas en condiciones adecuadas, seguras y cómodas al tránsito vehicular, además esta actividad incluye la limpieza y retiro de material sobrante (cordones).
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO:
El procedimiento constructivo de la conformación de la superficie de rodadura se ejecutará acomodándose a las dimensiones de la sección existente del camino.
Antes de comenzar a escarificar la superficie de rodadura, se deberá realizar la limpieza y el perfilado de las cunetas y espaldones. En esta limpieza preliminar se deberá eliminar toda la maleza, pequeñas rocas, material orgánico extraído, y derrumbes a nivel de las cunetas, hasta el pié de los taludes xx xxxxx, estos desechos deberán transportarse hacia sitios adecuados donde no causen contaminación ambiental, ni representen peligro de obstrucción para el drenaje. Los sitios de colocación de estos materiales deberán ser definidos por el supervisor, quién también deberá gestionar los permisos con los respectivos dueños de los terrenos utilizados como botaderos.
Se deberá escarificar la calzada y conformarla para obtener el bombeo especificado (3% - 5%). La escarificación se hará hasta xx xxxx centímetros, cuando el material selecto existente sea entre diez y quince centímetros de espesor, de tal forma que no se contamine el material selecto con el de la sub-rasante.
Una vez realizada la escarificación, todas las partículas mayores de tres (3”) pulgadas, existentes en el material selecto, deberán ser eliminadas.
El material resultante se deberá humedecer, homogenizar, conformar, afinar y compactar hasta obtener una densidad mínima del 95% xxx Xxxxxxx Standard de la AASHTO. Este porcentaje de compactación será revisado por el Supervisor, realizando una prueba de
Densidad en el Sitio por cada 500 m, alternando la línea central y los hombros, debiéndose realizar dichas pruebas a mas tardar un día después de terminado el proceso de afinamiento del material conformado. El material compactado deberá tener un contenido de humedad que no difiera en más o menos un 2% de la humedad optima de compactación.
En vista de que las pruebas de densidad se realizarán sobre el material selecto existente en la calzada, los parámetros de densidad máxima y porcentaje de humedad óptima que se tomarán como referencia deberán ser los resultados obtenidos de una muestra representativa del material existente sobre la calzada a la que se le practique la prueba xxx Xxxxxxx Estándar. Por lo anterior, se deberán realizar estas pruebas cada vez que cambien notablemente las características del material selecto existente en la calzada.
Cuando en la calzada existan depresiones excesivas o surcos causados por las aguas lluvias, se deberá incorporar material apropiado, el que será obtenido en los sitios que indique el Ingeniero Supervisor del Proyecto.
Se deberán limpiar y conformar (perfilar) las cunetas existentes, de tal manera que se garantice el libre flujo de la escorrentía.
Se deberán reconstruir las cunetas erosionadas. Cuando no se emplee material adicional, estos trabajos serán considerados como parte de la conformación, sin embargo, cuando se utilice material xx xxxxxxxx para relleno, esta actividad será considerada por el concepto de Administración Delegada.
En los sitios en que no existan cunetas, estas se deberán construir.
Se deberá efectuar la remoción de todos los residuos resultantes de los materiales excavados en la ejecución de estos trabajos. Incluye todo el material que se haya derramado en las entradas o salidas de las alcantarillas.
Estos desechos deberán ser removidos y depositados en los sitios que indique el Ingeniero Supervisor del proyecto, donde no permitan la contaminación de la superficie de rodadura existente ni causen daños de contaminación ambiental. La remoción final del material sobrante de la conformación podrá realizarse mecánicamente o con personal y carretillas de mano.
No se deberá realizar la Conformación Tipo I cuando no exista material selecto en la calzada, o cuando el material selecto remanente sea tan escaso, que no permita llevar a cabo esta actividad, sin que el mismo sea contaminado.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
El pago de los trabajos de Conformación Tipo I se hará por kilómetro efectivamente conformado, al precio unitario del contrato, una vez que la obra sea terminada y aceptada por el Ingeniero Supervisor del Proyecto.
El material incorporado para rellenar depresiones o surcos en la calzada, así como la reconstrucción de cunetas erosionadas, antes de la conformación, será pagado por Administración Delegada.
El pago de construcción de cunetas nuevas se hará por Administración Delegada, según lo indique el Supervisor.
El perfilado de las cunetas debe incluirse en el precio unitario por kilómetro de Conformación.
En caso de que al momento de conciliar la obra esté pendiente la limpieza y remoción del material de desperdicio de la conformación (cordones y material depositado en entradas y salidas de alcantarillas), únicamente se deberá reconocer el ochenta por ciento (80%) del la longitud conformada, efectuando el pago del valor remanente, correspondiente al veinte por
ciento (20%), una vez que la limpieza y remoción del material de desperdicio de la conformación, sea concluida y aceptada por el Ingeniero Supervisor del Proyecto.
El costo del acarreo del agua para la ejecución de esta actividad deberá ser considerado por El Contratista en el precio unitario de Conformación Tipo I.
12.- RELLENO CON MATERIAL XX XXXXXXXX
DESCRIPCIÓN:
Este trabajo consistirá en el relleno de material en los sitios donde se efectuará la reconstrucción de: secciones de la carretera (banqueos), muros de contención y otros, utilizando el material que aquí se especifica y conforme al procedimiento constructivo establecido en los planos o el indicado por el ingeniero Supervisor. La preparación de la base del banqueo se pagará por Administración Delegada.
El material a emplear para el relleno deberá ser el indicado por el Ingeniero Supervisor, permitiéndose un tamaño máximo de agregado grueso de hasta tres (3”) pulgadas.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Antes de la colocación del material xx xxxxxxxx, se deberá limpiar, nivelar y compactar la superficie de asiento, el material de relleno deberá ser extendido, humedecido, homogenizado y compactado en capas de 20 centímetros de espesor máximo, hasta alcanzar el 100% de densidad seca Xxxxxxx Estándar.
Cuando se construyan terraplenes, cada capa debe ser nivelada con equipo apropiado, para asegurar una compactación uniforme, y no debe proseguirse la colocación de una nueva capa, hasta que la anterior llene los requisitos de compactación especificados. El Supervisor revisará el porcentaje de compactación, realizando una prueba de Densidad en el Sitio por cada 250 m3 de material compactado, o una prueba de Densidad en el Sitio por cada relleno individual realizado, en el caso que la cantidad de cada relleno individual sea menor a 250 m3.
En caso de rellenos del dorso xx xxxxx de contención, con alturas mayores a 1.50 m, el supervisor deberá realizar una prueba de densidad a cada tercio de la altura de los mismos.
MEDICIÓN Y FORMA DE PAGO
Este concepto se medirá y pagará en metros cúbicos (m3) de material xx xxxxxxxx, colocado, humedecido y compactado en su sitio final; pago que incluirá la extracción, cargado, colocación y compactación del material, así como toda la mano de obra, equipo y herramienta y demás imprevistos para completar correctamente este concepto.
Cuando el material de relleno se utilice para construcción de terraplenes, el volumen del mismo deberá calcularse efectuando mediciones de las secciones transversales a cada 20 metros y utilizando el método del área media. Si el material se utiliza para el relleno del dorso xx xxxxx o reconstrucción de cunetas, el volumen se medirá contabilizando el número de viajes de las volquetas, multiplicando dicho número por la capacidad de las
mismas, y al resultado de la operación anterior se le restará el volumen abundado multiplicado por un factor de reducción determinado en el laboratorio.
Factor de reducción en relación al volumen suelto = (1 - peso material suelto / peso material compactado (densidad al 100% Xxxxxxx estándar)) x 100
Vol. de Relleno Material xx Xxxxxxxx = Vol. Abundado – (F. Reducc. x Vol. Abund.)
Se excluye del costo por metro cúbico de material de relleno el costo del acarreo del material, ya que este precio unitario se valorará y pagará por el concepto de Acarreo de Material Selecto.
El costo del acarreo del agua para la ejecución de esta actividad deberá ser considerado por El Contratista en el precio unitario de Relleno con Material xx Xxxxxxxx.
13.- MATERIAL SELECTO BALASTADO
DESCRIPCIÓN
El material selecto o balasto debe ser de calidad uniforme, estar exento de residuos xx xxxxxx, raíces o cualquier material perjudicial o extraño, además, entre otras propiedades, debe poseer una graduación uniforme de grueso a fino para garantizar su estabilidad y cohesión, para resistir la acción abrasiva del tráfico, y suficiente peso y ligante para evitar ser erosionado por la lluvia.
Debe evitarse utilizar materiales con exceso de material plástico, ya que en época lluviosa pueden volverse resbaladizos e inestables.
PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO
Este trabajo consiste en el suministro, colocación del material con la humedad requerida, conformación, compactación y afinado de una capa de material selecto, de acuerdo con el espesor total indicado por el Ingeniero Supervisor y lo descrito en estas especificaciones.
El material selecto para esta actividad deberá ser cortado utilizando tractor de oruga. Para casos especiales, considerando el tipo del material a cortar, y previo a la autorización de la Supervisión, se permitirá el uso de excavadoras de oruga para realizar esta actividad.
El espesor de material selecto balastado a colocar deberá ser definido y ordenado por el Ingeniero Supervisor.
Para calcular el ancho del balastado a ordenar, se deberán efectuar mediciones en toda la longitud que se balastará, preferiblemente en los puntos en que se identifiquen variaciones apreciables en el ancho de la calzada, esto con el fin de determinar un ancho promedio de la calzada a nivel de la sub-rasante ya acondicionada. En función del valor obtenido, se ordenará el ancho correspondiente a balastar. Se utilizará una proporción de 3:1 para calcular el derrame en esta actividad.
En el proceso constructivo se deberá considerar una longitud máxima de material selecto balastado, extendido en la calzada sin afinamiento, de 10 km., longitudes mayores deben ser autorizadas por el Supervisor.