CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE
LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS, LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA Y LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA EN MÉXICO Y LA ESCUELA DE POSGRADO XXXXXX
Conste por el presente documento el Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, en adelante EL CONVENIO que celebran de una parte, LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS, con RUC N° 20267073580, con domicilio legal en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxx - Xxxx, debidamente representada por su Superintendente Nacional XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, designado mediante Resolución Suprema N° 045-2023-JUS; a quien en adelante se le denominará LA SUNARP;
De otra parte, la UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA, constituida con arreglo a las leyes españolas; con número de C.I.F. A-26430439, con domicilio legal en la xxxxxxx xx xx Xxx Xx 000, 00000 Xxxxxxx, Xx Xxxxx (Xxxxxx), debidamente representada por su Rector, Prof. Xx. XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX - XXXXXXX identificado con DNI N° 00000000X, cargo para el que fue nombrado por el Consejo Directivo de la Universidad con fecha 3 de julio de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de las Normas de Funcionamiento y Organización de la Universidad y habiéndose cumplido con las prescripciones legales previstas, a quien en adelante se le denominará UNIR;
Y de otra parte, la UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA EN MÉXICO S.A, de C.V, constituida con arreglo a las leyes mexicanas; con domicilio en la Avenida Universidad número 472, Código Postal 03600, Colonia Xxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México (México), debidamente representada por su Rector, el Prof. Mtro. XXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificado con credencial ID MEX 2094563781, a quien en adelante se le denominará UNIR México;
De otra parte, la ESCUELA DE POSGRADO XXXXXX, S.A.C., con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxxxx, xxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx, con RUC Nº 20533028234, con N° xx Xxxxxxx 11078148, debidamente representada por su Gerente General , MILAGROS DEL XXXXXXX XXXX XXXXXX, identificado con DNI N° 00000000. A quien en adelante se le denominará XXXXXX;
XXXXXX, UNIR, UNIR en México y XXXXXX; mencionados conjuntamente serán denominados LAS PARTES en el presente CONVENIO MARCO, que se celebra bajo los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA. - ANTECEDENTES
I. LA SUNARP, creada por Ley N° 26366, es un organismo técnico especializado adscrito al Sector Justicia y ente Rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, dotado de personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, financiera y administrativa. Tiene como función principal planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional.
II. UNIR, es una universidad en línea privada, reconocida por la Ley 3/2008, de 13 de octubre, por el Parlamento de La Rioja. Se rige por la Ley de Ordenación Universitaria española, por las directrices de la Unión Europea y por las normas que dicta el Estado Español y la Comunidad Autónoma de La Rioja. La Ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR núm. 134, 15 de octubre de 2008) y fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 261) el 29 de octubre de 2008.
UNIR se distingue por sus estudios a través de internet y su funcionamiento se asienta esencialmente en las tecnologías de la información y de las comunicaciones y realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. UNIR fomenta un modelo de enseñanza eficaz, de alta calidad y centrada en el alumno, empleando para ello una metodología activa, participativa y constructiva. Está dirigida a impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial, cuya estructura, organización y funcionamiento han sido diseñados conforme a los parámetros y requisitos del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
III. UNIR en México es una institución de educación superior privada, legalmente constituida y reconocida oficialmente por la Secretaría de Educación Pública de México, que se distingue por sus estudios a través de internet y cuyo funcionamiento se asienta esencialmente en las tecnologías de la información y de las comunicaciones y realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. UNIR México fomenta un modelo de enseñanza eficaz, de alta calidad y centrada en el alumno, que emplea para ello una metodología activa, participativa y constructiva.
UNIR en México está constituida el 19 xx xxxxx de 2012 e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México en el Folio Mercantil Electrónico N° 475077, según consta en la Póliza número 2022, otorgada ante el corredor publico N° 33 de la Ciudad de México, Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx.
IV. XXXXXX, es una Escuela de Postgrado con rango universitario licenciada por SUNEDU con Resolución 163-2018-SUNEDU-CD., reconocida por su calidad académica y el uso de la tecnología avanzada en el desarrollo de programas internacionales, creando un espacio de aprendizaje para el desarrollo de capacidades que aporten valor a la persona y su organización.
V. Tomando en cuenta que UNIR, UNIR en México y XXXXXX, forman parte del Grupo PROEDUCA, empresa líder conformada por instituciones especializadas en la educación en línea que ofrecen programas educativos de alta calidad orientados a las necesidades y expectativas laborales actuales.
CLÁUSULA SEGUNDA. - OBJETO DEL CONVENIO
Constituye el objeto del presente convenio establecer el marco general de colaboración entre LAS PARTES en los ámbitos de la formación, la investigación, la transferencia tecnológica educativa, el asesoramiento técnico especializado, el intercambio de experiencias, la difusión de la cultura y cualquier otra actividad en el ámbito de interés común de LAS PARTES, que dispongan de mutuo acuerdo.
Así como establecer condiciones económicas especiales en favor de sus trabajadores, y familiares directos de estos (padres, hijos, cónyuge o conviviente), para que puedan cursar estudios de máster de UNIR, y Maestrías de UNIR en México y XXXXXX.
LA SUNARP, UNIR, UNIR en México y XXXXXX, podrán realizar actividades académicas de manera conjunta que sea de interés de LA SUNARP y del público en general, suscribiendo para el efecto los acuerdos específicos que correspondan.
CLÁUSULA TERCERA. - ACUERDOS ESPECÍFICOS
Para el desarrollo de la cooperación en los ámbitos concretos de su interés, LAS PARTES celebrarán acuerdos o convenios específicos en los que se determinarán las acciones que se vayan a realizar, los términos que rijan la ejecución del programa o proyecto, el régimen de protección de datos, la disponibilidad presupuestaria, las obligaciones asumidas por LAS PARTES, la duración y modalidad de renovación del convenio, las causas de extinción, así como los aspectos relativos a la propiedad intelectual e industrial y cualesquiera otros necesarios para la consecución de su objeto.
El acuerdo o acuerdos específicos se incorporarán como anexos al presente Convenio.
CLÁUSULA CUARTA. - CONDICIONES ECONÓMICAS ESPECIALES1
□ La oferta académica de Maestrías UNIR con titulación oficial española y UNIR en México con titulación oficial mexicana, será la que aparece publicada en la web de UNIR en Perú: xxxx://xxxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx-xxxxxx/xxxxxxxxx/.
UNIR ofrecerá un descuento adicional del 5% sobre los descuentos oficiales que UNIR tenga en ese momento, a los beneficiarios de este Acuerdo de LA SUNARP interesados en cursar Maestrías Oficiales de UNIR. El descuento se aplicará sobre las tarifas vigentes para Perú.
UNIR en México ofrecerá un descuento adicional del 5% sobre los descuentos oficiales UNIR en México tenga en ese momento, a los beneficiarios de este convenio de LA SUNARP interesados en cursar Maestrías Oficiales de UNIR en México El descuento se aplicará sobre las tarifas vigentes para Perú.
□ La oferta académica de Xxxxxxxxx XXXXXX con titulación oficial peruana será la que aparece publicada en la web xxxxx://xxx.XXXXXXXXXXXX.xxx.xx/#.
XXXXXX ofrecerá un descuento adicional del 5% sobre los descuentos oficiales que XXXXXX tenga en ese momento, a los beneficiarios de este Acuerdo de LA SUNARP interesados en cursar Maestrías Oficiales xx XXXXXX. El descuento se aplicará sobre las tarifas vigentes para Perú.
El otorgamiento del beneficio del convenio no exime el pago por parte del estudiante de la reserva de plaza para UNIR o el pago de inscripción para UNIR en México y XXXXXX. Los descuentos señalados no serán acumulables a otros programas de becas o financiamientos que tenga vigentes UNIR, UNIR en México y XXXXXX, excepto a los descuentos promocionales, a los que si serán acumulables.
1 Sobre la Tarifa que tiene cada uno de los Másters o Maestrías se aplicará el descuento comercial que exista en el momento de la reserva y se añadirá el descuento adicional por ser beneficiario del convenio. Ejemplo: Si en un máster de UNIR el descuento comercial es de un 45%, al postulante se le aplicará un descuento total del 50% (45% descuento comercial + 5% descuento colectivo). El descuento total puede alcanzar hasta el 60% dependiendo de la titulación y casa de estudio.
Cualquier cambio de las condiciones económicas especiales establecidas en esta cláusula, será notificado a LA SUNARP, de forma fehaciente, a la persona responsable de la coordinación del Convenio indicada en la cláusula SEXTA del presente convenio, con antelación suficiente al inicio de la convocatoria o curso académico al que se vayan a aplicar.
CLÁUSULA QUINTA. - COMPROMISO DE LAS PARTES
Para el cumplimiento del objeto de este convenio, sin perjuicio de la ejecución de otras actividades y compromisos que se desprendan de la naturaleza del mismo, LAS PARTES se comprometen a:
Compromisos de LA SUNARP:
□ Difundir a través de los medios que estén a su alcance, la oferta académica de los programas académicos que poseen UNIR, XXXXXX y UNIR en México, a los beneficiarios del convenio con LA SUNARP. Los interesados en las titulaciones de UNIR, XXXXXX y/o UNIR en México podrán solicitar información a través de una landing page, que se creará ad hoc para tal fin, facilitada por UNIR, XXXXXX y UNIR en México o suscribirse a los listados gestionados de forma interna por la institución.
□ Realizar petición de necesidades institucionales y de áreas de interés, respecto a la formación del personal a su cargo.
Compromisos de UNIR, XXXXXX y UNIR en México:
□ Remitir antes de cada convocatoria o inicio del curso académico a LA SUNARP la información respecto de la oferta de los programas académicos que estén disponibles en UNIR, XXXXXX y UNIR en México.
□ Proporcionar, dentro de su factibilidad, el apoyo logístico necesario para el cumplimiento de las actividades comprometidas en este convenio o que se desprenda de la ejecución del mismo.
□ Remitir a LA SUNARP información relacionada al porcentaje de descuentos, cantidad de plazas disponibles en cada programa académico a fin de que emita un listado de personas interesadas y lo remita a UNIR, XXXXXX y UNIR en México.
CLÁUSULA SEXTA. - MATRICULACIÓN O INSCRIPCIÓN
Las condiciones de matrícula o inscripción de los beneficiarios de LA SUNARP serán las contenidas en la normativa interna de UNIR, XXXXXX y de UNIR en México y el estudiante deberá presentar en el momento de formalizar su matrícula o inscripción según corresponda, el formulario correspondiente junto con la documentación que precise para demostrar su acceso a la titulación que desea cursar.
En caso de no poder completar la documentación antes de la fecha de inicio de convocatoria, el estudiante podrá matricularse bajo la modalidad de admisión condicionada siempre que aporte, en el momento de matricularse o inscribirse, el formulario firmado, una copia del documento de identidad y una copia simple del título de acceso. En este supuesto el estudiante podrá iniciar los estudios y se le concederá un plazo adicional de dos (2) meses calendario para que aporte la documentación que falte y, en concreto, la copia del título debidamente legalizado y apostillado, la hoja de vida y el certificado de notas.
En el caso de no presentar dicha documentación en ese plazo o cuando esta no sea auténtica y/o suficiente se llevará a cabo el procedimiento aplicable en estos casos.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - DE LA COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
Para el cumplimiento de los compromisos asumidos en el presente Convenio Xxxxx, LAS PARTES acuerdan designar a los siguientes coordinadores:
□ Por parte de LA SUNARP, la integrarán:
1. Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos Tel.: 01 - 000 0000, anexo: 8826
Dirección de correo: xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
2. Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, especialista en capacitación Tel.: 01 - 000 0000, anexo: 8939
Dirección de correo: xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
□ Por parte de UNIR, UNIR en México y XXXXXX, la integrará Xxx. Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Gerente de Desarrollo Institucional en Perú o quien ella designe.
Tel.: 000000000
Dirección de correo: xxxxxxxxxxx.xxxx@xxxx.xxx
CLÁUSULA OCTAVA. - CONFIDENCIALIDAD
Toda información, que cualquiera de LAS PARTES comunique o facilite a la otra o a la que tengan acceso cualquiera de ellas por razón o como consecuencia del presente Convenio Marco, o de sus convenios específicos, será considerada confidencial, estando LAS PARTES obligadas a mantener el debido secreto sobre la misma, por lo que no podrá ser divulgada, mostrada, reproducida, copiada, discutida con terceros, ni empleada por ninguna de LAS PARTES para fines ajenos al mismo, salvo autorización expresa de todas LAS PARTES.
CLÁUSULA NOVENA. - LIBRE ADHESIÓN Y SEPARACIÓN DE LAS PARTES
Tanto SUNARP como UNIR, XXXXXX y UNIR en México actúan en el presente Convenio como instituciones independientes y ninguna de LAS PARTES está autorizada para actuar o asumir obligaciones en nombre de la otra parte, más allá de los términos del presente Convenio. El término del Convenio no afectará la culminación de los compromisos pendientes a la fecha de su resolución.
CLÁUSULA DÉCIMA. - IMAGEN INSTITUCIONAL
LAS PARTES autorizan expresamente el uso de sus signos distintivos exclusivamente para promover y dar a conocer en el mercado todos aquellos programas o actividades relacionadas con las acciones conjuntas establecidas en el presente Convenio Marco. Para tal efecto, se deberá solicitar autorización a través del coordinador institucional que se señala en la cláusula octava, cuando se requiera utilizar el logotipo, isotipo y demás distintivos en comunicaciones propias del Convenio Marco.
Ninguna de LAS PARTES podrá utilizar las marcas, logotipos, nombres comerciales o cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual e industrial de la otra Parte, para ninguna finalidad distinta de lo estipulado en la presente cláusula sin que haya sido expresamente autorizada por escrito por la titular.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - PROTECCIÓN DE DATOS
LAS PARTES se informan como responsables del tratamiento que, en cumplimiento de las normativas en materia de protección de datos que le pudieran resultar de aplicación a cada una de ellas, los datos de carácter personal que respecta a los intervinientes del presente CONVENIO y los que se deriven de la relación del mismo, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación contractual conforme al objeto del presente CONVENIO.
A su vez, LAS PARTES, en el caso de que se lleven a cabo tratamientos de datos específicos, se comprometen a regular dichos tratamientos conforme a las exigencias de la Ley N.º 29733 Protección de Datos Personales, el Decreto Supremo N.º 033-2013-JUS por el que se aprueba el Reglamento de la Ley N.º 29733, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales, la Ley Federal de México sobre Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento de desarrollo.
En cualquier caso, cada una de LAS PARTES podrá ejercitar los derechos reconocidos en las normas anteriormente mencionadas, dirigiéndose al correspondiente responsable del tratamiento, adjuntando la debida identificación, en las siguientes direcciones establecidas en el encabezado del presente documento, donde podrán solicitar el acceso a las políticas y avisos de privacidad establecidos por cada una de LAS PARTES.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - FINANCIAMIENTO
LAS PARTES establece que el presente CONVENIO no originará obligaciones de tipo económico entre el SUNARP, UNIR, XXXXXX y UNIR en México. En consecuencia, la celebración del presente CONVENIO no implica desembolso económico alguno a cargo de LAS PARTES.
Adicionalmente, queda claramente establecido que las operaciones de venta, publicidad y demás, realizadas con ocasión del presente CONVENIO son de absoluta responsabilidad y cargo de UNIR, XXXXXX y UNIR en México, LA SUNARP no tendrá ninguna obligación de índole económica, fiscal, ni tributaria, ni laboral ni de ninguna otra que origine el presente CONVENIO.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - ENTRADA EN VIGOR, PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN
El presente Xxxxxxxx tendrá una vigencia de 2 años a partir de la fecha de su firma, prorrogándose tácitamente por periodos iguales.
LAS PARTES firmantes podrán modificar los términos del presente Convenio en cualquier momento, de mutuo acuerdo, que se reflejará en una adenda al mismo.
En todo caso, los proyectos iniciados durante la vigencia del Convenio se mantendrán hasta su finalización.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO
LAS PARTES expresan su voluntad de dar cumplimiento a los compromisos que asumen, a fin de lograr el éxito del objeto del presente Convenio. La parte que incumpla sus compromisos y obligaciones asumirá la responsabilidad por los daños y perjuicios directos que ocasiones a la otra parte o a terceros.
Queda establecido que cada parte asume de manera independiente las eventuales responsabilidades que pudieran derivarse del incumplimiento de los compromisos que asume mediante el presente Convenio y afecten el cumplimiento de su objeto.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - CAUSAS DE EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN
El presente convenio se resolverá por alguna de las siguientes causas:
□ Por acuerdo expreso entre LAS PARTES.
□ Por denuncia de LAS PARTES en los términos previstos en la cláusula anterior.
□ Por las demás causas generales establecidas en la legislación nacional vigente de cada una de LAS PARTES.
□ Por voluntad de cualquiera de LAS PARTES
□ Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Convenio o en sus Convenio Específicos. En este caso, la parte que considera que se están incumpliendo los compromisos estipulados en el presente instrumento deberá cursar a la otra parte, una comunicación escrita indicando la(s) cláusula(s) del convenio incumplida(s), con el sustento correspondiente, otorgando un plazo máximo de quince (15) días calendario para que regularice el cumplimiento del compromiso debido. Vencido dicho plazo sin que se produzca la regularización, la parte interesada dará por resuelto el convenio de colaboración automáticamente.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - ANTICORRUPCIÓN
□ LAS PARTES se comprometen a no aceptar ninguna oferta, regalo, pago o consideración de beneficio de cualquier tipo, sea directa o indirectamente, a través de los Coordinadores Institucionales o cualquier otra persona, para el cumplimiento o incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio.
□ LAS PARTES se obligan a conducirse con honestidad, probidad, veracidad e integridad y a no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente.
□ LAS PARTES se comprometen a abstenerse de realizar cualquier práctica o acción que no se ajuste o no esté contemplada en las normas o que pueda poner en tela de juicio su calidad profesional y/o moral, ante cualquier autoridad pública o privada, medios de comunicación o cualquier tercero.
□ LAS PARTES declaran que, durante el proceso de negociación y formalización del presente convenio, no se ha generado ningún evento, situación o hecho que involucre algún indicio de corrupción que pueda incidir en los compromisos asumidos a la suscripción del presente convenio.
□ Queda expresamente establecido mediante el presente convenio, que en caso se verifique que alguna de LAS PARTES inobserva lo establecido en los numerales precedentes de la presente cláusula, el presente convenio quedará resuelto de pleno derecho.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. - DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES
Para todos los efectos contractuales y legales, LAS PARTES establecen como domicilio a efecto de notificaciones las siguientes direcciones:
□ LA SUNARP, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx xx Xxxxx, Xxxx (Xxxx).
□ ESCUELA DE POSGRADO XXXXXX S.A.C., Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxxxx, xxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx (Xxxx)
□ UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA, Xxxxxxx xx xx Xxx, 000, 00000 Xxxxxxx, Xx Xxxxx (Xxxxxx).
□ UNIR en México, Avenida Universidad número 472, Código Postal 03600, Colonia Xxxxxx Xxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México (México).
LAS PARTES se obligan a comunicar cualquier variación en las direcciones anteriormente mencionadas, con cinco días de anticipación a los correos institucionales de los coordinadores. En el caso de que no lo hicieren, las notificaciones tendrán plena validez cuando se hagan al lugar señalado en esta cláusula.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
LAS PARTES declaran que, en caso de producirse alguna discrepancia o controversia derivada de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, será resulta mediante trato directo de LAS PARTES, en forma armoniosa siguiendo las reglas de la buena fe y común intención de LAS PARTES, no siendo condición para dejar de someter alguna controversia a la jurisdicción de los tribunales de justicia de la ciudad de Lima.
De conformidad con lo que antecede, firman el presente convenio por cuadruplicado y con un solo efecto a los 29 días del mes de Noviembre del año 2023.
Por SUNARP
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXXXXX Xxxxxxx Xxxxxx FAU 20267073580 soft
Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 29.12.2023 15:16:09 -05:00
Por UNIR
10589976V XXXX XXXXX XXXXXXX (R: A26430439)
Xxxxxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Superintendente Nacional
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxx
Rector
Por UNIR México
Xxxxxxxxx
Digitally signed by Xxxxxxxxx
Por XXXXXX
Xxxxx
Xxxxx
Xxxxx Xxxxx Date: 2023.12.05
18:19:14 -06'00'
XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXX ESCUELA DE POSGRADO XXXXXX S.A.C. GERENTE GENERAL
xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx Fecha: 15/12/2023 13:01
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Rector
FirmMadoicloan gwwrwo.toscaDpu.xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx
Gerente General
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU 20267073580 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 28.12.2023 16:23:05 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXXXX Xxxxx Xxxx FAU 20267073580 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 29.12.2023 11:01:09 -05:00
Firmado digitalmente por:
8
XXXX XXXXXX Xxxxxx Xxxx FAU 20267073580 hard Motivo: Doy Visto Bueno del Documento
Fecha: 2023/12/29 12:43:16-0500