COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE
“30 años generando energía y unión entre dos pueblos”
LICITACIÓN PÚBLICA
CONTRATO SG- 531
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL DE LA SUBESTACION COLONIA XXXX Y LIMPIEZA DE LAS INTALACIONES DE LA MISMA”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
TABLA DE CONTENIDO
A) OBJETO 5
B) CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y LEGALES 6
B.1.- PARTICULARES (CALP) 6
B.1.I.- REGIMEN DE LA LICITACIÓN 6
B.1.II.- FORMA DE COTIZAR 6
B.1.III.- PLAZO 6
B.1.IV.- MONTO DE LAS GARANTÍAS 7
B.1.V.- VISITA A LAS INSTALACIONES 7
B.1.VI.- FORMA DE PAGO 7
B.1.VII.- REAJUSTES DE PRECIOS 7
B.1.VIII.- LUGAR DE EJECUCIÓN (O ENTREGA) 8
B.1.IX.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 8
B.1.X.- SEGUROS 8
B.1.XI.- INICIO DEL SERVICIO 9
B.1.XII.- PENALIDADES 9
B.2.- GENERALES (CALG) 10
B.2.I.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 10
B.2.I.1.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 10
B.2.II.- DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS 11
B.2.II.1.- INCOMPATIBILIDADES 11
B.2.II.2.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE 11
B.2.II.3.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS 12
B.2.II.4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 13
B.2.II.5.- FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS 13
B.2.II.6.- INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE 14
B.2.II.7.- FORMA DE COTIZAR 14
B.2.II.8.- ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES 14
B.2.II.9.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 15
B.2.II.10.- IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS 16
B.2.II.11.- REPRESENTANTE DEL OFERENTE 16
B.2.III.- DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN 17
B.2.III.1.- APERTURA DE OFERTAS 17
B.2.III.2.- LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES 17
B.2.III.3.- EVALUACIÓN DE OFERTAS 18
B.2.III.4.- CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS 18
B.2.IV.- DE LA ADJUDICACIÓN 18
B.2.IV.1.- FACULTAD DE PRESELECCIONAR 18
B.2.IV.2.- MEJORA DE OFERTAS 19
B.2.IV.3.- ADJUDICACIÓN 19
B.2.IV.4.- CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS 19
B.2.IV.5.- COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 19
B.2.V.- DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 19
B.2.V.1.- DOMICILIO DEL CONTRATISTA 19
B.2.V.2.- INSPECTOR DE OBRA 19
B.2.V.3.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 20
B.2.V.4.- SEGUROS 20
B.2.V.5.- LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 21
B.2.V.6.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS MISMOS 21
B.2.V.7.- SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES 21
B.2.V.8.- COMPROMISO AMBIENTAL 22
B.2.V.9.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE 23
B.2.V.10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 23
B.2.V.11.- TRIBUTOS Y CARGAS SOCIALES 25
B.2.V.12.- CESIÓN DEL CONTRATO 25
B.2.V.13.- SUB-CONTRATACIÓN 25
B.2.V.14.- ÓRDENES DE SERVICIO 25
B.2.V.15.- VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS 25
B.2.V.16.- VALUACIÓN DE SUMINISTROS O TRABAJOS NO PREVISTOS 26
B.2.V.17.- PAGOS 26
B.2.VI.- DE LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES 28
B.2.VI.1.- CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS 28
B.2.VI.2.- EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE 28
B.2.VI.3.- PENALIDADES 28
B.2.VI.4.- XXXX 28
B.2.VI.5.- DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS 29
B.2.VII.- DE LA RESCISIÓN 29
B.2.VII.1.- RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 29
B.2.VII.2.- RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA 29
B.2.VII.3.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA 29
B.2.VII.4.- RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA 30
B.2.VII.5.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA 30
B.2.VII.6.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 30
B.2.VII.7.- CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN 31
B.2.VII.8.- RECEPCIÓN PROVISORIA 31
B.2.VII.9.- PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN 31
B.2.VII.10.- RECEPCIÓN DEFINITIVA 31
B.2.VII.11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS 31
B.2.VII.12.- INGRESO AL COMPLEJO 32
B.2.VIII.- DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE 33
B.2.VIII.1.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 33
C) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 34
C.1.- PLANILLA “NÓMINA DE VEHÍCULOS OFRECIDOS” 39
C.2.- PLANILLA “PERSONAL TRANSPORTADO MES: ...............................” 40
C.3.- PLANILLA DE COTIZACIÓN LICITACION PÚBLICA SG-531 "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL DE LA SUBESTACION COLONIA XXXX Y LIMPIEZA DE LAS INTALACIONES DE LA MISMA” 41
D) ANEXOS 42
D.1.- POLÍTICA DE CALIDAD, AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL42 D.2.- INFORMACIÓN AMBIENTAL 44
D.3.- REGLAMENTO DE LICITACIONES Y/O CONCURSOS DE PRECIOS 45
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE LICITACIÓN PÚBLICA SG-531
A) OBJETO
La C.T.M. xx Xxxxx Grande invita a cotizar a prestadores argentino, para contratar el Servicio de Transporte de su personal que cumple funciones en la Subestación Colonia Xxxx, trasladándolo desde Concepción del Uruguay a la Subestación y viceversa (viaje redondo), y limpieza de las instalaciones de la misma, de acuerdo al siguiente criterio:
• ITEM 1 – TRANSPORTE TURNO ROTATIVO: Tres (3) viajes diarios, incluyendo domingos y feriados.
• ITEM 2 – TRANSPORTE DE LUNES A VIERNES, EXCEPTO FERIADOS: Dos (2) viajes diarios.
• ITEM 3 – Servicio de limpieza.
Todo de acuerdo con las estipulaciones del presente Pliego de Bases y Condiciones y Circulares que emita la C.T.M. antes de la fecha de apertura de las ofertas, a las que los oferentes deberán ajustarse.
Las Condiciones Particulares priman sobre las Condiciones Generales.
Objetivo Página 5 de 45
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE LICITACIÓN PÚBLICA SG-531
B) CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y LEGALES
B.1.- Particulares (CALP)
B.1.I.- REGIMEN DE LA LICITACIÓN
Bajo el sistema de un (1) sobre.
B.1.II.- FORMA DE COTIZAR
El oferente deberá cotizar en pesos de la República Argentina SIN IVA, exclusivamente en la Planilla de Cotización que se adjunta, obligatoriamente los tres ítems:
ITEM 1 TRANSPORTE DE TURNO ROTATIVO:
Precio unitario por cada viaje redondo (ida y vuelta). A título ilustrativo se hace saber que se prevé la realización de tres viajes redondos por día, todos los días del año. Xxxxxxx: 06; 14; 22 hs.
ITEM 2 TRANSPORTE DE LUNES A VIERNES:
Precio unitario por cada viaje redondo (ida y vuelta). A título ilustrativo se hace saber que se prevé la realización de dos viajes redondos por día, de lunes a viernes excepto feriados (horario: 07.00 horas y 15.00 horas).
ITEM 2 LIMPIEZA:
Precio total mensual de las tareas a realizar.
En forma separada se cotizará el precio de las tareas periódicas y tareas especiales.
El detalle de las áreas de trabajo; tareas a realizar; tareas periódicas, así como las condiciones y frecuencia de las mismas se describen en las Especificaciones Técnicas.
Los oferentes deberán presentar en forma detallada, la estructura de costos de cada ítem.
Los precios cotizados, deberán comprender todos los tributos, impuestos, tasas, contribu- ciones, incluso el de sello y/o timbres, derechos y cualquier otro componente de costo de cualquier índole.
Todos los tributos (incluso IVA) deberán estar desglosados en la cotización, siendo éste un requisito esencial de admisibilidad de la oferta.
Las características que deben reunir los vehículos destinados a prestar el servicio se detallan en las Especificaciones Técnicas. La información detallada relativa a esas características, deberá formar parte de la propuesta.
B.1.III.- PLAZO
El contrato tendrá un plazo de duración de treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha que se establezca en el mismo y podrá ser renovado por parte de C.T.M. por un período adicional de hasta doce (12) meses con la sola comunicación al Contratista efectuada en forma fehaciente treinta (30) días antes, por lo menos, de la finalización del período original. Agotado dicho periodo adicional, las partes, de común acuerdo, podrán efectuar sucesivas prórrogas por períodos de hasta doce (12) meses.-
Particulares (CALP) Página 6 de 45
B.1.IV.- MONTO DE LAS GARANTÍAS
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta: U$S 3.000 (Dólares estadounidenses tres mil).
b) Garantía de Cumplimiento de Contrato: 10 % del monto correspondiente a doce meses de Contrato.
Los oferentes podrán constituir las garantías en moneda local, tomando para su conversión el tipo de cambio vigente el día anterior a la fecha de constitución de la garantía.
B.1.V.- VISITA A LAS INSTALACIONES
Los interesados deberán acreditar constancia escrita de Visita al Complejo, a fin de interiorizarse del objeto de la Licitación y de los recorridos, para lo que deberán presentarse los días jueves – previos a la apertura-, a las 10.00 horas, ante el personal de la Subestación Colonia Xxxx, con quienes realizarán la visita a las instalaciones y extenderán la constancia mencionada.
Por Consultas, dirigirse a:
Xxxxxx, Xxxxx TE: 0345 4216612 (Concordia, R.A) – Interno Nº 7403 - e-mail: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M, fuera de los que integran este Pliego de Condiciones serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos.
B.1.VI.- FORMA DE PAGO
Se abonará en pesos. El Contratista facturará sus servicios en forma mensual.
El pago de la factura correspondiente se realizará el día miércoles (o día hábil inmediato posterior) de la tercera semana siguiente a la de presentación de las mismas en la Mesa de Entradas de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande.
La factura incluirá la totalidad de los viajes redondos efectivamente realizados durante el periodo. A los efectos del pago deberá adjuntarse a la factura correspondiente la Planilla PERSONAL TRANSPORTADO, certificada por el representante de la C.T.M.
Es condición indispensable para que C.T.M. pague el servicio, la presentación de la documentación que acredite encontrarse al día en el pago de los aportes por leyes sociales y seguros, que correspondieran según este Xxxxxx.
La falta de presentación de la documentación exigida en el presente artículo, faculta a la
C.T.M. a ejercer el derecho de retención del pago, hasta que dicha situación sea regularizada por el Contratista.
B.1.VII.- REAJUSTES DE PRECIOS
Los precios básicos se reajustarán de la siguiente forma:
Servicio de Transporte
El precio básico del viaje redondo se reajustará de la siguiente forma: Pa = Po (0,30 IS + 0,30 PG + 0,40 TyC )
ISo PGo TyCo
Donde:
Pa= Precio ajustado al mes de ejecución del servicio. Po= Precio de oferta
IS= Indice de Salarios -Sector Privado, Registrado-, publicado por el INDEC (R.A.), mes anterior al de prestación del servicio.
ISo= Idem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
PG= Precio del Gas Oil YPF “euro”, del último día del mes anterior al de prestación del servicio.
PGo= Idem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
TyC= Indice Rubro Transporte y Comunicaciones –sub Rubro Transporte- del índice de Precios al Consumidor INDEC, mes anterior al de prestación del servicio.
TyCo= Idem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
Servicio de Limpieza
El precio mensual básico del sevicio de limpieza, tareas periódicas y tareas especiales, se reajustará de la siguiente forma:
Pa = Po (0,60 ISSP + 0,40 IPC )
ISSPo IPCo
Donde:
Pa= Precio ajustado al mes de ejecución del servicio. Po= Precio de oferta
ISSP= Indice de Salarios -Sector Privado Registrado-, publicado por el INDEC, mes anterior al de prestación del servicio.
SSPo= Idem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
IPC= Indice de Precios al Consumidor, publicado por el INDEC, del mes anterior al de prestación del servicio.
IPCo= Idem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
El reajuste de los precios del Contrato se efectuará y pagará en correspondencia con cada fecha de pago del Contrato.
B.1.VIII.- LUGAR DE EJECUCIÓN (O ENTREGA)
Descriptas en el Objeto xxx Xxxxxx y en el Art. 1º de las Especificaciones Técnicas.
B.1.IX.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La oferta deberá ser válida y estar vigente por un período de 60 (sesenta) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de esta Licitación.
B.1.X.- SEGUROS
El Contratista deberá durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M., contemplando en los casos que corresponda, la extensión de la cobertura dentro del territorio de la República Argentina en el ámbito del Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande.
a) De Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de las personas que participan en el servicio, de acuerdo con la legislación nacional vigente en la R.A.
Para los casos no comprendidos en la citada ley se deberá contratar un Seguro individual de Accidentes Personales, de modo tal que toda persona que deba ingresar a las instalaciones de la C.T.M. cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes. El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada a la prestación de servicios en C.T.M. puede carecer de dicha cobertura. Monto mínimo de U$S 40.000 (dólares estadounidenses cuarenta mil) por persona, para “Riesgo de Muerte”.-
b) De Responsabilidad Civil por daños a terceros de automotores que se utilicen para la prestación del servicio. Dicho seguro deberá amparar a las personas transportadas y tener cobertura MERCOSUR.
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista.
Los mismos deberán ser presentados previo a la suscripción del contrato correspondiente y mensualmente deberán presentarse a C.T.M. constancia de encontrarse al día en el pago de las cuotas correspondientes, siendo esto último requisito para el pago del servicio.
B.1.XI.- INICIO DEL SERVICIO
Es intención de la C.T.M. dar inicio al servicio dentro de los treinta días de la firma del Contrato.
No se autorizará el inicio de los trabajos sin la previa conformidad dada por el Área Materiales – Sector Compras y Contrataciones de que todos los recaudos exigidos en los Artículos: B.2.V.3. (CALG): Garantía Cumplimiento de Contrato; B.1.XI. (CALP): Seguros;
B.2.V.8. (CALG): Compromiso Ambiental y B.2.VII.12. (CALG): Requisitos para el Ingreso a la Represa, han sido cumplimentados, siendo responsabilidad del Adjudicatario/Contratista la demora en el inicio por falta de alguno de los recaudos citados.
B.1.XII.- PENALIDADES
En caso de incumplimiento del servicio o de que éste se cumpla con retraso, el Contratista se hará pasible de observación con las siguientes multas:
1º Observación Sin cargo económico
2º Observación 2 %
3º Observación 5 %
4º Observación 10%
5º Observación y sig. 15%
Los importes de las mismas se calcularán sobre el monto mensual de la facturación correspondiente a la línea observada.
Todas las observaciones tendrán carácter de acumulativas.
Los incumplimientos, deficiencias y/o transgresiones juzgadas de carácter grave por la C.T.M., xx Xxxxx Grande, como así también los actos de reincidencia en que incurra el adjudicatario, serán sancionados con las penalidades señaladas y/o con la rescisión del contrato en el momento en que la C.T.M. xx Xxxxx Grande lo considerare oportuno sin tener derecho a reclamo alguno la otra parte.
Para la aplicación de las multas estipuladas, la C.T.M. xx Xxxxx Grande, solamente tendrá obligación de notificar previamente por escrito al Contratista las deficiencias que motivaron las mismas.
En los certificados extendidos por la autoridad de control de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, se harán constar las observaciones de las cuales se ha hecho pasible el Contratista, a efectos de proceder a practicar las retenciones correspondientes.
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE LICITACIÓN PÚBLICA SG-531
B.2.- Generales (CALG)
B.2.I.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
B.2.I.1.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
Las expresiones que se enuncian a continuación tendrán el siguiente significado: Adjudicatario: El oferente a quien se ha comunicado en forma fehaciente la adjudicación de esta Licitación, hasta la firma del Contrato.
CALP: Condiciones Administrativas y Legales Particulares. CALG: Condiciones Administrativas y Legales Generales.
Caso fortuito o Fuerza mayor: Son los definidos en el Código Civil de la República Argentina, artículo 514 y su correspondiente en la República Oriental del Uruguay, artículo 1343.
Circular, por consulta: Las contestaciones de la C.T.M. a los pedidos de aclaración formulados por los interesados, comunicadas fehacientemente.
Circular, sin consulta: Las aclaraciones y/o modificaciones de oficio a estos Pliegos, que la
C.T.M. formule y xxxx comunicadas fehacientemente a los interesados. Comitente: la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande - C.T.M.
Contratista: El adjudicatario que ha celebrado contrato con la C.T.M. referido al objeto de esta Licitación.
Contrato: Acuerdo de voluntades expresadas por escrito que rige la relación entre la C.T.M. y el Contratista.
Precio: Significa el importe consignado en la oferta.
Cronograma: Desarrollo en el tiempo de cada etapa del proyecto representado gráficamente según las C.A.L.P. y E.T.
C.T.M.: La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande. Organismo interestadual de carácter internacional creado por Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx para el Aprovechamiento de los Rápidos del Río Uruguay, en la xxxx xx Xxxxx Grande firmado en la Ciudad de Montevideo el 30 de diciembre de 1946, aprobado por las leyes 12.517 (R.O.U.) y 13.213 (R.A.), que cuenta con sendos Acuerdos de Sede y Sobre Privilegios e Inmunidades aprobados por las leyes 21.756 (R.A.) y 14.896 (R.O.U.).
Días: Salvo aclaración en contrario, se entenderán por días hábiles. Días corridos: Período ininterrumpido de días hábiles e inhábiles.
Días hábiles: los días en que funcionan las oficinas de la administración de C.T.M. ET: Especificaciones Técnicas.
Inspector de Xxxx: Es el responsable de la C.T.M. ante el contratista y tendrá a su cargo la relación con éste.
Generales (CALG) Página 10 de 45
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE LICITACIÓN PÚBLICA SG-531
Interesado: Persona física, jurídica o consorcio adquirente xxx Xxxxxx de Condiciones que no haya presentado su oferta.
Invitado: Persona Física o Jurídica invitada a esta Licitación. Mesa de Entrada: Lugar de ingreso de la documentación a C.T.M.
Oferente: La persona física, jurídica o consorcio que presenta una oferta en esta Licitación. Oferta: la propuesta presentada por el oferente en esta Licitación.
Pesos ($): Moneda de curso legal en la R.A.
Pesos Uruguayos ($u): Moneda de curso legal en la R.O.U.
Proyecto: Documentación técnica - ejecutiva de los trabajos y demás servicios propuesto por el Oferente - Contratista.
R.A.: República Argentina.
R.O.U.: República Oriental del Uruguay.
Sub contratista: la persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los servicios u obras a su cargo, con el acuerdo de C.T.M.
Todo otro término empleado en ésta documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.. volver
B.2.II.- DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS
B.2.II.1.- INCOMPATIBILIDADES
Los oferentes deberán tener en cuenta que, según normas internas de C.T.M.:
a) A los agentes de la misma les está expresamente prohibido tener intereses, de cualquier índole, presentes o futuros en empresas que contraten efectivamente con ella mientras dure la contratación. De no cumplirse, la oferta quedará automáticamente rechazada. También es aplicable a empresas subcontratistas.
b) No se admitirán ofertas de personas jurídicas o físicas que mantengan conflictos pendientes de resolución con la C.T.M., ni de personas jurídicas que, aún no encontrándose en la situación descripta precedentemente, sean integradas y dirigidas por personas físicas que se encuentran en la referida situación.
B.2.II.2.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE
El Oferente deberá acreditar:
a) Capacidad civil para obligarse.
b) Capacidad técnica y antecedentes en el desarrollo de obras o servicios similares, los que deberán ser acreditados en forma fehaciente.
c) Capacidad económico-financiera, acompañando: Estados Contables: (Situación patrimonial, Evolución del Patrimonio Neto y de Resultados de los dos últimos ejercicios), con dictamen de Contador Público Independiente, para empresas de la RA certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En el caso de empresas de la R.O.U, presentarán como mínimo Informe de Revisión Limitada.
Para el caso de no contar con la antigüedad exigida, deberán presentar un Estado de situación con los requisitos antes expresados, aunque el período sea inferior a doce meses. Las empresas que no están obligadas a llevar Estados contables, deberán presentar manifestación de bienes (Activos y Pasivos) con las mismas exigencias requeridas para los Estados Contables.
Las ofertas formuladas por personas físicas deberán contener además, el nombre completo, los datos personales, nacionalidad, profesión, domicilio real, documento de identidad, C.U.I.T. para oferentes de la R.A. o R.U.T. para oferentes de la R.O.U., o su equivalente para oferentes de otras nacionalidades, domicilio legal y ser firmadas en la forma acostumbrada que use el Oferente.
Deberán acompañar constancia de la habilitación correspondiente y de las inscripciones en los organismos competentes respecto a la situación impositiva (I.V.A. - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - INGRESOS BRUTOS) y previsional (A.F.I.P., D.G.I., D.G.R. y B.P.S., para el caso de la R.A. y de la R.O.U.).
Asimismo, las ofertas formuladas por cualquier clase de sociedad, cooperativas o consorcios, deberán contener:
1. Denominación y razón social.
2. Copia del Contrato social o documento equivalente, autenticados ante Escribano Público. De no existir contrato, datos completos de todos sus integrantes.
3. Constancia de inscripción en los Registros Públicos correspondientes.
4. Domicilio legal.
5. Número de Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) para las firmas de la R.A. y número de Registro Único Tributario (R.U.T.) para firmas de la R.O.U.
6. En el caso de Sociedades Anónimas, detalle de capital suscripto e integrado a la fecha del último Estado de Situación Patrimonial.
7. Tales ofertas deberán ser firmadas por un representante autorizado, indicando el cargo que ocupa en la sociedad, acompañado del poder que acredite la personería invocada y la facultad de presentar la oferta.
Si las ofertas son presentadas por dos o mas empresas integradas en Consorcio o UTE (Unión Transitoria de Empresas), sin perjuicio de cumplir las instrucciones anteriores, deberán establecer un domicilio legal, que será domicilio legal del Consorcio o UTE, y unificar la personería acompañando el poder pertinente al mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio o UTE. Las empresas que integran un Consorcio o UTE, asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del Contrato, debiendo incluir en la oferta una declaración suscripta por todos los miembros del Consorcio o UTE asumiendo tal responsabilidad. En caso de resultar adjudicatarias y previo a la firma del Contrato, deberán formalizar esa responsabilidad solidaria y mancomunada ante Escribano Público.
B.2.II.3.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
El sobre deberá contener la siguiente información y documentación:
1. La cotización, en la forma prevista en el presente Xxxxxx xx X.X.X.X.
2. Estructura de costos.
3. Original de la Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P.
4. Constancia de compra xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
5. Constancia expedida por el personal competente de haber efectuado la visita, en caso de que las C.A.L.P. así lo dispongan.
6. Pliego de Bases y Condiciones firmado.
7. Toda la información que figura como requisito en el Art. B.2.II.2 “REQUISITOS PARA SER OFERENTE".
8. Una relación detallada de los servicios o trabajos realizados y en ejecución que permita acreditar acabadamente su experiencia y capacidad para la ejecución del objeto contractual.
9. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido por el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales o por las Especificaciones Técnicas.
10. Declaración Jurada de aceptación explicita de todos y cada uno de los artículos xxx Xxxxxx de CAL, Especificaciones Técnicas y de sus documentos anexos.
11. Para el caso de Licitaciones con 2 sobres, el Sobre Nº 2 sólo deberá contener la Cotización y la Estructura de Costos.
12. Bonificación por pronto pago, de acuerdo a lo establecido en el Art. B.2.V.17 xxx Xxxxxx.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el Oferente, así como ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
La documentación presentada en la oferta deberá respetar el orden del presente artículo y estar
debidamente foliada.
B.2.II.4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El oferente deberá garantizar su oferta constituyendo una garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto establecido en las C.A.L.P., en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo B.2.II.5 de las Condiciones Generales del presente Pliego. Esta Garantía deberá estar vigente durante el plazo de validez de oferta, incluidas las prórrogas de ésta que se acuerden.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta garantizará a la C.T.M., que en caso que el Oferente resulte adjudicatario, suministrará una Garantía de Cumplimiento de Contrato en las modalidades establecidas en el Artículo B.2.II.5 y B.2.V.3, y que formalizará dicho Contrato.
El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma o el adjudicatario que no suscriba el Contrato o que no constituya en plazo la Garantía de Cumplimiento de Contrato, perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
B.2.II.5.- FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS
Se admitirán las siguientes modalidades:
a) En efectivo: depositando a la orden de la C.T.M. en los siguientes Bancos, debiéndose adjuntar la boleta de depósito correspondiente:
Concordia:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. - XXXXX, Xxx.Cte: ($) Nº 003-0007517/9; (CBU 3860003401000000751794)
Salto:
BANCO SANTANDER - Cta.Cte: ($u) Nº 390987690-6 BANCO SANTANDER - Cta.Cte. (U$S) Nº 390987700-7
Montevideo:
Banco de la República (BROU) Sucursal Misiones Caja de Ahorro en pesos Nº 151329163 Banco de la República (BROU) Cuenta Xxxxxxxxx xx XxX Xxx 000-00000
Xxxxxx Xxxxx:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. Cta.Cte: ($) Nº 0032-0009067/2-(CBU 3860032401000000906729)
La inclusión de dinero en efectivo dentro del sobre de la oferta, dará lugar a su descalificación.
b) Póliza de Seguro de Caución: designando como beneficiaria a la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, emitida por Compañías de Seguros autorizadas a ejercer negocios en Argentina o Uruguay.
c) Cheque Certificado o Letra de Cambio a la Vista: otorgados por bancos oficiales, privados o cooperativas de ahorro y crédito autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, emitidos a la Orden de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande y pagaderos a su presentación a la vista. No se aceptarán documentos de pago diferido.
d) Carta de Fianza Bancaria: otorgada por bancos oficiales o privados, autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, a satisfacción de la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
Las Fianzas y Seguros de Caución deben constituirse de modo tal que, luego de intimado el Oferente, Adjudicatario o Contratista al cumplimiento de la obligación correspondiente y ante su eventual incumplimiento documentado en forma fehaciente por la C.T.M., el fiador o asegurador abone a ésta el monto establecido, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, así como al beneficio de interpelación judicial.
La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario. Por razones debidamente fundadas, la C.T.M. podrá elegir la forma de constitución de la garantía en las C.A.L.P.
Todas las garantías afianzarán el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada licitación o contrato.
B.2.II.6.- INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE
La presentación de la oferta implica que el Oferente ha estudiado exhaustivamente los documentos de la Licitación. Importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
La C.T.M. no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la preparación de la oferta.
Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M, fuera de los que integran este Pliego de Condiciones serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos.
B.2.II.7.- FORMA DE COTIZAR
El oferente cotizará el precio del servicio o material en la moneda que se indique en las CALP, en la Planilla de Cotización que se adjunta, discriminando IVA, de acuerdo a lo señalado en el presente artículo, y discriminando todo impuesto indirecto que corresponda.
Los precios cotizados deberán constituir la retribución de todos los gastos por cualquier concepto requeridos para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que deberán comprender todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y cualquier otro componente de costo de cualquier índole con la única excepción de los que la C.T.M., haya tomado expresamente a su cargo y así lo indique en el pliego respectivo.
A fin de conformar sus precios, los oferentes argentinos deberán tener presente que según lo establecido en el Art. 5 del Acuerdo de Sede celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 21.756, la misma está exenta de toda clase de impuestos o contribuciones directos o indirectos, ya sean federales, provinciales y municipales o de cualquier otro tipo.
A su vez, los oferentes uruguayos deberán tener presente que según lo establecido en el Artículo 5 del Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades celebrado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 14.896, la misma está exenta de toda clase de tributos nacionales o municipales, con excepción de los habitualmente denominados indirectos que normalmente se incluyen en el precio de las mercaderías y servicios. Asimismo, se deberá tener en cuenta que el Decreto 666/79 reglamenta la exoneración del Organismo respecto del Impuesto al Valor Agregado en sus Artículos 24 a 28.
Oportunamente la C.T.M. extenderá al Contratista los correspondientes certificados, avalando lo señalado precedentemente.
B.2.II.8.- ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES
Los interesados o invitados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la Licitación deberán solicitar a la C.T.M las aclaraciones del caso, dirigiéndose a tales efectos a:
GERENCIA GESTION DE RECURSOS
Área Materiales - Sector Compras y Contrataciones Xxxxxxx xx Xxxxxx Xx 000 (0000) -XXXXXXXXX - (X.X. - X.X.) TELE/FAX (0000) 000 0000000
Casilla de Correo Nº 68036 (50000) – SALTO - (R.O.U.)
TELE/FAX (00000) 000 00000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta diez (10) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
La C.T.M contestará aquellas consultas que considere pertinentes hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los adquirentes de los documentos de la Licitación.
Hasta el mismo plazo, la C.T.M emitirá de oficio, circulares con las aclaraciones, información ampliatoria y modificaciones que estime del caso realizar. Todas las circulares emitidas por la C.T.M llevarán numeración correlativa y pasarán a integrar la documentación de la licitación.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término.
Los oferentes están obligados a concurrir a las oficinas de la C.T.M., a darse por notificados de todas las Circulares emitidas, hasta tres (3) días corridos antes de la fecha de presentación de las ofertas. Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Circulares emitidas por la C.T.M.
Las comunicaciones que se realicen entre la C.T.M. y los oferentes o adjudicatarios, deberán llevarse a cabo por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio fijado por la C.T.M. en este artículo y por los oferentes en su oferta.
Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
B.2.II.9.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas por triplicado en sobre cerrado, que indique el nombre y dirección del OFERENTE, y que lleve claramente escrito lo siguiente:
LICITACION (PUBLICA o PRIVADA) SG- (INDICAR Nº)
NOMBRE: “ (DESCRIBIR TITULO DE LA CARATULA) ”
OFERENTE:………………………………………………………………
DIRECCIÓN:......................................................................................
FECHA Y HORA DE APERTURA:....................................................
Las ofertas podrán ser entregadas personalmente o remitidas a la dirección que se especifique en el
aviso / invitación de Licitación, como el de apertura de las mismas.
Para los casos en que la apertura se realice en el Complejo Hidroeléctrico, aquellos oferentes que deseen concurrir al acto de apertura, deberán encontrarse en las Barreras Ayuí o Salto de acceso a Salto Grande, con una hora de antelación a la fijada para dicha apertura.
Las ofertas enviadas por cualquier tipo de correo, deberán ser despachadas de modo que sean recibidas en dicha dirección con por lo menos dos días hábiles de antelación al fijado para la apertura.
Los elementos accesorios y / o complementarios podrán ser presentados adjunto a dicho sobre, identificados en forma indeleble, con los datos del oferente y de la licitación. La C.T.M. no asume responsabilidad alguna si por los trámites que debieran efectuar los oferentes para ingresar a Salto Grande, no llegaren al lugar de apertura de ofertas a la hora indicada.
Asimismo la C.T.M no asume responsabilidad alguna por abrir con anterioridad al acto de apertura, o por no abrir, las ofertas que no hayan sido dirigidas o identificadas como se indica en esta cláusula.
Todos los documentos exigidos deben estar escritos a máquina y foliados, advirtiéndose que podrán no ser tomadas en cuenta las ofertas con enmiendas, entre líneas o errores, que no sean debidamente salvados y que a juicio exclusivo de la C.T.M. afecten la oferta.
Las ofertas o cualquier complemento de ellas que se reciban después de la hora y el día fijados, serán rechazadas y devueltas sin abrir, con prescindencia de la fecha en la cual fueron puestas en el correo.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el OFERENTE, así como de requerir las aclaraciones y ampliaciones que a su juicio sean necesarias y de desestimar aquellas ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
Cuando en el Xxxxxx xx XXXX se establezca la obligación de acompañar muestras, éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de apertura, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto, en el lugar prefijado.
Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Las muestras deberán indicar en forma visible los datos de la Licitación a que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia.
Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder de la C.T.M. para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad de la C.T.M., sin cargo, quien queda facultada para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna.
Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por la C.T.M. de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior.
Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la documentación respectiva.
Las muestras que por sus características sean susceptibles de análisis destructivos, no serán devueltas al oferente, sin que ello implique cargo alguno para la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
B.2.II.10.- IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS
Toda comunicación, incluida la documentación correspondiente a la presentación de ofertas, deberá expresarse en idioma español.
La documentación extranjera podrá estar redactada en idioma extranjero, siempre que se adjunte la correspondiente traducción al español efectuada por Traductor Público habilitado. Tal documentación deberá estar certificada por Escribano Público o autoridad competente, legalizada en el Consulado argentino o uruguayo correspondiente, o legalizada mediante el procedimiento de apostillado. En caso de adjuntarse folletos o catálogos para una mejor comprensión de la oferta, éstos podrán estar redactados en idioma extranjero, en cuyo caso la C.T.M. podrá solicitar las traducciones correspondientes que deberán ser presentadas dentro del plazo de cinco (5) días hábiles después de haber recibido la notificación.
Todas las medidas indicadas lo serán en el sistema internacional de unidades (SIMELA, UNIT), con la sola excepción de aquellos elementos no inmediatamente disponibles en tal sistema, lo que deberá ser convertido posteriormente.
B.2.II.11.- REPRESENTANTE DEL OFERENTE
El Oferente deberá designar en su oferta un Representante Técnico con facultades para actuar en su nombre, el cual debe ser aceptado por C.T.M. El mismo no podrá ser reemplazado sin la conformidad previa de la C.T.M. El oferente deberá presentar con su oferta los antecedentes y currículum vitae de dicho representante. Todas las comunicaciones serán cursadas a dicho Representante, quien entenderá en todas las cuestiones relacionadas con la oferta y con el contrato.
B.2.III.- DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN
B.2.III.1.- APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas se efectuará en el día y hora indicados en el aviso de Licitación o Invitación.
La C.T.M. podrá disponer el cambio de fecha de la apertura de la licitación, comunicándolo a los interesados mediante circular y su publicación en la página Web del Organismo.
Será efectuada por funcionarios de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, ante Escribano Público, en presencia de los oferentes que desearen concurrir al acto.
A partir de la hora fijada para la apertura de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Concluida la apertura de las ofertas, el acta confeccionada será firmada por los oferentes presentes que deseen hacerlo y por los funcionarios actuantes.
Las observaciones al Acto de apertura sólo podrán realizarse por los Oferentes presentes, dejándose constancia en el Acta correspondiente.
Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el lugar donde se efectuó la apertura o donde la C.T.M. lo disponga, desde el cierre del acto de apertura, hasta la hora 14:30 de ese día y durante los tres días hábiles siguientes, en el horario de 08:00 h a 14:30 h de la C.T.M.
Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las ofertas ajenas, podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M. a su sólo juicio podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo fehacientemente.
La licitación será válida cualquiera sea el número de Oferentes que se presenten.
B.2.III.2.- LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES
Para el caso de Licitaciones a las que se apliquen el procedimiento de dos (2) sobres, de acuerdo a las C.A.L.P., además de lo establecido en el artículo anterior, será de aplicación lo siguiente:
En el acto de apertura se abrirá el sobre que contiene los Sobres Nº 1 y 2, procediéndose posteriormente únicamente a la apertura del Sobre Nº 1.
La C.T.M. analizará los antecedentes incluidos en el Sobre Nº 1, determinando si cumplen con las condiciones estipuladas en la documentación de la Licitación.
• PRESELECCION DE OFERENTES - SOBRE Nº 1 La C.T.M. evaluará la documentación contenida en el Sobre Nº 1 preseleccionando, a su sólo juicio, las firmas que pueden continuar en el proceso licitatorio, participando de la apertura del Sobre Nº 2.
La preselección que efectúe la C.T.M. en base a los antecedentes presentados en el Sobre Nº 1, será definitiva e irrecurrible.
• RESULTADO DE LA PRESELECCION SOBRE Nº 1: En fecha que se comunicará en forma fehaciente a los oferentes, se abrirá el Sobre Nº 2 de aquellas ofertas preseleccionadas, devolviéndoseles a los oferentes no preseleccionados, sus Garantías de Mantenimiento de Oferta.
• APERTURA DEL SOBRE Nº 2: El sobre Nº 2 se abrirá en el lugar, día y hora que oportunamente establezca la C.T.M., notificado a los oferentes, con la intervención de los
funcionarios responsables y en presencia de los oferentes que concurran, en un acto con las mismas formalidades que para el Sobre Nº 1.
En tal oportunidad se abrirán exclusivamente los Sobres Nº 2, correspondientes a las ofertas que se hubieran preseleccionado, devolviéndose sin abrir los Sobres Nº 2 de las restantes ofertas a los respectivos oferentes o quedando éstos a su disposición en las oficinas de la
C.T.M. por el término de treinta días corridos. Vencido ese plazo los sobres serán destruidos. En el Acta se incorporarán las cotizaciones ofrecidas y la misma será leída y suscripta por los funcionarios actuantes y los oferentes presentes que deseen hacerlo.
Para las observaciones al acto de apertura o a las ofertas ajenas rige lo establecido en el artículo B.2.III.1
B.2.III.3.- EVALUACIÓN DE OFERTAS
El presente Xxxxxx, contiene las condiciones sustantivas de admisibilidad y requisitos que son meramente de presentación de las ofertas. A ambas deberán ajustarse los oferentes. La
C.T.M. se reserva el derecho de evaluar la gravedad de las omisiones en que pudieran incurrir los oferentes. Podrá considerar algunas de las faltas como causa suficiente para descalificar la oferta y otras meramente como omisiones de menor importancia que no afectan la validez de la misma y solicitar que sean subsanadas si correspondiera.
Serán consideradas omisiones de menor importancia, aquellas cuya aclaración posterior a la apertura de las ofertas, no afecten a lo esencial de la misma y a la igualdad entre los oferentes.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente podrá ser intimado a subsanarlos dentro del término de cinco (5) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada sin más trámite.
B.2.III.4.- CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes casos:
a) No estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
b) Estuviere escrita con lápiz.
c) Careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de Bases y Condiciones indicare.
d) Tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
e) Se incluya en el Sobre Nº 1, para Licitaciones con dos sobres, cualquier elemento que permita establecer directa o indirectamente las condiciones económicas de la Oferta.
f) No se hubiese adquirido el Pliego.
g) Se incurra en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el presente pliego.
B.2.IV.- DE LA ADJUDICACIÓN
B.2.IV.1.-FACULTAD DE PRESELECCIONAR
La C.T.M. se reserva la facultad de preseleccionar entre las ofertas presentadas, aquella o aquéllas que encuentre más conveniente y descalificar a las restantes, pudiendo proceder a preadjudicar o a una segunda ronda de calificación. Podrá solicitar a las preseleccionadas que formulen nuevamente sus ofertas, en base a las pautas que en esta segunda instancia le fije la C.T.M., las que no podrán modificar el objeto de la Licitación.
Asimismo se procederá a devolver las Garantías de Mantenimiento de Oferta, presentadas por aquellos oferentes no preseleccionados.
B.2.IV.2.-MEJORA DE OFERTAS
La C.T.M. se reserva la facultad de solicitar a los Oferentes cuyas ofertas sean a juicio exclusivo de la C.T.M. las más convenientes, que mejoren las mismas en base a pautas que no podrán modificar los términos generales de esta Licitación.
Estas recotizaciones se presentarán con las mismas formalidades de la presentación de ofertas, en lugar, fecha y hora que la C.T.M. indique.
B.2.IV.3.-ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que, evaluada en sus aspectos técnico, legal, económico y financiero, sea considerada a sólo juicio de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, como la más conveniente para sus intereses.
La C.T.M. no estará obligada a aceptar la oferta de precio más bajo y se reserva el derecho de rechazarlas a todas sin que ello implique resarcimiento alguno para los oferentes.
Los oferentes que por cualquier motivo no resultaren adjudicatarios, no tendrán derecho a reclamo o indemnización por concepto alguno, pues la presentación de ofertas no implica la obligatoriedad de su adjudicación.
B.2.IV.4.-CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS
La C.T.M. adopta al dólar estadounidense como moneda para comparar ofertas:
• Para las monedas locales se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la República Oriental del Uruguay (para oferentes que cotizan en moneda uruguaya) o del Banco de la Nación Argentina (para oferentes que cotizan en moneda argentina), vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
• Para las ofertas en moneda de origen que no sean dólares estadounidenses, se utilizará el Arbitraje del Banco Central de la República Oriental del Uruguay, vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
B.2.IV.5.-COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La C.T.M. comunicará su decisión a todos los oferentes por escrito, a los domicilios constituidos en las ofertas.
El adjudicatario estará obligado a firmar el documento de formalización del Contrato en la fecha que fije la C.T.M., la que deberá indicar con no menos de cuatro (4) días corridos de antelación en forma fehaciente.
El Contrato se celebrará en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, quedando uno de ellos en poder de la C.T.M., entregándose el otro al Contratista.
B.2.V.- DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
B.2.V.1.- DOMICILIO DEL CONTRATISTA
A todos los efectos a que hubiese lugar, el Contratista constituirá domicilio legal en la R.A. o en la
R.O.U. según corresponda.
B.2.V.2.- INSPECTOR DE OBRA
La C.T.M. designará un Inspector de Xxxx quien será el interlocutor válido ante el contratista, desde la adjudicación hasta el cierre definitivo del contrato.
Tendrá a su cargo la supervisión del contrato, con facultades de:
Recepción de la documentación exigida contractualmente (Garantías, Seguros, Programa de Seguridad Industrial e Información Ambiental) la que remitirá a los distintos responsables para su aprobación.
Seguimiento de la firma del contrato.
Otorgar el Permiso de inicio, cuando de obra se trate, una vez que se cumplimenten todas las condiciones establecidas en el Pliego.
Coordinar las tareas de los demás responsables del contrato (Aspectos administrativos, financieros, jurídicos, técnicos, ambientales y de seguridad industrial), quienes responderán al mismo en lo concerniente a la actividad de cada uno de ellos.
Detener las obras en caso que consideren que existe riesgo o peligro si las mismas continuaran; facultad que también tiene el Área Ecología y el Sector Seguridad Industrial.
Certificar avances contractuales.
Disponer órdenes de variación hasta su nivel de adjudicación y/o gestionar las que exceden su nivel.
Otorgar recepción provisoria y definitiva, pudiendo recabar la opinión de los demás sectores competentes.
Responsable de gestionar el cierre final del contrato con la intervención de los demás responsables.
B.2.V.3.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá constituir dentro de los diez (10) días de notificada la adjudicación, a favor de la C.T.M. en cualquiera de las modalidades previstas en el Art. B.2.II.5 del presente, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, en la forma y monto previstos en las C.A.L.P.
La falta de constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en el plazo indicado precedentemente, le provocará al adjudicatario la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y en tal caso la C.T.M. podrá tener la oferta por desistida y contratar con cualquiera de los otros Oferentes. La garantía de cumplimiento de Contrato servirá para asegurar la ejecución del Contrato por el Contratista, cubriendo a la C.T.M. contra las consecuencias de cualquier incumplimiento.
Dicha garantía deberá emitirse: ..."hasta la extinción de las obligaciones del contratista...".
El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento de contrato, satisfaciendo la prestación del objeto contractual dentro del plazo fijado en el párrafo primero, salvo el caso de rechazo de bienes o servicios.
En tales supuestos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Para el caso de bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda.
B.2.V.4.- SEGUROS
El Contratista deberá, durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M.
a) Seguro de Accidentes de Trabajo: de acuerdo a las legislaciones nacionales vigentes en la República Argentina (Ley 24.557) y en la República Oriental del Uruguay (Ley 16.074). Deberá indicarse emergencia médica a quien llamar en caso de accidente, como asimismo institución médica de la zona que atenderá a eventuales accidentados.
Para los casos no comprendidos en las citadas leyes, el contratista deberá contratar un Seguro individual de Accidentes Personales, de modo tal que toda persona afectada al contrato, cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes. El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada al contrato puede carecer de dicha cobertura.
b) Seguro de Responsabilidad Civil por daños: que cubra todos los riesgos a la propiedad y a la vida en cualquier momento que ocurran y que resulte de cualquier acto u omisión de operación del Contratista en relación al objeto contractual o causado por sus empleados y dependientes, cualquiera fuese la causa de estos daños. Este seguro deberá ser por un monto mínimo de U$S 50.000 (dólares estadounidenses cincuenta mil) por evento.
c) Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros: de automotores que se utilicen para la realización del objeto contractual. El mismo debe tener validez en Argentina y en Uruguay.
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista.
B.2.V.5.- LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación que deba presentarse con relación al contrato, deberá ser entregada en Mesa de Entrada, en cualquiera de los emplazamientos del Organismo, la cual estará debidamente identificada con los datos de la Licitación.
B.2.V.6.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRELACIÓN DE
LOS MISMOS
Integran el Contrato los siguientes documentos que se enuncian por el siguiente orden de prelación:
• Documento que formaliza el Contrato.
• Resolución de adjudicación de C.T.M.
• Circulares
• Pliego.
• Oferta del adjudicatario en lo que no contradiga los restantes documentos del Contrato.
• Garantía de Cumplimiento de Contrato
Dentro de un mismo documento, los valores expresados en letras prevalecerán sobre los numéricos y los valores unitarios sobre los totales. En ningún caso las contradicciones señaladas darán derecho al Contratista a indemnización por daños y perjuicios.
B.2.V.7.- SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES
a) Prevención de daños a personas y bienes.
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias y hará cumplir las normas y disposiciones relativas a la seguridad, a fin de evitar accidentes y prevenir los daños a personas y bienes en el lugar de ejecución de las tareas objeto de este Contrato.
b) Seguridad del personal
El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales referentes a la seguridad de su personal, en especial con las siguientes leyes: Ley 24.557 de ART y Ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de la República Argentina, sus modificatorias y complementarias; y
Ley 16.074 SEGURO DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
de la República Oriental del Uruguay y Ley 5.032 de Prevención de Accidentes de Trabajo de la República Oriental del Uruguay, sus modificatorias y complementarias.
Previo al inicio de las Obras o Servicios, el Programa de Seguridad a implementar (confeccionado por profesional competente), deberá ser puesto a consideración del Sector Seguridad Industrial para su aprobación. Para el caso de contratistas de nacionalidad argentina, el Programa debe tener la correspondiente supervisión de la ART.
Una vez aprobado el mismo por el Sector Seguridad Industrial, y antes de comenzar a trabajar, se deberá dar aviso a dicho Sector, quien realizará las inspecciones previas correspondientes.
Lo señalado en el presente artículo no releva al Contratista de su responsabilidad exclusiva por incumplimiento de las normas de Seguridad citadas precedentemente, de la cual estará expresamente liberada la C.T.M..
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
El Contratista deberá responder por la promoción de cualquier reclamo judicial o extrajudicial que sea consecuencia de algún daño y/o perjuicio a personas o bienes provocados por la ejecución de los trabajos. Para cubrir tales daños, perjuicios o reclamaciones, además de cualquier recurso que autorice la ley, la C.T.M. podrá retener cualquier suma de la garantía hasta que se dicte resolución definitiva de la acción promovida.
B.2.V.8.- COMPROMISO AMBIENTAL
La C.T.M. xx Xxxxx Grande ha asumido el compromiso de protección del medio ambiente, enmarcado dentro de las Normas ISO 14.000, poniendo énfasis en el uso responsable de los recursos naturales.
Por lo expuesto en el párrafo precedente, el Contratista deberá cumplir con la normativa vigente en ambos países, principalmente con la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos y concordantes de la
R.A. y las Leyes números 17.283, 16.466, 16.221 y concordantes de la R.O.U.
El Oferente deberá acompañar en su oferta la “Hoja de Seguridad” de los productos cotizados o a utilizar en los trabajos.
El Contratista deberá completar, previo al inicio de los trabajos, la Planilla Declaración de Generación de Residuos, no pudiendo iniciar los mismos sin previa autorización de C.T.M.
Asimismo el Contratista deberá cumplir con la normativa dispuesta por este Organismo en relación a la preservación del medio ambiente, como así también con cualquier directiva dictada al respecto, tratando de optimizar el uso de los recursos naturales y disponiendo adecuadamente de los residuos que resulten de la realización de los trabajos.
Deberá instruir y concientizar al personal de su empresa y subcontratistas, a los efectos de generar una cultura de conservación ambiental poniendo de realce que esto es responsabilidad de todos, en función de una mejor calidad de vida.
Se adjunta y forma parte xxx Xxxxxx, la declaración de Política de Calidad y Medio Ambiente de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande.
Los oferentes deberán garantizar explícitamente el cumplimiento de todos los requisitos ambientales establecidos por las leyes de la R.O.U. y de la R.A., así como por los objetivos de política ambiental de la C.T.M.
A tales efectos deberá:
a) Hacerse cargo de todos los residuos que se generen durante la realización de los trabajos.
b) Presentar para ello un plan de manejo de residuos con los siguientes contenidos mínimos:
• nombre y tipo
• cantidad
• oportunidad
• lugar
• almacenamiento y / o disposición transitoria
• cronograma de retiro
• destino o disposición final externa incluyendo las autorizaciones que pudieren corresponder
c) Presentar un listado de todos los materiales y productos a utilizar y la correspondiente hoja de seguridad.
d) Suscribir un seguro ambiental apropiado a las tareas a desempeñar cuando esto sea aplicable.
e) Designar un interlocutor o responsable ambiental cuando corresponda.
f) Presentar la certificación ambiental de fin de obra dentro de los plazos establecidos por el contrato, como condición previa a la recepción de los trabajos.
B.2.V.9.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las normas legales, nacionales, provinciales, departamentales y municipales de la R.A. o de la R.O.U., que sean de aplicación durante la vigencia del contrato.
Asimismo, deberá respetar los sueldos mínimos fijados por el Consejo xx Xxxxxxx de la República Oriental del Uruguay, así como de los Convenios Colectivos de Trabajo de la República Argentina, según corresponda.
La C.T.M así como sus agentes, no tendrán responsabilidad alguna por cualquier reclamo o sanción a que diera lugar el Contratista por violación de las normas referidas.
El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones.
El Contratista será responsable de la realización de los trámites y sus costos, que establezcan las disposiciones legales vigentes para las importaciones que fuere necesario realizar para el cumplimiento del objeto contractual.
B.2.V.10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales,
procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M.
En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara.
Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional.
Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta.
Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO
Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.
Confidencialidad de la información
Toda la información derivada del objeto contractual, se considera confidencial, en especial lo referente a datos de carácter personal, de tal forma que un uso inadecuado de la misma implica la aceptación por parte del CONTRATISTA de que la C.T.M. aplique directamente una penalización equivalente al daño producido.
El CONTRATISTA garantiza a la C.T.M. la total confidencialidad de los datos sobre organización, método de trabajo, datos de clientes, etc. a los que ha tenido acceso como consecuencia del servicio contratado.
USO ADECUADO DE LOCALES, INSTALACIONES Y MEDIOS
El CONTRATISTA usará los locales, instalaciones o medios que la C.T.M. ceda cuando sea necesario en las condiciones que se estipulen, comprometiéndose el CONTRATISTA a hacer un uso racional de los mismos. Estas instalaciones y medios serán destinados exclusivamente al fin que el desarrollo del objeto contractual exige sin poderlo dedicar a ninguna otra actividad. Cualquier interpretación sobre el uso será de exclusiva competencia de la C.T.M.
Si el CONTRATISTA prevé un consumo de agua, energía o de otros recursos dentro de las instalaciones de la C.T.M., superior al estrictamente necesario, deberá comunicarlo al representante de la C.T.M.
Una vez terminado el contrato, y sin perjuicio de los derechos o cargas que legalmente correspondiesen a terceros, el contratista deberá dejar vacuos y libres de personal y materiales los locales o instalaciones de la C.T.M., sin que ésta pueda resultar obligada por ninguna causa con las personas que en el momento, o con anterioridad a la terminación del contrato extinguido, hubieran prestado servicios para aquél.
En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el CONTRATISTA responderá de los daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a la
C.T.M. pudiendo ésta, para resarcirse de los mismos, ejecutar la garantía que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el CONTRATISTA.
A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados, los contratistas deberán informar su número de cuenta bancaria.
Dado que los pagos que realiza la C.T.M. se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el CONTRATISTA, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
B.2.V.11.- TRIBUTOS Y CARGAS SOCIALES
Todos los tributos, directos o indirectos, cargas sociales, etc., que graven el objeto de la presente Licitación o se generen a causa o en ocasión de su ejecución, serán de cuenta del Contratista y deberán ser incluidos en el precio.
En el caso que se emplee mano de obra del contratista en la R.A. o en la R.O.U. se exigirá constancia que acredite el cumplimiento de los tributos, cargas sociales y aportes correspondientes, previo a cualquier pago que daba efectuar la C.T.M. al contratista.
Del cumplimiento de dichas obligaciones responderá la garantía constituida por el Contratista como Garantía de Cumplimiento de Contrato.
B.2.V.12.- CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista no podrá ceder el Contrato en todo o en parte sin el consentimiento expreso de la
C.T.M. y de acuerdo a las condiciones que ésta fije.
La cesión no tendrá efectos legales hasta que el documento respectivo sea aprobado por la C.T.M.
B.2.V.13.- SUB-CONTRATACIÓN
El Contratista no podrá subcontratar total o parcialmente el objeto de este Contrato, sin autorización previa y por escrito de C.T.M.
B.2.V.14.- ÓRDENES DE SERVICIO
Toda disposición referente a la ejecución del objeto contractual, será comunicada por el Inspector de Obra al Representante Técnico del Contratista, mediante Ordenes de Servicio dadas por escrito, las que debidamente numeradas se consignarán por orden de fecha en un registro foliado en original y copias. Asimismo se aceptará el correo electrónico, para lo cual las partes deberán acordar las direcciones a las cuales se enviarán dichos correos, un formato estandarizado para este fin y una numeración correlativa de los mismos, así como su envío con acuse de recibo.
B.2.V.15.- VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS
1. Facultad de la C.T.M. para ordenar variaciones en el suministro o trabajos.
En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, la C.T.M. podrá introducir variaciones razonables en la forma, calidad o cantidad de los suministros o trabajos, o de cualquiera de sus partes si lo considera necesario y estará facultado para ordenar al Contratista, mediante una orden de servicio que éste deberá acatar, la realización de lo siguiente:
a) Aumentar o disminuir la cantidad de cualquier suministro o trabajo incluido en el Contrato;
b) Xxxxxxxx cualquier suministro o trabajo;
c) Cambiar las características, la calidad o clase de cualquier suministro o trabajo.
d) Modificar la alineación, el nivel, la posición o dimensiones de cualquier parte de los trabajos.
e) Ejecutar obras adicionales o sustitutivas de cualquier clase, necesarias para la terminación de los trabajos.
f) Ninguna de tales variaciones podrá en manera alguna detener la ejecución del Contrato o invalidar el mismo.
2. Ordenes de Variación del suministro o trabajos
El Contratista no podrá introducir ningún cambio en el suministro o trabajos sin Orden de Servicio escrita de la C.T.M.
B.2.V.16.- VALUACIÓN DE SUMINISTROS O TRABAJOS NO PREVISTOS
1. Determinación del monto hasta el 20 % (veinte por ciento) del precio total contratado.
Toda disminución o aumento en la cantidad de cualquier suministro o trabajo será valorada a los precios estipulados en el Contrato, siempre que no signifique una disminución o aumento de más del 20 % (veinte por ciento) del monto total del Contrato.
Los trabajos adicionales y/o imprevistos que no puedan ser asimilados a los precios incluidos en el Contrato serán valorados de común acuerdo entre la C.T.M. y el Contratista.
2. Variaciones que exceden del 20 % (veinte por ciento).
Cuando el monto de todas las variaciones ordenadas conforme a las disposiciones de este artículo superen el 20 % (veinte por ciento) del monto contratado o las disminuciones de trabajos sean superiores al 20 % (veinte por ciento), tanto el Contratista como la C.T.M. tendrán derecho a que se acuerden nuevos precios para los trabajos excedentes en más o en menos.
B.2.V.17.- PAGOS
CONDICIONES ECONÓMICAS
a) FACTURACIÓN
1. El importe del material o servicio se facturará mensual, quincenal o de una sola vez en su caso, a los precios convenidos, salvo que las CALP. establezcan otra forma.
2. Las factura o documento equivalente será acompañada de toda la documentación adicional señalada en el presente capítulo o en su defecto la determinada en las CALP.
3. Las facturas deberán tener los datos identificatorios del contratista y la C.T.M., conforme a los requisitos legales vigentes.
4. En el caso de facturar sin IVA., se deberá tener en cuenta lo establecido en el literal e), del presente capítulo.
b) PRESENTACIÓN DE FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE
El Contratista deberá presentar en la Mesa de Entradas de la C.T.M., en cualquiera de sus emplazamientos, prevaleciendo aquel donde se cumplirá el contrato, los siguientes documentos:
1. La factura o documento equivalente.
2. Certificado de avance de obra o servicio.
3. La documentación exigida en este Artículo o en la cláusula de PAGO de las CALP, relacionada con el cumplimiento de obligaciones laborales, previsionales e impositivas.
4. La Orden de Compra o contrato conformada y / o cumplimentada con el Impuesto de Xxxxxx, si éste correspondiese.
El plazo de pago comenzará a regir a partir de que se complete la presentación de los documentos citados precedentemente, o de la recepción del material y / o servicio, lo que se cumpla en último término.
Si por la magnitud de la observación se dispusiera el rechazo de la factura o documento equivalente, se computará el nuevo plazo de pago, a partir de su reingreso a la C.T.M.
La C.T.M., si así lo establecieran las CALP, tendrá derecho, en cualquier momento del plazo contractual, a ser informado por parte del contratista, sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, provisionales, impositivas, así como las correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores. En tal sentido podrá exigir o inspeccionar la documentación relacionada con:
1. Constancia que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social.
2. Constancia que acredite la existencia y pago del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como también de los vehículos y maquinaria afectada al objeto del contrato.
3. Recibos de haberes del personal afectado al objeto contractual o libro de sueldos debidamente foliado e intervenido por organismo de contralor respectivo.
4. Constancia de estar al día en el cumplimiento de obligaciones impositivas.
c) FORMA DE PAGO
1. General:
La C.T.M. abonará la factura o documento equivalente el día miércoles o hábil inmediato posterior, de la tercer semana siguiente a la de ingreso por la Mesa de Entradas de la C.T.M., conforme a lo establecido en el numeral b). Si dicho día fuera feriado o no laborable para la C.T.M., se tomará el día hábil inmediato siguiente.
Esta condición se mantendrá en tanto en las CALP. o en la documentación contractual pertinente, no se establezca otra forma.
Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Para el caso de pagos, mediante avances de obra con presentación de certificados y conformación de Actas de Medición, se deberá tener en cuenta lo que en tal sentido establezca el Xxxxxx xx XXXX.
2. General con bonificación por pronto pago:
Cuando en la ofertas se hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro del plazo determinado en la Condición General del presente Capítulo, y éstas aceptadas por la C.T.M., el Área respectiva de efectuar la liquidación de las facturas, realizará el descuento pertinente sobre la misma.
d) MEDIO DE PAGO:
Salvo que las CALP dispongan otro mecanismo, los pagos que la C.T.M. deba efectuar, en cumplimiento del objeto contractual, serán realizados a través de acreditación en cuenta bancaria, informada por el contratista o por medio de una institución bancaria.
Para adjudicatarios de la RA será requisito, para percibir los pagos a los que resulte acreedor, contar con la Clave Bancaria Uniforme (CBU) respectiva.
e) CERTIFICADO IVA.
En aquellos casos en que, por aplicación de las exenciones impositivas de la C.T.M., las facturas o documentos equivalentes se hayan emitido “sin IVA.”, la C.T.M. entregará al Contratista, en oportunidad de cada pago, un Certificado de IVA., en el que se harán constar todos los datos relativos al mismo.
f) REAJUSTE DE PRECIOS
En caso de corresponder, los precios se reajustarán en las condiciones estipuladas en las CALP.
B.2.VI.1.- CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS
DE LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES
B.2.VI.-
El Contratista tendrá derecho a solicitar que se le conceda una extensión en los plazos contractuales cuando los atrasos obedezcan a razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente probadas en forma documentada.
El Contratista debe solicitar las prórrogas dentro de los diez (10) días de producidas las causales mencionadas y, salvo imposibilidad o razones de urgencia, antes de que se modifiquen las mismas.
La C.T.M., a su solo juicio, determinará si las razones indicadas por el Contratista, justifican la ampliación de los plazos.
Para acordar ampliaciones en los plazos por las razones indicadas, la C.T.M. a su solo juicio, determinará si las mismas afectan el respectivo cronograma.
B.2.VI.2.-EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE
El oferente no podrá utilizar el nombre de “Salto Grande” integrando su denominación. Salvo que dicha denominación existiere con anterioridad al presente llamado.
B.2.VI.3.-PENALIDADES
Por cada día corrido de demora en el comienzo de ejecución del Contrato o en la entrega de los trabajos o suministros, contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo estipulado, la
C.T.M. aplicará al Contratista una penalidad de hasta el 0,3 % (cero tres por ciento), del monto total contratado. Las penalidades también se aplicaran para el caso de incumplimiento de los plazos parciales previstos en el contrato.
La C.T.M. podrá hacer efectivo esta penalidad en el momento que lo crea oportuno y sin perjuicio de cualquier otra forma de efectivizar este cobro, la C.T.M. podrá deducir el monto de dichas penalidades, de las sumas que adeude al Contratista, ejerciendo el derecho de retención, o ejecutando las garantías correspondientes.
El pago o deducción de dichas penalidades no exime al Contratista del cumplimiento de las obligaciones contractuales, como así tampoco de las responsabilidades inherentes a la ejecución del Contrato.
La C.T.M. podrá rescindir el contrato por causas imputables al contratista en las siguientes condiciones:
-Si la totalidad de la demora acumulase más de treinta (30) días.
-Cuando el monto acumulado por penalidad supere el equivalente al 20 % (veinte por ciento) del importe total del Contrato, porcentaje límite de la penalidad a aplicar al contratista.
En ambos casos la C.T.M. podrá continuar el contrato bajo condiciones que estipule en dicha oportunidad.
B.2.VI.4.-XXXX
La xxxx operará en forma automática por el sólo vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
B.2.VI.5.-DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS
La C.T.M. deducirá de los pagos que deba realizar al contratista, los importes correspondientes a: penalidades, multas, cobro de indemnizaciones, reintegros por pagos a terceros efectuados por la C.T.M. a cuenta del Contratista, tributos, etc., de las sumas pendientes de pago al contratista y de la correspondiente garantía, en ese orden.
B.2.VII.- DE LA RESCISIÓN
B.2.VII.1.- RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Cualquiera de las partes podrá solicitar la rescisión del Contrato por causa de caso fortuito o fuerza mayor, cuando los hechos imposibiliten el cumplimiento del objeto contractual. La ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor deberá ser acreditada de manera fehaciente por la parte que la esgrime.
Producida la rescisión a pedido de cualquiera de las partes, no cabrá la formulación de cargos o reclamos recíprocos y se procederá a las recepciones que correspondan, liberándose la garantía de cumplimiento de Contrato, bajo las condiciones previstas en el Contrato.
B.2.VII.2.- RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
La C.T.M. podrá disponer la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
a) Cuando el Contratista contravenga o no cumpliere las disposiciones contractuales o reglamentarias instituidas por las autoridades competentes o incumpla las órdenes de servicio o instrucciones de la C.T.M. relativas al objeto contractual.
b) Cuando el Contratista lesione los derechos de la C.T.M. por la comisión de actos u omisiones fraudulentas o dolosas, o resulte responsable por grave negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
Se considera fraude o dolo, los actos u omisiones del Contratista con intención deliberada de obtener ventajas pecuniarias o de otra índole o causar daños en detrimento de la C.T.M.
Se considera grave negligencia la omisión de toda medida regular o precautoria exigida por el contrato.
c) Cuando el Contratista no cumpliera con las condiciones estipuladas en las E.T., empleando la cantidad de equipos, herramientas, maquinarias, insumos y mano de obra, explicitados en su oferta o dichos elementos no fueran de las características o calidades ofertadas.
d) En los supuestos contemplados en el Art. B.2.VI.3- PENALIDADES, o las que se establezcan en las CALP.-
e) Cuando el Contratista incumpla con las obligaciones laborales a su cargo de acuerdo a la normativa vigente aplicable al Contrato.
f) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.
g) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
B.2.VII.3.-
CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA
En caso de rescisión imputable al Contratista, éste deberá responder por los daños y perjuicios que ello ocasione.
Dispuesta la rescisión, la C.T.M. exigirá el pago de la totalidad de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y del Fondo de Reparo si lo hubiese. A los fines de lo expuesto precedentemente, la
C.T.M. levantará un Acta detallando el estado en que se encuentran los trabajos en el momento de la rescisión, y practicará inventario de materiales, herramientas y equipos, todo eso en presencia del Contratista.
Si éste no concurriera o se negase a firmar, igual se tendrá por válida el Acta e inventario practicados.
A la fecha en que la C.T.M. lo indique, el Contratista deberá retirar del emplazamiento a su solo cargo aquellos materiales, herramientas y equipos que la C.T.M. disponga.
Si el Contratista no procediera a realizar los retiros necesarios, la C.T.M. los realizará y depositará fuera del predio adjudicado, corriendo los gastos y riesgos consiguientes a cargo de aquél.
Las consecuencias para el Contratista establecidas en este Artículo son independientes de las penalidades a que se hiciere pasible.
B.2.VII.4.- RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.
1) La C.T.M. podrá disponer la rescisión del contrato comunicando al Contratista dicha decisión con una antelación no menor a noventa (90) días corridos.
2) El Contratista podrá solicitar la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
a. Cuando la C.T.M. suspenda los trabajos por más de noventa (90) días no mediando culpa del Contratista, excepto por causa de caso fortuito o fuerza mayor.
b. Cuando la C.T.M. demorase mas de noventa (90) días cualquier pago, a partir del vencimiento del plazo previsto para el mismo, sin causa que lo justifique.
B.2.VII.5.-
CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA.
De producirse dicha rescisión, la C.T.M. se hará cargo de la obra, realizando el correspondiente inventario, detallando el estado de los trabajos en el momento de la rescisión, los materiales, herramientas y equipos, todo ello en presencia del Contratista, o su representante.
La falta de concurrencia de alguno de estos, o su negativa a firmar, dará por válido el inventario practicado por la C.T.M.
La C.T.M. podrá adquirir los equipos, instalaciones y herramientas, que el contratista decida no retirar del área de trabajo, abonando para ello el precio que se acuerde.
Además la C.T.M., liquidará a favor del Contratista, todos los trabajos realizados que fueran de recibo y abonará por ello el precio que correspondiera por los mismos.
B.2.VII.6.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
La comprobación de que en un llamado a licitación y/o contratación se hubieran omitido los requisitos de publicidad previa en los casos en los que la norma lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible por determinado interesado u oferente, de manera que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.
En tal caso podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento de selección, debiendo invitarse además de los nuevos interesados, a los oferentes del anterior llamado.
En ningún caso los oferentes tendrán derecho a reclamo alguno, ya sea por el dictado del acto administrativo en sí, como por el cobro de indemnizaciones y / o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el llamado a licitación.
IMPORTANTE: La C.T.M. podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
B.2.VII.7.- CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.
B.2.VII.8.- RECEPCIÓN PROVISORIA
Cuando el Contratista haya dado término a los trabajos contratados, de conformidad con la documentación contractual e inspecciones previas, comunicará a C.T.M., por escrito, la fecha en que desea se realice la recepción de los mismos.
La inspección para la recepción se verificará en presencia del Representante del Contratista.
Si realizada la inspección se comprueba que los trabajos están sustancialmente terminados, de acuerdo con las condiciones contractuales, se procederá a su recepción provisoria, extendiendo el acta respectiva.
Si en la inspección se constataran faltas o defectos en los trabajos, el Contratista deberá subsanarlos según su oferta aprobada por la Inspección de Obra.
El tiempo que ello insuma no dará al Contratista derecho a prórroga del plazo. Subsanados los defectos y faltas a satisfacción de C.T.M., se procederá a la Recepción Provisoria de la Obra.
B.2.VII.9.- PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN
El período de garantía de correcta ejecución y funcionamiento de los trabajos recibidos provisionalmente, se extenderá por el término que establezcan las Condiciones Particulares de este llamado, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. Durante ese plazo el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones y sustituciones que se originen, con la mayor celeridad posible.
Si en el transcurso del Plazo de Garantía, una parte cualquiera de la obra tuviera que ser reconstituida, modificada o sustituida, la C.T.M. podrá extender éste, para dicha parte, hasta un tiempo igual al transcurrido entre la recepción provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia.
B.2.VII.10.- RECEPCIÓN DEFINITIVA
Vencido el plazo de garantía, se procederá a la inspección de las obras, en presencia del Contratista o de su representante autorizado. Si la inspección demostrara que los defectos aparecidos durante el plazo del Contrato (si los hubo), han sido subsanados a satisfacción de la
C.T.M. y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, se realizará la Recepción Definitiva labrándose el acta correspondiente, donde se consignará el término por el cual el Contratista asume la Responsabilidad por defectos de diseño y / o vicios ocultos por el término de 10 años.
B.2.VII.11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al
siguiente criterio:
Garantía de Mantenimiento de Oferta: sin perjuicio de lo establecido en el art. B.2.IV.1, dentro de los treinta (30) días de notificada la adjudicación se devolverá la Garantía a los oferentes no Adjudicatarios. La correspondiente al Adjudicatario se devolverá dentro de los treinta (30) días de aceptada la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Garantía de Anticipo: efectuada la Recepción Provisoria, se liberará la Garantía de Anticipo dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva.
Garantía de Cumplimiento de Contrato y Fondo de Reparo: efectuada la Recepción Definitiva, se liberarán la Garantía de Cumplimiento de Contrato y el Fondo de Reparo (en caso de haberse constituido), dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva y previa presentación por el Contratista de una nota formal de renuncia a toda reclamación que pudiera resultar del Contrato.
Previamente se descontarán los importes que el Contratista adeudase por multas, indemnizaciones y otros conceptos, tanto a la C.T.M. como a su personal y a terceros, incluyendo impuestos o tributos de todo tipo.
Las sumas depositadas y / o retenidas en concepto de Garantías se devolverán sin actualizar y en la misma moneda en que se constituyeron.
En los casos en que, luego de notificado fehacientemente, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año, contado desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del término señalado por parte del titular del derecho, importará la renuncia tácita del mismo a favor de la C.T.M. y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituye la garantía.
B.2.VII.12.- INGRESO AL COMPLEJO
Los trámites aduaneros para ingreso al Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande, de personal, materiales, equipos, vehículos, y/o cualquier otro elemento necesario para la ejecución del Contrato, estarán a cargo de la C.T.M. Para la realización de dichos trámites, el Contratista con un plazo xx xxxx (10) días antes del inicio de la obra, deberá presentar la siguiente documentación, al Área Materiales:
Para ingreso de VEHÍCULOS: Fotocopia de Libreta de Propiedad del vehículo (R.O.U.) o fotocopia Cédula de Identificación del Automotor (RA) o título del automotor y seguro del vehículo con cobertura Mercosur.
Si no es propietario: poder ante Escribano Público de autorización a salir del país.
Para ingreso de PERSONAL: Listado de personal con Número de documento de identidad. Constancia de cobertura de ART (R.A.) o de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (R.O.U.) o Accidentes Personales, según corresponda.
El Personal deberá estar perfectamente uniformado con identificación de la empresa.
Para ingreso temporario de HERRAMIENTAS de MANO (Ej. martillos, llaves): Listado con detalle de los mismos con un precio estimado global.
Para ingreso de MATERIALES (Ej.: arena, pintura, etc.), REPUESTOS Y/O EQUIPOS: Listado con detalle individual de los mismos con un precio estimado global, incluyendo marcas, origen, cantidades, precios etc. Contratistas argentinos deberán prever que los excedentes de materiales no tienen retorno a la Argentina.
Para ingreso temporal de HERRAMIENTAS o EQUIPOS MECÁNICOS Y/O ELÉCTRICOS IMPORTANTES: deberá presentar listado con el siguiente detalle:
TIPO DE | MARCA | CANTIDAD | PAÍS DE | PRECIO |
HERRAMIENTA | FABRICACIÓN | ESTIMADO |
B.2.VIII.- DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
B.2.VIII.1.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Todas las cuestiones litigiosas que se originen en la presente Licitación, en la formalización contractual resultante o entre las partes del mismo a causa o en ocasión del contrato, serán sometidas a la exclusiva jurisdicción y competencia del Tribunal Arbitral Internacional xx Xxxxx Grande, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder.
En todo caso será de aplicación el Estatuto y el Reglamento de Procedimiento del Tribunal Arbitral Internacional xx Xxxxx Grande.
C) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ARTICULO 1º. OBJETO
ITEM 1: TRANSPORTE TURNO ROTATIVO: Servicio de Transporte del Personal desde Concepción del Uruguay a la Subestación Colonia Xxxx y viceversa.
ITEM 2: TRANSPORTE DE LUNES A VIERNES, EXCEPTO FERIADOS:
Servicio de Transporte del Personal desde Concepción del Uruguay a la Subestación Colonia Xxxx y viceversa.
ITEM 3: LIMPIEZA: limpieza de las áreas de la Subestación Colonia Xxxx que se detallan a continuación:
• Xxxx xx Xxxxxxx
• Xxxx
• Oficinas
• Cocina
• Taller
• Laboratorio
• Sala de pañoles
• Servicios Auxiliares
• Xxxx de baterías
• Sala de baterías alcalinas
• Caseta de entrada
• Terrazas
• Galerías
• Veredas
ARTICULO 2º. DESCRIPCION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
El Servicio consiste en trasladar desde sus domicilios en Concepción del Uruguay a la Subestación Colonia Xxxx y viceversa, al personal de la C.T.M., en vehículos con capacidad para cuatro pasajeros además del chofer.
Se preve la realización de 3 (tres) viajes diarios, todos los días del año, incluyendo domingos y feriados, arribando a la Subestación en los siguientes horarios: 05,55; 13,55 y 21,55 horas.
Se preve la realización de 2 (dos) viajes diarios, de lunes a viernes, excepto feriados, llevando personal a la Subestación a las 06,55 y yendo a buscar a personal a las 14,55 horas.
Cuando las necesidades de la C.T.M. así lo requieran, el Contratista deberá afectar al servicio el segundo vehículo, en cuyo caso, cada viaje se abonará de acuerdo al precio establecido contractualmente.
El adjudicatario deberá contar con un medio de comunicación permanente para atender eventuales requerimientos de la C.T.M., entendiéndose por tal teléfono celular o servicio de radio llamada
En la Planilla NÓMINA DE VEHÍCULOS OFRECIDOS, que se adjunta, se deberá indicar en primer término los datos del vehículo que se afectará al servicio en forma permanente. A continuación. los vehículos que serán utilizados en caso de eventuales inconvenientes debidamente justificados y en la circunstancia mencionada en el 3er.párrafo del presente artículo.
La mencionada planilla tiene carácter de Declaración Jurada.
2.1. VEHICULOS A EMPLEAR EN EL SERVICIO
El proponente deberá presentar dos vehículos como mínimo. Los mismos deberán tener una antigüedad no mayor de ocho (8) años, durante todo el período contractual, poseer cuatro (4) puertas y contar con la correspondiente habilitación municipal para este tipo de servicio.
Se considera indispensable que el vehículo se encuentre equipado con calefacción y aire acondicionado.
Los parabrisas de los vehículos que prestarán el servicio serán de tipo "laminado" y deberán estar en perfecto estado de manera que permita una correcta visibilidad al conductor.
Las unidades a afectar al servicio deberán encontrarse en óptimas condiciones de funcionamiento general, sus cubiertas con dibujo suficiente, tapizado en perfecto estado, cinturones de seguridad en todos sus asientos y demás elementos y dispositivos de seguridad que correspondan.
Deberán someterse a la desinfección y revisación técnica que determine para este tipo de servicio la Municipalidad de Concepción del Uruguay y presentar el correspondiente certificado junto a la factura mensual.
Deberán presentar el Certificado de Revisión Técnica exigido por la C.E.N.T expedido por la Universidad Tecnológica Nacional, presentación que se repetirá en cada renovación, junto con la factura mensual del servicio que corresponda.
Las exigencias precitadas son meramente ilustrativas, por lo que tanto los conductores como los vehículos deberán cumplir con todos los requisitos exigidos por Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, modificatorias y sus decretos reglamentarios y las Ordenanzas Municipales de la Ciudad de Concepción del Uruguay.
2.2. HIGIENE VEHICULOS
Los vehículos afectados a la prestación del servicio deberán ser higienizados de manera que presenten una limpieza interior adecuada.
Deberán mantenerse en buen estado los burletes de puertas y colizas de ventanillas para evitar la entrada de polvo.
2.3. INSPECCION VEHICULAR
El oferente deberá someterse a las verificaciones en el lugar que disponga la
C.T.M. xx Xxxxx Grande antes de la adjudicación y/o durante la vigencia del Contrato o su prórroga, pudiendo alcanzar a los vehículos, su documentación y la del conductor.
2.4. REEMPLAZO DEL VEHICULO Y/O CONDUCTOR
El adjudicatario no podrá bajo ningún concepto suspender o interrumpir el servicio. El proponente deberá ofrecer las garantías necesarias que aseguren la continuidad del servicio en cuanto a medidas de transporte alternativas que dispone para superar eventuales inconvenientes.
Tampoco podrá sustituir sin autorización previa de C.T.M. los vehículos afectados al servicio y que fueron detallados en la Planilla Anexo I.
En caso de incumplimientos, por causas imputables al Contratista, este se hará pasible de las penalidades correspondientes.-
2.5. HORARIOS
El adjudicatario deberá respetar los horarios de acuerdo a las pautas que la
C.T.M. indique y considerando como prioridad el estricto cumplimiento de los horarios de entrada y salida del personal, tanto los indicados en el Artículo 2 de estas Especificaciones Técnicas, como sus eventuales modificaciones.
Sin perjuicio de ello la C.T.M. xx Xxxxx Grande podrá disponer traslados especiales de personal en horarios diferentes a los indicados. C.T.M. pagará por estos traslados el precio cotizado conforme a su oferta.-
El conductor deberá requerir la conformidad del viaje realizado, en la “PLANILLA PERSONAL TRANSPORTADO”, que se adjunta.
2.6. CONDUCTORES
Los Conductores propuestos deberán contar con la habilitación correspondiente extendida por la autoridad competente.
El mismo conductor no podrá realizar los tres viajes del día, ni trabajar de corrido en la semana.
La C.T.M. xx Xxxxx Grande podrá solicitar el reemplazo de cualquier conductor.
Los conductores deberán respetar las normas de tránsito, especialmente las velocidades máximas establecidas, tanto en el radio urbano como en rutas y caminos.
A los fines de la aplicación del régimen de sanciones previsto, se considerará como falta grave el incumplimiento de esta disposición.
ARTICULO 3º. DESCRIPCION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
Las tareas de limpieza a realizar son las siguientes:
Días lunes, miércoles y viernes:
- Barrido y limpieza c/trapo húmedo.
- Lavado, desinfección y desodorización en baños, incluyendo provisión y eventual reposición de toallas, jabón y papel higiénico, de 1era.calidad; condiciones que deberán mantenerse durante toda la jornada.
- Lustrado mecanizado.
- Retiro de residuos.
Mensualmente:
Estas tareas deberán realizarse en días laborables y certificadas expresamente por el Depto. Subestaciones
- Lavado con producto jabonoso adecuado.
- Encerado de pisos.
- Limpieza de ventanales repasando la totalidad de los vidrios (interiores y exteriores) con elementos húmedos, agua y desengrasantes.
TAREAS PERIODICAS
Estas tareas deberán realizarse cada vez que se le ordenen al Contratista y las cotizará como trabajo completo, con un precio unitario, en forma separada del precio global cotizado
• Playa - Eliminación de residuos y yuyos. Tratamiento de los yuyos con herbicidas.
3.1. BASURA
El Contratista deberá observar un tratamiento para los residuos acorde a las normas sanitarias vigentes.
La basura deberá ser depositada en lugar indicado por C.T.M. manteniendo las normas de higiene y seguridad pertinentes.
Estas especificaciones de prevención ambiental no son excluyentes, pudiéndose adoptar las medidas correctivas que se estimen pertinentes.
Básicamente los residuos que se retiran consisten en papelería, cartones, restos de comida, plásticos, trapo, estopa, etc.
3.2. USO DEL AGUA
No se permite uso de los hidrantes de incendio para tareas de limpieza, salvo autorización expresa de la C.T.M.
TAREAS ESPECIALES
Son aquellas tareas que, siendo complementarias a la limpieza, implican reparaciones que requieren personal especializado en diferentes oficios. Al efecto se establecen tres niveles de especialización:
Ayudante o Peón (A) Medio Oficial (B)
Oficial de Oficio o Capataz (C)
Este tipo de tareas se deben cotizar según el siguiente detalle:
VALOR H/HOMBRE TIPO "A"
VALOR H/HOMBRE TIPO "B"
Para realizar tareas de limpieza simple, movimiento de mobiliario y bultos, etc. Corresponde al nivel de ayudante o peón para tareas de mantenimiento y/o reparaciones en trabajos de electricidad, albañilería, pintura, xxxxx xx xxxxx, etc.
Para realizar tareas de limpieza especializada y/o riesgosas y tareas de mantenimiento sencillas.
Corresponde al nivel de Medio Oficial.
VALOR H/HOMBRE TIPO "C"
Para realizar tareas de mantenimiento o reparaciones menores, especializadas y conducción de cuadrillas de trabajo (4 personas).
Corresponde a los niveles de Oficial de Oficio y/o Capataz
Estos servicios se realizarán por orden expresa de C.T.M., emitida con 24 horas de anticipación y deberán ejecutarse en forma perentoria.
Cuando se requiera personal de oficios o ayudantes para tareas de mantenimiento o reparaciones, el precio establecido incluye las herramientas necesarias para efectuar el trabajo.
El Contratista se compromete a proveer esta mano de obra hasta un máximo simultáneo de:
1 Oficial o Capataz a cargo. 2 Medio oficiales.
4 Ayudantes o peones.
C.1.- PLANILLA “NÓMINA DE VEHÍCULOS OFRECIDOS”
OFERENTE: | |||||||
Nº (*) | TIPO DE VEHÍCULO | MARCA | MODELO | Nº PATENTE | Nº DE MOTOR Y CHASIS | CAPACIDAD PASAJEROS | OBSERVACIONES INTERNO Nº |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 | |||||||
4 | |||||||
5 | |||||||
6 | |||||||
7 | |||||||
8 | |||||||
9 | |||||||
10 | |||||||
11 | |||||||
12 |
(*) Indicar si el vehículo es de propiedad del oferente o arrendado
C.2.- PLANILLA “PERSONAL TRANSPORTADO MES ”
VIAJES ORDINARIOS | VIAJES ESPECIALES | |||||||
DÍA | NUMERO VEHÍCULO | HORARIO | CANT. PERSONAS TRANSPORT. | CONFORMIDAD * SERVICIO FIRMA/ACLARAC. | NUMERO VEHÍCULO | HORARIO | MOTIVO VIAJE | CONFORMIDAD * SERVICIO FIRMA/ACLARAC. |
* Uno de los pasajeros debe firmar en el casillero correspondiente debiendo hacer aclaración de su firma.
LICITACIÓN PÚBLICA SG-531
C.3.- PLANILLA DE COTIZACIÓN LICITACION PÚBLICA SG-531 "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL
PERSONAL DE LA SUBESTACION COLONIA XXXX Y LIMPIEZA DE LAS INTALACIONES DE LA MISMA”
OFERENTE: …….…………………………………………………………………………………………..
DIRECCION:..……………………………..............TE/CEL: …………………….……………………….
C/Electrónico FECHA APERTURA / /2014
PESOS Sin IVA | ||
ITEM 1 | PRECIO DE 1 (UN) VIAJE REDONDO - TRANSPORTE DE TURNO ROTATIVO | $ |
IVA (Indicar %) |
ITEM 2 | PRECIO DE 1 (UN) VIAJE REDONDO – DE LUNES A VIERNES, EXCEPTO FERIADOS | $ |
IVA (Indicar %) |
ITEM 3 | PRECIO TOTAL MENSUAL DEL SERVICIO DE LIMPIEZA | $ | |
PRECIO UNITARIO TAREAS PERIÓDICAS | $ | ||
TAREAS ESPECIALES | VALOR HORA/HOMBRE TIPO “A” | $ | |
VALOR HORA/HOMBRE TIPO “B” | $ | ||
VALOR HORA/HOMBRE TIPO “C” | $ | ||
IVA (Indicar %) |
Firma y aclaración del Oferente Fecha: ....../ /2014
COMISION TECNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE
D) ANEXOS
D.1.- POLÍTICA DE CALIDAD, AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
✓ Generar y Transportar energía en forma limpia, segura y económica, atendiendo a los requerimientos de los clientes, preservando y mejorando el ambiente natural y laboral.
✓ Gestionar todo riesgo detectable que pueda afectar al ambiente, a la salud de las per- sonas o a la prestación del servicio.
✓ Lograr la satisfacción y realización del personal, de manera que el capital Humano, a través del desarrollo organizacional, sea el responsable del crecimiento sostenido de eficiencia y calidad de la organización.
✓ Propender en el ámbito de la Organización a la mejora continua en la utilización de los recursos propios y de terceros (clientes y proveedores), mediante la evaluación del cumplimiento en materia de calidad, ambiente, seguridad y salud ocupacional, a través de los correspondientes indicadores, dentro de los requisitos legales de ambos países.
✓ Desarrollar el negocio, desde una perspectiva de Responsabilidad Social Empresaria de forma de integrar la gestión y, en forma armónica, el respeto por los valores éticos, las personas, la comunidad y el ambiente.
OBJETIVOS DE CALIDAD, AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
De acuerdo a los procesos definidos en el Manual SIG (Sistema Integrado de Gestión) se establecen los correspondientes objetivos:
PROCESO DE PRODUCCION. – (Operación Central, Subestaciones, Centro Operativo Unificado, Hidrología)
✓ Operar el sistema eléctrico xx Xxxxx Grande tendiendo al máximo de satisfacción de los requerimientos del cliente, en cuanto a mantener la confiabilidad y calidad en el sumi- nistro de energía y potencia.
✓ Programar el despacho de energía y potencia optimizando el aprovechamiento hidroló- gico, atendiendo a las señales económicas de los mercados eléctricos, en el marco de las prioridades establecidas para el uso del agua.
PROCESO DE MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA
✓ Mantener el máximo nivel de disponibilidad de la totalidad de la infraestructura del Complejo Hidroeléctrico.
PROCESO DE GESTION DE RRHH
✓ Establecer las Competencias Laborales como metodología de gestión de los RRHH.
✓ Asegurar la sustentabilidad de la organización, mediante la actualización de los recursos humanos y materiales y la evaluación de riesgos.
✓ Gestionar el riesgo con el objeto de minimizar sus efectos, involucrando a toda la Organización y terceros que interactúen con la misma.
PROCESO DE GESTION DE RECURSOS MATERIALES
✓ Asegurar procesos de adquisiciones eficaces y eficientes para la evaluación y el control de los productos comprados, con el fin de satisfacer las necesidades y requisitos de la Organización, así como aquellos de las partes interesadas.
PROCESO DE GESTION DE ECONOMICO/FINANCIERO
✓ Asegurar la disponibilidad de la información en tiempo y forma para una correcta toma de decisiones.
PROCESO DE RELACIONES PÚBLICAS
✓ Difundir y promover la imagen de la Organización como responsable de la construcción, operación y mantenimiento del Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande.
PROCESO DE ATENCION A TERCEROS
✓ Brindar en forma eficaz y eficiente servicios a terceros.
PROCESO DE GESTION DE CALIDAD
✓ Propender a la generalización del Sistema de Gestión de Calidad basada en procesos como herramienta de gestión.
✓ Continuar desarrollando una política de Responsabilidad Social Empresaria (RSE)
✓ Satisfacer los requerimientos de información de gestión de la Organización.
✓ Propender al uso sustentable de los recursos naturales en todas las actividades de Sal- to Grande.
✓ Gestionar adecuadamente los residuos generados en todos los procesos xx Xxxxx Grande; con énfasis en la reducción de los mismos.
PROCESO DE INFORMATICA y COMUNICACIONES
Propender a disponer de las herramientas y equipos necesarios para llevar adelante los objetivos planteados.
D.2.- Información Ambiental
Declaración Generación de Residuos Sectorial o Contratistas* 1 | |||||
SG- / OC: | Fecha: / / | Objeto: | |||
Contratista: | |||||
Sector CTM: | Responsable CTM: | ||||
GENERACIÓN ( * 2; * 3) | |||||
1 | Residuos Líquidos | Marcar con V | Observaciones | ||
Nombre | Uni. | Cant. | |||
Ácidos | |||||
Alcalinos | |||||
Detergentes | |||||
Hipoclorito (lavandina) | |||||
Lubricantes | |||||
Desengrasantes industriales | |||||
Orgánicos | |||||
2 | Residuos Sólidos | Marcar con V | Observaciones | ||
Nombre | Uni. | Cant. | |||
2.1 Generales | |||||
Madera | |||||
Mampostería | |||||
Hormigón armado | |||||
Plásticos | |||||
Metales | |||||
Vidrio | |||||
Trapos c/lubricantes | |||||
Xxxxxx y/o papel | |||||
Cartuchos PC/fotocopiadoras | |||||
Domésticos Orgánicos | |||||
2.2 Envases | |||||
Agua/Gaseosas/ | |||||
Productos Químicos | |||||
Lubricantes | |||||
Solventes | |||||
Productos industriales | |||||
Pinturas/barnices | |||||
Pesticidas | |||||
2.3 Pilas y Baterías | |||||
Comunes | |||||
Alcalinas | |||||
Ni-Cd | |||||
Gel | |||||
Baterías | |||||
Por consultas dirigirse al Area Ecología 3280
* 2 Los residuos que no figuren en el listado deben ser igualmente declarados y agregarse a este formulario
* 3 Si no se generan residuos dentro del predio de CTMSG, llenar sólo el encabezado y cruzar el formulario
* 1 Este formulario debe ser completado en su totalidad.
Firma
D.3.- Reglamento de Licitaciones y/o Concursos de Precios
1. Las propuestas serán recibidas hasta el día y hora establecidos en las Bases de la Licitación y/o Concurso de Precios en el lugar indicado en éstas.
Serán numeradas correlativamente según el orden de presentación.
A partir de la hora indicada, los proponentes no podrán retirar ni alterar las propuestas, ni retirar, cambiar o agregar piezas.
2. La apertura de las ofertas se hará ante Escribano Público habilitado por el Colegio de Escribanos, en presencia de representantes de los oferentes y de la C.T.M. y de invitados por ésta última.
Una vez abierto el primer sobre no se admitirán aclaraciones sobre las propuestas.
El Escribano o un representante de la C.T.M. leerá los nombres de los oferentes y los precios globales de las ofertas y de las eventuales alternativas.
Terminada la apertura de la última propuesta, el Escribano labrará el Acta correspondiente en la que se incluirán las aclaraciones que se hubieran formulado antes de la apertura del primer sobre, las observaciones formales producidas durante el transcurso del acto y las decisiones que quien presida el mismo estime conveniente consignar.
Luego dará lectura al acta e invitará a representantes de la C.T.M. y de los oferentes a firmarla.
3. Quien presida el acto invitará a los participantes de la licitación a que designen representantes para que rubriquen los originales de las propuestas y otro para que rubrique la de éstos.
También rubricará las propuestas un representante de la C.T.M.
Se rubricarán y foliarán todas las hojas de las propuestas, todos los planos y las carátulas de los folletos o impresos.
Ninguna oferta podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las observaciones formales que se formulen en el momento serán consideradas por la C.T.M. vencido el lapso a que se refiere el Artículo (4).-
4. Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el local del llamado, durante los tres días hábiles siguientes al del acto. Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las propuestas ajenas podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las propuestas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M., a su solo juicio, podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo con antelación a la fecha de apertura de cada licitación.
5. Los oferentes podrán examinar toda la documentación presentada.
Se permitirá a los oferentes efectuar reproducciones totales o parciales de las demás ofertas, siempre que la totalidad de ellos manifieste su conformidad por escrito. Esta conformidad se solicitará por separado para la documentación escrita y para los planos.
6. Todas las propuestas serán preparadas y presentadas en un todo de acuerdo con los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación y / o Concurso de Precios. No obstante, la C.T.M. se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las ofertas.
7. La C.T.M. podrá solicitar por escrito, con posterioridad al acto de la apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no violen ni modifiquen las Bases de la Licitación y / o Concurso de Precios, ni el principio de igualdad entre los proponentes. Las respuestas serán presentadas por escrito y se limitarán a los puntos en cuestión.
No se considerará ninguna aclaración, oral o escrita, no solicitada por la C.T.M