ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN
ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN
Montevideo a los 17 de noviembre de 2011
Entre el Instituto Nacional de Calidad, en adelante INACAL, con domicilio en Xxxxxx 000 Xxxx 0, Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx, representada en este acto por el Ing. Quím. Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Director Ejecutivo, y la Asociación Paraguaya para la Calidad, en adelante la APC, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx N° 680 casi Xxxx E. O´Xxxxx, Xxxxxxxx-Paraguay, representada en este acto por el señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, en su carácter de Presidente de la Junta Directiva, acuerdan celebrar el presente ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN, en adelante el ACUERDO, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA DE LOS FUNDAMENTOS
El INACAL y la APC reconocen que la Mejora de la Calidad y la Capacitación de los Recursos Humanos representa un compromiso impostergable para adecuar la Calidad de los bienes y servicios que generan las empresas y organizaciones, a fin de asegurar la competitividad de las mismas, siendo esta una tarea de gran envergadura que requiere la articulación de acciones conjuntas entre entidades cuyos fines se orienten al logro de esta meta.
El INACAL es una persona como persona de derecho público no estatal, fue creado por el artículo 175 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005 y su funcionamiento queda reglamentado en el Decreto 17/008. El artículo 176 de la citada Ley determina que el INACAL tendrá como objetivos: (a) Promover la mejora de la competitividad de las empresas como medio para incrementar sostenidamente las exportaciones; (b) Propender a la formación y capacitación de recursos humanos en la calidad de la gestión empresarial; (c) Proveer la mejora de gestión de las organizaciones públicas (de los Gobiernos Nacional y Departamentales) y privadas; (d) Respaldar técnicamente al consumidor en cuanto a la calidad como base de su elección; y (e) Administrar el Premio Nacional de Calidad.
La APC es una entidad del ámbito civil, sin fines de lucros, creada para la difusión y promoción de la Calidad como estilo de vida y trabajo para la excelencia en las personas, los procesos, los productos y los servicios. -----------------------------------------------
SEGUNDA DEL OBJETO
El objeto del presente ACUERDO es el de establecer líneas directrices de base en cuanto a cooperación y emprendimientos conjuntos que el INACAL y la APC juzguen útil
promover y desarrollar de común acuerdo, a fin de lograr el mejor cumplimiento de los fines y objetivos que persigue cada institución. -----------------------------------------------------
TERCERA DEL ALCANCE
El INACAL y la APC, en forma conjunta o con la colaboración de otras entidades a las cuales pudieran acudir en caso de considerarlo necesario, y estando conformes las partes firmantes, convienen en desarrollar el campo de acción del ACUERDO en asuntos de interés común y vinculados a:
• Promoción y difusión de la Calidad en todas sus formas y manifestaciones, recurriendo preferentemente a los medios de comunicación masiva.
• Eventos de promoción y difusión de los temas que son de competencia de ambas entidades.
• Actividades de capacitación y entrenamiento.
• Publicaciones.
• Otras que a criterio de ambas partes sean pertinentes.
CUARTA DE LAS FORMAS DE EJECUCIÓN
Ambas instituciones nombrarán Coordinadores, quienes estarán investidos de poder suficiente para gestionar de forma autónoma todas las inquietudes que resulten del cumplimiento de este Acuerdo, siempre que estén contemplados en los documentos aprobados por las autoridades competentes de ambas instituciones. -------------------------
En este acto, se nombra a los Sres. Ing. Quím. Xxxxxxx Xxxxxxx, Director Ejecutivo, y Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx, Gerente General, como Coordinadores por el INACAL y la APC, respectivamente.
Las actividades específicas asociadas a la cláusula tercera, podrán ser desarrolladas por medio de campañas de difusión, de concienciación y de educación, talleres, seminarios, forum de discusión, encuentros, congresos, charlas, exposiciones, cursos, desayuno y/o almuerzos de trabajo u otras formas que el INACAL y la APC consideren más apropiadas para alcanzar los objetivos del ACUERDO, y cuyas condiciones establezcan las partes, de común acuerdo o por escrito en Acuerdos Complementarios, que una vez firmados formarán parte integrante del presente ACUERDO MARCO. ---------------------
QUINTA DE LOS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS
El INACAL y la APC elaborarán acuerdos complementarios, los cuales constituirán partes integrantes de este ACUERDO MARCO, se derivarán del mismo y responderán a los objetivos definidos en común.
Todo proyecto será sometido a un análisis de factibilidad técnica y económica para asegurar resultados satisfactorios de acuerdo al plan de negocio aprobado. ----------------
Su alcance, objetos, metas, y financiamiento, así como los mecanismos de coordinación, organización, ejecución y seguimiento del mismo, se especificarán en el Acuerdo Complementario respectivo.
SEXTA DE LA CREACIÓN DE VÍNCULOS
Se crearán vínculos (links) en los sitios Web de ambas partes. De esta manera el acceso, rápido y directo, a la información estará garantizado para los socios de ambas instituciones.
SEPTIMA DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las eventuales controversias que pudieran surgir de la ejecución de este ACUERDO, o en relación al mismo, de su interpretación o validez serán dilucidadas dentro xxx xxxxxxxx de colaboración y cooperación mutua. ------------------------------------------------------
OCTAVA DE LA VIGENCIA
Este ACUERDO entrará a regir inmediatamente después de la firma por ambas partes y tendrá una duración de dos (2) años, renovable en forma automática por períodos iguales si no mediare expresión escrita en contrario, presentada por una de las partes a la otra con una antelación de 60 (sesenta) días corridos previos al vencimiento. -----------
Podrá ser rescindido por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, durante su vigencia con un aviso previo de 60 (sesenta) días. La cancelación del presente ACUERDO por cualquier causa que fuera, no afectará a los proyectos, programas o acciones que a tal momento estuvieran en curso de realización, los cuales deberán llegar a su término.
En prueba de conformidad y aceptación las partes acuerdan firmar este ACUERDO en dos ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en la ciudad de Montevideo, Uruguay, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil once. ---------------------------
….…………………………………… …..……………………………………. Ing. Quím. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Director Ejecutivo Presidente Junta Directiva Instituto Nacional de Calidad-INACAL Asociación Paraguaya la Calidad-APC