MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
AÑO 0000
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXX#XXX
Nombre del organismo contratante | DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD |
UOC: 0046-21 |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Compulsa Abreviada Por Monto | Ejercicio: 2020 |
Clase: Etapa Única | |
Modalidad: Sin Modalidad | |
Tipicidad: ARTICULO 25 Inc. d) Ap. 1 del DECRETO DELEGADO N° 1023/01, ARTICULOS 15 y 27 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por DECRETO N° 1030/16 y ARTICULO 50 del Manual de Procedimientos del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Disposición 62-E/16 de la ONC. | |
Expediente N°: EX- 2020-72748115 -APN-DLP#DNV | |
Objeto de la Contratación: SEGURO INTEGRAL PARA SEDE, CAMPAMENTOS Y PUESTOS DE CONTROL DE PESOS Y DIMENSIONES DEL 21° DISTRITO LA PAMPA. | |
Costo xxx xxxxxx: Sin Costo |
Datos del organismo contratante donde serán válidas todas las comunicaciones:
DOMICILIO | Xxxx. B. Justo Nº 315 |
Teléfono | 00000-000000/31 int. 8211108-8211109-8211110 |
PRESENTACION DE OFERTAS
Plazo y Horario: Hasta el horario de Apertura de Ofertas
ACTO DE APERTURA
LA APERTURA DE OFERTAS SE EFECTUARA POR ACTO PUBLICO EN EL DIA Y HORA ESTABLECIDO EN EL SITIO XXXXX.XX PARA ESTE PROCEDIMIENTO.
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEGURO INTEGRAL DE EDIFICIO
ITEM: 3.5.4-2903.1 SEGURO P/INMUEBLE; DESCRIPCIÓN: SEGURO PARA INMUEBLE
La póliza tendrá cobertura sobre los siguientes establecimientos:
1.: EDIFICIO SEDE DEL 21° DISTRITO- Xxxx. X. Xxxxx Xx 000 –Xxxxx
Xxxx, Xx Xxxxx
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $200.000.000
INCENDIO CONTENIDO: $10.000.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $7.500.000
• RESPONSABILIDAD CIVIL: Extracontractual frente a terceros.
RESPONSABILIDAD CIVIL: $8.000.000
• CRISTALES A PRIMER RIESGO ABSOLUTO: Rajadura o Rotura, incluyendo gastos de colocación hasta suma asegurada. Vidrios, Espejos y Cristales colocados verticalmente.
CRISTALES A PRIMER RIESGO ABSOLUTO: $55.000
• ROBO DE CONTENIDO: Amparará la pérdida por robo de los bienes muebles objeto del Seguro, que sean propiedad de la DNV o de terceros, así como los daños que sufran esos bienes o el edificio designado en la póliza, ocasionados por los ladrones exclusivamente por cometer el delito o su tentativa.
ROBO DE CONTENIDO: A primer riesgo absoluto $450.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
• RESPONSABILIDAD CIVIL: 10% (MINIMO 1%; MAXIMO 5%)
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
• ROBO CONTENIDO: MAXIMO 10% • CRISTALES: SIN FRANQUICIA DETALLE: XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX 0 XXXXX X XXXXXXXX XXX XXXX XX XXXXXXXXXXX X 0 DEPARTAMENTOS (SUP. TOTAL APROX. 2700 M2) 2: CAMPAMENTO ZONA CENTRO DE CONSERVACION. Xx. Xxxxx Xx 0000 –Xxxxx Xxxx, Xx Xxxxx. Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar: • INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $77.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $70.000.000 • SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo. SEGURO TÉCNICO: $21.000.000 TOPES DE FRANQUICIAS • SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10% DETALLE: 2 CASAS DE 100 M2 CADA UNA LABORATORIO DE 200 M2 CON MAQUINARIA Y OFICINAS OFICINAS EN BLOQUE (100 M2 EN TOTAL) DEPÓSITO 1: 250 M2 OFICINAS Y BIENES VARIOS DEPÓSITO 2: 250 M2 CONTENIDOS VARIOS (NEUMATICOS, ETC.) XXXXXXXX XX 000 X0 XXX XXXXXXX, XXXXXXXXXXX Y HERRAMIENTAS. TALLER DE SEÑALAMIENTO DE 200 M2 MAQUINARIA E INSUMOS. | ||||
N° ART. | DESCRIPCION DE LOS BIENES LABORATORIO ZONA CENTRO | Costo unitario aproximado | ||
USD | ||||
1 | COMPACTADOR GIRATORIO | 31307 | ||
2 | MIXER | 6811 | ||
3 | VISCOSÍMETRO ROTACIONAL | 00000 |
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXX#XXX
4 | SOIL INVESTIGATION (kit completo) | 505 | ||
5 | RING AND BALL AUTOMATIC AND ACCESORIE | 4643 | ||
6 | SAYBOLT VISCOSIMETR AND ACCESSORIES | 1830 | ||
7 | EQUIPO DE RECUPERACION ELASTICA TORSIONAL | 1092 | ||
8 | AUTOMATIC XXXXXXXX COMPACTOR AND ACCESORIES | 5772 | ||
9 | XXXXXXXX STABILITY DIGITAL MACHINE AND ACCESSORIES | 4444 | ||
10 | BATH FOR XXXXXXXX METHOD | 588 | ||
11 | ASPHALT CONTENT IN HMA AND ACCESSORIES | 10470 | ||
12 | SET TO THEORICAL MAXIMUN SPECIFIC GRAVITY (XXXX) | 1042 | ||
13 | SPECIFIC GRAVITY FRAME FOR HOT MIX SAMPLES AND ACCESSORIES | 690 | ||
14 | WATER CONTENT | 587 | ||
15 | EQUIPO COMPLETO PARA EVALUACIÓN DE MACROTEXTURA | 349 | ||
16 | UNIVERSAL CORE DRILLING MACHINE | 4006 | ||
17 | LABORATORY OVEN 450 L, AIR FORCED, 200 °C | 2425 | ||
18 | VACUUM PUMP . ULTIMATE VACUUM 0,1 mBAR | 327 | ||
19 | WATHER BATH WITH COOLING SYSTEM 25 °C / 0,1 °C. CAP. APROX. 20 lts. | 1558 | ||
20 | HEATER INMERSION CIRCULATER +5°C / 90°C | 1202 | ||
21 | ELECTRIC GENERATOR | 987 | ||
22 | AUTOMATIC COMPRESSION TESTING MACHINE. CAP 2000 KN. ACCESORIES | 8074 | ||
23 | CYLINDER MOULDS Ø 4" | 72 | ||
24 | CYLINDER MOULDS Ø 6" | 111 | ||
25 | CABEZAL CONTENEDOR DE NEOPRENO Ø 4". JUEGO DE 2 | 130 | ||
26 | NEOPRENE PADS FOR CONCRETE CYLANDER Ø 4". JEUGO DE 2 | 23 | ||
27 | CABEZAL CONTENEDOR DE NEOPRENO Ø 6". JUEGO DE 2 | 174 | ||
28 | NEOPRENE PADS FOR CONCRETE CYLANDER Ø 6".JUEGO DE 2 | 23 | ||
29 | SLUMP CONE TEST SETS | 58 | ||
30 | AIR ENTRAINMENT METER | 377 | ||
31 | SAND EQUIVALENT TEST AND ACCESORIES | 244 | ||
32 | MOISTURE TESTER IN SOIL | 1055 | ||
33 | LIQUID LIMIT SET | 158 | ||
34 | PLASTIC LIMIT SET | 67 | ||
35 | HYDROMETER TEST SET | 748 | ||
36 | AUTOMATIC SOIL COMPACTER AND ACCESSORIES | 6497 | ||
37 | CBR MACHINE DIGITAL UNIT. AND ACCESORIES | 5148 | ||
38 | CBR MOULDS AND ACCESSORIES | 421 | ||
39 | SAND CASE DENSITY TEST | 114 | ||
40 | SPICIFIC GRAVITY AND ABSORPTION FINE AGGREGATE | 45 | ||
41 | STANDARS SIEVES. PAN AND COVER. | 927 | ||
42 | LE CHATELIERE SPECIFIC GRAVITY FLASK | 62 | ||
43 | MOISTURE CONTENT TINS Ø 75 mm * 30 mm | 2 | ||
44 | MOISTURE CONTENT TINS Ø 55 mm * 35 mm | 4 | ||
45 | BALANCE 4200 g | 1200 | ||
46 | BALANCE 10000 g | 1589 | ||
47 | INFRARED THERMOMETER | 93 | ||
48 | DIGITAL THERMOMETER | 33 | ||
49 | THERMO – HYGROMETER | 395 | ||
50 | DIGITAL PH METER | 53 | ||
51 | MIXING BOWLS Ø 280 MM | 30 | ||
52 | BRUSHES | 12 | ||
53 | FLATS SPATULA | 16 | ||
54 | RIGID SPATULA | 23 |
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
55 | FACE SHIELD | 36 | ||
56 | SATETY GLASSES | 7 | ||
57 | RESPIRATOR VAPOUR/DUST FILTER FACE MASK | 356 | ||
58 | KITASATO 1000 ml | 159 | ||
59 | KITASATO 2000 ml | 454 | ||
3: CAMPAMENTO RUTA NAC. 154 –XXXXXXX XXXXX – UBICACIÓN: XXXX XXX. 000 XX. 00,00- XX XXXXX. Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar: • INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $10.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $3.000.000 • SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo. SEGURO TÉCNICO: $50.000 TOPES DE FRANQUICIAS • SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10% DETALLE: 2 CASAS DE 100 M2 CADA UNA 1 GALPON CERRADO DE 200 M2 HERRAMIENTAS Y GRUPO ELECTRÓGENO. 4: CAMPAMENTO SANTA XXXXXX. UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 000,00 –XX XXXXX. Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar: • INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se |
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión.
INCENDIO EDIFICIO: $23.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $3.000.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $30.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
4 CASAS (2 INHABITADAS)
1 GALPÓN CERRADO 300 M2 CON OFICINA 16 M2 HERRAMIENTAS
5: CAMPAMENTO PUELCHES -UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX.
000,00 –XX XXXXX.
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $32.000.000
INCENDIO CONTENIDO: $5.500.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $30.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLES:
4 CASAS DE 120 M2 CADA UNA
OFICINAS -4 AMBIENTES EN BLOQUE- 80 M2 1 GALPÓN 250 M2 VACÍO Y CERRADO
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXX#XXX
0 XXXXXX 000 X0 CERRADO CON HERRAMIENTAS
6: CAMPAMENTO BAJO XXXXXXXX - UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 00 XX.
000,00-XX XXXXX
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $15.000.000
INCENDIO CONTENIDO: $800.000 DETALLE:
1 CASA 70 M2 INHABITADA
3 GALPONES 200 M2
7: CAMPAMENTO REALICO- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 00 XX. 000-XX XXXXX
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $5.600.000
INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $40.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
1 CASA/OFICINA 140 M2
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
8: PUESTO DE CONTROL X. X X. XXXXX XXXXX- XXXXXXXXX: XXXX XXX. Xx00 XX. 000,00-XX XXXXX.
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $10.000.000
INCENDIO CONTENIDO: $1.700.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $50.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
2 TINGLADOS 70 M2 CADA UNO
1 CASA 140 M2
1 OFICINA 65 M2
1 OFICINA CHICA 15 M2
9: PUESTO DE CONTROL P. Y D. GRAL. ACHA- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 00,00-XX XXXXX.
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $6.000.000
INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $60.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
1 CASA 30 M2
1 CASA 40 M2
2 TINGLADOS 70 M2 CADA UNO
10: PUESTO DE CONTROL P. Y D. REALICO- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 00,00-XX XXXXX.
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $6.800.000
INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000
DETALLE:
1 CASA 100 M2
1 XXXXXXXX 00 X0
00: PUESTO DE CONTROL P. Y D. SANTA XXXXXX- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 000,00 – LA PAMPA.
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $8.200.000
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
INCENDIO CONTENIDO: $900.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $50.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
2 TINGLADOS 84 M2 CADA UNO
1 OFICINA 50 M2
1 OFICINA 20 M2
12: PUESTO DE CONTROL P. Y X. XXXXX- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx
00 XX. 000,00. XX XXXXX
Se detallan a continuación las especificaciones de los ítems contemplados y sus montos a asegurar:
• INCENDIO EDIFICIO/CONTENIDO: A prorrata. Cobertura de incendio, rayo y/o explosión, con el adicional de Xxxxxxx, Ciclón y/o Tornado. Se ampararán los daños materiales causados a los bienes objetos del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. INCENDIO EDIFICIO: $5.800.000
INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000
• SEGURO TÉCNICO EQUIPOS ELECTRÓNICOS: A prorrata. Daños materiales ocasionados por un evento imprevisto, súbito o accidental de modo que el bien asegurado se dañe o destruya, siendo afectado su funcionamiento. Se incluirán pérdidas por robo.
SEGURO TÉCNICO: $50.000
TOPES DE FRANQUICIAS
• SEGURO TÉCNICO: MAXIMO 10%
DETALLE:
1 TINGLADO 70 M2
1 CASA/OFICINA 70 M2
============================================================
RESUMEN
1. EDIFICIO SEDE DEL 21° DISTRITO- Xxxx. X. Xxxxx Xx 000 –Xxxxx Xxxx,
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXX#XXX
Xx Xxxxx
INCENDIO EDIFICIO: $200.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $10.000.000 SEGURO TÉCNICO: $7.500.000 RESPONSABILIDAD CIVIL: $8.000.000
CRISTALES A PRIMER RIESGO ABSOLUTO: $55.000
ROBO DE CONTENIDO: A primer riesgo absoluto $450.000
2: CAMPAMENTO ZONA CENTRO DE CONSERVACION. Xx. Xxxxx Xx
0000 –Xxxxx Xxxx, Xx Xxxxx.
INCENDIO EDIFICIO: $77.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $70.000.000 SEGURO TÉCNICO: $21.000.000
3: CAMPAMENTO XXXX XXX. 000 –XXXXXXX XXXXX – UBICACIÓN: XXXX XXX. 000 XX. 00,00- XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $10.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $3.000.000 SEGURO TÉCNICO: $50.000
4: CAMPAMENTO XXXXX XXXXXX. XXXXXXXXX: XXXX XXX. Xx 000 XX.
000,00 –XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $23.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $3.000.000 SEGURO TÉCNICO: $30.000
5: CAMPAMENTO PUELCHES -UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX.
000,00 –XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $32.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $5.500.000 SEGURO TÉCNICO: $30.000
6: CAMPAMENTO BAJO XXXXXXXX - UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 00 XX.
000,00-XX XXXXX
INCENDIO EDIFICIO: $15.000.000
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
INCENDIO CONTENIDO: $800.000
7: CAMPAMENTO REALICO- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 00 XX. 000-XX XXXXX
INCENDIO EDIFICIO: $5.600.000 INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000 SEGURO TÉCNICO: $40.000
8: PUESTO DE CONTROL X. X X. XXXXX XXXXX- XXXXXXXXX: XXXX XXX. Xx00 XX. 000,00-XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $10.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $1.700.000 SEGURO TÉCNICO: $50.000
9: PUESTO DE CONTROL P. Y D. GRAL. ACHA- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 00,00-XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $6.000.000 INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000 SEGURO TÉCNICO: $60.000
10: PUESTO DE CONTROL P. Y D. REALICO- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 00,00-XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $6.800.000 INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000
11: PUESTO DE CONTROL P. Y D. SANTA XXXXXX- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx 000 XX. 000,00 – XX XXXXX.
INCENDIO EDIFICIO: $8.200.000 INCENDIO CONTENIDO: $900.000 SEGURO TÉCNICO: $50.000
12: PUESTO DE CONTROL P. Y X. XXXXX- UBICACIÓN: XXXX XXX. Xx
00 XX. 000,00. XX XXXXX
INCENDIO EDIFICIO: $5.800.000
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
INCENDIO CONTENIDO: $1.000.000 SEGURO TÉCNICO: $50.000 | |||
ANEXO INVENTARIO EQUIPAMIENTO INFORMATICO TOTAL 21° DISTRITO DNV | CANTIDAD | ||
PC DE ESCRITORIO TIPO INTEL ® CORE ™I5-2500 CPU@3,30 Ghz [4core(s) x64] | 52 | ||
PC DE ESCRITORIO TIPO AMD PHENOM ™ II X4965 PROCESSOR [4core(s) x64] | 48 | ||
NOTEBOOK TIPO BANGHOO 15,6´ PRECESADOR I5 | 2 | ||
MONITORES DE PC TIPO LED 19´´ | 100 | ||
IMPRESORA TIPO BROTHER DCP-8155DN | 8 | ||
IMPRESORA TIPO BROTHER MFC-8710DW | 2 | ||
IMPRESORA TIPO BROTHER MFC-9970DW | 2 | ||
IMPRESORA TIPO HP ALL IN ONE F4480 | 2 | ||
IMPRESORA TIPO HP DESKJET 840C | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP DESKJET D1460 | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP DESKJET D2460 | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP DESKJET 9800 | 4 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 1020 | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 1320 | 3 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 1022 | 3 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 2035 | 2 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 4250 | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 5100 | 1 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET P1102W | 3 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET P1505 | 2 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET 400MFP M425dn | 3 | ||
IMPRESORA TIPO HP LASERJET PROFESSIONAL P1606dn | 2 | ||
IMPRESORA TIPO LEXMARK XM7170 | 1 | ||
PLOTTER XX XXXXX TIPO GRAPHTEC 9800 | 1 | ||
PLOTTER TIPO HP DESINJET 500 | 1 | ||
PLOTTER TIPO HP DESINJET 510 | 1 | ||
PLOTTER DE ESCANEO TIPO CANON SMART XX Xx 00 | 0 | ||
XXXXXXX XX XXXXX TIPO SUMMA PLOTTER | 1 | ||
SWITCH ALLIED TELESIS AT-8000S XXX | 8 | ||
ANTENAS RADIOENLACE UBIQUITI ROCKET M5 | 2 | ||
PACHERA AMP 24 BOCAS | 15 | ||
CONVERTIDOR DE FIBRA TRENDNET TFC-110MST | 2 | ||
ROUTER CISCO 3945 | 1 | ||
ROUTER CISCO 1900 SERIES | 1 | ||
ACCESS POINT CISCO | 12 | ||
SERVIDOR CISCO UCS C220 M4 RACK SERVER | 1 | ||
SERVIDOR IBM System X3100 M4 | 2 |
PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
RACK TYCO ELECTRONIC 19'' 45 ux800 | 1 | ||
RACK TE CONNECTIVITY 19'' 20ux660 | 3 | ||
TELEFONOS CISCO UNIFIED IP PHONE 8945 | 7 | ||
TELEFONOS IP CISCO DX-70 | 2 | ||
TELEFONOS IP CISCO CP-7821-K9 | 50 | ||
TELEFONOS IP CISCO 8845 | 5 | ||
CENTRAL TELEFONICA SIEMENS HIPATH 3800 CON VOIP ADAPTER HG1500 | 1 | ||
CAMARAS DOMO VIVOTEK FD8134 | 2 | ||
UPS GXT2 10000T230 | 2 | ||
PLAZO DE INICIO: 5 DIAS CORRIDOS A PARTIR DEL PERFECCIONAMIENTO DE LA ORDEN DE COMPRA.
DURACIÓN DE LA PÓLIZA: 1(UN) AÑO
LUGAR DE ENTREGA DE LA POLIZA: XXXX X. XXXXX Xx 000 XXXXX XXXX, XX XXXXX.
NO SE HARÁ USO DE PRÓRROGA.
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POLÍTICA DE INTEGRIDAD.
1. Política de integridad. Principios y alcance.
1.1. Esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (en adelante DNV) asume la responsabilidad de mantener los más altos niveles de integridad, transparencia, competencia, concurrencia y trato igualitario en los procedimientos de selección.
Por este motivo, se espera que los proveedores acompañen este compromiso desempeñándose en todo momento con honestidad, equidad e integridad comercial, asegurando un cumplimiento pleno y responsable de la presente política.
1.2. A los efectos de esta política son definidos como procedimientos de selección los trámites
destinados a elegir a un proveedor a fin de celebrar y ejecutar un contrato regulado por la N°
13.064 de obra pública, la ley N° 17.250 de concesiones públicas, el Régimen general de contrataciones aprobado por Decreto delegado N° 1023/01, el Decreto Nº 1030/2016 reglamentario del régimen general de contrataciones.
1.3. A los efectos de esta política son definidos como proveedores todas las empresas, entidades, o individuos oferentes por participar o participando en actividades de selección de contratistas - tales como solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, subcontratistas, consultores, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios- encontrándose incluidos entre los obligados los propietarios, representantes y empleados de dichas empresas o entidades.
2. Deberes de los proveedores y prácticasprohibidas.
2.1. Deberes.
Los proveedores deberán comportarse en todas las etapas de acuerdo a las siguientes exigencias:
a) Cumplir en todo momento con las reglas comerciales y éticas aplicables a sus interacciones con la DNV y sus integrantes, lo cual incluye el conocimiento, consideración y respeto por el ordenamiento jurídico nacional y local aplicable a cada proceso del que participen.
b) Abstenerse de realizar directa o indirectamente cualquiera de los comportamientos definidos como prácticas prohibidas, asegurando al respecto una supervisión interna adecuada y suficiente de la conducta que lleven adelante sus empleados y representantes en las relaciones e intercambios que entablen con integrantes de la DNV.
c) Informar las relaciones comerciales, financieras o de cualquier índole económica con integrantes de esta DNV o sociedades vinculadas a ellos que puedan determinar la existencia de alguna clase de conflicto de interés, siquiera aparente.
d) Efectuar todas las consultas, observaciones solicitudes y propuestas de índole comercial o económica, por escrito, dirigiéndose únicamente a la autoridad competente y a través de los canales establecidos al efecto en cada caso.
e) Denunciar ante la UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN
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con sede en esta DNV cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria la ética pública o la transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su participación en los procedimientos de selección de este Organismo, contactándose al teléfono x00 000 0000-0000, internos 8005621/8005885/8005907, escribiendo a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx o al formulario web disponible en xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxx.
2.2. Prácticas prohibidas
A los fines del punto anterior, éstas comprenden actos de: (a) prácticas de corrupción; b) prácticas fraudulentas; (c) prácticas anticompetitivas o colusorias y (d) prácticas obstructivas, las cuales se definen a continuación:
a) Prácticas de corrupción: ofrecer o dar por sí o a través de terceros cualquier ventaja, favor, gratificación, o cualquier otro objeto o prestación de valor a integrantes de esta DNV o a sus familiares directos con el fin de obtener un trato favorable o influir indebidamente en sus acciones.
b) Prácticas fraudulentas: falsear, tergiversar u ocultar hechos o circunstancias para engañar a la DNV o sus integrantes con el propósito de obtener un beneficio o eludir el cumplimiento de una obligación;
c) Prácticas anticompetitivas o colusorias: acuerdos entre proveedores realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado contrario a los principios de concurrencia y competencia, incluyendo prácticas tales como coordinación de posturas, acuerdos para la fijación de precios, reparto de zonas o mercados o cualquier otra actividad similar de naturaleza contraria a lo previsto en la Ley 27.442.
d) Prácticas obstructivas: destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente información o elementos documentales significativa para los análisis, evaluaciones y, en sus casos, investigaciones que deban ser llevados adelante en la DNV en relación al proceso de selección, o de cualquier otra manera impedir o dificultar esa tarea, así como el ejercicio de inspección de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD o la actividad de revisión por parte de cualquier Organismo de Control.
3. Conflictos de interés.
Son consideradas conflicto de interés las relaciones o vínculos que puedan interferir en la objetividad e imparcialidad de las decisiones de un funcionario en relación a los procedimientos de selección.
Asimismo, y de forma particular, son considerados conflictos de interés las relaciones descriptas por los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202 del 21 xx xxxxx de 2017.
En tal sentido, el oferente deberá declarar si se encuentra o no alcanzado por alguno de los
supuestos de vinculación respecto de:
• El Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata (artículo 1º del Decreto Nº 202/2017)
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• Funcionarios de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre la contratación o acto que interese al declarante (artículo 2º del Decreto Nº 202/2017).
Dichas relaciones son:
a) Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad
b) Sociedad o comunidad,
c) Pleito pendiente,
d) Ser deudor o acreedor,
e) Haber recibido beneficios de importancia,
x) Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato.
En caso de que el declarante sea una persona jurídica, deberá consignarse cualquiera de los vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último año calendario, entre los funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas.
Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N° 26.831 la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.
3.2. Funcionarios con competencia inferior a Ministros con competencia para decidir sobre la presente contratación
A los efectos del artículo 2º del Decreto Nº 202/2017, se informa que son considerados como
funcionarios con competencia inferior a ministro, con competencia para decir sobre la presente contratación los siguientes:
1) Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 17.437.867).
2) Xxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXX (D.N.I. Nº 14.024.344).
3) Xxxxx XXXXXXX (D.N.I. Nº 24.891.564).
3.3. Formularios
Las personas interesadas en presentarse como oferentes deberán presentar la declaración jurada obrante en el Anexo II, cuyo modelo reproduce el aprobado por la Resolución Nº 11 del 00 xx xxxx xx 0000 xx xx XXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX (XXXXX-0000-00-XXX-XX#XX).
4. Programa de integridad
Junto con la oferta se realizará la acreditación del Programa de Integridad adecuado para la
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prevención, detección y corrección de los riesgos previstos en la Ley Nº 27.401.
Dicho programa será obligatorio para licitaciones públicas y privadas superiores a 50.000 M y contrataciones directas (compulsa abreviada o adjudicación simple) cuyo valor supere los 30.000 M, en orden a lo previsto por el Decreto Nº 277/18 y el anexo al artículo 9º del Decreto 1030/2016. El valor del módulo resulta del monto fijado por el artículo 28 del Decreto Nº 1030/2016 y sus modificatorios. A efecto de la acreditación del plan deberá presentarse la declaración jurada obrante en el Anexo III, cuyo modelo reproduce el aprobado por el artículo 7º del Decreto Nº 1169 del 21 de diciembre de 2018. Adicionalmente, de manera facultativa, los oferentes podrán acompañar documentos, folletos explicativos y/o referenciar el hipervínculo en el que se consigne su programa de integridad y principales características.
Las afirmaciones que se realicen en tales documentos tendrán carácter de declaración jurada efectuada en los términos del artículo 109 del Decreto Nº 1759/72.
En lo que concierne al contenido del programa, cada compañía es libre de definirlo de conformidad con lo establecido en la ley Nº 27.401. Esta DNV no efectuará en cada caso un análisis integral de su idoneidad concreta como sistema interno de control y vigilancia, ni emitirá certificaciones ni requerirá cambios. Cada compañía es libre de evaluar libremente sus riesgos y definir los componentes de su programa. Esta DNV no emitirá juicios de valor sobre ellos y se limitará a constatar que se hubiese declarado la existencia de los elementos mínimos exigibles.
En caso de requerirse apoyo técnico o consejo especializado podrá ser requerido el auxilio de la UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, la cual podrá solicitar de manera directa información adicional a la empresa antes de completar su intervención.
Renglones: En caso que las contrataciones se realicen mediante renglones, sólo deberán acreditar la existencia del Programa de Integridad aquéllas empresas que coticen por uno o más renglones, cuya sumatoria supere el monto exigido para la presentación de un programa de integridad. En los casos que no superen dicho monto, se exceptuará de presentar dicho programa a las empresas, más allá que la contratación en su totalidad por los montos deba ser aprobada por Ministro.
Unión Transitoria de Empresas UT: Para el caso de uniones transitorias de empresas, resulta exigible el plan de integridad para todas las firmas que la compongan cuando la contratación por su valor así lo requiera.
5. Consecuencias.
Los proveedores, al descargar los Pliegos Licitatorios como al presentar ofertas declaran y garantizan su conocimiento de la presente política y su conformidad con ella, y se obligan a respetar y hacer respetar sus previsiones.
La violación de los deberes previstos en la presente política, la comisión de alguna de las prácticas prohibidas o las declaraciones falsas podrán dar lugar a:
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1. El rechazo de la oferta y pérdida de la garantía respectiva en cualquier estado de la licitación o la rescisión del contrato con culpa del contratista.
2. La realización del correspondiente reporte al Organismo de control competente y, en su caso, la realización de la denuncia penal correspondiente.
3. La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que realice la actividad de superintendencia, supervisión, o similar, del correcto desempeño ético de sus miembros.
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°. - OBTENCIÓN XX XXXXXX
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y toda la documentación relativa a este procedimiento, podrán ser obtenidos con el fin de realizar consultas o presentarse a cotizar, en el portal: xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/ denominado XXXXX.XX, por medio del cual funciona el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, conforme la Disposición N° 65/16 de la Oficina Nacional de Contrataciones.
Asimismo, el presente Xxxxxx tendrá difusión en la Página web de la Dirección Nacional de Vialidad. xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxx.
ARTÍCULO 2°. - CÓMPUTO DE PLAZOS
Todos los plazos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
El cómputo de los plazos se regirá por la fecha y hora oficial del sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx. A los efectos del cómputo de plazos fijados en días hábiles, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
ARTÍCULO 3°. - NOTIFICACIONES:
Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente a través de la difusión en el sitio de internet de XXXXX.XX, cuya dirección es xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx, y se entenderán realizadas el día hábil siguiente al de su difusión.
El envío de mensajería mediante XXXXX.XX en forma automática, sólo constituye un medio de aviso.
Asimismo, las notificaciones entre la jurisdicción y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes podrá efectuarse por correo electrónico, teniéndose por notificado el día en que fue enviado, sirviendo de prueba suficiente la constancia que el correo electrónico genere para el emisor, certificada por el titular de la Unidad Operativa de Contrataciones (artículo 7°, inciso f, del Reglamento aprobado por Decreto N° 1030/2016; artículo 2°, inciso d, del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Disposición ONC N° 62-E/2016; y artículo 6, inciso f, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición ONC N° 63-E/2016).
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ARTÍCULO 4°. - CONSULTAS AL PLIEGO
4.1. Para efectuar consultas al pliego de bases y condiciones particulares, el proveedor deberá haber cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuario externo de XXXXX.XX. Las consultas deben efectuarse exclusivamente a través de XXXXX.XX, de acuerdo a lo previsto en el artículo 7° del Anexo I a la Disposición ONC N° 65/2016.
4.2. No se aceptarán consultas telefónicas ni por ningún medio que no sea el establecido en el apartado previo.
4.3. Las consultas podrán efectuarse hasta el día y hora estipulados en el cronograma de fechas del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 5°. - CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS.
5.1. La jurisdicción o entidad contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas.
5.2. Las circulares aclaratorias podrán ser emitidas por el titular de la UOC y se comunicarán con DOS
(2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante xxx Xxxxxx y difundirlas en el sitio de Internet del sistema electrónico de contrataciones.
5.3. Las circulares modificatorias deberán ser emitidas por la misma autoridad que hubiere aprobado el pliego de bases y condiciones particulares o por aquél en quien se hubiese delegado expresamente tal facultad, y serán difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, serán comunicadas a todas las personas que hubiesen comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación y se incluirán como parte integrante xxx Xxxxxx y se difundirán en el sitio de Internet del sistema electrónico decontrataciones.
En las circulares modificatorias se indicará la nueva fecha para la presentación y apertura de las ofertas.
5.4. Las circulares por la que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la UOC y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha
originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, serán comunicadas a todas las
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personas que hubiesen descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación y se incluirán como parte integrante xxx Xxxxxx y se difundirán en el sitio de Internet del sistema electrónico de contrataciones.
Para el caso de Compulsas Abreviadas y Adjudicaciones Simples, las consultas deberán formularse con hasta TRES (3) DÍAS de anterioridad a la fecha de Apertura.
ARTÍCULO 6°. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
6.1. Las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora determinados en el cronograma de fechas del presente pliego, a través del XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema, y cumpliendo todos los requerimientos del presente pliego, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico.
Para el caso en que sólo sea posible efectuar la presentación en forma material, como la presentación de documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel, estos serán individualizados en la oferta electrónica y serán presentados ante la Sección Licitaciones y Compras del 21° Distrito – La Pampa, hasta el día y hora determinado como fecha de presentación de ofertas. Para la presentación de garantías en formato físico el plazo máximo será desde la fecha de apertura hasta como máximo de dos (2) días contados a partir del día hábil siguiente a la apertura.
6.2. A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado con el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios de los proveedores, según Disposición ONC N° 65/2016.
6.3. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. No será necesario acompañar este pliego firmado junto con la oferta.
6.4. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla y/o su confirmación en el sistema por parte del oferente, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
6.5. Las ofertas que no sean ingresadas y confirmadas en el portal XXXXX.XX y hasta el día y hora consignados para ello, se tendrán como no válidas, sin excepción.
ARTÍCULO 7°. - MONEDA DE COTIZACIÓN.
La propuesta económica deberá ser formulada exclusivamente en MONEDA NACIONAL y no podrá
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referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor.
Los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del IVA, (conforme La DNV reviste el carácter de consumidor final con respecto al IVA.), así mismo serán considerados a todos los efectos FIJOS E INAMOVIBLES.
En consecuencia, se entenderá que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, permitan realizar el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
ARTÍCULO 8°. - OFERTA ALTERNATIVA
8.1. Además de la oferta base, los oferentes podrán presentar una oferta alternativa.
8.2. Se entiende por oferta alternativa a aquella que, cumpliendo en un todo con las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el presente pliego, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio.
8.3. El Organismo podrá elegir cualquiera de las dos o más ofertas presentadas.
8.4. Queda a criterio de este ORGANISMO a través del área técnica competente, la estimación o desestimación de esa propuesta alternativa de acuerdo a su conveniencia por calidad y precio.
ARTÍCULO 9°. - OFERTAS VARIANTES ATENCION: NO SE PODRAN PRESENTAR EN LA PRESENTE COMPULSA
Se entiende por oferta variante aquella que, modificando las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece una solución con una mejora que no sería posible en caso de cumplimiento estricto del mismo.
Se admitirán ofertas variantes y se podrá comparar la oferta base de los distintos proponentes y solo podrá considerar la oferta variante del oferente que tuviera la oferta base más conveniente.
ARTÍCULO 10°. - INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO (Sistema de Información de Proveedores) A TRAVÉS DE SISTEMA XXXXX.XX Y ALTA EN EL PADRÓN ÚNICO DE ENTES
A los fines de la presentación de ofertas a través del Sistema Electrónico de Compra estipulado en el XXXXX.XX, los eferentes deberán realizar la pre inscripción al Sistema de Información de Proveedores accediendo al sitio de internet de XXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx), donde completarán la información requerida en los formularios de pre inscripción, en un todo de acuerdo con la Disposición N° 64/16 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ingresar a xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx). Los oferentes y adjudicatarios extranjeros están exceptuados de la obligación de inscripción en el SIPRO.
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Asimismo, se requiere estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA que administra el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PUBLICAS, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 19 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 8 de
julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen.
Se podrá tramitar su incorporación en la Sección CONTABLE del 21° Distrito, La Pampa de la DNV, sito en Xxxx X. Xxxxx Xx 000, en días hábiles administrativos de 07:30 a 15:00 hs.
El beneficiario ya integrado al e-SIDIF deberá verificar la vigencia de los datos aportados, en lo relativo a cuentas bancarias.
ARTÍCULO 11°. - MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que acrediten su condición de tal, podrán presentar ofertas por el 20% del total de cada renglón, como así también hacer valer cualquier derecho adquirido por tal condición conforme la Ley 25.300
-TENIENDO EN CUENTA LAS CARACTERISTICAS DEL SERVICIO A ADQUIRIR, SE PROCEDERÁ A LA COTIZACIÓN TOTAL POR RENGLÓN.
ARTÍCULO 12°. - CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
Los criterios de sustentabilidad deberán garantizar el mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil.
ARTÍCULO 13°. – GARANTÍAS. Podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de la jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con
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aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. e) Con pólizas electrónicas de seguro de caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las entidades aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la entidad aseguradora, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante. g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MÓDULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA ATENCION: ESTA EXCEPTUADA EN LA PRESENTE COMPULSA.
Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta.
En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto.
Dicha garantía deberá constituirse en algunas de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único.
Para el caso de optar por integrar la garantía mediante póliza de caución, la misma deberá ser emitida por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la jurisdicción o entidad contratante. Esta forma de garantía sólo será admitida de forma electrónica, acorde lo prescripto en Disposición ONC Nº 96/2019, Disposición ONC Nº 97/2019 y Disposición ONC Nº 109/2019, aprobada por la Disposición ONC Nº 65/2016. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de
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DOSCIENTOS SESENTA MODULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el Art. 39 xxx Xxxxxx Único. La misma deberá ser presentada entre el plazo que va desde la fecha y hora de apertura y hasta un plazo de DOS (2) días contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura, en Xxxx X Xxxxx Xx 000, Xxxxx Xxxx, Xx Xxxxx. Caso contrario la oferta será desestimada.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si, por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirará su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN ATENCION: ESTA EXCEPTUADA EN LA PRESENTE COMPULSA POR NO EFECTUARSE DICTAMEN DE EVALUACION.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación, previa integración de una garantía TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de la garantía de impugnación deberá ser presentado, dentro del plazo de impugnación, en Xxxx X Xxxxx Xx 000, Xxxxx Xxxx, Xx Xxxxx. Cuando la garantía fuera una póliza electrónica de seguro de caución, el impugnante la individualizará en la impugnación en XXXXX.XX mediante los datos que requiera el sistema y no se presentará en forma física.
Para el caso de impugnación al dictamen de preselección, el monto será de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000).
Las garantías de impugnación serán reintegradas dentro de los DIEZ (10) días de emitido el acto que haga lugar a la impugnación (sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente).
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CONTRAGARANTÍA: Por el equivalente del monto que reciba el co-contratante como adelanto. (NO SE DEBERA CONSTITUIR EN LA PRESENTE COMPULSA por no estipularse pago anticipado).
ARTÍCULO 14°. - MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual a la inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
ARTÍCULO 15°. - APERTURA DE LAS OFERTAS
15.1. La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de XXXXX.XX en la hora y fecha establecida en el cronograma del presente pliego. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente.
15.2. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, a la misma hora.
ARTÍCULO 16°. - CRITERIO DE SELECCION DE OFERTAS
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, como oferta más conveniente, la de menorprecio.
ARTÍCULO 17°. - NOTIFICACIÓN DEL DICTAMEN DE EVALUACIÓN ATENCION: NO SE EFECTUARÁ EN LA PRESENTE COMPULSA POR NO EMITIRSE DICTAMEN DE EVALUACION.
En los procesos en que intervenga una Comisión Evaluadora, el dictamen se comunicara y se notificara a todos los oferentes mediante la difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx y se enviaran avisos mediante mensajería del portal XXXXX.XX, dentro de los DOS (2) días de emitido.
Las impugnaciones al Dictamen deberán presentarse dentro de los TRES (3) días de su comunicación. Quienes no revistan el carácter de oferentes podrán impugnarlo dentro de los TRES
(3) días de su difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx, en ambos casos, previa integración de la garantía de impugnación regulada en el artículo 78 del reglamento aprobado por el Decreto N°1030/2016.
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ARTÍCULO 18°. - CAUSALES DE INELEGIBILIDAD
Además de las enunciadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, podrá considerarse causal de inelegibilidad el incumplimiento de los oferentes en contratos anteriores con la Repartición, que deberá ser acreditado fehacientemente en el expediente.
ARTÍCULO 19°. - SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES
Durante el procedimiento de selección la Repartición podrá solicitar la subsanación de deficiencias, errores u omisiones en la oferta, intimando a tales efectos a él/los oferentes correspondientes que en el término de TRES (3) días hábiles subsane o regularice su situación.
ARTÍCULO 20°. - FORMA DE ADJUDICACIÓN
20.1. La adjudicación se realizará global, según el criterio de evaluación establecido, debiendo los oferentes presentar la oferta sobre todos los renglones.
20.2. La adjudicación será notificada al adjudicatario o adjudicatarios y al resto de los oferentes,
dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo, mediante difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx y se enviarán avisos mediante mensajería del XXXXX.XX
20.3. El contrato quedará perfeccionado con la notificación al Adjudicatario de la correspondiente
orden de compra mediante la difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx y se enviarán avisos mediante mensajería del XXXXX.XX, dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del acto administrativo de adjudicación.
ARTÍCULO 21°- PLAZO, FORMA Y LUGAR DE ENTREGA El servicio dará inicio dentro de los CINCO (05) días corridos, contados a partir de la firma de la Orden de Compra, y por el término de UN (1) AÑO, en los domicilios antes descriptos. El servicio será recibido en carácter “provisional” – Art. 87/88 Dec. Nº 1030/16 y Art. 45 Disp. 65 E/16- y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción, la cual se hará efectiva dentro de los DIEZ (10) días siguientes -Art. 89 Dec. Nº 1030/16 y Art. 48 Disposición 62 E/16-. A los fines de coordinar la entrega de los bienes, deberá remitirse a la Sección Deposito, vía e-mail a xxxxxxxx00xxx@xxxxxxxx.xxx.xx o al teléfono 0000-00000000.
ARTÍCULO 22°. - LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
Las facturas electrónicas deberán remitirse a la oficina de la Sección Contable, vía e-mail a xxxxxxxxxx00xxx@xxxxxxxx.xxx.xx lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago. Las oficinas
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encargadas de liquidar y pagar las facturas actuarán sobre la base de la documentación que se tramite internamente y los certificados expedidos con motivo de la conformidad de la recepción.
En la factura se deberá indicar indefectiblemente el N° de Expediente, N° de Orden de Compra y el objeto de la contratación/adquisición. Al mail deberá adjuntarse en archivo pdf.
• Orden de Compra o Solicitud de provisión
• Acta de Recepción o Certificación de servicio
• Constancia de AFIP
Con motivo de efectuar el alta en el registro de beneficiarios será requerido por única con la presentación de la primera factura:
DATOS DE LA EMPRESA | |
Razón Social o Denominación: | |
CUIT: | |
Domicilio Legal: | |
Localidad: | Provincia: |
Código Postal: | Teléfono:/ Fax: |
*Las facturas deben presentarse de acuerdo con las disposiciones de la Resolución General N° 1415/2003 de la AFIP. *Las facturas deberán ser confeccionadas en tipo “B” o “C” a nombre de la Dirección Nacional de Vialidad (CUIT: 30-54667567-6) respetando los requisitos de facturación establecidos por AFIP y los importes que figuren en la Orden de Compra. * Vialidad Nacional se encuentra incorporada al régimen de retención del IVA, Impuestos a las Ganancias y SUSS. En caso de corresponder, el adjudicatario que se encuentre eximido del pago de alguno de los tributos, deberá presentar copia de la documentación emitida por la AFIP que respalde la exención. |
Para cualquier consulta de seguimiento de pagos, reclamos de los mismos, etc. deberá comunicarse con la SECCIÓN DEPOSITO – TE 02954-15809062 / SECCIÓN CONTABLE – TE 02954-15329244.
ARTÍCULO 23°. - MONEDA DE PAGO
Los pagos se efectuarán en PESOS, independientemente de la moneda de cotización.
En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, deberá calcularse el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento del día anterior al pago.
Los pagos se efectuarán por transferencia a través de la Cuenta Única xxx Xxxxxx a la cuenta bancaria
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del beneficiario denunciada en el Padrón Único de Entes, se realizarán en la moneda de curso legal en la República Argentina (Pesos) dentro de los TREINTA (30) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la presentación de las facturas en las condiciones precedentemente definidas. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente.
Cuando en las facturas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Si se hiciere alguna observación a la documentación presentada, el trámite de pago se interrumpirá hasta la subsanación del vicio
ARTÍCULO 24°. - CERTIFICADO DEL REGISTRO PUBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES (REPSAL)
Conforme a lo establecido en la Ley N° 26.940 (BO. 2/06/2014). xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/
ARTÍCULO 25°. - LIBRE DEUDA FISCAL (R.G. AFIP N° 4164/17)
El proveedor no podrá poseer deuda liquida y exigible o previsional ante la AFIP
ARTÍCULO 26°. - EL ESTATUTO SOCIETARIO ACTUALIZADO Y EL PODER DEL FIRMANTE.
Cuando el oferente sea una persona Jurídica, deberá adjuntar en su oferta el Estatuto Societario Actualizado y el Poder del Firmante, si es que se encuentran desactualizados los mismos en el portal XXXXX.XX.
ARTÍCULO 27°. - CONFLICTO DE INTERESES
Según lo establecido en el Decreto 202/2017 y en la Comunicación General Nº 76, el oferente deberá tener actualizado el formulario de Declaración Jurada de Intereses, siendo causal de desestimación dicha omisión.
Es obligación del proveedor verificar en la presente contratación y conforme surge del cuadro de funcionarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD intervinientes que se plasma seguidamente, si se encuentra alcanzado por los supuestos de vinculación que se establecen en el ARTICULO 1° y 2° del Decreto 202/17. En caso afirmativo deberá ingresar al portal TAD, seleccionar el trámite correspondiente a la actualización y consignar en el formulario los datos que correspondan y presentarlo como ANEXO A SU OFERTA ELECTRONICA. Caso contrario y en relación a la obligación de manifestar si la declaración jurada presentada en SIPRO se encuentra
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actualizada, se tendrá por cumplida con la sola presentación de la oferta, todo ello conforme lo establece la COMUNICACIÓN GENERAL N° 76/17 del 19 xx xxxxx de 2017 emitida por la ONC.
Procedimiento de Selección | Autoridad competente | |
Licitaciones Públicas Licitaciones Privadas Contrataciones Directas | 1. Autorizar el llamado y elegir el procedimiento de selección. 2. Aprobación de Pliegos. 3. Dejar sin efecto. 4. Declarar desierto. | 1. Aprobar procedimiento y adjudicar. 2. Declarar fracasado. |
Hasta el importe: $ 37.500.000 | Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX Jefe de 21º Distrito | Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX Jefe de 21º Distrito |
Desde el importe: $ 37.500.001 hasta $ 56.250.000 | Xxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXX Xxxxxxxx Ejecutiva Regional Centro | Xxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXX Xxxxxxxx Ejecutiva Regional Centro |
ARTÍCULO 28°. - CERTIFICADO DE VISITA: (OPCION QUE NO SE CONTEMPLA EN LA PRESENTE CONTRATACION).
Para el caso que el objeto de la contratación requiera realizar una vista de obra, ésta deberá solicitarse a la ******** por correo electrónico dirigido a *********@vialidad.
ARTICULO 29°- PRORROGA: (OPCION QUE NO SE PODRA CONTEMPLAR EN LA PRESENTE
CONTRATACION). Será cuando se trate de contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios. Los contratos de bienes en los que el cumplimiento de la prestación se agotara en una única entrega, no podrán prorrogarse. El contrato se podrá prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al del contrato inicial. Cuando el contrato original fuere plurianual, podrá prorrogarse como máximo hasta un (1) año adicional. La prórroga deberá realizarse en las condiciones pactadas originariamente. Si los precios xx xxxxxxx hubieren variado, la jurisdicción o entidad contratante realizará una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios estipulados en el contrato original. En caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacer uso de la opción de prórroga y no corresponderá la aplicación de penalidades. A los efectos del ejercicio de la facultad de prorrogar el contrato, la jurisdicción o entidad contratante deberá emitir la orden de compra antes del vencimiento de la vigencia del contrato.
ARTICULO 30° FUEROS
Queda expresamente estipulado que todas las cuestiones que pudieren suscitarse concernientes a la interpretación, aplicación o ejecución del contrato que se suscriba en virtud de la presente contratación serán obligatoria y exclusivamente sometidas a la jurisdicción del Juzgado Federal de la ciudad de Santa Xxxx, Provincia de La Pampa, renunciando expresamente quien resulte adjudicatario a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
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CONSIDERACIONES FINALES
Forman parte del presente pliego:
Decreto Nacional N° 1224/89 que reglamenta la Ley sobre Emergencia Económica – Bs. de Fabricación Nacional Decreto Nacional N° 2284/91 de desregulación Económica
Decreto Nacional N° 909/00 de Compre Nacional Resolución N° 61/01 de Compre Nacional
Disposición Nª 62/2016 Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
Disposición ONC N° 64/16 Manual de Procedimientos para incorporación y actualización de datos en SIPRO Disposición Nº 65/2016 Manual de Procedimiento del XXXXX.XX.
Disposición Nª 47/2017. Sustitución artículos 127 y 128 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional
Disposición Nª 6/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional. Disposición Nª 35/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional. Disposición Nª 49/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional. Disposición Nª 58/2018. Normativa sobre el régimen de contrataciones de la Administración Nacional. Decreto N° 641/2018. Modificatorio del Decreto1030/2016.
Decreto Reglamentario N° 963/2018. Régimen de contrataciones de la administración Nacional.
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2020 - Año del General Xxxxxx Xxxxxxxx
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2020-75102209-APN-DLP#DNV
SANTA XXXX, LA PAMPA
Miércoles 4 de Noviembre de 2020
Referencia: Pliego de Bases y Condiciones Particulares - Adquisición de seguro integral
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Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Asistente administrativo Distrito de La Pampa Dirección Nacional de Vialidad
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