CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE EN EL ALMACÉN CENTRAL DE LA EMPRESA PÚBLICA SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS, S.A. (6 LOTES)
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE EN EL ALMACÉN CENTRAL DE LA EMPRESA PÚBLICA SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS, S.A. (6 LOTES)
ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
EXPEDIENTE: 2021-000333
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A. Objeto
Descripción: Suministro de material fungible en el almacén central de la empresa pública Sistema de Emergencias Médicas, SA (6 lotes)
Lotes: Sí: 6 lotes Se divide en lotes por familias de aplicación asistencial y con su consumo para dos años.
LOTES Nº REFERENCIA | MATERIAL | Unidades bianuales |
LOTE 1 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | |
FCS028 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 400 |
LOTE 2 | OXIGENOTERAPIA | |
FTM003 | MASCARILLA OXÍGENO ADULTO | 10.800 |
FTM004 | MASCARILLA OXÍGENO NEBULIZADORA | 10.800 |
FTM005 | MASCARILLA OXÍGENO PEDIÁTRICA | 1.680 |
LOTE 3 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | |
FCS030 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 1.800 |
LOTE 4 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | |
FCS060 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 84.000 |
LOTE 5 | VENDA AUTOADHESIVA | |
FMT019 | VENDA AUTOADHESIVA | 40.000 |
LOTE 6 | CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS | |
FTM049 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PARA NEONATOS Nº 1 | 300 |
FTM050 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA INFANTIL Nº 1.5 | 300 |
FTM051 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA PEQUEÑA Nº 2 | 300 |
FTM052 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA GRANDE Nº 2.5 | 300 |
Los licitadores se pueden presentar a todos los lotes, no se establece ninguna limitación. Tampoco se establece ninguna limitación en la adjudicación de los lotes.
Para licitar a un lote, es necesario presentar oferta para todas las referencias del lote.
De la licitación se escogerá un único adjudicatario por lote. CPV: 33140000-3.- Material médico fungible
B. Datos económicos
B1. Determinación del precio:
En la determinación de precio, al tratarse de un suministro, el precio de licitación equivale a la suma de los precios de coste estimados para cada producto. Se ha tenido en cuenta para la determinación del importe el precio xx xxxxxxx del mismo, que se conoce porque se dispone del histórico de precios de compra de las licitaciones anteriores (son productos que se compran desde hace tiempo), y se incluyen tanto los costes directos como los indirectos, desde sueldos, dietas, desplazamientos y otros eventuales gastos derivados de la ejecución del contrato de suministro y el beneficio industrial.
El método aplicado para el cálculo del importe del contrato es la suma del producto de los consumos estimados en dos años por el precio xx xxxxxxx de los productos a licitar.
B2. Valor estimado del contrato y método aplicado para su cálculo:
Presupuesto base de licitación sin IVA | Prórrogas | Modificaciones | Total |
172.584,00 € | 172.584,00 € | 34.516,80 € | 379.684,80 € |
A continuación se desglosa el valor estimado por lotes:
LOTE | MATERIAL | Presupuesto base de licitación sin IVA | Prórroga | Modificaciones 20% | Valor estimado |
Lote 1 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 54.000,00 € | 54.000,00 € | 10.800,00 € | 118.800,00 € |
Lote 2 | OXIGENOTERAPIA | 25.608,00 € | 25.608,00 € | 5.121,60 € | 56.337,60 € |
Lote 3 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 28.800,00 € | 28.800,00 € | 5.760,00 € | 63.360,00 € |
Lote 4 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 17.640,00 € | 17.640,00 € | 3.528,00 € | 38.808,00 € |
Lote 5 | VENDA AUTOADHESIVA | 18.000,00 € | 18.000,00 € | 3.600,00 € | 39.600,00 € |
Lote 6 | CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS | 28.536,00 € | 28.536,00 € | 5.707,20 € | 62.779,20 € |
172.584,00 € | 172.584,00 € | 34.516,80 € | 379.684,80 € |
Las modificaciones representan el 20 % del importe de licitación por cada lote. Que podrá ser aplicado en la duración total del contrato, prórrogas incluidas. La aplicación de las modificaciones por lotes es la siguiente:
LOTE | MATERIAL | Presupuesto base de licitación (sin IVA) | Modificaciones 20% |
LOTE 1 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 54.000,00 € | 10.800,00 € |
LOTE 2 | OXIGENOTERAPIA | 25.608,00 € | 5.121,60 € |
LOTE 3 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 28.800,00 € | 5.760,00 € |
LOTE 4 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 17.640,00 € | 3.528,00 € |
LOTE 5 | VENDA AUTOADHESIVA | 18.000,00 € | 3.600,00 € |
LOTE 6 | CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS | 28.536,00 € | 5.707,20 € |
B3. Presupuesto base de licitación:
El presupuesto base de licitación sin IVA es de 172.584,00 €. El IVA del 10 % equivale a 14.697,60 €
El IVA del 21 % equivale a 5.377,68 €
El presupuesto base de licitación es de 192.659,28 €
La cuantía del presupuesto base se considera estimativa y tiene el carácter de presupuesto máximo y limitativo de este contrato condicionado a la cantidad de suministros que efectivamente realice la empresa contratista en función de los suministros requeridos, aplicando los correspondientes precios unitarios.
El SEM no está obligado a agotar el presupuesto atendiendo a que el precio final se determina en función de las necesidades de esta empresa pública y aplicando los precios unitarios correspondientes.
Seguidamente se hace constar por lotes el presupuesto base de licitación sin IVA y con el IVA que corresponda incluido:
LOTE | MATERIAL | Presupuesto base de licitación sin IVA | IVA 21% | IVA 10% | Total |
LOTE 1 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 54.000,00 € | 59.400,00 € | ||
FCS028 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 54.000,00 € | 5.400,00 € | 59.400,00 € | |
LOTE 2 | OXIGENOTERAPIA | 25.608,00 € | 30.985,68 € | ||
FTM003 | MASCARILLA OXÍGENO ADULTO | 11.340,00 € | 2.381,40 € | 13.721,40 € | |
FTM004 | MASCARILLA OXÍGENO NEBULIZADORA | 12.420,00 € | 2.608,20 € | 15.028,20 € | |
FTM005 | MASCARILLA OXÍGENO PEDIÁTRICA | 1.848,00 € | 388,08 € | 2.236,08 € | |
LOTE 3 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 28.800,00 € | 31.680,00 € | ||
FCS030 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 28.800,00 € | 2.880,00 € | 31.680,00 € |
LOTE 4 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 17.640,00 € | 19.404,00 € | ||
FCS060 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 17.640,00 € | 1.764,00 € | 19.404,00 € | |
LOTE 5 | VENDA AUTOADHESIVA | 18.000,00 € | 19.800,00 € | ||
FMT019 | VENDA AUTOADHESIVA | 18.000,00 € | 1.800,00 € | 19.800,00 € | |
LOTE 6 | CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS | 28.536,00 € | 31.389,60 € | ||
FTM049 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PARA NEONATOS Nº 1 | 7.134,00 € | 713,40 € | 7.847,40 € | |
FTM050 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA INFANTIL Nº 1.5 | 7.134,00 € | 713,40 € | 7.847,40 € | |
FTM051 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA PEQUEÑA Nº 2 | 7.134,00 € | 713,40 € | 7.847,40 € | |
FTM052 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA GRANDE Nº 2.5 | 7.134,00 € | 713,40 € | 7.847,40 € | |
TOTAL BIANUAL | 172.584,00 € | 5.377,68 € | 14.697,60 € | 192.659,28 € |
En lo que respecta a la aplicación del criterio de adjudicación relativo a la oferta económica hay que tener en cuenta que se valorará de la siguiente manera: El precio sin IVA que se presente por referencia multiplicado por el número de unidades previstas bianualmente para los consumos descritos en el pliego técnico darán como resultado la oferta económica del licitador para cada uno de los lotes a los que licite, que no podrá superar el precio sin IVA previsto para cada lote de la licitación. El precio de contrato será el precio de la licitación, y no el de la oferta presentada.
Los precios unitarios máximos de licitación de cada referencia que aparecen en los cuadros no podrán ser superados en la oferta económica.
Los precios de licitación incluyen todos los decimales posibles y aceptables en las ofertas que se ponderarán, es decir, 4 decimales.
Tal como se ha mencionado, los precios ofertados incluirán todos los cargos, transporte, manipulación, así como cualquier otro tipo de prestación necesaria, inherentes al suministro de los fungibles según lo que define el pliego técnico.
En el cálculo del presupuesto base de licitación y del Valor Estimado del Contrato se han tenido en cuenta las medidas para garantizar la seguridad y salud en el trabajo para combatir la COVID-19, de acuerdo con la Instrucción 2/2020 de la Dirección General de Contratación.
B4 Sistema de pago:
La empresa adjudicataria emitirá una factura mensual, donde se reflejará la identificación de los materiales suministrados, de manera efectiva, mensualmente por el precio unitario adjudicado. Se adjuntará copia de los albaranes a la factura; esta copia deberá estar sellada por el SEM. Los albaranes indicarán de qué producto se trata, lote y fecha de caducidad.
El formato de la factura será electrónico, y se enviará por los medios que SEM especifique en el momento de su emisión.
El SEM pagará por transferencia bancaria en los plazos definidos por el Departamento de Contabilidad del SEM.
Si es necesario aplicar penalidades, SEM realizará una diligencia donde constará el concepto e importe, y procederá a realizar el descuento correspondiente en la factura mensual en la que se aplique la penalidad.
C. Existencia de crédito
C1. Partida presupuestaria: D/221000500/4190
C2. Expediente de alcance plurianual: SÍ
Incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del SEM de fecha 21 xx xxxxx de 2021, mediante el que se faculta al Gerente del SEM, SA y a la Presidenta de la Comisión Ejecutiva a que lleven a cabo todas las actuaciones necesarias para el ejecución y formalización del presente acuerdo, formalizando los actos y documentos que sean necesarios para este fin, incluso el acta de aprobación del gasto.
Distribución de las anualidades:
Anualidad | Importe sin IVA | Importe IVA 10% | Importe IVA 21% | Importe total |
2021 | 21.573,00 | 1.837,21 | 672,21 | 24.082,42 |
2022 | 86.292,00 | 7.348,80 | 2.688,84 | 96.329,64 |
2023 | 64.719,00 | 5.511,59 | 2.016,63 | 72.247,22 |
Total | 172.584,00 | 14.697,60 | 5.377,68 | 192.659,28 |
D. Plazo de duración del contrato
El contrato tendrá una duración de dos años, desde el momento del inicio de servicio, que se producirá según el plazo ofertado por el adjudicatario (como máximo en 30 días naturales), desde la firma del contrato de cada lote. Se prevé que se pueda prorrogar anualmente hasta un máximo de dos años adicionales.
E. Variantes
No
F. Tramitación del expediente y procedimiento de adjudicación
Forma de tramitación: Ordinaria
Procedimiento de adjudicación: Abierto, sujeto a regulación armonizada. Presentación de ofertas mediante herramienta de Sobre Digital: Sí.
En lo que respecta a la cumplimentación del DEUC (sobre A), deberá estar debidamente relleno y firmado digitalmente. En lo que respecta a la parte IV del DEUC, si el licitador cumplimenta la sección A «Indicación global relativa a todos los criterios de selección» de la parte IV del DEUC, no es necesario que rellene ninguna otra sección de esta parte IV.
G. Solvencia y clasificación empresarial
G1. Criterios de selección relativos a la solvencia económica y financiera y técnica o profesional
Solvencia económica y financiera
1.- Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y presentación de las ofertas igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato para cada lote.
Medios para acreditar la solvencia: Aportar las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil correspondientes al ejercicio de volumen anual de negocio más elevado de los tres últimos ejercicios indicados. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar los libros de contabilidad debidamente legalizados.
2.- El licitador deberá disponer de una póliza de responsabilidad civil, o compromiso de tenerla si es adjudicatario, de como mínimo 300.000 €.
Medio de acreditación: certificado de póliza.
Solvencia técnica o profesional
1.- Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Mínimo exigible: La acreditación de esta solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.
Medio de acreditación: Declaración responsable.
G2. Clasificación empresarial:
No.
G3. Adscripción de medios materiales y/o personales a la ejecución del contrato
No se prevé.
H. Criterios de adjudicación
En aplicación de la Directriz 1/2020 de la Dirección General de Contratación Pública de aplicación de fórmulas de valoración y puntuación de las proposiciones económica
y técnica, se proponen los siguientes criterios de valoración, vinculados con el objeto del contrato para todos los lotes:
A) CRITERIOS QUE DEPENDEN DE JUICIOS DE VALOR | ||
49 | ||
- Descripción y especificación de los productos (revisión de muestras). La valoración se realizará mediante el uso de las muestras, la durabilidad, resistencia del material a cambios ambientales (frío, calor, humedad, etc.), facilidad de uso, tacto, acabado, materiales, flexibilidad, presentación y los aspectos relacionados con los procedimientos técnico-asistenciales estándares que regulan su uso. La ponderación será la siguiente: LOTE 1: SET DE CRICOTIROTOMÍA El set de cricotirotomía permite: (Máximo 33 puntos) a) técnica con mínimas maniobras o pasos, b) es muy intuitivo, de fácil familiarización y con una curva de aprendizaje que permite una rápida colocación. • Adecuado. Cumple todos los aspectos ((a) y (b)). 33 puntos • Poco adecuado. Cumple un aspecto.((a) o (b)).16 puntos • Inadecuado. No cumple ningún aspecto. 0 puntos El set de cricotirotomía viene presentado con: (Máximo 16 puntos) a) embalaje compacto, robusto, que no permite la deformación de los elementos, b) de fácil apertura y con facilidad de transporte y almacenamiento • Adecuado. Cumple todos los aspectos. ((a) y (b)). 16 puntos • Poco adecuado. Cumple un aspecto. ((a) o (b)). 8 puntos • Inadecuado. No cumple ningún aspecto. 0 puntos LOTE 2: OXIGENOTERAPIA Mascarilla Oxígeno Adulto: Máximo 16 puntos La mascarilla es cómoda, suave, con márgenes atraumáticos que permiten unaperfecta adaptación a la anatomía de la cara del paciente adulto. • Muy adecuado (16 puntos). Cumple todos los aspectos valorados. • Poco adecuado (8 puntos). Se considerará poco adecuado si no cumple con alguno de los aspectos valorados. • Inadecuado (0 puntos). Si no cumple ninguno de los aspectos a valorar. Mascarilla Oxígeno Pediátrica: (máximo 16 puntos) La mascarilla es cómoda, suave, con márgenes atraumáticos que permiten una perfecta adaptación a la anatomía de la cara del paciente pediátrico. • Muy adecuado (16 puntos). Cumple todos los aspectos valorados. • Poco adecuado (8 puntos). Se considerará poco adecuado si no cumple con alguno de los aspectos valorados. • Inadecuado (0 puntos). Si no cumple ninguno de los aspectos a valorar. Mascarilla Oxígeno Nebulizadora (Máximo 8 puntos) La mascarilla es cómoda, suave, con márgenes atraumáticos que permiten una perfecta adaptación a la anatomía de la cara del paciente. • Muy adecuado (8 puntos). Cumple todos los aspectos valorados. • Poco adecuado (4 puntos). Se considerará poco adecuado si no cumple con alguno de los aspectos valorados. • Inadecuado (0 puntos). Si no cumple ninguno de los aspectos a valorar. |
Se valorará el grado de respuesta del sistema anti-vuelco que permita nebulizar desde cualquier posición sin vuelco del líquido a nebulizar. • Muy adecuado (5 puntos). No vuelca ningún líquido • Poco adecuado (0 puntos). A veces vuelca líquido Una vez colocada la cazoleta en la mascarilla se mantiene en su lugar sin descolgarse (Máximo 4 puntos) • Muy adecuado (4 puntos). En la realización de tres pruebas la mascarilla se mantiene en su lugar durante la simulación de la terapia. • Poco adecuado (2 puntos) En la realización de tres pruebas la mascarilla se descuelga en algún momento durante la simulación de la terapia. • Inadecuado (0 puntos) En la realización de tres pruebas la mascarilla se descuelga habitualmente durante la simulación de la terapia. LOTE 3: GUÍA DE INTUBAR FROVA El dispositivo mantiene la flexibilidad y rigidez adecuada para permitir la realización de la técnica de introducción en intubación difícil (Máximo 30 puntos) • Adecuado (30 puntos) • Inadecuado (0 puntos). Permite una fácil introducción del Tubo Endotraqueal con deslizamiento adecuado y una mínima fricción. (Máximo 10 puntos) • Adecuado (10 puntos) • Inadecuado (0 puntos). Permite la oxigenación y/o ventilación durante la técnica. (Máximo 9 puntos) • Sí (9 puntos) • No (0 puntos) LOTE 4: APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO Queda fijado adecuadamente a la piel húmeda y con pelo y no se despega. (Máximo 29 puntos) • Muy adecuado (29 puntos). En la realización de tres pruebas no se ha despegado en ningún momento • Poco adecuado (14 puntos). En la realización de tres pruebas se ha despegado al menos una vez. • Inadecuado (0 puntos). En la realización de tres pruebas se despega más de una vez. Su colocación es fácil y rápida. (Máximo 20 puntos) • Adecuado (20 puntos) • Inadecuado (0 puntos) LOTE 5: VENDA AUTOADHESIVA Queda fijada adecuadamente a la piel húmeda y con pelo y no se despega. (Máximo 29 puntos) • Muy adecuado (29 puntos). En la realización de tres pruebas no se ha despegado en ningún momento • Poco adecuado (14 puntos). En la realización de tres pruebas se ha despegado al menos una vez. • Inadecuado (0 puntos). En la realización de tres pruebas se despega más de una vez. |
Su colocación es fácil y rápida. (Máximo 20 puntos) • Adecuado (20 puntos) • Inadecuado (0 puntos). LOTE 6: CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS Se consigue el sellado con la glotis que permite una ventilación con las mínimas fugas de aire y con la máxima adaptabilidad a la orofaringe. (Máximo 32 puntos) • Adecuado (32 puntos) • Inadecuado (0 puntos). Su colocación es fácil y rápida. (Máximo 17 puntos) • Adecuado (17 puntos) • Inadecuado (0 puntos). | |||
B) CRITERIOS VALORABLES DE FORMA AUTOMÁTICA | 51 | ||
Oferta económica Pv = Puntuación de la oferta a Valorar P = Puntos criterio económico Om = Oferta Mejor Ov = Oferta a Valorar IL = Importe de Licitación VP = Valor de ponderación El valor de ponderación (VP) asignado es 1 | |||
47 | |||
Criterios cualitativos valorables de forma automática. | |||
Stock de seguridad (Stock mínimo para 30 días naturales de demanda para cada material del lote). Indicar en la oferta una de las siguientes opciones: • Stock igual o superior a 45 días de demanda para cada material del lote (1 punto). • Stock superior a 30 días e inferior a 45 días de demanda para cada material del lote (0,5 puntos). • Stock igual a 30 días naturales de demanda para cada material del lote (0 puntos). | 1 | 4 | |
Plazo de entrega de pedidos de emergencia (Máximo 24 horas desde la comunicación del pedido). Indicar en la oferta una de las siguientes opciones: • 8 horas o menos (1 punto) • 9 a 15 horas (0,5 puntos) • 16 a 24 horas (0 puntos) | 1 | ||
Plazo de entrega de pedidos (Máximo 7 días naturales desde la comunicación del pedido). Indicar en la oferta una de las siguientes opciones: • 3 días naturales o menos (1 punto) • 4-5 días naturales (0,5 puntos) • 6-7 días naturales (0 puntos) | 1 |
Calendario y planificación para iniciar la prestación del servicio desde la firma del contrato (Máximo 30 días). Indicar en la oferta una de las siguientes opciones: • 14 días naturales o menos (1 punto) • 15 a 29 días naturales (0,5 puntos) • 30 días naturales (0 puntos) | 1 | |
Total | 100 |
En relación con los criterios sometidos a juicio de valor, se procederá a la valoración de las proposiciones de acuerdo con los valores establecidos en cada criterio y subcriterio. Posteriormente, se procederá a ordenar las diferentes propuestas valoradas por orden decreciente aplicándose la siguiente fórmula:
Pop = Puntuación de la oferta a puntuar P = Puntuación del criterio
Vtop = Valoración Técnica de la Oferta que se puntúa VTmv = Valoración Técnica de la oferta Mejor Valorada
La anterior fórmula será de aplicación a cada uno de los criterios y, en su caso, a cada uno de los subcriterios por separado siempre y cuando se cumpla, respecto a cada criterio y subcriterio el requisito que se detalla en el párrafo siguiente. Posteriormente a la aplicación de la fórmula para cada criterio y subcriterio se obtendrá la puntuación total.
Se establece en relación con cada criterio y subcriterio un umbral del 80 %. Si ninguna valoración de las ofertas, respecto a cada criterio y subcriterio supera el umbral de valoración mínimo no se aplicará la fórmula anterior y todas las ofertas obtendrán como puntuación en el criterio o subcriterio correspondiente el valor obtenido en la fase de valoración. Si alguna valoración de las ofertas supera el umbral, se puntúan todas las ofertas en aplicación de la fórmula en aquel criterio o subcriterio.
En ningún caso este umbral mínimo de valoración supone una exclusión de la licitación. Esta fórmula no es de aplicación a los criterios automáticos cualitativos.
I. Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Las ofertas podrán ser consideradas anormales o desproporcionadas en los casos en los que acumulativamente se den las siguientes dos circunstancias (a + b).
Se aclara que, cuando el criterio habla de «puntuación obtenida», se está refiriendo a la que resulte de la aplicación de la fórmula, en su caso, en relación a los criterios sometidos a juicio de valor y a los otros criterios automáticos que inciden directamente en la calidad del contrato.
a. En relación a la oferta económica:
• En caso de que haya un único licitador, cuando la oferta esté un 15 % (o más) por debajo del presupuesto base de licitación.
• En caso de que se presenten 2 o 3 licitadores, cuando las ofertas estén un 10% (o más) por debajo del promedio (P) de las ofertas presentadas.
• En caso de que se presenten 4 o más licitadores, si existen ofertas que estén un 15% (o más) por encima del promedio (P1) de las ofertas presentadas; en este caso, se procederá al cálculo de un nuevo promedio (P2) únicamente con las ofertas no incluidas en el supuesto anterior y serán consideradas anormales aquellas que estén un 15 % (o más) por debajo de P2.
(Esta fórmula se aplicará para cada uno de los subcriterios de la oferta económica, en caso de que existan. En este caso, se entenderá que concurre la primera circunstancia y se procederá a analizar si concurre la circunstancia b).
b. En relación con el resto de criterios (criterios no cuantificables automáticamente y resto de criterios valorables de forma automática diferentes a la oferta económica)
• En caso de que haya una sola oferta, cuando la puntuación obtenida sea inferior en 15 unidades porcentuales respecto de la máxima puntuación de los criterios.
• Si hay 2 o 3, cuando la puntuación total obtenida en los mencionados criterios sea inferior en más de 10 unidades porcentuales al promedio de las puntuaciones obtenidas de las ofertas presentadas y admitidas.
• Si hay 4 o más, y existen puntuaciones que sean superiores a dicho promedio (P1) en más de 15 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de un nuevo promedio (P2) únicamente con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado y serán consideradas anormales aquellas que estén un 15 % (o más) por debajo de P2.
J. Otra documentación a presentar por las empresas licitadoras o por las empresas propuestas como adjudicatarias
No aplica
K. Garantía provisional
No
L. Garantía definitiva
Sí:
La garantía definitiva será del 5 % del presupuesto base de licitación sin IVA en cada lote, dado que el contrato se adjudica por precios unitarios.
Forma de constitución: De acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas.
M. Condiciones especiales de ejecución
Es condición especial de ejecución del contrato que se cumpla en todo momento el convenio colectivo sectorial y territorial que le sea de aplicación a los trabajadores que puedan desarrollar tareas al amparo de este contrato.
Esta condición tiene al mismo tiempo el carácter de obligación contractual esencial, y su incumplimiento puede dar lugar a la resolución del contrato.
El contratista y subcontratistas, en su caso, quedan sometidos a la normativa nacional y de la Unión Europea sobre protección de datos
N. Modificación del contrato prevista
Sí.
Descripción: La modificación del contrato se llevará a cabo en el/los supuesto/s con las condiciones, el alcance y los límites que se detallan en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento siguiente:
Se estiman las modificaciones en 34.516,80 € sin IVA, que representa un 20 % del presupuesto base de licitación sin IVA, de todos los lotes, vinculadas a la circunstancia de que, dentro de su vigencia, las necesidades reales sean superiores a las estimadas inicialmente, es decir que pueda existir una sobre demanda vinculada a las necesidades del servicio asistencial.
Las modificaciones se aplicarán a un máximo del 20 % del importe de licitación por lote en la duración del contrato y sus prórrogas.
El importe de la modificación tendrá como base los importes unitarios adjudicados para los diferentes productos.
Los importes máximos de las modificaciones para cada lote se establecen en el apartado B.2 de este Cuadro de características:
O. Cesión del contrato
No.
P. Subcontratación
Sí.
En caso de que las empresas licitadoras tengan intención de subcontratar, deberán presentar un DEUC respecto de cada una de las empresas que tienen previsto subcontratar en los términos que prevé el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Q. Revisión de precios
No aplica.
R. Plazo de garantía
Sí.
Plazo: Durante la vigencia de la fecha de caducidad del fungible suministrado.
S. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe abonar la empresa o las empresas adjudicatarias
No aplica
T. Programa de trabajo
No aplica
T. Órgano de contratación
Consejo Administración del SEM, SA.
V. Penalidades
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, o de incumplimiento de los compromisos asumidos por la empresa o las empresas contratistas o de las condiciones especiales de ejecución, se podrá acordar la imposición de las penalidades siguientes:
1.- Se penalizará con una reducción del 10 % de la factura mensual cuando se den los siguientes casos durante el contrato:
- Un incumplimiento de plazos de suministro hasta dos veces (acumulativo en la duración del contrato y una vez comunicada la penalidad se restablecerá el recuento de incumplimientos a 0). El incumplimiento de plazo es que un pedido exceda parcial o totalmente un plazo de entrega de 7 días naturales o los ofertados. En plazos de entrega superiores a 14 días naturales se considerará un incumplimiento del objeto del contrato.
- Incumplimiento, durante el mes, de mejoras y/o aspectos ofertados por la empresa y valorados en los criterios de adjudicación, previo requerimiento por escrito de SEMSA y falta de respuesta y/o subsanación en el plazo de 14 días naturales del envío del escrito.
2.- Se podrá resolver el contrato en el momento en que se supere una o más de las penalidades definidas en el punto 1 de este apartado durante dos meses en un año de contrato.
En caso de que el importe de penalización de estos conceptos acumule el 5 % del valor de adjudicación anual, se podría proceder a la finalización del contrato.
W. Obligaciones contractuales esenciales
El proveedor se obliga a tener stock en sus instalaciones o en las del fabricante del mínimo material que se consumiría en 30 días naturales o de los días ofertados en la propuesta adjudicada.
El proveedor se obliga a suministrar en un máximo de siete días naturales desde la emisión del pedido por parte del SEM, o en los días ofertados en la propuesta adjudicada.
Los lotes enviados, serán preferentemente los de fabricación más reciente y, en todo caso, tendrán con carácter general, como mínimo, un plazo de caducidad de 18 meses.
Cumplir con el apartado 9.4 de la Instrucción 2/2020 de la Dirección General de Contratación Pública, de medidas de seguridad y sanitarias que se requieren para poder ejecutar el contrato correctamente y que son las que constan en las
«Recomendaciones para empresas y personas trabajadoras sobre actuaciones vinculadas a las situaciones que se puedan producir por efecto del coronavirus SARS- CoV-2», aprobadas en fecha 12 xx xxxxx de 2020 por el Consejo de Relaciones Laborales de Cataluña. Estas medidas han sido validadas por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Sistema de Emergencia Médicas, SA. Las recomendaciones son accesibles a través del siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxx/.xxxxxxx/00xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxx nacions-empreses-treballadors-crl.pdf
X. Modificación y/o resolución del contrato por aplicación de medidas de estabilidad presupuestaria.
De acuerdo con la Disposición Adicional Primera de la Ley 5/2017, de 28 xx xxxxx, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono, el/los contrato/s administrativo/s objeto de esta licitación podrán ser modificados o resueltos por la aplicación de medidas de estabilidad presupuestaria.
Estas modificaciones deben justificarse por razones de interés público, de acuerdo con lo previsto en la LCSP, con el alcance que resulte de las medidas de estabilidad presupuestaria a aplicar, y los efectos que determine la legislación vigente aplicable.
Y. Responsable del contrato y mesa de contratación.
Responsable contrato: D. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Jefe del Área Económica y Financiera.
Mesa de contratación:
Presidente: D. Xxxx Xxxxxxx, Adjunto a Gerencia.
Suplente: D. Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe de Contabilidad, Facturación y Presupuesto.
Representante de la asesoría jurídica del Servicio Catalán de Salud: Dña. Xxxxxx Xxxxxxxx, letrada del Servicio Catalán de Salud
Suplente: D. Xxxxxx Xxxxxxx, letrado del Servicio Catalán de Salud.
Titular del órgano de control interno: D. Xxxxx Xxxxx.
Suplente: Dña. Xxxx Xxxxxxxxxxx.
Vocal: D. Xxxxxxxx Xxxxxx, Jefe de Calidad y Marketing.
Suplente 1: D. Xxxxxxxx Xxxxxx, Jefe de la Unidad de Seguridad y Servicios Generales.
Suplente 2: Dña. Xxxxx Xxxxxxx, Responsable de Procesos SAP.
Actuará como Secretario de la Mesa, con voz pero sin voto, D. Xxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx, jefe del Área de Asesoría Jurídica y Contratación del SEM, y como secretaria suplente Dña. Xxxxx Xxx, letrada del Área de Asesoría Jurídica y Contratación del SEM, o cualquier otra letrada o letrado del área, en su caso.
Z. Presentación de muestras
Las muestras se presentarán por registro central en la X/ Xxxxx Xxxxxxxx 000-000 xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, dentro del plazo máximo establecido para la presentación de ofertas. En caso contrario, quedará excluida la oferta.
Se presentarán como mínimo el número de unidades indicadas en la tabla para cada referencia a licitar. Estas muestras irán correctamente identificadas con el código, descripción, licitador, así como otros datos que se piden en el etiquetado del producto en el PPT. Hay que presentar un embalaje de muestras por cada uno de los lotes, informando el número de lote en la parte externa del embalaje. Estos embalajes se pueden agrupar en una sola caja por licitador, siempre que se indique en el exterior del embalaje aglutinador los números de lotes a los que se presentan muestras y ofertas. Se presentará un albarán también indicando el contenido y cantidad de muestras presentadas indicando el lote.
LOTE 1 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | Nº Muestras |
FCS028 | SET DE CRICOTIROTOMÍA | 2 |
LOTE 2 | OXIGENOTERAPIA | Nº Muestras |
FTM003 | MASCARILLA OXÍGENO ADULTO | 5 |
FTM004 | MASCARILLA OXÍGENO NEBULIZADORA | 5 |
FTM005 | MASCARILLA OXÍGENO PEDIÁTRICA | 5 |
LOTE 3 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | Nº Muestras |
FCS030 | GUÍA DE INTUBAR FROVA | 2 |
LOTE 4 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | Nº Muestras |
FCS060 | APÓSITO PARA EL ACCESO VENOSO PERIFÉRICO | 5 |
LOTE 5 | VENDA AUTOADHESIVA | Nº Muestras |
FMT019 | VENDA AUTOADHESIVA | 5 |
LOTE 6 | CÁNULAS SUPRAGLÓTICAS | Nº Muestras |
FTM049 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PARA NEONATOS Nº 1 | 2 |
FTM050 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA INFANTIL Nº 1.5 | 2 |
FTM051 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA PEQUEÑA Nº 2 | 2 |
FTM052 | CÁNULA SUPRAGLÓTICA PEDIÁTRICA GRANDE Nº 2.5 | 2 |
La devolución de las muestras podrá ser solicitada 30 días después de la adjudicación del presente servicio; estas se deberán recoger en la xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx 000-000 xx Xxxxxxxxxx. Excepto el adjudicatario, ya que se quedarán en depósito toda la duración del contrato y sus posibles prórrogas por lo que se pueda necesitar, si el SEM así lo determina.
Para cada referencia ofertada, se presentará en el sobre B (sobre digital) la ficha de producto en la que constará toda la información relevante para comprobar el cumplimiento con los requerimientos solicitados en el anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (PPT).
X. Otras obligaciones:
Protección de datos de carácter personal: Sí: ☐ No: ☒