CONVOCATORIA
FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. “PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS”
CONVOCATORIA
“SELECCIONAR UN PROPONENTE PARA QUE EL PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS CONSTITUIDO EN LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., SUSCRIBA CON ÉSTE UN CONTRATO DE INTERVENTORIA TÉCNICA PARA EL CONTRATO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA SEGUNDA ETAPA DEL PROYECTO, Y ESTUDIOS DETALLADOS DE AMENAZA Y RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA – FASE II PARA EL PROYECTO TOTAL, NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO LOS OLIVOS EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ”
OCTUBRE DE 2015
CAPITULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL, COMPROMISOS, CRITERIOS Y CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN Y DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
1.1. ANTECEDENTES.
El Plan de Desarrollo de la Bogotá Humana previsto en el Acuerdo 489 de 2012 contiene en su artículo 21 el programa de vivienda y hábitat humanos, éste plantea claramente la importancia que tiene la construcción de Vivienda de interés Prioritario, a fin de atender a las poblaciones más vulnerables del Distrito Capital, incorporando la oferta pública de suelo mediante el ajuste de normas y la implementación de mecanismos de gestión o promoción pública para la construcción de vivienda a través de concursos, licitaciones y asociaciones con el sector privado y comunitario.
En consonancia con los principios del Plan de Desarrollo Bogotá Humana, la misión de METROVIVIENDA es gestionar y proveer suelo para el desarrollo de Proyectos de Vivienda de Interés Prioritario – VIP, y proyectos Urbanos Integrales que incluyan VIP, con énfasis en el Centro Ampliado, contribuyendo a disminuir la segregación socio-espacial, a frenar paulatinamente la ocupación expansiva del territorio y en su lugar a promover el modelo de ciudad densa y compacta.
Por lo anterior y en desarrollo de su misión METROVIVIENDA adelantó convocatoria pública No. 001 de 2013, resultando adjudicataria de esta la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., es por ello que ambas partes suscribieron un contrato xx Xxxxxxx Mercantil de Administración y Pagos – Patrimonio Autónomo Matriz - CDJ 53 de 2013, con el objeto de: “Administrar los predios que le sean transferidos por EL FIDEICOMITENTE GESTOR y/o LOS FIDEICOMITENTES APORTANTES; administrar recursos que le sean transferidos por la Secretaria de Hábitat y/o LOS FIDEICOMITENTES APORTANTES y/o METROVIVIENDA; administrar fondos o recursos que con ocasión de cumplimiento de obligación de los particulares o públicos de traslado VIS-VIP; adquirir y/o entregar suelo en proyectos de resorte de METROVIVIENDA o a través de Convenios Interadministrativos; entregar suelo, y/o efectuar urbanismo y/o entregar recursos para efectuar el urbanismo, todos los anteriores como entrega de subsidios en especie que otorgue las entidades competentes, y/o en proyectos de particulares en asocio con METROVIVIENDA y/o la Secretaria Distrital del Hábitat, de conformidad con las instrucciones que para tales efectos imparta EL COMITÉ FIDUCIARIO; administrar recursos para el cumplimiento de obligaciones de VIP y VIS, Decreto 075 de 23 de enero de 2013 y las normas que lo reglamenten, el Decreto 327 de 2004, en lo que no haya sido modificado por el precitado Decreto 075 de 2013, y las demás normas que lo modifiquen o sustituyan; administrar y ejecutar los recursos que permitan el desarrollo integral de los proyectos urbanísticos que se lleguen a definir por el COMITÉ FIDUCIARIO, de conformidad con los lineamientos previstos en el POT de Bogotá D.C., así como con lo que al efecto se determine en los decretos mediante los cuales se adopten los planes parciales y las unidades de gestión/actuación correspondientes”.
El mencionado contrato prevé que el patrimonio autónomo matriz, estará habilitado para constituir, en calidad de Fideicomitente, patrimonios autónomos escindidos, diferentes y subordinados del matriz, destinados a cumplir con la finalidad que se determine en cada uno de ellos. Así mismo, se estableció que dichos patrimonios se estructurarían por cada proyecto específico asociado a lotes específicos y a los constructores respectivos, de acuerdo con las instrucciones que para el efecto establezca el COMITÉ FIDUCIARIO.
En atención a lo señalado con anterioridad, fue constituido el Patrimonio Autónomo Subordinado LOS OLIVOS, todo lo cual consta en el CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL INMOBILIARIO DE URBANISMO DE ADMINISTRACIÓN Y PAGO, el
cual tiene dentro de su objeto, entre otras actividades, el contratar la INTERVENTORIA TÉCNICA PARA EL CONTRATO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA SEGUNDA ETAPA DEL PROYECTO, Y ESTUDIOS DETALLADOS DE AMENAZA Y RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA – FASE II PARA EL PROYECTO TOTAL, NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO LOS OLIVOS EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ.
De conformidad con lo previsto en el manual de contratación y en virtud de la celebración de los mencionados contratos xx xxxxxxx derivada, el Comité Fiduciario debe, entre otros, establecer en los términos de referencia de los procesos de selección los lineamientos para adelantar el proceso de selección de los contratistas. Aclarándose que el mencionado proceso y contratación se hará con cargo exclusivo a los recursos del Fideicomiso y hasta la concurrencia de los mismos.
Es pertinente mencionar que la interventoría técnica deberá efectuarse sobre los predios que conforman el Proyecto Los Olivos en la ciudad de Bogotá.
1.2. JUSTIFICACIÓN.
La presente convocatoria se realiza con el fin de contratar la interventoria técnica para el contrato de consultoría para la elaboración de los estudios técnicos para la segunda etapa del proyecto, y estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – fase II para el proyecto total, necesarios para el desarrollo del proyecto los olivos en la ciudad de Bogotá, la cual deberá efectuarse sobre los predios que conforman el Proyecto Los Olivos en la ciudad de Bogotá, los cuales posteriormente serán habilitados para lograr el desarrollo urbanístico y constructivo de un proyecto inmobiliario de vivienda de interés prioritario, para dar cumplimiento a la obligación de la Administración Distrital de garantizar el derecho a la vivienda digna de personas de menores ingresos que son blanco de la segregación social y espacial y en cumplimiento del marco legal que rige el ejercicio del objeto de METROVIVIENDA.
1.3. CONTEXTO BÁSICO DE ENTENDIMIENTO.
En el presente documento se describen las bases técnicas, jurídicas, económicas y financieras, que el PROPONENTE debe tener en cuenta para elaborar y presentar la propuesta. La presentación de la oferta por parte del PROPONENTE constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones previstas en el presente documento y sus correspondientes anexos; que recibió de FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. las aclaraciones necesarias a sus inquietudes y dudas; que está enterado a satisfacción en cuanto al objeto y los términos de la convocatoria, los servicios a prestar, y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para fijar su propuesta.
Ninguna información contenida en los términos de esta convocatoria constituye una promesa de celebración de contrato alguno. Todas las interpretaciones, conclusiones o análisis que efectúe el proponente son de su exclusivo cargo y no comprometen ni vinculan en modo alguno a FIDUCIARIA COLPATRIA S.A ni a Metrovivienda.
La información contenida en este documento, proporcionada con el mismo, comunicada verbalmente o en forma escrita por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. no constituye asesoría a los proponentes para la presentación de la propuesta. Será obligación de los interesados en participar en el presente proceso, obtener su propia asesoría independiente para todos los efectos que guarden relación con la presentación de la propuesta y con la ejecución del contrato resultante de la presente Convocatoria.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. de conformidad con el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx al presente proceso de selección es veraz y corresponde a la realidad. FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. podrá verificar o corroborar la información allegada, lo cual acepta y autoriza expresamente el proponente con la presentación de su propuesta.
La numeración de estos Términos no indica un grado de prelación en los asuntos. Los títulos de los capítulos y disposiciones utilizadas sirven como referencia y no afectan la interpretación del texto de las respectivas disposiciones.
Para efectos del desarrollo del presente proceso de selección, se entiende por día(s) hábil(es) cualquier día de lunes a viernes, excluyendo los días festivos en la República de Colombia. En caso de que el último día de un período cualquiera establecido en estos Términos de Referencia fuese un día considerado no hábil, aquél se correrá al día hábil siguiente al referido en el calendario. Cuando se pretenda hacer referencia a día(s) calendario, así se consignará expresamente, de lo contrario siempre se entenderán los plazos fijados en días hábiles.
Las obligaciones estipuladas a cargo de Fiduciaria Colpatria S.A., en el presente proceso de selección y todas aquellas que se deriven de la contratación del proponente adjudicatario, únicamente serán garantizadas con los recursos que posea Fiduciaria Colpatria a título xx xxxxxxx mercantil como vocera y administradora de Patrimonio Autónomo Subordinado Proyecto Los Olivos, como lo dispone el artículo 1.227 del Código de Comercio. Por lo tanto, cuando en este documento se mencione a Fiduciaria Colpatría, como sujeto de tales obligaciones, se entenderá que se refiere única y exclusivamente como vocera de EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO y que su obligación queda respaldada en los activos vinculados a dicho Fideicomiso y no con los que integran su propio patrimonio.
Es pertinente señalar que con el fin de que no exista centralización en la contratación y teniendo en cuenta que esta selección debe desarrollarse atendiendo el principio de transparencia, no serán tenidas en cuenta las propuestas presentadas por oferentes que tengan contratos vigentes con la fiduciaria Colpatria S.A. como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo FC Matriz N° 053 de 2013 o de los patrimonios subordinados constituidos en desarrollo de este.
1.4. DEFINICIONES.
Para todos los efectos de la presente Convocatoria y del entendimiento sucesivo de los conceptos utilizados en estos Términos de Referencia, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones, entendimiento de términos o denominaciones.
Adjudicatario: Proponente al que se le adjudique la Convocatoria por ser seleccionado en primer orden de elegibilidad y designado por el Comité Fiduciario y quien deberá celebrar el contrato resultante del presente proceso, en el término estipulado en los presentes Términos de Referencia.
Comité Fiduciario: Órgano decisorio del FIDEICOMISO SUBORDINADO LOS OLIVOS, encargado de definir los lineamientos para el desarrollo del objeto del contrato xx Xxxxxxx, y del proceso de selección que aquí se estipula.
Contratante: Es el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO DENOMINADO LOS OLIVOS, identificado con NIT. 830.053.994-4 cuya vocera y administradora es FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Contratista: Quien tenga la calidad de adjudicatario dentro del presente Proceso de Selección, y en consecuencia, suscriba el correspondiente contrato con EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
Contrato: El que celebre EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, en calidad de Contratante, y el proponente Adjudicatario, en calidad de contratista, para el desarrollo del objeto contractual derivado de la presente Convocatoria.
Error aritmético: Es aquel que se presenta cuando en una propuesta existe un error en el resultado de una operación de suma, resta, multiplicación o división.
Fiduciaria: Es la Sociedad FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. actuando exclusivamente como vocera de EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y cuya obligación queda respaldada con los activos vinculados al Contrato xx Xxxxxxx constitutivo del mismo, y no con los que integran el propio patrimonio de la Fiduciaria Colpatria S.A.
Plazo de esta Convocatoria: Tiempo que transcurre entre la fecha de apertura de la Convocatoria y la fecha de su cierre, de conformidad con lo establecido en el cronograma del presente proceso.
Cierre : Entiéndase como el momento hasta el cual se tiene previsto para la entrega de propuestas.
Propuestas habilitadas: Propuestas que una vez revisadas, cumplen con los requisitos para participar y con la totalidad de documentos, indicadores y demás requisitos mínimos solicitados y por lo tanto pasan a ser materia de calificación.
Proponente: Persona Natural o jurídica, nacional o extranjera, con o sin ánimo de lucro, de derecho público o privado, independiente o en consorcio o unión temporal que participa en el presente proceso y que no se encuentra inhabilitada constitucional y/o legalmente para contratar según lo señalado por la Constitución Política, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Solicitud de documentos: Posibilidad que se otorga al Convocante para que solicite al proponente que adjunte documentos no allegados con la propuesta inicial, y que éste deberá hacer dentro del plazo fijado por el Convocante.
Supervisor: Será la persona que designe expresamente y por escrito METROVIVIENDA, con el fin de que adelante la supervisión del objeto del contrato resultante del presente proceso de adjudicación.
Términos de Convocatoria: Es este documento, elaborado por Metrovivienda y aprobado por el Comité Fiduciario, junto con sus comunicaciones y anexos.
CAPITULO II.
2. GENERALIDADES Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
2.1. ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
2.1.1. CONVOCANTE.
FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. quien obra en este acto única y exclusivamente en calidad de vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, la cual ha sido instruida, por EL COMITÉ FIDUCIARIO para adelantar el presente proceso de selección.
El contratante será el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a quien METROVIVIENDA transferirá el inmueble en el que se desarrollara el proyecto, y quien a su vez es el administrador de los recursos transferidos por el Fideicomitente Gestor para que se destinen al cumplimiento del objeto del contrato xx xxxxxxx mercantil constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, hasta la concurrencia de los mismos. Para todos los efectos de los presentes términos de referencia, el Convocante en adelante se denominará EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO “LOS OLIVOS”.
2.1.2 OBJETO.
Es adelantar un proceso con el fin de “SELECCIONAR UN PROPONENTE PARA QUE EL PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS CONSTITUIDO EN LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., SUSCRIBA CON ÉSTE UN CONTRATO DE INTERVENTORIA TÉCNICA PARA EL CONTRATO DE CONSULTORIA QUE TIENE POR OBJETO: “ ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA SEGUNDA ETAPA DEL PROYECTO, Y ESTUDIOS DETALLADOS DE AMENAZA Y RIESGO POR FENÓMENOS DE REMOCIÓN EN MASA – FASE II PARA EL PROYECTO TOTAL, NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO LOS OLIVOS EN LA CIUDAD DE
BOGOTÁ”, de conformidad con el reglamento de contratación del patrimonio autónomo matriz.
El objeto tendrá como alcance las especificaciones mínimas para efectuar de acuerdo a las obligaciones establecidas en los términos de referencia: Verificar el alcance del contrato de consultoría, revisar, verificar, validar y aprobar todos los estudios y diseños realizados por el contratista de la consultoría objeto de la interventoría técnica. Así mismo, deberá brindar acompañamiento a los trámites de la licencia o durante dicho proceso acompañar y atender las observaciones que se presenten por parte de la Curaduría, Empresas Prestadoras de Servicios Públicos y Entidades competentes, hasta su aprobación y la posterior liquidación del contrato de consultoría.
Contrato que se efectuará con cargo exclusivo a los recursos de los mismos y bajo los criterios de evaluación expresamente instruidos por el COMITÉ FIDUCIARIO del fideicomiso.
2.1.3. GENERALIDADES, LOCALIZACIÓN Y NORMA APLICABLE DEL PROYECTO OBJETO DE LA CONSULTORIA Y AL CUAL SE LE HARÁ INTERVENTORIA CON ESTE PROCESO
El Proyecto se encuentra localizado entre la avenida de los cerros y la Xxx 0 X xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, contiguo a la universidad Xxxxxxx Xxxxxxx, barrio Los Olivos, UPZ 090 Xxxxx Xxxxx de la localidad de Chapinero.
Los límites son los siguientes:
NORTE: Calle 63
SUR: Corredor ecológico quebrada las Delicias ORIENTE: Carrera 1a
OCCIDENTE: Avenida de los cerros (circunvalar)
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
Con el proyecto los Olivos se plantea la recualificación del predio y de los barrios aledaños, a través de un planteamiento urbanístico y arquitectónico que establezca un referente dentro del sector y responda a la localización geográfica estratégica con la que cuenta el predio de acuerdo con su topografía.
Igualmente con la mezcla de usos residencial VIS, VIP, NO VIS y comercial de pequeña escala, se busca que se convierta en un ejemplo de integración socio- económica y una oportunidad para los habitantes del sector.
Este proyecto, pretende revitalizar el sector y beneficiar a las familias de menores recursos con la provisión de vivienda de interés social VIS y vivienda de interés prioritario VIP, así como los propietarios, residentes actuales, permitiendo un proyecto que pueda asumir las cargas urbanísticas, pero especialmente la permanencia y/o el reconocimiento justo por los predios de los propietarios originales.
• LOCALIZACIÓN GENERAL:
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
El diseño se plantea como una alternativa básica de ocupación a fin de tener los datos preliminares sobre la viabilidad técnica y urbanística del proyecto.
Para dar los lineamientos básicos de diseño para el proyecto, Metrovivienda adelantó una modelación urbanística con el fin de tener una ocupación aproximada de los predios, cabe anotar que éstas propuestas no son definitivas y sólo dan directrices generales al diseño arquitectónico específico de cada sector.
El proyecto parte del área bruta de 12.019,46m2 de la que se descuentan 892,26 m2 de afectación de ronda, 637,61 m2 de afectación vial, 1.056,38 xx Xxxxx y cesiones públicas (26,19 ) de 4.149,36 m2, el resultado de este ejercicio es un área útil de 5.283,85 m2.
Se propone entonces el desarrollo de tres (3) etapas, como se muestra a continuación:
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
El proyecto total cuenta con 370 unidades de vivienda.
La primera etapa cuenta con zona verde y equipamiento, la segunda etapa con 22 viviendas unifamiliares de 85m2 de construcción y un equipamiento de 180m2 de construcción, y la tercera etapa se desarrolla en 12 y 17 pisos de altura, en la cual se plantean 144 vivienda de 50 m2 de construcción y 136 viviendas de 60m2 de construcción y 68 viviendas de 80 m2 de construcción.
Esta distribución de viviendas es solo una aproximación que puede variar de acuerdo con las necesidades socioeconómicas de los programas de vivienda; igualmente se propone un área comercial en el primer piso de las viviendas de 50m2, que suma 700,40 m2 construidos, esto a fin de suplir los servicios básicos del conjunto residencial planteado.
Además, cada diseño específico debe tener como objetivo, la inclusión y articulación del diseño arquitectónico a la perspectiva de género y la micro-productividad económica de la población, por lo tanto, los diseños técnicos tienen que brindar espacios modulares en las VIP y el aprovechamiento efectivo de los edificios, haciéndoles sostenibles (eficiencia de los materiales y techos verdes productivos).
Las áreas preliminares para tener en cuenta en los procesos de diseño y que son resultado de la aplicación de las condiciones normativas para cada uno de los proyectos, son las siguientes:
Etapa | 1 | 2 | 3 | Total |
Área Bruta | 2852,23 | 3245,20 | 5922,03 | 12019,46 |
Reservas | 637,61 | 637,61 | ||
Xxxxx Xxxxxxx | 892,26 | 892,26 | ||
Zampa | 1056,38 | 1056,38 | ||
ÁREA NETA URBANIZABLE | 1795,85 2607,59 | 5029,77 | 9433,21 | |
Control ambiental | 0 | |||
ÁREA NETA URBANIZABLE para cálculo de cesiones | 1795,85 2607,59 | 5029,77 | 9433,21 | |
Xxxxx vial local | 526,77 | 1253,87 | 1780,64 | |
Parques | 1146,75 60,90 | 1207,65 | ||
Peatonales | 189,74 | 167,77 | 357,51 | |
Equipamientos | 183,17 | 620,39 | 803,56 | |
ÁREA ÚTIL | 465,93 1830,18 | 2987,74 | 5283,85 | |
Área ocupada | 183,17 | 1078,00 | 1719,29 | 2980,46 |
Productos inmobiliarios | ||||
Etapa | 1 | 2 | 3 | Total |
Área ocupada | 183,17 | 1078,00 | 1719,29 | 2185,96 |
Área construida total | 1870,00 | 25727,73 | 27597,73 | |
Área vendible total | 1870,00 | 22640,32 | 24510,32 | |
Equipamiento comunal privado (Total) | 66,36 | 66,36 | ||
Área de comercio en primer piso | 700,40 | 700,4 | ||
Área construida de sótano total | 1719,29 | 1719,29 | ||
Área vendible de sótano | 859,64 | 859,64 | ||
Xx. xx xxxxxxx | 0,00 | 0 | 0 | |
Xx. xx Xxxxxxxxxxxx | 10,00 | 82 | 92 | |
Área construida vivienda de 50 m | 8400,48 | 8400,48 | ||
Área vendible vivienda de 50 m | 7392,42 | 7392,42 | ||
No. Viviendas | 144 | 144 | ||
No. de pisos | 12 | 12 |
No. xx xxxxxx | 2 | 2 |
Área construida vivienda de 60 m | 9627,10 | 9627,1 |
Área vendible vivienda de 60 m | 8471,80 | 8471,80 |
No. Viviendas | 136 | 136 |
No. de pisos | 17 | 17 |
No. xx xxxxxx | 1 | 1 |
Área construida vivienda de 80 m | 7700,15 | 7700,15 |
Área vendible vivienda de 80 m | 6776,10 | 6776,10 |
No. Viviendas | 68 | 68 |
No. de pisos | 17 | 17 |
No. xx xxxxxx | 1 | 1 |
Área construida vivienda de 85 m | 1870,00 | 1870,00 |
Área vendible vivienda de 85 m | 1870,00 | 1870,00 |
No. Viviendas | 22,00 | 22 |
No. de pisos | 3,00 | 3 |
No. xx xxxxxx | 22,00 | 22 |
Fuente: DOEP –Metrovivienda
Como se ha especificado en el objeto de esta convocatoria, los estudios técnicos se deberán desarrollar en la segunda etapa del proyecto de acuerdo con los lineamientos urbanísticos y arquitectónicos y se ajustará en todo al diseño arquitectónico de la misma, la cual se encuentra delimitada a continuación:
Fuente: Elaboración propia DOEP- Metrovivienda
La segunda etapa del proyecto Los Olivos se plantea bajo el marco normativo actual y está conformada por 22 viviendas de 85 m2 de construcción con fachadas internas hacia una vía peatonal y fachadas externas hacia el parque y la carrera 1, un equipamiento existente en el sector (iglesia) y diez parqueaderos sobre superficie.
NORMA APLICABLE: La norma general aplicable a los predios de los proyectos, será la que se encuentre en vigencia al momento del desarrollo del contrato derivado del presente proceso de selección, incluido el recientemente adoptado Decreto 562 del 14 de diciembre de 2014.
2.1.4.PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución es de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
EL CONTRATISTA proveerá suficiente personal y equipos para ejecutar el objeto contratado de acuerdo con el cronograma establecido. Si EL CONTRATANTE estima que EL CONTRATISTA no está cumpliendo, le podrá exigir por escrito que incremente sus rendimientos, sin costo adicional para EL CONTRATANTE.
La renuencia de EL CONTRATISTA a adoptar las medidas exigidas será considerada como incumplimiento y podrá acarrear las sanciones que fijan el contrato y/o la ley.
2.1.5. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Por ser una persona jurídica de derecho privado, se rige por las normas del Código de Comercio y del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables.
2.1.6. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial del presente proceso de selección asciende a la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($40.000.000) incluido XXX, y demás tributos que se causen por la celebración, ejecución y liquidación del contrato que se celebre,
2.1.7. DESTINATARIOS DE LA INVITACIÓN
Toda persona natural o jurídica nacional o extranjera legalmente constituida en Colombia, consorcios o uniones temporales debidamente constituidas, interesadas en desarrollar el objeto del presente proceso de selección y que cumplan con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros señalados en este documento y sus anexos.
2.1.8. SUPERVISIÓN
La supervisión del presente contrato la ejercerá Metrovivienda a través del (la) Director (a) Técnica de Obras.
2.2. TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN - ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
2.2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
A continuación se presentan las fechas y plazos máximos para adelantar las actividades relacionadas con el presente proceso selección:
CRONOGRAMA PROCESO INTERVENTORIA
ACTIVIDAD | DESDE | HASTA | LUGAR |
Apertura del proceso y publicación de términos | 06 de octubre de 2015 | En la Página WEB www.metrovivienda | |
Observaciones a los términos | 06 de octubre de 2015 | 08 de octubre de 2015 | a.) Radicación correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx b.)Radicación Física Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 59. Torre B Servicio al Cliente. Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. Dirigido al Patrimonio Autónomo Subordinado los Olivos Referencia. Términos de Referencia Estudios Técnicos los Olivos |
Respuesta a observaciones presentadas a los términos | 13 de octubre de 2015 | ||
Publicación de las respuesta a las observaciones | 14 de octubre de 2015 | ||
Recepción de ofertas (cierre del proceso) | 00 xx xxxxxxx 0000 | Radicación Física de 8:00a.m. a 3:00 p.m. Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 59. Torre B Servicio al Cliente. Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. Dirigido al Patrimonio Autónomo Subordinado los Olivos Referencia. Términos de Referencia Estudios Técnicos los Olivos | |
Verificación de las propuestas | 20 de octubre de 2015 | 21 de octubre de 2015 | |
Publicación de la verificación | Octubre 22 de 2015 | ||
Subsanaciones | 00 xx xxxxxxx 0000 | 26 de octubre de 2015 | a.) Radicación correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx b.)Radicación Física Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 59. Torre B Servicio al Cliente. Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. Dirigido al Patrimonio Autónomo Subordinado los Olivos Referencia. Términos de Referencia Estudios Técnicos los Olivos Solo se entenderá recibida la subsanación si la misma es radicada físicamente en la Ventanilla Fiduciaria Colpatria S.A. |
Evaluación | 27 de octubre de 2015 | 28 de octubre de 2015 | |
Publicación del informe de evaluación | 29 de octubre de 2015 | ||
Observaciones al informe de evaluación | 30 de octubre de 2015 | ||
Respuesta a las observaciones presentadas y publicación | 2 de noviembre de 2015 | 3 de noviembre de 2015 | |
Adjudicación | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes |
2.2.2 CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y/O PROPONENTES.
Los documentos del presente proceso de selección que deban ser comunicados a los interesados, serán publicados en la página web de Metrovivienda: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen en los términos que señale el convocante identificando el proceso de selección al que se refieren, la dirección de correspondencia, fax o correo electrónico del remitente.
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A publicará a través de METROVIVIENDA toda la información relacionada con el presente proceso de selección, con lo cual se entenderá surtido el proceso de notificación y comunicaciones a los
proponentes y demás interesados en el proceso. No habrá lugar a envío de comunicaciones físicas de las respuestas a las solicitudes de los proponentes.
2.2.3 MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
La FIDUCIARIA en su calidad de vocera del Patrimonio Autónomo Subordinado LOS OLIVOS publicarán las modificaciones que, de oficio o a solicitud de los interesados y previa instrucción del Comité Fiduciario o instrucción fiduciaria suscrita por los miembros del Comité, o en su defecto por la Gerencia General de METROVIVIENDA, se realicen a los términos de referencia del proceso de selección, de acuerdo a las fechas señaladas en el cronograma, mediante comunicaciones que serán publicadas en la página web de Metrovivienda.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad establecida en este documento, para modificar la fecha de cierre del proceso y el cronograma del proceso de selección, previa instrucción del Comité Fiduciario.
2.2.4 CIERRE DEL PROCESO.
En el día y hora de cierre del proceso de selección, señalado en el cronograma, se procederá a identificar las propuestas presentadas. Las propuestas que no hayan sido entregadas antes del vencimiento de la fecha y hora fijada para el cierre del proceso de selección serán consideradas como propuestas extemporáneas y se rechazarán; por lo tanto, no se evaluarán y serán devueltas sin abrir.
El día previsto en el cronograma para el cierre del proceso se publicará, en la página web de METROVIVIENDA un acta de cierre en la cual se indicará el número de propuestas recibidas, la identificación de los proponentes y el número de folios de la propuesta original. Dicha acta deberá suscribirse por parte de un delegado de la sociedad fiduciaria .
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones a los Términos de la Convocatoria, con posterioridad al cierre de la Convocatoria.
2.2.5 PRÓRROGA DEL PLAZO DEL CIERRE Y MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA.
El convocante, previa decisión en este sentido por parte del Comité Fiduciario, podrá prorrogar el plazo del cierre del proceso de selección, y modificar el cronograma del mismo, comunicando las modificaciones a los interesados, a través de la Página WEB de METROVIVIENDA.
Las modificaciones al cronograma del proceso de selección, podrán realizarse en cualquier tiempo.
2.2.6 GRUPO EVALUADOR.
El grupo evaluador de las propuestas será quien designe para el efecto la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. El evaluador será responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas con sujeción a lo establecido en el presente documento, el cual contiene los criterios de habilitación y selección establecidos por METROVIVIENDA.
La verificación y evaluación de las propuestas se basará en la documentación, información y anexos correspondientes, por lo cual es requisito indispensable consignar en la propuesta y adjuntar a la misma toda la información detallada que permita su análisis.
El evaluador recomendará el rechazo cuando detecte inconsistencias o irregularidades en la información aportada, previo traslado del informe respectivo al proponente para que se pronuncie dentro del término que establezca el evaluador. El Comité Fiduciario de EL PATRIMONIO AUTONOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, determinarán, con base en el informe que presente el evaluador, y lo señalado por el proponente dentro del término establecido, si la propuesta debe ser rechazada y motivará su decisión.
El evaluador de las propuestas se reserva el derecho de verificar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente documento y para solicitar que se complemente, subsane o aclare, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o Entidades de donde provenga la información. En respuesta a la solicitud de complementaciones o aclaraciones, los proponentes no podrán modificar o mejorar sus propuestas.
Las respuestas a las solicitudes del evaluador deberán ser presentadas por el proponente dentro del término y en las condiciones solicitadas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Si los documentos aportados por el proponente no reúnen los requisitos indicados en el presente documento y en las disposiciones legales vigentes, y/o no se entregan dentro del tiempo otorgado por el convocante evaluador, la propuesta será rechazada.
En ningún caso se podrá solicitar complementar información correspondiente a los criterios de asignación de puntaje.
2.2.7. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN.
El informe de evaluación aprobado por el COMITÉ FIDUCIARIO será publicado en la página WEB de METROVIVIENDA con el fin de que los proponentes lo conozcan y presenten las observaciones a que haya lugar.
En caso de presentarse observaciones que modifiquen el resultado final de la evaluación, se modificará la fecha de adjudicación y el informe para ser presentado nuevamente al Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
2.2.8. ADJUDICACIÓN.
En caso de no presentarse observaciones al informe de evaluación que afecten el resultado final del mismo, el contrato se adjudicará al proponente que obtenga el mayor puntaje en la calificación de las propuestas y sea designado expresamente por el COMITÉ FIDUCIARIO, en el plazo previsto en el cronograma. La adjudicación se comunicará al proponente seleccionado y a los no favorecidos mediante publicación en la página de web de Metrovivienda y de Colombia Compra Eficiente.
2.2.9. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y ANORMAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
Cuando se presente alguna o algunas de las siguientes situaciones, procederá la terminación anticipada del proceso de selección que se regula en éstos términos de referencia, independientemente del estado en que se encuentre:
1. Cuando no se reciba ninguna propuesta luego del vencimiento del término establecido en el cronograma, para el cierre del proceso de selección.
2. Cuando durante el proceso de selección sobrevengan condiciones técnicas o jurídicas que hagan inviable la ejecución del proyecto, según lo determine el Comité Fiduciario del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS
3. Cuando expresamente lo determine el Comité Fiduciario por razones de conveniencia la cual debe estar debidamente justificada.
4. Cuando el estudio de títulos que efectúe la Fiduciaria Colpatria g.A., y/o el tercero que será contratado para tales efectos de conformidad con lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxx constitutivo del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, no obtenga concepto jurídico favorable para la transferencia de los inmuebles que ha mencionado Patrimonio.
En el evento en que se presente alguno de los casos antes señalados, la Fiduciaria COLPATRIA S.A. publicará un aviso en la página Web de Metrovivienda, informando la terminación del proceso de selección en el estado en que se encuentre, sin que por ello se causen derechos u obligaciones a favor de los interesados o proponentes.
Se entenderá que el proponente, al entregar su propuesta, se somete a la posible ocurrencia de las causales antes mencionadas y acepta que en el caso en que alguna o algunas se presenten, se dará por terminado el proceso de selección.
CAPITULO III
3. PREPARACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA.
3.1. CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA.
3.1.1. PRESENTACIÓN.
Las ofertas deberán ser entregadas en original y dos (2) copias debidamente marcadas (“original”, “primera copia” y “segunda copia”) y su contenido foliado en forma ascendente, sin incluir hojas en blanco, con un índice punto por punto en el orden establecido en los presentes términos de referencia, anexando en cada ejemplar todos los documentos y requisitos exigidos, así como copia de la propuesta económica y los formatos que acreditan la experiencia de los proponentes y los especialistas propuestos,en medio magnético en formatos doc o xls (CD).
Las ofertas deberán ser entregadas en sobres cerrados, sellados y rotulados de la siguiente forma:
Convocante: FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. QUIEN ACTUA UNICA Y EXCLUSIVAMENTE COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DE EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
Convocatoria Proceso de Selección Contratista – Interventoría técnica para el proyecto integral denominado LOS OLIVOS ubicados en la ciudad de Bogotá.
Objeto: (El señalado en la convocatoria) Nombre o Razón Social del proponente Indicar en cada sobre si contiene ORIGINAL O COPIA
Dirección Teléfono-Fax Correo Electrónico
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma castellano, escritos en medios electrónicos, debidamente legajados, foliados en orden consecutivo en su totalidad, incluyendo los planos a que haya lugar, y tanto la carta de presentación de la propuesta como los anexos que así lo requieran deben estar firmados.
Si se advirtiere alguna diferencia entre el original de una propuesta y sus copias, prevalecerá la información consignada en el original. De igual manera, se exige total concordancia entre la propuesta presentada y sus anexos.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la soportan deberá ser confirmada o validada por el proponente.
No se aceptan propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora de entrega fijada. Cerrada la recepción de propuestas no se admitirán modificaciones a las mismas, solamente las aclaraciones solicitadas por FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. en su calidad de evaluador.
La propuesta deberá ir acompañada de toda la documentación solicitada, anexos y demás información necesaria, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos y de los criterios de evaluación.
El proponente deberá diligenciar los anexos, de tal manera que se permita la verificación de cada requerimiento.
Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación, elaboración y radicación de su propuesta.
3.1.2. PROPUESTAS PARCIALES Y ALTERNATIVAS.
No se aceptarán propuestas parciales ni alternativas para esta contratación.
3.2. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá conformarse con los documentos que se relacionan a continuación. La omisión de documentos necesarios para la comparación de las propuestas impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación.
3.2.1. INTENCION DE LOS CONTRATANTES Y LA OFERTA SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL Y EL CÓDIGO DE COMERCIO
La presentación de la propuesta en los términos del Código Civil y el Código de Comercio es la manifestación indistinta de someterse a todas condiciones de los términos de referencia y los ofertado en su propuesta.
3.2.2 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
Cuando la propuesta se presente en cualquiera de estas modalidades de asociación, el proponente deberá presentar el documento idóneo, ajustado a las siguientes exigencias:
Expresar si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. La omisión de este señalamiento hará que la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A tome la propuesta como presentada por un Consorcio para todos los efectos.
Los miembros del Consorcio o la Unión Temporal deberán designar la persona que representará al Consorcio o Unión Temporal y adjuntar copia del documento que regula su relación.
Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, estableciendo el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y hacer la designación de la persona que tendrá la representación. Así mismo deberán señalar que el Representante del Consorcio queda facultado para presentar propuesta, y en caso de resultar adjudicatario, suscribir, ejecutar, modificar, y liquidar el Contrato. Si al representante del Consorcio o de la Unión Temporal se le imponen limitaciones y éste las excede, la propuesta será rechazada.
Señalar que la duración del Consorcio o Unión Temporal no será inferior a la del plazo de la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación) y tres (3) años más.
La omisión de este documento o de las firmas de sus integrantes y la falta de designación del representante no son subsanables y generan el rechazo de la propuesta. Las demás deficiencias o errores son subsanables dentro del término perentorio que al efecto señale el evaluador, so pena de rechazo de la propuesta si no cumple.
3.2.3 PODER DEBIDAMENTE CONSTITUIDO.
En el evento que la oferta se presente a través de apoderado, éste debe encontrarse debidamente facultado para participar en el proceso y suscribir el contrato que se derive de éste.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán además, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado mediante poder otorgado en debida forma, legalizado o apostillado, de conformidad con las normas previstas en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 4300 de 2012 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o las normas que los modifiquen adicionen o complementen. En el poder deberán conferirse facultades para presentar la propuesta, celebrar el contrato, ejecutarlo, liquidarlo y para representar al poderdante judicial y extrajudicialmente. En el caso de que el proponente sea extranjero deberá contar con una oficina de representación en Colombia.
En el evento que el proponente xxxxxxx con su propuesta el documento en forma incompleta o indebida, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.4 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
Personas Jurídicas Nacionales. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante la copia del certificado de existencia y representación legal expedido, dentro de los 30 días calendario anterior al cierre de este proceso de selección, por la Cámara de Comercio o autoridad competente.
Personas Jurídicas Extranjeras. Deberán aportar la copia del documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde tienen su domicilio principal o el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar donde tenga sucursal en Colombia, o en caso contrario, los documentos que se exigen en el numeral 4.1.2.
Personas Naturales. Si el proponente es persona natural, deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía y presentar el registro mercantil, expedido por la Cámara de Comercio, cuando a ello hubiere lugar.
Consorcios / Uniones Temporales. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada firma integrante, debe comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio en las mismas condiciones establecidas en este numeral.
En el evento que el proponente no xxxxxxx con su propuesta las copias de los certificados solicitados o sean allegados con fecha de expedición anterior a la exigida, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.5 AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA PROPUESTA Y SUSCRIBIR EL CONTRATO.
Si el representante legal del proponente tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual se le faculte para presentar la propuesta, celebrar, ejecutar, modificar y liquidar el contrato, en caso de ser favorecido con la adjudicación, o en su defecto certificación del Secretario de la Junta donde conste tal autorización.
En el evento que el representante legal se encuentre limitado en sus facultades para presentar propuestas y para suscribir el contrato y no presente autorización del órgano directivo correspondiente, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
3.2.6 DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN.
La persona natural o el Representante Legal de la persona jurídica que se presente como proponente debe allegar fotocopia del documento de identificación.
3.2.7 ANTECEDENTES DE RESPONSABILIDAD FISCAL
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., verificará que la correspondiente persona natural o jurídica y su representante legal según se trate, no se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral.
En el evento en que el proponente cuente con el correspondiente certificado expedido por la Contraloría General de la República, podrá aportarlo con su propuesta. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y no tiene costo alguno).
En caso que el proponente y/o su representante legal se encuentren reportados en el boletín de responsables fiscales, se rechazará la propuesta.
3.2.8 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES: En el caso de personas naturales, representante legal de la persona jurídica; y miembros (personas naturales) y representante legal de consorcios o uniones temporales, Fiduciaria Colpatria como vocera del patrimonio autónomo subordinado verificará en la Base de Datos de la Policía Nacional el Certificado de antecedentes judiciales.
En el evento en que el proponente cuente con el correspondiente certificado expedido por la Policita Nacional, podrá aportarlo con su propuesta. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx:0000/XxxXxxxxxxx/ y no tiene costo alguno).
3.2.9 ANTECEDENTES DISCIPLINARIO DE LA PROCURADURIA Y PERSONERÍA DISTRITAL
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A verificará en el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación y la Personería Distrital de Bogotá, que el proponente no se encuentre con antecedentes en dicho sistema. En caso que el proponente y/o su representante legal se encuentren reportados en dicho sistema, se rechazará la propuesta.
3.2.10 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El oferente declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción de la carta de inhabilidades e incompatibilidades (Anexo Nº 1), y posteriormente, en caso de resultar adjudicatario, con la firma del contrato correspondiente, que no se encuentra incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley, ni presenta conflicto de interés.
3.2.11 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
Para garantizar la seriedad de la propuesta y de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, la propuesta deberá acompañarse del original de una póliza de seriedad de la oferta, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, en la cual los beneficiarios sean la Fiduciaria COLPATRIA S.A. actuando como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, identificado con el NIT. 830.053.994-4 y METROVIVIENDA identificada con NIT. 830.055.995-0, por una cuantía igual al diez por ciento (10 ) del presupuesto del presente proceso de contratación.
La referida garantía deberá tener vigencia de noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de la presentación de la propuesta. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada.
Esta garantía deberá ser aprobada por la sociedad FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y METROVIVIENDA, quienes podrán solicitar las modificaciones o aclaraciones a que haya lugar.
La garantía deberá amparar el hecho de que si resulta seleccionado el proponente tomador, estará dispuesto a suscribir y legalizar el(los) respectivo(s) contrato(s), dentro del término establecido en el cronograma del proceso. En la garantía debe citarse claramente que está garantizando la seriedad de la propuesta presentada para participar en el proceso de selección a que hace referencia este documento, y encontrarse firmada por el garante y por el oferente.
En el caso que el proponente favorecido se negare a firmar el(los) contrato(s) respectivo(s) o dejare pasar el término fijado para su legalización, o no constituyere la garantía de cumplimiento requerida en el contrato, FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. en calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y METROVIVIENDA podrán hacer efectiva la garantía de seriedad y dispondrán de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente.
En este caso, se adjudicará el contrato al proponente clasificado en el siguiente orden dentro de la evaluación de las propuestas adelantadas por la FIDUCIARIA, previa instrucción del COMITÉ FIDUCIARIO, y en consecuencia, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. le exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la legalización del contrato y así sucesivamente a los demás proponentes, siempre y cuando su oferta sea favorable para el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y cumpla los requisitos establecidos en el presente documento.
La garantía deberá ser tomada por el proponente persona natural o persona jurídica, indicando en este evento la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, sin utilizar sigla, a no ser que el mencionado certificado, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla.
Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal, en la garantía deberá estipularse que el tomador es el consorcio o unión temporal y no su representante legal, y deberá indicar el nombre de cada uno de sus integrantes, porcentaje de participación y expresar claramente que su valor total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte, de manera directa o indirecta.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no suscripción del contrato por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el cronograma para la selección de las propuestas se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción de los contratos se prorrogue.
• El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. La garantía de seriedad será devuelta a solicitud de los proponentes no seleccionados.
La propuesta deberá contener el comprobante de pago original de la póliza de seriedad, y los términos y condiciones generales de la póliza. Todos los documentos suscritos con las aseguradoras deberán ser susceptibles de verificación por parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
Los requisitos contemplados para la garantía de seriedad son subsanables dentro del término establecido por el evaluador para el efecto. Pasado dicho plazo sin que se subsanen los aspectos solicitados o sin que se presente el requisito la oferta será rechazada.
El oferente, de igual manera podrá presentar cualquiera de los siguientes mecanismos de cobertura del riesgo para amparar la garantía de seriedad de la oferta, siempre y cuando los amparos, vigencia y valor asegurado de la garantía sean los dispuestos en la presente convocatoria
• FIDUCIA MERCANTIL EN GARANTÍA:
Si el oferente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, la copia del respectivo contrato y entregar el certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria.
La Fiduciaria no podrá oponer a Fiduciaria Colpatria EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, en ningún caso, la excepción de contrato no cumplido ni le será admisible discutir la responsabilidad del oferente.
En caso de incumplimiento, la sociedad fiduciaria con la cual el oferente constituye su garantía adelantará los trámites para hacer efectiva la misma, una vez Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, ponga en su conocimiento el incumplimiento.
• GARANTÍA BANCARIA A PRIMER REQUERIMIENTO Y CARTA DE CRÉDITO STAND BY:
Si el oferente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, el documento de la garantía. Dicha garantía bancaria podrá ser otorgada por una institución financiera, nacional o extranjera.
Fiduciaria Colpatria S.A. como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, podrá aceptar el otorgamiento tanto de un contrato de garantía bancaria, como el de una carta de crédito stand by, siempre que:
1. Conste el nombre de Fiduciaria Colpatria como vocera de EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, como beneficiaria de la garantía.
2. Consten los riesgos garantizados.
3. Conste la vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido en el presente numeral 3.2.9.
4. Conste que el establecimiento de crédito asume en forma expresa, autónoma e irrevocable
5. a favor de Fiduciaria Colpatria como vocera de EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del Oferente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte de éste.
6. Conste la forma de hacer exigible la garantía.
7. Conste que la garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando el acto administrativo en firme que declara el incumplimiento de las obligaciones contractuales o cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito.
Si el Oferente celebra un Contrato de Garantía Bancaria como mecanismo de cobertura, para su aceptación se dará aplicación, además de las prescripciones descritas a las normas comerciales complementarias y a lo dispuesto en las condiciones de la garantía de seriedad de la propuesta.
Depósito de dinero en garantía:
Si el proponente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, so pena de rechazo de la oferta, el original del documento con el cual demuestra la constitución del depósito de dinero en garantía de seriedad de la propuesta a favor de Fiduciaria Colpatria como vocera de EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
3.2.12. CERTIFICADO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, a la fecha de presentación de la propuesta, el proponente sea persona natural con personal vinculado laboralmente, o persona jurídica, deberá acreditar el cumplimiento oportuno de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones, aportes parafiscales,
así como las demás obligaciones aplicables dentro de los últimos (6) seis meses respecto del inicio de esta convocatoria mediante certificado suscrito por el Revisor Fiscal, o Representante Legal, en caso que la persona jurídica no esté obligado a contar con revisor fiscal, y en el caso de la persona natural, la certificación deberá suscribirla por un contador certificado.
En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente en forma individual.
Cuando la propuesta la realice una persona natural, sin personal vinculado laboralmente, deberá adjuntar certificación que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud y pensión a la que se encuentre afiliado.
En el evento de no allegar este documento o allegarlo incompleto, la Fiduciaria Colpatria S.A, lo requerirá para que los aporte en debida forma. Si dentro del término fijado por el convocante, el oferente no aporta lo solicitado, la propuesta será rechazada.
En caso tal que no se encuentre obligado a pagar aportes parafiscales por algún periodo, deberá indicar dicha circunstancia, especificando la razón y/o los periodos exentos.
3.2.13. PROPUESTA ECONÓMICA.
El oferente debe presentar su oferta económica, suscrito por el representante legal y con base en el presupuesto estimado en el valor presupuestado, la cual deberá diligenciarse según formato establecido en el Anexo Nº 3. El proponente, cuando esté elaborando su propuesta, debe tener en cuenta que el valor ofertado debe incluir todos los costos directos e indirectos que procedan durante la etapa precontractual y durante la etapa de ejecución y liquidación de los contratos que se celebren, impuestos y/o contribuciones y/o gravámenes que se encuentren vigentes a cargo del contratista, gastos de administración, imprevistos, utilidad y riesgos inherentes al tipo de actividades contempladas en este proceso y en los contratos que resulten del mismo, que se entienden evaluados e involucrados en la propuesta.
El valor ofrecido será el único a tener en cuenta para efectos del pago de todas las obligaciones contenidas en el (los) contrato(s).
3.3. MODIFICACIONES, ACLARACIONES Y RETIRO DE LAS PROPUESTAS.
Después del cierre del proceso de selección la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, en su calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS no aceptará propuestas complementarias, modificaciones o adiciones a las mismas. Así mismo, ningún proponente podrá retirar su propuesta después del cierre del proceso, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Como se mencionó anteriormente el Convocante podrá solicitar a los oferentes aclaraciones a las propuestas presentadas las cuales deberán entregarse en la forma prevista en la presente convocatoria y en el plazo otorgado por el Convocante, sin que las mismas impliquen un mejoramiento de la propuesta inicial.
3.4. VIGENCIA DE LA PROPUESTA.
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso de conformidad con el cronograma incluido en los presentes términos de referencia. La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, en su calidad de vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS previa modificación de los términos de referencia en este sentido, solicitará, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de hacer efectivas la garantía de seriedad de la oferta.
En todo caso, el proponente que resulte seleccionado debe mantener la validez de su oferta y de la correspondiente garantía de seriedad, hasta la legalización del respectivo contrato.
3.5. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos serán rechazadas y en consecuencia, no serán evaluadas:
• Cuando el proponente o alguno de sus miembros, se encuentren incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de interés fijados por la Constitución Política y las normas vigentes, para presentar la propuesta.
• Cuando se advierta que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal han sido sancionados por incumplimientos contractuales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2045 de 2012 y en las demás normas que regulen la materia.
• Cuando no aporte, subsane o aclare lo que se le solicite por parte del convocante o el evaluador, en los plazos y condiciones determinados en el presente documento o en los plazos que defina el convocante.
• Cuando la propuesta, o alguno de los documentos que se anexe a la misma sean presentados en un idioma
diferente al idioma castellano o se presenten con algún valor en moneda extranjera.
• Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente, es decir luego de la fecha y/u hora señaladas para el cierre del plazo, o en lugar distinto al señalado en el presente documento.
• Cuando en cualquier documento presentado con la propuesta el proponente oferte un valor superior al cien por
ciento (100 ) para la presente convocatoria.
• Cuando no se presenten los documentos requeridos para la asignación de puntaje o no se diligencien los anexos de este documento, cuando corresponda.
• Cuando el oferente condicione su oferta, de modo que no se garantice el cumplimiento de la
totalidad de las obligaciones, en los precisos términos señalados en este documento.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros, en caso de ser proponente plural, presente más de una propuesta.
• En el caso en que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal no cumplan con las políticas
establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A en materia de verificación SARLAFT.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros figure reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.
• Cuando el proponente o uno de sus miembros se encuentre reportado en el sistema de antecedentes de la
Procuraduría General de la Nación o Personería Distrital.
• Las demás que se señalen en este documento, sus anexos o sus modificaciones.
CAPITULO IV
4. CRITERIOS DE SELECCIÓN.
4.1. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO.
El cumplimiento de los requisitos jurídicos NO otorga puntaje alguno, pero serán objeto de verificación como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección.
4.1.1. ACREDITACIÓN EXISTENCIA, REPRESENTACIÓN LEGAL Y EXPERIENCIA.
Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar un copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza del proponente, dentro del mes anterior al cierre del proceso, donde conste quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras.
En los referidos documentos debe constar:
I. que la sociedad fue constituida hace por lo menos un (1) año.
II. que el objeto social le permite ser proponente o miembro de un proponente en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en los presentes términos de referencia.
III. que el representante legal cuenta con la capacidad para presentar la propuesta respectiva y celebrar y ejecutar los contratos que se deriven del proceso de selección.
IV. que la duración de la sociedad es igual o superior al término de cinco (5) años contados desde la fecha prevista para el cierre del proceso.
En el evento que en el contenido del certificado expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, se haga la remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades del representante legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica para participar en este proceso de selección y suscribir los contratos a que haya lugar, en caso de resultar seleccionado.
Si la propuesta es presentada por el representante legal de una sucursal, deberá anexar los certificados tanto de la sucursal como de la casa principal.
Para todos los efectos, las ofertas de compañías extranjeras sin SUCURSAL en Colombia, se someterán a las leyes colombianas sin perjuicio de lo cual deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Acreditar su existencia y representación legal para lo cual deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el que conste su existencia, objeto, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tenga la capacidad para comprometerla jurídicamente, así como sus facultades señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para presentar la oferta. Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado mencionado, o si este tipo de certificados no existieren, de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen, la información deberá presentarse en documento independiente emitido por un representante autorizado de la persona jurídica y avalado por una autoridad competente del país de origen o en su defecto por el Cónsul colombiano, con facultades para el efecto, según sea el caso, con fecha de expedición dentro de los treinta (30) días calendarios previos a la fecha de cierre. Estos documentos se entenderán otorgados bajo la gravedad del juramento.
Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la oferta, firmar la garantía de seriedad de la oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato a que haya lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con lo previsto en los presentes términos de referencia.
Los documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya deberán presentarlos con la Apostilla de La Haya que pondrán las autoridades competentes de cada país.
Los documentos expedidos en el resto de países deberán legalizarse por vía diplomática (Consularización). En general en estos casos se aplicará lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio y demás normas concordantes.
En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos numerales precedentes, según corresponda.
Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el original del certificado de existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas que lo conforman, expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del proponente, dentro del mes anterior al cierre del proceso, y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, y documento de constitución del consorcio o la unión temporal.
Cada miembro del consorcio o unión temporal que sea persona jurídica deberá cumplir con las condiciones establecidas en este numeral. Sin embargo, el requisito de que la sociedad haya sido constituida hace por lo menos un (1) año se exigirá solo a los miembros del proponente plural que acrediten experiencia para efectos de dar cumplimiento al requisito mínimo habilitante respectivo, no se exigirá este término de antigüedad para quienes no aporten certificaciones de experiencia. En consecuencia, si uno de los miembros del proponente, no cuenta por lo menos con un (1) año de antigüedad, la experiencia que éste presente no será contabilizada por el evaluador, pero su participación en el consorcio o unión temporal será aceptada.
En el caso de las personas naturales que se presenten como proponentes o como miembros de una unión temporal y en este último caso aporten certificaciones de experiencia, deberán manifestar expresamente que ejercen las actividades de diseño y construcción de obras de urbanismo desde hace por lo menos cinco (5) años. El evaluador podrá solicitar documentos que soporten la mencionada manifestación.
En todo caso el oferente deberá acreditar la capacidad para presentar la oferta allegando los certificados de suficiencia respectivos, suministrar la información que le sea solicitada, y realizar los demás actos necesarios de acuerdo con lo previsto en la presente convocatoria.
4.1.2. OBJETO SOCIAL.
El objeto social del proponente, debe contemplar o permitir la realización de interventorías a los contratos mediante los cuales se realicen estudios, diseños y construcción de obras de urbanismo.
Para el caso en que los proponentes sean consorcios o uniones temporales, el objeto social de sus miembros podrá contemplar la realización de consultoría y/o interventoría a los contratos de estudios y diseños y construcción de obras de urbanismo, sin embargo, en este caso, la participación del o los miembros que tengan en su objeto social la realización de interventorías al diseño y construcción de obras de urbanismo, deberán tener una participación igual o superior al cincuenta por ciento (50 ) en el consorcio o unión temporal.
4.1.3 .CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL REVISOR FISCAL O POR EL REPRESENTANTE LEGAL SOBRE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL.
Esta certificación es a la que hace referencia el numeral 3.2.10 de este documento.
4.1.4. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
Cuando la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá presentar, según el caso, los documentos que correspondan a su naturaleza, persona natural o jurídica. Adicionalmente, deberán aportar el documento de constitución suscrito por sus integrantes, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, además de lo siguiente:
• Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal y expresar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
• El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá permitir la presentación de la propuesta, y la
suscripción, ejecución y liquidación de los contratos a que haya lugar en caso de resultar seleccionado.
• Identificar cada uno de sus integrantes, señalando como mínimo su nombre, razón social o denominación social, tipo y número del documento de identidad y domicilio.
• Designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal. Deberán
constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al proceso de selección y las de celebrar, modificar y liquidar el(los) contrato(s) a que haya lugar, en caso de resultar seleccionado, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios; igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
• Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
• El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la
representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y de los contratos resultantes en caso de ser seleccionados.
Nota: Todas las obligaciones que se deriven de la propuesta y de los contratos que se deban suscribir serán asumidas en forma solidaria por todos los miembros del consorcio o unión temporal, lo cual deberá manifestarse expresamente en el documento de constitución del consorcio o unión temporal.
4.2. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER FINANCIERO.
4.2.1. CUMPLIMIENTO DE LOS INDICADORES FINANCIEROS:
La verificación de cumplimiento de la Capacidad Financiera no tiene ponderación; se estudiará la información Financiera al momento de la presentación de la propuesta y antes de efectuar la evaluación económica, con el fin de poder verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de Liquidez, Endeudamiento, cobertura de intereses y Capital de Trabajo exigidos en el presente documento.
La verificación de la capacidad financiera se realizará con base en la información registrada en los estados financieros (Balance general y Estado de Resultados) con corte a 31 de diciembre de 2014, o en el Registro Único de Proponentes.
4.2.2. CRITERIOS.
La verificación de la capacidad financiera se realizará con base en las cifras reflejadas en los estados financieros los cuales deben estar acompañados de las respectivas notas. El cumplimiento consistirá en determinar si el proponente (sea persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal) cumple los requisitos mínimos financieros que se han estimado suficientes para minimizar el riesgo durante el desarrollo y ejecución del contrato, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
4.2.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA.
Teniendo en cuenta que se debe asegurar que las empresas o personas naturales prestadoras del servicio tengan la capacidad para responder a las obligaciones derivadas del contrato, se fijaron los siguientes indicadores como requisitos habilitantes con los cuales se medirá la capacidad financiera:
• Índice de Endeudamiento: El índice de endeudamiento es el porcentaje que resulta de dividir el pasivo total por el activo total. Máximo 70 .
• Índice de Liquidez: El índice de liquidez es la razón que resulta de dividir el activo corriente por el pasivo corriente. Mínimo 1,50 .
• Razón de Cobertura de Intereses: La cobertura de intereses se entiende como la utilidad operacional sobre los
gastos de intereses. Las empresas cuya utilidad operacional sea positiva, quedan habilitadas respecto a este indicador. Las empresas que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, no cumplirán con el indicador solicitado.
• Capital de Trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente Igual o Superior al 30 del Presupuesto Oficial.
No | INDICADOR | CONDICIÓN | CALIFICACIÓN | FÓRMULA |
1 | ÍNDICE DE LIQUIDEZ Y SOLVENCIA (IL) | Mayor o igual a 1,50 | CUMPLE | Activo Corriente / Pasivo Corriente |
2 | NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE) | Menor o = 70 | CUMPLE | Pasivo Total /Activo Total |
3 | COBERTURA DE INTERESES | Positiva | CUMPLE | Utilidad operacional / Gastos de intereses |
4 | CAPITAL DE TRABAJO (KT) | Igual o mayor a 30 del Valor total del presupuesto estimado | CUMPLE | Capital de Trabajo= Activos corriente – Pasivos Corrientes. |
4.2.2.2. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
• Utilidad Operacional sobre el activo= Utilidad operacional / Activo Total = Mayor o igual a 5
• Utilidad Operacional sobre patrimonio= Utilidad operacional / Patrimonio = Mayor o igual a 5
Para el caso de consorcios y uniones temporales, interesadas en participar en el proceso, cada uno de los integrantes deberá anexar los Estados financieros a 31 de Diciembre de 2014 o el Registro Único de Proponentes, RUP de cada uno de sus integrantes.
Para efectos del cálculo de los índices a evaluar, se tendrán en cuenta los porcentajes de participación de cada uno de los miembros que conforman el consorcio o unión temporal.
La propuesta será aceptada siempre que al aplicar cada uno de los indicadores anteriormente enunciados, su resultado cumpla la condición de aceptada.
Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera será considerada como NO HABILITADA, por lo tanto no continúa en el proceso de selección.
En caso de propuestas presentadas por consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes deberá aportar el RUT.
4.2.3 DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS
El proponente, y cada uno de sus integrantes, en caso de ser uniones temporales y/o consorcios, deberán entregar en original, la declaración de origen de fondos, diligenciada en el formato del Anexo No. 2 de este documento. La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, podrá solicitar información o documentación adicional si no resultan satisfactorios los documentos remitidos, relativos a la financiación del Proyecto. En el caso en que la información solicitada por el convocante no sea remitida en las condiciones y términos señalados, se rechazará la propuesta.
4.2.4 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO – SARLAFT
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A verificará que el proponente, cada uno de sus miembros y su representante legal cumplan con el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo– SARLAFT, establecido por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A, para lo cual el proponente, con la suscripción de la Carta de Presentación de la Propuesta se obliga expresamente a entregar a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A la información veraz y verificable que ésta le exija para el cumplimiento de la normatividad relacionada con prevención y control xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo, y autoriza a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A .para realizar esta verificación.
En el caso en que el proponente, alguno de sus miembros o su representante legal no cumplan con las políticas establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A en materia de verificación SARLAFT la propuesta será rechazada.
4.2.5 INFORMACIÓN DE CARÁCTER FINANCIERO
Si el proponente o integrante del consorcio o unión temporal es persona natural o jurídica, deberá anexar la siguiente información de carácter financiero:
• Balance General y Estado de Resultados año 2014 con las correspondientes notas a los Estados Financieros debidamente certificados por el contador y dictaminados por el revisor fiscal si a él hay lugar según lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990.
• Los Estados Financieros deben estar firmados por un contador público. Este debe adjuntar copia de la tarjeta profesional y certificado expedido por la Junta Central de Contadores vigente a la fecha de cierre del proceso.
• Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
• Fotocopia de la tarjeta profesional (por ambas caras) del revisor fiscal si el oferente está obligado a tenerlo y certificado de antecedentes disciplinario expedido por la Junta Central de Contadores vigente a la fecha de cierre del proceso.
4.3. REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO.
4.3.1 REQUISITOS TÉCNICOS DEL PROPONENTE
4.3.1.1. REQUISITO HABILITANTE - EXPERIENCIA ESPECÍFICA:
La verificación de la Experiencia se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el Anexo No. 4 y en los respectivos soportes de la información; por lo tanto, el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos de soporte.
Por lo tanto, para efectos de la verificación de la experiencia, se realizará en base a las certificaciones correspondientes aportadas por el proponente, o en el caso de poseer Registro Único de Proponentes -RUP el oferente podrá allegar el RUP e indicar en el Anexo No. 4. que contratos reportados en el RUP pretende hacer valer.
Los proponentes que deseen participar en el presente proceso de selección deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos de experiencia especifica en la ejecución de:
• Dos (2) contratos de consultoría y/o interventoría en estudios técnicos de proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales de obra nueva (Los estudios técnicos deben tener como objeto y/o alcance diseño estructural, diseño urbanístico, diseño eléctrico y de comunicaciones, diseño hidráulico, sanitario y de gas, y estudio de suelos).
• Un (1) contrato de consultoría y/o interventoría en estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa de proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales de obra nueva
El proponente deberá acreditar como mínimo experiencia específica en la ejecución de contratos cuyo objeto y/o alcance correspondan a proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales de obra nueva, contratos cuya suma o valor en SMMLV sea mayor o igual a 150 SMMLV. Dichos contratos que deben haberse ejecutado en su totalidad y que deberán acreditarse mediante la presentación de certificaciones o constancias expedidas por la Entidad o cliente respectivo. Estos contratos deben haber sido ejecutados dentro de los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria. Los proyectos, para los cuales se haya realizado los mencionados contratos de consultoría deben haber sido construidos y terminados a la fecha de cierre del presente proceso.
SI NO SE ACREDITA LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA SOLICITADA, LA PROPUESTA SERÁ EVALUADA COMO QUE NO CUMPLE TÉCNICAMENTE.
El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas cumpliendo con los requisitos establecidos en el termino de referencia. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo del informe final o del acta de recibo final por el contratante o su representante, la de terminación del contrato o la que consta en la certificación.
Para soportar la experiencia acreditada requerida y las condiciones mínimas señaladas anteriormente, el proponente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el supervisor del contrato que contenga, como mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la empresa Contratante
• Nombre del Contratista
• Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del proponente individual o del integrante del proponente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.
• Número del contrato u orden (si tiene).
• Objeto del contrato u orden.
• Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
• Xxxxx ejecutado del contrato que se pretende acreditar.
• Lugar de ejecución.
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
• Nombre y firma de quien expide la certificación.
• Constancia de recibo del informe final o del acta de recibo final o de terminación del contrato, con indicación de la fecha correspondiente y de la satisfacción del contratante frente al contrato ejecutado.
Los documentos que se aceptarán como soporte para que un proponente certifique su experiencia son:
• Copia de los contratos y copia del acta de liquidación (ambos documentos)
• Certificación expedida por el contratante en la que consten los aspectos mínimos requeridos para acreditar la experiencia del contrato, que fue o ha sido efectivamente ejecutado.
Cada certificación de contrato u orden se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos u órdenes adicionales al principal, el tiempo y/o el valor adicional se sumará al del contrato principal, quedando esta como una sola certificación.
Cuando exista diferencia entre la información relacionada por el proponente (documento que es de libre presentación siempre y cuando este consignada toda la información que permita evidenciar los criterios que se evaluarán) y la
consagrada en los soportes presentados, o el documento no incluya información de la cual se aportó el soporte, prevalecerá la información de los soportes.
Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
Igualmente, el proponente podrá presentar como documentos adicionales para acreditar la experiencia requerida, las actas de entrega, y demás documentos que permitan a la entidad obtener la información en las condiciones solicitadas en este numeral.
En caso de que el proponente no pueda obtener la respectiva certificación podrá acreditar la experiencia exigida con los documentos que permitan inferir la información solicitada, tales como actas de pago, actas de obra, actas de recibo parcial, entre otros.
Si el proponente es un Consorcio o una Unión Temporal, se tendrán en cuenta las certificaciones o documentos aportados por todos los integrantes o por uno o más de los miembros del Consorcio o Unión Temporal. La Experiencia Total del consorcio o unión temporal representada en tiempo y en valor será la suma de la experiencia que aporte cada uno de sus integrantes. Cuando se haga referencia a un contrato ejecutado como Consorcio o Unión Temporal, se deberá indicar la participación de cada uno de sus integrantes, la experiencia en valor se determinará en proporción al porcentaje de su participación en el consorcio o unión temporal, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones. Para efectos de la evaluación de la experiencia se examinará la conformación del consorcio o la unión temporal (porcentajes) y las actividades que cada consorciado ejecutó durante el contrato acreditado.
Cada uno de los contratos, deberán referirse a contratos suscritos y terminados durante los últimos diez (10) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
Los contratos que no cumplan la condición del objeto y/o alcance de acuerdo a los términos de referencia, el valor ejecutado y/o no estén dentro del periodo anteriormente mencionados no se tendrán en cuenta para acreditar experiencia.
4.3.1.2.EXPERIENCIA PERSONAL
La siguiente es la planta y la experiencia del personal de interventoría técnica mínimo requerido. Sin embargo el proponente se obliga a disponer del equipo de trabajo necesario para le ejecución del objeto contratado conforme los requerimientos específicos de este pliego de condiciones.
Cargo | Requisitos Mínimos |
Director de Interventoria | Profesión: Arquitecto o Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialización o maestría en urbanismo o planeamiento urbano o en cualquier área relacionada con la arquitectura, urbanismo o planeamiento urbano. Experiencia General : No menor xx xxxx (10) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En dirección, coordinación o gerencia o interventoría en diseño de Proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. |
Ingeniero Estructural | Profesión: Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialista en estructuras Experiencia General : No menor de ocho (8) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En diseño o interventoría de estudios de estructuras para Proyectos de |
vivienda, VIS o VIP y/o institucionales o dotacionales. | |
Ingeniero Suelos | Profesión: Ingeniero Civil Título de Posgrado: Especialista en Geotecnia Experiencia General : No menor de ocho (8) años Experiencia Específica: No menor de tres (3) años En la elaboración o interventoría de estudios de Suelos para Proyectos de vivienda, VIS o VIP y/o institucionales o dotacionales. |
4.4 PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO.
Los proponentes que resultaron no habilitados, podrán subsanar la falta de documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este documento, siempre y cuando haya previo requerimiento escrito de parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y se trate de requisitos o factores que no constituyan temas de comparación o evaluación de sus propuestas, o factores de calificación.
Los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta inicial, ni relacionados con los factores de asignación de puntaje y en todo caso, no podrán modificar o mejorar sus propuestas.
4.5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se calificarán los oferentes que hayan resultado Admisibles en todos los requisitos habilitantes, se realizará la calificación de las mismas, teniendo en cuenta los criterios de evaluación que se establecen en el presente capítulo, solicitando las aclaraciones que considere pertinentes, las cuales serán resueltas por el proponente dentro del término fijado en la solicitud; de lo contrario, dicha información se tendrá por no presentada y la propuesta será rechazada.
En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuenta para la calificación, aquella que esté demostrada.
Se evaluará la propuesta técnica conforme a los siguientes criterios:
Cuadro General
Criterio de Asignación | Puntaje |
Experiencia específica del proponente | 400 Puntos |
Equipo de trabajo | 400 Puntos |
Puntaje máximo posible | 800 Puntos |
4.5.1 CRITERIOS DE ASIGNACIÓN
4.5.1.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
La verificación de la Experiencia Total se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el Anexo No. 5 y en los respectivos soportes de la información. El proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos de soporte.
Para soportar la experiencia acreditada requerida y las condiciones mínimas señaladas anteriormente, el proponente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el supervisor del contrato que contenga, como mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la empresa Contratante
• Nombre del Contratista
• Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del proponente individual o del integrante del proponente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.
• Número del contrato u orden (si tiene)
• Objeto del contrato u orden
• Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
• Xxxxx ejecutado del contrato que se pretende acreditar.
• Lugar de ejecución.
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
• Nombre y firma de quien expide la certificación.
• Número total de Metros cuadrados diseñados o ejecutados.
• Constancia de recibo del informe final o del acta de recibo final o de terminación del contrato, con indicación de la fecha correspondiente y de la satisfacción del contratante frente al contrato ejecutado.
• En caso que la certificación no contenga toda la información solicitada se debe adjuntar copia de contrato y del
acta de liquidación.
PONDERACIÓN EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Se asignarán hasta un máximo de 400 puntos de la siguiente forma:
Concepto | Requisitos | Puntaje |
El puntaje de 200 puntos a quien certifique el mayor número de metros cuadrados en la elaboración de estudios técnicos o interventoria de diseños y estudios técnicos. Máximo cinco (5) contratos ejecutados en los últimos diez (10) años. A los demás proponentes se asignaran puntajes de la siguiente manera Segundo - 150 puntos Tercero - 100puntos Y así sucesivamente con diferencia de 20 puntos, de acuerdo al área certificada. | Contratos de consultoría y/o interventoría en estudios técnicos para proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. Los estudios técnicos deben tener como objeto y/o alcance diseño es- tructural, diseño urbanístico, diseño eléctrico y de comunicaciones, dise- xx xxxxxxxxxx, xxxxxxxxx x xx xxx, x xxxxxxx xx xxxxxx) | 000 |
El puntaje de 200 puntos a quien certifique el mayor número de metros cuadrados en la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II, o interventoria en la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales; y que por lo menos uno incluya la aprobación por parte de la entidad competente. Máximo cinco (5) contratos ejecutados en los últimos diez (10) años. A los demás proponentes se asignaran puntajes de la siguiente manera Segundo - 150puntos Tercero - 100 puntos Yasísucesivamentecondiferenciade20puntos,de acuerdoal áreacertificada. | Contratos de consultoría y/o interventoría en la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II, o interventoria en la elaboración de estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción en masa – FASE II para proyectos de vivienda y/o institucionales y/o dotacionales. | 200 |
Puntajemáximoposible | 400 |
4.5.1.2. EQUIPO DE TRABAJO
La verificación de la Experiencia acreditada se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el ANEXO No. 6 y en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo. En dicho formato el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos soporte.
Se asignarán hasta un máximo de 400. La ponderación de la experiencia se calificará de la siguiente forma: DIRECTOR DE INTERVENTORIA: Se asignarán hasta un máximo de 160 puntos de la siguiente forma:
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre DIEZ(10) años y DOCE (12) años | 25puntos |
Experiencia profesional general entre DOCE (12) años y CATORCE (14) años. | 50Puntos |
Experiencia profesional general mayor a CATORCE (14) años. | 60Puntos |
Experiencia Específica Como Director Y/O coordinador de Proyectos o gerente en Proyectosde diseño o interventoría de diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales. | |
Experiencia Específica de TRES (3) años | 50puntos |
Experiencia Específica entre CUATRO (4) años y CINCO (5) años | 75Puntos |
Experiencia Especifica mayor a CINCO(5) años. | 100Puntos |
INGENIERO ESTRUCTURAL: Se asignarán hasta un máximo de 120 puntos de la siguiente forma:
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ (10) años | 20puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE(12) años. | 30Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 40Puntos |
Experiencia especifica como diseñador estructural o interventor de diseño estructural en Proyectos de vivienda y/o institucionales o dotacionales. | |
Experiencia Específica de TRES (3) años | 50puntos |
Experiencia Específica entre CUATRO (4) años y CINCO (5) años | 75Puntos |
Experiencia Especifica mayor a CINCO(5) años. | 80Puntos |
INGENIERO DE SUELOS: Se asignarán hasta un máximo de 120 puntos de la siguiente forma:
Experiencia General | |
Experiencia profesional general entre OCHO (8) años y DIEZ( 10) años | 20puntos |
Experiencia profesional general entre DIEZ (10) años y DOCE (12) años. | 30Puntos |
Experiencia profesional general mayor a DOCE (12) años. | 40Puntos |
Experiencia especifica como Ingeniero de Suelos en Proyectos de vivienda y/o institucionales o dotacionales. | |
Experiencia Específica de TRES (3) años | 50puntos |
Experiencia Específica entre CUATRO (4) años y CINCO (5) años | 75Puntos |
Experiencia Especifica mayor a CINCO(5) años. | 80Puntos |
PARA TENER EN CUENTA:
• Experiencia general, es el tiempo transcurrido y debidamente certificado a partir de la fecha de la expedición de la matrícula profesional. La experiencia general deberá ser acreditada mediante certificados que acrediten la experiencia requerida.
• Experiencia específica, se determina como la práctica adquirida en el ejercicio de las funciones de un cargo en particular o en una determinada área de trabajo o área de la profesión, a partir de la fecha de la expedición de la matrícula profesional. La experiencia específica deberá ser acreditada mediante certificados que acrediten la experiencia requerida.
La experiencia requerida se deberá acreditar mediante certificaciones de contratos laborales, de consultoría o de prestación de servicios profesionales, expedidos por los respectivos contratantes públicos o privados, las cuales deberán ser debidamente relacionada en el Anexo No. 6 y deben contener como mínimo la siguiente información:
• Fechas (día, mes y año) de inicio y de terminación del contrato.
• Relación de las funciones y actividades desarrolladas por el interesado donde se establezca que desarrolló las actividades específicas acorde con la experiencia requerida en el cuadro anterior.
• Nombre de la persona natural o jurídica contratante.
• Nombre de la persona que suscribe la certificación, dirección y número telefónico donde pueda ser contactado para la respectiva verificación.
• La firma de quien suscribe la certificación y la indicación de la calidad en que lo hace.
• No se contabilizarán los días, meses y años laborados cuyos tiempos se sobrepongan en una o más certificaciones laborales anexas.
• Para acreditar la experiencia laboral o profesional, no se admitirán documentos tales como recibos de pagos de salarios o de honorarios, actas de inicio, liquidaciones de prestaciones, declaraciones extra juicio y, en general, documentos diferentes a las certificaciones aquí exigidas.
• La experiencia específica que no esté debidamente certificada no será tenida en cuenta dentro del proceso de ponderación.
4.5.1.3. ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Una vez realizada la verificación y evaluación de las propuestas, con las ofertas habilitadas, el Comité Evaluador designado elaborará un orden de elegibilidad, de acuerdo con los puntajes totales obtenidos, el cual se conformará en orden descendente de mayor a menor puntaje. Las propuestas que hayan sido rechazadas no se incluirán en el orden de elegibilidad.
4.5.1.4. CRITERIOS DE DESEMPATE
En el evento en que las propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento:
• Si hay propuestas de proponentes nacionales y extranjeros que no hayan acreditado la reciprocidad conforme a la normatividad aplicable, se adjudicará a la presentada por el PROPONENTE nacional.
• Si continúa el empate, se adjudicará el Contrato al PROPONENTE que haya certificado el mayor área en
Proyectos o interventoría de diseño de vivienda y/o institucionales o dotacionales.
• Si continua el empate, se adjudicará a la propuesta económica más favorable para el CONTRATANTE.
• Si continua el empate, se adjudicará al que resulte ganador del sorteo que mediante balota se haga pro parte de la FIDUCIARIA.
4.5.1.5. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE CUANDO EXISTA UNA SOLA PROPUESTA HÁBIL.
Se podrá adjudicar el contrato con sólo una propuesta habilitada, siempre y cuando sea favorable para la Entidad.
En caso de existir una sola propuesta hábil, se asignará el máximo puntaje en aquellos factores y subfactores que requieran comparaciones con los de otras propuestas.
4.5.2. FACTOR ECONÓMICO.
La oferta deberá venir firmada por el Representante Legal del oferente.
Teniendo en cuenta que el contrato se ejecutará por la modalidad de precio unitario fijo sin fórmulas de reajuste, el oferente al elaborar la oferta económica deberá tener en cuenta los cambios que se puedan presentar tanto en los valores de mano de obra como de materiales por el cambio de año.
El valor TOTAL propuesto no podrá ser mayor al 100 del presupuesto estimado para la presente convocatoria. En caso que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta.
Los valores unitarios, deberán ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto. Si la cifra decimal del peso es igual o superior a cinco (5) se ajustará a la unidad de pesos inmediatamente siguiente. Si la cifra decimal del peso es menor a cinco (5) se ajustará la cifra suprimiendo el decimal.
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución DEL CONTRATOS, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos y administrativos que se requieran.
4.5.2.1. VALOR TOTAL DE LA OFERTA.
La propuesta económica debe presentarse en medio escrito y magnético con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana. El oferente deberá ajustar al peso los precios ofertados, en caso contrario, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. aproximará los precios, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. En todo caso los valores de los precios propuestos y corregidos no podrán exceder el valor de los respectivos precios oficiales ni ser inferiores al
90 de los mismos.
La oferta económica contemplará todos los costos directos, indirectos, impuestos, tasas y contribuciones y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato resultado del presente proceso, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas.
El (los) precio (s) ofertado (s), no estará sujeto a ajuste alguno, razón por la cual, el proponente deberá prever en su oferta que tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la ejecución del contrato por cambio de año.
Se verificará que el precio de la oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan:
Que el precio total de la oferta presentada no sea mayor al 100 del valor del presupuesto, si no cumple lo anterior, la propuesta será rechazada y como consecuencia de lo anterior no será considerada para ningún efecto en la evaluación económica.
CAPITULO V.
5. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
5.1. PARTES DE LOS CONTRATOS Y PLAZO DE SUSCRIPCIÓN
Teniendo en cuenta que, el inmueble en que se desarrollará el objeto del contrato resultante de la presente convocatoria, serán transferidos por METROVIVIENDA al PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a través de su administrador la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., quien suscribirá el referido contrato.
En el momento de la firma del contrato, el proponente deberá cumplir con los requisitos, diligenciar los formatos establecidos por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y aportar toda la documentación que se requiera por parte de la mencionada Fiduciaria, para su correspondiente vinculación. En el evento en que el proponente adjudicatario no cumpla con esta obligación, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. tendrá la facultad de abstenerse de suscribir el correspondiente contrato objeto del presente proceso de selección y procederá a su adjudicación al proponente que resulte como segundo en la evaluación de las propuestas. Lo anterior en observancia de las estipulaciones de las Circulares Externas números 007 de 1996, 046 de 2002, 061 de 2007 y 062 de 2007 expedidas por la Superintendencia Financiera y aquellas que la modifiquen, sustituyen o adicionen.
Las garantías solicitadas por el contratante al proponente adjudicatario deberán aportarse a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato. No se entenderá legalizado el contrato hasta que se aprueben esas garantías por parte de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y METROVIVIENDA.
5.2. VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución es de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
5.3. VALOR DEL CONTRATO
El valor ofrecido será el único a tener en cuenta para efectos del pago de todas las obligaciones contenidas en el contrato. No se pagarán sumas adicionales por ninguna actividad relativa a la ejecución integral del Proyecto.
5.4. OBLIGACIONES DEL PROPONENTE ADJUDICATARIO EN EL CONTRATO
TECNICAS
• Verificar el alcance del contrato de consultoría, revisar, verificar, validar y aprobar todos los estudios y diseños realizados por el contratista.
• Aprobar el cronograma de ejecución del contrato que entregue el contratista para el desarrollo del
contrato.
• Estudiar la normatividad Nacional y Distrital vigente que aplica para la consultoría a desarrollar y verificar que sea cumplida en los diseños, estudios y especificaciones técnicas, planos, memorias de calculo y en general en toda la información referente al objeto contractual del contrato de consultoría. Una vez realizado este estudio, si es del caso, el interventor presentará y propondrá las recomendaciones que considere pertinentes.
• Verificar y asegurarse, en toda la información referente al contrato, de la correcta coordinación, correlación y coherencia técnica entre el diseño y cada uno de los estudios técnicos correspondientes.
• Verificar que el contratista realice oportunamente la gestión necesaria para la obtención de aprobaciones
y permisos de los estudios técnicos por parte de las Empresas de Servicios Públicos u otras Entidades del orden Nacional y Distrital.
• Coordinar todas las acciones que deban ser desarrolladas para la correcta ejecución del contrato de consultoría.
• Exigir el cumplimiento por parte de la consultoría de la entrega pactada de los productos establecidos en
el contrato velando por su calidad y por el cumplimiento de la normatividad vigente. Para el efecto el interventor podrá rechazar los productos que no cumplan con dicha normatividad
• Estudiar los términos de condiciones del proceso de selección que precedieron a la suscripción del contrato de consultoría, la propuesta seleccionada y las condiciones contractuales pactadas.
• Exigir al contratista la disponibilidad de recursos de personal de acuerdo con los términos de condiciones
respectivo, la propuesta presentada y el contrato suscrito.
• Estudiar y conceptuar acerca de los procedimientos que proponga el contratista para el desarrollo de la consultoría y si fuera el caso propondrá los cambios que considere necesarios o convenientes para el desarrollo del contrato.
• Exigir y verificar la ejecución de acciones correctivas de las actividades indebidamente ejecutadas por parte del contratista.
• Asegurarse que el presupuesto de obra detallado que debe entregar el contratista incluya para cada uno
de los diseños y estudios técnicos de los proyectos, todos los items derivados de los mismos, los respectivos APU´s y que los valores correspondan a precios ciertos y verificables xxx xxxxxxx.
• Verificar la coherencia, coordinación y viabilidad del cronograma de obra estimado que debe entregar el contratista.
ADMINISTRATIVAS
• Informar por escrito de la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito al supervisor inmediatamente tenga conocimiento de ellas siempre que afecten o puedan afectar la adecuada ejecución del contrato y recomendar la actuación que debe proceder.
• Revisar y aprobar de conformidad con las condiciones exigidas en los términos de condiciones del proceso de selección que precedieron a la suscripción del contrato de consultoría, las hojas de vida de vida del personal exigido con sus soportes.
• Asistir a todas las reuniones que se celebren relacionadas con el objeto de la consultoría, elaborar y suscribir las actas correspondientes garantizando que las mismas sean suscritas por todos los asistentes y en las cuales se debe registrar los temas tratados, compromisos adquiridos, decisiones tomadas y demás temas tratados.
• Realizar una reunión semanal a la que deberán asistir el contratista y el supervisor del contrato en la cual se presenten los avances de los diseños arquitectónicos y técnicos.
• Asegurarse que el contratista acate las recomendaciones de diseño que se acuerden con el supervisor
en las citadas reuniones.
• Realizar las reuniones adicionales con el contratista que se consideren necesarias para el seguimiento de los diseños y cumplimiento del cronograma previsto para el desarrollo del contrato.
• Xxxxxxx y aprobar los informes solicitados al consultor.
• La interventoría presentará semanalmente un informe al supervisor del contrato donde se consignen las actividades ejecutadas durante ese periodo y los avances en el desarrollo del contrato de consultoría de diseños.
• La interventoría presentará un informe final al terminar los trabajos sintetizando todas las actividades realizadas asi como el desarrollo y resultados del contrato de consultoría.
5.5. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA COLPATRIA S.A COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
En su calidad de contratante, y una vez suscrito el correspondiente contrato objeto del presente proceso de selección, el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, cuyo vocero y administrador es FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., se obliga, entre otras que se estipulen en el respectivo contrato, a:
Proporcionar la información que requiera el proponente seleccionado para el cumplimiento del objeto del contrato.
• Responder, con cargo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y hasta la concurrencia de los mismos, por las obligaciones a su cargo, para el cumplimiento del objeto del contrato. En caso que los recursos del FIDEICOMISO no fueren suficientes para pagar las obligaciones del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, METROVIVIENDA en su calidad de Fideicomitente gestor, está obligado a asumir liberatoriamente dichas obligaciones.
• Cumplir con los pagos a que tenga derecho el contratista, en virtud de lo estipulado en este documento de selección, y en el correspondiente contrato, con cargo exclusivo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y hasta la concurrencia de los mismos. Todos los pagos a cargo del Contratante, serán efectuados al contratista previa aprobación del Interventor del contrato, y de la persona que ejerza la supervisión técnica designada por METROVIVIENDA.
• Las demás que se hayan pactado en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Inmobiliaria de Urbanismo, Administración y Pago para el PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, celebrado entre METROVIVIENDA y la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y que sean aplicables al presente proceso de selección.
5.6. FORMA DE PAGO
EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA el valor del presente contrato con cargo exclusivo a los recursos del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y hasta la concurrencia de los mismos, así:
• El 20 del valor total del objeto contractual contra entrega al CONTRATANTE de cronograma de actividades y plan de trabajo debidamente aprobado por el supervisor del contrato.
• El 30 del valor total del contrato, contra entrega de anteproyecto completo y aprobado por el supervisor del contrato.
• El 30 del valor total del contrato, contra entrega del proyecto completo y aprobado por el supervisor del contrato.
• El 20 restante del valor total contra entrega final aprobada por el supervisor del contrato.
5.7. GARANTÍAS DEL CONTRATO
Luego de la adjudicación del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato, el contratista deberá constituir a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y METROVIVIENDA las garantías que se pacten en el respectivo contrato, que a manera enunciativa deberán cumplir los siguientes amparos, sin perjuicio de lo que se pacte finalmente entre las partes:
• Cumplimiento General del Contrato: El pago de las multas y la efectividad de la cláusula penal pecuniaria, por un valor equivalente al treinta por ciento (30 ) del valor inicial del contrato, con vigencia por el término del contrato y seis (6) meses más.
• Pago de salarios y prestaciones sociales: Por un valor equivalente al diez por ciento (10 ) del valor inicial del contrato, con vigencia igual a la del mismo y treinta y seis (36) meses más.
• Una vez se haya firmado el acta de iniciación del contrato, el contratista deberá correr la vigencia de la
garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato.
• Calidad del servicio: Una vez se haya firmado el acta de inicio del contrato, el contratista deberá ajustar la vigencia de la garantía única, en todos sus amparos, con relación a la fecha de iniciación del contrato por un valor equivalente al veinte por ciento (20 ) del valor contrato
La FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y METROVIVIENDA aprobarán las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado en el contrato. En caso contrario, las devolverá al proponente adjudicatario para que dentro del plazo que éstos le señalen, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El proponente adjudicatario deberá adjuntar las constancias de pago de las garantías señaladas. El contratista deberá prorrogar la vigencia de la Garantía, en el evento en que se amplíe el término de duración del contrato.
5.8. CAUSAL DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
El contrato que se suscriba entre el Contratante y/o el proponente adjudicatario, se entenderá terminado anticipadamente por parte del Contratante, en cualquier momento, en caso que el contratista, y/o sus miembros, y/o sus representantes legales, no cumplan con las políticas SARLAFT establecidas por la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A.
En este evento, la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., informará de tal situación al COMITÉ FIDUCIARIO, con el fin de que se designe como contratista al proponente que haya ocupado el segundo lugar en el proceso de selección.
Así mismo, el contrato que se suscriba entre el Contratante y/o el proponente adjudicatario, podrá terminarse anticipadamente por parte del Contratante, en caso que resultado del estudio de títulos de los inmuebles sobre los cuales se desarrollarán los Proyectos, no obtenga concepto jurídico favorable por parte de FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., y/o el tercero que sea contratado por esta para tales efectos, de conformidad con lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxx constitutivo de PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, de tal manera que no sea posible la transferencia de los mismos por parte de METROVIVIENDA al referido PATRIMONIO AUTÓNOMO. En este caso EL CONTRATANTE entenderá que se encuentra terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que se genere responsabilidad alguna a cargo de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y/o de PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y/o de METROVIVIENDA, todo lo cual se estipulará en el correspondiente Contrato.
De antemano el Contratante y/o el proponente adjudicatario acepta como una casual de terminación anticipadamente del contrato las mencionadas anteriormente, sin que se genere responsabilidad alguna a cargo de la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A. y/o de PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y/o de METROVIVIENDA,
5.9. ACOMPAÑAMIENTO Y/ O SUPERVISION.
METROVIVIENDA ejercerá el acompañamiento y la coordinación externa requerida para el desarrollo de las actividades necesarias en el cumplimiento del objeto contractual. Esta actividad será ejercida por quien METROVIVIENDA a través de el (la) Director (a) Técnica de Obras.
No obstante lo anterior, el contratista es el obligado a dar estricto cumplimiento al objeto del contrato que se suscriba en virtud del presente proceso de selección.
5.10. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD.
El proponente adjudicatario y los demás proponentes mantendrán indemnes a la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., a EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, y a METROVIVIENDA, en desarrollo de la presente convocatoria, así como en el desarrollo del objeto del contrato a ejecutar.
5.11. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.
En caso de incumplimiento injustificado por parte del contratista, y previa determinación del Comité Fiduciario, el contratista pagará al contratante sin necesidad de requerimiento judicial alguno, una suma equivalente al 20 del valor total del contrato, a título de cláusula penal pecuniaria.
En todo caso, el contratante podrá efectuar reclamación de perjuicios de manera independiente al cobro de la cláusula penal.
El contratista autoriza con la firma del contrato que el valor de la cláusula penal pecuniaria pactada sea descontada de cualquier saldo que tenga a su favor como remuneración por la ejecución del contrato.
5.12. MULTAS.
La Fiduciaria Colpatria S.A, previa determinación por parte del COMITÉ FIDUCIARIO, podrá solicitar la imposición de multas al CONTRATISTA ante la instancia competente hasta por la suma xxx xxxx por ciento (10 ) del valor de este contrato cada vez y en cada caso, cuando este incumpla cualquiera de las obligaciones emanadas del mismo, de los Términos de Referencia y de la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. Serán causales para la solicitud de imposición de multas las siguientes, sin perjuicio de aquellas que podrán incluirse en el respecto contrato:
• El atraso en la presentación de los documentos para iniciar la ejecución del contrato.
• Por xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas.
• Por no presentar informe de actividades dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx.
• Por no atender oportunamente las solicitudes efectuadas por el Comité Fiduciario y/o por
• Metrovivienda.
• Por no efectuar oportunamente el pago de aportes parafiscales
• Por no tener disponible el personal o el equipo ofertado.
• Por no reponer el monto de las garantías como consecuencia de la imposición de las multas o indemnizaciones.
Las multas serán acumulables y se contabilizarán separadamente. Los perjuicios que se causen al PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS, a la Fiduciaria o a Metrovivienda por este aspecto se harán efectivos en forma separada, sin detrimento de la indemnización de perjuicios a que haya lugar y de la cláusula penal pecuniaria.
El valor de las multas podrá ser descontado del valor del contrato sin que éstas puedan exceder del 10 del monto del mismo, conforme a lo ordenando por la instancia competente.
5.13 INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA.
El contratista asume por su cuenta y riesgo todas las obligaciones derivadas de la celebración del contrato y en consecuencia, el contratante y METROVIVIENDA estarán eximidos de obligaciones derivadas de la ejecución del contrato de carácter laboral, fiscal, comercial o de cualquier otra índole.
5.14 GASTOS DEL CONTRATISTA.
Todos los impuestos y/o contribuciones fiscales que se puedan desprender de la celebración, ejecución, terminación y/o liquidación del contrato serán de cargo exclusivo del contratista.
5.15 LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL.
Para efectos del presente proceso de selección y de la ejecución del contrato objeto de la misma, se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
5.16 SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS
Las partes en aras de solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del contrato, podrán acudir a los mecanismos de solución previstos en la ley.
En el caso en que no sea posible solucionar el conflicto, el mismo se pondrá en conocimiento del juez del contrato.
5.17 INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES.
El proponente adjudicatario declarará bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del contrato que no se halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política o en la ley, ni presenta conflicto de interés.
5.18 DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán para todos los efectos parte integrante del contrato y en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales:
1-Los términos de la presente Convocatoria, con sus anexos, oficios aclaratorios y comunicaciones. Las pólizas y sus adicciones, vigencias y actualizaciones.
2-La propuesta del proponente y los documentos adjuntos presentados con la misma, en aquellas partes aceptadas por el convocante.
5.19 NEGATIVA DEL PROPONENTE FAVORECIDO A SUSCRIBIR EL CONTRATO.
Si el proponente seleccionado no suscribe el contrato o no efectúa todos los trámites necesarios para cumplir los requisitos legales para iniciar su ejecución, dentro de los plazos establecidos para tal fin en el presente documento, se podrá seleccionar la propuesta del proponente calificado en el siguiente lugar, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS y se ajuste a lo señalado en el presente documento y sus anexos.
5.20 EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL.
El proponente favorecido ejecutará el Proyecto con plena autonomía técnica, financiera y administrativa, razón por la cual queda entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre el oferente y el personal a su cargo con la FIDUCIARIA COLPATRIA S.A., ni con EL PATRIMONIO AUTÓNOMO SUBORDINADO LOS OLIVOS.
5.21 CESIÓN DEL CONTRATO.
El contratista seleccionado no podrá ceder total y/o parcialmente los derechos y obligaciones derivadas del contrato sin que medie autorización expresa y escrita del Comité Fiduciario de EL PATRIMONIO XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXXXX
XXXXXXXX XX.
0. XXXXXX
XXXXX Xx. 0: Carta de inhabilidades e incompatibilidades ANEXO No. 2: Declaración voluntaria de origen de fondos ANEXO No. 3: Formato. Propuesta Económica
ANEXO No. 4: Formato. Información Experiencia Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx XXXXX Xx. 0: Formato. Experiencia Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx
XXXXX Xx. 0: Formato: Experiencia Especialista
Proyectó: Xxxx Xxxxxxx
Revisó: Xxxxx X Xxxxxxxxx
Xxxxxx X Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx.