REUNIDOS:
“CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE GASOLINERA EN EL CENTRO DE SERVICIOS PARA LOS TRANSPORTISTAS DEL BAJO GUADALENTÍN ( EXPTE 01/11) "
Fecha: … de ……… de ……
REUNIDOS:
De una parte ……………………., con DNI …………. y con el mismo domicilio, a estos efectos, que la sociedad a la que representa.
De otra parte ……………….., con DNI ………………., y con el mismo domicilio de la empresa a la que representa.
INTERVIENEN:
El Sr. …………….. en nombre y representación PROINVITOSA PROMOCIÓN DE SUELO INDUSTRIAL Y VIVIENDA DE TOTANA, S.A. (en
adelante PROINVITOSA), con domicilio en calle Huertos Nuevos, 5, polígono industrial “El Saladar”, Totana y C.I.F A-30308753, Presidente del Consejo de Administración de la misma y facultado para la firma de este contrato por acuerdo de dicho Consejo de Administración de fecha …… de …….. de ,
sociedad municipal constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el 31 de octubre de 1991 ante el Notario con residencia en Totana D. Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx de la Parte, inscrita en el Registro Mercantil de la provincia xx Xxxxxx al tomo 203, folio 137, hoja MU-4145, inscripción 1ª.
El Sr. ………………….., en nombre y representación de la mercantil
………….., (en adelante EL CONTRATISTA) con C.I.F. y con domicilio en
………………………, quien manifiesta hallarse facultado para este acto.
En el concepto en que intervienen, ambas partes acuerdan formalización del presente contrato, al cual sirven de base los siguientes
EXPONEN
I.- Que el Consejo de administración de PROINVITOSA en fecha 8 de octubre de 2011 aprobó el Pliego de Condiciones que el procedimiento abierto y con varios criterios de adjudicación, para la licitación del contrato de servicio especial de "PRESTACIÓN DE SERVICIO DE GASOLINERA EN EL CENTRO DE SERVICIOS PARA LOS TRANSPORTISTAS DEL BAJO GUADALENTÍN”.
II.- Que se ha llevado a cabo la tramitación correspondiente, publicándose anuncio de licitación en fecha en el Perfil del Contratante y en la Plataforma
de Contratación del Estado.
III.- El Consejo de Administración de PROINVITOSA en fecha …………, acordó una propuesta de adjudicación sobre la base del resultado de la valoración de las proposiciones presentadas en la licitación y requiere documentación a
……….., que es el licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, al procedimiento de contratación.
IV.- El Consejo de Administración de PROINVITOSA en fecha , adjudicó
el contrato especial de "PRESTACIÓN DE SERVICIO DE GASOLINERA EN EL CENTRO DE SERVICIOS PARA LOS TRANSPORTISTAS DEL BAJO
GUADALENTÍN”, a la mercantil ………………………
V.- Que el representante legal de …………….., don declara
hallarse vigente el apoderamiento en virtud del cual está facultado para la firma del presente contrato a la fecha de la firma del mismo y se compromete a presentar el correspondiente certificado justificativo de dicho extremo, expedido por el Registro Mercantil de la Provincia de en los diez días siguientes a
la firma de este contrato.
En cumplimiento del anterior acuerdo, ambas partes convienen en la celebración del presente CONTRATO, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- PROINVITOSA adjudica a …………. , que acepta, el contrato de "PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GASOLINERA EN EL CENTRO DE SERVICIOS PARA LOS TRANSPORTISTAS DEL BAJO GUADALENTÍN” (
EXPTE 01/11) ", contrato que habrá de regirse y ejecutarse con estricta sujeción al “Pliego de Condiciones que han de regir en el procedimiento abierto de adjudicación para el contrato de prestación del servicio de gasolinera en el Centro de Servicios para los Transportistas del Bajo Guadalentín” (en adelante Pliego de Condiciones), sobre el cual se ha tramitado el procedimiento de adjudicación de esta contratación, y a la oferta de la adjudicataria. Un ejemplar xxx Xxxxxx de Condiciones y de la oferta del contratista forman parte de este contrato, al que se adjuntan como anexo inseparable y que son suscritos por ambas partes.
La contratista se obliga a contratar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil con un límite mínimo de 300.000,00 € y coberturas de Responsabilidad Civil de Explotación y Patronal.
Se consideran documentos de este contrato y, en consecuencia forman parte del mismo, tanto la referida póliza de seguro de responsabilidad civil como la póliza de seguro que cubra todos los posibles daños a las instalaciones que la contratista se ha obligado a suscribir en virtud de lo establecido en la Condición 10ª, punto 14 xxx Xxxxxx de Condiciones.
SEGUNDA.- El precio que deberá abonar el adjudicatario está constituido por una cantidad fija o canon y otra variable. El canon o cantidad fija a pagar por cada uno de los años de duración del contrato es de ………… ( €) euros y
se hará efectivo, el del primer año a la firma de este contrato y el de los demás años en los diez días siguientes al inicio del cómputo de cada uno de ellos. La cantidad variable a pagar se determinará y se hará efectiva según lo establecido en la Condición 4ª xxx Xxxxxx de Condiciones. A ambas cantidades se les aplicará el IVA correspondiente.
TERCERA.- El plazo de vigencia del contrato es de CUATRO AÑOS, pudiendo prorrogarse por períodos anuales hasta un máximo de seis años de vigencia del contrato, incluidas las prórrogas. Las prórrogas se producirán, en su caso, de común acuerdo entre las partes y de forma expresa, debiendo anunciar previamente cualquiera de las partes el interés en prorrogar el contrato con un mes de antelación a su vencimiento y entendiéndose finalizado y no prorrogado el contrato a la fecha de su vencimiento.
CUARTA.- La ejecución del contrato comenzará con la firma del acta de inicio de la prestación por parte de los representantes de PROINVITOSA y de la adjudicataria, según los plazos establecidos en el Pliego de Condiciones.
QUINTA.- Con carácter previo al otorgamiento del presente contrato, el contratista ha depositado garantía definitiva por importe de euros,
según lo establecido en el Pliego de Condiciones.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
1.- Los derechos y obligaciones dimanantes de este contrato no podrán ser cedidos a terceros por la contratista. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del mismo.
2.- PROINVITOSA podrá resolver el contrato, además de por las causas que se recogen en el Pliego de Condiciones, por los siguientes motivos:
a) Presentación de concurso de acreedores, propuesta anticipada de convenio o disolución de la empresa adjudicataria.
b) El no dar comienzo la contratista a la actividad en el plazo previsto en el pliego de cláusulas.
c) La suspensión de la prestación del servicio, por causas imputables a la contratista, por más de un mes después de iniciada la actividad.
d) El incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones reflejadas en este contrato y documentos anexos.
e) Si del reconocimiento que se haga de las instalaciones a los quince días de haber indicado la necesidad de corregir las insuficiencias observadas en la prestación del servicio, resultase que la contratista no ha cumplido con lo señalado.
f) El abandono de la prestación del servicio por la contratista.
g) El incumplimiento de cualquier otra obligación que por Ley o por disposiciones administrativas, corresponda cumplir a la contratista.
3.- Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y
perjuicios originados a PROINVITOSA, en lo que excedan del importe de la garantía. En este caso también será de aplicación lo establecido en el punto 19 de la condición 10ª.
Para la resolución bastará con la notificación fehaciente a la contratista de tal circunstancia. El acuerdo tendrá efecto ejecutivo y le permitirá a PROINVITOSA hacerse cargo inmediatamente de las instalaciones, cualquiera que fuesen los derechos o acciones que invoque la contratista, y concertar libremente una nueva contratación con otra empresa.
Decidida la resolución del contrato se levantará acta en presencia de la contratista, reflejándose en ella el estado de las instalaciones, las circunstancias que llevan a la resolución y la correspondiente liquidación, en su caso. De no asistir la contratista, el acta se levantará en presencia xx Xxxxxxx el cual dará traslado de la misma a la contratista.
5.- Si la contratista no dejase las instalaciones totalmente libres y expeditas y a disposición de PROINVITOSA en el plazo xx xxxx días naturales a partir de la comunicación de la resolución del contrato, PROINVITOSA podrá disponer libremente de los materiales y/o maquinaria existentes en las instalaciones, sin que tenga derecho aquélla a reclamar cantidad alguna por este concepto, ello sin perjuicio de lo establecido lo establecido en el punto 19 de la condición 10ª.
SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN.
Las partes se someten a los Juzgados de Totana para resolver los litigios que puedan derivarse de la interpretación y el cumplimiento del presente contrato y los anexos que forman parte del mismo.
OCTAVA.- OTRAS NORMAS DE APLICACIÓN.
En todo lo no previsto en este contrato, en el Pliego de Condiciones, cuyas disposiciones forman parte del mismo, y demás documentos del contrato, será de aplicación la Ley de Contratos del Sector Público y, subsidiariamente, la legislación civil o mercantil que resulte de aplicación.
PROINVITOSA LA CONTRATISTA,
Fdo. Fdo.