Conste por el presente Contrato de Suministro que se suscribe al tenor de las siguientes cláusulas:
CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE INTERNET SATELITAL N° ABE-COM
xxx/20xx
Conste por el presente Contrato de Suministro que se suscribe al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. - (PARTES CONTRATANTES)
Intervienen en la suscripción del presente Contrato:
1.1.- La AGENCIA BOLIVIANA ESPACIAL, representada por el señor Director General Ejecutivo, Xxxx Xxxxxxxx Xxxx, con Cédula de Identidad N°0000000 L.P., designado mediante Resolución Suprema N°27299 de 03 de diciembre de 2020, que en lo sucesivo se denominará ABE.
(LLENAR EN CASO DE PERSONA NATURAL)
1.2 El/la Señor/ra/ita , con C.I. _, que en adelante y para efecto del presente contrato en lo sucesivo se denominará USUARIO(A), cuyos datos personales se detallan en el presente contrato mismo que forma parte integrante e inseparable del presente contrato para todos los efectos legales. (LLENAR EN CASO DE PERSONA JURÍDICA)
1.3. La Empresa/Institución legalmente
representada por el Sr.(a) .................... .................... ......................................., en virtud al Poder
Especial ..../....... de fecha......de......................de............, otorgado ante la Notaría de Fe Pública N°.............. a cargo del Dr.(a)................................con C.I. N°. con Matrícula
N°..................... con NIT N°.............................con Domicilio legal
........................................................que en lo sucesivo se denominará USUARIO, cuyos datos se detallan en el presente contrato para todos los efectos legales
A efectos del presente documento se podrá denominar al USUARIO(A) y a ABE, de manera individual como “PARTE”, o “PARTES” cuando la mención relacione a ambas en forma conjunta.CLÁUSULA SEGUNDA.– (ANTECEDENTES).-
El Servicio o los Servicios de Telecomunicaciones que el USUARIO(A) puede solicitar, tiene la siguiente descripción:
Servicio de acceso a internet por satélite: Es el servicio al público de acceso a la red de internet, que se presta a los usuarios(as) a la red pública mediante equipo terminal fijo, con medio de transmisión satelital.
CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO)
La ABE prestará al USUARIO(A) el servicio de acceso a internet por satélite, de conformidad a los términos y condiciones de este contrato y su anexo de acta de entrega de los equipos, en adelante denominado el SERVICIO. El SERVICIO de Telecomunicaciones solicitado y contratado por el USUARIO(A) es el que se encuentra marcado en el siguiente cuadro:
A. Acceso a Internet Ilimitado por satélite | |
B. Acceso a Internet por volumen por satélite |
CLÁUSULA CUARTA. - (TÉRMINOS Y CONDICIONES)
El SERVICIO contratado por el USUARIO(A), señalado en la cláusula anterior, se someterá a los “Términos y Condiciones” que el USUARIO(A) declara conocer y que forman parte integrante, indivisible e inseparable del presente Contrato para todos los efectos legales. Dicho documento de Términos y Condiciones, se encuentra publicado en el sitio web de la ABE, xxx.xxx.xx, a disposición del USUARIO(A).
CLÁUSULA QUINTA. - (PLAZO DEL CONTRATO, VIGENCIA Y PRORROGA)
La vigencia del presente contrato será de 12 meses contados a partir del inicio efectivo del SERVICIO y permanecerá vigente mientras el suministro del servicio continúe. El USUARIO(A) podrá solicitar
la terminación del contrato, con la simple notificación de su intención, considerando una anticipación mínima de quince (15) días. El USUARIO(A) deberá devolver, en el sitio establecido por la ABE, todo equipo propiedad de la ABE en poder del USUARIO(A) y/o cubrir los costos de desinstalación y traslado de los mismos, caso contrario la ABE podrá sumar a la cuenta del USUARIO(A) el monto equivalente del equipo. Asimismo, en caso de que el equipo devuelto estuviere defectuoso, la ABE podrá cargar el valor del mismo a cuenta del USUARIO(A). Al cumplimiento de este plazo, cesarán los derechos y obligaciones de las PARTES en relación con los servicios contratados. La última factura emitida al USUARIO(A) incluirá la conciliación final de saldos deudores a fin de cerrar definitivamente la relación comercial.
CLÁUSULA SEXTA - (MODIFICACIONES EN LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO)
Las modificaciones en las características del servicio serán gestionadas a solicitud del USUARIO(A) y aceptadas por la ABE, las mismas entrarán en vigencia en la fecha de su ejecución. El USUARIO(A) podrá realizar dichas modificaciones mediante nota escrita, formulario, llamada telefónica, por correo electrónico o por cualquier otro medio que ABE ponga a disposición del USUARIO(A). Dicha solicitud de modificación formará parte integrante, indivisible e inseparable del presente Contrato para todos los efectos legales.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - (EQUIPOS PROPORCIONADOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO)
En el marco de este contrato, la ABE proporciona al USUARIO(A) los equipos descritos en el ACTA DE ENTREGA, los que serán usados exclusivamente para la prestación del servicio contratado. Estos bienes son entregados por el tiempo de duración del contrato en calidad de comodato, siendo el USUARIO(A) el responsable de su conservación y custodia. Una vez que se produzca la resolución del contrato, el USUARIO(A) deberá proceder a la devolución de los equipos proporcionados, en condiciones similares a las de su recepción inicial, salvo el desgaste natural por su uso, debiendo cubrir los costos de desinstalación y traslado de los mismos.
En caso que los equipos presenten daños o fallas que sean atribuibles al USUARIO(A), ya sean estos causados accidentalmente o por negligencia, impericia, falla técnica, falta de protección ante descarga eléctrica o cualquier otra razón atribuible, el costo del reemplazo será cubierto por el USUARIO(A). El equipo que necesite ser reemplazado, deberá ser entregado en el sitio establecido por la ABE. En caso de que sea necesario que personal técnico visite el sitio de instalación, debido a las razones citadas precedentemente o a la manipulación indebida del equipo terminal, a ser determinado por la ABE, el USUARIO(A) deberá correr con los gastos incurridos.
CLÁUSULA OCTAVA. - (PLAZOS PARA INSTALACIÓN, HABILITACIÓN, DESHABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL SERVICIO)
Estos plazos están adscritos y sujetos a los Términos y Condiciones referidos a este servicio.
CLÁUSULA NOVENA. - (TITULARIDAD)
EL USUARIO(A) declara ser único titular del servicio objeto de este contrato, no pudiendo transferir, delegar, ceder, transmitir ni subrogar a ningún título los derechos y obligaciones estipulados en este contrato, a una tercera persona, sin el previo consentimiento de la ABE.
EL USUARIO(A) declara también que toda la información proporcionada sobre su persona en el marco de este contrato es real, exacta y autoriza a la ABE su verificación ante las instancias pertinentes en caso de considerarlo necesario.
CLÁUSULA DÉCIMA. - (ESTRUCTURA TARIFARIA)
A la firma de este Contrato, el USUARIO(A) declara y reconoce que está informado y que tiene pleno conocimiento de las condiciones comerciales, técnicas y de la estructura tarifaria (planes) del(os) Servicios contratados, así como de la escala tarifaria de otros servicios adicionales, manifestando su
conformidad con dichas condiciones comerciales, técnicas y tarifarias vigentes, obligándose al cumplimiento de las mismas, que son accesibles a través de la página WEB xxx.xxx.xx y que son parte inseparable e indivisible de este Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - (FACTURACIÓN, COBRANZA Y CORTE)
El USUARIO(A) debe regirse a los establecido en el documento de Términos y Condiciones del Servicio, publicado en el sitio web de la ABE, xxx.xxx.xx.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - (CALIDAD DEL SERVICIO)
Los estándares técnicos de calidad de servicio serán publicados en la página web xxx.xxx.xx de acuerdo a normativa vigente y conforme los formatos exigidos por la Autoridad de Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - (DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES)
Además de aquellos emergentes de la normativa vigente, el USUARIO(A) tiene los siguientes derechos, obligaciones y prohibiciones:
DERECHOS
- Recibir el servicio contratado de acuerdo a las especificaciones estipuladas.
- Atención de sus solicitudes y reclamos relacionados con el servicio en plazos razonables.
- Solicitar modificaciones al servicio contratado, para su consideración por la ABE. OBLIGACIONES
- Cumplir con el pago oportuno de las facturas por el servicio y por los conceptos asociados a él.
- Proporcionar espacio y ambientes adecuados para albergar los equipos asociados a él.
- Cuidar responsable y diligentemente los equipos proporcionados por la ABE en el marco de este contrato.
- Cubrir los costos de reparación y/o reposición de los equipos proporcionados por la ABE, en caso de extravío o daño atribuible al USUARIO(A).
- A la finalización del contrato, devolver a la ABE los equipos que le fueran entregados, en condiciones similares a las de su recepción inicial, salvo el desgaste natural por el uso normal, dentro de un plazo máximo de 30 días calendario de concluida la relación contractual.
- Informar a la ABE de cualquier anomalía o irregularidad en la prestación del servicio
- Cumplir con las obligaciones emergentes del presente contrato. PROHIBICIONES
- Utilizar incorrectamente el servicio contratado, interfiriendo, perturbando o afectando la calidad del mismo.
- Efectuar actividades ilícitas y/o transacciones de tipo ilegal.
- Transferir o cambiar el servicio a un tercero, sin autorización de la ABE.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - (EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD)
En casos fortuitos o de fuerza mayor que imposibiliten la prestación del servicio, la ABE queda exonerada de toda responsabilidad inherente a dicha asistencia, en conformidad a los Términos y Condiciones.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - (INFORMACIÓN, ASISTENCIA Y ATENCIÓN DE RECLAMOS)
Los servicios de atención al USUARIO(A), estarán disponibles a través de una línea telefónica y presencialmente en las oficinas de Atención al Consumidor – ODECO, que la ABE disponga para este fin.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - (DECLARACIONES EXPRESAS)
El USUARIO(A) declara que todos los datos consignados en este documento y su anexo suscrito por él son exactos, fidedignos y correctos; asimismo, declara expresamente lo siguiente:
a) Que está informado de las características técnicas, condiciones de calidad, fiabilidad y las limitaciones propias del servicio suministrado por la ABE.
b) Que conoce y acepta que el servicio que contrató puede verse afectado o sufrir degradación, interferencias, cortes intempestivos, problemas técnicos x xxxxxx por mantenimiento programado u otros casos extraordinarios en los que la ABE no se hará responsable por daños económicos o de otra índole que pudieran producirse por causa de esos eventos, más allá de lo señalado en la normativa vigente, cuando corresponda, y cuando su responsabilidad sea determinada de acuerdo a esa normativa.
c) Que está en conocimiento y acepta que pueden producirse variaciones en las tarifas establecidas por la ABE, las que serán oportunamente publicadas de acuerdo a la normativa vigente.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - (INVIOLABILIDAD Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN)
En el marco normativo constitucional y legal vigente, la ABE, realizará todos los esfuerzos para adoptar medidas destinadas a salvaguardar la inviolabilidad de las telecomunicaciones, así como para la protección de la información personal relativa al USUARIO(A). La ABE no incurrirá en violación a las telecomunicaciones y en el marco normativo que atinge y vigente, salvo los casos descritos en los Términos y Condiciones.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - (RESOLUCIÓN DEL CONTRATO)
El USUARIO(A) podrá solicitar la resolución del contrato, de acuerdo a lo establecido en la cláusula CUARTA del presente documento y de conformidad a los Términos y Condiciones del Servicio. La ABE podrá resolver el contrato previo aviso al USUARIO(A) con un plazo mínimo de quince (15) días calendario de acuerdo a lo establecido en los Términos y Condiciones. El USUARIO(A) gestionará la resolución del contrato presentando una solicitud a la ABE por los medios de comunicación que la ABE disponga.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - (INTEGRIDAD DEL CONTRATO)
Son documentos del contrato y constituyen parte integrante e indivisible de él:
• Los términos y condiciones de servicio, publicados en la página WEB xxx.xxx.xx.
• Esquema Tarifario vigente, publicados en la página WEB xxx.xxx.xx.
• El acta de entrega de los equipos.
• Orden de Servicio, cuando corresponda.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. - (CLÁUSULA DE INTERPRETACIÓN)
En caso de duda sobre la interpretación del presente contrato se aplicará lo más favorable al USUARIO(A).
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. - (FUERZA EJECUTIVA DEL CONTRATO)
El USUARIO(A) acepta que el presente contrato tiene la suficiente fuerza ejecutiva para el caso de incumplimiento en el pago por la prestación del servicio en los plazos establecidos.
El USUARIO(A) acepta de manera expresa que las facturas no pagadas, forman parte integrante e indivisible del presente contrato y que la suma total de ellas, constituye la suma líquida, exigible, y de plazo vencido adeudada a la ABE por el servicio suministrado.
En caso de no cumplir con el pago del monto adeudado, la ABE se reserva el derecho de tomar las acciones legales correspondientes. Los gastos de cobro judicial y/o extrajudicial que tuvieran lugar para la recuperación del monto adeudado, serán asumidos única y exclusivamente por el USUARIO(A).
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - (DOMICILIO)
Todo aviso, solicitud o comunicación que las PARTES deben dirigirse entres si en virtud del presente contrato, deberá efectuarse por escrito y se considerará realizada desde el momento en que el
documento correspondiente se entregue al destinatario en su respectiva dirección conforme se indica a continuación:
AL USUARIO(A):
Dirección: Teléfono:
e-mail:
A la ABE:
Agencia Boliviana Espacial
Dirección: Xxxxx 00 xx Xxxxxxxx # 0000, Xx Xxx-Xxxxxxx; Teléfono: 000 0000
Así también la ABE podrá remitir cualquier aviso, solicitud o comunicación al correo electrónico o teléfono provisto por el USUARIO(A).
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. - (LUGAR DE SERVICIO)
El USUARIO(A) establece que el lugar donde se le prestará el servicio es el siguiente:
Dirección: Coordenadas: Latitud: Longitud:
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. - (CAMBIOS O MODIFICACIONES EN LA LEY Y/O REGLAMENTOS DE TELECOMUNICACIONES)
Los documentos de este contrato están enmarcados en la Ley de Telecomunicaciones, y de Tecnologías de Información y Comunicación, y de sus reglamentos vigentes a la fecha. Cualquier modificación que en el futuro tenga lugar en estos instrumentos legales y que afecte a una o más cláusulas, modificarán las mismas y serán de efectivo, obligatorio e inmediato cumplimiento para USUARIO(A) y para la ABE sin la necesidad de la suscripción de un nuevo contrato o de modificación expresa de los documentos.
CLÁUSULA VIGESIMA QUINTA. - (ACEPTACIÓN)
El USUARIO(A) manifiesta su aceptación expresa a las condiciones establecidas en el presente contrato y al plan elegido, mediante la cancelación del primer pago del servicio. La aceptación de la ABE se manifestará por el inicio de la prestación del servicio objeto del contrato. En consecuencia, la falta de firma de este documento por parte del representante legal de la ABE o del USUARIO(A), no podrá ser considerada como justificación para desconocer o rechazar tanto su aplicación, como el cumplimiento de las obligaciones inherentes al mismo.
El USUARIO(A) por una parte y la ABE por otra, expresamos nuestra plena conformidad con el presente contrato y sus anexos, comprometiéndonos a su fiel y estricto cumplimiento, a cuyo efecto los suscriben en la ciudad de La Paz a los días del mes de de 20 años.
USUARIO(A) | Xxxx Xxxxxxxx Xxxx DIRECTOR GENERAL EJECUTIVO AGENCIA BOLIVIANA ESPACIAL |