MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS Expediente nº: CO/12/17 carátula del pliego de cláusulas administrativas particulares
Carátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
MODELO-TIPO DE CARÁTULA UNIFICADA PARA LOS CONTRATOS DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS
Expediente nº: CO/12/17
carátula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRAS
Procedimiento: ABIERTO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- Objeto del contrato.
1.1.- Definición: Refuerzo de estructura en el CEIP Sasoeta-Zumaburu HLHI de Lasarte-Oria (Gipuzkoa).
1.2.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Necesidad de reforzar la estructura en el CEIP Sasoeta-Zumaburu HLHI de Lasarte-Oria (Gipuzkoa).
1.3.- División por lotes (sí / no): NO. El contrato no se divide en lotes por las razones apuntadas por el servicio promotor a través de la ficha de indicaciones administrativas del expediente: La obra no se puede dividir en lotes porque el objeto de contrato precisa de una coordinación y planificación de todas las actividades que la componen, las cuales se definen en el proyecto de ejecución.
1.4.- Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
-
Nomenclatura principal
Objeto principal: 45214200-2 Trabajos de construcción de edificios escolares
2.- Documentos que revisten carácter contractual.
Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y, en su caso, los siguientes: Carátula y Proyecto, en concreto, todos los documentos que comprende el proyecto de obras, relacionados en el art. 123.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3.- Presupuesto de licitación (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a 472.222,43 euros + 99.166,71 euros de IVA, resultando un importe total de 571.389,14 euros. Dicho presupuesto está distribuido en las siguientes anualidades:
ANUALIDAD |
PRESUPUESTO sin IVA |
IVA (21%) |
PRESUPUESTO TOTAL |
2017 |
10.000,00 € |
2.100,00 € |
12.100,00 € |
2018 |
462.222,43 € |
97.066,71 € |
559.289,14 € |
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio:
- Sistema (Indicar el que corresponda conforme a los artículos 87.2 y 233 del TRLCSP): precios unitarios.
(En el caso de determinación a tanto alzado y precio cerrado, indicar, en su caso, las partes o unidades que se excluyan de este sistema y se abonen por precios unitarios).
- Condiciones:
- Porcentaje de gastos generales: 13%
- Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada (sí/no): si
4.2.- Modalidad de pago del precio:
Pago único –artículo 127 del TRLCSP- (sí/no): no
En caso afirmativo, indicar las condiciones de financiación, capitalización de intereses y liquidación:
Certificaciones periódicas (sí/no): si
En caso afirmativo indicar la periodicidad (mensual prevista en el artículo 232.2 TRLCSP u otra distinta): mensual, mediante las correspondientes certificaciones.
4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: no hay
4.4.- Revisión de precios (sí/no): no
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento (sí/no): no
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite: 4,5 meses
5.2.- Fecha de inicio: desde el acta de comprobación del replanteo.
5.3.- Plazos parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación): no
5.4.- Prórroga del contrato (sí/no): no
6.- Gastos de publicidad. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: será por cuenta de la persona adjudicataria el gasto correspondiente al anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado: 905,28 euros.
7.- Garantías.
7.1.- Garantía provisional (sí/no): no
7.2.- Garantía definitiva (sí/no, en caso negativo, señalar las razones que lo justifican): si, el 5% del importe de adjudicación (IVA excluido)
7.3.- Garantía complementaria (sí/no): no
7.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio (sí/no): no
7.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía (sí/no): no
7.6.- Incautación de la garantía definitiva: En todo caso, procederá la incautación de la garantía definitiva en los casos de resolución de contrato por incumplimiento culpable del contratista, sin perjuicio de la indemnización, en su caso, por daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Las garantías se constituirán a favor de: ADMINISTRACIÓN XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXX XXXXX NIF: S4833001C
8.- Seguros. La empresa deberá tener los seguros obligatorios. Se le exige, además, a la adjudicataria que acredite que ha contratado algún seguro específico (sí1, los siguientes/no): si
Xxxxxx acreditar que ha contratado los seguros de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 32.6.1 del PCAP.
El importe del
seguro a todo riesgo construcción será el importe de adjudicación
del contrato. En cualquier caso, la cobertura mínima del Seguro de
responsabilidad civil será de 600.000 euros.
9.- Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo: no procede
10.- Lugar de ejecución, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato:
CEIP Sasoeta-Zumaburu HLHI de Lasarte-Oria (Gipuzkoa).
11.- Condiciones lingÚísticas de ejecución del contrato.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- Otras condiciones especiales de ejecución.
12.1.- De tipo social: La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 33 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
12.2.- De tipo medioambiental: (si/no)
12.3.- Otras: La adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con la cláusula 29.7 de esta carátula, y todas las relativas a la subcontratación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES (sí/no): no
14.- Penalidades.
14.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 37 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares: no
14.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el artículo 212.4 y 212.5 TRLCSP por demora en el cumplimiento de plazos: la penalidad (no / sí, los siguientes: no
15.- Subcontratación.
15.1.- Se admite la subcontratación: (sí/no): si
- Partes de la prestación que son susceptibles de subcontratación: no se especifican
- Partes de la prestación que no pueden ser subcontratadas en ningún caso:
15.2.- Se establece la obligación de subcontratar con empresas especializadas:(sí/no): no
15.3.- Obligación de las licitadoras de indicar la parte que prevén subcontratar: SI. La licitadora debe facilitar estos datos de conformidad con lo dispuesto en la letra b) de la cláusula 13.4.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
La licitadora debe cumplimentar la sección D de la parte II del DEUC de manera que indiquen los siguientes datos:
la(s) parte(s) del contrato que tengan previsto subcontratar, el porcentaje de esa parte o de cada una de las partes que tenga previsto subcontratar. Únicamente se indicará por medio del tanto por cien la parte que representa respecto al total de la oferta pero sin mencionar en ningún caso las cuantías económicas. En el supuesto de que la licitadora haga mención a cualquier importe o cuantía económica, la misma será objeto de exclusión.
y el nombre del/los subcontratista/s o su perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica.
15.4.- Obligación de las licitadoras de facilitar el DEUC de cada una de las subcontratistas que prevén subcontratar (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas): NO
16.- Plazos de recepción y de garantía de las prestaciones.
16.1.- Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: 1 mes
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): no
16.2.- Plazo de Garantía, (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): 1 año a partir de la recepción de la obra, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 43 del PCAP.
17.- Causas de resolución del contrato.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales.
Las condiciones especiales de ejecución recogidas en las cláusulas 33.1.1 y 33.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Las obligaciones recogidas en el artículo 228 bis del TRLCSP.
Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares2 en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
En virtud de lo previsto en la cláusula 46 del PCAP y el apartado h) del artículo 223 del TRLCSP, se añade como causa específica de resolución del contrato, la solicitud de resolución del contrato por parte del contratista por causas no imputables a la propiedad, así como la renuncia a su ejecución. En tal caso, la garantía definitiva será incautada en todo caso, y ello sin perjuicio de que el contratista deba indemnizar a la Administración de los daños y perjuicios ocasionados si estos superaran el importe de la garantía.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 a 225 y 237 a 239 del TRLCSP y lo previsto en la carátula de este pliego en cuanto a causas específicas de resolución.
18.- Cláusulas adicionales relativas a la prestación objeto del contrato (sí/no): no
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE OBRA.
APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA. (Indicar la fecha y órgano que ha aprobado el proyecto de obra): Resolución de 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Económica.
PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO (no superior a un mes desde la formalización del contrato, salvo excepción justificada): 1 mes
Programa de trabajo. La contratista debe presentar un programa de trabajo previsto en el artículo 144 del rglcap (sí/no): no
DEDICACIÓN EXIGIDA AL DELEGADO DE OBRA DE LA CONTRATISTA.
- Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra (sí/no): no
- Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado (sí/no, en caso afirmativo, indicar el número): no
PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO (en el caso de contratación conjunta de proyecto y obra): no procede
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL,
PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- Órgano de contratación, identificación de otros órganos y de la mesa de contratación y obtención de información y pliegos.
20.1.- Entidad adjudicadora: Departamento de Educación. Eusko Jaurlaritza / Gobierno Xxxxx.
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.- Órgano de contratación: Director de Xxxxxxx Xxxxxxxx y Servicios.
20.2.2.- Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas: Servicio de Construcciones de la Dirección de Recursos Materiales e Infraestructuras. Código del órgano gestor: A16007453
20.2.3.- Responsable del contrato:
20.2.4.- Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación, Dirección de Régimen Jurídico y Servicios, Departamento de Educación
Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1, Lakua I, 2ª planta, Zona I
Localidad y código postal: Xxxxxxx-Xxxxxxx XX 00000
20.4.- Número de expediente: CO/12/17
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad (sí/no): NO
20.6.- Mesa de Contratación:
Miembros de la Mesa de Contratación:
Presidencia:
Titular |
Suplente |
Vacante no ocupada |
Xxxxxxx Xxxxxx |
Vocales
Titulares |
Suplente |
Xxxxxxxx Xxxx. xx Xxxxxxxxxxx.
|
Xxxxxx Xxxxxx |
Un vocal en representación de la Dirección de Patrimonio y Contratación designado por su Director/a.
|
|
Un vocal en representación de la Oficina de Control Económico designado por su Director/x.
|
|
Xxxxxxxxxx/a-Vocal Asesor/a jurídico/a de la Mesa
Titular |
Suplente |
Xxxx Xxxxxxx |
Xxxxxxxx Xxxxx |
20.7.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxxxxxxx
Correo electrónico: x-xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000000000
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Xxxx Xxxxxxx
Correo electrónico: xxxxx000@xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000000000
20.8.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
Puede accederse a la documentación adicional relacionada con el proyecto correspondiente al expediente desde el siguiente enlace: (Copiar y pegar la siguiente URL en su navegador)
20.9.- Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.10.- Fecha límite de obtención de documentos e información: 24 de julio de 2017.
21.- Valor estimado del contrato a efectos deL TEXTO REFUNDIDO DE la ley de contratos del sector público (artículo 88 del TRlcsp): 472.222,43 €
22.- Contrato sujeto a regulación armonizada (sí/no): no
23.- Contrato cubierto por el acuerdo sobre contratación pública (ACP) (sí/no): no
24.- Consignación presupuestaria: 17.0.1.07.13.1301.2.622.82.42210.002.Q
24.1.- El gasto está cofinanciado (sí/no) no.
24.2.- Tramitación anticipada (sí/no) no.
25.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
25.1.- Tramitación:
- Ordinaria (sí/no): sí
-
25.2.- Procedimiento:
- Abierto (sí/no): sí
25.3.- Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (sí/no): sí
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: -
27.- CONTRATO RESERVADO (sí/no): no
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 13:00 horas del 24 de julio de 2017.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre/s A y B, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
Entidad (indicar la mesa de contratación): Mesa de Contratación del Departamento de Educación. Registro ubicado en la 3ª planta de Lakua II.
- Domicilio: C/ Donostia – Xxx Xxxxxxxxx, 0 – Lakua II, 3ª planta.
- Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01010
28.4.- En el caso de que la licitadora o candidata opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente lo deberá hacer a través de la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
(Obsérvese la cláusula 12.3.2 del PCAP)
- Fax: 000000000
- Correo electrónico: xxxxx000@xxxxxxx.xxx
En el correo se incorporará copia escaneada del justificante del depósito de la oferta en correos, en el que figurarán el contenido del envío, fecha, hora, remitente, destinatario y el código de correos).
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): 15 días, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes (sí/no): no
28.8.- Apertura pública de las ofertas (sí/no): sí
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: 13:00 horas
Cualquier modificación en la fecha y hora indicadas será publicada en el perfil del contratante.
29.- SOBRE A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS» (Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo III xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
29.1.- Forma de acreditación.
Formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) contenido en el Anexo X xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares junto con la documentación indicada en las cláusulas 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
El formulario DEUC será el único documento que la empresa licitadora o candidatas debe aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento. (Ver cláusula 17.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación del DEUC)
Dicho formulario está disponible en el siguiente o siguientes formatos (los marcados con X):
Formato electrónico: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx.
Para poder rellenar el documento DEUC, una vez acceda a la dirección indicada deberá identificarse como operador económico e importar el archivo xml que se pondrá a disposición de las licitadoras a través del perfil del contratante. (Véase las instrucciones para la descarga del archivo xml y la cumplimentación del DEUC publicadas en el perfil del contratante en un archivo con extensión zip denominado DEUC que se encuentra junto con el resto de documentación relativa a la presente licitación).
A fin de facilitar la labor de los operadores al cumplimentar el DEUC, se adoptan las orientaciones contenidas en el epígrafe 2.3 (“Orientaciones para la cumplimentación del formulario normalizado DEUC) de la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del documento europeo único de contratación previsto en la nueva directiva de contratación pública.
Puede accederse al referido documento desde el siguiente URL: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/X.X.%00XXXXXXXXXX/Xxxxx%00Xxxxxxxxxx/xxxxxxxx/Xxxxxxxx%000000/Xxxxxxxxxxxxx%00xx%00xx%00XXXX%00xxxxx%00xx%00XXXX%00xxxxxxxx%00xx%000%00xxxxx%00xx%000000%00_0_.xxx
Formato Word: formulario contenido en el Anexo XIV
Formato Pdf: formulario pdf denominado “FORMULARIO DEUC”. xxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx.
Las empresas deberán cumplimentar las partes II, III, IV y VI del formulario. La parte IV se cumplimentará de conformidad con la opción marcada con una X:
Se limitarán a cumplimentar la sección de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
Deberán cumplimentar las secciones A, B, C y D de la parte IV.
De conformidad con lo prevenido por el artículo 59.1 de la Directiva y 146 del TRLCS, el DEUC sustituye la aportación inicial de la documentación establecida en la cláusula 24.3 del PCAP. La mesa de contratación requerirá, en su momento, a la licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que presente en el plazo de cinco (5) días hábiles la documentación exigida en el PCAP.
Además del DEUC se presentará la siguiente documentación (cláusula 13 del PCAP):
-. Quienes deseen participar en Unión Temporal de empresarios deberán presentar, así mismo, un escrito de proposición de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresarios en caso de resultar adjudicatarias de conformidad con el modelo del Anexo VIII de este pliego. En el escrito de proposición se indicarán los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de la persona física representante.
Este documento deberá estar firmado por la persona que, con poder suficiente, represente a cada una de las empresas componentes de la unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
-. Garantía provisional, en el supuesto en que lo exija la cláusula 7.1 de la carátula de este pliego.
-. Modelo de designación como confidencial de informaciones facilitadas por la empresa que figura en el Anexo VII de este pliego (su aportación es opcional).
-. En el caso de que se exija en el punto 29.6 de la Carátula, la empresa debe aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
-. Para el supuesto que se permita la subcontratación (Ver punto 15 de esta carátula): las empresas deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando el porcentaje, y el nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. A tal efecto, la licitadora debe cumplimentar la sección D de la parte II del DEUC en el modo indicado en el punto 15 de esta carátula.
-. Preferencias de adjudicación: en el caso de que la empresa interesada en contratar desee que, si se dan las circunstancias precisas, se le apliquen las preferencias de adjudicación contempladas en la cláusula 24.2 deberá incluir en este sobre la documentación prevista en la cláusula 13.2.6 del PCAP.
-. Declaración sobre los compromisos que la empresa asume respecto de las personas trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, conforme al Anexo IX xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
-. Adenda al Anexo IV referida a los datos a efectos de recibir notificaciones y comunicaciones3
Además, solo en el caso de que empresas del mismo grupo empresarial vayan a presentar oferta a la presente licitación, deberá cumplimentarse la declaración sobre el grupo de empresas que figura en la ADENDA AL ANEXO X este pliego. A los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86.1 del RGLCAP, deberá presentarse relación de las empresas pertenecientes al mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. Cumplimentar
La Administración podrá pedir a las empresas licitadoras que presenten la totalidad o una parte de los certificados y los documentos justificativos requeridos en cualquier momento del procedimiento, cuando resulte necesario para garantizar su buen desarrollo.
29.2.- Requisitos:
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia (sí, de conformidad con las cláusulas siguientes /no): sí.
29.2.2.- Clasificación: no, es opcional en sustitución de la solvencia exigida en la cláusula 29.2.3 de esta carátula.
La licitadora acreditará la clasificación bien mediante la clasificación indicada en la letra a) o bien mediante la indicada en la letra b):
Clasificación otorgada de acuerdo con Real Decreto 773/2015:
Grupo: C Subgrupo: 3 Categoría: 3
Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015:
Grupo: C Subgrupo: 2 Categoría: d
Deberá indicarse la clasificación disponible en la sección A de la parte II del formulario DEUC.
29.2.3.- En el caso de que no haya clasificación obligatoria, las empresas (españolas, empresas extranjeras de Estados miembros de la Unión Europea y empresas extranjeras de Estados que no son miembros de la Unión Europea) deberán acreditar la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 29.2.2 en el caso de que dicha cláusula recoja la clasificación como opcional:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
Requisito/s: Volumen anual de negocios de la persona licitadora en el ámbito al que se refiera el contrato por importe igual o superior a 472.000 Euros. Dicho importe deberá alcanzarse en el año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.
Medios de acreditación: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
En este expediente el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En el caso de que, no proceda o, resulte imposible, la aportación de las cuentas anuales, la acreditación se realizará mediante la Declaración-liquidación anual del Impuesto de Valor Añadido (modelo 390), la cual incorporara el sello de Hacienda o, en su caso, la huella digital.
Asimismo, por razones debidamente justificadas podrán presentar cualquier otra documentación considerada suficiente por esta entidad para acreditar el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato.
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL:
Requisito/s: Entre la relación de obras que hayan sido ejecutadas en el curso de los diez últimos años, deberá haberse ejecutado correctamente al menos una obra del mismo tipo, al que corresponde el objeto del contrato, entendiéndose como tal la construcción de un edificio residencial de viviendas, un edificio docente o un edificio equipamental, cuyo importe mínimo alcance los 472.000 Euros (IVA excluido).
Medios de acreditación: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta.
(*) Respecto al certificado de buena ejecución deberá respetarse el modelo que como Anexo XIII se acompaña al PCAP. En aquellos supuestos en que el destinatario de la obra haya sido una entidad del sector público, el certificado podrá ser comunicado directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. A tal efecto, en el momento de acreditar su solvencia, la persona licitadora que no haya aportado el certificado emitido por la entidad contratante del sector público, deberá aportar la solicitud efectuada ante dicha entidad, ya sea para su obtención, ya sea para su remisión directa al órgano de contratación.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipamientos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.- Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta (si/no): no
29.5.- Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos:
Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
La indicación de alguno de estos certificados en la sección A de la parte II del formulario DEUC conlleva la autorización de la incorporación de oficio de dicho certificado por parte de la Administración en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del contrato.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación (sí/no): no
29.7.- La empresa licitadora o candidata se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios materiales y humanos (no procede/ sí): no procede.
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (sí/no): si
OFERTA ECONÓMICA Ponderación: 100,00 puntos.
Puntuación máxima: 100,00 puntos
Las ofertas económicas se valorarán de la siguiente forma:
se valorará con 0 puntos la baja nula
se valorará con 100 puntos a la menor de las ofertas admitidas
resto se valorará proporcionalmente a éstas.
100 x (L - Oferta a evaluar)
P = ----------------------------------
(L - Oferta más económica)
P -. Puntuación obtenida por la licitadora
L-. Presupuesto de Licitación
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas (sí/no): no
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx).
31.1.- Los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas son:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el Anexo X xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y los siguientes documentos de conformidad con lo indicado en la cláusula 14.2.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, y en concreto, conforme al siguiente orden:
a) Resumen del Presupuesto de contrata con IVA por capítulos
b) Presupuesto desglosado por capítulos, incluyendo cada una de las partidas que lo componen, su descripción, las mediciones, los precios unitarios y el valor total de cada una de ellas, incluyendo también las partidas de seguridad y salud, y las de gestión de residuos, tal y como se reflejan en el proyecto de ejecución.
*c) Los precios descompuestos asociados a cada uno de los precios unitarios que componen su oferta desglosada por partidas, contemplando los costos directos correspondientes a los materiales, a la mano de obra y a los medios auxiliares necesarios para ejecutar cada partida, así como los costos indirectos que correspondan, respetando además de la literalidad de la descripción de las partidas según el proyecto de ejecución, las cantidades y cuantías reflejados en los precios descompuestos del mismo, y el esquema o desarrollo de su descomposición.
La oferta económica, incluyendo la totalidad de los documentos anteriormente mencionados, se presentará además de en soporte papel o en el correspondiente formato electrónico, en soporte informático en formato pdf y .bc3. La presentación de la oferta económica en formato .bc3 se exige a los únicos fines de facilitar las labores de comprobación y verificación por el servicio promotor de la contratación. La oferta económica en formato .bc3 no tendrá naturaleza contractual.
Siempre que no pueda procederse a su subsanación, el apartamiento de los elementos esenciales indicados y/o cualquier alteración en la denominación de las partidas, las descripciones, o las mediciones del mismo determinará el rechazo de la proposición y será causa de exclusión.
*Respecto al documento referido a los precios descompuestos asociados a cada uno de los precios unitarios que componen su oferta desglosada por partidas, si bien debe presentarse por la totalidad de las licitadoras desde un primer momento, únicamente será objeto de análisis el referido a la oferta económicamente más ventajosa. De tal modo que si dicha oferta debe ser rechazada, y la licitadora excluida, por no respetar los requisitos dispuestos en este apartado, se atenderá al orden de clasificación de las ofertas al objeto de analizar y comprobar la validez de dicha documentación.
De conformidad con lo prevenido en el artículo 153 del RGLCAP, todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios en el presupuesto del proyecto. Igualmente, todos los gastos que por su concepto sean asimilables a cualquiera de los que, bajo el título genérico de costes indirectos se mencionan en el artículo 130.3 del RGLCAP, se considerarán siempre incluidos en los precios de las unidades de obra del proyecto cuando no figuren en el presupuesto valorados en unidades de obra o en partidas alzadas.
31.2.- Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (sí/no): no
31.3.- A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras (sí/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): no es de aplicación.
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR (sí/no): no
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
33.1.- En cuanto al precio (sí/no. En caso afirmativo indicar los parámetros objetivos que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado del precio): sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP y en los artículos 85 y 86 del RGLCAP en todo lo que no se opongan al TRLCSP, siendo por tanto de aplicación los criterios actualmente vigentes del artículo 85 RGLCAP.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos (sí/no): no
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego (sí/no, en caso afirmativo indicar el plazo): no
37. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véanse las cláusulas 24 y 25 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo III xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares)
37.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: si, en el caso de que la licitadora sea una empresa no española de algún Estado miembro de la Unión Europea o de algún Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que no presente clasificación
Solvencia económica y financiera4:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 00.0.0.:
Medios de acreditación.- Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
En este expediente el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En el caso de que, no proceda o, resulte imposible, la aportación de las cuentas anuales, la acreditación se realizará mediante la Declaración-liquidación anual del Impuesto de Valor Añadido (modelo 390), la cual incorporara el sello de Hacienda o, en su caso, la huella digital.
Asimismo, por razones debidamente justificadas podrán presentar cualquier otra documentación considerada suficiente por esta entidad para acreditar el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato.
Solvencia técnica o profesional:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3.
Medios de acreditación.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta.
(*) Respecto al certificado de buena ejecución deberá respetarse el modelo que como Anexo XIII se acompaña al PCAP. En aquellos supuestos en que el destinatario de la obra haya sido una entidad del sector público, el certificado podrá ser comunicado directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. A tal efecto, en el momento de acreditar su solvencia, la persona licitadora que no haya aportado el certificado emitido por la entidad contratante del sector público, deberá aportar la solicitud efectuada ante dicha entidad, ya sea para su obtención, ya sea para su remisión directa al órgano de contratación.
37.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos, en su caso, en la cláusula 29.7 de esta carátula (artículo 151.2 TRLCSP): no procede.
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP, y, en caso de estar fijadas, por las siguientes condiciones de compensación por los gastos: no se fijan.
39.- Cláusulas adicionales relativas AL PROCEDIMIENTO (sí/no): no
Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta (si/no): no
39.2.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización (ver cláusula 27.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares): (si/no)
Las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas5 se comunicaran a los interesados a través de correo electrónico.
40.- CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL PROCEDIMIENTO: no.
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos.
Criterios |
Inserción laboral |
Igualdad de mujeres y hombres |
Prevención de riesgos laborales |
Condiciones laborales |
Ambientales |
Objeto del contrato |
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Criterios de solvencia técnica y profesional |
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Especificaciones técnicas |
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Criterios de valoración de las ofertas |
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Condiciones especiales de ejecución |
SI |
SI |
SI |
SI |
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*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.
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