CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BP “CFN BP”
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BP “CFN BP”
PLIEGOS DE CONTRATACIÓN DE CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA
“CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN)”
CPC-CFN-CAF-005-2016
Quito, agosto de 2016
INDICE GENERAL
I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCION I
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CONVOCATORIA |
SECCION II
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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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SECCION III
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CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
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SECCIÓN IV
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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SECCIÓN V
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES
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II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCIÓN I
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DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN |
SECCIÓN II
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METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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SECCIÓN III
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FASE CONTRACTUAL
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III. FORMULARIOS
SECCIÓN I |
FORMULARIO DE LA OFERTA
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SECCIÓN II
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FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA.
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SECCIÓN III |
FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOSICIÓN O CONSORCIO |
SECCIÓN IV |
FORMATO DE CONTRATO CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES |
CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA
CPC-CFN-CAF-005-2016
I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
Se invita a todas las firmas consultoras nacionales e internacionales, o asociaciones de estas, legalmente capaces para contratar, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la ejecución de la consultoría para el DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN).
El presupuesto referencial es de USD $ 176.264,00 dólares (Ciento setenta y seis mil doscientos sesenta y cuatro dólares de los Estados Unidos), sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el plazo total para la ejecución es de 270 días contados a partir de la firma del contrato, plazo distribuido de la siguiente manera:
Hasta ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, para el cumplimiento de los siguientes parciales:
Plazo máximo |
Producto – Servicio |
Hasta 60 días (*) |
Revisión y diagnóstico de actual proceso de análisis para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.1 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. Optimización el modelo de análisis para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.2 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
Hasta 180 días (*) |
Construcción e implementación de una solución informática del proceso de análisis financiero para la concesión de crédito. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.3 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
Hasta 180 días (*) |
Transferencia de conocimientos. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.4 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
(*) Plazos a partir de la suscripción del contrato
Hasta doscientas (200) horas de actualización o 90 días calendario, lo que ocurra primero, para el desarrollo de actualizaciones, contado a partir de la puesta en producción de la solución informática de análisis para concesión crédito.
Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en la página web de la CFN BP xxx.xxx.xxx.xx; y en la página del SERCOP en la herramienta de Publicación Especial.
Los interesados podrán formular preguntas en el término de 5 días contados a partir de la fecha de la invitación del proceso, las mismas que deberán ser remitidas mediante correo electrónico a la siguiente dirección xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. La Comisión Técnica absolverá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en un término de 3 días subsiguientes a la conclusión del período establecido para formular preguntas y aclaraciones, la oferta técnica deberá ser entregada en un término no mayor a 15 días contados desde la fecha de publicación del proceso.
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente en forma física y en digital con el mismo contenido de la oferta física, en dos sobres separados, en las oficinas de la Corporación Financiera Nacional Banca Pública CFN BP Sucursal Quito, ubicada en la ciudad de Xxxxx-Xxxxxxx xxxxx Xxxxxxxx 00X xxxxx Xxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx X Xxxx 0; de conformidad con el cronograma establecido dentro de estos pliegos. La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de ofertas será público y se efectuará en la misma dirección donde se receptarán las ofertas técnicas.
La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.
El presente procedimiento no contempla reajuste de precios.
La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el pliego.
Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes del contrato xx xxxxxxxx suscrito con la Corporación Xxxxxx xx Xxxxxxx “XXX” x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx siendo la Corporación Financiera Nacional “CFN” el organismo ejecutor, relacionados con la partida presupuestaria No. 45039004 denominada “Otras Asistencias Técnicas Recibidas”, del programa Progresar conforme consta en la certificación presupuestaria No. 2016-SROP-00351 de 08 xx xxxxxx del 2016, por un valor de US$ 200,940.96 (Doscientos Mil Novecientos Cuarenta Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica 96/100) incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
30% de anticipo, pagado a la firma del contrato;
70% será pagado en función de los entregables recibidos a satisfacción de CFN, acorde al cronograma de trabajo. Con cada entregable se devengará lo que corresponda del anticipo.
Producto – Servicio |
Porcentaje |
Revisión y diagnóstico de actual proceso de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.1 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. Optimización del modelo de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.2 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
20% |
Construcción e implementación de una solución informática del proceso de análisis financiero. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.3 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
40% |
Transferencia de conocimientos. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.4 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
5% |
Actualizaciones a la solución informática implementada, específicamente hasta doscientas (200) horas de actualización o 90 días calendario para actualizaciones, lo que ocurra primero, contados a partir de la puesta en producción de la solución informática de análisis para concesión crédito, se cancelará por hora/hombre debidamente justificada en las órdenes de trabajo suscritas, considerando el valor unitario de USD 40,00 (cuarenta dólares de los Estados Unidos); estas horas serán solicitadas por el administrador del contrato y canceladas conforme su requerimiento. |
5% |
TOTAL: |
70% |
Para cada pago parcial, la consultora deberá adjuntar: el Acta de Entrega - Recepción debidamente suscrita, la factura correspondiente y el informe de satisfacción emitido por el Administrador del Contrato.
Para el pago final, la consultora deberá suscribir el Acta Entrega de Recepción definitiva, misma que contendrá la liquidación económica, técnica y de plazos que será suscrita conforme la normativa de contratación pública vigente.
El consultor deberá presentar garantías de buen uso del anticipo y fiel cumplimiento del contrato.
8.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de los LINEAMIENTOS DE CAF, el Contrato xx Xxxxxxxx suscrito y en lo no previsto por éstas se regirá al presente pliego de contratación.
9.- La CFN BP se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.
Quito, agosto del 2016
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Gerente de División Administrativa
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL
Y TÉRMINOS DE REFERENCIA
2.1 Objeto: Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la mejor oferta técnica para la: “DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN)”.
2.2 Presupuesto referencial: El presupuesto referencial para esta contratación es USD $ 176.264,00 dólares (Ciento setenta y seis mil doscientos sesenta y cuatro dólares de los Estados Unidos), sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
2.3 Términos de referencia:
ANTECEDENTES
La Corporación Financiera Nacional BP - CFN BP - constituye uno de los principales impulsores de la economía nacional a través de diversos mecanismos de crédito, los cuales se han ido dinamizando en concordancia a las políticas económicas establecidas por el Estado.
La Junta Bancaria mediante resoluciones JB-2003-602 de 9 de diciembre del 2003 y JB-2003-631 de 22 de enero del 2004, resolvió implementar en el sistema financiero, la Administración Integral de Riesgos, entendiéndose por ésta, a la gestión y manejo de los riesgos xx xxxxxxx, liquidez, operativo, legal, reputacional y crediticio.
En este contexto, la CFN BP debe enmarcar los procesos de riesgo de crédito conforme establece dicha normativa y la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y de la Junta Bancaria, de manera particular en lo señalado en la sección II (Administración del Riesgo de Crédito):“…SECCION II.- ADMINISTRACION DEL RIESGO DE CRÉDITO
ARTICULO 3. - Las instituciones controladas deben establecer esquemas eficientes de administración y control del riesgo de crédito al que se expone en el desarrollo del negocio. Cada institución controlada tiene su propio perfil de riesgo según las características de los mercados en los que opera y de los productos que ofrece; por lo tanto, al no existir un modelo único de administración del riesgo de crédito, cada entidad debe desarrollar su propio esquema.
Las instituciones controladas deberán contar con un proceso formalmente establecido de administración del riesgo de crédito que asegure la calidad de sus portafolios y además permita identificar, medir, controlar / mitigar y monitorear las exposiciones de riesgo de contraparte y las pérdidas esperadas, a fin de mantener una adecuada cobertura de provisiones o de patrimonio técnico.
ARTICULO 4.- El proceso de administración del riesgo de crédito deberá incluir las fases de identificación, medición, control y monitoreo del riesgo de contraparte, para lo cual en el ámbito del riesgo crediticio aplicará los criterios establecidos en los artículos 4, 5, 6 y 7 de la sección II “Administración de riesgos”, del capítulo I “De la gestión integral y control de riesgos” de este subtítulo.
ARTICULO 5.- El proceso que se implante en la institución controlada para la administración del riesgo de crédito deberá ser revisado y actualizado en forma permanente. Una adecuada administración de este riesgo debe incluir al menos lo siguiente, de acuerdo con la complejidad y tamaño de cada institución:
5.1 Estrategia de negocio que incluirá los criterios de aceptación de riesgos en función xxx xxxxxxx objetivo determinado y de las características del portafolio de productos diseñados. Dicha estrategia deberá contar con fundamentos teóricos y empíricos adecuados y estará debidamente documentada.”
Al respecto, la gestión del riesgo en instituciones financieras públicas como la CFN BP, se basa en el cumplimiento de la norma establecida por la Superintendencia de Bancos y la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, fundamentalmente, en lo relacionado a canales electrónicos, además de la aplicación de las mejores prácticas del sector financiero.
En este sentido, la CFN BP ha desarrollado e implementado modelos, metodologías y herramientas, conforme las necesidades, tamaño y complejidad de sus operaciones; no obstante, con el transcurso del tiempo y la propia dinámica xxx xxxxxxx crediticio, dichos modelos, metodologías y herramientas se han vuelto poco versátiles e insuficientes para soportar las crecientes necesidades del negocio institucional, siendo necesario optimizar el modelo de análisis financiero del proceso crediticio, acorde con los productos y servicios financieros vigentes y potenciales, debidamente automatizado e integrado en una solución informática.
JUSTIFICACIÓN
El análisis para la concesión y la gestión de riesgo de crédito de la CFN BP cuenta con modelos y metodologías que hoy por hoy, resultan insuficientes e inadecuadas para soportar las crecientes necesidades del negocio. Por otra parte, las herramientas disponibles no son lo suficientemente versátiles para analizar operaciones de crédito para los diferentes sectores de la economía y las particularidades de proyectos que financia la CFN BP, presentando vulnerabilidades y deficiencias en la gestión de información que respalda objetivamente la toma de decisiones.
Con estos antecedentes, se hace necesario identificar los ajustes pertinentes a las metodologías de análisis aplicadas para la concesión de crédito, las cuales deben ser consistentes con la naturaleza, tamaño y complejidad de las operaciones que maneja la institución y, estar basadas en la capacidad de pago, situación financiera y criterios cualitativos de los clientes y proyectos que financia la CFN BP.
Basados en lo anterior, se deberá optimizar el modelo de análisis para la concesión de crédito, incorporando criterios de decisión crediticia basados en un esquema descriptivo de alertas e información que permita tener una visión integral del nivel de riesgo que asume la CFN BP en función de los límites que se puedan establecer. Definidos estos elementos, mediante el desarrollo de una solución informática de análisis financiero de proyectos, se proveerá de información oportuna, necesaria y confiable para la toma de decisiones.
OBJETO DE CONTRATACIÓN
Consultoría para el DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN).
OBJETIVOS
Objetivo General:
Analizar y optimizar el diseño del proceso de análisis financiero para la concesión de crédito, en función del sector, tipo, volumen y complejidad de las operaciones de primer piso que financia la CFN BP, e implementar dicho modelo a través de la construcción de una solución informática que facilite la eficiencia operativa y la reducción de los niveles de subjetividad en las operaciones crediticias, incluyendo la transferencia de conocimiento a los funcionarios relevantes.
Objetivos Específicos
Efectuar una revisión y diagnóstico general de las metodologías, herramientas y variables aplicadas en la fase de: análisis, decisión y monitoreo de las solicitudes de crédito o financiamiento para banca de primer piso de la CFN BP, con base en: los requerimientos de los organismos de regulación y control, las mejores prácticas del sector financiero y el aporte experto del equipo consultor.
Formular una metodología optimizada del análisis financiero de las solicitudes de crédito y financiamiento que incluya la evaluación de: la capacidad de pago, situación financiera pasada y presente, estimaciones futuras, en función de los productos financieros actuales y potenciales, plazos, estrategias de banca de desarrollo y otras características propias de los sectores, actividades y proyectos que financia la CFN BP.
Definir criterios de decisión crediticia basados en un esquema descriptivo de alertas e información gerencial que permita tener una visión integral del nivel de riesgo que asume la CFN BP, en función de los límites internos y normativos que se puedan establecer.
Desarrollar e implementar una solución informática para el análisis financiero de crédito que incorpore parámetros, análisis y simulación de escenarios de los proyectos que financia la CFN BP, de manera que permita estimar o pronosticar su desarrollo futuro (probabilidad de incumplimiento) y respalde de forma objetiva las decisiones en el otorgamiento de créditos, al tiempo que mantenga una base de datos histórica para generar información de gestión y monitoreo.
Efectuar la transferencia de conocimientos relacionados con el modelo, metodología y solución tecnológica a implementar, dirigido a usuarios funcionales, administradores, técnicos de TI y otro personal que asigne la Corporación.
ALCANCE
La consultoría contemplará la gestión de los siguientes componentes:
Revisión y diagnóstico de actual proceso de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP: Análisis de la situación actual, incluyendo la revisión de la información relacionada a la concesión de crédito de la CFN BP; identificación de brechas en cuanto a las mejores prácticas y exigencias de los organismos de control; conclusiones, recomendaciones, plan de trabajo y propuesta de mejora.
Optimización el modelo de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP: Con base en las particularidades del catálogo de productos y servicios vigentes, se plantearán y acordarán las optimizaciones que correspondan a las herramientas y metodologías de análisis financiero de concesión de crédito o financiamiento, reduciendo los niveles de subjetividad en la toma de decisiones crediticias. Este modelo, debe incluir un sistema de alertas e información gerencial que brinde una visión integral del nivel de riesgo que asume la CFN BP, contemplando al menos: escenarios para análisis de sensibilidad, flujos presentes y futuros, supuestos, parámetros cuantitavos, registro y análisis financiero comparativo, vertical y horizontal, alertas e información que permita identificar, de forma oportuna, operaciones de financiamiento que puedan generar problemas en la gestión de cartera o pérdidas para la Corporación, así como también oportunidades xx xxxxxxx. Optimización que debe quedar documentada a satisfacción de CFN B.P.
Construcción e implementación de una solución informática del proceso de análisis financiero: Dicha solución deberá incorporar al menos los componentes definidos en el modelo y metodología de análisis financiero para la concesión de crédito o financiamiento, cuyas características resuelvan como mínimo: las funcionalidades, requerimientos y especificaciones técnicas descritas en el Anexo 2, integrándose a la Arquitectura de TI establecida en la CFN BP, y se desplegándose sobre los componentes tecnológicos detallados en el ANEXO Nro. 3.
Transferencia de conocimientos: Relacionados con el modelo definido, la metodología aplicada y la solución informática implementada, tanto desde el punto de vista funcional como desde la perspectiva técnica, en al menos 60 horas globales de entrenamiento, distribuidas en dos o más sesiones, para un grupo aproximado de 20 personas, entre usuarios operativos, administrador/es de la herramienta, técnicos de TI, de seguridad informática y otro personal designado por la CFN BP, previa coordinación entre las partes. La consultora deberá entregar el material didáctico, registros de asistencia y los certificados de participación.
Actualizaciones a la solución informática implementada: Hasta doscientas (200) horas de actualización o 90 días calendario para actualizaciones, lo que ocurra primero, contados a partir de la puesta en producción de la solución informática de análisis para concesión crédito, mismas que se utilizarán para nuevas funcionalidades, soporte técnico especializado, cambios a las funcionalidades de la solución, integraciones u otros usos que se acuerden entre las partes.
METODOLOGÍA DE TRABAJO
La consultoría contemplará tanto para la administración del proyecto como para el desarrollo de alcance establecido, metodologías participativas e interactivas entre el personal de la consultora y el equipo de trabajo de la CFN BP.
Se acordará un cronograma de reuniones con los principales involucrados en la gestión de riesgos, crédito y financiamiento de la CFN BP.
El modelo y solución informática deberá incorporar las mejores prácticas del sector y los requerimientos de los organismos de regulación y control.
Todas las definiciones relacionadas con el contrato, previo a su implementación, deberán contar con la aprobación de la CFN BP.
La consultora deberá presentar informes del avance de las actividades planificadas, riesgos e inconvenientes encontrados, en los períodos establecidos.
La CFN BP se reserva el derecho de solicitar formalmente el reemplazo de alguno de los integrantes del equipo de trabajo. La consultora deberá substituirlo con otro profesional que cumpla con los requisitos establecidos.
Los componentes parciales y totales de la Consultoría, serán entregados en las instalaciones de la CFN BP en Quito. Su desarrollo y construcción podrá efectuarse tanto en las instalaciones de la consultora como en las instalaciones de la CFN BP en Quito, previo acuerdo entre las partes.
Las actividades de diagnóstico, definición de los modelos, certificación de la solución informática, transferencia de conocimientos, asesoría técnica y supervisión especializada, deberán efectuarse necesaria y exclusivamente con presencia física del personal asignado de la consultora, según los ámbitos a tratarse.
La CFN BP cuando se requiera, facilitará un espacio físico para que el personal de la consultora pueda desarrollar el trabajo que corresponda, en cuyo caso, los equipos informáticos, suministros de oficina y cualquier otro material, correrán por cuenta de la consultora.
Para la resolución de problemas en la solución implementada, que no correspondan a la garantía normal del producto o en caso de requerirse funcionalidades complementarias, mejoras y/o actualizaciones a las existentes, así como, integraciones nuevas o construcción de interfaces inicialmente no planteados, identificados o contemplados, la consultora deberá desarrollarlas con cargo a “horas de actualización”, previo acuerdo con la CFN BP.
El control del consumo de “horas de actualización”, se lo realizará a través de formularios de “Órdenes de trabajo” provistos por la Consultora, en cuyo contenido deberán constar al menos: número secuencial, fecha, detalle del servicio acordado, los justificativos, la recepción del servicio y firmas de responsabilidad tanto de la CFN BP como de la Consultora, quien llevará un registro consolidado de este tipo de requerimientos.
Las “horas de actualización”, podrán ser utilizadas dentro del plazo establecido, considerando lo siguiente:
Para la contabilización de horas se considerarán los siguientes factores de ponderación:
Para asistencia que no requieran traslado – Factor igual a 1.0.
Para asistencia que requiera traslado a las instalaciones de CFN BP Quito dentro de días laborables y horario normal – Factor igual a 1.25.
Para asistencia en horario extraordinario en las oficinas de CFN previa coordinación entre las partes– Factor igual a 1.50.
El tiempo de respuesta una vez notificado el caso, deberá ser atendido en los de acuerdo a lo siguiente:
Para criticidad alta, dentro de las 4 horas hábiles siguientes.
Para criticidad media, dentro de las 8 horas hábiles siguientes.
Para criticidad baja, dentro de las 12 horas hábiles siguientes.
INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD
En caso de requerirse, la CFN BP dispone de la siguiente información:
Información financiera los sujetos de crédito de la cartera de crédito vigente.
Información histórica de calificaciones de riesgo de la cartera de crédito vigente.
Información de histórica de saldos por bandas de maduración de la cartera de crédito vigente.
Información de garantías de la cartera de crédito vigente.
Metodologías y modelos de riesgo de crédito aplicadas a la fecha.
Informes de calificadora de riesgos y auditores externos.
Información técnica de metodologías, arquitectura, infraestructura u otros aspectos técnicos.
Cabe mencionar que la CFN BP cuenta con un aplicativo denominado PCIE Riesgos, con arquitectura cliente servidor, desarrollado en Power Builder y base de datos Sybase. Su funcionalidad permite la definición de variables de diferentes tipos, configuración de fórmulas, definición de peso/ ponderaciones, procesamiento de información y emisión de resultados.
De requerirse mayor información, se coordinará entre CFN BP y la consultora, las reuniones, documentos o visitas que se requieran, respetando las políticas de seguridad y sigilo correspondientes.
Adicionalmente, la consultora deberá considerar el siguiente marco normativo:
Principios Internacionales Básicos sobre administración de riesgos (Basilea).
Normas generales para las instituciones del sistema financiero ecuatoriano de la gestión y administración de riesgos de crédito.
Código Orgánico Monetario y Financiero.
Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado.
PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
Informe ejecutivo respecto de la situación actual de la fase de análisis de solicitudes de crédito e identificación de brechas con las mejores prácticas y exigencias de los organismos de control; conclusiones, recomendaciones, plan de trabajo y propuesta de mejora.
Memoria técnica que contenga el modelo (y/o submodelos, de ser el caso), por cada producto o grupo de productos vigentes, metodologías, instructivos, instrumentos y sistemas de alertas e información para el análisis de crédito o financiamiento de primer piso de la CFN BP.
Solución informática de análisis financiero para la concesión de crédito o financiamiento de primer piso, instalada y operando en ambientes de: desarrollo, pruebas, contingencia y producción, construida con base en la Arquitectura de TI de la CFN BP e integrada a las soluciones tecnológicas vigentes, mediante servicios expuestos y/o consumidos desde la capa de integración, incluyendo además, la documentación acordada entre las partes, dentro de la metodología de construcción de la solución que considere al menos:
Especificaciones funcionales finales, acordadas y certificadas por la CFN, dentro del alcance del proyecto (física y digital).
Diseños funcionales y técnicos de la solución (física y digital)
Manuales: de usuario, técnicos, de instalación, de operador (digital)
La documentación de las pruebas, certificación y puesta en producción de la solución (física y digital)
Servicios construidos, documentados y expuestos en la capa de integración requeridos por el proceso de crédito y financiamiento.
Transferencia de conocimientos del modelo, metodología aplicada y de la solución informática implementada, en al menos 60 horas globales de entrenamiento, a un grupo aproximado de 20 personas, distribuidas en dos o más sesiones de entrenamiento, para usuarios operativos, administrador/es de la herramienta, técnicos de TI, de seguridad informática y otro personal designado por la CFN BP, conforme se acuerde entre las partes. La consultora entregará el material didáctico, los certificados de participación y los registros de asistencia.
Actualizaciones implementadas y debidamente sustentadas en órdenes de trabajo suscritas.
PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo total para la ejecución del contrato es de hasta doscientos setenta (270) días calendario, contados a partir de la suscripción del contrato, conforme al siguiente detalle:
Hasta ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, para el cumplimiento de los siguientes parciales:
Plazo máximo |
Producto – Servicio |
Hasta 60 días (*) |
Revisión y diagnóstico de actual proceso de análisis para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.1 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. Optimización del modelo de análisis para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.2 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
Hasta 180 días (*) |
Construcción e implementación de una solución informática del proceso de análisis financiero. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.3 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
Hasta 180 días (*) |
Transferencia de conocimientos. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.4 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
(*) Plazos a partir de la suscripción del contrato
Hasta doscientas (200) horas de actualización o 90 días calendario, lo que ocurra primero, para el desarrollo de actualizaciones, contados a partir de la puesta en producción de la solución informática de análisis para concesión crédito, conforme lo estipulado en el punto 5.5 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas.
PERSONAL TÉCNICO / EQUIPO DE TRABAJO / RECURSOS
La consultora deberá asignar al contrato, el personal necesario que cumpla al menos, los siguientes roles y requisitos:
Roles |
Requisitos (Formación, Capacitación y Experiencia) |
Gerente del Proyecto |
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Especialista de Riesgo de Crédito |
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Matemático - Estadístico |
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Arquitecto de la solución informática |
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Desarrollador Power Builder de la solución informática |
En el caso de que la solución informática sea desarrollada en Power Builder se requerirá:
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Desarrollador Java de la solución informática |
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Para sustentar los requisitos solicitados por cada participante del equipo de trabajo, se debe presentar de manera ordenada, lo siguientes documentos:
Hoja de vida actualizada.
Carta de compromiso individual para participar en la presente consultoría.
Copia del título profesional.
Copia de las capacitaciones y/o certificaciones.
Certificados laborales, de experiencia y proyectos, emitidos por el empleador o contratante, donde se especifique la función desempeñada y el período de trabajo o, los proyectos en los que haya ejercido uno o varios de los roles mencionados anteriormente o sus equivalentes, especificando los aspectos relevantes de cada uno de ellos.
El equipo consultor base debe conformarse con al menos 4 personas (incluido el Gerente de Proyecto), pudiendo la consultora presentar roles o recursos adicionales conforme lo requiera, para cumplir con el alcance, en los costos y plazo establecidos.
La consultora deberá adjuntar en la oferta, el detalle del equipo de trabajo, especificando el número de recursos que se incorporarían en la ejecución del contrato, por cada uno de los roles.
En caso de que los oferentes consideren proponer más personal técnico para los roles solicitados, los mismos deberán cumplir con los requisitos mínimos establecidos. (Se asignará puntos adicionales de conformidad con lo detallado en la metodología de evaluación).
PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial total es de USD $ 176.264,00 dólares (USD $ Ciento setenta y seis mil doscientos sesenta y cuatro dólares de los Estados Unidos), sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
Para la ejecución de los componentes del alcance 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4), el valor de USD 168.264,00 (ciento sesenta y ocho mil doscientos sesenta y cuatro dólares de los Estados Unidos), sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
Para las actualizaciones por 200 (doscientas sesenta) horas (componente 5.5 del alcance), el valor de USD 8.000,00 (ocho mil dólares de los Estados Unidos), sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.
FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
La forma de pago por el servicio se cumplirá de la siguiente manera:
30% de anticipo, pagado a la firma del contrato;
70% será pagado en función de los entregables recibidos a satisfacción de CFN, acorde al cronograma de trabajo. Con cada entregable se devengará lo que corresponda del anticipo.
Producto – Servicio |
Porcentaje |
Revisión y diagnóstico de actual proceso de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.1 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. Optimización del modelo de análisis financiero para la concesión de crédito de primer piso de la CFN BP. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.2 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
20% |
Construcción e implementación de una solución informática del proceso de análisis financiero. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.3 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. |
40% |
Transferencia de conocimientos. De acuerdo a lo estipulado en el punto 5.4 del Alcance de este documento, incluyendo el cumplimiento de las actividades y documentación establecida en la planificación del proyecto y metodologías acordadas. Con el cumplimiento de las actividades ejecutadas y entregables recibidos hasta aquí, se amortizará el 100% del valor entregado como ANTICIPO. |
5% |
Actualizaciones a la solución informática implementada, específicamente hasta doscientas (200) horas de actualización o 90 días calendario para actualizaciones, lo que ocurra primero, contados a partir de la puesta en producción de la solución informática de análisis para concesión crédito, se cancelará por hora/hombre debidamente justificada en las órdenes de trabajo suscritas, considerando el valor unitario de USD 40,00 (cuarenta dólares de los Estados Unidos); estas horas serán solicitadas por el administrador del contrato y canceladas conforme su requerimiento. |
5% |
TOTAL: |
70% |
Para cada pago parcial, la consultora deberá adjuntar: el Acta de Entrega - Recepción debidamente suscrita, la factura correspondiente y el informe de satisfacción emitido por el Administrador del Contrato.
Para el pago final, la consultora deberá suscribir el Acta Entrega de Recepción definitiva, misma que contendrá la liquidación económica, técnica y de plazos que será suscrita conforme la normativa de contratación pública vigente.
El consultor deberá presentar garantías de buen uso del anticipo y fiel cumplimiento del contrato.
DETERMINACIÓN DE LOS PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN
Evaluación por Puntaje
El presente proceso de contratación se evaluará con los parámetros que se detallan a continuación, para lo cual el oferente deberá presentar un resumen de los requerimientos cumplidos y una referencia del o los documentos (que debe estar como parte de la propuesta) que avalan dicho cumplimiento y su calificación:
Parámetro
Requerimientos y calificación
Puntos
Experiencia general de la Consultora:
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten mínimo dos certificados, contratos o actas de entrega - recepción de trabajos y/o proyectos concluidos y exitosos (con posibilidad de verificación), en los que se haya diseñado, desarrollado e implementado al menos dos de los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial.
30
Experiencia del personal técnico clave
La Comisión analizará la experiencia y capacidad del personal técnico mínimo ofertado (al menos 4 profesionales en los diferente/s rol/es) de acuerdo con el PERFIL DEL EQUIPO TÉCNICO, concediendo hasta 40 puntos.
40
Metodología y Plan de Trabajo
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten:
PROPUESTA TÉCNICA – METODOLÓGICA: Propuesta técnica - metodológica para diseñar, desarrollar e implementar un Modelo de Análisis Financiero para la Concesión de Crédito, considerando las particularidades crédito de fomento productivo, que contemple: escenarios para análisis de sensibilidad, flujos presentes y futuros, supuestos, parámetros cuantitavos, registro y análisis financiero comparativo, vertical y horizontal, entre otros.
PROPUESTA DE SISTEMA DE ALERTAS: Propuesta de sistema de alertas e información para identificar operaciones de financiamiento que puedan generar problemas en la gestión de cartera o pérdidas para la Institución, así como también oportunidades xx xxxxxxx.
PROPUESTA DE ARQUITECTURA DE SOLUCIÓN INFORMÁTICA: Propuesta de la arquitectura de la solución informática a implementarse, con sus características técnicas principales de la solución, componentes o módulos previstos y una estimación de los recursos informáticos (hardware y software) que se requerirán en su desarrollo, instalación, puesta en marcha, con una proyección a 5 años.
PLAN Y CRONOGRAMA PARA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN: Plan de trabajo y cronograma estimado de despliegue, en donde se contemple además la instalación, configuración, integración y un plan de pruebas de la solución informática en los ambientes definidos en el Anexo 2.
30
TOTAL
100
Se utilizará la siguiente metodología de evaluación, considerando los parámetros de calificación:
Experiencia General de la Empresa hasta 30 puntos:
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten mínimo dos certificados, contratos o actas de entrega - recepción de trabajos y/o proyectos concluidos y exitosos (con posibilidad de verificación), en los que se haya diseñado, desarrollado e implementado al menos dos de los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial. El puntaje se asignará de la siguiente manera:
Si se presentan al menos dos (2) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de, al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 20 puntos.
Si se presentan al menos tres (3) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de, al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 25 puntos.
A partir de cuatro (4) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 30 puntos.
Experiencia del Personal Técnico Clave hasta 40 Puntos:
Al Gerente del Proyecto se le asignará hasta 20 puntos si demuestra su experiencia:
Si cuenta con al menos dos (2) actas y/o certificados de proyectos similares en los últimos 3 años, se le asignará 5 puntos.
Si cuenta con tres (3) o más actas y/o certificados de proyectos similares en los últimos 3 años, se le asignará la totalidad de 10 puntos.
Si cuenta con al menos 80 horas de capacitación en evaluación financiera de proyectos y gestión de riesgos de crédito, se le asignará 5 puntos.
Si cuenta con más de 80 horas de capacitación en evaluación financiera de proyectos y gestión de riesgos de crédito, se le asignará la totalidad de 10 puntos.
La Comisión analizará la experiencia y capacidad del personal técnico mínimo ofertado (al menos 3 profesionales adicionales al Gerente del Proyecto en los diferente/s rol/es solicitados) de acuerdo con el PERFIL DEL EQUIPO TÉCNICO, concediendo hasta 20 puntos, de la siguiente manera:
Se asignará hasta 9 puntos a los oferentes cuyo su personal técnico presente al menos un certificado laboral, de experiencia y/o de proyectos afines al objeto de la presente contratación (tres puntos por cada profesional).
Si presenta 3 o más hojas de vida de profesionales, debidamente sustentadas, conforme los roles establecidos, se les asignará hasta 11 puntos adicionales, conforme lo siguiente:
Si presenta 3 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 3 puntos.
Si presenta 4 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 6 puntos.
Si presenta 5 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 11 puntos.
Metodología y Plan de Trabajo hasta 30 Puntos:
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten:
PROPUESTA TÉCNICA – METODOLÓGICA.
PROPUESTA DE SISTEMA DE ALERTAS.
PROPUESTA DE ARQUITECTURA DE SOLUCIÓN INFORMÁTICA.
PLAN Y CRONOGRAMA PARA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN.
MULTAS
Por cada día calendario de retraso en la entrega de los productos y/o de las obligaciones que contrae la consultora se aplicará una multa del 2 por mil (2x1000) del valor total del contrato, excepto en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobado y aceptado por la CFN BP, para lo cual se notificará a esta institución dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes de suscitados los hechos. De no enviar dicha notificación, se entenderán como no ocurridos los hechos que alegue la consultora adjudicada. Sin perjuicio de la aplicación de las multas, la CFN BP tendrá derecho a la reclamación de los daños y perjuicios por incumplimiento de lo establecido en los Términos de Referencia, Pliegos Precontractuales y Contrato.
Si el monto total de las multas supera el 5% del valor del Contrato, se podrá dar por terminado el Contrato unilateralmente.
Las multas no procederán en caso que los retrasos no fueren imputables a la consultora.
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y DATOS
De acuerdo con lo señalado en el Libro I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, TITULO X.- DE LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS, CAPITULO V.- DE LA GESTIÓN DEL RIESGO OPERATIVO, SECCIÓN VI.- SERVICIOS PROVISTOS POR TERCEROS, ARTICULO 20, numeral 20.2.6: “La confidencialidad de la información y datos”, de la Codificación de Resoluciones de la Junta Bancaria y de la Superintendencia de Bancos, deberá incluir en su oferta un “ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACIÓN Y DATOS” suscrito por el oferente, donde se establezca lo siguiente:
Será responsabilidad de la consultora guardar absoluta reserva sobre la información y las aplicaciones de propiedad de la CFN BP, a la que acceda o le sean confiadas en virtud de la ejecución, desarrollo o cumplimiento del contrato; inclusive la información que pueda ser expuesta debido a vulnerabilidades en los sistemas de la CFN BP.
La consultora guardará absoluta confidencialidad y sigilo de todos los documentos, información, software, arquitectura, esquemas de seguridad, procesos, metodologías, y demás información que la CFN BP entregue para el desarrollo del contrato, incluyendo información que se llegará a conocer de manera indirecta, no pudiendo reproducirla, generarla o difundirla de ninguna forma.
Ante controversias públicas sobre el objeto del contrato, la consultora no podrá asistir a entrevistas o sustentar el caso ante ningún medio de comunicación, a menos que reciba autorización escrita del representante legal de la CFN BP.
La consultora se compromete a que el personal a su cargo (propio o de terceros) guarde el mismo nivel de confidencialidad sobre la información recibida con el mismo grado de cautela con el que protege su propia información, inclusive posterior a la finalización del contrato, no pudiendo divulgarla sin el consentimiento expreso de la CFN BP.
La inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la CFN BP ejerza las acciones legales, civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente.
ACUERDO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DEL CONOCIMIENTO, PRODUCTOS, DATOS E INFORMACIÓN
En concordancia a lo señalado en el Libro I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, TITULO X.- DE LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS, CAPITULO V.- DE LA GESTIÓN DEL RIESGO OPERATIVO, SECCIÓN VI.- SERVICIOS PROVISTOS POR TERCEROS, ARTICULO 20, numeral 20.2.7: Derechos de propiedad intelectual del conocimiento, productos, datos e información, cuando aplique” de la Codificación de Resoluciones de la Junta Bancaria y de la Superintendencia de Bancos, el oferente deberá incluir en su oferta, un “ACUERDO DE PROPIEDAD INTELECTUAL”, donde se estipule como mínimo lo siguiente:
De ser aplicable, los informes, materiales didácticos, conocimientos, productos, datos, solución informática e información que resulten de la ejecución del contrato, serán de propiedad exclusiva de la CFN BP y no podrán ser divulgados total o parcialmente por la consultora ni por los profesionales que participen en la ejecución del contrato.
La consultora reconoce los derechos de Propiedad Intelectual de la CFN, sobre todo el desarrollo y la documentación generados, cediendo cualquier derecho de explotación (reproducción, distribución, comunicación y transformación) y propiedad de los mismos.
La CFN BP podrá hacer uso que considere conveniente y sea aplicable, de los informes, materiales didácticos, solución informática, conocimientos, productos, datos e información generada durante la ejecución del contrato, de acuerdo a los intereses institucionales.
ANEXO 1
REQUERIMIENTOS FUNCIONALES DEL MODELO DE ANÁLISIS
La solución informática deberá considerar lo siguiente:
En la CFN BP existe una división natural entre créditos de corto y largo plazo, dado que los destinos de los financiamientos tienen naturaleza y condiciones de riesgo distintas. Los créditos de corto plazo tienen por objeto el financiamiento de capital de trabajo mientras que, los de largo plazo, se orientan principalmente al financiamiento de inversiones de activos fijos. Adicionalmente, el proceso de evaluación de clientes o proyectos nuevos, es distinto al de clientes o proyectos antiguos. Así también, la solución informática deberá ser lo suficientemente versátil para conjugar las variables, segmentos, productos y sectores de las operaciones a evaluarse, fundamentalmente, desde el punto de vista del análisis financiero.
El modelo y solución se enmarcará en el análisis financiero de las solicitudes de crédito, para lo cual se deberá definir, ponderar y conjugar elementos de análisis cuantitativo, considerando las siguientes fases:
Fase de estudio preliminar de las solicitudes para decidir si se continúa o se suspende el trámite de la solicitud (alertas tempranas de riesgo y políticas evidentes). Estas alertas estarán basadas en técnicas cuantitativas que permitan generarlas y estarán basadas en los resultados del diagnóstico; y, deberán quedar registradas y ser visibles en el interface de usuario de la aplicación.
Fase de análisis crediticio del sujeto y del proyecto, para establecer la capacidad de pago y situación financiera del cliente, así como la viabilidad financiera de los proyectos a financiarse. En este sentido, se debe contemplar: escenarios para análisis de sensibilidad, flujos presentes y futuros, supuestos, parámetros cuantitavos, registro y análisis financiero comparativo, vertical y horizontal, alertas e información que permita identificar, de forma oportuna, operaciones de financiamiento que puedan generar problemas en la gestión de cartera o pérdidas para la Corporación, así como también oportunidades xx xxxxxxx. Para este cálculo se incluirán técnicas de simulación, y otras metodologías estadísticas consideradas necesarias para la medición del riesgo.
Fase de generación de reportes e información para instancias de aprobación. Entre los reportes a generarse en los análisis se incluirán desarrollos que genere reportes de tipo Dashboard o Tablero de Indicadores que podrán ser exportados a Excel o PDF.
El modelo (y submodelos de ser el caso), deberán considerar las particularidades del catálogo de productos y servicios vigentes, tanto para la parametrización como para la evaluación, controles y reportería.
ANEXO 2
ESPECIFICACIONES PARA LA SOLUCIÓN INFORMÁTICA
Requerimientos Funcionales:
El modelo de datos de la solución informática debe asegurar la persistencia adecuada de la información procesada para análisis de back testing y reportes de gestión, para lo cual se deberá realizar el análisis y modelo respectivo, con la coordinación y aprobación de la CFN BP.
La solución informática deberá contemplar las seguridades suficientes para el acceso a usuarios de acuerdo a los requerimientos institucionales y de los organismos de control:
La solución informática deberá garantizar la confiabilidad, integridad y disponibilidad de los datos que se generen como producto de la ejecución sus procesos.
La solución informática deberá cumplir con lo establecido en la Normativa de Seguridad Interna de la CFN BP, para el mantenimiento desarrollo y/ o adquisición de software, para la gestión de usuarios y control de accesos, pistas y logs de auditoría.
En el análisis y diseño que corresponda, se deberán contemplar los parámetros de seguridad de la información y pistas de auditoría.
La implementación de la solución informática deberá contemplar las disposiciones contenidas en la norma de riesgo operativo vigente, relacionadas con la seguridad en canales electrónicos (doble autenticación, última conexión, sesiones múltiples, pistas y logs de auditoría entre otras).
La solución informática debe tener la versatilidad de configurar y parametrizar los modelos (y submodelos de ser el caso) con sus variables cuantitativas cuya información puede ser de diferentes tipos (numérica, alfanumérica, si/no, etc.), factores y subfactores de evaluación ponderados por pesos o valores, rangos de resultados de la evaluación de los modelos asociados a niveles de riesgo.
La solución informática debe tener la flexibilidad de configurar y parametrizar las plantillas de información financiera por sector para la carga de balances. La carga de balances debe poder realizarse directamente en el sistema, desde un archivo Excel con un formato determinado por la CFN BP, desde servicios expuestos por los aplicativos institucionales, y/o través del consumo de un servicio web expuesto por una entidad de control.
La solución informática de análisis financiero para la concesión de crédito o financiamiento deberá persistir los resultados de las evaluaciones realizadas con datos proporcionados por el cliente, sugeridos por el analista y/o parametrizados para el análisis de sensibilidad, de forma independiente y con los registros de auditoría correspondientes.
El aplicativo permita ingresar justificativos para el cambio de variables del proyecto y mantener una auditoría de esta información.
Requerimientos técnicos:
Es considerada de alta criticidad para el negocio, por lo tanto, se instalaría en los cuatro ambientes: producción con alta disponibilidad con balanceo de carga, desarrollo, pruebas y contingencia.
La arquitectura deberá ser escalable verticalmente (crecimiento de usuarios) y horizontalmente (crecimiento en hardware), todo esto para soportar crecimiento de la solución, si es necesario. En ninguno de los dos casos deberán existir restricciones.
La construcción de la solución informática deberá ser desarrollada aplicando la tecnología, estándares y frameworks de desarrollo existente en la CFN BP de acuerdo a los siguientes lineamientos:
Capa de presentación en Power Builder 12.5 o superior y/o JEE (de acuerdo a la herramienta seleccionada para el desarrollo)
Capa de servicios de integración tanto para consumo como exposición de información (Arquitectura SOA. Ver componentes tecnológicos en Anexo 3).
Capa de persistencia. (Ver componentes tecnológicos en Anexo 3).
La solución informática debe incluir todos los elementos necesarios para cumplir con la funcionalidad, alcance y aspectos técnicos, definidos en este documento considerando lo establecido en el anexo 3.
La solución informática deberá ajustarse al esquema y manejo de seguridades establecido en la CFN BP, tanto para Power Builder como JEE según corresponda.
La oferta debe incluir los servicios y planes de trabajo para la instalación y configuración de la solución en los ambientes definidos, así como la integración y despliegue en los componentes de hardware y software detallados en el Anexo 3, según corresponda.
El plazo máximo de entrega de la solución informática, deberá incluir la correspondiente: instalación, configuración, integración, pruebas y puesta en producción.
La solución informática, antes de ser puesta en producción, deberá cumplir con los lineamientos establecidos para: aseguramiento de la calidad (certificaciones técnica y funcional de la CFN BP). La documentación requerida por estos procesos deberá ser generada con base en los formatos acordados entre las partes y que cubra con los lineamientos metodológicos de la CFN - BP.
Para la adecuada persistencia de los datos, la consultora en coordinación con la CFN BP, realizará el análisis respectivo y establecerá el modelo de datos que mejor responda a la solución a implementar, contemplando la convivencia del sistema vigente con el modelo de datos a utilizarse. Dichas definiciones formarán parte de la arquitectura de la solución y deberán contar con la aprobación de la CFN BP
La solución informática deberá contemplar características de versatilidad (fácil configuración, parametrización de métricas y/o customización de variables), de forma tal que, para incorporar nuevos productos, flujos, requisitos, parámetros, métricas y/o variables de análisis, no se genere dependencia de programación informática y/o necesidad de manipulación del código fuente.
La solución informática y sus complementos no deberá requerir licenciamiento adicional para la CFN BP ya sea en software base, componentes utilitarios o librerías utilizadas. , a menos que sea justificado por el proveedor y aprobado por la CFN BP bajo parámetros establecidos.
De requerirse licencias o suscripciones, deberá existir una justificación técnica y aprobación expresa por parte de la CFN BP, y su costo deberá estar incluido como parte del valor ofertado de Consultoría, considerando una vigencia, soporte y mantenimiento no menor a 5 años. Dichas licencias o suscripciones deberán estar a nombre de la Corporación Financiera Nacional BP.
La base de datos del sistema informático ofertado puede ser Sybase Enterprise ver.15.5 o superior sobre Sun Solaris Sparc 11 o superior, DB2 Data Base Enterprise SQL Server 2010 o superior, sobre Windows Server 2012 R2 o superior. Únicamente para el caso de Sybase Enterprise, las licencias de base de datos serán provistas por la CFN B.P; caso contrario, el proveedor deberá contemplar el licenciamiento de la base de datos a favor de la CFN B.P, para los ambientes de producción, desarrollo, contingencia y de pruebas por un período de mínimo cinco años a partir de la puesta en funcionamiento de la solución.
La solución informática deberá contemplar su respectiva garantía técnica, cuyas condiciones mínimas serán las siguientes:
La consultora deberá entregar una garantía técnica por un período mínimo de 6 (seis) meses ante fallos ocurridos en la solución informática de gestión y control de riesgos de crédito, vigente a partir de su puesta en producción.
La corrección de los problemas será provista por su personal técnico e incluirá, entre otros la corrección de defectos de programación, la resolución de problemas de desempeño a causa de la construcción de la solución y/o componentes de software de terceros provisto por la empresa consultora.
La atención y solución al problema reportado se lo realizará en 4 horas. En el caso de requerirse mayor tiempo, la consultora deberá enviar comunicación a la CFN BP, explicando el alcance del problema y el tiempo de solución.
En caso de que los inconvenientes reportados demanden una suspensión de los servicios de la solución implementada, por un tiempo mayor a tres (3) días laborables, la consultora se compromete a cumplir con los requerimientos y sanciones que se establezcan de acuerdo a la normativa legal y parámetros contractuales.
ANEXO 3
COMPONENTES TECNOLÓGICOS DE LA CFN
Componente principales
Componente tecnológico |
Producto |
Infraestructura |
Plataforma Tecnológica |
Servidor WEB |
IBM HTTP Server |
Servidor Blade Oracle SPARC T5-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 11 |
Bus de servicios empresariales |
IBM Integration Bus |
Servidor Blade Oracle SPARC T5-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 11 |
Servidor de aplicaciones |
IBM Websphere Application Server |
Servidor Blade Oracle SPARC T5-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 11 |
Servidor de procesos |
IBM Business Process Manager |
Servidor Blade Oracle SPARC T5-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 11 |
Servidor de reglas |
IBM Operational Decision Manager |
Servidor Blade Oracle SPARC T5-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 11 |
Servidor de colaboración |
IBM Lotus Domino |
Servidor Blade HP ProLiant BL460c Gen8 |
Sistema Operativo Windows Server 2012 R2 |
Servidor de directorios |
MS Active Directory (usuarios internos) |
Servidor Blade HP ProLiant BL460c Gen8 |
Sistema Operativo Windows Server 2012 R2 |
Novell Identity Manager (usuarios externos) |
Servidor Blade HP ProLiant BL460c Gen8 |
SuSE Linux Enterprise Server 10 x64 SP4
|
|
Servidor de autorización (usuarios externos) |
Entrust Identity Guard |
Servidor Blade HP ProLiant BL460c Gen7 |
Windows Server 2008 R2 Standard x64 EN
|
Servidor de bases de datos |
Sybase, DB2 (bases principales) |
Servidor Blade Oracle SPARC T4-1B 64 bits |
Sistema Operativo Oracle Solaris 10 |
Otros componentes:
Virtualización: Oracle Virtual Machine, VMWare, Microsoft Hyper-V
Navegadores para Internet: Internet Explorer, Mozila Firefox, Google Chrome
Respaldos de información: HP Data Protector
Soluciones actuales: IBM BPM, IBM Integration BUS, IBM ODM, Cobis (Visual Studio .NET), PCIE (PowerBuilder)
Herramienta de ofimática: MS Office
Otros componentes podrían ser implementados sobre otras plataformas, siempre que se cuente con la aprobación de la CFN BP
Ambientes:
Ambiente de producción en alta disponibilidad y balanceo de carga
Ambiente de desarrollo
Ambiente de pruebas
Ambiente de recuperación de desastres (Contingencia)
Arquitectura prevista de soluciones de TI:
Herramientas de SOA y BPM:
COMPONENTE |
HERRAMIENTA |
OBSERVACIONES |
Consumer Interface Layer |
IBM HTTP Server |
El HTTP Server se debe utilizar para proyectos BPM |
Business Process Layer |
IBM Process Server Standard IBM Process Center Standard IBM Process Designer IBM Decision Server Rules Edition IBM Decision Center Almacén de documentos embebido (Funcionalidades reducidas FILENET) |
La versión de la suite IBM BPM es 8.5.6 La versión de IBM ODM es 8.7.1 Se prevé el fortalecimiento del ECM. Herramientas instaladas en ambientes de: Producción, Pruebas y Desarrollo. |
Integration Layer Service |
IBM Integration Bus Standard ver. 9. |
En los aplicativos COBIS se incluye el componente COBIS Integration Service (CIS) |
Integration Layer (Service Components) |
IBM Application Server (WAS) ver. 8.5.1 IBM Message Queue (WMQ) ver. 7.5 |
WAS y WMQ son utilizados por los aplicativos COBIS |
Operational Systems |
DB2 Data Base Enterprise Sybase Data Base Enterprise ver. 15.5 |
SYBASE se utiliza para los aplicativos COBIS DB2 se debe utilizar para los proyectos BPM |
Componentes de Seguridad y Colaborativos
En toda implementación se debe validar que estos componentes se integren a la solución.
Componente |
Interface o método de integración |
Consideración de Utilización |
Novell IDM |
Interfaces de programación propias de la herramienta. El listado del software compatible para ser integrado a esta herramienta, se encuentra disponible en portal Web de Novell. |
Se utiliza exclusivamente para gestión de la identidad y autenticación que son propietarios de las herramientas de software. Alternativa para gestionar la identidad y autenticación cuando las herramientas de software no permiten integración (nativa o vía LDAP) con el Directorio Activo. |
Microsoft Directorio Activo |
Integración nativa (La herramienta de software debe tener esta funcionalidad) Integración vía LDAP por puerto seguro. |
Se utiliza para la autenticación de los usuarios y para acceder a la información de los objetos (usuarios) disponibles en el Directorio Activo. |
CA - Application Performance Manager (APM) |
Integración a nivel de los Servicios Web que sean desarrollados en la plataforma de Middleware |
Es un agente que se instala en la plataforma de Middleware y que se utiliza para monitorear el estado de los Servicios Web desplegados. |
Entrust Identity Guard |
Librería de Servicios Web (Java y .Net) disponibles en la herramienta. El listado de los Servicios Web disponibles para la integración se encuentra en portal Web de Entrust. |
Esta plataforma permite una autenticación robusta de usuarios, con doble factor. Puede ser: Claves, Certificados, Token, Tarjetas de coordenadas, Biométricos, entre otros. Debe utilizarse conforme lo determine el requerimiento específico. |
Lotus Domino |
Integración a la plataforma de correo vía protocolo SMTP |
Integración para utilizar el servicio de mensajería de correo electrónico de Lotus Notes. |
Aplicativos que se integran al proceso de crédito
Aplicativo |
Observaciones |
COBIS |
Los módulos actuales del Core bancario (COBIS) que soportan el proceso de crédito son: MIS, Expedientes/ Solicitudes de Crédito, Cartera, Garantías, Administrador de Trámites, Trámites, Gestión, Supervisión y Cobranzas. |
Factoring Electrónico |
Corresponde a un producto de Crédito, cuya gestión para la concesión es similar a los otros productos. Está desarrollado en JEE, con una arquitectura multicapas. |
Credireport |
En el actual proceso de Concesión de Crédito, el consumo de datos del Buró de Crédito se lo hace a través del sistema PCIE Riesgos, aplicativo que procesa la información y presenta los resultados. La CFN determinará los servicios web y los mecanismos de integración, para ser consumidos ya sea directamente por la solución BPM – SOA o a través de otro aplicativo. En todo caso, se debería registrar la información en las mismas estructuras de Datos que actualmente se almacenan y continuar con el procesamiento respectivo. |
Detectart |
En el actual proceso de Concesión de Crédito, el consumo de los servicios del aplicativo Detectart (enfocado al control xx xxxxxx de activos) es invocado en los aplicativos COBIS, principalmente cuando se ingresa o actualiza información de personas naturales, jurídicas o IFIs (por ejemplo: clientes, garantes, cónyuges, codeudores, etc.). |
Risk Control Service (RCS)
|
En el actual proceso de Concesión de Crédito, el consumo de los servicios del aplicativo RCS (principalmente enfocado al manejo de listas reservadas), es invocado por el aplicativo Detectart. |
DINARDAP |
Consumo de servicios web de información pública de la plataforma de interoperabilidad del Estado en el que confluyen entre otros organismos: Registro Civil, SRI, Consejo Electoral. |
PCIE Riesgos (o aplicativo equivalente) |
En el actual proceso de Concesión de Crédito, existen tres instancias de interrelación entre este aplicativo (o su equivalente) y el sistema COBIS: Pre-análisis, Análisis e Instrumentación y los procesos que ejecuta este aplicativo son, entre otros: Perfil de Riesgos, Scoring y Análisis de Ingresos y Gastos. |
NOTA: Información es tomada de las definiciones tecnológicas de la CFN que constan en: PETI, Arquitectura de TI y, Tecnología y asignación de productos. Además de definiciones de organismos de control.
SECCION III
CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha de publicación |
19/08/2016 |
----- |
Fecha límite de preguntas |
26/08/2016 |
16h00 |
Fecha límite de respuestas y aclaraciones |
31/08/2016 |
16h00 |
Fecha límite entrega de ofertas técnica y económica |
09/09/2016 |
11h00 |
Fecha apertura oferta técnica |
09/09/2016 |
12h00 |
Fecha inicio evaluación |
09/09/2016 |
13h00 |
Fecha resultados finales oferta técnica |
16/09/2016 |
15h00 |
Fecha apertura oferta económica |
16/09/2016 |
16h00 |
Fecha de negociación |
19/09/2016 |
10h00 |
Fecha estimada de adjudicación |
30/09/2016 |
16h00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de (2) días, de acuerdo al siguiente cronograma:
Concepto |
Día |
Hora |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores |
12/09/2016 |
16h00 |
Fecha límite para convalidación errores |
14/09/2016 |
16h00 |
Fecha estimada de adjudicación |
30/09/2016 |
16h00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta la celebración del contrato.
3.3 Precio de la Oferta: Se entenderá por precio de la oferta al valor que el oferente haga constar en el formulario de oferta económica.
3.3.1 Forma de presentar la oferta: La oferta se deberá presentar de forma física en dos sobres por separado, los que contendrán los formularios descritos en la sección de integridad de la oferta con el siguiente texto:
CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA
“CPC-CFN-CAF-005-2016”
Sobre No. (1 ó 2)
OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)
(Original y copia)
Señor
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Gerente de División Administrativa
Presente.-
PRESENTADA POR: ___________________________________
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
3.4 Plazo de ejecución:
El plazo para la ejecución de la DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN) es de 2700 días totales.
3.5 Alcance del precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse.
El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx, Formulario de Oferta Económica.
3.6 Forma de pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria y en el Contrato.
3.6.1 Anticipo: El 30% del valor total del contrato en calidad de anticipo, mismo que será pagado una vez suscrito el mismo.
3.6.2 Valor restante del contrato: Se lo hará de la manera prevista en el numeral 7 de la Convocatoria y en el Contrato.
SECCIÓN IV
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1 Evaluación de la oferta: Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.
4.1.1 Integridad de la oferta: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los Formularios de la oferta y requisitos mínimos previstos en el pliego.
Formulario de la Oferta:
1.1 Presentación y compromiso;
1.2 Datos generales del oferente;
1.3 Identificación de socios, accionistas, partícipes mayoritarios del oferente en caso de ser persona jurídica;
1.4 Situación financiera del oferente (Índices financieros y patrimonio);
1.5 Oferta Económica (Sobre No. 2);
1.6 Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría (Metodología y cronograma de ejecución);
1.7 Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato (Experiencia mínima del personal clave);
1.8 Capacidad técnica y administrativa disponible (Personal Técnico clave asignado al proyecto);
1.9 Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría (La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formulario en el procedimiento);
Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida:
2.1 Compromiso del Profesional asignado al proyecto
2.2 Hoja de Vida del personal técnico clave asignado al proyecto
Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
II Patrimonio (Aplicable para personas jurídicas):
Patrimonio: (RESOLUCIÓN INCOP No. RE-2013-000082 Y No. RE-2013-0000093)
En caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación con el presupuesto referencial del procedimiento de contratación, la verificación se realizará mediante la presentación del Impuesto a la Renta presentado a la entidad tributaria respectiva, correspondiente al último ejercicio fiscal:
PRESUPUESTO REFERENCIAL MONTO QUE DEBE CUMPLIRSE DEL PATRIMONIO USD
EN USD. |
FRACCIÓN BÁSICA |
EXCEDENTE |
0 – 200.000.oo |
25% del presupuesto referencial |
--------------- |
200.000 – 500.000 |
50.000,oo |
20% sobre el exceso de 250.000.oo |
500.000 – 10.000.000 |
100.000,oo |
10% sobre el exceso de 1´000.000.oo |
10´000.000.oo en adelante |
1´000.000,oo |
Más del 5% sobre el exceso de 20´000.000.oo |
4.1.2 Verificación de cumplimiento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
PARÁMETRO |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
OBSERVACIONES |
Integridad de la Oferta |
|
|
|
Patrimonio (Aplica para personas jurídicas) * |
|
|
|
Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos pasaran a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificados.
4.1.3 Información Financiera de Referencia:
Análisis de los índices financieros: La CFN tomará en consideración los siguientes índices financieros:
Índice de Solvencia Índice de Endeudamiento siendo estos índices y valores recomendados. Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del último ejercicio fiscal (año 2015) correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo.
Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:
Índice |
Indicador solicitado |
Observaciones |
Solvencia* |
>= 1.00 |
|
Endeudamiento* |
< 0.90 |
|
4.2. Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
PARÁMETRO |
VALORACIÓN (puntos) |
Experiencia general de la Consultora |
30 |
Experiencia del personal técnico clave |
40 |
Metodología y Plan de Trabajo |
30 |
TOTAL |
100 |
Se utilizará la siguiente metodología de evaluación, considerando los parámetros de calificación:
Experiencia General de la Empresa hasta 30 puntos:
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten mínimo dos certificados, contratos o actas de entrega - recepción de trabajos y/o proyectos concluidos y exitosos (con posibilidad de verificación), en los que se haya diseñado, desarrollado e implementado al menos dos de los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial. El puntaje se asignará de la siguiente manera:
Si se presentan al menos dos (2) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de, al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 20 puntos.
Si se presentan al menos tres (3) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de, al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 25 puntos.
A partir de cuatro (4) certificados que evidencien el diseño, desarrollo e implementación de al menos, dos los siguientes componentes o sus equivalentes: a) Modelo de Análisis de Crédito, b) Sistema de Alertas e información de gestión y control de riesgo de crédito c) Solución informática de análisis financiero de proyectos productivos, cuyos montos individuales de contratación correspondan mínimo al 60% del presupuesto referencial, se le asignará 30 puntos.
Experiencia del Personal Técnico Clave hasta 40 Puntos:
Al Gerente del Proyecto se le asignará hasta 20 puntos si demuestra su experiencia:
Si cuenta con al menos dos (2) actas y/o certificados de proyectos similares en los últimos 3 años, se le asignará 5 puntos.
Si cuenta con tres (3) o más actas y/o certificados de proyectos similares en los últimos 3 años, se le asignará la totalidad de 10 puntos.
Si cuenta con al menos 80 horas de capacitación en evaluación financiera de proyectos y gestión de riesgos de crédito, se le asignará 5 puntos.
Si cuenta con más de 80 horas de capacitación en evaluación financiera de proyectos y gestión de riesgos de crédito, se le asignará la totalidad de 10 puntos.
La Comisión analizará la experiencia y capacidad del personal técnico mínimo ofertado (al menos 3 profesionales adicionales al Gerente del Proyecto en los diferente/s rol/es solicitados) de acuerdo con el PERFIL DEL EQUIPO TÉCNICO, concediendo hasta 20 puntos, de la siguiente manera:
Se asignará hasta 9 puntos a los oferentes cuyo su personal técnico presente al menos un certificado laboral, de experiencia y/o de proyectos afines al objeto de la presente contratación (tres puntos por cada profesional).
Si presenta 3 o más hojas de vida de profesionales, debidamente sustentadas, conforme los roles establecidos, se les asignará hasta 11 puntos adicionales, conforme lo siguiente:
Si presenta 3 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 3 puntos.
Si presenta 4 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 6 puntos.
Si presenta 5 hojas de vida sustentadas según cada rol, se les asignará 11 puntos.
Metodología y Plan de Trabajo hasta 30 Puntos:
La Comisión concederá hasta 30 puntos a los oferentes que presenten:
PROPUESTA TÉCNICA – METODOLÓGICA.
PROPUESTA DE SISTEMA DE ALERTAS.
PROPUESTA DE ARQUITECTURA DE SOLUCIÓN INFORMÁTICA.
PLAN Y CRONOGRAMA PARA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN.
4.3 Evaluación de la oferta económica.- La entidad contratante no tendrá acceso a las propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.
La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última conforme la siguiente fórmula:
Pei = (POEm x 100) / POEi
Dónde:
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.
POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.
POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)
Donde:
PTOi = Puntaje Total del Oferente i
Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:
-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).
Para este caso de Consultoría por Concurso Público se determina la siguiente ponderación económica:
90% oferta técnica;
10% oferta económica
En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se atenderá a las siguientes reglas:
a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta técnica.
b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:
b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia Específica”;
De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:
b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal Técnico”;
b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;
b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;
SECCIÓN V
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista: El contratista se obliga a:
Prestar los servicios de consultoría para el “DISEÑO Y DESARROLLO INFORMÁTICO DEL MODELO DE ANÁLISIS FINANCIERO PARA LA CONCESIÓN DE CRÉDITO (OPTIMIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN)” y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y específicas y los demás documentos contractuales.
Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, solicitará la previa autorización, por escrito, del administrador del contrato.
A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.
Solicitará a la entidad la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.
Los oferentes deberán cumplir de manera estricta lo estipulado en el Art. 39 de la LOSNCP, a excepción de su último párrafo.
Obligaciones de la contratante:
Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de 15 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de consultoría, de los que dispusiera, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo de 15 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo de 15 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
SECCION I
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada según lo previsto en el Art. 18 del Reglamento General a la LOSNCP; en caso de que la Comisión Técnica considere necesario la formación de una Sub Comisión de Apoyo deberá observar lo estipulado en el Art. 19 del Reglamento General a la misma Ley, y será la encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la Entidad Contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.
Participantes: La convocatoria estará dirigida a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, y que cumplan con los siguientes requisitos:
Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.
Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en estos pliegos de contratación.
Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las siguientes inhabilidades:
Inhabilidades Generales.- No podrán celebrar contratos con las Entidades Contratantes:
1. Quienes se hallaren incursos en las incapacidades establecidas por el Código Civil
2. El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el Director Ejecutivo y demás funcionarios del Instituto Nacional de Contratación Pública, los legisladores, los presidentes o representantes legales de las Entidades Contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, de los dignatarios, funcionarios y servidores indicados en este numeral;
3. Los servidores públicos, esto es, funcionarios y empleados, que hubieren tenido directa o indirectamente vinculación en cualquier etapa del procedimiento de contratación o tengan un grado de responsabilidad en el procedimiento o que por sus actividades o funciones, se podría presumir que cuentan con información privilegiada;
4. Los que, no habiendo estado inhabilitados en el procedimiento precontractual, al momento de celebrar el contrato, lo estuvieren; y,
5. Los deudores morosos del Estado o sus instituciones.
6. Y todo aquello que sea impedimento para contratar a nivel internacional (empresas sancionadas)
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, al tiempo de presentar la oferta, se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. El compromiso de asociación o consorcio deberá encontrarse suscrito en instrumento público.
En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como adjudicatarios fallidos.
1.3 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física en la Entidad Contratante.
La apertura de las ofertas técnicas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público.
De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o Máxima Autoridad o su delegado con la siguiente información:
a) Nombre de los oferentes;
b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
c) Número de hojas de cada oferta
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física, en dos sobres separados.
1.4 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
1.5 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, a través del correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a los correos correspondientes y publicará el Acta de Respuestas en la página web institucional.
1.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.
1.7 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en el plazo establecido en el cronograma del proceso. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través de correo electrónico en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
1.8 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrán rechazar las ofertas por las siguientes causas:
a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados.
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
1.9 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
Apertura de la oferta técnica: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.
Dentro del término mínimo de 8 días, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2.
Negociación: La Comisión Técnica, negociará con el proponente y no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión o el delegado de la máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.
Adjudicación: La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato de considerarlo pertinente y beneficioso para la institución en los términos establecidos en estos pliegos de contratación, una vez recibida la No Objeción por parte de CAF.
En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación, excepto en el caso del procedimiento de contratación directa en el que se declarará desierto por esta circunstancia, para iniciar una nueva negociación.
El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en la página web xxx.xxx.xxx.xx la página oficial del sercop en la herramienta de publicación especial y se comunicará al consultor mediante oficio la adjudicación.
1.10 Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a la naturaleza de la contratación.
1.10.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato.
1.10.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato.
1.11 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
1.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
1.13 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
1.14 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contados a partir de la fecha de la resolución, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos.
1.15 Precios unitarios y reajuste: Para este procedimiento no existe reajuste de precios.
1.16 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
1.17 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
1.18 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por Concurso Público y Lista Corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo.
Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría.
La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los requisitos establecidos en las condiciones particulares xxx xxxxxx los siguientes requisitos, procedimientos y criterios:
1.- Capacidad técnica y administrativa disponible;
2.-
Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de
trabajos anteriores;
3.- Antecedentes y experiencia
demostrables del personal que será asignado a la ejecución del
contrato;
4.- Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;
5.- Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y,
6.- Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del patrimonio para el caso de personas jurídicas.
2.2. Parámetros de Evaluación: Los parámetros de calificación están determinados en estos pliegos de contratación y deberán ser analizados de conformidad con lo solicitado.
2.3 Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos.
El
incumplimiento de los índices financieros no será causal de rechazo
de la oferta.
2.4 Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares xxx xxxxxx.
SECCIÓN III
FASE CONTRACTUAL
3.1 Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios o productos dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.
Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor.
3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
3.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad.
Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.
El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.
Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.
El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.5 Obligaciones de la contratante:
Designar al administrador del contrato.
Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato.
3.1.7 Administrador del Contrato: El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:
La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
Ha procedido a estudiar el pliego, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.
Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales detalladas en estos pliegos de contratación.
En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad: |
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Calle (principal) |
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No: |
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Calle (intersección): |
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Teléfono(s): |
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Correo electrónico |
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Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): |
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R.U.C: |
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1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.
DECLARACIÓN
En mi calidad de representante legal de ___ (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionistas o participes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos este inhabilitado nacional e internacionalmente para participar en los procedimientos de contratación.
2.- Que la compañía a la que represento ___ (el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.
(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)
3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo. (Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)
4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, que no sean miembro de CAF, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.
5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
.. Descalifique a mi representada como oferente; o,
. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:
TIPO DE PERSONA JURÍDICA:
Compañía Anónima |
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Compañía de Responsabilidad Limitada |
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Compañía Mixta |
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Compañía en Nombre Colectivo |
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Compañía en Comandita Simple |
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Sociedad Civil |
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Corporación |
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Fundación |
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Asociación o consorcio |
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Otra |
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Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
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Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s) |
Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso |
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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1.4 SITUACIÓN FINANCIERA
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio xx Xxxxxx Internas SRI.
Para el caso de empresas extranjeras deberá presentar el documento que avale el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, presentado al ente rector del país correspondiente.
El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro:
Índice |
Indicador solicitado |
Indicador declarado por el proveedor |
Observaciones |
Solvencia* |
>=1 |
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Endeudamiento* |
<0,90 |
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Otro índice resuelto por la entidad contratante * |
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*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
1.5 OFERTA ECONÓMICA **
(SOBRE No. 2)
DESCRIPCIÓN |
Valor USD $ |
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COSTOS DIRECTOS |
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Remuneraciones |
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Beneficios y cargas sociales |
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Viajes y viáticos |
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Servicios |
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Arrendamientos |
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Equipos e instalaciones |
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Suministros |
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Reproducciones |
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Subcontratos |
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COSTOS INDIRECTOS |
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Utilidad |
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TOTAL |
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TOTAL: (detallar el total en números) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2 debidamente cerrado.
1.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Contendrá, entre otros lo siguiente:
Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;
Organigrama funcional del servicio propuesto; y,
Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.
(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).
1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS
Nº |
Nombre del proyecto |
Entidad Contratante |
Monto |
Breve descripción |
Período de ejecución |
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Inicio |
Final |
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1.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre completo |
Título profesional |
Nacionalidad |
Cargo / Función |
Tiempo participación (meses) |
Porcentaje participación sobre total |
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1.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES:
La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación.
No. |
Descripción |
Detalle |
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1.10 FORMULARIO DE NO TENER IMPEDIMENTO
Yo,……………….. en calidad de Representante Legal de la empresa …………, garantizo que a la empresa a la que represento, no tiene impedimento legal en el Ecuador ni a nivel Internacional para contratar; adicional certifico que no tiene cuentas en bancos de países considerados como paraíso fiscal que no sean miembros de la Corporación Andina de Fomento CAF.
Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
Descalifique a mi representada como oferente; o,
Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso **)
(LUGAR Y FECHA)
SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL TECNICO Y HOJA DE VIDA
2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma, Nombre y Número CC)
(Profesional Asignado al Proyecto)
Notas:
Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado en el proyecto, exclusivamente.
Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 2.2 de este formulario.
2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
1. Nombres completos: __________________________________
2. Lugar y fecha de nacimiento: __________________________________
3. Nacionalidad: __________________________________
4. Título profesional: __________________________________
5. Fecha de graduación: __________________________________
6. Título IV nivel: __________________________________
7. Fecha de obtención: __________________________________
6. Experiencia profesional:
Empresa / Institución: |
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Contratante: |
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Proyecto: |
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Monto del proyecto: |
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Papel desempeñado: |
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Tiempo de participación: |
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Actividades relevantes: |
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SECCIÓN III. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO (SOLO SI APLICA)
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte,……….. ………, debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, ……… representada por …………… …………..
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el proceso licitatorio convocado por………………….., para………………….
En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública aplicable a este caso.
Los promitentes asociados o consorciados presentarán la información considerando los porcentajes de participación en relación a índices, calidades, condiciones, experiencia o cualquier otro indicador puntuable, conforme al siguiente detalle:
(Se deberá adjuntar cuadro con el detalle antes referido)
Atentamente,
Promitente Consorciado 1 Promitente Consorciado 2
RUC No. RUC No.
Promitente Consorciado (n)
RUC No.
PROYECTO DE CONTRATO
CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA PARA PROYECTOS FINANCIADOS POR LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO, CAF
|
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte La Corporación Financiera Nacional, representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (nombre del CONSULTOR/A o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 La Corporación Andina de Fomento CAF, y la República del Ecuador, suscribieron el 18 de noviembre del 2014, el contrato xx xxxxxxxx para financiar parcialmente el Programa Progresar relacionado con el Cambio de la Matriz Productiva y se designa a la Corporación Financiera Nacional como Organismo Ejecutor.
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE resolvió aprobar el pliego del procedimiento de (Concurso Público / Lista Corta) (No.) para (describir objeto de la contratación), documentos que cuentan con la No Objeción de CAF señalado en el oficio N°……………
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación aclarando que los compromisos presupuestarios pueden ser presentes y futuros).
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año).
1.5. Luego del proceso correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la CONTRATANTE (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la consultoría (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario). Se cuenta con la No Objeción de la CAF notificada mediante oficio Nro……
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría(CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
g) Copia simple del Contrato xx Xxxxxxxx de CAF y los LINEAMIENTOS CAF.
h) Acta Nro. 005 negociación.
(Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato).1
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El CONTRATISTA se obliga para con la CONTRATANTE a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma (describir detalladamente el objeto de la contratación).
Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones generales de los contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA
4.1En virtud de la celebración del contrato, el/la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
4.2 Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.
Para sustituir al personal técnico clave asignado al proyecto, solicitará la autorización previa por escrito del administrador del contrato.
4.3 En caso de que la CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, requiera personal adicional al indicado en la oferta, solicitará a LA CONTRATANTE la aprobación correspondiente.
4.4 LA CONTRATANTE, solicitará la sustitución , a costo de la CONTRATISTA, de uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto, fundamentada en la ineficiencia comprobada de dicho personal o en el caso de enfermedad u otra causa que le impida ejecutar personalmente su compromiso.
Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
5.1 En cumplimiento del objeto del presente contrato, el/la CONSULTOR/A se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
El/La Consultor/a se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE DE ACUERDO DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CORRESPONDIENTES)
Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO
6.1. El valor estimado del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.
6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.
Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO
7.1. La CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, en el plazo máximo de (días), contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor de (hasta un máximo del …% del valor del contrato), en dólares de los Estados Unidos de América.
7.2. El valor restante del contrato, esto es, (establecer el porcentaje en letras) por ciento (%), se lo hará mediante un solo pago o varios pagos contra entrega del o de los respectivos informes, final, parcial o por producto; o, cualquier otra forma permitida por la ley y determinada por la entidad contratante a través del Administrador del Contrato (establecer la forma aquí).
Cláusula Octava.- GARANTÍAS
8.1.- En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.11 xxx Xxxxxx de condiciones generales para las contrataciones de consultoría que son parte del presente contrato).
8.2.-Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSCNP y 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Novena.- PLAZO
9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de (establecer periodo en letras – días/meses), contados a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato), de conformidad con lo establecido en la oferta.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MULTAS
10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de (valor establecido por la CONTRATANTE, de acuerdo a la naturaleza del contrato.).
(Las multas se impondrán al CONSULTOR por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, así como por incumplimiento de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán con relación directa por el monto total del contrato y por cada día de retraso. El porcentaje para el cálculo de las multas se deberá determinar dentro de la legalidad y razonabilidad, que implica la comprobación del hecho y la correlativa sanción y no podrá ser menor al 1 por mil del valor total del contrato, por cada día de retraso)
Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
11.1.-El presente contrato no contempla reajuste de precios, de conformidad con lo señalado en los pliegos.
Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
12.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
12.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACION DEL CONTRATO
13.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
13.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 1.1 del formulario de oferta -Presentación y compromiso;
El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por la contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
13.3.- Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1.-Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
14.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO
16.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).
16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE:
Dirección: Xxxxxxxx 00X xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx x Xxxxx
Teléfonos: 00 0 000-000
Correo electrónico de contacto:
El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.
Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACION DE LAS PARTES
17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Quito, a
________________________ _____________________________
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA PARA PROYECTOS FINANCIADOS POR LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF
|
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de Consultoría son de cumplimiento obligatorio para las Entidades Contratantes y los consultores que celebren contratos de consultoría. |
Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
b. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
c. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
“Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el contrato.
“Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
“Consultor”, es el oferente adjudicatario.
“Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
Corporación Andina de Fomento CAF, es el organismo internacional de financiamiento que asigna los recursos para el fortalecimiento de la Entidad Contratante.
“LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
“RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
“Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado.
“Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.
“SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Lo previsto en la cláusula Séptima de las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONSULTOR/A aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONSULTOR/A autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONSULTOR/A para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP.
2.3 Todos los pagos que se hagan al CONSULTOR/A por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONSULTOR/A, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONSULTOR/A a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en la cláusula Octava de las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONSULTOR/A.
Si el CONSULTOR/A no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.
Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el Contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor/a.
3.2.2 La del anticipo:
Si el CONSULTOR/A no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.
En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONSULTOR/A no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONSULTOR/A así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.
Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR/A está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a la Consultora.
Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la CONTRATANTE, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR/A
A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El CONSULTOR/A se compromete a prestar sus servicios derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El CONSULTOR/A se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el CONSULTOR/A se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual.
5.3 El CONSULTOR/A está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.4 EL CONSULTOR/A se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.-
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP.
Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el CONSULTOR/A entregará a la Entidad Contratante el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La Entidad Contratante dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR/A de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.
8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP.
8.3 Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR/A notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.
8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONSULTOR/A o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.5 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR/A las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.
9.2 Es de cuenta del CONSULTOR/A, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados conforme con lo señalado en la LOSNCP. El CONSULTOR/A entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONSULTOR/A.
Xxxxxxxx Xxxxxx: LABORAL
10.1 El CONSULTOR/A asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la Entidad Contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR/A. Sin perjuicio de lo cual, la Entidad Contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
11.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del CONSULTOR/A.
11.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD
12.1 La Entidad Contratante y el CONSULTOR/A convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento a esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la Entidad Contratante.
Cláusula Décimo Tercera: RESPONSABILIDAD
El CONSULTOR/A es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la LOSNCP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.
1 La Entidad Contratante no exigirá al contratista más de dos copias de la documentación que por las disposiciones de este pliego deba ser protocolizada, así como también solo se protocolizarán los contratos que superen el valor previsto para los procesos de licitación.
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