CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS (Nombre prestador del servicio).
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
(Nombre prestador del servicio).
Y
(Nombre empresa a quien se presta el servicio)
En Santiago de Chile, a XX de diciembre de 202X, entre (Empresa prestadora del servicio)., Rol Único Tributario Nº XXXXX, representada por don XXXXXX, Rut: XXXXX, ambos domiciliados, para estos efectos, en XXXXXX, Comuna de XXXXXX (en adelante el “Prestador”) por una parte; y, por la otra, (Empresa a quien se presta el servicio), Rol Único Tributario Nº XXXXXX, representada por XXXXXXX, Rut: XXXXXXX, ambos domiciliados, para estos efectos, en XXXXXXXXX, Comuna de XXXXXX (en adelante el “Cliente”, y asimismo, referido junto con el Prestador como las “Partes”); se ha convenido el siguiente Contrato de Prestación de servicios (en adelante el “Contrato”):
PRIMERO: Descripción de los Servicios.
En este acto y por el presente instrumento, se detalla la prestación de los servicios para las empresas “(Empresa a quien se presta el servicio)”.
Servicios Contables. Los principales procesos relacionados son:
Registro de factura de compra y ventas, boleta de honorarios, rendiciones de gastos, en sistema contable.
Registro de transacciones contables.
Confección de análisis de cuentas.
Confección de conciliaciones bancarias.
Emisión de facturas de venta.
Emisión de Orden de Compra.
Cuadratura de libros de compra y ventas con la información del SII.
Apoyo en toda el área contable.
Emisión de Estados Financieros mensuales.
Confección de formularios de Declaraciones Mensuales (formulario 29).
Entrega de información para el cierre mensual de la contabilidad.
Términos del servicio. Este servicio contempla lo siguiente:
Se mantendrá un analista contable en las oficinas de XXXXXXX, a cargo de las funciones descritas en el punto anterior en los siguientes horarios:
Lunes a jueves de 08:30 a 18:00 hrs. (presencial)
Viernes de 08:30 a 13:30 hrs. (teletrabajo).
Emisión de Estados Financieros mensuales revisados y validados por uno de los socios de la firma para las empresas “XXXXXXXX”
Presentación de los Estados Financieros mensuales a los directores de ambas empresas
TERCERO: Xxxxxx y Forma de Pago.
De acuerdo a las asesorías ofrecidas, los honorarios mensuales ascenderán a UFXXXX a (NOMBRE DE EMPRESA A QUIEN SE PRESTA EL SERVICIO) por el proceso de asesoría que contemplan las funciones detalladas anteriormente, para las empresas.
Los honorarios se cobrarán sobre mes vencido, las boletas de honorarios se emitirán el último día hábil del mes, y su pago deberá realizar dentro de los primeros cinco días del mes siguiente.
Este contrato será reconsiderado cada 12 meses, pudiendo disminuir o incrementar el valor actual, de acuerdo al volumen y nivel de complejidad de las operaciones de la sociedad.
Asimismo, en el marco de la prestación de los Servicios, el Prestador deberá, dar fiel cumplimiento a todas y cada una de las especificaciones técnicas contenidas, además todos los gastos y costos que se irroguen en la prestación de los Servicios, serán de cargo exclusivo del Prestador.
SEXTO: Duración del Contrato y Terminación Anticipada del Mismo.
El presente Contrato tendrá una vigencia de indefinida, a partir del día XX de XXXXXX de 202X y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos adicionales de un año cada uno, si las partes no manifestaren su intención de ponerle término con a lo menos 30 días de anticipación a su término o a cualquiera de sus prórrogas.
Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá poner término inmediato al Contrato en cualquier tiempo, en caso de que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
Incumplimiento del Prestador de cualquiera de las obligaciones que le impone el presente Contrato;
Si estando en xxxx o simple retardo de cumplir con las obligaciones establecidas en el Contrato y habiendo sido notificado por escrito por el Cliente, el Prestador no diere solución a su incumplimiento a más tardar en el plazo de 5 días corridos contados desde el recibo de la notificación; y
Si el Prestador o sus subcontratistas no resguardare la confidencialidad de la información recibida desde el Cliente o no diere cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula novena del presente instrumento.
En cualquiera de los casos anteriores, bastará con que el Cliente envíe un aviso escrito con acuse de recibo, o haga llegar una carta certificada al Prestador, declarando la existencia de una causal de terminación del Contrato, y manifestando su voluntad de término. En este caso, el Contrato se entenderá terminado a partir del mismo momento en que se despacha el respectivo aviso o carta.
En todos los casos indicados precedentemente, el Cliente pagará los servicios del Prestador correspondientes a la fracción de los Servicios que hayan sido satisfactoriamente recibidos por el Cliente.
SÉPTIMO. Suspensión del Contrato.
El Cliente podrá, sin expresión de causa y en cualquier momento, suspender total o parcial de los Servicios, debiendo comunicar dicha decisión al Prestador mediante aviso escrito entregado personalmente o enviado por carta certificada, con al menos 30 días de anticipación a la fecha de inicio de la suspensión, indicando la naturaleza, la fecha en que se iniciará la suspensión y su duración estimada.
En tal caso, se suspenderá la obligación del Cliente de pagar el precio acordado respecto de los Servicios suspendidos, y se suspenderá la obligación del Prestador de prestar los Servicios en los términos indicados.
OCTAVO. Inexistencia de Vínculo Laboral y Dependencia.
El Prestador declara estar en perfecto y cabal conocimiento que prestará estos Servicios en forma independiente, con plena autonomía funcional, conforme a su organización propia, sin control ni orientación de carácter laboral, sin obligación de asistencia diaria ni cumplimiento de horario, y sin ningún grado de fiscalización, supervisión o control de tipo laboral o técnico, por parte del Cliente, no existiendo, por tanto, vínculo de dependencia y subordinación entre el Cliente y el Prestador.
Conforme con lo antes señalado, las Partes declaran expresamente que el presente Contrato en ningún caso constituye ni da origen a una relación laboral y, por tanto, a un contrato de trabajo, por no existir vínculo de dependencia ni de subordinación entre las mismas.
El Prestador declara estar en perfecto y cabal conocimiento que, en su calidad de profesional independiente, es el único responsable de su sistema previsional y de salud.
Las Partes declaran, asimismo expresamente conocer y aceptar que el presente Contrato no genera para las mismas obligaciones de exclusividad.
NOVENO. Confidencialidad.
El Prestador acepta y reconoce por este acto el carácter esencial que tiene la obligación que aquí contrae y que dice relación con la necesidad de mantener la más total y absoluta reserva de todo cuanto pueda llegar a su conocimiento, o a que pueda tener acceso en forma directa o indirecta y que diga o pueda decir relación con los negocios o actividades particulares o generales del Cliente o de sus clientes, proveedores, trabajadores u otras entidades o personas relacionadas, tanto durante la vigencia del presente Contrato como luego se su terminación.
En especial respecto de todo aquello relativo a remuneraciones, términos y condiciones comerciales, asuntos de negocios, contratos, tecnología especificaciones de productos, sistemas operativos, diseños, patentes, fórmulas, planes secretos de manufacturas, know how, ideas comerciales, industriales e información técnica y, en general, sobre cualquier otra materia que diga relación con el objeto del presente Contrato o relacionada con los productos o el funcionamiento general del Cliente y demás aspectos o información, sea cual fuere su naturaleza y que, en definitiva, resulte ser de aquella información que es propia del Cliente y que es de presumir que este último no tiene interés alguno en que sea divulgada o aplicada por personas diferentes de aquellas a las cuales expresamente autorice para tal efecto. En consecuencia, dicha información, de proceder, sólo podrá ser usada por el Prestador durante la vigencia de este Contrato, en la forma y condiciones necesarias para dar adecuado cumplimiento al mismo y sujeto siempre a la obligación del Prestador de informar de inmediato al Cliente acerca de todo conflicto real o potencial de intereses que el Prestador pueda tener o llegar a tener respecto de tal información en relación con actividades propias o servicios profesionales independientes que él pueda actualmente o en el futuro prestar para otras entidades.
Asimismo, el Prestador reconoce y acepta que la reserva y confidencialidad antes señalada subsistirá en forma permanente, indefinida e independientemente de la vigencia o término del Contrato. Del mismo modo, las Partes acuerdan que, una vez producido el término del Contrato, el Prestador deberá restituir en un solo acto y en forma inmediata todos y cada uno de los documentos y demás información material que él tenga y que sea de propiedad o diga relación con actividades o asuntos propios del Cliente].
DÉCIMO. Cesión del Contrato y Subcontratación.
Los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato no podrán ser objeto de cesión o transferencia a terceras personas, sin la previa autorización escrita de la otra parte, con excepción de las cesiones que el Cliente efectúe a sus sociedades relacionadas, las cuales podrán efectuarse sin necesidad de autorización.
Por su parte, el Prestador no podrá subcontratar ningún servicio o trabajo relacionado con la prestación de los servicios objeto de este Contrato, sin contar con la autorización previa y escrita del Cliente. La subcontratación no eximirá al Prestador de las obligaciones del Contrato, manteniéndose, para todos los efectos, responsable ante el Cliente.
DÉCIMO PRIMERO. Modificación del Contrato.
Cualquier modificación que las Partes acuerden introducir al Contrato o a sus Anexos, deberá hacerse por escrito en la forma de anexo firmado por ambas Partes.
DÉCIMO TERCERO: Ley aplicable.
Para todos los efectos legales este Contrato será regulado por la ley chilena.
DÉCIMO CUARTO: Comunicaciones.
Todo aviso que cualquiera de las partes de a la otra deberá efectuarse por escrito, debiendo ser remitido por carta certificada o entregado personalmente a las direcciones que más abajo se indican. También se admitirán para los efectos indicados, avisos o comunicaciones vía correos electrónicos.
En todos los casos del párrafo anterior, los avisos sólo serán válidos si son remitidos a las direcciones postales o de correos electrónicos que a continuación se indican, a menos que alguna de las partes haya dado aviso a la otra de una nueva dirección postal o de correo electrónico:
Cliente:
Dirección : XXXXXXXXXXXX
Atención : XXXXXXXXXXXX
E-Mail : XXXXXXXXXXXX
(ii)Prestador:
Dirección : XXXXXXXXXXXX
Atención : XXXXXXXXXXXXX
E-Mail : XXXXXXXXXXXXX
DÉCIMO QUINTO: Domicilio.
Para todos los efectos legales derivados del presente Contrato, las Partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago.
DÉCIMO SEXTO: Ejemplares.
En señal de la lectura y aceptación a las condiciones del presente Contrato, las Partes firman en 2 ejemplares del mismo tenor y valor, quedando cada parte con copias de dicho documento.
__________________________ (Nombre Rep. Legal) pp. (Nombre empresa)
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__________________________ (Nombre Rep. Legal) pp. (Nombre empresa).
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