CONVENIO ESPECÍFICO ACADÉMICO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE
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CONVENIO ESPECÍFICO ACADÉMICO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE
LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX (XXXXXX XX XXXXXXX, MADRID, XXXXX DE ESPAÑA) Y
UNIVERSIDAD DE CHILE (CHILE)
De una parte, D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Vicerrector de Relaciones Internacionales, en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxx, en virtud de su nombramiento de fecha 19 xx xxxxx de 2019 y por las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector Magnífico de la misma (Resolución del 19 xx xxxxx de 2018. BOCM nº 75 página 89, 28 xx xxxxx de 2018).
Y de la otra, Prof. Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en nombre y representación de la Universidad de Chile, conforme al Decreto N°199, de 2018, del Ministerio de Educación.
Los comparecientes, en la representación que ostentan y acreditan, y reconociéndose la capacidad y los requisitos legales necesarios para otorgar y suscribir el presente documento,
EXPONEN QUE:
La Universidad xx Xxxxxx (UAH) y la Universidad de Chile manifiestan su interés en establecer un Convenio de Intercambio de Estudiantes de acuerdo con las siguientes cláusulas:
A. ALCANCE DEL CONVENIO
El propósito de este Convenio es establecer las bases que permitan a los estudiantes de ambas instituciones cursar estudios de Economía, Derecho y Medicina en la otra universidad durante un periodo de uno o dos semestres académicos.
Este convenio está referido a los alumnos a partir del tercer curso del grado en Medicina en la Universidad xx Xxxxxx y a los alumnos del tercer curso del grado en Medicina de la Universidad de Chile, estando incluido en las áreas de estudio la realización de prácticas hospitalarias para sus estudiantes del grado en Medicina a partir de tercer curso en la Universidad xx Xxxxxx y a los alumnos del grado en Medicina a partir del tercer curso de Medicina en la universidad de Chile, siempre y cuando dichas prácticas estén avaladas por los coordinadores de ambas instituciones y disponibles al momento de cursar los estudios. Y se compromete a mantener un período de estancia y un número de estudiantes equilibrado y consensuado por ambas universidades.
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Ambas instituciones se comprometen a reconocer los créditos cursados en la otra universidad según las condiciones estipuladas en el Acuerdo de Estudios de cada alumno, que deberá ser preparado por el coordinador académico de la universidad de origen y deberá ser aprobado y firmado por representantes de ambas instituciones.
B. NÚMERO DE ESTUDIANTES
Durante el periodo de duración de este acuerdo, y comenzando en la primavera del curso académico 2020/21, la Universidad xx Xxxxxx podrá enviar cada año un máximo de dos (2) estudiantes para realizar estudios durante un curso completo, o el doble para realizar estudios durante un semestre a la Universidad de Chile. A su vez, La Universidad de Chile podrá enviar cada año un máximo de dos (2) estudiantes para realizar estudios durante un curso completo o el doble durante un semestre académico a la Universidad xx Xxxxxx para participar en este Programa. Estos estudiantes quedan eximidos de la obligación del pago de la matrícula en la universidad de destino.
C. SOLICITUDES, SELECCIÓN Y ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES
Las solicitudes para la admisión en este Programa deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Los estudiantes de la Universidad de Chile que participen en este Programa, deberán tener un conocimiento de la lengua en la que van a cursar estudios que sea, como mínimo, equivalente al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
• No obstante lo anterior, los estudiantes internacionales que no hayan adquirido las competencias lingüísticas exigidas para poder cursar los estudios oficiales de grado pero tengan un nivel suficiente como para poder seguir las clases, podrán cursar los estudios propios o las asignaturas especialmente diseñadas para estudiantes internacionales que ofrezca la UAH en su campo de estudio.
• Los estudiantes de la Universidad xx Xxxxxx que participen en este Programa deberán tener un conocimiento de la lengua en la que van a cursar estudios que sea, nivel B1 en la lengua de español (DELE).
• Las universidades de origen velarán porque los estudiantes tengan los conocimientos lingüísticos requeridos.
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• Cada universidad enviará los nombres de los estudiantes seleccionados para participar en este programa a la oficina correspondiente antes del día 30 xx xxxxx del año en que comenzará sus estudios, si va a realizar estudios durante el primer semestre, y antes del 15 de octubre del año anterior al que va a comenzar sus estudios si va a cursar estudios de segundo semestre.
• La decisión final en lo relativo a la admisión de estudiantes corresponde a la institución de destino, que se reserva el derecho a denegar la admisión a cualquiera de los estudiantes propuestos para participar en este Programa.
D. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES Y DE LAS UNIVERSIDADES PARTICIPANTES EN EL CONVENIO
• Los estudiantes deberán proveerse obligatoriamente y por su cuenta de un seguro de enfermedad y accidente que cubra todo el periodo de estancia en el país de destino y que incluya un seguro de repatriación al país de origen en caso de enfermedad grave o defunción.
• Serán responsabilidad de los estudiantes los gastos de transporte de ida y vuelta hasta la institución anfitriona y todos los demás gastos no expresamente mencionados en los apartados anteriores de este acuerdo, incluidos los de alojamiento, comida, libros de texto y cualquier gasto contraído durante el transcurso de la estancia.
• Después de completar el periodo de estudios previsto por el acuerdo de intercambio en la institución anfitriona, todos los estudiantes deben regresar a la institución de origen. Cualquier extensión de la estancia debe ser aprobada por ambas universidades.
• Los estudiantes participantes en este convenio deberán cumplir con todas las normas y reglamentaciones de la institución anfitriona y gozarán de todos los derechos y privilegios a los que tengan derecho sus estudiantes.
• La institución anfitriona proveerá los documentos necesarios para que los estudiantes puedan solicitar el visado, cuando éste fuera necesario.
• Ambas instituciones facilitarán y apoyarán las solicitudes de becas a organismos nacionales o internacionales que puedan colaborar en la financiación de este Programa.
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X. XXXXXXXX DEL ACUERDO
Este Convenio entrará en vigor una vez sea firmado por ambas partes y tendrá una vigencia de un periodo máximo de cuatro años (4) años.
Transcurrido este periodo este Protocolo podrá prorrogarse por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales. o acordarse su extinción, o modificarse en cualquier momento antes de su fecha de vencimiento, previo acuerdo por escrito firmado por los representantes autorizados de ambas partes.
Cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato con un período de preaviso no inferior a seis meses. En caso de rescisión, las partes se comprometen a facilitar la continuación de los programas y actividades ya iniciados.
F. FINANCIACIÓN
El acuerdo no implica obligaciones financieras para la Universidad xx Xxxxxx ni para la Universidad de Chile.
G. ENMIENDAS Y CAMBIOS
Cualquier enmienda o cambio de este acuerdo debe ser aprobada por ambas partes y será firmada por los representantes autorizados de ambas instituciones.
H. TRATAMIENTO APROPIADO DE LOS DATOS PERSONALES
Los datos personales que se recojan derivados del presente Convenio serán tratados e incorporados a los sistemas de gestión de la información de los que, en su caso, las partes firmantes serán responsables a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, previstas tanto en la normativa vigente a nivel nacional, en la LO 3/2018 (LOPDGDD), como en el Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD), en la medida en que sea aplicable a cada parte.
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el deber de información a los titulares de los datos personales, el deber xx xxxxxxx y confidencialidad, las medidas de seguridad, su conservación durante los plazos legalmente establecidos, y el correspondiente Acuerdo a firmar entre responsable del tratamiento y encargado del mismo.
Asimismo, ambas partes se comprometen a cumplir con los requisitos previstos en la normativa vigente respecto de las transferencias internacionales de datos personales que se lleven a cabo, cumpliendo con las medidas de seguridad y las garantías adecuadas.
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Cada una de las partes se compromete a no difundir, ceder o comunicar a otras personas, bajo ningún aspecto, salvo los casos previstos legalmente, las informaciones de la otra parte a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente Convenio, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista como consecuencia del mismo o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado en la vigente normativa de protección de datos personales nacional y comunitaria, en la medida que sea aplicable a la otra parte. Dicha obligación subsistirá aun cuando finalice la vigencia del citado Convenio.
Cada parte será responsable del tratamiento de datos personales que efectúe. Así, las Entidades firmantes del Convenio responderán exclusivamente por las infracciones en las que las mismas hubieren incurrido por incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente Convenio en materia de protección de datos o en el Acuerdo de confidencialidad firmado.
I. COORDINADORES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS
Cada una de las instituciones designa un coordinador, que será responsable de garantizar el éxito de este programa y será la persona de contacto entre las dos instituciones.
Por la UNIVERSIDAD DE CHILE será
coordinador responsable:
Nombre : Xxxxxxx Xxxxxx
Cargo: Coordinador de Programa de Movilidad
Dirección: Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx. Xx. 0000 Teléfono: x000 0000 0000
Por la Universidad xx Xxxxxx será coodinador responsable Nombre: Xxxxx Xxxxxx Xxxx
Cargo: Director de Relaciones con Iberoamérica
Dirección: Xxx. Xxx Xxxxx x/x, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx
Teléfono: 00-000000000
Email : xxxxx.xxxxxx@xxx.xx
J. FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable por fallas o demoras causadas por eventos de fuerza mayor. Un evento de fuerza mayor incluye una emergencia nacional, guerra, regulaciones gubernamentales prohibitivas, disputas laborales, inundaciones, terrorismo, disturbios o cualquier otra causa más allá del control razonable de cada parte.
K. PROPIEDAD INTELECTUAL
El uso, la propiedad y la licencia de cualquier propiedad intelectual creada por la facultad, el personal o los estudiantes de la Universidad de Xxxxxx xx Xxxxxxx, pertenecerán a esta última, según sea el caso. El mismo principio se aplica a la
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propiedad intelectual creada por la facultad, el personal o los estudiantes de la Universidad de Chile.
Nada en este Acuerdo conferirá derechos de publicidad o promoción a la otra parte, con los nombres de las instituciones, sus logotipos, marcas comerciales o similares entendiéndose como tales. El uso de este tipo de información debe ser autorizado por escrito.
Cada institución puede usar el nombre de la contraparte para fines de referencia a este Acuerdo en su sitio web, informe anual o publicaciones similares.
L. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
Las partes declaran que este Acuerdo se basa en la buena fe. En caso de desacuerdo en cuanto a la interpretación y el cumplimiento de este Acuerdo, las Partes se esforzarán por resolverlo de común acuerdo, haciendo todo lo posible para llegar a una solución amistosa a cualquier conflicto.
M. NO AGENCIA
Cada institución mantendrá su completa independencia en relación con todos los asuntos contenidos en este Acuerdo, de modo que ninguna de las partes esté autorizada a actuar en nombre o en nombre de la otra. Nada en este Acuerdo está destinado a crear una empresa, empresa conjunta o cualquier relación contractual. Ninguna de las partes tiene la autoridad de representar, acordar compromisos o asumir la responsabilidad en nombre de la contraparte.
En señal de conformidad con lo expuesto, las partes firman el presente convenio en dos ejemplares idénticos en idioma español, de los que cada institución retendrá una copia.
UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD XX XXXXXX
Prof. Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Prof. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Rector Vicerrector de Relaciones Internacionales
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Firmado digitalmente por Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Fecha: 2022.05.04
15:33:25 -04'00'
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