INFORME DE NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
INFORME DE NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
TÍTULO DEL CONTRATO: CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE COMPONENTES Y DISPOSITIVOS INFORMÁTICOS DE BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A. (EXP. 2019-DC-0023)
Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat, S.A, debe contratar los servicios de mantenimiento de componentes y dispositivos informáticos de Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat, S.A. Mediante el presente informe se plasmará cuál es el objeto del servicio y la necesidad que se pretende satisfacer con la ejecución de este, así como el resto de las cuestiones previstas en el art.
116.4 de la LCSP, que es necesaria su motivación en el expediente de contratación.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la prestación de los servicios de mantenimiento de componentes y dispositivos informáticos de Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat, S.A. El presente servicio incluirá:
- Mantenimiento preventivo anual.
- Diagnóstico y reparación de equipos (mano de obra incluida, asistencia en 4 horas).
- Desplazamiento de los técnicos.
- En caso de que no sea posible solucionar la avería a corto plazo, sustitución temporal del equipo.
- Retirada y entrega en domicilio del cliente.
- Reinstalación del sistema operativo.
- Reinstalación del software ofimática.
- Elementos de comunicación de red.
- Acceso a internet, correo interno, etc.
Codificación
La expresión de la codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) es la siguiente: 50312000-5 Mantenimiento y reparación de servicios informáticos.
2.- NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
La prestación de este tipo de servicios es necesaria para el correcto funcionamiento y ejercicio de las funciones de BSAV. Se justifica también la necesidad del contrato que se propone por la insuficiencia, la falta de adecuación y la conveniencia de ampliar los medios con que cuenta
la sociedad para cubrir el servicio de mantenimiento de los equipos informáticos y aplicativos asociados.
3.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Se propone la utilización del procedimiento de adjudicación abierto que es considerado por el artículo 131.2 LCSP como el procedimiento ordinario de utilización preferente, utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor relación calidad-precio.
4.- DURACIÓN DEL CONTRATO
Dos (2) años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de dos (2) años más.
5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
Presupuesto máximo de licitación: | 19.000€ (sin IVA) |
Posibles prórrogas | 19.000€ (sin IVA) |
TOTAL | 38.000 (sin IVA) |
6.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:
Base imponible | 19.000 |
IVA 21% | 3.990€ |
Desglose del presupuesto anual:
Coste hora | Horas mes | Coste mes | Anual | ||
Jefe de proyecto | Ingen. Técnica Informática o equivalente | 70,00 € | 2 | 140,00 € | 1.680,00 € |
Técnico Soporte | CFGS de Administración de Sistemas Informáticos o equivalente | 50,00 € | 12 | 600,00 € | 7.200,00 € |
Gastos indirectos (7%) | 51,80 € | 621,60 € | |||
Redondeos | - 1,60 € | ||||
9.500,00 € |
El importe del contrato será el que resulte de la adjudicación.
7.- GARANTÍAS
PROVISIONAL: no se requiere.
DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido).
COMPLEMENTARIA (en caso de oferta inicialmente incursa en presunción de temeridad): 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido).
8.- PLAZO DE GARANTÍA: Tres meses.
9.- REQUISITOS DE SOLVENCIA DE LOS LICITADORES:
Los licitadores deberán acreditar la solvencia económico-financiera y técnica mínima siguiente:
9.1 Solvencia económica y financiera
a) Certificado de seguro de indemnización por riesgos profesionales expedido por el asegurado vigente hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas y por importe no inferior a 500.000€, en el que consten los riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, así como el compromiso vinculante de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido con la inclusión de un compromiso de subscripción de la póliza referida en caso de resultar adjudicatario, que también deberá incluir el compromiso de prórroga o renovación de la póliza si procede. Este último compromiso se deberá hacer efectivo dentro del plazo de 10 días hábiles a contar a partir de la comunicación de la adjudicación.
b) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al valor estimado del contrato.
9.2.- Solvencia técnica o profesional.
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse por los medios siguientes:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo, los últimos CINCO (5) AÑOS que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, únicamente de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato y, por lo tanto, en asistencia técnica relativa a mantenimiento de componentes y dispositivos informáticos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea una entidad del sector privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Concretamente deberá acreditar dentro del referido periodo de CINCO AÑOS haber realizado un mínimo de DOS (2) -contratos servicios de mantenimiento de sistemas, componente y dispositivos informáticos a Adminsitraciones o entidades del sector público o particulares por importe conjunto igual o superior a 50.000€ (IVA no incluido) anuales.
b) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución
del contrato. Titulaciones académicas e Información relativa al equipo humano: El licitador presentará (i) una relación de personal que se compromete a adscribir al contrato ordenada por equipos de trabajo; (ii) un organigrama donde se detallen las competencias y dependencias del equipo propuesto; (iii) currículum vitae de las personas que integren el equipo.
A estos efectos se exige como mínimo el siguiente personal:
Un jefe de proyecto con titulación en Ingeniería Técnica Informática y un Administrador de sistemas con CFGS de Administración de Sistemas Informáticos o equivalente.
Así mismo, el Administrador de sistemas deberá acreditar conocimientos (implementación de programas, solución de problemas, etc.) de los programas informáticos de Autocad y Microstation.
Los técnicos no integrados directamente en la empresa del contratista deberán suscribir documento suficiente de compromiso de colaboración en la prestación del servicio.
BSAV en ningún caso asumirá relación laboral alguna con el personal dedicado por el consultor a la ejecución del contrato.
10.- SUBCONTRATACIÓN
No se admite la subcontratación por considerarse que la prestación contratada representa una tarea crítica y personalísima su conjunto atendidas las singulares condiciones personales del adjudicatario.
Habida cuenta que las características personales del contratista se perfilan como un elemento esencial del contrato, los derechos y obligaciones dimanantes del mismo no podrán ser cedidos a terceros, a no ser que se den las especiales circunstancias contempladas en el art.
214.2 de la LCSP.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: TOTAL 100 PUNTOS
Los sistemas empleados para la valoración de cada uno de los criterios de adjudicación serán los siguientes:
1.- Oferta económica: de 0 a 60 puntos, otorgados según la siguiente fórmula:
P = 30 + 25 / 36 · [440 · |d + 0,15| - 395 · |d + 0,06| - 45 · |d - 0,02|]
Dónde: d = - (O - M) / T
O Oferta; T Licitación; M Media
Las Ofertas presuntamente temerarias o desproporcionadas se apreciarán cuando la oferta económica sea inferior en más de 4 unidades porcentuales a la media.
2.-Oferta técnica 0 a 40 puntos, otorgados de acuerdo con los siguientes criterios: 2.1.- Memoria Técnica de 0 a 20 puntos
Se puntuará teniendo en cuenta la propuesta del licitador en cuanto al contenido y desarrollo de los trabajos objeto de la presente licitación. Se puntuará la claridad y presentación de la oferta técnica, la metodología y los sistemas de trabajo propuestos por el licitador y el grado de conocimiento sobre el objeto del contrato.
2.2.- Organización de los equipos de Trabajo de 0 a 18 puntos
Se puntuará teniendo en cuenta la organización de los equipos de trabajo en lo relativo a la estructura de trabajo, la dedicación al contrato y las relaciones propuestas entre el licitador y BSAV. Se puntuará, asimismo, la coherencia de los equipos de trabajo propuestos con la prestación de los servicios objeto del contrato.
2.3.- Mejoras propuestas de 0 a 2 puntos
Se puntuará la propuesta de actividades que supongan una mejora de las ofertas respecto de lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y no representen incremento de coste para la sociedad.
Total puntuación de 0 a 100 puntos
(1) La puntuación mínima para ser adjudicatario será de 40 puntos.
a) Las ofertas presentadas serán revisadas adecuadamente y homogeneizadas, antes de ser puntuadas.
b) En caso de empate en la puntuación final de dos o más licitadores, se atenderá para el desempate a los criterios establecidos en el artículo 147.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, siguiendo el orden establecido en el propio artículo.
12.- JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que se han considerado adecuados para adjudicar este contrato han sido: Criterios evaluables de forma automática:
• El precio, para determinar la oferta más ventajosa en términos más económicos.
Criterios evaluables mediante juicio de valor:
• En relación a la memoria técnica: mediante este criterio se prevé valorar la metodología y sistemas de trabajo propuestos por el licitador y el grado de conocimiento sobre el objeto del contrato.
• En cuanto a la organización de los equipos de trabajo: mediante este criterio se prevé valorar la organización de medios humanos y su dedicación al contrato necesarios para ejecutar correctamente el mismo.
• En relación a las mejoras: se prevé valorar aquellas cuestiones que sin coste económico alguno para el licitador, este pueda llevar a cabo con el fin de mejorar el servicio ofrecido.
13.- JUSTIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN DE LOTES
De acuerdo con la previsión del artículo 99.3 LCSP, se considera innecesario dividir el objeto del contrato en lotes para la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la ejecución correcta desde el punto de vista técnico dada la necesidad de coordinar la ejecución de distintas prestaciones, cuestión que se vería imposibilitada por su división en lotes i ejecución por una pluralidad de contratistas distintos.
14.- INSUFICIENCIA DE MEDIOS
Insuficiencia de medios personales: BSAV cuenta con una plantilla de 15 de trabajadores y no dispone de medios internos para cubrir la necesidad de los servicios relativos al mantenimiento informático.
Barcelona, a 0 xx xxxxx xx 0000
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director General de BSAV
Digitally signed by 39151092D XXXX XXXXX (R: A63198451)
Date: 2019.06.21 10:36:49 +02:00 6
Reason: BSAV Location: Barcelona