PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE SEIS EQUIPOS MULTIFUNCIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE SEIS EQUIPOS MULTIFUNCIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de este contrato el suministro de seis equipos de impresión multifunción, de las características que más adelante se describen, en la modalidad de arrendamiento no financiero o “renting”, de conformidad con documentación técnica que figura en el expediente, que tendrá carácter contractual.
Ubicación del suministro:
Ubicación | Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxx | Xxx Xxxxxx Xxxxx, 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxx Xxxxxx Plaza, 1 |
Sac | San Xxxxxxxxxx, 10 |
Errota Kultur Etxea | Laubideta, 22 |
Udal Mediateka | Zeletabe, 8 |
Juzgado | Ferialeku, S/N |
El contrato consistirá en:
Suministrar seis equipos de impresión multifunción antes mencionados.
Suministrar un software de impresión.
Suministro de material fungible (excepto papel) y armario de almacenaje para el tonner residual, gestionando su recogida y posterior reciclado.
Suministro de un mueble con ruedas para cada equipo.
Efectuar un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo además de la gestión remota de los equipos multifunción.
Proporcionar una garantía de los equipos a instalar durante la duración del contrato.
NO SE ADMITIRÁ NINGUNA OFERTA QUE NO INCLUYA LA TOTALIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO
2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO
El plazo de duración del presente contrato será de 60 MESES, contados a partir del día siguiente a la firma del Acta de recepción, la cual tendrá lugar una vez entregado el documento gráfico en formato PDF o Powerpoint de fin de instalación.
3. PRESUPUESTO DE LICITACION Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El presupuesto de licitación y el valor estimado del contrato será de 30.000 € para los 60 meses, más el Iva correspondiente. En dicho importe están incluidas hasta 13.000 copias mensuales en blanco y negro y hasta 2.000 copias en color, sin coste para el Ayuntamiento (el papel es a cargo del Ayuntamiento).
Para las copias que excedan de lo anteriormente mencionado, el licitador deberá ofertar un precio por página tanto para las páginas impresas en blanco y negro como en color, lo cual se indicará en la proposición económica (Anexo II) a incluir en el Sobre C.
A los precios que se presenten se les añadirá el IVA correspondiente diferenciando ambas cantidades.
4. NORMAS REGULADORAS
La naturaleza del presente contrato es la de un contrato de suministro, según dispone el artículo 9 del RDL 3/2011.
El presente contrato se califica como contrato administrativo, al contener prestaciones referentes al contrato administrativo de suministro. Se regirá por tanto en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 19.2 del RDL 3/2011 por:
- Las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
- Por el Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Por el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
- Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y resulten de aplicación y en su defecto por las de Derecho Privado.
5. FINANCIACION
Existe consignación presupuestaria suficiente para responder de las obligaciones del Ayuntamiento en este contrato. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria reservará los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
6. FORMA DE PAGO
La 1/60ava parte del precio del contrato se abonará una vez recibida de conformidad la prestación, el adjudicatario emitirá la correspondiente factura mensual por medio de factura electrónica a través de nuestro portal electrónico xxx.xxxxxxx.xxx. Las facturas serán abonadas en el plazo de 30 días, según el artículo 216.4 del RDL 3/2011, una vez aprobadas por el órgano municipal competente.
7. REVISION DE PRECIOS
En el presente contrato NO procederá la revisión de precios.
8. GARANTIA
8.1 Garantía provisional
No se exige
8.2 Garantía definitiva
El adjudicatario del contrato está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, para, por un lado, garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas y por otro lado, para responder del mantenimiento de los elementos suministrados e instalados durante los 60 MESES de duración del contrato, para lo cual será retenida durante dicho periodo.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de diez de días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por el Ayuntamiento y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
9. EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo para efectuar la entrega de los bienes objeto del contrato será de 15 días hábiles a partir de la formalización del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a.- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
b.- El adjudicatario asignará los recursos tanto humanos como tecnológicos para garantizar el cumplimiento del objeto del contrato. En este sentido asume una obligación específica en orden a que el Ayuntamiento tenga en todo momento plenamente operativos todos los equipos, desplegando la diligencia debida en atender las incidencias que se vayan produciendo y desarrollando los trabajos de mantenimiento con esmero y profesionalidad.
11. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO.
En este contrato no se establecen penalidades individualizadas. Los incumplimientos tanto en la entrega como en correcto funcionamiento de los equipos, se incardinarán en las causas de resolución del contrato.
14. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Además de las causas generales previstas en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán causas de resolución de este contrato, el incumplimiento por parte del adjudicatario de los tiempos de respuesta a las incidencias y/o averías; o a la falta de entrega en los plazos establecidos de los equipos, o de alguno de ellos, o una deficiente atención del servicio y del mantenimiento; en definitiva a todo incumplimiento que acarree una deficiente ejecución del contrato, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 157, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La adjudicación del presente contrato será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a un único criterio que será el del precio, sin perjuicio del derecho de la administración a declararlo desierto. La tramitación del expediente de contratación será ordinaria.
17. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
17.1- Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
17.2- Documentación administrativa (a presentar en caso de licitador propuesto como adjudicatario).
1. Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su
Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad.
4. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 11 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional porque el valor estimado del contrato no excede de 35.000 euros.
5. Las personas jurídicas deberán tener comprendida esta prestación dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Ello se acreditará mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, según disponen los artículos 57 y 72 del RDL 3/2011.
6. Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de encontrarse dado de alta en la matrícula del referido impuesto.
7. Una declaración responsable de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Anexo III.
8. Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
9. Especialidades en la documentación que han de presentar en su caso los empresarios extranjeros. Las empresas extranjeras deberán acompañar la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para
todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Los empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
18. PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Cada empresa licitadora no podrá presentar más que una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por ella suscritas.
Las proposiciones se presentarán en soporte papel, serán secretas y su presentación presume la aceptación incondicionada por el/la empresari@ del contenido de la totalidad de lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Abadiño en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente en que aparezca en el Boletín Oficial de Bizkaia el anuncio de la convocatoria respectiva.
Si el último día fuera sábado o inhábil, dicho plazo quedará prorrogado al primer día hábil siguiente.
No se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos o telemáticos.
En caso de presentarse por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la documentación mediante telex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos,
no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Los licitadores habrán de presentar TRES SOBRES CERRADOS:
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el procedimiento para la adjudicación del contrato suministro mediante renting de seis equipos multifunción”, el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F. del licitador y la firma, el tipo de sobre en cuestión (A, B o C) y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
SOBRE A: DECLARACIÓN RESPONSABLE (de acuerdo con el Anexo I) La aportación de la documentación administrativa establecida la Cláusula 17.2 se sustituirá por la presentación de esta declaración responsable, indicando que el licitador cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto con las detalladas en este pliego y de que dispone de toda la documentación que así lo acredita, comprometiéndose a aportarla en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
SOBRE B: DOCUMENTACION TECNICA
Este sobre tendrá un contenido referido a la obligación de suministrar los equipos que cumplan las características que se especifican en el apartado 1 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas. Presentará catálogos o documentos análogos que justifiquen dicha circunstancia. El licitador deberá justificar todas y cada una de las características que se solicitan, de tal manera que cuando una opción no aparezca en catálogo, lo deberá justificar bien con reports de configuración de máquina y/o con pantallazos de la configuración donde se visualice de forma fehaciente que las opciones solicitadas están incluidas.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A ASPECTOS OBJETO DE VALORACIÓN OBJETIVA.
Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo II.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto firmado por él, según modelo que figura en el Anexo II, que se compromete a realizar el objeto del contrato respetando en todo caso el tipo de licitación en unos términos concretos.
19. APERTURA PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, procederá a la apertura del sobre A, calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma y si observare defectos materiales o de forma, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el/la licitador/a subsane el error. La mesa en acto público a la que serán convocados los licitadores por e-mail dará cuenta del sobre A y procederá a la apertura del sobre B. El contenido del sobre B se trasladará a la parte técnica para que elabore el informe pertinente. Nuevamente en acto público a la que serán convocados los licitadores por e-mail dará cuenta del sobre B y procederá a la apertura del sobre C y en su caso, se propondrá la adjudicación.
20. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará atendiendo a la oferta económica más ventajosa, lo que comporta que la referida adjudicación deberá recaer en el licitador que presente la mejor oferta atendiendo a los siguientes criterios de adjudicación, Puntuación total máxima obtenible de 100 puntos:
CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS
Total 100 puntos, desglosados del siguiente modo:
1) 90 puntos a la oferta más baja para los 60 meses. Se rechazará toda oferta superior a 30.000€. El resto proporcionalmente, tal y como se establece en el sistema de puntuación
2) 5 puntos a la oferta más baja por página en blanco y negro para los posibles excesos sobre la impresión mínima establecida. Se rechazará toda oferta que exceda la cuantía de 0.0053€/página.
3) 5 puntos a la oferta más baja por página en color para los posibles excesos sobre la impresión mínima establecida. Se rechazará toda oferta que exceda la cuantía de 0.0533€/página.
** Se considera exceso aquellas copias o impresiones que se realicen una vez superadas las
13.000 copias mensuales en blanco y negro y las 2.000 copias mensuales en color.
El resto proporcionalmente, tal y como se establece a continuación El sistema de puntuación será el siguiente:
Puntuación = (Oferta más baja presentada o precio más bajo por página presentado / Oferta a valorar) x Número de puntos máximo
A estos efectos se considera copia o página = la impresión por una cara del papel
21. ADJUDICACION
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación original o copia compulsada de la requerida en la Cláusula 17.
b) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
22. FORMALIZACION DEL CONTRATO
Al amparo de lo previsto en el art. 155.2 del TRLCSP, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquéllos.
El contrato se formalizará en documento administrativo, una vez abonados por el adjudicatario los gastos de publicidad oficial en el Boletin, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la administración se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
23. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
24. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
25. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En.............................., a.............de..............................de 20........
ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………………., c/ …………………., nº……., con DNI nº ………………, en representación de la Entidad………………………………….., con CIF nº……………….., a efectos de su participación en la licitación del Ayuntamiento de Abadiño del contrato de suministro mediante renting de seis equipos multifunción.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del Suministro mediante renting de seis equipos multifunción.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos en el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato y en concreto declara:
Que actúa en representación de la empresa , la cual
posee personalidad jurídica suficiente.
Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que esta dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas o, en su caso, declaración de estar exento del mismo.
Que los equipos a suministrar son originales, sin uso y sin componentes reconstruidos.
Que asegura que no habrá riesgo de obsolescencia tecnológica durante el período de vigencia del contrato y que para garantizar la calidad del contrato, no se hará valer de
ningún equipo o elemento declarado EOL (End of Life) o descatalogado.
Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones así como la dirección, número de teléfono y de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos es ……………………………………………..
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste firmo la presente declaración.
En ………….., a ….. de de 20…
ANEXO II: OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica se presentará conforme al siguiente modelo:
“D. ………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en
………………………………………, c/…………………………………, nº….., con DNI nº
………………………………….., en representación de la Entidad
………………………….., con CIF nº…………….., enterado del expediente para la contratación del suministro mediante renting de seis equipos multifunción por Procedimiento Abierto, oferta económicamente más ventajosa, anunciado el BOP de fecha ……… y en el perfil de contratante, hago constar que conozco los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares, que sirven de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndose a llevar a cabo el objeto del contrato con estricta sujeción a lo establecido en los mismos, por el precio de:
……………..€ por los 60 meses del contrato, más ……€ correspondientes al ….% de IVA, debiéndose entender en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
Por copia en blanco y negro, para los excesos: …..€/copia + ……. € correspondiente al
…..% de IVA.
Por copia en color, para los excesos: …..€/copia + ……. € correspondiente al …..% de IVA.
El escaneado de documentos no devengará ningún coste para el Ayuntamiento.
* A estos efectos se considera copia o página = la impresión por una cara del papel
** Se considera exceso aquellas copias o impresiones que se realicen una vez superadas las
13.000 copias mensuales en blanco y negro y las 2.000 copias mensuales en color.
En la oferta de las copias, se tendrán en cuenta hasta cuatro decimales, la cuota mensual solo tendrá dos decimales, desechándose el resto, y sin redondear cifras.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas, expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras, así como aquellas que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en que la cantidad expresada en letra y número sea diferente.
En ………………………., a ….. de………..
Firma del licitador, Fdo ”
XXXXX XXX: DECLARACION RESPONSABLE
D/Xx…………………………………………………, con domicilio | en |
………………………………..., provisto de D.N.I , | en |
nombre propio y/o en representación de | la |
empresa…………………………………………………, con domicilio | en |
……………………………………………………………. y C.I.F………………………..
DECLARA
Que ni él mismo ni la Sociedad mercantil a la que representa, ni las personas que integran los órganos de gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, está dada de alta en el IAE.
Y para que así conste, a efectos de la documentación a presentar para participar en el procedimiento abierto para la contratación de::
…………………………………………………………………………………………………
En ……………………………………., a…………….de 20…….
Fdo.: