CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VILASSAR DE DALT Y EL CENTRO RECREATIVO LA ALIANZA PARA EL FOMENTO CULTURAL (2022-2025)
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXX X XX XXXXXX RECREATIVO LA ALIANZA PARA EL FOMENTO CULTURAL (2022-2025)
Xxxxxxxx xx Xxxx, xx xx 0000
XXXXXXXX:
De una parte la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, alcaldesa del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt, que actúa en nombre y representación de la corporación con NIF P0821300A, emplazada la sede en la Xxxxx xx xx Xxxx, 0 xx Xxxxxxxx xx Xxxx.
Y de otra, el Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx, que actúa en nombre y representación del Centro Recreativo La Alianza, con NIF G08806473, en calidad de presidente, de acuerdo con las funciones que le vienen dadas en los Estatutos de la asociación incluidos en el Registro de Entidades del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña número 1457 (sección 1ª) del día 16 de septiembre de 1970.
Actúan ante mí, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, secretario del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt ejerciendo las funciones de fe pública que me vienen atribuidas por los artículos 2 y 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 xx xxxxx, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Manifiestan las partes, y de acuerdo con mi juicio, tienen capacidad suficiente para la formalización de este convenio, y a los efectos
MANIFIESTAN:
Primero. Que el Centro Educativo Recreativo La Alianza es una entidad cultural sin ánimo de lucro ni de carácter político que tiene su origen histórico en la entidad “Centre Aliança”, de la que fue inicialmente filial, creada el 28 de octubre de 1969. Su finalidad es fomentar la vida cultural de Vilassar de Dalt, organizando actividades culturales, recreativas y festivas de toda clase, tanto por los asociados como por el público en general; editando materiales y publicaciones relativas a sus actividades, con especial atención y ayuda a las actividades dirigidas a la juventud; colaborando y estableciendo convenios y contratos con las instituciones públicas y otras entidades del mismo carácter, para el mejor logro de sus finalidades; y administrando el patrimonio propio adscrito a las finalidades antes mencionadas.
Segundo. Que el Centro Recreativo La Alianza está inscrito en el Registro Municipal de Entidades (número de expediente IRME20200000002).
Tercero. Que el Centro Recreativo La Alianza “El Casinet” es un equipamiento privado propiedad de la misma entidad, situado en la calle Xxxxxx Xxxxxx, núm. 15 en el casco antiguo. Se trata de una antigua entidad mutualista y social que inició la construcción del edificio a partir de la década de 1930. La sala de cine tuvo un funcionamiento prácticamente ininterrumpido hasta principios de este siglo XXI. El edificio no forma parte del catálogo del PEPPAA y está calificado por el POUM de dotación privada hotelera, restauración y recreativo (clave 82). El edificio se organiza en dos partes distintas. La correspondiente al antiguo cine con sus espacios anexos (cabina, despachos, almacenes y sala de reunión) y la del bar-cafetería. La sala del antiguo cine se ha reconvertido en xxxx xx xxxxx de salón y festiva polivalente. Hay un espacio plano con pavimento cerámico de unos 200 m2 de extensión rodeado de mesas y sillas. La sala incorpora una barra. La antigua cabina de proyección y sala anexa acogen un espacio museístico dedicado a la historia de la sala de cine y de la entidad.
Cuarto. Que la principal actividad de la entidad es la programación xx xxxxxx de salón y otras modalidades xx xxxxx. Cada día de la semana, en horario de tarde/noche, se programan cursos de diversas modalidades xx xxxxx destinados a diferentes categorías de edad. La entidad organiza también actividades para las fiestas populares de Carnaval, San Xxxx, Fin de año y en verano realiza una cena al parque de can Xxxxxx con una exhibición pública xx xxxxxx.
Quinto. Que el Centro Recreativo La Alianza está dispuesto a continuar colaborando con el Ayuntamiento y autorizar el uso de la xxxx xx xxxxx para usos y actividades programadas por el Ayuntamiento.
Por todo ello, ambas partes, de común acuerdo y reconociéndose plena capacidad para este acto, formalizan este convenio, el cual se regirá por las siguientes :
CLÁUSULAS:
Primera. OBJETO
Este convenio tiene por objeto regular la colaboración económica del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt para la realización y difusión de las actividades de interés cultural organizadas por el Centro Recreativo La Alianza. Para esta colaboración el Ayuntamiento contribuirá a la programación de actividades culturales, así como al mantenimiento de su edificio, a cambio de poder utilizar ocasionalmente la xxxx xx xxxxx del Centro Recreativo La Alianza para la realización de actividades municipales, especialmente aquellas programadas por las concejalías de Cultura, Educación, Deportes y Juventud.
El presente convenio sustituye anteriores convenios para similares finalidades.
Segunda. RÉGIMEN DE OBLIGACIONES DE LAS PARTES
A. Obligaciones del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt
1. Facilitar el material necesario para la actuaciones culturales, siempre y cuando esté disponible y previa solicitud por parte de la entidad.
2. Promocionar la programación cultural del Centro Recreativo La Alianza a los medios de comunicación municipales, de acuerdo con la información que facilite la entidad.
3. Si la entidad lo solicita, diseñar, imprimir y repartir a carteleras y equipamientos municipales los carteles A3 de las actividades culturales organizadas por la entidad.
4. Establecer las medidas de seguridad necesarias para el buen desarrollo de las actividades.
5. Hacer evaluación de las actividades durante el mes siguiente a su realización conjuntamente con la entidad.
6. Mantener informada a la entidad de todos aquellos procesos relacionados con este convenio.
7. Programar actividades, acontecimientos o ensayos, especialmente aquellas derivadas de las concejalías de Cultura, Fiestas, Educación, Deportes y Juventud a la xxxx xx xxxxx del Centro Recreativo La Alianza.
8. Anunciar con un mínimo de 15 días la programación de actividades en la xxxx xx xxxxx y acordar confirmación según la disponibilidad de la entidad. Esta comunicación será vía electrónica entre la técnica de cultura y la persona portavoz designada por la entidad. En esta comunicación se especificarán los días y horas de uso de la xxxx xx xxxxx. Cualquier alteración a posteriori, deberá ser notificada previamente al portavoz de la entidad.
9. Responsabilizarse del pago a la SGAE de los derechos relativos a aquellas obras que el Ayuntamiento programe y realice en la xxxx xx xxxxx.
10. Velar por el buen uso de la xxxx xx xxxxx durante sus actividades programadas y respetar el no tocar los equipos y conexiones y de luz y sonido sin la autorización expresa de la persona portavoz de la entidad.
11. Incluir en la promoción de las actividades y acontecimientos municipales organizados en la xxxx xx xxxxx el logo del Centro Recreativo la Alianza como colaborador.
12. Asumir los gastos de edición e impresión de todo el material relativo a las actividades y acontecimientos municipales organizados en la xxxx xx xxxxx.
13. Recoger y ordenar el espacio una vez finalizada la actividad o acontecimiento.
14. Respetar la ocupación exclusiva del espacio cedido y no utilizar ningún utensilio x xxxx no autorizado.
B. Obligaciones del Centro Recreativo La Alianza
1. Organizar y gestionar directamente las actividades de interés cultural programadas durante la vigencia de este convenio.
2. Disponer de las pólizas vigentes en materia de responsabilidad civil y accidentes que de acuerdo con la normativa vigente le sean de aplicación, con total indemnidad del Ayuntamiento.
3. Destinar la totalidad de la aportación económica que aquí se convenía a la organización y difusión de actividades culturales programadas durante la vigencia de este convenio.
4. Hacer constar los elementos publicitarios y de difusión de las actividades culturales que el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt es colaborador del acontecimiento, e inserir su logotipo corporativo (disponible en la web municipal).
5. Participar, en su caso, en las reuniones necesarias para establecer mejoras de funcionamiento en temas de seguridad y movilidad.
6. Hacer la evaluación de las actividades durante el mes siguiente a su realización conjuntamente con la Concejalía de Cultura.
7. Garantizar que el espacio de la xxxx xx xxxxx, así como sus accesos y salidas, son aptos para la pública concurrencia (incendios, calefacción, aire acondicionado, salidas de emergencia, etc.).
8. Adaptar el servicio de limpieza de los accesos, baños y la xxxx xx xxxxx antes y después de cada actividad o acontecimiento organizado por el Ayuntamiento.
9. Coordinar la concejalía técnica con la compañía o empresa encargada de realizar la actividad o el espectáculo.
10. Responsabilizarse de la apertura y cierre de los accesos, xxxx xx xxxxx y baños cercanos para cada actividad o espectáculo programado por el Ayuntamiento.
11. Conservar y mantener en perfectas condiciones de uso las instalaciones objeto del presente convenio.
12. La firma de este convenio supone la aceptación de esta subvención y las condiciones y las obligaciones que de ella se deriven.
Tercera. APORTACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
1. El Ayuntamiento otorgará una subvención nominativa al Centro Recreativo La Alianza por un importe total de 3.000,00 euros (tres mil euros) a imputar a la aplicación presupuestaria 01 33400 4800018 Subvención nominativa Centro Recreativo Alianza del presupuesto municipal del ejercicio en curso de cada ejercicio durante la vigencia de este convenio.
2. El pago de la subvención nominativa al Centro Recreativo La Alianza se ingresará al IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000 y se realizará de la siguiente manera : El 100% del importe 3.000,00 euros (tres mil euros) se ingresará mediante anticipo una vez la entidad haya tramitado la solicitud de subvención de procedimiento extraordinario a la Sede electrónica, en cuanto al primer año y, posteriormente, todas las partes hayan firmado el convenio de la subvención. Y en cuanto a los tres años posteriores, una vez la entidad haya tramitado la solicitud de anticipo de subvenciones nominativas a la Sede electrónica y, posteriormente, el Ayuntamiento valide su contenido mediante un informe técnico.
3. No obstante esto, se establece como condición necesaria para la efectividad del compromiso económico que el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt publique la aprobación definitiva del presupuesto municipal en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, en cuanto a los créditos previstos para atender el gasto comprometido en este documento.
4. Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos para la misma finalidad que la entidad consiga obtener.
5. El Ayuntamiento dispensa al Centro Recreativo La Alianza de depositar una garantía con motivo de esta subvención.
Cuarta. GASTO SUBVENCIONABLE
Se considera gasto subvencionable y, por tanto, justificable los conceptos sujetos a la organización, realización y difusión de actividades culturales durante el período de vigencia de este convenio, así como el consumo de suministros (agua, electricidad y gas), acciones de mantenimiento en el edificio, impuestos y otros servicios (seguros, gestoría, mantenimientos, etc.).
Xxxxxx. XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX X XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
0. Con la firma de este convenio se constituye una comisión de seguimiento, constituida por la concejala de Cultura del Ayuntamiento, o persona en quien delegue, y el Presidente del Centro Recreativo La Alianza, o persona en quien delegue, para hacer seguimiento de todo aquello expuesto en este convenio.
2. Esta comisión de seguimiento velará por el impulso, la coordinación y el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este convenio.
Sexta. FORMA Y PLAZO PARA JUSTIFICAR LA SUBVENCIÓN
1. El Centro Recreativo la Alianza deberá justificar esta subvención en el momento de disponer todas las facturas justificativas y , en todo caso, antes de 1 de diciembre de cada año, mediante la presentación, a través de la Sede electrónica, del trámite de justificación de una subvención de procedimiento extraordinario.
2. La entidad acepta acogerse a las actuaciones de comprobación por parte del Ayuntamiento, así como cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar el resto de órganos de control competentes, y se compromete a aportar toda la información que le sea requerida a los efectos.
Séptima. MODIFICACIÓN
1. El presente documento constituye el total acuerdo entre las partes y sustituye cualquier comunicación o documento de fecha anterior en relación a su objeto.
2. Cualquier enmienda o adenda posterior se ha de hacer por escrito y para que sea válida debe ser firmada por ambas partes, haciendo constar de manera clara y distinta que es una enmienda o adenda del presente convenio, que se añadirá como anexo al convenio original.
Octava. VIGENCIA Y CAUSAS DE REVOCACIÓN
1. Este convenio entrará en vigor en el momento de su firma y durará hasta el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxx. El otorgamiento de la subvención económica estará sometido a la condición anual conforme se apruebe la consignación de crédito suficiente para atender el gasto.
2. El presente convenio se podrá resolver anticipadamente por cualquiera de las causas siguientes:
a) Por mutuo acuerdo de las partes, que se ha manifestado de forma expresa.
b) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo las obligaciones o compromisos que considere que se han incumplido. Este requerimiento será comunicado al responsable de cada parte y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado persistiese el incumplimiento, la parte denunciante notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por denuncia de cualquiera de las partes.
e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.
3. El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a su liquidación con el objetivo de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes. En el caso de compromisos financieros, se entenderán cumplidos cuando su objeto se haya realizado en los plazos y satisfacción de las dos partes, de acuerdo con sus respectivas competencias, teniendo en cuenta las reglas del artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del régimen jurídico del sector público.
4. Si cuando se resuelva el convenio existiesen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación.
Novena. TRATO DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD 2016/679) y la Ley orgánica 3/2018 de protección de datos personales y garantía de derechos digitales el Responsable del Tratamiento debe garantizar la seguridad de los datos personales que trata.
El Ayuntamiento, como responsable del Tratamiento, con el presente acuerdo hace saber al Centro Recreativo La Alianza que ha de guardar secreto de aquellas informaciones y datos personales a las que pueden tener acceso en el transcurso de ejecución de las tareas que tienen encargadas.
Por todo aquello el Centro Recreativo la Alianza y sus miembros se comprometen a cumplir con las obligaciones siguientes:
a) El Centro Recreativo La Alianza y sus miembros designados para la realización de las tareas objeto del convenio quede expresamente y específicamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y a guardar estricto secreto sobre toda aquella información referida a datos de carácter personal que pudiesen conocer como consecuencia del cumplimiento del convenio. Estas obligaciones subsistirán hasta incluso después de finalizar y extinguirse este convenio.
b) Los miembros del Centro Recreativo La Alianza tienen prohibido, absolutamente, el acceso a los datos personales, contenidos en los diferentes soportes, informático o
en papel, como también a los recursos de los sistemas de información, para la realización de las tareas encomendadas.
Si con motivo de la realización de estas tareas objeto del convenio, los miembros del Centro Recreativo La Alianza hubiesen tenido acceso o conocimiento, directo o indirecto, de datos de carácter personal objeto de tratamiento por al Ayuntamiento, tendrán la obligación de mantener el deber secreto respecto a la citada información, incluso después de haber finalizado la duración del convenio.
El Centro Recreativo La Alianza queda obligado a comunicar este deber secreto a sus miembros, como también a controlar su cumplimiento.
c) En el caso de los miembros del Centro Recreativo la Alianza incumplieses el deber secreto, efectuasen una comunicación de datos personales a terceras personas, o las utilizaren para cualquier finalidad, éstos deberán las infracciones previstas y tipificadas en la normativa vigente, sin perjuicio de las responsabilidades contractuales en las cuales hubiese podido incurrir.
Décima. PUBLICIDAD
En cumplimiento de lo que establece el artículo 8.1.f) de la Ley 19/2014, de transparencia, el presente convenio se publicará en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt.
Las subvenciones otorgadas al amparo de estas bases serán objeto de publicidad, con indicación de la convocatoria, la aplicación presupuestaria, el /la beneficiario/a, la cantidad concedida, la finalidad de la subvención, los diferentes proyectos y programas subvencionados y los participantes en cada proyecto o programa subvencionado, conforme se vayan publicando en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas, a través de su envío a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Se deberán publicar en la web municipal las subvenciones y ayudas públicas otorgadas con indicación de su importe, objeto y beneficiarios, preservando la identidad de los beneficiarios en el caso de subvenciones concedidas por motivos de vulnerabilidad social.
Undécima. RÉGIMEN JURÍDICO Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
1. Todas las cuestiones que puedan surgir en orden a la interpretación y ejecución de este convenio, serán resueltas por el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt de común acuerdo con los representantes del Centro Recreativo La Alianza. En caso de litigio se someterán a la jurisdicción contenciosa administrativa.
2. El presente convenio no representa la constitución de ninguna sociedad, asociación o cualquier otra clase de vinculación entre las partes, las cuales asumen sólo las obligaciones que figuran en la redacción de su texto, y a ellas limitan las responsabilidades respectivas.
3. Entre el Ayuntamiento y el Centro Recreativo La Alianza no existe ninguna relación de solidaridad o subsidiariedad, y cada una responde de forma individual y exclusiva por sus acciones u omisiones que tengan causa en este convenio.
4. Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar con terceros durante la vigencia de este convenio serán del todo ajenos al otro y al mismo convenio.
5. Todo lo anterior no excluye la posibilidad de que las partes, de común acuerdo, modifiquen en el futuro el presente documento adoptando como forma de colaboración cualquier forma asociativa admitida legalmente.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes firman este convenio por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, entregando una copia a la representante del Centro Recreativo La Alianza, un ejemplar que se incorpora al expediente, y un tercer ejemplar que se incorpora en el Registro de Convenios de este Ayuntamiento.
Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx | Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx |
xx Xxxxxx | ||
La alcaldesa | El presidente del Centro | Doy fe |
Recreativo La Alianza | El secretario gral. |